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AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA PLIEGOS DE CONTRATACIÓN DE PROCEDIMIENTO ESPECIAL PE-APM-001-2017 Objeto de Contratación: ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECÓN ESCÉNICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTAManta, Agosto de 2017

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AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA

PLIEGOS DE CONTRATACIÓN DE PROCEDIMIENTO ESPECIAL

PE-APM-001-2017

Objeto de Contratación:

“ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECÓN ESCÉNICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA”

Manta, Agosto de 2017

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“ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECÓN ESCÉNICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA”

ÍNDICE SECCIÓN 1: INVITACIÓN DIRECTA SECCIÓN 2: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN SECCIÓN 3: CONDICIONES GENERALES

3.1. Notificaciones 3.2. Ámbito de aplicación 3.3. Participante(s) invitado(s) 3.4. Inhabilidades 3.5. Obligaciones del (de los) Oferente(s) invitado(s) 3.6. Preguntas, Respuestas y Aclaraciones 3.7. Modificación de los Pliegos 3.8. Convalidación de errores de forma en la oferta 3.9. Causas de Rechazo 3.10. Adjudicación y Notificación 3.11. Cancelación del Procedimiento 3.12. Declaratoria de Procedimiento Desierto 3.13. Adjudicatario Fallido 3.14. Proyecto del Contrato 3.15. Moneda de Cotización y Pago 3.16. Reclamos 3.17. Administración del Contrato

SECCIÓN 4: CONDICIONES ESPECÍFICAS

4.1. Presentación de la oferta 4.2. Vigencia de la Oferta 4.3. Plazo de Ejecución del Contrato 4.4. Precio de la oferta 4.5. Forma de cobro 4.6. Procedimiento de evaluación 4.7. Obligaciones del contratista 4.8. Obligaciones de AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA 4.9. Forma de presentar la oferta y requisitos mínimos

SECCIÓN 5: PROYECTO DE CONTRATO SECCIÓN 6: FORMULARIOS

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SECCIÓN I

INVITACIÓN Autoridad Portuaria de Manta, les invita a personas naturales o jurídicas de la localidad, en primera instancia, para que de acuerdo con los Pliegos del presente proceso de contratación bajo la modalidad de Procedimiento Especial; y, de conformidad con las disposiciones establecidas en los artículos 59 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 65 del Reglamento General de la Ley, presenten su oferta Económica, para el “ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECÓN ESCÉNICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA” El adjudicatario para la suscripción del contrato no requiere estar inscrito y habilitado en el RUP; por lo que, será necesario incluir en la presentación de la oferta técnica documentos como cédula de identidad, copia del RUC o RISE, última declaración del impuesto a la renta. El canon de arrendamiento por dos años es de TRECE MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES CON 36/100 DÓLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD $13,563.36) sin incluir IVA, equivalente al canon de arriendo mensual de USD $565.14 más IVA.

El presente proceso de contratación se adjudicará al mejor postor, es decir aquella oferta que, ajustándose a las condiciones del pliego, ofrezca el mayor precio y al menos dos años de vigencia del contrato, según lo estipula el Art. 371 de la resolución SERCOP-RE-SERCOP-0000072. El plazo estimado para el “ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECÓN ESCÉNICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA” a entera satisfacción de la entidad, es de 2 años renovables por el mismo período, contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato el mismo que será publicado en el portal www.compraspublicas.gob.ec. Las condiciones generales de esta invitación son las siguientes: 1.- Los Pliegos de la presente contratación se podrán visualizar y descargar de la página web del portal de compras públicas. El cronograma establecido para el presente proceso será el siguiente:

ETAPA FECHA LÍMITE HORA

Convocatoria 31-08-2017 10:00

Fecha límite de respuestas y aclaraciones (AUDIENCIA) 05/09/2017 15:00

Fecha límite de recepción de documentos y oferta 06/09/2017 16:00

Fecha estimada de adjudicación 15/09/2017 17:00

2.- Los invitados podrán formular preguntas a la entidad contratante, que deberán ser obligatoriamente respondidas por la misma, en el término máximo de 72 horas, contados a partir de la fecha de publicación, pudiendo la entidad convocar a audiencia única de respuestas. Autoridad Portuaria de Manta realizará una audiencia única donde se recibirán preguntas y se dará respuesta inmediata, el día 05 de septiembre de 2017 a las 15:00. 3.- Una vez respondidas las preguntas formuladas, o de no habérselas formulado, los oferentes invitados presentarán físicamente su oferta en dos sobres: el primero con la oferta técnica (formularios del 1-5) más documentos habilitantes indicados en esta convocatoria, el segundo sobre con la oferta económica (formulario 6 ), ambos debidamente cerrados mismos que serán recibidos en el término establecido en el cronograma del proceso, se presentará en la Dirección Administrativa, en el domicilio de la entidad contratante, ubicado en la Avenida Malecón S/N, hasta las 16:00 del día 06 de septiembre de 2017, de acuerdo con lo establecido en el mismo cronograma. No se recibirá la oferta económica, si la misma es enviada por correo electrónico, fax y tampoco si se presenta en un lugar diferente o en hora y fecha posterior a las indicadas en el calendario del portal www.compraspublicas.gob.ec. Al momento de la presentación de la oferta económica, se conferirá el correspondiente recibo, con indicación de la fecha y hora de recepción. La apertura de la oferta se realizará una hora más tarde de lo previsto para la recepción de la oferta. 4.- La evaluación de las ofertas se realizará estableciendo si las mismas cumplen las especificaciones técnicas de los pliegos y se adecúan o mejoran el presupuesto referencial propuesto. En primera instancia se abrirá el sobre de la oferta técnica y sólo en el caso de haber cumplido los requerimientos de la entidad se aperturará el sobre de la oferta económica. 5.- El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del SERCOP y los pliegos. 6.- Los invitados para el presente proceso podrán realizar reconocimiento previo del bien ofrecido en arrendamiento a partir del día jueves 31 de agosto, hasta el 04 de septiembre de 2017, en horarios de 9:00 a 16:30.

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7.- Con la finalidad de asegurar el cumplimiento en el pago oportuno de los cánones de arriendo el arrendatario adjudicado está obligado a presentar una garantía igual al valor de dos cánones de arrendamiento mensuales mediante garantía bancaria, por el tiempo que dure el contrato, previo a la suscripción del mismo. 8.- Autoridad Portuaria de Manta, se reserva el derecho de adjudicar en forma total el arrendamiento materia de esta invitación, declararla desierta o reabrirla si conviene a sus intereses.

Ing. José David Recalde Rodríguez GERENTE DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA

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SECCIÓN 2

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

Este procedimiento precontractual tiene como propósito contratar bajo Procedimiento Especial, el “ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECÓN ESCÉNICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA”

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SECCIÓN 3

CONDICIONES GENERALES

3.1. Notificaciones.- Todas las notificaciones que deban efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y del Reglamento General de la LOSNCP, incluso respecto de la resolución de adjudicación, se entenderán realizadas, desde que la Autoridad Portuaria de Manta, publique en el Portal www.compraspublicas.gob.ec .

3.2. Ámbito de aplicación: El procedimiento precontractual tiene como propósito contratar bajo Procedimiento

Especial el ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECÓN ESCÉNICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA

3.3. Participante(s) invitado(s): Se invitará para que presenten su oferta en el proceso de contratación a

personas naturales y jurídicas de la localidad, en primera instancia, a través del Portal compras Públicas y se publicará convocatoria por la prensa local, por una sola vez sin perjuicio de que se puedan realizar invitaciones directas, acorde a Resolución SERCOP-RE-SERCOP-0000072..

3.4. Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta

persona, las personas incursas en las inhabilidades generales o especiales, previstas en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, respectivamente; ni las que estuvieran previstas en los artículos 110 o 111 del Reglamento General de la LOSNCP. Ni las personas jurídicas previstas en el Decreto Ejecutivo 1793 de 20 de junio de 2009, modificado mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de 17 de noviembre de 2009.

De manera obligatoria, los oferentes personas jurídicas, deberán llenar el formulario 5.1 y 5.2, de estos pliegos establecidos según la Resolución SERCOP-RE-SERCOP-0000072.

3.5. Obligaciones del (de los) Oferente(s) Invitados(s): El(Los) oferente(s) invitado(s) deberá(n) revisar

cuidadosamente los pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.

3.6. Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: Si el oferente invitado, luego del análisis de los Pliegos detecta

un error u omisión o inconsistencia, o necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, deberá presentar las mismas a través de las direcciones electrónicas [email protected] y [email protected]

La Dirección Administrativa absolverá las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en la audiencia de preguntas y aclaraciones, de la cual se levantará un acta que será, en su momento, publicada en el portal www.compraspublicas.gob.ec.

3.7. Modificación de los Pliegos: APM podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los pliegos, por propia

iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el portal www.compraspublicas.gob.ec, hasta el término máximo de responder preguntas o realizar aclaraciones.

APM, de considerarlo pertinente, de manera motivada, podrá cambiar el cronograma, únicamente en las fases de preguntas, respuestas y aclaraciones, y en la de calificación de participantes. Al efecto, publicará en el portal www.compraspublicas.gob.ec la resolución motivada respectiva y procederá con el cambio requerido, previo a las fechas límites de las fases indicadas.

3.8. Convalidación de errores de forma en la oferta: Si se presentaren errores de forma, la(s) oferta(s)

podrá(n) ser convalidada(s) por el oferente en el término establecido en el cronograma del presente proceso, a petición de la Dirección Administrativa de Autoridad Portuaria de Manta, así mismo, dentro del período de convalidación, el(los) oferente(s) podrá(n) integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP. Las convalidaciones que sean entregadas fuera del día u hora establecidos para el efecto, no serán evaluadas y serán consideradas como incumplimientos.

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Autoridad Portuaria de Manta, está obligada a analizar en profundidad la(s) oferta(s) presentada(s), a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará al (a los) oferente(s) el requerimiento de convalidación respectivo. El (Los) oferente(s) notificado(s) podrá(n) convalidar tales errores para efectos de ser calificado(s).

Todas las convalidaciones y su documentación de respaldo, deben ser entregadas en forma física en la Secretaría de la Dirección Administrativa del edificio administrativo de Autoridad Portuaria de Manta. en las Av. Malecón s/n. Edif. Administrativo, hasta el día y hora límites señalados en el cronograma del proceso.

3.9. Causas de Rechazo: La Dirección Administrativa rechazará una oferta por las siguientes causas: 3.9.1. Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales, condiciones específicas, términos de

referencia, formularios y requisitos obligatorios exigidos en los términos de referencia de estos pliegos; o, no sean convalidados dentro del término concedido para la convalidación de errores.

3.9.2. Si el oferente no cumpliera con los parámetros para la valoración de los oferentes, en su aspecto

financiero; o no sea convalidada la documentación o información financiera dentro del término concedido para la convalidación de errores.

3.9.3. Si se hubiera entregado la oferta o la convalidación de errores, en lugar distinto al fijado o después de la

fecha u hora establecida para ello. En el caso de la oferta, no se procederá a su apertura, conforme lo dispuesto en el 4.9.1.1., de la Sección 4, de estos pliegos.

3.9.4. Cuando la oferta contenga errores sustanciales o evidentes, que no puedan ser convalidados por no ser

errores de forma. Los errores de forma deberán ser obligatoriamente notificados al oferente respectivo, para que pueda convalidarlos.

3.9.5. Si el contenido de los formularios presentados difiere del solicitado en los pliegos, condicionándolos o

modificándolos, de tal forma que se alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato, o no fueren debidamente firmados por el oferente o su representante legal; o, no sean convalidados dentro del término considerado para la convalidación de errores.

3.9.6. Si se presentaren documentos con tachaduras o enmiendas no salvadas cuando no puedan ser

convalidadas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP. 3.9.7. Si el oferente no incluyere dentro de su oferta uno o más de los documentos señalados como requisitos

mínimos, detallados en el numeral 4.9.1.1., de la Sección 4 de estos pliegos y que no fuere subsanable dentro del término de convalidación de errores de la oferta.

3.9.8. Si la oferente, persona jurídica, no presentare el Formulario 5.1 y 5.2, de estos pliegos, establecidos según

la Resolución SERCOP-RE-SERCOP-0000072, en la forma exigida en el literal d) del numeral 4.9.1.1., de la Sección 4 de estos pliegos; o, si se estableciere que la oferente, persona jurídica, o su accionista, partícipe o socio mayoritario, o su accionista, partícipe o socio mayoritario de aquellas que la integran, se hallan dentro de cualquiera de las inhabilidades generales o especiales, previstas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, su Reglamento General de aplicación, o el Decreto Ejecutivo No. 1793, de 20 de junio de 2009, modificado mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de 17 de noviembre de 2009; y que no fuere subsanable dentro del término de convalidación de errores de la oferta.

3.9.9. Si del Formulario 5.1 y 5.2, de estos pliegos, establecido según la Resolución SERCOP-RE-SERCOP-

0000072., previsto en el literal d) del numeral 4.9.1.1., de la Sección 4 de estos pliegos, se determinare que la oferente, persona jurídica, o su accionista, partícipe o socio mayoritario, o su accionista, partícipe o socio mayoritario de aquellas que la integran, también como personas jurídicas, tienen domicilio en los denominados “paraísos fiscales”; estos, a su vez, determinados por el Servicio de Rentas Internas de la República del Ecuador.

3.9.10. Si el oferente, persona jurídica, no presentare la certificación de nómina de accionistas o socios actualizada,

emitida por la Superintendencia de Compañías, en la forma exigida en estos pliegos; y que no fuere subsanable dentro del término de convalidación de errores de la oferta.

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3.9.11. Si se comprobare la intervención de un oferente inhábil o incumplido en general, éste quedará eliminado del presente proceso precontractual, sin derecho a reclamo alguno; y su oferta será rechazada. Una oferta será descalificada en cualquier momento del proceso, si se comprobare falsedad o adulteración de la información presentada. La adjudicación se circunscribirá a la(s) oferta(s) calificada(s). No se aceptará ofertas alternativas. Ningún Oferente, por sí mismo, ni, en el caso de las personas jurídicas, a través de sus accionistas, socios, partícipes o cualquier otra forma de participación de la oferente persona jurídica, podrá intervenir con más de una oferta.

3.10. Dos o más calificados: Si de la revisión de las ofertas resultan dos o más calificados, el Gerente o su delegado notificará a los oferentes señalando día y hora para una subasta, en la que se adjudicará el procedimiento al mejor postor. En esta subasta no se admitirán otros oferentes que aquellos a los que se haya notificado y todo lo que ocurra se hará constar sucintamente en Acta, que será firmada por el Gerente o su delegado, los oferentes notificados y el delegado de Gerencia para llevar a cabo el proceso precontractual.

3.11. Adjudicación y Notificación: El Señor Ing. José David Recalde Rodríguez, Gerente de Autoridad

Portuaria de Manta, con base a la evaluación de la oferta e informe de resultados, adjudicará el contrato, mediante resolución motivada. La adjudicación será total para cada local.

La notificación de la adjudicación se la realizará al adjudicatario, con la respectiva resolución de adjudicación emitida por el Señor Ing. José David Recalde Rodríguez, en su calidad de Gerente de Autoridad Portuaria de Manta. El adjudicatario, previo a la suscripción del contrato, deberá presentar el detalle de precios unitarios de los bienes por cada ítem adjudicado. La suma de precios unitarios deberá ser concordante con el precio final ofertado.

3.12. Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la invitación y hasta 24 horas

antes de la fecha de presentación de la(s) oferta(s), el Señor Ing. José David Recalde Rodríguez, en su calidad de Gerente de Autoridad Portuaria de Manta, podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP.

3.13. Declaratoria de Procedimiento Desierto: El Señor Ing. José David Recalde Rodríguez, en su calidad de

Gerente de Autoridad Portuaria de Manta, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los casos previstos en los numerales 1, 2 o 4 del artículo 33 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP.

Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada del Gerente de Autoridad Portuaria de

Manta, una vez declarado desierto el procedimiento, así mismo podrá disponer su archivo o su reapertura. 3.14. Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término de

quince (15) días, por causas que le sean imputables, el Gerente de Autoridad Portuaria de Manta le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al Instituto Nacional de Contratación Pública, INCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP.

3.15. Proyecto del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de quince (15) días contado a

partir de la misma, la Autoridad Portuaria de Manta formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y 112 y 113 de su Reglamento General.

3.16. Moneda de Cotización y Pago: La(s) oferta(s) debe(n) presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

3.17. Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su

oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la Ley Orgánica del Sistema

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Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, según el procedimiento que consta en los artículos 150 al 159 de su Reglamento General.

3.18. Administración del Contrato: La administración del contrato estará a cargo del Delegado del Gerente

General, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.

SECCIÓN 4

CONDICIONES ESPECÍFICAS

4.1. Presentación de la oferta: La oferta se presentará, en forma física e impresa en papel, en el área de compras públicas de la Dirección Administrativa, del edificio administrativo de Autoridad Portuaria de Manta. en las Av. Malecón s/n. Edif. Administrativo, hasta la fecha y hora indicadas en la invitación.

La oferta, deberá incluir los documentos debidamente anillados, foliados (numerados) y firmados y rubricados por el Oferente; en dos ejemplares: original y copia (los folletos y catálogos que se adjunten, no necesitan ser foliados ni rubricados). Todos los documentos referidos como Requisitos Mínimos, y que conforman la Oferta del ejemplar marcado como original, serán originales o copias certificadas por autoridad competente de la empresa o institución emisora; excepción hecha de catálogos, folletos o manuales. El ejemplar que corresponda a la documentación en copia, deberá contener la misma documentación que está incorporada al ejemplar que contenga el original. No se exigirá a los oferentes la entrega de documentos que previamente hayan sido entregados para efectos de habilitarse en el registro único de proveedores. Tampoco se exigirá que la documentación presentada por los oferentes sea notariada; únicamente el oferente adjudicatario deberá cumplir con la entrega notariada de documentos para la suscripción del contrato.

4.2. Vigencia de la oferta: Las ofertas deben tener un período de validez de por lo menos noventa (90) días

calendario, contados a partir de la fecha límite para la presentación de las ofertas, período que constará expresamente en el formulario carta de presentación y compromiso. Este período podrá prorrogarse por disposición de la Dirección Administrativa acorde con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP.

4.3. Plazo de Ejecución del Contrato: El plazo para el “ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6

UBICADO EN EL MALECÓN ESCÉNICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA” es de 2 años renovables por el mismo periodo, contado a partir del día siguiente a la suscripción del contrato. El plazo contractual será el que conste en la oferta, previamente aceptado por la AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA y necesariamente será igual al indicado en estos pliegos.

4.4. Precio de la Oferta: La Autoridad Portuaria de Manta requiere el “ARRENDAMIENTO DEL LOCAL

COMERCIAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECÓN ESCÉNICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA” que cumpla con todas las condiciones generales y especificas de estos pliegos. El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación; y que en el mismo se encuentran comprendidos todos los rubros indispensable para el cumplimiento del objeto de la contratación, incluyéndose y sin limitarse a los costos por contratación de personal especializado, a título de honorario, estipendio, remuneración o cualquier forma de retribución, así como los que corresponden por viáticos, movilización, alimentación, hospedaje, impuestos de internación, etc.

El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación en cumplimiento de los Términos de Referencia correspondientes y a plena satisfacción de la Autoridad Portuaria de Manta.

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Los precios presentados por el oferente, en la oferta económica, son de su exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa.

El oferente deberá haber considerado en su oferta económica, todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario COMPONENTES DE LOS SERVICIOS OFERTADOS CON DETERMINACIÓN DE CANTIDADES Y PRECIOS, que consta en los Pliegos.

4.5. Forma de Pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en la Invitación y en el Proyecto de

Contrato. 4.6. Procedimiento de evaluación: De manera general, se revisará que las ofertas presentadas cumplan con

los requisitos mínimos, evaluando tanto la propuesta técnica como la económica en función de los parámetros de calificación previstos en los pliegos.

a. Calificación: intervendrán en la calificación el Delegado del Gerente General y el Director

Administrativo en calidad de delegada de la fase preparatoria del proceso

a.1. Cumplimiento de requisitos mínimos: Se revisará que la oferta presentada cumpla con los requisitos mínimos. Una vez que el oferente haya cumplido con los requisitos mínimos para la presentación de la oferta, se procederá a la evaluación legal, financiera del oferente y a la evaluación técnica de su oferta.

a.2. Metodología de evaluación técnica de la oferta: La evaluación de la oferta que no haya sido

rechazada, consistirá en la evaluación bajo la metodología de “cumple” o “no cumple” de todos y cada uno de los requisitos exigidos en las Especificaciones técnicas. La oferta calificada será aquella que cumpla con todos los requisitos técnicos detallados en las Especificaciones técnicas, para lo cual se utilizará el siguiente formato:

Si de la revisión de los requerimientos técnicos se estableciere que la oferta cumple con la totalidad de las Especificaciones Técnicas de los pliegos del proceso, se le asignará la totalidad de puntos previstos.

b. Evaluación de Oferta económica: Se evaluará la propuesta económica, asignándole la totalidad de

puntos previsto, si de la revisión del Formulario No. 3 no hubiere observación aritmética alguna.

4.7. Obligaciones del contratista: Todas aquellas que constan en el Contrato, los presentes pliegos y la oferta misma del contratista que especifican las condiciones de contratación, para la correcta ejecución del contrato.

4.8. Obligaciones de la Autoridad Portuaria de Manta: Las previstas en el Contrato y los presentes pliegos

que determinan las condiciones de contratación. 4.9. Forma de presentar la oferta y requisitos mínimos:

La oferta deberá presentarse en sobre cerrado, que impida conocer su contenido hasta antes de su apertura. El oferente deberá presentar los siguientes documentos como oferta:

FORMULARIOS DE LA SECCION VI DE LOS PRESENTES PLIEGOS

Autoridad Portuaria de Manta, será responsable de recibir la oferta del proveedor invitado y conferirá comprobante de recepción por la oferta entregada y anotará, tanto en el recibo como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción. La oferta recibida con posterioridad a la fecha y hora de recepción será devuelta sin abrirla.

Las ofertas técnicas y económicas se presentarán en dos sobres cerrados por separado con las siguientes leyendas

rotuladas en los mismos:

PARÁMETRO SOLICITADO

PARÁMETRO OFERTADO

CUMPLE NO CUMPLE

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PROCEDIMIENTO ESPECIAL

PE-APM-001-2017

“ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECÓN ESCÉNICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA”

SOBRE OFERTA TÉCNICA

Señor Ing. José David Recalde Rodríguez Gerente de Autoridad Portuaria de Manta. Presente PRESENTADA POR:

PROCEDIMIENTO ESPECIAL

PE-APM-001-2017

“ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECÓN ESCÉNICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA”

SOBRE OFERTA ECONÓMICA

Señor Ing. José David Recalde Rodríguez Gerente de Autoridad Portuaria de Manta. Presente PRESENTADA POR:

No se tomarán en cuenta, ni se abrirán las ofertas entregadas en otro lugar o después del día u hora fijados para su entrega-recepción. El Secretario de la Dirección Administrativa recibirá y conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción. Las ofertas recibidas en otro lugar o con posterioridad a la fecha u hora de recepción, serán devueltas sin abrirlas, en el mismo acto de apertura de ofertas.

4.10. ESPECIFICACIONES TECNICAS.- “ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECÓN ESCÉNICO DE AUTORIDAD

PORTUARIA DE MANTA”.

UBICACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL BIEN

MEDIDAS Y LINDEROS DEL LOCAL:

FRENTE: Playa “El Murciélago”, con 10.00 m ATRÁS: Vía Interna, con 10.00 m COSTADO DERECHO: Local Nº 5, con 20.00 m COSTADO IZQUIERDO: Local Nº 7, con 20.00 m ÁREA TOTAL: 200.00 m2

Características técnicas:

Cimentación en hormigón armado.

Paredes de ladrillo, en lucidas y pintadas.

Paredes de baños revestidas con cerámica.

Mesones de bar y cocina revestidos con cerámica.

Piezas sanitarias y grifería completa.

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Tumbado de fribrolit pintado.

Cubierta de tejas sobre estructura metálica y madera completamente acabada

Pisos de Hormigón cubierto con granito y cerámica.

Protección con Puertas Metálicas enrollables.

Puertas de Madera.

Instalación eléctrica empotrada y sobrepuesta.

Acometida eléctrica con caja de Breakers de 4 a 8

Tablero para medidor principal

Cajetines principales para descarga de aguas servidas. PARÁMETROS A CONSIDERAR: Es necesario indicar que estos locales en arrendamiento están destinados a actividades de Gastronomía, Venta de artículos playeros o servicios turísticos.

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PLANO UBICACIÓN DEL LOCAL COMERCIAL NRO. 6

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SECCIÓN V

PROYECTO DE CONTRATO

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL LOCAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECON ESCENICO DE AUTORIDAD

PORTUARIA DE MANTA”

Nº PE-APM-001-2017 INTERVINIENTES. CLÁUSULA PRIMERA: INTERVINIENTES.- Comparecen al otorgamiento y suscripción del presente contrato en la categoría jurídica de Arrendamiento, por una parte AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA, debidamente representada por el Ing. José David Recalde Rodríguez, Gerente y consecuentemente su Representante Legal, a quien en adelante se lo podrá denominar “EL ARRENDADOR” o “APM”; y, por otra parte, xxxxxxxxxxxxx el xxxxxxxx en su calidad de arrendatario, titular de la cedula de ciudadanía No. O del RUC xxxxxxxxxxxx tal como justifica con los documentos que adjunta, a quien en adelante se le denominará EL/LA ARRENDATARIO (A). Cláusula Primera.- ANTECEDENTES. Autoridad Portuaria de Manta, construyó una infraestructura conformada por una zona de locales para el expendio de alimentos preparados denominado “Malecón Escénico”, ubicado en la playa “El Murciélago”, de la ciudad de Manta, como una contribución al mejoramiento del ornato de la ciudad y al fomento de la actividad turística, manteniendo una modalidad de contratos de arrendamientos precarios individuales con los usuarios que ocupan tales locales. Los antecedentes del presente contrato, se sostienen en los siguientes documentos: Mediante oficio INMOBILIAR –CGAJ.2013-0269-O, de fecha 17 de abril del 2013, establece “… para la suscripción de contratos de arrendamiento deberá observar las disposiciones legales contempladas las normas previstas en el Reglamento de la ley Orgánica del Sistema Nacional de contratación Pública, el Reglamento General sustitutivo para el Manejo y Administración de los Bienes del Sector Público, Resoluciones INCOP y el Código Civil…”

El Ing. José David Recalde Rodríguez, en su calidad de Gerente y por ende representante legal de la entidad contratante, mediante Resolución XXXX de fecha XXX de 2016, aprobó los pliegos y demás documentos para EL ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6 EN EL MALECÓN ESCENICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA. La invitación para la contratación de locales comerciales ubicados, en el Malecón Escénico de Autoridad Portuaria de Manta publicada en el Portal www.compraspublicas.gob.ec, el día xxxxxxxxxx 2016. El acta de Audiencia para preguntas y respuestas suscrita el xxxx 2016, entre la CONTRATANTE y el arrendatario interesado. El acta de negociación suscrita el día xxx de xxx de 2016, entre la CONTRATANTE y el arrendatario Invitado. El Gerente de Autoridad Portuaria, en su calidad de máxima Autoridad Administrativa, delegó mediante Resolución Administrativa a la Directora de xxxxxxxxxxx, su representación, durante el proceso pre-contractual para el ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL Nº 6 UBICADO EN EL MALECÓN ESCENICO DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA, quien preside cada una de las sesiones de trabajo de la Comisión Técnica de Contratación, conformada para este proceso. La Resolución xxxxxxxxx de adjudicación realizada por el delegado de la máxima autoridad de Autoridad Portuaria de Manta, de fecha XXX de XXX de 2016, publicada y notificada en el Portal www.compraspublicas.gob.ec, en la misma fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP y 65 del Reglamento General de la LOSNCP. Luego del proceso correspondiente, la máxima autoridad, de Autoridad Portuaria de Manta, mediante resolución xxxxxxxx, de xxxxx de 2016, adjudicó el contrato de arrendamiento del local No xxxx ubicado en el malecón

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Escénico de AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA”, a xxx xxxxxxxxxx, por el valor de xxxxxxxxxxxx y por un plazo de DOS AÑOS. Mediante memorando No. Xxxxxx el señor Gerente dispone a la Dirección de Asesoría Jurídica la elaboración del presente contrato de arrendamiento, en atención a la Resolución del Directorio de xxxo del 2016, que determina que…. Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO. 2.01.- Forman parte integrante del Contrato de arrendamiento los siguientes documentos:

a) Los Pliegos incluyendo las condiciones específicas que corresponden al arrendamiento y que se entienden incorporadas a este contrato

b) La oferta presentada por el arrendatario; c) Los demás documentos de la oferta del adjudicatario- arrendatario; d) La garantía presentada por el arrendatario; e) La resolución de adjudicación; y, f) demás documentos que se requieran (cédula, certificado de votación, nombramiento, ect)

Cláusula Tercera.- INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS. 3.01.- Los términos del Contrato deben interpretarse en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:

Cuando los términos estén definidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, o en este contrato, se atenderá su tenor literal.

Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.

El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.

En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.

3.02.- Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:

a) "Adjudicatario", es el oferente arrendatario a quien la máxima autoridad de APM le adjudica el contrato; b) "Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el proceso de cotización, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, los pliegos aprobados, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables. c) “INCOP”, Instituto Nacional de Contratación Pública. d) “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. e) "Oferente", es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta"; f) "Oferta", es la propuesta para contratar, ceñida a los pliegos, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicado (a), a suscribir el contrato para el arrendamiento del local comercial ubicado el Malecón Escénico de Manta.

Cláusula Cuarta.- OBJETO DEL CONTRATO. 4.01.- En atención a lo antes expuesto, AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA, mediante el presente instrumento adjudica el contrato de arrendamiento a xxxxxxxx del local número xxxxxxxx, dentro del complejo turístico “Malecón Escénico”, ubicado en la playa “El murciélago”, de la ciudad de Manta, con las medidas y características técnicas adjuntas a este instrumento, local destinado para el expendio de alimentos preparados, los arrendatarios no podrán destinar el área arrendada para otros fines que el convenido, expresamente en el objeto de este contrato.

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Se deja constancia que las instalaciones que comprenden ésta área cedida en arrendamiento, se encuentra en perfecto estado de funcionamiento al momento de la entrega de la misma, obligándose el arrendatario a su conservación y buen uso. Los arrendatarios no podrán destinar el área arrendada para otros fines que no sean los estipulados en el presente contrato, en caso de ocurrir aquello, la APM se reserva el derecho de dar por concluido de manera unilateral el presente instrumento contractual, con una simple notificación y sin que ello implique derecho de indemnización alguna para el arrendatario. CUARTA: CANON DE ARRENDAMIENTO.- El arrendatario señor xxxxxx se comprometen a pagar como canon de arrendamiento mensual la cantidad de $ xxx Dólares mensuales, más IVA; pagaderos en la Tesorería de la Entidad dentro de los ocho primeros días de cada mes. En caso de falta de pago de las pensiones locativas de 2 meses consecutivos más los intereses de mora, será causa para la terminación unilateral del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales para el cobro o ejecución de garantías. El arrendatario al aceptar el precio señalado, renuncia al derecho de fijación, por parte de la Oficina de Registro de Arrendamiento de la Municipalidad de Manta. El canon de arrendamiento fijado será reajustado cada año, por el Directorio, de conformidad con el índice inflacionario que experimente el país, sin perjuicio de que APM, ejerza su derecho establecido en el inciso tercero de la cláusula segunda, mediante respectivo adendum. QUINTA: PLAZO.- El presente contrato, tiene un plazo de vigencia de XXX AÑOS, constituyéndose en facultad privativa de APM darlo por terminado antes de su vencimiento por decisión unilateral, en cumplimiento justificado de sus objetivos institucionales; o, si la arrendataria infringiere cualquiera de las obligaciones o estipulaciones constantes en este contrato, para lo cual bastará únicamente la notificación mediante oficio del Gerente General de APM, teniendo un plazo de 30 días calendario para la desocupación y entrega del local arrendado, sin que el arrendatario tenga derecho a reclamo alguno. SEXTA: GARANTIAS.- Con la finalidad de asegurar el cumplimiento en el pago oportuno de los cánones de arriendo, los arrendatarios están obligados a presentar una garantía igual al valor de dos cánones de arrendamiento mensuales mediante garantía bancaria, por el tiempo que dure el contrato la misma que será ejecutada entre otras causas, cuando los arrendatarios no cancele el valor de dos meses de cánones de arriendo en forma consecutiva más los intereses de mora acumulados, sin perjuicio de resolver de manera unilateral la terminación del contrato. SEPTIMA: PROHIBICIÓN DE SUBARRENDAR.- Prohíbase a los arrendatarios el subarrendar o ceder a cualquier título los derechos que le corresponden por este contrato, estando expresamente prohibido efectuar negociaciones sobre el derecho de uso de los bienes arrendados, constituyéndose este incumplimiento en causal de terminación del contrato, sin que APM, tenga la obligación de reconocer cesiones de derecho de ninguna naturaleza. De haberse suscrito subarriendo u otra forma de cesión, APM, no considerará valido documento alguno, sin que exista derecho de pago de ninguna indemnización a favor de quien aparezca indebidamente en uso del bien arrendado. Así como las demás prohibiciones que contempla el Reglamento Interno del malecon Escénico y que forma parte del presente contrato. Y de manera expresa se prohíbe que los arrendamientos mantengan en su lista de trabajadores los llamados enganchadores. OCTAVA.- MULTAS: Se impondrán multas del uno por mil del valor total del contrato por retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales. Adicionalmente acorde a los artículos 8 y 9 del Reglamento Interno del “Malecón Escénico” de Manta se impondrán multas por las faltas leves y graves cometidas durante el plazo de ejecución del contrato, así:

FALTAS MULTAS

LEVES 3% DEL CANON

MENSUAL

GRAVES 8% DEL CANON

MENSUAL

La inobservancia de las obligaciones establecidas en el artículo 8 del Reglamento serán considerados como faltas leves. La inobservancia de las prohibiciones establecidas en el artículo 9 del Reglamento serán consideradas como faltas graves.

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Las faltas leves al ser cometidas por primera vez, incurrirán en un llamado de atención por escrito. La reincidencia por tres ocasiones de las faltas leves dan lugar a la imposición de una falta grave. La imposición de cinco faltas graves darán serán causal de terminación de la relación contractual. Será causal de terminación unilateral del contrato si el valor de las multas impuestas supera el 5% del valor anual contratado (canon x 12 meses) durante el plazo por el que se haya suscrito el mismo. NOVENA.- MANTENIMIENTO Y MEJORAS: Los arrendatarios tienen la obligación de realizar todos los trabajos de mantenimiento que fueren necesarios para conservar el local, materia del presente contrato, en perfectas condiciones tanto en lo que corresponde al piso como a sus partes estructurales. Toda mejora sea ésta de carácter fijo o desmontable, que pretenda realizar el arrendatario, deberá constar con el consentimiento escrito del arrendador y cualquier mejora que se realice en el local quedará en beneficio directo de Autoridad Portuaria de Manta, sin derecho a reclamar ninguna indemnización por ella, por parte del arrendatario. DECIMA.- BIENES QUE SON PARTE DEL ARRENDAMIENTO.- Los arrendatarios declaran que reciben en perfectas condiciones el local y que contiene los siguientes accesorios y parte estructural que la compone:

Cimentación en hormigón armado.

Paredes de ladrillo, en lucidas y pintadas.

Paredes de baños revestidas con cerámica.

Mesones de bar y cocina revestidos con cerámica.

Piezas sanitarias y grifería completa.

Tumbado de fribrolit pintado.

Cubierta de tejas sobre estructura metálica y madera completamente acabada

Pisos de Hormigón cubierto con granito y cerámica.

Protección con Puertas Metálicas enrollables.

Puertas de Madera.

Instalación eléctrica empotrada y sobrepuesta.

Acometida eléctrica con caja de Breakers de 4 a 8

Tablero para medidor principal

Cajetines principales para descarga de aguas servidas……………… Los arrendatarios, en caso de pérdida, rotura o deterioro de cualquier de los accesorios señalados, se comprometen a reemplazar, con otro u otros de igual clase y calidad, de tal manera que al devolver el local, deberá estar en el mismo buen estado en que lo recibió, salvo de deterioro producido por su uso natural. DECIMA PRIMERA: CONOCIMIENTO Y RESPETO DE REGLAMENTO.- Los arrendatarios declaran que han recibido el REGLAMENTO INTERNO DEL MALECÓN ESCENICO, aprobado por el Directorio de Autoridad Portuaria de Manta, de cuyo contenido se encuentran absolutamente enterados y que se comprometen a respetarlo y acatarlo íntegramente, confiriéndole validez contractual al mencionado reglamento. DECIMA SEGUNDA: COMPROMISO.- Los arrendatarios se comprometen expresamente, a someterse a lo dispuesto en este contrato; al Reglamento dictado por el Directorio al que se refiere en la cláusula anterior; las leyes pertinentes, los Reglamentos, Resoluciones del Directorio y demás disposiciones emanadas de los órganos competentes que regulan el sistema portuario y que se llegaren a dictar, confiriéndoles a tales normativas los mismos efectos de obligatoriedad contractual. DECIMA TERCERA: PROHIBICIONES.- Se prohíbe a los arrendatarios pintar letreros en las fachadas; cambiar los colores de la pintura en el exterior del establecimiento; comprometiéndose a realizar mejoras en los locales, que sirva para comodidad y atracción turísticas, previa autorización del arrendador. Además se compromete a entregar servicios gastronómicos de calidad con esmerado respeto y cortesía, para los usuarios, colaborando con información requerida, y previniendo la protección de su integridad personal y de sus bienes. DECIMA CUARTA: PAGO DE SERVICIOS PUBLICOS.- Los servicios de energía eléctrica y agua potable y cualquier otro servicio, serán de exclusiva responsabilidad de los arrendatarios y por ellos serán cubiertos; y los comprobantes de pagos, deben ser presentados y dejar una copia en la Dirección Administrativa de forma mensual, así como en la Tesorería de APM, al momento de cancelar el canon de arrendamiento. Los servicios públicos deberán mantener titularidad a nombre del arrendatario, teniendo para tal regularización el plazo máximo de tres meses.

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DECIMA QUINTA.- CONTROL Y SUPERVISION.- Las partes de común acuerdo establecen que el presente contrato está supeditado al control y supervisión de la Dirección Administrativa ya sea de manera o directa o del Supervisor del Malecón Escénico, quienes deberán informar al Gerente de las novedades que acontezcan y del cumplimiento del plazo establecido. DECIMA SEXTA.- SEGURIDAD INDUSTRIAL E HIGIENE.- La seguridad del local es de exclusiva responsabilidad de los arrendatarios, quienes deberán implementar medidas para proteger la integridad física del local, así como de los usuarios, Autoridad Portuaria de Manta por intermedio del Departamento correspondiente, realizará inspecciones periódicas del local asignado y de sus instalaciones, verificado que se cumplan las normas de seguridad industrial, prevención de incendios, prevención de la contaminación ambiental y de medidas de higiene en la recolección de desechos. DECIMA SEPTIMA: DERECHO DE PUBLICIDAD.- La publicidad dentro del área del malecón Escénico y lugares adyacentes a la playa “El Murciélago” será responsabilidad de Autoridad Portuaria de Manta, quien en uso de sus facultades podrá aplicar las mejores políticas al respecto. DECIMA OCTAVA.- TERMINACION DEL CONTRATO.-Sin perjuicio de las causales establecidas por la ley y lo estipulado en las cláusulas anteriores, el arrendador podrá declarar anticipada y unilateralmente el contrato, con derecho a reclamar indemnizaciones de daños y perjuicios a su favor en los siguientes casos.

Si los arrendatarios incurren en mora, en el pago de dos pensiones locativas de arriendo.

Si los arrendatarios subcontratan, ceden o traspasan a favor de tercero, el área materia del presente contrato de arrendamiento.

Si los arrendatarios dan al área un uso distinto al convenido en el contrato, según informes del Supervisor del Malecón Escénico.

Si por falta de mantenimiento de parte del Arrendatario al Área arrendada, esta acusare un proceso de grave deterioro.

Si los arrendatarios no respetan las normas de seguridad impuesta por APM. ;

Por incumplimiento de las disposiciones determinadas en el Reglamento Interno del Malecón Escénico de Manta, que regula el sistema de arrendamiento de locales que integran el complejo de servicios turísticos malecón escénico de propiedad DE AUTORIDAD PORTUARIA DE MANTA.

Por tres sanciones reiterativas por cualquier entidad de control

Por imposición de cinco faltas graves acorde a lo dispuesto en el Reglamento Interno del Malecón Escénico de Manta.

Si el valor de las multas impuestas supera el 5% del valor anual contratado (canon x 12 meses) durante el plazo por el que se haya suscrito el contrato.

DECIMA NOVENA.- TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO.- Las partes contratantes expresamente manifiestan su aceptación a permitir la terminación del contrato de arrendamiento de mutuo acuerdo, en caso de así decidirlo en forma anticipada a la terminación de este contrato siempre y cuando no afecte al interés público, y los arrendatarios se encuentren al día con la obligación contractual.

VIGESIMA.- DECLARACION JURADA.- Los arrendatarios declaran bajo juramento que no están incursos en ninguna de las causales de inhabilidad general o especial prevista en la ley y para la suscripción del presente contrato. VIGÉSIMA PRIMERA: TERMINACIÓN PRECARIA.- Sin embargo de estipularse plazo para este contrato de arrendamiento, la entidad arrendadora tiene la facultad de pedir la restitución del inmueble arrendado en cualquier momento, sobre todo por necesidad imperiosa que se produzca. VIGESIMA SEGUNDA: ACEPTACION DE LAS PARTES.- Libre y voluntariamente, previo el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos exigidos por las leyes de la materia, las partes declaran expresamente su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato, a cuyas estipulaciones se someten. Declaran además, que por la condición jurídica de precariedad de este contrato, las partes reconocen el derecho de Autoridad Portuaria de Manta, de dar por concluida en forma unilateral el contrato con un simple aviso escrito, con noventa días de anticipación, sin que los arrendatarios tengan derecho a indemnización alguna o reclamo de cualquier naturaleza, prevaleciendo en todo momento la precariedad del contrato. VIGESIMA TERCERA.-El arrendatario se compromete a implementar trampas de grasas para evitar el colapso o deterioro del sistema de alcantarillado público, en fin a ayudar a controlar la prevención de contaminación del medio ambiente, en atención al cumplimiento de disposiciones contenidas en la Ordenanza Municipal que regula la gestión

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Ambiental y lo dispuesto en el Art. 415 de la CRE, y Art. 136 del COTAD, lo cual tendrá un plazo de seis meses para ello. VIGESIMA CUARTA JURISDICCION Y COMPETENCIA.- De surgir controversias entre las partes y no acuerden someterlas a los procedimientos de mediación y arbitraje, las parte renuncian domicilio y se someten al Tribunal de lo Contenciosa y Administrativo de la Corte Provincial de justicia de Portoviejo Firman para constancia las partes, en la ciudad de Manta, a los xxxx días del mes de xxx de dos mil trece. Ing. José David Recalde R. GERENTE APM ARRENDATARIO

RUC...

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SECCIÓN VI MODELO DE FORMULARIOS

SOBRE 1

Formulario No. 1

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

PE-APM-001-2017

MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO Fecha: .................. Señor Ing. José David Recalde Rodríguez Gerente de Autoridad Portuaria de Manta Presente.- Señor Gerente: El que suscribe, en atención a la invitación efectuada por Autoridad Portuaria de Manta, dentro de proceso de Procedimiento Especial para (objeto de contratación), luego de examinar los pliegos, al presentar esta Oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal de ..., sí es persona jurídica), o (procurador común de ……., sí se trata de asociación) declara que: 1. Prestar los servicios dentro del local en arrendamiento, de acuerdo con los Pliegos, especificaciones técnicas e

instrucciones; en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de Oferta. 2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en

actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.

3. Declara, también, que la oferta la hace en forma independiente y sin conexión oculta con otra u otras

personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Subasta Inversa Electrónica y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable.

4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad

económica, profesión, ciencia u oficio. 5. Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución

contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.

6. Se allana, en caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2,

3, 4 y 5 que anteceden, a que la entidad contratante le descalifique como oferente, o proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso.

7. Conoce las condiciones del suministro y ha estudiado las especificaciones técnicas y demás Pliegos, inclusive

sus alcances (detallar los alcances en caso de haberlos), como consta por escrito en el texto de esta carta, y se halla satisfecho del conocimiento adquirido. Por consiguiente, renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de características y especificaciones del (bien a suministrar o servicio a prestar).

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8. Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta (formulario No…) son fijas y no podrán variar por ningún concepto.

9. Conoce y acepta que (La Entidad Contratante) se reserva el derecho de adjudicar el contrato o de declarar

desierto el procedimiento convocado si conviniere a los intereses nacionales e institucionales. En ningún caso, los participantes tendrán derecho a reparación o indemnización alguna en caso de declaratoria de procedimiento desierto o de cancelación de procedimiento

10. Se somete a las exigencias y demás condiciones establecidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de

Contratación Pública, LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del INCOP y los Pliegos respectivos, en caso de ser adjudicatario.

11. Se responsabiliza de la veracidad, exactitud de la información y de las declaraciones incluidas en los

documentos de la Oferta, formularios y otros anexos, considerando que esta contratación se enmarca en el principio de la buena fe; sin perjuicio de lo cual autoriza a (la Entidad Contratante), a obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas y económicas del Oferente.

12. Bajo juramento se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago, préstamo o servicio, entretenimiento

de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante, y acepta que en caso de violar este compromiso, (la Entidad Contratante) dé por terminado en forma inmediata el contrato observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

13. Bajo juramento, no estar incurso en las inhabilidades generales y especiales e incapacidades para contratar

establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y 111 de su Reglamento General. 14. En caso de que se le adjudique el contrato, se obliga a:

Firmar el contrato dentro del término establecido en los pliegos. Como requisito indispensable, antes de la suscripción del contrato, presentará la garantía de fiel cumplimiento a la que se refieren las condiciones del contrato, por el cinco por ciento (5%) del monto total del mismo y la garantía del anticipo (de ser el caso), recibido por el 100% de su valor, así como la garantía técnica correspondiente (para el de caso de bienes).

Suscribir el contrato dentro del término señalado en los pliegos.

A entregar el (bien o proveer el servicio) de conformidad con los pliegos y documentos del contrato. (Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: Previamente a la firma del contrato, el oferente se

compromete a domiciliarse en el país, conforme lo dispone el artículo 6 y la sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP.)

Atentamente, ------------------------------------------------------- FIRMA DEL OFERENTE

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Formulario No. 2

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

PE-APM-001-2017

DATOS GENERALES DEL OFERENTE

NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal o procurador común, de ser el caso). DIRECCIÓN PARA CORRESPONDENCIA: Ciudad: Calle: Teléfono(s): Correo electrónico: CEDULA DE CIUDADANÍA (PASAPORTE) R.U.C: BIENES Y SERVICIOS QUE OFRECE: (LUGAR Y FECHA) ------------------------------------------------------- FIRMA DEL OFERENTE

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Formulario No. 3

NOMBRE DEL OFERENTE: ……………………………………………………….. PE-APM-001-2017

MODELO DE CARTA DE CONFIDENCIALIDAD

FECHA: ................. Señor Ing. José David Recalde Rodríguez Gerente de Autoridad Portuaria de Manta Presente Señor Gerente: El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por Autoridad Portuaria de Manta, para el arrendamiento de (objeto de la contratación), declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario. La inobservancia de lo manifestado dará lugar a que (la Entidad Contratante) ejerza las acciones legales civiles y penales correspondientes y en especial las determinadas en los artículos 200 y 201 del Código Penal vigente. (LUGAR Y FECHA) ------------------------------------------------------- FIRMA DEL OFERENTE

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Formulario No. 4

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

PE-APM-001-2017 ACTIVIDAD COMERCIAL A LA QUE SE VA A DEDICAR (GASTRONOMÍA, VENTA DE ARTÍCULOS PLAYEROS O SERVICIOS TURÍSTICOS): NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL LOCAL: SERVICIOS A OFERTAR (DENTRO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL SELECCIONADA): (explicar a detalle los servicios que va a ofertar en el local a arrendar) (LUGAR Y FECHA)

------------------------------------------------------- FIRMA DEL OFERENTE

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Formulario No. 5 NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

PE-APM-001-2017

5.1 FORMULARIO PARA IDENTIFICACION DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE (en el caso de que ésta no cotice sus acciones y participaciones en bolsas de valores nacionales o extranjeras).

(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la Oferta)

NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………... OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:…………………………………………………… CÓDIGO DEL PROCESO: PE-APM-001-2017 (Fecha) Señor Ing. José David Recalde Rodríguez Gerente de Autoridad Portuaria de Manta Presente De mi consideración: El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía ………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:

1.- Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación; 2.- Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.

3.- Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:

a) Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-; b) Descalifique a mi representada como oferente; o, c) Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la

LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.

Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen. 4.- Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente.

5.- Me comprometo a notificar a la entidad contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo. Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP. TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima Compañía de Responsabilidad Limitada Compañía Mixta Compañía en Nombre Colectivo Compañía en Comandita Simple Sociedad Civil Corporación Fundación

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Asociación o consorcio Otra

NOMBRES COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S)

NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA

DOMICILIO FISCAL

NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato:

NOMBRES COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S)

NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA

DOMICILIO FISCAL

Atentamente, ------------------------------------------------------ FIRMA DEL OFERENTE

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5.2 DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE CUYAS ACCIONES SE NEGOCIAN EN BOLSAS DE VALORES NACIONALES O EXTRANJERAS

(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la oferta) NOMBRE DEL OFERENTE: .......................................................................... OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: ............................................................ CÓDIGO DEL PROCESO: PE-APM-001-2017 (Fecha) Señor Ing. José David Recalde Rodríguez Gerente de Autoridad Portuaria de Manta Presente De mi consideración: El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que mi representada está registrada en la (BOLSA DE VALORES NACIONAL O EXTRANJERA), desde (FECHA DE REGISTRO) hasta la actualidad, y en tal virtud sus (acciones) se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores:

1. Garantizo la veracidad y exactitud de la información proporcionada en esta declaración, y autorizo a la

entidad contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública, o a cualquier órgano de control

competente, a efectuar las investigaciones pertinentes para comprobar tal información.

2. Además, acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad,

la entidad contratante:

a. Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de

la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;

b. Descalifique a mi representada como oferente; o,

c. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal comprobación ocurriere

durante la vigencia de la relación contractual.

d. Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

Atentamente, …………………………………… FIRMA DEL OFERENTE

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SOBRE 2

Formulario No. 6 NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

PE-APM-001-2017

OFERTA TECNICA ECONOMICA

.

Atentamente, …………………………………… FIRMA DEL OFERENTE

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