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Lima. vicrncs 15 de sctiembre de 2000 ano pag. 192949 MITINCI Aprueban formatos de Calificaci6n Pre- via, Declaraci6n de Impacto Ambiental y lineamientos para el Sistema de Consul- toria y Auditoria Ambiental a que se refie- re el D.S. N!! 019-97-ITINCI RESOLUCION MINISTERIAL N" 116·2000-ITINCIIDM Lima, 12 de setiembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, el "Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera", aprobado por Decreto Supremo N" 019-97-ITINCI, estable- ce las pautas y obligaciones que deben cumplir las empre- sas industriales manufactureras del pais; asi como estable- ce un conjunto de instrumentos de gesti6n ambiental con el objeto de promoverel desarrollo sostenible y competitivo de la industria manufacturera nacional; Que, el Ministerio de Industria, Turismo, Integraci6n y Negociaciones Comerciales Intemacionales - MITINCI, en su condici6nde autoridad competente encargada de la implemen- taci6n de losinstrumentos degesti6n ambiental, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones que el titular de la actividad industrial manufaeturera debe llevar a cabo, ha considerado pertinente aprobar los formatos de Calificaci6n Previay de Declaraci6n de Impacto Ambiental asi como los lineamientos para el Sistema de Consultoria y Auditoria Ambiental; Que, los referidos documentos han sido sometidos a consulta ciudadana, a traves de su prepublicaci6n en el Diario Oficial EI Peruano, con el objeto que se presenten aquellas observaciones y sugerencias que las personas naturales y juridicas interesa- das, estimen conveniente formular; Que, habiendose recibido, evaluado y considerado las observaciones y recomendaciones alcanzadas durante el proceso de consulta ciudadana, los referidos documentos han quedado expeditos para su aprobaci6n; De conformidad con el Decreto Ley N" 25831 "Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integraci6n y Negociacio- nes Comerciales Intemacionales" y el Decreto Supremo N" 019- 97-ITINCI, "Reglamentode Protecci6nAmbiental para el Desa- rrollo de Actividades de la Industria Manufaeturera"; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los formatos de Calificaci6n Previa y de Declaraci6n de Impacto Ambiental asi como los lineamientos para el Sistema de Consultoria y Auditoria Ambiental a ser aplicados por el Ministerio de Industria, Turismo, Integraci6n y Negociaciones Comerciales Interna- cionales, a los que hace referencia el Decreto Supremo N" 019- 97-ITINCI, "Reglamento de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera". Registrese, comuniquese y publiquese. GONZALO ROMERO DE LA PUENTE Ministro de Industria, Turismo, Integraci6n y Negociaciones Comerciales Internacionales MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO, INTEGRACION Y NEGOCIACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES DIRECCION DE ASUNTOS AMBIENTALES • FORMATO DE CALIFICACION PREVIA • FORMATO DE DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL • SISTEMA DE CONSULTORIA Y AUDITORIA AM- BIENTAL

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Lima. vicrncs 15 de sctiembre de 2000 ano pag. 192949

MITINCIAprueban formatos de Calificaci6n Pre­via, Declaraci6n de Impacto Ambiental ylineamientos para el Sistema de Consul­toria yAuditoria Ambiental aque se refie­re el D.S. N!! 019-97-ITINCI

RESOLUCION MINISTERIALN"116·2000-ITINCIIDM

Lima, 12 de setiembre de 2000

CONSIDERANDO:

Que, el "Reglamento de Protecci6n Ambiental para elDesarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera",aprobado por Decreto Supremo N" 019-97-ITINCI, estable­ce las pautas y obligaciones que deben cumplir las empre­sas industriales manufactureras del pais; asi como estable­ce un conjunto de instrumentos de gesti6n ambiental con elobjeto de promover el desarrollo sostenible y competitivo dela industria manufacturera nacional;

Que, el Ministerio de Industria, Turismo, Integraci6n yNegociaciones Comerciales Intemacionales - MITINCI, en sucondici6n de autoridad competente encargada de la implemen­taci6n de losinstrumentos de gesti6n ambiental, a fin de facilitarel cumplimiento de las obligaciones que el titular de la actividadindustrial manufaeturera debe llevar a cabo, ha consideradopertinente aprobar los formatos de Calificaci6n Previay deDeclaraci6n de Impacto Ambiental asi como los lineamientospara el Sistema de Consultoria y Auditoria Ambiental;

Que, losreferidos documentos han sido sometidos a consultaciudadana, a traves de su prepublicaci6n en el Diario Oficial EIPeruano, con el objeto que se presenten aquellas observacionesy sugerencias que las personas naturales y juridicas interesa­das, estimen conveniente formular;

Que, habiendose recibido, evaluado y considerado lasobservaciones y recomendaciones alcanzadas durante elproceso de consulta ciudadana, los referidos documentoshan quedado expeditos para su aprobaci6n;

De conformidad con el Decreto Ley N" 25831 "Ley Organicadel Ministerio de Industria, Turismo, Integraci6n y Negociacio­nes Comerciales Intemacionales" y el Decreto Supremo N" 019­97-ITINCI, "Reglamento de Protecci6nAmbiental para el Desa­rrollo de Actividades de la Industria Manufaeturera";

SE RESUELVE:

Articulo Unico.- Aprobar los formatos de Calificaci6nPrevia y de Declaraci6n de Impacto Ambiental asi como loslineamientos para el Sistema de Consultoria y AuditoriaAmbiental a ser aplicados por el Ministerio de Industria,Turismo, Integraci6n y Negociaciones Comerciales Interna­cionales, a los que hace referencia el Decreto Supremo N" 019­97-ITINCI, "Reglamento de Protecci6n Ambiental para elDesarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera".

Registrese, comuniquese y publiquese.

GONZALO ROMERO DE LA PUENTEMinistro de Industria, Turismo, Integraci6ny Negociaciones Comerciales Internacionales

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO,INTEGRACION Y NEGOCIACIONES

COMERCIALES INTERNACIONALES

DIRECCION DE ASUNTOS AMBIENTALES

• FORMATO DE CALIFICACION PREVIA• FORMATO DE DECLARACION DE IMPACTO

AMBIENTAL• SISTEMA DE CONSULTORIA Y AUDITORIA AM­

BIENTAL

Pcig. 192950 Lima. viernes 15 de seticmbre de 2000

.. e-mail: .

CALIFICACION PREVIA

L DATOS GENERALES:

1. Nornbre de la empresa y/o raz6n social:

2. Av./Jr./Calle: .

3. Distrito: .... Urbanizaci6n: ..Provincia: Departamento: .

4. ClIU: 5. Fecha de inicio de actividades: .6. Representante Legal:

Telefono: Fax: ..

7. Tarnano del Proyecto:7.1 Costo estimado total lEn NS/.J.:

7.2 Valor de los activos lEn NS/.):

7.3 Monto de las ventas anuales (En NS/.):

7.4 Volumen de producci6n anual (TM):

8. Duraci6n del Proyecto:8.1 Etapa de construcci6n y/o instalaci6n:

Fecha estimada de inicio y finalizaci6n:

8.2 Etapa de Operacion:Fecha de inicio y vida uti] estimada:

MATERIA PRIMA E INSUMOS UTILIZADOS POR ANO:

9. Programa de Trabajo. Se debe anexar el cronograma deactividades de cada etapa (construccion y operacion),

ACTIVIDADES INVERSION MESES OBSERVACIONES

_.

(Encasode ser necesanoadJuntar boiasadicionales)

II. OBJETIVOS DEL PROYECTO A IMPLEMENTAR(INCREMENTOS EN LA CAPACIDAD INSTALA­DA, DE TAMANO DE PLANTA 0 INSTALACIONFABRIL 0 DIVERSIFICACION). BREVE DES­CRIPCION.

III. DESCRIPCION TECNICA

1. Breve descripci6n de los procesos y/o actividades.

2. Materias primas e insumos utilizados (nombrequimi­co, comercial y cantidad),

DESCRIPCION CARACTERISTICAS

NOMBRE NOMBRE UNID.DE Procedencia TOTAL Inflamable Corrosivo Reactivo Explosivo Toxico NoseQUIMICO COMERCIAL MEDIDA conoce

._- --------t----

f-------.r--- _____L

3. Productos y subproductos elaborados (cantidad yperiodo de elaboracion).

PRODUCTOS YSUBPRODUCTOS ELABORADOS POR ANO:

FASE DE PRODUCTOS SUB UNlOAD DE PERIODO CANTIDAD

~~ PRODUCTOS MEDIDA DEPROD.

._---

---

----

-- ._---_...

--4. Abastecimiento de agua (Fuente y consumo)

5. Abastecimiento de energia (Tipo y consumo)

---------------~--

IV. DESCRIPCION DEL ENTORNO

4.1. EN BASE A LA MATRIZ DE RIESGO, ABSOLVERLOS SIGUIENTES PUNTaS:

1. Descripci6n breve de las caracteristicas del entorno:fisico-quimicas, biologicas, sociales y culturales; y los efec­tos en el ambiente debido al proyecto.

2. Principales problemas ambientales del entorno.

4.2. Tipo de zonificaci6n (adjuntar croquis de ubicacion)Cuando corresponda debera sefialarse las zonas prote­

gidas, de valor turistico 0 paisajistico 0 algun otro que tengaalgun nivel de restricci6n 0 intangibilidad.

V. IDENTIFICACION Y EVALUACION DE LOS IM­PACTOS:

1. Etapa de Construcci6n y/o Instalaci6n

1.1. Descripci6n breve de las principales actividadesy/u obras.

1.2. Principales impactos ambientales generados por laconstrucci6n y/o instalacion.

Lima, vierncs 15 de scticmbre de 2000 Pcig. 192951

1.3. Breve descripci6n de lasmedidas de prevenci6n ymitigaci6n previstas.

2. Etapa de Operaci6n:

2.1. Breve descripci6n de los principales impactos am­bientales generados.

2.2. Descripci6n breve de las medidas de prevenci6n ymitigaci6n previstas.

VI. EVALUACION DE RIESGOS AMBIENTALES:

Debe adjuntarse la matriz de riesgos absuelta.

" En caso necesario usar hojas adicionales

NOTA.- EI presente documento debera ser suscrito porel representante legal de la empresa y por el representantelegal del Consultor Ambiental.

DECLARACION DEIMPACTO AMBIENTAL

I. DATOS GENERALES:

1. Nombre de la empresa y/o raz6n social:

2. Av./Jr./Calle: .

3. Distrito: Urbanizaci6n: .

MATERIA PRIMA EINSUMOS UTILIZADOSPOR ANOS:

Provincia: Departamento: .

4. Actividad a realizarse

5. Fecha de inicio de actividades: .

6. Representante Legal: .

Telefono Fax e-mail .

7. Tamano del Proyecto8. Duraci6n del Proyecto9. Programa de Trabajo

Se debe anexar el cronograma de actividades de cada etapa(construccion y operacion).

Aclividades InversiOn MESES OBSERVACIONES

• Encaso necesario usar hojas aocionales

II. OBJETIVOS DEL PROYECTO:

1- Breve Descripci6n

III. DESCRIPCION DEL PROYECTO:

1. Descripci6n breve del proceso industrial indicandosus fases, adjuntando el diagrama de flujo correspondiente.Seftalar las etapas donde se producen descargas de resi­duos (solidos, lfquidos, gaseosos) .

2. Materias primas e insumos utilizados (nornbre quimi­co y comercial y cantidad),

DESCRIPCION CARACTERISTICAS

NOMBRE NOMBRE UNID.DE Procedencia TOTAL Inflamable Corrosivo Reactivo Explosivo T6xico NoseQUIMICO COMERCIAL MEDIDA conoce

3. Productos y subproductos elaborados por fase deproceso (cantidad y perfodo de elaboraci6n).

PRODUCTOS YSUBPRODUCTOS ELABORADDS:

FASE DE PRODUCTOS SUB UNlOAD DE PERIODO CANTlDADPROCESO PRODUCTOS MEllIDA DEPROD.

4. Abastecimiento de agua (fuente y volumen)

5. Abastecimiento de energfa (tipo de energfa y cantidady procedencia)

IV. CARACTERISTICAS DEL ENTORNO

4.1. EN BASE A LAMATRIZ DE RIESGO, ABSOLVERLOS SIGUIENTES PUNTOS:

1. Breve descripci6n de las caracterfsticas del enter­no, principalmente las caracterfsticas ffsico-qufmicos,biol6gicas, econ6micas, sociales y culturales en el am­biente debido al proyecto. Asimismo, debera precisar elarea de influencia. Igualmente, cuando corresponda,debera incluirse informaci6n sobre tendencias y usos delas tierras (concesiones de uso de agua, forestales yotros)

P8g.192952 Lima, viernes 15 de setiernbre de 2000

2. Breve descripci6n de los principales problemas am­bientales del entorno del proyecto.

----------

NOTA.- EI presente documento debera ser suscrito porel representante legal de la empresa y por el representantelegal del Consultor Ambiental.

-------------_._---------

4.2. Tipo de zonificaci6n (adjuntar croquis de ubicacion)Cuando corresponda debera sefialarse las zonas prote­

gidas, de valor turistico 0 Paisajistico 0 algun otro que tengaalgun nivel de restricci6n 0 intangibilidad. I.

SISTEMA DE CONSULTORIA YAUDITORIA AMBIENTAL

INDICE

ANTECEDENTES

II. OBJETIVOS

III. BASE LEGAL

V. IDENTIFICACION Y EVALUACION DE LOS 1M· IV. DEFINICIONESPACTOS:

1. Etapa de Construcci6n:

1.1. Breve descripci6n de las principales actividadesy/u obras.

--------~-------------

1.2. Principales impactos ambientales generados por laconstrucci6n y/o instalaci6n.

2. Etapa de Operaci6n:

2.1. Breve descripci6n de los principales impactos am­bientales generados,

------------------------

VI. EVALUACION DE RIESGOS AMBIENTALES

Debe adjuntarse la matriz de riesgos debidamente ab­suelta.

VII. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

Breve descripcion de las medidas de prevenci6n (cons­trucci6n y operacion).

Breve descripci6n de las medidas de correccion y/omitigaci6n previstas (construccion y operacion)

Programa de control y monitoreo para cad a fase.

------- ----~---~-----~-

Incluir las medidas de contingencia a aplicar y losresponsables de su implementaci6n.

Especificar las medidas a ejecutarse en caso de cierre dela empresa para garantizar la restituci6n de las condicionesiniciales del area del proyecto.

* En caso necesario usar hojas adicionales

V. ANALISIS DE LA SITUACION ACTUAL

VI. CRITERIOS PARA EL REGISTRO DE CONSUL­TORAS AMBIENTALES

VII. CRITERIOS PARA EL REGISTRO DE AUDITO·RAS AMBIENTALES

VIII. SANCIONES

ANEXOS

SISTEMA DE CONSULTORIA YAUDITORIA AMBIENTAL EN EL SECTOR DE LA

INDUSTRIA MANUFACTURERA

I. ANTECEDENTES

La Resoluci6n Directoral N" 080-92-ICTI-DGI (20-5-92),dispuso la apertura en la ex Direcci6n de Medio Ambientee Infraestructura Industrial de la ex Direcci6n General deIndustrias y en las ex Secretarias Regionales de AsuntosProductivos de Transformaci6n de los Gobiernos Regiona­les, del Registro de Entidades autorizadas a realizar Estu­dios de Impacto Ambiental.

EI 26 de setiembre de 1997 se aprob6 el Decreto Supre­mo N° 019-97-ITINCI "Reglamento de Protecci6n Ambien­tal para el Desarrollo de Actividades de la Iridustria Manu­facturera". En dicho Reglamento se define a los Auditoresy Consultores Ambientales, se senala sus responsabilida­des y se declara en reorganizaci6n el Registro de EmpresasAutorizadas para elaborar Estudios de Impacto Ambiental.

EI presente documento tiene por objeto proponer unaserie de criterios para establecer dichas normas, con el finde desarrollar un sistema eficaz y transparente de califica­cion de empresas de consultoria y auditoria ambiental.Asimismo, se proponen los mecanismos mediante los cualesel MITINCI pueda fomentar la calidad del trabajo deconsultoria y auditoria, con el objeto de producir informa­ci6n util y confiable para la toma de decisiones del Ministe­rio. En este sentido, se busca que la consultoria ambientaltambien contribuya de manera eficaz a la divulgaci6n deestrategias costo-eficientes de prevenci6n y mitigaci6nambientales en el sector industrial.

Varios de los criterios utilizados en el presente docu­mento para establecer el registro de consultores y auditoresambientales del MITINCI, se han establecido en base alconocimiento de experiencias anteriores en la materia yestan dirigidos a superar los problemas que fueron detecta­dos en ellas.

II.OBJETIVO

Elaborar un sistema que perrnita evaluar, registrar ycontrolar a las empresas de consultoria y auditoria arnbien­tal que prestaran servicios al MITINCI y a las empresas delSector en actividades relacionadas a los asuntos ambienta­les, promoviendo la eficiencia y competitividad en estosservicios.

III. BASE LEGAL

• Ley N° 23407 "Ley General de Industrias" (28-5-82);indica que las empresas industriales desarrollaran susactividades sin afectar el medio ambiente ni alterar elequilibrio de los ecosistemas, ni causar perjuicio a lascolectividades.

• Decreto Legislativo N° 613, "Codigo del Medio Am­biente y los Recursos Naturales" (8-9-90); indica en el

Lirna, vierncs I5 de sctiernbre de 20(JO pag. 192953Articulo 10" que los Estudios de Impacto Ambiental s610podran ser elaborados por las instituciones publicas 0privadas debidamente calificadas y registradas ante laautoridad competente. En el Articulo 20" indica que laevaluaci6n tecnica del ambiente y de los recursos naturalescorresponde a la autoridad competente. En el Articulo 22"indica que la autoridad ambiental esta investida de lafacultad de inspeccionar los locales, establecimientos 0cualquier otro tipo de area, donde se llevan a cabo activida­des que generen riesgo ambiental, asi como exigir la infor­maci6n que permita verificar el cumplimiento de las dispo­siciones legales.

• Decreto Legislativo N" 757 "Ley Marco para el Creci­miento de la Inversion Privada" (13-11-91); indica que lasAutoridades Sectoriales competentes para conocer sobrelos asuntos relacionados con la aplicaci6n de las disposicio­nes del C6digo del Medio Ambiente y los Recursos Natura­les son los Ministerios de los Sectores correspondientes alas actividades que desarrollen las empresas; asimismo,seftala que los Estudios de Impacto Ambiental seran reali­zados por empresas 0 Instituciones Publicas 0 Privadas quese encuentren debidamente calificadas y registradas en elregistro que para tal efecto aperturara la Autoridad Secto­rial competente, la que establecera los requisitos que debe­ran cumplirse para dicho efecto.

• Constituci6n Politica del Peru, Articulo 67°(29-12-93);indica que el Estado determina la politica nacional delambiente y promueve el uso sostenible de los recursosnaturales.

• Ley N° 26786 "Ley de Evaluaci6n de Impacto Ambien­tal para Obras y Actividades" (13-5-97); indica que losEstudios de ImpactoAmbientaly los Programas de Adecua­cion y Manejo Ambiental, seran elaborados por empresas 0instituciones que se encuentren debidamente calificadas einscritas en el Registro que para el efecto abrira la autori­dad sectorial competente

• Decreto Supremo N° 014-2000-MITINCI (26-6-2000),Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Minis­terio de Industria, Turismo, Integraci6n y NegociacionesComerciales Internacionales, procedimientos Nos. 54 y 51;establecen los requisitos para inscribirse en el Registro deConsultores Ambientales y Auditores Ambientales res pee­tivamente.

• Decreto Supremo N" 019-97 -ITINCI, "Reglamento deProtecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividadesde la Industria Manufacturera" (26-9-97); prioriza la regu­laci6n de practicas e instrumentos de prevenci6n y evalua­cion ambiental para afianzar el desarrollo sostenible delSector Industrias.

IV. DEFINICIONES

Auditor Ambiental: EI Reglamento de Protecci6nAmbiental para el Desarrollo de las Actividades de laIndustria Manufacturera (D.S. N" 019-97-ITINCn, 10defi­ne en su Articulo 3° como toda persona juridica inscrita enel MITINCI de acuerdo a las disposiciones del citado Regla­mento y que se dedica a la fiscalizaci6n y verificaci6n delcumplimiento de las normas de conservaci6n del ambiente.

Autoridad AmbientaI Competente para la indus­tria manufacturera es el Ministerio de Industria, Turismo,Integraci6n y Negociaciones Comerciales Internacionales(MITINCn.

Auditoria Ambiental Ad-hoc 0 de oficio, es el procesode verificaci6n sistematico y documentado que realizan lasempresas de auditoria en representaci6n del MITINCI paraevaluar objetivamente evidencias con el fin de verificarsituaciones contingentes, denuncias 0 cualquier otra situa­cion, que ajuicio del MITINCI, 10amerite.

Auditoria Ambiental ordinaria es el proceso deverificaci6n sistematico y documentado que realizan lasempresas de auditorfa en representaci6n del MITINCI conel objeto obtener y evaluar objetivamente evidencias paraverificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos enlos PAMAs, EIAs, DIAs y DAPs.

Consultor Ambiental: EI mismo Articulo 3" 10definecomo la persona jurfdica que se encuentra inscrita en elRegistro del MITINCI y en consecuencia autorizada aelaborar y suscribir Informes Ambientales, Diagn6sticosAmbientales Preliminares (DAP), Estudios de ImpactoAmbiental (EIA), Declaraciones de ImpactoAmbiental (DIA)y Programas de Adecuaci6n y Manejo Ambiental (PAMA).

Consultoria Ambiental: Es la actividad que realizanlas personasjurfdicas, inscritas en el MITINCI vinculadasa la elaboraci6n de Estudios relacionados con el Sistema deGesti6n Ambiental para las actividades de la industriamanufacturera. Es incompatible con la Consultorfa Am­biental las actividades de fiscalizaci6n y verificaci6n delcumplimiento de las normas de conservaci6n del ambiente.

V. ANALISIS DE LA SITUACION ACTUAL

Atribuciones de la autoridad competente relacio­nada a Ia flscalizacion

EI Articulo 4" del Reglamento de Protecci6n Ambientalpara el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manu­facturera (D.S. N°019-97-ITINCn, en el inciso 3, indica queel MITINCI es el encargado de fiscalizar el efecto ambientalproducido por las actividades industriales en sus centrosoperativos y areas de influencia, determinando la responsa­bilidad del titular de la actividad de la industria manufac­turera en caso de producirse una violaci6n a las disposicio­nes ambientales aplicables a la industria manufacturera eimponiendo las sanciones del caso.

Responsabilidades y atribuciones de los consul­tores y auditores ambientales

EI Articulo 7"del Reglamento de Protecci6n Ambientalpara el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manu­facturera <D.S. N° 019-97 -ITINCn, indica que los consulto­res y auditores ambientales son responsables de la veraci­dad e idoneidad de la informacion contenida en los docu­mentos que suscriban, de acuerdo a las normas que sobre lamateria dicte la autoridad competente, sin perjuicio de laresponsabilidad que corresponde al titular de la actividaden su cumplimiento.

EI Articulo 16°del Reglamento de Protecci6n Ambientalpara el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manu­facturera <D.S.N" 019-97-ITINCn, indica que las personasjuridicas para la realizaci6n de la DIA 0 el EIA paraactividades de la industria manufacturera, son las consul­toras ambientales incluidas en el Registro correspondientedel MITINCL Asimismo, el Articulo 3" indica que las con­sultoras ambientales estan autorizadas a elaborar y suscri­bir Informes Ambientales, Diagn6sticos Ambientales Pre­liminares <DAP), Estudios de Impacto Ambiental (EIA),Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) y Programas deAdecuaci6n y Manejo Ambiental (PAMA).

EI Articulo 25"del Reglamento de Protecci6n Ambientalpara el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manu­facturera (D.S. N" 019-97-ITINCn, establece que «la Auto­ridad Competente podra encargar a personas naturales 0juridicas que cuenten con la debida experiencia, calificaci~ny especializaci6n 0 a los auditores ambientales, la reVISIOny evaluaci6n de las DIA, EIA 0 PAMA, para 10cual estable­cera los mecanismos necesarios que permitan atender elpago de los servicios que se contrate-.

La Cuarta Disposici6n Complementaria del Reglamen­to de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Activi­dades de la Industria Manufacturera (D.S. N° 019-97­ITINCn, indica que el cumplimiento de las obligacionescontenidas en este y en las dernas normas ambientales parala industria manufacturera podra ser fiscalizado a travesde los auditores ambientales.

La Segunda Disposici6n Transitoria del Reglame.nto deProtecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividadesde la Industria Manufacturera <D.S.N"019-97-ITINCn, enel numeral 2 indica que el Diagn6stico Ambiental Prelimi­nar (DAP) sera suscrito por un consultor ambienta!.

EI Anexo 1 del Reglamento de Protecci6n Ambientalpara el Desarrollo de las Actividades de la Industria Manu­facturera <D.S. N" 019-97 -ITINCn, indica que las consulto­ras ambientales estan autorizadas a suscribir y a elaborarlos documentos ambientales.

Analtsis de la situacion actual del registro deconsultores ambientales

La Resoluci6n Directoral N" 080-92-ICTI-DGI dispusoen su Articulo 1°, la apertura en la Direcci6n de MedioAmbiente e Infraestructura Industrial de la ex-Direcci6nGeneral de Industrias y en las ex-Secretarias Regionales deAsuntos Productivos de Transformaci6n de los GobiernosRegionales, el Registro de entidades autorizadas a realizarEIA'.

La Sexta Disposici6n Transitoria del Reglamento deProtecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividadesde la Industria Manufacturera <D.S. N° 019-97-ITINCIJ,declara en reorganizaci6n el registro de em presas autoriza­das para elaborar EIA.

Actualmente las funciones de esta antigua Direccion de Medio Ambiente eInfraestructura Industrial han sido asignadas a laDireccion deAsuntos Ambien­tales delaDireccion Nacional deIndustrias.

Page 192954 Lima, vicrncs 15 de scticmbre de 2000

La Sexta Disposici6n Transitoria del Reglamento deProtecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Actividadesde la Industria Manufacturera (DB. N° 019-97-ITINCI),cambia de denominaci6n al Registro de empresas autoriza­das para elaborar EIA por el de Registro de consultoresambientales.

Por 10tanto, las empresas que actualmente cuentan conel Registro como empresas autorizadas a elaborar EIA, enacatamiento de la Sexta Disposici6n Transitoria, tendranque adecuarse a 10que disponga la autoridad competentepara regularizar su situaci6n y poder acceder a las nuevasdisposiciones del Reglamento de Protecci6n Ambiental parael Desarrollo de las Actividades de la Industria Manufactu­rera (D.S. N" 019-97-ITINCn.

Analists de la sltuacion actual del Registro deauditores ambientales.

La Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamen­to de Protecci6n Ambiental para el Desarrollo de las Activi­dades de la Industria Manufacturera (D.S. N° 019-97­ITINCIl, dispone la creaci6n en el MITINCI del Registro deauditores ambientales en el que se podran inscribir laspersonas jurfdicas que cumplan con los requisitos y condi­ciones que establezca la autoridad competente.

En la Quinta Disposici6n Transitoria del mismo Regla­mento, se indica que el MITINCI promulgara las normasrequeridas para la calificaci6n, inscripci6n y funcionamien­to del Registro de auditores ambientales para la industriamanufacturera.

VI. CRITERIOS PARA EL REGISTRO DE CON­SULTORAS AMBIENfALES

1. Contar con un unico Registro a nivel nacionalde empresas consultoras ambientales para el SectorIndustrial. .

• Este Registro sera diferente al Registro de EmpresasAuditoras. .

• Para la evaluaci6n de las solicitudes, se requerinicontar con el personal id6neo (tecnico-normativo) y la logis­tica adecuada situaci6n que sera mas facil de ser lograda, silas actividades son centralizadas en un solo lugar.

• Permitira evitar vicios de registro por inscripcionesfraudulentas; por ejemplo que una misma em presa seencuentre inscrita en diferentes registros con nombresdiferentes.

• Permitira tener un unico organo administrativo paratodas las consultoras ambientales.

2. Las Direcciones Regionales de Industria y Turis­mo del MITINCI podran canalizar las solicitudes deregistro de las empresas que se encuentran en surespectiva region; asimismo, seran estas quienes seencargarari de bacer el seguimiento del tramite de lassolicitudes, basta su aprobaclon 0 desaprohacion,

Bajo esta modalidad se permitira tener brazos coordina­dores para la atenci6n de las solicitudes de Registro deConsultorasen diferentes localidades del pais, mantenien­do como unico ente registrador al MITINCI.

Las Direcciones Regionales de Industria y Turismoestaran facultadas para proporcionar a las comparuas loca­les la solicitud de registro, para aceptar las solicitudes, paracontestar preguntas acerca del proceso y acerca del estadoque guardan las solicitudes. Sin embargo, la toma dedecisiones sobre la calificaci6n de los solicitantes permane­cera en la oficina central. Las Direcciones Regionales deIndustria y Turismo tarnbien podran recibir quejas sobre eldesempefto de una cornpama registrada y ayudar en elproceso de investigaci6n.

3. Las empresas consultoras deben tener un domi­cilio legal en el Peru para poder acceder al registro.

Las entidades que no tienen oficinas en el Peru deberan,ademas de cumplir con los requisitos normalmente exigidos,tener un domicilio legal en el pais con sus respectivosapoderados. Esta exigencia se hace con el fin de que todas lasentidades, sin distinci6n de nacionalidades, asuman lasresponsabilidades civiles y penales a las que se someten almomento de prestar el servicio de una consultoria ambiental.De este modo se asegura que tanto las consultoras extranje­ras como las nacionales actuen bajo las leyes peruanas.

4. Para poder ser calificadas como consultorasambientales, las empresas deberan contar con lainformacion necesaria que permita demostrar queposeen una solida organtzacion.

Permitira asegurar que los trabajos de consultoria seanejecutados adecuadamente y de acuerdo a las exigencias dela normatividad ambiental.

Como minima para tener este aseguramiento, se deberapresentar los siguientes requerimientos basicos:

a) Raz6n Social de la empresa solicitanteb) Direcci6n, telefono 0 telefax, correo electr6nico (de

contar con este servicio),c) RUC de la Empresad) Nombre del Representante Legal. Una vez inscrita la

empresa dentro del Registro, el MITINCI registrara lafirma del representante legal.

e) N6mina de accionistasf) Testimonio 0 Copia Simple de la Escritura Publica de

Constituci6n Social de la Empresa. Las empresas extranje­ras deberan tener este documento registrado en los Regis­tros Publicos del pais de su constituci6n. Tambien debeestar inscrito y visado por el Ministerio de RelacionesExteriores asf como por el Consulado Peruano en el pais desu constituci6n. EI objeto de la empresa estara expresamen­te dirigida a realizar trabajos de consultoria ambiental.

5. Para poder ser calificadas como consultorasambientales, las empresas deberan contar con unmedio que permita demostrar que poseen la capaci­dad tecnica adecuada.

Capacidad que perrnitira a las consultoras a efectuartrabajos de calidad, sin de pender totalmente de otros servi­cios debido a que cuentan con los instrumentos basicosnecesarios y la capacidad tecnica adecuada para realizarconsultorias que se Ie demande.

Se podra demostrar esta capacidad presentando 10si­guiente:

a) Un equipo multidisciplinario con profesionales prove­nientes de las areas de ciencias naturales, sociales y proce­sos industriales; quienes conformaran el equipo base de laempresa. Se requerira un minima de 5 profesionales con lassiguiente caracteristicas:

• 3 profesionales con por 10menos 2 anos de experienciaen asuntos ambientales.

• 2 profesionales con por 10menos 5 anos de experienciaen la industria manufacturera.

Adicionalmente, el equipo podra ser integrado por otrosprofesionales de las areas antes mencionadas, 0 de otrasespecialidades, que cuenten con estudios de especializacionen materia ambiental

Para cada uno de los profesionales se adjuntara Curri­culum Vitae documentado, indicando trabajos desarrolla­dos y cargo que ocupo en dicho trabajo. Tambien se presen­tara el certificado de habilitaci6n del colegio profesionalpara aquellas profesiones que 10 tuviesen. En caso detratarse de un profesional extranjero, el titulo profesionaldebe estar visado 0 certificado por el Consulado Peruano enel pais de origen.

Cada profesional debe proporcionar por 10 menos tresreferencias de empresas seftalando la persona de contactoque tenga conocimiento de sus aptitudes y reputaci6nprofesional. No se pueden incluir referencias que tenganrelacion de parentesco con el profesional.

No se podran presentar funcionarios ni servidores delEstado.

Para cada trabajo de consultoria que se realice, se debedesignar a uno de los profesionales con experiencia enasuntos ambientales y a otro con experiencia en industriascomo Iideres del estudio. Los Iideres deben supervisar elestudio y asegurar la cali dad y veracidad de la informaci6npresentada. La labor de los Iideres no implica necesaria­mente trabajo de campo.

La firma de los 5 profesionales de la nomina seraregistrada en el MITINCI, una vez que la empresa hayasido aceptada en el Registro. Los 2 profesionales que figu­ren como Iideres del estudio, al igual que los demas profe­sionales que hayan participado en el estudio, deberanincluir su firma en el informe, indicando en que consisti6 suparticipaci6n.

La preferencia de las especialidades de los profesionalesa modo indicativo y no limitativo es:

Profesionales en asuntos ambientales.', Especializado en ciencias ambientales (biologia, qui­

mica, ecologia, ciencias sociales, geologia 0 gesti6n ambien­tal). EI grado de Maestria en temas afines a asuntosambientales contara como 6 meses de experiencia y el dePhD en temas afines en asuntos ambientales como minima

Lima, viernes 15 de setiernbre de 2000 pag. 1929551 afio; debiendo anexar los certificados de los cursos apro­bados en materia ambiental.

Profesionales en la industria manufacturera* Profesional en cualquiera de las ramas industriales:

industrial, qufmico, metalurgista, industrias alimentarias,textil, mecanico, electricista 0 profesiones afmes. Del mismomodo, la especializaci6n se rnedira tanto por los gradosacademicos como por los resultados que haya obtenido en sudesempeno profesional. EI grado de Maestria en temasafines en asuntos ambientales contara como minimo con 6meses de experiencia y el de PhD en temas afines en asuntosambientales, como mmimo 1 ano; debiendo anexar los certi­ficados de los cursos aprobados en materia ambiental.

b) Prueba de relaci6n de los profesionales propuestoscon la empresa, ya sea mediante planilla de sueldos 0

fotocopia de los ultimos 3 recibos de honorarios. En el casode profesionales que no tengan relaci6n permanente con laempresa, se presentara Carta Certificada Notarial de Com­promiso de los profesionales en el que se comprometen aprestar servicios a la empresa cuando esta 10 requiera.Ninguno de los 5 profesionales inscritos como equipo basede una empresa podra aparecer en el equipo base de lan6mina de otra empresa (consultora 0 auditora arnbiental);no obstante podra figurar como profesional adicional.

6. Contar con un adecuado sistema de evaluacionde las solicitudes de Inscrtpcien, de manera que estae':leda efectuarse eficazmente y dentro del plazofijado.

Esto asegura que las empresas que califiquen sean lasque realmente han cumplido con los requisitos exigidos yque su calificaci6n se haya efectuado dentro del plazo queestipule la Ley; para este efecto, se propone que la metodo­logia de la evaluaci6n considere los siguientes puntos:

a) Verificaci6n que los documentos presentados en co­pias esten certificados por el Fedatario del MITINCI y quelos testimonios de escritura publica, aetas u otros esteninscritos en la Oficina Regional de Registros Publicos.

b) Cumplir con el plazo de revisi6n de la documentaci6n,el cual no podra ser superior a 30 dias calendarios. EI plazode evaluaci6n de la documentaci6n se ernpezara a contar apartir de la fecha de recepci6n de las solicitudes en laDirecci6n de Asuntos Ambientales. Los solicitantes serannotificados de la fecha en que la Direcci6n de AsuntosAmbientales recibi6 sus solicitudes. Si antes del vencimien­to del plazo el MITINCI no ha informado a cerca del estadode la evaluaci6n de la documentaci6n presentada, la solici­tud quedara aprobada automaticamente.

c) Preparar el Proyecto de Resoluci6n Directoral me­diante el cual se aprobara, observara 0 desaprobara lasolicitud.

7. Considerar un periodo de actualfzacion de laInscrtpelon de las consultoras en el Registro de con­sultoras ambientaIes

EI periodo de vigencia de la inscripci6n es de 1 afio, Deesta manera, el MITINCI podra mantener actualizado elRegistro, tanto en 10que respecta al cumplimiento de losrequisitos baaicos de las consultoras, como en 10que respec­ta a su desernpefio durante ese periodo y la permanencia delas mismas en el mercado.

Sin embargo, las empresas deben gestionar ante elMITINCI las modificaciones que correspondan, en casosucedan cambios en los datos consignados en el Registrodurante este intervalo.

Transcurrido este tiempo y para que las empresaspuedan seguir desempenandose como consultoras deberansolicitar la renovaci6n de su inscripci6n adjuntando la fichaque se presenta en el Anexo 1.

8. La Dlreccion de Asuntos Ambientales defiriir-alos procedimientos de aprobacion y control -drrectoo a traves de terceros- de la calidad del trabajo de lasempresas de consultoria ambiental

Con el objeto de asegurar la cali dad en los servicios queprestan las diversas empresas de consultoria ambiental, esnecesario que la Direcci6n de Asuntos Ambientales cuentecon fichas de control de las consultoras ambientales. ElAnexo 2 propone una ficha de control que comprendediversas partes a traves de las cuales se facilitara el control.EI MITINCI definira los criterios de evaluaci6n en base alas gufas que para tal fin se elaboren.

Asimismo, el MITINCI podra exigir que las compafuasconsultoras permitan el acceso a un representante autori­zado del MITINCI a toda la informaci6n tecnica, reportes,

archivos, muestreos ambientales, fotografias, mapas y do­cumentos usados en la preparaci6n de los estudios que sepresenten al MITINCI.

Igualmente, el MITINCI queda facultado para disponerla realizaci6n de auditorias a los Consultores Ambientales,cuando 10considere pertinente.

9. Contar con un mecanismo que incentive a lasconsultoras ambientales a trabajar correctamenteteniendo en eonsideracien los aspectos tecnico-nor·mativos.

Para tal fin se establecera un sistema de acceso a lainformaci6n destinado a mejorar el funcionamiento delmercado de consultoria. EI sistema hara de dominio publicoinformaci6n referente a las consultoras ambientales, perosin asignar un elemento de evaluaci6n. En este caso sedejaria que las propias empresas manufactureras saquensus propias conclusiones de la informaci6n que se lesproporcione.

EI sistema incluira la publicaci6n anual de una matriz,donde se incluiran aquellos datos que reflejen el desempenoque tuvieron las empresas consultoras durante ese afio. Lamatriz tendra un formato similar al que se aprecia en elAnexo N"4.

Debido a que la matriz de informaci6n sera de domi­nio publico, las empresas que requieran los servicios deconsultoria tendran acceso a una serie de informaci6nque les permita seleccionar una empresa de acuerdo asus calificaciones y experiencia. En este caso, las empre­sas que tengan el mejor desempeno tendran ventajascompetitivas respecto a las que tengan un desempenomenos exitoso.

La matriz de informaci6n sera publicada en el DiarioOficial EI Peruano, al inicio de cada ano, mediante Resolu­ci6n Directoral y estara a disposici6n del publico en elMITINCI.

VII. CRITERIOS PARA EL REGISTRO DE AUDI·TORAS AMBIENTALES

1. Contar con un unico Registro a nivel nacionaIde auditoras ambientales para el Sector Industrial.

• Este Registro sera diferente al Registro de EmpresasConsultoras.

• Para la evaluaci6n de las solicitudes, se raqueriracontar con el personal id6neo (tecnico-normativo) y la logis­tica adecuada situaci6n que sera mas facil de ser lograda, silas actividades son centralizadas en un solo lugar.

• Permitira evitar vicios de registto por inscripcionesfraudulentas; por ejemplo que una misma empresa seencuentre inscrita en diferentes registros con nombresdiferentes.

• Permitira tener un unico 6rgano administrativo paratodas las auditoras ambientales.

2. Las Direcciones Regionales de Industria y Tu­rismo del MITINCI podran canalizar las solicitudesde registro de las empresas que se encuentran en surespectiva region; asimismo, seran estas quienes seencargaran de hacer el seguimiento del tramite delas solicitudes, hasta su aprobacion 0 desaproba­cion.

Bajo esta modalidad se permitira tener brazos coordina­dores para la atenci6n de las solicitudes de Registro deAuditoras en diferentes localidades del pais, manteniendocomo unico ente registrador al MITINCI.

Para este efecto las Direcciones Regionales de Industriay Turismo, luego de recibir los expedientes los remitiran viacorreo a la Direcci6n de Asuntos Normativos; los resultadosde evaluacion que esta ultima efectua podran hacerseconocer preliminarmente via fax, con cargo a ser regulari­zados posteriormente a traves de la entrega directa de lasresoluciones originales.

Para efectos de plazo de evaluaci6n de la documenta­cion, el plazo de evaluaci6n se ernpezara a contar a partir dela fecha de recepci6n de las solicitudes en la Direcci6n deAsuntos Ambientales. Para tal fin los solicitantes serannotificados de la fecha en que la Direcci6n de AsuntosAmbientales recibi6 sus solicitudes.

3. No podran acceder al registro de auditorasambientales las entidades que hayan sido registra­das como consultoras ambientaIes

El cumplimiento de esta exigencia permitira evitar queuna empresa audite un proyecto desarrollado por ella comoconsultora. Asimismo evitara vicios en el proceso de audi­toria, como por ejemplo que una auditora favorezca con su

pag. 192956 Lima, vicrnes 15 de scticmbrc de 2000

informe a un c1iente determinado a cambio de trabajosfuturos de consultoria.

4. Para poder ser calificadas como auditoras am­bientales, las empresas deberan contar con la infer­macion necesaria que permita demostrar que po­seen una sofida orgariizueion e infraestructura ade­cuadas.

Perrnitira asegurar que trabajos de auditoria sean eje­cutados adecuadamente y de acuerdo a las exigencias de lanormatividad ambienta!'

Como minimo para tener este aseguramiento, se deberapresental' los siguientes requerimientos basicos:

a) Razon Social y denorninacion de la empresa solici­tante.

b) Direccion, telefono 0 telefax, correo electronico (decontar con este servicio).

c) RUC de la Empresa.d) Nombre del Representante Legal, adjuntando su

firma.e) Nomina de accionistas.f) Testimonio 0 Copia Simple de la Escritura Publica de

Constitucion Social de la Empresa. Las empresas extranje­ras deberan tener este documento registrado en los Regis­tros Publicos del pais de su constitucion. Tambien debeestar inscrito y visado por el Ministerio de RelacionesExteriores asi como pOl'el Consulado Peruano en el pais desu constitucion. EI objeto de la empresa estara expresamen­te dirigida a realizar trabajos de auditorta ambienta!'

5. Para poder ser calificadas como auditoras am­bientales, las empresas debet-an contar con un medioque permita demostrar que poseen la capacidadtecniea adecuada.

Esta capacidad se refiere a la posibilidad de que lasauditoras efectuen trabajos de naturaleza tecnica y multi­disciplinaria.

Se podra demostrar esta capacidad tecnica cumpliendocon los siguientes requerimientos:

a) Presentar un minimo de 5 profesionales, quienesconforrnaran el equipo base de la empresa, con las siguien­tes caracteristicas:

• 1 profesional con por 10menos 2 anos de experiencia enauditoria ambiental y un mmimo de 3 auditorias comproba­das (auditor senior). Dicho profesional tambien debe tenerun minirno de 2 anos en consultoria ambienta!'

• 2 profesionales con por 10menos 5 anos de experienciaen la industria manufacturera.

• 2 profesionales con por 10menos 2 anos de experienciaen asuntos ambientales.

Adicionalmente, el equipo podra ser integrado por otrosprofesionales que cuenten con estudios de especializacionen materia ambienta!'

Para cada uno de los profesionales se adjuntara Curri­culum Vitae documentado, indicando los trabajos desarro­lIados y el cargo ocupado en ellos. Asimismo, se presentaracertificado de habilitacion del colegio profesional para aque­lias profesiones que 10tuviesen. En casu de tratarse de unprofesional extranjero, el titulo profesional debe estar visa­do 0 certificado por el Consulado Peruano en el pais deobtencion del titulo.

Para cad a trabajo de auditoria que se realice, se debedesignal' al auditor senior como hder del estudio. Elliderdebe su pervisar el estudio y asegurar la cali dad y veracidadde la informacion presentada. La labor dellider no implicanecesariamente trabajo de campo.

La firma de dicho profesional sera registrada en elMITINCI, una vez que la empresa haya sido aceptada en elRegistro. EI profesional registrado, asf como los dernasprofesionales que hayan participado en la auditorta, debe­ran incluir su firma en el informe.

La preferencia de las especialidades de los profesionalesa modo indicativo y no limitativo es:

Profesional con experiencia en auditonas ambientales• .Se requiere de un profesional con conocimiento y

experiencia en procedimientos, procesos y tecnicas de audi­toria, con el objeto de garantizar el trabajo de auditoria.

Profesional con experiencia en asuntos ambientales• Especializado en ciencias ambientales (biologta, qui­

mica, ecologia, ciencias sociales, geologia 0 gestion ambien­tall. EI grado de Maestria en temas afines a asuntosambientales contara como 6 meses de experiencia y el de

PhD en temas afines en asuntos ambientales como 1 ano;debiendo anexar los certificados de los cursos aprobados enmateria ambienta!'

Profesionales con experiencia en la industria manufac­turera-----;Profesional en cualquiera de las ramas industriales:industrial, quimico, metalurgista, industrias alimentarias,textil, mecanico, electricista 0 profesiones afines. Del mis­mo modo, la especializacion se medira tanto por los gradosacadernicos como por los resultados que haya obtenido en sudesempeno profesiona!. EI grado de Maestria en temasafines a asuntos ambientales equivaldra a 6 meses anoexperiencia y el PhD en temas afines a asuntos ambienta­les, equivaldra a 1 ano; debiendo anexar los certificados delos cursos aprobados en materia ambienta!'

b) Presentar pruebas de relacion permanente de losprofesionales propuestos con la empresa (planilla 0 copia delos recibos de honorarios correspondientes a los ultimos 3meses).

En el caso de profesionales que no tengan relacionpermanente con la empresa, se presentara Carta Certifica­da Notarial de Compromiso de los profesionales en el que secomprometen a prestar servicios a la empresa cuando esta10requiera. Ninguno de los 5 profesionales que aparezcanen el equipo base de la nomina de una empresa podraaparecer en el equipo base de la nomina de otra empresa(auditora 0 consultora arnbiental); no obstante podra figu­ral' como profesional adiciona!'

c) Presentar una carta compromiso notarial en el que laempresa auditora se comprometa a no realizar labores deauditoria en aquellas areas donde la empresa 0 alguno desus profesionales haya tenido 0 tenga participacion comoconsultor ambiental u otra vinculacion de cualquier indole.

d) Adjuntar carta de compromiso de confidencialidad eindependencia de partes, para garantizar transparencia enel proceso de auditoria.

6. Contar con una metodologia de evaluacion delas solicitudes de Inscrtpcion, de manera que estapueda efectuarse eficazmente y dentro del plazofijado,

Permitira lograr la calidad de atencion a las empresassolicitantes de inscripcion. .

Debido a que los periodos de fiscalizacion se iniciansolamente en enero de cada ano, las solicitudes de inscrip­cion unicarnente podran hacerse durante los meses desetiembre, octubre y noviembre de cada ano, Obtenido laaprobacion de registro, recien podra ser ejercida a partir delprimer dta del ano siguiente, para 10cual durante el mes dediciembre la Direccion de Asuntos Ambientales publicarala relacion de empresas habiles para poder ejercer laboresde auditoria.

La aprobacion 0 desaprobacion de las solicitudes debe­ran hacerse conocer en un plazo no mayor de 30 diascalendario. EI plazo de evaluacion de la documentacion seempezara a contar a partir de la fecha de recepcion de lassolicitudes en la Direccion de Asuntos Ambientales. Lossolicitantes seran notificados de la fecha en que la Direccionde Asuntos Ambientales recibi6 sus solicitudes. En caso deno emitirse comunicacion alguna dentro del plazo fijado, lasolicitud sera aprobada autornaticamente.

EI periodo de vigencia en el Registro sera de 1 ano,despues del cualla empresa debe renovar su inscripcion. Deesta manera, el MITINCI podra mantener actualizado elRegistro, tanto en 10 que respecta al cumplimiento de losrequisitos basicos de las auditoras, como en 10que respectaa su permanencia en el mercado. En todo caso, los datos dela empresa deben ser actualizados continuamente, notifi­cando al MITINCI los sucesos que se produjeron en laempresa durante la vigencia de su autorizacion como con­sultora ambienta!'

7. Permitir una modalidad de control de las con­trataciones y retribuciones por los servicios presta­dos por las empresas de auditoria ambienta!'

EI objeto del control de las contrataciones sera evitar secometan vicios de toda indole en los trabajos que realizanlas auditoras ambientales. Para este efecto se proponetener las siguientes consideraciones:

Para evitar que las auditoras prorroguen indefinida­mente sus contratos con las empresas a fiscalizar, se propo­ne que los contratos que celebren no tengan una continui­dad superior a los dos anos, obligandose por 10tanto a lasempresas a partir de este tiempo a cambial' de auditoraambienta!' Podra restablecerse la contratacion a la misma

Lima, viernes 15 de seticmbre de 2000 Plig. 192957

auditora, transcurrido un ano de producida la interrupcionde contrato.

Para las auditorias ordinarias y de oficio, la Direccion deAsuntos Ambientales sera quien designe a la auditoraambiental, debiendo la empresa proceder a su contratacionen un plazo no mayor de 20 dias calendario. Los honorariosa ser pagados a la auditora ambiental seran asumidos porlas empresas operadoras.

8. La Direcci6n de Asuntos Ambientales definiralos procedimientos de aprobaci6n y control -en for­ma directa 0 a traves de terceros- de la calidad deltrabajo de las empresas de auditoria ambiental.

El control sera efectuado a traves de la ficha que semenciona en el Anexo 3, el mismo que podra ser verificadoin situ por la Direccion de Asuntos Ambientales.

Asimismo, el MITINCI queda facultado para disponerla realizacion de Auditorias a los Auditores Ambientales,cuando 10considere pertinente.

9. Contar con un mecanismo que incentive a lasauditoras ambientales a trabajar correctamente te­niendo en consideraci6n los aspectos tecnicos-nor­mativos.

Para tal fin se utilizara la misma matriz de informacionutilizada para las empresas de consultoria ambiental,presentada en el Anexo N° 4. La matriz contendra aquellainformacion que refleje el desernpeno que tuvieron lasempresas auditoras durante un determinado periodo. Di­cha matriz de informacion tendra como objetivo el darventajas competitivas a las empresas de acuerdo a sudesempefio en los trabajos realizados.

Tal y como se indico en la seccion de Empresas Consul­toras, la matriz de informacion hara de dominio publico unaserie de informaciones claves, peru sin asignar un elementode evaluacion, dejando que las propias empresas rnanufac­tureras saquen sus propias conclusiones de la informacionque se les proporcione.

VIII. SANCIONES

1. Contar con un mecanismo que sancione a lasconsultoras ambientales que realicen trabajos sinlas consideraciones de los aspectos tecrrico normati­vos otorgados por el MITINCI.

EI mecanismo permitira a las consultoras ambientales,trabajar de una manera seria y profesional, debido a queestara consciente que si sus estudios no estan acordes conlos aspectos tecnico normativos senalados por el MITINCI,seran sujetos de sancion.

Se proponen las siguientes sanciones:

a) Racer publica la informacion del desempeno de lasconsultoras

EI mal desempeno de una empresa consultora se verareflejado en la matriz de informacion. Si la calidad deltrabajo de una consultora es pobre, entonces tendra menosoportunidad de ser contratada.

La matriz contendra informacion referente a estudiosdesaprobados y con observaciones importantes. En todocaso, los criterios que el MITINCI utilizara para evaluar lavalidez del trabajo de las consultoras seran los que deterrni­nen las guias ambientales que se elaboren para el sector.Dichas guias contendran los requisitos que un trabajo deconsultoria debe cumplir para su aprobacion,

Del mismo modo, las multas, sanciones y suspensionesque hayan tenido las empresas seran senaladas en lamatriz, por 10que seran de dominio publico y podran serrecabadas del Ministerio por los clientes potenciales.

b) Otras sancionesEl MITINCI podra aplicar sanciones a las empresas de

consultoria de acuerdo a las obligaciones y responsabilida­des asumidas por diehas empresas al momenta de aceptarrealizar un trabajo. Dichas obligaciones y responsabilida­des son:

1) Las empresas de consultoria estan obligadas a pre­sentar informacion veraz en la solicitud de registro;

2) Las empresas de consultoria son responsables de laveracidad e idoneidad de la informacion contenida en losdocumentos que suscriben (Articulo 7" del DB. N° 019-97­ITINCn,

Si como resultado de un proceso de auditoria el MITIN­CI comprueba que en un estudio se han cometido irregula­ridades referentes a cualquiera de las obligaciones y res­ponsabilidades arriba mencionadas, procedera a sancionarde la siguiente manera:

• La presentacion de informacion falsa en la solicitud deregistro, arneritara la eliminacion de la eonsultora delRegistro.

• La presentacion de informacion falsa 0 enganosa enlos documentos preparados sera sancionada con la suspen­sion definitiva de la empresa consultora y con una multaque variara entre los 5 UIT, hasta los 100 UIT, dependiendode la envergadura del estudio. Asimismo, la presentacionde informacion falsa 0 enganosa arneritara una denunciajudiciaL

• A los profesionales que hayan figurado como hderes deestudios desaprobados por prescntacion de informacionfalsa 0 engafiosa, se les suspendera del Registro por espaciode 1 ana; durante este tiempo no podran figurar en lanomina de ninguna otra consultora.

Adicionalmente se elaborara una lista con los profesio­nales que hayan sido sancionados. Esta lista sera publicadaen el Diario Oficial El Peruano, al inicio de cada ano,mediante Resolucion Directoral y estara a disposicion delpublico en el MITINCI. EI formato de la lista de profesiona­les sancionados sera similar al que se presenta en el CuadroN"lo

2. Contar con un mecanismo que sancione a lasauditoras ambientales que realicen trabajos sin lasconsideraciones legales otorgadas por el MITINCI.

Se debe tener presente que el auditor al momento derealizar una auditoria representa al Ministerio. Por 10tantolos profesionales que intervienen en una auditoria, almomento de ejecutar el trabajo, se constituyen en funciona­rios publicos.

Toda sancion que se imponga a un funcionario publicopor ocultar maliciosamente un problema que posteriormen­te tiene consecuencias graves sobre la vida 0 salud de lapoblacion 0 bien sobre la integridad del ecosistema, deberesultar de un proceso previo, el cual esta senalado en elArticulo 425" del Codigo PenaL

El MITINCI, por su parte, podra aplicar las siguientessanciones a las empresas auditoras:

a) Por presentar informacion falsa 0 incorrecta en lasolicitud de registro, se elirninara a la auditora del Registro.

b) Por presentar informacion falsa 0 enganosa en losdocumentos preparados, se sancionara con el retiro defini­tivo de la auditora del Registro y la imposicion de una multade 5 UIT a 100 UIT, dependiendo de la envergadura de laauditoria. Asimismo, dicha falta arneritara la apertura deun proceso judiciaL

c) Al igual que en los trabajos de consultoria, sesancionara al profesional que figura como responsable deuna auditoria que haya sido desaprobada por la causaindicada en el acapite b). Dicha sancion consistira ensuspenderlo por 1 ano del registro, no pudiendo figuraren la relacion de profesionales de ninguna otra empresadurante este lapso, sin perjuicio de las sanciones quedisponga el Codigo PenaL

Para aplicar las sanciones arriba mencionadas, lasfaltas que 10ameriten deberan comprobarse previamente atraves de un proceso de auditoria.

Adicionalmente se elaborara una lista con los profesio­nales que hayan sido sancionados. Esta lista sera publicadaen el Diario Oficial El Peruano, al inicio de cada ano,mediante Resolucion Directoral y estara a dis posicion delpublico en el MITINCI. El formato de la lista de profesiona­les sancionados sera similar al que se presenta en el CuadroN"lo

CUADRO N21

USTADEPROFESIONALES SANCIONADOS

Periodo:

N° Nombredel Empresa Nombredel Fechade Motivo Sanci6nProfeslonal esludio lasanci6n

1--

21----r3

~-~~~ -~- -- ._--~._--~ - ~-- -~--~1---

--------~--

I~L__ ---~--'--------- JNota: sinperjuicio deloqueestablezcan otras leyes, ningun funcionario delMITINGI,deberaserconsiderado responsable porcualquier dana 0 perjuicio que resulte delosservicios proporcionados porunconsultor 0 auditor registrado.

pag. 192958

ANEXO 1

Lima, viernes 15 de setiernbre de 2000

FICHA DE CONSULTORES AMBIENTALES EN EL SECTOR INDUSTRIA,TURISMO, INTEGRACION Y NEGOCIACIONES COMERCIALES

INTERNACIONALES

Io- DATOS GENERALES:

Razon Social:Nombre del Representante Legal:Inscriocion Reqistro Mercantil de: I Fecha I fichaDireccionTelefono I Fax I Correa electronicoNumero de RUC I Empresa: Nacional ( ) Extranjera ( )

II.- MODIFICACIONES SUSCITADASNombre I Reqistro Mercantil I Fecha I Ficha1.-2.-3.-III.-INSCRIPCION

Resolucion Directorill N° I fecha I N° de RegistroIV.- SOClOS

1.-2.-34.-V.- PROFESIONALES:

Nombre I Profesion I N° Colegiatura I Canst. deHabilitacion

1.-

2.-3.-VI.- ESTUDIOS ELABORADOS :

Estudios rcmpr o sa Aprobado Observado Aprob/Cond DesaprobadoAmbientales(EIA/PAMA/DAP/DIA)

VII.- OTROS SECTORES EN LOS QUE ESTA REGISTRADO

VIII. - SERVICIOS AMBIENTALES QUE PRESTA

IX. - OTRA INFORMACION REFERENCIAL

Lima. vicrncs 15 de scticrnbre de 2000 ~E{r pag. 192959

Infraestructura Equipo

Fccha: ................. Firma y Nombre delRepresentante Legal

Observacioncs:

I . - El presente formato debera ser debidamente absuelto por las empresascoc,,"ul t o r a s amb ien t.a Le s , en los puntas que Ie corresponda.

2.- Para las empresas que regularizan su inscripci6n y presentan dentro de surelacion a profesiona1es que no se encontraban inscritos inicialmente pero quecstan dec1arados en la presente ficha, deberan adjuntar sus respectivos C.V. yCrJ.l-tas de compromiso.

,Marcar con una aspa : Aprobado / Desaprobado / Aprobado con Observaciones.,) .-

4.- .si e1 Estudio Ambiental (EIA/PAMA/DAP/DJA) ha sido observado consignar enLllncerOS las veces que ha sido observado.

S. Aprobada 1a inscripci6n de la empresa debera rea1izarse e1 Registra de firmasde los prafec;ionales que conforman e1 equipo de la empresa.

ANEXO 2

FICHA DE CONTROL DEL TRABAJO DE LOS CONSULTORES AMBIENTALES

Nombre

Nombre Unidad Operativa

Direccion:

Tipo deEstudio

Nombre Consultora

Resultado deEvaluaci6n

MotivoAprobado _ Desaprobado Observado

TipodeIndustriaClasificaci6n (CIIU)

Area delainstalaci6n (Ha)Uso delArea antes Proyecto

Producci6n

Fuente deenergiaUso deenergia (kW/hora)

Uso deCombustible (gal/dia)Consumo deAgua (m3/dia)

rProducto Unidad demedida Produeei6n diaria

ri13Idla

Lima, viernes 15 de scticmbre de 2000

1 =-~3-1

I $

Page 192960Eflu.Liq.lndustriales (m3ldia)

Eflu.Liq.Domesticos (m3/dia)Eflu.Gaseosos (m3/hora)Material Particulado (TM/dia)Resid.S6lid.lndustrial (m3ldia)Resid.S6Iid.Domestic(m3dia)

Fecha deEjecuci6n delEstudioNombre delEvaluadorAreas Protegidas Ref. alEstudioEspecies enPeligro I I

12

345

6

observacio_ne_s j

~Nombre Pueblo 0 Comunidad

Impaetos Potenciales

iF--COMPROMISOS'

Nombre deProfesionales quedesarrollaron elEstudio

1---00iE0-""~I

EVALUACION DEL ESTUDIO

CRITERIOS DE EVALUACION OBSERVACIONES CompletoSI/NO

EIEstudio hasidoelaborado porunequipo multidisciplinarioInformaei6n delinea base

Deseripci6n delProyecto

Identifieaci6n deimpaetos

AnlilisisdeRiesgos

Alternativas deeliminaei6n1mitigaei6n-----_.-

deimpactos

Partieipaei6n Ciudadana--

Pian deManejo Ambiental--

AnlilisisCosto/Benefieio

Cronograma deaceiones e inversiones--

(1610 para PAMAs)

FECHA _/_/_ Firma del Profesional Evaluador

Lima, vierncs 15 de scticrnbrc de 2000

ANEXO 3

INf'ORME DE FISCALIZACION

pag. 192961

i . Nombre dl:: la Auditoria Ambiental 12 . Nombre de la Entidad Fiscalizada

IObjet iva de la Auditoria

4. Fechd de la rnspecci6n 5. Tipo de Inspeccion: 6. Item

Desde I Ha~:; tao

IMetodologfa de la Alidi r.o r fa:

8. Oh] igaciones 0 Compromisos (ElA , PAMi\ Y Otros)

Oblig. 0 Compo Fecha. vonc , t\\,'ance Ultimo Origen Manto deInversion

% Reporte Compromiso Estimado Ejecut.

9. Coriol U~; ione~:>

10. Hecomenddcjones

11. Segu i rr,i E~n to dp las Observaciones

Dc la Auditora Amhiental De la Empresa Fiscalizada

DEL / LOS PROFESIONAL (ES) REPRESENTANTE GERENTE / REPRESENTANTELEGAL

Pag.192962

PARA SER LLENADO POR EL MITINCI

EVALUACION DE LA AUDITORIA

Lima, viernes 15 de scticmbre de 2000

CRITFPTOS DE EVALUACION OBSERVACIONES CompletoSUNO

Ha eumplido con resolver eleuestionario de auditoria

El auditor ha efeetuado unaadeeuada identifieaei6n deineumplimientos de la normatividadambiental

El auditor ha sustentadodebidamente los ineumplimientoseneontrados

Aetas de auditoria debidamentefirmada por la empresa auditada ylos partieipantes en la auditoria

CONEORME

Doeumentaei6n Adjunta:

RESULTADO DE EVALUACION

ANOMALO

Si!No No. Pags.

EVlILUADOR

sus~enLo de Conclusiones

~~U~3tCl'.tO de RE?comendac ~oTler;

',HOO df' :(1 ent.idad fiscalizada

ANEXON'4MATRIZ DEINFORMACION CONSULTORES Y AUDITORES AMBIENTALES

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DIA

DAP

EIA

PAMA

Informe

Ambrental

Fechade Audltoria

Ingreso Ordinaria

6'''' Auortorraoe

Reqrstrc onceDIA

DAP

EIA

PAMA

Informe

Amblental

Fechade Auditoria

In9(650 Ordinaria

en el Audlloriade

Reglstro 01100

DIA

DAP

EIA

PAMA

Informe

Ambiental

Facha de Auditoria

Ingreso Ordinaria

en er Auditoria de

Registro oucoD'A

DAP

EIA

PAMA

Informs

Ambiental

Fecna de AudlfOfia

Ingreso Ordinana

enal Audiloria de

Reglstro once{al Sa debe registrar tanto eI nurrerc de estudlos aprobados como EI numere total de estueos reahzados en cada rama. Ejemplo

Estudios aprobados Total de estuoos reenaaccs

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