“INSTRUCTIVO PARA EL REGISTRO DE LA ATENCIÓN Y PAGO DE ... Subvencion … · individualizada...
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“INSTRUCTIVO PARA EL REGISTRO DE LA ATENCIÓN Y PAGO DE SUBVENCIÓN DE LA LÍNEA DE ATENCIÓN DE PROGRAMAS INTEGRALES DE PROTECCIÓN ESPECIALIZADA (PIE), EN VIRTUD DE LA LEY N° 20.032, DE 2005- DEPARTAMENTO DE PROTECCION DE DERECHOS"
l. PRESENTACIÓN
En el marco del Programa 24 horas se ha iniciado la ejecución de Programas Integrales
de Protección Especializada (PIE) con Bases Técnicas 2015, que hace necesario
actualizar el presente instructivo.
II. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LOS PROGRAMAS
La descripción que a continuación se presenta, fue extraída de las Bases Técnicas de
los Proyectos PIE:
a. Objetivo: Contribuir a la interrupción y resignificación de situaciones de vulneración
de derechos y prácticas transgresoras de niños, niñas y adolescentes (NNA) en
situaciones de alta complejidad provenientes preferentemente del PSI 24 Horas.
b. Resultados esperados:
Al menos un 70% de los niños, niñas y adolescentes que ingresan al programa
presentan egresos exitosos.
Al menos un 90% de los NNA que egresan exitosamente del Programa no
reingresan a un programa del mismo programa o a uno de mayor complejidad
Al menos un 90% de los NNA que egresa exitosamente del Programa no
reingresan a programas de justicia juvenil de la red SENAME
Al menos un 80% de los planes de intervención contengan la visión y opinión de
los usuarios
Al menos un 70% de los niños, niñas y adolescentes desarrollan habilidades
cognitivas y emocionales en sus procesos de resignificación y reparación de
daño.
Al menos un 70% de los niños/as desarrollan habilidades sociales y conductuales
que favorecen su inclusión social
Al menos un 70% de las familias o adultos referentes incorporada a los procesos
de intervención modifican patrones de interacción, orientándose a un mejor
desarrollo de las funciones normativas y de cuidado.
100% de PIU elaborados en conjunto por modalidad PDE y PDC.
Atención complementaria del 100% de casos que se determinen por el PII o PIU
derivados de proyectos PDE.
Atención complementaria del 100% de casos que se determinen por el PII o PIU,
derivados de proyectos PDC.
Atención complementaria del 100% de casos que se determine por el PII o PIU,
derivados de salud mental.
Diseño e implementación de planes de intervención conjuntos con oferta
complementaria en el 100% de casos en que corresponda
Asistencia al menos a un 80 % de las reuniones de la Mesa de Gestión de Casos.
c. Sujeto de Atención
La intervención especializada de este proyecto está dirigida a niños, niñas y
adolescentes, preferentemente entre 10 y 16 años, en situaciones de alta complejidad,
preferentemente derivados desde los organismos comunales encargados de la
administración del Programa 24 Horas en las comunas donde se implementa el
Programa, los que para el caso del Programa 24 Horas podrán ser el Equipo de
Detección Temprana o la Oficina de Protección de Derechos (OPD) u Oficina de Infancia
de la comuna respectiva.
2.4 Vías de Ingreso:
Se consideran como vías de ingreso:
a) Derivaciones desde el Equipo de Detección Temprana
b) Derivaciones desde la Oficina de Protección de Derechos u Oficina de Infancia
comunal o Instancia Municipal que administra la información relativa a
“Vulneración de Derechos” como motivo de ingreso indicado en el PSI 24 Horas.
Ambas entidades –Oficinas de Protección de Derechos y Equipo de
Detección Temprana comunal- están encargadas de la administración de las
listas del Programa 24 Horas, de niños/as y adolescentes provenientes de la
comuna y/o sectores focalizados de acuerdo al Anexo 1 de las Bases
Administrativas.
Se entenderá operacionalmente como atención preferente que el proyecto
asegure al menos la atención simultánea de casos provenientes del PSI 24
Horas, correspondiente al 50% de su cobertura
c) Derivaciones de otros proyectos de la Red 24 Horas de la comuna y otros
actores comunitarios como pueden ser escuelas, consultorios, municipio,
organizaciones comunitarias, entre otras; dichas derivaciones deberán
corresponder siempre a población del territorio focalizado del proyecto y al
perfil de atención de la modalidad, descrito en el acápite 3.1, referido a sujeto
de atención.
d) Detección directa por parte de los equipos en los territorios, considerando que
los proyectos se focalizan en sectores de la comuna, con altos índices de
vulnerabilidad.
III. REQUISITOS PARA EL PAGO DE LA SUBVENCIÓN: CONCEPTOS Y ASPECTOS
A CONSIDERAR EN CADA MOMENTO DE LA INTERVENCIÓN
3.1 Conceptos
a. Niño, niña o adolescente atendido/a: es aquel/la que ha ingresado al proyecto y
se le ha otorgado atención, conforme a las bases técnicas del Servicio y al proyecto de
funcionamiento suscrito por el colaborador en el marco de la licitación correspondiente.
Para efectos de pago, se considerará como niño/a o adolescente atendido a aquel que
cuenta con al menos un evento de intervención directo o presencial al mes. Por tanto, en
lo que respecta al pago de la subvención, se considerarán para el pago sólo aquellos
eventos que se realizan directamente con el niño/a, adolescentes y su familia (ver Anexo
Nº 1).
Se entiende por evento de intervención aquel que se realiza con el niño/a, su familia,
tercero significativo o las coordinaciones que se establecen con ciertos organismos. Se
adjunta listado de eventos considerados para estas modalidades en Anexo Nº1
3.2 Conceptos y aspectos a considerar en cada momento de la intervención, para el
registro de información en Senainfo.
a. Ingreso: todo niño que ingresa al PIE requiere ser registrado en la base de datos de
Senainfo (www.senainfo.cl) con dos finalidades, la primera, para contar con información
individualizada respecto de las atenciones que realiza la oferta Sename, y la segunda, es
para el pago de la subvención. El pago se realizará solo por los niños/as que se
encuentran ingresados al sistema y que tengan al menos un evento de intervención
directo o presencial al mes.
b. Diagnóstico: la carpeta individual debe contener un diagnóstico de la vulneración que
le está afectando al niño o niña, identificando los factores de vulnerabilidad, los recursos
con los que cuenta y los factores protectores que es necesario desarrollar.
Además, de información referida a la frecuencia de sus retenciones en Unidades
Policiales, motivo de la detención, datos que entrega la Lista del PSI 24 horas.
Este punto es especialmente relevante desde el punto de vista técnico, puesto que
permite definir lineamientos para el plan de intervención.
Este diagnóstico debe estar elaborado e impreso en las carpetas individuales de cada
niño, niña o adolescente y podrá ser requerido por los/as supervisores/as técnicos/as,
supervisores/as financieros/as y/o profesionales del Departamento de Auditoría, del
Servicio Nacional de Menores. Asimismo deben registrarse todos los datos que sean
pertinentes en el Sistema Senainfo, en el punto “Diagnóstico del Niño/a” (ver más
adelante orientaciones para el ingreso de datos a Senainfo). El plazo para ingresar el
diagnóstico, es de tres meses, a contar del ingreso del NNA. Es importante que se
registren, desde el ingreso del niño, niña y adolescente, todos los eventos de intervención,
incluyendo los de la fase de diagnóstico.
La definición del diagnóstico es un insumo fundamental para la elaboración y ejecución
del plan de intervención que se abordará con el niño, niña o adolescente.
c. Plan de Intervención Individual: todo niño, niña o adolescente ingresado al
proyecto debe contar con un Plan de Intervención Individual (PII), el cual deberá
encontrase disponible en la carpeta individual. En dicho plan, se deberán definir los
objetivos y resultados que se quieren obtener con el niño, niña o adolescente, la
metodología que se va a utilizar y las acciones a realizar, además de los plazos tentativos
de la intervención. Es relevante decir que los PII deben elaborarse en conjunto con los
otros proyectos intervinientes, en caso que el niño/a requiera de esas intervenciones,
especialmente con PDC y PDE. Del mismo, debe elaborarse de forma participativa con la
familia y el niño, niña o adolescente, debiendo recibir copia del mismo.
El plan deberá encontrase impreso en las carpetas individuales de cada niño/a.
Asimismo, deben registrarse los datos que sean pertinentes en el sistema Senainfo,
en el punto “Planes de Intervención”. En este apartado, también deben agregarse los
eventos de intervención que se realizan con cada niño/a o adolescente. Es obligatorio
llenar campos referidos a Plan de Intervención, como la fecha de elaboración, fecha de
inicio y descripción del plan de intervención, en los ejes NNA, familia y comunidad, como
también señalar la fecha estimada para su término. El plazo para tener definido e
ingresado el PII, sin perjuicio de ajustes posteriores, es de 10 días hábiles a contar del
ingreso del diagnóstico del niño, niña o adolescente. Los Planes de Intervención deben
ser evaluados periódicamente e incorporar las modificaciones o actualizaciones, si la
situación lo amerita.
El ingreso de la información a Senainfo relativa al Plan de Intervención es relevante,
ya que se medirá dentro de las inconsistencias a aquellos niños, niñas o
adolescentes que no registran plan de intervención.
d. Egreso: cada niño, niña y adolescente ingresado al proyecto, que ha concluido su
plan de intervención y/o que debe ser egresado debido a otras causas, debe ser
registrado en el sistema Senainfo como egresado. Esto implica cerrar su Plan de
Intervención y adjuntar toda la documentación correspondiente en su carpeta de atención
individual, para concentrar toda la documentación en un solo lugar.
3.3 Otros aspectos a considerar
Es importante que en las fechas que especifique el calendario para el pago de la
subvención, se ejecute el Cierre del mes correspondiente y se entregue en la Dirección
Regional la documentación exigida.
En caso de tener problemas con el manejo de la Senainfo, contactarse con la Dirección
Regional que corresponda.
IV. MODALIDAD DE PAGO
Para la línea de Programas, en específico Programas de Integrales de Protección
Especializada (PIE) se considerará un valor base mensual de 9.3 USS mensual, por niño,
niña o adolescente atendido, que cuente con al menos un evento de intervención directo o
presencial en el mes. El valor base, podrá incrementarse producto de la aplicación del
factor zona, conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del reglamento de la Ley Nº 20.032.
Se pagará por niño, niña o adolescente ingresado/a.
V. DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA Y LOS REGISTROS CONTEMPLADOS EN EL
ARTÍCULO 63 DEL REGLAMENTO DE LA LEY Nº 20.032 DEL 2005.
Los registros técnicos de atención de niños, niñas y adolescentes deberán estar
permanentemente actualizados y a disposición de la Contraloría General de la República
y del Servicio Nacional de Menores.
La supervisión del cumplimiento de los objetivos técnicos y del convenio suscrito será
efectuado por los/as supervisores/as de las respectivas Direcciones Regionales del
Servicio. Además, aquellos aspectos vinculados a lo técnico – administrativo, como son
mantener al día las carpetas y el ingreso de los datos del Plan de Intervención Individual a
Senainfo, serán considerados en la Evaluación Anual de Desempeño, que por Ley el
Servicio debe aplicar anualmente.
Para estos efectos, los proyectos PIE deberán mantener los siguientes registros en la
Carpeta Individual de cada niño, niña o adolescente ingresado/a. Cabe señalar que esta
carpeta debe contener toda la información del niño, niña y adolescente, entendiéndose
como carpeta maestra, con la siguiente información:
a. Ficha de Ingreso: que contemple la identificación personal del niño/a o
adolescente, su situación familiar, identificación de la instancia de derivación y
causal de vulneración que justifica el ingreso y antecedentes psicosociales.
Nombre completo, RUN y domicilio
Fecha en que es derivado
Fecha de ingreso
Causal de ingreso
Antecedentes relevantes de salud: inscripción en algún programa, certificados de
salud (si existen), control del niño sano, etc.
Antecedentes de Educación: si asiste a la escuela, nombre de la escuela, curso,
asistencia.
Participación en otros programas sociales: como Chile Solidario, Chile Crece
Contigo, Previene, programas municipales.
Participación en organizaciones: scout, club deportivo, organización de música,
grupo de iglesia, etc.
Antecedentes familiares: composición de la familia, con quién vive, participación de
la familia en programas sociales y/u organizaciones comunitarias.
b. Plan de Intervención Individual: En esta carpeta se incorporará el Plan de
Intervención Individual (PII): entendido como un plan de trabajo diseñado en forma
en forma conjunta con los proyectos intervinientes en los casos que corresponda,
y de forma participativa y específico para cada niño, niña o adolescente ingresado
al proyecto. Este PII deberá contener a lo menos:
Un diagnóstico o informe inicial de la situación que le afecta, que debe ser
coherente con el sujeto de atención del proyecto
Objetivos del plan con el niño, niña o adolescente, su familia y/o adulto significativo
Actividades más relevantes y responsables
Resultados esperados y tiempo estimado de la intervención.
El PII deberá ser formulado en el plazo estimado en las Bases Técnicas. Sin
embrago, en la base Senainfo, se deberá abrir el PII al momento del ingreso al
proyecto, en estado de elaboración, e ir registrando los eventos.
Se considerará parte del PII la evaluación o profundización diagnóstica cuando
ésta sea necesaria.
El proyecto deberá velar porque la información que genere producto de la
intervención que realice con el niño, niña o adolescente sea integrada
sistemáticamente a la carpeta individual.
c. Diagnóstico: En la carpeta individual se deberá incorporar el diagnóstico social,
psicológico, escolar, de maltrato, consumo de drogas y datos de salud. Los informes
diagnósticos que consten en esta carpeta deben contar con el respaldo profesional
correspondiente.
d. Otros que el caso específico requiera.
A la carpeta deberán sumarse todos los medios de verificación de las acciones,
actividades y/o eventos realizados con los niños, niñas y adolescentes, familias, actores
comunitarios, organizaciones de base, comunidad organizada y no organizada,
profesionales y técnicos de ONG, entre otros.
Se considerará asimismo, la entrega por parte de la institución de un informe al noveno
mes de funcionamiento del Proyecto sobre los avances de su gestión.
VI. DE LOS CONVENIOS
En cada uno de los convenios suscritos se señalaron las exigencias que deberán llevar a
cabo durante la ejecución del Programa.
Se estableció como obligación en los convenios:
- Mantener una coordinación permanente y de trabajo colaborativo con el Equipo de
Asesoría Técnica y de Control de Gestión a cargo del programa y con el/la
Encargado/a Comunal del PSI 24 horas de la comuna respectiva, cuando
corresponda. De esta forma, deberá generar periódicamente la información
cualitativa y cuantitativa sobre procesos y resultados de intervención, de acuerdo a
los requerimientos de dicho equipo.
- Cumplir las normas e instrucciones generales o especiales que, en materias
técnicas, administrativas y financiero-contables, imparta SENAME en el marco del
Programa 24 horas.
- Generar una articulación eficaz y eficiente con otros proyectos intervinientes en los
casos que corresponda, especialmente con los PDE y PDC, lo que deberá
traducirse en el diseño e implementación de Planes de Intervención Individuales
Únicos y en el desarrollo periódico de reuniones clínicas y técnicas conjuntas.
VII. DE LA SUPERVISIÓN FINANCIERA SEGÚN EL ART. 65 DE LA LEY Nº 20.032.
La norma que se indica en el artículo 65º del Decreto Nº841, reglamento de la Ley Nº
20.032, señala que la subvención que se le transfiere a los colaboradores debe estar
destinada al cumplimiento de las actividades y al sujeto de atención, contemplados en los
artículos 3º y 5º de dicha Ley y a los objetivos de los respectivos proyectos. La
supervisión financiera al gasto de la subvención, está orientada a verificar el cumplimiento
de los objetivos del proyecto.
En este sentido, se deberá aplicar y dar cumplimiento a las normas internas que el
Servicio ha debido dictaminar, según Oficio Circular Nº 001 de fecha 04 de marzo de
2014; sin perjuicio de lo establecido en la Resolución Nº 30 de fecha 11 de marzo de
2015, de la Contraloría General de la República, que fija normas de procedimiento sobre
Rendición de Cuentas.
ORIENTACIONES BÁSICAS PARA REGISTRO DE INFORMACIÓN
DEL MÓDULO NIÑOS/AS EN SENAINFO
Dependencia Técnica
Departamento de Protección y Restitución de Derechos
Línea de Acción Programas - Programas de Protección Especializados Programas de Intervención Integral Especializada – PIE
Definición En el marco del Programa 24 Horas de atención de niños, niñas y adolescentes derivados del Programa de Seguridad Integrada 24 Horas, los Proyectos PIE se orientan como una oferta de carácter ambulatorio, que dirige su atención a la interrupción de diversas situaciones que han sido conceptualizados como de alta complejidad
1, la restitución de derechos vulnerados y la
reparación de daños asociados a dichas vulneraciones. El abordaje propuesto es de tipo multidisciplinario, con una orientación principalmente psico y socioeducativa, además de psicoterapéutica, sostenida en un sistema de tutorías. Se releva también, un fuerte componente de trabajo en redes y de gestión intersectorial.
ORIENTACIONES PARA EL REGISTRO DE LA
INFORMACION
Ingreso El ingreso de NNA al SENAINFO, considerara como vía de ingreso preferente la derivación de niños, niñas y adolescentes provenientes del PSI 24 Horas y que se ajustan al perfil del proyecto. Se entenderá operacionalmente como atención preferente que el proyecto asegure al menos la atención simultánea de casos provenientes del PSI 24 Horas, correspondiente al 50% de su cobertura
En términos concretos se considera:
Derivaciones desde el Equipo de Detección Temprana
Derivaciones desde la Oficina de Protección de Derechos u Oficina de Infancia comunal o Instancia Municipal que administra la información relativa a “Vulneración de Derechos” como motivo de ingreso indicado en el PSI 24 Horas
Derivaciones de otros proyectos de la Red 24 Horas de la comuna y otros actores comunitarios como pueden ser escuelas, consultorios, municipio, organizaciones comunitarias, entre otras; dichas derivaciones deberán corresponder siempre a población del territorio focalizado del proyecto y al
1 Por alta complejidad se entiende la presencia de situaciones que se constituyen en evidente riesgo o daño, a nivel
individual, familiar y social, como por ejemplo: consumo problemático de drogas, desescolarización o deserción escolar, trastornos emocionales o conductuales, situación de calle, peores formas de trabajo infantil, vinculación a conflictos con la justicia dentro de sus trayectorias de vida o por las que resultan imputables ante la ley, vida en contextos de violencia y riesgo vital, entre otras. Todas ellas situaciones que pueden darse además simultáneamente en la población atendida.
perfil de atención de la modalidad
Detección directa por parte de los equipos en los
territorios, considerando que los proyectos se focalizan
en sectores de la comuna, con altos índices de
vulnerabilidad.
Toda la información solicitada en este módulo se espera esté ingresada en un plazo de 48 horas desde la fecha de ingreso del/la niño al proyecto, a objeto de mantener actualizada la Base de Datos. Deberán llenarse correctamente, a lo menos, las variables básicas de la identificación.
Variable: “Identificación del NNA”
En este punto, antes de realizar cualquier ingreso, se debe comprobar si el NNA tiene un registro histórico institucional en la Base SENAINFO, para lo cual deberá realizar los siguientes:
a) Ingresar a casilla “Ingreso del Niños” b) Registrar el centro o proyecto y la institución. c) Digitar el RUN y hacer clic en <Buscar> d) En la pantalla debe informar que ha encontrado “1
coincidencia” e) Hacer clic en “Resultado búsqueda” (coincidencias) y
abajo se desplegará la información del niño/a o adolescente y al lado la palabra “ingresar”
f) Si informa “0 coincidencias”, buscar por su nombre, esto es Apellido Paterno y primer Nombre o Apellido Paterno y Apellido Materno, lo que desplegará varias coincidencias entre las que puede estar el niño/a o adolescente que se busca.
g) Hacer clic en “Ingresar” y continuar con el ingreso. h) Sólo si no se encuentra el NNA en la SENAINFO, podrá
hacer clic en “Nuevo Ingreso” Si ocurre que (contando con el registro adecuado sea Cédula de Identidad o Certificado de Nacimiento), la identidad asociada a RUT que usted ingresa es distinta, se deberán seguir las instrucciones que la misma Base de Datos señala, informando de esta situación a la Mesa de Ayuda.
Variables: “Identidad confirmada en el Ingreso” y Edad.
Se recuerda que éstas deben ser llenadas con datos fidedignos, siendo necesario contar en cada proyecto con carpetas por NNA, con certificado de nacimiento que respalde los datos informados.
Variable: “Calidad Jurídica” Es importante tener presente que todos los NNA que son informados a través del PSI 24 Horas, son notificados a Tribunales de Familia, ya que Carabineros de Chile, por Ley está obligado a informar a dicha instancia. Que el NNA haya sido informado a Tribunales no significa que el caso esté judicializado. Por tanto sólo deberá ingresarse la información a esta variable cuando desde Tribunales se derive al Proyecto una orden o la dupla psicosocial que despeja el listado informe que el caso ha sido judicializado.
Variables: “Escolaridad” “Año último curso” “Tipo asistencia escolar”
Los proyectos PIE deben ingresar los datos solicitados, teniendo como respaldo certificados e informes (tipo, curso o nivel, tipo de asistencia).
En caso que no se cuente con estos datos al ingreso, podrán ser llenados con la información provista por el NNA o un adulto responsable, para luego realizar las actualizaciones o modificaciones que procedan. Deberá tener concordancia con los datos que se exigen como obligatorios en la variable “Diagnóstico Escolar (ítem Diagnóstico Escolar). Esta información es de máxima importancia para las acciones intersectoriales que el Servicio desarrolla.
Variables: “Domicilio” y “Comuna”
Registrar el domicilio en que el NNA vive.
Variable: “Tipo de relación con quien vive”
Este campo debe contener la relación de la/as persona/s con quién/es vive el NNA, al momento del ingreso al PIE (por ejemplo: ambos padres, madre sola, etc)
Variable: “Tipo de relación contacto”
Registrar la alternativa correspondiente al tipo de persona con el cual el PIE se relaciona o se va a relacionar, con fines de información respecto del ingreso del NNA, la situación de éste y aspectos relevantes de su permanencia.
Variable; “Tipo solicitante de Ingreso”
Se deberá registrar en la agrupación “Instituciones u Organizaciones de la Comunidad”, en cualquiera de sus alternativas disponibles, de acuerdo a la situación específica. En el caso de que el niño, niña o adolescente sea derivado desde el Circuito 24 Horas, lo que debe corresponder al menos al 50% de los casos, se deberá registrar en la agrupación “Instituciones u Organizaciones de la Comunidad”, en la alternativa “NNA proveniente del Programa 24 Horas. En el caso que el ingreso sea por un proyecto del Programa 24 horas del Ministerio del Interior (EDT o MST), señalar en la agrupación “Ministerio del Interior”, la alternativa “Derivación de EDT” o “Derivación MST”, de acuerdo corresponda. En la excepcionalidad de casos ingresados vía órganos de administración de justicia, deberán ingresarse la información correspondiente a quién, previo al Tribunal, promueve el ingreso del NNA, posteriormente se registrará la información relacionada con Tribunales (calidad jurídica, orden de Tribunal, fecha y expediente)
CAUSALES DE INGRESO
Variables: “Tipo causal de Ingreso y causal de ingreso”
De acuerdo a las características del sistema, se pueden ingresar hasta tres causales de ingreso, debiendo corresponder la primera a la vulneración de derechos más grave o principal. En los proyectos PIE, el primer tipo de causal de ingreso a registrar corresponde a Protección de Derechos y deberá seleccionarse en este Tipo de Causal la/s cuasales de vulneraciones que corresponden al NNA que se ingresa. En la segunda causal de ingreso deberá registrarse el delito o falta, en el caso que corresponda.
Variables: “Prioridad y entidad que asigna”
En los proyectos PIE, la prioridad de la causal de ingreso la define el Proyecto, cuya calificación de ingreso la realiza un/a profesional del proyecto.
En el caso que sea algún órgano de administración de justicia quién haya solicitado el ingreso, ésta será la segunda causal de prioridad.
DETALLE DE LESIONES AL INGRESO
Variable: “Tipo de lesión”
En el caso que el NNA ingresara al PIE con lesiones visibles, obligatoriamente se deberá llevar al niño, niña o adolescente a constatar lesiones, dejar constancia en Carabineros y en el sistema del tipo de lesiones que presentaba.
Variable: “Quién ocasiona la lesión”
Si se registra que el NNA presenta lesiones al ingreso, obligatoriamente deberá registrarse quién presuntamente ocasiona las lesiones.
SOLICITUD DE DILIGENCIAS
“Diligencias” “Variables” “Fecha” “Tipo de solicitantes” “Diligencias”
NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCIÓN
No obstante, en la eventualidad de recibir una solicitud de informe o gestiones relacionadas con la situación del NNA, de parte de algún organismo, el proyecto evaluará la pertinencia de efectuarla y registrará los datos respectivos. Recordar que las solicitudes de Tribunales, Ministerio Público y Fiscalías deben ser atendidas, independientes de las gestiones que realice el proyecto con dichas entidades para aclarar el tipo de sujeto que atiende y su alcance de intervención.
DATOS DE SALUD
Variables: “Tiene discapacidad” “Inscrito registro nacional de discapacidad” “Inscrito Fondo Nacional de Salud”
Respecto a los datos de salud, es necesario definir si el NNA, presenta algún tipo de discapacidad, ya que al momento de confirmar dicha situación el sistema despliega otras ventanas con información relativa al ítem salud. Ésta deberá estar respaldada con informes emanados de profesionales idóneos. Si no se cuenta con ellos al momento del ingreso y la discapacidad del NNA es evidente, se recomienda registrarla y posteriormente efectuar gestiones para su certificación, de la cual debe existir copia en la carpeta personal del NNA. Por otro lado, en el caso que el NNA no esté inscrito en el Consultorio, deberán realizarse todas las gestiones con la familia para que dicha situación sea superada. Como dato referencial, es importante señalar si el NNA se encuentra inscrito en el Fondo Nacional de Discapacidad y en el Fondo Nacional de Salud, con el fin de acceder a los beneficios que esos sistemas otorgan.
DETALLE DE DISCAPACIDAD
Variables: “Tipo” “Nivel”
En este subítem el/la profesional debe indicar el tipo de discapacidad, ya sea visual, física, psíquica, mental o auditiva, determinada en el ingreso, o bien, se produzca en algún momento durante la permanencia en el PIE. Se reitera que la información registrada, deberá contar con los respaldos del diagnóstico extendido por profesional idóneo del ámbito de la salud, documentación que deberá mantenerse en la carpeta física que obre en el proyecto, con los demás antecedentes del NNA.
Se considera persona con discapacidad a todas aquellas, que, “teniendo una o más deficiencias físicas, mentales, sea por causa psíquica o intelectual, o sensoriales, de carácter temporal o permanente, al interactuar con diversas barreras presenten en el entorno, ve impedida o restringida su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”
2.
DETALLES HECHOS DE SALUD
Variable; “Tiene hecho de salud”
En este subítem deben ingresarse todos los antecedentes de algún problema de salud física y/o psíquica, certificada, que presente el NNA al ingreso o durante su permanencia en el proyecto. Registrando si se encuentra en diagnóstico, tratamiento, control médico, etc., como también donde se efectúa la atención del NNA.
DETALLE ENFERMEDADES CRONICA
Variable: “Enfermedad”
Se debe registrar si el NNA presenta o no enfermedades crónicas. En caso que el NNA ingresado presente alguna enfermedad de este carácter (debidamente certificada); de acuerdo al listado de categorías contenidas en el ítem, se debe registrar a qué enfermedad corresponde y la fecha de diagnóstico. Se insiste en la necesidad de certificación, sea al ingreso o al más breve plazo una vez detectada la situación de enfermedad crónica. Este es un dato de relevancia, ya que si el NNA cambiara de proyecto por alguna razón, el proyecto que lo reciba debe estar al tanto de su situación y colaborar en las acciones de control o tratamiento.
NNA A PERSONAS RELACIONADAS
Este ítem que es obligatorio, permite relacionar al niño/a o adolescente con personas del entorno familiar o significativo, para efectos de que el Proyecto pueda trabajar con algún adulto significativo en la intervención y egreso del NNA del proyecto. Los proyectos deberán registrar en la Base, datos como RUT, Nombre, tipo de relación, fecha, etc.
DATOS DE GESTIÓN Subítem 1: “Informe de diagnóstico” Variables: “Etapa diagnóstico” “Fecha” “Tipo de diagnóstico” Subítem 2: “Acciones” Variables: “Tipo de acción” “Término diagnóstico” “Fecha término diagnóstico” 2.1.2.- Tipo diagnóstico. 2.1.3.- Término diagnóstico
NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCIÓN
PLAN DE INTERVENCIÓN En primer lugar es importante aclarar que SENAINFO es un instrumento de gestión y no la carpeta de vida de cada uno de
2 Definición que aparece en artículo 5 de la Ley N°20.422.
los NNA que ingresan a un proyecto de la red SENAME, por lo que es necesario incorporar los datos más relevantes de la gestión que se realiza con cada uno de ellos/as. Las carpetas deben seguir existiendo en los proyectos, mientras que no exista un sistema digital para tal efecto, y será responsabilidad de los/as supervisores/as revisar las carpetas de cada NNA. Se recomienda iniciar la elaboración del Plan de Intervención Individual (PII) el mismo día del ingreso del NNA al proyecto. Es de suma importancia copiar el número del Plan de Intervención de manera de tenerlo en la carpeta del NNA cada vez que se ingrese un evento de intervención. Se recomienda generar un (1) sólo Plan de Intervención (PII) para cada NNA ingresado, teniendo en cuenta que puede atribuirle varias áreas de intervención y recordando que puede “actualizar” la información del Estado de intervención en el Subítem “Seguimiento del Plan de Intervención”, especialmente para su cierre. Es obligatorio llenar campos referidos a Plan de Intervención, como la fecha de elaboración, fecha de inicio y descripción del plan de intervención, en los ejes NNA, familia y comunidad, como también señalar la fecha estimada para su término. El plazo para tener definido el PII, sin perjuicio de ajustes posteriores, es de 15 días hábiles a contar del ingreso del NNA.
AREA DE INTERVENCIÓN Este subítem, obligatorio, permite registrar información sobre los diferentes tipos y niveles de intervención en los que participará el NNA, su familia y la comunidad. Los campos obligatorios a llenar son: Tipo de Intervención: Que entrega un listado para seleccionar la acción que será realizada durante el proceso de intervención del NNA en el proyecto. A saber: Trabajo Intersectorial, Intervención Psicológica e Intervención Socioeducativa. Nivel de Intervención: Que entrega un listado que indica el tipo de intervención a realizar. Ej: Comunitaria, Familiar, Grupal, Individual. Seleccionar un solo nivel para Área ya que con cada una se despliegan el mismo listado de eventos. En cuanto al número de eventos de intervención éstos se suman automáticamente de acuerdo a la cantidad de acciones que el proyecto vaya ingresando en “Eventos de Intervención”.
SEGUIMIENTO DEL P.I.I. Este subítem, obligatorio, permite registrar información sobre el estado de la intervención, colaboración del NNA y participación de la familia durante el seguimiento efectuado por el/la profesional sobre el PII realizado al NNA. En cuanto al estado de la Intervención, ésta deberá contener información acerca de la situación o estado de la intervención realizada al NNA (y actualizar cada vez que tenga un cambio de
estado)
CON QUIEN PUEDE TRABAJAR EL EGRESO
Este subítem, obligatorio, permite registrar información sobre los diferentes adultos responsables que tienen alguna relación con el NNA para determinar con quién puede el profesional trabajar el egreso del NNA. Para dar uso a este ítem es necesario haber incorporado datos en el ítem 4 “Personas relacionadas”
TERMINO DE LA INTERVENCION
Es obligatorio al egreso del NNA incorporar los datos relacionados con intervención completa, habilitado para el egreso, grado de cumplimiento y fecha de término de la intervención. Se deberá registrar si el NNA está habilitado/a para el egreso y este dato debe coincidir con el grado de cumplimiento de la intervención. Se deberá incorporar, al momento del egreso, de manera fidedigna si el NNA, ha egresado con alguna de las siguientes causales relacionadas con su proceso de intervención: logrado (alrededor del 100%), parcialmente logrado (más de un 50% de logro), no logrado (menos de un 50% de logro), no lo termina, interrumpe, no adscrito a programa, sin información. Este dato es de máxima importancia, pues es básico para la evaluación de indicadores de cada programa.
EVENTOS DE INTERVENCION
En el caso de los Proyectos PIE éstos sólo podrán ingresar información a los 3 Tipo de Intervención disponibles para ello, a saber: Trabajo Intersectorial, Intervención Psicológica e Intervención Socioeducativa. SENAINFO permite ingresar dos o más eventos de intervención distintos el mismo día, pero no dos eventos iguales. Por ejemplo, en el caso que se lleve a cabo una visita domiciliaria y en la carpeta del NNA se deberá señalar que se tuvo que asistir dos veces, ya que la primera fue fallida. Se deberá registrar obligatoriamente, todos los eventos de intervención que se realicen con NNA y/o su familia, adulto significativo o comunidad (salud, escolar, recreativas, atención psicológica, social, etc.) de acuerdo al tipo y nivel de intervención indicando en el plan de intervención realizado al NNA. Se recomienda que dichos eventos sean registrados en la Base de Datos en el curso de la semana que se realizan.
DIAGNOSTICO DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE
Es obligatorio el ingreso de todos los datos relacionados con los diagnósticos. En el caso de detectarse una vulneración de derechos durante la permanencia, deberán ingresarse los datos donde corresponda, previa evaluación de un/a profesional del Proyecto.
Diagnóstico Social Es obligatorio que cada NNA ingresado/a al proyecto cuente con los datos de su situación social.
Diagnóstico Escolar Es obligatorio que cada NNA ingresado/a al proyecto cuente con los datos de escolaridad, y debe ser concordante con lo registrado en el ingreso del NNA, salvo que las certificaciones respectivas den cuenta de una situación distinta a la
originalmente consignada.
Diagnóstico Maltrato Es obligatorio para cada NNA ingresado/a el señalar si se presenta o no alguna situación de maltrato. En el caso que se detecte alguna situación de maltrato, se deberán ingresar los datos correspondientes a situaciones de maltrato, previo análisis de la situación, por parte del equipo, para realizar las derivaciones que resulten pertinentes. Recordar que si el maltrato detectado reviste características de gravedad, corresponde se ponga en conocimiento de la situación a la Fiscalía correspondiente.
Diagnóstico Drogas El registro del diagnóstico de drogas es obligatorio, presente o no consumo el NNA. Deberán ingresarse los datos donde corresponda, previa evaluación de un/a profesional del Proyecto.
Diagnóstico Psicológico En caso que al NNA se le practique en su permanencia en el PIE, registrar la fecha del diagnóstico, el o los instrumentos aplicados, el resultado de la mediación efectuada y el valor de la medición si se trata de evaluación C.I.
Capacitación NNA En el caso que el NNA participe en un programa de capacitación, se hace obligatorio, ingresar información sobre los antecedentes referente al curso, indicando área de capacitación, horas y finalmente si el curso fue Aprobado, Reprobado, Egresado o hubo deserción. Esta capacitación no puede reemplazar los esfuerzos para reintegrar o mantener a los NNA en el sistema escolar (regular o alternativo). Es necesario tener presente que los NNA menores de 15 años no deberían acceder a estos programas, para no desviar su inclusión o permanencia en el sistema escolar.
Situación laboral del NNA Si al ingreso o durante la permanencia del NNA se encontrara trabajando, obligatoriamente, deberán ingresarse todos los datos relacionados con la actividad que realiza.
Diagnóstico peores formas de trabajo.
Este ítem tiene estrecha relación con el punto anterior, ya que de existir un NNA, trabajando al ingreso o durante su permanencia en el Proyecto y se determina que esta actividad se encuentra entre las peores formas de trabajo infantil, definidas por SENAME, se deberá registrar obligatoriamente, todos los antecedentes que solicita el sistema.
NNA Organización Social. Se deberá utilizar cuando en la intervención con un NNA se incorpore a alguna organización de la comunidad, en apoyo de dicha intervención.
Hechos Judiciales. Sólo en el caso que el proyecto haya presentado alguna medida de protección producto de una vulneración de derechos, deberán ingresarse los datos en este ítem.
Subítem 4: NNA Visitados
NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCION.
Rectificación identidad (Ej. NNA NN en gestación, nombres falsos o incorrectos)
Obligatoriamente, mensualmente o cada vez que sea necesario, se deben registrar las modificaciones o actualizaciones de los datos respectivos. Los datos de los NNA en la Red no podrán ser actualizados directamente desde los proyectos. Para este efecto se deberá enviar los antecedentes de su identificación a la mesa de ayuda para que ésta realice la modificación correspondiente.
EGRESO Obligatoriamente deben registrarse todos los datos del egreso en un plazo máximo de 24 horas de producido, llenando todos los campos referidos a este.
Causal de Ingreso Debe señalarse si el egreso está asociado al cumplimiento del plan de intervención o a su interrupción, resoluciones administrativas o del tribunal cuando éste hubiera intervenido. Las alternativas del Tipo Causal de egreso referido a “Asociadas a Resoluciones Administrativas” solo se utilizarán cuando dicho egreso no se relacione con la intervención o su interrupción por otras causas. No olvidar que antes de egresar a un NNA debe cerrarse el plan de intervención, señalando el grado de cumplimiento del mismo. Registrar, obligatoriamente, la causal por la cual egresa el NNA. No olvidar que el registro de las causales de egreso es una variable de la máxima relevancia para el monitoreo de los indicadores de gestión, que dan cuenta del grado de eficacia y resultados de los proyectos, materias que además son controladas por el Programa Piloto.
Detalle órdenes de Tribunal. Variables: “Medida aplicada por el tribunal” “Medida sugerida técnico” “Con quién egresa”
Todos los egresos de NNA que eventual y excepcionalmente hayan sido ingresados con orden de un Tribunal, deben contar con la respectiva orden de egreso del Tribunal competente, no obstante, cuando no sea posible su obtención oportuna, se tendrá hasta dos meses de plazo para su obtención y registro, aún cuando el NNA ya se encuentre egresado. Debe registrarse con quién egresa el NNA, como la medida que aplicó el Tribunal si es que éste hubiera intervenido, y también la medida que fue sugerida por el equipo técnico del proyecto, aún cuando éstas no sean coincidentes. Cuando se egrese a un NNA del proyecto porque a juicio del equipo técnico requiere ser atendido/a por otro proyecto dada su situación, y se efectúe esta derivación, se debe registrar en la base de datos esta causal. Es importante tener a la vista esto, a fin de que en las mediciones de indicadores de gestión no se considere como “reingreso” a un sistema de mayor complejidad.
ANEXO N°1
TIPOS Y EVENTOS DE INTERVENCIÓN
PROYECTOS PIE
Tipo y Eventos de intervención solo Proyectos PIE
Tipo de Intervención
Evento de Intervención
Intervenciones Directas
Verificador
Trabajo Intersectorial
Coordinación con Escuela.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con Consultorio.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con Depto. Municipal de Educación.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con DIDECO.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con OMIL. No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación Chile Crece Contigo.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con Registro Civil.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con Jardín Infantil o Sala Cuna.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con Juntas de Vecinos.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con Centros de la Mujer SERNAM.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con Proyectos de Protección de Derechos.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con Proyectos para Infractores de Ley.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con Encargado del Programa PSI 24 Horas, para procesos de atención de casos.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con Encargado del Programa PSI 24 Horas, para procesos de retroalimentación.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con profesionales y/o técnicos proyectos Drogas.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con profesionales y/o técnicos proyecto reinserción Educativa.
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Análisis de caso en
Mesa de Gestión de
No Actas de Mesa de
Gestión de Casos
Casos
Coordinación con profesionales y/o técnicos de otros proyectos del Programa
24 Horas o la red local
No Registro en la carpeta de las coordinaciones específicas, que consigne el objetivo, contenidos y acuerdos de la reunión, con datos de contacto
Coordinación con Tribunales de Familia.
No
Presentación de Medidas de Protección
No Medida de protección
Intervención Psicológica
Entrevista con padre y/o madre.
Si En la carpeta del NNA debe quedar consignada la entrevista con el padre o madre.
Entrevista con otro referente significativo.
Si En la carpeta del NNA debe quedar consignada la entrevista con otro referente significativo.
Terapia Individual Si En el PII debe señalarse el número de sesiones que requerirá el niño o niña. En la carpeta deberá existir un documento donde se señale si las sesiones se realizaron.
Terapia Familiar. Si En el PII debe señalarse el número de sesiones que requerirá la familia y si estas se realizan.
Aplicación de Test o Pruebas Psicológicas.
Si En la carpeta del NNA debe quedar consignado, en un informe, las pruebas psicológicas aplicadas y resultados de éstas.
Aplicación de otros instrumentos de Evaluación (POSIT u otros)
Si Ficha de aplicación de instrumentos y resultados obtenidos
Visita Domiciliaria No
Intervención en Crisis Si En el caso de intervención en crisis deberá elaborarse un informe señalando las acciones realizadas
Grupos Terapéuticos.
Si Planificación de los grupos terapéuticos y
lista de asistencia. Además, la participación en los grupos terapéuticos debe estar señalado en el PII.
Intervención Socioeducativa
Entrevista con padre/o madre.
Si En la carpeta del niño debe quedar consignada la entrevista con el padre o madre.
Entrevista con otro referente significativo.
Si En la carpeta del niño o niña debe quedar consignada la entrevista con otro referente significativo.
Talleres grupales. Si Planificación de los talleres y lista de asistencia. Además, la participación en los talleres debe estar señalado en el PII.
Visita Domiciliaria No
Talleres de Desarrollo Personal y Estimulación de Habilidades.
Si Planificación de los talleres y lista de asistencia. Además la participación en los talleres debe estar señalado en el PII.
Encuentros con NNA. Si Deberá quedar estipulado en la carpeta del niño o niña, las fechas de los encuentros con el niño o niña.
Coordinaciones con Organizaciones Sociales de Base.
No
“INSTRUCTIVO PARA EL REGISTRO DE LA ATENCIÓN Y PAGO DE SUBVENCIÓN DE LA LÍNEA DE ATENCIÓN DE PROGRAMAS DE PROTECCIÓN ESPECIALIZADA PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON CONSUMO PROBLEMÁTICO DE ALCOHOL Y/U OTRAS DROGAS (PDC), EN VIRTUD DE LA LEY N° 20.032, DE 2005- DEPARTAMENTO DE PROTECCION DE DERECHOS"
l. PRESENTACIÓN
En el marco del Programa 24 horas se ha iniciado la ejecución de Programas de
Protección Especializada para niños, niñas y adolescentes con consumo problemático
de alcohol y/u otras drogas (PDC) con Bases Técnicas 2015, que hace necesario
actualizar el presente instructivo.
II. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LOS PROGRAMAS
La descripción que a continuación se presenta, fue extraída de las Bases Técnicas de
los Proyectos PDC.
a. Objetivo: Contribuir a la interrupción del consumo problemático de alcohol y/u
otras drogas, en niños, niñas y adolescentes atendidos preferentemente por el/los
proyecto/s PIE (80%) y otros proyectos de la Red 24 Horas, específicamente, OPD, PIB
o PPF, Salud Mental y Terapia Multisistémica (20%) de la comuna, a través de su
incorporación a dispositivos especializados de tratamiento.
b. Resultados esperados:
Al 100% de los niños, niñas y adolescentes atendidos se aplique instrumento de
profundización diagnóstica.
Al menos el 70% de los niños, niñas y adolescentes que ingresa al proyecto,
acepta tratamiento.
Un 70% de niños/as y adolescentes con consumo problemático que acepta
tratamiento, problematizan el uso de alcohol y otras drogas y sus consecuencias
(por ej.: conflictos con la justicia, entre otros).
Al menos un 80% de los planes de intervención contengan la visión y opinión de
los usuarios.
Al menos el 70% de niños, niñas y adolescentes que acepta tratamiento,
disminuye el daño biopsicosocial modificando el tipo de droga que consume.
Al menos el 70% de niños, niñas y adolescentes que acepta tratamiento,
disminuye la frecuencia de consumo.
Al menos el 70% de niños, niñas y adolescentes que acepta tratamiento,
disminuye la cantidad de consumo.
Al menos el 30% de niños, niñas y adolescentes que acepta tratamiento
interrumpe el consumo de alcohol y/u otras drogas.
Al menos un 70% de las familias o adultos referentes de los niños, niñas y
adolescentes que aceptan tratamiento generan una dinámica familiar
favorecedora de los cambios en los niños/as.
100% de PIU elaborados en conjunto por modalidad PDE o PDC.
Diseño e implementación de planes de intervención conjuntos con programas
complementarios en el 100% de casos que lo requieran.
Asistencia al menos a un 80 % de las reuniones de la Mesa de Gestión de
Casos.
c. Sujeto de Atención
El proyecto trabajará con niños, niñas y adolescentes menores de 18 años derivados
preferentemente por el/los proyecto/s PIE (80%) y otros proyectos de la Red 24 Horas,
específicamente, OPD, PIB o PPF, Salud Mental y Terapia Multisistémica (20%) de las
comunas donde se implementa el Programa.
2.4 Vías de Ingreso:
Se considera como vías de ingreso, las derivaciones realizadas por el/los proyecto/s PIE
(80%) y/u otros proyectos de la Red 24 Horas, específicamente, OPD, PIB o PPF, Salud
Mental y Terapia Multisistémica (20%) de la comuna. Como requisito de ingreso al
proyecto, y dada la necesidad de abordar la situación de consumo problemático, se
debe considerar los criterios diagnósticos establecidos en CIE 10.
III. REQUISITOS PARA EL PAGO DE LA SUBVENCIÓN: CONCEPTOS Y ASPECTOS
A CONSIDERAR EN CADA MOMENTO DE LA INTERVENCIÓN
3.1 Conceptos
a. Niño, niña o adolescente atendido/a: es aquel/la que ha ingresado al proyecto y
se le ha otorgado atención, conforme a las bases técnicas del Servicio y al proyecto de
funcionamiento suscrito por el colaborador en el marco de la licitación correspondiente.
Para efectos de pago, se considerará como niño/a o adolescente atendido a aquel que
con al menos un evento de intervención directo o presencial al mes. Por tanto, en lo que
respecta al pago de la subvención, se considerarán para el pago sólo aquellos eventos
que se realizan directamente con el niño/a, adolescentes y su familia (ver Anexo Nº 1).
Se entiende por evento de intervención aquel que se realiza con el niño/a, su familia,
tercero significativo o las coordinaciones que se establecen con ciertos organismos. Se
adjunta listado de eventos considerados para estas modalidades en Anexo Nº1
3.2 Conceptos y aspectos a considerar en cada momento de la intervención, para el
registro de información en Senainfo.
a. Ingreso: todo niño que ingresa al PDC requiere ser registrado en la base de datos de
Senainfo (www.senainfo.cl) con dos finalidades, al primera, para contar con información
individualizada respecto de las atenciones que realiza la oferta Sename, y la segunda, es
para el pago de la subvención, es decir, se pagará la subvención solo por los niños/as que
se encuentran ingresados al sistema y que tengan al menos un evento de intervención
directo o presencial al mes.
b. Diagnóstico: la carpeta individual debe contener un diagnóstico de la vulneración que
le está afectando al niño o niña, identificando los factores de vulnerabilidad, los recursos
con los que cuenta y los factores protectores que es necesario desarrollar.
Además, de información referida a la frecuencia de sus retenciones en Unidades
Policiales, motivo de la detención, datos que entrega la Lista del PSI 24 horas.
Este punto es especialmente relevante desde el punto de vista técnico, puesto que
permite definir lineamientos para el plan de intervención.
Este diagnóstico debe estar elaborado e impreso en las carpetas individuales de cada
niño, niña o adolescente y podrá ser requerido por los/as supervisores/as técnicos/as
supervisores/as financieros/as y/o profesionales del Departamento de Auditoría, del
Servicio Nacional de Menores. Asimismo deben registrarse los datos que sean pertinentes
en el Sistema Senainfo, en Datos de Ingreso, Diagnóstico de Salud, Escolar y Psicológico
- Psiquiátrico, e informe de profundización diagnóstica en consumo de drogas (ver más
adelante orientaciones para el ingreso de datos a Senainfo); considerando la información
de diagnóstico recopilada por el proyecto, así como la entregada por la instancia
derivadora, quien deberá completar la pauta de derivación (proporcionada por
Deprode) con la información requerida, de modo de facilitar el ingreso de datos a
Senainfo por parte del Proyecto. El plazo para tener definido e ingresado el diagnóstico
es de tres meses, a contar del ingreso del NNA. Es importante que se registren, desde el
ingreso del niño, niña y adolescente, todos los eventos de intervención, incluyendo los de
la fase de diagnóstico.
La definición del diagnóstico es un insumo fundamental para la elaboración y ejecución
del plan de intervención que se abordará con el niño, niña o adolescente.
c. Plan de Intervención Individual: todo niño, niña o adolescente ingresado al
proyecto debe contar con un Plan de Intervención Individual (PII), el cual deberá
encontrase disponible en la carpeta individual. En dicho plan, se deberán definir los
objetivos y resultados que se quieren obtener con el niño, niña o adolescente, la
metodología que se va a utilizar y las acciones a realizar, además de los plazos tentativos
de la intervención. Es relevante decir que los PII deben elaborarse en conjunto con los
otros proyectos intervinientes, especialmente con los Programas de Intervención
Especializada (PIE), principal recurso derivante del proyecto. Del mismo, debe elaborarse
de forma participativa con la familia y el niño, niña o adolescente, debiendo recibir copia
del mismo.
El plan deberá encontrase impreso en las carpetas individuales de cada niño/a.
Asimismo, deben registrarse los datos que sean pertinentes en el sistema Senainfo,
en el punto “Planes de Intervención”. El plazo para tener definido e ingresado el PII, sin
perjuicio de ajustes posteriores, es de 10 días hábiles a contar del ingreso del
diagnóstico del niño, niña o adolescente. Los Planes de Intervención deben ser evaluados
periódicamente e incorporar las modificaciones o actualizaciones, si la situación lo
amerita.
El ingreso de la información a Senainfo relativa al Plan de Intervención es relevante,
ya que se medirá dentro de las inconsistencias a aquellos niños, niñas o
adolescentes que no registran plan de intervención.
d. Egreso: cada niño, niña y adolescente ingresado al proyecto que ha concluido su
plan de intervención y/o que debe ser egresado debido a otras causas, debe ser
registrado en el sistema Senainfo como egresado. Esto implica cerrar su Plan de
Intervención y adjuntar toda la documentación correspondiente en su carpeta de atención
individual, para concentrar toda la documentación en un solo lugar.
3.3 Otros aspectos a considerar
Es importante que en las fechas que especifique el calendario para el pago de la
subvención, se ejecute el Cierre del mes correspondiente y se entregue en la Dirección
Regional la documentación exigida.
En caso de tener problemas con el manejo de la Senainfo, contactarse con la Dirección
Regional que corresponda.
IV. MODALIDAD DE PAGO
Para la línea de Programas, en específico Programas de Protección Especializada para
niños, niñas y adolescentes con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas (PDC)
se considerará un valor base mensual de 9.3 USS mensual, por niño, niña o adolescente
atendido. El valor base, podrá incrementarse producto de la aplicación del factor zona,
conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del reglamento de la Ley Nº 20.032. Se pagará
por niño, niña o adolescente ingresado/a.
V. DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA Y LOS REGISTROS CONTEMPLADOS EN EL
ARTÍCULO 63 DEL REGLAMENTO DE LA LEY Nº 20.032 DEL 2005.
Los registros técnicos de atención de niños, niñas y adolescentes deberán estar
permanentemente actualizados y a disposición de la Contraloría General de la República
y del Servicio Nacional de Menores.
La supervisión del cumplimiento de los objetivos técnicos y del convenio suscrito será
efectuado por los/as supervisores/as de las respectivas Direcciones Regionales del
Servicio. Además, aquellos aspectos vinculados a lo técnico – administrativo, como son
mantener al día las carpetas y el ingreso de los datos del Plan de Intervención Individual a
Senainfo, serán considerados en la Evaluación Anual de Desempeño, que por Ley el
Servicio debe aplicar.
Para estos efectos, los proyectos PDC deberá mantener una Carpeta Individual de cada
niño, niña o adolescente ingresado/a. Cabe señalar que esta carpeta debe contener toda
la información del niño, niña y adolescente, entendiéndose como carpeta maestra, con la
siguiente información:
a. Ficha de Ingreso: que contemple la identificación personal del niño/a o
adolescente, su situación familiar, identificación de la instancia de derivación y causal
de vulneración que justifica el ingreso y antecedentes psicosociales.
Nombre completo, RUN y domicilio
Fecha en que es derivado
Fecha de ingreso
Causal de ingreso
Antecedentes relevantes de salud: inscripción en algún programa, certificados de
salud (si existen), controles de salud, etc.
Antecedentes de Educación
Participación en otros programas sociales: como Chile Solidario, Chile Crece
Contigo, Previene, programas municipales.
Participación en organizaciones: scout, club deportivo, organización de música,
grupo de iglesia, etc.
Antecedentes familiares: composición de la familia, con quién vive, participación de
la familia en programas sociales y/u organizaciones comunitarias.
b. Plan de Intervención Individual: En esta carpeta se incorporará el Plan de
Intervención Individual (PII): entendido como un plan de trabajo diseñado en forma
conjunta con los proyectos intervinientes, en los casos que corresponda, y co
construido con las familias y los/as niños/as o adolescentes. Debe ser específico
para cada caso.
Este Plan de Intervención deberá contener a lo menos:
Un diagnóstico o informe inicial de la situación que le afecta, que debe ser
coherente con el sujeto de atención del proyecto
Objetivos del plan con el niño, niña o adolescente, su familia y/o adulto
significativo
Actividades más relevantes y responsables
Resultados esperados y tiempo estimado de la intervención.
El Plan de Intervención deberá ser formulado en el plazo estimado en las Bases
Técnicas. Sin embargo, en la base Senainfo, se deberá abrir el Plan de
Intervención al momento del ingreso al proyecto, en estado de elaboración, e ir
registrando los eventos.
Se considerará parte de este Plan la evaluación o profundización diagnóstica,
cuando ésta sea necesaria.
El proyecto deberá velar porque la información que genere producto de la
intervención que realice con el niño, niña o adolescente sea integrada
sistemáticamente a la carpeta individual.
c. Diagnóstico: En la carpeta individual se deberá incorporar el diagnóstico social,
escolar, psicológico – psiquiátrico, de salud y de drogas. Los informes diagnósticos
que consten en esta carpeta deben contar con el respaldo profesional
correspondiente.
d. Otros que el caso específico requiera.
A la carpeta deberán sumarse todos los medios de verificación de las acciones,
actividades y/o eventos realizados con los niños, niñas y adolescentes, familias, actores
comunitarios, organizaciones de bases, comunidad organizada y no organizada,
profesionales y técnicos de ONG, entre otros.
VI. DE LOS CONVENIOS
En cada uno de los convenios suscritos se señalaron las exigencias que deberán llevar a
cabo durante la ejecución del Programa.
Se estableció como obligación en los convenios:
- Mantener una coordinación permanente y de trabajo colaborativo con el Equipo de
Asesoría Técnica y de Control de Gestión a cargo del programa y con el/la
Encargado/a Comunal del PSI 24 horas de la comuna respectiva, cuando
corresponda. De esta forma, deberá generar periódicamente la información
cualitativa y cuantitativa sobre procesos y resultados de intervención, de acuerdo a
los requerimientos de dicho equipo.
- Cumplir las normas e instrucciones generales o especiales que, en materias
técnicas, administrativas y financiero-contables, imparta SENAME en el marco del
Programa 24 horas.
- Generar una articulación eficaz y eficiente con otros proyectos intervinientes en los
casos que corresponda, especialmente con los Proyectos de Intervención
Especializada (PIE), por cuanto este programa constituye el principal recurso para
procesos de derivación e intervención conjunta, lo que deberá traducirse en el
diseño e implementación de Planes de Intervención Individuales Únicos y en el
desarrollo periódico de reuniones clínicas y técnicas conjuntas.
- El proyecto deberá regirse en sus condiciones de infraestructura, organización y
dirección técnica, conformación de equipos y establecimiento de derechos de los
usuarios/as, a las disposiciones del Ministerio de Salud, establecidas en el
“Reglamento de Centros de Tratamiento y Rehabilitación de Personas con
Consumo Perjudicial o Dependencia a Alcohol y Drogas”, Dto. Nº 4 de 2009,
publicado en el diario Oficial del 13 de enero de 2010. El cumplimiento de dichas
disposiciones favorecerá la obtención de la autorización sanitaria para la ejecución
del proyecto en coherencia con los requerimientos mínimos establecidos. Será el
Departamento Técnico del Servicio Nacional de Menores, quién entregará la
información necesaria para que los proyectos inicien los trámites administrativos
para la autorización sanitaria por parte de la Secretaría Regional Ministerial de
Salud.
VII. DE LA SUPERVISIÓN FINANCIERA SEGÚN EL ART. 65 DE LA LEY Nº 20.032.
La norma que se indica en el artículo 65º del Decreto Nº841, reglamento de la Ley Nº
20.032, señala que la subvención que se le transfiere a los colaboradores debe estar
destinada al cumplimiento de las actividades y al sujeto de atención, contemplados en los
artículos 3º y 5º de dicha Ley y a los objetivos de los respectivos proyectos. La
supervisión financiera al gasto de la subvención, está orientada a verificar el cumplimiento
de los objetivos del proyecto.
En este sentido, se deberá aplicar y dar cumplimiento a las normas internas que el
Servicio ha debido dictaminar, según Oficio Circular Nº 001 de fecha 04 de marzo de
2014; sin perjuicio de lo establecido en la Resolución Nº 30 de fecha 11 de marzo de
2015, de la Contraloría General de la República, que fija normas de procedimiento sobre
Rendición de Cuentas.
ORIENTACIONES BÁSICAS PARA REGISTRO DE INFORMACIÓN
DEL MÓDULO NIÑOS/AS EN SENAINFO
Dependencia Técnica
Departamento de Protección y Restitución de Derechos
Línea de Acción Programas - Programas de Protección Especializada para niños, niñas y adolescentes con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas (PDC)
Definición En el marco del Programa 24 Horas de atención de niños, niñas y adolescentes derivados del Programa de Seguridad Integrada 24 Horas, los Proyectos de Protección Especializada para niños, niñas y adolescentes con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas tienen por objetivo contribuir a la interrupción del consumo problemático de alcohol y/u otras drogas, en niños, niñas y adolescentes atendidos preferentemente por el/los proyecto/s PIE (80%) y otros proyectos de la Red 24 Horas, específicamente, OPD, PIB o PPF, Salud Mental y Terapia Multisistémica (20%) de la comuna, a través de su incorporación a dispositivos especializados de tratamiento.
ORIENTACIONES PARA EL REGISTRO DE LA
INFORMACION
Ingreso Se contempla una coordinación preferente -en términos de vías de ingreso- con el/los proyecto/s PIE (80%) y otros proyectos de la Red 24 Horas, específicamente, OPD, PIB o PPF, Salud Mental y Terapia Multisistémica (20%) de la comuna. Como criterios de ingreso al proyecto, se debe considerar a niños, niñas y adolescentes que se encuentren con consumo problemático de alcolhol y/u otras drogas. Toda la información solicitada en este módulo se espera esté ingresada en un plazo de 48 horas desde la fecha de ingreso del/la niño al proyecto, a objeto de mantener actualizada la Base de Datos. Deberán llenarse correctamente, a lo menos las variables básicas de la identificación.
Variable: “Identificación del NNA”
En este punto, antes de realizar cualquier ingreso, se debe comprobar si el NNA tiene un registro histórico institucional en la Base SENAINFO, para lo cual deberá realizar lo siguiente:
a) Ingresar a casilla “Ingreso del Niños” b) Registrar el centro o proyecto y la institución. c) Digitar el RUN y hacer clic en <Buscar> d) En la pantalla debe informar que ha encontrado “1
coincidencia” e) Hacer clic en “Resultado búsqueda” (coincidencias) y
abajo se desplegará la información del niño/a o
adolescente y al lado la palabra “ingresar” f) Si informa “0 coincidencias”, buscar por su nombre, esto
es Apellido Paterno y primer Nombre o Apellido Paterno y Apellido Materno, lo que desplegará varias coincidencias entre las que puede estar el niño/a o adolescente que se busca.
g) Hacer clic en “Ingresar” y continuar con el ingreso. h) Sólo si no se encuentra el NNA en la SENAINFO, podrá
hacer clic en “Nuevo Ingreso” Si ocurre que (contando con el registro adecuado sea Cédula de Identidad o Certificado de Nacimiento), la identidad asociada a RUT que usted ingresa es distinta, se deberán seguir las instrucciones que la misma Base de Datos señala, informando de esta situación a la Mesa de Ayuda.
Variables: “Identidad confirmada en el Ingreso” y Edad.
Se recuerda que éstas deben ser llenadas con datos fidedignos, siendo necesario contar en cada proyecto con carpetas por NNA, con certificado de nacimiento que respalde los datos informados.
Variable: “Calidad Jurídica” Es importante tener presente que todos los NNA que son informados a través del PSI 24 Horas, son notificados a Tribunales de Familia, ya que Carabineros de Chile, por Ley está obligado a informar a dicha instancia. Que el NNA haya sido informado a Tribunales no significa que el caso esté judicializado. Por tanto sólo deberá ingresarse la información a esta variable cuando desde Tribunales se derive al Proyecto una orden o la dupla psicosocial que despeja el listado informe que el caso ha sido judicializado.
Variables: “Escolaridad” “Año último curso” “Tipo asistencia escolar”
Los proyectos PDC deben ingresar los datos solicitados, teniendo como respaldo certificados e informes (tipo, curso o nivel, tipo de asistencia). En caso que no se cuente con estos datos al ingreso, podrán ser llenados con la información provista por el NNA o un adulto responsable, para luego realizar las actualizaciones o modificaciones que procedan. Deberá tener concordancia con los datos que se exigen como obligatorios en la variable “Diagnóstico Escolar (ítem Diagnóstico Escolar). Esta información es de máxima importancia para las acciones intersectoriales que el Servicio desarrolla.
Variables: “Domicilio” y “Comuna”
Registrar el domicilio en que el NNA vive.
Variable: “Tipo de relación con quien vive”
Este campo debe contener la relación de la/as persona/s con quién/es vive el NNA, al momento del ingreso al PDC (por ejemplo: ambos padres, madre sola, etc)
Variable: “Tipo de relación contacto”
Registrar la alternativa correspondiente al tipo de persona con el cual el PDC se relaciona o se va a relacionar, con fines de información respecto del ingreso del NNA, la situación de éste y aspectos relevantes de su permanencia.
Variable; “Tipo solicitante de
Se deberá registrar en la agrupación “Instituciones u Organizaciones de la Comunidad” la alternativas “NNA
Ingreso” proveniente del Programa 24 Horas”. En el caso que el ingreso sea por un proyecto del Programa 24 horas del Ministerio del Interior (EDT o MST), señalar en la agrupación “Ministerio del Interior”, la alternativa “Derivación de EDT” o “Derivación MST”, de acuerdo corresponda. En la excepcionalidad de casos ingresados vía órganos de administración de justicia, deberán ingresarse la información correspondiente a quién, previo al Tribunal, promueve el ingreso del NNA, posteriormente se registrará la información relacionada con Tribunales (calidad jurídica, orden de Tribunal, fecha y expediente)
CAUSALES DE INGRESO
Variables: “Tipo causal de Ingreso y causal de ingreso”
De acuerdo a las características del sistema, se pueden ingresar hasta tres causales de ingreso, debiendo corresponder la primera a la vulneración de derechos más grave o principal. En los proyectos PDC, el primer tipo de causal de ingreso a registrar corresponde a Protección de Derechos y deberá seleccionarse en este Tipo de Causal “Problemas de Consumo de Drogas” En la segunda causal de ingreso deberá registrarse otra vulneración de derechos o el delito o falta, en el caso que corresponda.
DETALLE DE LESIONES AL INGRESO
Variable: “Tipo de lesión”
En el caso que el NNA ingresara al PIE con lesiones visibles, obligatoriamente se deberá llevar al niño, niña o adolescente a constatar lesiones, dejar constancia en Carabineros y en el sistema del tipo de lesiones que presentaba.
Variable: “Quién ocasiona la lesión”
Si se registra que el NNA presenta lesiones al ingreso, obligatoriamente deberá registrarse quién presuntamente ocasiona las lesiones.
SOLICITUD DE DILIGENCIAS
“Diligencias” “Variables” “Fecha” “Tipo de solicitantes” “Diligencias”
NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCIÓN
No obstante, en la eventualidad de recibir una solicitud de informe o gestiones relacionadas con la situación del NNA, de parte de algún organismo, el proyecto evaluará la pertinencia de efectuarla y registrará los datos respectivos. Recordar que las solicitudes de Tribunales, Ministerio Público y Fiscalías deben ser atendidas, independientes de las gestiones que realice el proyecto con dichas entidades para aclarar el tipo de sujeto que atiende y su alcance de intervención.
DATOS DE SALUD
Variables: “Tiene discapacidad” “Inscrito registro nacional de discapacidad” “Inscrito Fondo Nacional de Salud”
Respecto a los datos de salud, es necesario definir si el NNA, presenta algún tipo de discapacidad, ya que al momento de confirmar dicha situación el sistema despliega otras ventanas con información relativa al ítem salud. Ésta deberá estar respaldada con informes emanados de profesionales idóneos. Si no se cuenta con ellos al momento del ingreso y la discapacidad del NNA es evidente, se recomienda registrarla y posteriormente efectuar gestiones para su certificación, de la cual debe existir
copia en la carpeta personal del NNA. Por otro lado, en el caso que el NNA no esté inscrito en el Consultorio, deberán realizarse todas las gestiones con la familia para que dicha situación sea superada. Como dato referencial, es importante señalar si el NNA se encuentra inscrito en el Fondo Nacional de Discapacidad y en el Fondo Nacional de Salud, con el fin de acceder a los beneficios que esos sistemas otorgan.
DETALLE DE DISCAPACIDAD
Variables: “Tipo” “Nivel”
En este subítem el/la profesional debe indicar el tipo de discapacidad, ya sea visual, física, psíquica, mental o auditiva, determinada en el ingreso, o bien, se produzca en algún momento durante la permanencia en el PDC. Se reitera que la información registrada, deberá contar con los respaldos del diagnóstico extendido por profesional idóneo del ámbito de la salud, documentación que deberá mantenerse en la carpeta física que está en el proyecto, con los demás antecedentes del NNA. Se considera persona con discapacidad a todas aquellas, que, “teniendo una o más deficiencias físicas, mentales, sea por causa psíquica o intelectual, o sensoriales, de carácter temporal o permanente, al interactuar con diversas barreras presenten en el entorno, ve impedida o restringida su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”
1.
DETALLES HECHOS DE SALUD
Variable; “Tiene hecho de salud”
En este subítem deben ingresarse todos los antecedentes de algún problema de salud física y/o psíquica, certificada, que presente el NNA al ingreso o durante su permanencia en el proyecto. Registrando si se encuentra en diagnóstico, tratamiento, control médico, etc., como también donde se efectúa la atención del NNA.
DETALLE ENFERMEDADES CRONICA
Variable: “Enfermedad”
Se debe registrar si el NNA presenta o no enfermedades crónicas. En caso que el NNA ingresado presente alguna enfermedad de este carácter (debidamente certificada); de acuerdo al listado de categorías contenidas en el ítem, se debe registrar a qué enfermedad corresponde y la fecha de diagnóstico. Se insiste en la necesidad de certificación, sea al ingreso o al más breve plazo una vez detectada la situación de enfermedad crónica. Este es un dato de relevancia, ya que si el NNA cambiara de proyecto por alguna razón, el proyecto que lo reciba debe estar al tanto de su situación y colaborar en las acciones de control o tratamiento.
NNA A PERSONAS RELACIONADAS
Este ítem que es obligatorio, permite relacionar al niño/a o adolescente con personas del entorno familiar o significativo, para efectos de que el Proyecto pueda trabajar con algún adulto significativo en la intervención y egreso del NNA del proyecto. Los proyectos deberán registrar en la Base, datos como RUT, Nombre, tipo de relación, fecha, etc.
DATOS DE GESTIÓN Subítem 1:
1 Definición que aparece en artículo 5 de la Ley N°20.422.
“Informe de diagnóstico” Variables: “Etapa diagnóstico” “Fecha” “Tipo de diagnóstico” Subítem 2: “Acciones” Variables: “Tipo de acción” “Término diagnóstico” “Fecha término diagnóstico” 2.1.2.- Tipo diagnóstico. 2.1.3.- Término diagnóstico
NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCIÓN
PLAN DE INTERVENCIÓN En primer lugar es importante aclarar que SENAINFO es un instrumento de gestión y no la carpeta de vida de cada uno de los NNA que ingresan a un proyecto de la red SENAME, por lo que es necesario incorporar los datos más relevantes de la gestión que se realiza con cada uno de ellos/as. Las carpetas deben seguir existiendo en los proyectos, mientras no exista un sistema digital para tal efecto, y será responsabilidad de los/as supervisores/as revisar las carpetas de cada NNA. Se recomienda iniciar la elaboración del Plan de Intervención Individual (PII) el mismo día del ingreso del NNA al proyecto. Es de suma importancia copiar el número del Plan de Intervención de manera de tenerlo en la carpeta del NNA cada vez que se ingrese un evento de intervención. Se recomienda generar un (1) sólo Plan de Intervención (PII) para cada NNA ingresado, teniendo en cuenta que puede atribuirle varias áreas de intervención y recordando que puede “actualizar” la información del Estado de intervención en el Subítem “Seguimiento del Plan de Intervención”, especialmente para su cierre. Es obligatorio llenar campos referidos a Plan de Intervención, como la fecha de elaboración, fecha de inicio y descripción del plan de intervención, en los ejes NNA, familia y comunidad, como también señalar la fecha estimada para su término. El plazo para tener definido el PII, sin perjuicio de ajustes posteriores, es de 15 días hábiles a contar del ingreso del NNA.
AREA DE INTERVENCIÓN Este subítem, obligatorio, permite registrar información sobre los diferentes tipos y niveles de intervención en los que participará el NNA, su familia y la comunidad. Los campos obligatorios a llenar son: Tipo de Intervención: Que entrega un listado para seleccionar la acción que será realizada durante el proceso de intervención del NNA en el proyecto. En el caso del PDC corresponde a Intervención en Salud, Trabajo Intersectorial e Intervención Psicológica Nivel de Intervención:
Que entrega un listado que indica el tipo de intervención a realizar. Ej: Comunitaria, Familiar, Grupal, Individual. Seleccionar un solo nivel para Área ya que con cada una se despliegan el mismo listado de eventos. En cuanto al número de eventos de intervención éstos se suman automáticamente de acuerdo a la cantidad de acciones que el proyecto vaya ingresando en “Eventos de Intervención”.
SEGUIMIENTO DEL P.I.I. Este subítem, obligatorio, permite registrar información sobre el estado de la intervención, colaboración del NNA y participación de la familia durante el seguimiento efectuado por el/la profesional sobre el PII realizado al NNA. En cuanto al estado de la Intervención, ésta deberá contener información acerca de la situación o estado de la intervención realizada al NNA (y actualizar cada vez que tenga un cambio de estado)
CON QUIEN PUEDE TRABAJAR EL EGRESO
Este subítem, obligatorio, permite registrar información sobre los diferentes adultos responsables que tienen alguna relación con el NNA para determinar con quién puede el profesional trabajar el egreso del NNA. Para dar uso a este ítem es necesario haber incorporado datos en el ítem 4 “Personas relacionadas”
TERMINO DE LA INTERVENCION
Es obligatorio al egreso del NNA incorporar los datos relacionados con intervención completa, habilitado para el egreso, grado de cumplimiento y fecha de término de la intervención. Se deberá registrar si el NNA está habilitado/a para el egreso y este dato debe coincidir con el grado de cumplimiento de la intervención. Se deberá incorporar, al momento del egreso, de manera fidedigna si el NNA ha egresado con alguna de las siguientes categorías de grado de cumplimiento de su proceso de intervención: logrado (alrededor del 100%), parcialmente logrado (más de un 50% de logro), no logrado (menos de un 50% de logro), no lo termina, interrumpe, no adscrito a programa, sin información, traspasa a otro proyecto. Este dato es de máxima importancia, pues es básico para la evaluación de indicadores de cada programa.
EVENTOS DE INTERVENCION
En el caso de los Proyectos PDC éstos sólo podrán ingresar información a los 3 Tipo de Intervención disponibles para ello, a saber: Intervención en Salud, Trabajo Intersectorial e Intervención Psicológica SENAINFO permite ingresar dos o más eventos de intervención distintos el mismo día, pero no dos eventos iguales. Se deberá registrar obligatoriamente, todos los eventos de intervención que se realicen con NNA y/o su familia, adulto significativo o comunidad (salud, escolar, atención psicológica, social, etc.) de acuerdo al tipo y nivel de intervención indicando
en el plan de intervención realizado al NNA. Se recomienda que dichos eventos sean registrados en la Base de Datos en el curso de la semana que se realizan.
DIAGNOSTICO DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE
Es obligatorio el ingreso de todos los datos relacionados con los diagnósticos. En el caso de detectarse una vulneración de derechos durante la permanencia, deberán ingresarse los datos donde corresponda, previa evaluación de un/a profesional del Proyecto.
Diagnóstico Social Es obligatorio que cada NNA ingresado/a al proyecto cuente con los datos de su situación social.
Diagnóstico Escolar Es obligatorio que cada NNA ingresado/a al proyecto cuente con los datos de escolaridad, y debe ser concordante con lo registrado en el ingreso del NNA, salvo que las certificaciones respectivas den cuenta de una situación distinta a la originalmente consignada.
Diagnóstico Maltrato NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCIÓN
Diagnóstico Drogas El registro del diagnóstico de drogas es obligatorio. Deberán ingresarse los datos donde corresponda, previa evaluación de un/a profesional del Proyecto.
Diagnóstico Psicológico En el caso de los Proyectos PDC, se deberá ingresar lo relacionado tanto con el diagnóstico psicológico como con el psiquiátrico.
Capacitación NNA NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCIÓN
Situación laboral del NNA Si al ingreso o durante la permanencia del NNA se encontrara trabajando, obligatoriamente, deberán ingresarse todos los datos relacionados con la actividad que realiza.
Diagnóstico peores formas de trabajo.
Este ítem tiene estrecha relación con el punto anterior, ya que de existir un NNA, trabajando al ingreso o durante su permanencia en el Proyecto y se determina que esta actividad se encuentra entre las peores formas de trabajo infantil, definidas por SENAME, se deberá registrar obligatoriamente, todos los antecedentes que solicita el sistema.
NNA Organización Social. NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCIÓN
Hechos Judiciales. Sólo en el caso que el proyecto haya presentado alguna medida de protección producto de una vulneración de derechos, deberán ingresarse los datos en este ítem.
Subítem 4: NNA Visitados
NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCION.
Rectificación identidad (Ej. NNA NN en gestación, nombres falsos o incorrectos)
Obligatoriamente, mensualmente o cada vez que sea necesario, se deben registrar las modificaciones o actualizaciones de los datos respectivos. Los datos de los NNA en la Red no podrán ser actualizados directamente desde los proyectos. Para este efecto se deberá enviar los antecedentes de su identificación a la mesa de ayuda para que ésta realice la modificación correspondiente.
EGRESO Obligatoriamente deben registrarse todos los datos del egreso en un plazo máximo de 24 horas de producido, llenando todos los campos referidos a éste.
Causal de Egreso Debe señalarse si el egreso está asociado al cumplimiento del plan de intervención o a su interrupción, resoluciones administrativas o del tribunal, cuando éste hubiera intervenido. Las alternativas del Tipo Causal de egreso referido a “Asociadas a Resoluciones Administrativas” solo se utilizarán cuando dicho egreso no se relacione con la intervención o su interrupción por otras causas. No olvidar que antes de egresar a un NNA debe cerrarse el plan de intervención, señalando el grado de cumplimiento del mismo. Registrar, obligatoriamente, la causal por la cual egresa el NNA. No olvidar que el registro de las causales de egreso es una variable de la máxima relevancia para el monitoreo de los indicadores de gestión, que dan cuenta del grado de eficacia y resultados de los proyectos.
Detalle órdenes de Tribunal. Variables: “Medida aplicada por el tribunal” “Medida sugerida técnico” “Con quién egresa”
Todos los egresos de NNA que eventual y excepcionalmente hayan sido ingresados con orden de un Tribunal, deben contar con la respectiva orden de egreso del Tribunal competente, no obstante, cuando no sea posible su obtención oportuna, se tendrá hasta dos meses de plazo para su obtención y registro, aún cuando el NNA ya se encuentre egresado. Debe registrarse con quién egresa el NNA, como la medida que aplicó el Tribunal si es que éste hubiera intervenido, y también la medida que fue sugerida por el equipo técnico del proyecto, aún cuando éstas no sean coincidentes. Cuando se egrese a un NNA del proyecto porque a juicio del equipo técnico requiere ser atendido/a por otro proyecto dada su situación, y se efectúe esta derivación, se debe registrar en la base de datos esta causal. Es importante tener a la vista esto, a fin de que en las mediciones de indicadores de gestión no se considere como “reingreso” a un sistema de mayor complejidad.
ANEXO N°1
TIPOS Y EVENTOS DE INTERVENCIÓN
PROYECTOS PDC
Tipo y Eventos de intervención solo Proyectos PDC
Tipo de Intervención
Evento de Intervención
Intervenciones Directas
Verificador
Intervención en Salud
Atención y/o consulta psiquiátrica
Si En la carpeta del niño o niña deben quedar consignadas los días de atención psiquiátrica y los informes del profesional
Evaluación general de Salud
Si Certificado médico del estado de salud del niño o niña
Profundización diagnóstica en consumo de drogas
Si El informe de profundización diagnóstica debe estar en la carpeta individual del niño/a
Intervención psicológica individual
Si En el PII debe señalarse el número de sesiones que requerirá el niño o niña. En la carpeta deberá existir un documento donde se señale si las sesiones se realizaron
Atención terapéutica por desintoxicación
Si En el PII debe señalarse el número de sesiones que requerirá el niño o niña, realizadas tanto por los profesionales como por el/la técnico/a en rehabilitación del proyecto. En la carpeta deberá existir un documento donde se señale si las sesiones se realizaron y los avances del proceso
Hospitalización por desintoxicación
No
Hospitalización por No
salud mental
Talleres grupales Si Planificación de los talleres y lista de asistencia. Además, la participación en los talleres debe estar señalado en el PII
Coordinaciones para la ubicación de sujetos con características refractaria a la intervención (pesquisa de niños, niñas o adolescentes sin paradero conocido
No En la carpeta debe quedar consignada las solicitudes formales de información a las distintas fuentes y/o datos de contacto de fuentes formales y/o informales
Intervención individual de técnicos en rehabilitación
Sí Registro en la carpeta de las sesiones
Intervención individual de terapeuta ocupacional
Sí Registro en la carpeta de las sesiones
Intervención Familiar Sí Registro en la carpeta de las sesiones y avance en el proceso
Intervención en Crisis Sí Registro en la carpeta del evento, fecha, implicados y acciones realizadas
Vacaciones programadas
No
Cierre del proceso de intervención de PDC
No
Trabajo
Intersectorial
Coordinación con Proyectos de Protección de Derechos.
No Registro en la carpeta de las coordinaciones específicas, que consigne el objetivo, contenidos y acuerdos de la reunión, con datos de contacto
Coordinación con Proyectos para Infractores de Ley.
No Registro en la carpeta de las coordinaciones específicas, que consigne el objetivo, contenidos y acuerdos de la reunión, con datos de contacto
Coordinación con profesionales y/o técnicos proyectos PIE
No Registro en la carpeta de las coordinaciones específicas, que consigne el objetivo, contenidos y acuerdos de la reunión, con datos de contacto
Coordinación con Encargado del
No Registro en la carpeta de las coordinaciones
Programa PSI 24 Horas, para procesos de atención de casos.
específicas, que consigne el objetivo, contenidos y acuerdos de la reunión, con datos de contacto
Coordinación con Encargado del Programa PSI 24 Horas, para procesos de retroalimentación.
No Registro en la carpeta de las coordinaciones específicas, que consigne el objetivo, contenidos y acuerdos de la reunión, con datos de contacto
Análisis de caso en Mesa de Gestión de Casos
No Actas de Mesa de Gestión de Casos
Coordinación con
profesionales y/o
técnicos de otros
proyectos del Programa
24 Horas o la red local
No Registro en la carpeta
de las coordinaciones
específicas, que
consigne el objetivo,
contenidos y acuerdos
de la reunión, con
datos de contacto
Coordinación con profesionales y/o técnicos de otros proyectos o Redes.
No Registro en la carpeta de las coordinaciones específicas, que consigne el objetivo, contenidos y acuerdos de la reunión, con datos de contacto
Coordinaciones con actores locales para la intervención con el niño/a y/o adolescente.
No Registro en la carpeta de las coordinaciones específicas, que consigne el objetivo, contenidos y acuerdos de la reunión, con datos de contacto
Coordinación con Tribunales de Familia.
No
Presentación de Medidas de Protección
No Medida de Protección
Intervención
Psicológica
Entrevista con padre y/o madre
Si En la carpeta del NNA debe quedar consignada la entrevista con el padre o madre.
Entrevista con otro referente significativo
Si En la carpeta del NNA debe quedar consignada la entrevista con otro referente significativo.
Elaboración de Plan de Intervención Individual
No Plan de Intervención
Joven Firma PII y lo Si Plan de Intervención
“INSTRUCTIVO PARA EL REGISTRO DE LA ATENCIÓN Y PAGO DE SUBVENCIÓN
DE LA LÍNEA DE ATENCIÓN DE PROGRAMAS DE PROTECCIÓN ESPECIALIZADOS,
ESPECÍFICAMENTE PROGRAMA DE REINSERCIÓN EDUCATIVA (PDE), EN VIRTUD
DE LA LEY N° 20.032, DE 2005- DEPARTAMENTO DE PROTECCION DE DERECHOS"
l. PRESENTACIÓN
En el marco del Programa 24 horas se ha iniciado la ejecución de Programas de
Reinserción Educativa (PDE) con Bases Técnicas 2015, que hace necesario actualizar
el presente instructivo.
II. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LOS PROGRAMAS
La descripción que a continuación se presenta, fue extraída de las Bases Técnicas de
los Proyectos PDE.
a. Objetivo: Favorecer las condiciones para la reinserción educativa de niños, niñas y
adolescentes que se encuentran fuera del sistema escolar, atendidos por el/los
proyecto/s PIE (80%) y otros proyectos de la Red 24 Horas, específicamente, OPD, PIB
o PPF, Salud Mental y Terapia Multisistémica (20%) de la comuna
b. Resultados esperados:
Un 70% de la población atendida avanza en el desarrollo de sus competencias
lectoras en comparación con su nivel de ingreso al proyecto.
El 70% de la población atendida avanza en el desarrollo de las operaciones
matemáticas, en comparación con su nivel de ingreso al proyecto.
Al menos el 60% de los niños, niñas y adolescentes atendidos/as que rinde
exámenes libres, avanzan un nivel o más en su trayectoria educativa.
Al menos el 25% de niños, niñas y adolescentes atendidos/as que requieran
ingresar al sistema escolar, se reintegra en el sistema escolar formal
Al menos un 40% de las familias, incrementa su participación e involucramiento en
los procesos de intervención para la reinserción educativa de los niños, niñas y
adolescentes atendidos en el programa respecto del momento de ingreso
Al menos un 80% de los planes de intervención contengan la visión y opinión de
los usuarios.
100% de PIU1 elaborados en conjunto por modalidad PIE y PDC.
Diseño e implementación de planes de intervención conjuntos con programas
complementarios en el 100% de los casos que lo requieran.
Asistencia al menos a un 80 % a reuniones de la Mesa de Gestión de Casos
1 PIU: Plan de Intervención Único
c. Sujeto de Atención
El proyecto trabajará con niños, niñas y adolescentes menores de 18 años derivados
preferentemente por el/los proyecto/s PIE (80%) y otros proyectos de la Red 24 Horas,
específicamente, OPD, PIB o PPF, Salud Mental y Terapia Multisistémica (20%) de las
comunas donde se implementa el Programa, que se encuentren, a la fecha de ingreso
al programa, con más de un año fuera del sistema escolar, o bien que se encuentran
con menos de un año fuera del sistema escolar, pero con al menos un año de rezago
escolar.
2.4 Vías de Ingreso:
Se considera como vías de ingreso, las derivaciones realizadas por el/los proyecto/s PIE
(80%) y/u otros proyectos de la Red 24 Horas, específicamente, OPD, PIB o PPF, Salud
Mental y Terapia Multisistémica (20%) de la comuna, que requiera atención focalizada
en el ámbito educativo.
III. REQUISITOS PARA EL PAGO DE LA SUBVENCIÓN: CONCEPTOS Y ASPECTOS
A CONSIDERAR EN CADA MOMENTO DE LA INTERVENCIÓN
3.1 Conceptos
a. Niño, niña o adolescente atendido/a: es aquel/la que ha ingresado al proyecto y
se le ha otorgado atención, conforme a las bases técnicas del Servicio y al
proyecto de funcionamiento suscrito por el colaborador en el marco de la licitación
correspondiente. Para efectos de pago, se considerará como niño/a o adolescente
atendido a aquel que con al menos un evento de intervención directo o presencial
al mes. Por tanto, en lo que respecta al pago de la subvención, se considerarán
para el pago sólo aquellos eventos que se realizan directamente con el niño/a,
adolescentes y su familia (ver Anexo Nº 1).
Se entiende por evento de intervención aquel que se realiza con el niño/a, su
familia, tercero significativo o las coordinaciones que se establecen con ciertos
organismos. Se adjunta listado de eventos considerados para esta modalidad en
Anexo Nº1
3.2 Conceptos y aspectos a considerar en cada momento de la intervención, para el
registro de información en Senainfo.
a. Ingreso: todo niño que ingresa al PDE requiere ser registrado en la base de datos de
Senainfo (www.senainfo.cl) con dos finalidades, la primera, para contar con información
individualizada respecto de las atenciones que realiza la oferta Sename, y la segunda, es
para el pago de la subvención, es decir, se pagará la subvención solo por los niños/as que
se encuentran ingresados al sistema y que tengan al menos un evento de intervención
directo o presencial al mes.
b. Diagnóstico: la carpeta individual debe contener un diagnóstico de la vulneración que
le está afectando al niño o niña, identificando los factores de vulnerabilidad, los recursos
con los que cuenta y los factores protectores que es necesario desarrollar.
Además, de información referida a la frecuencia de sus retenciones en Unidades
Policiales, motivo de la detención, datos que entrega la Lista del PSI 24 horas, en los
casos en que haya ingresado por esta vía.
Este punto es especialmente relevante desde la mirada técnica, puesto que permite
definir lineamientos para el plan de intervención.
Este diagnóstico debe estar elaborado e impreso en las carpetas individuales de cada
niño, niña o adolescente y podrá ser requerido por los/as supervisores/as técnicos/as
supervisores/as financieros/as y/o profesionales del Departamento de Auditoría, del
Servicio Nacional de Menores. Debe contemplar antecedentes sociales, escolares,
psicológicos y de salud, considerando la información de diagnóstico recopilada por el
proyecto, así como la entregada por la instancia derivadora, quien deberá completar
la pauta de derivación (proporcionada por Deprode) con la información requerida,
de modo de facilitar el ingreso de datos a Senainfo por parte del Proyecto de
Reinserción Educativa. El plazo para tener definido e ingresado el diagnóstico, es de
dos meses, a contar del ingreso del NNA. Es importante que se registren, desde el
ingreso del niño, niña y adolescente, todos los eventos de intervención, incluyendo los de
la fase de diagnóstico.
Asimismo, deben registrarse todos los datos que sean pertinentes en el Sistema Senainfo,
en el punto “Diagnóstico Escolar” (ver más adelante orientaciones para el ingreso de
datos a Senainfo).
La definición del diagnóstico es un insumo fundamental para la elaboración y ejecución
del plan de intervención que se abordará con el niño, niña o adolescente.
c. Plan de Intervención Individual: todo niño, niña o adolescente ingresado al
proyecto debe contar con un Plan de Intervención Individual (PII), el cual deberá
encontrase disponible en la carpeta personal. En dicho plan, se deberán definir los
objetivos y resultados que se quieren obtener con el niño, niña o adolescente, la
metodología que se va a utilizar y las acciones a realizar, además de los plazos tentativos
de la intervención. Además del PII, deben elaborarse Planes de Intervención Únicos (PIU)
en conjunto con los otros proyectos intervinientes, especialmente con los Programas de
Intervención Especializada (PIE), principal recurso derivante del proyecto. Es relevante
mencionar que tanto el PII como PIU deben elaborarse de forma participativa con la
familia y el niño, niña o adolescente, debiendo recibir copia del mismo.
El plan deberá encontrase impreso en las carpetas individuales de cada niño/a.
Asimismo, deben registrarse los datos que sean pertinentes en el sistema Senainfo,
en el punto “Planes de Intervención”. En este apartado, también deben agregarse los
eventos de intervención que se realizan con cada niño/a o adolescente. El plazo para
tener definido e ingresado el PII, sin perjuicio de ajustes posteriores, es de 10 días
hábiles a contar del ingreso del diagnóstico del niño, niña o adolescente. Los Planes de
Intervención deben ser evaluados periódicamente e incorporar las modificaciones o
actualizaciones, si la situación lo amerita.
El ingreso de la información a Senainfo relativa al Plan de Intervención es relevante,
ya que se medirá dentro de las inconsistencias a aquellos niños, niñas o
adolescentes que no registran plan de intervención.
d. Egreso: cada niño, niña y adolescente ingresado al proyecto que ha concluido su
plan de intervención y/o que debe ser egresado debido a otras causas, debe ser
registrado en el sistema Senainfo como egresado. Esto implica cerrar su Plan de
Intervención y adjuntar toda la documentación correspondiente en su carpeta de atención
individual, para concentrar toda la documentación en un solo lugar. Del mismo modo, se
deberá enviar copia de informe de egreso a la instancia derivadora, especialmente en el
caso de PIE.
3.3 Otros aspectos a considerar
Es importante que en las fechas que especifique el calendario para el pago de la
subvención, se ejecute el cierre del mes correspondiente y se entregue en la Dirección
Regional la documentación exigida.
En caso de tener problemas con el manejo de la Senainfo, contactarse con la Dirección
Regional que corresponda.
IV. MODALIDAD DE PAGO
Para la línea de Programas, en específico Programas de Reinserción Educativa, se
considerará un valor base mensual de 9.3 USS mensual, por niño, niña o adolescente
atendido. El valor base, podrá incrementarse producto de la aplicación del factor zona,
conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del reglamento de la Ley Nº 20.032. Se pagará
por niño, niña o adolescente ingresado/a.
V. DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA Y LOS REGISTROS CONTEMPLADOS EN EL
ARTÍCULO 63 DEL REGLAMENTO DE LA LEY Nº 20.032 DEL 2005.
Los registros técnicos de atención de niños, niñas y adolescentes deberán estar
permanentemente actualizados y a disposición de la Contraloría General de la República
y del Servicio Nacional de Menores.
La supervisión del cumplimiento de los objetivos técnicos y del convenio suscrito será
efectuado por los/as supervisores/as de las respectivas Direcciones Regionales del
Servicio. Además, aquellos aspectos vinculados a lo técnico – administrativo, como son
mantener al día las carpetas y el ingreso de los datos del Plan de Intervención Individual a
Senainfo, serán considerados en la Evaluación Anual de Desempeño, que por Ley el
Servicio debe aplicar.
Para estos efectos, los proyectos PDE deberán mantener una Carpeta Individual de
cada niño, niña o adolescente ingresado/a. Cabe señalar que esta carpeta debe contener
toda la información del niño, niña y adolescente, entendiéndose como carpeta maestra,
con la siguiente información:
a. Ficha de Ingreso: que contemple la identificación personal del niño/a o
adolescente, su situación familiar, identificación de la instancia de derivación y causal
de vulneración que justifica el ingreso y antecedentes psicosociales.
Nombre completo, RUN y domicilio
Fecha en que es derivado
Fecha de ingreso
Causal de ingreso
Antecedentes relevantes de salud: inscripción en algún programa, certificados de
salud (si existen), controles de salud, etc.
Antecedentes de Educación
Participación en otros programas sociales: como Chile Solidario, Chile Crece
Contigo, Previene, programas municipales.
Participación en organizaciones: scout, club deportivo, organización de música,
grupo de iglesia, etc.
Antecedentes familiares: composición de la familia, con quién vive, participación de
la familia en programas sociales y/u organizaciones comunitarias.
b. Plan de Intervención Individual: En esta carpeta se incorporará el Plan de
Intervención Individual (PII): entendido como un plan de trabajo diseñado en forma
conjunta con los proyectos intervinientes, en los casos que corresponda, y co
construido con las familias y los/as niños/as o adolescentes. Debe ser específico
para cada caso.
Este Plan de Intervención deberá contener a lo menos:
Un diagnóstico o informe inicial de la situación que le afecta, que debe ser
coherente con el sujeto de atención del proyecto
Objetivos del plan con el niño, niña o adolescente, su familia y/o adulto
significativo
Actividades más relevantes y responsables
Resultados esperados y tiempo estimado de la intervención.
El Plan de Intervención deberá ser formulado en el plazo estimado en las Bases
Técnicas. Sin embargo, en la base Senainfo, se deberá abrir el Plan de
Intervención al momento del ingreso al proyecto, en estado de elaboración, e ir
registrando los eventos.
Se considerará parte de este Plan la evaluación o profundización diagnóstica,
cuando ésta sea necesaria.
El proyecto deberá velar porque la información que genere producto de la
intervención que realice con el niño, niña o adolescente sea integrada
sistemáticamente a la carpeta individual.
c. Diagnóstico: En la carpeta individual se deberá incorporar el diagnóstico social,
escolar, psicológico y datos de salud. Los informes diagnósticos que consten en
esta carpeta deben contar con el respaldo profesional correspondiente.
d. Otros que el caso específico requiera.
A la carpeta deberán sumarse todos los medios de verificación de las acciones,
actividades y/o eventos realizados con los niños, niñas y adolescentes, familias, actores
comunitarios, organizaciones de bases, comunidad organizada y no organizada,
profesionales y técnicos de ONG, entre otros.
VI. DE LOS CONVENIOS
En cada uno de los convenios suscritos se señalaron las exigencias que deberán llevar a
cabo durante la ejecución del Programa.
Se estableció como obligación en los convenios:
- Mantener una coordinación permanente y de trabajo colaborativo con el Equipo de
Asesoría Técnica y de Control de Gestión a cargo del programa y con el/la
Encargado/a Comunal del PSI 24 horas de la comuna respectiva, cuando
corresponda. De esta forma, deberá generar periódicamente la información
cualitativa y cuantitativa sobre procesos y resultados de intervención, de acuerdo a
los requerimientos de dichos equipos.
- Cumplir las normas e instrucciones generales o especiales que, en materias
técnicas, administrativas y financiero-contables, imparta SENAME en el marco del
Programa 24 horas.
- Generar una articulación eficaz y eficiente con otros proyectos intervinientes en los
casos que corresponda, especialmente con los Proyectos de Intervención
Especializada (PIE), por cuanto este programa constituye el principal recurso para
procesos de derivación e intervención conjunta, lo que deberá traducirse en el
diseño e implementación de Planes de Intervención Individuales Únicos y en el
desarrollo periódico de reuniones clínicas y técnicas conjuntas.
VII. DE LA SUPERVISIÓN FINANCIERA SEGÚN EL ART. 65 DE LA LEY Nº 20.032.
La norma que se indica en el artículo 65º del Decreto Nº841, reglamento de la Ley Nº
20.032, señala que la subvención que se le transfiere a los colaboradores debe estar
destinada al cumplimiento de las actividades y al sujeto de atención, contemplados en los
artículos 3º y 5º de dicha Ley y a los objetivos de los respectivos proyectos. La
supervisión financiera al gasto de la subvención, está orientada a verificar el cumplimiento
de los objetivos del proyecto.
En este sentido, se deberá aplicar y dar cumplimiento a las normas internas que el
Servicio ha debido dictaminar, según Oficio Circular Nº 001 de fecha 04 de marzo de
2014; sin perjuicio de lo establecido en la Resolución Nº 30 de fecha 11 de marzo de
2015, de la Contraloría General de la República, que fija normas de procedimiento sobre
Rendición de Cuentas.
ORIENTACIONES BÁSICAS PARA REGISTRO DE INFORMACIÓN
DEL MÓDULO NIÑOS/AS EN SENAINFO
Dependencia Técnica
Departamento de Protección y Restitución de Derechos
Línea de Acción Programa de Reinserción Educativa – PDE
Definición En el marco del Programa 24 Horas de atención de niños, niñas y adolescentes derivados del Programa de Seguridad Integrada 24 Horas, los Proyectos de Reinserción Educativa, tienen como objetivo contribuir a la reinserción educativa de niños, niñas y adolescentes, que se encuentren a la fecha fuera del sistema escolar. La intervención se orientará principalmente al ámbito pedagógico, pero con estrategias que permitan al mismo tiempo la construcción de sentidos más favorables hacia lo educativo en cuanto a lo pedagógico, como espacio formativo o de socialización (lo normativo), y como alternativa para la construcción de alternativas de futuro o proyectos de vida más amplios.
ORIENTACIONES PARA EL REGISTRO DE LA
INFORMACION
Ingreso Se contempla una coordinación preferente -en términos de vías de ingreso- con el/los proyecto/s PIE (80%) y otros proyectos de la Red 24 Horas, específicamente, OPD, PIB o PPF, Salud Mental y Terapia Multisistémica (20%) de la comuna. Como criterios de ingreso al proyecto, se debe considerar a niños, niñas y adolescentes que se encuentren, a la fecha de ingreso al programa, con más de un año fuera del sistema escolar, o bien que se encuentran con menos de un año fuera del sistema escolar, pero con al menos un año de rezago escolar. Toda la información solicitada en este módulo se espera esté ingresada en un plazo de 48 horas desde la fecha de ingreso del/la niño al proyecto, a objeto de mantener actualizada la Base de Datos. Deberán llenarse correctamente, a lo menos las variables básicas de la identificación.
Variable: “Identificación del NNA
En este punto antes de realizar cualquier ingreso se debe comprobar si el NNA tiene un registro histórico institucional en la Base SENAINFO, para lo cual deberá realizar lo siguientes:
A) Ingresar a casilla “Ingreso del Niños” B) Registrar el centro o proyecto y la institución. C) Digitar el RUN y hacer clic en <Buscar> D) En la pantalla debe informar que ha encontrado “1
coincidencia” E) Hacer clic en “Resultado búsqueda” (coincidencias) y
abajo se desplegará la información del niño/a o adolescente y al lado la palabra “ingresar”
F) Si informa “0 coincidencias”, buscar por su nombre, esto es Apellido Paterno y primer Nombre o Apellido Paterno y Apellido Materno, lo que desplegará varias coincidencias entre las que puede estar el niño/a o adolescente que se busca.
G) Hacer clic en “Ingresar” y continuar con el ingreso. H) Sólo si no se encuentra el NNA en la SENAINFO, podrá
hacer clic en “Nuevo Ingreso” Si ocurre que (contando con el registro adecuado sea Cédula de Identidad o Certificado de Nacimiento), la identidad asociada a RUT que usted ingresa es distinta, se deberán seguir las instrucciones que la misma Base de Datos señala, informando de esta situación a la Mesa de Ayuda.
Variables: “Identidad confirmada en el Ingreso” y Edad
Se recuerda que éstas deben ser llenadas con datos fidedignos, siendo necesario contar en cada proyecto con carpetas por NNA, con certificado de nacimiento que respalde los datos informados.
Variable: “Calidad Jurídica” Es importante tener presente que todos los NNA que son informados a través del PSI 24 Horas, son notificados a Tribunales de Familia, ya que Carabineros de Chile, por Ley está obligado a informar a dicha instancia. Que el NNA haya sido informado a Tribunales no significa que el caso esté judicializado. Por tanto sólo deberá ingresarse la información a esta variable cuando desde Tribunales se derive al Proyecto una orden o los proyectos derivantes informen que el caso ha sido judicializado.
Variables: “Escolaridad” “Año último curso” “Tipo asistencia escolar”
Los proyectos deben ingresar los datos solicitados, teniendo como respaldo certificados e informes (tipo, curso o nivel, tipo de asistencia). En caso que no se cuente con estos datos al ingreso, podrán ser llenados con la información provista por el NNA o un adulto responsable, para luego realizar las actualizaciones o modificaciones que procedan. Deberá tener concordancia con los datos que se exigen como obligatorios en la variable “Diagnóstico Escolar (ítem Diagnóstico Escolar). Esta información es de máxima importancia para las acciones intersectoriales que el Servicio desarrolla.
Variables: “Domicilio” y “Comuna”
Registrar el domicilio en que el NNA vive.
Variable: “Tipo de relación con quien vive”
Este campo debe contener la relación con las persona/s con quién/es vive el NNA, al momento del ingreso al proyecto (por ejemplo: ambos padres, madre sola, etc)
Variable: “Tipo de relación contacto”
Registrar la alternativa correspondiente al tipo de persona con el cual el proyecto se relaciona o se va a relacionar con fines de información respecto del ingreso del NNA, la situación de éste y aspectos relevantes de su permanencia.
Variable; Se deberá registrar en la agrupación “Instituciones u
“Tipo solicitante de Ingreso”
Organizaciones de la Comunidad” la alternativas “NNA proveniente del Programa 24 Horas”. En el caso que el ingreso sea por un proyecto del Programa 24 horas del Ministerio del Interior (EDT o MST), señalar en la agrupación “Ministerio del Interior”, la alternativa “Derivación de EDT” o “Derivación MST”, de acuerdo corresponda. En la excepcionalidad de casos ingresados vía órganos de administración de justicia, deberán ingresarse la información correspondiente a quién, previo al Tribunal, promueve el ingreso del NNA, posteriormente se registrará la información relacionada con Tribunales (calidad jurídica, orden de Tribunal, fecha y expediente)
CAUSALES DE INGRESO
Variables: “Tipo causal de ingreso y causal de ingreso”
De acuerdo a las características del sistema, se pueden ingresar hasta tres causales de ingreso, debiendo corresponder la primera a la vulneración de derechos más grave o principal. En los proyectos PDE, el primer tipo de causal de ingreso a registrar corresponde a Protección de Derechos y deberá seleccionarse en este Tipo de Causal “Deserción Escolar” o “Sin acceso al sistema escolar”. En la segunda causal de ingreso deberá registrarse otra vulneración de derechos o el delito o falta, en el caso que corresponda.
DETALLE DE LESIONES AL INGRESO
Variable: “Tipo de lesión”
En el caso que el NNA ingresara al PIE con lesiones visibles, obligatoriamente se deberá llevar al niño, niña o adolescente a constatar lesiones, dejar constancia en Carabineros y en el sistema del tipo de lesiones que presentaba.
Variable: “Quién ocasiona la lesión”
Si se registra que el NNA presenta lesiones al ingreso, obligatoriamente deberá registrarse quién presuntamente ocasiona las lesiones.
SOLICITUD DE DILIGENCIAS
“Diligencias” “Variables” “Fecha” “Tipo de solicitantes” “Diligencias”
NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCIÓN
No obstante, en la eventualidad de recibir una solicitud de informe o gestiones relacionadas con la situación del NNA, de parte de algún organismo, el proyecto evaluará la pertinencia de efectuarla y registrará los datos respectivos. Recordar que las solicitudes de Tribunales, Ministerio Público y Fiscalías deben ser atendidas, independientes de las gestiones que realice el proyecto con dichas entidades para aclarar el tipo de sujeto que atiende y su alcance de intervención.
DATOS DE SALUD
Variables: “Tiene discapacidad” “Inscrito registro nacional de discapacidad” “Inscrito Fondo Nacional de Salud”
Respecto a los datos de salud, es necesario definir si el NNA, presenta algún tipo de discapacidad, ya que al momento de confirmar dicha situación el sistema despliega otras ventanas con información relativa al ítem salud. Ésta deberá estar respaldada con informes emanados de profesionales idóneos. Si no se cuenta con ellos al momento del ingreso y la discapacidad
del NNA es evidente, se recomienda registrarla y posteriormente efectuar gestiones para su certificación, de la cual debe existir copia en la carpeta personal del NNA. Por otro lado, en el caso que el NNA no esté inscrito en el Consultorio, deberán realizarse todas las gestiones con la familia para que dicha situación sea superada. Como dato referencial, es importante señalar si el NNA se encuentra inscrito en el Fondo Nacional de Discapacidad y en el Fondo Nacional de Salud, con el fin de acceder a los beneficios que el sistema otorga.
DETALLE DE DISCAPACIDAD
Variables: “Tipo” “Nivel”
En este subítem el/la profesional debe indicar el tipo de discapacidad, ya sea visual, física, psíquica, mental o auditiva, determinada en el ingreso, o bien, se produzca en algún momento durante la permanencia en el proyecto y el nivel correspondiente en que se manifiesta. Se reitera que la información registrada, deberá contar con los respaldos del diagnóstico extendido por profesional idóneo del ámbito de la salud, documentación que deberá mantenerse en la carpeta física que está en el proyecto, con los demás antecedentes del NNA. Se considera persona con discapacidad a todas aquellas, que, “teniendo una o más deficiencias físicas, mentales, sea por causa psíquica o intelectual, o sensoriales, de carácter temporal o permanente, al interactuar con diversas barreras presenten en el entorno, ve impedida o restringida su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”
1.
DETALLES HECHOS DE SALUD
Variable; “Hecho de salud”
En este subítem deben ingresarse todos los antecedentes de algún problema de salud física y/o psíquica, certificada, que presente el NNA al ingreso o durante su permanencia en el proyecto. Registrando si se encuentra en diagnóstico, tratamiento, control médico, etc., como también donde se efectúa la atención del NNA.
DETALLE ENFERMEDADES CRONICA
Variable: “Enfermedad Crónica”
Se debe registrar si el NNA presenta o no enfermedades crónicas. En caso que el NNA ingresado presente alguna enfermedad de este carácter (debidamente certificada); de acuerdo al listado de categorías contenidas en el ítem, se debe registrar a qué enfermedad corresponde y la fecha de diagnóstico. Se insiste en la necesidad de certificación, sea al ingreso o al más breve plazo una vez detectada la situación de enfermedad crónica. Este es un dato de relevancia, ya que si el NNA cambiara de proyecto por alguna razón, el proyecto que lo reciba debe estar al tanto de su situación y colaborar en las acciones de control o tratamiento.
NNA A PERSONAS RELACIONADAS
Este ítem que es obligatorio, permite relacionar al Proyecto con personas del entorno familiar o significativo del NNA, para efecto de que el profesional pueda trabajar con algún adulto significativo en la intervención y egreso del NNA del proyecto. Los proyectos
1 Definición que aparece en artículo 5 de la Ley N°20.422.
deberán registrar en la Base, datos como RUT, Nombre, tipo de relación, fecha, etc.
DATOS DE GESTIÓN Subítem 1: “Informe de diagnóstico” Variables: “Etapa diagnóstico” “Fecha” “Tipo de diagnóstico” Subítem 2: “Acciones” Variables: “Tipo de acción” “Término diagnóstico” “Fecha término diagnóstico” 2.1.2.- Tipo diagnóstico. 2.1.3.- Término diagnóstico
NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCIÓN
PLAN DE INTERVENCIÓN
En primer lugar es importante aclarar que SENAINFO es un instrumento de gestión y no la carpeta de vida de cada uno de los NNA que ingresan a un proyecto de la red SENAME, por lo que es necesario incorporar los datos más relevantes de la gestión que se realiza con cada uno de ellos/as. Las carpetas deben seguir existiendo en los proyectos, mientras no exista un sistema digital para tal efecto, y será responsabilidad de los/as supervisores/as revisar las de cada NNA. Se recomienda iniciar la elaboración del Plan de Intervención Individual (PII) el mismo día del ingreso del NNA al proyecto. Es de suma importancia copiar el número del Plan de Intervención de manera de tenerlo en la carpeta del NNA cada vez que se ingrese un evento de intervención. Se recomienda generar un (1) sólo Plan de Intervención (PII) para cada NNA ingresado, teniendo en cuenta que se le puede atribuir varias áreas de intervención y recordando que se puede “actualizar” la información del Estado de intervención en el Subítem “Seguimiento del Plan de Intervención”, especialmente para su cierre. Es obligatorio llenar campos referidos a Plan de Intervención, como la fecha de elaboración, fecha de inicio y descripción del plan de intervención, en los ejes NNA, familia y comunidad, como también señalar la fecha estimada para su término. El plazo para tener definido el PII, sin perjuicio de ajustes posteriores, es de 15 días hábiles a contar del ingreso del NNA.
AREA DE INTERVENCIÓN Este subítem, obligatorio, permite registrar información sobre los diferentes tipos y niveles de intervención en los que participará el NNA, su familia y la comunidad. Los campos obligatorios a llenar son: Tipo de Intervención: Que entrega un listado para seleccionar la acción que será
realizada durante el proceso de intervención del NNA en el proyecto. En el caso del PDE corresponde a Intervención Educativa, Intervención Psicológica y Trabajo Intersectorial. Nivel de Intervención: Que entrega un listado que indica el tipo de intervención a realizar. Ej: Comunitaria, Familiar, Grupal, Individual. Seleccionar un solo nivel para Área ya que con cada una se despliegan el mismo listado de eventos. En cuanto al número de eventos de intervención éstos se suman automáticamente de acuerdo a la cantidad de acciones que el proyecto vaya ingresando en “Eventos de Intervención”.
SEGUIMIENTO DEL P.I.I. Este subítem, obligatorio, permite registrar información sobre el estado de la intervención, colaboración del NNA y participación de la familia durante el seguimiento efectuado por el/la profesional sobre el PII realizado. En cuanto al estado de la Intervención, ésta deberá contener información acerca de la situación o estado de la intervención realizada al NNA (y actualizar cada vez que tenga un cambio de estado)
CON QUIEN PUEDE TRABAJAR EL EGRESO
Este subítem, obligatorio, permite registrar información sobre los diferentes adultos responsables que tienen alguna relación con el NNA para determinar con quién puede el profesional trabajar el egreso del NNA. Para dar uso a este ítem es necesario haber incorporado datos en el ítem 4 “Personas relacionadas”
TERMINO DE LA INTERVENCION
Es obligatorio al egreso del NNA incorporar los datos relacionados con intervención completa, habilitado para el egreso, grado de cumplimiento y fecha de término de la intervención. Se deberá registrar si el NNA está habilitado/a para el egreso y este dato debe coincidir con el grado de cumplimiento de la intervención. Se deberá incorporar, al momento del egreso, de manera fidedigna si el NNA ha egresado con alguna de las siguientes categorías de grado de cumplimiento de su proceso de intervención: logrado (alrededor del 100%), parcialmente logrado (más de un 50% de logro), no logrado (menos de un 50% de logro), no lo termina, interrumpe, no adscrito a programa, sin información, traspasa a otro proyecto. Este dato es de máxima importancia, pues es básico para la evaluación de indicadores de cada programa.
EVENTOS DE INTERVENCION
En el caso de los Proyectos PDE éstos sólo podrán ingresar información a los 3 Tipos de Intervención disponibles para ello, a saber: Intervención Educativa, Intervención Psicólogica y Trabajo Intersectorial. SENAINFO permite ingresar dos o más eventos de intervención distintos el mismo día, pero no dos eventos iguales. Por
ejemplo, en el caso que se lleve a cabo una visita domiciliaria y en la carpeta del NNA se deberá señalar que se tuvo que asistir dos veces, ya que la primera fue fallida. Se deberá registrar obligatoriamente, todos los eventos de intervención que se realicen con NNA y/o su familia, adulto significativo o comunidad de acuerdo al tipo y nivel de intervención indicando en el plan de intervención realizado al NNA. Se recomienda que dichos eventos sean registrados en la Base de Datos en el curso de la semana que se realizan.
DIAGNOSTICO DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE
Es obligatorio el ingreso de todos los datos relacionados con los diagnósticos. En el caso de detectarse una vulneración de derechos durante la permanencia, deberán ingresarse los datos donde corresponda, previa evaluación de un/a profesional del Proyecto.
Diagnóstico Escolar Es obligatorio que cada NNA ingresado/a al proyecto cuente con los datos de escolaridad, y debe ser concordante con lo registrado en el ingreso del NNA, salvo que las certificaciones respectivas den cuenta de una situación distinta a la originalmente consignada.
Diagnóstico Maltrato NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCIÓN
Diagnóstico Drogas NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCIÓN
Diagnóstico Social Es obligatorio que cada NNA ingresado/a al proyecto cuente con los datos de su situación social.
Diagnóstico Psicológico En el caso de los Proyectos PDE, se deberá ingresar sólo lo relacionado con diagnóstico psicológico, omitiéndose lo relacionado con diagnóstico psiquiátrico. Es relevante recordar que para ello debe utilizar la información generado por el propio proyecto o por la instancia derivante.
Capacitación NNA En el caso que el NNA participe en un programa de capacitación, se hace obligatorio, ingresar información sobre los antecedentes referente al curso, indicando área de capacitación, horas y finalmente si el curso fue Aprobado, Reprobado, Egresado o hubo deserción. Esta capacitación no puede reemplazar los esfuerzos para reintegrar o mantener a los NNA en el sistema escolar (regular o alternativo). Es necesario tener presente que los NNA menores de 15 años no deberían acceder a estos programas, para no desviar su inclusión o permanencia en el sistema escolar.
Situación laboral del NNA Si al ingreso o durante la permanencia del NNA se encontrara trabajando, obligatoriamente, deberán ingresarse todos los datos relacionados con la actividad que realiza.
Diagnóstico peores formas de trabajo.
Este ítem tiene estrecha relación con el punto anterior, ya que de existir un NNA, trabajando el ingreso o durante su permanencia en el Proyecto y se determina que esta actividad se encuentra entre las peores formas de trabajo infantil, definidas por SENAME, se deberá registrar obligatoriamente, todos los antecedentes que solicita el sistema.
NNA Organización Social. NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCIÓN
Hechos Judiciales. Sólo en el caso que el proyecto haya presentado alguna medida
de protección producto de una vulneración de derechos, deberán ingresarse los datos en este ítem.
Subítem 4: NNA Visitados
NO CORRESPONDE AL MODELO DE INTERVENCION.
Rectificación identidad (Ej. NNA NN en gestación, nombres falsos o incorrectos)
Obligatoriamente, mensualmente o cada vez que sea necesario, se deben registrar las modificaciones o actualizaciones de los datos respectivos. Los datos de los NNA en la Red no podrán ser actualizados directamente desde los proyectos. Para este efecto se deberá enviar los antecedentes de su identificación a la mesa de ayuda para que ésta realice la modificación correspondiente.
EGRESO Obligatoriamente deben registrarse todos los datos del egreso en un plazo máximo de 24 horas de producido, llenando todos los campos referidos a éste.
Causal de Egreso Debe señalarse si el egreso está asociado al cumplimiento del plan de intervención o a su interrupción, resoluciones administrativas o del tribunal, cuando éste hubiera intervenido. Las alternativas del Tipo Causal de egreso referido a “Asociadas a Resoluciones Administrativas” solo se utilizarán cuando dicho egreso no se relacione con la intervención o su interrupción por otras causas. No olvidar que antes de egresar a un NNA debe cerrarse el plan de intervención, señalando el grado de cumplimiento del mismo. Registrar, obligatoriamente, la causal por la cual egresa el NNA. No olvidar que el registro de las causales de egreso es una variable de la máxima relevancia para el monitoreo de los indicadores de gestión, que dan cuenta del grado de eficacia y resultados de los proyectos.
Detalle órdenes de Tribunal. Variables: “Medida aplicada por el tribunal” “Medida sugerida técnico” “Con quién egresa”
Todos los egresos de NNA que eventual y excepcionalmente hayan sido ingresados con orden de un Tribunal, deben contar con la respectiva orden de egreso del Tribunal competente, no obstante, cuando no sea posible su obtención oportuna, se tendrá hasta dos meses de plazo para su obtención y registro, aún cuando el NNA ya se encuentre egresado. Debe registrarse con quién egresa el NNA, como la medida que aplicó el Tribunal si es que éste hubiera intervenido, y también la medida que fue sugerida por el equipo técnico del proyecto, aún cuando éstas no sean coincidentes. Cuando se egrese a un NNA del proyecto porque a juicio del equipo técnico requiere ser atendido/a por otro proyecto dada su situación, y se efectúe esta derivación, se debe registrar en la base de datos esta causal. Es importante tener a la vista esto, a fin de que en las mediciones de indicadores de gestión no se considere como “reingreso” a un sistema de mayor complejidad.
ANEXO N°1
TIPOS Y EVENTOS DE INTERVENCIÓN
PROYECTOS REINSERCION EDUCATIVA
Tipo y Eventos de Intervención Proyectos PDE
Tipo de
Intervención Evento de Intervención
Intervenciones
Directas Verificador
Intervención
Educativa
Profundización diagnóstica en
educación
Si El informe de profundización diagnóstica
realizada por el equipo del PDE debe
estar en la carpeta individual del niño/a
o adolescente
Sesiones de diagnóstico
psicopedagógico
Si En el informe de profundización
diagnóstica se debe consignar las
sesiones realizadas y los instrumentos
utilizados.
Evaluación Psicopedagógica Si Informe de psicopedagoga en la carpeta
individual del niño/a o adolescente con
los resultados de la evaluación
Talleres de apoyo para nivelación
de capacidades de aprendizaje
Si Planificación de los talleres y lista de
asistencia. Además, la participación en
los talleres debe estar señalado en el PII
Talleres pedagógicos Si En PII debe estar explícita la
participación del niño/a o adolescente
en los talleres, las temáticas que se
trataron y horarios de realización
Taller grupal psicopedagógico Si En PII debe estar explícita la
participación del niño/a o adolescente
en los talleres, las temáticas que se
trataron y horarios de realización
Acciones para la Regularización de
Estudios (Exámenes Libres,
Certificados)
No
Apresto escolar del niño/a Si El apresto debe ser entendido como
sesiones que realiza el equipo para
preparar al niño/a o adolescente para
enfrentar la experiencia de reinserción
escolar.
Por tanto, en el PII deben definirse
como sesiones de apresto y esta no se
acaba con la inserción en la escuela,
sino que se debe considerar como un
acompañamiento permanente, mientras
el niño/a o adolescente sea sujeto de
atención del proyecto. En el PII deberán
señalarse las acciones a realizar para el
apresto escolar.
Apoyo al apresto laboral Si El apresto debe ser entendido como
sesiones que realiza el equipo para
preparar a el/la adolescente para
enfrentar la experiencia de re/inserción
laboral. Por tanto, en el PII deben
definirse como sesiones de apresto y
esta no se acaba con la inserción en el
trabajo, sino que será un proceso de
acompañamiento permanente mientras
el niño/a o adolescente sea sujeto de
atención del proyecto. En el PII deberán
señalarse cuales serán acciones a
realizar para poyar el apresto laboral
del/a adolescente.
Intervención familiar para el
apresto escolar y/o laboral
Sí Deberá incorporarse el registro de
intervenciones familiares orientadas a
favorecer las competencias para el
apoyo a los procesos de inserción
educativa y/o laboral.
Intervención individual con
psicopedagogo/a
Sí Registro en la carpeta de las sesiones,
objetivos y logros alcanzados
Intervención Socio Ocupacional y/o
Grupal
Sí Deberá incorporarse el registro de
intervenciones liderados por el/la
Terapeuta Ocupacional, según sesiones
realizadas, objetivos y logros
alcanzados enfocadas a todos los
ámbitos de su intervención, área laboral,
hábitos y rutina y tiempo libre
Intervención individual de terapeuta
ocupacional
Si Deberá incorporarse el registro de
intervenciones del Terapeuta
Ocupacional, según sesiones
realizadas, objetivos y logros
alcanzados enfocadas a todos los
ámbitos de su intervención.
Vacaciones programadas No
Cierre del proceso de intervención
de PDE
No
Trabajo
Intersectorial
Coordinación con Escuela No Registro en la carpeta de las
coordinaciones específicas, que
consigne el objetivo, contenidos y
acuerdos de la reunión, con datos de
contacto
Coordinación con Depto.
Municipal de Educación.
No Registro en la carpeta de las
coordinaciones específicas, que
consigne el objetivo, contenidos y
acuerdos de la reunión, con datos de
contacto
Coordinación con Secretaría de
Educación
No Registro en la carpeta de las
coordinaciones específicas, que
consigne el objetivo, contenidos y
acuerdos de la reunión, con datos de
contacto
Coordinación con alternativas
educativas
No Registro en la carpeta de las
coordinaciones específicas, que
consigne el objetivo, contenidos y
acuerdos de la reunión, con datos de
contacto
Coordinación con Proyectos de
Protección de Derechos.
No Registro en la carpeta de las
coordinaciones específicas, que
consigne el objetivo, contenidos y
acuerdos de la reunión, con datos de
contacto
Coordinación con Proyectos para
Infractores de Ley.
No Registro en la carpeta de las
coordinaciones específicas, que
consigne el objetivo, contenidos y
acuerdos de la reunión, con datos de
contacto
Coordinación con profesionales
y/o técnicos proyectos PIE
No Registro en la carpeta de las
coordinaciones específicas, que
consigne el objetivo, contenidos y
acuerdos de la reunión, con datos de
contacto
Coordinación con Encargado del
Programa PSI 24 Horas, para
procesos de atención de casos.
No Registro en la carpeta de las
coordinaciones específicas, que
consigne el objetivo, contenidos y
acuerdos de la reunión, con datos de
contacto
Coordinación con Encargado del
Programa PSI 24 Horas, para
procesos de retroalimentación.
No Registro en la carpeta de las
coordinaciones específicas, que
consigne el objetivo, contenidos y
acuerdos de la reunión, con datos de
contacto
Análisis de caso en Mesa de No Actas de Mesa de Gestión de Casos
Gestión de Casos
Coordinación con profesionales
y/o técnicos de otros proyectos del
Programa 24 Horas o la red local
No Registro en la carpeta de las
coordinaciones específicas, que
consigne el objetivo, contenidos y
acuerdos de la reunión, con datos de
contacto
Coordinación con Tribunales de
Familia.
No
Presentación de Medidas de
Protección
No Medida de Protección
Intervención
Psicológica
Entrevista con padre y/o madre Si En la carpeta del NNA debe quedar
consignada la entrevista con el padre o
madre.
Entrevista con otro referente
significativo
Si En la carpeta del NNA debe quedar
consignada la entrevista con otro
referente significativo.
Elaboración de Plan de
Intervención Individual
No Plan de Intervención
Joven Firma PII y lo acepta Si Plan de Intervención firmado por el/la
usuario/a
Visita Domiciliaria No