Aportecontabilidad Escritura de Constitucion

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MOMENTO 3 CONTABILIDAD ALEXANDRA MONTENEGRO TUTOR UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA-UNAD GRUPO 102004_22 2015 INTRODUCCION

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MOMENTO 3

CONTABILIDAD

ALEXANDRA MONTENEGRO

TUTOR

UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA-UNAD

GRUPO 102004_22

2015

INTRODUCCION

Con la realización de este trabajo comprendemos los principios de contabilidad, y los estados financieros. La contabilidad permite identificar, medir, clasificar, registrar, analizar, evaluar e informar, las operaciones de un ente económico, en forma clara, completa y fidedigna. Con el conocimiento adquirido se generaron los diferentes aportes elaborados y subidos al foro del grupo colaborativo. En donde el

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estudiante autónomo debe comprender, analizar y aplicar los conceptos aprendidos durante el curso de contabilidad

OBJETIVOS

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Conocer los diferentes conceptos de contabilidad, sus elementos y comportamiento de acuerdo a la clasificación.

Desarrollar competencias en la valoración de estados financieros.

Conocer y aplicar el contenido de aprendizaje del curso y la bibliografía consultada.

Datos para el ejercicio1. El día 3 de Enero del año 2015 se reunieron los señores Juan Cuadros, Diego Ríos,Harold Agudelo, acuerdan constituir una sociedad de responsabilidad limitada que se llamara Comercial La Estrategia. Y deciden que La empresa tendrá un capital de Cincuenta millones de pesos ($50.000.000), representado en cincuenta mil

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$50.000 de interés social por un valor igual de mil pesos c/u ($1.000) el capital lo pagan los socios de la siguiente manera: Juan Cuadros aporta $27.500 cuotas de $ 1.000 cada una pagadas ASI: $18.500.000 en efectivo y mercancías para la venta 800 unidades a $11.250 C/U, Diego Ríos aporta 20.500 cuotas de $ 1.000 cada una pagadas en efectivo y Harold Agudelo paga 2.000 cuotas por valor de $ 1.000 que corresponden al aporte que él realiza.Las siguientes son las transacciones realizadas por La comercializadora La Estrategia.Durante el mes de Enero de 2015.2. Enero 10. Se constituye la cuenta corriente No. 802515 del Bancolombia consignación por valor de $20.000.000.3. Enero 10. Sé compran chequeras así: Bancolombia, Nota debito por valor de $150.0004. Enero 11. Pago de gastos de registro mercantil e inscripción de libros de contabilidad a la Cámara de Comercio, Comprobante de egresos No. 02, cheque No. 1202 del Banco Bancolombia por valor de $550.0005. Enero 14. Compra a crédito, vehículo de distribución, a Magdalena Motors, por valor de $25.000.000, según factura 16506. Enero 14. Se adquiere seguro, para el vehículo, contra todo riesgo con Seguros Planeta, por un año por valor de $1.200.000, según póliza No. 7520, se paga con el cheque No.1203 del Bancolombia7. Enero 15. Compra a crédito, al Almacén Romero Ltda. S/ factura de venta: 1125 unidades a $12.225 c/u, más IVA 16% Retención en la fuente 2.5%.8. Enero 15. Compra de muebles y enseres para el almacén a crédito, a Maderas y Diseños E.U. Factura No.1379 por valor de $5.000.000, IVA 16%, retención en la fuente9. Enero 21 Venta de mercancías al contado, a Artetodo. S/ factura No 01, 1050 unidades a $20.250 c/u más IVA del 16% retención en la fuente 2.5%10. Enero 23. Consigna en el Banco Bancolombia por el valor del 95% del saldo que hay en caja.11. Enero 25. Compra al contado, al Almacén El Pino. S/ factura 6823, Mercancías para La venta: 1500 unidades a $12.375 c/u, más IVA 16% Retención en la fuente 3.5% Según factura 8632 Comprobante de egresos No. 03, cheque No. 3203 del Bancolombia, 12. Enero 26. Venta de mercancías al contado, a Tubos Ltda. S/ factura No 0002, 1875 unidades a $21.000 c/u más IVA del 16% retención en fuente 2.5%13. Enero 25. Compra a crédito, al Almacén venta: 1350 unidades a $12.525 c/u, más IVA 16% Retención en la fuente 3.5% Según factura 7519.14. Enero 30, Liquidación, pago y contabilización de la nomina, incluyendo los aportes a la Seguridad social, aportes parafiscales y provisiones de prestaciones sociales: con los Siguientes trabajadores, quienes laboraron 30 días Angélica

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Calderón, Gerente $2.500.000, Jorge Candía y Edgar Núñez vendedores $1.500.000 cada uno y Luciano Pomar conductor que devenga el salario mínimo legal vigente para el 2015.

ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “COMERCIALIZADORA LA ESTRATEGIA”En la Ciudad de Valledupar, comparecieron los señores Juan Cuadros, Diego Ríos y Harold Agudelo. Identificados con las cédulas de ciudadanía número 17651028y

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17957862, de nacionalidad colombiana, mayores de edad., los cuales manifestaron:

ARTÍCULO PRIMERO.- CONSTITUCIÓN: Que actuando en sus propios nombres e interés; acordaron en reunirse para constituir una compañía comercial de responsabilidad limitada, que por esta escritura se constituye, y que girará bajo la razón social de Comercial La Estrategia LTDA, cuyo domicilio será la ciudad de Valledupar.

ARTÍCULO SEGUNDO- OBJETO SOCIAL: El objeto principal de la sociedad será realizar las siguientes actividades: Producción y comercialización de artículos en cuero, maderas y bisutería.

ARTÍCULO TERCERO.- DOMICILIO: La sociedad se fija en la ciudad de Valledupar- cesar, Colombia; Podrá establecer Sucursales, Agencias y dependencias en otros lugares del país o del exterior conforme a la ley.Dirección para notificaciones judiciales y Administrativas: Cra 641# 3a - 28Del barrio las rocas

ARTÍCULO CUARTO.- DURACION. La duración de la sociedad se fija en 20 AÑOS, contados a partir de la fecha de la presente escritura.

ARTÍCULO QUINTO - OBJETO SOCIAL. La sociedad tendrá como objeto principal las siguientes actividades: Compraventa, y desarrollo de software de sistemas, programas de cómputo, licencias para uso de programas de cómputo, de aplicación, diseños computacionales, mantenimiento, reparación, suministro de materiales, manuales y procedimientos, artículos para computadoras, y en general cualquier actividad mercantil relacionada con la misma

ARTÍCULO SEXTO.- CAPITAL- contara con un capital de Cincuenta millones de pesos ($50.000.000), dividido en (50.000) cuotas o partes de interés social de interés social por un valor igual de mil pesos c/u ($1.000) el capital lo pagan los socios de la siguiente manera: Juan Cuadros aporta $27.500 cuotas de $ 1.000 cada una pagadas ASI: $18.500.000 en efectivo y mercancías para la venta 800 unidades a $11.250 C/U, Diego Ríos aporta 20.500 cuotas de $ 1.000 cada una pagadas en efectivo y Harold Agudelo paga 2.000 cuotas por valor de $ 1.000 que corresponden al aporte que él realiza , de un valor nominal de un millón de pesos ($1.000.000), cada una, las cuales corresponden a los socios en proporción a sus aportes, totalmente pagados y recibidos a satisfacción de la sociedad, conforme se describe a continuación: SOCIOS CUOTAS VALOR

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Juan Cuadros 27.500 $ 1.000Diego Ríos 20.500 $ 1.000Harold Agudelo 2.000 $ 1.000

TOTALES 50.000 $50.000.000

ARTÍCULO SEPTIMO- CESION DE CUOTAS. Las cuotas o partes de interés social no están representadas por títulos ni son negociables libremente en el mercado y solamente son cedibles mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura pública de reforma estatutaria.- Toda cesión en cuanto a procedimiento y condiciones previas y finales se sujetará en un todo a lo previsto y ordenado por los Artículos 363 y siguientes del Código de Comercio.PARAGRAFO. La Sociedad llevará un Libro de Registro de Socios inscrito en la Cámara de Comercio del domicilio social, con los requisitos y para los efectos consagrados en el Código de Comercio.

ARTÍCULO OCTAVO.- ADMINISTRACION.- La administración de la sociedad corresponde en derecho a todos y cada uno de los socios, éstos la delegan expresamente en la Junta de Socios y ésta a su vez en la Gerencia. Los puestos creados serán el de Gerente y Sub-gerente.

ARTÍCULO NOVENO.- Reuniones de la Junta de Socios: Sus reuniones serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se celebrarán dentro de los tres primeros meses siguientes al vencimiento del ejercicio social, por convocatoria del gerente, hecha mediante comunicación por escrito dirigida a cada uno de los socios con quince (15) días hábiles de anticipación, por lo menos. Si convocada la junta ésta no se reuniere, o si la convocatoria no se hiciere con la anticipación indicada, entonces se reunirá por derecho propio el primer día hábil del mes de abril, a las 10 a.m., en las oficinas de la administración del domicilio principal. Las reuniones ordinarias tendrán por objeto examinar la situación de la sociedad, designar los administradores y demás funcionarios de su elección, determinar las directrices económicas de la compañía, considerar las cuentas y balances del último ejercicio, resolver sobre la distribución de utilidades y acordar todas las providencias necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto social. Las reuniones extraordinarias se efectuarán cuando las necesidades imprevistas o urgentes de la compañía así lo exijan, por convocatoria del gerente (y del revisor fiscal, si lo hubiere) o a solicitud de un número de socios representantes de la cuarta parte por lo menos del capital social. La convocatoria para las reuniones extraordinarias se hará en la misma forma

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que para las ordinarias, pero con una anticipación de cinco (5) días comunes a menos que en ellas hayan de aprobar se cuentas y balances generales de fin de ejercicio, pues entonces la convocatoria se hará con la misma anticipación prevista para las ordinarias. Las reuniones de la junta general de socios se efectuarán en el domicilio social. Sin embargo, podrá reunirse válidamente cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocación, cuando se hallare representada la totalidad de las cuotas que integran el capital social.

ARTÍCULO DECIMO- REUNIONES NO PRESENCIALESCada vez que los Socios puedan deliberar por cualesquiera medios de telecomunicaciones, las decisiones tomadas en las conferencias serán válidas y jurídicamente vinculantesLas deliberaciones por telecomunicaciones deberán ser siempre sucesivas o simultáneas. La evidencia de la telecomunicación y de las resoluciones pertinentes, como una confirmación por fax o correo electrónico, se incluirá en las actas respectivas, de conformidad con los requisitos establecidos en estos Estatutos.

ARTÍCULO DECIMO - ATRIBUCIONES. Son atribuciones de la Junta de Socios: 1.- Autorizar la reforma de los estatutos sociales. 2.- Nombrar al Gerente y su suplente. 3.- Reunirse ordinaria o extraordinariamente cuando lo estime conveniente o necesario. 4.- Aprobar o improbar los balances. 5.- Decretar la venta total de los bienes sociales.6.- Decretar y distribuir las utilidades. 7.- Crear agencias, sucursales o filiales. 8.- Crear y proveer los cargos que la ley o los estatutos señalen. 9.- Acordar las reservas para la protección del capital social. 10.- Decretar la disolución y liquidación de la Sociedad; 11.- Aprobar la cesión de cuotas o partes de interés social. 12.- Las demás funciones que le corresponden como suprema autoridad directiva y administrativa de la Sociedad.

ARTICULO DECIMO SEGUNDO- GERENCIA. El uso de la razón social de la Compañía y su representación legal y administrativa estarán a cargo de un gerente con su respectivo Suplente, quien remplazará al Gerente en sus faltas absolutas, temporales o accidentales con las mismas facultades y atribuciones de éste, designados por la Junta de Socios. En el Gerente

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delegan los socios la personería de la empresa y su administración con las más amplias facultades dispositivas y administrativas.

ARTÍCULO DECIMO - FUNCIONES. Además de los actos de disposición y administración concernientes al giro ordinario de las operaciones de la Sociedad, son atribuciones del Gerente: a.- Representar legalmente a la sociedad y celebrar toda clase de actos o contratos con o sin límite de cuantía. b.- Ejecutar las decisiones y órdenes de la Junta de Socios y convocarla cuando así lo requieran los intereses sociales.c.- Custodiar los bienes sociales.d.- Informar cada seis (6) meses a la Junta de Socios acerca de los negocios ejecutados y a ejecutarse. e.- Rendir los informes respectivos y presentar los balances anuales correspondientes. f.- Constituir apoderados o mandatarios que representen a la sociedad judicial administrativa o extrajudicialmente. g.- Nombrar y remover los empleados de la sociedad que no sean de la competencia de la Junta de Socios y fijarles su remuneración.

ARTICULO DECIMO CUARTO- BALANCE.- El treinta y uno (31) de Diciembre de cada año se cortarán las cuentas, se hará el inventario y se formará el balance de liquidación del respectivo ejercicio para ser sometidos al estudio y aprobación de la Junta de Socios; una vez aprobados, de las utilidades liquidas resultantes se destinará el diez por ciento (10%) para la constitución de la reserva legal que debe ascender al cincuenta por ciento (50%) del capital social. Además de la anterior reserva, la Junta de Socios podrá crear o decretar las que considere convenientes o necesarias, siempre y cuando tengan una destinación específica y se aprueben con la mayoría prevista en estos Estatutos. Una vez deducidas las reservas, el saldo restante de las utilidades se distribuirá entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes. Ninguno de los socios podrá retirar suma alguna de la Sociedad, salvo las utilidades que le correspondan después del balance actual respectivo. Los sueldos se estimarán como gastos generales de la Sociedad. Las pérdidas si las hubiere, se distribuirán igualmente entre los Socios en proporción a sus respectivos aportes.

ARTICULO DECIMO QUINTO- DISOLUCION. La Sociedad se disolverá: a.- Por expiración del término fijado para su duración o de las prórrogas que se hubieren acordado oportunamente;

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b.- Si las pérdidas redujeren el capital de la sociedad y las reservas, a menos del cincuenta por ciento (50%) de aquél; c.- Por decisión de todos los socios; d.- Por cualquiera otra causa legal.

ARTICULO DECIMO SEXTO- LIQUIDACION. Disuelta la Sociedad, su liquidación se hará por el Gerente o por la persona o personas que la Junta de Socios designare. La liquidación se efectuará de conformidad con las disposiciones legales vigentes.PARAGRAFO. Si al tiempo de la liquidación existieren bienes en especie para ser distribuidos entre los Socios, estos bienes se avaluarán por el liquidador y serán adjudicados a prorrata de lo que le corresponda a cada socio como utilidades o participación.

ARTICULO DECIMO SEPTIMO.- MUERTE O INCAPACIDAD DE UN SOCIO. En caso de muerte o incapacidad legalmente decretada de uno de los Socios, la sociedad continuará con sus herederos, quienes nombrarán una sola persona para que los represente.- Dentro de los treinta (30) días siguientes a la muerte del Socio, los demás tendrán derecho a adquirir las cuotas o aporte del fallecido, por el valor comercial en la fecha de su muerte. Si no se llegare a ningún acuerdo respecto del precio y condiciones de pago, serán determinados por peritos designados por las partes. Si fueren varios los Socios que desearen adquirir, las cuotas se distribuirán entre ellos a prorrata de las que posean en la Sociedad.CLAUSULA COMPROMISORIA. Los socios aceptan solucionar sus diferencias por trámite conciliatorio en la oficina principal. En el evento que la conciliación resulte fallida, se obligan a someter sus diferencias a la decisión de un tribunal arbitral, renunciando a hacer sus pretensiones ante los jueces, designando tres (3) árbitros, quienes podrán transigir y fallarán en equidad en un plazo máximo de ocho (8) días calendario.

Firmas de los socios:

Firma del notario: REGISTROS DE APERTURA DE LA SOCIEDAD

Registros de apertura de la sociedad

COMERCIALIZADORA LA ESTRATEGIA LTDA

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NIT 17957868-5COMPROBANTE DE APERTURA

NO 103 DE ENERO 2013

CÓDIGO CUENTA PARCIALES DEBITO CRÉDITO1105 caja

Juan cuadradosDiego ríosHarold Agudelo

$ 18.500.00,00$20.500.000.00$2.000.000,00

$ 41.000.000,00

$9.000.000,00

$ 50.000.000.00

1435 InventariosJuan cuadrados

$9.000.000.00

3115 Aporte socialJuan cuadradosDiego ríosHarold Agudelo

$ 27.500.00,00$20.500.000.00$2.000.000,00

SUMAS IGUALES 50.000.000 50.000.000preparo reviso aprobó Contabilizado por

BALANCE INICIAL

COMERCIALIZADORA LA ESTRATEGIA LTDA

BALANCE INICIALNIT 17957868-5

N0 1

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ACTIVO PASIVOActivoEfectivo en cajaInventarios

total activos

$ 50.500.00$9.000.000

$59.000.000

Total activos 59.000.000 $0

REGISTROS DE LAS TRANSACCIONES REALIZADAS DURANTE EL PERIODO.Julio 15. Se constituye la cuenta corriente No. 802515 del Bancolombia consignación por valor de $20.000.000.código cuenta debito crédito1110 bancos $20.000.000,001105 caja $20.000.000,00Sumas iguales $20.000.000,00 $20.000.000,00

Julio 15. se compran chequeras así: Bancolombia, Nota debito por valor de $150.000código cuenta debito crédito530505 Gastos bancarios $150.000,001105 caja $150.000,00Sumas iguales $150.000,00 $150.000,00

Julio 16. Se pagan honorarios concepto de la elaboración de la escritura pública y el registro de legalización de la empresa al señor Andrés Reinoso, por valor de $2.000.000 se realiza retención la fuente por el 10%, Comprobante de egresos No. 01, cheque No. 1201 del Banco Bancolombia.código cuenta debito crédito170510 Gastos bancarios $150.000,00236515 caja $150.000,00263705531520