apolo.creg.gov.coapolo.creg.gov.co/Publicac.nsf... · Web viewLa clase de exactitud para los...

7
Bogotá, D.C., Señor Asunto: Su comunicación vía correo electrónico Radicado CREG E-2016-001479 Respetado señor Bedoya: Hemos recibido su comunicación de la referencia en donde nos consulta lo siguiente: De acuerdo a la Resolución CREG 038 de 2014, nuevo código de medida, en sus definiciones menciona, fronteras de distribución "corresponde al punto de medición entre niveles de tensión de un mismo OR que permite establecer la energía transferida entre estos.". Ante esta definición surgen las siguientes inquietudes. 1. ¿Se debe considerar frontera de distribución aquellas subestaciones derivadas de una frontera comercial entre agentes?. 2. ¿La medición de las transferencias de energía deben realizarse por el primario del transformador o los circuitos derivados del secundario?. Anexo envío diagrama unifilar de nuestro sistema eléctrico. en color amarillo se indica el lugar donde creemos que debe tomarse la medida, de acuerdo a nuestra interpretación. Respecto a su primera consulta, no es claro a que se refiere a aquellas subestaciones derivadas de una frontera comercial entre agentes , por lo que le solicitamos precisar su pregunta para así resolverla. Frente a su segunda pregunta, la Resolución CREG 038 de 2014 define lo siguiente:

Transcript of apolo.creg.gov.coapolo.creg.gov.co/Publicac.nsf... · Web viewLa clase de exactitud para los...

Page 1: apolo.creg.gov.coapolo.creg.gov.co/Publicac.nsf... · Web viewLa clase de exactitud para los transformadores de medida corresponde a las normas señaladas en el artículo 9 de esta

Bogotá, D.C.,

Señor

Asunto: Su comunicación vía correo electrónico Radicado CREG E-2016-001479

Respetado señor Bedoya:

Hemos recibido su comunicación de la referencia en donde nos consulta lo siguiente:

De acuerdo a la Resolución CREG 038 de 2014, nuevo código de medida, en sus definiciones menciona, fronteras de distribución "corresponde al punto de medición entre niveles de tensión de un mismo OR que permite establecer la energía transferida entre estos.". Ante esta definición surgen las siguientes inquietudes.

1. ¿Se debe considerar frontera de distribución aquellas subestaciones derivadas de una frontera comercial entre agentes?.

2. ¿La medición de las transferencias de energía deben realizarse por el primario del transformador o los circuitos derivados del secundario?.

Anexo envío diagrama unifilar de nuestro sistema eléctrico. en color amarillo se indica el lugar donde creemos que debe tomarse la medida, de acuerdo a nuestra interpretación.

Respecto a su primera consulta, no es claro a que se refiere a aquellas subestaciones derivadas de una frontera comercial entre agentes, por lo que le solicitamos precisar su pregunta para así resolverla.

Frente a su segunda pregunta, la Resolución CREG 038 de 2014 define lo siguiente:

Frontera de distribución: Corresponde al punto de medición entre niveles de tensión de un mismo OR que permite establecer la energía transferida entre estos.

Punto de conexión: Es el punto de conexión eléctrico en el cual los activos de conexión de un usuario o de un generador se conectan al STN, a un STR o a un SDL; el punto de conexión eléctrico entre los sistemas de dos (2) Operadores de Red; el punto de conexión entre niveles de tensión de un mismo OR; o el punto de conexión entre el sistema de un OR y el STN con el propósito de transferir energía eléctrica.

Punto de medición: Es el punto eléctrico en donde se mide la transferencia de energía, el cual deberá coincidir con el punto de conexión.

Page 2: apolo.creg.gov.coapolo.creg.gov.co/Publicac.nsf... · Web viewLa clase de exactitud para los transformadores de medida corresponde a las normas señaladas en el artículo 9 de esta

Sr. SERGIO BEDOYA EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA S.A. E.S.P. 2 / 5

(Subrayado fuera de texto)

Por otro lado, el parágrafo 1 del artículo 3 de la misma norma señala:

Parágrafo 1: No se requiere el registro de fronteras de distribución cuando el secundario del transformador de distribución es de Nivel de Tensión 1.

Adicionalmente, sobre la ubicación de las fronteras comerciales, el artículo 19 establece:

Artículo 19. Ubicación de las fronteras comerciales. El punto de medición debe coincidir con el punto de conexión. En el caso de que la conexión se realice a través de un transformador, el punto de medición debe ubicarse en el lado de alta tensión del transformador…

De igual forma, el artículo 20 indica sobre las fronteras de distribución lo siguiente:

Artículo 20. Fronteras de distribución. En los sistemas de medición de las fronteras de distribución se pueden emplear los transformadores de tensión y de corriente disponibles en el punto de conexión siempre y cuando su clase de exactitud sea como mínimo de 0,5.

La clase de exactitud para los transformadores de medida corresponde a las normas señaladas en el artículo 9 de esta resolución.

Cuando no se disponga de transformadores de medida, los que sean instalados en los sistemas de medición de la frontera comercial deben cumplir con los requisitos establecidos en este Código.

En transformadores tridevanados debe conformarse una frontera distribución en cada devanado secundario, siempre y cuando exista una transferencia de energía entre niveles de tensión.

El RF debe adecuar los sistemas de medición y sus procedimientos y adelantar el registro de la frontera comercial dentro de los 24 meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución para dar cumplimiento a lo señalado en este artículo.

(Subrayado fuera de texto)

De acuerdo con lo anterior, las fronteras de distribución deben conformarse en todos los puntos de conexión entre niveles de tensión de un mismo OR, es decir, en todos los devanados de alta tensión de los transformadores, salvo aquellos de distribución en donde el devanado secundario es de nivel de tensión 1.

Por otro lado, el propósito de las fronteras de distribución es la determinación de las transferencias de energía entre los niveles de tensión presentes en los STR y SDL que operan los OR, por lo que en el caso de los transformadores tridevanados la norma exige su instalación en los devanados secundarios teniendo en cuenta si existe transferencia de energía en estos.

En el caso de transformadores con tres devanados, en donde uno de los devanados secundarios tiene un uso diferente a la transferencia de energía y ya se cuenta con una frontera comercial en el devanado de alta tensión, entendemos que no es necesaria la

Page 3: apolo.creg.gov.coapolo.creg.gov.co/Publicac.nsf... · Web viewLa clase de exactitud para los transformadores de medida corresponde a las normas señaladas en el artículo 9 de esta

Sr. SERGIO BEDOYA EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA S.A. E.S.P. 3 / 5

conformación de una frontera comercial de distribución en el otro devanado secundario, por cuanto las transferencias de energía entre niveles se encuentran establecidas.

En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Este concepto ese emite de conformidad con el numeral 73.24 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo

Cordialmente,

JORGE PINTO NOLLA Director Ejecutivo Bogotá, D.C.,

Señor SERGIO BEDOYA Ingeniero de apoyo URE EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA S.A. E.S.P. [email protected] Carrera 22 No 22 – 46 Arauca, Arauca

Asunto: Su comunicación vía correo electrónico Radicado CREG E-2016-001479

Respetado señor Bedoya: Hemos recibido su comunicación de la referencia en donde nos consulta lo siguiente: De acuerdo a la Resolución CREG 038 de 2014, nuevo código de medida, en sus definiciones menciona, fronteras de distribución "corresponde al punto de medición entre niveles de tensión de un mismo OR que permite establecer la energía transferida entre estos.". Ante esta definición surgen las siguientes inquietudes.

Page 4: apolo.creg.gov.coapolo.creg.gov.co/Publicac.nsf... · Web viewLa clase de exactitud para los transformadores de medida corresponde a las normas señaladas en el artículo 9 de esta

Sr. SERGIO BEDOYA EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA S.A. E.S.P. 4 / 5

1. ¿Se debe considerar frontera de distribución aquellas subestaciones derivadas de una frontera comercial entre agentes?. 2. ¿La medición de las transferencias de energía deben realizarse por el primario del transformador o los circuitos derivados del secundario?. Anexo envío diagrama unifilar de nuestro sistema eléctrico. en color amarillo se indica el lugar donde creemos que debe tomarse la medida, de acuerdo a nuestra interpretación. Respecto a su primera consulta, no es claro a que se refiere a aquellas subestaciones derivadas de una frontera comercial entre agentes, por lo que le solicitamos precisar su pregunta para así resolverla. Frente a su segunda pregunta, la Resolución CREG 038 de 2014 define lo siguiente: Frontera de distribución: Corresponde al punto de medición entre niveles de tensión de un mismo OR que permite establecer la energía transferida entre estos. Punto de conexión: Es el punto de conexión eléctrico en el cual los activos de conexión de un usuario o de un generador se conectan al STN, a un STR o a un SDL; el punto de conexión eléctrico entre los sistemas de dos (2) Operadores de Red; el punto de conexión entre niveles de tensión de un mismo OR; o el punto de conexión entre el sistema de un OR y el STN con el propósito de transferir energía eléctrica. Punto de medición: Es el punto eléctrico en donde se mide la transferencia de energía, el cual deberá coincidir con el punto de conexión. (Subrayado fuera de texto) Por otro lado, el parágrafo 1 del artículo 3 de la misma norma señala: Parágrafo 1: No se requiere el registro de fronteras de distribución cuando el secundario del transformador de distribución es de Nivel de Tensión 1. Adicionalmente, sobre la ubicación de las fronteras comerciales, el artículo 19 establece: Artículo 19. Ubicación de las fronteras comerciales. El punto de medición debe coincidir con el punto de conexión. En el caso de que la conexión se realice a través de un transformador, el punto de medición debe ubicarse en el lado de alta tensión del transformador… De igual forma, el artículo 20 indica sobre las fronteras de distribución lo siguiente: Artículo 20. Fronteras de distribución. En los sistemas de medición de las fronteras de distribución se pueden emplear los transformadores de tensión y de corriente disponibles en el punto de conexión siempre y cuando su clase de exactitud sea como mínimo de 0,5. La clase de exactitud para los transformadores de medida corresponde a las normas señaladas en el artículo 9 de esta resolución. Cuando no se disponga de transformadores de medida, los que sean instalados en los sistemas de medición de la frontera comercial deben cumplir con los requisitos establecidos en este Código. En transformadores tridevanados debe conformarse una frontera distribución en cada devanado secundario, siempre y cuando exista una transferencia de energía entre niveles de tensión. El RF debe adecuar los sistemas de medición y sus procedimientos y adelantar el registro de la frontera comercial dentro de los 24 meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución para dar cumplimiento a lo señalado en este artículo. (Subrayado fuera de texto) De acuerdo con lo anterior, las fronteras de distribución deben conformarse en todos los puntos de conexión entre niveles de tensión de un mismo OR, es decir, en todos los devanados de alta tensión de los transformadores, salvo aquellos de distribución en donde el devanado secundario es de nivel de tensión 1.

Page 5: apolo.creg.gov.coapolo.creg.gov.co/Publicac.nsf... · Web viewLa clase de exactitud para los transformadores de medida corresponde a las normas señaladas en el artículo 9 de esta

Sr. SERGIO BEDOYA EMPRESA DE ENERGÍA DE ARAUCA S.A. E.S.P. 5 / 5

Por otro lado, el propósito de las fronteras de distribución es la determinación de las transferencias de energía entre los niveles de tensión presentes en los STR y SDL que operan los OR, por lo que en el caso de los transformadores tridevanados la norma exige su instalación en los devanados secundarios teniendo en cuenta si existe transferencia de energía en estos. En el caso de transformadores con tres devanados, en donde uno de los devanados secundarios tiene un uso diferente a la transferencia de energía y ya se cuenta con una frontera comercial en el devanado de alta tensión, entendemos que no es necesaria la conformación de una frontera comercial de distribución en el otro devanado secundario, por cuanto las transferencias de energía entre niveles se encuentran establecidas. En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Este concepto ese emite de conformidad con el numeral 73.24 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Cordialmente,

JORGE PINTO NOLLA Director Ejecutivo