Anexo-1 Especificaciones Tecnicas

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1 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m. LICITACION PUBLICA CNSC - LP- 004 DE 2014 ANEXO N° 1 ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS PRESENTACIÓN La CNSC, creada por la Constitución Política de Colombia y conformada por la Ley 909 de 2004, es un organismo autónomo de carácter permanente de nivel nacional, independiente de las ramas y órganos del poder público, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio. El artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas y que el ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Por su parte, el artículo 130 de la Constitución Política dispone: “ Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial”. Así mismo, el numeral 1° del artículo 4º de la Ley 909 de 2004 y la Sentencia C1230 de 2005 proferida por la Corte Constitucional, determinan que la CNSC es el organismo encargado de la administración y vigilancia del Sistema General de Carrera Administrativa, de los sistemas específicos de carrera administrativa y aquellos denominados especiales de carácter legal, con excepción de los denominados especiales de origen constitucional. De acuerdo con lo señalado por el literal i) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004, el art. 30 concordante de la misma norma y el Decreto Ley 760 de 2005 artículo 3°, la CNSC tiene como función, entre otras, efectuar las convocatorias a concurso, para el ingreso a empleos públicos de carrera, de acuerdo con los términos que establezcan la ley y el reglamento. En este orden de ideas, el artículo 3° del Decreto Ley 760 de 2005, en concordancia con el artículo 30 de la Ley 909 de 2004, establece que los concursos o procesos de selección serán adelantados por la CNSC, a través de contratos o convenios interadministrativos, suscritos con universidades públicas o privadas, instituciones universitarias o instituciones de educación superior, acreditados para tal fin.

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LICITACION PUBLICA CNSC - LP- 004 DE 2014 ANEXO N° 1

ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS PRESENTACIÓN La CNSC, creada por la Constitución Política de Colombia y conformada por la Ley 909 de 2004, es un organismo autónomo de carácter permanente de nivel nacional, independiente de las ramas y órganos del poder público, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio. El artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas y que el ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes. Por su parte, el artículo 130 de la Constitución Política dispone: “Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial”. Así mismo, el numeral 1° del artículo 4º de la Ley 909 de 2004 y la Sentencia C–1230 de 2005 proferida por la Corte Constitucional, determinan que la CNSC es el organismo encargado de la administración y vigilancia del Sistema General de Carrera Administrativa, de los sistemas específicos de carrera administrativa y aquellos denominados especiales de carácter legal, con excepción de los denominados especiales de origen constitucional. De acuerdo con lo señalado por el literal i) del artículo 11 de la Ley 909 de 2004, el art. 30 concordante de la misma norma y el Decreto Ley 760 de 2005 artículo 3°, la CNSC tiene como función, entre otras, efectuar las convocatorias a concurso, para el ingreso a empleos públicos de carrera, de acuerdo con los términos que establezcan la ley y el reglamento. En este orden de ideas, el artículo 3° del Decreto Ley 760 de 2005, en concordancia con el artículo 30 de la Ley 909 de 2004, establece que los concursos o procesos de selección serán adelantados por la CNSC, a través de contratos o convenios interadministrativos, suscritos con universidades públicas o privadas, instituciones universitarias o instituciones de educación superior, acreditados para tal fin.

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Retomando la jurisprudencia de la sentencia C-1230 de 2005, la Corte Constitucional mediante sentencia C-175 de 2006, declaró exequible la expresión “El que regula el personal docente” del numeral 2 del artículo 3º de la Ley 909 de 2004, en el entendido de que la administración y vigilancia del Sistema Especial de Carrera que regula el personal docente, por ser de origen legal, corresponde a la CNSC y en consecuencia responsable y competente para desarrollar el concurso para el ingreso a los empleos públicos de carrera docente. El artículo 19 de la Ley 909 de 2004 define el empleo público como el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado. Con esta definición se introdujo en la administración pública el concepto de Competencia, como herramienta para la gestión de su recurso humano y se adoptó el concepto de Competencia Laboral (Decreto 2539/05) en la que se conjugan entre otros elementos, uno funcional y otro comportamental. El Decreto Ley 1278 de 2002, que establece el Estatuto de Profesionalización Docente que entre otras cosas, regula las relaciones del Estado con los educadores a su servicio, garantizando que la docencia sea ejercida por educadores idóneos, partiendo del reconocimiento de su formación, experiencia, desempeño y competencias como los atributos esenciales que orientan el ingreso, permanencia, ascenso y retiro del servidor docente y buscando con ello una educación con calidad y un desarrollo y crecimiento profesional de los docentes. El concurso para el ingreso al servicio educativo estatal es el proceso mediante el cual, a través de la evaluación de aptitudes, experiencia, competencias básicas, relaciones interpersonales y condiciones de personalidad de los aspirantes a ocupar cargos en la carrera docente, se determina su inclusión en el listado de elegibles y se fija su ubicación en el mismo1. El presente anexo contiene referencias y requerimientos técnicos para el desarrollo del objeto contractual, en lo que respecta al desarrollo de la fundamentación teórica de cada uno de los instrumentos a elaborar por parte del oferente, así como las especificaciones técnicas para cada una de las pruebas, buscando que quien las desarrolle, lo haga dentro de los estándares que prescriben lo que se considera una buena práctica en el ámbito del desarrollo y uso de instrumentos de evaluación.

1 Decreto Ley 1278 de 2002, Estatuto de Profesionalización Docente, artículo 8.

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De aquí, que es necesario desarrollar un marco referencial que fundamente por una parte, el diseño de cada prueba a partir de un marco conceptual, y por otra, las especificaciones técnicas de las Pruebas, considerando los lineamientos esbozados en el presente documento, bajo el enfoque de competencias. En consecuencia, el marco de referencia se constituirá en el eje orientador del desarrollo, de las etapas que hacen parte del proceso del concurso de selección por mérito para los empleos de Docentes y Directivos Docentes.

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ASPECTOS GENERALES DEL CONTRATO A CELEBRAR

I. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR

Desarrollar la etapa de verificación de requisitos mínimos, pruebas de valoración de antecedentes y entrevista y consolidación de la información, a los aspirantes habilitados en el marco de las Convocatorias 136 a 249 de 2012, 253 y 254 de 2013, dentro del proceso de selección para la provisión de empleos vacantes del sistema específico de carrera docente en instituciones educativas que atienden población mayoritaria, afrocolombiana negra, raizal y palenquera.

II. POBLACIÓN A EVALUAR Rector y Director Rural Tienen la responsabilidad de dirigir técnica, pedagógica y administrativamente la labor de un establecimiento educativo. Es una función de carácter profesional que, sobre la base de una formación y experiencia específica, se ocupa de lo atinente a la planeación, dirección, orientación, programación, administración y supervisión de la educación dentro de una institución, de sus relaciones con el entorno y los padres de familia, y que conlleva responsabilidad directa sobre el personal docente, directivo docente a su cargo, administrativo y respecto de los alumnos. Además cumple las funciones señaladas en el artículo 10 de la Ley 715 de 2001 y en las demás disposiciones legales sobre la materia. Coordinador Auxilia y colabora con el Rector en las labores propias de su cargo y en las funciones de

disciplina de los alumnos o en funciones académicas o curriculares no lectivas. Docentes Los docentes son las personas que desarrollan labores académicas directa y personalmente con los alumnos de los establecimientos educativos en su proceso enseñanza aprendizaje. Estos también son responsables de las actividades curriculares no lectivas complementarias de la función docente de aula, entendidas como administración del proceso educativo, preparación de su tarea académica, investigación de asuntos pedagógicos, evaluación, calificación, planeación, disciplina y formación de los alumnos, reuniones de profesores, dirección de grupo, actividades formativas, culturales y deportivas, atención a los padres de familia y acudientes,

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servicio de orientación estudiantil y actividades vinculadas con organismos o instituciones del sector que incidan directa o indirectamente en la educación. Docentes Orientadores. Los Docentes Orientadores son los responsables de desarrollar labores profesionales que, en el marco del Proyecto Educativo Institucional, corresponden al diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación de acciones de orientación estudiantil tendientes a favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando, dar acceso a la cultura, al logro del conocimiento científico y técnico y a la formación de valores éticos, estéticos, morales, ciudadanos y de respeto de la diversidad, y las diferencias, que le faciliten la realización de una actividad útil para el desarrollo humano y socioeconómico del país. También corresponde a los Docentes Orientadores cumplir funciones tendientes a favorecer el desarrollo equilibrado y armónico de las habilidades de los educandos, para la toma de decisiones, la adquisición de criterios, el trabajo en equipo, la administración eficiente del tiempo, la asunción de responsabilidades, la solución de conflictos y problemas y las habilidades para la comunicación, la negociación y la participación. Son igualmente responsables de las actividades curriculares no lectivas complementarias, entendidas como la atención a la comunidad, en especial de los padres de familia y acudientes de los educandos, actividades de actualización y perfeccionamiento pedagógico, investigación de asuntos pedagógicos, reuniones de profesores, otras actividades educativas, formativas, culturales y deportivas, dentro del marco del proyecto educativo institucional de los establecimientos educativos, así como actividades vinculadas con organismos o instituciones del sector que incidan directa o indirectamente en la educación. Todo lo anterior en el marco de la función docente definida en el artículo 9 de los Acuerdos de los Concursos.

III. INFORMACIÓN GENERAL. La CNSC dio apertura a las convocatorias Docentes y Directivos Docentes 2013, mediante los Acuerdos No. 180 al 264 de 2012 población mayoritaria; los modificatorios del No. 305 al 389 de 2013; además del No 419 de 2013, modificado por el No. 424 de 2013. Para la población afrodescendiente negra, raizal y palenquera los Acuerdos No. 265 a 293 de 2012 y 420 de 2013, los modificatorios No. 390 a 418 de 2013.

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La Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, a través del Despacho del Comisionado José Elias Acosta Rosero, estructuró la segunda fase de las Convocatorias para proveer 24.250 empleos vacantes de docentes y directivos docentes de instituciones educativas oficiales que atienden población mayoritaria y afrocolombiana negra, raizal y palenquera de las entidades territoriales certificadas; fase que comprende la etapa de verificación de requisitos mínimos y las pruebas de valoración de antecedentes y entrevista.

El concurso docente está dirigido a cada una de las Secretarías de Educación territoriales certificadas de los Departamentos, Distritos Municipales y Municipios certificados, que no cuentan con listas de elegibles vigentes en los niveles, ciclos o áreas y de conformidad con las vacantes definitivas que han reportado oficialmente a la Comisión Nacional del Servicio Civil. La estructura del proceso es la siguiente:

1. Divulgación de la convocatoria 2. Inscripción, publicación del listado de inscritos y citación a pruebas de

aptitudes y competencias básicas y la psicotécnica. 3. Aplicación de las pruebas de aptitudes, competencias básicas y la

psicotécnica. 4. Publicación de resultados de las pruebas de aptitudes y competencias básicas

y psicotécnica. 5. Recepción de documentos, verificación de requisitos. 6. Valoración de antecedentes y entrevista. 7. Publicación de resultados de la valoración de antecedentes y entrevista. 8. Conformación y publicación de listas de elegibles. 9. Audiencia pública de escogencia de plaza en establecimiento educativo en el

que se desempeñará el docente o directivo docente seleccionado. 10. Periodo de prueba: Nombramiento y evaluación.

CARÁCTER Y PONDERACIÓN: Las pruebas que se aplican en este proceso de selección para población mayoritaria, se regirán por los siguientes parámetros:

Prueba Carácter Calificación Aprobatoria

Valor en el Concurso Responsable de aplicación y calificación

Para Docentes de Aula y Orientadores

Para Directivos Docentes

Valoración de antecedentes (verificación del cumplimiento de

Clasificatoria N/A 20% 30% CNSC o delegado

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Prueba Carácter Calificación Aprobatoria

Valor en el Concurso Responsable de aplicación y calificación

Para Docentes de Aula y Orientadores

Para Directivos Docentes

requisitos mínimos para el empleo* y valoración de antecedentes)

Entrevista Clasificatoria N/A 15% 15% CNSC o delegado

N/A: No Aplica.

Para etnoeducadores afrocolombianos se regirán por los siguientes parámetros:

Prueba Carácter Calificación aprobatoria

Valor % en el Concurso

Responsable de aplicación y calificación

Para Directivos Docentes

Para Docentes de

Aula y Orientadores

Prueba Integral Etnoeducativa(Competencias Básicas y Específicas y Saberes Etnoeducativos de los Pueblos)

Eliminatoria y Clasificatoria

60/100 para docentes y 70/100 para directivos docentes

55% 60% ICFES

Prueba de análisis de antecedentes (incluye componente etnoeducativo)*/

Clasificatoria NA 30% 25% CNSC o delegado

Entrevista y proyecto etnoeducativo

Clasificatoria NA 15% 15% CNSC o delegado

Estado actual de la convocatoria. En virtud del inciso segundo del artículo 3° del Decreto Ley 760 de 2005, la CNSC suscribió el Contrato Interadministrativo No. 165 de 2013, en “el cual el ICFES se compromete para con la CNSC, a adelantar las acciones y operaciones requeridas para el registro, citación, impresión, empaque, distribución, aplicación, procesamiento, publicación de resultados y atención de las reclamaciones, del servicio contratado, en el marco del concurso abierto de méritos adelantado por la CNSC para proveer los empleos vacantes de directivos docentes y docentes de preescolar, básica y media y orientadores, en establecimientos educativos oficiales que prestan servicio a población mayoritaria, y los empleos vacantes de etnoeducadores directivos docentes y docentes que prestan sus servicio a población afrocolombiana negra, raizal y palenquera en establecimientos educativos oficiales”.

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Como resultado de la ejecución de la primera fase que comprendió las actividades de divulgación de la convocatoria; inscripción, publicación del listado de inscritos y citación a pruebas escritas; aplicación de las pruebas de aptitudes, competencias básicas y la psicotécnica o prueba integral etnoeducativa, de acuerdo al tipo de población a atender, y publicación de los resultados, el número de aspirantes por entidad territorial habilitados para continuar en la segunda fase se discrimina así:

Con el fin de continuar con el proceso de selección la segunda fase comprende la

etapa de Verificación de Requisitos Mínimos y las dos (2) pruebas finales del proceso

de selección: Análisis de Antecedentes y la Entrevista, se pretende contratar con

universidades o instituciones de educación superior, idóneas en la materia que

garanticen eficiencia y efectividad, oportunidad y transparencia en el desarrollo del

proceso, en virtud de lo dispuesto en los artículos 30 de la Ley 909 de 2004, 11 del

Decreto 1227 de 2005, 3 del Decreto Ley 760 de 2005, en consonancia con lo

previsto en el numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, y en el Decreto 1510

de 2013, donde se establece que los concursos o procesos de selección serán

adelantados por la Comisión Nacional del Servicio Civil, a través de contratos o

convenios interadministrativos, suscritos con universidades públicas o privadas,

instituciones universitarias o instituciones de educación superior, acreditadas para tal

fin.

En sesión de Sala Plena de la CNSC celebrada el 27 de febrero de 2014, según

consta en el acta 018 se aprobó el trámite contractual para la contratación de la(s)

universidad(es) o institución(es) de educación superior, acreditadas por la CNSC

para desarrollar de manera integral los procesos de verificación de requisitos

mínimos, valoración de antecedentes y entrevista a los aspirantes de las

Convocatorias 136 a 249 de 2012, 253 y 254 de 2013 para la provisión de empleos

vacantes del sistema de especial de carrera administrativa de directivos docentes y

docentes, en instituciones educativas que atienden población mayoritaria,

afrocolombiana negra, raizal y palenquera. Para efectos de lo anterior, se estructuró

la planeación de la ejecución del proceso, soportada en la distribución de las

entidades territoriales certificadas que conforman la oferta publica, en 5 macro

regiones que reúnen en total 55.461 aspirantes habilitados de los cuales 49.043

corresponden a población mayoritaria y 6.418 a población Afrocolombiana negra,

raizal y palenquera que se especifican a continuación: MACRO REGIÓN 1

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Cuadro No 1

ENTIDAD TERRITORIAL POBLACIÓN

DIRECTIVOS DOCENTES DOCENTES TOTAL

VACANTES TOTAL

INSCRITOS VACANTES INSCRITOS VACANTES INSCRITOS

DISTRITO DE BUENAVENTURA AFROS 37 114 325 965 362 1079

MUNICIPIO DE CARTAGO AFROS 0 0 4 2 4 2

MAYORITARIOS 7 16 44 96 51 112

GOBERNACIÓN DEL CAUCA AFROS 32 90 473 1163 505 1253

MAYORITARIOS 48 44 319 847 367 891

MUNICIPIO DE GUADALAJARA DE BUGA

AFROS 0 0 1 6 1 6

MAYORITARIOS 3 16 32 71 35 87

MUNICIPIO DE IBAGUÉ MAYORITARIOS 20 177 34 349 54 526

MUNICIPIO DE IPIALES MAYORITARIOS 8 18 44 143 52 161

MUNICIPIO DE JAMUNDI AFROS 15 58 54 174 69 232

GOBERNACIÓN DE NARIÑO AFROS 23 46 539 478 562 524

MAYORITARIOS 31 50 82 238 113 288

MUNICIPIO DE PALMIRA AFROS 0 0 17 43 17 43

MAYORITARIOS 5 39 69 276 74 315

MUNICIPIO DE POPAYÁN MAYORITARIOS 20 76 31 410 51 486

GOBERNACIÓN DEL PUTUMAYO AFROS 0 0 17 18 17 18

MAYORITARIOS 33 27 394 234 427 261

MUNICIPIO DE SAN JUAN DE PASTO

MAYORITARIOS 6 59 42 656 48 715

MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI

AFROS 4 12 46 146 50 158

MAYORITARIOS 56 238 71 1030 127 1268

GOBERNACIÓN DEL TOLIMA MAYORITARIOS 75 91 940 1174 1015 1265

MUNICIPIO DE TULUÁ AFROS 0 0 12 8 12 8

MAYORITARIOS 10 24 116 266 126 290

MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS DE TUMACO

AFROS 88 194 972 1365 1060 1559

GOBERNACIÓN DE VALLE DEL CAUCA

AFROS 0 0 33 71 33 71

MAYORITARIOS 65 132 243 787 308 919

TOTALES 586 1521 4954 11016 5540 12537

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MACRO REGIÓN 2 Cuadro No 2

ENTIDAD TERRITORIAL POBLACIÓN DIRECTIVOS DOCENTES DOCENTES TOTAL

VACANTES TOTAL INSCRITOS VACANTES INSCRITOS VACANTES INSCRITOS

GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA AFROS 8 16 252 378 260 394

MAYORITARIOS 195 322 3011 3543 3206 3865

MUNICIPIO DE APARTADÓ AFROS 0 1 7 1 7

MAYORITARIOS 20 12 136 49 156 61

MUNICIPIO DE ARMENIA MAYORITARIOS 10 67 77 377 87 444

MUNICIPIO DE BELLO MAYORITARIOS 28 44 177 294 205 338

GOBERNACIÓN DE CALDAS AFROS 1 5 36 57 37 62

MAYORITARIOS 56 85 277 576 333 661

GOBERNACIÓN DE CHOCÓ AFROS 19 71 361 835 380 906

MUNICIPIO DE DOSQUEBRADAS

MAYORITARIOS 8 43 77 335 85 378

MUNICIPIO DE ENVIGADO MAYORITARIOS 6 26 42 65 48 91

MUNICIPIO DE ITAGUI MAYORITARIOS 19 26 105 148 124 174

MUNICIPIO DE MANIZALES MAYORITARIOS 8 48 119 643 127 691

MUNICIPIO DE MEDELLÍN MAYORITARIOS 39 217 589 2377 628 2594

MUNICIPIO DE PEREIRA AFROS 0 0 5 11 5 11

MAYORITARIOS 9 45 55 340 64 385

GOBERNACIÓN DEL QUINDÍO MAYORITARIOS 16 55 32 101 48 156

MUNICIPIO DE QUIBDÓ AFROS 9 35 100 344 109 379

MUNICIPIO DE RIONEGRO MAYORITARIOS 3 6 41 40 44 46

GOBERNACIÓN DE RISARALDA AFROS 3 8 7 22 10 30

MAYORITARIOS 23 35 136 238 159 273

MUNICIPIO DE SABANETA MAYORITARIOS 0 0 3 1 3 1

MUNICIPIO DE TURBO MAYORITARIOS 19 9 263 32 282 41

TOTALES 499 1175 5902 10813 6401 11988

MACRO REGIÓN 3 Cuadro No 3

ENTIDAD TERRITORIAL POBLACIÓN DIRECTIVOS DOCENTES DOCENTES TOTAL

VACANTES TOTAL INSCRITOS VACANTES INSCRITOS VACANTES INSCRITOS

GOBERNACIÓN DE ARAUCA MAYORITARIOS 36 25 188 121 224 146

MUNICIPIO DE MAYORITARIOS 9 32 87 142 96 174

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ENTIDAD TERRITORIAL POBLACIÓN DIRECTIVOS DOCENTES DOCENTES TOTAL

VACANTES TOTAL INSCRITOS VACANTES INSCRITOS VACANTES INSCRITOS

BARRANCABERMEJA

GOBERNACIÓN DE BOYACÁ MAYORITARIOS 105 336 527 1080 632 1416

MUNICIPIO DE BUCARAMANGA MAYORITARIOS 11 131 194 1319 205 1450

GOBERNACIÓN DE CASANARE MAYORITARIOS 42 37 534 205 576 242

MUNICIPIO DE DUITAMA MAYORITARIOS 2 28 36 210 38 238

GOBERNACIÓN DEL META MAYORITARIOS 52 59 907 412 959 471

GOBERNACIÓN DE NORTE DE SANTANDER

MAYORITARIOS 18 40 127 472 145 512

MUNICIPIO DE PIEDECUESTA MAYORITARIOS 4 16 2 8 6 24

MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA

MAYORITARIOS 27 124 54 293 81 417

MUNICIPIO DE SAN JUAN DE GIRÓN

MAYORITARIOS 2 4 17 24 19 28

GOBERNACIÓN DE SANTANDER MAYORITARIOS 43 141 556 1135 599 1276

MUNICIPIO DE SOGAMOSO MAYORITARIOS 1 6 13 49 14 55

MUNICIPIO DE TUNJA MAYORITARIOS 3 27 77 381 80 408

MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO MAYORITARIOS 57 166 408 662 465 828

MUNICIPIO DE YOPAL MAYORITARIOS 8 18 93 98 101 116

MUNICIPIO DE FLORIDABLANCA MAYORITARIOS 3 21 2 14 5 35

TOTALES 423 1211 3822 6625 4245 7836

MACRO REGIÓN 4

Cuadro No 4

ENTIDAD TERRITORIAL POBLACIÓN DIRECTIVOS DOCENTES DOCENTES TOTAL

VACANTES TOTAL INSCRITOS VACANTES INSCRITOS VACANTES INSCRITOS

GOBERNACIÓN DE AMAZONAS MAYORITARIOS 10 7 18 16 28 23

DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ MAYORITARIOS 70 932 1051 8814 1121 9746

GOBERNACIÓN DE CAQUETÁ MAYORITARIOS 63 33 744 241 807 274

MUNICIPIO DE CHÍA MAYORITARIOS 1 6 29 106 30 112

GOBERNACIÓN DE CUNDINAMARCA

MAYORITARIOS 20 93 698 1847 718 1940

MUNICIPIO DE FACATATIVÁ MAYORITARIOS 2 11 22 32 24 43

MUNICIPIO DE FLORENCIA MAYORITARIOS 9 33 57 99 66 132

MUNICIPIO DE FUSAGASUGÁ MAYORITARIOS 1 5 13 49 14 54

MUNICIPIO DE GIRARDOT MAYORITARIOS 0 0 15 40 15 40

GOBERNACIÓN DEL GUAINÍA MAYORITARIOS 3 0 44 10 47 10

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Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

ENTIDAD TERRITORIAL POBLACIÓN DIRECTIVOS DOCENTES DOCENTES TOTAL

VACANTES TOTAL INSCRITOS VACANTES INSCRITOS VACANTES INSCRITOS

GOBERNACIÓN DEL GUAVIARE MAYORITARIOS 21 15 116 17 137 32

GOBERNACIÓN DEL HUILA MAYORITARIOS 49 94 801 1111 850 1205

MUNICIPIO DE MOSQUERA MAYORITARIOS 3 19 37 71 40 90

MUNICIPIO DE NEIVA MAYORITARIOS 6 27 119 368 125 395

MUNICIPIO DE PITALITO MAYORITARIOS 1 8 137 203 138 211

MUNICIPIO DE SOACHA MAYORITARIOS 5 12 119 156 124 168

GOBERNACIÓN DEL VICHADA MAYORITARIOS 14 2 99 5 113 7

MUNICIPIO DE ZIPAQUIRÁ MAYORITARIOS 1 9 24 51 25 60

TOTALES 279 1306 4143 13236 4422 14542

MACRO REGIÓN 5

Cuadro No 5

ENTIDAD TERRITORIAL POBLACIÓN DIRECTIVOS DOCENTES DOCENTES TOTAL

VACANTES TOTAL INSCRITOS VACANTES INSCRITOS VACANTES INSCRITOS

GOBERNACIÓN DEL ATLÁNTICO AFROS 1 2 12 18 13 20

MAYORITARIOS 57 104 199 790 256 894

DISTRITO DE BARRANQUILLA AFROS 2 10 5 23 7 33

MAYORITARIOS 8 82 106 797 114 879

GOBERNACIÓN DE BOLÍVAR AFROS 0 0 8 10 8 10

MAYORITARIOS 73 40 323 297 396 337

DISTRITO DE CARTAGENA AFROS 14 39 222 564 236 603

MAYORITARIOS 20 145 59 400 79 545

GOBERNACIÓN DEL CESAR AFROS 5 11 37 80 42 91

MAYORITARIOS 38 29 270 294 308 323

MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAYORITARIOS 21 13 77 146 98 159

GOBERNACIÓN DE CÓRDOBA AFROS 12 44 69 134 81 178

MAYORITARIOS 45 112 133 390 178 502

GOBERNACIÓN DE LA GUAJIRA MAYORITARIOS 26 20 267 233 293 253

MUNICIPIO DE MAGANGUÉ MAYORITARIOS 3 6 24 19 27 25

GOBERNACIÓN DEL MAGDALENA

AFROS 14 37 31 70 45 107

MAYORITARIOS 59 47 128 153 187 200

MUNICIPIO DE MAICAO MAYORITARIOS 5 12 77 31 82 43

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ENTIDAD TERRITORIAL POBLACIÓN DIRECTIVOS DOCENTES DOCENTES TOTAL

VACANTES TOTAL INSCRITOS VACANTES INSCRITOS VACANTES INSCRITOS

MUNICIPIO DE MALAMBO MAYORITARIOS 13 11 53 50 66 61

MUNICIPIO DE MONTERIA MAYORITARIOS 21 130 234 952 255 1082

MUNICIPIO DE RIOHACHA MAYORITARIOS 10 8 67 42 77 50

MUNICIPIO DE SAHAGÚN MAYORITARIOS 2 6 35 150 37 156

MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE LORÍCA

AFROS 0 0 1

1 0

MAYORITARIOS 8 24 45 36 53 60

DISTRITO TURÍSTICO, CULTURAL E HISTORICO DE SANTA MARTA

MAYORITARIOS 7 52 48 334 55 386

GOBERNACIÓN ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA

AFROS 7 30 68 143 75 173

MUNICIPIO DE SINCELEJO MAYORITARIOS 4 39 21 146 25 185

MUNICIPIO DE SOLEDAD MAYORITARIOS 17 46 90 189 107 235

GOBERNACIÓN DE SUCRE AFROS 6 27 63 157 69 184

MAYORITARIOS 31 52 186 335 217 387

MUNICIPIO DE VALLEDUPAR AFROS 1 2 53 104 54 106

MAYORITARIOS 4 25 97 266 101 291

TOTALES 534 1205 3108 7353 3642 8558

Con base en el análisis de datos históricos de las Convocatorias Directivos Docentes y Docentes, adelantadas por la CNSC, el siguiente es el estimado de aspirantes que se espera atender en el Concurso Público Abierto de Méritos:

Cuadro No 6

Población Número de aspirantes

Estimado de aspirantes que

enviarán documentos para

verificación de requisitos mínimos y

para valoración de antecedentes

Estimado de aspirantes a los que se les aplicará prueba de

valoración de antecedentes

Estimado de aspirantes a los

que se les aplicará prueba de entrevista

MACROREGIÓN 1

AFROS 4.953 4.359 4.272 4.272

MAYORITARIA 7.584 6.674 6.541 6.541

Total Macro región 1 12.537 11.033 10.813 10.813

MACROREGIÓN AFROS 1.789 1.574 1.543 1.543

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Población Número de aspirantes

Estimado de aspirantes que

enviarán documentos para

verificación de requisitos mínimos y

para valoración de antecedentes

Estimado de aspirantes a los que se les aplicará prueba de

valoración de antecedentes

Estimado de aspirantes a los

que se les aplicará prueba de entrevista

2 MAYORITARIA 10.199 8.975 8.796 8.796

Total Macro región 2 11.988 10.549 10.339 10.339

MACROREGIÓN 3

AFROS 0 0 0 0

MAYORITARIA 7.836 6.896 6.758 6.758

Total Macro región 3 7.836 6.896 6.758 6.758

MACROREGIÓN 4

AFROS 0 0 0 0

MAYORITARIA 14.542 12.797 12.541 12.541

Total Macro región 4 14.542 12.797 12.541 12.541

MACROREGIÓN 5

AFROS 1.505 1.324 1.298 1.298

MAYORITARIA 7.053 6.207 6.083 6.083

Total Macro región 5 8.558 7.531 7.381 7.381

IV. ALCANCE DEL OBJETO DEL CONTRATO

A continuación se describen las actividades que El(os) contratista(s) debe adelantar:

1. Etapa de Verificación de Requisitos mínimos 2. Prueba de Valoración de Antecedentes 3. Prueba de Entrevista

1. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS Para la verificación de requisitos mínimos en los diferentes tipos de empleos de las Convocatorias No.136 a 249 de 2012 y 253 y 254 de 2014, la(s) Universidad(es) o Institución(es) de Educación Superior que realice(n) dicha actividad, deberá(n) sujetarse a lo dispuesto en el Capítulo IV de los Acuerdos No. 180 al 264 de 2012 población mayoritaria; los modificatorios del No. 305 al 389 de 2013; además del No 419 de 2013, modificado por el No. 424 de 2013. Para la población afrodescendiente negra, raizal y palenquera los Acuerdos Nos. 265 a 293 de 2012 y 420 de 2013, los modificatorios No. 390 a 418 de 2013.

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Se debe tener en cuenta que la verificación de requisitos mínimos se hará para todos los aspirantes habilitados que entreguen documentación, dentro de las fechas establecidas para ello y los resultados de esta verificación se publicarán en la página web de la Comisión y en la de la(s) universidad(es) o institución(es) de educación superior acreditadas ante la CNSC que sean contratadas para el proceso. Para adelantar esta etapa, los aspirantes que aprobaron las pruebas escritas entregarán al(os) oferente(s) que resulte(n) seleccionado(s) los documentos que soportan el cumplimiento de los requisitos mínimos para su verificación de cumplimiento y para la prueba de valoración de antecedentes. La CNSC entregará para el efecto la base datos de la información de los aspirantes inscritos, en consecuencia el(os) oferente(s) que resulte(n) seleccionado(s) contará(n) con los elementos necesarios para que al inicio de la ejecución del contrato realice la verificación inherente a esta etapa. Para la implementación del proceso descrito en los párrafos anteriores, se requiere la ejecución de las siguientes actividades, para lo cual la(s) Universidad(es), presentará(n) un documento técnico, en el cual incluya(n) una descripción sobre el procedimiento que adelantará(n) para cumplirlas en su totalidad, así: 1.1 Recepción de Documentación para Verificación de Requisitos Mínimos.

La entrega de documentación por parte de los aspirantes, será realizada preferiblemente por el aplicativo dispuesto por la(s) Universidad(es) o Institución(es) de Educación Superior Contratada(s), facilitado por la CNSC para este propósito. Sin embargo, también se podrá allegar dicha documentación por medio físico. La(s) Universidad(es) describirá(n) detalladamente los mecanismos a través de los cuales abordará(n) esta actividad de manera eficiente, para lo cual es indispensable que elabore(n) un documento técnico denominado “Guía de orientación para el cargue de documentos”, en la cual describirá(n) de manera detallada la forma en la que el aspirante debe ejecutar dicho proceso La(s) Universidad(es) deben garantizar y disponer de la plataforma tecnológica para recibir toda la información entregada por los aspirantes por intermedio del aplicativo dispuesto para tal fin o en medio físico, las cuales deberá la Universidad incorporar al aplicativo. La recepción de documentos vía correo electrónico, se hará en las fechas y lugares electrónicos establecidos por la CNSC, la cual se anunciará en un término no inferior a cinco (5) días a la fecha establecida para el inicio del período de recibo.

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Para los documentos en físico, se establecerán las fechas y lugares en dónde se recibirán los documentos. Se requiere disponer de un disco duro de 1 TB, con el objeto albergar la información entregada por los aspirantes, no obstante, la Universidad deberá garantizar capacidad suficiente en su plataforma que permita la recepción en medio electrónico del aplicativo, de los documentos aportados y la realización de la verificación de requisitos mínimos. Vencido el plazo de entrega de la documentación, la institución de educación superior contratada no podrá conceder prórroga alguna o recibir extemporáneamente los documentos. Las hojas de vida y sus soportes, recibidas en medio físico, serán SCANEADAS por la institución(es) contratada(s) e ingresadas en el aplicativo que se disponga para este fin. La administración, archivo y custodia de los expedientes que contienen la documentación de cada aspirante será responsabilidad de la(s) institución(es) de educación superior contratada(s), durante el término de ejecución de contrato y seis meses más. 1.2 Verificación de los Requisitos Mínimos de los Aspirantes Recibidos los documentos que forman parte de las hojas de vida de los aspirantes, la(s) Universidad(es) verificará(n) en cada una de ellas, si con los folios aportados por el aspirante, se evidencia y soporta el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para el desempeño del empleo en el cual está inscrito y conforme con los requisitos indicados en los Acuerdos correspondientes a ellos (Acuerdos modificatorios de 2013) La(s) Universidad(es) describirá(n) detalladamente los mecanismos y estrategias a través de los cuales abordará(n) esta actividad de manera eficiente, para lo cual es indispensable que realice(n) un documento técnico denominado “protocolo para la verificación de requisitos mínimos”, en el cual incluirá los criterios técnicos que se usarán para la mencionada verificación. Así mismo, informará sobre los mecanismos de seguridad que usará para mantener la confidencialidad sobre los documentos aportados por los aspirantes.

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También describirá(n) de manera precisa y detallada, los espacios físicos, tecnológicos y el talento humano que se dispondrá(n) para esta fase del proceso, indicando los mecanismos que garanticen el desarrollo de las actividades y las medidas de seguridad para la revisión de los documentos en la Verificación de los Requisitos Mínimos. Así mismo, precisará(n) el procedimiento de auditoría y/o supervisión que contenga la revisión en un segundo nivel al 100% de los documentos presentados por los aspirantes que NO CUMPLEN CON LOS REQUISITOS MINIMOS y por lo menos un 40% de aquellos que CUMPLEN CON LOS REQUISITOS MINIMOS, el cual se realizará, en este caso, de manera aleatoria. La CNSC se reserva el derecho de realizar auditorías a la labor realizada, en el momento que lo estime pertinente. La CNSC suministrará al(los) contratista(s) el aplicativo para esta actividad, no obstante, deberá ser adecuado y ajustado por la(s) Universidad(es) para el proceso de selección, realizar las pruebas que permitan garantizar su óptimo funcionamiento, disponibilidad y cobertura en oportunidad para todos los inscritos en el proceso. La(s) Universidad(es) describirá(n) de forma precisa el lugar y los recursos tecnológicos donde instalará(n) el aplicativo suministrado por la CNSC, y la manera como garantizará(n) el funcionamiento y disponibilidad del mismo las 24 horas al día, durante el periodo de verificación de requisitos mínimos (incluidos días festivos); e igualmente describirá la operatividad, logística y procedimiento para la respuesta oportuna de las reclamaciones, conforme a las disposiciones legales que regulan el proceso. 1.3 Productos a entregar por parte dEl(os) contratista(s) En desarrollo de esta etapa, al(os) oferente(s) que resulte(n) seleccionado(s) deberá(n) entregar, entre otros, los siguientes productos, por lo que debe(n) presentar una propuesta de estructura de cada uno de ellos: Protocolo de Verificación de Requisitos Mínimos. Guía de Orientación al Aspirante para cargue de documentos y la verificación de

requisitos mínimos. Listado de Admitidos Listado de No Admitidos: Especificando las causas Informe Reclamaciones Informe final de la Etapa de Verificación de Requisitos Mínimos

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1.4 Consolidación y Publicación de aspirantes que CUMPLEN y NO CUMPLEN

con los requisitos mínimos del empleo al cual aspiran.

El(los) contratista(s) entregará(n) en la fecha y forma convenida un informe completo que incluya descripción sobre el desarrollo de la etapa, una base de datos con listados de aspirantes que CUMPLEN y NO CUMPLEN requisitos mínimos del empleo al cual aspiran. El proceso debe permitir establecer los aspirantes que: a) no entregaron documentos, b) los que entregaron documentos y de estos, los que cumplen con los requisitos mínimos establecidos, que serán ADMITIDOS y c) los que entregaron documentos y no cumplieron con los requisitos mínimos de los empleos a los cuales aspiran, que serán NO ADMITIDOS y especificando la causal del no cumplimiento de los requisitos mínimos. Una vez avalado el informe por la CNSC, los resultados serán publicados en la página web de la(s) Universidad(es) y se generará un vínculo para acceso desde la página web de la CNSC. La(s) Universidad(es) o Institución (es) contratada(s), describirá(n) de forma precisa y detallada, los mecanismos de confidencialidad y seguridad, así como las especificaciones técnicas bajo las cuales consolidará, administrará y entregará esta información. 1.5 Recepción, atención y resolución de reclamaciones por inadmisión al proceso de selección.

Como resultado de las actividades anteriores, y conforme a lo dispuesto en los Acuerdos No. 180 al 264 de 2012 población mayoritaria; los modificatorios del No. 305 al 389 de 2013; además del No 419 de 2013, modificado por el No. 424 de 2013. Para la población afrodescendiente negra, raizal y palenquera los Acuerdos Nos. 265 a 293 de 2012 y 420 de 2013, los modificatorios Nos. 390 a 418 de 2013, la CNSC delegará en la(s) Universidad(es) o Institución(es), la recepción, atención y respuesta a las reclamaciones que por aplicación o resultados de las pruebas interpongan los aspirantes ya sea vía web o por otros medios; en estos últimos casos, El(os) contratista(s) deberá cargar las reclamaciones al aplicativo web y responderlas por este medio. La CNSC suministrará al(os) contratista(s) el aplicativo para esta actividad, no obstante, deberá ser adecuado y ajustado para el proceso de selección, se

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realizarán las pruebas que permitan garantizar su óptimo funcionamiento, disponibilidad y cobertura en oportunidad para todos los inscritos en el proceso.

La(s) Universidad(es) o Institución(es) describirá(n) de forma precisa el lugar y los recursos tecnológicos donde instalará el aplicativo suministrado por la CNSC, y la manera como garantizará(n) el funcionamiento y disponibilidad del mismo las 24 horas al día, durante el periodo de recepción de reclamaciones (incluidos días festivos); e igualmente describirá(n) la operatividad, logística y procedimiento para la respuesta oportuna de las reclamaciones y derechos de petición, conforme a las disposiciones legales. 1.6 Presentación del Informe de verificación de requisitos mínimos

Una vez culminada la etapa de reclamaciones, la(s) Universidad(es) o Institución(es presentará(n) un informe final de la verificación de requisitos mínimos, que describa de manera detallada cada procedimiento realizado y los resultados obtenidos

Así mismo, entregará un listado definitivo de aspirantes ADMITIDOS y NO ADMITIDOS y una vez avalado por la CNSC, los resultados serán publicados en la página web la(s) Universidad(es) o Institución(es) y se generará un vínculo para acceso desde la página web de la CNSC, atendiendo lo dispuesto en Acuerdos No. 180 al 264 de 2012 población mayoritaria; los modificatorios del No. 305 al 389 de 2013; además del No 419 de 2013, modificado por el No. 424 de 2013. Para la población afrodescendiente negra, raizal y palenquera los Acuerdos Nos. 265 a 293 de 2012 y 420 de 2013, los modificatorios Nos. 390 a 418 de 2013.

Este nuevo listado, deberá contener las modificaciones de los aspirantes como consecuencia de las reclamaciones, acciones judiciales presentadas por los mismos y el motivo de su variación. 2. PRUEBA DE VALORACION DE ANTECEDENTES La prueba de Valoración de Antecedentes es un instrumento de selección, que evalúa el mérito mediante el análisis de la historia académica y laboral, relacionándola con el empleo para el cual concursa, la cual se aplicará a los aspirantes que resulten como ADMITIDOS como consecuencia de la verificación de los requisitos mínimos. Esta prueba tiene por objeto la valoración de la formación, la experiencia acreditada por el aspirante y que excedan los requisitos mínimos exigidos para el empleo.

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Para la valoración de antecedentes, El(os) contratista(s) aplicará los criterios técnicos que la CNSC ha desarrollado y conforme a los cuales estableció las tablas de puntuación en los artículos 33, 34, 35 de los Acuerdos N° 180 al 264 de 2012 y 419 de 2013 para Directivos Docentes y Docentes que prestan sus servicios a población mayoritaria y artículos 34 y 35 de los Acuerdos 265 a 293 de 2012 y 420 de 2013 para Directivos Docentes y Docentes que prestan sus servicio a población afrocolombiana negra, raizal y palenquera. La calificación se hará estricta y exclusivamente sobre los documentos debidamente recibidos y será numérica en una escala de cero (0) a cien (100) puntos. Sobre esta calificación se aplicará la ponderación respectiva de la prueba dentro del valor del concurso.

La(s) Universidad(es) entregará(n) en la fecha y forma convenida con la CNSC, el informe completo sobre el desarrollo y resultados de la valoración, con los listados en medios magnéticos de los puntajes individuales, los cuales serán publicados en la página web de la(s) Universidad(es) y se generará un vínculo para acceso desde la página web de la CNSC de la Comisión. 2.1 Planeación de la prueba La planeación de la valoración de antecedentes implica prever una serie de acciones que se deberán ejecutar de manera rigurosa antes, durante y después de la aplicación de la prueba. Para materializar la planeación, los proponentes deben incluir en su propuesta la estructura general de las acciones a ejecutar y el cronograma que establecerá. 2.2 Valoración de antecedentes de cada una de las hojas de vida de los aspirantes.

A los aspirantes que de antemano superaron la prueba de aptitudes y competencias básicas, y la prueba integral etnoeducativa, según sea el caso y que cumplan con los requisitos mínimos establecidos para el empleo por él seleccionado, se les realizará la prueba de valoración de antecedentes, para lo cual el proponente describirá en su oferta los mecanismos y estrategias a través de los cuales abordará esta actividad de manera eficiente. El artículo 36 de los Acuerdos de las Convocatorias, se señalan que: “A partir de la fecha que disponga la Comisión Nacional del Servicio Civil, que será divulgada con una antelación no inferior a cinco (5) días hábiles en la página Web www.cnsc.gov.co

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y/o la Web de la(s) Universidad(es) o Institución(es) de educación superior contratada(s), se publicarán los resultados de la valoración de antecedentes o de hoja de vida”

La CNSC suministrará al(os) contratista(s) el aplicativo para esta actividad, no obstante, deberá ser adecuado y ajustado por la(s) Universidad(es) para el proceso de selección, y efectuar las pruebas que permitan garantizar su óptimo funcionamiento, disponibilidad y cobertura en oportunidad para todos los inscritos en el proceso. 2.3 Publicación de resultados El(los) oferente(s) indicará(n) en su propuesta los mecanismos y formatos de entrega a la CNSC de la Base de Datos de resultados de las Pruebas para revisión, debidamente parametrizada, una vez avalada la base de datos por la CNSC, los resultados serán publicados en la página web de la(s) Universidad(es) y se generará un vínculo para acceso desde la página web de la comisión

La Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC anunciará, con una antelación de cinco (5) días hábiles, la publicación de los resultados de cada una de las fases de la prueba de análisis de antecedentes. En firme los resultados de verificación de requisitos mínimos, luego de haber atendido las reclamaciones, se publicarán los resultados, a partir de la fecha que será divulgada con una antelación no inferior a cinco (5) días, lo cual se hará a través de las páginas web de la Comisión – www.cnsc.gov.co y/o de la(s) institución(es) de educación superior contratada(s). De la misma manera se hará la publicación de los resultados de la valoración de antecedentes. 2.4 Recepción, atención y resolución de reclamaciones por inadmisión al proceso de selección. La CNSC delegará en el(os) oferente(s) adjudicado(s) la recepción, atención y respuesta a las reclamaciones que por aplicación o resultados de las pruebas interpongan los aspirantes; para ello, utilizará el aplicativo web que la CNSC pondrá a su disposición.

La CNSC suministrará a la(s) Universidad(es) el aplicativo para esta actividad, no obstante, deberá ser adecuado y ajustado para el proceso de selección, y efectuar las pruebas que permitan garantizar su óptimo funcionamiento, disponibilidad y cobertura en oportunidad para todos los inscritos en el proceso.

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El oferente debe incluir en su oferta, la conformación de un equipo de trabajo, que se encargue de resolver las reclamaciones que hagan los participantes en el Concurso Abierto de Méritos con posteridad a la publicación de los resultados de la prueba de valoración de antecedentes. Las reclamaciones que se presenten frente a los resultados de la valoración de antecedentes se recibirán y decidirán por la(s) institución(es) contratada(s) y delegada(s) por la CNSC, a través de su página web, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su publicación, utilizando el aplicativo dispuesto para este fin. La(s) institución(es) de educación superior contratada(s) será(n) la(s) única(s) y exclusiva(s) responsable(s) de la decisión final, y contra esta decisión no procede ningún recurso El proponente indicará en su oferta la manera como recepcionará y responderá las reclamaciones, conforme a las disposiciones de ley. 2.5 Consolidación de resultados finales de la prueba

El oferente indicará en su propuesta la forma como presentará el informe de la prueba de Valoración de Antecedentes, indicando claramente el procedimiento utilizado. 3. PRUEBA DE ENTREVISTA De conformidad con lo establecido en los Acuerdos que contienen las convocatorias ya indicadas del Concurso de Mérito de Carrera Docente, el propósito de la entrevista es apreciar las competencias funcionales y comportamentales de los aspirantes para desempeñar los empleos de directivos docentes y docentes convocados. Se deberá valorar el conocimiento del contexto educativo, y de los establecimientos educativos oficiales, el manejo práctico de situaciones educativas y la actitud frente al medio en el que ejercerá el cargo. Para los empleos de Directivos docentes y Docentes de preescolar, básica, media y orientadores en establecimientos educativos oficiales que prestan servicio a población mayoritaria, la CNSC adoptará un protocolo de entrevista, para lo cual podrá contar con el apoyo y asesoría del Ministerio de Educación Nacional y de la(s) Universidad(es) o Institución(es) de educación superior contratada(s). Para los empleos de etnoeducadores directivos docentes y docentes que prestan su servicio educativo a población afrocolombiana negra, raizal y palenquera de establecimientos educativos oficiales, en el caso de San Basilio de Palenque, San

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Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

Andrés, Providencia y Santa Catalina, se evaluarán el nivel de competencia del aspirante en lengua nativa, caso en el cual los currículos de los jurados entrevistadores, compuesto de dos (2) entrevistadores para docentes y tres (3) entrevistadores para directivos docentes, serán propuestos por la Comisión Pedagógica Nacional para ser contratados por la Universidad que realice la aplicación de la prueba. La CNSC, con los aportes que brinden los Comisionados Pedagógicos que representan las comunidades afrocolombianas negras, raizales y palenqueras de la Comisión Nacional de Comunidades Negras, adoptará un protocolo de entrevista para la cual contará con el apoyo y asesoría del Ministerio de Educación Nacional y de la(s) Universidad(es) o Institución(es) de educación superior contratada(s). La CNSC en cumplimiento de los principios constitucionales de mérito, celeridad, eficacia y economía, entre otros, aplicará la entrevista a los aspirantes a los empleos ya descritos, conformando grupos hasta de cinco (5) aspirantes y mínimo de dos (2) jurados seleccionados, de acuerdo con los criterios que definen los perfiles profesionales detallados en el protocolo de entrevista Para los cargos de director rural, coordinador o rector en los establecimientos educativos estatales, adicionalmente la entrevista deberá valorar en los aspirantes aspectos fundamentales como el dominio y habilidades sobre planeación y visión organizacional, gestión académica, gestión de personal y de recursos, evaluación institucional, seguimiento y control, compromiso institucional, trabajo en equipo, mediación de conflictos, relaciones interpersonales, toma de decisiones y liderazgo. Esta prueba es de carácter CLASIFICATORIO, se calificará en una escala de cero (0) a cien (100) puntos y tiene un valor porcentual del 15% del valor total del concurso. La Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC adoptará oficialmente y entregará a la o las universidad(es) o institución(es) de educación superior contratada(s), el protocolo de entrevista a aplicar en esta fase del concurso, el cual se convertirá en el instrumento único y válido para la aplicación de las entrevistas servirá de base para la programación y desarrollo de las actividades de la entrevista por parte de la institución de educación superior contratada. La o las universidad(es) o institución(es) de educación superior contratada(s), realizarán las siguientes actividades secuenciales: 1. Programación de entrevistas (fecha, lugar, aspirantes, entrevistadores)

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2. Citación, realización y calificación de las entrevistas 3. Publicación de resultados 4. Atención y respuestas a reclamaciones 5. Consolidación de resultados de la prueba de entrevista Todas las entrevistas deberán ser grabadas en medio de audio y se organizaran conforme con la realización de las mismas para atender las reclamaciones y su posterior entrega a la CNSC. 3.1 Programación de entrevistas Para efectos de la aplicación de la prueba de entrevista El(os) contratista(s) debe garantizar los sitios de aplicación que a continuación se detallan por cada macro región:

MACRO REGIÓN 1 MAYORITARIA AFROS

MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI

DISTRITO DE BUENAVENTURA MUNICIPIO DE SAN ANDRÉS DE TUMACO

MUNICIPIO DE SAN JUAN DE PASTO MUNICIPIO DE SAN JUAN DE PASTO

MUNICIPIO DE IBAGUÉ MUNICIPIO DE POPAYÁN

MUNICIPIO DE POPAYÁN

MUNICIPIO DE GUADALAJARA DE BUGA

MUNICIPIO DE MOCÓA

MACRO REGIÓN 2

MAYORITARIA AFROS

MUNICIPIO DE MEDELLÍN MUNICIPIO DE MEDELLÍN

MUNICIPIO DE MANIZALES MUNICIPIO DE MANIZALES

MUNICIPIO DE ARMENIA MUNICIPIO DE QUIBDÓ

MUNICIPIO DE PEREIRA

MUNICIPIO DE APARTADÓ

MACRO REGIÓN 3

MAYORITARIA

MUNICIPIO DE BUCARAMANGA

MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO

MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA

MUNICIPIO DE TUNJA

GOBERNACIÓN DE ARAUCA

MUNICIPIO DE YOPAL

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MACRO REGIÓN 4

MAYORITARIA

DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ

MUNICIPIO DE NEIVA

MUNICIPIO DE FLORENCIA

PUERTO INÍRIDA

LETICIA

PUERTO CARREÑO

SAN JOSÉ DE GUAVIARE

MACRO REGIÓN 5

MAYORITARIA AFROS

DISTRITO DE CARTAGENA DISTRITO DE CARTAGENA

MUNICIPIO DE MONTERIA MUNICIPIO DE MONTERIA

DISTRITO DE BARRANQUILLA DISTRITO DE BARRANQUILLA

MUNICIPIO DE VALLEDUPAR MUNICIPIO DE VALLEDUPAR

DISTRITO TURÍSTICO, CULTURAL E HISTORICO DE SANTA MARTA

DISTRITO TURÍSTICO, CULTURAL E HISTORICO DE SANTA MARTA

MUNICIPIO DE SINCELEJO MUNICIPIO DE SINCELEJO

MUNICIPIO DE RIOHACHA GOBERNACIÓN ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA

En las macro regiones con los dos tipos de población, se requieren dos sitios de aplicación diferente, cuando el número de participantes de la población afrocolombiana negra, raizal y palenquera supere los 50 participantes. Los proponentes deberán presentar, con su oferta, un proyecto de programación para la realización de las entrevistas, que debe contener como mínimo lo siguiente:

Descripción de los lugares físicos y dotación con que cuenta para la realización de las entrevistas, (en caso de resultar seleccionado en la licitación), en un número equivalente al número de los aspirantes inscritos por entidad territorial, de acuerdo con los datos presentados en la información de los cuadros de cada Macro región y para cada una de los sitios de aplicación de las macro regiones señaladas en este Anexo.

Presentación de un equipo básico proyectado de entrevistadores que deben contar con formación y competencias para la realización de entrevista que valoren las actitudes y aptitudes psicológicas – laboral y pedagógicas de los docentes. Adicionalmente para los directivos docentes se debe ofertar entrevistadores con competencia para valorar las actitudes o competencias de los aspirantes en gestión educativa y que conozcan la cultura del magisterio.

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Los entrevistadores propuestos deben ser profesionales en: sicología, pedagogía, y administración o gerencia educativa, con experiencia comprobada no inferior a doce (12) meses.

Con la presentación de su oferta, el(os) proponente que resulte(n) seleccionado(s) se compromete(n) a mantener el equipo básico de entrevistadores propuesto. En caso de requerirse un cambio, éste sólo podrá efectuarse previa autorización de la CNSC a través del interventor del contrato. En todo caso los entrevistadores deben reunir las calidades y requisitos aquí exigidos.

Plan de capacitación para los entrevistadores, el cual servirá de base para el protocolo que realizará el proponente seleccionado, como documento soporte para esta capacitación, y para uso y consulta de los jurados antes, durante y después de la aplicación de la entrevista.

Propuesta de programación de lugares, tiempos y entrevistadores, distribuidos aleatoriamente por la institución entre los cargos que establecen las convocatorias.

Esta programación debe presentarse por cada entidad territorial que haga parte de cada macro región, dentro de los tiempos establecidos para su ejecución, dependiendo del número de inscritos con el fin de que el proceso pueda darse de manera independiente por cada entidad territorial, sin que los tiempos de una afecten los tiempos de las otras.

La programación de las entrevistas será ajustada por la o las universidad(es) o institución(es) de educación superior contratada(s), de conformidad con el protocolo que para el efecto entregue la CNSC.

La o las universidad(es) o institución(es) de educación superior contratada(s), consolidarán la programación definitiva, la cual servirá de soporte para la citación de los aspirantes, aptos para esta fase de entrevista.

3.2 Citación, realización y calificación de las entrevistas Previo a la publicación de la citación a entrevista, la o las universidad(es) o institución(es) de educación superior contratada(s) entregará(n) a la CNSC, el listado definitivo de los aspirantes admitidos a entrevista, indicando el sitio, fecha y hora de su realización. La Comisión anunciará en su página web – www.cnsc.gov.co, sobre

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la fecha en que la o las universidad(es) o institución(es) de educación superior contratada(s) publicará(n) la citación a entrevistas de los aspirantes aptos para participar en esta fase del concurso. Con la programación definitiva de entrevistas, avalada por el interventor del contrato, y con una antelación de diez (10) días hábiles, la o las universidad(es) o institución(es) de educación superior contratada(s) citará(n) a entrevista a los aspirantes seleccionados que hayan cumplido los requisitos mínimos, para lo cual publicará en su página Web, el listado de aspirantes citados detallando para cada uno, el lugar, fecha y hora de realización de la entrevista. Las entrevistas serán aplicadas de manera grupal conformando grupos de máximo cinco (5) aspirantes, con dos jurados para docentes y docentes orientadores y tres (3) jurados para directivos docentes. La entrevista tendrá una duración aproximada de 50 minutos por grupo de docentes y de 90 minutos por grupo de directivos docentes. Para la realización de la entrevista, los entrevistadores contarán individualmente con los formatos respectivos de evaluación. Al finalizar la entrevista a cada grupo de aspirantes, el entrevistador deberá llenar el formato y dar la calificación respectiva La entrevistas para los etnoeducadores las entrevistas serán aplicadas en grupo de máximo cinco (5) aspirantes, con dos jurados para docentes y docentes orientadores y tres (3) jurados para directivos docentes. La información y los instrumentos que se utilicen debidamente diligenciados y formalizados por los entrevistadores serán entregados al coordinador de apoyo logístico para la consolidación respectiva de la calificación de cada aspirante. Esta información deberá reportarse a la CNSC diariamente y los archivos de serán entregados por la institución de educación superior contratada, a la CNSC, en medio magnético y físico dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la culminación de esta fase. Así mismo, las grabaciones de audio que se realizaron en cada una de las entrevistas. 3.3 Publicación de resultados de entrevista y reclamaciones La o las universidad(es) o institución(es) de educación superior contratada(s), será(n) la(s) responsable(s) de publicar los resultados de la entrevista, a partir de la fecha que disponga la Comisión Nacional del Servicio Civil, que será divulgada con una antelación no inferior a cinco (5) días hábiles en las páginas Web de la Comisión - www.cnsc.gov.co y de la(s) universidad(es) contratada(s).

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Las reclamaciones que se generen por los resultados de la entrevista, se presentarán ante la institución de educación superior contratada, a través de su página Web, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su publicación. La institución de educación superior contratada será la única responsable para tomar la decisión que resuelve la reclamación y deberá comunicarla al peticionario a través de su página Web. Contra la decisión no procede ningún recurso. La institución de educación superior contratada entregará a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, en archivo magnético, las reclamaciones presentadas por los aspirantes y las respectivas respuestas dadas por la(s) Institución(es). 3.4 Consolidación de resultados de la prueba de entrevista. Vencido el plazo de las reclamaciones y el término para absolverlas, la(s) institución(es) de educación superior contratada(s) entregará(n) de manera digital la información de cada aspirante correspondiente a las variables que se valoraron en la entrevista, de tal manera que queden sistematizadas las calificaciones definitivas. El archivo magnético de esta información será debidamente entregado a la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC a más tardar quince (15) días hábiles después de resolver las reclamaciones de los aspirantes, de acuerdo con la certificación dada por el interventor del contrato.

V. ENTREGA DE RESULTADOS FINALES DE LAS PRUEBAS DE ANÁLISIS DE ANTECEDENTES Y ENTREVISTA.

En firme todas las reclamaciones, la(s) institución(es) de educación superior contratada(s) consolidará(n) los resultados finales de la prueba de análisis de antecedentes y de entrevista, lo cual se hará por separado para cada aspirante y con la debida ponderación para cada prueba. La o las universidad(es) o institución(es) de educación superior contratada(s), entregará el resultado de análisis de antecedentes y entrevista en la escala de cero (0) a cien (100) puntos, con la debida ponderación dentro del valor total de concurso, es decir: a) para población mayoritaria, docentes el 20% y directivos docentes el 30% en la valoración de antecedentes y 15% para la entrevista, y b) para población afrocolombiana negra, raizal y palenquera, directivos docentes el 30% y docentes el 25% en la prueba de valoración de antecedentes, y el 15% para la entrevista. La calificación definitiva por aspirante de cada prueba se expresará en una calificación numérica con una parte entera y dos (2) decimales.

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La(s) institución(es) de educación superior contratada(s), entregará(n) a la Comisión Nacional del Servicio Civil, en archivo magnético (Excel y Access) y físico, los resultados finales de la verificación de requisitos mínimos, de la prueba de valoración de antecedentes y de entrevista, en un plazo no superior a quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de vencimiento de la fecha en que queden en firme las respuestas a las reclamaciones. Dentro del mismo plazo entregará los archivos de las hojas de vida de los aspirantes que presentaron las dos pruebas con la respectiva documentación debidamente organizada. Esta entrega se hará mediante una relación de hojas de vida entregadas, indicando nombres y apellidos, cédula, cargo para el cual concursó y número de folios. La devolución de las carpetas debe realizarse en cajas de archivo para carpetas tamaño oficio organizada por áreas y cada una de ellas organizada por cédulas en orden ascendente.

VI. PROGRAMA LOGÍSTICO, OPERATIVO Y DE SEGURIDAD - PLOS Con el fin de garantizar la confidencialidad, seguridad, inviolabilidad a la reserva, imposibilidad de filtración de la información, fuga o salida de material o información de las pruebas fuera de las instalaciones, los proponentes elaborarán y presentarán con su oferta, un documento que contenga el programa logístico, operativo y de seguridad, con mínimo lo siguiente:

Planificación general del proceso y procesamiento de resultados.

Mecanismos visuales y electrónicos que se utilizarán.

Especificaciones técnicas de los equipos de cómputo que se utilizarán.

Funciones y responsabilidades del talento humano, de conformidad con los requerimientos contemplados en el siguiente numeral.

Especificaciones de las áreas de trabajo destinadas al proyecto:

- Área para la recepción de hojas de vida de los aspirantes que las presenten en medio físico.

- Área de trabajo para la revisión de los documentos presentados por los aspirantes para la verificación de requisitos mínimos, valoración, análisis y calificación de antecedentes.

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- Área destinada para la organización y desarrollo de las diferentes fases y actividades del proceso de selección.

- Área definida por parte de la(s) Universidad(es) para la ubicación del Talento Humano involucrado en el proceso

- Mecanismos que se utilizarán para el control de ingreso y salida de las áreas que tienen carácter restringido para los diferentes procesos.

VII. CONDICIONES DE SEGURIDAD:

El oferente deberá entregar un protocolo de seguridad que garantice el manejo de los documentos e información que se procese dentro del desarrollo de esta prueba. Confidencialidad y reserva de la información de las fases del concurso. El oferente debe presentar con su propuesta, la conformación de un Protocolo de seguridad acerca de la confidencialidad y reserva de la información y documentos de la fase de revisión de requisitos mínimos y de las pruebas de valoración de antecedentes y entrevista que contenga debidamente desarrollados los siguientes aspectos:

Especificaciones de seguridad en el procesamiento de documentos e información de verificación y de las pruebas para controlar los riesgos de fuga de información o violación de la reserva que afecte la confidencialidad.

Propuesta de aplicación de planes de contingencia que permitan reparar en el menor tiempo posible, los daños causados por cualquier fuga de información o violación de la confidencialidad de las pruebas, en el área de trabajo. Compromiso de constitución y firma de acuerdos de pactos de integridad y/o de confidencialidad a suscribir con todos los miembros del equipo de trabajo que se emplee, en los que se comprometan y obliguen a:

No participar en el concurso de la convocatoria objeto del contrato ni sus familiares hasta el 4º grado de consanguinidad, 2º de afinidad o 1º civil.

No portar, retirar, transmitir o divulgar información correspondiente a la prueba.

Responder civil y penalmente por las violaciones o posibles faltas cometidas contra la seguridad, reserva y confidencialidad de la prueba.

VIII. COSTOS ADMINISTRATIVOS

El oferente debe incluir en la propuesta económica, los costos administrativos, que incluyen:

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1. Disponer de la infraestructura física, técnica, tecnológica y de comunicaciones, necesaria, segura y adecuada para el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones y actividades inherentes al objeto contractual.

2. Disponer al menos de un sitio en su página web, a través del cual los aspirantes e interesados puedan tener acceso permanente a la información del proceso de selección, relacionado con la prueba de Valoración de Antecedentes y Entrevista.

3. Disponer y garantizar que las instalaciones físicas en donde se ejecutarán los diferentes procesos, servicios, actividades, administración y manejo de archivos y bases de datos generados en el Concurso Abierto de Méritos y en donde se realizará la operación de los sistemas de información para tales efectos, cuenten con la seguridad necesaria que impidan el acceso de personal ajeno a los mismos o ponerlos en riesgo.

4. Disponer de la infraestructura tecnológica (Hardware) y de conexión a internet, con la capacidad y seguridad suficientes para la operación adecuada y oportuna de los diferentes Sistemas de Información El proponente deberá presentar con su propuesta debidamente suscrita por el representante legal el citado Anexo, mediante el cual garantiza disponer de las condiciones y niveles de servicio allí exigidas para la debida ejecución del contrato, así como en señal de aceptación de los niveles de respuesta y sus consecuencias en caso de incumplimiento de los mismos.

5. Garantizar que el acceso o modificación de información de las Convocatorias y del Concurso Abierto de Méritos, se produzca única y exclusivamente a través de los sistemas de información dispuestos para el efecto por la CNSC, de acuerdo con sus funcionalidades impidiendo cualquier otro tipo de acceso, modificación o retiro de información.

6. Disponer de los espacios y salones en las condiciones físicas y ambientales que brinden homogeneidad para la aplicación de la prueba de entrevista a todos los aspirantes. El(os) contratista(s) deberá hacer entrega a la CNSC del documento que contenga la descripción de las condiciones físicas y ambientales de los salones que se dispondrán para la aplicación de esta prueba, a más tardar dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del término para la consecución de los mismos.

7. Disponer del software necesario para la parametrización de los sitios de aplicación de la prueba de entrevista, así como de las medidas de seguridad para el efecto.

8. Disponer del software o Sistema de Información necesario para la realización del procesamiento e interpretación de la prueba de entrevista y para el análisis estadístico de las mismas, con las condiciones que garantice generación de productos e informes técnicos conforme a lo que se disponga en el Manual Técnico de Prueba.

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9. Disponer de un plan de contingencia de los Sistemas de Información para la parametrización de los sitios de aplicación de la prueba de entrevista, para el procesamiento, interpretación y estadísticas de la misma, en caso de presentarse fallas o inconvenientes que puedan afectar el proceso correspondiente del Concurso Abierto de Méritos.

10. Mantener copias de seguridad diarias disponibles de la información, de los archivos, documentos y bases de datos de cada proceso de información y, sin excepción, deberá generar dos copias de seguridad con el propósito de garantizar que la información tenga un respaldo en caso de pérdida, daño o siniestro.

11. Disponer de un Call Center en forma permanente, para atender a los usuarios e interesados en el concurso, garantizando que el talento humano dispuesto para el efecto conozca íntegramente los procedimientos, términos y demás aspectos de las Convocatorias al Concurso Abierto de Méritos.

IX. EQUIPO MÍNIMO DE TRABAJO REQUERIDO Y SUS RESPONSABILIDADES

1. Disponer, para la ejecución del contrato, del Equipo Mínimo de Trabajo

conformado por personal calificado e idóneo, que acredite las calidades exigidas en cuanto a formación académica y experiencia exigidas y que garantice calidad y cumplimiento en la ejecución de todas y cada una de las obligaciones contractuales.

2. En caso de reemplazo de alguno de los integrantes del Equipo Mínimo de Trabajo, por cualquier causa, entre ellas por no garantizar el eficaz cumplimiento de sus responsabilidades, el personal designado en reemplazo deberá acreditar iguales o superiores condiciones de estudio y experiencia al que sustituye y requerirá de la aprobación previa de la CNSC.

3. Cada uno de los miembros del Equipo Mínimo de Trabajo tendrá a cargo un mínimo de responsabilidades que deberán cumplir y que se encuentran establecidas en el presente Anexo de los pliegos de condiciones, y las demás inherentes a las obligaciones y/o funciones a desempeñar y a las actividades que se le confían. La CNSC podrá exigir en cualquier momento los contratos legalmente suscritos, mediante los cuales El(os) contratista(s) haya vinculado el personal previsto en esta obligación, que garantice su correcto y completo desarrollo.

4. Designar para cada sitio de aplicación de la prueba de entrevista, el personal idóneo necesario que garantice la aplicación de la misma, debidamente identificado, capacitado y entrenado en el manejo de los instrumentos de prueba, documentos técnicos y procedimientos necesarios para el eficaz cumplimiento de las medidas de seguridad que se establezcan para el efecto.

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5. Disponer del talento humano idóneo para atender y adoptar las medidas técnicas, operativas y administrativas inmediatas a que haya lugar, en caso de presentarse alguna falla, circunstancia o hecho que pueda afectar la operación de los Sistemas de Información (aplicativos) dispuestos para el manejo de la información de la Convocatoria o del Concurso Abierto de Méritos.

6. Ejercer control permanente tendiente a evitar que el personal que disponga el oferente para la ejecución del proceso, tenga algún tipo de conflicto de intereses para desarrollar sus labores y para ejercer sus responsabilidades, las cuales deben estar guiadas única y exclusivamente por cánones de calidad, transparencia, imparcialidad y objetividad. En caso de llegar a presentarse conflicto de intereses por alguna de tales personas, entre otros, como el de aspirar el trabajador o sus familiares hasta el 4º grado de consanguinidad, 2º de afinidad, 1º civil, a un empleo de los convocados, se deberá proceder de inmediato a su retiro y a su sustitución conforme a lo previsto en los pliegos de condiciones.

7. Realizar la capacitación y el entrenamiento a los miembros que conforman el Equipo Mínimo de Trabajo responsables de ejecutar las diferentes actividades del contrato, a los responsables de la verificación del cumplimiento de requisitos mínimos, la valoración de antecedentes, la aplicación de la prueba de entrevista y demás personal que se vincule a la ejecución del contrato que garantice la coherencia metodológica, técnica, jurídica y operativa en el desempeño de sus obligaciones.

8. Ejercer control permanente sobre el desarrollo de las responsabilidades de cada persona vinculada a la ejecución del contrato, a la calidad y oportunidad de los servicios y productos que le corresponda realizar.

9. Asumir por su cuenta y riesgo todos los salarios y prestaciones sociales u honorarios de los empleados o subcontratistas que disponga para la ejecución del contrato y realizar el pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social y parafiscales y demás conceptos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

Cada uno de los miembros del Equipo Mínimo de Trabajo tendrá a cargo un mínimo de responsabilidades, como se señala a continuación: Un (1) Coordinador General:

Título Profesional en cualquiera de las siguientes disciplinas: Economía, Administración Pública, Administración de Empresas, Psicología, Ingeniería Industrial o Derecho.

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Título de Posgrado en cualquiera de las áreas de administración, talento humano y afines

Cuatro (4) años de experiencia profesional en el desarrollo de actividades del nivel directivo o asesor y/o como gerente o coordinador de proyectos y/o director de procesos de selección de personal.

El Coordinador General será el encargado de dirigir y articular las acciones para el eficaz cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo dEl(os) contratista(s), ejercerá el control necesario para el cumplimiento del Plan de Trabajo y del Cronograma aprobado por la CNSC y será el interlocutor entre la Universidad o la Institución de Educación Superior contratada y la CNSC. Las responsabilidades de éste Coordinador, no se pueden delegar y son las siguientes: 1. Hacer los ajustes al Plan de Trabajo y Cronograma que haya presentado El(os)

contratista(s) con su propuesta, conforme a los requerimientos de la CNSC, para su posterior aprobación en los términos previstos en los Pliegos de Condiciones.

2. Concertar y suscribir conjuntamente con el Ingeniero de Sistemas del Equipo Mínimo de Trabajo y con la CNSC, un Plan de Trabajo para la Verificación de la Capacidad de la Infraestructura Tecnológica y que se dé estricto cumplimiento al mismo, así como a los tiempos de respuesta y a las demás exigencias de la CNSC para la eficaz automatización de la información en las diferentes actividades y fases del Concurso Abierto de Méritos objeto del contrato.

3. Ejercer las acciones necesarias para que El(os) contratista(s) de manera oportuna ponga a disposición de la ejecución del contrato, el personal requerido (Equipo Mínimo de Trabajo, expertos en para la valoración de antecedentes y entrevista, y demás personal que se estime necesario para garantizar la completa y eficaz ejecución del contrato), la infraestructura física, tecnológica y de comunicaciones necesarias para atender las obligaciones y necesidades que demanda el mismo; de los sitios para la aplicación de la prueba de valoración de antecedentes y para los de las entrevistas y de todas las demás obligaciones en las condiciones exigidas en los Pliegos de Condiciones.

4. Comprobar la acreditación de la idoneidad y calidad del personal que conformará el Equipo Mínimo de Trabajo, del personal para la valoración de antecedentes, para las entrevistas y demás que sean indispensables para el cumplimiento del contrato y dar aprobación a los mismos para su vinculación a la ejecución del mismo. En caso de remplazo o sustitución de alguno de los miembros del Equipo Mínimo de Trabajo, deberá exigir la acreditación de los requisitos de formación

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académica y experiencia igual o superior al que se pretende remplazar y lo pondrá a consideración de la CNSC para su aprobación previa.

5. Verificar que el personal que disponga El(os) contratista(s) para la ejecución del contrato, no posea ningún conflicto de intereses para desarrollar sus labores y para ejercer sus responsabilidades, las cuales deben estar guiadas bajo cánones de calidad, transparencia, imparcialidad y objetividad. En caso de llegar a presentarse conflicto de intereses por alguna de tales personas, se deberá proceder de inmediato a su retiro y a su sustitución conforme a lo previsto en el pliego de condiciones.

6. Garantizar que las personas que hagan parte del Equipo Mínimo de Trabajo se vinculen en forma legal, de manera que pueda acreditar ante la CNSC el cumplimiento de todas las obligaciones conforme a la ley colombiana.

7. Hacer que se cumplan a cabalidad las disposiciones contenidas en los Acuerdos de las Convocatorias, instructivos, circulares, guías y demás que disponga la CNSC.

8. Garantizar que cualquier modificación que se adopte por la CNSC en relación con el Concurso, conforme a las facultades legales y reglamentarias de que es titular, se cumplan por El(os) contratista(s) y por el equipo de trabajo.

9. Garantizar que se cumplan todas y cada una de las actividades del Plan de Trabajo y el Cronograma aprobado por la CNSC. Deberá informar de manera inmediata a la CNSC cualquier inconveniente que se produzca en el desarrollo del cronograma.

10. Supervisar el desarrollo de cada uno de los servicios, actividades y productos para el cumplimiento de las obligaciones contractuales y asegurarse que se adelanten con los más altos estándares de calidad y conforme a las normas legales y a lo señalado en los Acuerdos del concurso.

11. Supervisar y vigilar la aplicación de los manuales y/o protocolos contenidos en el Manual Técnico de Pruebas.

12. Participar en la capacitación a impartir al Equipo Mínimo de Trabajo, al equipo que verificará los antecedentes de los aspirantes y al personal para la realización de las entrevistas y las demás personas que se vinculen al desarrollo del concurso.

13. Ejercer control total sobre los coordinadores de la fase de verificación de requisitos mínimos, las pruebas de valoración de antecedentes y de entrevistas; del estricto e íntegro cumplimiento al procedimiento, a los tiempos y a la forma dispuestos por la CNSC, que garantice la operatividad, confidencialidad, seguridad e inviolabilidad de la reserva; que impida la filtración, fuga o salida de información y que garantice la cadena de custodia en la información de las pruebas del Concurso Abierto de Méritos. Esta función no podrá ser delegada por el Coordinador General y le corresponderá suscribir junto con los

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Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

coordinadores, las actas en donde se dejará constancia de lo actuado en relación con el asunto.

14. Coordinar y supervisar que la consulta, transferencia e ingreso de la información a los Sistemas de Información que se usen para la convocatoria al Concurso Abierto de Méritos, se realice conforme a las obligaciones del contrato, a las disposiciones contenidas en los Acuerdos de los mismos, al Plan de Trabajo y al cronograma aprobado por la CNSC para la ejecución del contrato, a los protocolos e instructivos de usuario y a las funcionalidades y niveles de servicio de los mismos, de manera que haya continuidad en el proceso de concurso y éste no se vea alterado o afectado.

15. Garantizar la entrega dEl(os) contratista(s) a la CNSC, de los productos, informes, resultados, estadísticas propias del contrato, y que los mismos cumplan con altos estándares de calidad, confiabilidad y oportunidad.

16. Responder por que el personal de apoyo que se vincule a los procesos de verificación de requisitos mínimos y valoración de antecedentes no se encuentren incursos en las inhabilidades e incompatibilidades legales que regulan estas actividades.

17. Ejercer el control total en la ejecución de la etapa de verificación de requisitos mínimos, las pruebas de valoración de antecedentes y entrevista, que se cumplan cada una de las actividades necesarias en los términos dispuestos por la CNSC, así como al desempeño del equipo del proceso, de manera que asegure calidad y oportunidad en la ejecución del contrato.

18. Garantizar que las reclamaciones, las peticiones y las acciones que se ejerzan con ocasión del concurso, se resuelvan eficaz y oportunamente conforme a lo dispuesto en las normas legales y en los Acuerdos que regulan las convocatorias expedidos por la CNSC.

19. Ejercer el control permanente para garantizar las condiciones necesarias para dar estricto cumplimiento a las órdenes judiciales que se produzcan con ocasión del Concurso en los términos dispuestos por el Despacho responsable de la Convocatoria.

20. Mantener altos niveles de eficiencia técnica y profesional para atender sus obligaciones y ejercer autocontrol de manera continua, previo la identificación de puntos críticos

21. Efectuar a nombre dEl(os) contratista(s) las gestiones necesarias para la cesión de Derechos de Autor a la CNSC, de conformidad con lo establecido en la Ley 23 de 1982, de tal manera que la propiedad material, posesión y explotación patrimonial relacionada con la elaboración de las pruebas que diseñe El(os) contratista(s) radiquen en cabeza de la CNSC, en la oportunidad definida en el Plan de Trabajo y Cronograma de ejecución del contrato.

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Línea Nacional CNSC 019003311011

Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

22. Atender de manera oportuna y efectiva las solicitudes, los requerimientos y recomendaciones que haga la CNSC a través del supervisor del contrato ya sea que se requieran en forma ordinaria o extraordinaria.

23. Garantizar que todos los informes, reportes e información que El(os) contratista(s) deba presentar a la CNSC cumplan con las mejores condiciones de calidad, orden, organización y presentación en su contenido y de ser solicitados correcciones o ajustes por parte de la CNSC, deberá garantizar que sean realizados y entregados en el término que la misma disponga.

24. Comunicar a la CNSC cualquier eventualidad o irregularidad que se presente en desarrollo del contrato y del cumplimiento de las estipulaciones de los Acuerdos de las convocatorias del concurso de méritos de Docentes y Directivos Docentes.

25. Representar al Contratista en las reuniones de trabajo con la CNSC. 26. Ejercer las demás responsabilidades inherentes al rol y encomendadas, y las

que no sean asignadas a otro miembro del equipo de trabajo. El Coordinador General es responsable de la entrega oportuna y de calidad a la CNSC, de, entre otros, los siguientes productos: El Plan de Trabajo y Cronograma de ejecución del contrato ajustado a los

requerimientos de la CNSC y someterlo a aprobación de la misma. El Manual Técnico de Pruebas. Informe de los resultados finales y consolidados de la verificación de requisitos

mínimos, de valoración de antecedentes y entrevistas, los cuales, en todos los casos, deben ser aprobados por parte de la CNSC, antes de la publicación.

El informe del procesamiento y análisis estadístico de la valoración de antecedentes y entrevistas.

Los informes específicos y/o de actividades solicitados por la CNSC. Informe de todas y cada una de las reclamaciones, derechos de petición y

acciones judiciales y respuestas suministradas a los mismos. Los documentos entregados para acreditar la formación académica y la

experiencia de los aspirantes. Informe final en medio físico y magnético de todas las actividades desarrolladas

durante la ejecución del contrato, las cuales deben ser revisadas y aprobadas por la CNSC. Los demás productos que no se asignen a otro miembro del equipo de trabajo

Un (1) Coordinador de la Prueba de Entrevista

Título Profesional en cualquiera de las siguientes disciplinas: Economía, Administración Pública, Administración de Empresas, Psicología o Ingeniería Industrial.

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Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

Título de Posgrado en cualquiera de las áreas de administración, talento humano y relacionado con las actividades propias de la coordinación.

Cuatro (4) años de experiencia profesional en el desarrollo de actividades de coordinación en procesos de gestión de recursos humanos, selección de personal.

Tendrá las siguientes responsabilidades: 1. Dar visto bueno previo respecto de la idoneidad y calidad de los profesionales

externos que el oferente seleccionado contrate para la aplicación de la prueba de entrevista y demás personas que se vinculen a la ejecución de las actividades de la prueba del Concurso.

2. Realizar la capacitación al grupo de expertos que tendrán a cargo la realización de las entrevistas, y demás personal bajo su responsabilidad en los temas y actividades propias de esta etapa del Concurso.

3. Dirigir, realizar y articular el proceso de elaboración del Manual Técnico de Pruebas, conforme a lo exigido en el pliego de condiciones y garantizar que su contenido, los protocolos y documentos técnicos de la etapa de entrevista, de manera que cumplan estrictamente con los más altos estándares de calidad e integralidad.

4. Garantizar estricta reserva y confidencialidad de la información y resultados de las entrevistas del Concurso y evitar la ocurrencia de actos que puedan acarrear al Contratista consecuencias de orden administrativo, civil y penal, con ocasión del incumplimiento de dicha obligación durante esta etapa.

5. Implementar las medidas de seguridad conforme a lo previsto en el Manual Técnico de Pruebas de modo que se garantice la reserva y su integralidad, del proceso de aplicación de la misma.

6. Coordinar, controlar, vigilar y dar visto bueno a todas las actividades y productos, del personal interno y externo designado por El(os) contratista(s) para la ejecución de las actividades propias de la prueba de entrevista, de tal manera que garantice altos estándares de calidad y confiabilidad.

7. Responder por que el personal de apoyo que se vincule a los procesos de verificación de requisitos mínimos y valoración de antecedentes no se encuentren incursos en las inhabilidades e incompatibilidades legales que regulan estas actividades.

8. Supervisar y exigir la aplicación del manual, protocolos y reglamentos en la realización de las diferentes actividades de la etapa de la prueba de entrevista.

9. Elaborar la parametrización de los sitios, la fecha, la hora y los aspirantes en donde se aplicarán la prueba de entrevista, a través del sistema de información del que El(os) contratista(s) debe disponer para el efecto y presentarlo al

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Coordinador General para su aprobación y su publicación a través del Sistema de Información, para la citación a prueba a los aspirantes.

10. Realizar, coordinar, articular y garantizar la aplicación de las pruebas previstas en la Convocatoria, que El(os) contratista(s) disponga del talento humano necesario, de los sitios en las condiciones físicas y ambientales y con la capacidad necesaria para el efecto, establecidas en el pliego de condiciones y en la oferta oficialmente aceptada por la CNSC, de modo que se garantice la seguridad integral en la fase de aplicación de la prueba y la entrega del documento a la CNSC donde consten tales condiciones.

11. Implementar estrategias y mecanismos de verificación de la identidad de los aspirantes al momento de la presentación de la prueba, a fin de evitar suplantaciones.

12. Informar de manera inmediata al Coordinador General cualquier anomalía, irregularidad, inconsistencia, intento de suplantación o falsedad que conozca con ocasión de la aplicación de la prueba.

13. Dar cumplimiento a los planes de contingencia para la realización de la prueba que evite cualquier afectación al proceso de concurso o los derechos de los aspirantes.

14. Cumplir con la entrega oficial a la CNSC de los resultados de la prueba de entrevista y el procesamiento de los resultados de la misma, para el análisis, decisión y autorización de su publicación por parte de la CNSC, al igual que los resultados definitivos consolidados.

15. Garantizar que los resultados de la prueba, se publiquen en los términos y en las condiciones previstas en los Acuerdos de los concursos, así como los resultados finales y consolidados de las mismas, con la aprobación previa de la CNSC.

16. Participar, una vez publicados los resultados de la prueba aplicada en el Concurso y en cualquier momento de la ejecución del contrato, la verificación en el Sistema de Información y en medio físico la existencia de reclamaciones, derechos de petición, acciones judiciales y en general cualquier solicitud que se haya interpuesto con ocasión de la prueba, de su aplicación, de los resultados, del procesamiento de la misma.

17. Velar porque se adelanten, en forma inmediata, las actuaciones administrativas a que haya lugar, por posible intento de suplantación, entre otras situaciones, antes, durante o después de la aplicación de la prueba.

18. Coordinar con el responsable de la atención y respuesta a reclamaciones todas las acciones necesarias para que los profesionales del Equipo Mínimo de Trabajo que apoyan el proceso de atención a reclamaciones, derechos de petición y acciones judiciales, así como para la realización de las actuaciones administrativas de que trata el numeral anterior, sean atendidas en los términos de las convocatorias y conforme a derecho.

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Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

19. Disponer lo necesario para que toda la información sobre el proceso de pruebas se mantenga en perfectas condiciones de seguridad y organización que permita la adecuada disposición para los análisis de las reclamaciones, derechos de petición y acciones judiciales y, en consecuencia, estructurar las respuestas y decidir sobre las mismas.

20. Concertar con el Coordinador General, la ejecución de todas las acciones necesarias para dar estricto cumplimento a las decisiones judiciales que se profieran en desarrollo del Concurso Abierto de Méritos, con ocasión de la prueba aplicada, de los resultados de la misma

21. Mantener en forma permanente altos niveles de eficiencia técnica y profesional para la prestación de los servicios en la pruebas del concurso, en la atención de reclamaciones, y ejercer permanentemente control respecto del desempeño y cumplimiento de las responsabilidades a cargo de los profesionales que apoyan la ejecución del proceso de dicha etapa, como de los profesionales a su cargo dispuestos para atender las reclamaciones, los derechos de petición y las acciones judiciales que se interpongan.

22. Ejercer autocontrol previa identificación de puntos críticos a todos y cada uno de los procesos que se deban ejecutar en la etapa de pruebas.

23. Cumplir con cualquier modificación que por necesidades del servicio establezca la CNSC.

24. Representar al Contratista en las reuniones de trabajo con la CNSC y demás que le delegue el Coordinador General del Proyecto.

25. Velar, supervisar y controlar todas las actividades y responsabilidades inherentes a la etapa de la prueba de entrevista del concurso que garantice el cumplimiento del contrato.

El Coordinador de Prueba de Entrevista es responsable por la entrega de los siguientes productos para la CNSC: La elaboración de la parametrización de los sitios, la fecha, la hora y los

aspirantes en donde se aplicarán las pruebas de entrevistas, aprobado por el Coordinador General, su cargue en el Sistema de Información para su publicidad, así como de la seguridad en el manejo de dicha información.

Producir los resultados finales consolidados de la prueba aplicada en el Concurso Abierto de Méritos para verificación de la CNSC, para su posterior publicación a través del sistema de información previsto para el efecto.

Atender y responder los informes específicos y/o de actividades o productos ordinarios o extraordinarios que se soliciten por la CNSC.

Proyectar el informe técnico del análisis de la prueba del Concurso Abierto de Méritos como se establece en las obligaciones dEl(os) contratista(s) en el pliego de condiciones, lo cual se hará conjuntamente con el Coordinador General.

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Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

Los demás propios de la etapa de pruebas. Un (1) Coordinador de verificación de requisitos mínimos y de valoración de antecedentes.

Título Profesional en cualquiera de las siguientes disciplinas: Administración Pública, Administración de Empresas, Psicología, Ingeniería Industrial, Derecho, y,

Título de Posgrado en cualquiera de las áreas de administración, talento humano y relacionado con las actividades propias de la coordinación.

Tres (3) años de experiencia profesional en el desarrollo de actividades de coordinación en procesos de selección de personal y/o o gestión del recurso humano, en la cual se hayan realizado verificación de requisitos mínimos y/o de valoración de antecedentes.

Tendrá las siguientes responsabilidades: 1. Impartir visto bueno para la vinculación al proyecto del talento humano necesario,

con las calidades e idoneidad requeridas, para la realización de la verificación de cumplimiento de requisitos mínimos y para la realización de la prueba de valoración de antecedentes, de tal manera que garantice altos estándares de calidad y confiabilidad.

2. Impartir y participar en la capacitación a las personas que tendrán a cargo la realización de verificación de requisitos mínimos y la valoración de antecedentes.

3. Coordinar, articular y hacer cumplir de manera eficiente todas y cada una de las actividades requeridas para la realización de la verificación de cumplimiento de requisitos mínimos y la prueba de valoración de antecedentes, conforme a lo establecido en los Acuerdos de las Convocatorias.

4. Responder por que el personal de apoyo que se vincule a los procesos de verificación de requisitos mínimos y valoración de antecedentes no se encuentren incursos en las inhabilidades e incompatibilidades legales que regulan estas actividades.

5. Concertar lo necesario con el Ingeniero de Sistemas del Equipo Mínimo de Trabajo y la CNSC, para la verificación de la capacidad de su Infraestructura Tecnológica para la eficaz automatización de la información en las diferentes actividades, tanto de la verificación de requisitos mínimos como de la valoración de antecedentes.

6. Proyectar la Guía de Orientación para la información que deberá entregar virtualmente o en medio del aspirante para la verificación de requisitos mínimos y para la prueba de valoración de antecedentes, que acrediten la formación académica y las experiencias, tanto mínimas como adicionales.

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Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

7. Vigilar y controlar el cargue de la información, la administración, organización, registro y capacidad del Sistema de Información previsto para el efecto, y con celeridad resolver los problemas.

8. Coordinar con los encargados de la atención a reclamaciones, derechos de petición y acciones judiciales, así como las actuaciones administrativas, las atiendan en los términos de la Convocatoria y conforme a derecho.

9. Revisar y aprobar las respuestas a las reclamaciones realizadas por los aspirantes y vigilar el estricto cumplimiento a las sentencias y órdenes judiciales que se produzcan en desarrollo de la verificación de requisitos y mínimos y de la prueba de valoración de antecedentes

10. Coordinar y supervisar que el proceso de verificación del cumplimiento de requisitos mínimos y la prueba de valoración de antecedentes, se realice con la calidad y la transparencia exigidas en las normas legales y en los Acuerdos del concurso expedidos por la CNSC.

11. Establecer e informar sobre las actuaciones que sean necesarias cuando se identifique o conozca alguna presunta irregularidad en relación con los contenidos de los documentos allegados por los aspirantes.

12. Una vez realizada la verificación de requisitos mínimos generar la relación de aspirantes que cumplen y los que no cumplen los requisitos mínimos para la aprobación por parte de la CNSC y su posterior publicación.

13. Adelantar con el grupo de personal encargado de realizar el procesamiento de la prueba de valoración de antecedentes y entregar los resultados para su publicación, previa aprobación de la CNSC.

El Coordinador de la Verificación de Requisitos Mínimos y de la Prueba de Valoración de Antecedentes es responsable por la entrega de los siguientes productos para la CNSC: La información sobre organización del equipo de analistas, de las instalaciones

físicas, recursos técnicos, condiciones de seguridad y demás aspectos relacionados con el proceso de verificación de requisitos mínimos de los aspirantes habilitados para continuar en el concurso.

Los resultados de los ADMITIDOS y NO ADMITIDOS para continuar en el Concurso de Méritos de acuerdo con la revisión de los requisitos mínimos.

Los resultados de la Valoración de Antecedentes que se realicen a los aspirantes que hayan cumplido los requisitos mínimos de los empleos a los cuales se presentaron.

Resultados definitivos de los procesos adelantados por el grupo de analistas encargados de la verificación de requisitos mínimos y de la valoración de antecedentes.

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Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

Informe de las reclamaciones, derechos de petición, acciones administrativas y demás relacionadas con la revisión del cumplimiento de los requisitos mínimos y valoración de antecedentes.

Presentar a consideración del Coordinador General y de la CNSC la Guía de Orientación que debe publicarse para conocimiento de los participantes en el Concurso de Méritos de los empleos de Docentes y Directivos Docentes.

El informe final de las actividades desarrolladas en la etapa de verificación de requisitos mínimos y valoración de antecedentes.

Un (1) Coordinador de Atención y Respuesta a Reclamaciones

Título profesional en Derecho, con estudios de posgrado en derecho administrativo, público y civil.

Tres (3) años de experiencia profesional en el desempeño de funciones en derecho público y/o derecho administrativo que incluya la ejecución de cualquiera de las siguientes actividades: atención a reclamaciones, respuestas a derechos de petición, recursos en vía gubernativa y respuesta a acciones judiciales en el sector público.

Tendrá las siguientes responsabilidades: Será el encargado orientar y velar que las actuaciones legales dEl(os) contratista(s) en desarrollo del proceso de selección se ajusten a la normatividad vigente. Liderar la defensa judicial del proceso de selección adjudicado al contratista.

1. Será el responsable de la orientación técnica, oportuna y sustentada de respuestas a las reclamaciones, derechos de petición y solicitudes que se desprendan de las acciones desarrolladas por El(os) contratista(s) en relación con los procesos de selección.

2. Garantizar que las decisiones que se adopten y las respuestas que se suministren con ocasión de reclamaciones, derechos de petición y acciones judiciales en las diferentes fases de la etapa de pruebas, se produzcan conforme a las normas legales y reglamentarias que rigen la Carrera Docente, a lo dispuesto en los Acuerdos de las convocatorias expedidos por la CNSC y que estén soportados en las pruebas documentales correspondientes a cada caso en particular, que las mismas se emitan dentro de los términos y

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Línea Nacional CNSC 019003311011

Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

oportunidades previstas y, en todo caso, que gocen de calidad en su contenido, sindéresis, objetividad, responsabilidad y legalidad.

3. Coordinar la proyección y el contenido de las decisiones y respuestas a las reclamaciones, derechos de petición y a las acciones judiciales y demás actuaciones que sean necesarias, conforme con su competencia.

4. Informar de manera oportuna al Coordinador General y al supervisor del contrato por parte de la CNSC, de las situaciones que se generen en desarrollo de los procesos del concurso, para definir y tomar las medidas conducentes.

5. Disponer que se lleve, por los profesionales que apoyan este proceso, las estadísticas permanentemente actualizadas de las reclamaciones, derechos de petición y acciones judiciales identificando el tipo de reclamaciones y asuntos objeto de las mismas.

6. Coordinar la atención y respuesta oportuna a las reclamaciones que se presenten por el aplicativo dispuesto para el efecto y las demás que se realicen por otros medios de las diferentes fases del concurso.

7. Llevar en archivos magnéticos, las respuestas suministradas y mantener la custodia, organización, clasificación debidamente rotulados los archivos físicos de las reclamaciones, derechos de petición y acciones judiciales, que permitan su fácil y oportuna consulta.

8. Apoyar jurídicamente con altos niveles de profesionalismo y bajo los cánones de la lealtad los procesos de carácter legal que requiera atender el Coordinador de Pruebas en la atención de los asuntos bajo sus responsabilidad y consultando en todo momento y para todos los efectos las normas legales vigentes y las disposiciones de la CNSC.

9. Ejercer autocontrol en el cumplimiento de las labores bajo su responsabilidad y responder por la calidad de los productos que deba preparar y entregar y para garantizar que se dé cumplimiento a las condiciones, términos y presupuestos que cada asunto exija.

10. Informar al Coordinador de Pruebas de cualquier irregularidad, inconveniente, anomalía que llegue a conocer con ocasión de sus responsabilidades, con la oportunidad debida.

El Coordinador de la Atención y Respuesta a las Reclamaciones es responsable por la entrega de los siguientes productos para la CNSC: La información sobre organización del equipo de atención y respuesta a las

reclamaciones que se presenten en los diferentes procesos adelantados por El(os) contratista(s).

Resultados en medio magnético de las reclamaciones y la respuesta a las mismas que se hicieron por los encargados de su atención.

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Línea Nacional CNSC 019003311011

Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

Informes parciales y finales de las actividades realizadas con motivo de las reclamaciones presentadas por el aplicativo dispuesto para el efecto, derechos de petición, acciones judiciales y demás que se presenten con ocasión de los procesos adelantados y pruebas realizadas.

Información oportuna a la CNSC sobre las situaciones que requieran de su intervención para las reclamaciones, acciones judiciales y demás inherentes al proceso.

Informe final de las actividades realizadas por los encargados de la atención de reclamaciones y respuestas a las mismas, en las condiciones que indique la CNSC.

Un (1) Coordinador de la Logística

Título Profesional en cualquiera de las siguientes disciplinas: Administración Pública, Administración de Empresas, Psicología o Ingeniería Industria, Derecho.

Tres (3) años de experiencia profesional en el desarrollo de actividades de coordinación en procesos de en el desarrollo de actividades de coordinación en procesos de selección de personal, administración del recurso humano o de logística de evaluación para la selección de personal.

Tendrá las siguientes responsabilidades:

1. Planear, organizar, coordinar y supervisar la disponibilidad de los espacios necesarios para la realización de las entrevistas que corresponda al contratista desarrollar.

2. Adelantar la parametrización que se requiere para la distribución de los espacios físicos, los aspirantes que deben presentar la prueba de entrevista, las horas programadas y los tiempos de realización de ellas, para conocimiento de los participantes, los entrevistadores y los coordinadores general y de la prueba de entrevistas.

3. Adelantar las gestiones necesarias para la consecución, formalización y disponibilidad de los espacios físicos, los elementos, equipos y aspectos necesarios para el desarrollo de las entrevistas.

4. Organizar todo lo relacionado con la ejecución de las pruebas de entrevistas, los medios para la rendición de los informes de los entrevistadores y la coordinación de las actividades.

5. Establecer los programas de contingencia que sean indispensables de los sitios de realización, las facilidades para los entrevistadores y los entrevistados, de manera que se asegure el desarrollo y cumplimiento de los tiempos programados para las entrevistas.

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Línea Nacional CNSC 019003311011

Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

6. Coordinar con los encargados de realizar las entrevistas el cumplimiento de la programación efectuada, y realizar, si es del caso, los ajustes a las situaciones que puedan afectar el normal desarrollo de las entrevistas.

7. Mantener informado al Coordinador General y al de la Prueba de Entrevistas sobre el desarrollo del proceso, y en caso de ser necesario, concertar con ellos los ajustes que sean indispensables para el cumplimiento del programa de ejecución de las entrevistas.

8. Presentar los informes de resultados de la ocupación de los espacios, sitios y demás dispuestos para el desarrollo de las entrevistas, luego de su finalización.

El Coordinador de la Logística es responsable por la entrega de los siguientes productos para la CNSC: La información sobre la planeación, organización de los espacios físicos,

entrevistadores, sitios de realización, recursos técnicos, condiciones de seguridad y demás aspectos relacionados con el proceso de entrevistas a los aspirantes habilitados para continuar en el concurso.

Parametrización de la citación a los entrevistados para su publicación. Información continua del proceso de avance del desarrollo de la prueba de

entrevista, respecto a espacios físicos, recursos y cumplimiento de los entrevistadores y entrevistados, en asocio del Coordinador de la Prueba.

Solucionar las situaciones e imprevistos que se presenten en la ejecución de esta actividad, cuando sea del caso.

Informe de resultados finales sobre el desarrollo y realización del proceso en relación con los espacios y medios complementarios previstos para ello.

Un (1) Profesional de apoyo para atención a reclamaciones.

Título profesional en Derecho.

Dos (2) años de experiencia profesional en el desempeño de funciones en derecho público y/o derecho administrativo que incluya la ejecución de cualquiera de las siguientes actividades: atención a reclamaciones, respuestas a derechos de petición, recursos en vía gubernativa y respuesta a acciones judiciales en el sector público.

Tendrán a cargo las siguientes responsabilidades:

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Línea Nacional CNSC 019003311011

Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

1. Seguir las instrucciones y orientaciones que se le impartan para el cumplimento oportuno y eficaz de las responsabilidades a su cargo, en materia de atención de reclamaciones, derechos de petición, acciones judiciales y actuaciones administrativas.

2. Asistir a las capacitaciones que se brinden para obtener el conocimiento, la comprensión, la claridad y el entrenamiento total respecto del Concurso Abierto de Méritos, de las condiciones, tiempos y demás aspectos en que se desarrollará el mismo conforme a las normas legales y reglamentarias y a los Acuerdos de las Convocatorias aprobadas por la CNSC.

3. Conocer de manera precisa y detallada las normas legales y reglamentarias, la jurisprudencia de las Altas Cortes, los conceptos y doctrina que ha expedido la CNSC en materia de Carrera Docente y en materia de pruebas de los concursos abiertos de mérito, las reglas y términos contenidos en los Acuerdos de las Convocatorias expedidos por la CNSC para poder ejercer las responsabilidades a su cargo.

4. Participar en la realización de las actuaciones administrativas a que haya lugar, por posibles suplantación y/o falsedad, entre otras situaciones, antes, durante o después de la ejecución de las fases del proceso del concurso.

5. Recaudar las pruebas necesarias y llevar a cabo las actuaciones administrativas que cada reclamación amerite, para el adecuado análisis de los asuntos puestos a consideración por parte de los aspirantes, de la CNSC o de terceros interesados o ajenos al Concurso, que permita la adecuada toma de decisiones respecto de las mismas.

6. Proyectar las respuestas que se deban suministrar con ocasión de reclamaciones, derechos de petición y acciones judiciales y asegurarse que las mismas se emitan conforme a las normas legales y reglamentarias que rigen la Carrera Docente, a lo dispuesto en los Acuerdos 433 a 491 de 2013, expedidos por la CNSC; que correspondan a los hechos y a las pruebas documentales y que se emitan dentro de los términos y oportunidades previstas en el mismo, y en todo caso que las mismas ostenten calidad en su contenido, sindéresis, objetividad, responsabilidad y legalidad.

7. Apoyar jurídicamente con altos niveles de profesionalismo y bajo los cánones de la lealtad los procesos de carácter legal que requiera atender los Coordinadores de las Pruebas, en la atención de los asuntos bajo sus responsabilidad y consultando en todo momento y para todos los efectos las normas legales vigentes y las disposiciones de la CNSC.

8. Ejercer autocontrol en el cumplimiento de las labores bajo su responsabilidad y responder por la calidad de los productos que deba preparar y entregar y para garantizar que se dé cumplimiento a las condiciones, términos y presupuestos que cada asunto exija.

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Línea Nacional CNSC 019003311011

Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. 5:30 p.m.

9. Informar a los Coordinadores de Pruebas de cualquier irregularidad, inconveniente, anomalía que llegue a conocer con ocasión de sus responsabilidades, con la oportunidad debida.

10. Los demás actividades y labores propias de las responsabilidades asignadas. Un (1) profesional en Informática y/o Sistemas.

Título profesional en Ingeniería de Sistemas.

Tres (3) años experiencia profesional relacionada con el objeto contractual.

Este profesional tendrá a cargo las siguientes responsabilidades: 1. Concertar y establecer con el Coordinador General y con la CNSC dentro de los

cinco (5) días hábiles a partir del día de inicio de ejecución del contrato, el Plan de Trabajo para la Verificación de la Capacidad de la Infraestructura Tecnológica y dar estricto cumplimiento al mismo conforme a los Acuerdos de Niveles de Servicio contenidos en el Anexo 9 del pliego de condiciones, a los niveles de respuesta y a las exigencias de la CNSC para la eficaz automatización de la información en las diferentes actividades y fases del Concurso Abierto de Méritos objeto del contrato, Plan que deberá suscribir conjuntamente con el Coordinador General y garantizar permanentemente que se de estricto cumplimiento a lo allí previsto.

2. Dirigir y controlar todas y cada una de las actividades para el cumplimiento eficaz de los asuntos propios de los Sistemas de Información, seguridad de la información y de las bases de datos, que deban ejecutarse en desarrollo del contrato.

3. Dar visto bueno previo respecto de la idoneidad y calidad de las personas necesarias para el manejo del aplicativo dispuesto para el cargue y consulta en el Sistema de información que se utilizará para la etapa de verificación de requisitos mínimos y valoración de antecedentes, y certificar que El(os) contratista(s) cuente con el talento humano necesario para el efecto y para el manejo de las bases de datos y demás archivos, informes y reportes requeridos en desarrollo del Concurso Abierto de Méritos.

4. Garantizar que El(os) contratista(s) disponga de la infraestructura tecnológica e informática, de comunicaciones y equipos de cómputo y software adecuados y necesarios para el manejo de la información que se requiere en desarrollo del

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Concurso Abierto de Méritos, durante la ejecución del contrato, así como de los niveles de servicio que exige la CNSC en el Anexo 9 del pliego de condiciones.

5. Garantizar, en coordinación con el Coordinador General, que los espacios físicos, los medios técnicos y tecnológicos e instalaciones para la operación de los procesos de información indispensables para el desarrollo de las fases de verificación de requisitos mínimos y valoración de antecedentes al igual que las entrevistas del Concurso Abierto de Méritos cumplan con las más estrictas condiciones de seguridad propios para el manejo de la información del mismo y su confidencialidad.

6. Realizar la instalación, en la infraestructura tecnológica dEl(os) contratista(s), de los aplicativos que se entreguen por la CNSC para surtir el manejo de la información propia de la convocatoria al Concurso Abierto de Méritos y conocerlos y operarlos de manera íntegra y adecuada conforme al Manual del Usuario, que garantice una operación eficaz de los mismos, así como para el acceso y consulta adecuada de la información durante el desarrollo de los mismos.

7. Ser el Líder Funcional por parte dEl(os) contratista(s), de los Sistemas de Información dispuestos para el Concurso Abierto de Méritos, para dirigir, operar, consultar y cargar la información. Con este propósito debe asistir a la capacitación que será impartida por la CNSC para el uso de los aplicativos referidos.

8. Capacitar y entrenar al personal bajo su responsabilidad en los temas y actividades propios de sistemas y en la operatividad de los sistemas de información conforme a lo señalado en el Manual del Usuario de los mismos.

9. Coordinar, controlar, vigilar y dar visto bueno a todas las actividades y productos del personal interno y externo designado por El(os) contratista(s) para la ejecución de las actividades propias de los sistemas de información.

10. Supervisar y adoptar todas las medidas necesarias en cada una de las etapas de la Convocatoria en lo referente al manejo, producción, cargue y generación de información, de tal forma que cuenten con los más altos estándares de calidad y confiabilidad y seguridad en el manejo de la información; labores que desarrollará conjuntamente con el Coordinador de Pruebas.

11. Garantizar que la información que deba ingresarse a los sistemas de información, se realice en las fechas establecidas, en el Plan de Trabajo y Cronograma aprobado por la CNSC y en las condiciones exigidas, ejerciendo labores de verificación y comprobación de la calidad de la información, de tal forma que se garantice confiabilidad y oportunidad.

12. Realizar los backups, o las copias de seguridad de la información, en las condiciones adecuadas y más convenientes, de las bases de datos y de toda la información propia del concurso e igualmente de la información y bases de datos

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del procesamiento de las pruebas, de las estadísticas y de los resultados de las mismas, garantizando su confiabilidad, calidad y disponibilidad.

13. Garantizar la existencia de un plan de contingencia efectivo para el procesamiento de la información de las actividades del concurso y de los planes de seguridad para evitar la pérdida o daño en la información.

14. Asegurarse de conocer suficientemente el funcionamiento de todos y cada uno de los aplicativos que se entreguen por la CNSC y de los demás que sean necesarios para la parametrización de los sitios de aplicación de las pruebas escritas, para su lectura y procesamiento y ejecutar de inmediato las acciones de orden técnico a que haya lugar en caso de que alguno de los sistemas de información presente algún tipo de falla, de manera que se dé solución efectiva y eficaz y que evite la afectación del servicio, por lo cual debe realizar y estar atento permanentemente de todas las operaciones de los sistemas dispuestos para el concurso.

15. Informar de inmediato al Coordinador General y a la CNSC de cualquier anomalía que se presente en la administración de la información, en la operación de los sistemas de información o de cualquier circunstancia que amerite ejercer acciones inmediatas para evitar la afectación del proceso y del Concurso Abierto de Méritos.

16. Ser enlace entre El(os) contratista(s) y el área de Sistemas y el supervisor del contrato de la CNSC para todos los efectos referidos a la operación de los aplicativos entregados por la CNSC, sin perjuicio que El(os) contratista(s) realice y asuma todas las acciones inmediatas para conjurar las fallas técnicas.

17. Impedir cualquier uso inadecuado e inapropiado de la información del Concurso Abierto de Méritos, bajo su responsabilidad.

18. Ejecutar y coordinar todas y cada una de las actividades y acciones inherentes desde el punto de vista tecnológico en el proceso del concurso que garantice el cumplimento de las obligaciones dEl(os) contratista(s) en la oportunidad prevista en el Plan de Trabajo y Cronograma de ejecución del contrato y conforme a los Acuerdos de las convocatorias expedidos por la CNSC.

19. Asegurarse y garantizar que los aplicativos que se entreguen por la CNSC sean de uso único y exclusivo para la administración de la información propia del Concurso Abierto de Méritos objeto del contrato y que no serán usados para ningún otro propósito y que al finalizar la ejecución del contrato sean desinstalados y devueltos a la CNSC en su integridad.

20. En todo caso deberá actuar con la máxima diligencia para evitar a toda costa que la Convocatoria y el Concurso Abierto de Méritos se vean afectados por problemas de orden tecnológico.

21. Ejercer todas las actividades y labores inherentes a la responsabilidad encomendada.

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El Profesional de es responsable por la entrega de los siguientes productos para la CNSC: La organización y disponibilidad de todo el equipo y software necesario para el

desarrollo de las diferentes fases del proceso de verificación de requisitos mínimos, pruebas de valoración de antecedentes y entrevistas.

El funcionamiento adecuado del sistema de información que se requiere para el desarrollo del proceso de selección por Mérito de los aspirantes al concurso.

Entregar oportunamente y dentro de los términos establecidos en el contrato suscrito con la Universidad, los reportes de los procesos adelantados por quienes intervienen en ellos.

Llevar y mantener el backup de toda la información relacionada con los procesos contratados y para conocimiento de la CNSC y de la Universidad contratada.

La información procesada y organizada por proceso de las actividades realizadas por el equipo técnico del proceso, sobre los resultados, aplicativos, informes parciales y finales del proceso.

Informar oportunamente y tomar las acciones necesarias para los planes de contingencia que pudieren presentarse en el desarrollo de los procesos que corresponde atender a la Universidad.

Devolver a la CNSC los aplicativos que sean facilitados para las diferentes etapas del concurso y responsabilizarse de cualquier irregularidad o mal uso que se haga de ellos.

Cinco (5) Técnicos de apoyo administrativo.

Título de tecnólogo o técnico profesional en cualquiera de las siguientes áreas: Técnica Profesional en Administración de Empresas, Tecnología en Administración de Empresas, Técnica Profesional en Ingeniería Industrial, Tecnología en Ingeniería Industrial, Técnica Profesional en Administración Publica o Tecnología en el área de sistemas de información.

Dos (2) años de experiencia relacionada con gestión documental y atención al cliente.

Tendrán las siguientes responsabilidades: 1. Ejercer las labores de apoyo, en desarrollo del contrato, de acuerdo con el

reparto que de las mismas haga el Coordinador General. 2. Realizar las labores de archivo y organización de los documentos físicos que se

generen, reciban o produzcan durante la ejecución del contrato, conforme a las técnicas de archivo de la información en medio físico y garantizar su consulta.

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3. Conocer de manera precisa y clara la información general del concurso y mantenerse actualizado respecto de la misma, que le permita suministrar la información sobre el mismo a los integrantes del equipo del proyecto y al público en general.

4. Atender al público, las llamadas telefónicas y las solicitudes efectuadas vía internet o por correo electrónico que se reciban en el centro de servicio dispuesto por El(os) contratista(s) (Call center) y dar respuesta a los requerimientos, inquietudes o consultas de carácter general que presenten los interesados en relación con el Concurso Abierto de Méritos, siendo privativo del Coordinador de Pruebas y de los profesionales de apoyo todo lo referente a respuestas a reclamaciones, derechos de petición, y acciones judiciales.

5. Registrar en una bitácora dispuesta por El(os) contratista(s) para el efecto, las diferentes inquietudes y requerimientos que hagan los aspirantes y los ciudadanos en general y llevar las estadísticas respecto de las mismas para su análisis y toma de decisiones en cuanto a la divulgación de respuestas a preguntas frecuentes.

6. Recepcionar y registrar las quejas que se presenten o que conozca en desarrollo del Concurso Abierto de Méritos asegurándose de registrar los hechos, el nombre, dirección y número de contacto de quien suministra la información y ponerlas de inmediato en conocimiento del Coordinador General, quien adoptará las acciones a que haya lugar.

7. Ejercer autocontrol en el desarrollo de sus responsabilidades y las responsabilidades dentro de las oportunidades señaladas o requeridas.

8. Ejercer las demás responsabilidades que se le asignen o requieran inherentes al apoyo técnico y operativo durante la ejecución del contrato.

En caso en que el oferente presente dentro de su propuesta equipo adicional al mínimo previsto en el presente anexo y en los pliegos de condiciones, para la ejecución del contrato se considerarán, para todos los efectos, como integrantes del equipo mínimo y, por tanto, deberán asumir las responsabilidades descritas en este numeral.

X. EQUIPOS DE TRABAJO. Una vez adjudicado el contrato, se requerirá la conformación de los siguientes equipos de trabajo: Equipo para la etapa de Verificación de Requisitos Mínimos y Valoración de Antecedentes:

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Un equipo multidisciplinario de personas con las calidades básicas necesarias de formación y experiencia, encargados de atender la recepción de los documentos para la verificación de requisitos mínimos y calificación de valoración de antecedentes, así como el procesamiento de resultados y la consolidación de resultados.

Este equipo no será evaluado ni calificado dentro del presente proceso, debe conformarse, dentro de los diez días siguientes a la firma del acta de inicio del contrato, para lo cual El(os) contratista(s) presentará ante la CNSC las hojas de vida con el cumplimiento de las condiciones y calidades que garanticen el cumplimiento de las actividades a desarrollar.

XI. PLAN DE TRABAJO Y CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El Proponente con sus propuestas deberá presentar el Plan de Trabajo y Cronograma de ejecución del(os) contrato(s) teniendo en cuenta el contenido del ANEXO No. 11 PLAN DE TRABAJO Y CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El Proponente deberá considerar los tiempos en que debe ejecutar el contrato, tomando en consideración las diferentes etapas del Concurso, es decir desde la verificación de requisitos mínimos hasta la consolidación de la información de los resultados de las pruebas para la generación de los informes correspondientes a las actividades desarrolladas, para lo cual deberá realizar verificación del cumplimiento de requisitos mínimos y de la prueba de valoración de antecedentes, al igual que de la prueba de entrevista y los resultados finales consolidados para la publicación de éstos previa autorización de la CNSC, la atención de las reclamaciones en cada una de las fases y pruebas y la consolidación de la información, todo lo cual deberá ejecutarse en un período máximo de cinco (5) meses. (sin que exceda al 31 de diciembre de 2014) NOTA: El plan de trabajo podrá ser objeto de ajustes para su aprobación inicial y aún después de iniciada la ejecución del contrato a solicitud de la CNSC, acorde con los requerimientos técnicos del proceso y a las reglamentaciones y disposiciones propias de la convocatoria.

XII. SISTEMAS DE INFORMACIÓN La CNSC suministrará al(os) contratista(s) los aplicativos para: cargue de documentos, verificación de requisitos mínimos, citación pruebas escritas, resultados

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pruebas, reclamaciones y valoración de antecedentes para que sean usados en el desarrollo del proceso de selección. No obstante, dichos aplicativos deberán ser adecuados y ajustados por la(s) Universidad(es) para el proceso de selección y realizará las pruebas necesarias que permitan garantizar su óptimo funcionamiento, disponibilidad y cobertura en oportunidad para todos los participantes en el proceso de selección. Dichos aplicativos deberán ser instalados en el servidor del(os) contratista(s) y se colgará en la página web de la entidad. El(os) contratista(s) debe(n) garantizar el servicio de Hosting, Conectividad a Internet y demás servicios asociados para alojar las soluciones informáticas que entregara la CNSC,

Este servicio se debe garantizar para que los aspirantes de las Convocatorias Nos. 136 a 249 de 2012, 253 y 254 de 2013, puedan acceder en las fechas estipuladas vía Web con un excelente tiempo de respuesta (a nivel de segundos). Además se debe garantizar sistemas de seguridad, con el fin de que el servicio no se vea afectado por ataques de seguridad tales como denegación del servicio, etc. El(os) contratista(s) debe garantizar que el servicio que brindan las aplicaciones este activo, durante el 99.6% del periodo que se preste, el cual debe tener disponibilidad de 24 horas al día, 7 días a la semana, es decir el(os) contratista(s) debe disponer de los servidores, software de base, equipos redundantes si fuere necesario y elementos de comunicación que le permita mantener activo el servicio todo el tiempo. El(os) contratista(s) debe garantizar copias de seguridad de la información diarias para las Bases de Datos que tienen actualización (insert, delete, update), y para las que son de consulta copia semanal. El(os) contratista(s) debe(n) garantizar mediante la instalación de dispositivos de hardware y/o software que a las Bases de Datos solo se accede a través de los aplicativos y que el único que accede es el administrador de la Base de datos sea el DBA. El(os) contratista(s) deberá(n) garantizar la entrega, reserva, y disponibilidad de la información a la CNSC, igualmente el(os) contratista(s) deberá(n) mantener copias disponibles de la información que permita la recuperación en caso de cualquier siniestro. Para cada proceso de información, sin excepción, que enviará el(os) contratista(s) para ser publicado en la página web de la entidad para su divulgación,

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deberá contar con dos copias de seguridad con el propósito de garantizar que la información tenga un respaldo en caso de pérdida y/o siniestro. EI contratista debe contar con la capacidad de almacenamiento en el servidor donde se van a alojar los documentos que se van a anexar en los aplicativos para la Verificación de Requisitos Mínimos, Análisis de Antecedentes, Entrevistas y reclamaciones en cada una de las anteriores fases del proceso. El(os) contratista(s) debe(n) contar con profesionales capacitados y conocedores en estas plataformas tecnológicas para prestar soporte en los servicios requeridos de esta convocatoria. Los sistemas de Información o plataforma informática que se entregarán al

CONTRATISTA serán:

a. Registro de documentos de estudio y experiencia de aspirantes. Lenguaje de programación: Visual Basic y C# .NET 2005 y 2008 Base de Datos: MS SQL server Sistema operativo: Windows server

b. Verificación de Requisitos Mínimos

Lenguaje de programación: Visual Basic y C# .NET 2005 y 2008 Base de Datos: MS SQL server Sistema operativo: Windows server

c. Citación a pruebas.

Lenguaje de programación: JAVA Base de Datos: MS SQL server Sistema operativo: Windows server

d. Publicación de resultados de las pruebas aplicadas.

Lenguaje de programación: Visual Basic y C# .NET 2005 y 2008 Base de Datos: MS SQL server Sistema operativo: Windows server

e. Valoración de Antecedentes

Lenguaje de programación: Visual Basic y C# .NET 2005 y 2008 Base de Datos: MS SQL server Sistema operativo: Windows server

f. Reclamaciones y respuesta a reclamaciones

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Lenguaje de programación: JAVA Base de Datos: MS SQL server Sistema operativo: Windows server

El(os) contratista(s) deberá(n) utilizar los sistemas de información como herramienta tecnológica que serán entregados por la CNSC con el propósito único y exclusivo de realizar la administración de la información propia de la Convocatoria y el Concurso Abierto de Méritos objeto del presente proceso de licitación, y por ende y con la sola suscripción de la propuesta y del contrato en caso de llegar a salir adjudicatario se compromete a devolverlos a la CNSC y a no hacer uso distinto a los mismos, a no enajenarlos ni a disponer de ellos, casos en los cuales dará lugar a que la CNSC ejerza las acciones legales necesarias. Para el efecto, El(os) contratista(s) deberá(n) disponer de la infraestructura tecnológica de Hardware y de comunicación Web (conexión a internet) con la capacidad suficiente para la operación de los niveles de servicio que se detallan en el Anexo 9 del pliego de condiciones, teniendo en cuenta la cantidad de empleos vacantes a ofertar, que asciende a 24.250, y un estimado de 55.461, que presentarán documentación para soportar el cumplimiento de requisitos mínimos. El(os) contratista(s) deberá(n) garantizar que el Ingeniero de Sistemas que conforma el Equipo Mínimo de Trabajo se asegure de conocer las funcionalidades de todos y cada uno de los sistemas de información, a efecto que pueda cumplir estrictamente con las responsabilidades establecidas a dicho profesional en este documento. El(os) contratista(s) deberá(n) realizar el cargue de la información en los diferentes aplicativos y asegurarse que se ejecute en el término previsto en los Acuerdos de las convocatorias del concurso expedidos por la CNSC, de las fases y pruebas y de acuerdo con las funcionalidades, entre otras: La información del sitio, fechas y medios para la entrega de los documentos que

acrediten la formación académica y experiencia vía web, al igual que la utilización del aplicativo dispuesto para la verificación del cumplimiento de requisitos mínimos y de la aplicación de la prueba de valoración de antecedentes.

La parametrización del sitio, fecha, hora y aspirantes para la aplicación de la prueba de entrevista, información que deberá ser cargada en el sistema de Información del cual debe disponer el(os) contratista(s) según se establece en el pliego de condiciones.

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Los resultados de verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos, de la

calificación de la valoración de antecedentes, de la prueba de entrevista y de los resultados parciales y definitivos, previa aprobación de éstos por parte de la CNSC.

La atención y respuestas a las reclamaciones y derechos de petición, acciones

judiciales, que interpongan los aspirantes y la demás información que se requiera para el eficaz desarrollo y cumplimiento de la Convocatoria en sus diferentes fases de desarrollo.

Toda la demás información propia del Concurso Abierto de Méritos, acorde con

las funcionalidades de cada uno y en los términos dispuestos por la CNSC en los Acuerdos de las Convocatorias expedidos por la CNSC.

XIII. IMAGEN INSTITUCIONAL

El(os) contratista(s) debe(n) dar toda la publicidad y reconocimiento verbal y escrito a la CNSC en la ejecución del contrato como Entidad responsable conforme a la ley, de la administración y vigilancia de los procesos de selección del personal de Carrera Docente y por actuar el(os) contratista(s) en calidad de delegado de ésta; en consecuencia, toda la documentación, difusión de información, formatos, vallas y demás productos, comunicados de la Convocatoria y del Concurso Abierto de Méritos que sean utilizados por la Universidad o Institución de Educación Superior en la ejecución del contrato, deberá tener el logotipo de la CNSC con el nombre de la Entidad, en un tamaño que corresponda al 70% para la CNSC y el 30% para la Universidad o Institución de Educación Superior. Me comprometo con la presente firma a cumplir cabalmente con el presente Anexo Técnico. Cordialmente, ______________________________________ Firma Representante Legal Cédula de Ciudadanía:___________________ Nombre:_______________________________ Universidad:____________________________