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ANÁLISIS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD S.FARM-002-2018 41. Federico tiel Fusta CÓDIGO: GA-FR-045 Fecha de elaboración: 18-01-2016 Fecha de actualización: 26-12-2017 Versión: 4 Página 1 de 18 PROCESO DE SELECCIÓÓN DE: MINIMA CUANTIA: MENOR CUANTIA: MAYOR CUANTÍA: X E.S.E. HOSPITAL FEDERICO LLERAS ACOSTA — ANALSISIS DE CONVENIENCIA SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN CAPITULO I: DESCRIPCIÓN GENERAL Fecha de elaboración del Análisis de conveniencia 13 de Febrero de 2018 Nombre del funcionario que diligencia el Análisis de conveniencia Santiago Zuluaga Castaño Dependencia que supervisa la Ejecución del Contrato Servicio Farmacéutico Dependencia solicitante Servicio Farmacéutico Tipo de Contrato Suministros Presupuesto Oficial $3.030.000.000.00 Rubro del Presupuesto Oficial 3420010001 productos farmacéuticos Descripción de la Necesidad Justificación El Hospital Federico Lleras Acosta de Ibagué — Tolima E.S.E. presta servicios de salud a Empresas Promotoras de Salud, Secretaria de Salud Departamental y Municipales del Régimen Subsidiado, además de las necesidades de otras entidades prestadoras del servicio de salud, teniendo en cuenta que es la única Institución Pública que presta servicios de alta complejidad en el Departamento del Tolima. Que El Hospital Federico Lleras Acosta, está interesado en recibir ofertas de todas las personas naturales y jurídicas, que suministren medicamentos de alta calidad, requeridos para cubrir las necesidades en salud de los usuarios y beneficiarios de acuerdo con las especificaciones y condiciones plasmadas en el análisis de conveniencia y oportunidad descritos en el anexo 1 y anexo 5, bajo la modalidad de CONVOCATORIA PUBLICA DE MAYOR CUANTIA, en virtud de los Principios de eficacia, eficiencia, economía y transparencia contemplados en el ESTATUTO DE CONTRATACIÓN DEL HOSPITAL y demás normas concordantes. El funcionamiento de los servicios farmacéuticos está regido en Colombia por el Decreto 2200 de 2005 y la Resolución 1403 de 2007; el decreto define los servicios farmacéuticos como: "el servicio de atención en salud responsable de las actividades, procedimientos e intervenciones de carácter técnico, científico y administrativo, relacionados con los medicamentos y los dispositivos médicos utilizados en la promoción de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, con el fin de contribuir en forma armónica e integral al mejoramiento de la calidad de vida individual y colectiva". Calle 33 N° 4 1 -50 B/ La Francia Página Web: www.hflleras.gov.co SERVICIO FARMACEUTICO Página 1 de 18

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ANÁLISIS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD S.FARM-002-2018

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Federico tiel Fusta CÓDIGO: GA-FR-045

Fecha de elaboración: 18-01-2016

Fecha de actualización: 26-12-2017

Versión: 4 Página 1 de 18

PROCESO DE SELECCIÓÓN DE: MINIMA CUANTIA: MENOR CUANTIA:

MAYOR CUANTÍA: X

E.S.E. HOSPITAL FEDERICO LLERAS ACOSTA — ANALSISIS DE CONVENIENCIA SELECCIÓN DE CONTRATACIÓN

CAPITULO I: DESCRIPCIÓN GENERAL

Fecha de elaboración del Análisis de conveniencia 13 de Febrero de 2018 Nombre del funcionario que diligencia el Análisis de conveniencia Santiago Zuluaga Castaño

Dependencia que supervisa la Ejecución del Contrato Servicio Farmacéutico Dependencia solicitante Servicio Farmacéutico Tipo de Contrato Suministros Presupuesto Oficial $3.030.000.000.00 Rubro del Presupuesto Oficial 3420010001 productos farmacéuticos

Descripción de la Necesidad

Justificación

El Hospital Federico Lleras Acosta de Ibagué — Tolima E.S.E. presta servicios de salud a Empresas Promotoras de Salud, Secretaria de Salud Departamental y Municipales del Régimen Subsidiado, además de las necesidades de otras entidades prestadoras del servicio de salud, teniendo en cuenta que es la única Institución Pública que presta servicios de alta complejidad en el Departamento del Tolima.

Que El Hospital Federico Lleras Acosta, está interesado en recibir ofertas de todas las personas naturales y jurídicas, que suministren medicamentos de alta calidad, requeridos para cubrir las necesidades en salud de los usuarios y beneficiarios de acuerdo con las especificaciones y condiciones plasmadas en el análisis de conveniencia y oportunidad descritos en el anexo 1 y anexo 5, bajo la modalidad de CONVOCATORIA PUBLICA DE MAYOR CUANTIA, en virtud de los Principios de eficacia, eficiencia, economía y transparencia contemplados en el ESTATUTO DE CONTRATACIÓN DEL HOSPITAL y demás normas concordantes.

El funcionamiento de los servicios farmacéuticos está regido en Colombia por el Decreto 2200 de 2005 y la Resolución 1403 de 2007; el decreto define los servicios farmacéuticos como: "el servicio de atención en salud responsable de las actividades, procedimientos e intervenciones de carácter técnico, científico y administrativo, relacionados con los medicamentos y los dispositivos médicos utilizados en la promoción de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, con el fin de contribuir en forma armónica e integral al mejoramiento de la calidad de vida individual y colectiva".

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CÓDIGO: GA-FR-045

Fecha de elaboración: 18-01-2016

Fecha de actualización: 26-12-2017

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El CAPÍTULO III del Decreto 2200 de 2005 en su artículo 15 enciso 1, define que los procesos generales del servicio farmacéutico incluyen como mínimo: selección, adquisición, recepción, almacenamiento, distribución y dispensación de medicamentos y dispositivos médicos...

Los medicamentos son una de las principales estrategias terapéuticas con las que se cuenta en la actualidad para dar tratamiento, corregir, diagnosticar, prevenir y disminuir los síntomas y secuelas de los diferentes eventos o condiciones patológicas que afectan a una población. Así como diversas son las causas, severidades, síntomas, características de los pacientes y evolución de las enfermedades para las cuales están indicados, son amplias las moléculas, presentaciones y concentraciones que se disponen para un manejo racional, medicado, lógico y sustentado, para alcanzar los mayores índices de efectividad dentro de las limitaciones naturales que existen en el abordaje terapéutico de los diversos factores de morbilidad, si tenemos en cuenta que la entrega total y oportuna de los medicamentos se convierte en factor imprescindible para garantizar una mejor atención en salud a la población beneficiaria, bajo condiciones de fácil acceso, disponibilidad suficiente, oportuna y permanente de los medicamentos formulados por parte del personal asistencial, lo que redunda en la mejora de los indicadores de salud y calidad de vida de los usuarios, trayendo con ello innumerables beneficios de viabilidad para el subsistema en el corto y mediano plazo, a la vez que se convierte en una actividad estratégica para facilitar la misión del Hospital Federico Lleras Acosta E.S.E. de Ibagué Tolima.

El Servicio de Salud es de carácter público, que no puede ser suspendida su ejecución por razones administrativas, siendo por lo tanto necesario satisfacer el desarrollo de los procesos de todo orden dentro de la institución en cumplimiento de su objeto social, en aras de garantizar la prestación de los servicios de salud a la población usuaria y su derechos fundamentales a la salud y la vida.

Descripción y Especificaciones del objeto a contratar

Objeto del Contrato Contratar el suministro de medicamentos para la atención de pacientes en todos los servicios del Hospital Federico Lleras Acosta E.S.E. de Ibagué.

Identificador con el clasificador de bienes y servicios Grupo Productos de Uso Final Segmento 51 Medicamentos y Productos Farmacéuticos Familia 5114 Medicamentos para el sistema nervioso central

Clase 511420 Analgésicos no narcóticos/antipiréticos Acetaminofén Producto 51142001

Segmento 51 Medicamentos y Productos Farmacéuticos Familia 5110 Medicamentos anti infecciosos Clase 511023 Medicamentos antivirales

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Felerlco7leig Rosca CÓDIGO: GA-FR-045

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Producto 51102301 Aciclovir

Segmento 51 Medicamentos y Productos Farmacéuticos Familia 5119 Agentes que afectan el agua y los electrolitos Clase 511916 Electrolitos Producto 51191602 Electrolitos de cloruro de sodio

Segmento 51 Medicamentos y Productos Farmacéuticos Familia 5111 Agentes antitumorales Clase 511116 Antimetabolitos Producto 51111602 Citarabina

Segmento 51 Medicamentos y Productos Farmacéuticos Familia 5113 Medicamentos hematólogos Clase 511316 Anticoagulantes Producto 51131607 Enoxaparina sódica

Segmento 51 Medicamentosy Productos Farmacéuticos Familia 5120 Medicamentos inmunomoduladores Clase 512018 Agentes inmunoestimulantes Producto 51201806 Inmunoglobulina o gamma igg

Segmento 51 Medicamentos y Productos Farmacéuticos Familia 5110 Medicamentos anti infecciosos Clase 511016 Amebicidas, Tricomonacidas y Antiprotozoarios Producto 51101611 Meropenem

Las siguientes son las especificaciones técnicas mínimas requeridas por la E.S.E. HOSPITAL FEDERICO LLERAS:

Los medicamentos objeto de este proceso deben cumplir lo estipulado en el Decreto 677 del 26 de abril de 1995 sus normas complementarias, Resolución 1478 del 10 de mayo de 2006, modificada en su art. 31 por la resolución 2564 de 2008, normas expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, como condiciones de obligatorio cumplimiento.

El listado de medicamentos incluidos en el anexo 5 tabla de Excel, contiene información que debe ser diligenciada por los oferentes conservando el mismo orden tanto en filas como en columnas: Información suministrada por el hospital:

• Código UNSPSC • Código hospital • Descripción (Nombre genérico del producto, concentración y forma

farmacéutica) • Presentación • Cantidad estimada.

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GA-FR-045 Fecha de elaboración: Fecha de actualización:

18-01-2016 I 26-12-2017 Versión: 4 Página 4 de 18

Especificaciones Técnicas

Campos requeridos los cuales deben ser diligenciados por los oferentes:

• Valor unitario • Valor total • Marca (si aplica) • Laboratorio • Presentación comercial • Número de Registro Invima • Fecha Vencimiento Registro Invima • Vía administración • Código CUM • Producto de precio regulado (S/N) • Observaciones (si aplican).

De igual forma, deberán anexar en medio magnético y en formato Excel, el archivo publicado por el hospital (Anexo 5). Si el oferente no comercializa todos los productos requeridos por el hospital, puede ofertar los que considere dejando en blanco los demás espacios, pero diligenciando obligatoria y completamente los CAMPOS REQUERIDOS.

CONDICIONES TECNICAS ESPECÍFICAS POR TIPO DE PRODUCTO

ENVASE DE PRODUCTOS SOLIDOS, ORALES, RECTALES Y VAGINALES (tabletas, grageas, capsulas, supositorios, óvulos)

El envase debe ser en tiras selladas, de diferente material según la naturaleza del medicamento y que garantice la estabilidad del producto. Se exceptúan los productos que requieran de envases y empaques predeterminados por la naturaleza del producto y la estabilidad. En esta situación, las unidades contenidas deben estar en relación con las unidades necesarias para un tratamiento.

Los envases tales como Blister, tiras, foil y demás, deben contener obligatoriamente: • Nombre del producto en su DCI y concentración.

• No. de Reg. Sanitario

• No. de Lote

• Fecha de Vencimiento

PREPARACIONES SEMISOLIDAS (Cremas, Geles, Pastas, Ungüentos, Jaleas, etc.)

El envase debe ser potes o tubos colapsibles, las cremas vaginales o rectales deben incluir dis ositivos •ara su a icación. El material del envase

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puede ser plástico, metálico o de vidrio, en todo caso debe garantizar la estabilidad del producto durante su vida útil.

PRAPARACIONES LIQUIDAS NO ESTERILES (Jarabes, elixires, suspensiones, soluciones orales, lociones, etc.)

El envase será en frasco plástico o de vidrio con o sin gotero o dosificador. Los polvos para reconstituir deben traer la copa medidora o en su defecto la indicación del volumen del llenado para la reconstitución y las condiciones de calidad en el rotulo o etiqueta, en la cual se debe especificar el tipo de diluyente y las condiciones tanto para la reconstitución como para la conservación de la suspensión o solución después de reconstituida. Deben facilitar la precisión en la dosificación y garantizar la protección del contenido. Los jarabes deben traer preferiblemente la cuchara dosificadora. Para éstas formas y para las preparaciones semisólidas las leyendas pre impresas o de rótulos o etiquetas deben contener la información total exigida por Min Protección (INVIMA Decreto 677 de 1995).

Para el caso de algunos jarabes suspensiones y soluciones que no tienen empaque individual, la información de la etiqueta del envase debe contener toda la información requerida para empaques.

PRODUCTOS INYECTABLES Y OFTALMICOS (Soluciones, suspensiones y polvos para reconstituir para inyección y preparaciones oftálmicas)

En todos los casos el material de envase debe garantizar la estabilidad durante su vida útil. Los ungüentos oftálmicos deben venir en tubo mono bloque pico oftálmico. El tipo diseño y calidad deben ser adecuados para garantizar la esterilidad y seguridad durante su aplicación. Para el caso de gotas y suspensiones oftálmicas, la dosificación por gotas debe estar de acuerdo con los estándares internaciones (límite entre 50-70 pL/gota; 20 gotas = 1 mL = 50 pL). Para los envases de estas formas farmacéuticas las leyendas impresas o rótulos deben registrar la información exigida por Min Protección (INVIMA Decreto 677 de 1995).

En el caso de leyendas pirograbadas, lo mismo que para los inyectables que no vienen pirograbados, en donde el tamaño del envase no permite consignar toda la información como mínimo debe registrarse:

• Nombre genérico y concentración. • Cantidad contenida. • N° registro sanitario. • N° de lote.

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• Fecha de vencimiento.

• Vía de administración. En estos casos se exige que el empaque individual contenga el resto de la información exigida por Min Protección (INVIMA Decreto 677 de 1995).

CIERRE DE SEGURIDAD

Todos los envases de los productos deberán estar protegidos con un sistema de seguridad que garantice que el envase no ha sido abierto y que el producto no ha sido adulterado. Se exceptúan lo que por su naturaleza o diseño no requieren dicho cierre de garantía.

EMPAQUE

Deben ser en caja de cartón, cartón cartulina o plástico termoencogible. El tipo y la calidad del material del empaque debe ser adecuado para proteger el producto en las condiciones extremas de temperatura y humedad, así como durante el transporte, almacenamiento y uso del producto. La información contenida en el rotulo o leyenda pre impresa de los empaques debe contener como mínimo:

• Nombre genérico, forma farmacéutica y concentración.

• Nombre comercial si lo tiene.

• N° de lote.

• Fecha de fabricación.

• Fecha de vencimiento.

• Cantidad contenida.

• Composición y concentración.

• N° de registro sanitario.

• Condiciones de uso.

• Condiciones de almacenamiento.

• Contraindicación y advertencias de acuerdo con el registro sanitario.

• Titular del registro sanitario o logo símbolo.

• Laboratorio fabricante.

• Leyenda medicamento esencial (si es el caso).

• Leyenda "Medicamento de control especial".

EMBALAJES

Los embalajes deben ser en caja de cartón o nevera según las condiciones de almacenamiento del producto. La cantidad debe ser tal que garantice la calidad del producto y facilite su manipulación durante el almacenamiento, distribución y despacho, sin riesgo de daño por la presión interna del contenido. El número de envases y empaques debe ser uniforme en cada embalaje. El tipo y la calidad del embalaje deben ser adecuados para proteger el producto

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18-01-2016 Fecha de actualización:

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en las condiciones extremas de temperatura y humedad.

La información en el rotulo o leyenda pre impresa de los embalajes, debe tener como mínimo:

• Nombre genérico, forma farmacéutica y concentración. • Nombre comercial si lo tiene. • N° de lote. • Fecha de vencimiento. • Cantidad contenida. • Proveedor.

Para los productos que requieren refrigeración el proveedor debe garantizar la conservación de la cadena de frío hasta que se entrega a la institución utilizando el sistema de control de temperatura.

ESPECIFICACIONES DE CALIDAD POR PRODUCTO

Los medicamentos a suministrar deben cumplir con las Especificaciones Técnicas de las Farmacopeas oficiales en Colombia: Decreto 677 del 26 de Abril de 1995, artículo 22, parágrafo segundo y demás disposiciones vigentes del Min Protección. Así mismo, deben garantizar la seguridad, calidad y eficacia del medicamento durante todo el periodo de vida útil.

La E.S.E Federico Lleras Acosta rechazará las ofertas de las empresas que por acto resolutivo en firme del INVIMA, haya cerrado total o parcialmente sus áreas de fabricación o distribución y aquellos que por su calidad hayan sido cuestionados por autoridades sanitarias, igualmente mediante decisión en firme con forme la normatividad que rige la materia.

ESTABILIDAD

El contratista garantizará que los productos suministrados a la E.S.E. mantendrán sus características de calidad, teniendo en cuenta las condiciones de almacenamiento indicadas por el fabricante durante el periodo de vida útil.

POLITICAS DE DEVOLUCION Y/0 CAMBIO

Teniendo en cuenta que los medicamentos tienen fecha de caducidad o vencimiento, es importante exigir que la misma en ningún caso sea inferior a un (1) año contados a partir de la fecha de entrega en el hospital. Para casos especiales, el Hospital podrá recibir medicamentos con fecha inferior a la exigida en los siguientes casos: historial de consumo con rotación inmediata o por urgencia en el tratamiento médico del paciente, va que podrán ser usados antes de la fecha de expiración de los mismos. Sin embargo y por solicitud de entes fiscales, el proveedor deberá adjuntar carta

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de compromiso de cambio en la que se compromete con la institución a realizar el cambio del producto o en su defecto generar nota crédito a favor de la entidad, si el producto enviado por causas ajenas no es usado antes de la fecha de expiración así el contrato este vencido, el Hospital informará por escrito con una antelación no inferior a tres (3) meses en el que se indique número de factura y fecha de recepción del mismo.

El proponente deberá anexar carta de compromiso en la que acepta las políticas de devolución del Hospital por el cambio de medicamentos según lo estipulado en el párrafo anterior.

REQUISITOS HABILITANTES DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO

CERTIFICADO DE BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA (B.P.M). Las buenas prácticas de manufactura son la parte del sistema de garantía de calidad que garantiza que los productos son producidos consistentemente y controlados con los estándares de calidad apropiados para su uso y requeridos por la autorización de comercialización. Las BPM están orientadas de manera principal a la disminución de riesgos inherentes a la producción farmacéutica. Dichos riesgos son esencialmente de dos tipos: contaminación cruzada (de un contaminante en particular o uno no esperado) y mezclas (confusiones) causada por ejemplo por un mal etiquetado de los envases.

Se tendrá en cuenta las propuestas que anexen las BPM de los laboratorios o establecimientos dedicados a la producción de medicamentos ofertados.

REGISTRO SANITARIO VIGENTE Se tendrá en cuenta las propuestas cuyo medicamento tenga VIGENTE el Registro Sanitario en el momento de la evaluación, los que se encuentran en TRAMITE DE RENOVACION deberán anexar EL DOCUMENTO DE LA SOLICITUD ANTE EL INVIMA PARA LA RENOVACION es requisito indispensable.

RESOLUCION MANEJO MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL Y MONOPOLIO Los contratistas que suministren medicamentos de control especial y de monopolio del Estado, deben adjuntar copia de la resolución de la inscripción expedida por el FONDO ROTATORIO DE ESTUPEFACIENTES, donde se indique el número de resolución, vigencia y listado de medicamentos autorizados, es requisito indispensable.

CARTA DE DISTRIBUCION Documento del fabricante con el cual autoriza al distribuidor la comercialización de los productos farmacéuticos ofertados de moléculas innovadoras. La ESE Federico Lleras Acosta de Ibagué, validará la inclusión de este documento en las propuestas presentadas.

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Este requisito no aplica para oferta de medicamentos genéricos.

CERTIFICADO DE BUENAS PRACTICAS DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCION. Los proponentes cuyo establecimiento comercial sea distribuidor, deberá anexar a la propuesta la certificación emitida por la secretaria de salud de conformidad con lo establecido en el Decreto 2200 de 2005 y Resolución 1403 de 2007.

Plazo del Contrato Cinco (5) meses a partir del cumplimiento de los requisitos de legalización (aprobación de pólizas, expedición del registro presupuestal y adhesión de estampillas).

Lugar de Ejecución del Contrato

Hospital Federico Lleras Acosta E.S.E. de Ibagué Tolima

Forma de Pago

La E.S.E. cancelará el valor del contrato a los 120 días fecha radicación de la factura en la que se indique en forma clara, cantidad, valor unitario y valor total de los productos suministrados.

Para el pago el CONTRATISTA deberá aportar la siguiente documentación:

1. Certificado de paz y salvo de pago de los aportes al sistema de seguridad social y parafiscales del correspondiente periodo.

2. Certificación expedida por el supervisor del contrato, en donde conste el cumplimiento a cabalidad del objeto de la presente invitación.

3. Factura de acuerdo a las normas tributarias vigentes en Colombia.

VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y ANALISIS ECONOMICO JUSTIFICADO El valor Estimado para la presente contratación es de:

Tres mil treinta millones de pesos ($3.030.000.000.00) m/cte.

ESTUDIOS DE MERCADO Para efectos del cálculo del presupuesto se realizó el análisis económico del valor estimado del contrato, basándose en el estudio técnico de precios del mercado, teniendo en cuenta las adquisiciones del último año.

ANALISIS REALIZADO Conforme a los consumos promedios de las vigencias anteriores y a la demanda prevista para la vigencia 2018 en cumplimiento del PGIR, se estima que la ejecución de esta contratación es para cinco (5) meses, además en esta vigencia se incluyen medicamentos oncológicos de alto costo, con mayor cobertura.

'El servicio farmacéutico del Hospital, requiere la dispensación inmediata y oportuna de medicamentos a los servicios de la institución con el fin de satisfacer las necesidades de los usuarios en el mejoramiento y cumplimiento del objeto social del Hospital Federico Lleras Acosta E.S.E. de Ibagué Tolima.

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GA-FR-045 Fecha de elaboración:

18-01-2016 Fecha de actualización:

26-12-2017 Versión: 4 Página 10 de 18

GARANTIAS DEL CONTRATO:

TIPO O CLASE DE GARANTÍA

COBERTURA O NIVELES DE AMPARO

VALORES VIGENCIA CLASE DE

CONTRATO

Cumplimiento del contrato: u

Para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas las multas y la cláusula penal que se pacten en el contrato.

El valor de esta garantía debe ser de por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del contrato a menos que el valor del contrato sea superior a un millón (1.000.000) de smmlv, caso en el cual la Entidad Estatal aplicará las siguientes reglas: 1. Si el valor del contrato es superior a un millón (1.000.000) de smmlv y hasta cinco millones (5.000.000) de smmlv, la Entidad Estatal puede aceptar garantías que cubran al menos el dos punto cinco por ciento (2,5%) del valor del contrato. 2. Si el valor del contrato es superior a cinco millones (5.000.000) de smmlv y hasta diez millones (10.000.000) de smmlv, la Entidad Estatal puede aceptar garantias que cubran al menos el uno por ciento (1%) del valor del contrato. 3. Si el valor del contrato es superior a diez millones (10.000.000) de smmlv, la Entidad Estatal puede aceptar garantías que cubran al menos el cero punto cinco por ciento (0,5%) del valor del contrato.

La garantía de cumplimiento del

contrato debe tener na vigencia minima hasta la liquidación LOS

del contrato.

SE SOLICITA PARA TODOS

LOS CONTRATOS QUE SUPEREN

150 SMMLV

Calidad y Correcto Funcionamiento de los Bienes:

Para precaver las eventualidades que uno o varios bienes de los contratos no reúnan las especificaciones o calidades exigidas para la contratación o que no sean aptos para los fines para lo cual fueron adquiridos, así como para precaver también los vicios de fabricación y la calidad de los materiales o componentes.

Su cuantía no será inferior al treinta por ciento (30%) del contrato

Su vigencia será mínimo de doce (12) meses contados a partir del recibo o aceptación final.

SE DEBE SOLICITAR PARA CONTRATOS DE

COMPRA DE BIENES

Obligaciones del Contratista

• Entregar los medicamentos de acuerdo supervisor del contrato o su delegado pactado en el mismo, por lo CANTIDADES, únicamente descripción

a la solicitud que realice el hasta agotar el '100% del valor

tanto NO SE ESPECIFICARAN del producto, forma farmacéutica,

valor unitario,_marca y/o laboratorio.

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Fecha de actualización: 26-12-2017

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• Entregar los medicamentos en las instalaciones del hospital Federico Lleras Acosta ESE de Ibagué Tolima, con las descripciones, concentraciones, volúmenes y presentaciones especificas en el Anexo 1, de tal manera que al momento de realizar la recepción técnica permita constatar el grado de acercamiento de las características técnicas del producto y las que están establecidas como referencia por la legislación y y normatividad vigente. Estas especificaciones se refieren a: fecha de vencimiento, número de lote de fabricación, registro sanitario, características físicas y organolépticas del producto como tal, características relacionadas con la etiqueta, empaque, envase, embalaje y forma farmacéutica, condiciones de almacenamiento, nombre del fabricante y otros requisitos de información acordes a la legislación de cada país.

• Incluir en la factura el código CUM del producto.

• Entregar los productos en el hospital en perfectas condiciones tanto en su empaque original como su contenido: no debe estar alterado, averiado, vencido, empaques rotos y la información que expresa al exterior del embalaje debe ser clara y legible, si incumple estas especificaciones no debe ser aceptado y posteriormente será devuelto al proveedor correspondiente, por tratarse de sustancias con propiedades para el tratamiento o la prevención de enfermedades en los seres humanos.

• Entregar los productos objeto del contrato de suministro dentro de los plazos señalados en este contrato.

• Cumplir con las normas técnicas colombianas que regulan los bienes objeto de este contrato.

• En el evento de presentarse inconsistencias al momento de la entrega, en cuanto a la calidad, el proveedor deberá presentar el saneamiento de las mismas dentro del día hábil siguiente a la fecha que tal situación le sea comunicada por el Hospital.

• Responder a los reclamos, consultas y/o solicitudes presentadas por la Entidad Contratante, eficaz y oportunamente de acuerdo a lo establecido en el presente documento.

• Informar a la Entidad contratante cualquier cambio en su condición como Proveedor, bien sea cambios de nombre, ser parte de fusiones o adquisiciones o reorganización empresariales.

• Informar a la Entidad contratante cualquier cambio de domicilio.

• Concurrir a la liquidación del contrato mediante la suscripción del correspondiente acto administrativo por sí o por medio de su delegado debidamente autorizado.

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CÓDIGO: GA-FR-045

Fecha de elaboración: 18-01-2016

Fecha de actualización: 26-12-2017

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• Cumplir con sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral.

• Garantizar la protección de datos y de la información entregada.

• El precio de los medicamentos ofertados conforme a la propuesta presentada y aprobada, NO se modificaran durante la vigencia del contrato, independiente de su marca y de las variaciones del mercado, excepto en aquellos casos que sean modificados por la Comisión Nacional de Precio de Medicamentos y Dispositivos Médicos o la autoridad competente.

Obligaciones de la E.S.E.

• Pagar oportunamente al contratista según lo establecido en el contrato. • Resolver las peticiones presentadas por el contratista en los términos

consagrados por la Ley. • Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los

documentos que de él forman parte.

Plazo de liquidación del contrato

El término de que disponen las partes para liquidar los contratos de mutuo acuerdo, será de cuatro (4) meses contados a partir de la finalización del plazo de ejecución señalado en el mismo, de no realizarse dentro del término previsto se aplicará a lo dispuesto en el Estatuto de contratación. Igualmente debe tenerse en cuenta que para aquellos de ejecución instantánea como los de prestación de servicios profesionales, no se requiere la liquidación de contrato, conforme lo dispone el decreto 019 de 2012.

Fundamentos Jurídicos de Modalidad de Selección

El marco legal del proceso de selección y de las obligaciones que se deriven de su adjudicación, está conformado por la Constitución Política, las Leyes de la República de Colombia y en especial por el estatuto de contratación de la E.S.E. Hospital Federico Lleras Acosta, las normas orgánicas de presupuesto, las disposiciones cambiarlas, y las demás normas concordantes con la materia, que rijan y lleguen a regir los aspectos del presente proceso de selección.

La oferta más favorable a la entidad en el presente proceso, será aquella que cumpla con los requisitos habilitantes y obtenga la mejor puntuación teniendo en cuenta criterios técnicos, jurídicos y comerciales.

El hospital evaluara los requisitos mínimos habilitantes que constituyen la oferta de los proveedores, para lo cual pueden ser subsanables por el tiempo establecido en el cronograma en la convocatoria.

• REGISTRO SANITARIO • RESOLUCION MANEJO MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL Y

MONOPOLIO • CARTA DE DISTRIBUCION

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200 REFERENCIAS DE USO EN OTRAS IPS DE ALTA

COMPLEJIDAD (puntaje asignado para más de 3

referencias)

300 FARMACOCINETICA RELACIONADA EN EL INSERTO

O ESTUDIOS

100 BONIFICACION DE 20 AMP POR CADA 100 AMP

SOLICITADAS.

ANÁLISIS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD S.FARM-002-2018

CÓDIGO: GA-FR-045

Fecha de elaboración: i Fecha de actualización: 18-01-2016 26-12-2017 Versión: 4 Página 13 de 18

• Ito

acosta

• CERTIFICADO DE BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA (B.P.M).

• CERTIFICADO DE BUENAS PRACTICAS DE ALMACENAMIENTO Y

DISTRIBUCION.

CRITERIOS TECNICOS DE EVALUACION

ANTIBIOTICOS ORALES E INYECTABLES

ESTUDIOS DE EQUIVALENCIA TERAPEUTICA 200

ESTABILIDAD EN SOLUCION 200

REFERENCIAS DE USO EN OTRAS IPS DE ALTA

COMPLEJIDAD (puntaje asignado para más de 3

referencias)

150

BONIFICACION DE 20 AMP POR CADA 100 AMP

SOLICITADAS.

50

SEDOANALGESIA

I .,

REFERENCIAS DE USO EN OTRAS IPS DE ALTA

COMPLEJIDAD (puntaje asignado para más de 3

referencias)

200

FARMACOCINETICA RELACIONADA EN EL INSERTO 300

O ESTUDIOS

BONIFICACION DE 20 AMP POR CADA 100 AMP 100

SOLICITADAS.

INOTROPICOS Y VASODILATADORES

Justificación de los factores de selección

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• e. , , felerlara ficesta CÓDIGO:

GA-FR-045 Fecha de elaboración:

18-01-2016 . Fecha de actualización.

26-12-2017 Versión: 4 Página 14 de 18

OTROS

BONIFICACION DE 10 UNIDADES POR CADA 100

PRODUCTOS SOLICITADOS

100

BONIFICACION DE 20 UNIDADES POR CADA 100

PRODUCTOS SOLICITADOS

200

EXPERIENCIA CERTIFICADA DE USO EN IPS DE

ALTA COMPLEJIDAD (MAYOR A 3

CERTIFICACIONES)

200

EXPERIENCIA CERTIFICADA DE USO EN IPS DE

ALTA COMPLEJIDAD (HASTA 3 CERTIFICACIONES)

100

Estimación, tipificación y asignación de riesgos previsibles

El Hospital Federico Lleras identifica los siguientes riesgos asociados al proceso de contratación:

CLASE FUENT

E ETAPA TIPO PROBABILIDAD

VALORACION PROBABIUDA

D IMPACTO

VALORACIÓN IMPACTO

General Interno Planeación Económicos rri Raro (Puede ocu r

excepcionalmente) 1 Menor 1

Específi co

Externo Selección Sociales o Polificos

ImprobaNe (Puede ocurrir excepcionalmente)

2 Menor 2

Contratación Operacionales Posible (Puede ocurrir en

cualquier momento futuro)

3 Moderado 3

Ejecución Financieros Probable (Probablemente

va a ocurrir) 4 Mayor 4

Regulatorios Casi Cierto (Ocurre en la

mayoría de circunstancias

5 Catastrófico 5

De la Naturaleza

Ambientales

Tecnológicos

Insignificante Menor Moderado Mayor Catastrófico Categoría Valoración

1 2 3 4 5

Raro (Puede ocurrir

excepcionalmente) 1 2 3 4 5 6

Improbable (Puede ocurrir

excepcionalmente) 2 3 4 5 6 7

Posible (Puede ocurrir en

cualquier momento futuro)

3 4 5 6 7 8

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Probable (Probablemente va

a ocurrir) 4 5 6 7 8 9

Casi Cierto (Ocurre en la mayoria de

circunstancias

5 6 7 8 9 10

Categoría Valoración Insignificante Menor Moderado Mayor Catastrófico

1 2 3 4 5

Raro (Puede ocurrir

excepcionalmente) 1 Riesgo Bajo

Riesgo Bajo

Riesgo Bajo

Riesgo Medio

Riesgo Alto

Improbable (Puede ocurrir

excepcionalmente) 2 Riesgo Bajo

Riesgo Bajo

Riesgo Medio

Riesgo Alto Riesgo Alto

Posible (Puede ocurrir en

cualquier momento futuro)

3 Riesgo Bajo Medio Rieg

o Riesgo Alto o Alto Riesgo Alto Extremo

Probable (Probablemente va

a ocurrir) 4 Riesgo Medio Riesgo Alto Riesgo Alto Riesgo

Extremo Riesgo

Extremo

Casi Cierto (Ocurre en la mayoría de

circunstancias

5 Riesgo Alto Riesgo Alto Riesgo

Extremo Riesgo

Extremo Riesgo

Extremo

Posteriormente, se identifican y describen los riesgos, según el tipo y la etapa del proceso de contratación en la que ocurre. Luego, se evalúan los riegos teniendo en cuenta su impacto y su probabilidad de ocurrencia y finalmente, se establece un orden de prioridad teniendo en cuenta los controles existentes y el contexto de los mismos.

MECANISMOS DE COBERTURA:

De acuerdo con el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, antes de efectuar la contratación la dependencia debe realizar una valoración de los riesgos que esta implica.

DEFINICIONES:

Para los efectos del presente proceso de selección, se entenderán las siguientes categorías de riesgo:

Riesgo Previsible: Son los posibles hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato y de la actividad a ejecutar es factible su ocurrencia.

Riesgo Imprevisible: Son aquellos hechos o circunstancias donde no es factible su previsión, es decir el acontecimiento de su ocurrencia, tales como desastres naturales, actos terroristas, guerra o eventos que alteren el orden público.

1

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• ¿Ai.

tracas aroqa federlcoT CÓDIGO: GA-FR-045

Fecha de elaboración: 18-01-2016

Fecha de actualización: 26-12-2017

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CÓDIGO: GA-FR-045

Fecha de elaboración: 18-01-2016

Fecha de actualización: 26-12-2017

iKeti(0 Untas rE5::. Página 16 de 18 Versión: 4

Tipificación del Riesgo: Es la enunciación que se hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que, en criterio del HOSPITAL FEDERICO LLERAS, pueden presentarse durante y con ocasión de la ejecución del contrato.

Asignación del Riesgo: Es el señalamiento que hace HOSPITAL FEDERICO LLERAS, de la parte contractual que deberá soportar total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su costo.

Es importante señalar que los riesgos previsibles son aquellos que no están cubiertos por las garantías que amparan el cumplimiento, la calidad y cuando haya lugar la responsabilidad extracontractual de los contratos, por lo tanto NO SON RIESGOS PREVISIBLES, el incumplimiento, la responsabilidad extracontractual, la teoría de la imprevisión, las inhabilidades e incompatibilidades y los aspectos administrativos internos.

HOSPITAL FEDERICO LLERAS, identificó para el presente proceso de contratación los riesgos que se relacionan en la siguiente tabla:

3 2

1 N

o.

Gen

eral

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ener

al

Gen

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C

lase

Fuen

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DESCRIPCIÓN (Qué puede pasar y cómo puede ocurrir)

Consecuencia de la ocurrencia de la

evento

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1 a 1

1 _ i « n 2 o

1 /--c.)

Baja

Ba

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P

riorid

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Inte

r no

Ej e

cuci

ón r,

g •— b>

óco

Ocurre cuando se presentan demoras por parte de la Entidad en las aprobaciones previas de los productos y/o informes desarrollados por el contratista.

Afecta el cumplimiento de las obligaciones del

contratante a cargo del Supervisor del contrato, relacionadas

n la aprobación de productos y/o informes, y genera

retraso en el trámite de pago a favor del contratista.

Mod

erad

o

Mod

erad

o

Med

io

Inte

rno

Con

trata

ción

Fina

ncie

ro

Se presenta cuando la entidad no cuenta con los recursos para pagar el valor del contrato en los plazos establecidos.

Genera mora de la entidad en el pago

que puede afectar al

contratista, hasta el punto de romper la ecuación económica del contrato.

Rar

o

Men

or

Bajo

13 a> ›<

LU w

Z S S

o 1 n ' V

Se presenta por la expedición de normas que impongan nuevos tributos, impuestos o cargas parafiscales, que pueden afectar el equilibrio económico del contrato.

Genera una carga adicional a las previstas, que puede afectar a cualquiera o a las dos partes del contrato.

Rar

o

Men

or

Bajo

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tededuiTill Aosta ,,, —. CÓDIGO:

GA-FR-045 Fecha de elaboración:

18-01-2016 Fecha de actualización:

26-12-2017 Versión: 4 Página 17 de 18

c9 Ext

erna

w Fina

ncie

ros

Los efectos derivados de las variaciones en ' los precios de mercado de los elementos a suministrar.

Afecta la entrega oportuna de los elementos objeto de compra Pr

obab le

Alto

Atto

I

Forma de Mitigarlo:

=

¿A q

uién

se

le a

sign

a ?

TratamientolControles a ser implementados

Impacto después del tratamiento

¿Afe

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Per

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Monitores y revisión _

Pro

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HO

SPIT

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ST

Aplicación de las disposiciones legales y ajuste de los procesos internos de la entidad.

<,§ ec

Insi

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e 93' m No

HOSPITAL FEDERIC

O LLERAS

CONTRAT ISTA

Cumplimiento de procedimiento s y fechas pactadas de entrega.

Pe nente

(N

HO

SPIT

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ERI

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LLE

RA

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ON

TRA

TIST

A El supervisor informará

de manera oportuna fechas previstas de pagos para , programación de los recursos.

ell rx

Insi

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cant

e

Baj

a

No Supervisor

- Contratista

Seguimiento ala ejecución del contrato y entrega oportuna de la documentació n requerida.

Permanente

CO

NTR

ATI

STA

,--, No

El contratista deberá prever esta situación al 1 momento de realizar la oferta.

Rar

o

1

a

o

Baj

a

Contratista Validación régimen de impuestos.

Al elaborar la propuesta

•:1-

CO

NTR

ATI

STA

El contratista deberá prever esta situación al momento de realizar la oferta.

Rar

o o z

o .7., No Contratista

Verificación de los precios unitarios ofrecidos acorde con el movimiento del mercado en 1 año.

Al elaborar la propuesta

_ CAPITULO III: DESCRIPCIÓN FINANCIERA

Soporte técnico y económico del valor estimado del contrato Variables consideradas para calcular el presupuesto oficial

Los valores asignados para este tipo de contratación son de acuerdo a la proyección presupuestal para la vigencia fiscal de 2018.

Aspectos a considerar en el

El valor de la propuesta deberá incluir el ítem más el valor del IVA para quienes estén obligados y con las consideraciones de valor de los bienes y

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valor de la Propuesta

elementos a contratar, así como los descuentos de ley establecidos en la ESE HOSPITAL FEDERICO LLERAS AGOSTA. Se entiende que los bienes o servicios suministrados cumplen con las normas vigentes nacionales y las internacionales que para tal caso rigen.

Responsable,

SANTIA Profe Químico Hospi leras Acosta

Zp A r iver: tan•

A CASTAÑO rea Salud

ANÁLISIS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD S.FARM-002-2018

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--::— CÓDIGO:

GA-FR-045 Fecha de elaboración:

18-01-2016 Fecha de actualización:

26-12-2017 Versión: 4 Página 18 de 18

Proyecto: Marilenis BM.

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