Antecedentes de La Reforma Electoral

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Antecedentes de la Reforma Electoral en México.

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Antecedentes

Como es fcil de entender, las reformas electorales son actualizaciones a la legislacin que rige los procesos de eleccin de representantes. La mayora de las

2naciones las llevan a cabo peridicamente en atencin a las necesidades y circunstancias polticas de su desarrollo social. Vale decir, la decisin de modificar las reglas electorales de un pas obedece tanto a los reclamos sociales como a las necesidades de legitimacin de los gobiernos en un momento determinado del desarrollo social.

En el caso de nuestro pas, al igual que en la mayora de las naciones civilizadas, correspondi al gobierno la organizacin de los procesos electorales. Sin embargo, tras una larga historia de sospechosa legalidad electoral que produjo un desencanto generalizado y una falta de credibilidad en los procesos de eleccin de representantes, se hizo evidente la necesidad de buscar mecanismos que promovieran la participacin ciudadana requerida para la legitimacin del rgimen. Tras el movimiento revolucionario iniciado en 1910 y que eventualmente produjo un nuevo andamiaje legal y poltico acorde con el proyecto revolucionario y la constitucin poltica que le coron, promulgada en 1917, el rgimen presidencial surgido de aquel movimiento, formalmente democrtico, termin por perder credibilidad.

Los primeros cambios en el sentido de una apertura democrtica, que pretenda el fortalecimiento del rgimen surgido del movimiento revolucionario que inspiraba los planes y programas de gobierno de las tres dcadas posteriores al levantamiento armado, se dieron en un ambiente controlado, en un clima de relativa paz social, en un contexto internacional que planteaba las lneas del desarrollo modernizador en los primeros aos de las posguerra de la Segunda Guerra Mundial y en el marco del desarrollo econmico del periodo conocido como sustitucin de importaciones.

En 1946 se modific la constitucin para suprimir la reeleccin consecutiva a nivel municipal, hasta entonces en vigor. En 1953, a tono con las tendencias de naciones ms avanzadas, se aprob el voto de las mujeres, aunque todava no seran objeto del escrutinio popular, ms que muy localizadamente. Por otra parte,su participacin poltica, como la de los ciudadanos mexicanos en general, quedaba circunscrita a los espacios abiertos dentro del partido gobernante. La pujante bsqueda de la modernizacin de la sociedad mexicana condujo, tiempo despus, al reconocimiento de la participacin de la mujer en todas las actividades de la vida nacional; sin embargo, la construccin de un modelo cuasi monoltico urga ms cambios.

Retomando a Giovanni Sartori en su obra Partidos y sistemas de partidos, Jos Paoli dice que, de 1964 a 1988 pasamos de un sistema de partido nico a un sistema de partido hegemnico, hasta llegar al de partido predominante. La dcada de los ochenta en Mxico es la ms significativa en la formacin del sistema de partidos, que termina consolidndose en los noventa. Hay que reconocer, sin embargo, que las diversas reformas provenan de los gobiernosemanados del rgimen de partido hegemnico.1

En 1964 se dio la primera reforma electoral que abra espacios a la oposicin; aunque limitada y constreida a la representacin en la Cmara baja del Congreso, fue una modificacin que permiti la presencia de diputados de un partido diferente al del titular del Ejecutivo. Sin embargo, tard cerca de tres lustros ms la llegada de una reforma electoral que transformara radicalmente la imagen de la poltica partidista de Mxico, al pasar de un sistema de partido hegemnico, al de un sistema de partidos polticos con presencia de un partido dominante primero, y posteriormente a un sistema que permitiera una real decompetencia entre las distintas fuerzas polticas.

1 Francisco Jos Paoli Bolio, Etapas de cambio de las instituciones polticas en el Mxico contemporneo, en Manuel Carrasco (coord.), Derecho Constitucional para el siglo XXI, vol. II, Sevilla, 2006, pp. 3095-3115.La sucesin presidencial de 1976 se signific por la ausencia de participacin de los escasos partidos polticos reconocidos entonces. La candidatura nica del representante del partido gobernante preocup a la elite poltica, que a partir de entonces busc una reforma electoral de mayor significacin. En 1977 se plante el reconocimiento de nuevas fuerzas polticas como forma de dar acceso a genuinas representaciones polticas y sociales de nuestro pas.

Esta reforma tuvo un carcter nico y fue considerada como el punto de partida de la liberacin de la arena electoral mexicana con un sello bsicamente incluyente. Ms an, a partir de dicha reforma, la democratizacin del sistema poltico fue presentada por el gobierno como un proceso de cambio centrado en el sistema electoral. En ciertas circunstancias, el partido dominante tambin manejaba las reglas para promocionar la participacin de partidos de izquierda a fin de, entre otras cosas, legitimar las elecciones como un procedimientosignificativo para seleccionar a los gobernantes.2

El resultado ms importante de la reforma de 1977 fue el proceso de apertura de la competencia electoral. La introduccin del sistema de representacin proporcional dio incentivos a los partidos para participar en las elecciones, y estimul con ello el aumento gradual de la competitividad electoral, especialmente cuando este sistema se extendi al nivel municipal en 1983. El registro condicionado tuvo el efecto de ampliar el espectro de partidos en las elecciones, permitiendo as la participacin de organizaciones de derecha eizquierda que haban sido excluidos de la arena electoral.3

El 30 de diciembre de 1977 se promulg la Ley Federal de Organizaciones

Polticas y Procesos Electorales (LFOPPE). La reforma electoral que promova

2 Ibidem.3 Irma Mndez de Hoyos, Las reformas electorales en Mxico y el surgimiento y transformacindel Instituto Federal Electoral, Revista Iniciativa, no. 13, Instituto de Estudios Legislativos.www.cddiputados.gob.mx.esta ley ofreci a los partidos de oposicin nuevas oportunidades de participacin. Introdujo por primera vez el concepto de representacin proporcional al Poder Legislativo, al definir que por esa va seran electos 100 diputados en vez de los41 diputados de partido- la cuarta parte de la Cmara, cuyo nmero ascendi tambin al pasar de 196 a 300 diputados de mayora y que dara un total de 400 asientos; aquellos diputados surgiran de cinco circunscripciones plurinominales en las que se elegiran 20 escaos, en cada una, de acuerdo con el porcentaje de votacin.4

Ms adelante, la reforma electoral de 1986 incluy cambios a seis artculos de la Constitucin y una nueva ley electoral, el Cdigo Federal Electoral (CFE). La reforma tambin aboli el registro condicionado de partidos, una medida destinada a moderar el surgimiento de partidos. Cabe hacer mencin que estos cambios se dieron en el marco de una profunda crisis econmica que sufri nuestro pas en la dcada de los aos 80, y del enfrentamiento poltico entre los miembros del partido gobernante, que culmin con la disputa entre dos proyectos de nacin distintos.

Un cambio positivo incluido en la reforma en comento fue el relativo a la composicin de la Cmara de Diputados. El sistema combin 300 curules de mayora con los de representacin proporcional, que aumentaron de 100 a 200, de manera que el nmero de diputados pas de 400 a 500, elevando a su vez su importancia conceptual sobre el nmero total de diputados de la cmara (de 25% anteriormente, a 40% con las nuevas reformas).

Sin embargo, como una manera de contrarrestar la ampliacin de la Cmara, la nueva ley permiti al partido mayoritario obtener curules de representacin proporcional a fin de lograr una mayora absoluta, en el caso de nolograrla mediante votos o asientos.

4 Alejandra Sota y Benjamn Hill, La representacin proporcional en el diseo institucional mexicano, www.diputados.gob.mx.

Esta reforma tuvo, sin embargo, dos caractersticas importantes para el mantenimiento del control parlamentario por parte del partido gobernante: por un lado, permita la participacin del partido mayoritario en la reparticin de diputados de representacin proporcional y por el otro, incorporaba la llamada "clusula de gobernabilidad", que garantizaba la mayora absoluta en la Cmara de Diputadosal partido que obtuviera una mayor votacin nacional.5

Despus del rompimiento de la Corriente Democrtica del PRI y la polarizacin de los proyectos polticos antagnicos que representaban los antiguos correligionarios, la campaa electoral de 1988 hizo evidente la necesidad de ms cambios y de mayor profundidad en materia electoral.

Ms an, la tensin social y poltica, habida cuenta de un proceso electoral confuso y sospechoso de fraudulento, motiv al gobierno de Carlos Salinas de Gortari a iniciar una reforma electoral, entre 1989 y 1990, que incluy cambios constitucionales y la aprobacin del Cdigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), la cual, inesperadamente, se convirti en la primera de una serie de reformas electorales que alcanzaron su culminacin en1996, como veremos ms adelante.

El cambio ms importante introducido por la reforma electoral de 1990 fue, sin duda, la creacin de una nueva entidad autnoma para organizar las elecciones federales: el Instituto Federal Electoral (IFE) que reemplaz a la Comisin Federal Electoral, directamente dependiente del Secretario de Gobernacin. El segundo cambio importante introducido por la reforma de 1990 fue la creacin de un cuerpo permanente, dentro de la estructura del Instituto, responsable de todas las tareas tcnicas y administrativas -la Junta General Ejecutiva.

5 Idem.7

En 1989 se haba hecho una reforma a la ley electoral de tal manera que, adems de asegurar la mayora absoluta de los diputados para el partido ms grande, se le otorgaran adems dos diputados por cada punto porcentual en que la votacin para ese partido hubiese rebasado el 35%. Es decir, si el partido mayoritario obtena 40% de los votos, automticamente tendra 261 diputados,52.2% de los asientos de la asamblea, lo que signific una sobrerrepresentacin mayor a 12%.

Las consecutivas modificaciones o formas en las que evolucion la "clusula" continuaban con los mismos problemas de representacin que tenan las anteriores reformas y que pueden resumirse en la siguiente forma: no se haba logrado establecer un sistema electoral que tradujera votos a curules en forma precisa y equitativa.6

La creacin del instituto electoral con las caractersticas antes descritas fue el inicio del proceso de ciudadanizacin, tanto del propio instituto como de los procesos electorales en su conjunto. La reforma electoral de 1993 continu en el reconocimiento de las demandas polticas de la sociedad. Uno de los cambios ms importantes de dicha reforma fue la introduccin de lmites al control gubernamental sobre la estructura administrativa electoral del Instituto Federal Electoral.

La reforma de 1993 estableci tambin, por primera vez, lmites en los gastos de campaa. Este cambio represent un reconocimiento de las condiciones desiguales de la competencia que haban predominado por dcadas y abri la posibilidad de hacer campaas polticas en condiciones ms justas.

6 Idem.8Dos modificaciones adicionales hicieron de la reforma de 1993 una transformacin importante de las reglas electorales. Por un lado, los cambios en el mtodo para seleccionar a los funcionarios de casilla. Se introdujo un proceso aleatorio de seleccin a fin de garantizar la imparcialidad de los funcionarios electorales, la secreca del voto durante la jornada y la confianza en el conteo y validacin de los votos. Por otro lado, la introduccin de observadores electorales nacionales.

La reforma electoral de 1996 es quiz, junto con la de 1977, una transformacin del orden jurdico y del marco legal electoral mexicano, ya que termin con la participacin y control gubernamental en el proceso de organizacin de las elecciones federales que se haba mantenido por varias dcadas. El gobierno cedi el dominio sobre la administracin electoral y acept no estar ni siquiera representado con voz en los rganos electorales.

El cambio ms importante derivado de la reforma de 1996 fue, indudablemente, la nueva composicin del Consejo General del Instituto Federal Electoral. Como resultado de la reforma, el representante del Poder Ejecutivo fue excluido del Consejo, y los representantes del Poder Legislativo perdieron su voto, aunque mantuvieron la prerrogativa de ser miembros del Consejo General con derecho a voz. Los representantes de los partidos polticos permanecieron como parte del Consejo pero sin derecho a voto, como se haba aprobado desde 1994.

Finalmente, slo los miembros no partidistas del Consejo General -los Consejeros Electorales- mantuvieron voz y voto dentro del mismo, incluso sus facultades se ampliaron y por primera vez se establecieron comisiones especiales conducidas por dichos Consejeros, con el fin de evaluar el desempeo de los directivos responsables de la administracin electoral. Adems, de acuerdo con las nuevas reglas aprobadas en 1996, estos altos funcionarios miembros de la Junta General Ejecutiva tenan que ser propuestos y aprobados por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Consejo General, lo que represent un

9paso decisivo hacia la imparcialidad del personal responsable de administrar las elecciones.

Una modificacin de suma importancia fue la creacin de un cuerpo totalmente independiente para dirimir las disputas. A diferencia de su antecesor, el nuevo Tribunal Electoral pas a ser parte del Poder Judicial de la Federacin.

Los cambios en materia de financiamiento a los partidos, el acceso a medios de comunicacin y los gastos de campaa representaron un avance importante respecto a leyes previas, que haban tendido a reproducir la posicin hegemnica del partido gobernante. Sin embargo, durante la siguiente dcada vendran todava mayores cambios en esos mismos rubros.

En 1996 se introdujeron dos modificaciones que definitivamente acercaban la legislacin electoral a la intencionalidad de ofrecer un marco jurdico ms justo en trminos de representatividad. En primer lugar, se fij un lmite para la asignacin de asientos en la cmara a la que puede acceder un solo partido ya sea por la va de distritos de mayora como por el sistema de representacin proporcional de hasta 300 lugares. En segundo lugar, se estableci que ningn partido podra contar con un nmero de diputados electos que signifique una sobrerrepresentacin de ms de ocho por ciento respecto de los votos que obtuviera.

Ms tarde, las elecciones del ao 2000 habran de producir un fenmeno nuevo en la poltica mexicana: la alternancia en el poder. Cabe apuntar que este cambio fue posible, entre otras cosas, gracias a las reformas electorales que alentaron una mayor participacin ciudadana, as como la confianza de los ciudadanos en los rganos encargados del proceso electoral.

El proceso electoral de 2006 mostr algunas de las debilidades del sistema electoral, provocando un conflicto social de tensiones desconocidas. Tal situacinrequiri de nuevas reformas, como la de 2007, que se incorporaron al largo listado de reformas poltico electorales. En las elecciones presidenciales de 2006 el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacin (TRIFE) elabor un dictamen para calificar dichas elecciones. En l, valid la cancelacin de promocionales de propaganda negativa debido a que el Cdigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales estableca la obligacin para que la propaganda electoral evite cualquier ofensa, difamacin o calumnia, que denigre alos candidatos, partidos polticos, instituciones o terceros.7

El principal tema, por tanto, de la reforma electoral de 2007, supuso la regulacin de los medios en las campaas electorales. Vale la pena recordar que la iniciativa fue discutida y presentada por la Comisin Ejecutiva para la Negociacin y Construccin de Acuerdos (CENCA) del Congreso de la Unin, rgano plural encargado del proceso de Reforma del Estado.

El primer objetivo de la reforma fue disminuir en forma significativa el gasto en campaas electorales mediante una nueva forma de clculo del financiamiento pblico anual para actividades ordinarias de los partidos polticos e imponer lmites mucho menores a las aportaciones privadas que pueden obtener los partidos, as como reducir las campaas presidenciales a 90 das y para el Congreso de la Unin a 45.

El segundo objetivo fue fortalecer las atribuciones del IFE y del TRIFE. Para este segundo organismo, la iniciativa propuso perfeccionar su facultad para decidir la no aplicacin de leyes electorales contrarias a la Constitucin Federal; y para ambos, la renovacin escalonada de consejeros y magistrados electorales.

El tercero, impedir que actores ajenos al proceso electoral incidieran en las campaas electorales y sus resultados a travs de los medios de comunicacin;

7 Efrn Arellano Trejo, La reforma electoral y el nuevo espacio pblico, Centro de Estudios Sociales y de Opinin Pblica, Documento de Trabajo nm. 51, agosto de 2008.as como elevar a rango de norma constitucional las regulaciones a que debe sujetarse la propaganda gubernamental, de todo tipo, tanto durante las campaas electorales como no electorales.

Otras de las modificaciones que se realizaron son: el derecho de los partidos polticos nacionales al uso permanente de los medios de comunicacin social; se otorgaron facultades al IFE para la administracin del tiempo correspondiente a los partidos y para sus propios fines en radio y televisin; se prohibi a los partidos polticos para contratar o adquirir tiempos en cualquier modalidad de radio y televisin.

Las innovaciones introducidas por las reformas constitucionales plantearon la necesidad de un Cdigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, cuyo aspecto ms relevante es el mandato para que el IFE elaborara un reglamento y creara un Comit de Radio y Televisin. As, la tercera generacin de reformas electorales daba respuesta a dos de los grandes problemas que enfrentaba la democracia mexicana despus de la eleccin presidencial de 2006: el dinero, y el uso y abuso de los medios de comunicacin.

La reforma electoral aprobada en el Congreso por todas las fuerzas polticas ah representadas, suscit una inmediata respuesta por parte de los principales afectados: los empresarios de los medios de comunicacin. Sin embargo, en el nimo de los legisladores federales y de los partidos polticos predomin la idea de evitar la posibilidad o el riesgo de que intereses ilegales o ilegtimos, a travs del dinero, pudieran influir en la vida de los partidos y en el curso de las campaas electorales.

b) La Reforma de 2007Aunque de forma general se abordaron en el apartado anterior algunos de los principales puntos reformados en 2007, vale la pena detenerse un poco ms en esa reforma y explorar los alcances y dimensiones que tuvo, en medio de una fuerte negociacin y discusin de las distintas fuerzas polticas.

Como se apunt, la Ley para la Reforma del Estado de 2007 defini las materias prioritarias y susceptibles de ser modificadas: Rgimen de Estado y Gobierno, Democracia y sistema electoral, Federalismo, Reforma del Poder Judicial. 8

A partir de esta convocatoria, los partidos polticos presentaron a la CENCA sus diferentes propuestas. El Cuadro 1 resume las coincidencias y divergencias de los partidos polticos representados en ese entonces en el Congreso de la Unin respecto del apartado Democracia y sistema electoral.

Como se observa, el Cuadro 1 contiene diversas coincidencias que buscan no slo la austeridad en los partidos polticos sino una mayor vigilancia sobre sus recursos, as como acortar campaas polticas y sus costos.

De manera especfica, las propuestas de los partidos iban encaminadas hacia los siguientes puntos:

Partidos polticos austeros. El financiamiento pblico a los partidos polticos en Mxico habr de reducirse de manera gradual, lo que implica una disminucin de dicha prerrogativa, an incluso en aos en que no se realicen elecciones federales.Partidos polticos ms vigilados. Mayor vigilancia a los partidos para impedir fuentes ilegales de financiamiento y a travs de una reforma constitucionalimplementar mecanismos legales que permitan a las autoridades electorales

8 Csar Augusto Rodrguez Gmez, La reforma electoral, avances y pendientes, Centro deEstudios Sociales y de Opinin Pblica, Documento de Trabajo nm. 73, Mxico, julio 2009.solicitar informacin a organismos pblicos, privados y ciudadanos sobre apoyos econmicos a los institutos polticos.9Campaas polticas ms cortas y ahorro de recursos. Disminuir la duracin de todas las campaas que realicen los partidos polticos y por ende, el ahorro de recursos.

Asimismo, el Cuadro 1 nos muestra los temas en los que los partidos polticos mantenan un acuerdo inicial sobre los que se deban de hacer modificaciones (aunque no necesariamente en la forma en cmo llevar a cabo esas reformas). Los temas en que se aprecia haba coincidencia de todos los partidos eran regular el financiamiento privado a campaas y la fiscalizacin de partidos polticos. En seguida, con la propuesta de 7 de los 8 partidos, temas como la regulacin de las campaas electorales y la reduccin del financiamiento pblico a los partidos polticos. En el mismo orden de ideas, con el apoyo de al menos 5 fuerzas polticas, encontramos coincidencias en los temas de transformacin radical del IFE, medios de comunicacin y regulacin de precampaas electorales.

De esta forma, el proceso de negociacin de la reforma electoral de 2007 fue en general muy complejo, pero tuvo una vertiente de simplicidad coincidente que coadyuv a la aprobacin unnime de dos puntos fundamentales de la misma: la reduccin de los gastos de campaa y la reglamentacin del acceso a losmedios de comunicacin.10

9 CESOP, Carpeta Informativa: Propuestas de los partidos polticos para la Reforma del Estado, Mxico, julio de 2007.

10 Ivan H. Pliego Moreno, El proceso de aprobacin de la reforma poltico-electoral 2007, enCentro de Estudios Sociales y de Opinin Pblica, Reporte CESOP, no. 20, marzo, 2009.

Cuadro 1

Propuestas de los partidos polticos para la Reforma Electoral, 2007

RUBROS DE LA REFORMA DEL ESTADOPRIPANPRDPTPCPanalPVEMPASC

Democracia y sistema electoral

Transformacin radical del IFE

x

n.d.

n.d.

Uniformar fechas de comicios locales y federalesn.d.n.d.n.d.n.d.n.d.

Acceso al secreto bancario, fiduciario y fiscal por parte del IFEn.d.n.d.n.d.n.d.n.d.n.d.n.d.

Precisar el sistema de medios de impugnacin en materia electoraln.d.n.d.n.d.n.d.

Revisar las modalidades del ejercicio del voto en el extranjeron.d.n.d.n.d.n.d.n.d.n.d.

Regulacin de campaas electoralesX

Medios de comunicacin y eleccionesn.d.n.d.

Referndum, plebiscito y democracia directaxn.d.n.d.n.d.

Regular financiamiento privado a campaas

Reducir financiamiento pblico a partidos polticosn.d.

Fiscalizacin de partidos polticos

Regulacin de precampaasn.d.n.d.

Establecimiento de una Ley General dePartidos Polticosn.d.n.d.n.d.n.d.

Creacin del Tribunal Nacional Electoralxn.d.n.d.n.d.

Simbologa: A favor de la propuesta; x En contra de la propuesta; n.d. No define postura alguna en relacin a la propuestaFuente: Tomado de CESOP, Carpeta Informativa: Propuestas de los partidos polticos para la Reforma del Estado, Mxico, julio de 2007, pp. 9-10.

Para el primero de ellos, se estableci un nuevo financiamiento pblico a los partidos polticos, que debera producir, a partir de las elecciones intermedias de 2009, una significativa reduccin de los recursos pblicos y del gasto encampaas electorales, al tener como base del clculo financiero el nmero de votantes empadronados y no el del listado nominal.

En cuanto al acceso de los partidos a los medios se estableci un nuevo modelo de comunicacin poltica, que permiti a los partidos hacer uso gratuito de los tiempos oficiales destinados al Estado, por parte de los medios electrnicos concesionados; adems de prohibir constitucionalmente las campaas negativas, y el que particulares puedan contratar publicidad poltica.

Sin embargo, la reforma de 2007 no slo se aboc a esos temas, sino que abarc otros tantos que fueron puestos a discusin tanto por organizaciones civiles, acadmicos, partidos polticos y legisladores.

Entre las adecuaciones ms importantes podemos anotar un conjunto de cambios que habran de fortalecer la autonoma y las capacidades del IFE en materia de fiscalizacin de los recursos de los partidos polticos, la transparencia de su informacin y la racionalidad y eficacia en el ejercicio del gasto pblico utilizado para organizacin y desarrollo de los procesos electorales; nuevas obligaciones de transparencia y acceso a los ciudadanos a su informacin: la integracin del Consejo General del IFE y sus nuevas facultades en diversas materias; la renovacin escalonada de los consejeros electorales y del consejero presidente del Consejo General del IFE; las referidas a la vida interna de los propios partidos y las facultades que en la materia establece la Carta Magna para las autoridades electorales; la creacin de un rgano de fiscalizacin de los recursos de los partidos polticos, ubicado orgnicamente como parte integrante del IFE, con autonoma de gestin, as como las normas que habrn de regular los procedimientos de sancin por infracciones a la ley.

Adems, de acuerdo con el Artculo 6 de la Carta Magna, se estableci un nuevo captulo en la ley reglamentaria en el que se contienen las obligaciones de los partidos polticos en esa materia, la forma en como los ciudadanos accederna la informacin de los partidos y aquella no ser pblica, por ser confidencial o reservada, o bien porque atae de manera directa a las decisiones de estrategia poltica o electoral que cada partido adopta.

En otro orden de ideas, la reforma de 2007 estableci que los partidos como organizaciones de ciudadanos deben establecer los medios y mecanismos de defensa para asegurar el ejercicio democrtico de los derechos y obligaciones de sus afiliados. Adems, flexibilizar los requisitos y trmites para la formacin de coaliciones electorales, acompaando esas medidas del necesario respeto a la voluntad de los ciudadanos.

La reforma establece que cada uno de los partidos que se coaliguen para las competencias electorales aparezca en la boleta con su propio emblema, y que los votos se sumen a favor del candidato de la coalicin y cuenten, por separado, a favor de cada partido. En consecuencia, los partidos coaligados debern registrar, por s mismos, listas de candidatos a diputados por el principio de representacin proporcional y a senadores por el mismo principio.

Por otro lado, a partir de la reforma de 2007, los partidos polticos, las empresas y los ciudadanos tienen prohibido contratar tiempos en radio y televisin para realizar proselitismo. Consecuentemente, las campaas de 2009 se llevaron a cabo a travs de los tiempos con que ya cuenta el Estado en estos medios, administrados por el IFE y distribuidos proporcionalmente entre los partidos polticos.

Adems, en la propaganda poltica o electoral ahora estn prohibidas expresiones que denigren a las instituciones o a los propios partidos, o que calumnien a las personas. Durante las campaas electorales se suspende la difusin de toda propaganda gubernamental de los tres rdenes de gobierno. Adicionalmente, en el Artculo 6 constitucional qued garantizado el derecho de rplica.

c) Pendientes de la Reforma electoral y del sistema de partidos

Como se ha hecho evidente, las distintas reformas electorales de los ltimos treinta aos han contribuido al fortalecimiento del rgimen democrtico. Sin embargo, todava hay varios asuntos pendientes, tanto en su adecuada implementacin caso del control de gastos de campaa- como en la consideracin misma de ser incluidas caso de la reeleccin legislativa y de las candidaturas independientes.

Existen todava, adems, temas sustantivos que enfrentar en el futuro cercano. En opinin de algunos actores: la inadecuacin de las viejas instituciones de un rgimen autoritario, la subsistencia de una cultura poltica autoritaria que anhela el retorno del hombre fuerte; el alejamiento, tanto de actores polticos como de ciudadanos, de una cultura de la legalidad, as como la enorme influencia de los poderes fcticos y el profundo resentimiento social que algunos actoresutilizan en su propio beneficio.11

En materia de fiscalizacin de los recursos destinados a los procesos electorales, incluidas desde luego las campaas y pre-campaas, parece ser una demanda social la necesidad de disminuir el dinero pblico que va a los partidos, aumentar la capacidad de fiscalizacin del IFE sobre el dinero no pblico que ingresa a los partidos, una fiscalizacin rigurosa de las precampaas, en las que suele gastarse mucho dinero, reducir la duracin de las campaas electorales yregular los procedimientos necesarios cuando un partido pierde el registro, en lo

11 Participacin del diputado Eduardo de la Torre Jaramillo en el Tercer Foro Regional de Informacin y Comunicacin en Materia Electoral, celebrado en Tuxtla Gutirrez, Chiapas, el 18 de abril de 2008, cfr. en Pliego Moreno, Ivn H., El proceso de aprobacin de la reforma poltico- electoral 2007, Centro de Estudios Sociales y de Opinin Pblica, Reporte CESOP, no. 20, marzo,2009.referente a los bienes que adquiri con el financiamiento pblico y a la fiscalizacin de sus gastos en el proceso en que perdi el registro.

Por otra parte, parece necesario avanzar en la unificacin de calendarios electorales y en la racionalizacin de gastos que realizan los institutos locales en tareas que ya realiza a nivel federal el IFE. Adems, la compactacin de calendarios electorales permitira que los partidos destinaran ms tiempo a su desempeo en los espacios de gobierno y representacin parlamentaria que a la confrontacin.

En cuanto a la reforma del Poder Legislativo una propuesta que tiene muchos adherentes es la disminucin de 100 diputados de representacin proporcional, con lo cual la Cmara de Diputados se reducira a 400 legisladores, en la proporcin tradicional: 60% mayora (240 diputados) y 40% de representacin proporcional (160 diputados).12

Al respecto existen dos variantes, una propuesta por el PVEM, donde propone disminuir a 300 el nmero total de diputados pero con una integracin de mayora y representacin proporcional por mitades (150 y 150); y la ms radical pero con fuerte apoyo de la opinin pblica, que es la desaparicin de los diputados (y por extensin, de los senadores) de representacin proporcional, de manera que slo quedaran los de mayora relativa.

En relacin con la integracin del Congreso est tambin la posibilidad de regresar al sistema de eleccin del Senado por mitades cada tres aos.

Por lo que se refiere al funcionamiento del Poder Legislativo una cuestin a considerar es la relativa a la duracin de los periodos ordinarios de sesiones, quehace del Congreso mexicano uno de los que menos trabajan durante el ao.

12 Pablo Javier Becerra Chvez, La agenda pendiente de la reforma electoral federal, UAM- Iztapalapa, www.bibliojuridica.org/libros/4/1797/14.pdf.

Algunos de los puntos pendientes vinculados al funcionamiento y responsabilidades del IFE, incluyen la ampliacin de las facultades de fiscalizacin del origen y el uso de los recursos financieros de los partidos; la evaluacin del diseo organizativo del IFE para que dicha estructura no conduzca a una sobrecarga de las tensiones entre los consejeros y el rea ejecutiva y, dentro de esta misma, entre el secretario ejecutivo y las direcciones y vocalas.

En cuanto a la discusin sobre los procedimientos para elegir consejeros, en opinin de diversas voces existe excesiva vinculacin con los partidos que los proponen como candidatos. Al respecto, algunos estados de la Repblica han propuesto la eleccin de los consejos mediante convocatoria pblica, o a travs de propuestas de instituciones educativas, o colegios de profesionistas.

En este sentido, las propuestas van desde redisear los requisitos para ser consejero; reglamentar el proceso de votacin para su nombramiento por la Cmara de Diputados, de tal forma que la votacin de cada uno de los candidatos sea por separados o por ternas y no en planilla; as como considerar la ampliacin de las restricciones para quienes han dejado el cargo de consejero y funcionario ejecutivo del IFE y aspiren a ocupar un cargo de representacin popular o a participar en el gabinete de un gobierno.

Por otro lado, en lo que hace al voto de los mexicanos en el extranjero, est la discusin acerca de la pertinencia de empadronar y fotocredencializar a millones de mexicanos distribuidos en varios pases de Estados Unidos; la regulacin de campaas y gastos de campaas en el extranjero; as como el establecimiento de alguna instancia del IFE que tenga a su cargo la organizacin y vigilancia de este conjunto de todas las operaciones necesarias para garantizar el voto en el extranjero.Con la finalidad de que el presidente cuente con la legitimidad que brinda la mayora absoluta se ha propuesto que sea electo mediante un sistema de segunda vuelta, a la cual llegaran los dos candidatos con mayor votacin, siempre y cuando ninguno de los dos hubiera alcanzado la mayora absoluta en la primera vuelta.

Especial inters merece el caso de las candidaturas independientes, asunto que no est incorporado en la legislacin electoral, pero que encuentra un fuerte apoyo de un sector del electorado mexicano as como de un crculo de especialistas y acadmicos.

El principal antecedente lo encontramos en la candidatura que, con ese perfil, busc fallidamente Jorge Castaeda Gutman en 2006. Tras serle denegado el registro como candidato presidencial por buscar dicho registro ante el IFE fuera de las fechas convocadas por el instituto, Castaeda acudi a la Comisin Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo que valid la decisin del Estado mexicano, tras que ste expusiera la normatividad vigente en materiaelectoral en Mxico.13

En el anlisis para justificar su sentencia del 6 de agosto de 2008 sobre la demanda presentada por la Comisin Internacional de Derechos Humanos en contra de Mxico, la Corte Internacional de Derechos Humanos resolvi de manera diferenciada en cuanto a la queja original.

Habiendo admitido la queja de Jorge Castaeda Gutman, la Comisin solicit a la Corte que declarase la responsabilidad de Mxico por la violacin del

13 Resolucin de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 25 de noviembre de 2005, ver en http://www.corteidh.or-cr/docs/medidas/castaneda_se_01.pdf.derecho de proteccin judicial consagrado en el artculo 25 de la Convencin

Americana sobre Derechos Humanos.14

Tras un detallado recorrido por los argumentos y las pruebas presentadas por los demandantes y por la parte demandada, los Puntos Resolutivos de la sentencia, declara, por unanimidad, lo siguiente:

a) Que el Estado mexicano viol, en perjuicio de Castaeda Gutman, el derecho a la proteccin judicial, conforme al artculo 25 de la Convencin Americana (en sntesis, por no haber provedo de un recurso legal sencillo y rpido para la resolucin de la demanda).b) Que el Estado mexicano no viol, en perjuicio de Castaeda Gutman, el derecho poltico a ser elegido, de conformidad con el artculo 23.1.b de la Convencin Americana.c) Que el Estado mexicano no viol, en perjuicio de Castaeda Gutman, el derecho a la igualdad ante la ley, de conformidad con el artculo 24 de la Convencin Americana.15

Por tanto, es posible concluir que, en tanto la legislacin electoral mexicana no contemple las candidaturas independientes, stas no sern posibles, sin que ello signifique una violacin a los derechos humanos de los ciudadanos mexicanos quienes, de otra suerte, tienen garantizados plenamente sus derechos polticos de conformidad con la Convencin Americana de Derechos Humanos de la que esparte nuestro pas desde 1981.

14 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Castaeda Gutman vs. Estados UnidosMexicanos, sentencia de 6 de agosto de 2008.15 Idem