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ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711 ANEXO - DECRETO N° 267/15 ANEXO I PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES QUE RIGE EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE USO Y EXPLOTACIÓN DE CARÁCTER ONEROSO DE LOS INMUEBLES DEL DOMINIO PUBLICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, UBICADOS BAJO EL TRAZADO DE LA AUTOPISTA 25 DE MAYO (AU 1) SITOS EN ALBERTI 1330, AV.JOSÉ MARÍA MORENO 930 Y DE LAS CIENCIAS 952 (ANEXO A). CAPITULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES Artículo 1.- ALCANCE DEL PRESENTE PLIEGO. El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares complementa, aclara y perfecciona las estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en la Ley Nº 2.095, modificada por la Ley Nº 4764 y su Decreto reglamentario N° 95/14, para regir el procedimiento de licitación pública para la concesión de uso de carácter oneroso de los Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires enunciados e identificados taxativamente en el Anexo A, (IF-2015-18323169- DGCONC), para la explotación detallada en el Anexo B (IF-2015-18403649- DGCONC), debiendo ajustarse el Concesionario a la normativa vigente que regule la actividad y los lineamientos establecidos en el Anexo C (IF-2015-18411636- DGCONC), los cuales forman parte integrante del presente PBCP. Artículo 2.- OBJETO. El presente llamado a Licitación Pública tiene por objeto otorgar la concesión de uso de los Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires enunciados e identificados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC), con destino la explotación de los servicios explicitados en el Anexo B (IF-2015-18403649- DGCONC). Se deja expresamente establecido que la licitación comprende a la totalidad de los inmuebles identificados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC), por lo que será rechazada toda oferta que no comprenda la totalidad de los Inmuebles incluidos en la presente licitación. No se podrá otorgar a los bienes concesionados un destino distinto que el expresamente fijado, estándole prohibido al adjudicatario realizar actividades ajenas a las establecidas en los Pliegos, bajo apercibimiento de aplicar el régimen de penalidades previsto en el Capitulo X del presente. Artículo 3.- TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES. N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1

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ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711

ANEXO - DECRETO N° 267/15

ANEXO I

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES QUE RIGE EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE USO Y EXPLOTACIÓN DE CARÁCTER ONEROSO DE LOS INMUEBLES DEL DOMINIO PUBLICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, UBICADOS BAJO EL TRAZADO DE LA AUTOPISTA 25 DE MAYO (AU 1) SITOS EN ALBERTI 1330, AV.JOSÉ MARÍA MORENO 930 Y DE LAS CIENCIAS 952 (ANEXO A).

CAPITULO IDISPOSICIONES PRELIMINARES

Artículo 1.- ALCANCE DEL PRESENTE PLIEGO.

El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares complementa, aclara y perfecciona las estipulaciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en la Ley Nº 2.095, modificada por la Ley Nº 4764 y su Decreto reglamentario N° 95/14, para regir el procedimiento de licitación pública para la concesión de uso de carácter oneroso delos Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires enunciados e identificados taxativamente en el Anexo A, (IF-2015-18323169-DGCONC), para la explotación detallada en el Anexo B (IF-2015-18403649-DGCONC), debiendo ajustarse el Concesionario a la normativa vigente que regule la actividad y los lineamientos establecidos en el Anexo C (IF-2015-18411636-DGCONC), los cuales forman parte integrante del presente PBCP.

Artículo 2.- OBJETO.

El presente llamado a Licitación Pública tiene por objeto otorgar la concesión de uso de los Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires enunciados e identificados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC), con destino la explotación de los servicios explicitados en el Anexo B (IF-2015-18403649-DGCONC).

Se deja expresamente establecido que la licitación comprende a la totalidad de los inmuebles identificados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC), por lo que será rechazada toda oferta que no comprenda la totalidad de los Inmuebles incluidos en la presente licitación.

No se podrá otorgar a los bienes concesionados un destino distinto que el expresamente fijado, estándole prohibido al adjudicatario realizar actividades ajenas a las establecidas en los Pliegos, bajo apercibimiento de aplicar el régimen depenalidades previsto en el Capitulo X del presente.

Artículo 3.- TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES.

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El presente artículo complementa las estipulaciones previstas en el artículo 2° del P.B.C.G.

a) Acta de Inicio de la Explotación: Es el acta de constatación por la cual la

Dirección General de Concesiones del Ministerio de Desarrollo Económico o la que en el futuro la reemplace, una vez recibido el informe técnico de la Supervisión o Relevamiento de Trabajos, de que las obras se encuentran terminadas y los equipos y demás elementos instalados y en condiciones de funcionar, da inicio a la explotación. Para el caso que no hubiesen sido previstas obras en el PBCP y el PET, el Acta de Inicio de la Explotación se labrará en forma conjunta con el Acta de Entrega de los Inmuebles del dominio público de GCBA.

b) Acta de Entrega de los Inmuebles del dominio público del GCBA: Instrumento mediante el cual se deja constancia de la entrega de los Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

c) Adquirente: Persona física y/o jurídica que ha adquirido los pliegos conforme las disposiciones del presente P.B.C.P

d) Adjudicación: Acto administrativo por el cual se adjudica al oferente, cuya oferta resulte la más conveniente para el GCBA.

e) Circular con consulta: Respuestas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a todo pedido de aclaración formulado por un adquirente.

f) Circular sin consulta: Aclaraciones de oficio que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pueda formular.

g) Contrata: Instrumento legal escrito que, firmado por un representante autorizado por el Gobierno y por el adjudicatario, encabeza toda la documentación del contrato y en el mismo se estipulan sus puntos fundamentales.

h) Contrato: Convenio que rige las relaciones entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el concesionario, cuyas estipulaciones se encuentran integradas por el P.B.C.G, P.B.C.P y el P.E.T., y todos los documentos técnicos y legales que integran el mismo.

i) Dirección y/o Dirección General: La Dirección General de Concesiones del Ministerio de Desarrollo Económico o la que en el futuro la reemplace, dependencia que tiene a su cargo la gestión y administración del contrato, cuyo domicilio se informará oportunamente en el respectivo llamado a licitación.

j) Documentación: La totalidad de los elementos del contrato, detallados en los P.B.C.G, P.B.C.P y el P.E.T.

k) Garantía de mantenimiento de la oferta y de cumplimiento del contrato: instrumentos destinados a garantizar el mantenimiento de la oferta y el cumplimiento del contrato, respectivamente.

l) Gobierno o GCBA: El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. m) Inicio de la actividad: Es la fecha en la cual el concesionario deberá

comenzar la explotación de los inmuebles adjudicados. n) Inmuebles: predios del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires conforme ANEXO A (IF-2015-18323169-DGCONC), con el destino a la explotación establecido en el ANEXO B (IF-2015-18403649-DGCONC) y sujeta a la presente Licitación Pública.

o) Obras, Trabajo, Actividades y Equipos: Son el conjunto de trabajos, actividades, remodelaciones, reparaciones, y provisión de maquinarias y

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equipos, instalaciones y elementos estipulados en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y/o Especificaciones Técnicas, según corresponda.

p) Plazo: El cómputo de los plazos se efectuará conforme a las disposiciones de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires.

q) P.B.C.G.: Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige para el otorgamiento de permisos y concesiones de uso de los bienes de dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

r) P.B.C.P.: Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige para la presente licitación pública.

s) P.E.T.: Pliego de Especificaciones Técnicas que rige para la presente licitación pública.

t) Pliegos: El Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los Pliegos de Bases y Condiciones Generales aprobado por Decreto N° 45/10 y de Especificaciones Técnicas, que tienen por objeto especificar las condiciones de la concesión, las obligaciones de las partes, el procedimiento de la Licitación Pública y el trámite de perfeccionamiento del contrato.

u) Representante Técnico: Representante del Concesionario responsable durante el plazo de desarrollo de la Obra o Trabajos ante la Supervisión o Relevamiento de Trabajos.

v) Supervisión o Relevamiento de Trabajos: La supervisión o relevamiento de trabajos será ejercida por un profesional universitario registrado en el colegio profesional correspondiente y con incumbencia acorde con las características de la obra. Su designación será efectuada por el órgano o repartición del GCBA, encargada de controlar el estricto cumplimiento de las obligaciones del Concesionario, en especial, el cumplimiento del Programa de Obras y de las especificaciones técnicas contenidas en los Pliegos, conforme se define en el Artículo 15 del presente Pliego.

Artículo 4.- DOCUMENTACIÓN DE LA LICITACIÓN. La Documentación de la Licitación está constituida por, el P.B.C.G., el presente P.B.C.P., el P.E.T, los Anexos, y el conjunto de planos y planillas incluidos en los mismos, y las circulares aclaratorias con y sin consulta. Artículo 5.- ADQUISICIÓN DE LOS PLIEGOS. La documentación se encuentra a disposición de los interesados para su consulta en la Dirección General de Concesiones, como así también en la página Web de la Ciudad: www.buenosaires.gob.ar-Área Ministerio de Desarrollo Económico.-

Cada ejemplar de los Pliegos de Bases y Condiciones se halla numerado y foliado, debiendo adquirirse en la mencionada Dirección General.

El valor del presente Pliego, se establecerá en el momento del llamado a licitación pudiendo ser adquirido el mismo por los interesados, hasta tres (3) días antes de la fecha establecida para la apertura de las ofertas. El importe recibido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la venta de los pliegos no será devuelto a

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los adquirentes en ningún caso, aún cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la Licitación Pública o se rechazaran todas las ofertas presentadas. El adquirente del Pliego deberá identificarse con su respectivo documento de identidad y acreditar la personería y/o representación que invocare mediante la exhibición del documento original respectivo o fotocopia debidamente certificada notarialmente, debiendo inexcusablemente identificar al tercero que represente. Solamente los adquirentes del Pliego, o sus apoderados, podrán solicitar información complementaria o aclaraciones y presentar ofertas. Es requisito indispensable para la presentación de la oferta acreditar la adquisición del Pliego. Artículo 6.- CONSULTAS y ACLARACIONES.

El presente artículo complementa el artículo 33 del P.B.C.G.

Durante el período de la Licitación y hasta diez (10) días corridos antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá emitir circulares para aclarar cualquier duda o interpretación a las disposiciones de los Pliegos.

Los adquirentes podrán formular, por escrito, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos hasta quince (15) días corridos antes de la fecha de apertura de las ofertas.

Las Circulares emitidas formarán parte de los documentos contractuales y serán notificadas a los adquirentes en forma fehaciente al domicilio especificado en el momento de la adquisición de los Pliegos.

Sin perjuicio de lo antedicho, los adquirentes deberán retirar de la Dirección General de Concesiones, hasta tres (3) días antes del Acto de Apertura, la totalidad de las circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia los oferentes que no las hayan recibido o retirado.

En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas circulares. Artículo 7.- ANUNCIOS. El llamado a Licitación Pública para la concesión de uso de los Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires identificados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC), se anunciará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en un (1) diario local de amplia difusión, por el término mínimo de dos (2) días y con no menos de quince (15) días de anticipación a la fecha fijada para la realización del acto. Artículo 8.- PLAZO DE LA CONCESIÓN.

Se fija el plazo de la concesión en cinco (5) años improrrogables, los cuales se computarán a partir de la fecha de suscripción del Acta de Inicio de Explotación de los

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Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires detallados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC), incluyéndose en dicho plazo la ejecución de todas las obligaciones estipuladas en el presente Pliego y en el P.E.T. Para el caso que no hubiesen sido previstas obras en el PBCP y el PET, el Acta de Inicio de la Explotación se suscribirá en forma conjunta con el Acta de Entrega de los Inmuebles del dominio público de GCBA.. El destino de los Inmuebles del dominio del GCBA deberá ser el establecido taxativamente en el Anexo B (IF 2015-18403649-DGCONC) del PBCP. Todos los servicios que se brinden a los usuarios, de acuerdo a lo descripto precedentemente, deberán ajustarse y realizarse conforme las normas legales y reglamentarias vigentes durante el período del contrato.

Asimismo, se deja establecido que los Inmuebles a ocupar por los servicios a que se hace mención en este artículo deberán ajustarse estrictamente al lugar demarcado para esos fines de acuerdo al Croquis del Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC).

El Concesionario debe efectuar por su cuenta y cargo todos los trabajos, actividades, remodelaciones, reparaciones, y provisión de maquinarias y equipos, instalaciones y elementos, estipulados en el PET, según corresponda.

Vencido el término de la concesión de uso para la explotación o declarada su caducidad, el concesionario deberá hacer inmediata entrega de los Inmuebles de dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires afectados al cumplimiento del contrato, con todas sus mejoras edilicias, tecnológicas o de cualquier tipo que el concesionario introduzca, en perfectas condiciones de uso y conservación dentro de los diez (10) días corridos, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 108 del P.B.C.G., ello, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de proceder a su desocupación administrativa. En dichos supuestos el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Desarrollo Económico o la que en el futuro la reemplace, procederá a hacerla efectiva dejando constancia del estado de recepción y demás circunstancias en el Acta Notarial que se confeccionará con intervención de Escribano Público, designado por la Escribanía General de la Ciudad.

Artículo 9.- CONOCIMIENTO DE LOS INMUEBLES DEL DOMINIO PÚBLICO DEL GCBA IDENTIFICADOS EN EL ANEXO A (IF-2015-18323169-DGCONC). La presentación de la oferta crea la presunción absoluta de que sus firmantes conocen el lugar de emplazamiento de los Inmuebles del dominio público del GCBA identificados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC), que han tomado conocimiento del terreno y el estado en que se encuentra, estudiado los planos y demás documentos de la Licitación, efectuado su propio proyecto, cómputos y cálculos de costos de obra y se han basado en ellos para formular su oferta. Los datos suministrados por el Concedente, sólo tienen carácter ilustrativo y en ningún caso darán derecho al Concesionario a reclamo alguno si fueran incompletos. El concesionario no podrá eludir su responsabilidad, si previo a la presentación de su Oferta ha sido negligente al no solicitar oportunamente las instrucciones o

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aclaraciones necesarias, en caso de duda o incorrecta interpretación de la Documentación Licitatoria. Artículo 10.- CESIÓN DE LA CONCESIÓN.-

El Concesionario no podrá ceder total o parcialmente por ningún medio los derechos y obligaciones derivados del contrato de concesión de uso y explotación sin previa y expresa autorización del Ministerio de Desarrollo Económico o el que en el futuro lo reemplace El Organismo interviniente deberá expedirse dentro de los noventa (90) días hábiles de formulada la petición, la cual deberá cumplir estrictamente los requisitos establecidos por el artículo 27, con relación a los cesionarios propuestos. La transgresión a lo establecido en el presente artículo será sancionada con la rescisión de la concesión, y la pérdida total de los depósitos en garantía constituidos, no reconociéndose indemnización alguna por ningún concepto, sin perjuicio de las acciones judiciales a favor del GCABA por los daños que el incumplimiento del concesionario le causare. El co-contratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato de concesión de uso y explotación. Artículo 11.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO Y NOTIFICACIONES. Se considera domicilio constituido del adquirente al denunciado en la oferta, el que deberá situarse en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En caso de resultar adjudicatario, el oferente deberá ratificar el mismo. El adquirente deberá comunicar fehacientemente al GCBA cualquier cambio en el domicilio constituido debiendo permanecer en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. La misma surtirá efectos desde su presentación ante la Dirección General.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye su domicilio especial en sede de la Dirección General, cuyo domicilio será informado en el respectivo llamado a Licitación.

Las notificaciones sólo serán válidas si se efectúan:

a) Personalmente en el expediente administrativo por el interesado, su apoderado o su representante legal, dejándose debida constancia de ello.

b) Por cédula, que se diligenciará en el domicilio constituido. c) Por telegrama colacionado o carta documento, dirigida al domicilio

constituido por las partes. Los domicilios así constituidos se considerarán subsistentes durante todo el plazo de la Concesión y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan, mientras no se notifique fehacientemente su nueva constitución. El domicilio legal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los efectos de toda notificación judicial es el de la Procuración General, “Departamento Cédulas y

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Oficios Judiciales”, sito en la calle Uruguay Nº 458, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 1.218, el Decreto N° 804/09 y la Resolución Nº 77-PG/06.

CAPITULO II

DE LAS CONDICIONES DE LA LICITACIÓN Artículo 12.- REGIMEN Y MODALIDAD DE LA CONCESIÓN.

El presente llamado a Licitación Pública se efectúa bajo la modalidad de concesión de uso y explotación de carácter oneroso de los Inmuebles del dominio público de la Ciudad de Buenos Aires, identificados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC). . Artículo 13.- CONDICIONES DE LOS INMUEBLES SUJETOS A CONCESIÓN. Los oferentes deberán visitar indefectiblemente las instalaciones de los Inmuebles por los cuales presentarán su oferta, a fin de tomar conocimiento de todas las características de los mismos. Las visitas deberán efectuarse hasta los tres (3) días anteriores al fijado para el acto de apertura. El cumplimiento de lo determinado en el presente artículo se acreditará junto con la presentación de la Oferta, mediante un Acta de Visita al Lugar, que como Anexo D (IF 2015-18715252-DGCONC) forma parte integrante del presente PBCP, que tendrá carácter de declaración jurada. A efectos de establecer el horario de visita, deberán ponerse en contacto con la Dirección General de Concesiones, al teléfono que se informará oportunamente en el respectivo llamado a Licitación, de Lunes a Viernes y en el horario de 10:00 a 17:00 hs. Los Inmuebles se entregarán en las condiciones en que se encuentran y que el oferente, declara conocer aceptando dichas condiciones sin reserva alguna. El concesionario, declara conocer que el viaducto de la autopista no es una cubierta totalmente impermeable, razón por la cual si se produjeran filtraciones el concesionario asumirá los riesgos que las consecuencias de las mismas acarreen, no generándose a su favor derecho a reclamo y/o indemnización alguna por los daños y/o perjuicios que a tal respecto pudieren ocasionarse al concesionario y/o terceros. El concesionario no podrá utilizar la estructura de la autopista como techo, carga, apoyo y/o soporte; haciéndose responsable en caso de incumplimiento, de los daños y perjuicios que tal accionar pudiere causarle a si mismo y/o terceros; todo ello sin perjuicio de la facultad del GOBIERNO de rescindir de pleno derecho la concesión. Asimismo, el concesionario se obliga a mantener los Inmuebles en perfectas condiciones de higiene, conservación y seguridad, siendo responsable de cualquier deterioro o siniestro que se produzca en los mismos, inclusive en caso de destrucción parcial o total no cubierto por los seguros establecidos en el presente Pliego.

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Artículo 14.- OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO. Las prescripciones establecidas en el presente complementan las previsiones del artículo 108 del P.B.C.G.:

El cronograma de las obras obligatorias a presentar por el Oferente deberá respetar las estipulaciones establecidas en el P.E.T. Las obras obligatorias a realizar deben responder a lo estrictamente pautado en el P.E.T. Todos los trabajos y obras serán por cuenta y orden del concesionario.

El concesionario no podrá realizar ningún tipo de obra en los Inmuebles del dominio público que se le adjudiquen sin la previa autorización de la Dirección General o del organismo que en el futuro la reemplace. El Oferente deberá señalar en su propuesta el método de ejecución de las obras obligatorias, de las estructuras existentes en los Inmuebles del dominio público del GCBA que sea menester remover, y en función de ello la estimación de volumen de escombros, indicando periodicidad, condiciones de su retiro, y lugar de destino.

Todas las mejoras edilicias, tecnológicas o de cualquier tipo que el concesionario introduzca en los Inmuebles de dominio público del GCBA afectado al cumplimiento del contrato, quedarán incorporadas al patrimonio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no darán lugar a compensación alguna, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 del P.B.C.G.

Las obras obligatorias, trabajos, modificaciones de cualquier naturaleza, ejecutadas sin la autorización del GCBA obligarán exclusivamente al concesionario, quien deberá hacerse cargo por si o por quién el GCBA determine de todos los gastos para adecuación o destrucción inmediata y restitución de los Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a su estado anterior, según el caso, al solo requerimiento del GCBA, en el plazo que la Dirección determine y le notifique al concesionario a esos efectos, sin perjuicio de las acciones judiciales por daños y perjuicios que el incumplimiento del concesionario provocare al GCBA.

Vencido el plazo que a este efecto otorgue la Dirección sin que el concesionario haya restituido los Inmuebles de dominio público del GCBA a su estado anterior o adecuados los mismos, se declarará la caducidad del contrato de concesión de uso y se procederá a la inmediata desocupación administrativa de los Inmuebles del dominio público del GCBA.

El concesionario deberá tener en cuenta y dar estricto cumplimiento a las siguientes prescripciones:

a) Todos los implementos a utilizar para la prestación del servicio deben ser

instalados en el interior de los Inmuebles y los mismos estarán a cargo y cuidado del concesionario. El Gobierno no se hará responsable por ninguna circunstancia del cuidado o depósito del mobiliario para exteriores que cada concesionario provea para el funcionamiento de la actividad concesionada.

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b) La limpieza del lugar estará a cargo del concesionario, quien debe

mantener en perfectas condiciones de higiene las instalaciones, baños y mobiliario, desagües y pluviales, vehículos con los que transporte mercadería, etc.

c) Los sanitarios existentes en los Inmuebles concesionados deberán

encontrarse permanentemente en buenas condiciones de mantenimiento, sin desperfectos ni roturas, resultando absoluta responsabilidad del concesionario la reparación o reposición con terminaciones acordes a las reglas del buen arte, a su exclusivo costo de todo elemento que se encuentre dañado o faltante, no resultando excusa para ello la incorrecta utilización del lugar ni el daño causado por parte del público usuario.

d) Los trámites y los gastos que demanden la conexión de los artefactos de

medición, instalación, provisión y uso de agua, energía eléctrica, gas, teléfonos, servicio de agua, cloacas, instalación contra incendios, y de todo otro servicio correrán por cuenta exclusiva del concesionario, en cumplimiento con la normativa vigente aplicable en cada una de las materias, debiendo contar con la aprobación de los organismos y entes que regulan cada una de ellas.

Los costos de los trabajos de reubicación de redes son a cargo del concesionario ya sea que dichas obras las ejecute directamente este último o si lo hiciere a través de un subcontratista, el cual será propuesto por el concesionario para su aprobación por parte del concedente, manteniendo en ese caso el Concesionario la responsabilidad por la ejecución del trabajo del subcontratista. Los costos que demanden las obras a realizar o las gestiones requeridas, no se considerarán en ningún caso como compensatorios del pago del canon establecido.

e) Asimismo, estarán exclusivamente a cargo del concesionario el pago de todas las contribuciones, tasas o impuestos directos o indirectos, sean estos nacionales, provinciales y/o municipales, al igual que los aportes laborales y previsionales, vigentes a la fecha del acto licitatorio y que graven tanto la instrumentación del contrato como cualquier otra actividad o hecho imponible derivado del mismo y/o de su ejecución. Esto incluye tanto los que gravan directamente los ingresos como las utilidades y activos no asumiendo el Gobierno ninguna obligación fiscal al respecto.

f) El horario de funcionamiento de los Inmuebles concesionados será el que

fijen las normas vigentes, en concordancia con lo establecido en el Anexo B (IF-2015-18403649-DGCONC) del presente PBCP.

El concesionario no podrá bajo ningún concepto colocar elementos en circulaciones, aceras y espacios públicos y/o comunes, los que no podrán ser invadidos, ni podrán ser rodeados por muros o cualquier tipo de cerramiento, no pudiendo utilizarse los espacios exteriores como depósitos de cualquier tipo.

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g) En caso de corresponder, el concesionario deberá mantener el césped prolijo y cortado en todos los sectores verdes y áreas exteriores linderas. En caso de plantas, árboles y/o canteros, se deberán conservar bien podados y mantenidos adecuadamente. En ningún caso podrán existir canteros o espacios con tierra sin plantas y/o césped.

h) Estará a cargo del concesionario, la iluminación de la totalidad de los

espacios, cubiertos, descubiertos, áreas de acceso y fachadas exteriores. Los niveles de iluminación de los distintos espacios deberán cumplir los índices lumínicos determinados en las reglamentaciones vigentes.

Se deberá implementar un sistema con cámaras de seguridad, que alcance los espacios interiores cubiertos, las áreas de expansión semicubiertas, los jardines y espacios exteriores dentro de la concesión, los estacionamientos y la totalidad del perímetro exterior, en observancia con lo establecido en la Ley N° 2.602. En la totalidad de locales e instalaciones de uso público y/o de servicio, se cumplirán los índices requeridos en la totalidad de la normativa vigente, de corresponder en las áreas destinadas a la preparación de alimentos o todo aquel en el que se produzcan olores, vapores, se dispondrán sistemas de extracción que cuenten con filtros de purificación que optimicen la calidad de las emanaciones.

i) El concesionario durante el plazo de la concesión deberá prestar el servicio gratuito de Internet inalámbrica conocido como WI-FI. El alcance del servicio deberá cubrir la totalidad de los Inmuebles incluidos los sectores correspondientes a expansiones descubiertas y estacionamiento. El servicio tendrá la calidad requerida para satisfacer las necesidades del público usuario.

j) El concesionario deberá mantener en perfectas condiciones de uso durante

toda la duración de la concesión, en forma integral y continua, las superficies comprendidas en los Inmuebles concesionados. Se encontrará también a cargo del concesionario el mantenimiento integral y la limpieza permanente de los canteros y de las veredas linderas.

k) En relación a la explotación de los servicios detallados en el Anexo B (IF-

2015-18403649-DGCONC, el Concesionario deberá ajustarse a la normativa vigente que regule la actividad, y de corresponder la normativa vigente en materia de Protección de Defensa del Consumidor.

Artículo 15- PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.

El plazo máximo de ejecución de las obras, trabajos, actividades, remodelaciones, reparaciones y provisión de maquinarias y equipos, instalaciones y elementos será de hasta ciento ochenta (180) días corridos contados a partir de la suscripción del Acta de Entrega de los Inmuebles del dominio público de GCBA.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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Dicho plazo incluye la presentación de todos los documentos que componen el Plan de Trabajos (planos, memorias de cálculos, etc.) y la ejecución de la obra misma. Las obligaciones del concesionario respecto a la ejecución de las obras, trabajos, actividades, remodelaciones, reparaciones y provisión de maquinarias y equipos, instalaciones y elementos estarán expresamente establecidas en el P.E.T. La Supervisión o Relevamiento de Trabajos solicitados en el P.E.T estará a cargo del profesional que a tal efecto designe el organismo requirente de la licitación. Si la Dirección General de Concesiones, quien tiene a su cargo el control de la explotación, interpreta que la demora en esta designación conspira con el plazo de obra previsto en el párrafo precedente, podrá urgir a dicho organismo la pertinente designación. En el supuesto que, habiendo solicitado al órgano requirente la designación precedentemente mencionada sin que el responsable haya sido designado en el plazo de quince (15) días de recibida la primera solicitud, el responsable de la Supervisión o Relevamiento de Trabajos será designado por la Dirección General de Concesiones. Artículo 16.- CANON. El Oferente deberá efectuar su oferta económica mediante el ofrecimiento de un canon tomando el canon base establecido por el Banco Ciudad de Buenos Aires, el cual será consignado en el respectivo llamado a licitación. El canon constituye el importe que mensualmente debe abonar el concesionario al concedente por el uso y explotación de los Inmuebles de acuerdo a las pautas que establece el presente Pliego ajustada a su oferta y de acuerdo con el resultado de la evaluación financiera que refleje a lo largo del período de la concesión. El canon será depositado en la cuenta corriente del Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal 111, N° 200129/2 o la que la sustituya, previo retiro de la boleta de depósito que será confeccionada por la Dirección General de Concesiones.

El canon comienza a devengarse a partir de la entrega por el concedente al concesionario de los Inmuebles sujetos a concesión.

El canon deberá abonarse por mes adelantado en moneda de curso legal, mediante depósito en efectivo no siendo susceptible de compensación alguna, computándose los ingresos netos de IVA. Los restantes cánones mensuales deberán ser depositados por adelantado del uno (1) al cinco (5) de cada mes o el subsiguiente día hábil.

La mora en el pago del canon se producirá en forma automática, de pleno derecho y sin necesidad de interpelación previa.

Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades que por tal motivo se fijen en el presente Pliego, a los importes adeudados se le adicionarán los intereses resarcitorios o punitorios previstos por el Código Fiscal vigente.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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Se deja constancia que el canon locativo mensual que se establezca en el contrato de concesión será reajustado anualmente, mediante el sistema establecido en el Anexo C (IF N°2015-18411636-DGCONC).

Artículo 17.- RESTITUCIÓN DE LOS INMUEBLES E INSTALACIONES.- Extinguida la concesión por vencimiento del plazo contractual o declarada la caducidad de la concesión, o si se verificaran cualquiera de las causales tipificadas por los regímenes de penalidades previstos en el Capítulo IX del P.B.C.G. y/o Capítulo X del P.B.C.P, el concesionario deberá hacer inmediata entrega de los Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires afectados al cumplimiento del contrato, con todas sus mejoras edilicias, tecnológicas o de cualquier tipo que el concesionario introduzca, en perfectas condiciones de uso y conservación dentro de los diez (10) días corridos, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 108 del P.B.C.G., ello, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de proceder a su desocupación administrativa.

Todas las instalaciones fijas o móviles, las construcciones, plantaciones y todas las obras realizadas mejoras edilicias y tecnológicas, quedarán en plena propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin generar derecho de compensación alguna. Dentro de dichas instalaciones se incluye todo elemento que constituya una parte insustituible y necesaria para la continuidad de la prestación del servicio y cuya remoción atente contra el buen funcionamiento de las actividades organizadas durante la concesión.

Para el caso que el concesionario no hubiese hecho entrega de los Inmuebles e instalaciones dentro del plazo estipulado y en la forma aquí establecida, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires procederá a su inmediata desocupación administrativa. Sin perjuicio de ello, el concesionario abonará una multa equivalente al tres por ciento (3%) del importe del canon mensual duplicado actualizado por cada día de demora y hasta la efectiva y cierta entrega de los Inmuebles concesionados. Artículo 18.- EXPLOTACIÓN Y CONTROL.

La explotación de los Inmuebles del dominio público objeto de la presente Licitación comprende su uso y explotación con sus obras y mejoras según el destino previsto en los Pliegos por parte del concesionario, debiendo dar cumplimiento el concesionario a la normativa que regule dicha actividad o servicio.

El cumplimiento de las obligaciones del concesionario será fiscalizado en forma permanente por el concedente a través de la Dirección General de Concesiones, u organismo que en el futuro la reemplace, quién tendrá a su cargo la supervisión, relevamiento y auditoria del cumplimiento de las condiciones del contrato de concesión, quedando facultado para instrumentar los procedimientos que estime adecuados para el logro de dicha finalidad; ello, sin perjuicio de las competencias de las reparticiones del GCBA atinentes en la materia a fiscalizar.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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Artículo 19.- REGIMEN DEL PERSONAL.

El Concesionario deberá mantener al día el pago del personal que emplee y deberá dar estricto cumplimiento a las disposiciones sobre legislación del trabajo existente. El Concesionario será el único responsable por el pago de los salarios y cargas sociales del personal que hubieren trabajado en la obra sin excepción alguna, respondiendo además, por los daños y perjuicios en los casos de posibles reclamaciones judiciales o extrajudiciales que produjere tal incumplimiento, no teniendo el G.C.B.A. responsabilidad alguna por los hechos, actos u omisiones del concesionario. El Concesionario será responsable de cualquier accidente que ocurra al personal que de él depende o contratado por él, como así también del incumplimiento de las obligaciones que establece la Ley N° 24.557 (Riesgo de Trabajo) y su modificatoria, y toda otra normativa que regule o pudiera regular la materia, quedando el G.C.B.A. liberado de toda responsabilidad referida a las situaciones descriptas anteriormente. El Concesionario asume cualquier obligación que surja de las modificaciones en las relaciones laborales con sus dependientes durante el término del contrato, desligando al G.C.B.A. de toda responsabilidad y/o intervención en todas las cuestiones que, al respecto, pudiera ocurrir.-

Asimismo, para el supuesto de que existiese una explotación anterior y el objeto de la concesión resultare coincidente, será obligación de quien resulte adjudicatario incorporar todo el personal que prestaba servicios en relación de dependencia en el espacio ofertado al 31/06/2015, respetando las mismas condiciones de salario y categoría laboral que dichos empleados gozaban con anterioridad. La nómina mencionada precedentemente será comunicada en el mismo acto del llamado a la Licitación Pública. En el supuesto de que algún empleado eligiese no optar por la contratación laboral ofrecida, conforme el derecho aplicable la disolución de la relación laboral existente deberá ser asumida por el concesionario/ permisionario saliente.

El nuevo concesionario no podrá invocar la imprevisibilidad y/o la alteración de la ecuación económica cuyas causales fuesen las resultantes de cuestiones judiciales o extrajudiciales vinculadas con la relación laboral de los empleados.

Artículo 20.- IDONEIDAD Y DISCIPLINA DEL PERSONAL:

EI Concesionario solo empleará personal competente en sus respectivas especialidades y categorías y en suficiente número para que la ejecución de los trabajos y servicios sea regular y prospere en la medida necesaria para satisfacer los términos del Plan de Trabajo en el plazo contractual.

Será responsabilidad del Concesionario el retiro de todo el personal que por su incapacidad, mala fe, insubordinación, falta de honestidad, mala conducta o cualquier otra falta, perjudique o altere la buena marcha de los trabajos, el orden o disciplina del personal.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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En el supuesto que el Concedente recibiese de parte de un tercero una queja formal sobre el comportamiento del personal del Concesionario, notificará fehacientemente a éste sobre dicha presentación y el Concesionario informará a la Dirección General de Concesiones dentro del plazo de quince (15) días corridos la resolución del conflicto. Artículo 21.- HORARIO DE TRABAJO:

Al expedirse el Acta de Inicio de la Explotación se dejará constancia en la misma del horario en que desarrollará sus tareas el Concesionario y si deseare modificar dicho horario deberá solicitarlo a la Dirección General de Concesiones o la que en el futuro la reemplace exponiendo las razones y demás argumentos que crea conveniente.

La Dirección General podrá o no acceder a tal demanda sin necesidad de explicación alguna en cualquiera de los casos, notificando fehacientemente al concesionario lo resuelto.

CAPITULO III

DE LA PRESENTACIÓN A LA LICITACIÓN Artículo 22.- DE LOS OFERENTES: CONDICIONES Y REQUISITOS DE ADMISIÓN. Los Oferentes, para ser admitidos deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 25 del P.B.C.G. Las ofertas se presentarán, de conformidad con las condiciones establecidas en el presente Pliego y en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y de Especificaciones Técnicas, en la Dirección General de Concesiones, hasta la fecha que se establezca en el respectivo llamado a Licitación Pública. Artículo 23.- SOLICITUD DE ADMISIÓN.

La solicitud de admisión que deberá encabezar la documentación contenida en la propuesta, del Sobre Nº 1 (externo) no deberá estar sometida a fórmula sacramental alguna, bastando que contenga la correcta individualización del oferente, su domicilio legal en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la manifestación de voluntad de participar en el llamado a Licitación Pública y su firma certificada por Escribano Público.

La oferta deberá contener todos los requisitos establecidos en los Pliegos. Asimismo, la misma presentación deberá contener un sobre cerrado N° 2 (interno) con la oferta de canon locativo mensual. Artículo 24.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por el lapso de noventa (90) días, contados desde la fecha del acto de apertura. Los oferentes podrán manifestar diez (10) días antes del vencimiento del plazo indicado, su voluntad de retirar la oferta, la que deberá ser notificada al organismo licitante de modo fehaciente.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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Ante el silencio del oferente, se considerará que mantiene y garantiza su oferta por un nuevo plazo de noventa (90) días. Artículo 25.- MODALIDAD DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. La modalidad de presentación de las ofertas será el de doble sobre. Al efecto se presentará el Sobre N° 1 (externo), dentro del cual, a su vez, deberá incluirse el Sobre N° 2 (interno), los cuales se abrirán en actos de apertura separados, y contendrán la documentación que se detalla en el P.B.C.P. Artículo 26.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. El artículo 27 del PBCG se complementará con las previsiones establecidas en el presente.

Podrán participar en la licitación pública las personas físicas y jurídicas (nacionales o extranjeras) que cumplan con los requisitos establecidos en el Pliego. La presentación de cada oferta se hará en dos (2) sobres o paquetes cerrados en idioma nacional, debidamente identificados con el número de Licitación Pública, los que llevarán, como única leyenda, la siguiente: “Licitación Pública para la concesión de uso de los Inmuebles del dominio público de la Ciudad de Buenos Aires, identificados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC), Sobre N°1 (externo) o N° 2 (interno), según corresponda, sin ninguna otra inscripción exterior que identifique al oferente. Las ofertas deberán presentarse hasta la fecha y hora previstas en el respectivo llamado a Licitación Pública y deberán ser depositadas en la sede de la Dirección General de Concesiones, la que otorgará constancia de la recepción de las mismas. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dará constancia de las ofertas receptadas, indicando la fecha y la hora de su presentación. Los sobres presentados pasada la hora indicada para su recepción, cualquiera sea la causa de la demora, no serán recibidos. La información presentada deberá, además, estar en soporte electrónico Word, la económica financiera en planilla de cálculo Excel, los planos en Autocad y la técnica en formato Project detallando el plan de trabajo y en formato PDF un escaneo de toda la oferta ya firmada por quien corresponda. La Comisión de Evaluación de Ofertas no dará comienzo a la evaluación del proyecto del Oferente hasta tanto no se haya dado cumplimiento a este recaudo. Será asimismo desechada toda Oferta que no incluya en sus costos de inversión cualquiera de las sumas correspondientes a previsiones indicadas en el Pliego. Cuando hubiese discordancia en la consignación de un mismo precio, indicado en números y en letras, siempre se dará prioridad al precio escrito en letras. El oferente será el único responsable de los errores que cometiera en la formulación de su Oferta

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 15

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Artículo 27.- DOCUMENTOS QUE DEBEN INTEGRAR LA OFERTA. Sobre Nº 1 (externo) y Sobre Nº 2 (interno). El artículo 30 del PBCG se complementa con lo establecido en el siguiente: La documentación de la oferta estará contenida en dos sobres y será presentada de la siguiente manera:

A. Sobre Nº 1 (externo) Antecedentes Técnicos y Empresarios, deberá contener la siguiente documentación:

1) Solicitud de admisión dirigida a la Dirección General de Concesiones del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos indicados en el artículo 23° del presente PBCP.

2) Toda persona jurídica deberá acompañar copia legalizada del contrato o

estatuto social, inscripto en la Registro Público de Comercio conforme el inciso 9.b del presente artículo. Aquellas que se presenten bajo la forma de Unión Transitoria de Empresas deberán acompañar copia legalizada del contrato constitutivo, el que deberá otorgarse con los requisitos establecidos en el artículo 378 de la Ley de Sociedades Comerciales (Ley N° 19.550 y modificatorias); su inscripción, según las normas pertinentes se realizará sólo en caso de adjudicación de la concesión del uso y explotación con carácter oneroso de los Inmuebles del dominio público de la Ciudad de Buenos Aires a su favor.

3) En el caso de personas jurídicas la presentación deberá ser suscripta por aquellos que de acuerdo a sus estatutos, actas o poderes vigentes, tengan capacidad para obligarla. Los apoderados que se presenten en nombre de personas de existencia ideal deberán acreditar tal representación con el original del poder otorgado por ante Escribano Público con la legalización respectiva, o su copia certificada que deberá contener, indefectiblemente y expresamente, la facultad de intervenir en la Licitación Pública.

4) Constancia de pago por el oferente de la adquisición de los pliegos de la presente Licitación Pública.

5) Declaración Jurada en la que se manifieste no hallarse incursos en ninguna de las inhabilidades previstas en el artículo 23 del PBCG como impedimentos para ser oferentes.

6) Certificado emitido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística

Criminal del adquirente del PBCP y siendo éstas personas jurídicas, de los directores, gerentes, o miembros del organismo de administración que la conformen.

7) Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, Planos, Formularios, Anexos y circulares aclaratorias con y sin consulta, si las hubiere, firmado en todas sus fojas por el adquirente del PBCP, su representante legal o su apoderado, en el caso de las personas jurídicas. La firma consignada deberá estar debidamente certificada

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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por Escribano Público con su respectiva legalización. Dicha documentación deberá integrar “el original”.

8) Constancia de inscripción en el Registro Único y Permanente de Proveedores

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

9) En el caso de las personas jurídicas, además, deberá presentarse:

a) Un cuadro demostrativo de las pérdidas y ganancias, y un estado patrimonial-financiero actualizado, que acredite la situación económica del oferente, el que abarcará el período correspondiente hasta noventa (90) días anteriores a la fecha de realización de la Licitación Pública; Índice de solvencia del último ejercicio (entendida como Activo Total sobre Pasivo Total) e Índice de liquidez ácida del último ejercicio definida como Disponibilidades más Inversiones Corrientes más Créditos por ventas sobre Pasivo Corriente. Dicha documentación deberá ser certificada por Contador Público Nacional y legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción correspondiente. El estado patrimonial deberá reflejar el detalle de las deudas previsionales, tributarias y con entidades financieras, con especificación de plazos y garantías constituidas.

b) Original de los Instrumentos Constitutivos, contrato social y/o Estatuto y sus modificaciones. Asimismo deberá presentar Certificado emitido por Escribano Público, de donde surja la nómina de personas con facultad para obligar a la sociedad, relativo al objeto que motiva el otorgamiento de la concesión de uso y explotación de los Inmuebles identificados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC). Deberá acompañarse la nómina de los accionistas y/o socios y sus posteriores modificaciones si las hubiera, y las últimas Actas, conforme el tipo societario, en la que deberá constar la voluntad de participación en la presente Licitación Pública y designación de quién ejercerá la representación de la misma en el acto licitatorio. No se admitirán sociedades en formación.

c) Comprobante original o fotocopia autenticada por Escribano Público de las tres (3) últimas declaraciones juradas correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Ganancias, Impuesto al Valor Agregado y sus correspondientes constancias de pago, como de los aportes y contribuciones al Sistema Previsional, y en cada caso del pago del último vencimiento.

10) Presentarse dando cumplimiento a los recaudos exigidos por la Ley Nacional N° 19.550 y sus modificatorias, para la conformación de una Unión Transitoria de Empresas (U.T.E.). Las Uniones Transitorias de Empresas (U.T.E.), que se conformen para intervenir en la presente Licitación Pública, deberán hallarse constituidas por sociedades de similar envergadura y al menos una de ellas deberá acreditar experiencia en el rubro y cumplir individualmente las condiciones fijadas en el presente. Se deberá acompañar el poder suficiente otorgado por escritura pública a favor del mandatario que los represente, con las facultades necesarias para actuar en nombre de dicha Unión Transitoria de

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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Empresas, sin perjuicio de las demás condiciones establecidas en el artículo 22 del PBCG. La U.T.E. deberá estar constituida por un plazo superior a la duración de la concesión de uso y explotación a otorgar y constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Deberá presentar el compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de las empresas asociadas en el cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato de concesión, el compromiso de mantener la vigencia de la U.T.E., hasta que se hayan extinguido todas las obligaciones que derivan del contrato de concesión, incluido el plazo de garantía en caso de haber obras a su cargo, y el compromiso de mantener la composición de la U.T.E. durante el plazo antes mencionado, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes sin la previa conformidad del G.C.B.A.

11) Las personas jurídicas deberán presentar el Balance de los tres últimos

ejercicios económicos cuando la antigüedad de la persona jurídica o de los miembros de la UTE sea superior a dicho término o por los ejercicios transcurridos si fuera menos, los cuales, deberán encontrarse aprobados por el órgano de administración que corresponda según el caso. Los balances se presentarán acompañados de un estado patrimonial actualizado, indicándose el criterio de valuación utilizado. Dicho estado patrimonial deberá reflejar el detalle de las deudas previsionales, tributarias, y entidades financieras, con especificación de plazos y garantías constituidas. Para la presentación de la documentación contable, deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 30 del PBCG.

12) Las personas físicas deberán presentar una manifestación de bienes y deudas certificada por Contador Público Nacional debidamente certificada. Sin perjuicio de lo consignado deberán acompañar originales o fotocopias autenticadas por Escribano Público legalizada de la jurisdicción correspondiente de: a) Declaración Jurada y boletas de pago mensuales y anuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, b) Declaración Jurada de Ganancias, I.V.A. o Monotributo, c) Cantidad de personas, familiares y/o profesionales afectados a la actividad y descripción de sus funciones, d) Cantidad de personal en relación de dependencia o conjunto de ellos, y e) Declaración Jurada del Régimen Nacional de Seguridad Social y de Obras Sociales. Todo ello, de los últimos tres (3) años.

13) Antecedentes que hagan a la capacidad empresarial, económica financiera y técnica del oferente o de sus integrantes, en el caso de sociedades, con mención de aquellas actividades relacionadas con la presente Licitación. Constancia que acredite su actividad en el rubro, por el término mínimo de tres (3) años o convenio vigente de asesoramiento o representación con empresas reconocidas en el medio, que acrediten dicha capacidad y/o actividad.

14) El detalle completo de equipos, elementos y recursos materiales y humanos a

emplear, conforme el P ET. 15) Planos: El concesionario deberá presentar junto con la oferta planos de planta

que incluyan maquinarias, equipamiento y áreas exteriores cubiertas y semicubiertas.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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La mencionada propuesta deberá contar como mínimo con los siguientes ítems:

- Listado de planos. - Planos de arquitectura, instalaciones y detalles. - Representante Técnico designado.

16) a.- Referencias Comerciales: Las referencias comerciales a aportar de los últimos tres (3) años deberán estar referidas preferentemente al desempeño de actividades similares al objeto de la presente Licitación Pública.

b.- Referencias Bancarias y financieras: se indicará la nómina de las entidades bancarias con las que opera habitualmente. Las mismas deberán contener los siguientes conceptos: • Fecha de emisión con una antigüedad no mayor a dos (2) meses del mes

de apertura de las ofertas. • Nombre, dirección, sucursal, tipo y número de cuenta, saldo al cierre del

último mes previo al acto de apertura, y al 31 de diciembre de cada uno de los últimos tres (3) años. Los oferentes, asimismo, deberán determinar de manera fehaciente su solvencia material.

• Concepto que les merece el oferente. • Estar dirigida al GCBA.

Asimismo, el oferente deberá presentar no menos de cinco (5) notas de referencias, donde exista al menos una de cada tipo de entidad (comercial, bancaria, financiera). En caso de U.T.E., este requisito debe ser cumplido por cada una de las firmas integrantes.

17) La garantía de mantenimiento de oferta, constituida según las formas

establecidas en el artículo 32 del presente PBCP 18) Certificado de Visita al lugar o a las instalaciones objeto de la concesión

respecto de los Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, detallados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC) El oferente deberá presentar el Anexo D (IF-2015-18715252-DGCONC) el cual a todos sus efectos forma parte integrante del presente, a fin de dejar constancia de la visita efectuada a los Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, detallados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC) objeto de la presente Licitación Pública.

19) Declaración Jurada de aceptación de la jurisdicción de los Tribunales en lo

Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia.

20) Constancias de Inscripción en la A.F.I.P., en el Impuesto sobre los Ingresos

Brutos y Sistema Previsional. 21) Certificado Fiscal para Contratar emitido por la AFIP de acuerdo con la

Resolución General Nº 1814-AFIP-05. En caso que al momento de presentar la Oferta, el oferente no contare con el mismo, deberá presentar la constancia de

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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solicitud del mismo. El Certificado cuya solicitud se acredite en la presentación de la Oferta deberá hacerse efectivo al momento de la preadjudicación.

22) Se deberá acompañar una certificación expedida por el Registro de Deudores

Alimentarios Morosos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del que resulte que el oferente, en el caso de personas físicas o los máximos responsables, en el caso de tratarse de personas jurídicas, no se encuentran inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, en observancia con lo establecido en la Ley N° 269.

23) Se deberá acompañar un certificado expedido por la Dirección General de

Concesiones, del que resulte que la empresa oferente no registra deuda alguna en materia de cánones con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su carácter de concesionaria/permisionaria de algún inmueble del Dominio Público supervisado por la mencionada Dirección.

24) El oferente deberá presentar el proyecto de mejoras y revalorización de los

Inmuebles concesionados, el cual, incluirá el plan de trabajos, que deberá contener los requisitos establecidos en el artículo 45 del presente PBCP. El concesionario en su proyecto deberá contemplar sustanciales mejoras en la calidad y estética de la totalidad de los volúmenes construidos que compongan el espacio destinado a la explotación comercial, sean éstas de uso público, privado o compongan áreas de servicio o depósitos, procediendo, para el caso de corresponder, con la remoción de todo cartel saliente existente en la actualidad a su exclusivo cargo, en observancia con la normativa vigente en la materia. Todo oferente deberá presentar junto con la oferta una propuesta integral de intervención en la construcción existente y el terreno aledaño comprendido en la concesión. Asimismo, y en el caso que corresponda, todo oferente deberá contemplar en el proyecto un plan de jardinería general total del área exterior y descubierta.

EI Plan de Trabajos presentado con la oferta no tendrá carácter definitivo, si el G.C.B.A. lo considera aconsejable para un mejor desarrollo del proyecto de mejoras y revalorización, podrá ser reajustado después de la firma del contrato, cuidando que se mantenga la línea esencial de la estructura técnico-económica de la propuesta, otorgando un plazo preciso.

Dentro de los diez (10) días de la Entrega de los Inmuebles el concesionario deberá presentar el Plan de Trabajos y el Plan de Inversiones Definitivos, a efectos de su aprobación por el G.C.B.A. Las modificaciones y/o ajustes en cuestión no deberán alterar la estructura técnico-económica fundamental de la oferta ni el precio global total ofertado.

En caso que el Plan de Trabajos y el Plan de Inversiones requiera aprobación previa por parte de la Agencia de Protección Ambiental (APRA), el Concesionario deberá presentar dentro de los diez (10) días de la fecha de Entrega de los Inmuebles, los mencionados Planes preliminares junto con la

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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solicitud de aprobación presentada ante APRA, supuesto en el cual se fijará un nuevo plazo para la presentación de los definitivos.

Dentro de los diez (10) días laborables siguientes de ser presentado, el Plan Definitivo será aprobado o rechazado por la Dirección General de Concesiones o la que en el futuro la reemplace.

En caso de ser rechazado, el concesionario deberá proceder al ajuste del mismo, de acuerdo con las observaciones que efectúe la Dirección General de Concesiones o la que en el futuro la reemplace sin alterar el plazo y el importe total. La Dirección General de Concesiones o la que en el futuro la reemplace procederá a determinar el plazo para su nueva presentación. Transcurrido dicho plazo y sin que el Plan de Trabajos haya sido elevado por el Concesionario, se procederá a efectuarlo de oficio.

25) Programa de explotación y mantenimiento durante el período de concesión. 26) Monto de la Inversión. El monto total de la inversión deberá guardar coherencia

con el proyecto de revalorización e innovación. Asimismo, dicho monto, deberá ser razonable de acuerdo con los flujos financieros presentados y la capacidad patrimonial del oferente.

27) Inversión total a realizar, discriminando cada uno de los rubros y subrubros. 28) Plan de Inversiones. Deberá presentarse un Programa detallado de trabajo en

forma de diagrama de barras, que abarque desde la orden de inicio de los trabajos hasta la finalización de los mismos y el comienzo de la explotación, desagregando las tareas de proyecto, construcción, provisiones, instalaciones y puesta en marcha de sistemas, asegurando el cumplimiento del plazo contractual y secuencias convenientes en los procesos y curva porcentual de inversiones. El programa deberá cumplir con el plazo total de obra y dentro de dicho plazo la ejecución y presentación del proyecto deberá tener un plazo máximo de ciento ochenta (180) días, a contar desde la confección del Acta de Entrega de los Inmuebles. La Curva de Avance de Inversiones, debe presentarse en forma porcentual, indicando los avances mensuales y los acumulados.

29) Evaluación financiera presentando el flujo de egresos anuales previstos donde

se incluirán: los costos de inversión, los costos de funcionamiento, los costos administrativos, los costos financieros y todo otro costo considerado en la propuesta. Se presentará, además, el flujo de ingresos y recursos anuales proyectados, incluyendo los fondos aportados por entidades financieras, por proveedores propios, y los recursos que se estiman obtener, con la explotación.

30) Indicación de las fuentes de financiación previstas, adjuntando para cada rubro

el compromiso de financiación para el caso de resultar adjudicatario, de acuerdo a lo establecido por el artículo 11 del PBCG.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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31) Declaración Jurada en la que conste expresamente que no se encuentra incursa en ninguna de las causales dispuestas por el artículo 96 del Decreto reglamentario Nº 95/14 de la Ley N° 2.095 y su modificatoria la Ley Nº 4.764.

32) Sobre Nº 2 (cerrado) con Oferta Económica.

La documentación que deba contener el Sobre N° 1 (externo) es requisito esencial para la admisibilidad de la oferta. Su falta de presentación o la realizada en forma incompleta o deficiente, será causal de rechazo de la oferta.

Será descalificada toda oferta que en el Sobre N° 1 (externo) incluya documentación correspondiente al Sobre N° 2 (interno).

B. El Sobre Nº 2 (interno) Oferta Económica, deberá contener la siguiente documentación::

El canon ofrecido siguiendo las especificaciones establecidas en el artículo 46 del presente P.B.C.P.

Serán causales de rechazo de la Oferta las establecidas en el artículo 40 del presente P.B.C.P. Artículo 28.- IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. El artículo 23 del PBCG se complementará con lo siguiente: Serán impedimentos para ser oferentes en la presente Licitación Pública:

a. Las sociedades que presenten ofertas en forma individual y al mismo tiempo

estén incluidas en la composición de una U.T.E. oferente. b. La U.T.E. en las que todas o alguna de las empresas integrantes estén

incluidas en la composición de otra U.T.E. oferente o presenten ofertas en forma individual.

c. Las sociedades oferentes que posean acciones de otras sociedades oferentes. d. Las empresas o sociedades comerciales cuyos miembros del directorio y/o

consejo de vigilancia, accionistas, síndicos, gerentes y los apoderados resulten agentes y/o funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o del G.C.B.A.

Artículo 29.- VICIOS EXCLUYENTES.

Será excluida toda oferta que adolezca de uno o más de los siguientes vicios:

a) Que se presente después de la hora límite fijada para la apertura de las ofertas y/o en un lugar distinto del que se señala en el llamado respectivo.

b) Que no esté cumplimentada la garantía de mantenimiento de oferta en cualquiera de las formas establecidas en los Pliegos.

c) Que se presente la oferta sin firma, aclaración de firma, no se fije domicilio o no fuese posible identificar sin duda alguna al oferente.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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d) Que se presente firmada por persona(s), sin capacidad suficiente para obligar al oferente.

e) Que no cumpla con los requisitos establecidos en los pliegos. f) Que no indique claramente los precios cotizados, o el monto total de la

propuesta, y/o que no fuere posible interpretarla. g) Que contenga correcciones, raspaduras, enmiendas o agregados que no estén

debidamente salvados y firmados por la misma persona que firmó la oferta. Artículo 30.- AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá requerir ampliación de la información suministrada o cualquier otra que se necesite para el mejor estudio de los antecedentes y que no implique una modificación de la oferta, dentro del plazo que a tal efecto se señale. En atención a ello, la Comisión Evaluadora de Ofertas podrá solicitar documentación faltante – siempre que su integración con posterioridad a la apertura no afecte el principio de igualdad de trato a los oferentes-, salvo en aquellos casos en que la omisión de la documentación de que se trate fuera prevista en los Pliegos que rigen la licitación como causal de descarte. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de efectuar las verificaciones que fuesen necesarias a efectos de comprobar la veracidad de la información suministrada en la propuesta. De establecerse la falsedad de dicha información, se desestimará la propuesta y dispondrá la pérdida automática de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta.

Artículo 31.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES.

La presentación de la oferta, importa de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación de los pliegos de bases y condiciones con la oferta, salvo que los mismos sean solicitados como requisitos junto con la documentación que integra la misma.

CAPITULO IV

DE LAS GARANTÍAS Artículo 32.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la suma equivalente al cinco por ciento (5%) del monto del canon base fijado en el acto administrativo que realice el llamado a Licitación Pública, multiplicado por el plazo total de la concesión.

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La garantía de mantenimiento de la oferta será devuelta una vez adjudicada la concesión de uso y la explotación de los Inmuebles del dominio público del GCBA de conformidad con lo establecido en el artículo 52 del PBCG. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato.

La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas:

a) En efectivo mediante depósito bancario en la cuenta de la jurisdicción o

entidad contratante. b) Mediante títulos públicos emitidos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires. Los mismos deben ser depositados en el Banco Ciudad de Buenos Aires a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se debe calcular tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o mercado correspondiente, lo que debe ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a que se refiere este inciso, se formulará el cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente queda sujeto a las disposiciones que rigen para la devolución de garantías.

c) Aval bancario u otra fianza bancaria que cubra el valor exigido, en la que conste que la entidad bancaria se constituye en fiador y codeudor solidario, liso y llano y principal pagador, con la expresa renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2.013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación previa judicial.

d) Póliza de Seguro de Caución, por medio de la cual la aseguradora se obliga en el carácter de codeudor solidario, liso y llano, principal y directo pagador con renuncia expresa de los beneficios de división y excusión previa del obligado.

No se aceptarán pagarés, cheques, letras de cambio, facturas, ni ningún otro título que no esté expresamente indicado en el presente como depósito de garantía.

Las garantías planteadas deben ser constituidas a entera satisfacción del organismo licitante.

ARTÍCULO 33.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO El artículo 50 del P.B.C.G. se complementa con lo establecido en el siguiente:

El adjudicatario deberá constituir un seguro de caución en una compañía de primera línea a satisfacción del GCBA dentro de los cinco (5) días hábiles de notificado sobre la adjudicación y antes de la firma del contrato equivalente a cinco (5) años de pago del canon mensual, ofertado y aceptado, debiendo ser acreditada ante la Dirección General de Concesiones y/u organismo que en el futuro la reemplace.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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La mencionada Póliza podrá tener vigencia de un (1) año, debiendo ser renovada de manera automática y hasta la finalización del Contrato de Concesión, y actualizada en cada oportunidad que se modifique el canon durante la vigencia de la concesión. La presente garantía se hará efectiva en forma inmediata y automática ante el segundo incumplimiento consecutivo de las obligaciones a cargo del Concesionario, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que correspondieren.

La rescisión del contrato por culpa del concesionario importa la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato en proporción al período que reste para su cumplimiento, sin perjuicio de la aplicación, en su caso de las multas y sanciones que correspondieren, quedando obligado a indemnizar los perjuicios ocasionados, que sean consecuencia de circunstancias imputables al Concesionario.

El adjudicatario deberá acompañar a las actuaciones de la licitación, informes semestrales de la Superintendencia de Seguros de la Nación, donde se determine el estado patrimonial y de solvencia de la compañía aseguradora con la que se haya asegurado. El Gobierno, luego de la evaluación de dichos informes, podrá requerir el cambio de la aseguradora, el que se deberá efectuar en el plazo de setenta y dos (72) horas de notificado el decisorio. La garantía de cumplimiento de contrato continuará vigente hasta que prescriba la acción judicial por reclamo de deuda, con excepción que el concesionario cancelare la totalidad de los montos, momento en el cual se restituirá, en caso de corresponder, la garantía. Se deja constancia que el monto y la constitución de esta garantía toma en consideración las previsiones establecidas en el artículo 100 de la Ley 2095. ARTÍCULO 34.- GARANTÍA DE PAGO DE SERVICIOS. Con carácter previo al inicio de las actividades del concesionario, la totalidad de los servicios establecidos en el artículo 14 inciso d) del presente, deberán ser de su titularidad y deberá constituir una garantía equivalente a un (1) mes del canon ofertado, mediante la constitución de una póliza de caución, a efectos de afianzar las obligaciones por servicios involucrados en la concesión. Los montos cubiertos deberán ser reajustados anualmente y de conformidad con el aumento del canon locativo mensual con el fin de mantener la garantía adecuada a los requerimientos originales, conforme se establece en el artículo 16 del presente PBCP y el Anexo C del presente Pliego.

CAPITULO V

DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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Artículo 35.- APERTURA DE LAS OFERTAS.

El artículo 34 del P.B.C.G. queda complementado con el siguiente texto: Las ofertas serán abiertas en acto público, en lugar, fecha y hora designados a tal fin, con intervención de los funcionarios autorizados al efecto y en presencia de los interesados que concurran. Si el día señalado para la apertura, fuera declarado inhábil para la Administración, el acto se cumplirá el primer día hábil siguiente, en el mismo lugar y hora previstos originalmente. 1.- Se verificará que estén reunidas las ofertas recibidas a tiempo. 2.- Se anunciará la cantidad de ofertas recibidas, se verificará el correcto estado de los lacres de los sobres N° 1 (exteriores) y se procederá a la apertura de los Sobres N° 1 (exteriores), según el orden cronológico de su recepción. 3.- Se verificará si cada uno de ellos contiene la garantía de mantenimiento de oferta y todos los demás elementos detallados en el punto A. del artículo 27 del P.B.C.P. 4.- La documentación contenida en los Sobres N° 1 (externos), será analizada y evaluada por la Comisión de Evaluación de Ofertas que a esos efectos sea designada mediante acto administrativo por el Ministro de Desarrollo Económico o quién éste designe, los cuales, se expedirán mediante informe fundado sobre cada una de las propuestas recepcionadas, del cual surgirá la preselección de postulantes que estarán habilitados para la segunda etapa de la presente Licitación Pública. El resultado de esa preselección será notificado fehacientemente a todos los participantes quienes dispondrán de un plazo de tres (3) días para formular las impugnaciones que consideren convenientes, en observancia con lo establecido en el presente P.B.C.P. Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo en el Banco Ciudad de Buenos Aires del cinco por ciento (5%) del monto total del contrato de acuerdo al canon base, el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramente, quedando a favor de la administración en caso de ser rechazada total o parcialmente. 5.- Los Sobres N° 2 (internos) quedarán en custodia en la dependencia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que a tal efecto se establezca, hasta el día que se fije para su respectiva apertura. 6.- Agotado el plazo para recibir impugnaciones, y con la previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires conforme lo establecido en el artículo 41 del P.B.C.P., se dictará un acto administrativo mediante el cual se establecerán los oferentes habilitados para participar de la segunda etapa de la licitación, circunstancia que se les indicará a los oferentes el lugar, fecha y hora de la apertura de los Sobres N° 2 (internos) que han quedado en custodia. Asimismo, se

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pondrá a disposición en esa oportunidad, los Sobres N° 2 (internos) de las propuestas que no resultasen aceptadas. 7.- La apertura de los Sobres N° 2 (internos) de las propuestas admitidas en el proceso de precalificación, será en acto público en el lugar, día y hora que se fije a tal fin. En tal oportunidad, el acto se iniciará con la apertura de la totalidad de los Sobres N° 2 (internos) y concluida la apertura de esos sobres se labrará un acta que será firmada por los funcionarios intervinientes y los presentes que deseen hacerlo. El acto de apertura de los Sobres N° 2 (internos) se llevará a cabo con las solemnidades establecidas en el artículo 35 del P.B.C.G. 8.- Producida la apertura de los Sobres N° 2 (internos) que contienen las ofertas económicas para la adjudicación se procederá en la forma prevista en el artículo 47 P.B.C.P. El GCBA resolverá cuál de ellas es la oferta más conveniente a los fines perseguidos, procediendo a la preadjudicación de la concesión de uso y explotación.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se reserva la facultad de postergar el Acto Licitatorio según su exclusivo criterio, publicando tal circunstancia en los mismos medios y por los mismos plazos que el llamado original. Artículo 36.- ACTA DE APERTURA OFERTAS: SOBRES N° 1 Y N° 2.

El artículo 35 del P.B.C.G. queda complementado con el siguiente texto: De todo lo ocurrido en el acto de apertura de ofertas se labrará un Acta que, previa lectura, será suscripta por los funcionarios autorizados, por los oferentes que hubieren solicitado la inclusión de manifestaciones de cualquier naturaleza y por los demás oferentes que quisieran hacerlo.

Las eventuales observaciones realizadas por los oferentes no generarán obligaciones de ningún tipo al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como ningún derecho a los oferentes que las realizaran.

En la misma se dejará constancia de:

a) Número y denominación de la Licitación Pública. b) Inmuebles del Dominio Público del GCBA por los cuales se ofertó. c) Día y hora de comienzo del acto. d) Nombre de los oferentes, número de inscripción en el RIUPP y número de

CUIT. e) Importe de cada garantía y emisor de la misma. f) Eventuales observaciones de los concurrentes o constancia de ausencia de

las mismas. g) Firma de quienes hayan formulado observaciones, de los oferentes

presentes en el acto que quieran hacerlo y de los funcionarios actuantes. Artículo 37.- VISTA DE LAS PRESENTACIONES.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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Durante los cinco (5) días posteriores al acto de apertura, las ofertas serán exhibidas en la sede de la Dirección General a los fines de que todos los oferentes puedan examinarlas y formular las eventuales observaciones a las ofertas que estimen pertinentes, las que deberán efectuarse dentro de los cinco (5) días posteriores al vencimiento del término mencionado, en la citada Dirección General. Artículo 38.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS.

Será de aplicación lo establecido en el artículo 37 del P.B.C.G. La documentación contenida en los Sobres N°1 (exteriores) y N°2 (interiores), será analizada por la Comisión de Evaluación integrada por tres (3) representantes del Ministerio de Desarrollo Económico, designada al efecto por el Ministro de Desarrollo Económico o quién éste designe, y cuyos miembros tendrán la necesaria idoneidad para la apreciación de las ofertas de acuerdo a la naturaleza del proyecto a realizar y la concesión de uso y explotación a otorgar sobre los Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 39.- ACEPTACIÓN DE LAS OFERTAS.

La documentación contenida en los Sobres N°1 (exteriores), será analizada evaluando los antecedentes de los oferentes, las propuestas presentadas por los mismos y los demás aspectos formales contenidos en dicho Sobre. Serán rechazadas aquellas presentaciones que no se ajusten estrictamente a las exigencias formales y materiales exigidas en los P.B.C.G. y P.B.C.P.

Los contenidos de los Sobre N° 1 (exteriores) serán estudiados por la Comisión de Evaluación de Ofertas, la que deberá expedirse en el plazo máximo de veinte (20) días a partir del vencimiento del plazo estipulado en el artículo 37 del presente P.B.C.P. “VISTA DE LAS PRESENTACIONES”, mediante un informe fundamentando sobre cada una de los propuestas recepcionadas, del cual surgirá la preselección de postulantes que estarán habilitados para la segunda etapa de la licitación. Las ofertas serán calificadas por orden de mérito teniéndose en cuenta tanto los puntajes obtenidos en la evaluación de antecedentes técnicos y empresarios como así también la calidad del proyecto. Artículo 40.- RECHAZO.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de rechazar una, varias o la totalidad de las ofertas presentadas, sin que dicho decisorio pueda generar reclamo alguno de los oferentes. Será causal de rechazo la inclusión por parte del oferente de condicionamientos a su oferta que, a criterio del Gobierno, puedan afectar los aspectos técnicos y/o económicos de la misma. También será causal de desestimación de la Oferta la presencia de enmiendas, entrelíneas, raspaduras, errores o agregados que no

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hubiesen sido correctamente salvados al pie de la página correspondiente, con las firmas del Representante Legal o Apoderado y del Representante Técnico. La documentación que deba contener el Sobre N° 1 (exterior) es requisito esencial para la admisibilidad de la oferta. Su falta de presentación integral será causal de rechazo de la oferta.

La presentación incompleta o deficiente podrá ser subsanada siempre que la documentación faltante no sea la de los ítems 1), 2), 5), 17), 24), 27), 29), 30) y 32) del artículo 27 del presente PBCP.

Será rechazada toda oferta que no contenga la documentación de los Ítems mencionados precedentemente y la oferta que en el Sobre N° 1 (exterior) incluya documentación correspondiente al Sobre N° 2 (interior), o que no incluya en sus costos de inversión cualquiera de las sumas correspondientes a previsiones indicadas en el Pliego. Por último, serán causales de rechazo, cualquiera de las enunciadas en los artículos 26, 29, 32 y 83 del presente PBCP.

CAPITULO VI METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

Artículo 41.- EVALUACIÓN. En primer lugar se evaluarán los Antecedentes Técnicos y Empresarios y la calidad de Proyecto de todos los oferentes que, de acuerdo a la presentación de los requisitos, estén en condiciones de ser evaluados. En atención a ello, la Comisión de Evaluación de Ofertas realizará una preselección de los oferentes tomando en consideración los rubros y criterios establecidos en los artículos 44 “ANTECEDENTES TÉCNICOS Y EMPRESARIOS” y 45 “CALIDAD DEL PROYECTO”, del presente P.B.C.P.

Aquellas ofertas que hayan tenido una calificación de cómo mínimo ochenta (80) puntos en los Antecedentes Técnicos y Empresarios y en la Calidad del Proyecto Sobres Nº 1 (exteriores), y que en ningún ítem integrante de cada uno de dichos rubros obtengan la calificación cero (0), participarán de la apertura de los Sobres Nº 2 (interiores).

La preselección aconsejada por la Comisión de Evaluación será aprobada por la autoridad competente, previamente facultada para ello. La autoridad competente resolverá la preselección mediante el dictado del acto administrativo respectivo, previo Dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inciso d) de la Ley de Procedimientos Administrativos y la Ley Nº 1.218, solamente en caso de existir impugnaciones deducidas contra el informe de preselección de los Sobres N° 1 (exteriores). El resultado de la preselección será notificado fehacientemente a todos los oferentes y publicado en la cartelera del organismo licitante, simultáneamente se les comunicará

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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el lugar, día y hora de la apertura de los Sobres Nº 2 (interiores) de las ofertas preseleccionadas. En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora a partir de la cual durante un plazo de cinco (5) días hábiles los oferentes que no hayan calificado podrán pasar a retirar su Sobre Nº 2 (interior) y su correspondiente garantía de mantenimiento de la oferta. De no hacerlo y vencido dicho plazo, se destruirá el Sobre Nº 2 (interior). A partir de los cinco (5) días de vencido el plazo, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta quedará nuevamente a disposición del oferente para su retiro. El Acto en el que se abrirán los Sobres Nº 2 (interiores) correspondientes a las ofertas que se hubieren preseleccionado, se desarrollará con todas las formalidades establecidas para la apertura de los Sobres Nº 1 (exteriores), de conformidad con lo establecido en los artículos 35 del P.B.C.G y 36 del P.B.C.P, y se labrará Acta de todo lo actuado indicándose nombre de las empresas oferentes y los montos del canon ofrecido siguiendo las especificaciones establecidas en el artículo 46 del presente P.B.C.P. Posteriormente la Comisión de Evaluación de Ofertas verificará la correcta presentación de la documentación de dichos Sobres N° 2 (interiores), comprobando que la misma se ajuste a los requerimientos de la Licitación Pública y que la cotización efectuada no adolezca de errores de cálculo ni presente omisiones, condicionamientos o cualquier otra causa de desestimación de la Oferta. Los Sobres Nº 2 (interiores) correspondientes a las ofertas descartadas serán devueltos al oferente las cuales quedarán a su disposición, una vez adjudicada la Licitación Pública y firmado el Contrato respectivo. De acuerdo a lo previsto en el artículo 30 del presente P.B.C.P., el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá requerir ampliación de la información suministrada o cualquier otra que se necesite para el mejor estudio de los antecedentes y que no implique una modificación de la oferta, dentro del plazo que a tal efecto se señale Artículo 42.- Sobre Nº 1 (exterior). A efectos de la evaluación del Sobre Nº 1 (exterior) de las ofertas se tendrán en consideración los (a) Antecedentes Técnicos y Empresarios y (b) Calidad del Proyecto, aplicándose el criterio de calificación fijado en los artículos 44 y 45 del presente P.B.C.P. Artículo 43.- Sobre Nº 2 (interior). A efectos de la evaluación del Sobre Nº 2 (interior) de las ofertas se tendrá en consideración la propuesta que ofrezca el mayor canon, en virtud de lo establecido en el artículo 68 de la Ley N° 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764. Artículo 44.- ANTECEDENTES TÉCNICOS Y EMPRESARIOS.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 30

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Los oferentes serán evaluados, utilizando la información proporcionada por ellos en cumplimiento de lo establecido en los Pliegos, según los criterios que se indican a continuación:

A) ANTECEDENTES EMPRESARIOS Y SOLVENCIA PATRIMONIAL: Se tomará en consideración la experiencia general del oferente, su antigüedad, continuidad y su grado de tecnicidad, sus referencias bancarias, comerciales y financieras. Se analizarán conforme a la evaluación financiera del oferente que se detalla:

Documentación societaria y acreditación de personería del presentante: De no haber sido acompañada, en la oferta la documentación exigida o no encontrarse acreditada la representación, el Oferente será descalificado.

La solvencia patrimonial del oferente y su capacidad para mantenerla a

lo largo del tiempo, resultan fundamentales para garantizar la sustentabilidad del negocio atento, entre otras causas, a los requerimientos de inversión previstos.

Antecedentes bancarios y titularidad de bienes registrables permiten determinar las posibilidades del oferente para afrontar los compromisos financieros a través de recursos propios o bien mediante la obtención de financiamiento externo. Al efecto se deberá acompañar certificado de dominio, inhibición y gravámenes.

La evaluación de la situación patrimonial y de rentabilidad debe basarse en información contable debidamente auditada y con dictamen de Contador Público que la valide y garantice su confiabilidad. El análisis a través de relaciones entre distintos componentes de la estructura patrimonial permite reconocer la solvencia del oferente.

En este último caso, conocer los niveles de endeudamiento y

financiamiento resultan básicos para evaluar la capacidad del postulante para acceder al crédito requerido. Índices de medición de rentabilidad permiten analizar las posibilidades para sostener una estructura patrimonial acorde con los requerimientos de la operación.

Una deficiente rentabilidad en la actual actividad del oferente puede

amenazar la sustentabilidad del nuevo emprendimiento.

La ponderación del conjunto de los índices privilegia una estructura financiera sólida, capaz y suficiente para afrontar los requerimientos de la actividad y los requisitos previstos en el pliego.

Por último para evitar situaciones coyunturales que debiliten o mejoren

anormalmente la situación objeto de análisis, se recomienda también realizar la evaluación en relación con un promedio simple de los índices obtenidos por el postulante en los tres últimos ejercicios comerciales finalizados con anterioridad a la oferta.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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Conforme lo expuesto precedentemente, la Comisión de Evaluación de Ofertas tomará en consideración los siguientes índices y criterios: 1.-Liquidez Corriente

Fórmula del Cálculo

Activo Corriente (1 ) Pasivo Corriente (2)

Significado del Resultado: A mayor valor, mayor solvencia (1) Efectivo y activos que se espera convertir en efectivo dentro del año siguiente a la medición. (2) Compromisos que deben ser cancelados dentro del año siguiente a la medición.

2.-Acidez

Fórmula del Cálculo

Activo corriente-Bienes de cambio Pasivo Corriente (2)

Significado del Resultado: A mayor valor, mayor solvencia.

3- Endeudamieno

Fórmula del Cálculo

Pasivo Total Total del patrimonio

Significado del Resultado: A mayor valor, menor solvencia.

4- Endeudamiento Corriente Fórmula del Cálculo

Pasivo Corriente (2) Total de patrimonio

Significado del Resultado: A mayor valor, menor solvencia.

5- Rentabilidad Ordinaria de la Inversión Fórmula del Cálculo

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 32

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Resultado ordinario del período Promedio del Patrimonio (Neto de aportes pendientes de integración) anterior a la adición del resultado del período

Significado del Resultado: A mayor valor, mayor rentabilidad ordinaria.

6- Ganancia Bruta

Fórmula del Cálculo

Margen Bruto sobre Ingresos Ingresos ordinarios operativos

Significado del Resultado: A mayor valor, mayor proporción para absorber costos operativos y generar utilidades.

B) ANTECEDENTES EN EL TIPO DE EXPLOTACIÓN: Se tomará en consideración la experiencia del oferente en el rubro, su antigüedad, continuidad y grado de tecnicidad, su relación y vinculación con empresas de reconocido prestigio en el rubro. Asimismo, se tendrán en cuenta las tareas u obras análogas desarrolladas y el cumplimiento de los contratos celebrados específicamente en lo concerniente a la explotación y/o mantenimiento de este tipo de emprendimiento. Se tomará en consideración que el oferente haya sido contratado por la Administración Pública Nacional/ Provincial/ Municipal. Adicionalmente se considerará su experiencia como concesionario/permisionario de algún Inmueble del dominio público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y su conducta en cuanto no haber registrado deuda alguna ni incumplimiento en la presentación de los seguros requeridos por contrato. Asimismo, se tomará en cuenta la buena diligencia y el cumplimiento en general de las obligaciones exigidas contractualmente. Del mismo modo, se tomará en consideración el programa de explotación y mantenimiento durante el periodo de concesión.

A continuación el detalle de puntuación de cada rubro: Antecedentes Empresarios y Solvencia Patrimonial (50 puntos):

(1) Solvencia Patrimonial (25 puntos): (2) Antecedentes en el Tipo de Explotación (25 puntos)

Artículo 45- CALIDAD DEL PROYECTO.-

La evaluación de la calidad del proyecto se realizará teniendo en cuenta los siguientes parámetros:

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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(1) Se verificará la adecuación de los mismos al P.E.T. Los oferentes podrán proponer otras obras y tareas de mejoramiento adicionales, indicando su finalidad y utilidad para la Ciudad y sus habitantes.

(2) El grado de innovación que contemple la propuesta de revalorización de los Inmuebles del dominio público del GCBA. Las características estéticas y edilicias del proyecto deberán mejorar y adecuarse al uso y localización que le corresponde. Se ponderará la propuesta integral de intervención en la construcción existente y el terreno aledaño comprendido en la concesión.En la evaluación del proyecto se considerará la calidad estética y material de los edificios, la ambientación y decoración interior, el equipamiento fijo y móvil propuesto y el tratamiento de las fachadas exteriores e interiores de la totalidad de los frentes. También se tendrá en consideración el tratamiento a las áreas de depósito y servicios y a las pautas paisajísticas de las áreas semi - cubiertas y descubiertas.

Asimismo, en caso de existir espacios verdes, se ponderará el proyecto de jardinería general total del área exterior y descubierta.

(3) Capacidad de Financiación: El Oferente deberá acreditar una Capacidad de Financiación que asegure un adecuado flujo de fondos que permita el cumplimiento del programa de inversiones de obra. Para ello el oferente deberá acreditar Disponibilidades y/o presentar Compromisos conforme lo estipulado en el presente pliego, de otorgar financiamiento al oferente. En el caso de una U.T.E. dicho monto puede ser cubierto por la suma de los compromisos que presenten las firmas integrantes de la U.T.E.

El incumplimiento de este requisito dará lugar al rechazo de la oferta.

A continuación el detalle de puntuación de cada rubro: Calidad del Proyecto (50 puntos):

(1) Mejoras (25 puntos)

(2) Revalorización e Innovación (25 puntos)

Artículo 46. - OFERTA ECONÓMICA: CANON. El Oferente deberá efectuar su propuesta económica, cotizando un canon tomando el canon base establecido por el Banco Ciudad de Buenos Aires, el cual, será consignado en el respectivo llamado a licitación. El canon se encuentra conformado por las prestaciones de contenido económico y por aquellas relacionadas con la cantidad y calidad de los servicios a prestar, en un todo de acuerdo con la modalidad y objeto de la contratación de que se trate, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Ley N° 2.095 modificada por la Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario. Solamente serán abiertos los Sobres Nº 2 (interiores) de los oferentes preseleccionados que de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 del presente

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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PBCP, haya obtenido una calificación de ochenta (80) puntos en los antecedentes técnicos y empresarios y en la calidad del proyecto Sobre Nº 1 (exterior).

El monto del canon será tenido en cuenta siempre y cuando sea mayor o igual al canon base establecido por el Banco Ciudad de Buenos Aires, consignado en el respectivo llamado a licitación, tomándose como parámetro su razonabilidad.

La oferta económica deberá ser presentada respetando lo establecido en el inciso B) Sobre Nº 2 (interno) Oferta Económica del artículo 27 denominado “DOCUMENTOS QUE DEBEN INTEGRAR LA OFERTA” Sobre Nº 1 (externo) y Sobre Nº 2 (interno) del PBCP. La falta de presentación de lo requerido en alguno de apartados de dicho artículo será motivo de rechazo de la oferta.

Conforme fuera estipulado en el artículo 43 de este PBCP el Inmueble del dominio público del GCBA será adjudicado a la propuesta que ofrezca el mayor canon.

CAPITULO VII DE LA ADJUDICACIÓN Y CONTRATACIÓN

Artículo 47 PREADJUDICACIÓN.

La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante el Informe de Preadjudicación, en el plazo de treinta (30) días hábiles contados desde la apertura de los Sobres N° 2 (internos). La misma será notificada fehacientemente y difundida en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad de los requisitos exigidos en los pliegos, el orden de mérito, el oferente preadjudicado y las causales de rechazo de los restantes oferentes precalificados. Si del orden de mérito resultaren dos o más ofertas convenientes, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 41 del PBCG.

Producido el Dictamen de Preadjudicación, los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles a contar desde la notificación del mismo, para tomar vista de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones a la preadjudicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 del PBCG, debiendo constituirse previamente a esos efectos la garantía fijada en el precitado artículo.

Artículo 48.- ADJUDICACIÓN.

Vencido el plazo establecido en el artículo 47 del presente PBCP, el Gobierno resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inc. d) de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, y Ley N° 1218.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 35

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Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, difundiéndolo en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicándolo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable.

Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo en el Banco Ciudad de Buenos Aires, de un cinco por ciento (5%) del monto total del contrato de acuerdo al canon ofrecido, el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramente, quedando a favor de la Administración en caso de ser rechazada total o parcialmente.

Los recursos contra la adjudicación, tramitarán por expediente separado formado por las copias pertinentes, sin interrumpir la ulterior tramitación del expediente principal.

La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 7°, inc. d) de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 1218). Artículo 49.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

El titular del Ministerio de Desarrollo Económico o quién éste designe, será el funcionario competente para la firma del contrato administrativo en relación con la concesión objeto de la presente Licitación Pública. La suscripción se llevará a cabo dentro de los siete (7) días de notificada la adjudicación. Artículo 50.- LICITACIÓN PÚBLICA DESIERTA. FRACASADA.

La Licitación será declarada desierta cuando no se hubieren presentado propuestas de ninguna naturaleza.

En caso de que las ofertas presentadas no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarias, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello de derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes. Artículo 51.- INSTRUMENTOS CONTRACTUALES. El presente artículo complementa las previsiones establecidas en el artículo 85 del PBCG.

Serán documentos integrantes del contrato que suscriban las partes:

• El Pliego de Bases y Condiciones Generales.

• El Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

• El Pliego de Especificaciones Técnicas.

• Las Circulares Aclaratorias a las disposiciones de los Pliegos.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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• La oferta.

• El acto administrativo aprobatorio de la adjudicación.

• El contrato de concesión. Artículo 52.- ORDEN DE PRELACION NORMATIVO. El orden de prelación normativo al cual se deberá atender para la interpretación de todas las cuestiones relativas a los contratos, será el siguiente:

• Ley N° 2095, modificada por la Ley Nº 4764 su Decreto reglamentario N° 95/14.

• Pliego de Bases y Condiciones Generales.

• Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares aclaratorias.

• Pliego de Especificaciones Técnicas y sus circulares aclaratorias.

• Planos y Planillas.

• Planos de detalle.

• Contrato de concesión.

• Oferta.

Artículo 53.- ENTREGA DE LOS INMUEBLES.- La tenencia de los Inmuebles del dominio público objeto del presente, será entregada y el concesionario deberá recibirlos dentro de los cinco (5) días hábiles de firmado el Contrato. La misma se efectivizará, mediante Acta de Entrega de los Inmuebles del dominio público de GCBA, previo inventario por ante Escribano Público designado por la Escribanía General de la Ciudad dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a efectos de dejar constancia del estado de los Inmuebles y sus instalaciones. Vencido dicho plazo sin que el concesionario haya cumplido este requisito se podrá declarar la caducidad de la concesión de uso y explotación con pérdida de las garantías constituidas hasta ese momento.

CAPITULO VIII OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO

Artículo 54.- ATENCIÓN DE LA CONCESIÓN.-

El personal afectado a la atención de los servicios deberá ser especializado y capacitado periódicamente por cuenta del concesionario, y deberá vestir correctamente, de manera uniforme para facilitar su diferenciación con el público concurrente, observando asimismo en su presentación aseo y prolijidad en todo momento. Deberá ser provisto por el concesionario de vestimenta adecuada.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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En la parte superior izquierda exhibirán una tarjeta de identificación plastificada, la que contendrá la fotografía actualizada, nombre y apellido, documento de identidad y función que realiza. Artículo 55.- CITACIONES AL CONCESIONARIO.-

El concesionario está obligado a concurrir a la Dirección General u organismo que en el futuro la reemplace, en cada oportunidad en que se lo cite mediante cédula de notificación, dentro del plazo que se establezca. Su incomparecencia se sancionará conforme lo establece el presente PBCP en el Capítulo X - Régimen de Penalidades. Artículo 56.- PUBLICIDAD.- La publicidad externa deberá circunscribirse a publicitar el nombre con el que gira en plaza la explotación. Se podrá realizar publicidad en el interior de los Inmuebles objeto de la presente Licitación Pública y en la vestimenta del personal. En ambos supuestos la publicidad deberá ajustarse a lo prescripto por la Ley N° 2.936, sus modificaciones y reglamentarias, Código de Planeamiento Urbano y demás normativa vigente en materia de usos y ordenamiento del espacio público, y contar con la previa autorización del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien controlará su adecuada instrumentación ante los organismos competentes

La circunstancia de que el Concesionario opte por realizar publicidad de acuerdo a lo previsto en el presente artículo, no implica modificación alguna del canon ofertado y aceptado y/o vigente al momento de la opción. No quedan comprendidas las tasas en concepto de publicidad.

Artículo 57.- INSPECCIONES/ RELEVAMIENTOS.-

El concesionario será el responsable de los Inmuebles adjudicados del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y estará obligado a facilitar el acceso de inspectores/ relevadores o funcionarios autorizados del Gobierno a todas las instalaciones, acceder a la verificación de libros de contabilidad y demás documentación relacionada con la concesión de uso y explotación.

Artículo 58.- LIBROS DE INSPECCIÓN/ RELEVAMIENTOS. LIBROS DE QUEJAS.-

Los Libros de Inspección/Relevamientos y Quejas serán de doscientas (200) páginas numeradas y su tamaño de 0,20 x 0,35 mts. aproximadamente y serán rubricados por la Dirección General de Concesiones y/u organismo que en el futuro la reemplace. Ambos libros deberán permanecer en los Inmuebles, debiendo poseer un juego por cada uno de ellos. Artículo 59.- MODIFICACIÓN DE OBRAS.-

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 38

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El concesionario no podrá realizar ningún tipo de modificación en los Inmuebles concesionados sin la autorización del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires expresada a través de la Dirección General de Concesiones, con intervención, si correspondiese, del Ministerio de Desarrollo Urbano y/u organismo que en el futuro la reemplace. Si dichas modificaciones fueran autorizadas y efectivamente realizadas, pasarán a integrar los Inmuebles de dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una vez finalizado el período de la concesión o producida la caducidad, en ambos casos, sin derecho a compensación alguna. La ejecución de modificaciones y obras sin la autorización requerida obligará exclusivamente al concesionario, quien deberá hacerse cargo de todos los gastos para adecuarlas o destruirlas de inmediato y volver los bienes a su estado anterior, al solo requerimiento del GCBA, sin perjuicio de los daños y perjuicios provocados al GCBA que pudiera reclamar.

Vencido el plazo que a este efecto otorgue la Dirección General sin que el concesionario haya restituido los bienes a su estado anterior o adecuado los mismos, se procederá a declarar la caducidad de la concesión de uso y explotación, sin perjuicio de la aplicación del régimen de sanciones establecido en el PBCP y los daños y perjuicios provocados al GCBA, y proceder a la desocupación administrativa de los inmuebles. Artículo 60.- DEPÓSITOS, MOBILIARIO, Y EQUIPAMIENTO. Todos los elementos destinados a la explotación de los Inmuebles concesionados deberán ser instalados en los depósitos destinados al efecto, en observancia con lo establecido en la normativa vigente aplicable. Estos espacios deberán conservarse en perfecto estado de mantenimiento y conservación, cumplir con los índices de iluminación y ventilación y contar con las instalaciones que garanticen el perfecto escurrimiento de agua en la totalidad de la superficie de los Inmuebles objeto de la presente contratación, exigidos por la normativa vigente aplicable. El GCBA no se hará responsable por ninguna circunstancia del cuidado o depósito del mobiliario y/o equipamiento que el concesionario provea para el funcionamiento de los Inmuebles concesionados. Artículo 61.- HORARIO DE APROVISIONAMIENTO, CARGA Y DESCARGA. El horario de funcionamiento, aprovisionamiento, carga y descarga de elementos y mercaderías deberá cumplir con toda la normativa vigente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 62.- LIMPIEZA. La limpieza de los Inmuebles estará a cargo del Concesionario por sí o por terceros, quien deberá mantener en perfectas condiciones de higiene todo el sector interno del Inmueble, como así también toda la zona adyacente. Dicha tarea no puede entorpecer el normal funcionamiento de la explotación de los Inmuebles ni la libre circulación por los espacios públicos.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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Deberá disponer de recipientes para la recolección de residuos, de acuerdo con las normas vigentes. Se prohíbe en forma terminante el depósito de mobiliario fuera del espacio físico al que correspondan. El Concesionario tendrá también por responsabilidad la permanente desobstrucción de los ramales de desagüe sanitario, a fin de asegurar su correcto funcionamiento. La batería de baños deberá someterse a limpiezas periódicas e integrales, a fin de mantener permanentemente el aseo y estado de las unidades. Estas limpiezas integrales de baterías de baños deberán comprender una higienización profunda y una total desinfección de las instalaciones. El Concesionario, a su exclusivo cargo, deberá proveer a su personal todos los insumos y herramientas de limpieza necesarios a los efectos del mantenimiento y la limpieza de los Inmuebles y los espacios adyacentes, los cuales deberán hallarse permanentemente disponibles a esos efectos.

CAPITULO IX DE LOS SEGUROS

Artículo 63.- SEGUROS.-

El concesionario deberá contratar por su cuenta y cargo los seguros que se establecen en el Anexo C (IF 2015-18411636-DGCONC), y endosarlos a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con referencia a la presente Licitación Pública.

Disposiciones Comunes: Todos los seguros serán contratados por el término de un (1) año con renovación automática y cláusula de ajuste de conformidad con los índices que determine la Superintendencia de Seguros de la Nación u organismo que en el futuro lo reemplace, en una empresa aseguradora autorizada por la misma con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los cuales el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será co asegurado, y los plazos de vigencia de los mismos serán hasta el momento del efectivo reintegro de los bienes a la Ciudad.

La documentación relacionada con los seguros establecidos deberá ser presentada en la Dirección General de Concesiones en el acto de la firma del contrato. Caso contrario, se dejará sin efecto la concesión de uso otorgada, con pérdida de las garantías constituidas. En caso de producirse los siniestros, se transferirán a la orden del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin limitación alguna, todos los derechos de indemnización emergentes del seguro, lo que así deberá hacerse constar expresamente en la póliza respectiva.

La documentación relacionada con la renovación o reajuste de los seguros, como así los pagos en cuotas de las primas respectivas, deberán ser acreditadas ante la Dirección General de Concesiones, bajo apercibimiento de declarar la caducidad de la concesión, con pérdida de las garantías constituidas.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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En caso de que el monto contratado no alcance a cubrir los daños que pudieran originarse en ocasión de producirse los siniestros cubiertos, correrán por cuenta del concesionario las diferencias del monto resultante.

Para la cobertura de A.R.T., las pólizas deberán contener el siguiente texto: “Por la presente, la A.R.T., renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el GCBA, sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley Nº 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del concesionario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo”.

CAPITULO X REGIMEN DE PENALIDADES

Artículo 64.- PENALIDADES Y SANCIONES.- 64.1. PENALIDADES Sin perjuicio de lo establecido en el P.B.C.G., en su Capítulo IX, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá imponer penalidades al Concesionario ante incumplimientos de las obligaciones a su cargo. Adicionalmente a lo establecido en el artículo 95 del PBCG, serán consideradas faltas graves del concesionario:

a) Obstaculizar, en más de dos (2) ocasiones, las inspecciones/relevamientos que funcionarios o inspectores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires realicen en cumplimiento de sus tareas.

b) Cuando en un lapso de doce (12) meses corridos, el concesionario haya recibido cuatro (4) sanciones por faltas leves.

c) El incumplimiento en la ejecución de la/s etapa/s y/o actividad/es previstas en el Plan de Obras aprobados por la Dirección General, en observancia con el PBCP y PET.

d) La falta de contratación y o renovación de los Seguros indicados en el artículo 63º del P.B.C.P. y la Contrata, incumplidas dos (2) intimaciones.

e) Falta de entrega de los Inmuebles e instalaciones dentro del plazo estipulado contractualmente y en observancia con el inciso h) del artículo 108 del PBCG.

Se determinan las siguientes penalidades para las faltas graves:

a) Multa: La graduación de esta penalidad será regulada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teniendo en cuenta la naturaleza, gravedad y reincidencia de la falta cometida, como así también en los antecedentes del concesionario, y la cual será de hasta cien mil (100.000)

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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unidades de multa o de hasta dos (2) veces el valor mensual del canon vigente, el que resulte mayor, conforme art 73 inc. a) de la Ley 2095.

b) Pérdida de la garantía de contrato establecida por el artículo 33 del presente Pliego.

c) Declaración de rescisión conforme lo establecido por el artículo 65.1 del presente Pliego.

d) Inhabilitación: Procederá la inhabilitación para contratar con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Concesionario cuya concesión haya finalizado por declararse su caducidad. La inhabilitación será por un plazo de hasta cinco (5) años contados desde la notificación fehaciente. Transcurrido dicho plazo, el sujeto quedará nuevamente habilitado para contratar con el sector público de la Ciudad.

Previo a la imposición de la multa, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires intimará, por quince (15) días hábiles administrativos al concesionario a que cumpla con sus obligaciones, bajo apercibimiento de su aplicación sin más trámite.

Para el caso del artículo 64.1 inciso e) precedente, si el Concesionario no hubiese hecho entrega de los Inmuebles e instalaciones dentro del plazo estipulado y en la forma establecida, el Gobierno, procederá a su inmediata desocupación administrativa. Sin perjuicio de ello, el Concesionario abonará una multa equivalente al tres por ciento (3%) de dos veces el importe del canon actualizado por cada día de demora y hasta la efectiva y fehaciente entrega de los Inmuebles del dominio público. El Concesionario será responsable por los daños y perjuicios que ocasione al GCBA.

El importe de las multas y cargos serán adicionados al pago del primer canon después de aplicada la sanción, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de resolución del contrato y la pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato en los términos establecidos en el artículo 33 del PBCP.

La percepción de las multas o cargos será efectiva aun cuando no estuviera firme la resolución que impuso la sanción. Si con posterioridad se dejara sin efecto la sanción, se devolverán los importes retenidos. 64.2.- SANCIONES. Todas aquellas faltas no incluidas en la enunciación precedente pero que conlleven el incumplimiento de obligaciones de cláusulas contractuales o derivadas de normativa de la CABA, serán consideradas faltas leves y darán lugar a las siguientes sanciones:

a) Apercibimiento: Procederá su aplicación en el caso de la comisión por parte del Concesionario de una falta leve conforme se define en el párrafo precedente del presente Artículo. b) Multa: La graduación de esta penalidad será regulada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teniendo en cuenta la naturaleza, gravedad y reincidencia de la falta cometida, como así también en los antecedentes del concesionario, y la cual será conminatoria progresiva de hasta diez mil (10.000)

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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unidades de multa aplicables por cada día de demora en dar cumplimiento a disposiciones legales o contractuales conforme art 73 inc b) de la Ley 2095.

CAPITULO XI DE LA EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN

Artículo 65.- CAUSALES.- 65.1. POR INCUMPLIMIENTO DEL CONCESIONARIO

Son causales para la procedencia de la rescisión de la concesión las siguientes: a) Dar a la concesión un destino diferente al establecido en el PBCP.

b) Realizar actividades ajenas a las previstas en el presente Pliego, sin autorización previa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

c) Cuando en un lapso de doce (12) meses corridos, el concesionario haya incurrido en dos (2) casos de faltas graves de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo X - Régimen de Penalidades- o en cuatro (4) casos de faltas que para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no hayan revestido ese carácter.

d) Haber sido sancionado más de una vez en un lapso de doce (12) meses corridos, por los organismos de contralor, por violación a los regímenes de precios y/o infracciones al régimen contravencional vigente.

e) El incumplimiento del plan de obras aprobado por la Dirección General, en observancia con las previsiones establecidas en los Pliegos.

f) La falta de constitución o renovación de las garantías establecidas en el presente Pliego.

g) La falta de concurrencia al acto de entrega de la tenencia de los Inmuebles objeto de la presente Licitación Pública, salvo causas justificadas a juicio de la Dirección General de Concesiones.

h) La falta de pago del canon anticipado en caso de corresponder, conforme lo dispuesto por el artículo 16 del presente Pliego.

En todos los casos en que se declare la rescisión del contrato de concesión de uso y explotación, el concesionario perderá de pleno derecho todas las garantías constituidas, sin perjuicio de la aplicación de multas y sanciones que correspondieren, quedando obligados a indemnizar los perjuicios ocasionados, que sean consecuencia de circunstancias imputables al concesionario, procediéndose de inmediato a la desocupación administrativa de los Inmuebles del dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, objeto de la presente Licitación.

65.2. RESTITUCIÓN ANTICIPADA

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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El Concesionario podrá, transcurridos los dos (2) primeros años de vigencia de la concesión de uso y explotación, contados a partir del Acta de Entrega de los Inmuebles, solicitar la rescisión anticipada del contrato de concesión, notificando en forma fehaciente con una antelación de sesenta (60) días a la fecha estimada de la entrega de los Inmuebles al Gobierno, debiendo el Concesionario encontrarse al día con todas las obligaciones emergentes del contrato de concesión (tales como: el pago de canon locativo mensual, tributos, servicios, etc.). La Autoridad de Aplicación ponderará la petición y dará su resolución en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de la notificación fehaciente del Concesionario, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder, en virtud de lo prescripto en el Capítulo IX del PBCG y en el Capítulo X del PBCP.

CAPITULO XII

DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS

Artículo 66- CALIDAD DE LOS MATERIALES Y TRABAJO.

Todos los materiales, artefactos, accesorios, muebles, y equipos serán nuevos y de la mejor calidad existente en plaza y los trabajos ejecutados con ellos ajustados a las reglas del arte. El contratista deberá reparar la totalidad de la instalación existente, con terminaciones acordes a las reglas del arte. Artículo 67.- INSTALACIONES. Todas las instalaciones eléctricas cumplirán lo establecido en el Capítulo 8.10.2.0 del Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires, Normas Iram, el Reglamento de la Asociación Argentina de Electrotécnica, de las empresas prestatarias de energía eléctrica, servicio telefónico y de Cable, y toda otra reglamentación vigente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las instalaciones, tendidos eléctricos, irán canalizadas o por bandejas, separando debidamente las corrientes débiles, los circuitos de tomas serán siempre separados de otras instalaciones y circuitos. En todos los casos se exigirá la perfecta continuidad eléctrica entre caños y cajas, como así también la puesta a tierra de toda la instalación. Las instalaciones cumplirán con lo establecido por la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo y la Reglamentación de la AAE (Última edición) en este orden. El Contratista dará cumplimiento a todas la normativa vigente aplicable, respecto a la presentación de planos, planillas, y cálculos, previa autorización de la Dirección General de Concesiones o la que en el futuro la reemplace. Todas las instalaciones sanitarias se ejecutarán en un todo de acuerdo con los reglamentos vigentes de las empresas prestatarias de los servicios sanitarios y gas, y de éstas especificaciones. El Concesionario tendrá a su cargo la realización de todos los trámites ante las reparticiones correspondientes.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 44

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Los desagües contarán con interceptor y decantador de grasas, que deberá mantenerse en perfectas condiciones de limpieza y funcionamiento a fin de evitar el paso de estos detritos a la red cloacal. Los Inmuebles concesionados deberán contar en su interior con una batería de baños que cumpla con todas y cada una de las pautas establecidas por el Código de Edificación y el Código de Habilitaciones que resulten aplicables en función de las características de los Inmuebles y del destino de la explotación objeto de la Concesión. La batería de baños deberá encontrarse permanentemente en buenas condiciones de mantenimiento, sin desperfectos o roturas, resultando absoluta responsabilidad del Concesionario la reparación o reposición a su exclusivo costo de todo elemento que se encuentre dañado o faltante, no resultando excusa para ello tanto la incorrecta utilización del lugar como el daño causado por parte del público usuario. La batería de baños deberá someterse a limpiezas periódicas e integrales, para lo cual el Concesionario deberá contar con una persona afectada a dichas tareas, encargada de efectuar y mantener permanentemente el aseo y el control del estado de las unidades. El Concesionario a su exclusivo cargo deberá proveer a su personal todos los insumos y herramientas de limpieza necesarios a los efectos del mantenimiento y la limpieza de la batería de baños, los cuales deberán hallarse permanentemente disponibles a esos efectos en el Depósito de los Inmuebles. El Concesionario a su exclusivo cargo deberá asegurar en la batería de baños, la provisión permanente de jabón de tocador, toallas para el secado de manos y papel higiénico. Los baños para uso público en ningún caso podrán encontrarse cerrados mientras se Encuentren abiertos los Inmuebles. Artículo 68 - DE LAS OBRAS.

Los plazos para la ejecución de las obras y demás obligaciones son los indicados en el artículo 15 del PBCP y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, contados a partir de la entrega de los Inmuebles a que hace mención el artículo 53 del presente Pliego. Las obras, provisión de equipos y demás obligaciones que surgen del Pliego de Especificaciones Técnicas, serán controladas, relevadas y aprobadas por la Dirección General de Concesiones y, de corresponder, por las áreas técnicas del Ministerio de Desarrollo Urbano de este Gobierno.

Estará a cargo del concesionario la realización de las gestiones y trámites, tendientes al requerimiento de las habilitaciones exigidas por la normativa vigente aplicable, para el caso de corresponder.

La no conclusión de las obras y demás obligaciones estipuladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas en el plazo máximo fijado, dará lugar a la aplicación de una multa equivalente a cien mil (100.000) Unidades de Multa o hasta dos (2) meses el monto del canon mensual, el importe que resulte mayor. Transcurridos quince (15)

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 45

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días de la intimación pertinente y no habiendo el concesionario dado cumplimiento a las obligaciones pendientes sin causa debidamente justificada se considerará que ha incurrido en falta grave, con pérdida total de la garantía constituida, según corresponda en proporción al período que reste para su cumplimiento, sin perjuicio de la aplicación, en su caso de las multas y sanciones que correspondieren, quedando obligado a indemnizar los perjuicios ocasionados, que sean consecuencia de circunstancias imputables al concesionario Artículo 69- RECAUDOS PARA LOS TRABAJOS:

No se permitirá el acopio de materiales sueltos de ningún tipo en la vía pública, todos los materiales deben estar perfectamente envueltos, ya sea en bolsas apropiadas o en sus envases originales.

La elaboración de morteros de cualquier tipo no podrá realizarse sobre la vía pública (aceras o calzadas), las mezclas deben ser ejecutadas dentro de recipientes (bateas) de chapa. En caso de utilizarse mezcladoras del tipo mecánicas, el mortero deberá volcarse sobre una chapa o algún otro recipiente que impida el contacto de la mezcla con la calzada o acera.

Finalizada la jornada de trabajo no deberán quedar en el lugar, materiales excedentes ni escombros, la zona de trabajo deberá quedar perfectamente limpia, libre de restos de materiales y escombros y perfectamente señalizada, debiéndose proteger el solado reparado por medios convenientes, no permitiéndose cubrir este con tierra y/o escombros, se asegurará el paso peatonal y el acceso a cocheras por medios adecuados.

No se permitirá lavar las maquinas e implementos de trabajo en la vía pública.

La señalización y colocación de luces de peligro alcanzará tanto a las obras y/o instalaciones conexas, cualquiera sea su ubicación en la Obra, como así también a elementos, equipos y/o maquinarias transitoriamente depositados en las inmediaciones de las obras y en la vía pública.

Artículo 70- MANTENIMIENTO DEL ORDEN POR EL CONCESIONARIO.

EI Concesionario deberá tomar las medidas y precauciones necesarias para prevenir tumultos o desordenes por parte de los obreros y/o empleados contratados por el o por sus Subcontratistas, así como para la preservación del orden, la protección de los habitantes y la seguridad de los bienes dentro del área urbana de ejecución de las obras. Artículo 71.- CORRECCIÓN DEL TRABAJO DEFECTUOSO.-

Si el concesionario negase la existencia de la infracción que le fuese imputada, le corresponderá demostrar que el trabajo ha sido efectuado en un todo de acuerdo con lo contratado.

EI concesionario deberá limitarse a cumplir, dentro de las reglas técnicas, todo lo que exigen la documentación licitatoria. No se aceptará como justificación de la violación de las cláusulas contractuales el que lo ejecutado haya significado una mejoría o una sustitución equivalente a las exigencias correspondientes.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 46

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En caso de que el G.C.B.A aceptare trabajos de mayor costo que lo estipulado, ello no dará derecho al Concesionario a reclamo alguno.

De no cumplir el Concesionario con la corrección del trabajo defectuoso dentro del plazo estipulado al efecto, dará lugar a la aplicación de la sanción, de conformidad con lo establecido en el Capítulo X del presente PBCP “RÉGIMEN DE PENALIDADES Y SANCIONES”.

Artículo 72- PRORROGAS DE PLAZO DE OBRA.-

Se podrán acordar prórrogas por razones climáticas que excedan las previsibles, por los que a solo juicio del G.C.B.A no se pudieran ejecutar tareas siempre que sea solicitado por el Concesionario dentro de los quince (15) días corridos de ocurrido el hecho, el que deberá quedar claramente asentado por notificación fehaciente presentada ante la Dirección General o el organismo que en el futuro lo reemplace.

Para aprobarse la prorroga, el concesionario deberá presentar ante la Dirección General el Plan de Trabajos receptando la prórroga solicitada, la que será aprobada o denegada dentro los diez (10) días hábiles de solicitada. Artículo 73.- MORA.-

A los efectos de la determinación de la mora y la aplicación de las sanciones, se considerarán como plazos parciales las fechas claves determinadas en el Plan Detallado de Trabajos Definitivos con las prórrogas que hubieran sido oportunamente acordadas.

AI finalizar cada plazo parcial, el concesionario deberá haber ejecutado los trabajos previstos en dicho Plan aprobado por el G.C.B.A. Artículo 74 ALCANCES DE LA LICITACION.- La presentación de la oferta implica por parte del oferente el pleno conocimiento del estado y condiciones en que se encuentran los Inmuebles donde deberán realizar las obras descriptas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, que es parte integrante del presente Pliego, y que ha recogido en el ámbito de los mismos, a través de los correspondientes asesoramientos técnicos y profesionales, toda la información complementaria que puede obtenerse de la observación del lugar y sus adyacencias sobre el estado de las instalaciones, provisión de agua, energía, características de las obras a realizar y medios a emplear, tiempo de duración e inversiones a realizar, y cuantos otros antecedentes puedan permitir una exacta apreciación de las dificultades que puedan presentarse en caso de que resulte adjudicatario de la concesión y por lo tanto obligado a realizar las obras. Todo lo expresado y enunciado precedentemente es causal suficiente para que con posterioridad a la Licitación y/o durante el plazo de ejecución de las obras y/o durante el plazo de explotación no se admita reclamo alguno fundado en deficiencias de información.

Artículo 75.- SUFICIENCIA DEL EQUIPAMIENTO PROPUESTO POR EI CONCESIONARIO.-

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 47

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EI concesionario usará equipo de calidad apropiada a los trabajos por ejecutar y el G.C.B.A podrá exigir cambios o refuerzo de equipo cuando el provisto, ya sea por su estado o características no permita la ejecución de un trabajo correcto y al ritmo previsto.

EI concesionario deberá mantener en el lugar de las obras los equipos suficientes para ejecutar las tareas de acuerdo con el Plan de Trabajos aprobado. Los equipos que utilizará el Concesionario no podrán ser inferiores en calidad, rendimiento o características a los que haya presentado en su oferta o se indique en el contrato, salvo que la Inspección/relevamiento lo autorice expresamente por escrito.

Todos los equipos deberán ser mantenidos constantemente en condiciones eficientes de trabajo y disponer de características técnicas y capacidad adecuadas para ejecutar las obras obligatorias de acuerdo con el Plan de Trabajo aprobados por el GCBA, y estarán sujetos en todo momento a inspección/relevamiento por parte de la Dirección General de Concesiones o la que en el futuro la reemplace. Mensualmente el Concesionario presentará por escrito a la Inspección una lista indicativa de los equipos disponibles en la obra, con indicación de altas y bajas, si las hubiera.

La aprobación de los equipos para construcción por parte de la Dirección General de Concesiones o la que en el futuro la reemplace no relevará al concesionario de su obligación de ejecutar las obras obligatorias de acuerdo al contrato, ni trasladará ninguna responsabilidad al GCABA o a la Inspección/relevamiento si durante la ejecución de los trabajos ellos resultasen parciales o totalmente defectuosos, ineficaces o insuficientes.

EI concesionario no podrá ceder, transferir o gravar de cualquier forma todo el equipamiento o parte del mismo sin el expreso y previo consentimiento por escrito del GCABA. Artículo 76- RETIRO DE MATERIALES, MÁQUINAS E IMPLEMENTOS DE TRABAJO.-

Todos los materiales, máquinas e implementos de trabajo que hubieran ingresado a los Inmuebles concesionados para la ejecución de las obras obligatorias o hubieran sido elaborados en los mismos, se considerarán como destinados exclusivamente a su construcción y terminación y afectados a ellas.

EI concesionario no podrá retirar dichos bienes o parte de ellos, cualquiera fuera su destino, sin el previo consentimiento por escrito de la Dirección General de Concesiones o la que en el futuro la reemplace, salvo en los casos de traslados de una parte a otra de las obras.

CAPÍTULO XIII DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 77 - JURISDICCION.-

Los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, serán competentes para dirimir todas las cuestiones a que de lugar la aplicación e interpretación de la presente Licitación Pública y las controversias que pudieran suscitarse durante la ejecución del contrato.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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Artículo 78.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO LA LICITACION.-

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de dejar sin efecto la presente Licitación, en todo o en parte, sin que ello genere a favor de los proponentes, derecho a reclamo o indemnización alguna. Artículo 79- VERACIDAD DE LA INFORMACION.-

De comprobarse la falta de veracidad de la información requerida por este Gobierno, ya sea con carácter de declaración jurada y/o documentación aportada, acarreará para el oferente y/o adjudicatario una penalidad equivalente al importe constituido en concepto de garantía de mantenimiento de la oferta o garantía de cumplimiento del contrato, según corresponda y sin perjuicio de proceder al descarte de la oferta o caducidad del contrato.

Artículo 80- HABILITACION Y REGISTRO DE PLANOS. El concesionario deberá dar cumplimiento con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, aplicables en la materia. El concesionario deberá realizar las acciones y obtener a su propio costo, ante la dependencia competente en la materia la/s, habilitación/es de la/s instalación/es y actividad/es en forma previa al inicio de las obras y la explotación de servicios en los Inmuebles del Dominio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, objeto de la presente Licitación, de corresponder, de conformidad con la normativa vigente, por ante las autoridades del Gobierno correspondientes. Asimismo, deberá registrar los planos correspondientes a los Inmuebles adjudicados ante las autoridades del Gobierno con competencia al efecto. Artículo 81.- LEY DE IMPACTO AMBIENTAL.-

Es de aplicación obligatoria al Concesionario, el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N°123, sus modificatorias las Leyes Nros. 452 y 1.733, y su Decreto Reglamentario Nro. 222/12 y demás leyes de presupuestos mínimos de protección ambiental.

Al respecto, será obligación del Concesionario evaluar técnicamente y a su costo el impacto ambiental que pudiera/n producir las actividades del proyecto y/o el plan de obras a desarrollar, previstos a los efectos del cumplimiento de la presente licitación, mediante los estudios y ensayos correspondientes. En tal supuesto, el Concesionario deberá realizar ante la Agencia de Protección Ambiental (APRA), la consulta sobre el Impacto Ambiental (EIA) que sus actividades, proyectos, programas o emprendimientos, pueden causar al ambiente, así como a prevenir o recomponer los efectos de corto, mediano y largo plazo, y que conforme la normativa aplicable APRA le indique.

Artículo 82.- LEY DE GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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Será de aplicación obligatoria al concesionario el cumplimiento de lo dispuesto por las Leyes Nros. 992 y 1854 y sus Decretos reglamentarios. Artículo 83.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN. Será determinante del rechazo sin más del trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado de la Licitación o de la rescisión de pleno derecho del contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:

• Funcionarios o empleados públicos, con competencia referida a la Licitación o Contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones. • Para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones. • Cualquier persona que haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.

Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del Concesionario, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos o cualquier otra persona física o jurídica. Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubieran consumado en grado de tentativa. Artículo 84.- CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 43 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.- En virtud de lo normado en el artículo 43° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1.502, el Decreto N° 812/2005, se pone en conocimiento de todos los oferentes que el o los adjudicatarios estarán obligados a emplear personas con necesidades especiales que reúnan las condiciones y la idoneidad requerida para el puesto o cargo que deberá cubrirse en una proporción no inferior al cinco por ciento (5%) de la totalidad de su personal afectado a la explotación en los Inmuebles concesionados y a establecer reservas a ser ocupadas exclusivamente por ellas. Este porcentaje deberá mantenerse por causa de vacante o incremento de la dotación.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 50

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ANEXO A

INDIVIDUALIZACIÓN DE LOS INMUEBLES DEL DOMINIO PÚBLICO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SUJETOS A

CONCESIÓN DE USO Y EXPLOTACIÓN DE CARÁCTER ONEROSO

Se enumeran taxativamente los bienes de dominio público y su respectivo espacio:

a) Inmueble sito bajo el trazado de la Autopista 25 de Mayo (AU 1) con frente a la calle Alberti 1330, identificado internamente como 124, Superficie aproximada 4.200 m2..

b) Inmueble sito bajo el trazado de la Autopista 25 de Mayo (AU 1) con frente a la Av. José María Moreno 930, identificado internamente como 150, Superficie aproximada 6.270 m2.

c) Inmueble sito bajo el trazado de la Autopista 25 de Mayo (AU 1) con frente al Pasaje de Las Ciencias 952, identificado internamente como 158, Superficie aproximada 3.500.m2

CROQUIS a)

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 51

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b)

c)

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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ANEXO B

SERVICOS/ DESTINO

EXPLOTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS INMUEBLES DEL DOMINIO PÚBLICO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

El Concesionario deberá destinar los Inmuebles del dominio público de la Ciudad de Buenos Aires indicados en el Anexo A (IF-2015-18323169-DGCONC), para la explotación de los siguientes servicios:

I. Playas de estacionamiento vehicular. Los servicios anteriormente descriptos que se brinden a los usuarios deberán ajustarse y realizarse conforme las normas legales y reglamentarias vigentes durante el período del contrato. Queda prohibido destinar los Inmuebles objeto del presente para la explotación de servicios que no se hayan especificado precedentemente. El adjudicatario deberá efectuar por su cuenta y cargo todos los trabajos, actividades, reparaciones y provisión de maquinarias, equipos, instalaciones y elementos que sea menester para el desarrollo del servicio a explotar en virtud de la concesión de uso. La presentación de la oferta deberá describir con exactitud los servicios a desarrollar en los Inmuebles, el equipamiento y las instalaciones propuestas. El concesionario deberá dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de Protección y Defensa del Consumidor. Las características de las playas de estacionamiento y de sus correspondientes accesos y egresos vehiculares y peatonales cumplirán estrictamente todas las reglamentaciones vigentes expresadas en los Códigos de la Edificación, de Habilitaciones y Verificaciones de la Ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y Anexo 2°: "Características Técnicas y de uso de la playa de estacionamiento" ajustándose asimismo a lo determinado por las siguientes Normativas:

- Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley

Nº 449 y modificatorias). - Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos Aires. Ordenanza Nº 14.089.

Texto ordenado por Ordenanza Nº 34.421. Deberá cumplir además con la Sección 4ª apartado 4.12 “de la protección contra incendio”.

- Ley Nº 2.581 de Modificación parcial del Código de Habilitaciones y Verificaciones respecto a Playas de Estacionamiento. Sección 4.16 Playas de Estacionamiento.

- Ley Nº 2.148 Código de Transito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reglamentada por el Decreto Nº 588/10 .

- Ley Nº 1.356 Calidad Atmosférica, reglamentada por Decreto Nº 198/2006 ,Regulación en Materia de Preservación del Recurso Aire y la Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica.

- Ley Nº 1.540 y normativa complementaria de Contaminación Acústica, reglamentada por el Decreto Nº 740/07, Control de la Contaminación Acústica.

- Ley Nº 962 Modificación del Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos Aires: Accesibilidad Física para Todos.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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- Ley Nº 2.634 de Actividades en el Espacio Público. Creación de Registros - Registro de Empresas Autorizadas para la Apertura y Roturas en el Espacio Público, reglamentada por Decreto Nº 238/08.

- Toda otra normativa vigente tanto Nacional o propia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires referida tanto a la característica del Inmueble como a las actividades a realizarse en el mismo.

Las obras a realizarse y los accesos y egresos provocarán el menor impacto posible en el área y deberán incorporándose armónicamente a los sistemas circulatorios, tanto peatonales como vehiculares.

Los sistemas de cartelería, señalización gráfica y publicidad de las playas, deberán ser claros, distinguibles y orientadores, respetando estrictamente las reglamentaciones vigentes; no se constituirán en barreras visuales.

El horario de funcionamiento de las playas de estacionamiento será el que establezca el Pliego de Especificaciones Técnicas.

Previo al comienzo de la explotación, el Concesionario pondrá todos los servicios en funcionamiento, debiendo contar con la aprobación de todos los organismos del Gobierno y de las empresas prestatarias de servicios que fueren necesarias.

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ANEXO C

CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA CONCESIÓN A LICITAR

1. CLAUSULA DE AJUSTE DE CANON

El presente es complementario del Artículo 16° del PBCP. Se deja constancia que el canon locativo mensual que se establezca en el contrato de Concesión será redeterminado en proporción al incremento del cuadro tarifario aplicado al estacionamiento por hora y/o por estadía y/o por abono mensual, situación esta que deberá ser notificada por el concesionario en forma fehaciente y con carácter de Declaración Jurada, por ante la Dirección General de Concesiones, dentro del plazo de diez (10) días de producida la variación, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones previstas para el caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas contractualmente.

2. DETALLE DE MONTO DE SEGUROS El presente es complementario del Artículo 63° del PBCP. 2.1. DE LAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS Las compañías aseguradoras con las cuales el concesionario contrate las coberturas establecidas en esta cláusula, deberán ser de primera línea, reconocida solvencia y autorizadas a tal fin por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Estas compañías aseguradoras deberán cumplir con los siguientes requisitos: (i) estar habilitados por la Superintendencia de Seguros de la Nación para operar como tal en los riesgos que presenta su propuesta, (ii) contar con un Patrimonio Neto superior a los Pesos trescientos cincuenta millones ($350.000.000) de acuerdo al último balance anual presentado a la Superintendencia de Seguros de la Nación publicado por la misma y (iii) poseer una calificación establecida por una calificadora de riesgo autorizada a operar en la República Argentina. Lo antedicho y enumerado no será requerido en los supuestos de coberturas del ramo Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/o caución (garantías de cumplimiento). El GCBA se reserva el derecho de solicitar a su solo juicio, el cambio de compañía aseguradora. 2.2 DE LAS COBERTURAS EN PARTICULAR

a) Laborales: 1) Seguro de Riesgos del Trabajo – Cobertura ART

El concesionario en cumplimiento de la legislación vigente, debe contar con un seguro que cubra a la totalidad del personal que afecte al servicio contratado, el cual será suscripto con una aseguradora de riesgos del trabajo (ART) autorizada a brindar ese tipo de cobertura. No se podrá afectar personal alguno, cualquiera sea su índole hasta que el mismo no cuente con su correspondiente cobertura por riesgo de accidentes de trabajo. Se deberán presentar al GCBA, junto con la póliza/contrato de afiliación, los certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales estará incluido el siguiente texto: “Por el presente, la ART renuncia en forma

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

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expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición, de subrogación o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el Art. N°39 ap. 5 de la Ley N°24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del permisionario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N°XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo”.

2) Seguro de accidentes personales (en caso de corresponder) En caso que el concesionario, contrate a personal y/o prestadores de servicio que no esté alcanzado por la Ley de Contrato de Trabajo, es decir, quienes no revistan el carácter de relación de dependencia con el mismo; se deberá contar con una póliza de accidentes personales, con las siguientes características: Alcance de la cobertura: Se deberá amparar la totalidad del personal afectado durante la jornada laboral incluyendo cobertura in-itinere. Sumas a Asegurar: (i) Muerte: Pesos cuatrocientos mil ($400.000), (ii) Invalidez total y/o parcial permanente por accidente: Pesos cuatrocientos mil ($400.000). La citada póliza deberá incluir el siguiente texto: “La compañía……….renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/o subrogación contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT N°34-999030208-9, sus funcionarios y/o empleados”.

b) Seguro de Responsabilidad Civil por guarda y/o depósito de vehículos: Cobertura por la responsabilidad civil en que se incurra por pérdida o daño a vehículos automotores de terceros, mientras se hallen guardados dentro del predio, cuando sean causados por los siguientes eventos: incendio o explosión, robo o hurto, muerte por lesiones a terceros por incendio o accidentes, caídas desde pisos, elevadores y/o similares. Suma a asegurar: Pesos un millón quinientos mil ($1.500.000). Se aceptarán sumas aseguradas de menor monto para el concepto robo y/o hurto.

c) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva: El concesionario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad de GCBA o de terceros. Suma a asegurar: Pesos tres millones ($3.000.000) – Sub-límite por reclamo mínimo Pesos quinientos mil ($500.000). Se detallan de manera enunciativa y no taxativa los riesgos a incluirse dentro de la cobertura: (i) responsabilidad civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y/o explosión, descargas eléctricas, (ii) daños por caídas de objetos, carteles y/o letreros, (iii) daños por hechos maliciosos, tumulto popular, (iv) ascensores y/o montacargas y/o auto elevadores (de corresponder), (v) instalaciones a vapor, agua caliente o aceite caliente (de corresponder), (vi) suministro de alimentos (de corresponder) y (vii) bienes bajo cuidado, custodia y control. Un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCBA. Los empleados del GCBA deberán ser considerados terceros en póliza. La póliza debe contener una cláusula por medio de la cual la compañía aseguradora se compromete a comunicar fehacientemente al GCBA, con treinta (30) días de anticipación de cualquier cambio en las condiciones de la póliza, o de la cancelación o terminación de la misma o de reducciones en los montos de coberturas. La citada póliza deberá incluir el siguiente texto: “La compañía…….renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/o subrogación contra

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 56

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el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT N°34-99903208-9, sus funcionarios y/o empleados”.

d) Seguro de Incendio: Cobertura por incendio, rayo, explosión, tumulto popular, huelga lockout, malevolencia, vandalismo, impacto de vehículos terrestres y aeronaves, daños por humo. Suma asegurada: la suma a asegurar deberá tener correspondencia con el valor de reconstrucción vigente a la fecha debiendo procurar el concesionario la actualización permanente de las sumas aseguradas durante la totalidad de la vigencia del contrato de concesión. Coberturas adicionales: gastos por remoción de escombros mínimo 3% (tres por ciento) de la suma asegurada por incendio.

e) Hurto y robo: Debe comprender la totalidad de las instalaciones y elementos del Inmueble del dominio público afectado a la concesión.

f) Responsabilidad Civil de Construcciones (en caso de corresponder): En el caso de desarrollo de obras de construcción, el Concesionario o su contratista, quien desarrolle y ejecute la obra, deberá constituir todas las pólizas correspondientes en los términos de la normativa vigente sobre el rubro de la construcción dentro del plazo de cinco (5) días de recibida la tenencia, un seguro de responsabilidad civil de construcciones con cobertura por accidentes en obra que ocasionen lesiones, muerte, invalidez total o parcial. En caso de que la obra sea ejecutada a través de un contratista, el concesionario tendrá la responsabilidad de exigir y controlar el cumplimiento del contratista en lo relativo a todas las pólizas correspondientes.

g) Seguro de daño ambiental de incidencia Colectiva: En caso de corresponder por la actividad a desarrollar, el Concesionario deberá contratar la Póliza de Seguro por Daño Ambiental emitida por una compañía de seguros que haya sido aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que garantice la ejecución de las tareas de recomposición del daño ambiental de incidencia colectiva a efectos de cumplir las exigencias del art. 22 de la Ley General de Ambiente N°25.675 y que hayan acreditado su capacidad técnica y factibilidad operativa para realizar acciones de recomposición del ambiente dañado a través de operadores legalmente habilitados. Asimismo, dicha póliza deberá presentarse en original ante la Dirección General de Seguros, de conformidad con lo dispuesto en Resolución N°2521/SSGEYAF/APRA/10 y Resolución N°2.780/MHGC/10.

El GCBA se reserva del derecho de modificar –al momento de la suscripción de la contrata- las coberturas y/o montos antes detallados por resultar necesaria su actualización o adecuación, conforme lo dictamine la Dirección General de Seguros.

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 57

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ANEXO D

CERTIFICADO DE VISITA AL LUGAR O A LAS INSTALACIONES OBJETO DE LA CONCESIÓN RESPECTO DE LOS INMUEBLES DE DOMINIO PÚBLICO DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES, DETALLADOS EN EL ANEXO A - En la Ciudad de Buenos Aires, a los…. días del mes de………de ……. , procedo a comunicar, con carácter de Declaración Jurada a la Dirección General de Concesiones, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que con fecha............... he concurrido a visitar los inmuebles sitos bajo el trazado de la Autopista 25 de Mayo con frente a la calle Alberti 1330, Av. José María Moreno 930 y Pasaje De Las Ciencias 952., objeto de la presente Licitación Pública. Firma: Aclaración: D.N.I.:

ANEXO - DECRETO N° 267/15 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 58

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1084/MHGC/15

ANEXO

CANT. ELEMENTO VALOR

UNITARIO VALOR TOTAL

1 Teclado - CDR NºS: K308426055 Tipo QWERTY de 104 teclas, 12 teclas numérico separado y 4 para desplaz. Indicadores de actividad de mayúscula, teclado numérico y scroll.

$ 25,00 $ 25,00

1 Monitor - CDR NºS: MW53E030922758. Color de 15”. 25lín x 80col. Ctrol de brillo, contraste y gabinete orientable. Res mínima de 1024 x 768 pixeles.

$ 600,00 $ 600,00

1 Mouse – Gigabyte NºS: 164346. 2 o 3 teclas. Conexión PS2 con scroll.

$ 25,00 $ 25,00

1

CPU – CDR NºS: WR09CEEND692. Intel Celeron. 2.0GHZ. 128 Mb de mem. Drive de 3 ½ de 1,44”Mb. Rígido 20GB. CD ROM de 52x. Placa de red Ethernet/Fast Ethernet. Lic. Windows XP professional Lic. Nº: 934-070

$ 1.513,00 $ 1.513,00

1 Teclado – CDR NºS: K30834100 Tipo QWERTY de 104 teclas, 12 teclas numérico separado y 4 para desplaz. Indicadores de actividad de mayúscula, teclado numérico y scroll

$ 25,00 $ 25,00

1

CPU – CDR NºS: WR09CEEND685. Intel Celeron. 2.0GHZ. 128 Mb de mem. Drive de 3 ½ de 1,44”Mb. Rígido 20GB. CD ROM de 52x. Placa de red Ethernet/Fast Ethernet. Lic. Windows XP professional Lic. Nº: 934-015

$ 1.513,00 $ 1.513,00

1 Teclado – Hewlett Packard NºS: C0401203157. 104 teclas, 12 teclas numérico separado y 4 para desplaz. Indicadores de actividad de mayúscula, teclado numérico y scroll

$ 35,00 $ 35,00

1 Teclado – Hewlett Packard NºS: C0401204759. 104 teclas, 12 teclas numérico separado y 4 para desplaz. Indicadores de actividad de mayúscula, teclado numérico y scroll

$ 35,00 $ 35,00

1 Monitor - Hewlett Packard NºS: MX341WD062. Color de 15”. S5500l. Ctrol de brillo, contraste y gabinete orientable. Res mínima de 1024 x 768 pixeles. Dot Pitch 0.28mm

$ 600,00 $ 600,00

1 Teclado – Hewlett Packard NºS: C0402004054. 104 teclas, 12 teclas numérico separado y 4 para desplaz. Indicadores de actividad de mayúscula, teclado numérico y scroll

$ 35,00 $ 35,00

1 Monitor - CDR NºS: MW53E030922579. Color de 15”. 25lín x 80col. Ctrol de brillo, contraste y gabinete orientable. Res mínima de 1024 x 768 pixeles.

$ 600,00 $ 600,00

1 Mouse – modelo MUSXJL Nº 3872A868 $ 60,00 $ 60,00

1 Mouse - Hewlett Packard NºS: 402037768 2 teclas. Conexión PS2 con scroll

$ 35,00 $ 35,00

1 Mouse - Hewlett Packard NºS: 402000949 2 teclas. Conexión PS2 con scroll

$ 35,00 $ 35,00

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 59

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1084/MHGC/15 (continuación)

1 Monitor - CDR NºS: MW53E030922815. Color de 15”. 25lín x 80col. Ctrol de brillo, contraste y gabinete orientable. Res mínima de 1024 x 768 pixeles.

$ 600,00 $ 600,00

1 Monitor - CDR NºS: MW53E030922893. Color de 15”. 25lín x 80col. Ctrol de brillo, contraste y gabinete orientable. Res mínima de 1024 x 768 pixeles.

$ 600,00 $ 600,00

1 Teclado – Hewlett Packard NºS: C0401124231 104 teclas, 12 teclas numérico separado y 4 para desplaz. Indicadores de actividad de mayúscula, teclado numérico y scroll

$ 35,00 $ 35,00

1 Mouse - Hewlett Packard NºS: 402019838 2 teclas. Conexión PS2 con scroll

$ 35,00 $ 35,00

1 Teclado – Hewlett Packard NºS: C0402004060. 104 teclas, 12 teclas numérico separado y 4 para desplaz. Indicadores de actividad de mayúscula, teclado numérico y scroll

$ 35,00 $ 35,00

1 Mouse - Hewlett Packard NºS: 402008150 2 teclas. Conexión PS2 con scroll

$ 35,00 $ 35,00

1 Monitor - CDR NºS: MW53E030922561. Color de 15”. 25lín x 80col. Ctrol de brillo, contraste y gabinete orientable. Res mínima de 1024 x 768 pixeles.

$ 600,00 $ 600,00

1 Mouse - Hewlett Packard NºS: 402008099 2 teclas. Conexión PS2 con scroll

$ 35,00 $ 35,00

1 Mouse - Hewlett Packard NºS: 402037763 2 teclas. Conexión PS2 con scroll

$ 35,00 $ 35,00

1 Mouse - Hewlett Packard NºS: 402000954 2 teclas. Conexión PS2 con scroll

$ 35,00 $ 35,00

1 Mouse – Gigabyte NºS: 00164876 con 2 teclas y scroll. $ 25,00 $ 25,00

1

CPU – CDR NºS: WR09CEEND693. Intel Celeron. 2.0GHZ. 128 Mb de mem. Drive de 3 ½ de 1,44”Mb. Rígido 20GB. CD ROM de 52x. Placa de red Ethernet/Fast Ethernet. Lic. Windows XP professional

$ 1.513,00 $ 1.513,00

1 Monitor - CDR NºS: MW53E030922878. Color de 15”. 25lín x 80col. Ctrol de brillo, contraste y gabinete orientable. Res mínima de 1024 x 768 pixeles.

$ 600,00 $ 600,00

1 Monitor – Acer 17” CRT VGA, Rj-45 LAN Placa de sonido y parlantes. Serie Nro. ES711020184280041FED02

$ 700,00 $ 700,00

1 Teclado – Acer PS2 Serie Nº: KBKBP03025429070250B00 $ 30,00 $ 30,00

1 Teclado – Acer PS2 Serie Nº: KBKBP03025429071070B00 $ 30,00 $ 30,00

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 60

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1084/MHGC/15 (continuación)

FIN DEL ANEXO

1 Mouse – Acer PS2 Serie Nº: HCA41500171 $ 30,00 $ 30,00

1 Mouse – CDR Mouse óptico, mod: LM-301-0, PS/2 $ 25,00 $ 25,00

1 Mouse – CDR Mouse óptico, mod: LM-301-0, PS/2 $ 25,00 $ 25,00

1 Teclado – CDR Tipo QWERTY de 104 teclas, 12 numérico separado y 4 para desplaz.

$ 25,00 $ 25,00

1 Mouse – CDR Mouse óptico, mod: LM-301-0, PS/2 $ 25,00 $ 25,00

30 Escritorios con 2 cajones. Medidas: 1,2 x 0,70 x 0,75 mts. en melamina 25 mm., base 18 mm.

$ 181,00 $ 5.430,00

11 Armarios – Biblioteca con 2 puertas corredizas con cerraduras y estantes interiores regulables. Medidas: 1,2 x 0,50 x 0,82 mts. en melamina 18 mm.

$ 212,00 $ 2.332,00

25 Mesa de computación con bandeja corrediza. Medidas: 0,90 x 0,55 x 0,75 mts. en melamina 25 mm., base 18 mm.

$ 152,00 $ 3.800,00

1 Mesa Auxiliar con estante y ruedas para tel. fax, impresora. Medidas: 0,63 x 0,40 x 0,71 mts. en melamina 25 mm., base 18 mm.

$ 90,00 $ 90,00

21 Escritorios en “L” (1,24 m. x 0,72 m. con bandeja corrediza y 1,03 x 0,45 m. con 2 cajones, en melamina color haya y negro

$ 341,00 $ 7.161,00

1 Mesa ovalada truncada en sus extremos color haya. Medidas: 2,8 m. x 1,2 m. en el centro

$ 600,00 $ 600,00

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 61

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 692/MJYSGC/15

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 62

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 692/MJYSGC/15 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 63

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 694/MJYSGC/15

FIN DEL ANEXO

Exp. DNI CUIL Nº Apellido y Nombre DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. AREA FUNCION OBS.20356900/15 32.472.357 27-32472357-4 Gomez, Maria Sol 01/08/2015 31/12/2015 4750 23750 MJYS DGTAL Administrativa Primario

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 64

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 695/MJYSGC/15

FIN DEL ANEXO

Exp Origen Exp. CA DNI CUIL Nº Apellido y Nombre DESDE HASTA Monto actual Mens. CA Total CA Total Men. ORG. AREA FUNCION OBS.17493772/14 18224255/15 26.047.927 20-26047927-0 DI GIORGIO, MIGUEL HERNAN 01/07/2015 31/12/2015 $ 7.500 $ 2.000 $ 12.000 $ 9.500 MJYS RVA Asesor Abogado17493972/14 18224615/15 26.195.585 27-26195585-2 FEMMINELLA, HELENA BEATRIZ 01/07/2015 31/12/2015 $ 7.500 $ 2.000 $ 12.000 $ 9.500 MJYS RVA Asesora Abogada2019104/15 18377357/15 26.421.357 27-26421357-1 ALVAREZ LOPEZ VERONICA GISELLE 01/07/2015 31/12/2015 $ 9.000 $ 1.850 $ 11.100 $ 10.850 MJYS RVA Asesora Abogada17494318/14 18377793/15 23.570.734 27-23570734-4 SACILOTTO, SILVANA 01/07/2015 31/12/2015 $ 11.000 $ 1.850 $ 11.100 $ 12.850 MJYS RVA Asesora Primario317210/15 18489265/15 32.067.717 20-32067717-4 BERSANO, FEDERICO 01/07/2015 31/12/2015 $ 14.000 $ 4.000 $ 24.000 $ 18.000 MJYS RVA Asesor Lic. Kine.

17496558/14 18378220/15 20.521.491 20-20521491-8 MUSSO, JORGE RICARDO 01/07/2015 31/12/2015 $ 11.000 $ 1.850 $ 11.100 $ 12.850 MJYS RVA Asesor Primario442754/15 18378565/15 12.094.262 20-12094262-0 LOMBARDI, ARNALDO HECTOR 01/07/2015 31/12/2015 $ 9.000 $ 1.500 $ 9.000 $ 10.500 MJYS RVA Técnico Primario

9990491/15 19121013/15 29,064,841 27-29064841-1 CRUZ, GRISELDA SOLEDAD 01/07/2015 31/12/2015 $ 6.750 $ 1.750 $ 10.500 $ 8.500 MJYS RVA Administrativa Bachiller17497504/14 18226287/15 34.874.403 20-34874403-9 POUYAU, GASTÓN ANDRES 01/07/2015 31/12/2015 $ 15.000 $ 3.300 $ 19.800 $ 18.300 MJYS RVA Asesor Bachiller

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 65

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 136/SSPDRC/15

FIN DEL ANEXO

Exp. Orig. Exp. Actual DNI CUIT Apellido y Nombre

Desde Hasta Actual Mensual clausula

Total Clausula

Ampliatoria

Total Mensual

ORG AREA FUNCION OBS

2888660/15 22113079/15 36896196 20-36896196-6Valente Federico Alberto

01/09/2015 31/12/2015 6000 6000 24000 12000 DGPPD SSPDRCAt. Al

PúblicoBachiller

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 66

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1293/MSGC/15

Anexo "I"CONTRATACIONES RESIDENTES

MINISTERIO DE SALUD READJUDICACIONES

DEL CAMPO ECHEGOYEN 27-18865777-5 4022.0500 Tocoginecología 952/MSGC/2015 4022.1500MARIA JOSE

ZAFRAN 27-33300106-9 4022.0500 Tocoginecología 861/MSGC/2015 4021.0030ELIANA DENISE

NASELLO 27-30974180-9 4022.0500 Tocoginecología 1136/MSGC/2015 4021.0030MARIA MACARENA

DE ARMAS 27-33434139-4 4022.0500 Cirugía General 952-MSGC-2015 4022.1200MARÍA EMILIA

FERNANDEZ ORONA 20-33984483-7 4022.0500 Anestesiología 1144/MSGC/2015 4022.0400NICOLAS SEBASTIAN

ABBAMONTE 27-33834460-6 4022.0500 Fonoaudiología 854/MSGC/2015 4022.1000ESTEFANÍA SOL

ZAVALETA 27-28077929-1 4021.0010 Adolescencia 854/MSGC/2015 4022.0500AGUSTINA 457900

DE ILZARBE 27-32885807-5 4022.0700 Tocoginecología 1144/MSGC/2015 4022.1000AMAIA BELEN

DIZEO 27-34211892-0 4022.0700 Anestesiología 952/MSGC/2015 4022.1100MARIA CARLA

NAVARRO AREVALO 20-34164653-8 4021.0020 Cirugía Cardiovascular 952/MSGC/2015 4021.0010PABLO ARIEL Pediátrica

APELLIDOS Y NOMBRES CUIL Y FICHA NUEVA REPARTICIÓN ESPECIALIDAD RESCINDE

RESOLUCIÓNDEJA

HOSPITAL

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 67

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1293/MSGC/15 (continuación)

FIN DEL ANEXO

Anexo "I" de la Resolución N°

CONTRATACIONES RESIDENTES

MINISTERIO DE SALUDREADJUDICACIONES

ACOSTA 27-34390658-2 4021.0020 Cirugía Infantil 861/MSGC/2015 4021.0010SOFIA (Cirugía Pediátrica)

SEBASTIANI 20-30592650-8 4022.0000 Dermatología 1060/MSGC/2015 4022.0400FERNANDO DANIEL

GARCIA 27-33472332-7 4022.1400 Tocoginecología 952/MSGC/2015 4022.0400JIMENA TACIANA

FRANCESCHINIS 27-35156594-8 4022.1000 Clínica Médica 1060/MSGC/2015 4022.1500ORIANA BELEN

MUÑIZ BARRETO 20-33851472-8 4022.1100 Anestesiología 854/MSGC/2015 4022.0300JAIME ALVARO

DI NUCCI 24-27797688-5 4022.0300 Interdisciplinaria en 860/MSGC/2015 4022.1700MARIANA 457900 Cuidados Paliativos

HAÑEK 20-33944391-3 4022.0300 Cirugía General 931/MSGC/2015 4022.1200JORGE OSCAR

APELLIDOS Y NOMBRES CUIL Y FICHA NUEVA REPARTICIÓN ESPECIALIDAD RESCINDE

RESOLUCIÓNDEJA

HOSPITAL

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 68

Page 69: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1294/MSGC/15

FIN DEL ANEXO

Anexo "I"CONTRATACIONES RESIDENTESMINISTERIO DE SALUD

APELLIDOS Y NOMBRES CUIL Y FICHA PARTIDA ESPECIALIDAD F. FINALIZACION

Hospital "Bernardino Rivadavia"

ISAIA 20-34855192-3 4022.1500 Urología 31/05/2019

JOAQUÍN HORACIO R.58.308

Hospital General de Agudos "Abel Zubizarreta"

DIEZ 23-32866646-4 4022.1300 Clínica Médica 31/05/2019

MARIA LUZ R.58.308

Hospital General de Agudos "Dr. Cosme Argerich"

CHAVEZ 27-33102282-4 4022.0500 Clínica Médica 31/05/2019

YESICA MARIANA R.58.308

FERNANDEZ 27-33293725-7 4022.0500 Enfermería General 31/05/2018Integral y Comunitaria

MARÍA CANDELA R.58.308 (APS)

Hospital General de Agudos "José María Ramos Mejia"

BURKE 27-34556670-3 4022.1000 Tocoginecología 31/05/2019

CAROLINA MAGALI R.58.308

TUMBURUS 20-31842010-7 4022.1000 Urología 31/05/2019

BENJAMIN R.58.308

ZANIER 23-35245824-4 4022.1000 Clínica Médica 31/05/2019

GUADALUPE R.58.308

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 69

Page 70: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 518/SSASS/15

2015

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

5685Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 21528226Nº: 14/08/2015Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 445-INSTITUTO PASTEUR

412-HTAL. COSME ARGERICH 417-HTAL. PEDRO DE ELIZALDE 419-HTAL. MARIA FERRER 423-HTAL. FRANCISCO J.MUÑIZ 425-HTAL. JOSE M. PENNA 429-HTAL. ODONTOLOGICO QUINQUELAMARTIN 430-HTAL. JOSE M.RAMOS MEJIA 433-HTAL. SANTA LUCIA

435-HTAL. RAMON SARDA

439-HTAL. BONORINO UDAONDO 410-HTAL.TEODORO ALVAREZ 426-HTAL. PARMENIO PIÑERO

Programa

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

45-INST.CTROL DE ZOONOS 81-ATEN.MÉDICA REGIÓN S 81-ATEN.MÉDICA REGIÓN S 81-ATEN.MÉDICA REGIÓN S 81-ATEN.MÉDICA REGIÓN S 81-ATEN.MÉDICA REGIÓN S 81-ATEN.MÉDICA REGIÓN S

81-ATEN.MÉDICA REGIÓN S 81-ATEN.MÉDICA REGIÓN S 81-ATEN.MÉDICA REGIÓN S 81-ATEN.MÉDICA REGIÓN S 82-ATEN. MÉDICA REG.SAN 82-ATEN. MÉDICA REG.SAN

Subprograma

0

0

12-HOSPITAL COSME ARGER 17-HOSPITAL PEDRO ELIZA 19-HOSPITAL MARÍA FERRE 23-HOSPITAL FRANCISCO M 25-HOSPITAL JOSÉ M. PEN 29-HOSPITAL QUINQUELA M

30-HOSPITAL JOSÉ M. RAM 33-HOSPITAL SANTA LUCÍA 35-HOSPITAL RAMÓN SARDÁ 39-HOSPITAL BONORINO UD 10-HOSPITAL TEODORO ÁLV 26-HOSPITAL PARMENIO PI

Proyecto

65-PUESTA EN VALOR CESAC

65-PUESTA EN VALOR PAST 65-PUE. EN VALOR H C. A 65-PUE. EN VALOR H P. E 65-PUE. EN VALOR H M. F 65-PUE. EN VALOR H F. J65-PUE. EN VALOR J. M.

65-PTA EN VALOR H. QUIN

65-PUE. EN VALOR J. M R 65-PUESTA EN VALOR SANT 65-PUE. EN VALOR H R. S 65-PUE. EN VALOR B. UDA 65-PUE. EN VALOR H T AL 65-PUE. EN VALOR H P. P

Actividad

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Obra

61-

51-

52-

51-

56-

51-

51-

56-

51-

62-

51-

57-

52-

51-

Partida

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

Importe

250.000,00

1.076.227,00

-2.292.000,00

9.272.254,00

-614.748,00

3.491.238,00

-947.135,00

-559.326,00

-1.553.233,00

-1.024.908,00

-787.385,00

-2.602,00

-1.866.193,00

-257.865,00

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 21528226 Fecha: 14/08/2015

CREDITO

FueFin FinFun

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

2015

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

5685Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 21528226Nº: 14/08/2015Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

434-HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNI 455-CAI CECILIA GRIERSON 414-HTAL. MARIA CURIE

415-HTAL. ODONTOLOGICO JOSE DUEÑAS 416-HTAL. CARLOS G. DURAND 421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 428-HTAL. DE QUEMADOS

432-HTAL. MANUEL ROCCA 438-HTAL. ENRIQUE TORNU 440-HTAL. DALMACIO VELEZ SARSFIELD 418-HTAL. JUAN A. FERNANDEZ 420-HTAL. RICARDO GUTIERREZ 424-HTAL.DE ODONTOLOGIA 427-HTAL. IGNACIO PIROVANO 431-HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA

Programa

82-ATEN. MÉDICA REG.SAN 82-ATEN. MÉDICA REG.SAN 83-ATEN. MÉDICA REG.SAN 83-ATEN. MÉDICA REG.SAN

83-ATEN. MÉDICA REG.SAN 83-ATEN. MÉDICA REG.SAN 83-ATEN. MÉDICA REG.SAN 83-ATEN. MÉDICA REG.SAN 83-ATEN. MÉDICA REG.SAN 83-ATEN. MÉDICA REG.SAN 84-ATEN.MÉDICA REG.SANI 84-ATEN.MÉDICA REG.SANI 84-ATEN.MÉDICA REG.SANI 84-ATEN.MÉDICA REG.SANI 84-ATEN.MÉDICA REG.SANI

Subprograma

34-HOSPITAL FRANCISCO S 55-HOSPITAL CECILIA GRI 14-HOSPITAL MARÍA CURIE 15-HOSPITAL JOSÉ DUEÑAS

16-HOSPITAL CARLOS DURA 21-HOSPITAL PEDRO LAGLE 28-HOSPITAL ARTURO U. I 32-HOSPITAL MANUEL ROCC 38-HOSPITAL ENRIQUE TOR 40-HOSPITAL VÉLEZ SARSF 18-HOSPITAL JUAN FERNÁN 20-HOSPITAL RICARDO GUT 24-HOSPITAL RAMÓN CARRI 27-HOSPITAL IGNACIO PIR31-HOSPITAL BERNARDINO

Proyecto

65-PUE. EN VALOR D. F.

65-PUESTA EN VALOR HOSP 65-PUE. EN VALOR H M. C 65-PUE. EN VALOR H ODON

65-PUE. EN VALOR H A. G 65-PUE. EN VALOR H P. L 65-PUE. EN VALOR H DE Q 65-PUE. EN VALOR H M. R 65-PUE. EN VALOR H E. T 65-PUE. EN VALOR H D. V 65-PUE. EN VALOR H J. A 65-PUE. EN VALOR H R GU 65-PTA EN VALOR ODONTOL 65-PUE. EN VALOR I. PIR 65-PUE. EN VALOR H B. R

Actividad

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Obra

51-

51-

51-

51-

51-

58-

51-

51-

51-

51-

51-

51-

55-

51-

54-

Partida

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

Importe

-1.074.978,00

-1.203.479,00

-257.393,00

6.810,00

995.436,00

-2.171.716,00

-888.830,00

26.298,00

-3.348,00

-2.776.138,00

-2.101.690,00

9.895.748,00

-1.173.001,00

-75.353,00

-591.370,00

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 21528226 Fecha: 14/08/2015

CREDITO

FueFin FinFun

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 70

Page 71: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 518/SSASS/15 (continuación)

FIN DEL ANEXO

2015

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

5685Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 21528226Nº: 14/08/2015Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

446-INSTITUTO DE REHABILITACIONPSICOFICA 551-SUBSECRETARIA DE ATENCION INTEGRADA DE SALUD 411-HTAL. TORCUATO DEALVEAR 413-HTAL. JOSE T. BORDA 422-HTAL. BRAULIO MOYANO 437-HTAL. CAROLINA TOBAR GARCIA 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD

Programa

84-ATEN.MÉDICA REG.SANI

85-ATENCIÓN DE SALUD ME

85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

Subprograma

46-IREP

0

11-HOSPITAL TORCUATO DE13-HOSPITAL JOSÉ BORDA

22-HOSPITAL BRAULIO MOY 37-HOSPITAL CAROLINA TO0

0

0

0

0

Proyecto

65-PUE. EN VALOR INST.

65-PUESTA EN VALOR CESAM

65-PUE. EN VALOR H T. D65-P VALOR S. MENTAL

65-PTA EN VALOR S MENTA 65-PUE. EN VALOR H T. G9-LEY 3011 - LIGA ISRA

10-OBRAS EDIFICIOS ADM

10-OBRAS EDIFICIOS ADM

11-OBRAS EFECTORES RS I

11-OBRAS EFECTORES RS I

Actividad

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Obra

54-

61-

51-

52-

59-

53-

51-

51-

51-

61-

70-

Partida

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

Importe

-153.591,00

77.205,00

-555.332,00

-45.310,00

-995.995,00

-1.118.297,00

-9.818,00

-1.475.500,00

1.350.000,00

556.826,00

-196.650,00

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 21528226 Fecha: 14/08/2015

CREDITO

FueFin FinFun

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

11

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

31

2015

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

5685Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: 21528226Nº: 14/08/2015Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

0Entidad:

40-MINISTERIO DE SALUD

UE

404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD

Programa

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

22-INFRAESTRUCTURA Y EQ

Subprograma

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Proyecto

12-OBRAS EFECTORES RS I

12-OBRAS EFECTORES RS I

13-OBRAS EFECTORES RS I

14-OBRAS EFECTORES RS I

14-OBRAS EFECTORES RS I

14-OBRAS EFECTORES RS I

15-OBRAS EFECT SALUD ME

15-OBRAS EFECT SALUD ME

15-OBRAS EFECT SALUD ME

Actividad

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Obra

63-

78-

52-

51-

67-

72-

51-

54-

62-

Partida

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

4210

Importe

-174.201,00

-65.762,00

-265.227,00

92.570,00

599.219,00

-259.999,00

315.364,00

-511.562,00

44.740,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 21528226 Fecha: 14/08/2015

CREDITO

FueFin FinFun

11

11

11

11

11

11

11

11

11

31

31

31

31

31

31

31

31

31

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 71

Page 72: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5820/MCGC/15

FIN DEL ANEXO

SECRETARíA:

UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I

RESOLUCION .

DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES

N°: 18299

Actuado Docum. Nro. Docum. Periodo ImporteTipo-Nro.lAño Contratadola Tipo CUITa Representadola por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.Nro. CDI (1 ) Nro. Hasta Monto Total

Cuotas

EXp.18790054/2015 ARNEDO DE VEGA IGNACIO ONI CU1T 17-06-15 LOCACION DE SERVICIO (CONTRATo)-1 ,1

10.000,00 10.000,0023124075 20231240757 21.06-15 FOTOGRAFO CIUDAD EMERGENTE

(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artistico (contrato de representación).

F=IRMA

?ág. 1 de 1

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 72

Page 73: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5864/MCGC/15

FIN DEL ANEXO

SECRETARíA:

UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I

RESOLUCION .

DIRGRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES

N°: 18518

Actuado Docum. Nro. Docum. Periodo ImporteTipo-Nro.lAño Contratado/a Tipo CUITa Representado/a por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.Nro. CDI (1 ) Nro. Hasta Monto Total

CuotasEXP"8917878120'S/ RODRIGUEZ CLAROS MARIA ONI

ICUIT

I17.06-15 SERVICIOS ARTISTlCOS y CUL TURALE1 1

I3.500.00 3.500,00LAURA 20250191 27202501910 21-o6~15 - CORRECTORA GRILLA CIUDAD

EMERGENTE

(1) S610 para aquellos contratados Que poseen representante legar y/o artístico (contrato de representaci6n).

FIRMA

Pág. 1 de 1

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 73

Page 74: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5865/MCGC/15

FIN DEL ANEXO

SECRETARíA:

UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I

RESOLUCION .

DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES

N°: 18515

Actuado Docum. Nro. Docum. Periodo ImporteTipo-Nro.lAño Contratadola Tipo CUITa Representadola por: Tipo Desde Descripción de la función Nro. ,1 MontoNro. COI (1) Nro. Hasta Total

CuotasEXP.18911587/2015 CZEMERINSKI VERA ONI CUIT 17~6-15 LOCACION OE SERVICIO (CONTRATO)-I 1

1

3.500.00 3.500.0022784584 27227845843 21-06-15 MUS1CO CIUDAD EMERGENTE

(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).

FIRMA

Pág. 1 de 1

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 74

Page 75: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 5866/MCGC/15

FIN DEL ANEXO

SECRETARíA:

UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESANEXO I

RESOLUCION .

DIRGRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES

N°: 18513

Actuado Docum. Nro. Docum. Periodo ImporteTipo-Nro./Año Contratado/a Tipo CUITa Representado/a por: Tipo Desde Descripción de la función Nro.Nro. CDI (1) Nro. Hasta Monto Total

CuotasEXP-1890432712015 CABAÑA RUBEN ALFREDO

IDNI CUIT 17.Q6-15

LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO). 1 , 9.920,00 9.920.0012647796 20126477962 21..()6-15 COOORDINADOR CULTURAL CIUDAD

EMERGENTE

(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal '110 artlstíco (contrato de representaciÓn).

FIRMA

Pág. 1 de 1

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 75

Page 76: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6420/MCGC/15

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 76

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 449/EATC/15

FIN DEL ANEXO

ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON

UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: 541 EATC

ActuadoDocumento

PeríodoTipo-Nro/Año

Tipo Nro. Desde Hasta Monto Total

PAS 31-07-15

438239627 23-08-15

Contratado/a Descripción de la función

EX. 2015-21853916-MGEYA-DGTALEATC

JONES SUSAN ELIZABETH ILUMINADOR / BALLET SYLVIA $ 12,667.68

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 77

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 162/SECG/15

FIN DEL ANEXO

2015

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

5811Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 21974614Nº: 24/08/2015Fecha:

Jurisdicción:

22-SECRETARIA GENERALSubjurisdicción:

0Entidad:

20-JEFATURA DE GOBIERNO

UE102-SECRETARIAGENERAL102-SECRETARIAGENERAL102-SECRETARIAGENERAL102-SECRETARIAGENERAL102-SECRETARIAGENERAL102-SECRETARIAGENERAL102-SECRETARIAGENERAL102-SECRETARIAGENERAL

Programa2-ACC. DE LA SEC.GRAL.

2-ACC. DE LA SEC.GRAL.

2-ACC. DE LA SEC.GRAL.

2-ACC. DE LA SEC.GRAL.

2-ACC. DE LA SEC.GRAL.

2-ACC. DE LA SEC.GRAL.

2-ACC. DE LA SEC.GRAL.

2-ACC. DE LA SEC.GRAL.

Subprograma0

0

0

0

0

0

0

0

Proyecto0

0

0

0

0

0

0

0

Actividad2-

2-

2-

1-

1-

2-

1-

1-

Obra0

0

0

0

0

0

0

0

Partida3590

3390

3830

3990

3790

3790

3390

3910

Importe11.180.000,00

-2.495.000,00

-5.000,00

-2.379.000,00

-1.000.000,00

-1.950.000,00

-1.997.135,00

-1.353.865,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 21974614 Fecha: 24/08/2015

CREDITO

FueFin FinFun11

11

11

11

11

11

11

11

13

13

13

13

13

13

13

13

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 78

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 577/AGIP/15

FIN DEL ANEXO

ANEXO I

Adecuación Provisoria Tercera “Servicio de Impresión, clasificación, registro, digitalización, transporte y distribución de

piezas postales y otros” Licitación Pública Nº 2530/13

renglónSALDOS AL 1 DE

MARZO 2015 VALORES BASICOS

($)

ADECUACIONPROVISORIA TERCERA ($)

1 4.519.232,63 669.859,36 2 305.350,09 45.260,17 3 138.908,84 20.589,64 4 883.200,00 130.912,80 5 6.537.765,08 969.059,86 6 1.335.705,53 197.985,42 7 53.706,78 7.960,69 8 0,00 - 9 1.627.527,72 241.240,16

10 23.907.617,37 3.543.704,65 11 1.210.674,36 179.452,11 12 8.987.355,85 1.332.150,09 13 2.839.123,52 420.828,85 14 2.888.394,12 428.131,86 15 16.176.503,37 2.397.760,23 16 2.833.970,34 420.064,91 17 35.020.624,69 5.190.928,72 18 997.692,20 147.882,82 19 76.500,36 11.339,26 20 3.230.767,39 478.881,63 21 138.650,00 20.551,38 22 930,28 137,89 23 77.208,00 11.444,15 24 1.578.150,00 233.921,52 25 914.500,00 135.551,70 26 316.200,00 46.868,71 27 66.402,00 9.842,43 28 94.860,00 14.060,61 29 0,00 - 30 3.056.600,00 453.064,20

TOTALES 119.814.120,51 17.759.435,82

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 79

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 535/AGC/15

FIN DEL ANEXO

EXPEDIENTE DOC. Nº CUIT APELLIDO Y NOMBRE DESDE HASTA MENSUAL TOTAL ORG. DEP. FUNCION

01/07/2015 31/07/2015 18.000 18.00001/08/2015 31/08/2015 18.000 18.00001/09/2015 31/12/2015 9.000 36.000

TOTAL 72.000

ANEXO

EX-2015-20992645- -MGEYA-AGC DNI 27745931 20-27745931-1 RIOS OSCAR RODOLFO AGC UCA ADMINISTRATIVO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 80

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2015

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

5691Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 21385381Nº: 14/08/2015Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIONEntidad:

68-MINISTERIO DE MODERNIZACION

UE682-DIR.GRAL. DEINFRAESTRUCTURA8056-AGENCIA SISTEMASDE INFORMACION8056-AGENCIA SISTEMASDE INFORMACION681-DIR.GRAL. DEGOBIERNO ELECTRÓNICO

Programa96-INFRAESTRUCTURAINFO7-ACT COM.A PROG.94.95

7-ACT COM.A PROG.94.95

95-PLATAFORMA DIGITAL

Subprograma0

0

0

0

Proyecto0

0

0

0

Actividad4-REDES

2-ADMINISTRACIÓN YSERV. GENERALES2-ADMINISTRACIÓN YSERV. GENERALES5-PLATAFORMA DIGITAL

Obra0

0

0

0

Partida3520

2920

2330

3560

Importe-8.800,00

13.587,00

422,00

-5.209,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 21385381 Fecha: 14/08/2015

CREDITO

FueFin FinFun11

11

11

11

13

13

13

13

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 165/ASINF/15

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 81

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 166/ASINF/15

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 82

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 166/ASINF/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 83

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 166/ASINF/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 84

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 166/ASINF/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 85

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 166/ASINF/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 86

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 166/ASINF/15 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 87

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 171/ASINF/15

FIN DEL ANEXO

2015

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

5818Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 22047634Nº: 25/08/2015Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIONEntidad:

68-MINISTERIO DE MODERNIZACION

UE683-DIR.GRAL.DEINTEGRACIÓN DESISTEMAS682-DIR.GRAL. DEINFRAESTRUCTURA682-DIR.GRAL. DEINFRAESTRUCTURA682-DIR.GRAL. DEINFRAESTRUCTURA682-DIR.GRAL. DEINFRAESTRUCTURA682-DIR.GRAL. DEINFRAESTRUCTURA682-DIR.GRAL. DEINFRAESTRUCTURA683-DIR.GRAL.DEINTEGRACIÓN DESISTEMAS

Programa94-DES Y CALIDAD DEAPL

96-INFRAESTRUCTURAINFO96-INFRAESTRUCTURAINFO96-INFRAESTRUCTURAINFO96-INFRAESTRUCTURAINFO96-INFRAESTRUCTURAINFO96-INFRAESTRUCTURAINFO94-DES Y CALIDAD DEAPL

Subprograma0

0

0

0

0

0

0

0

Proyecto1-DESARROLLOS INTEGRAD

2-CIUDAD CONECTADA

2-CIUDAD CONECTADA

1-DATA CENTER

1-DATA CENTER

1-DATA CENTER

2-CIUDAD CONECTADA

1-DESARROLLOS INTEGRAD

Actividad0

0

0

0

0

0

0

0

Obra51-DESARROLLO DESISTEMAS

51-CIUDAD CONECTADA

51-CIUDAD CONECTADA

52-DATA CENTER

52-DATA CENTER

52-DATA CENTER

51-CIUDAD CONECTADA

51-DESARROLLO DESISTEMAS

Partida3520

3520

4810

3390

3330

2920

4360

3330

Importe-429.000,00

-234.153,00

-511.864,00

247.500,00

103.500,00

44.000,00

501.996,00

278.021,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 22047634 Fecha: 25/08/2015

CREDITO

FueFin FinFun11

11

11

11

11

11

11

11

13

13

13

13

13

13

13

13

2015

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Modificación Presupuestaria

SIGAF

Ejercicio: Área/OGESE

5821Requerimiento Nº:

EXPED. ELECTRÓNICOTipo Actuación: 22055458Nº: 25/08/2015Fecha:

Jurisdicción:

0Subjurisdicción:

270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIONEntidad:

68-MINISTERIO DE MODERNIZACION

UE681-DIR.GRAL. DEGOBIERNO ELECTRÓNICO8056-AGENCIA SISTEMASDE INFORMACION

Programa95-PLATAFORMA DIGITAL

7-ACT COM.A PROG.94.95

Subprograma0

0

Proyecto0

0

Actividad5-PLATAFORMA DIGITAL

2-ADMINISTRACIÓN YSERV. GENERALES

Obra0

0

Partida3560

3510

Importe-15.000,00

15.000,00

0,00Diferencia:

Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 22055458 Fecha: 25/08/2015

CREDITO

FueFin FinFun11

11

13

13

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 88

Page 89: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

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PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE ASCENSOR

CESAC Nº 2 LINEAMIENTOS GENERALES a. Objeto de la Contratación

Puesta en marcha, reparación, habilitación y gestión de libro de Inspección del Ascensor Hidráulico CESAC 2 – Terrada 5850 - CABA

b. Notas y Aclaraciones b.1 Se consideran incluidos en la contratación todos los trabajos necesarios para la completa

terminación y correcto funcionamiento del ascensor. b.2 Todos los trabajos a realizar y los elementos a utilizar deberán ser nuevos, sin uso y cumplir

con lo estipulado en la reglamentación de ascensores vigente en el ámbito de la ciudad de buenos aires, ordenanza 49308/95, sus decretos reglamentarios, condiciones establecidas en el Código de la Edificación, Ley 962 del boletín oficial Nº 1607, Reglamentación de la Asociación Electrotécnica Argentina, Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo (Ley 19587) y demás normativas regulatorias del transporte vertical.

b.3 Junto con sus ofertas, las empresas deberán presentar una Carta de Intención manifestando que para todo equipamiento electrónico instalado nuevo se compromete en el futuro a proveer los repuestos.

b.4 Asimismo deberá proveer en forma gratuita la información técnica sobre dicho equipamiento a toda empresa conservadora que pase a realizar el mantenimiento o reparación de la instalación, luego de terminado el plazo de garantía y por un plazo no menor a cinco años. Asimismo, un juego de la información técnica mencionada deberá entregarse a la Dirección General de Recursos Físicos en Salud.

b.5 El adjudicatario deberá coordinar con la Dirección del Cesac la realización de los trabajos comprendidos en la presente contratación con el objeto de preservar el regular funcionamiento de los servicios afectados.

1. Requisitos para el Oferente 1.1. Requisitos de Inscripciones y Contratos: Los oferentes deberán reunir los siguientes requisitos, debiendo adjuntar con su propuesta fotocopia la documentación que así lo acredite: 1.1.1. Inscripción en el Registro Nacional de Constructores y/o Inscripción (o constancia de

inscripción en trámite) en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC). Se destaca que la Inscripción en el IERIC debe estar cumplimentada previo al acto de adjudicación.

1.1.2. Permiso de Conservador conforme lo establecido en el Decreto Nº 578/2001, Ordenanza Nº 49308 del G.C.B.A., vigente a la fecha fijada para la apertura de las ofertas.

1.1.3. Contratos celebrados entre el Conservador y sus Representantes Técnicos titular y alterno, vigentes a la fecha de la apertura, o documentación probatoria de relación de dependencia.

1.2. Constancia de Visita Los oferentes deberán visitar indefectiblemente el lugar donde se realizarán los trabajos. La DGRFISS designa a los Ingenieros: Lavia Pablo y/o Devoto Fernando y/o Novoa Jorge como únicos funcionarios acreditados para acompañar y asesorar a los interesados en la realización de la Visita de Obra y posteriormente extenderán el comprobante de Constancia de Visita de Obra, que el oferente deberá presentar junto a su oferta.

ANEXO - DISPOSICIčN NÁ 106/DGADC/15

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 89

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Por lo tanto, la presentación de la oferta lleva implícito el total conocimiento de las condiciones en las que se desarrollarán las tareas que se contratan (detalle de los trabajos y elementos a utilizar). 1.3. Forma de Cotizar 1.3.1. En el monto cotizado se deberán considerar incluidos todos los trabajos necesarios para la

completa terminación y correcto funcionamiento del equipo. 1.3.2. Obligatoriamente los oferentes deberán presupuestar todos los elementos descriptos en el

presente pliego. 1.3.3. La presentación de la oferta lleva implícito el total conocimiento de las tareas y elementos a

utilizar, como así también, de las condiciones en las que se desarrollaran las tareas que se contratan.

2. Obligaciones del Adjudicatario 2.1. Personal a Cargo. Régimen de Responsabilidad El Adjudicatario deberá contar con un plantel especializado que garantice la calidad de las tareas, las que se encontrarán bajo la responsabilidad de un profesional acreditado a tal fin, responsable y representante de la obra que deberá ser constructor de 1ª categoría, matriculado, quien deberá certificar en forma fehaciente su intervención en todos los controles y reparaciones que se realicen. El Adjudicatario deberá proveer a su personal de las prendas de vestir y accesorios necesarios para el cumplimiento de sus tareas, con leyenda o tarjeta identificatoria de la empresa de modo que lo diferencie del personal del Cesac, del G.C.B.A. y público en general. El Adjudicatario deberá mantener al día el pago del personal que emplee en la obra y dará estricto cumplimiento a las disposiciones sobre legislación del trabajo existente. El Adjudicatario será el único responsable por el pago de los salarios y cargas sociales de los obreros que hubieren trabajado en la obra sin excepción alguna, respondiendo además, por los daños y perjuicios en los casos de posibles reclamos judiciales o extrajudiciales que produjere tal incumplimiento, no teniendo el GCABA responsabilidad alguna por los hechos, actos u omisiones del Adjudicatario. El Adjudicatario será responsable de cualquier accidente que ocurra al personal que de él depende, como así también por el incumplimiento de las obligaciones que establecen las Leyes Nº 24.557, Nº 22.250, Nº 19.587, sus reglamentaciones y demás normas relativas a la higiene y seguridad en el trabajo. El GCABA queda liberado de toda responsabilidad referida a las situaciones descriptas anteriormente. 2.2. Responsabilidad por Desperfectos y Averías El Adjudicatario tomará las precauciones necesarias para proteger y evitar deterioro o daños a las instalaciones o equipos del Cesac. Si a pesar de ello se produjera algún daño, el Adjudicatario deberá repararlo inmediatamente a su costo y a entera satisfacción del damnificado. Los desperfectos y/o averías que se produzcan en los equipos, muebles, edificios, instalaciones, como cualquier otro y que fuesen provocados por la ejecución de los trabajos, negligencia o incapacidad del personal de la Adjudicatario, deberán ser reparados a su exclusivo cargo y costo dentro del plazo que el Organismo Usuario determine. Igual procedimiento se adoptará cuando se produzcan roturas, deterioros o desaparición de elementos personales, equipos, muebles, etc. comprobándose fehacientemente que el hecho que lo motivara se produjo durante y por motivo de la prestación del presente contrato. En caso contrario, el Organismo Usuario, previa intimación y sin más trámite dispondrá su realización o reposición en forma directa con cargo al Adjudicatario y por el monto que resulte, el cual se hará efectivo mediante la respectiva deducción de las facturas que se hallen en trámite de liquidación o bien afectando en última instancia la garantía de adjudicación y con las penalidades que el caso requiera. 2.3. Representante Técnico del Adjudicatario

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 90

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El Adjudicatario mantendrá permanentemente un representante técnico en el lugar de la instalación. La designación será asentada en el Libro de Comunicaciones y la función podrá ser prestada por quien asuma la responsabilidad técnica, o por otro profesional técnico o idóneo, de acuerdo a la naturaleza de los trabajos a realizar. La designación debe ser aprobada por la Inspección Técnica. 2.4. Inspección Técnica La Inspección Técnica de los trabajos corresponde al G.C.B.A., realizando la inspección y controles pertinentes a través de profesionales de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, dependiente del Ministerio de Salud, o quien ésta determine, que se denominará "Inspección Técnica". La Inspección Técnica fiscalizará, además de la calidad de los materiales y de la mano de obra, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las obligaciones de la presente contratación. 2.5. Libro de Comunicaciones El Adjudicatario proveerá un libro foliado, con hojas por triplicado, para asentar comunicaciones recíprocas, atinentes a los trabajos a realizar. Las comunicaciones serán firmadas por la Inspección Técnica y por el Profesional Responsable de la Empresa. 2.6. Concepto de Instalación Completa La ejecución de los trabajos responderá estricta y adecuadamente a su fin, en conjunto y en detalle, a cuyo efecto el Adjudicatario deberá cumplir con lo expresado y con la intención de lo establecido en el presente pliego. Los trabajos a realizar presentan situaciones de unión entre las instalaciones nuevas con las existentes. En consecuencia, estará a cargo del adjudicatario y se considerará comprendido sin excepción en la propuesta, la reparación de todas las partes afectadas y de todos los desperfectos que a consecuencia de los trabajos que realice se produzcan en las construcciones e instalaciones existentes. Los trabajos se realizarán de modo de obtener un trabajo prolijo, eficiente y correctamente ejecutado tanto en conjunto como en detalle de acuerdo a las normas técnicas vigentes y las reglas del buen arte, aunque en la documentación adjunta se haya omitido indicar trabajos o elementos necesarios para ello. El trabajo comprende todas las tareas necesarias para la ejecución completa de la instalación. Se establece por lo tanto, que todo trabajo, material o dispositivo, etc., que directa o indirectamente se requiera para completar el cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario debe considerarse incluido en el precio de la oferta. La adjudicataria quedará obligada a proveer e instalar todos aquellos elementos y realizar todos aquellos trabajos que aunque no hayan sido consignados, fueran necesarios para el correcto funcionamiento del ascensor, su habilitación o para el buen terminado de los trabajos. 2.7. Conexiones, desconexiones y traslados. Los trabajos incluyen las desconexiones, conexiones y rehabilitación de cualquier instalación provisoria o definitiva, las que deberán ser gestionadas por el Adjudicatario, con la debida anticipación, y corriendo por cuenta del mismo, los gastos, trámites, derechos, etc., que éstos eventos demanden. 2.8. Reuniones de Coordinación El Adjudicatario deberá considerar entre sus obligaciones, la de asistir con la participación de su Representante Técnico y la eventual de los Técnicos responsables de las Instalaciones y Estructuras, a reuniones promovidas y presididas por la Inspección Técnica a los efectos de obtener la necesaria coordinación, suministrar aclaraciones, facilitar y acelerar todo lo de interés común en beneficio de la instalación y del normal desarrollo del Plan de Trabajos. 2.9. Registro Fotográfico

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 91

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El Adjudicatario deberá realizar antes del comienzo de los trabajos, durante la ejecución de los mismos y al finalizarlos un relevamiento fotográfico de todas las instancias, el que deberá ser entregado a la DGRFISS en un CD. 2.10.Recepción Cuando los trabajos se encuentren terminados según pliego y realizadas las pruebas de la instalación se realizará la Recepción de los mismos. A partir de esa fecha comienza a regir el plazo de Garantía de los trabajos. 2.11.Documentación Técnica Conforme a Instalación La documentación Conforme a Instalación deberá ser presentada por el adjudicatario en el momento de la Recepción, estará integrada por catálogos de los equipos instalados, planos y memorias descriptivas de los trabajos ejecutados, incluyendo todos los estudios técnicos realizados por el adjudicatario. La Inspección Técnica podrá ordenar modificaciones en las escalas, tamaño de planos y/o grado de detalle cuando así lo considere necesario, para una mejor interpretación de la información en ellos contenida. 2.12.Plazo de la Entrega El plazo para la realización de todos los trabajos será de 180 días corridos contados a partir de la Recepción de la Orden de Compra. 2.13.Garantía 2.13.1. Plazo El plazo de garantía de los trabajos y/o instalaciones a proveer e instalar será de doce (12) meses, contados a partir de la Recepción de los trabajos terminados y con las habilitaciones que correspondieran. 2.13.2. Alcance El Adjudicatario deberá: a. Previo a la Recepción de los trabajos:

• Dar los cursos necesarios de capacitación en operación y mantenimiento de las instalaciones y equipos a la Empresa Responsable del Mantenimiento del Cesac y al personal designado por la DGRFISS.

• Entregar a la Empresa Responsable del Mantenimiento del Cesac y a la Inspección una carpeta que contenga:

1. El cronograma de los mantenimientos preventivos requeridos por fabricante para garantizar el correcto funcionamiento del ascensor.

2. El listado de los insumos y elementos necesarios para efectuar los mantenimientos preventivos del ascensor, para que ésta los adquiera.

3. Listado de números de teléfono para hacer las consultas las 24 hs / 365 días sobre cada instalación comprendida en la contratación.

b. Durante el Periodo de Garantía: • Auditar a la Empresa Responsable del Mantenimiento del Cesac en las tareas de operación del

Ascensor. • Supervisar a la Empresa Responsable del Mantenimiento del Cesac durante la ejecución de los

mantenimientos preventivos indicados en el cronograma. • Dar capacitación in situ a la Empresa Responsable del Mantenimiento del Cesac en todas las

tareas de mantenimiento preventivo y correctivo. • Efectuar todas las reparaciones o subsanar los inconvenientes que surgieran por deficiencias,

tanto del material como del trabajo de instalación, reemplazando todos los componentes deteriorados por componentes nuevos y originales, sin cargo para el GCBA.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 92

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• Presentar copias de todas las notas presentadas ante la DGROC y las respuestas de las mismas que acrediten el seguimiento del trámite de habilitación.

2.13.3. Responsable del Control A partir de la Recepción, la Empresa Responsable del Mantenimiento del Cesac será la responsable del registro, verificación del cumplimiento y reclamos de la presente garantía, informado al adjudicatario de la presente contratación sobre el desperfecto, este ultimo será responsable de realizar las reparaciones o reemplazos necesarios para el correcto funcionamiento del ascensor. 2.13.4. Garantías de Fábrica En el caso en que la garantía de fábrica de algún elemento a instalar supere al plazo de garantía de 12 meses de la presente contratación, el Adjudicatario deberá arbitrar los medios con el fabricante para que la misma sea transferida a la Empresa Encargada del Mantenimiento del Cesac para así poder emitir los partes de recepción definitivos. 2.13.5. Comunicaciones La empresa adjudicataria deberá proveer un libro de comunicaciones (de mantenimiento) por triplicado en dónde se deberán registrar todas las comunicaciones entre la Adjudicataria y la Empresa Encargada del Mantenimiento del Cesac (Responsable del Control de la Garantía). • El original corresponderá a la empresa que recibe la comunicación. • El duplicado corresponderá a la empresa que genera la comunicación. • El triplicado (que queda en el libro) corresponderá al Fiscal de Mantenimiento de la DGRFISS. 2.13.6. Responsabilidad Durante el período de la garantía tanto la Empresa Adjudicataria como la Empresa Encargada del Mantenimiento del Cesac serán solidariamente responsables por los daños ocasionados por la falta o mal mantenimiento del ascensor e instalaciones bajo garantía. En caso de no llegar a un acuerdo entre partes sobre la responsabilidad de los daños ocasionados, la DGRFISS resolverá el conflicto en virtud de los hechos ocurridos y los registros en el libro.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

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3. TRABAJOS A REALIZAR 3.1. MATERIALES Y ELEMENTOS A UTILIZAR En todos los casos los elementos, repuestos, componentes y accesorios a reponer o incorporar en el transcurso de los trabajos deberán ser nuevos, sin uso, y de tecnología abierta y cumplir con las Normas IRAM y/o Normas Internacionales. 3.2. HERRAMIENTAS El adjudicatario deberá proveer a su personal las herramientas, útiles y elementos de trabajo necesarios en buenas condiciones de uso. Los mismos deberán reunir condiciones óptimas de calidad para que bajo ningún concepto atentare contra la salud de las personas, conservación de edificios, muebles, equipos e instalaciones. 3.3. ELEMENTOS EXISTENTES Todos los elementos existentes que se retiren, desamuren o aparezcan como consecuencia de los trabajos contratados serán retirados del Cesac por la Adjudicataria quien deberá realizar la limpieza debida a los movimientos de estos materiales. Todos los gastos producidos por flete, carga y descarga, correrán por cuenta de la empresa adjudicataria. 3.4. TRAMITE DE HABILITACION DE LAS INSTALACIONES, LIBRO DE INSPECCION La empresa adjudicataria deberá realizar todos los trámites necesarios para obtener la rehabilitación del ascensor, ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, provisión y gestión del Libro de Inspección a que hace referencia la O.M. 49308, debidamente rubricado por autoridad competente, y/o cumplimentar las reglamentaciones vigentes. A tales efectos la empresa deberá nombrar un Representante Técnico matriculado y habilitado para tal fin. Los gastos derivados de todas estas gestiones quedarán a cargo de la empresa adjudicataria. 3.5. PUESTA EN MARCHA Y REPARACIONES. 3.5.1. Puesta en marcha inicial del ascensor, limpieza y lubricación. Evaluación general del estado

de la instalación, sobre todo los sistemas de seguridad, teniendo en cuenta que el mismo se encuentra fuera de servicio por mucho tiempo.

3.5.2. Provisión e instalación de nuevo tablero de fuerza motriz del tipo reglamentario de acuerdo al Código de Edificación, desplazar el mismo a su posición correcta, colocar bandejas y cables eléctricos necesarios.

3.5.3. Provisión e instalación de tramos de guías necesarios en el claro superior del pasadizo del ascensor.

3.5.4. Provisión e instalación de nuevos límites finales de recorrido, tanto en el extremo superior como en el inferior, realizar las instalaciones correspondientes.

3.5.5. Reparación Integral del Operador de puertas Automáticas de la cabina y Mecanismos automáticos de puertas de rellano. Provisión e instalación de nuevas cerraduras electromecánicas de puertas de rellano y de cabina.

3.5.6. Provisión e instalación de nueva barrera de rayos infrarrojos multi haz, como sistema de seguridad indispensable para esta instalación.

3.5.7. Reemplazo de elementos deteriorados del control de mando y maniobras del ascensor. Programación y ajuste.

3.5.8. Provisión e instalación de nuevo reten en cabeza de pistón hidráulico. 3.5.9. Desarmar distribuidor hidráulico y reemplazar juntas y retenes de sus electroválvulas.

Provisión y reemplazo total del aceite hidráulico en la central. Lavado de cañería. 3.5.10. Provisión e instalación de nuevos guiadores de la cabina del ascensor, limpieza y lubricación

de guías.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 94

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3.5.11. Revisión y reemplazo de botones y pulsadores deteriorados tanto en la cabina como en los rellanos del ascensor.

3.5.12. Provisión e instalación de nuevas luminarias y acrílicos deteriorados o rotos dentro de la cabina del ascensor

3.5.13. Sala de Maquinas: Provisión e instalación de Ventilación Cenital y Matafuegos reglamentario. Señalizar correctamente los elementos del ascensor.

3.6. ADECUACIÓN DE TABLEROS 3.6.1. En el tablero de Fuerza Motriz del Ascensor, se deberá incorporar un supresor del tipo CS4-

15/400- Protector Tetrapolar Clase II 15kA 230V 3F+N o de iguales o mejores prestaciones y características técnicas. El supresor deberá protegerse con su correspondiente protección termo magnética asociada.

3.6.2. En el TGBT del Cesac se deberá disponer un protector SPD combinado - descargador de corriente de rayo y supresor de sobretensiones transitorias, Clase I+II, 4 polos (3P+N), 12.5 kA (10/350), 230 V, desenchufable tipo CIRPROTECT, modelo: PSC4-12,5/400 TT o de iguales o mejores prestaciones y características técnicas. El supresor deberá protegerse con su correspondiente protección termo magnética asociada.

3.7. GESTION DE HABILITACION Y LIBRO DE INSPECCION 3.7.1. Se confeccionará toda la documentación gráfica, anexos técnicos, etc., necesarios para la

habilitación de todos los Elevadores descriptos en la presente licitación. 3.7.2. Se harán las presentaciones pertinentes en la Dirección General de Fiscalización de Obras y

Catastro dentro de los plazos previstos en este pliego, debiendo entregar al Organismo Usuario, copia de la constancia de inicio del trámite ante la DGROC.

3.7.3. Obtención del Libro de Inspección Rubricado.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 95

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EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Nº 19.322.338/MGEYA-DGADC/2015 CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 401-1691-CME15

CONTRATACIÓN MENOR (ARTÍCULO 38-LEY Nº 2095 MODIFICADA POR LEY Nº 4764)

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

1.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN El presente llamado a contratación se sujeta al régimen especial establecido por el artículo 38, de la Ley Nº 2095 y su modificatoria Nº 4764, y el Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14 y se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC) al amparo de lo establecido en el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones y su Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09. La contratación se rige por la citada normativa, por las disposiciones del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición N° 396-DGCYC/14), las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas. 2.- OBJETO El objeto de la presente contratación es la “Puesta en marcha, reparación, habilitación y gestión de libro de inspección del ascensor hidráulico del Centro de Salud y Acción Comunitaria N° 2 del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Las características y especificaciones técnicas del objeto de la presente contratación, se encuentran detalladas en las Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas emitidas por el BAC (Buenos Aires Compras), conforme al Catálogo General de Efectos y Servicios del Registro Informatizado de Bienes y Servicios y las descriptas en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

El Organismo contratante hace reserva de ejercer la facultad contemplada en el artículo 117 inciso I de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley N° 4764. 3.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Conforme lo establecido en el artículo 6° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, a los efectos de la presente contratación, se considera domicilio electrónico constituido por el oferente, el correo electrónico declarado por el mismo en oportunidad de inscribirse en el RIUPP (Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad), en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA.

Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y generará efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. En tal supuesto, el nuevo domicilio que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Asimismo, a los efectos del presente procedimiento el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye domicilio en Carlos Pellegrini Nº 313 Piso 4º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Una vez perfeccionado el contrato el GCABA constituye domicilio en la Dirección General Recursos Físicos en Salud sita en Carlos Pellegrini Nº 313, piso 10º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en el Capítulo II del Anexo I Decreto N° 1145-GCABA/09. Conforme el artículo 4º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, para la presente contratación, las comunicaciones que se realicen

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 96

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entre el organismo contratante y los interesados, oferentes y adjudicatarios se efectúan a través del BAC.

Todas las notificaciones entre las partes sean judiciales o extrajudiciales serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán cursarse al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay Nº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06.

4. GARANTÍAS 4.1.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

De conformidad con lo prescripto por el Artículo 99 de la Ley N° 2095 modificada por la Ley N° 4764 y el Artículo 17 apartado 17.1 inc. d) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el monto a depositar en concepto de garantía de impugnación será equivalente al dos coma cinco por ciento (2,5%) del monto estimado de la contratación.

La constitución de esta garantía deberá realizarse en efectivo a través de depósito bancario conforme lo prevé el Artículo 17, apartado 17.2 a) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, y el artículo 100 inciso a) y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14. El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente Nº26.326 “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el que será integrado a los impugnantes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente. 4.2.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 18 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, de conformidad con lo prescripto en el artículo 101 de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764, NO resulta necesario presentar garantía de mantenimiento de oferta, cuando el importe de la misma NO supere las CIEN MIL (100.000) Unidades de Compra (Valor de la Unidad de Compra $ 7,50 – LEY 5239 art. 28). Sin perjuicio de ello, se aclara que siempre que esta garantía sea identificada e individualizada con la oferta ingresada por BAC, aún en caso de no corresponder, DEBERÁ SER ENTREGADA FÍSICAMENTE (póliza, cheque certificado u otro documento según la forma de constitución en formato impreso) DENTRO DEL PLAZO DE 24 HORAS CONTADO A PARTIR DE LA FECHA LÍMITE PARA LA RECEPCIÓN DE OFERTAS BAJO APERCIBIMIENTO DE DESCARTE DE LA OFERTA, de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 del Anexo I Decreto Reglamentario N° 1145-GCABA/09 y el articulo 17.1 P.U.B.C.G., en el domicilio y horario fijados en el punto 4.4 del presente pliego. Dicho plazo se computa en horas, es decir desde la hora fijada para la recepción de las ofertas venciendo, en consecuencia a la misma hora del día hábil siguiente a la fecha límite para la recepción de ofertas. 4.3.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Dicha garantía deberá constituirse conforme lo establecido en el artículo 17 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, artículo 100 y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14 y el artículo 30 del Anexo I del Decreto N° 1145-GCABA/09. El adjudicatario deberá presentar la garantía de cumplimiento del contrato, AÚN CUANDO el importe de la Orden de Compra no supere las CIEN MIL (100.000) Unidades de Compra (Valor de la Unidad de Compra $ 7,50 – LEY Nº 5239 art. 28), por encontrarse afectada a la garantía técnica establecida.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 97

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La garantía de cumplimiento de contrato será devuelta una vez vencido el plazo de la garantía técnica del contrato, a entera satisfacción del organismo contratante, en conformidad con lo establecida en el artículo 113 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14. 4.4.- LUGAR DE ENTREGA DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que se constituyan en la presente contratación deberán ser entregadas en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud, sita en Carlos Pellegrini 313 piso 4º de la CABA, de 9 a 16 horas.

5- DEL PROCEDIMIENTO

5.1.- ANUNCIOS El llamado a Contratación Directa se anunciará en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de un (1) día, con una antelación no menor a dos (2) días de la fecha de apertura. Se cursarán invitaciones a Proveedores inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). Las invitaciones se cursarán de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 1145-GCABA/09. La adjudicación se notificará al adjudicatario y a todos los oferentes a través del BAC y se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de un (1) día conforme lo establecido en la normativa vigente. 5.2.- CONSULTAS

Sólo tiene derecho a formular consultas el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, conforme lo establecido en el Art. 15 del Anexo I Decreto Nº 1145-GCABA/09. Las consultas deberán realizarse mediante BAC hasta setenta y dos (72) horas previas a la apertura de ofertas. Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la contratación electrónica, serán comunicadas a cada uno de los oferentes de conformidad con lo previsto en el Art. 6º “Comunicaciones Electrónicas” del Anexo I Decreto Nº 1145-GCABA/09. SE DEJA CONSTANCIA QUE EL PORTAL BAC DEL GCABA DEBERÀ SER CONSULTADO PERIÓDICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISIÓN DE CIRCULARES.

5.3.- PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR

Podrán participar en la presente contratación las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que reúnan las condiciones que se exigen en la normativa vigente en función del objeto de la contratación y que no se encontraren comprendidas en las prohibiciones e inhabilidades que se mencionan en la normativa aplicable, de conformidad con lo establecido en los artículos 95 y 96 de la Ley Nº 2095 modificada por Ley 4764 y su reglamentación. Los interesados deberán formular una Declaración Jurada según lo dispuesto en el artículo 11 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 98

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5.4.-VISITA

De acuerdo a lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas, será requisito necesario para cotizar haber realizado la visita técnica al lugar en el que se efectuarán los trabajos. A tal efecto, los interesados deberán concurrir al edificio destinatario sito en Terrada 5850 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el día y horario fijados en el acto administrativo de convocatoria a fin de constatar las características y el alcance cualitativo y cuantitativo de los trabajos a efectuar.

El certificado de visita que se extenderá deberá adjuntarse con la oferta. 5.5.- COTIZACIÓN

Deberá completar la oferta económica a través del sistema BAC (PASO2),

Asimismo, deberá ingresarse en el BAC como anexo el valor total de la oferta. Los valores de la oferta deberán expresarse en letras y números.

Deberá contemplarse lo establecido en el Artículo 10 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, por lo cual debe incluirse el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) en el precio cotizado. EN LA COTIZACIÓN DEBERÁN INCLUIRSE LA TOTALIDAD LOS TRABAJOS QUE CONFORMAN EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN SEGÚN EL PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. SE DEJA CONSTANCIA QUE EN CASO DE DIFERIR EL VALOR CONSIGNADO, ENTRE EL PRESUPUESTO DOCUMENTO ANEXO Y EL CARGADO EN EL BAC, SE ESTARÁ AL VALOR INGRESADO EN LA GRILLA DEL BAC.

Asimismo, el oferente deberá presentar junto con la oferta la estructura real de costos que respalda el precio ofertado de conformidad con el Anexo del presente pliego “Modelo Estructura de Costos”. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Los precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección de Estadística dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el organismo que la reemplace, o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato (Artículo 5° de la Ley N° 2809). La estructura de Costos se sujetará al Modelo que obra como Anexo del presente Pliego.

5.6.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS

Las ofertas deberán ser presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentado con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. TODA la documentación anexada por BAC que componga la oferta debe tener consignado el nombre de la empresa oferente. La apertura de ofertas se efectuará a través del BAC, liberándose las ofertas el día establecido para la fecha y hora límite de recepción de ofertas, en el acto administrativo de convocatoria y en el cronograma registrado en el Portal de Compras www.buenosairescompras.gob.ar, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

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conocimiento de los participantes y funcionarios designados. El sistema asegura certeza en la hora y fecha de la apertura. 5.8.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un plazo de CUARENTA (40) DIAS a contar de la fecha de apertura de ofertas. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial (artículo 19° Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09). El desistimiento de la Oferta antes del plazo señalado o de su prórroga aceptada por el Oferente, causará la pérdida del importe de la Garantía de Mantenimiento de Oferta 5.9. OBLIGACIONES DEL OFERENTE El Oferente deberá presentar junto con la oferta:

a) Aceptación de las condiciones de la Declaración Jurada para contratar (Anexo I del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales);

b) Autorización de acreditación de pagos del Tesoro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuenta bancaria. (Anexo II del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales);

c) La estructura real de costos que respalde el monto presupuestado, a los efectos de la aplicación del Régimen de Redeterminación de Precios;

d) Certificado de la visita técnica que será suficiente prueba de que el oferente conoce las características y condiciones del lugar donde se efectuarán los trabajos;

e) Declaración Jurada de aceptación de los plazos y condiciones de la Garantía Técnica establecida en el Pliego de Especificaciones Técnicas;

f) Demás documentación requerida en los pliegos que rigen la contratación.

5.10.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas se evaluarán teniendo en cuenta los antecedentes de los oferentes, el cumplimiento de la normativa exigida y de las especificaciones técnicas, las ofertas económicas presentadas y los demás aspectos formales contenidos en las propuestas, conforme lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 1145/GCABA/09.

Serán rechazadas aquellas ofertas que no se ajusten estrictamente a las exigencias formales y materiales exigidas en los Pliegos de la presente contratación, que resulten sustanciales para la evaluación de la aptitud de los oferentes y de las ofertas presentadas, sin perjuicio de las facultades conferidas a la Comisión de Evaluación de Ofertas por la normativa vigente. 6.-OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA

La empresa adjudicataria deberá: a) Presentar la Garantía de cumplimiento de contrato. b) Cumplir con todas las demás obligaciones establecidas en el presente pliego, el

Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y el Pliego de Especificaciones Técnicas.

c) Cumplir con la Garantía Técnica conforme lo establece el Pliego de Especificaciones Técnicas

7.- LUGAR Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

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Lugar de ejecución de los trabajos: En el Centro de Salud y Acción Comunitaria N° 2, sito en la calle Terrada 5850 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es donde deberán llevarse a cabo los trabajos. Plazo de contratación: El plazo de cumplimiento del objeto de la contratación será dentro de los ciento ochenta (180) días corridos desde el momento en que se perfeccione el contrato, mediante la notificación fehaciente de la orden de compra (art. 112 de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14 y el art. 29 del Decreto Reglamentario Nº1145-GCABA/09). La vigencia del contrato se extiende hasta el vencimiento del plazo de garantía técnica fijado en el Pliego de Especificaciones Técnicas. En tal sentido en el punto del BAC donde dice: "duración del contrato" 18 meses se refiere al tiempo total de vigencia del contrato que incluye el plazo de cumplimiento de contrato consignado en el presente punto y el plazo de la garantía técnica exigido, que comenzará a correr una vez realizadas la recepción de los trabajos en conformidad con lo establecido al respecto en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

Quedan a cargo exclusivo de la empresa adjudicataria, los gastos de transporte, carga, descarga y estiba, materiales y depósitos necesarios a los efectos de dar cumplimiento con el objeto de la contratación.

8.- TRANSFERENCIA Y CESIÓN DEL CONTRATO

El contrato sólo puede ser transferido y/o cedido por el adjudicatario con la previa autorización fundada de la autoridad competente. En caso contrario, el contrato se dará por rescindido en los términos dispuestos en el artículo 132 de la Ley N° 2095 modificada por Ley N° 4764. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato.

9.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD

Todo el personal afectado por el adjudicatario al cumplimiento de las obligaciones contractuales carecerá de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, cumplimiento de las leyes laborales, cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCBA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.

Queda debidamente aclarado y entendido que el Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario.

Asimismo, el adjudicatario implementará las medidas de seguridad que sean necesarias, para evitar daños a personas o cosas y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 101

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10.- DE LOS SEGUROS

10.1 a) Generalidades

El adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio, excepto para el supuesto de la cobertura de daño ambiental, la cual se acreditará mediante presentación del original en la Dirección General de Seguros conforme la Resolución Nº 2780/MHGC/10.

Asimismo es de señalar que, deberán acreditarse las coberturas, como mínimo una vez por año o cada vez que modifique y/o cambie de compañía aseguradora, siempre con previa autorización del GCABA, o cada vez que el GCABA lo solicite, se presentarán copias de las pólizas y de sus comprobantes de pago del premio.

La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad.

El adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas. Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. La no actualización de las pólizas dará lugar a las sanciones que por ello correspondan, de acuerdo a las convenciones contractuales. El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Pliego, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras. Quedará a criterio del GCABA conforme los trabajos a efectuar objeto de la presente contratación la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario.

b) De las compañías aseguradoras. Las coberturas de seguros correspondientes a los ramos Responsabilidad Civil, Accidentes

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 102

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Personales y Seguro Técnico deberán ser contratadas en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $ 350.000.000 (pesos trescientos cincuenta millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma. Deberán también acreditar una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina. Lo antedicho y enumerado no será requerido en los supuestos de coberturas del ramo Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento). c) De los seguros en particular. 1) Laborales: Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial . Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires.

Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculados con la ejecución contractual, quedando expresamente liberados el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos. Queda debidamente entendido que el Gobierno no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral ante el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral , o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a la obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego, del Pliego de Especificaciones Técnicas, y del Contrato. Seguro de Riesgos del Trabajo En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia: -Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto: Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el GCABA, sus funcionarios y/ó empleados, sea con

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 103

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fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del adjudicatario/Contratista, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo. 2) Seguro de Accidentes Personales (en caso de corresponder) En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia: -Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto: Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el GCABA, sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el adjudicatario/contratista, amparados por la póliza N° XXXX y por acciones ocurridas o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo. Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes: Seguro de Accidentes Personales: La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza. Alcance de las coberturas: Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere.

Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):

- Muerte: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000) - Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000) - Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Quince mil ($ 15.000) 3) Seguro de Responsabilidad Civil. El adjudicatario deberá amparar todos los daños que se ocasionen a personas o cosas de terceros y/o del GCABA, como consecuencia, directa o indirecta de la prestación del objeto de la presente Licitación, por un monto mínimo de suma asegurada de pesos un millón ($ 1.000.000). En caso de que el monto de la póliza no alcanzare a cubrir los daños provocados, la diferencia resultante es asumida por el contratista. Las pólizas deberán contener:

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 104

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- Un endoso sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA - Una clausula por medio de la cual la adjudicataria se compromete a comunicar fehacientemente al GCABA con treinta (30) días de anticipación de cualquier cambio en las condiciones de la póliza, o de la cancelación y/o vencimiento de la misma y/o de reducciones en los montos de las coberturas.

11.- PENALIDADES CONTRACTUALES Y SANCIONES Los contratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento del contrato; b) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales; y, c) Rescisión del contrato por su culpa; de conformidad con lo establecido en el Capítulo XII de la Ley Nº 2095 y su Decreto Reglamentario. Asimismo, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades, podrán ser pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo XIII de la citada normativa. El GCABA podrá dictar el acto administrativo que decida la aplicación de penalidades y/o sanciones por incumplimiento de las obligaciones por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato; aun cuando al tiempo de su materialización el contrato se encontrara extinguido y/o rescindido. 12.- CAUSALES DE RESCISIÓN El GCABA podrá rescindir unilateralmente el contrato por culpa del adjudicatario en los supuestos previstos en la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley N°4764 y demás supuestos contemplados en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Sin perjuicio de ello, serán causales de rescisión:

a) La quiebra o concurso preventivo de la adjudicataria. En este último supuesto, cuando la situación jurídica de la misma impida el cumplimiento de las prestaciones, el GCABA resolverá sobre la continuidad contractual si hubiere prestaciones contractuales pendientes de ejecución; b) Cuando el adjudicatario incurra en fraude o negligencia en cuanto a las obligaciones estipuladas en el contrato; c) Cuando en la oferta se hubiere incurrido en inexactitudes, que hayan sido determinantes para la adjudicación; 13.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO En el caso de que se produjera la extinción del contrato de equipamiento por cualquier causa, ello producirá la extinción de todos los contratos accesorios celebrados en el marco de la presente contratación. El contrato se extingue por el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de conformidad con las previsiones de la documentación contractual.

Asimismo, el contrato quedará extinguido: a) por mutuo acuerdo entre las partes; b) modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del GCABA; c) por caso fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos contraídos por el adjudicatario; d) Toda otra causal de revocación o rescisión del contrato con o sin culpa del proveedor prevista en la Ley N° 2095 modificada por la Ley Nº 4764 y su decreto reglamentario y en el presente Pliego.

14.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN. 14.1.- Los siguientes instrumentos constituyen la documentación contractual:

a) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus circulares aclaratorias; b) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares aclaratorias;

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 105

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c) El pliego de Especificaciones Técnicas y sus circulares aclaratorias; d) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación; e) El Acto Administrativo aprobatorio de la Adjudicación; f) Orden de Compra.

14.2.- Cuando exista divergencia entre los documentos señalados en el párrafo anterior, a los fines de su interpretación se establece el siguiente orden de prelación:

a) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus circulares aclaratorias; b) Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares aclaratorias, c) Pliego de Especificaciones Técnicas y sus circulares aclaratorias; d) El Acto Administrativo de Adjudicación. e) Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación; f) Orden de compra.

Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro del espíritu y finalidad del objeto de la Contratación. 15.- REDETERMINACIÓN DE PRECIOS El régimen de redeterminación de precios de la presente contratación se rige por la Ley N° 2809 modificada por la Ley N° 4763, por el Decreto Nº 127/GCBA/14 y la Resolución Nº 601/MHGC/14, la Resolución Nº 730/MHGC/14 y/o la normativa que en un futuro se dicte.

Será de aplicación la siguiente Estructura de Ponderación:

RUBRO INCIDENCIA %

Código INDEC - Índice de los comp. Incluidos en el decreto PEN/1295-02 y Otros

Mano de Obra 55 Evolución del costo salarial de la actividad de la construcción publicado por la Administración Gubernamental de los Ingresos Públicos del GCABA

Artefactos de iluminación y cableado

12 Índice de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002 Art. 15 ítem g) del Anexo

Motores Eléctricos 20 Índice de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002 Art. 15 ítem i) del Anexo.

Gastos Financieros 3 Índice de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002 Art. 15 ítem o) del Anexo

Gastos Generales 10 Índice de los componentes incluidos en el Decreto 1295/2002 Art. 15 ítem p) del Anexo.

Total 100

16.- CONTRATACIÓN PLURIANUAL

De conformidad con lo dispuesto en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 106

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Aires, aprobada por Decreto Nº 04-GCBA/15, la autorización y el compromiso del gasto queda subordinado a la existencia de crédito suficiente para el ejercicio respectivo.

ANEXO PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 107

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MODELO ESTRUCTURA DE COSTOS

ESTRUCTURA DE COSTOS - MODELO

%

Índice asociado Fuente

Costos Directos Mano de Obra (Incluye cargas sociales) $ ………. …… …… Materiales $ ………. …… …… Equipos $ ………. …… …… Sub Total COSTOS DIRECTOS $ ………. (A) …… …… Costos Indirectos Gastos Generales $ ………. …… …… Gastos Financieros $ ………. …… …… Gastos Administrativos $ ………. …… …… Sub Total COSTOS INDIRECTOS $ ………. (B) …… …… Sub Total COSTOS $ ………. (C)= (A) + (B) …… …… Beneficio % de (C) $ ………. (D) …… …… Impuestos % de (C + D) $ ………. (E) …… …… Precio Unitario $ ………. (C)+(D) + (E) …… ……

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 106/DGADC/15 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 108

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 193/IRPS/15

EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Nº 22039430/MGEYA-IRPS/2015 LICITACION PÜBLICA Nº 446-1313/BAC/2015

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

1.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓNEl presente llamado a Licitación Pública se sujeta al régimen establecido por el artículo 31, primer párrafo del artículo 32 y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95-GCBA/14 y se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC) al amparo de lo establecido en el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones y su Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09. La contratación se rige por la normativa citada, por las disposiciones del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC (Disposición N° 119-DGCYC/11), las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particularesy en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

2.- OBJETOEl objeto de la presente contratación es la “Adquisición de una silla de ruedas y un almohadón antiescaras con destino a la paciente PENIDA Rocio H.C.Nº 111.047”.Las características y especificaciones técnicas de los equipos a adquirir, se encuentran detalladas en las Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas emitidas por el BAC (Buenos Aires Compras), conforme al Catálogo General de Efectos y Servicios del Registro Informatizado de Bienes y Servicios y las descriptas en el Pliego de Especificaciones Técnicas.

El Organismo contratante hace reserva de ejercer la facultad contemplada en el artículo 117 inciso I de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764.

3.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONESSin perjuicio de lo establecido en el artículo 6° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, a los efectos del presente procedimiento licitatorio el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesconstituye domicilio en Echeverría Nº 955, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las comunicaciones y notificaciones se rigen por lo dispuesto en el Capítulo II del Anexo I Decreto N° 1145-GCABA/09.

4.- CÓMPUTO DE PLAZOSEl cómputo de plazos en las compras y contrataciones electrónicas se efectuará conforme lo estipulado en los Arts. 5º “Cómputo de los Plazos” y 7º “Notificaciones Electrónicas” del Anexo I del Decreto Nº 1145/GCBA/2009 Reglamentario del Art. 83º de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario, y supleatoriamente, en lo que sea aplicable, por lo normado en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/97.

5. GARANTÍAS

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 193/IRPS/15 (continuación)

5.1.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONESDe conformidad con lo prescripto por el Artículo 99 de la Ley N° 2095 modificada por la Ley N° 4764 y el Artículo 17 apartado 17.1 inc. d) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, el monto a depositar en concepto de garantía de impugnación será igual a la suma de pesos dos milcuarenta ($ 2040,00.-), equivalente al tres por ciento (3%) del monto estimado de la contratación.

La constitución de esta garantía deberá realizarse en efectivo a través de depósito bancario conforme lo prevé el Artículo 17, apartado 17.2 a) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, y el artículo 100 inciso a) y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95-GCBA/14.

5.2.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTACada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 17 apartado 17.1 inciso a) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC.

La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 17 apartado 17.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, artículo 100 y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95-GCBA/14.

Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 18 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, de conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764, noresulta necesario presentar garantía de mantenimiento de oferta, cuando el importe de la misma no supere las CIEN MIL (100.000) Unidades de Compra (Valor de la Unidad de Compra $ 7,50 – LEY Nº 5239/14 art. 28 inciso b.).

Esta garantía identificada e individualizada con la oferta, deberá ser entregada en el plazo establecido en el Artículo 18 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 1145-GCABA/09, ysu correlato Artículo 17 apartado 17.1 inciso a) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC.

5.3.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS – PREADJUDICACIÓN

A tenor de lo establecido en el Artículo 17 apartado 17.1 inciso f) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, la suma a depositar en concepto de garantía de impugnación a la preadjudicación de las ofertas, se fija en un tres por ciento (3%) del monto total de la oferta preadjudicada por la que se presenta impugnación.

En el supuesto de que no existiese un preadjudicatario, el monto de la garantía de impugnación al dictamen, será del tres por ciento (3%) en base al monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante.

La constitución de esta garantía deberá realizarse en efectivo mediante depósito bancario conforme lo prevé el Artículo 17, apartado 17.2 a) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, y el artículo 100

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 193/IRPS/15 (continuación)

inciso a) y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95-GCBA/14.

5.4.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATODicha garantía deberá constituirse conforme lo establecido en el artículo 17, apartado 17.1b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras yContrataciones mediante BAC, artículo 100 y concordantes de la Ley Nº 2095 modificada por Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95-GCBA/14 y el artículo 30 del Anexo I del Decreto N° 1145-GCABA/09.

La garantía de cumplimiento de contrato será devuelta al adjudicatario una vez cumplido el mismo, a entera satisfacción del organismo contratante, en conformidad con lo establecida en el artículo 113 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14.

5.5.- LUGAR DE PRESENTACION DE LAS GARANTÍAS.

Las garantías deberán ser presentadas, en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, Mesa de Entradas, sita en Echeverría Nº 955, dentro de los plazos fijados en los puntos 5.1, 5.2, 5.3 y 5.4 del presente, según corresponda, adjuntando a la misma la fotocopia de la boleta de depósito de la respectiva Garantía y exhibiendo el original extendido por la sucursal actuante; caso contrario no será considerado como impugnación.

El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente Nº 26.326/9 “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el que será integrado a los impugnantes u oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.

6.- DEL PROCEDIMIENTO

6.1.- ANUNCIOS

El llamado a Licitación Pública se anunciará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar, por el término de un (1) día, con una antelación no menor a tres (3) días de la fecha de apertura.

Asimismo se publicará en la Página de Internet del Gobierno de la ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se cursarán invitaciones a Proveedores inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP). Las invitaciones se cursarán de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 1145-GCABA/09.

Asimismo se cursarán las comunicaciones establecidas en el artículo 93 del Anexo I delDecreto Reglamentario Nº 95-GCABA/14.

El Dictamen de Evaluación de Ofertas –Preadjudicación- se publicará en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y comunicado a todos los oferentes a través del BAC.Se publicará por el término de un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

El acto administrativo de Adjudicación, una vez suscripto, registrado y protocolorizado, será notificado a través del BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes.

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 111

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 193/IRPS/15 (continuación)

El mismo será publicado en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de un (1) día conforme lo establecido enla normativa vigente.

6.2.- ADQUISICION DE PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONESLos Pliegos Único de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones Particulares que rigen la presente Licitación Pública se encontrarán disponibles en forma gratuita en el portal www.buenosairescompras.gob.ar para todo interesado.

6.3.- CONSULTAS Sólo tiene derecho a formular consultas el proveedor acreditado que hubiera cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, conforme lo establecido en el Art. 15 del Anexo I Decreto Nº 1145/DGCYC/2009.Las consultas deberán realizarse mediante BAC hasta setenta y dos (72) horas previas a la fecha establecida para la apertura de ofertas. Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la licitación electrónica, serán comunicadas a cada uno de los oferentes de conformidad con lo previsto en el Art. 6º “Comunicaciones Electrónicas” del Anexo I Decreto Nº 1145/DGCYC/2009.

SE DEJA CONSTANCIA QUE EL PORTAL BAC DEL GCBA DEBERÀ SER CONSULTADO PERIÓDICAMENTE A LOS EFECTOS DE CONSTATAR LA EMISIÓN DE CIRCULARES.

6.4.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTASLas ofertas serán presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentado con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Cláusulas Generales.El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del BAC, liberándose las ofertas el día 07 de Septiembre de 2015 a las 10:00 hs. formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados. El sistema asegura certeza en la hora y fecha de la apertura y permite a los Oferentes acceder al resto de las ofertas presentadas.Los oferentes pueden efectuar observaciones a las ofertas presentadas dentro de las 24 horas siguientes a la apertura.

6.5.- LUGAR DE PRESENTACION DE MUESTRAS Y/O DOCUMENTACION. Las muestras y/o documentación que por sus características deban ser presentados en soporte papel, se individualizan en la oferta presentada por BAC y serán entregados en la en la sede del Instituto de Rehabilitación Psicofísica – División Compras hasta el día07de Septiembre de 2015 a las 10:00 hs.

6.6.- PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATARPodrán participar en la presente licitación pública las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que reúnan las condiciones que se exigen en la normativa vigente en función del objeto de la contratación y que no se encontraren comprendidas en las prohibiciones e inhabilidades que se mencionan en la normativa aplicable, de conformidad

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 112

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 193/IRPS/15 (continuación)

con lo establecido en los artículos 95 y 96 de la Ley Nº 2095 modificada por Ley 4764 y su reglamentación. Los interesados deberán formular una Declaración Jurada según lo dispuesto en el artículo 11 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC.

6.7.- COTIZACIÓNLos valores de la oferta deberán expresarse en letras y números. Deberá individualizarse el valor unitario (por unidad de medida) y el monto total por cada renglón cotizado. Asimismo, deberá indicarse el monto total de la oferta por la totalidad de los renglones cotizados. Deberá contemplarse lo establecido en el Artículo 9 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC. Toda variante ofrecida deberá ser cotizada como alternativa.6.8.- ALTERNATIVASEl organismo licitante, se reserva el derecho de considerar ofertas alternativas, de características distintas a lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, conforme los lineamientos señalados en el citado PLiego.En el caso de ofrecer distintas marcas comerciales para un mismo renglón, deberán ser presentadas por separado como ofertas alternativas, de lo contrario no serán consideradas ofertas válidas.

6.9.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTALos oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un plazo de VEINTE (20) DIAS a contar de la fecha del acto de apertura. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial (artículo 19° Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09). El desistimiento de la Oferta antes del plazo señalado o de su prórroga aceptada por el Oferente, causará la pérdida del importe de la Garantía de Mantenimiento de Oferta

6.10.- OBLIGACIONES DEL OFERENTEEl oferente deberá presentar junto con la oferta:

a) Si se encontrase preinscripto en el RIUPP, copia certificada por escribano público, dela documentación societaria que acredite la razón social y la representación invocada por el presentante.

b) Declaración Jurada de no encontrarse dentro de las causales de impedimento para contratar con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dicha cláusula se extiende a los Directores, Representantes legales y Síndicos de la Sociedad. (Anexo I del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC - Deberá completarse todos los datos correspondientes –no dejar los espacios en blanco-).

c) Autorización de acreditación de pagos del Tesoro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en cuenta bancaria. (Anexo II del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC).

d) Garantía de Mantenimiento de Oferta, en caso de corresponder. e) Deberán dar cumplimiento a lo establecido por Disposición ANMAT Nº 2318/2002

reglamentada por Disposición ANMAT Nº 3802/2004 y Disposición ANMAT Nº 2319/2002 reglamentada por Disposición ANMAT Nº 3801/2004.

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 113

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 193/IRPS/15 (continuación)

f) Demás documentación requerida en el presente Pliego.

6.11.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS - PREADJUDICACIÓNLas ofertas se evaluarán teniendo en cuenta los antecedentes de los oferentes, el cumplimiento de la normativa exigida y de las especificaciones técnicas, las ofertas económicas presentadas y los demás aspectos formales contenidos en las propuestas, conforme lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764, y el Decreto Reglamentario Nº 1145/GCABA/09.

Sin perjuicio de las prerrogativas contempladas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Procesos de Compras y Contrataciones mediante BAC, la CEO podrá aceptar o rechazar todas y cada una de las ofertas, cuando no resultaren convenientes y sin que ello genere derecho a percibir indemnizaciones por parte de los oferentes.

7.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATOEl contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la orden de compra al adjudicatario, siempre que éste no la rechace en el plazo que se determine en la reglamentación, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 de la Ley Nº 2095modificada por la Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario y conforme lo establecido en el Art. 15 del Anexo I Decreto Nº 1145/DGCYC/2009.

8.- OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIALa empresa adjudicataria deberá:

a) Presentar la Garantía de cumplimiento de contrato, en caso de corresponder.b) Efectuar la entrega de conformidad con las previsiones del Pliego de la contratación,

y la oferta adjudicada.

9.- LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA Los insumos deberán ser entregados en el Instituto de Rehabilitación Psicofísica, sito en Echeverría 955 – G.C.A.B.A., Servicio de Fisiatría, de Lunes a Viernes en el Horario de 09.00 a 13.00 Hs.

Plazo de Entrega: La entrega será dentro de los treinta (15) días de recibida la Orden de Compra.

Quedan a cargo de la Adjudicataria los gastos de transporte y depósitos necesarios a los efectos de dar cumplimiento con el objeto de la licitación.

10.- TRANSFERENCIA Y CESIÓN DEL CONTRATOEl contrato sólo puede ser transferido y/o cedido por el adjudicatario con la previa autorización fundada de la autoridad competente. En caso contrario, el contrato se podrádar por rescindido de pleno derecho. El cocontratante cedente continuará obligado solidariamente con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato.

11.- PENALIDADES CONTRACTUALES Y SANCIONES

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 114

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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 193/IRPS/15 (continuación)

FIN DEL ANEXO

Los contratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta o de cumplimiento del contrato; b) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales; y, c) Rescisión del contrato por su culpa; de conformidad con lo establecido en el Capítulo XII de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley Nº 4764 y su Decreto Reglamentario. Asimismo, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades, podrán ser pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo XIII de la citada normativa.

12.- DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN.12.1.- Los siguientes instrumentos constituyen la documentación contractual:

a) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC y sus circulares aclaratorias, si las hubiere; b) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares aclaratorias, si las hubiere; c) El Pliego de Especificaciones Técnicas y sus circulares aclaratorias, si las hubiere; d) La Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación;e) El Acto Administrativo aprobatorio de la Adjudicación;f) Orden de Compra.

12.2.- Cuando exista divergencia entre los documentos señalados en el párrafo anterior, a los fines de su interpretación se establece el siguiente orden de prelación:

a) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC y sus circulares aclaratorias. b) Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus circulares aclaratorias. c) Pliego de Especificaciones Técnicas y sus Circulares aclaratorias si las hubiera. d) El Acto Administrativo de Adjudicación. e) Oferta y los documentos aclaratorios tomados en cuenta para la Adjudicación. f) Orden de compra.

Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro del espíritu y finalidad del objeto de la Licitación Pública.

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS.

COD. ITEM DESCRIPCION CANTIDAD32.01.195.014.2 SILLA DE RUEDAS, AYUDA SOCIAL A

PERSONAS. Silla de ruedas ultraliviana amedida, tipo adulto, respaldo a 90º. Ruedas posteriores de 60 cm. de diámetro, neumáticas, ruedas anteriores de 20 cm. de diámetro. Frenos y comando bimanual. Ejes regulables. Plegado frontal. Pedanaúnica, regulable en altura. Apoya brazos desmontables. Tapizado en cordura plus.

1 unidad.

32.01.195.022.1 ALMOHADON ANTIESCARAS - AYUDA SOCIAL A PERSONAS. Almohadón sistema de flotación seca tipo ROHO o similar. Alto perfil

1 unidad.

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 115

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Lunes 24 de Agosto, 10:48:55

Proceso de compra

Número del proceso de compra

420-1288-LPU15

Número de expediente

EX-2015-21646850-   -MGEYA-HGNRG

Nombre del proceso de compra

Farmacia S/ Aerocamara, Cateteres y Otros.-

Unidad Operativa de Adquisiciones

420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Información básica del proceso

Nº de proceso

420-1288-LPU15

Nombre de proceso

Farmacia S/ Aerocamara, Cateteres y Otros.-

Objeto de la contratación

Farmacia S/ Aerocamara, Cateteres y Otros.-

Procedimiento de selección

Licitacion Pública

Etapa

Única

Modalidad

Sin modalidad

Alcance

Nacional

Moneda

ANEXO - DISPOSICIčN NÁ 313/HGNRG/15

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 116

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ARS-Peso Argentino

Encuadre legal

Ley Nº 2.095 Art. 31º

Tipo de cotización

Por cantidad de renglón: parcial

Por renglones: parcial

Tipo de adjudicación

Por cantidad de renglón: parcial

Por renglones: parcial

Tipo documento que genera el proceso

Orden de compra

Cantidad de Ofertas al proceso

No acepta más de una oferta

Lugar de recepción de documentación física

GALLO 1330

Plazo mantenimiento de la oferta

60 Días hábiles Acto de apertura

Acepta redeterminación de precios

Si

Requiere pago

No

Otras condiciones

Otros requisitos obligatorios

Solicitudes de gasto asignadas al proceso

Número solicitud de

gasto Estado Unidad Ejecutora Rubro

Tipo de

urgencia

Fecha

creación

420-2578-SG15Autorizada en

Proceso

420 - HTAL. RICARDO

GUTIERREZ

Salud Normal 21/05/2015

Detalle de productos o servicios

Número

renglón

Objeto

del

gasto Código del ítem Descripción Cantidad

Precio

unitario Subtotal Acciones

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 117

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1 2-2-3-0 33.15.005.006.2 CAMPO

AUTOADHESIVOCaracteristica/s

Fenestrado, con fenestración de 5

cm, de polipropileno

transparente, tipo Trancofa.

Estéril Medida/s 100 x 150 cm

1000,00 U 50,00 50000,00

2 2-9-5-0 33.01.002.000.4528 AGUJA PARA ESCLEROTERAPIA

ENDOSCOPICA DE VARICE

ESOFAGICA-De 1.6 cm de

longitud, NG 23 y 25._Con catéter

en estrella para retroflexión. Con

traba de aguja. Estéril

40,00 U 728,00 29120,00

3 2-9-5-0 33.01.002.000.4521 ASA DE POLIPECTOMIA

ENDOSCOPICA-Ovalada. Para

usar con colonoscopio. Para un

solo uso. De 30 mm de diámetro y

2.4 m de longitud._Trifilamento,

metálica. De mango corto, con

conector universal para cab

Ver más

10,00 U 344,00 3440,00

4 2-9-5-0 33.01.002.000.4522 ASA DE POLIPECTOMIA

ENDOSCOPICA-Rotable. Para usar

con colonoscopio. Para un solo

uso. De 20 mm de diámetro y 2.4

m de longitud._Trifilamento,

metálica, con accesorio para

rotarla a 360 º en ambas dir

Ver más

10,00 U 344,00 3440,00

5 2-9-5-0 33.01.002.068.4 BAJALENGUACaracteristica/s

Descartable, con bordes lisos,

tamaño estándar, para niños

Material/es Madera blanca pulida

100000,00

U

0,20 20000,00

6 2-9-5-0 33.01.002.000.2233 BANDA PARA VARICE ESOFAGICA-

Para ligadura, sin

obertura_Acondicionada en

envase x 10 unidades

48,00 U 2800,00 134400,00

7 2-9-5-0 33.01.002.000.2985 BOLSA COLECTORA DE ORINA

PEDIATRICA-De 100 ml, femenina,

para 12 horas,

descartable_Tendrá una

capacidad nominal no menor de

100 ml Con adhesivo microporoso

e hipoalergénico. Descartable y

estéril. En

Ver más

5000,00 U 2,00 10000,00

8 2-9-5-0 33.01.002.000.1767 BOLSA COLECTORA DE ORINA

PEDIATRICA-De 250 ml, femenina,

para 24 horas_Tendrá una

capacidad nominal no menor de

7000,00 U 1,00 7000,00

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 118

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250 ml Con adhesivo microporoso

e hipoalergénico. Descartable y

estéril. Envasado indivi

Ver más

9 2-9-5-0 33.01.002.000.2354 CANULA PARA DIALISIS-De 37 cm

con 2 retenes, pediátrico, estéril_

85,00 U 2500,00 212500,00

10 2-9-5-0 33.01.002.000.1842 CATETER PARA HEMODIALISIS-De

10 Fr (French) x 15 cm de

longitud, doble lumen, 8 frascos

de 20 cm_Envasado

individualmente en envase que

garantice su conservación.

15,00 U 3120,00 46800,00

11 2-9-5-0 33.01.002.000.3138 CATETER PARA PHMETRIA-

Adaptable al phmetro

Gastrograph Mark lll, reutilizable_

150,00 U 950,00 142500,00

12 2-9-5-0 33.01.002.000.3137 CATETER PARA PHMETRIA-Con

referencia interna de 2 canales,

descartable_

20,00 U 1500,00 30000,00

13 2-9-5-0 33.01.002.000.2918 CATETER PERIDURAL-De 16 G de

diámetro_Elaborado en material

plástico, apto uso medicimal.

Próximo al extremo distal, con

forma de ojiva, posee tres

orificios laterales. Su diámetro

externo será de 1.7

Ver más

5,00 U 55,00 275,00

14 2-9-5-0 33.01.002.000.4569 CLIPADORA ENDOSCOPICA

(ENDOAPLICADOR)Caracteristica/s

De 11 mm de apertura, para

colonoscopia, descartable, con

clip reposicionable. Clip

premontado que permite la

abertura varias veces antes de

produ

Ver más

4,00 U 1360,00 5440,00

15 2-9-5-0 33.01.002.150.2 COLOCADOR

ENDOLOOPSCaracteristica/s

Cuerpo principal y mango

plástico. Para usar con

colonoscopio, reusable. Estéril y

atóxico Medida/s 2,30 m de

longitud, para canal de 2,8

1,00 U 9800,00 9800,00

16 2-9-5-0 33.01.002.000.2564 ELECTRODO-Autoadhesivo blue-

sensor, neonatal_

3000,00 U 2,00 6000,00

17 2-9-5-0 33.01.002.300.10 EQUIPO PARA CPAP

NASALVariedad/es Nasal, Nº4,

pediátrico Caracteristica/s 1

Prolongaciones nasales,

10,00 U 405,00 4050,00

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 119

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anatómicamente curvadas, kit de

adhesivos y abrojo para fijación

nasal, una tubuladura y

adaptador p

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18 2-9-5-0 33.01.002.300.11 EQUIPO PARA CPAP

NASALVariedad/es Nasal, N°5,

pediátrico Caracteristica/s 1

Prolongaciones nasales,

anatómicamente curvadas, kit de

adhesivos y abrojo para fijación

nasal, una tubuladura y

adaptador p

Ver más

5,00 U 335,00 1675,00

19 2-9-5-0 33.01.002.151.2 LAZOS O

ENDOLOOPSCaracteristica/s Para

endoscopía digestiva, diámetro

de apertura externo máximo de 3

mm, para permitir su inserción a

través del canal de biopsia de los

endoscopios, flexibles, materi

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15,00 U 430,00 6450,00

20 2-9-5-0 33.01.002.000.5927 MORDILLO-De 48 Fr (French), para

videogastroscopía, con sujetador

de goma (o similar) a la cabeza.

Envasado individualmente en

envase que garantice su

conservación._

8,00 U 60,00 480,00

21 2-9-5-0 33.01.002.000.5628 CIRCUITO PARA ASPIRACION-Con

sonda atraumática 30 y regulador

incorporado. De plástico apto

para uso medicinal, con trampa

de recolección para análisis.

Estéril, atóxico y apirogénico.

Envasado indivi

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600,00 U 30,00 18000,00

22 2-5-2-0 33.08.001.000.227 PELICULA MICRO FIBRILAR DE

BIOCELULOSA-De 08 x 10 cm, de

0,05 mm de espesor, película

micro fibrilar de biocelulosa

estéril, translúcida, con

permeabilidad selectiva para el

tratamiento de heridas_Dem

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250,00 U 605,00 151250,00

23 2-5-2-0 33.08.001.000.228 PELICULA MICRO FIBRILAR DE

BIOCELULOSA-De 10 x 16 cm, de

0,05 mm de espesor, película

micro fibrilar de biocelulosa

estéril, translúcida, con

permeabilidad selectiva para el

50,00 U 605,00 30250,00

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 120

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tratamiento de heridas_Dem

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24 2-5-2-0 33.08.001.000.229 PELICULA MICRO FIBRILAR DE

BIOCELULOSA-De 16 x 21 cm, de

0,05 mm de espesor, película

micro fibrilar de biocelulosa

estéril, translúcida, con

permeabilidad selectiva para el

tratamiento de heridas_Dem

Ver más

50,00 U 605,00 30250,00

25 2-9-5-0 33.01.002.000.4568 PINZA FORCEPS-De 2,6 mm de

diámtero y una longitud de 240

cm, para un canal de 2,8 mm,

para biopsia endoscópica de

colon. Con cable interno de

movimiento de mandíbulas de

acero cubierto por malla plás

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10,00 U 295,00 2950,00

26 2-9-5-0 33.01.002.000.4685 MALLA-De 15 cm x 19 cm x 1 mm

de espesor. Modelo:

Dualmesh._Elaborada en

Politetrafluoretileno expandido

(PTFEe). Estéril y atóxica.

Envasada individualmente.

4,00 U 5600,00 22400,00

27 2-9-5-0 33.01.002.206.1 PROLONGADOR PARA

HEMODINAMIACaracteristica/s De

125 cm, con llave a 25 cm del

extremo macho con luer hembra

en el extremo distal. Estéril,

atóxico y apirogénico.

Variedad/es Para hemodinamia

400,00 U 10,00 4000,00

28 2-9-5-0 33.01.002.099.3 SENSOR PARA OXIMETRIA DE

PULSOCaracteristica/s Neonatal,

rehusable Modelo/s Para

oximetría de pulso

50,00 U 230,00 11500,00

29 2-9-5-0 33.01.002.000.5835 SENSOR PARA OXIMETRIA DE

PULSO-Para adulto reutilizable

tipo Nellcor_

15,00 U 970,00 14550,00

30 2-9-5-0 33.01.002.306.1 SISTEMA CERRADO PARA

ASPIRACION Y

VENTILACIONMedida/s 14 Fr

Caracteristica/s 1 De PVC apto

para uso medicinal, constituido

por una tubuladura recubierta en

polietileno de 30 a 40 micrones

Caracterist

Ver más

40,00 U 100,00 4000,00

31 2-9-5-0 33.01.002.306.5 SISTEMA CERRADO PARA 135,00 U 150,00 20250,00

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 121

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ASPIRACION Y

VENTILACIONMedida/s 6 Fr

Caracteristica/s 1 De PVC apto

para uso medicinal, constituido

por una tubuladura recubierta en

polietileno de 30 a 40 micrones

Caracteristic

Ver más

32 2-9-5-0 33.01.002.306.4 SISTEMA CERRADO PARA

ASPIRACION Y

VENTILACIONMedida/s 8 Fr

Caracteristica/s 1 De PVC apto

para uso medicinal, constituido

por una tubuladura recubierta en

polietileno de 30 a 40 micrones

Caracteristic

Ver más

260,00 U 190,00 49400,00

33 2-9-5-0 33.01.002.000.4427 SET PARA RECOLECCION DE

ORINA NEONATAL-Sistema

cerrado. Compuesto por: a) Una

sonda nelaton de 6 Fr (French), de

elastómero de silicona. b) Una

bolsa recolectora de orina de 100

ml, graduada cada 10 m

Ver más

120,00 U 135,00 16200,00

34 2-9-5-0 33.01.002.000.4428 SET PARA RECOLECCION DE

ORINA NEONATAL-Sistema

cerrado. Compuesto por: a) Una

sonda nelaton de 8 Fr (French), de

elastómero de silicona. b) Una

bolsa recolectora de orina de 100

ml, graduada cada 10 m

Ver más

200,00 U 135,00 27000,00

35 2-9-5-0 33.01.002.000.5613 SONDA PARA GASTROSTOMIA

PERCUTANEA-De 18 Fr (French).

De elastómero de silicona

radiopaco. Con anillo de fijación.

La sonda deberá estar marcada

cada cm. Poseerá puerto con

tapa, que asegura el cerrad

Ver más

10,00 U 2215,00 22150,00

36 2-9-5-0 33.01.002.000.5612 SONDA PARA GASTROSTOMIA

PERCUTANEA)-De 20 Fr (French).

De elastómero de silicona

radiopaco. Con anillo de fijación.

La sonda deberá estar marcada

cada cm. Con balón de 5 ml.

Poseerá puerto con tapa, q

Ver más

10,00 U 290,00 2900,00

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 122

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37 2-9-5-0 33.02.002.030.6 TAPON PARA

JERINGACaracteristica/s Ciego,

tipo capuchón Variedad/es Para

jeringa Medida/s No aplica

4000,00 U 1,50 6000,00

38 2-9-5-0 33.01.002.000.3686 TAPON PARA JERINGA-Con pico

Luer_Elaborado en

materialplástico apto para uso

medicinal, atóxico. Acondicionado

en bolsa de polietileno de no más

de 100 unidades.

9000,00 U 1,00 9000,00

39 2-9-5-0 33.01.002.296.1 CATETER PERCUTANEO

PERIFERICO (SET)Caracteristica/s

1 Set, de 2 Fr. de elastómero de

silicona, con introductor pelable,

diámetro interno de 0.3 mm y

uno externo de 0.6 mm, una

longitud 30 cm, con marc

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60,00 U 400,00 24000,00

40 2-9-5-0 33.01.002.000.2595 CATETER PARA HEMODIALISIS

(SET)-De 8 Fr (French) - 11 cm de

longitud de poliuretano

radiopaco, pediátrico. Con doble

lúmen de calibre 14 G. Una aguja

introductora de 18 G. Alambre

guía recto de 0,32\

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15,00 U 1750,00 26250,00

41 2-9-5-0 33.01.002.000.4275 DRENAJE-Plano, radiopaco, para

heridas. Tipo Jackson Pratt_De 5

mm de alto por 13 mm de ancho,

multiperforado en 4/4 de 20 cm

de longitud. Con tubuladura

transparente de 3 mm de

diámetro interno y de

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100,00 U 100,00 10000,00

42 2-9-5-0 33.01.002.000.4277 RESERVORIO O PERA DE

SUCCION-De 150 ml de

capacidad. De elastómero de

silicona uso médico, de alta

tracción, con base plana y

conector de drenaje, con estrías

para el perfecto encastre a la

tubuladura

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50,00 U 120,00 6000,00

43 2-9-5-0 33.01.002.000.4276 RESERVORIO O PERA DE

SUCCION-De 100 ml de

capacidad. De elastómero de

silicona uso médico, de alta

tracción, con base plana y

conector de drenaje, con estrías

50,00 U 120,00 6000,00

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 123

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para el perfecto encastre a la

tubuladura

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44 2-9-5-0 33.01.002.000.5632 BOTON PARA GASTROTOMIA CON

BALON-De 20 Fr (French) x 1,8 cm,

elaborado en elastómero de

silicona, con válvula antirreflujo.

Con set de colocación y set de

descompresión._Descarteble,

estéril, atóxico

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18,00 U 3125,00 56250,00

45 2-9-5-0 33.01.002.000.4614 BOTON PARA GASTROTOMIA CON

BALON-De 20 Fr (French) x 2,4 cm,

elaborado en elastómero de

silicona, con válvula antirreflujo.

Con set de colocación y set de

descompresión._Descarteble,

estéril, atóxico

Ver más

18,00 U 3125,00 56250,00

46 2-9-5-0 33.01.002.000.4615 BOTON PARA GASTROTOMIA-De

24 Fr (French) x 2,4 cm, elaborado

en elastómero de silicona, con

válvula antirreflujo. Con set de

colocación y set de

descompresión._Descarteble,

estéril, atóxico y apirogén

Ver más

18,00 U 1875,00 33750,00

47 2-9-5-0 33.01.002.276.25 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA

SIN BALONVariedad/es Sin balón

Medida/s De 3,5 mm de diámetro

interno, 5,2 mm diámetro externo

y longitud de 32 mm

Caracteristica/s 1 Sin cánula

interna. De PVC siliconado, a

Ver más

50,00 U 160,00 8000,00

48 2-9-5-0 33.01.002.276.27 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA

SIN BALONVariedad/es Sin balón

Medida/s De 4,5 mm de diámetro

interno, de 6,5 mm diámetro

externo y longitud de 36 mm

Caracteristica/s 1 Sin cánula

interna. De PVC siliconado

Ver más

20,00 U 160,00 3200,00

49 2-9-5-0 33.01.002.276.28 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA

SIN BALONVariedad/es De 5,5

mm de diámetro interno, de 7,5

mm diámetro externo y longitud

de 46 mm Medida/s Sin balón

Caracteristica/s 1 Sin cánula

interna. De PVC siliconado

40,00 U 160,00 6400,00

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 124

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Ver más

50 2-9-5-0 33.01.002.276.22 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA

CON BALONVariedad/es Con

balón Medida/s N° 5. Diámetro

interno de 5 mm, diámetro

externo de 7,1 mm y longitud de

44 mm Caracteristica/s 1 De PVC

biocompatible, radiopaco, cur

Ver más

20,00 U 95,00 1900,00

51 2-9-5-0 33.01.002.276.21 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA

CON BALONVariedad/es Con

balón Medida/s N° 4. Diámetro

interno de 4 mm, diámetro

externo de 5,9 mm y longitud de

41 mm Caracteristica/s 1 De PVC

biocompatible, radiopaco, cur

Ver más

40,00 U 95,00 3800,00

52 2-9-5-0 33.01.002.276.24 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA

SIN BALONVariedad/es Sin balón

Medida/s De 3 mm de diámetro

interno, de 4,5 mm diámetro

externo y longitud de 30 mm

Caracteristica/s 1 Sin cánula

interna. De PVC siliconado,

Ver más

60,00 U 160,00 9600,00

53 2-9-5-0 33.01.002.276.30 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA

SIN BALONVariedad/es Sin balón

Medida/s De 4 mm de diámetro

interno Caracteristica/s 1 Sin

cánula interna. Pediátrica. De PVC

termosensible que permite

suficiente rigidez par

Ver más

30,00 U 121,00 3630,00

54 2-9-5-0 33.01.002.276.31 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA

SIN BALONVariedad/es Sin balón

Medida/s De 4,5 mm de diámetro

interno Caracteristica/s 1 Sin

cánula interna. Pediátrica. De PVC

termosensible que permite

suficiente rigidez p

Ver más

30,00 U 160,00 4800,00

55 2-9-5-0 33.01.002.276.29 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA

SIN BALONVariedad/es Sin balón

Medida/s De 5 mm

Caracteristica/s 1 Sin cánula

interna. De PVC siliconado, que

permite suficiente rigidez para su

inserción y adaptación. Con

Ver más

20,00 U 121,00 2420,00

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 125

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TOTAL: $ 1.486.180,00

56 2-9-5-0 33.01.002.276.32 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA

SIN BALONVariedad/es Sin balón

Medida/s De 6,0 mm de diámetro

interno Caracteristica/s 1 Sin

cánula interna. De PVC

termosensible que permite

suficiente rigidez para su inser

Ver más

20,00 U 121,00 2420,00

57 2-9-5-0 33.01.002.276.26 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA

SIN BALONVariedad/es Sin balón

Medida/s De 4 mm de diámetro

interno, de 5,9 mm diámetro

externo y longitud de 34 mm

Caracteristica/s 1 Sin cánula

interna. De PVC siliconado,

Ver más

40,00 U 121,00 4840,00

58 2-9-5-0 33.01.002.276.20 CANULA PARA TRAQUEOSTOMIA

CON BALONVariedad/es Con

balón Medida/s N° 4,5. Diámetro

interno de 4,5 mm, diámetro

externo de 6,5 mm y longitud de

42 mm Caracteristica/s 1 De PVC

biocompatible, radiopaco,

Ver más

25,00 U 210,00 5250,00

59 2-9-5-0 33.01.002.000.5563 CATETER PARA HEMODIALISIS

(SET)-De 8 Fr (French) - 9 cm de

longitud, de elastómero de

silicona, radiopaco, pediátrico.

Con doble lúmen. Una aguja

introductora de 18 G. Alambre

guía recto de 0,035\" de

Ver más

16,00 U 1000,00 16000,00

60 2-5-2-0 33.08.001.008.1 APOSITO PARA TERAPIA

INTRAVENOSA

150,00

UNIDAD x

1 x 1

UNIDADES

100,00 15000,00

61 2-5-2-0 33.08.001.008.2 APOSITO PARA TERAPIA

INTRAVENOSA

150,00

UNIDAD x

1 x 1

UNIDADES

100,00 15000,00

Cronograma

Fecha y hora estimada de publicación en el portal

01/09/2015 08:00:00 a.m.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 126

Page 127: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

Fecha y hora publicación en boletin oficial

01/09/2015 08:00:00 a.m.

Fecha y hora inicio de consultas

02/09/2015 08:00:00 a.m.

Fecha y hora final de consultas

07/09/2015 12:00:00 p.m.

Fecha y hora inicio recepción de documentos en soporte físico

01/09/2015 10:00:00 a.m.

Fecha y hora fin recepción de documentos en soporte físico

08/09/2015 10:00:00 a.m.

Cantidad de días a publicar

1

Fecha y hora acto de apertura

08/09/2015 10:00:00 a.m.

Pliego de bases y condiciones generales

Documento Número disposición aprobatoria Fecha creación Acciones

Pliego de Bases y Condiciones Generales Disposición Aprobatoria 4/6/2014

Requisitos mínimos de participación

I. Requisitos económicos y financieros

No se ingresaron requisi tos económicos.

II. Requisitos técnicos

No se ingresaron requisi tos técnicos.

III. Requisitos administrativos

Nº de requisito Descripción Tipo de

documento

1 SERVICIO: FARMACIA FORMA DE ENTREGA: Trimestral.-

IMPORTANTE: EL TIPO DE ENTREGA EXPRESADA ES AL SOLO

EFECTO DE ESTABLECER UN MARCO ESTIMADO DE PROVISIÓN;

LA CANTIDAD Y FORMA DE LAS ENTREGAS COMO ASI TAMBIÉN

LAS UNIDADES POR RENGLÓN SERÁN PUESTAS EN

CONOCIMIENTO A LOS ADJUDICATARIOS AL MOMENTO DEL

GIRADO DE LAS ORDENES DE COMPRA. CABE ACLARAR QUE LA

INSTITUCIÓN CONTRATANTE SE RESERVA EL DERECHO DE

SOLICITAR LA ENTREGA TOTAL O PARCIAL DE CUALQUIER

No requiere

adjuntar

documentación

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 127

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RENGLÓN CUANDO LO CONSIDERE NECESARIO. VENCIMIENTO:

NO MENOR A 12 (DOCE) MESES A PARTIR DE CADA FECHA DE

ENTREGA. LOS OFERENTES DEBERÁN TRAER MUESTRAS DE

CALIDAD PARA SU EVALUACIÓN.-

Garantías

Garantía de impugnación al pliego

Porcentaje

3,00%

La garantía de impugnación al pliego será entre el uno por ciento (1%) y el tres por ciento (3%) del presupuesto

oficial o monto estimado de la compra.

Garantía de impugnación a la preadjudicación

Porcentaje

5,00%

La garantía de impugnación a la preadjudicación será de entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%)

del monto de la oferta del renglón o renglones impugnados.

Garantía de mantenimiento de oferta

Si No

Requiere incorporar garantía de mantenimiento de oferta cuando el monto de la misma no supere las 100.000

unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley 2.095 y su modificatoria

Ley 4.764.

Garantía de cumplimiento de contrato

Si No

Requiere incorporar garantía de cumplimiento de contrato cuando el monto del instrumento contractual no

supere las 100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley 2.095 y

su modificatoria Ley 4.764.

Si No

Requiere incorporar contragarantía.

Monto y duración del contrato

Monto

$ 1.486.180,00

Moneda

ARS - Peso Argentino

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 128

Page 129: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

Periodicidad recepción

Diario

Fecha estimada del inicio del contrato

5 Días hábiles Perfeccionamiento del documento contractual

Duración del contrato

6 Meses a partir del perfeccionamiento del documento contractual

Supervisor

Nombre Apellido Tipo documento Número documento Cargo Unidad Ejecutora

Jesús Carlos Ruiz DNI 36556273 Administrativo 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ

Evaluadores del proceso de compra

Nombre Apellido

Tipo

documento

Número

documento Cargo Unidad Ejecutora

Fernanda Colandrea DNI 24335575 Administrativo 420 - HTAL. RICARDO

GUTIERREZ

Osvaldo

Jesús

Lopez DNI 18572285 Jefe de

Departamento

420 - HTAL. RICARDO

GUTIERREZ

Jesús Carlos Ruiz DNI 36556273 Administrativo 420 - HTAL. RICARDO

GUTIERREZ

Fernado

Javier

Jover DNI 17109458 Jefe de compras 420 - HTAL. RICARDO

GUTIERREZ

Actos administrativos

Documento Número SADE Número especial Fecha vinculación Opciones

Autorización llamado DI-2015-21916382- -HGNRG DI-2015-313-HGNRG 24/08/2015

Autorización pliego DI-2015-21916382- -HGNRG DI-2015-313-HGNRG 24/08/2015

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Dirección General de Compras y Contrataciones - v5.0.2129.29774_SEAC_UNIFICADO

Avisos sobre Navegadores |  Términos y Condiciones de Uso

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 313/HGNRG/15 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 129

Page 130: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Art. 1º ANUNCIOS: El llamado a Contratación Directa por exclusividad para la presente adquisición se anunciará en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gov.ar, por el término de un (01) día y con no menos de dos (2) días de anticipación a la fecha fijada para la realización del acto. Art. 2° OBJETO: La presente Contratación Directa tiene por objeto la contratación de un predio.

Art. 3º CONTENIDO DE LA CONTRATACION: 1) CONTRATACIÓN PREDIO PARA LA ESCUELA TECNICA N° 24 DE 17°. Art. 4° REGIMEN, MODALIDAD Y MARCO NORMATIVO DE LA LICITACION: El presente es un procedimiento de llamado a Contratación Directa, que se realiza mediante etapa única, conforme a lo dispuesto en el Articulo 28 inciso 5 de la Ley N° 2095, modificada por la Ley Nº 4.764, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición Nº 396/GCABA/DGCYC/14 y las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Art. 5° RESERVA DE REVOCACIÓN DEL LLAMADO LICITARIO: El Organismo contratante se reserva el derecho de revocar el llamado licitario cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes Art. 6° VALOR DEL PLIEGO: El presente pliego carece de valor para su adquisición por parte de los interesados. Art. 7° PRESENTACIÓN DE OFERTA: Las ofertas deben ser presentadas a través de los formularios electrónicos disponibles en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gov.ar dando cumplimiento a todos los requisitos técnicos, administrativos y económicos que se establezcan en cada caso, y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ella en soporte electrónico, ajustadas al Art. 12° de las Cláusulas Generales. Art. 8° CONTENIDO DE LA OFERTA: A) Constancia de Inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o constancia de inicio del trámite de inscripción (Art. 5 del Pliego Único de Cláusulas Generales).- B) La documentación e información contenida en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá estar debidamente actualizada a la fecha de presentación de la oferta. ES

ANEXO - DISPOSICIčN NÁ 1003/DGAR/15

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 130

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CONDICIÓN PARA LA PREADJUDICACIÓN QUE EL OFERENTE SE ENCUENTRE INSCRIPTO EN EL RIUPP Y EN EL PADRON DE PROVEEDORES BAC.- C) Garantía de mantenimiento de oferta: no menor al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. No resulta necesario presentar garantías de mantenimiento de oferta Cuando el monto de la oferta no supere las cien mil (100.000) unidades de compra (UC 2015=7,50). D) En el caso de las Uniones Transitorias de Empresas (U.T.E.), se deberá acompañar Declaración Jurada que contenga el compromiso de su constitución, en caso de resultar adjudicataria.- • Copia Certificada del Estatuto Social y Acta de Asamblea y/o Directorio de la cual surja la actual distribución de cargos directivos o autoridades de la sociedad y/o U.T.E.- E) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo I del Pliego Único de Cláusulas Generales). En caso de UTE cada miembro deberá cumplir con este requisito. F) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia (Art 7 del Pliego Único de Cláusulas Generales). En caso de UTE idem punto anterior. ART. 9° GARANTÍAS: A) De mantenimiento de oferta: no menor al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. No resulta necesario presentar garantías de mantenimiento de oferta cuando el monto de la oferta no supere las cien mil (100.000) unidades de compra (UC 2015= $ 7,50). Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Art. 100 y concordantes de la Ley N° 2095, su modificatoria Ley 4764 y su correspondiente Decreto Reglamentario 95/14. Al momento de cargar su oferta en BAC, el oferente debe informar el nombre de la aseguradora, número de póliza y el monto asegurado, adjuntando una copia escaneada de la misma. A las 24hs del acto de apertura de ofertas, deberán presentar la póliza original en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, sita en Av. Paseo Colón 255, 2º Piso Frente. La no presentación de la Garantía de Oferta, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite. B) De cumplimiento del contrato: no menor al diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. No resulta necesario presentar garantías de cumplimiento del contrato cuando el monto del mismo no supere las cien mil (100.000) unidades de compra (UC 2015= $ 7,50). Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Art. 100 y concordantes de la Ley N° 2095, su modificatoria Ley 4764 y su correspondiente Decreto Reglamentario 95/14. El adjudicatario deberá integrar su garantía dentro del término de cinco (5) días de notificada la orden de compra. Vencido ese plazo será intimado a través de BAC a su

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1003/DGAR/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 131

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cumplimiento por el término de dos (2) días. En caso que el adjudicatario no integre la garantía en el plazo indicado, la autoridad competente rescindirá el contrato con la penalidad prevista en el artículo 125 de la Ley 2095. Las garantías deberán constituirse bajo las modalidades establecidas en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el oferente declara conocer y aceptar. Art. 10° CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES: La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas que rigen la presente licitación, y de las características contractuales objeto de la presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la licitación, como así también de las especificaciones técnicas y fácticas de la contratación.- Art. 11° FORMA DE COTIZAR: Precio unitario por renglón, no se admitirán cotizaciones parciales por el renglón. Art. 12º MONEDA DE COTIZACIÓN: PESOS de curso legal de la República Argentina. Art. 13° INICIO Y DURACIÓN DE LA CONTRATACIÒN: El inicio del Proyecto deberá comenzar en el mes de mayo. El Programa deberá tener una duración de quince (15) semanas en total, a razón de una clase semanal de dos horas y media cada una, en horario extracurricular, en día y horario a determinar. Art. 14º ACTO DE APERTURA: El Acto de apertura de ofertas se efectuará a través de BAC, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los interesados y funcionarios designados. Art. 15º CONDICIONES PARA SER OFERENTE: Para concurrir como oferentes a la presente licitación, deberán cumplir con los requisitos previstos para la presentación de ofertas.- Art. 16º RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON PERSONAL Y TERCEROS: Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y provisionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculada con la ejecución contractual y del servicio; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.- Queda debidamente entendido que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que este ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones o normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1003/DGAR/15 (continuación)

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convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones provisionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario o locador.- Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Contrato en general.- Art. 17º DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES: Se considerará domicilio del oferente, el domicilio legal que hubiera declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6 del Pliego Único de Cláusulas Generales). Todo cambio de domicilio deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se tendrá que comunicar fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el mismo surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. El GCABA Ministerio de Educación – Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones constituye domicilio en Av. Paseo Colón 255 2º piso frente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se notifican en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en la calle Uruguay Nº 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Nº 77/PG/06 (BOCBA Nº 2430).- Art. 18º CONSULTAS Y ACLARACIONES - CIRCULARES: Los oferentes podrán formular, a través de los formularios electrónicos disponibles en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gov.ar, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha fijada para la apertura.- Las Circulares de oficio en respuesta a pedidos de aclaraciones y/o consultas, emitidas por el GCABA, formarán parte de los documentos contractuales y serán notificadas a través de BAC a cada uno de los oferentes que hayan adquirido los Pliegos de la Licitación. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.- Art. 19° MANTENIMIENTO DE OFERTA: 20 días hábiles a partir de la fecha de apertura de ofertas, vencido el plazo se prorroga automáticamente por igual término. El oferente tendrá la posibilidad de retirar su oferta una vez fenecido el plazo mínimo de veinte días hábiles a contar desde la fecha de apertura, debiendo a tal efecto notificar en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de diez (10) días anteriores al vencimiento de dicho plazo.- Art. 20° EVALUACIÓN DE OFERTAS: La evaluación de las ofertas está a cargo de la Comisión de Evaluación de Ofertas del Ministerio de Educación designada por Resolución Nº 230/SSGEFYAR/2014. La Comisión de Evaluación de Ofertas podrá intimar, bajo apercibimiento de la desestimación de la oferta, al oferente a subsanar deficiencias insustanciales de su oferta dentro del término de DOS (2) días, contados a partir de la fecha de recibida la intimación.-

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1003/DGAR/15 (continuación)

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Al tratarse de una licitación para cuya apreciación se requieren de conocimientos técnicos o especializados, dicha comisión solicitará a otros organismos estatales o privados competentes, todos los informes que estime necesarios. El dictamen de evaluación de ofertas, que consta de un Acta, en principio deberá emitirse dentro de los CINCO (5) días contados desde la fecha de apertura de propuestas.- Si no se cumpliera con el plazo establecido se justificará en forma fundada los motivos de tal circunstancia, a efectos de la toma de conocimiento por parte de la autoridad competente para aprobar la preselección o adjudicación. Contenidos mínimos de dicho dictamen: a) Examen de los aspectos formales. Evaluación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley, por este Reglamento y por los respectivos Pliegos.- b) Aptitud de los oferentes. Oferentes Habilitados: La Comisión verificará si los proveedores se encuentran habilitados para contratar con los organismos citados en el artículo 2º de la Ley mediante la Declaración Jurada de aptitud para contratar. Dicha comisión podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada precitada en cualquier etapa del procedimiento. La falsedad de los datos cuanto de la documentación acompañada implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción de rescisión del contrato. c) Evaluación de las ofertas. En el Acta que se emitirá como consecuencia de su dictamen, si existieran ofertas inadmisibles (y en consecuencia motiven su descarte), la Comisión explicitará los motivos de tal circunstancia, fundándolos en las disposiciones pertinentes; igual procedimiento se seguirá si hubiera ofertas manifiestamente inconvenientes y que originen su descarte.- d) Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. El dictamen de evaluación de las ofertas constará de un acta, y será notificado en forma fehaciente a todos los oferentes, quienes pueden impugnarlo dentro del plazo y forma que se fije en los presentes pliegos. Art. 21° PARÁMETROS DE EVALUACIÓN: Calidad, precio, idoneidad del oferente, demás condiciones de la oferta y según Pliego de Especificaciones Técnicas. Art. 22° RECHAZO DE OFERTA: Es rechazada de pleno derecho la oferta que incurriere en alguno de los supuestos previstos en el Artículo 104 de la ley 2095 y su modificatoria Ley 4764, incisos c), d), e), g) y h). Asimismo, serán plausibles de rechazo aquellas ofertas que debiendo acompañar constancias en soporte papel: a. No se presenten originales o copias debidamente certificadas. b. No estuvieran firmadas por el oferente o su apoderado o representante legal c. Estuvieran escritas con lápiz

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1003/DGAR/15 (continuación)

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d. Si tuvieren raspaduras, enmiendas o interlineas en alguna parte que hiciere a la esencia del documento y no estuvieren debidamente salvadas. Art. 23º INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir de los oferentes, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas, según lo estipulado en el Artículo 8º de la Ley 2095 y Artículo 106 Párrafo 4º del decreto 95/GCABA/14.- Art. 24º RECHAZO: El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se reserva el derecho de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas, sin que dicho decisorio pueda generar reclamo alguno de los Oferentes. Art. 25º PREADJUDICACION: Habiéndose evaluado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley Nº 2095, su modificatoria Ley 4.764, su Decreto Reglamentario Nº 95/14, y los presentes pliegos, la preadjudicación recaerá en la propuesta más conveniente para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por la totalidad de los renglones cotizados, teniendo en cuenta los parámetros de evaluación estipulados en el Artículo “Parámetros de Evaluación” de los presentes. Art. 26° CRITERIO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACION DE OFERTAS: La adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por la totalidad de los renglones requeridos en el pliego, teniendo en cuenta la calidad, el precio, la idoneidad del oferente, los costos asociados de usos y mantenimientos futuros, y demás condiciones de la oferta. Art. 27° ADJUDICACIÓN: La adjudicación será resuelta en forma fundada por la autoridad competente para aprobar la contratación y se notificará fehacientemente a través del BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los SIETE (7) días de emitido el acto administrativo. Si se han formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires conforme a lo establecido en el artículo 141 de la Ley.- Podrá adjudicarse aún cuando se haya presentado una sola oferta. El órgano contratante podrá dejar sin efecto la adjudicación antes del perfeccionamiento del contrato sin que éste genere indemnización alguna. Art. 28° CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL: En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o casos fortuitos autorizará al adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Cláusulas particulares y del Pliego de Especificaciones Técnicas. Art. 29° PERSONAL AFECTADO: Todo el personal afectado es de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1003/DGAR/15 (continuación)

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Art. 30° DAÑOS A TERCEROS: Los terceros afectados por el adjudicatario, al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros. Art. 31º FACTURACIÓN: En caso de que los oferentes hagan entregas parciales, se aceptarán sus respectivas facturaciones en forma parcial. Art. 32° FORMA DE PAGO: El pago se efectuará dentro del plazo de treinta (30) días de la fecha de presentación de la respectiva factura. Art. 33º IMPUGNACIÓN AL PLIEGO: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 17º inciso 1 apartado “d)” del Pliego de Cláusulas Generales el valor de impugnación al pliego es del 3% del monto estimado de la contratación. Art. 34º EXHIBICIÓN ANUNCIO DE PREADJUDICACIÓN: El Dictamen de Evaluación de Ofertas será publicado, en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gov.ar. Art. 35° IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN: Se establece como condición previa para la admisibilidad de las impugnaciones de los oferentes, en lo referente a la impugnación de la preadjudicación, la constitución de un depósito equivalente al 4 % (cuatro por ciento) del monto total de la oferta preadjudicada de acuerdo a lo establecido en el art. 17°, inciso 1 apartado “f” del Pliego de Cláusulas Generales, el que será reintegrado a los impugnantes solamente en el caso en que su reclamo prosperara en su totalidad.- Art. 36° PLAZO PARA IMPUGNAR: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 20º del Pliego de Cláusulas Generales. Art. 37° PRESENTACION DE LAS IMPUGNACIONES: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 21º del Pliego de Cláusulas Generales. El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente (Nº 26678/7) “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal actuante o entidad bancaria que indique la Jurisdicción respectiva, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente. Las impugnaciones deberán ser presentadas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 21º del Pliego de Cláusulas Generales y la documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse en la sede de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones sita en Av. Paseo Colón 255, 2° piso frente, de forma previa a formalizar la impugnación. La impugnación debe ser deducida a través de BAC mediante el uso de los formularios correspondientes. Art. 38° OPCIÓN A AUMENTO Y/O DISMINUCIÓN:

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1003/DGAR/15 (continuación)

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De acuerdo al artículo 117° de la Ley N° 2095/2006 y su modificatoria Ley 4764. Art. 39º JURISDICCIÓN: La participación en la presente licitación implica por parte del oferente la renuncia a todo fuero o jurisdicción que correspondiere para atender cuestiones que susciten en el proceso de licitación, adjudicación y ejecución del contrato, sometiéndose única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 7 del Pliego Único de Cláusulas Generales).- Art. 40° PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: El contrato se perfeccionará con la notificación fehaciente de la orden de compra al adjudicatario, a través de BAC, dentro del Plazo del mantenimiento de Oferta. El adjudicatario podrá rechazar la orden de compra dentro del plazo de los tres (03) días de su notificación, en el caso que se encuentre vencido el mantenimiento de su oferta. De darse este supuesto la autoridad competente puede adjudicar el contrato al oferente que siga en orden de mérito. Art. 41° PROHIBICIÓN DE TRANSFERIR EL CONTRATO: Queda prohibida la transferencia total o parcial del contrato, suscripto con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a terceras personas por cualquier título y/o causa. Art. 42° PENALIDADES y SANCIONES: Los oferentes o contratantes pueden ser pasibles de las siguientes penalidades durante la ejecución del contrato, aún cuando el tiempo de su materialización, el contrato se encontrara extinguido y/o rescindido: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta - desistimiento de ofertas (según artículo 124 ley 2095, Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) b) Pérdida de garantía de cumplimiento del contrato - integración de la garantía (según artículo 125 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) c) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales. (según artículo 126 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) d) Rescisión por culpa del cocontratante - rechazo de la orden de compra o venta. (según artículo 128 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) e) Rescisión por culpa del cocontratante - incumplimiento del contrato. (según artículo 129 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) f) Rescisión por culpa del cocontratante. prestaciones de carácter especial.(según artículo 130 ley 2095, Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) g) Rescisión por culpa del cocontratante - fraude o negligencia. (según artículo 131 ley 2095, Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14). h) Rescisión por culpa del cocontratante - transferencia o cesión del contrato.(según artículo 132 ley 2095, Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14). i) Rescisión total o parcial. (según artículo 133 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14). j) caso fortuito o fuerza mayor. (según artículo 134 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14). k) Afectación de las multas. (según artículo 135 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14).

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1003/DGAR/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 137

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Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades mencionadas, los oferentes o cocontratantes pueden asimismo ser pasibles de las siguientes sanciones: l) Apercibimiento. (según artículo 136 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) m) Suspensión. (según artículo 137 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) n) Inhabilitación. (según artículo 138 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) o) Rehabilitación. (según artículo 139 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) La Dirección General de Compras y Contrataciones, es el competente para imponer las sanciones administrativas. La aplicación de las penalidades es facultad de la Dirección General de Administración de Recursos. A los efectos de la aplicación de las penalidades antes mencionadas, a tal efecto se deben reunir todos los antecedentes referidos al desempeño del oferente o contratante durante el desarrollo del procedimiento contractual, que motiven y justifiquen la aplicación de la penalidad. La administración podrá aplicar multas y/o sanciones aun vencido el plazo contractual, cuando los incumplimientos se hubieran producido dentro de la vigencia del contrato, aun cuando el importe sea determinado con posterioridad a la conclusión del contrato. Art. 43° CAUSALES DE PÉRDIDA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta - desistimiento de ofertas (según artículo 124 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14).

Art. 44° CAUSALES DE RESCISIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO: El contrato se extinguirá y/o rescindirá por las siguientes causas: a) Expiración del plazo contractual. b) Mutuo acuerdo. c) Quiebra y liquidación sin quiebra. d) Concurso preventivo del contratista, excepto que conserve la administración de sus bienes mediante autorización judicial y en tanto no medie decisión judicial que le impida formular ofertas. e) Rescisión por culpa del cocontratante - rechazo de la orden de compra. (según artículo 128 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) f) Rescisión por culpa del cocontratante - incumplimiento del contrato. (según artículo 129 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) g) Rescisión por culpa del cocontratante. prestaciones de carácter especial.(según artículo 130 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) h) Rescisión por culpa del cocontratante - fraude o negligencia. (según artículo 131 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) i) Rescisión por culpa del cocontratante - transferencia o cesión del contrato.(según artículo 132 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) j) Rescisión total o parcial. (según artículo 133 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) k) Pérdida de garantía de cumplimiento del contrato - integración de la garantía (según artículo 125 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14).

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1003/DGAR/15 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 138

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CONTRATACIÓN MENOR PARA LA ADQUISICIÓN DE MANGUERAS DE INCENDIO

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES

Art. 1º ANUNCIOS: El llamado a Contratación Menor para la contratación objeto de la presente se anunciará en sistema Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gov.ar y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, por el término de un (01) día y con no menos de dos (2) días de anticipación a la fecha fijada para la realización del acto, esto de acuerdo a la reglamentación del art.38 de la ley 2.095.- Art. 2° OBJETO: La presente Contratación Menor tiene por objeto la adquisición y provisión de cincuenta (50) mangueras hidrantes para ser destinadas al Centro Educativo de Nivel Secundario Nº 38 / Escuela Técnica Nº 01 “Ingeniero Otto Krause” sito en la Av. Paseo Colon Nº 650 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los elementos solicitados en esta licitación deberán responder a los parámetros establecidos en el Pliego de Especificaciones Técnicas.-

Art. 3° REGIMEN, MODALIDAD Y MARCO NORMATIVO DE LA LICITACION: El presente es un procedimiento de llamado a Contratación Menor que se efectúa bajo la modalidad prevista en el Artículo N° 38 de la Ley N° 2.095 su modificatoria Ley 4.764, su Decreto Reglamentario Nº 95/14, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición Nº 396/GCABA/DGCYC/14 y las contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Art. 4° RESERVA DE REVOCACIÓN DEL LLAMADO LICITARIO: El Organismo contratante se reserva el derecho de revocar el llamado licitario cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes Art. 5° VALOR DEL PLIEGO: El presente pliego carece de valor para su adquisición por parte de los interesados. Art. 6° PRESENTACIÓN DE OFERTA: Las ofertas deben ser presentadas a través de los formularios electrónicos disponibles en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gov.ar dando cumplimiento a todos los requisitos técnicos, administrativos y económicos que se establezcan en cada caso, y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ella en soporte electrónico, ajustadas al Art. 12° de las Cláusulas Generales. Art. 7° CONTENIDO DE LA OFERTA: A) Constancia de Inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o constancia de inicio del trámite de inscripción (Art. 5 del Pliego Único de Cláusulas Generales).- B) La documentación e información contenida en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ANEXO - DISPOSICIčN NÁ 1036/DGAR/15

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 139

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deberá estar debidamente actualizada a la fecha de presentación de la oferta. ES CONDICIÓN PARA LA PREADJUDICACIÓN QUE EL OFERENTE SE ENCUENTRE INSCRIPTO EN EL RIUPP Y EN EL PADRON DE PROVEEDORES BAC.- C) Garantía de mantenimiento de oferta: no menor al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. No resulta necesario presentar garantías de mantenimiento de oferta Cuando el monto de la oferta no supere las cien mil (100.000) unidades de compra (UC 2015=$ 7,5). D) En el caso de las Uniones Transitorias de Empresas (U.T.E.), se deberá acompañar Declaración Jurada que contenga el compromiso de su constitución, en caso de resultar adjudicataria.- • Copia Certificada del Estatuto Social y Acta de Asamblea y/o Directorio de la cual surja la actual distribución de cargos directivos o autoridades de la sociedad y/o U.T.E.- E) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo I del Pliego Único de Cláusulas Generales). En caso de UTE cada miembro deberá cumplir con este requisito. F) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia (Art 7 del Pliego Único de Cláusulas Generales). En caso de UTE idem punto anterior. G) Folletería: Se deberá presentar conjuntamente con la oferta, folletería y documentación respaldatoria del producto que se oferta. ART. 8° GARANTÍAS: A) De mantenimiento de oferta: no menor al cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calcula sobre el mayor valor propuesto. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. No resulta necesario presentar garantías de mantenimiento de oferta Cuando el monto de la oferta no supere las cien mil (100.000) unidades de compra (UC 2015= $ 7,50). Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Art. 100 y concordantes de la Ley N° 2095, su modificatoria Ley 4764 y su correspondiente Decreto Reglamentario 95/14. Al momento de cargar su oferta en BAC, el oferente debe informar el nombre de la aseguradora, número de póliza y el monto asegurado, adjuntando una copia escaneada de la misma. A las 24hs del acto de apertura de ofertas, deberán presentar la póliza original en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, sita en Av. Paseo Colón 255, 2º Piso Frente. La no presentación de la Garantía de Oferta, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite. B) De cumplimiento del contrato: no menor al diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. No resulta necesario presentar garantías de cumplimiento del contrato cuando el monto del mismo no supere las cien mil (100.000) unidades de compra (UC 2015= $ 7,50). Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Art. 100 y concordantes de la Ley N° 2095, su modificatoria Ley 4764 y su correspondiente Decreto Reglamentario 95/14.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1036/DGAR/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 140

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El adjudicatario deberá integrar su garantía dentro del término de cinco (5) días de notificada la orden de compra. Vencido ese plazo será intimado a través de BAC a su cumplimiento por el término de dos (2) días. En caso que el adjudicatario no integre la garantía en el plazo indicado, la autoridad competente rescindirá el contrato con la penalidad prevista en el artículo 125 de la Ley 2095. Las garantías deberán constituirse bajo las modalidades establecidas en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el oferente declara conocer y aceptar. Art. 9° CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES: La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de las condiciones y cláusulas que rigen la presente licitación, y de las características contractuales objeto de la presente, por lo que no podrá invocar en su favor, para justificar los errores en que hubiere incurrido, dudas o desconocimiento de las disposiciones legales aplicables, del contenido de los Pliegos que rigen la licitación, como así también de las especificaciones técnicas y fácticas de la contratación.- Art. 10° FORMA DE COTIZAR: Precio unitario por renglón, no se admitirán cotizaciones parciales por el renglón.

Art. 11º MONEDA DE COTIZACIÓN: PESOS de curso legal de la República Argentina. Art. 12º PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA: El plazo será de quince días (15) luego de perfeccionada la orden de compra. De acuerdo a lo establecido en el del Pliego de Condiciones Técnicas, la entrega de equipamiento deberá ser realizada por la Contratista en la Escuela de Educación Técnica Nº 1 “Otto Krause”, ubicada en Av. Paseo Colón 650, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y deberá se coordinada con la Gerencia Operativa de Mitigación de Riesgos.

Art. 13º VERIFICACIÓN DE CANTIDAD: Una vez concluida la entrega, profesionales de la Gerencia Operativa de Mitigación de Riesgos controlarán la cantidad de los materiales que corresponden. Art. 14º GASTOS A CARGO DEL PROVEEDOR. RESPONSABILIDAD: Quedarán a cargo de la adjudicataria los gastos de transporte y entrega de los materiales correspondientes. Asimismo será exclusivamente responsable por la seguridad de los bienes comprometidos hasta el momento en que se verifique la entrega en el destino señalado y se emita el Parte de Recepción Definitiva. Art. 15º FLETE Y DESCARGA: Correrá por cuenta del adjudicatario. Art. 16º ACTO DE APERTURA:

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1036/DGAR/15 (continuación)

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El Acto de apertura de ofertas se efectuará a través de BAC, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los interesados y funcionarios designados. Art. 17º CONDICIONES PARA SER OFERENTE: Para concurrir como oferentes a la presente licitación, deberán cumplir con los requisitos previstos para la presentación de ofertas. Art. 18º RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON PERSONAL Y TERCEROS: Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y provisionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculada con la ejecución contractual y del servicio; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.- Queda debidamente entendido que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral entre el adjudicatario y el personal que este ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones o normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones provisionales e impositivas que recaigan sobre el adjudicatario o locador.- Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Contrato en general. Art. 19º DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES: Se considerará domicilio del oferente, el domicilio legal que hubiera declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6 del Pliego Único de Cláusulas Generales). Todo cambio de domicilio deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se tendrá que comunicar fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el mismo surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. El GCABA constituye domicilio en Av. De Mayo Nº 525 PB, Oficina 20 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se notifican en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en la calle Uruguay Nº 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Nº 77/PG/06 (BOCBA Nº 2430). Art. 20º CONSULTAS Y ACLARACIONES - CIRCULARES: Los oferentes podrán formular, a través de los formularios electrónicos disponibles en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gov.ar, consultas

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1036/DGAR/15 (continuación)

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y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha fijada para la apertura.- Las Circulares de oficio en respuesta a pedidos de aclaraciones y/o consultas, emitidas por el GCABA, formarán parte de los documentos contractuales y serán notificadas a través de BAC a cada uno de los oferentes que hayan adquirido los Pliegos de la Licitación. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares. Art. 21° MANTENIMIENTO DE OFERTA: 20 días hábiles a partir de la fecha de apertura de ofertas, vencido el plazo se prorroga automáticamente por igual término. El oferente tendrá la posibilidad de retirar su oferta una vez fenecido el plazo mínimo de veinte días hábiles a contar desde la fecha de apertura, debiendo a tal efecto notificar en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de diez (10) días anteriores al vencimiento de dicho plazo. Art. 22° EVALUACIÓN DE OFERTAS: La evaluación de las ofertas está a cargo de la Comisión de Evaluación de Ofertas del Ministerio de Educación designada por Resolución Nº 230/SSGEFYAR/2014. La Comisión de Evaluación de Ofertas podrá intimar, bajo apercibimiento de la desestimación de la oferta, al oferente a subsanar deficiencias insustanciales de su oferta dentro del término de DOS (2) días, contados a partir de la fecha de recibida la intimación. Al tratarse de una licitación para cuya apreciación se requieren de conocimientos técnicos o especializados, dicha comisión solicitará a otros organismos estatales o privados competentes, todos los informes que estime necesarios. El dictamen de evaluación de ofertas, que consta de un Acta, en principio deberá emitirse dentro de los CINCO (5) días contados desde la fecha de apertura de propuestas. Si no se cumpliera con el plazo establecido se justificará en forma fundada los motivos de tal circunstancia, a efectos de la toma de conocimiento por parte de la autoridad competente para aprobar la preselección o adjudicación. Contenidos mínimos de dicho dictamen: a) Examen de los aspectos formales. Evaluación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley, por este Reglamento y por los respectivos Pliegos. b) Aptitud de los oferentes. Oferentes Habilitados: La Comisión verificará si los proveedores se encuentran habilitados para contratar con los organismos citados en el artículo 2º de la Ley mediante la Declaración Jurada de aptitud para contratar. Dicha comisión podrá verificar la veracidad de los datos volcados en la declaración jurada precitada en cualquier etapa del procedimiento. La falsedad de los datos cuanto de la documentación acompañada implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Si la falsedad fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la aplicación de la sanción de rescisión del contrato. c) Evaluación de las ofertas.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1036/DGAR/15 (continuación)

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En el Acta que se emitirá como consecuencia de su dictamen, si existieran ofertas inadmisibles (y en consecuencia motiven su descarte), la Comisión explicitará los motivos de tal circunstancia, fundándolos en las disposiciones pertinentes; igual procedimiento se seguirá si hubiera ofertas manifiestamente inconvenientes y que originen su descarte.- d) Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. El dictamen de evaluación de las ofertas constará de un acta, y será notificado en forma fehaciente a todos los oferentes, quienes pueden impugnarlo dentro del plazo y forma que se fije en los presentes pliegos. Art. 23° PARÁMETROS DE EVALUACIÓN: Calidad, precio, idoneidad del oferente, demás condiciones de la oferta y según Pliego de Especificaciones Técnicas. Art. 24° RECHAZO DE OFERTA: Es rechazada de pleno derecho la oferta que incurriere en alguno de los supuestos previstos en el Artículo 104 de la ley 2095 y su modificatoria Ley 4764, incisos c), d), e), g) y h). Asimismo, serán plausibles de rechazo aquellas ofertas que debiendo acompañar constancias en soporte papel: a. No se presenten originales o copias debidamente certificadas. b. No estuvieran firmadas por el oferente o su apoderado o representante legal c. Estuvieran escritas con lápiz d. Si tuvieren raspaduras, enmiendas o interlineas en alguna parte que hiciere a la esencia del documento y no estuvieren debidamente salvadas. Art. 25º INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA: Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir de los oferentes, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas, según lo estipulado en el Artículo 8º de la Ley 2095 y Artículo 106 Párrafo 4º del decreto 95/GCABA/14. Art. 26º RECHAZO: El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se reserva el derecho de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas, sin que dicho decisorio pueda generar reclamo alguno de los Oferentes. Art. 27º PREADJUDICACION: Habiéndose evaluado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley Nº 2095, su modificatoria Ley 4.764, su Decreto Reglamentario Nº 95/14, y los presentes pliegos, la preadjudicación recaerá en la propuesta más conveniente para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por la totalidad de los renglones cotizados, teniendo en cuenta los parámetros de evaluación estipulados en el Artículo “Parámetros de Evaluación” de los presentes. Art. 28° CRITERIO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACION DE OFERTAS: La adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por la totalidad de los renglones requeridos en el pliego,

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1036/DGAR/15 (continuación)

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teniendo en cuenta la calidad, el precio, la idoneidad del oferente, los costos asociados de usos y mantenimientos futuros, y demás condiciones de la oferta. Art. 29° ADJUDICACIÓN: La adjudicación será resuelta en forma fundada por la autoridad competente para aprobar la contratación y se notificará fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de los SIETE (7) días de emitido el acto administrativo. Si se han formulado impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas, éstas serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires conforme a lo establecido en el artículo 141 de la Ley. Podrá adjudicarse aún cuando se haya presentado una sola oferta. El órgano contratante podrá dejar sin efecto la adjudicación antes del perfeccionamiento del contrato sin que éste genere indemnización alguna. Art. 30° CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL: En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas o casos fortuitos autorizará al adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del presente Pliego de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Cláusulas particulares y del Pliego de Especificaciones Técnicas. Art. 31° PERSONAL AFECTADO: Todo el personal afectado es de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. Art. 32° DAÑOS A TERCEROS: Los terceros afectados por el adjudicatario, al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros. Art. 33º FACTURACIÓN: En caso de que los oferentes hagan entregas parciales, se aceptarán sus respectivas facturaciones en forma parcial. Art. 34° FORMA DE PAGO: El pago se efectuará dentro del plazo de treinta (30) días de la fecha de presentación de la respectiva factura. Art. 35º IMPUGNACIÓN AL PLIEGO: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 17º inciso 1 apartado “d)” del Pliego de Cláusulas Generales el valor de impugnación al pliego es del 3% del monto estimado de la contratación. Art. 36º EXHIBICIÓN ANUNCIO DE PREADJUDICACIÓN: El Dictamen de Evaluación de Ofertas será publicado, en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gov.ar, como así también en el Boletín Oficial, por el término de UN (1) día. Art. 37° IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN:

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1036/DGAR/15 (continuación)

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Se establece como condición previa para la admisibilidad de las impugnaciones de los oferentes, en lo referente a la impugnación de la preadjudicación, la constitución de un depósito equivalente al 4 % (cuatro por ciento) del monto total de la oferta preadjudicada de acuerdo a lo establecido en el art. 17°, inciso 1 apartado “f” del Pliego de Cláusulas Generales, el que será reintegrado a los impugnantes solamente en el caso en que su reclamo prosperara en su totalidad. Art. 38° PLAZO PARA IMPUGNAR: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 20º del Pliego de Cláusulas Generales. Art. 39° PRESENTACION DE LAS IMPUGNACIONES: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 21º del Pliego de Cláusulas Generales. El depósito deberá efectuarse en Cuenta Corriente (Nº 26678/7) “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal actuante o entidad bancaria que indique la Jurisdicción respectiva, el que será reintegrado a los oferentes, solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente. Las impugnaciones deberán ser presentadas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 21º del Pliego de Cláusulas Generales y la documentación que acredite la constitución de la garantía de impugnación deberá presentarse en la sede de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones sita en Av. Paseo Colón 255, 2° piso frente, de forma previa a formalizar la impugnación. La impugnación debe ser deducida a través de BAC mediante el uso de los formularios correspondientes. Art. 40° OPCIÓN A AUMENTO Y/O DISMINUCIÓN: De acuerdo al artículo 117° de la Ley N° 2095/2006 y su modificatoria Ley 4764. Art. 41º JURISDICCIÓN: La participación en la presente licitación implica por parte del oferente la renuncia a todo fuero o jurisdicción que correspondiere para atender cuestiones que susciten en el proceso de licitación, adjudicación y ejecución del contrato, sometiéndose única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 7 del Pliego Único de Cláusulas Generales). Art. 42° PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: El contrato se perfeccionará con la notificación fehaciente de la orden de compra al adjudicatario, a través de BAC, dentro del Plazo del mantenimiento de Oferta. El adjudicatario podrá rechazar la orden de compra dentro del plazo de los tres (03) días de su notificación, en el caso que se encuentre vencido el mantenimiento de su oferta. De darse este supuesto la autoridad competente puede adjudicar el contrato al oferente que siga en orden de mérito. Art. 43° PROHIBICIÓN DE TRANSFERIR EL CONTRATO: Queda prohibida la transferencia total o parcial del contrato, suscripto con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a terceras personas por cualquier título y/o causa. Art. 44° PENALIDADES y SANCIONES:

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1036/DGAR/15 (continuación)

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Los oferentes o contratantes pueden ser pasibles de las siguientes penalidades durante la ejecución del contrato, aún cuando el tiempo de su materialización, el contrato se encontrara extinguido y/o rescindido: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta - desistimiento de ofertas (según artículo 124 ley 2095, Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) b) Pérdida de garantía de cumplimiento del contrato - integración de la garantía (según artículo 125 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) c) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales. (según artículo 126 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) d) Rescisión por culpa del cocontratante - rechazo de la orden de compra o venta. (según artículo 128 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) e) Rescisión por culpa del cocontratante - incumplimiento del contrato. (según artículo 129 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) f) Rescisión por culpa del cocontratante. prestaciones de carácter especial.(según artículo 130 ley 2095, Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) g) Rescisión por culpa del cocontratante - fraude o negligencia. (según artículo 131 ley 2095, Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14). h) Rescisión por culpa del cocontratante - transferencia o cesión del contrato.(según artículo 132 ley 2095, Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14). i) Rescisión total o parcial. (según artículo 133 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14). j) caso fortuito o fuerza mayor. (según artículo 134 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14). k) Afectación de las multas. (según artículo 135 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14). Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades mencionadas, los oferentes o cocontratantes pueden asimismo ser pasibles de las siguientes sanciones: l) Apercibimiento. (según artículo 136 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) m) Suspensión. (según artículo 137 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) n) Inhabilitación. (según artículo 138 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) o) Rehabilitación. (según artículo 139 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) La Dirección General de Compras y Contrataciones, es el competente para imponer las sanciones administrativas. La aplicación de las penalidades es facultad de la Dirección General de Administración de Recursos. A los efectos de la aplicación de las penalidades antes mencionadas, a tal efecto se deben reunir todos los antecedentes referidos al desempeño del oferente o contratante durante el desarrollo del procedimiento contractual, que motiven y justifiquen la aplicación de la penalidad. La administración podrá aplicar multas y/o sanciones aun vencido el plazo contractual, cuando los incumplimientos se hubieran producido dentro de la vigencia del contrato, aun cuando el importe sea determinado con posterioridad a la conclusión del contrato. Art. 45° CAUSALES DE PÉRDIDA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: a) Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta - desistimiento de ofertas (según artículo 124 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14).

Art. 46° CAUSALES DE RESCISIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO: El contrato se extinguirá y/o rescindirá por las siguientes causas: a) Expiración del plazo contractual. b) Mutuo acuerdo.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1036/DGAR/15 (continuación)

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c) Quiebra y liquidación sin quiebra. d) Concurso preventivo del contratista, excepto que conserve la administración de sus bienes mediante autorización judicial y en tanto no medie decisión judicial que le impida formular ofertas. e) Rescisión por culpa del cocontratante - rechazo de la orden de compra. (según artículo 128 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) f) Rescisión por culpa del cocontratante - incumplimiento del contrato. (según artículo 129 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) g) Rescisión por culpa del cocontratante. prestaciones de carácter especial.(según artículo 130 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) h) Rescisión por culpa del cocontratante - fraude o negligencia. (según artículo 131 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) i) Rescisión por culpa del cocontratante - transferencia o cesión del contrato.(según artículo 132 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) j) Rescisión total o parcial. (según artículo 133 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14) k) Pérdida de garantía de cumplimiento del contrato - integración de la garantía (según artículo 125 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14).

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1036/DGAR/15 (continuación)

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CONTRATACIÓN MENOR PARA LA ADQUISICIÓN DE MANGUERAS DE INCENDIO

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Art. 1.- ALCANCE DEL PLIEGO.

El presente Pliego de Especificaciones Técnicas expone los requisitos a cumplir respecto a las condiciones técnicas y la calidad que deben tener los productos solicitados. Conforme estas especificaciones el oferente deberá elaborar su oferta.

Art. 2.- CONTENIDO DE LA OFERTA.

REGLON Nº 1:

La oferta deberá incluir la provisión de 50 (cincuenta) mangueras de incendio, según la siguiente descripción:

MANGUERAS DE INCENDIO de 1 ¾” (44,5 mm). Elaboradas con fibra de poliéster, con trama de alta resistencia para presión de trabajo de 15 Kgs/Cm2. Presión de prueba 25 Kgs./Cm2. Presión de rotura 45 Kgs/Cm2, con tratamiento de plastificado en su interior. Norma IRAM 3548/2 y 3510. En ambos extremos con las respectivas uniones MACHO-HEMBRA para acople Whitworth, de bronce, con junta de goma, que permiten perfecta conexión a cañería o lanza por medio de llave universal de ajuste. Longitud: 20 metros.- DEBEN POSEER SELLO IRAM Y LEYENDA MINISTERIO DE EDUCACION GCBA. LANZA POLIMERO ABS: Fabricadas en polímero ABS de gran resistencia y durabilidad. Opera tanto con chorro pleno, como con niebla.

LOS ELEMENTOS DEBERÁN SER NUEVOS Y SIN USO, INDICÁNDOSE MARCA Y ORIGEN DE LOS MISMOS.

LOS ELEMENTOS COTIZADOS DEBERÁN SER DE 1º MARCA RECONOCIDA EN EL MERCADO.

EL GCABA SE RESERVA EL DERECHO DE SOLICITAR MUESTRA SIN CARGO.

SE DEBERÁ PRESENTAR FOLLETERÍA DE LOS PRODUCTOS COTIZADOS.

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1036/DGAR/15 (continuación)

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Art. 3.- LUGAR FÍSICO DE ENTREGA

La entrega de equipamiento deberá ser realizada por la Contratista en la Escuela de Educación Técnica Nº 1 “Otto Krause”, ubicada en Av. Paseo Colón 650, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y deberá se coordinada con la Gerencia Operativa de Mitigación de Riesgos, quién certificará la efectiva provisión del equipamiento solicitado en las condiciones requeridas, suscribiendo los remitos correspondientes junto a las autoridades escolares. Para ello deberá contactarse con el teléfono 43078-8145.

FIN DEL ANEXO

ANEXO - DISPOSICIÓN N° 1036/DGAR/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 150

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CAMP Nº 01

P Nº 21/1

AMP Nº 14/1

ES PARTICU

el Ministerio

enos Aires.ma de Buenos

rales.

de la Secret

2095, texto

2095, reglamaprobados es de la Ley 2por la Resol

015 tiene pegos por dnforme las c

enor CCAMPveintinueve c

e Bases y C

na We-contratacion

@jusbaires.goguno de loico a comprección, teléfo

IVA DE ADQa Ciudad, dee la apertura

N

1/15

14

15

ULARES

o Público de

s Aires.

aría Genera

ordenado se

mentada por en sus corre2095, modificución CM N°

por objeto ldoce (12) mcondiciones d

P Nº 01/2015con noventa

Condiciones

eb del nes/publicaciov.ar s medios mrasmpf@jusbono y correo

QUISICIONEe lunes a viea.

e la Ciudad

l de Gestión

egún Ley Nº

r Resoluciónespondientescados por la° 01/2014.

a provisión,meses paradel presente

5 asciende acentavos ($

Particulares

MPF:iones/

mencionadosbaires.gov.aro electrónico

ES del MPF,ernes, en el

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ANEXO - RESOLUCIčN NÁ 14/CCAMP/15

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 151

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Las consultas respecto del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los pedidos de aclaraciones y/o información deberán efectuarse por escrito o por correo electrónico a [email protected], con al menos cuarenta y ocho (48) horas de anticipación a la fijada para la apertura de las propuestas. De ser presentadas por escrito deberán entregarse en la Mesa de Entradas del MPF, sin ensobrar, puesto que dicha dependencia deberá agregarla a la Actuación Interna por la que tramita la presente contratación. No se aceptarán consultas telefónicas y el MP no tendrá obligación de responder aquellas que se presenten fuera del término indicado. 7. REGISTRO INFORMATIZADO ÚNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DE LA C.A.B.A. Los oferentes deberán encontrarse inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (R.I.U.P.P.) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previo al dictado del acto administrativo de adjudicación conforme lo dispuesto por los artículos 22 y 93 de la Ley Nº 2095 y sus modificatorias, reglamentada por Resolución CCAMP Nº 11/10. La inscripción debe realizarse por el interesado a través del sitio de Internet, en la página www.buenosairescompras.gob.ar 8. RENGLONES A COTIZAR. Renglón N° 1: Provisión y colocación matafuegos. Provisión y colocación de veinte (20) matafuegos Haloclean ABC de 5 kgs., con los elementos de señalización y sujeción correspondientes en el edificio sito en Avda. Paseo Colón 1333 de la C.A.B.A. Renglón N° 2: Recarga de matafuegos. Sub-renglón 2.1. Recarga de un (1) matafuego BC de 2,5 kg. Sub-renglón 2.2. Recarga de ocho (8) matafuegos BC de 5 kg. Sub-renglón 2.3. Recarga de un (1) matafuegos BC de 7 kg. Sub-renglón 2.4. Recarga de un (1) matafuegos BC de 10 kg. Sub-renglón 2.5. Recarga de tres (3) matafuegos ABC de 1 kg. Sub-renglón 2.6. Recarga de ciento veinticinco (125) matafuegos ABC de 5 kg. Sub-renglón 2.7. Recarga de dos (2) matafuegos Haloclean ABC de 2,5 kg. Sub-renglón 2.8. Recarga de veintiocho (28) matafuegos Haloclean ABC de 5 kg. Sub-renglón 2.9. Recarga de once (11) matafuegos AC agua y espuma (AFFF) de 9,5kg. Sub-renglón 2.10. Recarga de dos (2) matafuegos tipo carro ABC de 25 kg. Renglón N° 3: Mantenimiento trimestral de matafuegos. Un (1) matafuego BC de 2,5 kg Ocho (8) matafuegos BC de 5 kg. Un (1) matafuego BC de 7 kg. Un (1) matafuego BC de 10 kg. Tres (3) matafuegos ABC de 1 kg. Ciento veinticinco (125) matafuegos ABC de 5 kg. Dos (2) matafuegos Haloclean ABC de 2,5 kg. Veintiocho (28) matafuegos Haloclean ABC de 5 kg. Once (11) matafuegos AC agua y espuma (AFFF) de 9,5 kg. Dos (2) matafuegos tipo carro ABC de 25 kg.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 152

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9. PR 9.1 CEl adla coplieg 9.2 RLos mata Resplos v NotadebeIRAM 9.2.1El advez ident Asimparacasose re Dura(1) v 9.2.2El aprevnormperió En cseñaplazoprevopor El of40.4comocaso Tarea)

b) c)

ROVISIÓN Y

Característicdjudicatario dolocación dego.

Recarga y mservicios d

afuegos iden

pecto de los vehículos (tre

a: El adjudicaerá incluir la M de servicio

1 Servicio dedjudicatario recargados, tificación del

mismo debera realizar el os de matafuetiren hasta q

ante la vigenvez en las fec

2 Servicio deadjudicatario istos en el p

mativa legal ódica.

caso de que aalización o ao de las 72 istas, las rtunamente o

ferente/adjud73 (texto vio ser las tarj

os).

eas a realizarControl físicemplazadosControl del eControlar qobstruccione

Y SERVICIO

cas de la prdeberá provee los mismos

mantenimiene recarga ytificados en

servicios dees matafuego

atario deberáprovisión de

os, de confor

e recarga dedeberá realidentro del p puesto de in

rá coordinar retiro de los

uegos de emque estos últ

cia del plazochas que cor

e mantenimdeberá rea

presente numvigente y ex

algún matafuaccesorios dhs. de habemismas se

ofertados.

dicatario debgente) en a

rjetas de hab

r: co de invents. estado de coue los equipes que impid

ovisión de meer los matas de acuerd

nto de matafy mantenimel Anexo V,

recarga y mos ABC de 1

á ajustarse ae las tarjetasrmidad con la

e matafuegoizar el retiroplazo de cincncendio y su

con la UCEs mismos paergencia de timos hayan

o de contratarrespondan,

miento de maalizar los comeral, en forxtendiendo

uego fuera udel mismo, ser sido notifierán abonad

berá ajustarsaquellos aspbilitación, ara

ario de mata

onservación pos no haya

dan su correc

matafuegosfuegos indic

do a lo estip

fuegos (exisiento deberátodos ubica

mantenimient kg.), éstos d

a lo dispuess de habilitaca normativa v

os de los matco (5) días du numeración

E todos los aara su recariguales carasido recoloc

ación, cada msegún sus re

atafuegos ontroles y erma trimestraun informe e

tilizado o huse realizará cado. En el das de ac

se a lo dispupectos vincuanceles de a

afuegos en

y limpieza dean sufrido dcta operación

s (Renglón Ncados en el Rpulado en el

stentes y a pán prestarsedos en la C.A

o de matafuedeberán coo

sto en la O.Mción, arancevigente.

afuegos, dedesde su retin.

aspectos vinrga, debiendacterísticas ecados.

matafuego deespectivos v

el mantenimal, verificandescrito a la

biera algún fla reposiciócaso de rec

cuerdo con

uesto en la Olados con la

auditoría y se

el lugar físic

e las unidadedaños físicosn.

Nº 1): Renglón N° 1

ítem 21.1 d

proveer) e inicialmenA.B.A.

egos corresprdinarse con

M. Nº 40.473eles de audit

biendo recoiro, teniendo

nculados condo proveer een reemplazo

eberá ser recencimientos

miento corresdo el cumplim

UCE por ca

faltante de eón o recargacargas adicio

los precio

Ordenanza Ma presente ellos IRAM (e

co donde se

es. s evidentes

1, realizandodel presente

nte para los

pondientes an la UCE.

3. Asimismo,oría y sellos

locarlos unao presente la

n las etapasen todos loso de los que

cargado una.

spondientes,miento de laada revisión

lementos dea dentro delonales a lasos unitarios

Municipal Nºcontrataciónen todos los

e encuentran

ni trabas u

o e

s

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a a

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e l s s

º n s

n

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 153

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d) Recambio de los soportes de los extintores en caso de que se encuentren defectuosos o no sean aptos para sostener el elemento correctamente. Dichos soportes serán provistos por la firma adjudicataria.

e) Colocación de placas balizas, pintado de la posición si las mismas faltaren donde corresponda.

f) Provisión y colocación de pictogramas que indiquen el tipo de matafuego si los mismos faltaren donde corresponda.

g) Provisión y colocación de tarjetas de identificación OPDS. h) Prueba hidráulica, de ser necesaria 9.3 Retiro y entrega de matafuegos El retiro y entrega de los matafuegos para su recarga, revisión, control, mantenimiento y prueba hidráulica, será por cuenta del adjudicatario debiendo registrarse el retiro en el Libro de Actas, donde constará la cantidad de unidades, tipo, capacidad, características y número de identificación del matafuego. Dicho retiro se realizará de manera escalonada, permitiendo el cumplimiento de las normas mínimas de seguridad. La devolución de las unidades extintoras se efectuará mediante remito numerado, donde se consignarán los mismos datos que en el acta original de retiro, debiendo quedar registrada, asimismo, en el Libro de Actas. La adjudicataria se hará única responsable en oportunidad del traslado de los extintores a su taller, razón por la cual, en caso de extravío, robo, daño o destrucción por cualquier causa, deberá proceder a la reposición por elementos de iguales características y capacidad, en óptimo estado de funcionamiento y carga. La adjudicataria será responsable por los daños que ocasione por el uso de productos no autorizados por la autoridad competente, como así también por las intoxicaciones u otras enfermedades que pueda padecer el personal del Ministerio Público y/o terceros, imputables a la ingestión, inhalación o cualquier otra forma de contaminación con los productos que se usen durante la prestación de los servicios. 10. REQUISITOS A CUMPLIMENTAR POR LA ADJUDICATARIA PREVIOS AL INICIO DEL SERVICIO Antes del inicio de la prestación de los servicios, la adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos detallados a continuación mediante la presentación de las constancias del caso en la Oficina de Asistencia Técnica de la CCAMP, sita en la calle Combate de los Pozos 155, Piso 9° contra-frente, de la C.A.B.A., debiendo estar dirigidas a la Secretaría General de Gestión y Administración Financiera de la CCAMP. 10.1. SEGUROS 10.1.1 Seguro de vida obligatorio y Seguro de Accidentes de Trabajo: Conforme lo exige la normativa vigente, la adjudicataria deberá contar el seguro de vida obligatorio y el seguro por accidentes de trabajo para todo el personal que afecte a la prestación, acreditándolos respectivamente con la correspondiente póliza y con la inscripción en la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (A.R.T.). Asimismo, deberá acompañar una cláusula, suscripta por la respectiva aseguradora, de no repetición a favor del Ministerio Público de la C.A.B.A., la que deberá ser renovada a su vencimiento hasta la finalización del plazo de la presente contratación. 10.1.2 Seguro de responsabilidad civil: La firma adjudicataria deberá contratar un seguro de responsabilidad civil, por la suma de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000.-) por los daños que, como consecuencia de la prestación del servicio que se contrata, se ocasione a personas, cosas y/o bienes de terceros y/o del Poder Judicial y/o del MP de la C.A.B.A.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 154

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En cprovadjudadjudcues

Si lael Mcontadjudcorre

SeráevenpólizreclaíndoTamtérmPóliz

El sedel Mafect

El Mprórr 10.2Nómdeta

10.3a) Nb) C11 C12 D

N 11. CEl ofmatadesapresOrdeRepaEn cde fante 12. CEl adcadaEl núa la e

caso de queocados, las dicataria. Dedicataria de

stión, debiend

adjudicatariMP podrá -aratar dichos dicataria. Eespondiente

á obligación nto que requzas correspoamaciones, dle, originadobién correráino y las c

zas de Segur

eguro de resMP e incluirtado.

MP podrá suroga del prog

. PERSONAmina complet

llando: Nom

. SEGURIDANómina de peConstancia deConstancia deDesignación dNro. de Matríc

CAPACIDADferente debeafuegos y elearrollar la acentando fotoenanza N° 4aradores, Re

caso que el ofabricante), riormente ex

CONDICIONdjudicatario ea una de las úmero de opextensión, na

e el monto ddiferencias

e igual maneeberá afrontado dejar libe

ia dejase de al margen dseguros y p

El MP dedufactura.

de la adjudicuiera dicha nondientes. Ldemandas,

os o resultann por cuentaonsecuenciaro.

sponsabilidará a éste co

uspender losgrama de tra

AL ta del persobre y apellid

AD E HIGIENersonal dadoe entrega dee capacitacióde un respocula) que se

D TÉCNICA. erá acreditarementos accctividad por ocopia de l40.473 y Decargadores oferente fuerdeberá junt

xpresados, re

ES DE TRAempleará úntareas objetoerarios que saturaleza y a

e los seguroresultantes

era, en casoar por su erado al MP d

contratar y mde cualquier agar los preucirá los p

cataria notifinotificación d

La adjudicataacciones ju

ntes de cuala de la adjudas económic

ad civil será omo benefic

s trabajos poabajo.

onal a afectao completo,

NE EN EL TRo de alta en lae elementos ón del personsable de Srá el respons

HABILITACr junto con cesorios de r el Gobierna constanci

Decreto modde elemento

ra comercialito con su especto de q

ABAJO icamente peo de la presese empleen al plazo de ej

os contratads deberán seo de insolvenexclusiva cude cualquier

mantener enotro derech

mios necesaremios así

car a la asede acuerdo aria será rediciales, coslquier incumdicataria los icas y contra

contratado cciario del m

or falta de c

ar al servicioDNI y funció

RABAJO a ART actuade protecciónal intervinieeguridad e Hsable de las

CIONES. INSsu oferta –eseñalización

no de la Cia de inscripificatorio N°os contra inczador de talepropuesta e

quien en defi

ersonal propiente contratapara la ejecu

ejecución que

dos no alcaner cubiertas

ncia o quiebruenta y carg

responsabili

n vigencia losho o recursarios o que fu

desembols

guradora socon las clau

esponsable pstas, costosplimiento deintereses y cactuales por

con una aseismo, consid

cobertura, n

o y sus eveón que desem

alizada. ón personal.ente. Higiene (contareas a rea

SCRIPCIONEen caso de n-, que se enudad Autónpción en el ° 452/90 (Rcendios). es productoseconómica nitiva los fab

o, capacitadación. ución de las e demanden

nzare a cubrs exclusivamra de la asego todos losdad al respe

s seguros esso que pudiueran adeudados del p

bre cualquieusulas aplicapor todas la y gastos d

e dichos reqcostos por par la no vige

eguradora a derándolo co

o siendo ell

entuales reempeñará.

indicación dalizar.

ES. ser el fabricncuentra haboma de Buregistro cre

Registro de

s (sin revestiacreditar lo

brique.

o e idóneo p

tareas será los mismos.

rir los dañosmente por la

guradora, las daños enecto.

specificados,era ejercer-

dados, por lapago de la

er cuestión oables de lasas pérdidas,de cualquieruerimientos.ago fuera deencia de las

satisfacciónomo tercero

lo causa de

emplazantes,

de nombre y

cante de losbilitado para

uenos Aires,eado por laFabricantes,

ir el carácters requisitos

para ejecutar

proporcional.

s a a n

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 155

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13. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 09:00 a 17:00 horas y hasta las 11:00 horas del día XX de XXXXXXX de 2015, en la Mesa de Entradas del MPF sita en la Av. Paseo Colón 1333 piso 10° de la C.A.B.A., debiendo estar dirigidas a la Unidad Operativa de Adquisiciones del MPF e indicando como referencia la leyenda “Contratación Directa Menor CCAMP Nº 01/15, Expediente CCAMP Nº 21/14 – Fecha y hora de apertura”. Las propuestas deberán presentarse en sobre perfectamente cerrado y su contenido deberá estar foliado y firmado en todas sus hojas por el oferente, su Representante Legal o apoderado. El sobre deberá contener:

a) En caso de tratarse de personas de existencia ideal, contrato constitutivo, estatuto vigente y la documentación que acredite la personería del firmante debidamente certificada por escribano público o autoridad competente, en su caso.

b) Propuesta Económica: Las propuestas económicas deberán ser formuladas en pesos, indicando el precio unitario y el precio total de cada renglón y sub-renglón en números y, la sumatoria de los tres renglones en números y letras. Como Anexo II se aprueba un “formulario original para cotizar” que contiene las exigencias del pliego y permite al oferente cumplir con las declaraciones juradas requeridas por la normativa, y demás información que el oferente debe declarar. Respecto de los precios unitarios y totales, el oferente deberá consignar lo siguiente: Renglón N° 1: Precio unitario: el de cada matafuego a proveer y colocar. Precio total: el resultado de la multiplicación del precio unitario por veinte (20)

(que es la cantidad total de matafuegos incluidos en el renglón). Renglón N° 2: Precio unitario: el de la recarga de cada matafuego según el correspondiente

sub-renglón. Precio total sub-renglón: el resultado de la multiplicación del precio unitario de

cada sub-renglón por la cantidad de matafuegos a recargar incluidos en el mismo.

Precio total renglón: La sumatoria de los precios totales correspondientes a los sub-renglones 2.1 a 2.8.

Renglón 3: Precio unitario: el de cada mantenimiento trimestral del lote total de matafuegos. Precio total: el resultado de la multiplicación del precio unitario por cuatro (4)

(que es la cantidad total de mantenimientos trimestrales incluidos en el plazo inicial de la contratación).

En caso de no presentarse la oferta en dicho formulario, deberá suministrarse en la oferta o junto con ella toda la información requerida, además de darse cumplimiento con las demás exigencias del pliego.

No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera, considerándose inadmisibles las ofertas así realizadas, las que serán automáticamente desestimadas.

En caso de presentarse ofertas alternativas, deberá consignarse tal circunstancia en el formulario original para cotizar.

c) Duplicado de la propuesta económica.

d) Certificado fiscal para contratar emitido por la AFIP, vigente al momento de la fecha límite para la presentación de las ofertas, o bien copia de la solicitud de nuevo

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 156

Page 157: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

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f) C

g) AmMAses12345

h) Cdre

i) Eadlo

j) Dp

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ertificado fis814/05 y mo

Garantía de fertado.

Cuando el toCUARENTA Si el total deMIL ($440.00Caución.

Constancia de

Antecedentesmayor de tresMenor. A tal efecto, imilares carastablecimienu defecto, un. Denominac. Domicilio y. Tipo de ser. Período de. Nombre y c

Constancia dee Fabricanteeglamentació

En el caso qccesorios deberá acred

os fabrique.

Detalle compudiéndose e

APERTURA pertura de lo11:15 horaseo Colón 133

FIRMA DE Ldocumentaciesentante leg

Ministerio Púbs aportadosraciones y/octerísticas de

COSTOS INC

scal, de confodificatorias,

mantenimien

otal de la oMIL ($440.0

e la oferta su00,00), se de

e visita, conf

s técnicos y s (3) años en

deberán preacterísticas ntos públicosn listado en eción del orgay teléfono. rvicio prestad

el servicio cocargo de las

e inscripciónes, Reparadón y modifica

que el oferee señalizaci

ditar el requis

pleto de laemplear anex

DE LAS OFos sobres ses, en la sed33 piso 10º,

LA DOCUMEión agregadgal.

blico se reses en la preo informes qe los bienes

CLUIDOS –

formidad conde correspo

nto de ofert

oferta no su000,00), se pupera la sumeberá const

forme el Pun

comercialesn las prestac

esentar comoa las espec

s o privados,el que consteanismo o emp

do. n indicación personas qu

n en el Regisdores y Recaaciones.

nte fuese coión que prosito detallado

s caracterísxos al formul

FERTAS. erá pública yde de la UnCiudad Autó

ENTACIÓN –da a la ofe

erva el derecesente contrque se consi

cotizados.

I.V.A.

n lo establecnder.

ta no menor

upere la sumpodrá constitma de PESOituir la garan

nto 18 del pre

s: Los ofereciones objeto

o mínimo docificadas en suscriptas pen los siguiepresa.

del año y meue puedan se

tro creado pargadores d

omercializadoponga (sin o en el litera

sticas de loario original

y tendrá lugaidad Operat

ónoma de Bu

– VERIFICACrta debe es

cho de verifiratación así ideren conve

cido en la R

r al cinco po

ma de PEStuir la garantOS CUATROntía mediant

esente pliego

entes deberáo de la prese

os (2) certificel Punto 9

por autoridadntes datos:

eses de inicier consultada

or la Ordenade Elemento

dor de los mrevestir el

al h) respect

os bienes ypara cotizar

r el día XX dtiva de Adquuenos Aires.

CIÓN DE LAstar firmada

car toda la dcomo tam

enientes en

Resolución G

or ciento (5

SOS CUATRtía medianteOCIENTOS te Póliza de

o.

án acreditar nte Contrata

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o y finalizacias.

anza N° 40.4s Contra Inc

matafuegos ycarácter de to de quien

y/o servicio

de XXXXXXXuisiciones de

A DOCUMENa por el ofe

documentacbién requerorden a de

General AFIP

%) del total

ROCIENTOSe un pagaré.CUARENTA

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experienciaación Directa

servicios dee pliego, en

mismos o, en

ión.

73 (Registrocendios), su

y elementosfabricante),

en definitiva

s cotizados

X de 2015 ael MPF, Av.

NTACIÓN. erente o su

ción y demásrir todas laseterminar las

P

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 157

Page 158: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

Los precios cotizados (unitarios y totales) deberán incluir, todos los gastos de impuestos, flete, descarga y acarreo al lugar de entrega, armado, desarme, demás gastos de venta que demande la provisión del servicio solicitado y todo otro importe que forme parte del precio final. Atento lo señalado, el MP no ha de reconocer bajo ningún concepto, costos adicionales a los ofertados originalmente. Los precios cotizados (unitarios y totales) deberán incluir, indefectiblemente, el importe correspondiente a la alícuota del I.V.A. En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, queda establecido que dicho valor se encuentra incluido en la misma. 17. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Si el oferente no mantiene el plazo estipulado de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior, será facultad de la MP considerar o no las ofertas así formuladas según convenga a los intereses de la Administración. Al vencimiento de los plazos fijados para el mantenimiento de las ofertas, éstas se prorrogan automáticamente por igual plazo por única vez. 18. OBLIGACIÓN DE VISITA. Los oferentes deberán visitar obligatoriamente los inmuebles donde inicialmente se presentará el servicio objeto de la presente contratación. Para tal fin, se realizará una recorrida de los mismos el día XX de XXXXXXXXX de 2015, a las 11:15, iniciándose en el hall de entrada del edificio ubicado en el la Av. Paseo Colón 1333 de la C.A.B.A. Con posterioridad a la fecha indicada, los interesados deberán concertar una nueva visita con personal del Departamento de Compras y Contrataciones de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas al teléfono 5299-4467 o bien a [email protected] ; hasta cuatro (4) días hábiles antes de la apertura de ofertas. Será requisito ineludible de la oferta acreditar haber realizado dicha visita, como cualquier otra que eventualmente sea acordada por escrito, correo electrónico o telefónicamente. El MP, a través de la Unidad de Coordinación Edilicia de la CCAMP, facilitará las visitas, de modo tal que el adjudicatario no podrá alegar posteriormente ignorancia o imprevisiones en las condiciones en que ejecutará y cumplirá el contrato. Una vez realizada la visita, se extenderá el Certificado de Visita indicado. Con dicha constancia, se acreditará haber concurrido y verificado las condiciones incluidas en el pliego. En la presentación de las ofertas deberá acompañarse el Certificado de Visita que como Anexo IV acompaña el presente. 19. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS Previo a la evaluación económica de las ofertas, se analizará la información aportada por los oferentes, a fin de determinar el cumplimiento de las cláusulas del presente pliego a fin de considerar la admisibilidad de las ofertas. La evaluación técnica de las propuestas estará a cargo de la UCE. En oportunidad de analizar el contenido de las ofertas, se podrá requerir a los proponentes la información adicional o aclaratoria que no implique la alteración de las propuestas presentadas.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 158

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La adel pregla 20. ALa arequ 21. SER 21.1 será los tla U En cestacriteplazo 21.2 XX ddías doce La pla ende Cdebiedeveadjud 21.3 días resp En to 22. GEl/ lolos treglaEn cform125 El mcientcont 23. PEl codel Msus m

adjudicación presente plieamentación.

ADJUDICACdjudicación seridos en los

PLAZO DERVICIOS.

El plazo dede diez (10

rabajos de eUnidad de Co

caso que eblecido, deberio del área o de entrega

La prestacióde XXXXXXXcontados a

e (12) meses

prestación dentrega de la Coordinaciónendo efectu

enidos por ladicatario.

A los efectoy horarios

ecto de los m

odos los cas

GARANTÍA Dos adjudicataérminos de amentación, caso que el a fehacientede la Ley Nº

monto de la gto (10%) sobratación.

PRÓRROGAontrato aludidMP, de confomodificatoria

recaerá en ego, observá

CIÓN se realizará:s renglones N

E ENTREG

e entrega y c0) días a parentrega y cooordinación E

l oferente eerá justificar requirente s

a, se entende

ón del servicXX de 2015partir de la

s ininterrump

e los serviciodocumentac

n Edilicia, situarse en el a entrega, fle

os de cada pen que serámismos.

os, las prest

DE CUMPLIario/s deberálos artículoses decir, denadjudicatari

e, bajo apercº 2095 y susgarantía de cbre el valor

A DEL CONTdo podrá seormidad conas.

la propuestaándose lo p

por renglón Nº 2 y Nº 3.

GA. INICIO

colocación prtir de la notlocación de

Edilicia (UCE

especifique eel mismo ju

su aceptacióerá el estable

cio previsto 5, o, transcurecepción depidos.

os corresponción respaldata en la callhorario que

ete, personal

prestación, eán realizados

taciones se r

MIENTO DEá/n presenta

s 99 inciso bntro de los co no integracibimiento dmodificatoriacumplimientototal de la a

TRATO r prorrogado

n lo dispuest

a que satisfaprevisto el a

completo y a

Y PLAZO

ara los bienetificación de los matafueg

E) del MP.

en su ofertaunto con su n. En caso decido preced

en los Rengrrida dicha fe la Orden d

ndientes a losatoria, se cole Combate e se indiqul, medios de

el adjudicatas los trabajo

realizarán los

EL CONTRAar una garan) y 113 de lainco (5) díasa la garantíae aplicaciónas. o del contratadjudicación

o en las mismo por el art.

aga objetivaartículo 38 d

a un único a

DE CONT

es requeridola orden de gos se coord

a un plazo propuesta ede que el ofdentemente.

glones Nº 2 yfecha, dentrode Compra y

s Renglonesoordinará con

de los Poze, corriendo

e descarga y

rio deberá cos con una

s días hábile

TO ntía de cumpa Ley N° 20

s de notificada en dicho pn de la pena

to se calculaemitida en e

mas condicio117, inciso

mente las dde la Ley Nº

djudicatario

TRATACIÓN

os en el Recompra. La

dinaran con

de entrega económica, erente no es

y Nº 3, se ino del plazo dy tendrá una

s N° 2 y N° 3n personal dos 155, de

o con todos acarreo, po

coordinar consemana de

s.

plimiento del 095 y modific

a la orden dplazo, se lo

alidad previst

ará aplicandoel marco de

ones, a excluIII, de la Le

isposicionesº 2095 y su

los servicios

N DE LOS

nglón N° 1, ubicación ypersonal de

superior alquedando a

specifique el

niciará el díade diez (10)duración de

3, así comode la Unidadla C.A.B.A.,

s los costosor cuenta del

n la UCE losanticipación

contrato encatorias y sue compra. intimará en

ta en el Art.

o el diez por la presente

usivo criterioey Nº 2095 y

s u

s

S

, y e

l a l

a ) e

o d , s l

s n

n u

n .

r e

o y

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 159

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Dicha opción será comunicada al adjudicatario con una anticipación mínima de quince (15) días corridos a la finalización del contrato. Una vez vencido el plazo de la prórroga eventualmente establecida y en caso de necesidad debidamente fundada, el MP podrá disponer la continuidad del servicio, siempre y cuando estuviera gestionando un nuevo procedimiento de selección y éste se encontrase en instancia de convocatoria a presentar ofertas. Si el oferente no aceptara la prórroga del contrato estipulado en el párrafo anterior, deberá indicarlo en la presentación de su oferta, siendo facultad del MP, considerar o no las ofertas así formuladas, según convenga a sus propios intereses. En cualquier momento el Ministerio Público podrán rescindir sin causa la prórroga del contrato. Dicha circunstancia le será notificada fehacientemente al prestador, con una anticipación de quince (15) días corridos. 24. LIBRO DE ACTAS En el Libro de Actas la UCE dejará asentadas las órdenes de servicio impartidas y las novedades que se produzcan con relación a la prestación del servicio, así como también las observaciones que se formulen por incumplimiento de las cláusulas contractuales. La negativa del prestador del servicio a suscribir la notificación se presumirá como veracidad de los hechos contenidos en la misma, salvo prueba en contrario. 25. REQUISITOS A CUMPLIMENTAR POR LA ADJUDICATARIA DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Durante el plazo de vigencia de los servicios, y con carácter previo a cada prestación, la adjudicataria presentará en la Oficina de Asistencia Técnica de la CCAMP, sita la calle Combate de los Pozos 155, Piso 9° contra-frente, de la C.A.B.A., dirigida a la UCE, la siguiente documentación: a) Nómina de personal dado de alta en la A.R.T. actualizada. b) Constancia de entrega de Elementos de Protección Personal. c) Cláusula de no repetición a favor del MP suscripta por la A.R.T. d) La sola recepción no implicará la conformidad de este MP con la documentación

presentada.

26. MODIFICACIONES A LA NÓMINA DE PERSONAL AFECTADO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Durante la vigencia del contrato la adjudicataria deberá informar al UCE de cualquier modificación (alta/baja) en la nómina del personal afectado a la prestación de los servicios que hubiese presentado previamente, conforme el Punto 10.2 y concordantes del presente pliego. 27. RESPONSABILIDAD DE LA ADJUDUICATARIA La adjudicataria: Asumirá ante el MP la responsabilidad total en relación con la conducta y

antecedentes de las personas que afecte al servicio. Tomará a su cargo la obligación de reponer elementos o reparar daños y/o perjuicios

que ocasionen al MP, delitos o cuasidelitos, sean propios o producidos por las personas bajo su dependencia. El no cumplimiento de lo establecido en esta cláusula podrá motivar la rescisión del contrato.

Adoptará todas las disposiciones y precauciones necesarias para evitar daños al personal que depende de él, al personal del MP, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones de esta Institución o de terceros, así puedan provenir esos daños de la acción o inacción de su personal o elementos instalados o por causas eventuales.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 160

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Speimp

El reexclu 28. CVerifconfo 29. REl Mconfo4764de la11/1seña 30. FEl paBase

Las AdmOficiPiso corredescservdel M7096

Juntodel debidvencfactu

Si espres

Si esdebeC.A.

Si esresorepre

Si esdebe

Si esdebenom

Será responsor la autorinfermedade

mputables a roductos que

esarcimiento usiva de la a

CERTIFICADficada la reaormidad defi

RESCISIÓN MP podrá reormidad con4, o cuando sa referida Le0, ello sin p

alada

FORMA DE ago se haráes y Condicio

facturas deministración F

na de Asiste 9° contra-fesponda (inccripción de loicios e impor

Ministerio Pú62154-4.

o con la prescertificado damente a

cimiento del ura.

s contribuyeentar una co

s Contribuyeerá presentaB.A. (F. CM0

s contribuyenlución respeesentante leg

s contribuyeerá presenta

s agente deerá acreditarinación resp

sable por los idad compes que puedla ingestión,e se usen en

de los perjadjudicataria.

DO DE CONalización denitiva dentro

DEL CONTRescindir tota

n los artículosse configure

ey, de conforperjuicio de

PAGO - DOCá conforme lones Genera

berán ser cFederal de Iencia Técnicfrente, de lacluyendo núos conceptosrte unitario y

úblico de la C

sentación dede conformutenticada Impuesto so

ente local deopia de la con

ente de Conar una copia01 y F. CM05

nte exento, dectiva, o notagal de la firm

ente del Régr una copia d

e recaudaciór su condicióectiva.

daños que oetente, comoa padecer e, inhalación on los servicio

uicios que n

FORMIDADe los trabajoo de los cinco

RATO al o parcialms 9, inciso a)

e alguna de lrmidad con lo

la aplicació

CUMENTAClo estipuladoales y de acu

confeccionadngresos Púb

ca de la CCAa C.A.B.A., úmero de Exs facturados

y total de las Ciudad Autón

e facturas, demidad definit

del comproobre los Ingre

l Impuestos nstancia de

nvenio Multila de la cons5).

deberá presea en carácterma.

gimen Simplide la constan

ón de impueón con la ex

ocasione poro así tambiel personal o cualquier o

os.

no obstante

os por la Uo (5) días po

mente el co), y 122 de laas causales o previsto enón de las sa

CION A ADJo en los artuerdo a las p

das conformblicos, y pre

AMP, sita en mencionandxpediente), ns, plazo paramismos en

noma de Bue

eberá acomptiva extendiobante de esos Brutos

sobre los Ininscripción.

ateral del Imstancia de i

entar una cor de declarac

ficado del Imncia de inscr

estos sobre lxhibición de

r el uso de pén por las del Ministerotra forma d

se produjer

CE, ésta emsteriores a d

ontrato en a Ley Nº 209previstas en

n ella y en laanciones pre

UNTAR A LAículos 22 y

pautas siguie

e los términesentadas ela calle Como: referencianúmeros de a el pago, mletras númer

enos Aires: IV

pañarse, oblido por la pago corr

operado al m

ngresos Brut

mpuesto Sobinscripción o

pia de la conción jurada f

mpuesto Sobripción.

los Ingresosla resolució

productos nointoxicacion

rio Público ye contamina

an, correrán

mitirá un cedicha verifica

cualquier m95, y su modn los artículoa Resoluciónevistas en l

A FACTURA23 del Pliegntes:

nos establecn original y

mbate de losa al procedrenglón y s

mes de prestaros, y emitidaVA Exento -

igatoriamentUCE y un

respondientemomento de

tos en C.A.B

bre los Ingreo alta en la

nstancia de ifirmada por e

bre los Ingre

s Brutos de ón donde se

autorizadosnes u otrasy/o terceros,ación con los

n por cuenta

ertificado deción.

momento, dedificatoria N°os 128 a 132n CCAMP N°a normativa

A go Único de

cidos por lacopia en la

s Pozos 155,imiento quesub-renglón,ación de losas a nombreCUIT Nº 30-

e, una copiana fotocopiae al último

presentar la

B.A., deberá

esos Brutos, jurisdicción

inscripción oel titular o el

esos Brutos,

la C.A.B.A.,e publique la

s s , s

a

e

e ° 2 ° a

e

a a ,

e , s e -

a a o a

á

, n

o l

,

, a

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 161

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El MP se reserva el derecho de verificar los datos expuestos. 31. PAGO El pago se realizará dentro de los treinta (30) días de la fecha de presentación de la respectiva factura, y se efectuará por la Tesorería del MP, sita en la calle Combate de los Pozos 155, Piso 3° contra-frente, de la C.A.B.A. 32. MORA EN EL PAGO En caso de producirse la mora en el pago, será de aplicación la tasa pasiva del Banco de la Ciudad de Buenos Aires para operaciones de plazo fijo a treinta (30) días.

La nota de débito por intereses debe ser presentada hasta treinta (30) días posteriores de efectuado el pago. Vencido dicho plazo se pierde todo derecho a reclamo. 33. GASTOS PLURIANUALES De conformidad con el literal b) del Artículo 26 del Anexo del Decreto GCBA 04/2015, el compromiso de gastos que demande la presente contratación queda subordinado al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos. 34. PENALIDADES La UCE será la encargada del contralor del grado de cumplimiento contractual por parte de la firma adjudicataria. 35. JURISDICCIÓN A todos los efectos legales emergentes de la presente contratación serán competentes los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 36. CONOCIMIENTO DE LAS CLÁUSULAS QUE RIGEN LA CONTRATACIÓN La presentación de la oferta, importa de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación de los pliegos de bases y condiciones con la oferta, salvo que los mismos sean solicitados como requisitos junto con la documentación que integra la misma.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 162

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Seño CiudTel. Hora De m

Contfin da la c

MINIintegindeadmLey c OBJtienedocecond LUGcomhttp:/o enCiudde la VAL OBLinvolde B LUGColódía X

ores

dad Autónom

ario:

mi considerac

Me dirijotrataciones de invitarle a contratación

A continu

ISTERIO PÚgra el Podependiente y inistración gcitada.

JETO DE LAe por objeto e (12) mesesdiciones del P

GAR DE prasmpf@jus//www.fiscali

n el Departamdad Autónoma apertura.

LOR DEL PL

LIGACIÓN Dlucrados en

Bases y Cond

GAR DE ENón 1333 10° XX/XX/2015.

Anexo

MOD

ma de Buenos

ción:

o a Uds. endel Ministerioparticipar en que más ad

uación se me

ÚBLICO: Seer Judicial d

dotado de general y fina

A CONTRATla provisión

s para depePBCP que se

CONSULTsbaires.gov.ias.gob.ar/admento de Co

ma de Buenos

IEGO: Pliego

DE VISITA: Lel servicio d

diciones Part

TREGA DE piso, de la C

o III a la Res

DELO DE IN

s Aires

mi carácteo Público Fisn la Contratadelante se de

encionan dat

gún lo dispude la Ciudaautonomía

anciera de a

TACIÓN: Lan, colocaciónendencias y e adjunta a l

TA DEL ar o dministracionompras y Cos Aires, en e

o sin valor.

Los oferentesde conformidticulares.

LAS OFERCiudad Autó

olución CCA

NVITACIÓN A

r de de Jefascal de la Ciación Directaetalla.

tos relevante

uesto por la ad Autónomfuncional y

acuerdo a lo

a Contratación, mantenimvehículos da presente.

PLIEGO: en la

n/compras-y-ontrataciones

el horario de

s deberán vidad con lo es

RTAS: Mesaónoma de Bu

AMP N° 14/1

A COTIZAR

Buenos Aire

Expe

a del Depariudad Autónoa Menor CCA

es del presen

Ley Nº 1.90ma de Buen

autarquía, o establecido

ón Directa Mmiento y recadel MP de la

Por copágina

-contratacions – Av. Pas09:00 a 17:0

isitar obligatostablecido e

a de Entradauenos Aires,

15

es, de

ediente CCAM

INVITACIÓ

rtamento de oma de BueAMP Nº 01/1

nte llamado:

03, el Ministos Aires, cteniendo a

o en el Artíc

Menor CCAMarga de mata C.A.B.A, c

orreo elecWeb d

nes/publicacieo Colon 13

00 hs. hasta

oriamente lon el punto 1

as del MPF hasta las 1

de 2015.

MP Nº 21/14

ÓN Nº xx/15

Compras yenos Aires, a15, tendiente

terio Públicocon caráctersu cargo laulo 18 de la

MP Nº 01/15tafuegos porconforme las

ctrónico adel MPFiones/ 333 10° pisoel día y hora

os inmuebles8 del Pliego

, Av. Paseo1:00 hs. del

.

4

5

y a e

o r a a

5 r s

a F

o a

s o

o l

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 163

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LUGAR DE APERTURA DE LAS OFERTAS: Unidad Operativa de Adquisiciones, Av. Paseo Colón 1333 10° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. FECHA Y HORARIO DE APERTURA: El día XX de XXXXXXX de 2015 a las 11:15 hs. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. Si el oferente no mantiene el plazo estipulado de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior, será facultad de la MP considerar o no las ofertas así formuladas según convenga a los intereses de la Administración. Al vencimiento de los plazos fijados para el mantenimiento de las ofertas, éstas se prorrogan automáticamente por igual plazo por única vez.

Sin otro particular, saludo a Uds. atentamente.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 164

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CER

.......

de l

han

Cond

en lo

Av P

Com

Alsin

Vare

Cárd

Alte.

Virrey

Florid

RTIFICO: que

....................

la Empresa

realizado e

diciones Par

os siguientes

DOMICIL

Paseo Colón

mbate de los

a 1826

la 3301 (Villa

enas 2707 (M

Brown 1250 (

y Cevallos 16

da 15

Anexo

e el/los Sr/es

....................

.................

en el día de

rticulares apr

s edificios:

LIO

1333

Pozos 155

Soldati)

Mataderos)

(La Boca)

72 Depósito

o IV a la Res

CONSTA

s. ……………

...................

...................

e la fecha,

robado para

FECHA

solución CC

ANCIA DE VI

………………

.................. (

....................

la visita est

la Contratac

FIR

M

AMP Nº 14/1

C.A.B.A

SITA

………………

(DNI Nº........

....................

tablecida en

ción Directa M

RMA

MP

15

A.,

………………

....................

...................

n el Pliego

Menor CCAM

FIR

EMPR

de 2015.

……………….

..................)

....................

de Bases y

MP Nº 01/15

RMA

RESA

.

.

.

y

5

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 165

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Nsd

INMUPaseo Co

Combate de Alsina

OAD Villa SoldaOAD MataderosOAD La Boca (ADepósito Virre

FloriVEHÍC

PeugeoFiat D

Citroën TO

Nota: La ubicacsiempre en el áderecho a reclam

UEBLES olón 1333 los Pozos 155 a 1826 ati (Varela 3301) s (Cárdenas 2707Alte. Brown 1250)ey Cevallos 1672 ida 15 CULOS t Partner Ducato Berlingo 

OTAL 

ción y/o distribuámbito de la Cimos por mayore

B

2,5 KG  5 KG7 1 

7) ) 

1  8 

ución de los maiudad Autónomaes costos por p

Anexo V

CUADRO D

BC 

G  7 KG 10 KG

1  1 

1  1 

atafuegos podráa de Buenos Aarte de aquélla.

a la Resolución

DE DISTRIBUCIO

CANTIDAD PO

ABC

1 KG 5 KG 25 80 27 3 3 2 4 2 4 

1 1 1 3  125 

á variar, según Aires, previa com

n CCAMP Nº 14/

ON Y UBICACIO

OR TIPO DE MATAHa

KG (carro) 2,5 2 

2

2  2

las necesidademunicación a la

15

NES

AFUEGO aloclean ABC  AC

KG 5 KG21 

2 3 1 1 1 1 

2  28 

es del Ministerioa adjudicataria,

C agua y espuma 

9,5 KG 

11 

11 

o Público de lasin que ello d

(AFFF) 

a C.A.B.A., de lugar ni

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 166

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CFRDDT

P

Contratación DireFecha de aperturaRazón social oferDomicilio constituDomicilio real: Teléfono:

Rengl

N° 1Provisión y colocació

N° 2Recarga de m

ANEXO I

ecta Menor CCAMa de las ofertas: Xrente: uido en la C.A.B.A

ón

ón de matafuegos

2 matafuegos

II a la RESOLUC

P Nº 01/2015 XX/XX/2015 a las 1

A.:

Sub Renglón

----- Provisilos ele

2.1 Recarg

2.2 Recarg

2.3 Recarg

2.4 Recarg

2.5 Recarg

2.6 Recarg

2.7 Recarg

2.8 Recarg

2.9 Recarg

2.10 Recarg

CIÓN CCAMP Nº

11:15 hs.

ión y colocación de vmentos de señalizac

ga de un (1) matafueg

ga de ocho (8) matafu

ga de un (1) matafueg

ga de un (1) matafueg

ga de tres (3) matafu

ga de ciento veinticin

ga de dos (2) matafue

ga de veintiocho (28)

ga de once (11) mata

ga de dos (2) matafue

º 14/15 - F O R M

E

C

CF

Detalle

veinte (20) matafuegoción y sujeción corres

go BC de 2,5 kg

uegos BC de 5 kg.

gos BC de 7 kg.

gos BC de 10 kg.

egos ABC de 1 kg.

co (125) matafuegos

egos Haloclean ABC

matafuegos Halocle

afuegos AC agua y es

egos tipo carro ABC

U L A R I O O R

Expte. CCAMP Nº

CUIT:

Correo electrónicoFax:

os Haloclean ABC despondientes.

s ABC de 5 kg.

C de 2,5 kg.

ean ABC de 5 kg.

spuma (AFFF) de 9,5

de 25 kg.

R I G I N A L P A

21/2014

o:

Un

e 5 kg., con Mat

Reccada m

5 kg.

R A C O T I Z A

nidad Cantid

tafuego 20

carga de matafuego

1

8

1

1

3

125

2

28

11

2

R

dad Precio Unitario ($)

5

Precio Total ($)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 167

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Total Renglón N° 2

Renglón Sub-renglón Detalle Unidad Cantidad Precio Unitario ($)

Precio Total ($)

N° 3 Mantenimiento trimestral de

matafuegos por doce (12) meses. ------

Mantenimiento trimestral de: Un (1) matafuego BC de 2,5 kg Ocho (8) matafuegos BC de 5 kg. Un (1) matafuego BC de 7 kg. Un (1) matafuego BC de 10 kg Tres (3) matafuegos ABC de 1 kg. Ciento veinticinco (125) matafuegos ABC de 5 kg. Dos (2) matafuegos Haloclean ABC de 2,5 kg. Veintiocho (28) matafuegos Haloclean ABC de 5 kg. Once (11) matafuegos AC agua y espuma (AFFF) de 9,5 kg. Dos (2) matafuegos tipo carro ABC de 25 kg.

Mantenimiento trimestral del

lote de matafuegos

4

TOTAL RENGLONES Nos. 1, 2 y 3

TOTAL COTIZADO EN LETRAS: __________________________________________________________________________________________________ PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: MESA DE ENTRADAS DEL MPF. Personalmente en Av. Paseo Colón 1333 10° piso la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS: hasta las 11:00 hs. del día XX/XX/2015 OFERTAS ALTERNATIVAS: SI / NO (tache lo que no corresponda)

Declaro bajo juramento encontrarme habilitada/o para contratar con la C.A.B.A. en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 95 y 96 de la Ley Nº 2095 y sus modificatorias, reglamentado por Resolución CCAMP Nº 11/10).

Se hace saber al señor oferente que el mero hecho de presentar la oferta implica su declaración de voluntad para el uso del correo electrónico y su reconocimiento como medio válido de comunicación con el Ministerio Público.

Lugar y fecha: ________________________________________________

FIRMA (DEL OFERENTE, APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 14/CCAMP/15 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 168

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Apellido y Nombre DNI JurisdicciónAbadie Daniel Alejandro 28694047 Ministerio de Modernización Abriani Alfredo Miguel 25967249 Secretaria GeneralAcerenza Samanta María Celeste 27951298 Ministerio de Desarrollo SocialAcevedo Gustavo Javier 20469641 Miembro de la Junta Comunal Acevedo Jesus Mariano 31314964 Ministerio de CulturaAcuña María Soledad 24483014 Ministerio de EducaciónAdorno Alejandra Antonia 16892235 Ministerio de Justicia y SeguridadAguado Jorge Mariano 27938209 Ministerio de EducaciónAguerre Magdalena 27050029 Ministerio de Desarrollo SocialAlabuenas Mauro Gastón 22430943 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Alaniz Pablo Moamar Jalid 33157321 Ministerio de CulturaAlberdi Santiago 30138476 Instituto de Juegos y ApuestasAlcaraz María Victoria 12986110 Ministro de CulturaAli Rodolfo Valentín 12966271 Ministerio de Justicia y SeguridadAlonso María Amelia Concepción 10704455 Miembro de la Junta Comunal Alonso Osvaldo José 6262921 Ministerio de Justicia y SeguridadAlonso Ron Matías Rodolfo 28421665 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Álvarez de Celis Fernando 23864578 Ministerio de Desarrollo UrbanoÁlvarez Oscar Antonio 12552233 Ministerio de Justicia y SeguridadAlves Silvia Cristina 21535679 Ministerio de Desarrollo EconómicoAngioi Marcela Claudia 17674435 Miembro de la Junta Comunal Angrisano Ariel Hernán 30369402 Miembro de la Junta Comunal Aoun Edgardo 8511241 Procuración General de la CiudadAparicio Pedro Ramón 14223720 Ministerio de CulturaApreda Héctor Jorge 11134123 Miembro de la Junta Comunal Aragno Hugo Daniel 12563462 Jefe de GobiernoArancibia Guillermo Héctor 20130182 Ministerio de Justicia y SeguridadAranda Lucia 29751786 Ministerio de CulturaÁrbol Alicia Norma 2730243 Procuración General de la CiudadAristegui Sebastián Hugo 24130122 Secretaria Legal y TécnicaArroyo Carlos Alberto 4553485 Ministerio de Desarrollo UrbanoAstarloa Gabriel María 13872301 Ministerio de Desarrollo EconómicoAvelutto Alejandro Pablo 17635692 Secretaria de MediosAvogadro Enrique 25641207 Ministerio de Desarrollo EconómicoAvruj Claudio Bernardo 13801845 Jefatura de Gabinete de MinistrosBarbosa Roberto Bernardino 13851894 Ministerio de Justicia y SeguridadBarela Liliana Graciela 6439250 Ministerio de CulturaBariazarra María Julia 27381948 Ministerio de GobiernoBarrailh Ortiz Juan Martín 25430862 Ministerio de Desarrollo EconómicoBasavilbaso Emilio 25567293 Ministerio de Desarrollo EconómicoBatrosse Martín 13120068 AUSABeati Vindel Juan Manuel 21787952 Ministro de CulturaBellomo Esteban Pedro 17684053 AUSABenegas Fernando 25567686 Ministerio de Modernización Bermolén Marcelo Fabián 16453859 Ministerio de GobiernoBesada Alicia Irma 11154606 Miembro de la Junta Comunal Bielus Hernán Alfredo 22980922 Secretaria GeneralBirman Marcelo Raúl 17287480 Ministro de CulturaBisiau Paula 29076948 Jefatura de Gabinete de MinistrosBlasco Luciana 25149959 Vicejefatura de GobiernoBogado Carlos Irineo 18595542 Ministro de GobiernoBorlle Augusto 12871568 AUSABormann Rudi Werner 27109654 Ministerio de Modernización Borrelli Martín Osvaldo 18258359 Ministerio de Justicia y SeguridadBosch Fernando 14222617 Ministerio de Justicia y SeguridadBousquet Andrés Mariano 28032686 Secretaria de Gestión Comunal y Atención CiudadanaBouzas Marcelo Claudio 14751048 Miembro de la Junta Comunal Braun Miguel 23463909 Banco CiudadBreád Eugenio 4623840 Corporación Antiguo Puerto Madero S.ABrito Rosa Sandra 18161732 Miembro de la Junta Comunal Broffoni Flavia Laura 30136111 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Brun Carlos María 18442903 Miembro de la Junta Comunal Brunet María Cristina 6728776 Miembro de la Junta Comunal Bruzos Bouchet Andrea Fernanda 17348631 Ministerio de EducaciónBujan Javier Alejandro 21123017 Ministerio de Justicia y SeguridadBullrich Esteban José 20912380 Ministro de EducaciónBusellini Héctor Marcelo 20426296 Jefatura de Gabinete de Ministros

Sujetos obligados que presentaron en tiempo y forma la declaración jurada patrimonial del año 2014

ANEXO - CA 328

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 169

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Bussi Germán 18108597 Jefatura de Gabinete de MinistrosCabrera Francisco Adolfo 11486974 Ministro de Desarrollo Económico Caeiro Oscar Néstor 12850413 Ministerio de Modernización Cajal, Ricardo Jorge 10573841 Ministerio de Justicia y SeguridadCaligiuri Marcelo Cesar 12728064 Ministerio de Justicia y SeguridadCallegari Hugo Norberto 8319826 Ministerio de HaciendaCaminia Bergalli María Alejandra 14008652 Miembro de la Junta Comunal Campbell Alexander Malcolm 28863182 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Campos Mariano Daniel 27643154 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Cane Claudio Alejandro 16325733 Ministerio de Desarrollo UrbanoCanido Itati Marina 23903059 Jefe de GobiernoCantoni Viviana 23500969 Ministro de CulturaCaparrós María Florencia 28462794 Ministerio de Desarrollo EconómicoCapato Alejandro Félix 13750803 Ministro de CulturaCapdevila Daniel 12601627 AUSACapelli Ezequiel Matías 21072413 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Carnazzoli Leonora Alejandra 25960592 Ministerio de Justicia y SeguridadCarrizo Julián 11207179 Ministerio de Justicia y SeguridadCasabella Mariano Martín 25646870 Jefatura de Gabinete de MinistrosCasalo Diego Ariel 23152294 Ministerio de Justicia y SeguridadCasiraghi Luciano Guillermo 23454365 Ministro de Modernización Cenzon Edgardo David 22356694 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Chahin Héctor Joaquín 10777471 Ministerio de Justicia y SeguridadChain Daniel Gustavo 10424208 Ministro de Desarrollo UrbanoChapar Pedro Luis 10650306 Ministerio de Justicia y SeguridadCharlon Marcelo Alejandro 16677113 Miembro de la Junta Comunal Chierasco Enrique Martín 21115048 Ministerio de Modernización Chierzi Karina Andrea 20442448 Ministerio de Modernización Cid Fernando Alberto 30496094 Ministerio de Desarrollo SocialClément Ricardo Mauricio 8533493 Ministerio de HaciendaClusellas Pablo 13211552 Secretaria Legal y TécnicaCoacci Juan Carlos 4640603 Ministerio de CulturaCocca Ignacio Antonio 14820063 Ministerio de Justicia y SeguridadCodino Alejandro 14526389 Ministerio de Desarrollo UrbanoColombo Ezequiel Lucas 22313006 Ministro de CulturaConte Grand Julio Marcelo 14347567 Procuración General de la CiudadConte Marisa 6673370 Ministerio de EducaciónCosta Díaz María Julieta 30892573 Miembro de la Junta Comunal Costantino Marcelo Fabián 18285176 Miembro de la Junta Comunal Costantino Sergio Gabriel 22366623 Secretaria de Gestión Comunal y Atención CiudadanaCouronne Mario Enrique 10833230 Ministerio de Justicia y SeguridadCrescenti Alberto Félix 10534036 Ministerio de SaludCrevena Ignacio Carlos Eduardo 20618727 Miembro de la Junta Comunal Cristiano Juan Domingo 7610009 Miembro de la Junta Comunal Croci Julio Alberto 30158087 Jefatura de Gabinete de MinistrosCuello María Cristina 12601587 Procuración General de la CiudadCura Eduardo 13935870 Secretaria de MediosCurutchet Juan 17331664 Banco CiudadCutini Eugenia Inés 29959740 Ministerio de Modernización D´Albora Francisco 11450736 Procuración General de la CiudadD’ Angelo Carlos Leonardo 20365341 Ministerio de HaciendaDacharry Carlos Norberto 12548623 Ministerio de Modernización Daletto Marcelo 21673701 Ministerio de GobiernoDe Alzaga José Félix 23470143 Secretaria de Gestión Comunal y Atención CiudadanaDe Andreis Fernando 24977546 Ministro de CulturaDe Antonis Alicia 11599083 Banco CiudadDe Godoy Miguel Ángel 16443297 Secretaria de MediosDe la Cruz Jorge Enrique 13425251 Procuración General de la CiudadDe la Fuente Gustavo 16940146 Subterráneos de Buenos AiresDe Langhe Marcela Viviana 17659576 Ministerio de Justicia y SeguridadDe Stefano Adrian Nicolás 22294015 Ministerio de Justicia y SeguridadDel Sol Eduardo Daniel 20061986 Instituto de Juegos y ApuestasDelgado Emilio Ignacio 26201442 Miembro de la Junta Comunal Delgado Nereida María Laura 17075932 Ministerio de HaciendaDelochio Walter Alberto 14902531 Ministerio de HaciendaDemarchi Javier Darío 23341535 Ministerio de Desarrollo EconómicoDemirjian Luis Martín José 14951445 Ministerio de SaludDevoto Mauricio 14943544 Secretaria Legal y TécnicaDiaz Gilligan María Inés 31270305 Ministerio de Cultura

ANEXO - CA 328 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 170

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Dietrich Guillermo Javier 20618038 Jefe de Gabinete de MinistrosDinatale Néstor Omar 16497741 Miembro de la Junta Comunal Domeniconi Julia Raquel 28380237 Ministerio de Modernización Domínguez Alonso Rita Eugenia 28864686 Secretaria Legal y TécnicaDomínguez Fernando Andrés 20861572 Ministerio de EducaciónDonati José María 16975643 Ministerio de HaciendaDubinsky Daniel 5516768 AUSAEiguchi Kumiko 10534784 Ministerio de SaludEmiliozzi Ezio Osvaldo 13653823 Ministerio de Justicia y SeguridadEstevez Diego Conrado 22549073 Ministerio de Modernización Etchezuri Christian Rubén 22848698 Miembro de la Junta Comunal Fabián Francisco Marcelo 17605494 Ministerio de SaludFernández Raúl Enrique 13072877 Banco CiudadFernández Rubén Manuel 12252786 Ministerio de Justicia y SeguridadFernández Sáenz Pablo 27050519 Ministerio de Modernización Fernández Semhan Abel Ignacio 23503760 Ministerio de HaciendaFerrando Germán Alberto 16710662 Ministerio de Desarrollo EconómicoFerrari Agustín Marcos 12514712 Miembro de la Junta Comunal Ferrari Oscar Mario 13289220 Ministerio de Justicia y SeguridadFerraro Rosalía Eva 5940791 Miembro de la Junta Comunal Ferrero María Genoveva 30744939 Ministerio de Justicia y SeguridadFerron Ricardo Raúl 11618811 Ministerio de Justicia y SeguridadFigueras Lucas Martín 24631101 Ministerio de HaciendaFigueroa Julio Cesar 22501602 Miembro de la Junta Comunal Filippo Emilse Carmen 13340034 Ministerio de SaludFinocchiaro Alejandro Oscar 18453675 Ministerio de EducaciónFirvida Eduardo 4305435 Ministerio de Desarrollo UrbanoFlax Marco Florencia 22179091 Ministerio de SaludFraga Ondina Beatriz 20231620 Miembro de la Junta Comunal Fragueiro Laura 29010106 Secretaria GeneralFrancinelli Gabriela Marcela 18484633 Jefe de GobiernoFranck Pablo 23834523 Ministro de CulturaFrigerio Rogelio 21482393 Banco CiudadFsanella Juan Pablo 31532608 Jefatura de Gabinete de MinistrosFuertes Gonzalo Matías 26632832 Ministerio de Justicia y SeguridadFunes Carlos Alfredo 11077178 Miembro de la Junta Comunal Galdame Guillermo Daniel 10547253 Ministerio de Justicia y SeguridadGalligani Carlos Daniel 11248737 Secretaria de MediosGallo Raúl Enrique 12900215 Ministerio de Desarrollo EconómicoGalvagni Pardo Nicolás Andrés 29953121 Secretaria Legal y TécnicaGalvalisi Luis Alberto 14189162 Ministerio de Justicia y SeguridadGándara Joaquín Eugenio 29479194 Ministerio de Ambiente y Espacio Público García Fahler Guillermo José 8632360 Ministerio de Desarrollo UrbanoGarcía Frugoni Consuelo 28322061 Ministro de CulturaGarcía Horacio José 14927627 Ministerio de Justicia y SeguridadGarcía Lira Néstor Alejandro 14196000 Instituto de Juegos y ApuestasGarcía Mariela Sandra 17528582 Ministerio de GobiernoGarcía Ortiz Graciela Alejandra 21942549 Procuración General de la CiudadGatto Héctor Rodolfo 28640456 Vicejefatura de GobiernoGaytan Pablo Facundo Amado 29434598 Secretaria de Comunicación SocialGiménez Carlos Ramiro 21613088 Ministerio de Desarrollo EconómicoGiménez Horacio Alberto 11224570 Ministerio de Justicia y SeguridadGiménez Horacio Alberto 11224570 Ministerio de Justicia y SeguridadGioia Carlos Alberto 5612776 Miembro de la Junta Comunal Girolami Varela Gonzalo Matías 22234665 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Giudici Silvana Myriam 14540890 Unidad de Coordinación del Plan EstratégicoGodoy Marcelo Rafael 16673153 Banco CiudadGoenaga Marcela Cristina 11802127 Ministerio de EducaciónGoldman Julieta 26353141 Secretaria de MediosGoldsack María Alejandra 14524479 Ente Único Regulador de los Servicios PúblicosGómez Alejandro Damián 20250781 Ministerio de CulturaGómez Centurión Juan José 12522145 Ministerio de Justicia y SeguridadGonzález Álvaro Gustavo 12696650 Jefatura de Gabinete de MinistrosGonzález Calderón Alejandro Eduardo 11987982 Ministerio de Desarrollo UrbanoGonzález Castillón Débora Liliana 10649313 Secretaria Legal y TécnicaGonzález Claudio Omar 170331079 Ministerio de Justicia y SeguridadGonzález Heredia Guillermo Martín 22825030 Ministerio de CulturaGowland Alberto 21072191 Subterráneos de Buenos AiresGraciela Mabel Reybaud 6709470 Ministra de Salud

ANEXO - CA 328 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 171

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Greco Ignacio Gustavo 24498516 Ministerio de Justicia y SeguridadGreco Lisandro Agustín 29747176 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Grindetti Néstor Osvaldo 11553269 Ministro de HaciendaGrossman Luis Jacobo 4509961 Ministro de CulturaGrosso María Concepción 12222581 Ministerio de SaludGuacci Roberto Nicolás 7377036 Miembro de la Junta Comunal Guevara Alberto Andrés 11515369 Ministerio de SaludGulmanelli Barbiero Maximiliano 22913549 Ministerio de EducaciónGuma Christian Oscar 29718675 Jefatura de Gabinete de MinistrosGustavo Goenaga 20329149 Ministerio de Modernización Gutiérrez Miguel Ángel 28694053 Ministro de CulturaHarbin Abelardo Gregorio 14596708 Ministerio de HaciendaHernández Ana Margarita 27787748 Procuración General de la CiudadHernández Marina 30090720 Secretaria de Gestión Comunal y Atención CiudadanaHerrera María Paula 33196330 Miembro de la Junta Comunal Hochbaum Nora Etel 11554484 Jefatura de Gabinete de MinistrosIacovino Sergio Gabriel 22653186 Secretaria Legal y TécnicaIasge Ariel Gustavo 16709860 Procuración General de la CiudadIbáñez Mariana Elizabeth 26105040 Sindicatura General de la Ciudad Ibarra Andrés Horacio 12676719 Ministerio de Modernización Ibarzábal José Luis 10765529 Instituto de Juegos y ApuestasIbendahl Sandra Karina 21954408 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Ilc Carlos Francisco 14123781 Ministerio de SaludIncicco Lucas Ciriaco 20269699 Ministerio de EducaciónInsua Oscar 11389500 Ministerio de Justicia y SeguridadIommi Martin Andrés 28828264 Miembro de la Junta Comunal Irrazaval Francisco José 22059961 Ministerio de Desarrollo EconómicoIsella Silvia Verónica 20574869 Miembro de la Junta Comunal Jahn Luis Germán 11410498 Ministerio de Desarrollo UrbanoJaramillo Baltazar 22293575 Secretaria de MediosJarvis Ezequiel Edgardo 30974681 Ministerio de Desarrollo EconómicoJáuregui Beatriz 13530969 Ministerio de EducaciónJozami Mora Ximena 25745264 Secretaria GeneralKapusta Mónica Ana 14851631 Ministro de CulturaKaravaitis Alejandra Denise 25248374 Ministerio de CulturaKlappenbach Cecilia 17482675 Ministerio de Modernización Klemensiewicz Marina 22653243 Ministerio de Desarrollo EconómicoKlix Walter Federico 30744073 Miembro de la Junta Comunal Krantzer Héctor Guillermo 13753420 Jefatura de Gabinete de MinistrosKreintzies Brian Martín 25495572 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Kroyer Tomás 26348049 Secretaria GeneralLacunza Jorge Roberto Hernán 2040654 Banco CiudadLafferriere Emilio Carlos 25032490 Ministerio de CulturaLanús Ramón María 27308540 Ministerio de Desarrollo SocialLanusse Matías 22081350 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Lastiri Mariana Laura 27113707 Jefatura de Gabinete de MinistrosLavaque Ana María 13625639 Ministerio de GobiernoLavarello Juan Bautista 4536053 Miembro de la Junta Comunal Lechuga Paola 25340123 Ministerio de Justicia y SeguridadLedesma Ramón Antonio 14678206 Ministerio de Desarrollo UrbanoLegorburu Pablo Martín 16497780 Ministerio de Modernización Lelio Carlos Alberto 4424818 Ministerio de Modernización Ligaluppi Alberto Atilio 10269460 Ministerio de CulturaLimodio Pablo 30742033 Secretaria de Gestión Comunal y Atención CiudadanaLombardi Hernán Santiago 14188918 Ministro de CulturaLoperfido Darío Eduardo 16930197 Ministro de CulturaLópez del Carril Luis M 5071932 Ministerio de SaludLópez Diaz Indalecio Ricardo 18305470 Ministerio de Desarrollo EconómicoLópez Medrano Santiago 24662403 Ministerio de Desarrollo SocialLópez Menéndez María Manuela 25957123 Jefatura de Gabinete de MinistrosLospennato Silvia Gabriela 26119155 Ministerio de GobiernoLostri Héctor Antonio 17848856 Ministerio de Desarrollo UrbanoLuszynski Ricardo Juan 8489621 Ministerio de HaciendaMacchi Fernando Ezequiel 23471070 Ministerio de Desarrollo EconómicoMacchiaveli Eduardo Alberto 17110752 Secretaria de Gestión Comunal y Atención CiudadanaMacerata Rolando Mario 17572834 Jefatura de Gabinete de MinistrosMacri Mauricio 13120469 Jefe de GobiernoMadero Guillermo Patricio 25226782 Ministerio de Justicia y SeguridadMancini Santiago Julián 32613592 Jefatura de Gabinete de Ministros

ANEXO - CA 328 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 172

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Manfroni Juan Manuel del Sagrado Corazón de Jesús 31703076 Ministerio de Justicia y SeguridadMarchione Mariela Soledad 29118668 Ministerio de HaciendaMarcos Mirta Susana 11551292 Miembro de la Junta Comunal Marias Diego Sebastián 23849335 Ministerio de EducaciónMartelli Eduardo Nicolás 12046106 Ministerio de MOdernización Martelo María José 26258001 Ministerio de Modernización Martínez Carlos Marcelo 20747597 Secretaria de Gestión Comunal y Atención CiudadanaMartínez Hebe 29259209 Ministerio de Desarrollo SocialMartínez Raúl 12439947 Ministerio de Modernización Martini Hugo 4297147 Ministerio de EducaciónMartino Eduardo Jorge 11638555 Ministerio de Justicia y SeguridadMasculin José Luis 17234621 Ministerio de Justicia y SeguridadMassetti Claudio Patricio 14665098 Ministro de CulturaMassimini Carlos Alberto 12446086 Ministerio de Justicia y SeguridadMasulli Osvaldo Oscar 16990234 Ministerio de Justicia y SeguridadMayer Mariano 25745179 Ministerio de Desarrollo EconómicoMazzino Pablo Emanuel 20296852 Ministerio de Desarrollo SocialMelo Carlos Alberto 11565092 Ministerio de Desarrollo EconómicoMenghini Mónica 14495885 Miembro de la Junta Comunal Messineo Gastón Ignacio 22086544 Ministerio de HaciendaMezzamico Javier 17585288 Ministerio de EducaciónMichielotto Paola Vanesa 24417041 Ente Único Regulador de los Servicios PúblicosMiguel María de las Mercedes 22992957 Ministerio de EducaciónMiragaya Julieta Mora 29150010 Ministerio de Justicia y SeguridadMoccia Franco 14699669 Jefatura de Gabinete de MinistrosMolina Ana María 13990537 Ministerio de Justicia y SeguridadMolina Iturrioz María 30978117 Ministerio de EducaciónMolina María Pilar 23903548 Ministerio de Desarrollo SocialMonastra Varrica Liliana Matilde 12766422 Ministerio de SaludMontanaro Santiago 17210788 Ministerio de Modernización Montenegro Guillermo Tristán 16156529 Ministro de Justicia y Seguridad Montenegro Gustavo Enrique 21537678 Ministerio de Justicia y SeguridadMontiel María Leticia 17593512 Jefatura de Gabinete de MinistrosMontoya Silvia Beatriz 16157017 Ministerio de EducaciónMonzo Emilio 17454905 Ministerio de GobiernoMoreno María Estela 24353574 Ministerio de Justicia y SeguridadMosca Ángel Manuel 29297915 Ministerio de GobiernoMosquera Susana Beatriz 10264728 Miembro de la Junta Comunal Motta Raúl Domingo 11569190 Ministerio de EducaciónMunt Raquel Vivian 12631318 Ministerio de Desarrollo EconómicoMura Martín 24941711 Ministerio de HaciendaMurad Juan Carlos 7600568 Ministerio de Desarrollo UrbanoMurillo Gustavo 13530313 Instituto de Juegos y ApuestasMuzlera Gustavo Andrés 16054976 Ministerio de Modernización Muzzio María Clara 28755948 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Nachon Marcelo Jorge 16891528 Secretaria de MediosNadali Mario Jorge 11386133 Ministerio de Desarrollo UrbanoNapolitano Sebastián Franco 11681908 Ministerio de SaludNardi Edgardo 10650809 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Nasimoff Marisa Silvia 16453969 Jefatura de Gabinete de MinistrosNaveiro Marcelo José 23804367 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Neira César Carlos 11121543 Ministerio de Modernización Nenna Maximiliano Jorge 27026309 Miembro de la Junta Comunal Nicolás Néstor Alejandro 11849203 Ministerio de Justicia y SeguridadOjeda Alberto Bonifacio 14260121 Ministerio de Justicia y SeguridadOrtino Ana María 12601571 Ministerio de Modernización Orueta Eduardo Mario 11338061 Ministerio de Justicia y SeguridadOrueta Eduardo Mario 11338061 Ministerio de Justicia y SeguridadOsterrieth Gerardo Manuel 29249982 Ministerio de Modernización Ostiglia Mariana 24159492 Ministerio de Justicia y SeguridadOviedo Edith 5701800 Miembro de la Junta Comunal Padilla Roberto Enrique 16821984 Ministerio de Justicia y SeguridadPalacio Marcelo Carlos 16265329 Jefatura de Gabinete de MinistrosPalacios Víctor Raúl 11528855 Ministerio de CulturaPalazuelos Ignacio 24752819 Ministerio de Justicia y SeguridadPandolfi Claudio Alberto 13222695 Miembro de la Junta Comunal Paredes María Eugenia 20045584 Ministerio de Justicia y SeguridadParera José Ignacio 26844697 Ministerio de Justicia y SeguridadParodi, Alejandro Francisco 10202873 Ministerio de Justicia y Seguridad

ANEXO - CA 328 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 173

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Pedace Ricardo Raúl 12447299 Ministerio de Justicia y SeguridadPedace Ricardo Raúl 12447299 Ministerio de Justicia y SeguridadPedrini Carlos María 24988287 Ministro de Ambiente y Espacio PúblicoPeña Fanny 93523513 Secretaría GeneralPeña Guillermo Martín 13852780 Miembro de la Junta Comunal Peña Marcos 25895220 Secretaria GeneralPérez Colman Juan Carlos 17233268 Ministerio de HaciendaPérez Marquina Paula Ximena 25350184 Ministerio de Desarrollo SocialPérez Oscar Juan 10983675 Ministerio de SaludPérez Riba Ignacio 28419055 Corporación Bs As Sur S.EPerotti Lisandro Julián 23159111 Jefatura de Gabinete de MinistrosPettinato Pedro Pablo 12819804 Ministerio de Justicia y SeguridadPiccardo Juan Pablo 12960762 Subterráneos de Buenos AiresPieras María Celeste 23952587 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Pietrobuono Andrea 30083774 Banco CiudadPignatelli Aguer Rodolfo Jorge 25188775 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Pinamonti Pablo Gonzalo 22007242 Ministerio de Justicia y SeguridadPinotti Joaquín 31009725 Secretaria de Gestión Comunal y Atención CiudadanaPiñero Villar María Florencia 18457540 Ministerio de Desarrollo UrbanoPirolo Fabio Alejandro 20620558 Ministerio de Justicia y SeguridadPirovano Carlos Luis 16498314 Ministerio de Desarrollo EconómicoPompeo Fulvio Valerio 18449638 Secretaria GeneralPourthe Pedro Laureano 26848993 Ministerio de Modernización Pucciarelli Pablo Alfredo 16945353 Ministerio de Desarrollo SocialPucheta Gustavo Cesar 216119119 Ministerio de Justicia y SeguridadQuintana Nicolás 31253083 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Quinteros Mario Alejandro 131838086 Ministerio de Justicia y SeguridadQuiñones Pacheco Mariano Martín 30367753 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Rabioglio Norberto Hugo 7596703 Ministerio de Justicia y SeguridadRaffo Guillermo Luis 16226212 Secretaria de Gestión Comunal y Atención CiudadanaRaffo Julio 4439036 Ente Único Regulador de los Servicios PúblicosRamírez Alejandra Gabriela 14547470 Ministro de CulturaRamón Mónica Patricia 17964523 Ministerio de GobiernoRamos Raúl Alejandro Luis 13072559 Ministerio de SaludRavaglia Ana María 6193008 Ministerio de EducaciónRebagliati Carlos Alberto 22503306 Ministerio de Desarrollo SocialRegazzoni Carlos Javier 18602838 Ministerio de EducaciónReggi María Rosa 25436011 Ministerio de SaludReich Daniela Elizabeth 25226638 Ministerio de Desarrollo SocialResels Paula Andrea 21476144 Miembro de la Junta Comunal Rial Ignacio Martín 12889533 Sindicatura General de la Ciudad Ricardes Barbara Gabriel 18232382 Ministerio de CulturaRíos Carlos 4525007 AUSARíos Juan José 11078900 Ministerio de Justicia y SeguridadRíos Lorena Roxana 26352946 Ministerio de Desarrollo SocialRodríguez Carina Noemí 26826153 Procuración General de la CiudadRodríguez Julián 11635159 Ministerio de Justicia y SeguridadRodríguez Larreta Horacio 17692128 Jefatura de Gabinete de MinistrosRodríguez María José 17181674 Procuración General de la CiudadRodríguez Quintana María Victoria 28307257 Ministerio de HaciendaRojas Claudia Licia 17408982 Ministerio de Desarrollo EconómicoRoldán Alejandro Juan Esteban 12691988 Ministerio de Justicia y SeguridadRoma Facundo Nicolás 31896854 Miembro de la Junta Comunal Romeo Mateo Jorge 7596967 AUSARomero Claudio Ariel 16554640 Ministerio de Desarrollo SocialRomero Marcos Alejandro 20453790 Ministerio de Justicia y SeguridadRuggiero Ricardo Domingo 12587443 Procuración General de la CiudadRumi Marcela 13974034 Ministerio de Desarrollo SocialRusso Daniel Osvaldo 11436219 Ministerio de Justicia y SeguridadSábato Jorge Osvaldo 7607418 Ministerio de Desarrollo UrbanoSabor Ezequiel 21923142 Ministerio de Desarrollo EconómicoSadowaski Diego 22284632 Ministerio de Desarrollo UrbanoSainz Enrique 8573379 Subterráneos de Buenos AiresSalari Juan Ignacio 33215404 Ministerio de EducaciónSalas Bulacio Javier 28987605 Ministerio de HaciendaSalatino Mario David 16101155 Ministerio de Justicia y SeguridadSalvador Ariel Fernando 25216646 Ministerio de HaciendaSalvadores de Arzuaga Carlos Ignacio 12075754 Procuración General de la CiudadSammartino María Florencia 33504207 Jefatura de Gabinete de Ministros

ANEXO - CA 328 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 174

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Sánchez Juan Carlos Leonardo 4519836 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Sanguinetti, Esteban Adolfo 10939478 Ministerio de Justicia y SeguridadSantarcangelo Maela Silvana 24515136 Secretaria de Gestión Comunal y Atención CiudadanaSantarcangelo Paola Yanina 24515137 Procuración General de la CiudadSantos Claudia Lorena 27113624 Ministerio de Justicia y SeguridadSarinelli Ricardo Agustín 8321358 Secretaria Legal y TécnicaSarquis Darío 14931815 AUSASarricchio Oscar 11352485 Ministerio de Justicia y SeguridadSassano Juan Pablo 20892111 Ministerio de Justicia y SeguridadScafati María Aleandra 20702533 Ministerio de Modernización Scarano Ricardo Gabriel 23815573 Jefatura de Gabinete de MinistrosScarsi Andrés Roberto 29462285 Ministerio de SaludScavino Florencia Fabiana 20647944 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Scillama Mora 30036861 Ministerio de Desarrollo EconómicoScrensi Silva Bruno Guido 21981279 Ministerio de GobiernoSerra, Salvador Eduardo 13096114 Ministerio de Justicia y SeguridadSerrano, Claudio Enrique 12299177 Ministerio de Justicia y SeguridadSicialano Sergio Hernán 31206316 Ministerio de EducaciónSilveyra Jorge Omar 11713436 Ministerio de Justicia y SeguridadSilvosa Rodrigo Javier 25966699 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Simon Rodrigo 10923242 Ministerio de Justicia y SeguridadSomoza Eduardo Rafael 12497890 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Sosa Hortencia Noemi 11343340 Instituto de Juegos y ApuestasSpartano Ricardo Daniel 16280429 Ministerio de Modernización Specter Damián 20660757 Ministerio de Desarrollo EconómicoStanley Carolina 24873119 Ministra de Desarrollo SocialStavale Horacio Salvador 13424585 Ministerio de HaciendaStrapko Claudia Elena 14553053 Ministerio de Desarrollo EconómicoSuarez Federico Luis 26572614 Secretaria GeneralSzuchet Leonardo Fabián 17992143 Jefatura de Gabinete de MinistrosTagliaferri Guadalupe 24030362 Jefe de Gobierno Temperán Daniel 12968128 Ministerio de Justicia y SeguridadTerreno Ileana Sonia 5587692 Ministerio de Desarrollo UrbanoTriviño Valdez María Guadalupe 26844424 Secretaria Legal y TécnicaTropea Luis Francisco 4534737 Ministerio de SaludUhalde Paula 26690980 Jefatura de Gabinete de MinistrosUnrein Gabriel 20343251 Ministerio de Justicia y SeguridadUreta Sáenz Peña Javier 29480711 Ministerio de Modernización Valdez Deolinda Teresa 996158 Miembro de la Junta Comunal Valdez Graciela Elizabet 13523116 Miembro de la Junta Comunal Valente Aurelia Isabel 12300520 Ministerio de CulturaValenzuela Diego 21788668 Ministerio de GobiernoVallejos Maximiliano Luis 18109323 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Vela Hernán Julio 16023706 Ministerio de Desarrollo UrbanoVelasco Norberto Álvaro 12753249 Ministerio de Justicia y SeguridadVelazquez Lucia Delfina 35142204 Miembro de la Junta Comunal Venenatto Silvia Graciela 5949574 Sindicatura General de la Ciudad Ventura Barreiro Vicente Mario 18732584 Ministerio de Justicia y SeguridadVidal Manuel Rodrigo 34390967 Ministerio de EducaciónVidal María Eugenia 23570547 Vicejefa de GobiernoViegas Marcelo Claudio 14289587 Ministerio de Justicia y SeguridadVilches Gabriel 11498929 Ministerio de HaciendaVillalonga Juan Carlos 14031803 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Villanueva Paola Cecilia 27381948 Ministerio de GobiernoVillar Eduardo Martín 17199156 Secretaria de Gestión Comunal y Atención CiudadanaViotti Ricardo Aldo Genaro 7787017 Ministerio de SaludVolpato Ana María 13943952 Ministerio de Desarrollo SocialWalter Carlos Gustavo 20558711 Ministerio de HaciendaWeck Diego Ariel 22517516 Miembro de la Junta Comunal Zapata Claudio Esteban 22087195 Ministerio de Justicia y SeguridadZaracho Alfredo Javier 16679031 Ministerio de Justicia y Seguridad

Nombre y Apellido DNI ReparticiónAdrian Centeno 25790309 677 - Dirección General de Logística Adriana Mabel Bruno 17366960 425 - HTAL. JOSE M. PENNAAdriana Nuesch 5432168 8933 - AGENCIA AMBIENTAL Agustina Rulli 33295953 8503 - MINISTERIO AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICOAIDA BARBARA 6413211 507 - DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES

Miembros de comisiones de evaluación de ofertas de licitaciones publicas

ANEXO - CA 328 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 175

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Alberto Galichini 16414974 8056 - AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIONAlberto Malvicini 13677445 153 - DIR.GRAL.DE DEFENSA CIVILAlejadro Gonzalo Verde 23179410 152 - DIR.GRAL.GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS Alejandra Antonia Adorno 16892235 869 - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA Alejandra Gabriela Ramírez 14547470 523 - DIR. GRAL DEL LIBRO Y PROMOCION DE LA LECTURA Alejandro Ponisio 30605832 2051 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Alfredo Fernandez Marty 8104900 439 - HTAL. BONORINO UDAONDOAlicia Albornoz 10794513 424 - HTAL.DE ODONTOLOGIAAlicia Laura Di Meola 23698258 404 - DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUDAna Beatriz Minetti 17191462 434 - HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNIAna Bou Perez 13221055 430 - HTAL. JOSE M.RAMOS MEJIA Ana Lorena Riafrecha 22518854 542 - DIR. GRAL COMPLEJO TEATRAL CIUDAD DE BUENOS AIRESAna Lucia Guerin 28956348 541 - ENTE AUTARQUICO TEATRO COLONAndrea Celeste Herrera 35582050 8262 - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Angel Bonina 10398460 417 - HTAL. PEDRO DE ELIZALDE Angela Ciorciari 35804113 623 - DIR.GRAL.DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Aquilino Valeiras 93461014 449 - DIR.GRAL.ADJUNTA SAME Ariel Celi 12159149 428 - HTAL. DE QUEMADOS Ariel Maintenu Araujo Alpuy 31050821 153 - DIR.GRAL.DE DEFENSA CIVILBelen Vaini 30368006 2204 - Secretaria de Gestion Comunal y Atencion CiudadanaCarla Florencia Ruffa 23967907 8618 - ADMINIST.GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOSCarlos Alberto Castrelo 13477989 513 - DIR. GRAL DE MUSICACarlos Alberto Culella 26329822 523 - DIR. GRAL DEL LIBRO Y PROMOCION DE LA LECTURA Carlos Gustavo Campi 17653642 542 - DIR. GRAL COMPLEJO TEATRAL CIUDAD DE BUENOS AIRESCecilia Laura Ramírez 29921032 Organismo ExternoClara Isabel Acosta 11634480 425 - HTAL. JOSE M. PENNAClaudia Ros 17214904 522 - DIR. GRAL DE MUSEOSClaudio Eduardo Aguero 23309013 404 - DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUDCristian Daniel Mealla 23205148 541 - ENTE AUTARQUICO TEATRO COLONCristina Desidero 10717269 425 - HTAL. JOSE M. PENNADamián Arreyes 25647621 610 - DIRECCION GENERAL MANTENIMIENTO DE LA FLOTA AUTOMOTOR Damián Leardo Gabás 20618505 446 - INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFICADaniel ABADIE 28694047 681 - DG DE GOBIERNO ELECTRONICODaniel Norberto Molteni 16677332 678 - SUBSECRETARIA DE EMERGENCIASDaniel Rosenblum 16583298 650 - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICODaniela Leticia longo 16765675 8612 - DIRECCION GENERAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS Denise Jennifer Huerta 34374692 8503 - MINISTERIO AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICODiego Antony 28801099 152 - DIR.GRAL.GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS Diego Dávoli 24283387 601 - MINISTERIO Y SUBSECRETARIAS DE HACIENDA Diego Martin Coria 28897226 101 - SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Diego Nehuén Martigani Crespillo 33998820 9265 - AGENCIA DE TURISMO Edgardo Daich 10966297 418 - HTAL. JUAN A. FERNANDEZ Eduardo Adolfo Salas 16454501 869 - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA Eduardo Daniel Langer 8490407 401 - MINISTERIO DE SALUDEliana Ramírez 28126034 8262 - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Emiliano Roberto Arias 32187659 871 - POLICIA METROPOLITANAErnesto Lodise 23045032 426 - HTAL. PARMENIO PIÑERO Fabian Fernandez 17839255 8618 - ADMINIST.GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOSFederico Damian Sanchez 23840319 8618 - ADMINIST.GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOSFederico Javier Fernandez 29358031 2204 - Secretaria de Gestion Comunal y Atencion CiudadanaFederico Miguel Calvo 32890708 2801 - UPE - AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRESFernado Javier Jover 17109458 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Fernando Ares Lopez 18195153 500 - MINISTERIO DE CULTURA Fernando Codino 14526389 300 - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANOFernando Javier Pérez della Vecchia 30978139 542 - DIR. GRAL COMPLEJO TEATRAL CIUDAD DE BUENOS AIRESFernando Oscar Noriega 24663107 8106 - SUBSECRETARIA DE DEPORTESGabriela Aranaz 13417014 513 - DIR. GRAL DE MUSICAGabriela Crisci 14868435 425 - HTAL. JOSE M. PENNAGabriela Horn 20404718 500 - MINISTERIO DE CULTURA Gerardo Manuel Ledesma 24523568 404 - DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUDGerman Alberto Ferrando 16710662 8106 - SUBSECRETARIA DE DEPORTESGisela Caseres 27401503 433 - HTAL. SANTA LUCIA Graciela Beatriz Amalfi 16169234 446 - INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFICAGraciela Tens 13653192 441 - HTAL. ABEL ZUBIZARRETAGraciela Varela 14238283 417 - HTAL. PEDRO DE ELIZALDE Gustavo Cushnir 21004278 513 - DIR. GRAL DE MUSICAGustavo Federico Collasius 22070529 404 - DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUDGustavo Linares 22500008 8056 - AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIONGustavo Vidiri 22432739 101 - SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

ANEXO - CA 328 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 176

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Héctor BRAGA 12549569 8612 - DIRECCION GENERAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS Hector Guillermo Krantzer 13753420 757 - DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTEHéctor Lostri 17848856 2502 - SECRETARÍA DE PLANEAMIENTOHugo Cozzani 13127247 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Hugo Savarino 14101042 9470 - UNIDAD DE GESTION INTERVENCION SOCIALIvan Leonardo Sasovsky 31748705 2180 – MINISTERIO DE GOBIERNOJavier Alejandro Bujan 21123017 763 - SUBSECRETARIA DE JUSTICIAJesica Luciana Pavesse 33435225 446 - INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFICAJesús Acevedo 31314964 9265 - AGENCIA DE TURISMO Jorge Garcia 13237465 421 - HTAL. PEDRO LAGLEYZE Jorge Gerardi 16895023 682 - DG DE INFRAESTRUCTURAJorge Jose Dervahanian 14877384 678 - SUBSECRETARIA DE EMERGENCIASJorge Sabato 7607418 309 - SUBS.DE PROYECTOS DE URB.ARQUITECT.E INFRAEST.Jose Luis Tobar 8528065 427 - HTAL. IGNACIO PIROVANOJose Romano 13846698 430 - HTAL. JOSE M.RAMOS MEJIA Juan Ignacio Aicega 22669793 730 - PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD Juan Manuel Lopez Castro 4535047 541 - ENTE AUTARQUICO TEATRO COLONJulio Celano 23672909 152 - DIR.GRAL.GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS Leonardo Bellante 34914362 9265 - AGENCIA DE TURISMO Lidia Mabel Rosales 10965903 433 - HTAL. SANTA LUCIA Liliana Bravo 27905788 282 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDADLiliana de Dios 11353708 432 - HTAL. MANUEL ROCCA Liliana Musante 6686258 438 - HTAL. ENRIQUE TORNULiliana Susana Voto 6043908 418 - HTAL. JUAN A. FERNANDEZ Lorena Acosta 23627994 601 - MINISTERIO Y SUBSECRETARIAS DE HACIENDA Luciano Corbella 25097699 8933 - AGENCIA AMBIENTAL Luis Esteban Somoruga 11224268 431 - HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA Luis German Jahn 11410498 305-SUB. COORD. Y SEGUIMIENTO DE GESTIONMarcela Alejandra Sosa 18201227 541 - ENTE AUTARQUICO TEATRO COLONMarcela Viviana Vidal 17801507 433 - HTAL. SANTA LUCIA Marcelo Pernot 114888188 611 - DIR.GRAL.OFICINA DE GESTION PUBLICA Y PRESUPUESTOMarcelo Scoponi 18306819 611 - DIR.GRAL.OFICINA DE GESTION PUBLICA Y PRESUPUESTOMarco Antonio Acosta 28344206 404 - DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUDMarcos Magnanini 32144506 8056 - AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIONMaría Adriana Saavedra 13754924 446 - INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFICAMaria Alejandra Lozada 31050141 460 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALMaría Cristina Poggi 14080751 8056 - AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIONMaria Danai Eguiguren 31058328 2900 - PLAN DE SEGURIDAD PUBLICAMaría de los Angeles Marcos 16213679 8612 - DIRECCION GENERAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS Maria de los Angeles Quiroga 27508481 2900 - PLAN DE SEGURIDAD PUBLICAMaría del Carmen Jara 14064762 446 - INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFICAMaría del Carmen Maiorano 12835493 431 - HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA Maria Fernanda Castiñeiras 25422981 81 - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES María Guadalupe Azcona Larrea 30092118 2204 - Secretaria de Gestion Comunal y Atencion CiudadanaMaría José Rey Fraga 20201929 9265 - AGENCIA DE TURISMO MARIA SAENZ BRIONES 28863930 2155 - SUBSECRETARIA DE GOBIERNOMaria Victoria Charalambous 32920145 623 - DIR.GRAL.DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Mariano Ameijeira 26803594 101 - SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Mariano Ferreiros 26587990 8262 - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Mariano Martín Casabella 25646870 721 - D.GRAL DE LICENCIASMarisol Gaya 23127804 424 - HTAL.DE ODONTOLOGIAMarta Cristina Medina 11320927 441 - HTAL. ABEL ZUBIZARRETAMarta Ferraris 12434778 412 - HTAL. COSME ARGERICH Martin Deheza 11477819 431 - HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA Martín Fiorito 28044470 9470 - UNIDAD DE GESTION INTERVENCION SOCIALMartin Stratico 27309597 623 - DIR.GRAL.DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Matías Musi 26401862 650 - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICOMaximiliano Javier Betti 26329938 507 - DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALESMelina Gabriela Puliani 25400892 523 - DIR. GRAL DEL LIBRO Y PROMOCION DE LA LECTURA Mercedes Luciana Calio 16197236 413 - HTAL. JOSE T. BORDAMiriam Gonzalez 13481076 101 - SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Miriam Noemí Marina 12501969 427 - HTAL. IGNACIO PIROVANOMirta Beatriz Paludi 6653194 441 - HTAL. ABEL ZUBIZARRETAMónica Haydee Picon 14618668 918 - MINISTERIO DE MODERNIZACIONMónica Patricia Latorre 18759466 507 - DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALESMónica Rodriguez 12100384 431 - HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA Nancy Guadalupe Rocchi 29808466 282 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDADNilda Graciela Briozzo 6274739 435 - HTAL. RAMON SARDA Nora Neira 11041012 449 - DIR.GRAL.ADJUNTA SAME

ANEXO - CA 328 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 177

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Norma Floridi 12549604 81 - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Oscar Varela 14406512 427 - HTAL. IGNACIO PIROVANOOsvaldo Jesús Lopez 18572285 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Pablo José Beverina 14189650 868 - DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA POLICIA METROPOLITANAPablo Lucas Converso 26047271 623 - DIR.GRAL.DE COMPRAS Y CONTRATACIONES PAULA BISIAU 29076948 318 - DIRECCION GENERAL DE MOVILIDAD SALUDABLEPaula Moiraghi 21782910 421 - HTAL. PEDRO LAGLEYZE Raquel Alboniga 24867020 421 - HTAL. PEDRO LAGLEYZE Raúl Seysell 105020043 421 - HTAL. PEDRO LAGLEYZE Ricardo Ordoñez 11956670 763 - SUBSECRETARIA DE JUSTICIARicardo Ruben Ludueña 11583491 500 - MINISTERIO DE CULTURA Ricardo Valdez 28936076 112 - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Rodrigo Infante Marmol 23615517 869 - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA Rogelio Rodriguez Diaz 21066035 81 - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Romina Musano 30762962 9102 - COMUNA 2Rosa Silvia Solimine 16544138 428 - HTAL. DE QUEMADOS Rosana Dina Menis 17031526 441 - HTAL. ABEL ZUBIZARRETASantiago Anibal Peso 32759205 9935 - DIR.GRAL.REGISTRO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONASSergio Campagna 27792688 9470 - UNIDAD DE GESTION INTERVENCION SOCIALSilvia Edith Jodara 12900838 440 - HTAL. DALMACIO VELEZ SARSFIELD Silvia Otegui 13744705 918 - MINISTERIO DE MODERNIZACIONSolange Leila Aranda 31046431 8262 - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Sonia Maricel Delgado 26666185 8056 - AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACIONStefania Bonelli 30887387 678 - SUBSECRETARIA DE EMERGENCIASVanesa Melina Barbieri 31441395 2801 - UPE - AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRESVanesa Tobar 26632356 541 - ENTE AUTARQUICO TEATRO COLONVirginia Lombardo 13265099 440 - HTAL. DALMACIO VELEZ SARSFIELD WALTER BERTOLDI 21954892 423 - HTAL. FRANCISCO J.MUÑIZ Walter Oscar Licciardello 21636757 8618 - ADMINIST.GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

ANEXO - CA 328 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 178

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Abboud Omar 17450843 Corporación Bs As Sur S.EAbrevaya Sergio 16823729 Consejo Económico Social de la Ciudad de Buenos AiresAlbamonte Silvia 16062180 Miembro de la Junta Comunal Amadeo Marcos 26390446 Ministerio de Desarrollo EconómicoAragno Hugo Daniel 12563462 Jefe de GobiernoAres Carlos Alberto 12771251 Ministerio de Justicia y SeguridadBardon Guillermo Arcadio 21428829 Ministerio de GobiernoBarragan Eduardo 16942985 Corporación Bs As Sur S.EBarragan Elena Mabel 13543779 Miembro de la Junta Comunal Barreda Clara Lidia 5169952 Miembro de la Junta Comunal Barrera Fernando Adrián 21731368 Ente Único Regulador de los Servicios PúblicosBenítez Carlos 14014932 Miembro de la Junta Comunal Berman Josué Isaac 4548111 Corporación Bs As Sur S.EBochkezanian Martin Diego 28382848 Miembro de la Junta Comunal Canoves Mauro Ezequiel 30138572 Ministerio de Ambiente y Espacio PúblicoCarrillo Facundo 29751476 Miembro de la Junta Comunal Caseres Patricia Alejandra 23454777 Miembro de la Junta Comunal Castillo Gabriela 22501782 Miembro de la Junta Comunal Cervini Miguel Ángel 93275377 Ministerio de CulturaColombo Victoria 28322982 Miembro de la Junta Comunal Comin Vilanueva Pedro 18765134 Ministerio de Desarrollo EconómicoCorach Maximiliano 22809111 Miembro de la Junta Comunal Correa Mercedes Beatriz 18529119 Miembro de la Junta Comunal Corvalan Laura 32272548 Miembro de la Junta Comunal Crespi Claudio Norberto 12317813 Miembro de la Junta Comunal Cuneo Ricardo Luis 22419537 Miembro de la Junta Comunal Daguer Horacio Eduardo 14027449 Ministerio de Justicia y SeguridadDecoud Thierry 29076449 Ministerio de Ambiente y Espacio PúblicoDevoto Horacio Juan José 4549709 Ministerio de Justicia y SeguridadDi Lisca Pablo Hernán 17702001 Jefatura de Gabinete de MinistrosDi Stefano Patricio 28462986 Ministerio de Ambiente y Espacio PúblicoEglez Gustavo Adolfo 18118403 Ministerio de HaciendaEspósito Susana Beatriz 10121348 Miembro de la Junta Comunal Eusebi Carlos María 16.584.122 Miembro de la Junta Comunal Farias Leonardo 25788118 Miembro de la Junta Comunal Fernández Langa Ezequiel 26123593 AUSAFernández Teresa Del Carmen 380699 Miembro de la Junta Comunal Gallardo Alfredo Hernán 14854113 Ministerio de Justicia y SeguridadGarzón Agustín Ignacio 25431768 Corporación Bs As Sur S.EGentile Ester 11181422 Corporación Bs As Sur S.EGirado Ignacio 27744159 Ministerio de Desarrollo SocialGoitia Julio Diego 25.988.065 Miembro de la Junta Comunal Grisafi Carlos Daniel 18138470 Miembro de la Junta Comunal Gullo Carlos 25057963 Miembro de la Junta Comunal Guzzini Carlos Alberto 7642637 Miembro de la Junta Comunal Hardie Santiago 22799361 Ministerio de Desarrollo EconómicoHoner Andrés Eduardo 29697270 Ministerio de Justicia y SeguridadIambich Marcelo Alejandro 12022936 Miembro de la Junta Comunal Iamurri Liliana Inés 12446765 Miembro de la Junta Comunal Iañez Berenice 29393223 Miembro de la Junta Comunal Juarez Jorge Alfredo 18488934 Miembro de la Junta Comunal Kevorkian Carlos Arturo 104312296 Ministerio de Justicia y SeguridadLacherra Alberto 8298057 Miembro de la Junta Comunal Lanusse Matías 29393168 Miembro de la Junta Comunal Lauría Fernando 25683675 Ente Único Regulador de los Servicios PúblicosLavalle María Elvira 12278729 Miembro de la Junta Comunal Leffler Daniel Mauricio 13181588 Procuración General de la CiudadLopes María Marta 29553787 Miembro de la Junta Comunal Luccesi Jorge Arnoldo 8626034 Miembro de la Junta Comunal Machado Patricia 6137305 Miembro de la Junta Comunal Magliocco Juan Alberto 12678057 Ministerio de Justicia y SeguridadMarinaro Felisa 4678153 Miembro de la Junta Comunal Martellotta Stella Maris 12533110 Miembro de la Junta Comunal Martínez Cartier Julio Víctor 17617868 Ministerio de Justicia y SeguridadMartínez Gabriela 16898757 Miembro de la Junta Comunal Matta y Trejo Gustavo 12045485 OSBAMéndez Carlos Felipe 13730242 Miembro de la Junta Comunal Miguez Hernán 26626788 Miembro de la Junta Comunal Molina Alfaro Juan Carlos 92425482 Ministerio de Justicia y SeguridadMoyano Ángel Oscar 14988059 Ministerio de HaciendaMurillo Gustavo 13530313 Instituto de Juegos y ApuestasNegre María Rosa 12341964 OSBANovick José Luis 7596568 Ministerio de Ambiente y Espacio PúblicoOchoa Graciela Claudina 14973848 Miembro de la Junta Comunal Olivastri Julio Cesar 23902645 Jefatura de Gabinete de MinistrosOrovitz Sanmartino Jorge 18.053.289 Miembro de la Junta Comunal Ortiz Maldonado Pablo 29328022 Miembro de la Junta Comunal Patane Diana Miriam 12012433 Miembro de la Junta Comunal Pazos Verni Ezequiel Patricio 32252811 Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Sujetos obligados que adeudan la declaración jurada patrimonial del año 2014

ANEXO - CA 328 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 179

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Pérez Baliño Néstor Abel 7609612 Ministerio de SaludPersini Natalia 31469295 Miembro de la Junta Comunal Pirán María Marta 22824200 Ministerio de Desarrollo EconómicoPorreca Pablo Norberto 27235263 Secretaría de Comunicación SocialPrada María Rosa 10751474 Miembro de la Junta Comunal Pujol Héctor Daniel 12199626 Ministerio de Justicia y SeguridadRicardes Gabriela Bárbara 18232382 Ministerio de CulturaRiobó Luis Gonzalo 20775499 Ministerio de EducaciónRocha Aixa 34558231 Miembro de la Junta Comunal Rodríguez Camila 25.678.002 Miembro de la Junta Comunal Rojas Carlos Gabriel 17286938 Ministerio de Justicia y SeguridadRomano Florencia 32019925 Ministerio de GobiernoRubino Liliana Carmen 11383731 Ministerio de Justicia y SeguridadRusso Dante Carlos 10550641 Ministerio de SaludSalama Cinthia Verónica 23669423 Miembro de la Junta Comunal Sanberg Haedo Manuel 20956353 Ministerio de GobiernoSánchez Raúl 18.758.359 Miembro de la Junta Comunal Sánchez Raúl Alberto 11897670 Ministerio de Justicia y SeguridadSantiago María Nicasia 5987808 Miembro de la Junta Comunal Schiavoni Humberto 11345848 Corporación Bs As Sur S.ESeefeld Enrique 12910312 Subterráneos de Buenos AiresSioutis Basilio 13131093 Miembro de la Junta Comunal Skou María Celina 32258499 Jefatura de Gabinete de MinistrosSmania Ernesto Mario 4434207 Miembro de la Junta Comunal Sobrino Viviana Andrea 23463054 Miembro de la Junta Comunal Suarez Maria De Los Angeles 16225891 Miembro de la Junta Comunal Szer Alejandro Javier 12792860 Miembro de la Junta Comunal Tolosa Miguel Angel Corporación Bs As Sur S.ETorres Sergio Horacio 11960148 Ministerio de Justicia y SeguridadToscano Marcelo Ricardo 17856899 AUSAToyos Martínez Gonzalo 26122265 Miembro de la Junta Comunal Tzanoff Rubén 17606285 Miembro de la Junta Comunal Umerez Luciano 32438995 Miembro de la Junta Comunal Ungaro María Virginia 17856839 Miembro de la Junta Comunal Vayo Miguel 4182666 Miembro de la Junta Comunal Vega Osvaldo Rubén 13147225 Miembro de la Junta Comunal Vignart Mariano Gastón 22080782 Ministerio de Justicia y SeguridadVigo Daniel Gustavo 20350466 Miembro de la Junta Comunal Viviani Alejandra Karina 22471792 Miembro de la Junta Comunal Walter Pablo Héctor 18428806 Corporación Antiguo Puerto Madero S.AYoung Federico Alberto 7763009 Subterráneos de Buenos AiresZampone Fabián Horacio 16764498 Procuración General de la Ciudad

Nombre y Apellido DNI ReparticiónAdalgisa Ciuffi 93301014 601 - MINISTERIO Y SUBSECRETARIAS DE HACIENDA Adrian Centeno 25790309 677 - Dirección General de Logística Adriana Amendolara 11098749 439 - HTAL. BONORINO UDAONDOAdriana Gisella Rivarola 18100428 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Adriana Lopez 10137376 425 - HTAL. JOSE M. PENNAAdriana Mabel Bruno 17366960 425 - HTAL. JOSE M. PENNAAlan Leonel Stanzu 34479866 437 - HTAL. CAROLINA TOBAR GARCIA Alberto Jorge Rondanelli 10122183 511 - DIR. GRAL DE PROMOCION CULTURALAldo Perusso 11498920 431 - HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA Alejandro Enrique Varsallona 13479027 449 - DIR.GRAL.ADJUNTA SAME alejandro lefevre 18410280 2900 - PLAN DE SEGURIDAD PUBLICAAlfredo Fernandez Marty 8104900 439 - HTAL. BONORINO UDAONDOAlicia Capelli 14274489 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Alicia Mistchenko 11597923 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Amabella Chioveta 13599266 441 - HTAL. ABEL ZUBIZARRETAAmalia Ester Lasca 6233285 432 - HTAL. MANUEL ROCCA Amneris Carolina Dominguez 22858840 425 - HTAL. JOSE M. PENNAAna Bou Perez 13221055 430 - HTAL. JOSE M.RAMOS MEJIA Analía Baca 22411515 422 - HTAL. BRAULIO MOYANO Analia Lorena Sanchez 27049278 425 - HTAL. JOSE M. PENNAAnalía Pedernera 5781900 438 - HTAL. ENRIQUE TORNUAndrea Carolina Villa Ponce 23885654 423 - HTAL. FRANCISCO J.MUÑIZ Andrea Celia Morrone 17686013 437 - HTAL. CAROLINA TOBAR GARCIA Aquilino Valeiras 93461014 449 - DIR.GRAL.ADJUNTA SAME Ariel Addorisio 27028714 2204 - Secretaria de Gestion Comunal y Atencion CiudadanaAriel Celi 12159149 428 - HTAL. DE QUEMADOS Brenda Lorena del Aguila 22823056 550 - MINISTERIO DE EDUCACION Carlos Alberto Perez 14236188 276 - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRANSITO Y TRANSPORTE Carlos Ariel Florencio Pacheco 23812464 2900 - PLAN DE SEGURIDAD PUBLICACarlos González Besnard 13102073 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Carlos Miguel Grasso Fontan 10809379 425 - HTAL. JOSE M. PENNACarlos Sebastian Daprá 25631113 678 - SUBSECRETARIA DE EMERGENCIASCarlos Servente 11986587 401 - MINISTERIO DE SALUDCarlos Tomás Coll 12439519 401 - MINISTERIO DE SALUDCarmelo Sigillito 11321863 322 - DIR.GRAL DE TRANSITO

Miembros de comisiones de evaluación de ofertas de licitaciones públicas

ANEXO - CA 328 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 180

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carolina destefano 34496922 623 - DIR.GRAL.DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Cesar Damian Widman 24366108 552 - SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUDCésar Petre 11198851 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Claudia Ayuso 14399383 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Claudia Graciela Carrizo 17874131 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Claudia Malinverno 20026667 426 - HTAL. PARMENIO PIÑERO Claudia Verónica Olmos 31009461 437 - HTAL. CAROLINA TOBAR GARCIA Cristian Cohelo Chicano 28908968 2051 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Cristina Desiderio 10717268 425 - HTAL. JOSE M. PENNACristina Desidero 10717269 425 - HTAL. JOSE M. PENNADaniel Macchione 13086366 441 - HTAL. ABEL ZUBIZARRETADaniel Pidote 10766223 438 - HTAL. ENRIQUE TORNUDaniela Eliana Blachet 20645874 8933 - AGENCIA AMBIENTAL Delia Beraja 12601467 422 - HTAL. BRAULIO MOYANO Diana Georgina Nogueira 31605067 Organismo ExternoDiego Pablo Pirpignani 22645798 112 - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Dina Levin 14744247 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Edgardo Daich 10966297 418 - HTAL. JUAN A. FERNANDEZ Eduardo Alberto Comuzzi 14857677 435 - HTAL. RAMON SARDA Eduardo Stefano 11890895 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Eliana Andrea Ramírez 28126034 8262 - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL Erika Benitez 35957561 2012 - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES CONSTRUCCION CIUDADANA CAMBIO CULTURALErnesto Jose Bavio 11943656 427 - HTAL. IGNACIO PIROVANOErnesto Rodriguez 21519180 611 - DIR.GRAL.OFICINA DE GESTION PUBLICA Y PRESUPUESTOEsteban Luis Seglin Palacios 29906606 437 - HTAL. CAROLINA TOBAR GARCIA Esteban Petronio 7660861 431 - HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA Estela Morandi 11399043 449 - DIR.GRAL.ADJUNTA SAME Fabio Leiro 16397765 425 - HTAL. JOSE M. PENNAFacundo Hernán Pinkas 34020535 437 - HTAL. CAROLINA TOBAR GARCIA Federico Martín Arata 20573287 401 - MINISTERIO DE SALUDFederico Paschetta 26054814 441 - HTAL. ABEL ZUBIZARRETAFernado Javier Jover 17109458 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Fernanda Colandrea 24335575 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Fernando Gallego 4400034 425 - HTAL. JOSE M. PENNAFiorella Celoni 18411562 425 - HTAL. JOSE M. PENNAFrancisco Siffredi 29904887 730 - PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD Gabriela Crisci 14868435 425 - HTAL. JOSE M. PENNAGabriela MARTINEZ 25646602 2900 - PLAN DE SEGURIDAD PUBLICAGabriela Ropelato 17251033 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Gladys Cordaro 22411074 423 - HTAL. FRANCISCO J.MUÑIZ Gladys Valdes 22156287 677 - Dirección General de Logística Gonzalo Sanchez Marino 36156475 413 - HTAL. JOSE T. BORDAGraciela Grimaldi 10120262 441 - HTAL. ABEL ZUBIZARRETAGraciela Mónica Testa 13625170 672 - SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS Graciela Soulages 5441598 427 - HTAL. IGNACIO PIROVANOGraciela Tens 13653192 441 - HTAL. ABEL ZUBIZARRETAGustavo Federico Collasius 22070529 404 - DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUDHector Audello 21641261 425 - HTAL. JOSE M. PENNAIganacio Bergada 12949025 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Jaime Kovensky Pupko 14937511 428 - HTAL. DE QUEMADOS Javier Ernesto Brodsky 12960813 650 - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICOJavier Lopez 14736007 677 - Dirección General de Logística Joaquín Arguelles Benet 18164726 500 - MINISTERIO DE CULTURA Jorge Aquiles Sereni 8844877 282 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDADJorge Cavagna 14943543 428 - HTAL. DE QUEMADOS Jorge Hernán Lopez 34205240 437 - HTAL. CAROLINA TOBAR GARCIA Jorge Jose Dervahanian 14877384 678 - SUBSECRETARIA DE EMERGENCIASJorge Omar Ormazabal 4528999 460 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALJosé María Cohen 10550544 427 - HTAL. IGNACIO PIROVANOJose Romano 13846698 430 - HTAL. JOSE M.RAMOS MEJIA Juan Carlos Cuestas 8340824 431 - HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA Juan Manuel Gago 30743564 437 - HTAL. CAROLINA TOBAR GARCIA Juan María Furnari 25311507 9102 - COMUNA 2Juan Martin Collados 24312964 541 - ENTE AUTARQUICO TEATRO COLONJuan Pablo De Luca 33346747 8503 - MINISTERIO AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICOJuan Sebastian Mateo 24378929 425 - HTAL. JOSE M. PENNALaura Cecilia Rivero 32618095 2051 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Lilia Vazquez 5300832 412 - HTAL. COSME ARGERICH Liliana de Dios 11353708 432 - HTAL. MANUEL ROCCA Lorena Rokuz 25121813 2204 - Secretaria de Gestion Comunal y Atencion CiudadanaLucas Silva 32237790 112 - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Lucía Fernandez Villar 35087969 8503 - MINISTERIO AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICOLuis Trentacoste 13335514 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Marcela Rodriguez 21645484 541 - ENTE AUTARQUICO TEATRO COLONMarcelo Aragon 29304578 434 - HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNIMarcelo Fernando ARIAS 12789165 2900 - PLAN DE SEGURIDAD PUBLICAMarcelo Pernot 114888188 611 - DIR.GRAL.OFICINA DE GESTION PUBLICA Y PRESUPUESTOMarco Antonio Acosta 28344206 404 - DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUDMarcos Morales 12427415 435 - HTAL. RAMON SARDA Margarita Liliana Nuñez 11656786 431 - HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA

ANEXO - CA 328 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 181

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María Adriana Saavedra 13754924 446 - INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFICAMaría Claudia Morado 13275295 511 - DIR. GRAL DE PROMOCION CULTURALMaría de la Paz Linares 29656104 112 - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES María de los Ángeles Castillo 20910765 428 - HTAL. DE QUEMADOS María Elena Martínez 5290421 522 - DIR. GRAL DE MUSEOSMaria Fernanda Romero 26216721 428 - HTAL. DE QUEMADOS María Luz Romero Cicerchia 16226876 Organismo ExternoMaria Macarena Alurralde Urtubey 32365487 Organismo ExternoMaria Paula Pandelo 22177508 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ María Pía Ferreira 31283236 2900 - PLAN DE SEGURIDAD PUBLICAMariano Nardi 29052095 434 - HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNIMariel Blasco 23284386 433 - HTAL. SANTA LUCIA Mariela Roggerone 30220584 300 - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANOMarisa Gudiño 17613188 430 - HTAL. JOSE M.RAMOS MEJIA Marta Ferraris 12434778 412 - HTAL. COSME ARGERICH Marta Susana Seguin 14121780 424 - HTAL.DE ODONTOLOGIAMartin De Bernardi 28752338 300 - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANOMelisa Arispe 28813465 422 - HTAL. BRAULIO MOYANO Mercedes Caldwell 35635923 8503 - MINISTERIO AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICOMiguel Sanchez 10558388 432 - HTAL. MANUEL ROCCA Miriam Noemí Marina 12501969 427 - HTAL. IGNACIO PIROVANOMirta Leonforte 11018470 431 - HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA Monica Beatriz Gamba 13147941 441 - HTAL. ABEL ZUBIZARRETAMonica Cabrera 10123479 430 - HTAL. JOSE M.RAMOS MEJIA Mónica Rodriguez 12100384 431 - HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA Myriam Vázquez 12972154 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Nélida Noemí Lena 11848874 401 - MINISTERIO DE SALUDNicolás Parodi Lascano 26949054 2051 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Noelia Mendez 29422547 434 - HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNINora Neira 11041012 449 - DIR.GRAL.ADJUNTA SAME Nydia Silva 6232094 412 - HTAL. COSME ARGERICH Oscar Canle 17172278 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Osvaldo Jesús Lopez 18572285 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Pablo Ariel Juarez 21951840 423 - HTAL. FRANCISCO J.MUÑIZ Pablo Di Iorio 26329363 550 - MINISTERIO DE EDUCACION Paola Chinarof 24923058 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Patricia Berinstein 12728561 678 - SUBSECRETARIA DE EMERGENCIASPatricia Claudia Correa 17086884 413 - HTAL. JOSE T. BORDAPatricia Mieli 16287863 437 - HTAL. CAROLINA TOBAR GARCIA Raúl Cordone 14129187 431 - HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA Raúl Seysell 105020043 421 - HTAL. PEDRO LAGLEYZE Ricardo Valdez 28936076 112 - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Rocio Gonzalez Canda 35323493 8503 - MINISTERIO AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICORodolfo Alejo Merlino 12857221 730 - PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD Rolando Darío Virgillito 18089157 511 - DIR. GRAL DE PROMOCION CULTURALRosa Silvia Solimine 16544138 428 - HTAL. DE QUEMADOS Rosana Corrales 22498214 439 - HTAL. BONORINO UDAONDORuben Varaglia 14232106 432 - HTAL. MANUEL ROCCA Sandra Ayuso 14172213 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Sandra Monica Varela 14563992 401 - MINISTERIO DE SALUDSantiago García Moritán 31160509 871 - POLICIA METROPOLITANASebastian Beltran Aravena 26631801 460 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALSebastián Carusso 32111437 423 - HTAL. FRANCISCO J.MUÑIZ Sebastián Ocampo 26332173 430 - HTAL. JOSE M.RAMOS MEJIA Sebastián Schin 28133913 428 - HTAL. DE QUEMADOS Sergio Campagna 27792688 9470 - UNIDAD DE GESTION INTERVENCION SOCIALShigeru Kozima 18773405 412 - HTAL. COSME ARGERICH Silvia Edith Jodara 12900838 440 - HTAL. DALMACIO VELEZ SARSFIELD Silvia Sabattini 14568437 431 - HTAL. BERNARDINO RIVADAVIA Silvia Taddei 22337513 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Sofía Belén Servidio 34482693 2801 - UPE - AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRESSol Casciato 32265035 2204 - Secretaria de Gestion Comunal y Atencion CiudadanaSoledad Silvana Acosta 29304765 437 - HTAL. CAROLINA TOBAR GARCIA Tomás Palazuelos 33241486 871 - POLICIA METROPOLITANAVeronica Mateve 23176760 434 - HTAL.DONACION FRANCISCO SANTOJANNIVerónica Noemí Traverso 25512002 2051 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Victoria Abihaggle 31285823 2204 - Secretaria de Gestion Comunal y Atencion CiudadanaViviana Osta 16728257 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Willy Conejeros 18730561 420 - HTAL. RICARDO GUTIERREZ Ximena Paola Gil Peñalva 26057311 9102 - COMUNA 2

ANEXO - CA 328 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 182

Page 183: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

FIN DEL ANEXO

ANEXO - CA 316

“ANEXO I” AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS DEL TESORO DEL GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA

Localidad, (1) (2)

SEÑOR TESORERO GENERAL DIRECCION GENERAL DE TESORERIARivadavia 524 – Piso 2° - TEL. 4323-9400 INT. 2547/2936

El (los) que suscribe(n) (3) en mi (nuestro) carácter de (4) ______________ de (5) , DNI/CI/LE/LC (6) _____________, Ingresos Brutos Nº con domicilio legal/real/comercial (7) en la calle , Nº ___________ Piso Dto./Oficina/Local Nº de la localidad de provincia de _______________ teléfono, Nº_____________ mail ______________________, autoriza (mos) a que todo pago que deba realizar la DIRECCION GENERAL DE TESORERÍA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, en cancelación de deudas a mi (nuestro) favor por cualquier concepto de Orga-nismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sea efectuado en la cuenta bancaria que a continuación se detalla:

DATOS DE LA CUENTA BANCARIA

CUENTA CORRIENTE Nº CUENTA CORRIENTE ESPÈCIAL Nº

CAJA DE AHORRO Nº CUIT/CUIL (8) - - TITULARIDAD

DENOMINACION: BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

SUCURSAL Nº:

DOMICILIO:

CBU - (9)

La orden de transferencia de fondos a la cuenta arriba indicada, efectuada por la Dirección General de Tesorería del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos contractuales, extinguirá la obligación del deudor por todo concepto, teniendo validez todos los depósitos que allí se efectúen, hasta tanto, cualquier cambio que se opere en la misma, no sea notificado fehacientemente a esa Dirección General de Tesorería.-

………………………………………………….. ………………………………………………. (10) Firma Aclaración

Certificación Bancaria del cuadro de datos de la cuenta y firma(s) del (de los) titular(es).- ………………………………………………………………………………………………………………………. (1), (2) Lugar y fecha de emisión; (3) Apellido y Nombre del (de los) que autoriza (n) el deposito; (4) Carácter por el cual firman

(Presidente, Socio, Propietario, etc.); (5) Razón Social o denominación; (6), (7), (8) Tachar lo que no corresponda; (9) núme-ro de CBU; (10) firma(s) y aclaración(es) del (de los) beneficiario(s).- Completar en tinta azul.

………………………………….……………………….…………………………………..……….………

AUTORIZACION DE ACREDITACION DE PAGOS DEL TESORO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD E BUENOS AIRES EN CUENTA BANCARIA

APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL:C.U.I.T. Nº CUENTA CORRIENTE Nº CUENTA CORRIENTE ESPECIAL Nº

CAJA DE AHORRO Nº CBU N º BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. SUCURSAL Nº:

FECHA DE PRESENTACION DEL “ANEXO I”: …../……/……

……………………………. Firma y Sello de Recepción

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 183

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ANEXO -EO 716

.

(1PERIODOS FISCALES CONTRIBUYENTE: INSTITUTO DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SENORA DE LUJAN SRL

D.G.R.DIFERENCIAS DE 2011-2012-2013-2014

VERIFICACION OOMICIPO FISCAl CABRERA JDSE A. NG 3314 -GABA.

Inscripción: 901-048368-8

PERIODO FISCAL 2011

MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

RUBROS ANALIZADOS DECLARADO AJUSTADO OECLAA.o.D>. ~~ DECLARADO AJUSTADO SALDO

ene-11 ENSEflANZA PARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSEÑANZA 983.55506 765.89632 00% 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION 966.48261 1.264.581 73 1 1% 1 1% 10.631 31 13.91040 3.27909

1.950.037,67 2.030.478,05 10.631,31 13.910,40 3.279,09

feb-11 ENSEf\lANZA PARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSEf:lANZA 876.68576 825.001 85 00% 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION 793.14106 1.362.17167 11% 11% 8.72455 14.98389 6.25934

1.669.826,82 2.187.173,52 8.724,55 14.983,89 6.259,34

DIFERENCIAS TOTALES 3.619.864,49 4.217.651,57 19.355,86 28.894,29 9.538,43

PERIODO FISCAL 2011

RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VERIFICACION OEL IMPUESTO

DECLARADO AJUSTADO DECLARADA AJUSTADA DECLARADO AJUSTADO SALDO

mar-11 ENSEÑANZA PARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSEÑANZA 865.771 31 940.72997 00% 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION 908.41550 1.553.251 92 11% 11% 9.99257 17.08577 7.09320

1.774.186,81 2.493.981,89 9.992,57 . 17.085,77 7.093,20

abr-11 ENSEÑANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEÑANZA 944.941 63 780.64942 00% 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION 1.006.78926 1.288.94077 11% 11% 11.07468 14.17835 3.10367

1.951.730,89 2.069.590,19 11.074,68 14.178,35 3.103,67

DIFERENCIAS TOTALES 3.725.917,70 4.563.572,08 21.067,25 31.264,12 10.196,87

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MlNGUfZoHE

erativos MarrivOtSubdirección Genera! de Flscalilad6n

DGR -AGlp. GCBA

F.rvl. 3pGR

PERIODO FISCAL 2011

MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTORUBROS ANALIZADOS DECLARADO AJUSTADO OO~~ =~ OECLARADO ÁJUSTAOO SALDO

mav-11 ENSEFJANZA PARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSEFJANZA 960.30599 863.67920 00% 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION 935.72693 1.426.032 36 11% 1 1% 10.29300 15.68636 5.39336

1.896.032,92 2.289.711,56 10.293,00 15.686,36 5.393,36

iun-11 ENSErilANZA PARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSEFJANZA 932.04287 799.77221 00% 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION 766.271 68 1.320.51467 1 1% 11% 8.42899 14.52566 6.09667

1.698.314,55 2.120.286,88 8.428,99 14.525,66 6.096,67

DIFERENCIAS TOTALES 3.594.347,47 4.409.998,44 18.721,98 30.212,02 11.490,03

PERIODO FISCAL 2011

RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE AUCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

DECLARADO AJUSTADO DEClARADA il.JUsrADA DECLARADO AJUSTADO SALDO

.ul-11 ENSEFJANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEFJANZA 1.072.51958 915.67070 00% 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION 1.268.242 18 1.511.87623 11% 1 1% 13.95066 16.63064 2.67997

2.340.761,76 2.427.646,93 13.950,66 16.630,64 2.679,97

sen-11 ENSEFJANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEFJANZA 1.008.370 38 781.34041 00% 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION 1.109.88208 1.290.08168 1 1% 11% 12.20870 14.19090 1.98220

2.118.252,46 2.071.422,09 12.208,70 14.190,90 1.982,20

DIFERENCIAS TOTALES 4.459.014,22 4.498.969,02 26.159,36 30.821,64 4.662,17

MOTIVODELASMODIFICACIONES:DIFERENCIADE MONTOIMPONIBLE LASMISMASSONPARCIALES FIRMA DEL CONTRIBUYENTE

11/1

NOTA: En caso de que el contribuyente acepte las diferencias de verificación, deberá dejar expresa conformidad de ello. FIRMA If¡} i1 ~.

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'j"l __ l/O,•. FISCAL Oepartam OExtema53.575 OitéW Iscalizaci6n Interna 'i C?P

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 184

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ANEXO -EO 716 (continuación)

181PERIODOS FISCALES CONTRIBUYENTE: INSTITUTO DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SENORA DE LUJAN SRL

D.G.R.DIFERENCIAS DE 2011-2012-2013-2014

VERIFICACION DOMICILIO FISCAL CABRERA JOSE A. N° 3314 -CASA-

Inscripción: 901-048368-8

PERIODO FISCAL 2011

MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VER1FICACION DEL IMPUESTO

RUBROS ANALIZADOS DECLARADO AJUSTADO ~~~ ~~ DECLARADO AJUSTADO SALDO

00-11 ENSEÑANZA PARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSEÑANZA 1.176.17346 844.98248 00% 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION 984.65753 1.395.161 95 1 1% 11% 10.83123 15.34678 4.51555

2.160.830,99 2.240.144,43 10.831,23 15.346,78 4.515,55

nov-11 ENSEÑANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEÑANZA 1.119.62734 763.60377 00% 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION 965.46448 1.260.79647 11% 11% 10.62011 13.86876 3.24865

2.085.091,82 2.024.400,24 10.620,11 13.868,76 3.248,65

DIFERENCIAS TOTALES 4.245.922,81 4.264.544,67 21.451,34 29.215,54 7.764,20

PERIODO FISCAL 2011

RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

DECLARADO AJUSTADO DECLARADA "-JUSTAOA DECLARADO AJUSTADO SALDO

dic-11 ENSEÑANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEÑANZA 1.140.76426 790.43793 00% 00% - - -SERVlCIOS DE INTERNACION 1.206.51986 1.305.10271 11% 11% 13.271 72 14.35613 1.08441

2.347.284,12 2.095.540,64 13.271,72 14.356,13 1.084,41

. 2.347.284,12 2.095.540,64 13.271,72 14.356,13 1.084,41

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DGR GCBA

PERIODO FISCAL 2012

RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE ALICUOTA VER1FlCACION DEL IMPUESTO

DEClARADO ¡:WUSTADO DECLARADAAJUSTADA DEClARADO ¡:WUSTADO SALDO

ene-12 ENSE¡(:JANZAPARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSE¡(:JANZA - 994.401 60 - 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION - 1.641.86988 - 11% - 18.06057 18.06057

- 2.636.271,48 - - 18.060,57 18.060,57

feb-12 ENSE¡(:JANZAPARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSEr\lANZA - 782.22465 - 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION - 1.291.541 65 - 11% - 14.20696 14.20696

- 2.073.766,30 - - 14.206,96 14.206,96

DIFERENCIAS TOTALES - 4.710.037,78 - - 32.267,53 32.267,53

PERIODO FISCAL 2012

RU BROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

,DECLARADO ¡:WUSTAOO DECLARADAAJUSTADA DECLARADO ¡:WUSTADO SALDO

mar-12 ENSEÑANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEÑANZA - 1.035.005 24 - 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION - 1.708.911 10 - 11% - 18.79802 18.79802

- 2.743.916,34 - - 18.798,02 18.798,02

abr-12 ENSEÑANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEt"lANZA - 818.93203 - 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION - 1.352.14971 - 1,1% - 14.87365 14.87365

- 2.171.081,74 - - 14.873,65 14.873,65

DIFERENCIAS TOTALES - 4.914.998,08 - - 33.671,67 33.671,67

MOTIVODE LASMODIFICACIONEs DIFERENCIADE MONTOIMPONIBLE.LASMISMASSONPARCIALES FIRMA DEL CONTRIBUYENTE

f) A, /',f)\

~J 7 JNOTA: En caso de que el contribuyente acepte las diferencias de verificación, deberá dejar expresa conformidad de ello. FIRMA E;f~! rJjJ, ,(' l re", 'i/ Cdor. ARl SJ ME DOMI. ..

Jefe ~I\P\ • n"",'v, 11AlJ8 . :ifgb~,-i'9F. Depa ento xtema EDG~ Di,•• "00 Fi caHzaoon' lerrja y Operau irección Oe ~ de Fiscal'

-AGI -

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 185

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ANEXO -EO 716 (continuación)

-PERIODOS FISCALES CONTRIBUYENTE: INSTITUTO DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SENORA DE LUJAN SRL

D.G.R.DIFERENCIAS DE 2011-2012-2013-2014

VERIFICACION DOMICILIO FISCAL CABRERA JOSE A. N° 3314 -CASA-

Inscripción: 901.048368-8

PERIODO FISCAL 2012

MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

RU8ROS ANALIZADOS DECLARADO AJUSTADO c:EQ.AA_ ~~ DECLARADO AJUSTADO SALDO

mav-12 ENsetiANZA PARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSEÑANZA - 1.437.78638 - 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION - 2.373.94845 - 1 1% - 26.11343 26.11343

- 3.811.734,83 . - 26.113,43 26.113,43

iun-12 ENseliJANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEÑANZA - 1.004.432 15 - 00% - - -SERVICIOS DE lNTERNACION - 1.658.43145 - 11% - 18.24275 18.24275

- 2.662.863,60 - - 18.242,75 18.242,75

OIFERENCIAS TOTALES - 6.474.598,43 - . 44.356,18 44.356,18

PERIODO FISCAL 2012

RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE AUCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

DECLARADO AJUSTADO DEClARAO •••. IWUSTADA DECLARADO AJUSTADO SALDO

;ul.12 ENSE~ANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEÑANZA - 707.819,22 - 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION - 1.168.68985 - 1 1% - 12.85559 12.85559

- 1.876.509,07 - - 12.855,59 12.855,59

aqo-12 ENSEÑANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEr\lANZA - 925.80897 - 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION - 1.528.61566 - 11% - 16.81477 16.81477

- 2.454.424,63 - - 16.814,77 16.814,77

DIFERENCIAS TOTALES . 4.330.933,70 - - 29.670,36 29.670,36" ... ... ,.. ...••

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".:'.: ....'PERIODO FISCAL 2012

MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

RUBROS ANALIZADOS DEClARADO AJUSTADO ~~ -~DECLARADO Il.JUSTADO SALDO

set-12 ENSEf\lANZA PARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSEf\lANZA - 1.097.78230 - 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION - 1.812.56314 - 11% - 19.93819 19.93819

- 2.910.345,44 - - 19.938,19 19.938,19

oct-12 ENSEf\lANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEf\lANZA - 711.72502 - 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACIDN - 1.175.13877 - 1 1% - 12.92653 12.92653

- 1.886.863,79 - - 12.926,53 12.926,53

'DIFERENCIAS TOTALES - 4.797.209,23 - - 32.864,72 32.864,72

PERIODO FISCAL 2012

RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VERIFICACIDN DEL IMPUESTO

DECLARADO AJUSTADO OECLI\R"'DA "-JUSTAO,", DECLARADO AJUSTADO SALDO

nov-12 ENSEf\lANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEf\lANZA - 1.236.11143 - 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION - 2.040.96023 - 11% - 22.45056 22.45056

- 3.277.071,66 - - 22.450,56 22.450,56

dic-12 ENSEf\lANZA PARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSEf\lANZA - 564.92476 - 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION - 932.75487 - 11% - 10.26030 10.26030

- 1.497.679,63 - - 10.260,30 10.260,30

DIFERENCIAS TOTALES - 4.774.751,29 - - 32.710,86 32.710,86

MOTIVODE LASMODIFICACIONESDIFERENCIADE MONTOIMPONIBLE LASMISMASSONPARCIAl£S FIRMA DEL CONTRIBUYENTE

11 r¡JI \ -// /,NOTA: En caso de que el contribuyente acepte las diferencias de verificación, deberá dejar expresa conformidad de ello.

FIRMA ;7t~~jL ~~R ~NGUE

nt~ c;y');¿'~~ D¡épartam IOE1cmaE"L!' . ,03;;:i~75 reccl6~;tclzaClón In~ OperativosM

•Nl. D G R Su dir edón Gene ! e FiscalizaciónDGR - AGlP GCBA

asivos

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 186

Page 187: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO -EO 716 (continuación)

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II

I~.•.<",..,UI

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tiPERIODOS FISCALES CONTRIBUYENTE: INSTITUTO DE PSICOPATOLOGlA NUESTRA SENORA DE LUJAN SRL

D.G.R.DIFERENCIAS DE 2011.2012-2013-2014

VERIFICACION DOMICILIO FISCAL CABRERA JaSE A. N° 3314 -CASA-

Inscripción: 901-048368-8

PERIODO FISCAL 2013

MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

RUBROS ANALIZADOS DECLARADO AJUSTADO ~~~~.~DECLARADO AJUSTADO SAlDO

ene-13 ENsef:lANZA PARAAOUl TOS y SERVICIOS DE ENSEÑANZA - 1.261.35032 - 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION - 2.082.63249 - 1 1% - 22.90896 22.90896

- 3.343.982,81 - - 22.908,96 22.908,96

feb.13 ENSErilANZA PARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSEÑANZA - 663.03372 - 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION - 1.094.74390 - 1 1% - 12.04218 12.04218

- 1.757.777,62 - - 12.042,18 12.042,18

DIFERENCIAS TOTALES - 5.101.760,43 - . 34.951,14 34.951,14

PERIODO FISCAL 2013

RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

DECLARADO AJUSTADO O~CLARAD/l. AJUSTAD/l. DECLARADO AJUSTADO SALDO

mar-13 ENsei\lANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEi\lANZA - 828.12084 - 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION - 1.367.32147 - 1 1% - 15.04054 15.04054

- 2.195.442,31 . - 15.040,54 15.040,54

abr-13 ENSErilANZA PARA ADULTOS y SERV1CIOS DE ENSErilANZA - 890.13284 - 00% - - -.SERV1CIOS DE INTERNACION - 1.469.71032 - 1 1% - 16.16681 16.16681

. 2.359.843,16 - - 16.166,81 16.166,81. .. .."._.,"., . 4.555.285,47 . . 31.207,35 31.207,35. -" '.,-:: .~(..•:'.

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GUEZ

PERIODO FISCAL 2013

RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

DECLARADO AJUSTADO DECLARADA AJUSTADA DECLARADO AJUSTADO SALDO

mav-13 ENSEtilANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENsei\lANZA - 752.35874 - 00% - - -SERVICIOS DE tNTERNACION - 1.242.22965 - 1 1% - 13.66453 13.66453

- 1.994.588,39 - - 13.664,53 13.664,53iun-13 ENserilANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEtilANZA - 680.62631 - 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION - 1.123.79126 - 11% - 12.36170 12.361 70

- 1.804.417,57 - - 12.361,70 12.361,70.DIFERENCIAS TOTALES - 3.799.005,96 - - 26.026,23 26.026,23

PERIODO FISCAL 2013

MONTO IMPONIBLE /- -RUBROS ANALIZADOSALlCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

DECLARADO AJUSTADO DECLAMO'" •••.•USTADA DECLARADO AJUSTADO SALDO

iul-13 ENserilANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEÑANZA - 793.20660 - 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION - 1.309.67410 - 11% - 14.40642 14.406,42

- 2.102.880,70 - - 14.406,42 14.406,42ao0-13 ENSEÑANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEÑANZA - 635.94523 - 00% - - -

SERVICIOS DE INTERNACION - 1.050.01773 - 11% - 11.55020 11.55020

- 1.685.962,96 - - 11.550,20 11.550,20DIFERENCIAS TOTALES - 3.788.843,66 - . 25.956,62 25.956,62

MOTIVO DE lAS MODIFICACIONES: DIFERENCIA DE MONTO IMPONIBLE .LAS MISMAS SON PARCiAlESFIRMA DEL"CONTRIBUYENTE A

IJ f IlflNOTA: En caso de que el contribuyente acepte las diferencias de verificación, deberá dejar expresa conformidad de ello.

FIRMA'~~

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N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 187

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ANEXO -EO 716 (continuación)

FIN DEL ANEXO

••

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.,".~~,';¡!':'',-.

'":r ••,,, ::..

-PERIODOS FISCALES CONTRIBUYENTE: INSTITUTO DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SENORA DE LUJAN SRL

D.G.R.DIFERENCIAS DE 2011.2012-2013-2014

VERIFICACION DOMICILIO FISCAL CABRERAJOSEA N° 3314 .CASA-

Inscripción: 901.048368-8

PERIODO FISCAL 2013

MONTO IMPONIBLE AUCUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

RUBROS ANALIZADOS DECLARADO AJUSTADO ~m. ~~ DECLARADO AJUSTADO SAlDO

set-13 ENSEÑANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSE!'JANZA - 1.024.404 04 - 00% - - -SERVICIOS DE INTERNACION - 1.691.407 31 - 1 1% - 18.60548 18.60548

- 2.715.811,35 - - 18.605,48 18.605,48

oct.13 ENSEÑANZA PARA ADULTOS Y SERVICIOS DE ENSEf\lANZA - 965.13875 - 00% - - -

SERVlCIOS DE INTERNACION - 1.593.553 58 - 1 1% - 17.52909 17.52909

- 2.558.692,33 - . 17.529,09 17.529,09

DIFERENCIAS TOTALES - 5.274.503,68 - - 36.134,57 36.134,57

PERIODO FISCAL 2013

RUBROS ANALIZADOS MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VERlflCACION DEL IMPUESTO

DECLARADO AJUSTADO DECLARADA AJUSTADA DECLARADO AJUSTADO SALDO

nov.13 ENSEÑANZA PARA ADULTOS Y SERVlCIOS DE ENSEÑANZA - 692.57535 - 00% - - -

SERVICIOS OE INTERNACION - 1.143.52049 - 1 1% - 12.57873 12.57873

- 1.836.095,84 - - 12.578,73 12.578,73

dic.13 ENSEÑANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSEÑANZA - 1.049.666 37 - 00% - < - -SERVI¿OS DE INTERNACION - 1.733.11827 - 1 1% - 19.06430 19.064 30

- 2.782.784,64 . - 19.064,30 19.064,30

- DIFERENCIAS TOTALES - 4.618.880,48 - - 31.643,03 31.643,03..

-

"" ;.-'

c.n..=.....,

PERIODO FISCAL 2014

RUBROS ANALIZADOS

ene-14 ENSE~ANZA PARA ADULTOS y SERVICIOS DE ENSeflANZA

SERVICIOS DE INTERNACION

MONTO IMPONIBLE ALlCUOTA VER1FICACION DEL IMPUESTO

DECLARADO AJUSTADO ~~~ ~,~ DECLARADO AJUSTADO SALDO

- 1.400.128 97 - 00% - - -- 2.311.77181 - 11% - 25.42949 25.42949

- 3.711.900,78 . - 25.429,49 25.429,49 "",:,*

-;.

PERIODO FISCAL

DIFERENCIAS TOTALES 3.711.900,78 25.429,49 25.429,49

•••MONTO IMPONIBLERUBROS ANALIZADOS

DIFERENCIAS TOTALES

DECLARADO AJUSTADO

ALlCUOTA

DECLARADA .-.JUSTADA DECLARADO

VERIFICACION DEL IMPUESTO

AJUSTADO SALDO

t;:.

,

MOTIVO DE LAS MODIFICACIONES, DIFERENCIA DE MONTO IMPONIBLE. lAS MISMAS SON PARC!ALES

NOTA: En caso de que el contribuyente acepte las diferencias de verificación, deberá dejar expresa conformidad de ello.

FIRMA DEL CONTRIBUYENTE

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ANEXO - EO 730

ANEXO I

UBICACIÓN FISICA PARTIDACampana 706 496Concordia 773 508Emilio Lamarca 644 985Aranguren Juan Felipe Dr. 4.156 2.115Alberdi Juan Bautista Av. 4283 4.178Rafaela 4378 4.324Falcon Ramon L. Cnel. 4658 5.041Rivadavia Av. 10545 7.460Carballido Jose E. 6360 12.587Oliden 1451 14.328Murguiondo 83 14.358Rivadavia Av. 11178 16.134Montiel 1405 21.033Directorio Av. 3301 22.186Mozart 1015 26.540Olivera Av. 1268 27.266Guamini 2261 35.872Diaz Avelino 367 39.749Barco Centenera del 3381 50.635Av. Eva Peron 3572/3574 54.428Castañon 3458 55.379Homero 2215 58.141Fonrouge 2858 59.938Unanue 5711 66.758Barros Pazos Jose 5851 66.972Araujo 2625 76.439Chascomus 5008 76.689Campana 616 84.311Escalada Av. 1670 87.156Balbastro 5320 87.844Cafayate 4587 88.045Marcelo T. de Alvear 1.381 3° 88.774Directorio Av. 3746 91.428Rucci Jose Ignacio 3971 97.428Jose Barros Pazos 2051/2095 99.041Alberti 2154 100.484Catamarca 1683 100.968Verdaguer Jacinto 3549 107.117

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ANEXO - EO 730 (continuación)

ANEXO I

UBICACIÓN FISICA PARTIDAAzara 49 111.428Paracas 107 112.270Arcamendia 666 114.742Bolivar 1748 119.828Melo Carlos F. 344 124.632Mendez de Andes 1228 131.525Yerbal 2105 134.199Alberdi Juan Bautista Av. 2153 141.240Aranguren Juan Felipe Dr. 1502 147.815Alberdi Juan Bautista Av. 1526 148.993Boyaca Av. 393 149.126La Plata Av. 1261 155.058Doblas 934 155.552Doblas 539 155.851Viel 652 155.905Valle 388 156.336Zuviria 323 156.466Valle 650 157.759San Jose de Calasanz 818 157.892Barco Centenera del 360 158.665Bonifacio Jose 812 158.812Peron Eva Av. 1131 159.942Bulnes 812 170.263Medrano Pedro Av. 820 171.178Acoyte 733 175.313Neuquen 1000 177.664Hidalgo 725 177.791Saavedra 989 182.307Estados Unidos 2923 186.134Gomez Valentin 3266 191.144Gallo 545/549 191.475La Rioja 686 193.468Catamarca 382 195.593Cordoba Av. 2710 196.290Chile 2115 201.082Yrigoyen Hipolito 2519 201.788Moreno 2062 202.828Uriburu J. Evaristo Pte. 340 206.179

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 190

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ANEXO - EO 730 (continuación)

ANEXO I

UBICACIÓN FISICA PARTIDACordoba Av. 2572 207.533Garay Juan de Av. 1437 213.068Irigoyen Bernardo de 1090 214.461Moreno 764 215.943Tacuari 787 216.515Chile 1171 216.953Chile 1165 216.954Solis 269 218.337Roca Julio A. Pte. Av. 761 219.275Viamonte 1359 222.099Av. Corrientes 1443/1447 222.248Rodriguez Peña 60 223.016Rodriguez Manuel A. Gral. 1490 230.104Garcia Juan A. 1274 230.819Del Pino Virrey 4109 240.427Osorio 4921 241.953Behring 2553 244.521Terrada 1265 249.439Los Pirineos 1325 249.472Nazarre 2870 255.791Nogoya 3688 264.648Nogoya 3291 266.207Campana 3347 266.373San Nicolas 3249 267.459San Nicolas 3249 267.459Magariños Cervantes Alej. 4467 275.012Bermudez 1173 275.905Paz Marcos 2246 278.288Paz Marcos 2246 278.288Lascano 4964 279.823Lascano 4964 279.823Calderon de la Barca P. 1096 283.691Padilla 1137 296.898Alvarez Donato Tte. Gral. 2032 296.944Gaona Av. 4247 298.718Estomba 962 308.432Magariños Cervantes Alej. 3844 312.321Jose Pedro Varela 5280 312.709

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 191

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ANEXO - EO 730 (continuación)

ANEXO I

UBICACIÓN FISICA PARTIDACongreso Av. 3048 328.295Amenabar 2879 328.438Conde 3229 329.961Larralde Crisologo 3086 331.023Washington 3727 331.652Superi 4268 333.010Cramer 4348 333.881Arias 3040 334.186Blanco Encalada 1559 336.520Monroe 1773 336.749Artilleros 2423 342.243Sucre Antonio de Mariscal 4371 343.208Monroe 4517 345.402Nahuel Huapi 4928 346.186Nahuel Huapi 4801 346.520Valdenegro 3029 347.047Quesada 5138 347.231Holmberg 3463 349.047Bauness 1.860/1.862 350.161Burela 1988 350.677Mendoza 5875 351.405De los Constituyentes Av. 4765 351.673De los Constituyentes Av. 4775 351.674De los Constituyentes Av. 4781 351.675Rivera Pedro Ignacio Dr. 5712 352.370Nahuel Huapi 5846 352.589Congreso Av. 5871 353.418Aizpurua 3144/3148 353.841Aizpurua 3417 354.953Achega 3466 355.454Habana 2256 359.789Griveo 2936 362.238Nazca Av. 5677 364.959Balbin Ricardo Dr. Av. 2422 366.822Blanco Encalada 2571 367.142Paroissien 2570 368.640Ricchieri Pablo Tte. Gral. 3021 370.320Donado 2652 375.670

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 192

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ANEXO - EO 730 (continuación)ANEXO I

UBICACIÓN FISICA PARTIDAPerez Roque 4792 378.313Holmberg 2568 378.774Vedia 4090 378.865Montañeses 2677 378.869Washington 2729 378.940Vega Niceto Cnel. 5656 400.554Lemos Juan Gregorio Gral. 210 401.394Lacroze Federico Av. 3638 402.215Justo Juan B.Av 1477 402.374Fitz Roy 2135 402.857Dorrego Av. 1717 404.698Arevalo 2218 404.981Arenal Concepcion 2595 405.199Ciudad de la Paz 555 406.120Zapiola 1566 409.210Del Pino Virrey 3050 409.609Ciudad de la Paz 1242 410.220Arredondo Virrey 2461 410.401Migueletes 930 413.122Cramer 874 413.967Amenabar 719 414.777Soldado de la Independencia 645/647 415.334Elcano Av. 3346 415.678Arevalo 3018 417.506Cuba 1761 417.553Jufre 89 420.199Jufre 102 420.644Corrientes Av. 5325 421.806Corrientes Av. 5379 421.811Acevedo 553 421.853Loyola 345 422.320Vera 934 422.832Serrano 814/820 422.960Costa Rica 3950 424.602Acuña de Figueroa Fco. 1251 424.697Gorriti 3950 424.753Acuña de Figueroa Fco. 1332 425.121Scalabrini Ortiz Raul Av. 1629 426.030

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 193

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ANEXO - EO 730 (continuación)

FIN DEL ANEXO

ANEXO I

UBICACIÓN FISICA PARTIDAGorriti 4955 427.496El Salvador 4831 427.558El Salvador 4945 431.374Aguirre 614 432.286Alvear Marcelo T. de 2159 440.512Junin 1144 440.580Pueyrredon Av. 1330 441.413Cabrera Jose A. 3143 443.442Soler 3333 443.773Beruti 3062 443.957Sanchez de Bustamante 1362 444.080Diaz Cnel. Av. 2171 446.301Sanchez de Bustamante 1366 448.288Montevideo 939 452.032Alvear Marcelo T. de 1528 452.050Bacacay 1757 458.270Lorenzini Carola 345 500.024Cossentini Olga 980 500.025Castillo Catulo 3074 911.061

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 194

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ANEXO - EO 723

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 195

Page 196: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO - EO 723 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 196

Page 197: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO - EO 723 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 197

Page 198: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO - EO 728

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 198

Page 199: ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4711boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2015/08/... · aprobado por Decreto N° 45/10, en virtud de las previsiones contenidas en

ANEXO - EO 727

FIN DEL ANEXO

ANEXO: CONTRIBUYENTE NUCLEO INDUSTRIAL S.A. MONTO IMPONIBLE ALICUOTA VERIFICACION DEL IMPUESTO

PERIODO RUBROS ANALIZADOS DECLARADO AJUSTADO DECLAR. AJUST. DECLARADO AJUSTADO SALDO

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ------ 521.314,00 ---- 3,00% ---- 15.639,42 15.639,42

ago-11 TOTAL ANTICIPO 08/2011 ------ 521.314,00 ---- 15.639,42 15.639,42

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 2.899.372,29

---- 3,00% ---- 86.981,17 86.981,17

sep-11 TOTAL ANTICIPO 09/2011 ----- 2.889.372,29 ---- 86.981,17 86.981,17

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 1.796.330,25 ---- 3,00% ---- 53.889,91 53.889,91

Oct-11 TOTAL ANTICIPO 10/2011 ----- 1.796.330,25 ---- 53.889,91 53.889,91

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 2.067.850,40 ---- 3,00% ---- 62.035,51 62.035,51

nov-11 TOTAL ANTICIPO 11/2011 ----- 2.067.850,40 ---- 62.035,51 62.035,51

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 1.898.240,40 ---- 3,00% ---- 56.947,21 56.947,21

dic-11 TOTAL ANTICIPO 12/2011 ----- 1.898.240,40 ---- 56.947,21 56.947,21

Subtotal ----- 9.183.107,34 ---- 275.493.22 275.493,22

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 1.351.580,00 ----- 3,00% ----- 40.547,40 40.547,40

ene-12 TOTAL ANTICIPO 01/2012 ----- 1.351.580,00 ----- 40.547,40 40.547,40

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 1.910.982,60 ----- 3,00% ----- 57.329,48 57.329,48

feb-12 TOTAL ANTICIPO 02/2012 ----- 1.910.982,60 ----- 57.329,48 57.329,48

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 1.901.523,75 ----- 3,00% ----- 57.045,71 57.045,71

mar-12 TOTAL ANTICIPO 03/2012 ----- 1.901.523,75 ----- 57.045,71 57.045,71

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 1.331.816,05 ----- 3,00% ----- 39.954,48 39.954,48

abr-12 TOTAL ANTICIPO 04/2012 ----- 1.331.816,05 ----- 39.954,48 39.954,48

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 1.745.871,83 ----- 3,00% ----- 52.376,15 52.376,15

may-12 TOTAL ANTICIPO 05/2012 ----- 1.745.871,83 ----- 52.376,15 52.376,15

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 1.831.577,80

----- 3,00% ----- 54.947.33 54.947,33

jun-12 TOTAL ANTICIPO 06/2012 ----- 1.831.577,80 ----- 54.947,33 54.947,33

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 2.193.753,60 ----- 3,00% ----- 65.812,61 65.812,61

jul-12 TOTAL ANTICIPO 07/2012 ----- 2.193.753,60 ----- 65.812,61 65.812,61

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 2.225.863,30 ----- 3,00% ----- 66.775,90 66.775,90

ago-12 TOTAL ANTICIPO 08/2012 ----- 2.225.863,30 ----- 66.775,90 66.775,90

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 2.922.731,15 ----- 3,00% ----- 87.681,93 87.681,93

sep-12 TOTAL ANTICIPO 09/2012 ----- 2.922.731,15 ----- 87.681,93 87.681,93

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 2.377.397,40 ----- 3,00% ----- 71.321,92 71.321,92

oct-12 TOTAL ANTICIPO 10/2012 ----- 2.377.397,40 ----- 71.321,92 71.321,92

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 2.628.588,30 ----- 3,00% ----- 78.857,65 78.857,65

nov-12 TOTAL ANTICIPO 11/2012 ----- 2.628.588,30 ----- 78.857,65 78.857,65

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 3.286.151,20 ----- 3,00% ----- 98.584,54 98.584,54

dic-12 TOTAL ANTICIPO 12/2012 ----- 3.286.151,20 ----- 98.584,54 98.584,54

Subtotal ----- 25.707.836,98 ----- 771.235,10 771.235,10

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 2.799.168,50 ----- 3,00% ----- 83.975,06 83.975,06

ene-13 TOTAL ANTICIPO 01/2013 ----- 2.799.168,50 ----- 83.975,06 83.975,06

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 2.098.732,10 ----- 3,00% ----- 62.961,96 62.961,96

feb-13 TOTAL ANTICIPO 02/2013 ----- 2.098.732,10 ----- 62.961,96 62.961,96

VENTA AL POR MAYOR DE METALES Y MINERALES METALIFEROS

NO FERROSOS ----- 341.495,80 ----- 3,00% ----- 10.244,87 10.244,87

mar-13 TOTAL ANTICIPO 03/2013 ----- 341.495,80 ----- 10.244,87 10.244,87

Subtotal ----- 5.239.396,40 ----- 157.181,89 157.181,89

Total ----- 40.130.340,72 ----- 1.203.910,21 1.203.910,21

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 199

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ANEXO I – PERFIL PROFESIONAL

Responsabilidades del cargo.

Nombre del Cargo Enfermería - Nivel Auxiliar

Responsabilidades del cargo

(De acuerdo a Nomeclador de

Puestos Aprobado por Acta Comisión Paritaria Central Nº

14/2014)

Desempeñar funciones establecidas en la Ley N° 298, y su normativa complementaria, reglamentaria y modificatoria. Realizar demás funciones en el marco de su campo ocupacional para los cuales lo habilite el título que acredita.

Requisitos

Nivel Educativo

(Excluyente) Certificado de Auxiliar de Enfermería. (1) Contar con matricula habilitante.

Experiencia Laboral

Acreditada

Contar con un mínimo de un (2) años de experiencia en el ejercicio de la enfermería brindando asistencia a adultos mayores, en residencias geriátricas públicas y/o privadas o servicios de salud gerontológicos o geriátricos. (Excluyente)

Conocimientos Técnicos

• Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. • Ley Nacional N° 24004. Ejercicio de la Enfermería. • Ley Nº 661: Marco regulatorio de Establecimientos

Residenciales y Servicios de Atención Gerontológica. Normas modificatorias y reglamentarias.

• Ley Nº 1346: Plan de Evacuación y Simulacro para casos de incendio, explosión o advertencia de explosión.

• Ley Nº 2183: Libreta Sanitaria. • Ley Nº 298: Ley de Ejercicio de la Enfermería.

Nivel

Informático (Deseable)

Windows Office.

(1) Titulo o certificado de Auxiliar de Enfermería otorgado por instituciones

estatales o privadas oficialmente reconocidas por autoridad competente y ajustado a las reglamentaciones vigentes.

ANEXO - RESOLUCIčN NÁ 557/MDSGC/15

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 200

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Titulo, certificado o documentación equivalente otorgado por países extranjeros, el que deberá ser reconocido o revalidado de conformidad con la legislación vigente en la materia o a los respectivos convenios de reciprocidad.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 557/MDSGC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 201

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ANEXO II CONCURSO PÚBLICO ABIERTO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN

PARA LA COBERTURA DE 2 (DOS) CARGOS DE AUXILIARES DE ENFERMERÍA PARA EL HOGAR DE RESIDENCIA PERMANENTE PARA ADULTOS

MAYORES “DR, ALEJANDRO RAIMONDI”

Artículo 1°.- Especificaciones y responsabilidades del cargo. Las especificaciones y las responsabilidades del cargo son las que a continuación se detallan: a) Especificaciones del cargo. Nombre del Cargo

a cubrir AUXILIAR DE ENFERMERÍA

Distribución de las vacantes

Hogar de residencia permanente de adultos mayores “Dr. Alejandro Ramondi” (2 vacantes)

Tipo de contratación

Ingreso a la Planta Permanente del Escalafón General para el Personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El ingreso se efectúa en el nivel escalafonario, agrupamiento Técnico Tramo SA, Nivel 01 (conf. Decretos Nros. 986/04 y 583/05).

b) Responsabilidades del cargo (De acuerdo a Nomeclador de Puestos Aprobado por Acta Comisión Paritaria Central Nº 14/2014)

Artículo 2°.- Requisitos para la postulación. Las condiciones generales de admisibilidad y los requisitos específicos del cargo son los que a continuación se detallan:

a. Condiciones generales de admisibilidad (art. 7° del Anexo a la Resolución N° 1685/MMGC-MDSGC/14) Sin perjuicio de los requisitos específicos que se exijan para acceder al cargo en el presente anexo, el aspirante deberá acreditar las condiciones de admisibilidad previstas en el artículo 7° y 12 de la Ley N° 471 y en los artículos 22 y 23 del Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por Resoluciones Nros. 2777/MHGC, 2778/MHGC/10 y 2779/MHGC y demás normas vigentes en la materia. b. Requisitos específicos para el cargo A continuación se detallan los requisitos específicos a cumplir por los postulantes al cargo concursado:

Nivel Educativo

Título requerido para el cargo (Excluyente)

Certificado de Auxiliar de Enfermería. Contar con matricula habilitante.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 557/MDSGC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 202

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Experiencia Laboral Acreditada

Contar con un mínimo de un (2) años de experiencia en el ejercicio de la enfermería brindando asistencia a adultos mayores, en residencias geriátricas públicas y/o privadas o servicios de salud gerontológicos o geriátricos. (Excluyente)

Conocimientos técnicos

• Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. • Ley Nacional N° 24004. Ejercicio de la Enfermería. • Ley Nº 661: Marco regulatorio de Establecimientos

Residenciales y Servicios de Atención Gerontológica. Normas modificatorias y reglamentarias.

• Ley Nº 1346: Plan de Evacuación y Simulacro para casos de incendio, explosión o advertencia de explosión.

• Ley Nº 2183: Libreta Sanitaria. • Ley Nº 298: Ley de Ejercicio de la Enfermería.

Nivel informático • Windows Office (Deseable)

Artículo 3°.- Desarrollo del concurso. El presente procedimiento, salvo disposición en contrario, se desarrollará en un todo de acuerdo a lo previsto por la Resolución N° 1685/MMGC-MDSGC/14. Artículo 4°.- Inscripción y entrega de documentación. Al momento de presentar el formulario de inscripción al presente proceso, el aspirante deberá presentar la documentación que acredite la información suministrada en el mismo, de acuerdo a las pautas fijadas en la Resolución Conjunta N° 1685/MMGC-MDSGC/14. La documentación debe ser presentada con el formulario completo con computadora o en su defecto con letra legible imprenta mayúscula. A la presentación deberán acompañarse los documentos originales y dos (2) juegos de copias. Todas las copias deberán estar firmadas por el postulante, y serán foliadas en el acto de inscripción. El formulario de inscripción aprobado por la convocatoria debe ser respetado en un todo, no puede ser modificado bajo ninguna condición. No debe presentar tachaduras ni corrector. Tanto el formulario como las fotocopias deben realizarse en papel tamaño A4 y en copia simple fas. Artículo 5°.- Metodología de evaluación de los antecedentes curriculares y laborales. Sólo se evaluarán aquellos cursos o carreras que se acrediten con la presentación de la certificación correspondiente. En función de lo previsto en los apartados a) y b) del artículo 23 del Anexo a la Resolución Conjunta N° 1685/MMGC-MDSGC/14, la metodología de evaluación de los antecedentes curriculares y laborales será la que a continuación se detalla:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 557/MDSGC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 203

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Forma de Evaluación

Factor Subfactor

Puntaje Máximo del Subfactor

Puntaje Máximo

del Factor

Antecedentes Laborales

Experiencia en el Sector Público o Privado, relacionada con los

requisitos específicos del cargo. 20

25 Experiencia Específica en Hogares

del Sector Público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

5

Antecedentes Curriculares

Nivel superior al requerido para el cargo a cubrir. 6

10

Programas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera con una carga

horaria igual o superior a las veinte (20) hs, cursos, congresos y/o jornadas en instituciones de reconocido prestigio.

4

Artículo 6°.- Entrevista. La entrevista personal consistirá en valorar la adecuación del postulante al perfil fijado para el puesto y se desarrollará ante el Comité de Selección. Durante la entrevista los postulantes podrán ser interrogados respecto de cualquier aspecto o materia que resulten apropiados para el cargo concursado. Se tendrán especialmente en cuenta los antecedentes laborales de los postulantes y las habilidades relativos a las funciones específicas a desempeñar en el cargo concursado. Artículo 7°.- Orden de mérito definitivo. De acuerdo a lo previsto en el Anexo a la Resolución Conjunta N° 1685/MMGC-MDSGC/14, una vez finalizadas las entrevistas personales, el Comité de Selección labrará un acta estableciendo el orden de mérito definitivo, resultante de la sumatoria del puntaje obtenido por los postulantes en el examen escrito de oposición, en la evaluación de antecedentes curriculares y laborales y en la entrevista personal. El mismo será publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por dos (2) días y notificado fehacientemente a los postulantes. Artículo 8°.- Presentación de impugnaciones. Dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la notificación, los postulantes podrán impugnar el orden de mérito definitivo ante el Comité de Selección, el que deberá expedirse dentro de los diez (10) días hábiles administrativos siguientes. Las impugnaciones sólo podrán basarse en error material, vicios de forma o de procedimiento, o en la existencia de arbitrariedad manifiesta. No serán considerados los que constituyan una simple expresión de disconformidad del postulante con el puntaje adjudicado. Las impugnaciones al orden de mérito definitivo deberán plantearse por escrito ante la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Social, sita en México 1661, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en horario de 10:00 hs. a 15:00hs.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 557/MDSGC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 204

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Artículo 9°.- Designación. La designación en la Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se efectuará luego de cumplimentados los requisitos establecidos en los artículos 7º y 12 de la Ley Nº 471 y, en los artículos 22 y 23 del Convenio Colectivo de Trabajo instrumentado por Resoluciones Nros. 2777/MHGC/10, 2778/MHGC/10 y 2779/MHGC/10 y demás normas vigentes en la materia. Artículo 10°.- Vigencia del orden de mérito. La vigencia del orden de mérito definitivo será de de seis (6) meses corridos contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 557/MDSGC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 205

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ANEXO III FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN PARA LA COBERTURA DE 2 (DOS) VACANTES

DE AUXILIAR DE ENFERMERÍA PARA EL ESTABLECIMIENTO RESIDENCIAL PARA ADULTOS MAYORES, HOGAR “DR. ALEJANDRO RAIMONDI”

1. DATOS PERSONALES Apellido/s y Nombre: Nº y Tipo de Documento (DNI, LE, LC): Nº de CUIT/CUIL: Fecha de Nacimiento: Domicilio Real: Nº Piso Dpto. Código Postal: Localidad: Domicilio Constituido en la C.A.B.A.(*): Nº Piso Dpto. Código Postal: Localidad: Teléfono Particular: Otro teléfono: Correo Electrónico: ¿Cumple con las condiciones de admisibilidad dispuestas por los artículos 7° y 12 de la Ley N° 471 y en los artículos 22 y 23 del Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por Resoluciones Nros. 2777/MHGC, 2778/MHGC/10 y 2779/MHGC y demás normas vigentes en la materia? Sí No (*)Los aspirantes deberán denunciar su domicilio real. Asimismo para todos los efectos del presente proceso de selección, deberán constituir domicilio especial dentro del perímetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde resultarán válidas todas las notificaciones que deben realizarse. Si el domicilio real se encuentra dentro del perímetro de la C.A.B.A. podrá coincidir con el domicilio especial. 2. FORMACIÓN ACADÉMICA

ESTUDIOS AÑO EXPEDICIÓN TÍTULO OBTENIDO ESTABLECIMIENTO

Posgrado Universitario Terciario 3. EXPERIENCIA LABORAL Nombre de la Organización: Ámbito (Público o Privado): Fecha de Ingreso (Mes/Año): Fecha de Egreso (Mes/Año): Nombre del Puesto: Tareas desarrolladas: Nombre de la Organización:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 557/MDSGC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 206

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Ámbito (Público o Privado): Fecha de Ingreso (Mes/Año): Fecha de Egreso (Mes/Año): Nombre del Puesto: Tareas desarrolladas: Nombre de la Organización: Ámbito (Público o Privado): Fecha de Ingreso (Mes/Año): Fecha de Egreso (Mes/Año): Nombre del Puesto: Tareas desarrolladas: Nombre de la Organización: Ámbito (Público o Privado): Fecha de Ingreso (Mes/Año): Fecha de Egreso (Mes/Año): Nombre del Puesto: Tareas desarrolladas: Nombre de la Organización: Ámbito (Público o Privado): Fecha de Ingreso (Mes/Año): Fecha de Egreso (Mes/Año): Nombre del Puesto: Tareas desarrolladas:

4. CAPACITACIONES (Certificados de programas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera con una carga horaria igual o superior a las veinte (20) hs o de cursos, congresos y/o jornadas en instituciones de reconocido prestigio que tengan directa relación con el cargo al que postula) Curso / Nombre actividad: …………………………………………………………………………………………………………........................................................................................................................................................ ………………………………………………………………………………………………………….………………………………………………….…………………………………………………………… Organismo:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 557/MDSGC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 207

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………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………… Fecha: ............/………./…………. Nro. Horas: ………………………………. Lugar (País): …………….……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. Curso / Nombre actividad: …………………………………………………………………………………………………………........................................................................................................................................................ ………………………………………………………………………………………………………….…………………………………………………...………………………………………………………… Organismo: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………... …………………………………………………………………………………………………………… Fecha: ............/………./…………. Nro. Horas: ………………………………. Lugar (País): …………….……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. Curso / Nombre actividad: …………………………………………………………………………………………………………........................................................................................................................................................ ……………………………………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………………………………. Organismo: …………………………………………………………………………………………………………………………………………............................................................................................................. …………………………………………………………………………………………………………… Fecha: ............/………./…………. Nro. Horas: ………………………………. Lugar (País): …………….……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. Curso / Nombre actividad: .................................................................................................................................................... ………………………………………………………………………………………………………….…………………………………………………..…………………………………………………………..……………………………………………………………………………………………………………. Organismo: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………… Fecha: ............/………./…………. Nro. Horas: ………………………………. Lugar (País): …………….…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 557/MDSGC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 208

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Curso / Nombre actividad: .................................................................................................................................................... ………………………………………………………………………………………………………….…………………………………………………..…………………………………………………………..……………………………………………………………………………………………………………. Organismo: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………… Fecha: ............/………./…………. Nro. Horas: ………………………………. Lugar (País): …………….……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. Curso / Nombre actividad: .................................................................................................................................................... ………………………………………………………………………………………………………….…………………………………………………..…………………………………………………………..……………………………………………………………………………………………………………. Organismo: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………… Fecha: ............/………./…………. Nro. Horas: ………………………………. Lugar (País): …………….……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. Curso / Nombre actividad: .................................................................................................................................................... ………………………………………………………………………………………………………….…………………………………………………..…………………………………………………………..……………………………………………………………………………………………………………. Organismo: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………… Fecha: ............/………./…………. Nro. Horas: ………………………………. Lugar (País): …………….……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. Curso / Nombre actividad: .................................................................................................................................................... ………………………………………………………………………………………………………….…………………………………………………..…………………………………………………………..……………………………………………………………………………………………………………. Organismo: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………… Fecha: ............/………./…………. Nro. Horas: ………………………………. Lugar (País): …………….………………………………………………………………………………………………

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 557/MDSGC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 209

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…………………………………………………………………………………………………………….

Curso / Nombre actividad: .................................................................................................................................................... ………………………………………………………………………………………………………….…………………………………………………..…………………………………………………………..……………………………………………………………………………………………………………. Organismo: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………… Fecha: ............/………./…………. Nro. Horas: ………………………………. Lugar (País): …………….……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. Curso / Nombre actividad: …………………………………………………………………………………………………………........................................................................................................................................................ ………………………………………………………………………………………………………….………………………………………………….…………………………………………………………… Organismo: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………… Fecha: ............/………./…………. Nro. Horas: ………………………………. Lugar (País): …………….…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….

5. DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA / DEBERÁ PRESENTAR ORIGINAL Y 2 COPIAS (Reservado para completar por la oficina receptora)

Datos Personales

Documento de Identidad (1º y 2º hoja) original y 2 (dos) copias 1

Educación

Títulos de Posgrado (Original y 2 (dos) copias) 1 2 3

Títulos Universitarios (Original y 2 (dos) copias) 1 2 3

Títulos de Estudios Terciarios (Original y 2 (dos) copias) 1 2 3

Certificados de programas aprobados en el Instituto Superior de la Carrera con una carga horaria igual o superior a las veinte (20) hs o de cursos, congresos y/o jornadas en instituciones de reconocido prestigio (Original y 2 (dos) copias)

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 557/MDSGC/15 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 210

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Yo, el abajo firmante, declaro bajo juramento, haber completado con información verídica y comprobable el presente formulario. Declaro conocer que todo el contenido del presente reviste el carácter de declaración jurada y que cualquier falsedad dará lugar a la exclusión del proceso de selección cualquiera sea la instancia en la cual se encuentre. Declaro que he presentado, junto con el presente, los documentos originales y dos juegos de copias de la documentación detallada en el punto 5, una de las cuales fue intervenida por la autoridad administrativa de acuerdo a las previsiones contenidas en el Anexo a la Resolución Conjunta N° 1685/MMGC-MDSGC/14 y entregada a esta parte como constancia de recepción de mi inscripción al proceso convocado por Res N°_______/MDSGC/15. Declaro conocer y aceptar las condiciones establecidas para el presente proceso de selección. Buenos Aires,……./……./ 2015 Hora: Nº de fojas:

Concurso al que se postula: Nombre y Apellido del aspirante: ………..…………………………………………………………………………………………….. DNI: ……………………………………………………………………………………………..... Firma del aspirante: …………………………………………….. Documentación recibida por: ………….………………………………. Firma del receptor de la documentación: …………………………….

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 557/MDSGC/15 (continuación)

FIN DEL ANEXO

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 211

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Planilla N° 1.a Anexa al Art. 1°

ADMINISTRACION DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

CALCULO DE RECURSOS - CLASIFICACION POR RUBROS

(En Pesos)

RUBRO IMPORTE

TOTAL DE RECURSOS 3.771.727.000

Ingresos Tributarios 3.429.578.000

Sobre el Patrimonio 1.841.504.000 Inmuebles 1.382.955.000 Vehículos 458.549.000 Sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones 814.591.000

Contribucion a cargo de las Cias. de Electricidad 57.000.000 Sellos 543.589.000 Impuesto sobre los Ingresos Brutos. 214.002.000

Otros Tributos Locales 144.176.000

Contribución por publicidad 102.315.000 Grandes Generadores de Residuos Húmedos y Aridos 41.861.000 Tributos de Jurisdicción Nacional 629.307.000 Coparticipación Federal de Impuestos 629.307.000

Ingresos No Tributarios 327.749.000

Tasas 6.000.000 Servicios de f iscalizacion, habilitacion o certif icacion 6.000.000 Inspeccion, registro y f iscalizacion de instalaciones 5.000.000 Tasa de Justicia 1.000.000 Derechos 8.800.000 Derechos de Timbre 5.500.000 Derechos de Timbre D.G. Interpretación Urbanística 5.500.000 Concesiones 3.300.000 Otras Concesiones 3.300.000

Multas 165.749.000 Multas del Tesoro 165.749.000 Multas por infracciones varias. 165.749.000

Otros Ingresos No Tributarios 147.200.000

Especif icados 121.200.000 Afectaciones y devoluciones 14.000.000 Diferencia de Cambio 99.200.000 Comisiones BCBA - Convenio pago haberes 8.000.000 No Especif icados 26.000.000 Ingresos no especif icados 26.000.000

Transferencias Corrientes 9.000.000

Del Sector Priv ado 9.000.000 De empresas privadas 9.000.000 ART - Indemnizaciones art.13 Ley N° 24.557 9.000.000

Recursos Propios de Capital 5.400.000

Venta de Activ os 5.400.000 Venta de edif icios e instalaciones. 5.400.000 Venta de Inmuebles - Subasta DGAB 5.400.000

ANEXOS - LEY N° 5349

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 212

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Planilla N° 1.b

Anexa al Art. 1°

ADMINISTRACION DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES CALCULO DE RECURSOS - CLASIFICACION POR CARÁCTER ECONOMICO Y RUBROS

(En Pesos)

RUBRO IMPORTE

TOTAL FUENTES FINANCIERAS 329.000.000

Disminución de la Inversión Financiera 329.000.000 Disminución de Otros Activos Financieros 329.000.000

Disminución de Otras Inversiones Financieras 329.000.000 Disminución Inversión Financiera - Devolución AUSA 329.000.000

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 213

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PLANILLA 1.2.a Complementaria Anexa al Art. 1°

CALCULO DE RECURSOS (En Pesos)

Denominación Aumento

SOBRE EL PATRIMONIIO

INMUEBLES

VEHICULOS

PRODUCCION,CONSUMO Y TRANSACCIONES

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS 6.500.000

TRIBUTOS DE JURISDICCION NACIONAL

COPARTICIPACION FEDERAL 2.000.000

OTROS TRIBUTOS LOCALES

CONTRIBUCION POR PUBLICIDAD 1.500.000

INGRESOS NO TRIBUTARIOS

TASAS

DERECHOS

ALQUILERES

MULTAS 2.000.000

OTROS NO TRIBUTARIOS

VENTA DE BIENES Y SERVICIOS

VENTA DE SERVICIOS

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

DEL SECTOR PRIVADO

DEL GOBIERNO E INSTITUCIONES NACIONALES

DEL SECTOR EXTERNO

TOTAL 12.000.000

FIN DEL ANEXO

ANEXOS - LEY N° 5349 (continuación)

N° 4711 - 31/8/2015 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 216