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“AÑO DE LA CONSOLIDACION DEL MAR DE GRAU” INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA INTEGRADA Nº 20799 “DANIEL ALCIDES CARRIÓN” CHANCAYLLO CHANCAYLLO Panamericana Norte Km. 91.5

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“AÑO DE LA CONSOLIDACION DEL MAR DE GRAU”

INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA

INTEGRADA Nº 20799

“DANIEL ALCIDES CARRIÓN”

CHANCAYLLO

CHANCAYLLO

Panamericana Norte Km. 91.5

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INTRODUCCIÓN El presente Reglamento interno de la Institución Educativa Pública Nº

20799 “DANIEL ALCIDES CARRION” de Chancayllo es un documento de gestión escolar

interna de suma importancia para el logro de las metas establecidas por toda la familia

danielista por lo que sirve de información, orientación y control de todo el personal que

labora en la Institución y que además señala de manera precisa los objetivos, organización

estructural, línea de autoridad y los deberes y derechos del personal que integra nuestra

Comunidad Educativa.

Este documento que norma y regula la vida institucional de nuestro

Colegio se fundamenta esencialmente en las normas establecidas por la superioridad así

como de la actuación cotidiana de profesores y alumnos en nuestra realidad educativa por lo

tanto no puede ser letra muerta y que sus disposiciones deben de cumplirse y aplicarse para

un mejor funcionamiento institucional y mejorar en el día a día la calidad educativa que

impartimos.

Cumplir y hacer cumplir nuestro Reglamento interno es

responsabilidad de todos, por ello, no podemos dejar de lado nuestro compromiso en la

conducción y la imagen institucional de nuestro Colegio y en el beneficio educativo de

nuestros estudiantes.

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C A P Í T U L O I

DISPOSICIONES GENERALES Art. 1. El presente reglamento tiene por finalidad normar el uso y funcionamiento de los

servicios que presta la Institución Educativa Pública Integrada Nº 20799 “Daniel Alcides Carrión” de Chancayllo.

Art. 2. La Institución Educativa Pública Integrada Nº 20799 “Daniel Alcides Carrión” está

ubicada en la Panamericana Norte Km. 91.5 de la localidad de Chancayllo, Distrito de Chancay, Provincia de Huaral y pertenece a la UGEL Nº 10 de esta Jurisdicción.

Art. 3. Los servicio que se prestarán a los niños y adolescentes en el período escolar

comprendido entre el mes de marzo hasta el mes de diciembre del presente año. Art. 4. Los servicios que presta la institución educativa son:

1. Educación Inicial, Primaria y Secundaria de Menores. 2. Apoyo de los Padres de Familia y Comunidad en la labor educativa

Art. 5. Tiene como bases legales los siguientes dispositivos:

a) Constitución Política del Perú. b) Ley general de Educación 28044 c) Ley de Reforma Magisterial Nº 29944 y su Reglamento el DS Nº 004-2013-ED d) D.S. Nº 008-2005 RM Nº 574-92 RM 494-2007 RJ 1344-2008 e) R.M. 657-2017-MINEDU. Orientaciones para el desarrollo del año académico

2018. f) RSG Nº 326-2017-MINEDU Art. 6. Los servicios educativos estarán dirigidos al logro de los objetivos y fines

educativos señalados en las Rutas de Aprendizaje y en el Diseño Curricular Nacional.

Art. 7. El presente reglamento Interno es de carácter obligatorio para: a) Dirección b) Sub Dirección de Formación General c) Sub Dirección de inicial y Primaria d) Personal Administrativo y de Servicio e) Personal Docente f) Estudiantes g) Municipio Escolar h) Padres de Familia i) Concesionarios de Kioscos y Fotocopiadora j) Otros.

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Art. 8. El horario de funcionamiento de la institución Educativa es de 7:30 horas hasta las

18:30 horas en la mañana y tarde, según sus niveles y para los Estudiantes: Inicial : 8:30 horas - 12:30 horas Primaria : 7:50 horas - 12:50 horas Secundaria : 12:50 horas - 18:20 horas * Hora efectiva de trabajo para el PERSONAL DOCENTE:

Inicial : 8:00 a 13:00 horas Primaria : 7:50 a 12:50 horas (horas efectivas de clases) Secundaria : 12:50 a 18:20 horas (horas efectivas de clase).

AUXILIARES DE EDUCACIÓN: Inicial: 7:30 horas – 13:30 horas Secundaria: 12:30 horas – 18:30 horas

DIRECTOR: Lunes a Viernes de 07:30 - 15:30 horas

SUB DIRECTOR DE FORMACIÓN GENERAL:

Lunes a viernes 10:30_18:30 horas

SUB DIRECTORA DE NIVEL INICIAL Y PRIMARIA: Lunes a viernes 7:30 _15:30 horas

ADMINISTRATIVOS:

Secretaria: Lunes a viernes 8:30 a 16:30 horas(secretarias) Bibliotecario: Lunes a viernes 9:30 – 17:30 horas. Trabajador de Servicio: 01 Trabajador de Guardiania: 19:00 – 06:00 horas 01 Trabajadores de Servicio: 07:30 – 15:30 horas – Inicial 01 Trabajadores de Servicio: 07:30 – 15:30 horas 01 Trabador de Servicio: 9:00 – 17:00 horas 01 Trabajador de Servicio: 10:30 – 18:30 horas Los Tres últimos trabajadores rotaran en el horário de trabajo de forma

mensual, prévio acta de acuerdo con los directivos correspondientes; con la finalidade de atender adecuadamente a los Estudiantes mientras dura el servicio educativo.

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C A P Í T U L O I I

DE LOS OBJETIVOS Art. 9. Son objetivos de la Institución Educativa Pública Integrada Nº 20799 “Daniel

Alcides Carrión” de Chancayllo:

a) Brindar una educación de calidad a los y las estudiantes de Educación Inicial, Primaria y Secundaria, proporcionándoles ambientes seguros y agradables, procurando en todo momento el desarrollo integral de todos y todas los estudiantes.

b) Detectar y procurar su tratamiento oportuno de algunos problemas de orden bio-psico-social que se pueden presentar en los estudiantes.

c) Orientar y asesorar a los Padres de Familia para una mejor educación de sus hijos.

d) Lograr la participación de los Padres de Familia en la promoción y gestión de los servicios complementarios.

C A P Í T U L O I I I

DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Art. 10. Estructura de la I. E. Púb. Int. Nº 20799 “D.A.C”

a) Órgano de Dirección: Director Sub Director de Formación General Sub Director de Inicial y Primaria

b) Órganos consultivos Coordinadores por grados y área Docentes

Auxiliar de Biblioteca Consejo Educativo Institucional (CONEI).

- Coordinador de Tutoría. – Por función Auxiliares de Educación.

c) Órgano de Apoyo Administrativo: Secretaria

Trabajadores de servicio

e) Órgano de Participación: Asociación de Padres de Familia

Los Docentes pueden participar en las siguientes comisiones Comité de Gestión de los Aprendizajes Comité de Gestión de Recursos y Espacios Educativos y mantenimiento de

infraestructura. Comité de Ambiental y de Gestión de Riesgo. Comité de Tutoria y Orientación Educativa.

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- DEMUNA - Representante del SISEVE

f) Órgano Estudiantil:

- Municipio Escolar.

- Policia escolar

- Brigadas Ecológicas

- Brigadas de Defensa Civil

C A P Í T U L O IV

FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEL DIRECTOR: DEBERES: Art. 11. El Director es la primera autoridad de la institución Educativa y como tal tiene las

siguientes funciones: a) Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la

institución educativa y representarlos legalmente.

b) Supervisar y evaluar las actividades administrativas y pedagógicas en coordinación con el Personal Directivo de la institución educativa.

c) Aprobar la programación curricular, el sistema de evaluación de los alumnos y el calendario anual, en base a los criterios técnicos otorgados por el Ministerio de Educación y de acuerdo a la realidad regional y local.

d) Maximizar la calidad de los aprendizajes y procurar elevar el rendimiento académico estudiantil y docente, la innovación y la ejecución de acciones permanentes de círculos de estudios.

e) Organiza el proceso de Matrícula, autoriza traslados de Matrícula, visita de estudios, excursiones y expide certificados de estudios.

f) Dentro de lo normado aprueba las Nóminas y Actas, Rectificaciones de Nombres y Apellidos a los alumnos en documentos pedagógicos, pruebas de ubicación, así mismo autoriza exámenes de convalidación y revalidación.

g) Dispone de oficios la Matrícula del Menor abonando y coordina acciones de ayuda con diversas instituciones.

h) El Director tiene el deber de establecer su Horario de Trabajo y publicarlo en un lugar visible.

i) En caso de realizar gestiones ante la autoridad inmediata, lo que implicaría ausencia física en el Colegio, encargara con Memorándum, la Dirección, a la Sub-Directora de Formación General y en ausencia de esta al representante del CONEI del nivel respectivo.

j) Informar mensualmente la adquisición de materiales recepcionados.

k) Selecciona y designa al Personal Docente Administrativo, previo informe de la Comisión especial de Evaluación, en función de las plazas que le Corresponde al Plantel y, comunica a la autoridad competente del Ministerio de Educación, la que deberá efectuar la formalización del Contrato en el lapso de Ley.

l) Evalúa, incentiva y reconoce el esfuerzo y mérito individual y colectivo de su personal Directivo, Docente y Administrativo, en coordinación con la Comisión Evaluadora.

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g) Otorgar licencias, cuando las licencias hasta 90 días, selecciona y designa al docente titulado reemplazante por el tiempo que dure la ausencia del titular, en coordinación con el Comité Especial de Evaluación, para lo cual comunica oportunamente a la autoridad competente del Ministerio de Educación para la formalización contractual de contrato.

h) Formula el presupuesto de la institución educativa y vela por la correcta administración de los recursos propios, informando a la autoridad competente del Ministerio de educación y a la asamblea de profesores

i) Coordina y prioriza con la APAFA sobre el uso de los fondos que ella recaude.

j) Suscribe convenios y/o contratos con fines educativos y organiza eventos de capacitación y actualización docente.

k) Adjudica la administración de los kioscos, cafetería y fotocopiadoras; adjudica el uso eventual de otros ambientes y/o equipos de la institución educativa, en coordinación con las comisiones asignadas, bajo responsabilidad funcional.

l) Coordina con la APAFA y la autoridad competente del Ministerio de Educación asunto de interés común.

m) Promueve actividades de promoción educativa comunal y la alfabetización de tipo académico.

n) Estimula y organiza la participación de los alumnos en eventos de carácter deportivo, otorgándoles las facilidades del caso, así como también de eventos culturales convocados por el Ministerio de Educación y otras instituciones.

o) Controla la asistencia y puntualidad del personal docente, administrativo y de servicio, en caso de ausencia el personal que le sigue en jerarquía.

p) Informa al personal del Plantel en asamblea general sobre las ocurrencias o situaciones anormales que se presenten en la institución educativa.

q) En actos o invitaciones oficiales su presencia es imprescindible y obligatoria en su condición de primera autoridad de Plantel.

r) Llama la atención verbalmente (diálogo personal) en su despacho, al personal del Plantel por incumplimiento de sus funciones, en caso de reincidencia amonestación escrita.

s) Otorga permiso a su personal administrativo por 03 días durante el año, debidamente justificadas, previa anticipación.

t) Prevenir y mediar en situaciones de conflictos creando condiciones que favorezcan las relaciones humanas positivas al interior de la Comunidad Educativa.

u) Establecer convenios previa documentación con las universidades y/o institutos de formación docente para las prácticas pre profesionales.

v) Convoca a Jornadas de Reflexión con las fechas establecidas en el Plan Anual de Trabajo y de acuerdo a la Norma Técnica de Inicio del año escolar. w) Comunicara por escrito a las Concesionarias de los Kioscos de la prohibición de atender a los alumnos en horas de clase, bajo pena de rescisión del Contrato de Concesión, sin derecho a la devolución de los meses de garantía, si

persistiera en la venta a los alumnos en horas de clase. DERECHOS: Art. 12: El Director como máxima autoridad de la Institución Educativa, goza de los

siguientes derechos, además de los que se encuentra normado en los diferentes dispositivos legales:

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a) Gozará de un período vacacional de 30 días, previa coordinación con los demás miembros del personal directivo.

b) Goza del respeto y consideración de su persona por la función que desempeña.

c) Los demás derechos que le reconocen las disposiciones legales vigentes. DE LA SUBDIRECCIÓN DE FORMACIÓN GENERAL: DEBERES: Art. 13. La Sub Dirección es la segunda autoridad de la Institución Educativa y cumple las

siguientes funciones:

a) En ausencia momentánea del Director, la Sub Dirección sume las funciones administrativas, con excepción de los ítem a, b), e), g), h), i), j), k), m), n), w). En ausencia permanente permitida según la ley, asume las funciones totales del Director.

b) Planificar, organizar y evaluar las actividades técnico pedagógico, en estrecha coordinación con la Dirección y los profesores coordinadores del área o grado.

c) promueve la realización de estudios de investigación para mejorar los métodos, técnicas, material educativo, así como el incremento de la infraestructura como potencial educativo.

d) Dispone el reemplazo de los profesores ausentes con los Auxiliares de Educación, en caso contrario asumirá dicha función.

e) Programa y realiza jornadas de actualización pedagógica, referente a las

Rutas de Aprendizaje, manejo de indicadores de desempeño, evaluación y capacidades de área por semestre, para los docentes.

f) Monitorea a todos los docentes de la Institución, con publicación previa de la

ficha a aplicarse. Este monitoreo lo realiza por lo menos una vez por bimestre.

g) Asiste a las capacitaciones que organiza el ente superior y efectúa la réplica

de los temas tratados con los profesores de área.

h) Coordina, supervisa y evalúa por bimestre el reajuste o complemento de la

PEA, así como el aprestamiento de los alumnos en el grado que corresponda, en cuanto se refiere a los tres niveles. Preside la Comisión de Evaluación de Pruebas de Grado. Supervisa las acciones de Tutoría.

i) Procura el dialogo con todo el personal a su cargo, evita por lo tanto las

llamadas de atención por memorando, salvo en caso de reincidencia.

j) Propone ante la Dirección del Plantel, el otorgamiento de estímulos de

reconocimiento al personal de la I.E. por acciones distinguidas o cuando el trabajo de ellos lo justifique, mediante una ficha escalafonaria.

k) Recepciona y consolida la documentación personal de todo el que laboran en

el Plantel. (Escalafón). K) Previa coordinación con los profesores del Nivel secundario, efectúa la

cronogramación de exámenes según el avance curricular en las diferentes áreas, en ningún caso podrá diseñar un rol de exámenes bimestrales, sino se efectúa primeramente la mencionada coordinación, con la presencia obligatoria de la Sub Dirección.

L) Preside la Comisión de Supervisión Educativa que se forma al inicio del Año Escolar y coordina de manera obligatoria con los demás miembros de dicha comisión, las acciones a tomarse durante el Año Lectivo, elaborando el respectivo Plan de Trabajo.

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M) Su jornada laboral es de 40 horas cronológicas, para lo cual en coordinación con la Dirección del Plantel, efectuará su horario de trabajo.

N) En actos o invitaciones oficiales su presencia es imprescindible y obligatoria, dada su condición de personal directivo.

O) Informa periódicamente al Director, profesores, alumnos y Padres de Familia, sobre el desarrollo de PROCESO ENSEÑANZA – APRENDIZAJE.

P) Organiza las actividades de recuperación del educando a lo largo del Año Lectivo y del periodo vacacional.

Q) Informa periódicamente al Director sobre la situación del área a su cargo. R) Establece su horario de trabajo y los publica en un lugar visible. En caso de

salida del Sub Director a realizar gestiones en beneficio de la institución Educativa, lo realizara mediante papeleta de salida.

S) Otras funciones inherentes a su cargo directivo, de acuerdo a las normas vigentes.

T) Preside la comisión de cuadro de horas. U) Informar inmediatamente a los profesores sobre el traslado e incorporación

de los alumnos a la Institución Educativa (con sus respectivos documentos oficiales).

V) Entregar las nóminas oficiales actualizadas de los alumnos por sección a cada profesor antes de finalizar el primer bimestre.

W) Realiza reuniones bimestrales por área para conocer los avances, logros y/o dificultades. Reajuste, de acurdo al trabajo colegiado con docentes.

DERECHOS: Art. 14: La Sub Dirección como segunda autoridad de la Institución Educativa goza de los

siguientes derechos, además de lo estipulado en los diferentes dispositivos legales vigentes:

a) Gozará de un período vacacional de 30 días, previa coordinación con los demás miembros administrativos con conocimiento de la UGEL Nº 10 de Huaral.

b) Goza del respeto y consideración de todo el personal, por la función que desempeña.

c) Los demás derechos que le reconocen las normas vigentes. DE LA SUBDIRECCIÓN DE INICIAL Y PRIMARIA: DEBERES: Art. 15. La Sub Dirección de Inicial y Primaria es una autoridad más del Plantel y se

encarga de lo técnico – pedagógico cuyas funciones son:

a) Participa en la organización y dirección del servicio de supervisión, PEI, RI y elaboración del PAT y PEC.

b) Orienta en los aspectos técnico – pedagógico al personal de Educación Inicial y Primario, como programación curricular, adecuada utilización del material educativo, uso de nuevos métodos y técnica de enseñanza.

c) Programa y realiza reuniones periódicas de acuerdo con las necesidades del servicio educativo con los docentes de los niveles de Inicial y Primaria.

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d) Coordina, supervisa y evalúa por bimestre reajuste y complementación; así como la estimulación y nivelación de los alumnos de los niveles que le corresponde.

e) Promueve, dirige, supervisa y evalúa el desarrollo de los eventos técnico – pedagógico del Nivel Inicial y Primario.

f) Prepara y presenta a la Dirección los informes técnico – pedagógico del Nivel a su cargo.

g) Controla, hace seguimiento y monitorea permanentemente la labor de los profesores en el aula de clases.

h) Programa, ejecuta y monitorea los servicios de TOE, conjuntamente con los docentes de los niveles a su cargo.

i) Llama la atención verbalmente y/o por escrito al personal docente a su cargo, con conocimiento del Director.

j) Ejecuta otras acciones técnico – pedagógico y administrativas que específicamente y por escrito asigne el Director.

k) Su horario de trabajo lo publica en un lugar visible.

l) Reemplaza en sus funciones a un docente que inasiste a la Institución Educativa.

m) Promueve concursos bimestrales en diferentes áreas de conocimiento y otros.

n) Capacitar a su personal sobre las acciones determinadas por las Rutas de Aprendizaje y el uso adecuado de los indicadores, la evaluación y las capacidades de cada área.

o) Monitorea permanentemente el uso efectivo de las horas de clase de cada profesor de grado y lo coordina con los Coordinadores de grado.

DERECHOS: Art. 16: La Sub Dirección de Educación Inicial y Primaria como autoridad de la Institución

Educativa, goza de los siguientes derechos, a demás de lo estipulado en los diferentes dispositivos legales vigentes:

a) Gozará de un período vacacional de 30 días, previa coordinación con los demás miembros administrativos con conocimiento a la UGEL Nº 10 de Huaral.

b) Goza del respeto y consideración de todo el personal, por la función que desempeña.

c) Los demás derechos que le reconocen las normas vigentes. : FUNCIONES DE LOS COORDINADORES DE INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA.- ART. 17.- Los coordinadores dependen de los Sub-Directores de cada nivel y tienen las siguientes funciones: a).- La Coordinadora General de Inicial, coordina con las profesoras de dicho Nivel y desarrollan la programación del nivel en forma articulada y en base a las Rutas de Aprendizaje. b).- La Sub-Dirección de este Nivel no recepcionara ningún documento de trabajo de las docentes de Inicial, si no se evidencia el visto bueno de la Coordinadora General. c).- En coordinación con la Sub-Dirección de su nivel, establecerá la fecha de entrega de los documentos de trabajo. d).- Informará de las docentes que incumplan con el trabajo de entrega de documentos.

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e).- En el Nivel de Primaria y Secundaria, se establecen Coordinadores por Área, los mismos que coordinan con los profesores de su grado para la elaboración de la programación curricular articulada. f).- Cada coordinador supervisara que el contenido temático de su Área establezca una secuencia articulada de grado en grado con la finalidad de que estos temas no se repitan y/o desarrollen el nivel de complejidad en sus contenidos. .

ÓRGANO DE EJECUCIÓN DE LOS DOCENTES DE TODOS LOS NIVELES DEBERES: Art. 18: Los docentes dependen del Equipo Directivo de la .I E; en lo técnico pedagógico

dependen de los Sub Directores y tiene las siguientes funciones: a).-Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Anual de Trabajo. b).- Organizar, programar y desarrollar las actividades curriculares y de evaluación según lo establecido por las Rutas de Aprendizaje y las disposiciones pedagógicas emanadas de la superioridad. c).- Participa en las actividades de Tutoría que diseñe la Coordinación de Tutoría y en todas las actividades que tengan como objetivo la seguridad física y moral de nuestros estudiantes. d).- Evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje teniendo en cuenta las Competencias y capacidades de área y desarrollando, planificando y ejecutando de manera adecuada los indicadores evaluativos de los y las alumnos de nuestro Colegio. e).- Participar de manera activa y oportuna en las acciones programadas de investigación y experimentación de nuevas técnicas y métodos de evaluación del trabajo pedagógico así como en eventos de actualización pedagógica organizados por el colegio o por instancias superiores. f).- Integra de manera voluntaria y efectiva dos Comisiones y 1 Comité de Trabajo que se establecen a inicios del año lectivo y colabora con los Directivos del Plantel en todas las acciones que permitan el logro de los objeticos generales y específicos de la Institución. g).- Orienta y contribuye a que los y las estudiantes de nuestro Colegio desarrollen conductas apropiadas y vela por su seguridad física y moral durante el tiempo que permanezca en el Colegio. h).- Desarrolla el uso efectivo del tiempo de la Sesión de Clase y por ningún motivo abandona el aula, salvo casos de súbita emergencia y necesidad orgánica imperiosa que no trasgreda el tiempo prudencial de satisfacer dicha necesidad. i).- No puede permanecer fuera del aula ni al iniciarse las labores ni al culminar el recreo porque no se cumple con las horas y minutos efectivos de clase, de incurrir en dicha falencia se hará pasible de la llamada de atención verbal por parte de los directivos y de persistir se enviara el memorándum respectivo y de continuar se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. j).- Realiza acciones de recuperación pedagógica, refuerzo escolar a estudiantes que tienen dificultades de aprendizaje, en un horario distinto al de dictado de clases previa coordinación con la Sub Dirección y/o Dirección del Plantel. k).- Integra las Comisiones de Mantenimiento y conservación de los bienes del Colegio. l).- Coordina y mantiene comunicación permanente con los Padres de Familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y de comportamiento de los y las alumnas del Plantel. ll).- Usa de manera adecuada los instrumentos de trabajo pedagógico que se requiere para laborar en el aula (Programación Anual, Bimestral, Sesión de Clase, Registro Auxiliar de Evaluación y Cuaderno Anecdótico) y los presenta en la fecha señalada por el Coordinador de Área y la Sub-Dirección del Nivel respectivo. m).- Participa de forma voluntaria y organizada en las fechas cívicas que se indican:

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- Izamiento de Bandera por la Festividad de las Cruces de la Comunidad de Chancayllo. - Izamiento de Bandera por las dos fechas Cívicas que dispone la UGEL N.- 10 de Huaral, previa coordinación para la asistencia de los Niveles del Colegio.

Mayo – Inicial) Junio - primaria Noviembre – secundaria

- Desfile por Fiestas Patrias, el interno que llevamos a cabo en el Colegio y el que se

desarrolla en la Plaza de Armas de Chancay. (todos) - Desfile por Aniversario de nuestro Colegio. – Agosto - (todos sin duda) - Desfile por Aniversario de Chancay. (todos).

n).- Asiste de manera obligatoria a las Jornadas de Reflexión convocadas por la Dirección del Plantel.

Ñ).- Planifica adecuadamente su Sesión de Clase, con la finalidad de no interferir en el horario de clases de los demás profesores y del recreo de los alumnos.

o).- Los alumnos gozan del derecho del recreo de 15 minutos, por lo tanto el profesor es respetuoso de este derecho del educando y no interferirá en este espacio del estudiante.

p).- El profesor de Primaria en la mañana y el de Secundaria, ambos a la hora de salida, dejaran el aula limpia para el apoyo organizado de los Estudiantes que corresponda. Los auxiliares de secundaria verificaran el cumplimiento de esta disposición.

q).- Los profesores de aula de Inicial y Primaria, deberán de realizar la formación y acompañarlos, así mismo conducirlos de manera organizada hasta la puerta de salida.

r).- Los profesores de todos los niveles son monitoreados 3 veces al año como minimo, previa publicación de la ficha de monitoreo, donde se especifique los ítems a monitorear para lo cual deberán tener al día sus documentos de trabajo. También habrá monitoreo de forma inopinada.

s).- Los profesores gozan de la autonomía para el desarrollo de sus clases, trabajos y prácticas, siempre y cuando estas acciones se encuentren enmarcadas en los objetivos y fines de la institución y lo señalado en el Currìculo Nacional.

t).- El profesor no utilizara un lenguaje soez, vulgar y humillante ni acto alguna de exclusión o discriminación, contra los y las estudiantes de nuestro Colegio, en caso contrario ello dará lugar a las acciones disciplinarias correspondientes enmarcadas en las normas legales vigentes.

u).- El profesor no podrá utilizar en el desarrollo de la sesión de clase su teléfono móvil, pues el uso indiscriminado de este artefacto impide la realización efectiva de la hora de trabajo y ocasiona malestar entre los y las estudiantes. Sólo podrá utilizarlo, si el caso lo amerita, en situaciones de emergencia, sin caer en el uso continuo y permanente de dicho teléfono y utilizando el criterio lógico en el uso del mismo. De persistir en el uso prolongado de dicho instrumento se le llamara a la Dirección para que reflexione, de persistir, se le llamara la atención por escrito y de continuar se procederá de acuerdo a las normas vigentes respecto a las horas y minutos efectivos de clase.

v).- Solicita autorización para llevar a cabo reuniones con el Comité de aula de la sección a su cargo como Asesor y sin pérdida de clases.

w).- Cumplir obligatoriamente con las disertaciones programadas por la Dirección del Plantel y en las fechas señaladas según el Calendario Cívico Escolar, bajo responsabilidad.

x).- En los desfiles oficiales y los establecidos en el presente reglamento el profesor deberá presentarse con el uniforme del Colegio para dichos eventos.

y).- Los docentes que integren las comisiones de trabajo en el Colegio y ocupen cargos de Presidente y/o Tesorero de la misma, están obligados bajo responsabilidad de informar a

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la Dirección del Plantel, de la participación de sus integrantes así como del informe económico por las actividades realizadas. Dicho informe y balance deberá realizarse en el lapso de 15 días de finalizada la actividad.

z) Las demás funciones que le señalen las disposiciones legales. DERECHOS: Art. 19: Los derechos de los Docentes son los siguientes:

a) participar en todas las actividades técnicas – pedagógicas.

b) Exigir a la autoridad máxima el apoyo y el respaldo total en la capacitación profesional de los docentes.

c) Sindicalizarse libremente para defender sus derechos en lo social, económico, cultural y laboral.

d) Ser informado de todas las normas y disposiciones de la superioridad.

e) Gozar de las licencias y permisos reglamentados y de acuerdo a ley.

f) Ocupar cargos diversos en el Colegio, de conformidad con la normatividad vigente y lo establecido en la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento.

g) Presentar su descargo en caso de ser amonestados por escrito.

h) Hacer uso de los ambientes del Plantel cuando lo solicite, en bien de la educación de los alumnos con autorización de la Dirección, sin pérdida de clase.

I) Ser estimulado permanentemente por los Directivos del Plantel por los logros que obtenga con los estudiantes en la mejora de sus aprendizajes y en la calidad educativa del Colegio. Dicha estimulación deberá proponerse a la UGEL N.- 10 de Huaral, para la respectiva resolución de felicitación. La evidencia de los logros deberán ser visibles y que tengan repercusión a nivel local, regional y/o nacional.

j) Recibir los estímulos correspondientes por la labor que viene realizando, a fin de que estos incida en el mejoramiento de la calidad educativa de cada año, previa ficha de desempeño laboral del profesor otorgada por el Director de la I.E. y con el visto bueno del CONEI-Directiva 042-2012 UGEL N° 10 Huaral.

K) Goza de derechos de un día de descanso por su onomástico y día del maestro.

L) Goza de los derechos y/o beneficios de acuerdo a ley. --

DEL AUXILIAR BIBLIOTECARIO DEBERES: Art. 20: EL Auxiliar de Biblioteca depende de la Sub Dirección y tiene las siguientes

funciones:

a) Inventariar el material bibliográfico, muebles y demás enseres con que cuenta la biblioteca.

b) Ordena los libros, revistas, folletos, etc. De acuerdo a la codificación y catálogos establecidos.

c) Entregar material bibliográfico a los alumnos registrando en la hoja de información para controlar la devolución.

d) Informar al jefe inmediato superior periódicamente sobre las ocurrencias producidas en la prestación del servicio.

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e) Mantener actualizado y ordenado el material bibliográfico depurando los obsoletos.

f) Recomendar a los usuarios guardar cordura en la sala de lectura, así como conservar los documentos de consulta.

g) Velar por el mantenimiento y conservación del material bibliográfico (empaste, encuadernación, etc.)

h) Promover campañas en coordinación con la Sub Dirección y el Comité de Biblioteca para el incremento del material bibliográfico y el banco de libros.

i) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne la autoridad de quien depende.

j) Coordinar con la APAFA la disposición de lo recaudado para la compra de libros y material bibliográfico.

k) Promueve la implementación de la biblioteca virtual.

l) Diseña y mantiene actualizado un banco de datos virtual de todos los libros que existen en su ambiente así como los libros que llegan del MINEDU e informa a la Sub-Dirección de los alumnos y profesores que deben libros.

m) Brinda apoyo para el buen uso y funcionamiento de la LUDOBIBLIOTECA, según el

horario preestablecido. DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN: DEBERES: Art. 21: son funciones del Auxiliar de Educación:

a) Contribuir en el desarrollo de acciones dependientes a la formación integral del educando.

b) Propiciar el mantenimiento de un clima de cooperación, amistad y respeto entre alumnos, docentes y Padres de Familia, ex alumnos y comunidad.

c) Promover y ser el responsable directo de la disciplina y el buen comportamiento de los alumnos en coordinación con la Sub Dirección.

d) Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los educandos, así como el correcto y adecuado uso del uniforme escolar.

e) Fomentar en coordinación con los docentes especializados o de áreas la práctica del deporte, cultura, arte y folklore nacional e internacional.

f) Controla e informa a su superior, respecto al ausentismo, comportamiento y rendimiento de los alumnos y elabora una relación de los problemas para el tratamiento en el Comité de disciplina.

g) Exige y vela por los educandos para que tengan una adecuada presentación personal del uso de las prendas de vestir o deportivas.

h) Orienta y apoya a los educandos para que realicen actividades o acciones que permitan la conservación de la infraestructura, mobiliario, materiales educativos y otros del Plantel.

i) Fomenta en el educando el amor y respeto a los emblemas nacionales y a la Patria, desarrollándoles responsabilidades de carácter cívico – patriótico.

j) Proporciona al profesor con la debida anticipación, tizas, motas y materiales didácticos.

k) Efectúa el consolidado de las notas de conductas de los alumnos con los profesores tutores.

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l) En caso de ausencia del Profesor, realiza acompañamiento de tareas escolares en las aulas.

m) Entrega y/o recaba los cuadernos de control, citaciones y otros documentos emitidos por el personal para ser entregados a los alumnos.

n) Mantiene actualizado los registros de asistencia por grado y/o secciones de los educandos, sus justificaciones entre otros.

o) Lleva a los educandos que requieren atención médica en situaciones de enfermedad cuando se susciten accidentes en el Plantel o fuera de él e informa a su superior.

p) Controlan el ingreso de los alumnos en Educación Primaria y secundaria y realiza la formación diaria con el apoyo de todo el personal docente.

q) Realiza las formaciones diarias de 12:50 -1:00.

r) Realiza el proceso de matricula en coordinación con el personal administrativo del Plantel.

s) Su ingreso al Colegio se establece por el horario que señala la ley y las disposiciones que establece la Dirección del Plantel.

t) Velar y monitorear con el apoyo de todo el personal la limpieza y el aseo de los ambientes de las aulas del Colegio y que los estudiantes mantengan una cultura de limpieza personal y colectiva. Desarrollan y ejecutan el lema “MEJOR QUE LIMPIAR ES NO ENSUCIAR”.

u) Circula permanentemente por los patios, pasadizos y zonas consideradas de riesgo del Plantel, a fin de verificar que todos y todas las alumnas se encuentren en sus aulas y evitar de esta manera, accidentes, pérdida de clases de los estudiantes, conductas negativas (consumo de alcohol, tabaco y drogas) y manifestaciones afectivas entre los estudiantes.

v) Utiliza un lenguaje apropiado para dirigirse a los Padres de Familia y a las y los estudiantes, evitando en todo momento el maltrato físico, verbal y psicológico de los menores. No podrá bajo ningún aspecto coaccionar, amenazar o intimidar a los y las alumnas y evitara en todo momento el contacto físico con los estudiantes y de manera específica con las alumnas.

w) Harán uso de su refrigerio por un lapso de 20 minutos antes o después del recreo. No pueden utilizar el tiempo del recreo de los alumnos puesto que en ese momento deben estar atentos y vigilantes a cualquier anomalía que se pueda presentar entre los estudiantes.

x) Los auxiliares no pueden concentrarse en un solo ambiente o lugar, su misión es velar permanentemente por la seguridad física y moral de los alumnos por lo que no está permitido, según ley, a no hacer efectivo su trabajo.

y) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democracia..

z) Deben ser puntuales en su ingreso al Colegio, pues se encuentran a cargo de la formación de los alumnos del dia.

aa) Reportara de inmediato a la Dirección del Plantel, cualquier accidente o malestar físico de los y las estudiantes para las acciones correspondientes y de ser el caso, con conocimiento de las autoridades del Plantel, acudir con el o la menor al establecimiento de Salud de la Comunidad para la atención respectiva..

bb) No otorgan, bajo ninguna circunstancia, permiso de salida momentáneo o de retiro del Plantel a los estudiantes, bajo responsabilidad. Los únicos autorizados para otorgar dicha facilidad son el Director del Plantel y/o los

profesores encargados de la dirección.

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DERECHOS: Art. 22 El Auxiliar como miembro del personal docente que labora en la institución

educativa depende directamente de la Dirección del Plantel, tiene los siguientes derechos:

a) Goza de status de docente, según las Normas Legales vigentes y cumple sus funciones como tal.

b) Goza de los derechos reconocidos por la ley como un día de descanso por su cumpleaños y por el Día del Maestro.

c) A capacitarse de manera permanente, en especial en los meses de enero y febrero, con la finalidad de elevar su productividad en beneficio de los alumnos.

d) Ser estimulado permanentemente por los Directivos del Plantel por los logros que obtenga con los alumnos en la mejora de sus aprendizajes y en la calidad educativa del Colegio. Dicha estimulación deberá ser con una Resolución de felicitación emitida por la Dirección del Plantel, rubricada por los miembros del CONEI en forma integral. La evidencia de los logros deberán ser visibles y que tengan repercusión a nivel local, regional y/o nacional.

e) Los Auxiliares gozan de representación ante el CONEI.

ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO DE LA SECRETARIA: DEBERES: Art. 23: son funciones de la secretaria:

a) Cumplir sus funciones con puntualidad, lealtad y eficiencia.

b) Controla el funcionamiento del archivo.

c) Redacta los documentos en general del Plantel.

d) Elabora y actualiza el inventario de los bienes inmuebles y entrega la nómina oportunamente en los tres niveles.

e) Corrige la nómina de matrícula, informe estadistas y otros.

f) Lleva e Libro de Actas de asambleas.

g) Lleva el registro de talonario de certificados, de subsanación y de cargo, entregando a la máxima autoridad el control de los mismos.

h) Recepciona, registra y entrega los documentos al Director de manera inmediata.

i) Vela por la seguridad y conservación de los documentos.

j) Proporciona los informes actualizados por la Dirección.

k) Formula la relación de los educandos con asignaturas de subsanación y actualiza la relación de los alumnos pagantes.

l) Participa obligatoriamente en las actividades de capacitación profesional y actividades cívico – patrióticas oficiales y en los actos referentes a nuestra institución y comunidad.

DERECHOS: Art. 24: la Secretaria como miembro del Personal Administrativo de la I.E. tiene los

siguientes derechos:

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a) Goza de un período vacacional de 30 días al año, el mismo que previa coordinación con los demás miembros directivos.

b) Goza del respeto, consideración y estima de todo el personal que labora en la I.E.

c) A la privacidad de su ambiente de Secretaria de tal forma que ningún personal a excepción de la Dirección y Sub Dirección puedan hacer uso del material o información que posea, dada su condición de responsable de la documentación de la I.E.

d) Posee el material correspondiente de oficina, para poder realizar su trabajo de manera eficiente.

e) A ser informados de todos las acciones que se tome para organizar y dinamizar el trabajo administrativo, por parte de la Dirección.

f) A realizar su labor sin intromisión de ninguna clase y de conformidad con las disposiciones legales emitidas sobre administración educativa.

g) A participar de toda actividad realizada en el interior del Plantel o fuera de él.

h) Los demás derechos que le otorga las disposiciones legales vigentes. DEL TRABAJADOR DE SERVICIO: DEBERES: Art. 25: Son obligaciones del Trabajador de Servicio:

a) Desempeña con esmero y eficiencia las labores que le corresponda, responsabilizándose de los mismos, cumplir con su horario de trabajo establecido.

b) Permanecer en el Plantel durante el horario establecido en los turnos correspondientes.

c) En los meses de enero, febrero y en las vacaciones de medio año, el personal de servicio realizará las labores que programe la Dirección, en relación con el mantenimiento de la I.E.

d) El personal de servicio diurno atenderá la portería del plantel, los domingos y feriados cuando la Dirección le solicite y en determinadas circunstancias con cargo a compensar otro día, previa evaluación.

e) Realiza tareas de portería, vigilancia permanente de los muebles y enseres que entre y salgan del Plantel dando cuenta a la Dirección, siendo responsables de las pérdidas que se produzcan en su horario.

f) Realiza labores de mantenimiento, limpieza, reparación e instalación de los servicios, talleres, biblioteca, laboratorio, Coordinación de TOE en su horario de trabajo.

g) Realiza la limpieza y el mantenimiento de las oficinas, salas de profesores de inicial, primer grado de primaria, aula de recepción del desayuno escolar, pasadizos, patios escaleras y servicios higiénicos.

h) Cuida la buena conservación y limpieza de los patios y renovación de los jardines.

i) El personal que realiza la guardianía hace labores de vigilancia permanente en el plantel. Haciéndose responsable de las pérdidas que puedan ocurrir durante su labor.

j) El personal encargado del control de la portería debe de Controlar la entrada y salida del personal autorizado, así como del alumnado y de otras personas particulares durante los días laborables y debe de informar semanalmente sobre los hecho suscitados (presentar su informe por mesa de partes).

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k) Su trato debe ser cordial y será respetuoso con los padres de familia, profesores, alumnado y público en general.

l) Asiste puntualmente y registra su asistencia digital y en el libro correspondiente.

m) El personal de servicio se dividirá el trabajo equitativamente por turnos. En ningún momento un solo personal de servicio hará trabajo que corresponda a otro personal, bajo responsabilidad. En caso de ausencia de un personal, se priorizara la limpieza de los servicios higiénicos.

n) El personal de servicio está prohibido de dejar ingresar a personas ajenas y padres de familia en horas de clases y formación, no debe delegar funciones a ningún familiar u otras personas.

o) Realiza las demás funciones que le asignen

p) Lleva un cuaderno de ocurrencias.

q) Realiza una limpieza general del aula mensualmente, según cronograma establecidos por la dirección.(se tendrá en cuenta a todo el personal de servicio) DERECHOS: Art. 26: El Trabajador de Servicio que labora en el plantel, depende directamente del

Director, tiene los siguientes derechos:

a) Goza de un período vacacional de 30 días al año, solamente en los meses de enero y febrero que harán uso, de este derecho, previo al cronograma que efectúe la parte administrativa mediante resolución directoral de la I.E.

b) A la estima, respeto y consideración por parte de todo el personal que labora en la I.E.

c) A ser partícipe en toda actividad del plantel, dentro o fuera de ella.

d) A ser informado sobre las causales de cualquier amonestación o sanción, a fin de efectuar los descargos correspondientes.

e) A la libre asociación en defensa de sus derechos.

f) Los demás derechos que le otorga las disposiciones legales vigentes.

ÓRGANO DE APOYO Y ASESORAMIENTO CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: FUNCIONES: Art. 27: El Consejo Educativo Institucional es un órgano de apoyo, participa en la marcha

de la institución educativa emitiendo opinión sobre diferentes asuntos y promueve la práctica de la autoevaluación de la gestión.

Estará conformado por:

1 El Director que lo preside

2 Los Sub Directores

3 Un docente de cada nivel.

4 Un representante de los estudiantes elegido democráticamente.(puede ser el alcalde escolar en actividad).

5 Un representante de los padres de familia.

EL CONEI cumple las siguientes funciones:

a) Contribuye a la democratización de la gestión educativa promoviendo modelos de participación de todos los agentes educativos.

b) Participa en el proceso de planificación, ejecución y evaluación del P.E.I.

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c) Promueve la pertinencia de los procesos pedagógicos que se practican en el Plantel.

d) Fomenta la articulación del trabajo educativo con las necesidades y potencialidades de la comunidad que pertenece a la I.E.

e) Vela por el cumplimiento del Reglamento Interno de la I.E.

f) Toma conocimiento del presupuesto anual de la I.E. y de la asociación de padres de familia y madres de familia, emitiendo opinión sobre el manejo de los recursos, incluyendo los ingresos propios generados por el plantel o de la asociación.

g) Recibirá un informe bimestral del encargado de administrar los ingresos propios de la I.E. (informe detallado y sustentado ), bajo responsabilidad funcional.

h) Presta apoyo a la Dirección de la I.E. en la resolución de conflictos que se suscitan al interior de la I.E.

i) Coordina con la comisión especial de evaluación del personal docente y administrativo y da el visto bueno a la ficha de desempeño laboral.

j) Opina sobre la gestión del director de la I.E. y del órgano intermedio.

k) Da el visto bueno a los planes de trabajo de los comités y/o comisiones. ÓRGANO ESTUDIANTIL DEBERES DE LOS ALUMNOS: Art. 28: Todo menor de edad matriculado en la I.E. se convierte oficialmente en alumno

del plantel y para lo cual debe cumplir con los siguientes deberes:

a) Respetar y amar los símbolos patrios así como los colores de la I.E., poniendo en práctica por encima de cualquier inconveniencia y de manera permanente, el lema del plantel: HONRADEZ, DISCIPLINA Y TRABAJO.

b) Participar activa y responsablemente y de manera obligatoria los alumnos de inicial, primaria y secundaria en todos los actos oficiales de carácter cívico – patriótico, fuera o dentro del plantel, sin esperar estímulo alguno por dicha participación, sino el orgullo y el honor de poder representar a su colegio.

c) Asistir a la I.E. correctamente uniformado portando su insignia que lo identifique como alumnos del plantel, las mujeres asistirán con el cabello recogido si fuera largo, sin maquillaje, sin objetos anexo. Los varones cabello corte escolar.

d) Respetar y considerar a sus maestros tanto de nivel inicial, primario como de secundaria. Así como también a todo el personal del Plantel.

e) Ingresar puntualmente a la I.E. según horario establecido y guardar cordura adecuada durante la formación.

f) Velar por la seguridad y conservación de la infraestructura del plantel, No permitiendo por parte de ningún compañero, el deterioro, pintado o rayado u otras acciones sobre las paredes interiores o exteriores del colegio, para lo cual en caso de ocurrir deberá comunicar de manera inmediata a la autoridad más cercana.

g) Respetar los útiles e implemento de sus compañeros de todo el plantel, no dañando, cogiédolos no extraviándolos.

h) A mantener limpio la I.E. arrojando los desperdicios al depósito de basura así mismo mantendrá limpio el aula, efectuando la ambientación del mismo, en

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coordinación con el tutor de secundaria y el profesor (a) de primaria ya que ambos ocupan el mismo ambiente.

i) Prohibido evadirse del aula y del plantel, bajo sanción.

j) A respetar y cumplir estrictamente las normas legales emitidas por la superioridad y las disposiciones dadas por la Dirección de la I.E.

k) Usar el corte de cabello escolar, no portar objetos o implementos extraños que no se usan en el trabajo educativo, y no ser participe de propagandas políticas ni de ninguna otra índole en la I.E.

l) Ser partícipe de la convivencia democrática del plantel, participando de manera activa en los comités o acciones que se le asigne.

m) A presentar sus trabajos y otros en la fecha indicada por los profesores de las diferentes asignaturas, para dinamizar el proceso de enseñanza-aprendizaje.

n) Terminantemente prohibido que los alumnos ingresen a juego de mesa y otros con uniforme escolar y en hora de clases.

o) No pueden traer celulares, MP3, audífonos y otros elementos tecnológicos, considerados distractores, al Colegio. De ser encontrado con algunos de estos dispositivos se le retendrá y se entregara al Padre de familia, de reincidir el aparato será retenido un bimestre y de volver a ocurrir, se retendrá hasta final del año.

p) No pueden traer al Colegio ni participar en juegos de azar y/o casinos, alcohol, tabaco y drogas. Esta es una falta grave que se sancionará de acuerdo a ley.

q) El alumno no puede circular por el patio o dirigirse al Kiosco escolar en horas de clase. Los permisos al baño son restringidos, salvo casos de emergencia.

r) Las y los alumnos deben asistir con decoro al Colegio, por lo tanto, no pueden: portar más de un par de aretes, usar pirshing, llegar con maquillaje, cabello y uñas pintadas, usar el corte de cabello no escolar, tatuajes, etc.

s) Asistir y participar de manera obligatoria a la Clausura del año escolar, Día del Logro y en los simulacros que organice el Colegio a lo largo del año lectivo.

DERECHOS DE LOS ALUMNOS: Art. 29: Son derechos de los alumnos:

a) Ser matriculado por su padre o apoderado, previa firma de la tarjeta o documento de compromiso.

b) Ser tratado con dignidad y respeto sin discriminación alguna y ser informado de las disposiciones que se le concierne como alumnos.

c) Elegir y ser elegidos en los cargos y organizaciones estudiantiles en el plantel, teniendo en cuenta el rendimiento académico.

d) Recibir en forma gratuita los servicios educativos.

e) Tener tolerancia de 10 minutos, solamente los alumnos que proceden de las zonas alejadas del plantel previa verificación.

f) Ser informado de toda y cada una de sus notas, sean parciales o finales en el momento oportuno.

g) Rendir sus pruebas bimestrales, previa comunicación escrita con 72 horas de anticipación de rol de exámenes.

h) Recuperar las horas de clases no realizadas por diferentes circunstancias, previa comunicación y programación por parte de los profesores.

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i) Denunciar actos que realice el profesor del Plantel, que atenten contra sus derechos.

j) Que se le programe charlas de orientación vocacional, sexual y otros para consolidar los conocimientos que posee.

k) A usar el material bibliográfico de la biblioteca del plantel, sin restricción alguna, pero respetando las disposiciones emanadas por la Dirección del Plantel.

l) Solicitar reconsideraciones o sanciones disciplinarias por medios de sus padres o apoderados.

m) Efectuar reclamos con respeto ante la autoridad del Plantel, sobre asunto que considere injusto.

n) A que se le brinde oportunidades correspondientes a fin de elevar su rendimiento académico.

o) Editar boletines, periódicos, revistas, etc. De carácter educativo.

p) Tener consideración ante un problema y no ser humillado en público.

q) A traer el celular de su uso personal al Colegio, solo en caso des de emergencia, previa autorización de la Dirección del Colegio y como resultado de la solicitud del Padre de familia. Con la autorización de la Dirección deberá entregarlo a los Auxiliares de Educación a la entrada y le será devuelto a la hora de la salida.

SOBRE LOS ALUMNOS CON NECESIDADES ESPECIALES.- Art.30.- Nuestra Institución desarrolla en todos sus niveles un sistema de educación inclusiva que responda a las necesidades y requerimientos de todos sus alumnos y que motive la participación activa de todos sus miembros en la vida institucional y favorezca el apoyo y colaboración individual para desarrollar al máximo las potencialidades de los estudiantes. Art.31.- El Colegio de conformidad con la Norma Técnica de inicio del año escolar, reserva dos vacantes por grado para alumnos con necesidades educativas especiales ASOCIADAS A DISCAPACIDAD LEVE O MODERADA DURANTE EL PERIODO DE MATRICULA. Art. 32.- El Padre de Familia para acreditar la discapacidad establecida en el artículo anterior deberá presentar EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD otorgado por el MINSA, ESSALUD, Sanidad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú y el CONADIS, conforme a lo establecido por la ley 29973 Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento. Art.33.- La Dirección del Colegio hará llegar a los docentes de los diversos niveles la relación de los alumnos con NN.EE., debidamente acreditados. Art.34.- La evaluación de un estudiante con necesidades especiales deberá seguirse con los parámetros de evaluación establecidos y de acuerdo con las indicaciones del SERVICIO DE APOYO Y ASESORAMIENTO A LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (SAANEE). Art.35.- La evaluación de un estudiante con NNEE no podrá realizarse bajo ninguna forma o modalidad igual que los parámetros evaluativos establecidos en la sesión de clase para los y las estudiantes sin NN.EE. Art. 36.- El docente deberá entregar a la Dirección y Sub-Dirección del Plantel, los procedimientos e instrumentos con los que evaluara a los y/o las estudiantes con NN.EE.

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Art. 37.- La Dirección solicitará al SAANEE la colaboración y apoyo para el asesoramiento de los docentes con alumnos con NNEE. Art.38.- El Director de la Institución con el informe del profesor tutor de aula y ante la posible evidencia de un alumno con NNEE podrá solicitar una evaluación psicopedagógica del referido alumno y con dicho informe comunicará al Padre de Familia para el procedimiento administrativo correspondiente. PROHIBICIONES DE LOS ALUMNOS: Art. 39.-Son prohibiciones de los alumnos:

a) Inasistir sin justificación a las labores escolares.

b) Llegar frecuentemente tarde al colegio.

c) Usar prendas que no correspondan al uniforme escolar.

d) Portar alhajas, adornos, objetos de valor o dinero en exceso.

e) Asistir desaseado al colegio.

f) Deambular por el patio en horas de clases.

g) Arrojar papeles, deshechos de alimentos u otros desperdicios en las aulas, patio o jardines.

h) Masticar chicles en horas de clases y en la formación.

i) Destruir los avisos, afiches o periódicos murales que se publiquen.

j) No portar su cuaderno de control.

k) Utilizar vocabulario soez o actitudes incorrectas.

l) Evadirse de las clases y del plantel.

m) Retener las citaciones o esquelas enviadas a sus padres.

n) Apropiarse de objetos o bienes que no le pertenecen.

o) Adulterar las tarjetas de información, certificados, etc.

p) Falsificar la firma de los padres o apoderados.

q) Ingresar al colegio revistas, fotografías, libros u otros objetos ajenos a la escolaridad.

r) Efectuar riñas o peleas con sus compañeros dentro o fuera del plantel.

s) Desacatar las disposiciones de los brigadieres, policías escolares, auxiliares de educación, profesores o autoridades del plantel.

t) Portar objetos punzo cortantes u otros que puedan ocasionar accidentes. ESTÍMULOS DE LOS ALUMNOS: Art. 40.-: Son estímulos de los alumnos:

a) Recibir estímulos todos los alumnos que participen en eventos y actividades en público.

b) Se premiará con algún regalo a los alumnos que ocupan los primeros puestos en diferentes concursos.

c) Se den oportunidades de evaluaciones a los alumnos que hayan participado en diferentes eventos (deporte, cultura, etc.)

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d) Los alumnos que ocuparan los primeros puestos en conducta y conocimiento el año siguiente se le otorgará una beca completa (NO PAGARÁN DERECHOS DE APAFA)

C A P Í T U L O V

GESTIÓN PEDAGÓGICA Art. 41.-. La formulación del Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, estará bajo la

responsabilidad de la Dirección y participarán en su elaboración todo el personal docente.

Art. 42.- El planteamiento educativo se realizará en forma conjunta y organizada con todo

el personal de la I.E. y comprenderá las siguientes acciones:

a) Elaboración del Plan Anual de Trabajo.

b) Organización del proceso de matricula y ratificación de la misma.

c) Elaboración y aprobación del Reglamento Interno.

d) Organización del proceso de evaluación y recuperación académica.

e) Distribución o técnicas de aulas y funcionamiento de turnos, tanto de inicial, primaria y secundaria.

f) Elaboración de los Programas Curriculares en inicial, primaria por grados y en secundaria por área, basados en objetivos que se adecuen a nuestra realidad previo diagnóstico situacional del educando.

g) Distribución de fechas del Calendario Cívico Escolar.

h) Se nombrará una comisión para elaborar el Cuadro de Distribución de Horas de áreas para el año lectivo, uno de ciencias y otro de letra, titulares; se nombrará una comisión para elaborar el Horario de clases de secundaria, elegidos en asamblea de profesores, según las normas emanadas por la superioridad.

DEL HORARIO Art. 43.-: La institución educativa funciona en dos turnos: EL Nivel Inicial y Primaria en el

turno MAÑANA y el Nivel Secundario en el turno TARDE. El personal cumple las siguientes jornadas laborales: DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO: Previa presentación del horario ante la UGEL Nº 10 de Huaral

a) DEL DIRECTOR DE LA I,E.: 40 Horas (según su horario)

b) DE LOS SUB DIRECTORES: 40 Horas (según su horario)

c) DEL COORDINADOR DE TOE: (por función, según el horario del profesor)

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d) DE LA SECRETARIA: 40 Horas De 9:00 a.m. a 5:00 p.m.

e) DEL AUXILIAR DE BIBLIOTECA: 40 Horas De 9:30 a.m. a 5:30 p.m.

f) DEL PERSONAL DOCENTE INICIAL Y PRIMARIA: 30 Horas De 8:oo a.m. a 13:oo p.m. (inicial) De 7:50 a.m. a 12:50 p.m. (primaria)

g) DEL PERSONAL DOCENTE SECUNDARIO: 24 Horas y 4 horas de permanencia. De 12:50 p.m. a 6:20 p.m. (Según distribución de horas).No incluye los 5 minutos del aseo de aula. El receso de clase de los alumnos será de 15 minutos (de 15:50 a 16:05 horas).

h) DEL PERSONAL DE SERVICIO: 40 Horas De 7:00 a.m. a 3 p.m. De 10:00 a.m. a 6:00 p.m.

i) DEL GUARDIÁN: De 6:30 p.m. a 6:30 a.m.

j) DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN: 30 Horas De 7:40 a.m. a 1:40 p.m. De 12:30 p.m. a 6:30 p.m.

k) DEL RECREO: -Primaria: De 10:15 a 10:45 30 minutos de duración. -Secundaria: De 15:50 a 16:05 horas. (15 minutos). l)El horario del desayuno escolar es antes de las 7:40 a.m. no habrá perdida de clase.

ACTIVIDADES PERMANENTES: MAÑANA : 7:40 a.m. A 12:50 a.m. TARDE : 12:40 P.M. A 12:50 P.M.

En las actividades permanentes los profesores estarán con sus respectivos

alumnos en ambos turnos. El ingreso del personal docente a la I.E. será de 7:50 a.m., de 7:51 a 7:55 tardanza

y a partir de las 7:56 a.m. será considerado FALTA. Para secundaria, el ingreso del personal docente será 12:50 p.m., partir de12:51

será considerado tardanza. *Las justificaciones de tardanzas se procederá de acuerdo a ley.

Art. 44.-: El personal está obligado a registrar su firma, tanto de entrada como de salida en

el marcador digital y en el cuaderno de asistencia. El no hacerlo dará motivo a considerarlo como INASISTENCIA.

Art. 45: Constituye FALTA GRAVE abandonar el plantel en horario de trabajo y sin aviso

alguno. Art. 46: El permiso por salud deberá ser acreditado por el respectivo documento otorgado

por el médico tratante. Art. 47: Las justificaciones por faltas deberán acreditarse a mas tardar las 48 horas después

de haber ocurrido el hecho (días hábiles) Art. 48.-El alumno se rige al siguiente horario:

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a) Mañana : De 8:30 a.m .a 12:30 p.m. (Inicial)

b) Mañana : De 7:30 a.m. a 12:50 p.m. (Primaria)

c) Tarde : De 12:45 p.m. a 6:25 p.m. (Secundaria) Art. 49.-Se considera tardanza a los alumnos que llegan después de la hora establecida. Art. 50.- El horario de los alumnos estará controlado por los Auxiliares de Educación,

Coordinador de TOE con el Apoyo del Comité de Disciplina. Art. 51.- Si el alumno falta a la I.E. tendrá que justificar a través de su Cuaderno de Control. Si

es por más de dos días y por enfermedad acreditar con un certificado y/o Constancia Médica. (La subdirección pondrá en conocimiento a cada docente que corresponde de manera escrita sobre la justificación).

Art. 52.- Los alumnos no deben deambular por el patio o fuera de aula en horario de clases;

si lo hacen serán conducidos a su aula por los auxiliares de educación. Su hubiera cometido alguna falta el profesor informara al auxiliar y él a la autoridad superior.

DE LA INFORMACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA Art.53.- Los padres de Familia deben conocer oportunamente los logros y dificultades de

sus hijos, dándoles de la siguiente manera: a).- En forma mensual en Primaria. El profesor de aula convocara a los Padres de familia y previa coordinación con la Sub-Dirección llevara a cabo su reunión elaborando un horario de atención a los PP.FF. estas reuniones mensuales permitirán el adecuado seguimiento del avance de los menores. b).- En secundaria en forma bimestral a través de las horas de Coordinación de cada área. c).- En forma semestral por parte de la Sub-Dirección en Asamblea de Padres de Familia. d).- El Padre de Familia no podrá ingresar al Colegio en horas de clase y esperara a su menor hijo en la parte externa del Plantel, salvo que tenga una reunión o citación del Profesor o Tutor de aula. e).- Los Padres de familia cuyos hijos se encuentren en el Plan de fortalecimiento de Educación Física, solo ingresaran para alcanzar el refrigerio de su menor hijo. Su salida e ingreso será por la puerta N.- 2 del Colegio. f).- Los Padres de familia firmaran un compromiso obligatoriamente en la cual se comprometan a que su menor hijo(a) no traerá al Colegio teléfonos celulares, MP3, audífonos u otros objetos valiosos que no forman parte del quehacer educativo asi como asistir adecuadamente uniformado y de acuerdo las disposiciones vigentes. Art. 54.-Los profesores están en la obligación de comunicar a los padres de familia alguna

dificultad con el educando a través del cuaderno de Control.

C A P Í T U L O V I

MATRÍCULA, EVALUACIÓN, CERTIFICACIÓN, CALENDARIZACION PROGRAMAS CURRICULARES

I. MATRÍCULA: Art. 55.-. Para el efecto de la matrícula, La Dirección del Plantel en el mes de diciembre

establece vacantes por grado y secciones para el nivel de Primaria y Secundaria,

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teniendo en consideración la inclusión de vacantes para los educandos repitentes de los diferentes grados y niveles del mismo Plantel.

PROCESO DE MATRÍCULA DEL PLANTEL

NIVEL INICIAL Art. 56.-. Los responsables de la matrícula del Nivel Inicial son los profesores designados

para laborar con dichas secciones. Se realiza todos los días de la semana de lunes a viernes en horario de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., en sus aulas correspondientes.

NIVEL PRIMARIO Y SECUNDARIO Art. 57.-: Los responsables de la matrícula del Nivel Secundario es el personal

administrativo (Secretaria, etc). INGRESANTES A EDUCACIÓN PRIMARIA DE MENORES Art. 58.-: Ingresarán al primer grado de Educación Primaria los niños que al 31 de marzo

cumplieran los seis (06) años de edad.

AUTORIZACIÓN PARA SU TRASLADO DE MATRÍCULA Art. 59: El Director del Plantel podrá autorizar el traslado de matrícula para los alumnos

de Primaria y Secundaria hasta el término del tercer bimestre lectivo. EVALUACIÓN DE LOS EDUCANDOS DE LOS TRES NIVELES Art. 60.-: Para la evaluación de los educandos de los tres niveles se requiere lo siguiente:

a) La evaluación de los educandos se realiza en forma integral, flexible y permanente en los tres niveles.

b) Para la evaluación del aprendizaje en las diversas áreas de educación correspondiente a cada grado y nivel de estudio se debe tener en cuenta la diversificación curricular de acuerdo a nuestra realidad local y regional.

c) Para efecto los docentes cumplirán las siguientes evaluaciones:

1. Evaluación de entrada: En la primera semana del Año Lectivo

2. Evaluaciones de ac de Progreso: Durante el año lectivo y de acuerdo a las Rutas de aprendizaje.

3. Evaluación de sustitución: Cuando los resultados de una prueba de período hubiera más del 30% de desaprobados en un grado y sección de un determinado nivel.

Art. 61.-: Los alumnos de Primaria del 2do. al 6to. Grado que al finalizar el Año Lectivo

obtengan promedio desaprobatorio deben participar en el Programa de Recuperación Académica, según R.M. Nº 016-96.

Art. 62.-: Los alumnos de Secundaria que desaprueben hasta tres asignaturas del Plan de

Estudio de su Grado y Nivel, participarán en el Programa de Recuperación Académica, incluyendo a quienes tengan asignaturas de subsanación de años anteriores para luego rendir su evaluación de recuperación.

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Art. 63.-: El programa de recuperación académica lo organiza el Director de la I.E. Art. 64.-: La repetición de grado de cualquier nivel por única vez no será causal de negativa

para la ratificación de la matrícula.

RATIFICACIÓN DE MATRÍCULA Art. 65.-: Para el traslado de la matrícula los alumnos deben estar incluidos en las nóminas

de los alumnos promovidos al año inmediato superior o remitente, tanto del nivel Inicial, Primario y Secundaria.

TRASLADO DE MATRÍCULA

Art. 66: Para el traslado de matrícula de un alumno del Nivel Inicial, Primario o

Secundario el padre o apoderado presentará la constancia de vacante otorgado por la I.E. de destino.

Art. 67: La constancia de vacante será recepcionada y registrada por Mesa de Partes

(Secretaria del Plantel) la cual entregará al Director de inmediato se entregará los documentos previo registro.

DOCUMENTOS QUE SE ENTREGAN POR TRASLADO DE MATRÍCULA

Art. 68.-: La Dirección del Plantel de origen está obligado a entregar al padre de familia o

apoderado del alumno que se traslada la documentación respectiva por intermedio de la Secretaria.

DOCUMENTOS QUE SE ENTREGAN DE EDUCACIÓN INICIAL

Art. 69.-: Los documentos que se entregan son:

a) Partida de nacimiento b) Ficha de Matrícula c) Tarjeta de Información d) Certificado de estudio

DOCUMENTOS QUE SE ENTREGAN POR TRASLADO DE EDUCACIÓN PRIMARIA

Art. 70.-Los documentos que se entregan son:

a) Partida de nacimiento

b) Ficha de Matrícula

c) Certificado de Estudios del grado concluido.

d) Constancia de los resultados de las evaluaciones hasta antes del momento de su traslado si las tuviera.

e) Certificado de Conducta

DOCUMENTOS QUE SE ENTREGAN POR TRASLADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Art. 71.-Los documentos que se entregan son:

a) Partida de nacimiento

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b) Certificados de estudios del grado concluido

c) Ficha de Matrícula

d) Constancia de los resultados de las evaluaciones hasta antes del momento de su traslado si las hubiera.

e) Certificado de Conducta

REQUISITOS PARA LOS INGRESANTES A EDUCACIÓN PRIMARIA DE MENORES Art. 72.- Los requisitos son los siguientes: Presencia del padre o apoderado del alumno

a) Partida de nacimiento (el Director brindará todas las facilidades a los alumnos que no cuente con ella). Según las normas vigentes permitiendo que el padre o apoderado bajo una Declaración Jurada donde se compromete a presentarla en un plazo no mayor de 30 días.

b) Ficha integral de la I.E. inicial si lo hubiese realizado.

INGRESANTES A EDUCACIÓN SECUNDARIA DE MENORES Art. 73.- Las vacante para el primer grado de Educación Secundaria se establecerá

mediante resolución de la Dirección de la I.E. en el mes de diciembre un porcentaje de las vacantes para los repitentes de grado.

Art. 74.-: Ingresan al primer grado de Secundaria los alumnos que hayan cursado del

primero al sexto grado de Educación Primaria con notas aprobatorias de las diversas áreas educativas.

Art.75.- Pueden matricularse en el primer Grado de Secundaria diurno los menores

egresantes de Primaria hasta los 15 años 06 meses, los alumnos con estudios regulares continuando su secundaria en forma regular no interesando la edad que tenga.

REQUISITOS PARA LOS INGRESANTES A EDUCACIÓN SECUNDARIA DE MENORES

Art. 76- Los requisitos son los siguientes: Presencia del padre o apoderado

a) Partida de nacimiento.

b) Certificado de Estudios del primer al sexto grado de Educación Primaria.

c) Certificado de Conducta.

d) Dos Fotos tamaño carné.

RATIFICACIÓN DE MATRÍCULA Art. 77.- Se promoverá de año:

a) A los alumnos que aprueben satisfactoriamente al año anterior.

b) A los alumnos con un curso por subsanar. Art. 78.- Para la ratificación de la matrícula de los alumnos de Educación Primaria y

Secundaria del Plantel se requiere:

a) De la presencia del padre o apoderado del alumno

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b) La Libreta de Notas de los años anteriores del 1ro. Al 4to. Grado

c) Tarjeta de Información Art. 79.- Los alumnos de Educación Secundaria que desaprueben 04 o más áreas al término

del año escolar repiten el grado de estudios. Art. 80.-Los alumnos del quinto grado de Secundaria que desaprueben de uno a tres áreas de

acción educativa correspondiente a dicho grado rendirán examen de aplazados al año siguiente en el mes de enero, previo pago de su derecho en Secretaría del Plantel, con la cronogramación de la Dirección y Sub Dirección sobre la hora, día que será evaluado de lo contrario lo puede realizar cada 30 días.

Art. 81.-Los cinco alumnos que al concluir su Educación Secundaria hayan obtenido los más

altos promedios generales en los cinco años de estudios se establecerán de acuerdo a las normas vigentes por una comisión encargada designada por la Dirección del Plantel para la elaboración del Cuadro de Mérito, integrado por tres profesores del Plantel del Nivel Secundario.

Art. 82.-Para la evaluación del comportamiento se tomará en cuenta los siguientes aspectos:

a) La evaluación de comportamiento se realizará de acuerdo a la resolución vice ministerial 04 normas de evaluación 2005

Art. 83.-Este aspecto está referido a la entrega por parte de la Dirección del Plantel de los:

d) Certificados de Estudios; previa constatación de las notas de actas y registros a los alumnos que lo soliciten, previo pago de sus derechos en Secretaría del Plante.

e) En caso de los alumnos de quinto año que culminen sus estudios satisfactoriamente se les entregara sus certificados por primera vez en forma gratuito a la promoción que egresa.

f) Se les entregará: Las libretas o cuaderno de Control para ambos niveles conteniendo las calificaciones de cada educando al finalizar cada período y al culminar el año lectivo, para que el padre de familia conozca la situación de su menor hijo.

g) Los reclamos sobre evaluación y certificación de estudios debidamente fundamentados se presentarán por escrito ante la Dirección para su dictamen.

Art. 84.-El Plantel “Daniel Alcides Carrión” es la entidad pública por lo tanto recibe aporte

económico del tesoro público.

C A P Í T U L O V I I

INGRESOS PROPIOS Art. 85.- Los ingresos propios son los que genera la institución educativa mediante los

siguientes conceptos:

a) Expedición de certificados de estudios.

b) Derecho de examen de aplazados y subsanación.

c) Organización de festivales deportivos y/o danzas.

d) Venta cuaderno de control y tarjeta de información de notas.

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e) Otras actividades productivas.

f) Los profesores responsables de los talleres de costura, computación, electricidad y arte pueden generar recursos económicos para el beneficio de la institución e implementar su propio taller en coordinación con la Dirección del Plantel.

g) Los profesores de ciencias pueden producir recursos en beneficio de la comunidad y del alumnado y sobre todo de la institución e implementar su propio taller en coordinación con la Dirección del Plantel.

h) Se debe expedir un carné que sea para el uso de la biblioteca escolar, a los alumnos y a las personas de la comunidad que requieren de su servicio.

i) Concesión de los Kioscos.

j) Servicios de enseñanza (Programa de Recuperación Académica – PRA)

DOCUMENTOS DE CONTABILIDAD Art. 86.- Los egresos de la I.E. son los siguientes:

a) Todos los egresos que se han requerido necesariamente por la I.E. deben estar transparentes en los gastos realizados.

b) Para las representaciones de los alumnos ya sean culturales, recreativas o de conocimiento

c) Pago para los expositores para la capacitación de los docentes y reconocimiento del refrigerio de todo el personal.

d) Implementación de los talleres y laboratorio.

e) Implementación de la banda de música.

f) Implementar con materiales al área de educación física.

C A P Í T U L O V I I I

RECURSOS MATERIALES INVENTARIO Y ADQUISICIONES: Art. 87.-El Director tiene la responsabilidad de formular el cuaderno de necesidades, bienes y

servicios. Art.88.-Corresponde a la Dirección velar y cautelar los recursos materiales perteneciente a la

institución educativa. Art. 89.-Los recursos materiales de la institución deben ser actualizados previo inventario a

realizarse al inicio del año lectivo y culminación del mismo por la comisión de inventario y patrimonio.

Art. 90.- El inventario es responsabilidad del personal administrativo, APAFA, secretaria y personal de servicio, registrándose las altas y bajas por una comisión.

Art. 91.-La comisión de inventario y de patrimonio es la responsable de velar por su conservación y seguridad informado a los directivos el deterioro o perdida e los mismos.

Art. 92.-La Dirección del Plantel debe entregar al inicio del año escolar los materiales de la institución en buenas condiciones, previa verificación, según inventario de aula, conjuntamente con el profesor responsable.

Art. 93.- Los talleres y departamentos pertenecientes a la institución se encuentran bajo la responsabilidad de la especialidad y jefe responsables de ellos.

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Art. 94. -Los docentes responsables de los talleres tiene el deber de fomentar ingresos propios a la institución, prever su conservación, incremento y mantenimiento de los materiales a su cargo en coordinación y apoyo directivo y APAFA.

Art. 95.-Los docentes, alumnos y padres de familia tiene la obligación de velar por los bienes

de la institución conservando en buen estado los enseres de la I.E. Art. 96.-La Laptop, el multimedia, TV, VHS y mini componente serán utilizados por los

alumnos a solicitud de los docentes, cuando sean necesarios en el desarrollo académico y bajo su responsabilidad, previa solicitud de 24 horas, a los encargados del aula de innovación.

Art. 97.-El ambiente de la biblioteca debe brindar atención permanente a los docentes y

educandos, para el buen cumplimiento de las labores pedagógicas. Art. 98.- El profesor responsable del Taller de Electricidad, deberá incluir en su Plan de

Trabajo la reparación e instalaciones eléctricas de los ambientes que carecen de ellos, Para tal efecto los directivos y APAFA brindaran las facilidades

USOS

Art. 99.-: El uso de los talleres y departamentos se realizará bajo la coordinación de los

docentes responsables y el profesor que requiere la atención, solicitud a la Dirección bajo su previa responsabilidad.

Art. 100.- El ambiente de laboratorio debe ser utilizado por toda la comunidad educativa en

coordinación con el profesor Jefe del mismo. Art. 101-Para el mejor uso de la biblioteca los educandos deben portar un carné expedido por

la Dirección del Plantel, para evitar pérdida de materiales, previo pago por derecho del carné.

Art. 102.- Para el mejor uso de la biblioteca los responsables tienen el deber de preparar un

fichero de los libros existentes y extender ficha en datos específicos que serán llenados por el lector.

Art. 103-: El servicio debe extenderse a la comunidad, previa adquisición del carné, previo

pago por derecho del mismo. Art. 104.- Los equipos que se encuentran en la sala de innovación, deben ser utilizados por

todos los docentes y alumnos, previa coordinación con el encargado; en ausencia del encargado se coordinara con la subdirección para el uso de dichos equipos.

Art. 105.-: La institución debe tener una comisión de altas y bajas que tengan la

responsabilidad de constatar si los materiales se encuentran en buenas condiciones, mantienen su vigencia o no son necesarios, por deterioro u otras circunstancias.

C A P Í T U L O I X

ESTÍMULO: FALTAS Y SANCIONES COMISIÓN DE EVALUACION

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-El comité de evaluación es elegido por el CONEI. -LA evaluación se hará mediante una ficha; que se dará a conocer al inicio del año escolar a

todo el personal de la I.E.

ESTÍMULOS Los estímulos que se hacen acreedores son los siguientes: a. EL PERSONAL DIRECTIVO Y JERÁRQUICO: Art. 106.-: El personal Directivo y Jerárquico será acreedor a una diploma de honor por su

destacada labor en bien de la I.E. por los miembros de APAFA y/o los representantes de la comunidad magisterial.

Art. 107.-: El personal docente, propondrá a la UGEL Nº 10 un oficio de felicitación para el

personal directivo y jerárquico por su labor que debe haber sido sobresaliente en la adquisición de materiales y enseres de diferentes instituciones en bien de la I.E.

b.- EL PERSONAL DOCENTE: El Director propondrá a la UGEL una resolución de felicitación para el docente que ha sobresalido durante el año lectivo. Art. 108.-: Al término del año escolar la Comisión Especial de Evaluación propondrá a la

Dirección para el estímulo del docente mediante resolución directoral de felicitación

Art. 109.-: El docente en comisión y/o comité que resalte el nombre de la I.E. en las diversas

actividades que intervengan; tanto en la comunidad, distrito, provincia, región o nacional, se hará acreedor automáticamente de una resolución Directoral de felicitación de inmediato o en cinco días útiles y públicamente.

Art. 110.-: Después de haber terminado el trabajo cada comisión, presentará un informe y

evaluación a la Dirección que estimulará en formación de manera verbal, al docente que ha sobresalido en dicha actividad y/o comisión.

c. PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO: Art. 111.-: Se estimulará al personal administrativo y de servicio por su excelente labor

desempeñada durante el año lectivo, en los siguientes aspectos:

1 Mantenimiento de la I.E. (limpieza)

2 Cuidado de los jardines

3 Limpieza de los servicios higiénicos en forma constante

4 Cuidado de los mobiliarios

5 Participación en diferentes actividades que se realicen dentro y fuera de la I.E. d. AUXILIARES DE EDUCACIÓN: Art. 112.-: Al término del año escolar se dará un oficio de felicitación en mérito a su

puntualidad y labor en las actividades programadas por la I.E. el cual será otorgado públicamente.

Art. 113: Se le otorgará permiso para su participación en actividades deportivas en

representación de la I.E.

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e. ALUMNADO: Art. 114: Se otorgará a los dos primeros puestos en aprovechamiento y conducta por

secciones mediante diploma de honor al finalizar el año escolar. Art. 115: Se otorgará diploma de honor u otro premio a los alumnos, que destaquen en

otras actividades (deportes, creatividad, declamación y otros).

FALTAS PERSONAL DIRECTIVO Y JERÁRQUICO: Art. 116: Las faltas son las siguientes:

a) Atentar contra la integridad física o moral de los docentes y padres de familia.

b) Ofender de palabras o de obra al personal docente, administrativo, auxiliares, personal de servicio y alumnado.

c) Ingresar tarde o inasistir continuamente.

d) Incumplimiento de los acuerdos de asamblea.

e) Llamar la atención públicamente al personal docente, administrativo y de servicio.

f) Realizar actividades ajenas a la I.E.

g) Amenazar o condicionar al personal docente contratado.

h) Desconocer permiso para las reuniones de coordinación con comités de aula, actividades. Etc.

i) No estar presente en los ensayos y en las actividades del calendario cívico escolar, deportes, comunidad, distrital y provincial injustificado.

j) Quitar autonomía y autoridad al profesor, delante de los padres de familia y alumnos.

k) Permitir la permanencia de personas ajenas en la I.E. y aulas que impidan la labor educativa.

l) No otorgar permiso en caso de emergencia por problemas de fuerza mayor al personal que lo requiere, previa boleta de salida.

m) No dar facilidades a las delegaciones deportivas, cuando el caso lo requiera.

n) Abusar de su autoridad y usar la I.E. con fines personales y de lucro. PERSONAL DOCENTE: Art. 117: Son faltas del personal docente:

a) Inasistir o ausentarse reiteradamente del cargo que desempeña en la I.E. sin causa justificada.

b) Ofender de palabra u obra a la autoridad educativa, a los miembros de la comunidad magisterial y observar conducta reprobable.

c) Atentar contra la integridad física o moral, abandonando o exponiendo al peligro a los educandos.

d) Realizar actividades políticas o partidarias en el ejercicio de sus funciones magisteriales.

e) Abuso de autoridad y usar el cargo con fines indebido.

f) Realizar actividades comerciales con los educandos.

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g) Incumplir las funciones inherentes al cargo indicados en el presente reglamento.

h) Incumplir las disposiciones administrativas y legales.

i) Aplicar castigos físicos, morales al alumnado, causándole daño.

j) Ingresar en estado etílico o ebrio a la I.E.

k) Pedir recompensa por adulterar notas (animales, dinero, materiales).

l) Salir de excursión o paseo de estudio sin previa evaluación y autorización de la dirección. Coaccionando para el viaje con las notas.

m) Dejar continuamente abandonado su aula, sin causa justificada. PERSONAL ADMINISTRATIVO Y SERVICIO: Art. 118: Las faltas son las siguientes:

a) Permitir el ingreso a los padres de familia, personas extrañas y comerciantes en horario de trabajo.

b) Dejar ingresar a personas ebrias a la I.E. (directivo, jerárquico, administrativo, auxiliares, docentes y padres de familia). 1Dejar sucio los servicios higiénicos y no desinfectarlo constantemente.

c) No dar aviso oportuno sobre las pérdidas de algunos enseres o mobiliario.

d) No cumplir con el rol de aseo en las aulas de los primeros grados (1er. 2do. Grado e Inicial) y toda la I.E.

e) Descuidar los bienes, enseres y la infraestructura de la I.E.

f) No verificar la entrada y salida del personal autorizado y del alumnado.

g) Faltar el respeto al profesor, durante sus horas de trabajo.

h) Salir de la I.E. sin la autorización respectiva; tiene que salir con la papeleta de salida en el cual indique el motivo de la salida.

i) Dejar salir al alumnado y docente sin autorización. AUXILIARES DE EDUCACIÓN: Art. 119: Son faltas de los auxiliares de educación las siguientes:

a) Incumplimiento en el horario de trabajo.

b) Incumplimiento en el orden y la disciplina de los alumnos.

c) Faltar el respeto al profesor, durante sus horas de trabajo.

d) Regresar a aun alumno a su casa sin conocimiento de la Dirección y Sub Dirección.

e) Ingresar al aula sin conocimiento del profesor.

f) Propiciar la indisciplina durante la prueba bimestral.

g) Asistir a sus labores en estado etílico.

h) Tomar refrigerio en horas de recreo de los alumnos.

i) No llevar con seriedad sus funciones

j) Desobedecer las órdenes de la autoridad. ALUMNOS: Art. 120.- Son faltas de los alumnos:

a) Inasistir frecuentemente a la I.E. sin la debida justificación.

b) Faltar de palabra y obra al personal directivo, docente, auxiliares, personal de servicio, administrativo y condiscípulos.

c) Fomentar desorden en las horas de clase.

d) Llegar tarde al plantel.

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e) Faltar injustificadamente a la I:E.

f) Permanecer fuera del aula en horas de clase.

g) No respetar las reglas de orden y seguridad en la biblioteca, laboratorio, aula de cómputo, electricidad, costura y la formación

h) Arrojar la basura fuera de los depósitos, pintarrajear los enseres de la I.E.

i) Usar maquillaje, prendas u objetos de valor.

j) Traer dinero en exceso, maquinara, cámara fotográficas, celulares, revistas u otros objetos.

k) Masticar chicle en el aula y formación.

l) Interrumpir en hora de examen desde fuera del aula, cuando no le corresponde.

m) Faltar el respeto a sus compañeros con palabras u hechos.

n) Poner sobrenombres y apodos a sus compañeros. Y profesores.

o) Apropiarse de cosas ajenas.

p) Comer en horas de clase.

q) Masticar chicles dentro y fuera del salón y en la formación del alumnado.

r) Salirse del salón con dirección al baño y dirigirse al Kiosco. Llevar el uniforme en desorden.

s) Realizarse el corte de cabello distinto al corte escolar.,

t) Tener un lenguaje soez y vulgar.

u) Traer alcohol, tabaco y drogas y usarlas en el Colegio. Esto constituye falta grave, que previa las investigaciones y evidencias se procederá a invitarlo a retirarse del Plantel.

v) Asistir al Colegio con ropa diversa al uniforme escolar. Deberá solucionar el no contar con el uniforme con una vestimenta con semejanza al uniforme del Colegio.

w) Usar la falda, las alumnas, por encima de las rodillas, la blusa con escote pronunciado y usar el cabello suelto sin sujetarlo. Su vestimenta debe ser de conformidad con los lineamientos escolares.

x) Traer celulares al colegio sin autorización de la Dirección y usarlo en el Colegio en cualquier momento.

y) Trasgredir las normas de convivencia del salón y las reglas del Colegio.

z) Las faltas consideradas leves serán sancionadas con una severa llamada de atención y de persistirse maliciosamente en ellas, se consideraran faltas

graves.

DE LAS FALTAS CONSIDERADAS GRAVES.- 121.- Son consideradas faltas graves: a).- La reincidencia maliciosa de las faltas leves. b).- El uso o venta de estupefacientes, alcohol, tabaco y juegos de azahar en el Colegio y durante las horas de clase. Se investigara y con las evidencias del caso se sancionara invitando al retiro del estudiante de nuestro Colegio. c).- Agredir a un compañero física y psicológicamente (bullying), lo que amerita, previa la investigación y evidencias, una suspensión de tres días y de persistir el retiro del Plantel. d).- Denigrar los símbolos patrios y mostrar un evidente anti patriotismo supone una suspensión de 3 días y de persistir la separación del Colegio. e).- Apropiarse de objetos, materiales y recursos del Colegio por lo que de inmediato será retirado del Colegio.

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f).- Amenazar, coaccionar o intimidar a un compañero, usando armas blancas u otros objetos con el fin de conseguir un determinado beneficio. g).- Evadirse del plantel, suplantando la firma de su padre y/o apoderado, escalando paredes o aprovechando el descuido de los encargados de la puerta. Se sancionara con una suspensión de 3 días y de persistir en la separación del Plantel. h).- En cualquiera de los casos mencionados se solicitará la participación del Psicólogo respectivo a fin de que nos otorgue su diagnóstico y tomar la decisión correspondiente.

SANCIONES PERSONAL DIRECTIVO Y JERÁRQUICO: Art. 122: Las sanciones son las siguientes:

a) En asambleas de profesores se tomará un acuerdo de las faltas incurridas de acuerdo aley.

b) Los casos no contemplados en los artículos anteriores serán sancionados de acuerdo a ley y normas vigentes.

PERSONAL DOCENTE: Art. 123-: Las sanciones son las siguientes:

a) Los docentes que se retiren de la I.E. antes de su horario establecido, serán amonestados verbalmente y luego con memorando en su oficina y se considerará inasistencia.

b) El Director informará a las autoridades superiores para su atención correspondiente de acuerdo a ley, al comprobar que un docente adultera notas, mediante recompensa y otros.

c) Los casos no contemplados serán sancionados de acuerdo a ley y normas vigentes. PERSONAL DE SERVICIO Y ADMINISTRATIVO: Art. 124: Las sanciones son las siguientes:

a) Se le dará la sanción correspondiente al personal de servicio, que haga insinuación de actos inmorales con las alumnas.

b) Se le dará la sanción al personal de servicio en caso de pérdida de pertenencia de los alumnos dentro del aula, en caso de un solo turno (bajo inventario).

c) La inasistencia a las reuniones y actividades programadas (previo aviso) serán sancionados.

d) Los casos no contemplados serán sancionados de acuerdo a ley. AUXILIARES: Art. 125: Las sanciones son las siguientes:

a) El auxiliar de educación que se retire antes de culminado su horario de trabajo, será sancionado en primer lugar, con llamada de atención en forma verbal, al incurrirse la falta se hará acreedor a un llamada de atención por escrito con memorando.

b) Los casos no contemplados se sancionarán de acuerdo a ley. ALUMNADO: Art. 126: Las sanciones son las siguientes:

a) Amonestación verbal o escrita del profesor, coordinador de TOE y auxiliares de educación.

b) Amonestación verbal o escrita del Director. c) Suspensión de la I.E. por un tiempo no mayor de 15 días, la sanción se aplicará

previo informe del Comité de TOE y opinión del Comité de Disciplina, DESNA, Comité de Convivencia escolar y Dirección. El Director informará a la UGEL.

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d) Se decomisará los artículos no escolares y se entregara a los padres de familia dentro de un mes.

e) Los casos de indisciplina deben cumplir con un seguimiento y tratamiento, de persistir se les sancionara: 1. Llamada de atención verbal e informe al PP.FF. 2. Llamada de atención escrita 3. Suspensión temporal. 4. Suspensión definitiva. Previo informe del director a la UGEL.

COMISIÓN DE ESTÍMULOS Y DISCIPLINA Art. 127: Estará conformado por el Director y la Sub Directora para los profesores,

auxiliares, personal de servicio y administrativo. TOE. Dirección y Sub Dirección para el alumnado.

C A P I T U L O X DEL MUNICIPIO ESCOLAR

Art. 128- El municipio escolar es una organización que representa a las y los estudiantes de la

I.E. y está conformado por todos los alumnos. Art. 129.- El CONCEJO ESCOLAR, está constituido por la directiva del Municipio escolar y los

delegados de las aulas de la I.E. Art.130.- Los alumnos integrantes de la directiva del Municipio Escolar son elegidos

democráticamente, mediante el voto universal.(Presentaran unas listas y mediante las votaciones serán elegidos).

Art.- 131.- Los docentes asesores serán designados por el director mediante una Resolución Directoral.

CA P Í T U L O X I

DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN PADRES DE FAMILIA

Art. 132: El Director de la I.E. mantendrá estrecha relación con los miembros de la Junta

Directiva de la APAFA. Art. 133: Realiza reuniones y charlas de orientación a los padres de familia en bienestar del

educando. Art. 134: Participación de los padres de familia en fechas cívicas: Día de la Madre, Día del

Maestro, Aniversario y Clausura. Art. 135: Coordinación previa con los padres de familia para lograr metas propuestas de

acuerdo a la programación curricular. Art. 136 Participación de los padres de familias en eventos deportivos, culturales, sociales

y económicos. Art. 137: Dar facilidades a los padres de familia de escasos recursos económicos en la

matrícula y aportes solicitados por la APAFA (en casos realmente comprobados). Art. 138: Participación plena de los profesionales de la salud del CLAS-Pedro Canevaro

Garay-Chancayllo a la I.E., previa Coordinación con el área respectiva. MUNICIPIO

Art. 139: El Director como representante de la I.E. coordinará con los municipios distrital y provincial.

Art. 140: El Director con su personal docente solicitará apoyo en el aspecto cultural, social, salud, infraestructura, servicios públicos y económicos.

Art.141: El municipio escolar gestionara algún apoyo en materiales, infraestructura y capacitación para los estudiantes danielistas.

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EX - ALUMNOS Art. 142: El Director fomentará a la integración de los ex alumnos en una asociación. Art. 143: El Director en coordinación con los tutores de los alumnos que egresaron de la I.E.

(promociones del 5to. de secundaria) invitarán a una reunión para organizar la asociación de ex alumnos.

Art. 144: La asociación de ex alumnos realizará diversos eventos para bienestar de la I.E. en coordinación con la Dirección del Plantel.

Art. 145: Los representantes de los ex alumnos integrarán las comisiones de fechas cívicas, así como; Día de la Madre, Maestro, Aniversario y Clausura.

MIEMBROS DE LA SOCIEDAD CIVIL

Art. 146: Los miembros son los siguientes: 1. Posta Médica 2. Teniente Gobernador 3. Presidente de la Comunidad 4.- Juez de paz

Art. 147: El Director coordinará con los miembros de la sociedad civil. POSTA MÉDICA.- Art. 148: Los profesionales del CLAS de Chancayllo, deben ser más humano y servicial con .-

los niños de la I.E Art. 149: La Posta Médica deberá atender al alumnado en todo momento que lo requiera,

sin costo alguno, teniendo en cuenta el SIS. Art. 150: El equipo de la Posta Médica y Comité de Salud, deberá coordinar con la Dirección y Coordinación de TOE, para la evaluación de la salud de los alumnos TENIENTE GOBERNADOR Art. 151: Apoya en el cuidado físico, moral y buena costumbre de la comunidad

educativa. Art. 152: Solicita protección policial en caso de algún riesgo. Art. 153: Apoyará en los disloques de desfiles de fiestas de la comunidad, aniversario de la

I.E. Solicitará apoyo al Comando Conjunto de Chancay, para realizar los ensayos para los desfiles.

Art.154.-: Supervisara el servicio y el buen uso del programa de alimentación Escolar QALI WARMA.

PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD Art. 155-: El Director, personal docente y presidente de la Comunidad, organizarán

campañas de promoción a la limpieza pública y ornato (medio ambiente). Art. 156.- Coordinar con el Juzgado de Paz para solucionar maltrato, abandonos y otros que

afectan a los alumnos.

C A P Í T U L O X I I

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Art. 157.-El presente reglamento interno tendrá una duración de dos años. Art. 158.-La exoneración del curso de religión será mediante Resolución, expedido por el

Director de la I.E., debiendo los alumnos cumplir estrictamente en los actos cívicos y entonación del Himno Nacional.

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Art. 159.-el presente Reglamento Interno de la I.E. Púb. Int. Nº 20799 “Daniel Alcides Carrión” entrara en vigencia a partir de su aprobación y regirá durante los años 2016– 2017 y será revisado ´por una Comisión en Marzo del 2018.

Art. 160.-Todo padre de familia al denunciar a las autoridades de la I.E. deberá tener las pruebas correspondientes, ya que de no cumplir con lo estipulado podrá ser denunciados ante la autoridad correspondiente.

Art. 161.- Los casos no contemplados en el presente reglamento serán tratados de conformidad con las directivas, disposiciones, resoluciones, decretos supremos y otras disposiciones legales que puedan emitirse.

Chancayllo, Marzo de 2016.