ALIMENTOS TRANSGÈNICOS

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ALIMENTOS TRANSGNICOSINTRODUCCION La ingeniera gentica ha ido aportando sus avances tecnolgicos y cientficos a distintas reas, como la farmacutica, el sector agropecuario y el sector alimentario entre otros. Con el desarrollo de los alimentos manipulados genticamente se ha logrado incorporar caractersticas hasta entonces inexistentes como la resistencia a plagas, herbicidas, temperaturas adversas, etc. Estos alimentos conocidos como transgnicos se obtienen a partir del entrecruzamiento de genes de distintas especies, lo que ha desarrollado controversias a nivel mundial. En el presentre trabajo se explican conceptos bsicos, entre ellos, qu es la biotecnologa e ingeniera gentica, los organismos genticamente modificados; cules son las posibles consecuencias o riesgos sobre la salud humana o animal, ecolgica y econmica. El etiquetado es otro de los temas en discusin, donde el dilema se enfoca en el derecho de las personas de conocer el origen de los alimentos y si se respeta el derecho constitucional de los consumidores a la informacin. Tambin figuran algunas normativas internacionales y legislacin nacional sobre alimentos transgnicos. Planteado el problema, surge la siguiente hiptesis: Los consumidores carecen de la informacin necesaria para saber si los alimentos que consumen diariamente son transgnicos, ignorando si est en juego su salud. BIOTECNOLOGA, INGENIERA GENTICA Y TRANSGENESIS Biotecnologa- Qu es la biotecnologa? En la actualidad, el conocimiento avanza a pasos agigantados, y la mayor velocidad en la obtencin de este, ha surgido fundamentalmente en la segunda mitad del siglo pasado y comienzos de este. Las primeras impactantes aplicaciones de los nuevos conocimientos biolgicos, se han visto en el campo mdico y farmacutico. Pero ahora tambin se estn evidenciando tanto en la produccin de alimentos, como en la industria elaboradora de ellas. Todo ello est cambiando a gran velocidad. Sin lugar a dudas, todas estas nuevas aplicaciones acarrearn profundos cambios en las estructuras sociales y econmicas del mundo actual, al dejar obsoletos muchos de los mtodos productivos y de comercializacin actuales. En el futuro probablemente cambiarn las estructuras de poder a favor de aquellos que sean capaces de generar y utilizar eficientemente estos nuevos conocimientos, en desmedro de otros que irn quedando rezagados. En primer lugar, y de acuerdo al art. 2 del Convenio sobre Diversidad Biolgica, se trata de toda aplicacin tecnolgica que utilice sistemas biolgicos y organismos vivos o sus derivados para la creacin o modificacin de productos o procesos para usos especficos. Por otro lado, la Organizacin de Cooperacin y Desarrollo Econmico (OCDE), define a la biotecnologa como la aplicacin de los principios cientficos y de la ingeniera al procesamiento de material por agentes biolgicos para proveer bienes y servicios. De acuerdo a la Real Academia Espaola, por biotecnologa se entiende al empleo de clulas vivas para la obtencin y mejora de productos tiles, como los alimentos y los medicamentos y al estudio cientfico de estos mtodos y sus aplicaciones. Ingeniera gentica. Aspectos generales

En el ncleo de cada clula, cualquiera que ella sea (animal o vegetal), como un verdadero ultracomputador con su respectivo cdigo (gentico), est contenida toda la informacin necesaria para el normal funcionamiento de ella, para que se desarrolle y se diferencie, para que madure, para que envejezca y por ltimo tambin para que muera. Toda esa informacin est contenida en una larga molcula, llamado cido desoxirribonucleico (ADN). Es esta misma molcula es la que transmite la informacin cuando una clula se divide y se multiplica. El ADN guarda la informacin mediante un cdigo. La informacin que contiene el ADN se implementa a travs de traducirse en la sntesis de una protena. Principios biolgicos El primer principio biolgico, es que el origen de la vida de todos los seres vivos de la tierra, es comn. Esto significa que el ADN est en todas las clulas vivas de la tierra, sean estas bacterias, vegetales, insectos, animales, incluso el hombre. Es decir, que si se extrae un gen de una planta y se logra introducirlo al ncleo de una clula de otra planta, este se va a expresar como una protena de la planta de origen. Pero no slo se puede transferir un gen de una planta a otra, sino que tambin se puede extraer un gen de una bacteria y se puede transferir a una planta y tambin se expresar. Tambin se puede sacar un gen de un animal o del hombre y transferirlo a una planta. El segundo principio biolgico es que cada clula de una planta o de un animal, en su ADN contiene la informacin total para volver a producir la planta o el animal completo (clonacin). Concepto de Ingeniera Gentica Se trata de una aplicacin de la biotecnologa, consiste en el aprovechamiento de los principios recin mencionados para conseguir plantas o animales modificados genticamente, de modo que expresen genes que no les pertenecen, o que sobreexpresen un gen que le pertenece o por ltimo lograr que se inhiba la expresin de un gen que se quiere eliminar. Es un sistema, un camino para mejorar la biotecnologa. Se dice tambin que es el proceso en el que los genes son transferidos de una especie a otra, algo imposible en el proceso natural de reproduccin sexual. Se habla de transferir genes de peces a plantas, de animales a bacterias o de humanos a cualquier especie no humana. Por otra parte, la Real Academia Espaola, se refiere a ella como la tecnologa de la manipulacin y transferencia del ADN de unos organismos a otros, que posibilita la creacin de nuevas especies, la correccin de defectos gnicos y la fabricacin de numerosos compuestos tiles. La transgnesis consiste en pasar un "gen" de un animal, vegetal o ser humano a otro animal o vegetal con el fin de incorporarle la caracterstica determinada que proporciona ese "gen", que se puede ir heredando a sus descendientes. Por ejemplo, compartirle a otro ser vivo un "gen" que le de un color o tamao determinado; o para acelerar el crecimiento o aumentar el peso. Lo que se obtiene es un producto transgnico, por ello al producto se lo llama "Organismo Genticamente Modificado" (OGM), o simplemente transgnico. ALIMENTOS TRANSGNICOS Se llaman alimentos transgnicos u organismos genticamente modificados a todos aquellos que proceden de Organismos Genticamente Modificados (OGM) directa o indirectamente, por incluirlos en su proceso productivo. La palabra "transgnico" proviene de "trans" (cruzar de un lugar a otro) y "gnico" (referido a los genes), o sea, es todo aquel organismo que tiene incorporado un gen extrao.

Es decir, son organismos cuyo material gentico ha sido modificado de una manera que no acaece en el apareamiento o recombinacin natural, por la introduccin de genes de otras especies. La ventaja de la ingeniera gentica es que permite alterar los genes sin depender de los procesos naturales de reproduccin. Estn elaborados con materias primas vegetales o animales genticamente modificadas. Puede hacerse de dos maneras: introduciendo un gen de otra especie por medio de la ingeniera gentica o cambiando la expresin de genes propios sin introducir ADN de otra especie. Sin embargo, no siempre son de hecho transgnicos ya que muchas veces el gen que se introduce proviene del mismo gnero. Entre los vegetales transgnicos ms importantes para la industria alimenticia encontramos: la soja (soya) Roundup Ready resistente al herbicida glifosato, y el maz resistente al taladro, un insecto. Aunque se utilice en varios casos la harina, la utilizacin principal del maz en relacin con la alimentacin humana es la obtencin del almidn, y a partir de ste la glucosa y la fructosa. La soja (soya) est destinada a la produccin de aceite, lecitina y protena. Antecedentes y actualidad A nivel mundial Durante siglos, se utiliz la similitud familiar para mejorar la productividad de plantas y animales. Cuando se cultivaban plantas se seleccionanan, por su mayor tamao, fortaleza, y por ser menos proclives a padecer enfermedades, de esta forma se creaban hbridos mejores. No se pensaba que en ese momento se estaba practicando una forma rudimentaria de ingeniera gentica. El objetivo perseguido era buscar nuevas maneras de incrementar la productividad al tiempo que se reducan los costos. Los primeros agricultores seleccionaban los cultivos ms fuertes, ms resistentes a enfermedades, o ms rendidores, conservando la mejor semilla de la mejor planta para el ao siguiente. Se estaban aplicando los principios de la fitotecnia, desarrollada ms tarde, cuando las leyes de la herencia son descubiertas por Gregor Mendel. Hacia los aos 30 la fitotecnia dio lugar al desarrollo de los primeros cultivos hbridos, lo que produjo un gran aumento en la produccin. Se tuvo que esperar al desarrollo de la gentica y al conocimiento de los mecanismos de la evolucin biolgica por seleccin natural para que se practicara una mejora y una seleccin sistematizada. Fue la Revolucin Verde, en la que los procedimientos eran sistemticos y se recurra a la tipificacin de la variabilidad natural, el uso de la mutacin, la recombinacin sexual por cruzamiento, la hibridacin con especies prximas, y por ltimo la seleccin de la progenie. Esta etapa que culmina en los aos setenta del siglo pasado, condujo a la obtencin de plantas, muchas veces hbridos, con caractersticas como frutos ms grandes, mayor contenido en sustancias nutritivas, crecimiento ms rpido, etc. Como consecuencia de esto, se obtuvieron plantas de alta productividad, muy homogneas, a veces estriles, con claras ventajas desde el punto de vista de la produccin y de una agricultura basada en tecnologas modernas y economicistas. La contracara de esta metodologa no tard en aparecer: en primer lugar, por tratarse de cultivos que suelen requerir fertilizantes y plaguicidas, y en segundo lugar, por encontrarse la tecnologa en manos de los pases desarrollados. As los pases del tercer mundo vean aumentar sus cosechas, a veces de forma muy importante, pero al costo de hacerse econmicamente y tecnolgicamente dependientes de pases ricos. Adems surgi un nuevo efecto negativo: la erosin gentica, es decir, la prdida de variabilidad gentica que se produce en las especies cultivadas de muchos pases agrcolamente dependientes al verse desplazadas las variedades autctonas por las forneas de alta productividad.

La era de los denominados "alimentos transgnicos" para el consumo humano directo se abri el 18 de mayo de 1994, cuando la Food and Drug Administration (FDA) de Estados Unidos autoriz la comercializacin del primer alimento con un gen "extrao", el tomate "Flavr-Savr", obtenido por la empresa Calgene, con maduracin retardada. Las semillas para el cultivo de alimentos transgnicos son desarrolladas, producidas y comercializadas por empresas multinacionles, entre ellas se destacan Dupont, Monsanto, Novartis, Aventis y Limagrain. Los vegetales transgnicos ms importantes para la industria alimentaria son por el momento, la soja resitente al herbicida Glifosato y el maiz Bt. (resistente al taladro, un insecto. ) EN ARGENTINA La manera de hacer agricultura en la Argentina se ha modificado significativamente en las ltimas dcadas. Se puede decir que de la "era mecnica", all en los 50, se pas a la "era tecnolgica" en los 70 y 80, marcada por la amplia difusin de semillas mejoradas y el uso eficiente de un paquete de agroqumicos que permitieron una produccin econmica y ms eficiente, aunque muy dependiente de la macroeconoma local, que en general influy negativamente en la rentabilidad y desarrollo del sector. A fines de los 80 y en los 90, se hace presente la era "agronmica tecnolgica" en la que se destacan hechos significativos como el mejor uso de los recursos tcnicos, la extensin de los conocimientos sobre como producir mayores cosechas preservando el suelo y su entorno, la reduccin de las labranzas, la incorporacin de la siembra directa, el mejor aprovechamiento de los potenciales de los nuevos hbridos y variedades, la modificacin de la estructura de los cultivos, el uso de los herbicidas, fungicidas e insecticidas ms eficientes, el control integrado, la agricultura satelital en pleno desarrollo, la irrupcin de la fertilizacin y del riego, y todo en un marco de una economa estable y que dejaba actuar al sector permitindole mayor competitividad. Sin embargo, parece que los grandes cambios en la manera de producir se inici recientemente con la denominada "era biotecnolgica". El primer cultivo transgnico liberado comercialmente en la Argentina, en 1996, fue la soja tolerante al herbicida glifosato. Con posterioridad a esa fecha se han aprobado variedades transgnicas de maz y de algodn con tolerancia a herbicidas y resistencia a insectos. El gobierno argentino ha promovido la ingeniera gentica en forma tal que se ha convertido en el segundo productor mundial de organismos vegetales genticamente manipulados, despus de Estados Unidos. Gran cantidad de alimentos contienen ingredientes modificados genticamente. Se calcula que el 60% de los alimentos procesados contienen soja y durante la ltima cosecha este cultivo cubri el 90% de la produccin total con transgnicos con lo que es altsima la probabilidad de estar consumiendo, sin saberlo, soja transgnica. Los beneficios de la Ingeniera Gentica, han sido contrastados con las preocupaciones surgidas de los consumidores sobre la seguridad de los productos transgnicos. Las discusiones se han centrado en los posibles riesgos impredecibles de estos alimentos, tanto para la salud humana o animal como para el medioambiente. Dada la enorme complejidad del cdigo gentico, incluso en organismos muy simples tales como bacterias, nadie puede predecir los efectos de introducir nuevos genes en cualquier organismo o planta, ni el alcance de los nocivos efectos para la salud sobre cualquier persona que lo ingiera. Esto sucede debido a:

Que el gen transpuesto podra reaccionar de manera diferente cuando funcione dentro del huesped. Que la estructura gentica original del husped se puede desorganizar Que los genes del husped y el gen transpuesto combinados tienen efectos imprevisibles. Sin embargo, a medida que crece el debate sobre la seguridad de los OGM, no se han evidenciado todavia problemas especficos, y es por ello que actualmente se habla de riesgos "potenciales". Aunque otros autores opinan que s se puede hablar de riesgos demostrados debido al consumo de alimentos transgnicos. En todo caso habra que evaluar cuan compensados estn los riesgos potenciales por los beneficios obtenidos en los cultivos, tambin potenciales en muchos casos (como la reduccin del uso de pesticidas qumicos, disminucin de costos y mejoramiento del valor nutricional). Riesgos Medioambientales A corto, medio y largo plazo, incremento de la contaminacin qumica (ej. con las plantas tolerantes a un herbicida, el agricultor puede usar grandes cantidades de ese herbicida). Contaminacin del suelo por acumulacin de la toxina Bt. Posibilidad de cruzamientos exteriores que podran dar lugar, por ejemplo, al desarrollo de malas hierbas ms agresivas o de parientes silvestres con mayor resistencia a las enfermedades o provocar tensiones ambientales, trastornando el equilibrio del ecosistema. Pueden crearse nuevos virus y aumentar la resistencia de los virus naturales Modificar los efectos de los pesticidas que pueden atacar a organismos contra los que no estaban diseados Contaminacin gentica por polinizacin cruzada: si los cultivos convencionales y los transgnicos no estn separados por grandes distancias, la modificacin gentica acaba encontrndose en las plantas del campo convencional que se polinizan mediante el viento, los insectos, las aves, etc. Desaparicin de biodiversidad: por el aumento del uso de productos qumicos (efectos sobre flora y fauna); por las toxinas fabricadas por las plantas (matan a insectos beneficiosos o pjaros); por la contaminacin gentica: Se puede transmitir la modificacin gentica a especies silvestres emparentadas con la planta transgnica. La contaminacin gentica tiene la capacidad de reproducirse y expandirse (son seres vivos). Una vez en el medio ambiente, la contaminacin no se puede "limpiar" nunca. Los efectos de los transgenes en las plantas silvestres son absolutamente imprevisibles.

Riesgos para la Salud A) Humana Dado la falta de estudios extensivos y regulares sobre los posibles efectos negativos para la salud humana, se podra caer en una subestimacin de las consecuencias que los OGM podran causar sobre el hombre y otros animales, especialmente cuando los mismos (como la soja, el maz, etc) entran en la cadena alimenticia. Hasta el momento sera el nico riesgo cierto y probado es el de posibles efectos alergnicos. Algunos de los potenciales riesgos podran ser:

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Incremento de la contaminacin en los alimentos por un mayor uso de productos qumicos. Aparicin de nuevos txicos en los alimentos (por ej. debidos a los cultivos Bt). Aparicin de nuevas alergias por la introduccin de nuevas protenas en los alimentos. Inactivacin de sustancias nutritivas valiosas en los alimentos. Resistencia de las bacterias patgenas para el hombre a los antibiticos y reduccin de la eficacia de estos medicamentos para combatir las enfermedades humanas. Herbicidas como el Bromoxynil puede llegar a causar cncer en humanos. Debido a que este producto es absorbido por va dermatolgica, es probable que presente riesgos a los agricultores.

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B) Animal Cambios en la proporcin metablica. La introduccin de hormonas de crecimiento rpido en peces puede favorecer al pez transgnico en la competencia por el alimento, los sitios de reproduccin, etc. Cambios en la tolerancia a los factores fsicos. El aumento por ejemplo, de la resistencia a los cambios de temperatura, puede extender el hbitat e incrementar la competencia con las especies nativas Cambios en el comportamiento. En la migracin, la unin y el dominio del territorio. Cambios en el uso de los recursos alimenticios, que implicaran nuevas preferencias y presas. Cambios en la resistencia a parsitos y patgenos

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La invasin de los ecosistemas por peces transgnicos dotados de ventajas competitivas podra alterar de forma drstica cadenas trficas y equilibrios fundamentales para la riqueza biolgica y estabilidad ecolgica de todo el planeta. Impacto Social, Econmico y Comercial Debe tenerse en cuenta, adems de los riesgos para la salud, y de los impactos medioambientales, el impacto que los transgnicos implican a nivel social, econmico y comercial; que si bien desde algunos puntos de vista pueden generar beneficios, es inevitable analizar las desventajas. Las grandes empresas que desarrollan y comercializan los OMG estn patentando el material gentico de los seres vivos, que ms bien debera considerarse como patrimonio de la humanidad. Estn creando un monopolio sobre la agricultura y la alimentacin mundial, en un modelo de sociedad donde unos pocos realizan beneficios a costa del inters de la mayora y donde se exacerban las diferencias entre pobres y ricos. Tener en cuenta que si bien el uso de la ingeniera gentica en la agricultura puede aumentar la produccin, tambin puede a la vez reducir el desempleo, por ejemplo el hecho del encarecimiento de las semillas y la necesidad de comprar insumos importados seran un factor ms para la desaparicin de los agricultores familiares. La introduccin de los OGM en la agricultura crea el monopolio de unas pocas multinacionales bsicamente de EE.UU. sobre la produccin de alimentos, lo que pone en peligro la soberana de los pueblos y de los pases. Otros riesgos posibles

El promotor (secuencia de nucletidos), utilizado para poner en funcionamiento la expresin del gen transferido, puede activar uno de los genes silentes que forman parte del ADN normalmente y los cuales tienen acciones desconocidas. Se encontr que ADN extrao ingerido por ratas puede alcanzar leucocitos perifricos, el bazo o hgado, a travs de la mucosa intestinal, incorporndose en algn lugar impredecible del genoma celular. El intestino del hombre posee enzimas capaces de digerir el ADN. De todos modos, los genes transportados por los vectores son especialmente resistentes a la accin enzimtica con la posibilidad de pasar a sangre y causar alguna infeccin. Tambin se sabe que los virus utilizados como vectores pueden permanecer de manera latente en el cuerpo y en el ambiente, pudiendo acumular mutaciones y eventualmente activarse. Un riesgo potencial mayor es la posibilidad de que aparezcan nuevos virus patgenos surgidos por recombinacin. LOS OGMs EN LA ARGENTINA En el marco del Convenio de Diversidad Biolgica y el Protocolo de Cartagena, y en Argentina, la Secretara de Agricultura, Ganadera, Pesca y Alimentacin (SAGPyA) asesorada por la Comisin Nacional Asesora de Biotecnologa Agropecuaria (CONABIA) es quien se encarga de la regulacin de los OGM. La CONABIA nace en 1991 como instancia de consulta y apoyo tcnico para asesorar al secretario de SAGPyA, en la formulacin e implementacin de la regulacin para la introduccin y liberacin al ambiente de materiales animales y vegetales obtenidos mediante Biotecnologa. La normativa Argentina est basada en las caractersticas y riesgos identificados del producto biotecnolgico, y no en el proceso en el cual dicho producto fue originado. Es decir, se aplica a los productos transgnicos en funcin del uso propuesto y slo contempla aquellos aspectos en los procedimientos empleados para su obtencin que pudieran significar un riesgo para el ambiente, la produccin agropecuaria o la salud pblica. Estas normas establecen los requisitos necesarios que permiten la liberacin al medio y su comercializacin La evaluacin de las solicitudes y el posterior monitoreo de las pruebas son responsabilidad de la Secretara de Agricultura, Ganadera, Pesca y Alimentacin. Los permisos contemplan los siguientes casos: realizacin de prueba de laboratorio-invernadero realizacin de prueba a campo y multiplicacin precomercial del material.

Las autorizaciones se dan bajo reserva de la aplicacin de un cierto nmero de medidas de precaucin. La bioseguridad de las liberaciones est determinada por las caractersticas del organismo y las caractersticas agroecolgicas del sitio de la liberacin, as como del empleo de condiciones experimentales adecuadas, incluyendo la idoneidad del responsable de la liberacin al medio. El monitoreo posterior de los ensayos, a cargo del ex -Instituto Nacional de Semillas (INASE) y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) tiene por objeto evaluar en el sitio el real cumplimiento de lo presentado en las solicitudes y tambin estar preparado para aplicar medidas que eviten efectos adversos sobre el ambiente (tales como, diseminacin de malezas). Adems se efectan controles de los lotes, posteriores al momento de cosecha; ello tiene la finalidad de limitar la posible transferencia de la

informacin gentica contenida en los materiales genticamente modificados a otros organismos. Una vez concedida una autorizacin para liberacin al medio puede solicitarse un permiso de "flexibilizacin" reglamentado por la Resolucin n 131/98 de la SAGPyA. En esta etapa y dado que de la evaluacin de la informacin presentada no se prevn problemas de bioseguridad, la concesin de una autorizacin de flexibilizacin significa que en futuras liberaciones al medio slo se deber presentar informacin referida a la superficie sembrada, fecha de siembra, localizacin de la liberacin y fecha de cosecha, y la CONABIA nicamente recomendar la realizacin de inspecciones de la cosecha y la disposicin final del material. Procedimiento de aprobacin Se deben cumplir con los siguientes requisitos: Permiso para le realizacin de pruebas en invernadero. Autorizacin para pruebas a campo bajo estrictos requisitos de bioseguridad. Permiso de flexibilizacin para la liberacin al medio, que implica ms facilidades durante la etapa de experimentacin. Esta autorizacin permite que en futuras liberaciones al medio slo se deba presentar informacin referida a: superficie sembrada, fecha de siembra, localizacin de la liberacin y fecha de cosecha; y la CONABIA nicamente recomendar la realizacin de inspecciones de la cosecha y la disposicin final del material. Anlisis de las evaluaciones de impacto sobre el ambiente, la salud humana y animal con la participacin del SENASA. Evaluacin respecto a la conveniencia de su comercializacin, para evitar impactos negativos sobre las exportaciones -llevada a cabo por la Direccin Nacional de Mercados Agropecuarios-. Permiso de comercializacin.

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Luego se deben cumplir con aquellas exigencias normados por el Instituto Nacional de Semillas para la inscripcin en el Registro Nacional de Cultivares y en el Rgimen de Fiscalizacin. Para obtener el permiso de comercializacin correspondiente, los materiales deben cumplir con los requisitos que son competencia del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) en cuanto a su evaluacin para uso alimentario, humano y animal y, contar con el dictamen tcnico de la Direccin Nacional de Mercados Agroalimentarios en relacin a la conveniencia de la comercializacin del OGM, de manera tal de evitar potenciales impactos negativos en las exportaciones Argentinas. La SAGPyA en la resolucin 511 del 10 de agosto de 1998, habiendo evaluado los documentos FAO/OMS sobre el tema y habiendo analizado las normas establecidas por otros pases, determin que era necesario establecer requisitos y criterios que deberan cumplir las solicitudes de autorizacin de alimentos transgnicos para uso alimentario. La empresa solicitante deber cumplir con los siguientes requisitos: Cumplimiento de los criterios de evaluacin de OGM. Si la empresa solicitante considera que no es necesario el cumplimiento de alguno de los criterios, podr ser eximida. Antecedentes de aprobacin en terceros pases que cumplan los criterios establecidos.

De ser necesario se consultarn organismos cientficos reconocidos del pas, sobre riesgos toxicolgicos y/o inocuidad del producto. La empresa se har responsable de que sus OGM cumplan con lo expresado. Los OGM autorizados podrn ser reevaluados peridicamente. Opinin de los productores y consumidores argentinos Con el fin de tener una primera aproximacin sobre la percepcin del pblico sobre la biotecnologa en la Argentina se llevaron a cabo una serie de consultas sobre dicho tema. Las mismas fueron realizadas por la SAGPyA, en el marco del proyecto SAGPyA UNEP - GEF sobre la Evaluacin del Marco Nacional de Bioseguridad, de acuerdo con los principales requisitos del Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad. Estas encuesta se hicieron en las Exposiciones de EXPOCHACRA y FERIAGRO 2003 (800 consultas, de los cuales 210 son productores que utilizan semillas OGM y 590 que no -sean o no productores-) y durante el fin de semana del 12 al 14 de abril del 2003 en supermercados (540 consultas) que abarcaron los diferentes estratos sociales de las principales zonas urbanas de Capital y el Gran Bs. As.: Jumbo UNICENTER, Jumbo Lugano, Plaza Vea Chacarita, y Plaza Vea Lans. Los autores de esta investigacin aclararon en su trabajo que se enfrentaron con la negativa de la mayora de los supermercados de Capital y el Conurbano bonaerense para la realizacin de las consultas. La eleccin de EXPOCHACRA y FERIAGRO 2003, respondi a la posibilidad de aprovechar la confluencia de un pblico vinculado a la actividad agropecuaria, y as , tener una aproximacin sobre la percepcin de los productores agropecuarios que utilizan las semillas genticamente modificadas as como del resto de la sociedad vinculado con el sector. En el caso de los supermercados el objetivo fue tener una primera percepcin del universo conformado por el consumidor en general, destinatario final del desarrollo de la Biotecnologa. A continuacin se transcriben conclusiones principales y conclusin final de la investigacin. Conclusiones principales de la Consulta en Feriagro y Expochacra El 90% de los encuestados asegur, pese a dudas y confusiones, conocer, trabajar o haber odo hablar sobre OGM. El 75% asegura que el consumo de los productos derivados de los OGM no presentan riesgos para la salud humana. Del 18% que opinaron que existen riesgos. Un poco ms de la mitad identific el riesgo, siendo las alergias la principal causa. Este 18% reconoci a las carnes, cereales, frutas como OGM y por lo tanto causantes de estas patologas. Solo la mitad de los Agricultores que usan semillas GM aseguraron ser los principales beneficiarios del uso de las mismas. El 57% afirm que si se decide segregar lo GM de lo convencional seguira utilizando esta semilla. El 82% cree que la biotecnologa es una herramienta que permite resolver problemas que no han podido resolver otras tecnologas.

Casi la totalidad (92%) de los consultados sostuvo que los Organismos Gubernamentales deberan informar al conjunto de la sociedad sobre los beneficios y riesgos del uso de estos productos. Conclusiones principales de la Consulta en Supermercados: El 64% asegur conocer o haber odo hablar sobre los OGM. El 77% asegur estar de acuerdo con el uso de la biotecnologa con fines medicinales, el 43% con fines agrcolas y solo un 23% para el mejoramiento animal. El 40% asegura que el consumo de los productos derivados de OGM presentan riesgos para la salud humana. Un 20% present sus dudas. De este 40%, el 84% identific los riesgos, y en algunos casos se identificaron dos o ms. Este mismo 40% reconoci a las carnes, cereales, frutas, papas fritas como GM y por lo tanto, como causantes de estas patologas. Los Cientficos (76%), Greenpeace (69%) y el INTA (60%) son las instituciones que gozan de mayor confianza, la SAGPyA rene igual proporciones de confianza, dudas y desconfianza Casi la totalidad (94%) de los consultados sostuvo que los Organismos Gubernamentales deberan informar al conjunto de la sociedad sobre los beneficios y riesgos del uso de estos productos. Uno de los puntos ms conflictivos que han generado los alimentos derivados de la Biotecnologa es el tema del etiquetado. Por un lado estn los pases que se rehsan a la utilizacin, comercializacin y consumo de los OGM, por lo que exigen el etiquetado de todos los productos que los contengan. En el otro extremo de la discusin estn los productores y exportadores de alimentos transgnicos que se niegan a poner un rtulo que los distingan de otros alimentos, aduciendo que no hay diferencias con los que no contienen OGM, ni representan un riesgo para la salud o el medio ambiente. Estados Unidos junto con Canad estn insistiendo para que el etiquetado slo sea obligatorio en los alimentos con ingredientes GM detectables, y agregan que el etiquetado es engaoso porque de algn modo podra interpretarse que los productos genticamente modificados son peligrosos o de menor calidad; cuando la evidencia cientfica, testendolos y aprobndolos, muestra que no hay riesgos para la salud humana. Otros, tambin con opiniones contrarias al etiquetado se cuestionan por qu no se reclama tambin, informacin acerca de los herbicidas y pesticidas empleados para producir un determinado cultivo convencional; sealan adems que hay otras vas de informacin para el consumidor, entre ellas: campaas publicitarias, centros de educacin, lneas de consultas gratuitas, etc, que podran complementar el etiquetado. Tambin dicen que el etiquetado afectara la percepcin del consumidor respecto a los transgnicos y generara desconfianza impactando negativamente en la comercializacin de los mismos. Adems el etiquetado importara costos adicionales significativos que el sector involucrado no est dispuesto a afrontar. El etiquetado tiene que ver tanto con el proceso utilizado como con el producto final, hay dos elementos que se toman en cuenta cuando se discute sobre el etiquetado obligatorio de los alimentos que contienen semillas OGM o que fueron hechos a partir de ellas. Impactos ambientales positivos o negativos durante el proceso productivo. Modificaciones de los atributos nutritivos del producto final y sus riesgos para la salud de los consumidores.

Actualmente existe una tendencia en la Legislacin Europea a regular la comercializacin de los OGM, con una creciente intencin de exigir su etiquetado para diferenciarlos de los cultivos orgnicos y de los cultivos convencionales, suministrando informacin detallada a los consumidores. Esto significara un costo extra que hasta el momento no queda bien definido como habra de ser soportado entre los sujetos que participan desde la etapa su produccin, distribucin y la de exportacin e importacin. El tema del etiquetado trae aparejado dos puntos importantes: Deteccin de OGM: Para detectar la presencia de material genticamente modificado y de las protenas derivadas de ste, se necesitan pruebas simples, rpidas y de bajo costo. El problema es que si bien a lo largo se estos aos se han ido desarrollando test para tal fin, hasta el momento ninguna ha mostrao ser eficinte. De acuerdo con las regulaciones, es deseable contar con una tecnologa para detectar OGM en alimentos. Adems, un requerimiento de etiquetar los alimentos genticamente modificados va a necesitar un sistema de monitoreo. Una solucin sera colocar en los organismos genticamente modificados aprobados, algn marcador biolgico o gentico, que permita controlar en los alimentos la presencia de productos aprobados de la ingeniera gentica. Separacin de las cosechas: Si se separan las cosechas transgncias de las tradicionales, no se necesitaran puebas de detecin de derivados de OGM en los productos alimenticios y con un rtulo que identifique a los productos que contienen OGM sera suficiente. Para llevar esto a cabo se requerir mantener separadas las cosechas durante el almacenaje, transporte, procesamiento y comercializacin, lo que demandara una inversin que notodos los pases productores estn en condiciones de afrontar, y aquellos que s pudiesen, aumentaran el precio de los productos para compensar los gastos realizados, siendo nuevamente perjudicado el consumidor. Existen empresas operando en la Argentina, que ofrecen el etiquetado en pases de Europa. En el viejo continente, las principales compaas alimenticias han asegurado que en sus productos no se utilizan vegetales transgnicos. Pero en la Argentina, Nestl, Danone o Knorr, por ejemplo, todava no se animan a decir que los productos que venden en el pas no poseen la soja de Monsanto, Carrefour y Auchan dijeron en el viejo continente que no poseen transgnicos. Pero aqu no. Debe destacarse, que una norma protectora de los derechos del consumidor, ya est vigente en el municipio de San Carlos de Bariloche, donde es obligatoria la identificacin de los productos transgnicos en los comercios. Algunos consumidores y grupos de consumidores consideran que tienen derecho a saber si se emple la ingeniera gentica en la produccin de un alimento. Incluso hay quienes desean poder elegir un alimento con base en la forma en que fue producido, y otros que creen que es necesario colocar etiquetas que informen a los consumidores sobre los alergenos potenciales. Otros ms consideran que no es necesario el etiquetado si los alimentos son bsicamente equivalentes en su composicin. Sin embargo, el etiquetado necesita de un pblico informado a priori sobre las condiciones nutricionales tanto de los alimentos obtenidos a travs de organismos genticamente manipulados (en algn punto de la cadena) tanto como de los restantes productos destinados al consumo. En Argentina existen varios proyectos de leyes, sobre el etiquetado de OGM, pero hasta el momento el tema no ha sido resuelto. Produccin, comercio y mercado Han proliferado en los ltimos aos, medidas que frenan o prohiben las importaciones, basndose en aspectos sanitarios, fitosanitarios y ambientales de los productos y de los

procesos productivos. Los cambios y las diferencias en las regulaciones de los distintos pases referida a los OGM, sumados a la resitencia de los consumidores han generados problemas en el comercio internacional. El principal problema es que en los pases exportadores de alimentos contiene OGM, las regulaciones no obligan a etiquetar todos los productos, y que los importadores exigen la identificacin de los mismos. El etiquetado obligatorio produce una serie de problemas para el comercio: las diferencias que se suscitan en determinar cul es el mejor mtodo de deteccin y cundo deben efectuarse las pruebas. La posibilidad de que el pas importador rechace los procedimientos realizados en el pas de origen y de que exija una nueva verificacin en el mercado de destino, lo que aumentara los costos. Si no se establecen precisamente cules son los test vlidos, cundo se deben realizar y cul es el umbral mnimo para exigir el etiquetado se deja lugar a la libre interpretacin y por lo tanto se transforman en una barrera para el comercio. El etiquetado de los productos, especialmente de aquellos que luego se transformarn en alimentos para consumo humano, permitira una informacin y clasificacin til para el consumidor, ya sea para identificar potenciales efectos o beneficios sobre su salud, hbitos de consumo u origen. La industria de la biotecnologa y los supermercados argentinos, en el nimo de bajar costos, se han encargado de infiltrar en nuestros alimentos ingredientes que provienen de seres vivos genticamente modificados en las gndolas de los supermercados para que la gente, sin saberlo ni quererlo, los consuma. NORMATIVA INTERNACIONAL Esta tecnologa ha generado controversias en cuanto a como controlar y regular la introduccin de los OGM en los diferentes mercados del mundo. Seguidamente se enumeran tres de los instrumentos internacionales relacionados con el tema objeto de este trabajo. Declaracin de Ro de Janeiro En 1992 la Declaracin de Ro de Janeiro, a la cual la Argentina adhiri, se establece en el principio N 15 lo que se conoce como Principio Precautorio, el cual se formul para asegurar el resarcimiento al menoscabo de la vida humana originado por efectos nocivos de productos qumicos respecto de los cuales los daos no son visuales sino despus de transcurrido un perodo de 20 o 30 aos. Este principio dice lo siguiente: Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados debern aplicar ampliamente el criterio de precaucin conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de dao grave o irreversible, la falta de certeza cientfica absoluta no deber utilizarse como razn para postergar la adopcin de medidas eficaces en funcin de los costos para impedir la degradacin del medio ambiente. El principio se articula en base a dos presupuestos: por una parte, la posibilidad de que conductas humanas causen daos colectivos vinculados a situaciones catastrficas que puedan afectar un conjunto de seres vivos, y por la otra, la falta de evidencia cientfica (incertidumbre) respecto a la existencia misma del dao temido. La nocin de Precaucin responde al concepto de deteccin precoz de todos los peligros para la salud y el medio ambiente mediante una investigacin multidisciplinar y sincronizada basada en la relacin causa efecto.

Sin embargo, este marco conceptual de la prevencin fue eliminado en el Protocolo de Bioseguridad (del ao 2000), al plantearse que basta que un Estado seale que posee sospechas, no probadas cientficamente, que un producto puede causar un dao a la poblacin, para que se lo autorice a prohibir la importacin de un OGM. Convenio sobre Diversidad Biolgica Tambin en 1992, en la Cumbre de la Tierra de Ro de Janeiro, se firm el Convenio sobre Diversidad Biolgica, del cual Argentina es parte, estableci sus objetivos en el artculo 1: ... la conservacin de la diversidad biolgica, la utilizacin sostenible de sus componentes y la participacin justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilizacin de los recursos genticos, mediante, entre otras cosas, un acceso adecuado a esos recursos y una transferencia apropiada de las tecnologas pertinentes, teniendo en cuenta todos los derechos sobre esos recursos y a esas tecnologas, as como mediante una financiacin apropiada. Mediante los artculos 15, 16 y 19 se pretende la integracin del libre comercio de los recursos genticos, reglando el acceso adecuado a los mismos, con la transferencia de tecnologas, (reconociendo que la tecnologa incluye la biotecnologa, y que el acceso a la tecnologa como su transferencia entre Partes Contratantes son elementos esenciales para el logro de los objetivos del Convenio, comprometindose, a asegurar y/o facilitar a otras Partes Contratantes el acceso a tecnologas pertinentes para la conservacin y utilizacin sostenible de la diversidad biolgica o que utilicen recursos genticos y no causen daos significativos al medio ambiente), y la compensacin justa por el acceso a los recursos biolgicos de otros. Protocolo de Cartagena La elaboracin y firma de este protocolo estaba prevista desde el origen de la firma del Convenio sobre Diversidad Biolgica. Pero los pases productores de transgnicos, con Estados Unidos y Canad a la cabeza, se dedicaron desde sus orgenes a sabotear la firma del mismo y a vaciar sus contenidos en forma sistemtica, colocando los intereses de lucro de las empresas por arriba del inters incluso de sus propias poblaciones. Finalmente el protocolo se firm, tiene algunos puntos interesantes, como la inclusin del principio de precaucin y la posibilidad de que los pases importadores puedan rechazar cargamentos de transgnicos basados en este principio, que bsicamente dice que frente a la duda sobre los riesgos, mejor abstenerse. Es el primer Tratado Internacional que reconoce los organismos modificados genticamente como una categora separada de organismos que requieren un marco regulador especfico. El artculo 1, establece cul es su objetivo de conformidad con el Principio 15 de la Declaracin de Ro: ... contribuir a garantizar un nivel adecuado de proteccin en la esfera de la transferencia, manipulacin y utilizacin seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnologa moderna que puedan tener efectos adversos para la conservacin y la utilizacin sostenible de la diversidad biolgica, teniendo tambin en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrndose concretamente en los movimientos transfronterizos. Establece las bases de una legislacin internacional sobre el movimiento transfronterizo de OGM, hace referencia principalmente a los mecanismos de notificacin por adelantado por parte del exportador y al consentimiento que concede un pas importador de semillas u otras muestras vivas derivadas de manipulacin biotecnolgica, antes de permitir su trnsito transfronterizo, detalla los requerimientos para la evaluacin y gestin de los riesgos, las medidas de emergencia, el manejo, transporte, etiquetado e identificacin del material. Sin embrago, resulta insuficiente ya que slo abarca a los organismos vivos modificados, quedando excluidos los productos derivados de organismos transgnicos, productos transgnicos farmacolgicos e insumos agrcolas transgnicos.

Algo similar ocurre con el etiquetado, ya que solamente exige mencionar en una carga que puede contener organismos vivos modificados y no ordena al instante de la importacin, individualizarlos, cuantificarlos ni describir los procesos. Esta omisin afecta sobre todo a los consumidores, que no tienen acceso a las notificaciones previas que intercambian los estados y abre una brecha amplia para introducir sin controles los mencionados organismos. El protocolo y la Argentina No son pocos los pases (entre ellos algunos de los miembros del Grupo Miami como Chile y Canad) que se resisten a aprobar el Protocolo, pues las dudas superan a las certezas y mientras no haya claridad sobre el lugar que el Protocolo ocupar en este gran puzzle jurdico-comercial internacional, lo ms prudente es avanzar lentamente. Una lnea de pensamiento sostiene que es necesario tener en cuenta como aspecto importante con relacin a este Protocolo que nuestro pas debe evaluar antes de su ratificacin, el hecho que a partir de su entrada en vigencia, la Argentina deber proceder a identificar sus embarques bajo la expresin pueden contener OGM y como consecuencia las habas de soja quedarn sometidas a los efectos imprevisibles en materia de precios de una segregacin de mercados entre soja convencional y soja transgnica, por ejemplo. Aunque, los anlisis preliminares del protocolo hacen pensar que el mismo quedara circunscripto a los organismos vivos, y por lo tanto slo afectara a los cultivos exportados sin procesamiento alguno que altere las cadenas de ADN, quedando excluidos subproductos destinados a ser utilizados como aceites, la amplitud del principio de precaucin podra abrir la puertas a otro panorama. Por que el criterio de precaucin incorporado al Protocolo podra avalar una progresiva tendencia a identificar no slo los OGM como tales, sino a todos los productos destinados a alimentacin animal y humana elaborados a partir de los mismos. Un claro ejemplo de esto es que tanto Japn como la Unin Europea se han amparado en el principio de precaucin para introducir normativa nacional dirigida a exigir identificacin de todos los productos alimenticios comercializados en sus mercados que contengan OGM. Equivalencia sustancial Para la evaluacin de los productos alimenticios se ha introducido el concepto de "Equivalencia Sustancial", segn el cual, si un alimento procedente de la nueva biotecnologa se puede caracterizar como equivalente a su predecesor convencional, se puede suponer que no plantea nuevos riesgos, y por lo tanto, es aceptable para consumo. Tcnicamente hablando, si un OGM y su equivalente no genticamente modificado poseen similaridad sustancial en un limitado espectro de variables (por ejemplo composicin de protenas, minerales, vitaminas, etc.) pueden as mismo presumirse sustancialmente equivalentes en todos sus otros aspectos. Esto implica suponer que el anlisis qumico es capaz de detectar adecuadamente efectos colaterales negativos no deseados y que no es necesaria la confirmacin de equivalencia mediante rigurosa experimentacin con pruebas de alimentacin a largo plazo. Este concepto fue introducido por la OCDE en 1993 (antes de la comercializacin de ninguna planta genticamente manipulada), tras varios aos de trabajos de gran cantidad de expertos de muchos pases. En 1996 la OMS y la FAO recomendaron su adopcin como base para los estudios de seguridad alimenticia de los OGM. La propia OCDE sigue profundizando en este enfoque, en un intento de mejorarlo, de modo que en la actualidad se siguen desarrollando nuevas metodologas de evaluacin que incluyen la identificacin de niveles de nutrientes, antinutrientes y posibles toxinas y alrgenos en todo tipo de plantas de cultivo. La equivalencia sustancial no sustituye a las evaluaciones de seguridad ms rigurosas, sino que exige que la variedad genticamente manipulada sea tan segura como la antigua predecesora. De hecho, en el caso de identificarse alguna diferencia, se realizan ensayos nutricionales, inmunolgicos y toxicolgicos adicionales.

Algunos crticos han sealado que el enfoque de equivalencia sustancial es inadecuado para encarar los posibles riesgos de las plantas transgnicas, y quisieran que dichas plantas fueran sistemticamente analizadas en busca de cualquier diferencia cualitativa o cuantitativa respecto de las plantas tradicionales, y sometidas a sistemticos anlisis de toxinas. Otros, sin embargo, esgrimen que habra que realizar carsimos y complejos ensayos con todas las nuevas variedades de plantas que se producen, independientemente del mtodo de obtencin y las pruebas se multiplicaran al infinito si se quisiera conocer cmo afectan diversos factores ambientales a su composicin a lo largo del tiempo. Esta corriente de pensamiento basa su postura en virtud de que cada insercin de material gentico mediante tecnologa recombinante del ADN constituye un evento singular generador de un correspondiente espectro de efectos colaterales negativos potenciales, an si se confirmara la inocuidad de un tipo de alimento transgnico, esto no implicara que cualquier otro transgnico sea similarmente inocuo. Ocurre que un vector gentico puede generar diferentes efectos al insertarse en puntos diferentes de la cadena de ADN. Cuando la ingeniera gentica introduce un nuevo rasgo en una planta de cultivo, la planta manipulada puede que no sea sustancialmente equivalente a la convencional. En estos casos la evaluacin de su seguridad requiere responder a una serie de cuestiones relativas a cambios buscados por la manipulacin, posibles cambios no pretendidos, estabilidad de la construccin gentica, y posible transferencia gnica horizontal a otras plantas. Por lo tanto, el principio de equivalencia sustancial considera seguro un producto transgnico si ste es igual al natural en todas las caractersticas excepto en aquellas introducidas por la manipulacin gentica y cuya consecucin constitua el objeto de tal manipulacin. Una vez cumplido el principio de equivalencia sustancial, debe probarse la inocuidad del producto gnico. LEGISLACION NACIONAL La legislacin que protege al consumidor respecto de los transgnicos es mnima en nuestro pas, no existe por ejemplo la obligacin de informar el listado completo de distintas categoras de alimentos o ingredientes alimentarios elaborados a partir de organismos genticamente modificados tambin, ni se informa qu caractersticas genticas se ha alterado en cada organismo ni cules son los procedimientos de evaluacin que se aplican antes de ser elaborados y destinados a la comercializacin. Constitucin Nacional En el Prembulo se establecen dos principios que no pueden dejarse de lado a fin de interpretar por un lado, los derechos de los consumidores, y el rol del Estado, por el otro, en relacin con los alimentos transgnicos, ellos son: promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad. Durante la ltima mitad del siglo XX comienzan a surgir y a consolidarse los derechos de tercera generacin, como por ejemplo el derecho al Medio Ambiente, el derecho al Desarrollo, el derecho al Consumidor. Esta clase de derechos, comenzaron a plasmarse en el mbito del derecho internacional, como Convenciones, Declaraciones, Cartas, etc. La reforma constitucional de 1994, introdujo en nuestro derecho, con jerarqua superior a las leyes, leste tipo de derechos. Entre ellos se encuentran: Artculo 41. Derecho a un ambiente sano Este artculo establece que "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y

tiene el deber de preservarlo. El dao ambiental generar prioritariamente la obligacin de recomponer, segn lo establezca la ley. Las autoridades proveern a la proteccin de este derecho, a la utilizacin racional de los recursos naturales, a la preservacin del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biolgica, y a la informacin y educacin ambientales. Corresponde a la Nacin dictar las normas que contengan los presupuestos mnimos de proteccin...". Este artculo mantiene una fuerte inclinacion hacia el Principio Protectorio, enfatizando la proteccin de la persona humana considerando su calidad de vida y desarrollo. Con ese objetivo, seala, el derecho a un ambiente sano, el deber de no contaminarlo, la obligacin de recomponer y no comprometerlo mediante el desarrollo de las actividades productivas (entre ellas se podra ubicar a la Biotecnologa), a fin de que las que generaciones futuras puedan vivir en condiciones apropiadas. Es decir, lo que se busca no es prohibir determinadas actividades, sino que estas se desarrollen de forma tal que no pongan en riesgo ni a las generaciones presentes ni a las futuras, respetando el medio ambiente y utilizando los recursos naturales de manera racional. Entonces, aquellos se dediquen a la produccin de transgnicos, deben respetar esta norma de constitucional. Artculo 42. Derechos de los consumidores Este artculo tambin fue incorporado en la reforma de 1994, el mismo establece: los consumidores ... tienen derecho, en relacin de consumo, a la proteccin de su salud, seguridad e intereses econmicos, a una informacin adecuada y veraz; a la libertad de eleccin ... Las autoridades proveern a la proteccin de esos derechos, a la educacin para el consumo, ... a la constitucin de asociaciones de consumidores ... La legislacin establecer procedimientos eficaces para la prevencin y solucin de conflictos ... previendo la necesaria participacin de asociaciones de consumidores ... y de las provincias interesadas en los organismos de control. Dentro de este artculo, el cual se complementa con la Ley del consumidor, que se ver ms adelante, establece los siguientes derechos con respecto a los consumidores: a la salud: este derecho tambin est previsto en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarqua constitucional, conforme al artculo 75 inciso 22. Entre ellos encontramos: el artculo 25, inciso 1 de la Declaracin Universal de los Derechos Humanos: dispone el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado que le asegure salud y bienestar. el artculo 11 de la Declaracin Americana de los Derechos y Deberes del Hombre: establece el derecho de toda persona a que su salud sea preservada por medidas sanitarias y sociales acordes al nivel que permitan los recursos pblicos del Estado obligado y los de la comunidad. El artculo 12 del Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales: establece que en los estados parte debern tomarse las medidas necesarias para la creacin de condiciones que aseguren a todos asistencia mdica y servicios mdicos en caso de enfermedad para asegurar a toda persona el disfrute del ms alto nivel posible de salud fsica y mental. o a la informacin: establece el artculo que sta debe ser adecuada y veraz respecto de aquello que se va a consumir. Este derecho tambin est consagrado en la ley de defensa del consumidor a la libertad de eleccin: se debe tener la posibilidad de elegir, seleccionar u optar por lo que cada uno quisiese. Habra que asegurar a los ciudadanos

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que puedan elegir lo que consumen, para lo cual necesitan saber que es lo que compran. o b) y c) Se encuentran ntimamente relacionados, ya que un sujeto no puede tener libertad de eleccin sin previa informacin sobre aquello sobre lo que va a elegir.

Ley 24240 - Defensa del Consumidor Esta ley es reglamentaria del artculo 42 de la Constitucin Nacional, se trata de una ley cuya aplicacin es a nivel nacional. Su funcin primordial es proteger a los consumidores frente a las empresas, teniendo en cuanta que stos se encuentran en una posicin desventajosa en la relacin de consumo. Tiende a evitar que los consumidores se vean perjudicados ante prcticas dolosas por parte de las empresas a fin de persuadirlos a un consumo que les puede resultar perjudicial. En lo que respecta al presente trabajo, hay que destacar dos aspectos de la ley: a) la proteccin de la salud de los consumidores, y b) el derecho a una adecuada informacin sobre los productos que consume. Uno de los Debe tenerse presente que Por tales razones entendemos que es totalmente aplicable al caso de estudio. En al artculo 1, establece su objeto y a quienes se los considera consumidores: La presente ley tiene por objeto la defensa de los consumidores o usuarios. Se consideran consumidores o usuarios, las personas fsicas o jurdicas que contratan a ttulo oneroso para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar o social: a) la adquisicin o locacin de cosas muebles; b) la prestacin de servicios; c) la adquisicin de inmuebles nuevos destinados a vivienda, incluso los lotes de terreno adquiridos con el mismo fin, cuando la oferta sea pblica y dirigida a persona indeterminada Conforme al artculo 4, Quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios, deben suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, informacin veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las caractersticas esenciales de los mismos. En este artculo se impone la obligacin de informar en forma cierta y objetiva a los productores, importadores y comerciantes, sobre los productos (transgnicos) que quisiere consumir cualquier persona. Asimismo describe cmo debe ser la informacin: Veraz: es decir, si se tratara de productos transgnicos, se debera explicitar su condicin y no ocultarla. Detallada: se deberan desarrollar los compuestos constituyentes del producto ofrecido y sus posibles efectos perjudiciales en la salud de los potenciales consumidores. A su vez, debera decirse cul esel origen los genes incorporados al producto y como es el proceso gentico por el cual se logra la modificacin del organismo a consumir. Eficaz: al consumidor le debe resultar eficiente, a fin de poder contar con todo el conocimiento sobre las caractersticas del producto ofrecido. Suficiente: no deben quedarle dudas al consumidor respecto del producto ofrecido, la informacin brindada debe ser completa.

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Si no se cumpliera con a), b), c) y d), se estara vulnerando el derecho a la informacin que tienen los consumidores. Si bien la informacin no garantiza seguridad, s facilita la comprensin y la decisin de qu se va a comprar y que no. Una informacin completa sobre el proceso de produccin permite a los consumidores ms precavidos elegir sus alimentos con mayor cuidado, y tambin permite detectar posibles riesgos para la salud.

En el artculo 5, se establece que Las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad fsica de los consumidores o usuarios. Esto significa que aquellos alimentos que contengan organismos genticamente modificados, en condiciones normales de consumo, no pueden ser peligrosos para la salud o integridad fsica de los consumidores. Para el caso en que se produjese algn dao a la salud o la integridad fsica de alguna persona, habr que analizar a quien le corresponde reparar el dao, teniendo en cuenta que esta ley establece la responsabilidad solidaria entre los productores, distribuidores, comerciantes; habr que tener en cuenta si el producto por el cual se gener el dao contena la informacin necesaria para evitarlo por parte del consumidor, y si no la tena quin es el responsable por no haberla puesto, el Estado por la falta de sobre el control y etiquetado de estos productos, o son las mismas empresas? Mercosur: Resolucin del Grupo Mercado Comn N 036/93. Esta resolucin, establece que: Los alimentos envasados no debern describirse ni presentarse con rtulo que: utilicen vocablos, signos, denominaciones, smbolos, emblemas, ilustraciones u otras representaciones grficas que pueden hacer que dicha informacin sea falsa, incorrecta, insuficiente, o que pueden inducir a equvoco, error confusin o engao al consumidor en relacin con la verdadera naturaleza, composicin, procedencia, tipo, calidad, cantidad, duracin, rendimiento o forma de uso del alimento. Si bien se establece el deber de informacin de los productores de productos modificados, todava no se ha regulado en el mbito del Mercosur la cuestin de los alimentos transgnicos en general y ni tampoco de los derechos de los consumidores respecto a estos. Por otra parte, en el mbito de alimentos transgnicos, dentro del Mercosur existen dos criterios bien distintos: Brasil que ha avanzado hacia la limitacin o la prohibicin de los cultivos transgnicos, y Argentina en la que rige un criterio totalmente opuesto. Paraguay se mantienen en una posicin expectante y Uruguay tiene una posicin alineada con Argentina. Cdigo Alimentario Argentino Ley 18.284 Las normas bsicas reguladoras de los productos alimentarios aptos para el consumo contienen, esencialmente la definicin, parmetros fsico-qumicos y microbiticos, una lista de prcticas productos, aditivos admitidos (ingredientes) en la elaboracin, y caractersticas en los envases en contacto con los alimentos (enlatado, cartn, etc.), etiquetado y pesos (neto) que permitan brindar garanta sanitaria y seguridad ante posibles fraudes y engao al consumidor (Ley de Lealtad Comercial y de Defensa del Consumidor). Las siguientes son las normas bsicas de este Cdigo sobre la identificacin (etiquetado y rotulacin) de alimentos: el cdigo Alimentario tiene vigencia en todo el pas; es de cumplimiento obligatorio por las autoridades; todo alimento, condimento, bebida, sus materias primas y aditivos, deben ser expresamente autorizados; las autoridades deben organizar un registro de Establecimientos y otro de Productos Alimenticios.

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El Cdigo Alimentario est en permanente modificacin, segn los adelantos tecnolgicos, por lo que las Autoridades deben obligadamente conocer cada nueva actualizacin. Las autoridades tienen el poder de polica sobre todos los alimentos que circulan y venden en su jurisdiccin, aunque se produzcan en otra.

Todo producto elaborado y envasado debe llevar ROTULO, con los requisitos de la Resolucin del Mercosur GMC N 036/93, mencionado anteriormente. Existen como disposiciones reglamentarias del Cdigo Alimentario Argentino: el Reglamento de Inspeccin de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal (decreto N 4238/68) y la Reglamentacin de Frutas y Hortalizas (Decreto N 9244/63),

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Las autoridades de aplicacin son el S.E.N.A.S.A. (Servicio Nacional de Sanidad Animal) y el I.A.S.C.A.V. (Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal), respectivamente; y actualmente el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Agroalimentaria. Conforme a este Cdigo, y a menos que se indique otra cosa en la presente norma o en una norma especfica, la rotulacin de alimentos envasados deber presentar obligatoriamente la siguiente informacin: Denominacin de venta del alimento Lista de ingredientes Contenidos netos Identificacin del origen Identificacin del lote Fecha de duracin mnima Preparacin e instrucciones de uso del alimento, cuando corresponda.

El rtulo deber contener la denominacin de venta del alimento, y adems: deber figurar la denominacin o la denominacin y la marca del alimento, conforme a las siguientes pautas: Podrn aparecer las palabras o frases adicionales requeridas para evitar que se induzca a error o engao al consumidor con respecto a la naturaleza y condiciones fsicas autnticas del alimento, las cuales irn junto a la denominacin del mismo o muy cerca de ella por ejemplo: tipo de cobertura, forma de presentacin, condicin o tipo de tratamiento a que ha sido sometido. deber figurar en el rtulo una lista de ingredientes, a menos que se trate de alimentos de un nico ingrediente. Cuando un ingrediente sea a su vez un alimento elaborado con dos o ms ingredientes, dicho ingrediente compuesto podr declararse como tal en la lista de ingredientes siempre que vaya acompaado inmediatamente de una lista, entre parntesis, de sus ingredientes en orden decreciente de proporciones. Cuando un ingrediente compuesto para el que se ha establecido un nombre en una norma del CODEX ALIMENTARIUS FAO/OMS o del presente Cdigo, constituya menos del 25% del alimento, no ser necesario declarar sus ingredientes, salvo los aditivos alimentarios que desempeen una funcin tecnolgica en el producto acabado.

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En la rotulacin facultativa podr presentarse cualquier informacin o representacin grfica as como materia escrita, impresa o grfica, siempre que no est en contradiccin con los requisitos obligatorios de la presente norma, incluidos los referentes a la declaracin de propiedades y engao. En Argentina no hay una reglamentacin sobre transgnicos. El Cdigo alimentario argentino no regula sobre este tipo de alimentos en forma directa, pero consta de cierta

regulacin referida a rotulacin y publicidad que podra llegar a servir para el tema bajo examen. El artculo 19 establece que: Los rtulos, envases y envolturas de productos autorizados de acuerdo con el Cdigo Alimentario Argentino y a las normas de esta ley debern expresar con precisin y claridad sus condiciones higinico-sanitarias, bromatolgicas y de identificacin comercial.... Esto es de gran importancia ya que los productos transgnicos deberan expresar con precisin y claridad sus condiciones higinico-sanitarias y bromatolgicas. Por otra parte, segn el Decreto reglamentario del cdigo Alimentario Nacional (segn versin de la Resolucin 2343 del SENASA de 1980): Queda prohibida la rotulacin y publicidad de los productos contemplados en el presente Cdigo cuando desde el punto de vista sanitario-bromatolgico las mismas sean capaces de suscribir error, engao o confusin en el consumidor. Como consecuencia, la no aclaracin de las caractersticas de los alimentos tansgnicos puede inducir a error, engao y confusin de los consumidores. Decreto 815/99. Sistema Nacional de Control de Alimentos El objetivo principal del sistema de control de alimentos, es la proteccin de la salud de los consumidores, debiendo asegurar: Que la oferta de alimentos sea sana, nutritiva y de calidad. Que llegue en esas condiciones al consumidor, y Que sta disponga de informacin adecuada sobre la cantidad, calidad, sanidad, valor nutricional, mtodos de manipulacin, procedimiento y preparacin de dichos alimentos como para que puedan tomar las decisiones apropiadas para proteger su propia salud.

Este objetivo central debe ser logrado mediante un sistema de normas, estndares, procedimientos, y metodologas de aplicacin de los mismos que respeten la necesidad de informalidad y armonizacin de las normas y su aplicacin, y que tenga los menores costos de control por parte de los organismos competentes. Proyecto de ley En la actualidad se encuentran presentados en el Congreso varios proyectos de ley relacionados con los transgnicos. Entre ellos, se encuentra el de la diputada Alicia Castro, relativo al etiquetado de los alimentos que contengan transgnicos. El objetivo de este proyecto es que sea obligatoria la identificacin de los alimentos que estn destinados al consumo humano o animal y contengan o sean producidos a partir de organismos genticamente modificados. Esta obligacin se esipulan para los alimentos producidos en el pas y para los alimentos importados. La ausencia de una legislacin de etiquetado hace que no se pueda distinguir una especie transgnica de una especie orgnica, restringiendo el acceso de estos ltimos a los mercados que exigen solamente productos no transgnicos o impidiendo el acceso a mercados que, sin ser tan estrictos, apenas exigen el etiquetado correspondiente, siendo la Argentina el segundo pas productor de soja del mundo. Esta dirigido a brindar informacin adecuada y veraz a la ciudadana que da tras da compra y consume alimentos que contienen organismos genticamente modificados. El derecho a una informacin amplia, detallada y veraz es una condicin ineludible para ejercer la libertad de expresin que garantiza nuestra constitucin. Conforme a lo expuesto, se corrobora la hiptesis planteada, ya que, en nuestro pas, los consumidores no saben a la hora de alimentarse qu es lo que verdaderamente estn

comiendo. Esto se debe a que no se respetan los derechos a la informacin, a la salud y a la libertad de eleccin, establecidos en la Constitucin Nacional. De acuerdo a esto, el Estado debera comprometerse, por ejemplo, dictando legislacin especfica sobre los alimentos transgnicos estableciendo obligaciones para que al momento en que el consumidor se encuentre con el producto tenga la posibilidad de saber si se trata de un alimento producto transgnico, a fin de poder tener la posibilidad de elegir si consumirlo o no. Esta obligacin debera ser solidaria, es decir, que desde las empresas productoras, de la industria y todos aquellos que forman parte del proceso productivo alimentario, hagan que las personas reciban la informacin a travs de los envases, envoltorios o etiquetas de los productos puestos a la venta, de esta forma le resultara fcil a los consumidores conocer el contenido de lo que estn comprando. Tambin sera muy importante hacer campaas en los medios de comunicacin para que la gente conozca acerca de los alimentos transgnicos ya que por desconocimiento acerca del tema, los consideren perjudiciales para la salud. Bibliografa 2003, Supermercados 2003. http://www.sagpya.gov.ar Apuntes transgnicos. Por etiquetar que no quede. http://www.arpsapc.org/alojadas/trans5.html Apuntes transgnicos. Riesgos de los alimentos transgnicos. http://www.arpsapc.org/alojadas/trans4.html Bazan, J. Los transgnicos no son el problema de fondo: biotecnologa y polmica. ACAECER. 2000; N 290: 38-40 Boletn Chiapas al Da. Los transgnicos: Experimentos y Enfermedades. N 235. http://www.eco.utexas.edu/~archive/chiapas95/2001.03/msg01738.html Comisin Nacional Asesora de Biotecnologa Agropecuaria. Los materiales vegetales genticamente modificados en Argentina. http://www.sagpya.gov.ar Constitucin Nacional Consultas sobre la biotecnologa en la Argentina. http://www.biodiversidadla.org/article/articlestatic/2779/1/7 Derechos de los Consumidores en relacin a los Alimentos Transgnicos. http://www.olca.cl/oca/transgenicos/trans04.htm Documentos sobre transgnicos, biotecnologa. http://www.cima.org.ar/Transgenicos.htm#Sobre%20el%20Principio%20Precautorio Economa ambiental. Transgnicos. http://www.ambientenews.com.ar/archivos/artic19.htm Greenpeace. Alimentos Transgnicos. www.greenpeace.org II Congreso Internacional, Derechos Y Garantas En El Siglo Xxi Buenos Aires, 25,26 Y 27 De Abril De 2001. Facultad de derecho y ciencias sociales - universidad de buenos aires. Ponencia N: 40 Los alimentos transgnicos en el Marco del Derecho Constitucional. Los Derechos del Consumidor http://www.aaba.org.ar/bi180p40.htm La debilidad del principio de "equivalencia sustancial" en la regulacin de alimentos transgnicos. http://www.cima.org.ar/Transgenicos.htm#Sobre%20el%20Principio%20Precautorio Ley 18.284 Ley 24.240 de defensa del consumidor Livellara, S. Los transgnicos y su importancia en el futuro comercial de la Argentina. www.prodiversitas.bioetica.org/nota74.htm Los cultivos transgnicos en el mundo. http://www.biodiversidadla.org/article/articleview/5130/1/10/ Los organismos modificados genticamente: el poder blando del tercer milenio, Jos Ramn Acosta Sariego. http://www.prodiversitas.bioetica.org/des19.htm Los transgnicos y su importancia en el futuro comercial de la argentina. Silvina livellara http://www.prodiversitas.bioetica.org/nota74.htm

Para no ser ratas de laboratorio. Por Mariana Carbajal. http://www.pagina12.com.ar/2000/00-03/00-03-16/pag18.htm Pengue, W. Cultivos Transgnicos, hacia dnde vamos?, algunos efectos sobre el ambiente, la sociedad y la economa de la nueva redominacin tecnolgica. Bs. As. 1997 Protocolo de Cratagena. http://www.prodiversitas.bioetica.org/des52.htm Ravera, D. Alimentos Transgnicos. www.medioambiente.gov.ar.htm Reclaman ms informacin sobre productos transgnicos Consulta de Agricultura a productores y a consumidores. Noticia 10-6-2003 La Nacin (Buenos Aires, Argentina) Pgina 2. Por Cristian Mira http://www.medioambiente.gov.ar/noticias/medios/2003/m_061003_02.htm Regimen de etiquetado obligatorio de alimentos que contengan organismos geneticamente modificados: proyecto de ley de la diputada alicia castro. http://www.fregen.org.ar/etiquetados%20transgenicos.html Respuestas a las preguntas ms frecuentes sobre los organismos genticamente manipulados http://www.formarse.com.ar/investigacion/alimentos.htm Ribeiro, S. Un salto a la salud y al medio ambiente. http://ecologistesenacciocat.pangea.org/temes/genetica/rafi.htm SAGPyA UNEP-GEF. Consultas sobre la Biotecnologa en la Argentina" Expochacra y Feriagro Secretara de Ambiente y Desarrollo Sustentable. Convenio sobre Diversidad Biolgica, Propuesta de estrategia Nacional de Biodiversidad. Tema Especial: Transgnicos. http://www.ecoportal.net/temas/transgenicos.htm Transgnicos. http://www.proconsumer.org.ar/Alimentacion_TRANSGENICOS.htm Valente, M. El desierto verde. www.prodiversitas.bioetica.org/des53.htm www.biodiv.org/doc/legal/cartagena-protocol-es.doc Unidad fundamental de los organismos vivos, generalmente de tamao microscpico, capaz de reproduccin independiente y formada por un citoplasma y un ncleo rodeados por una membrana Hbrido: Organismo que procede del cruce de dos especies distintas, segn lo alejadas o emparentadas que estn el hbrido resultante puede ser ms o menos fecundo o estril. Siembra directa: proceso mediante el cual se siembra, sobre el rastrojo del cultivo anterior sin remover el suelo. Control de malezas con el aporte de herbicidas. Organizacin para la Cooperacin Econmica y el Desarrollo Organizacin Mundial de la Salud de las Naciones Unidas Food & Agriculture Organization de las Naciones Unidas transferencia gentica horizontal: transferencia de genes a travs de la infeccin, entre especies que usualmente no se reproducen entre s

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Alimentos transgnicos: son seguros?La controversia est servida. Desde que en 1994 la Food and Drug Administration de Estados Unidos autoriz la comercializacin del primer alimento con un gen extrao, el tomate "FlavrSavr", la era de los denominados "alimentos transgnicos" ha desatado una polmica enfervorecida. Cientficos y gobiernos que apoyan ciegamente el avance en estas tcnicas como forma de paliar el hambre en el mundo y de mejorar las condiciones nutricionales de los alimentos, se enfrentan a diversas organizaciones de ecologistas, consumidores e incluso agricultores que ven en la manipulacin gentica un foco futuro de nuevas enfermedades y una posible causa de ruptura del equilibrio ecolgico.

Alimentos transgnicos, qu es esto? Todos los organismos vivos estn constituidos por conjuntos de genes que determinan las caractersticas que les hacen diferenciarse unos de otros. Alterando esta composicin, los cientficos pueden modificar las caractersticas originales de una planta o de un animal, transfiriendo el gen responsable de una determinada caracterstica en un organismo, hacia otro organismo que incorporar dicha caracterstica, dando lugar a un OGM (Organismo Genticamente Modificado). As, se puede transferir genes de plantas, bacterias o virus, hacia otros organismos, combinar genes de vegetales con otros vegetales, de vegetales con animales o incluso de animales entre s. Las posibilidades son infinitas, de ah el peligro de la utilizacin de esta tecnologa sin lmites, ya que los resultados superan completamente las barreras naturales que separan a unas especies de otras. Por qu modificar los alimentos? Con la modificacin gentica se pretende conseguir alimentos mucho ms resistentes y con unas cualidades nutritivas ms beneficiosas para el ser humano. Esta iniciativa se ha puesto en marcha inicialmente con los vegetales con unos fines muy concretos: para que tengan una vida comercial mas larga para que resistan condiciones ambientales agresivas, como heladas, sequas o suelos salinos, manteniendo todas sus propiedades para hacerlos resistentes a los herbicidas para que no se vean afectados por plagas de insectos para que resistan a enfermedades y para que tengan mejores cualidades nutritivas. Cuntos alimentos de estas caractersticas existen? El concepto de alimentos transgnicos como forma de conseguir alimentos ms perfectos, no es algo nuevo. El hombre lleva varios miles de aos modificando los vegetales que utiliza como alimento. Por ejemplo, las coles de bruselas, la coliflor, el brcoli y el colinabo son variedades artificiales de la misma planta. Y lo mismo se puede decir de determinadas variedades de manzanas, maz, patatas, trigo, etc. Pero como alimentos que reciben la denominacin autnticamente de transgnicos, y que se comercializan como tal, existen unos cincuenta, entre los que destacamos, por consumirse ya en el mercado espaol: 1. Tomate. Modificado para que resista mas tiempo despus de madurar. Se le introduce un gen que evita la produccin de la enzima causante del deterioro o "pochamiento" de la fruta. 2. Soja. Modificada para hacerla resistente a un herbicida, el glifosato. Esta clase se suele emplear en la elaboracin de aceite. 3. Maz. Obtenido para hacerlo resistente a un insecto, el taladro del maz, y a un herbicida, el glufosinato. Con lo que respecta a los animales, el proceso est en fase de investigacin. La finalidad, conseguir aumentar la produccin de leche en animales bovinos, que segreguen en su leche protenas de la humana con un efecto protector, que tengan un contenido menor de lactosa... POSICIN DE LOS DETRACTORES CON LO QUE RESPECTA AL HOMBRE... Los detractores de esta clase de alimentos consideran que la desinformacin y la falta de legislacin sobre el control y etiquetado de estos productos hace imposible que una persona pueda decidir libremente sobre su consumo o no. Por ejemplo, algunos vegetales transgnicos, como la soja y el maz, se estn usando mezclados y de forma indistinta con los cereales no modificados. Adems, algunos alimentos modificados genticamente se utilizan para dar de comer a animales que llegan al consumo de

las casas, por lo que, aunque no se realice un consumo directo, llegan de forma indirecta a nuestra mesa sin saberlo. Tambin consideran que su consumo puede afectar directamente a la salud del hombre. Y es que, segn ellos, la introduccin de un nuevo compuesto que contiene una nueva informacin gentica dentro de una clula, puede alterar los equilibrios metablicos de organismo husped, variando el contenido nutritivo del alimento modificado. Esto hace que sus efectos sean imprevisibles en el hombre. CON LO QUE RESPECTA AL MEDIO AMBIENTE... Tres son los peligros que planean sobre el medio ambiente con los alimentos transgnicos. + En primer lugar, la informacin gentica introducida en estos alimentos (especialmente en los vegetales, que son los que hasta ahora se estn comercializando) tiene una remota posibilidad de migrar como si se tratar de un virus, e instalarse en otros organismos. Esto puede provocar la aparicin de bacterias resistentes a los antibiticos utilizados para la seleccin de los organismos modificados, as como nuevas plagas resistentes a los mismos insecticidas y/o herbicidas que las plantas cultivadas. + En segundo lugar, la idea de un gen resistente a los herbicidas provocar el incremento de la dosificacin de dichos herbicidas en el cultivo, lo que aumentar el aporte de sustancias extraas al medio ambiente (es decir, la contaminacin). + En tercer y ltimo lugar, que determinados vegetales sean resistentes a los insectos puede provocar la reduccin de su poblacin, lo que a su vez afectar a los animales que se alimentan de ellos. Posicin de los defensores La promocin de los vegetales transgnicos por parte de las grandes compaas productoras gira en torno a dos ideas: una mayor productividad y posibilidad de acabar con el hambre en el mundo. Mayor productividad Que las plantas sean ms resistentes a los insectos o determinados parsitos conlleva una mayor productividad. Acabar con el hambre en el mundo Al aumentar la productividad y hacer los alimentos ms resistentes a las condiciones externas, conseguiran la produccin en todas partes del mundo y as acabar con el hambre que todava padecen millones de personas. El futuro Actualmente ya existen 50 alimentos transgnicos comercializados, la mayora en Estados Unidos y Japn, pero slo tres se pueden encontrar en el mercado espaol: el maz, la soja y un derivado del tomate. No obstante, existen ms de 300 que estn a la espera de una autorizacin para estar a disposicin de los consumidores. Pero en Europa no son bien recibidos por el consumidor. Por ello, desde la biotecnologa se est realizando un esfuerzo para que los consumidores vean "beneficios directos" en forma de mejora nutricional en productos como patatas que retienen menos aceite al frerse, aceites de soja con menor concentracin de cidos grasos, o yogures que producen un aminocido que acta como edulcorante natural (especialmente indicado para diabticos). Lo que es cierto es que esta tecnologa aplicada a la alimentacin es imparable. Ya son 28 millones de hectreas las dedicadas al cultivo de esta clase de alimentos, cifra que se duplicar en cinco aos. Qu nos deparar el futuro?, hasta dnde llegaremos? Leer mas: Alimentos transgnicos: son seguros? http://www.dietas.com/articulos/alimentostransgenicos-son-seguros.asp#ixzz1SbMUNNJr

DESVENTAJAS DE LOS ALIMENTOS TRANSGNICOS.

http://www.biotech.bioetica.org/i14.htm#_Toc59845634A. Medio ambiente

El glifosato es un herbicida relativamente poco txico y biodegradable que evita la utilizacin de herbicidas mas agresivos para el medio ambiente, La manipulacin gentica reduce el uso de insecticidas. Solamente afecta a los insectos perjudiciales para la planta concreta. En trminos generales la biotecnologa puede ser utilizada para le evaluacin de estado de los ecosistemas, transformar contaminantes en sustancias no txicas, generar materiales biodegradables a partir de recursos renovables y desarrollar procesos de manufactura y manejo de desechos ambientalmente seguros. Los investigadores estn explorando propuestas biotecnolgicas para la solucin de problemas en muchas reas del manejo ambiental y asegurar la calidad tales como la restauracin ecolgica, deteccin de contaminantes, monitoreo, remediacin, evaluacin de toxicidad y conversin de basuras en energa. Los transgnicos son una de las actividades de la biotecnologa actual, por tanto no habra motivo para dudar de que ser alcanzado por los beneficios generales de la biotecnologa para superar los riesgos que puedan provocar. Algunos pases ya han adelantado catlogos con toda la informacin gentica de las especies autctonas, para extremar su proteccin y para conseguir que sea respetado el Convenio en otros trminos de mercado, como ser el pago de regalas que corresponde y el trabajo consensuado en bioprospeccin. En este sentido, han obtenido buenos resultados, tanto Costa Rica como Mxico, que ya se encuentran trabajando con multinacionales como Monsanto, con laboratorios en el propio pas, beneficindose con la transferencia de tecnologa y logrando el respeto por sus ecosistemas.

B.

Alimentacin Humana

Bsicamente, el aumento notable de la produccin de alimentos necesarios para el abastecimiento de una cada vez mayor poblacin. La soja se utiliza como materia prima para obtener aceite, que luego es procesado qumicamente por hidrogenacin, y lecitina. Ninguno de estos dos productos contienen la protena que ha sido introducida para inducir la resistencia. Son por tanto idnticos en todas sus propiedades fsicas, qumicas, biolgicas, nutricionales y toxicolgicas , procedan de soja "normal" o de soja "transgnica". Casi lo mismo puede decirse del maz. Sus aplicaciones fundamentales son la obtencin de almidn y de glucosa a partir de ese almidn. Como precaucin adicional, no se utilizan generalmente genes de resistencia a antibiticos importantes en clnica humana o frente a antibiticos nuevos que pudieran tenerla en el futuro. En todo caso, puesto que el gen de resistencia al antibitico no juega ya ningn papel en la planta transgnica, si se considerara un riesgo, podra eliminarse. Hasta hoy, est cientficamente comprobado que los transgnicos no presentan ningn problema a la salud de las personas que los consumen, ni de los animales que los consumen, ni de las personas que consumen productos de estos animales. La alternativa que todava no est cientficamente descartada es la eventual influencia en el organismo a lo largo de varios aos de consumo de este tipo de alimentos, y ms an, a travs de varias generaciones. Pero luego de diez aos de consumo por millones de personas, no hay ningn indicio cientfico que pueda suponer la aparicin de alguna alternativa sanitaria de consecuencias fuera de control para la medicina humana. V. Desventajas potenciales

C.

Medio ambiente

Greenpeace, ha empezado a llamar la atencin sobre los peligros de la transferencia de genes transgnicos de los cultivos a las malezas emparentadas con ellos a travs de la polinizacin cruzada. Los genes transgnicos que producen la tolerancia a los herbicidas y la resistencia a las pestes y los virus, por ejemplo, podran escapar e insertarse en los genomas de las malezas, creando yuyos resistentes a los herbicidas, las pestes y los virus. Estos temores se vieron confirmados en 1996 cuando un equipo de investigacin dans observ la transferencia de un transgn al genoma de una hierba silvestre (algo que las compaas de biotecnologa haban descartado como una posibilidad remota o inexistente). Los potenciales impactos de la liberacin en el medio ambiente y de la utilizacin en la alimentacin de los organismos modificados genticamente (OMG) a largo plazo no estn evaluados. Desde el punto de vista ambiental, los cultivos transgnicos presentan el muy grave riesgo de propagar contaminacin gentica, siendo impredecibles el comportamiento de los nuevos genes transferidos a especies silvestres y los peligros para los ecosistemas, como asimismo una disminucin de la biodiversidad. Los cultivos transgnicos amenazan la diversidad gentica al simplificar los sistemas de cultivo y promover la erosin gentica. Creacin de supermalezas. La potencial transferencia de genes de Cultivos Resistentes a Herbicidas a variedades silvestres puede crear supermalezas si se producen cruzamientos entre ellos. El uso de plantas resistentes a herbicidas aumentar el uso de estos qumicos que contaminan suelos, agua y alimentos. El uso de plantas que producen insecticidas, en donde se ha insertado el gen de una bacteria, por ej. Bacillus thuringiensis (Bt), que produce toxinas para plagas de la familia de los lepidpteros, aumenta el riesgo de que aparezca resistencia a estas toxinas, generando de esta manera una reduccin de la poblacin de insectos, afectando a animales insectvoros (aves, murcilagos) al privarles de sus presas. Sin embargo, cabe resaltar que se trata de un efecto poco importante, ya que solamente mata a aquellos insectos que pretenden alimentarse a expensas de la cosecha.. La existencia de plantas resistentes a virus pueden facilitar la creacin de nuevos virus que provoquen enfermedades ms severas. Plantas que producen sustancias txicas como drogas o plaguicidas pueden presentar riesgos a otros organismos del ecosistema aunque stos no sean el objetivo para el cual fueron pensadas dichas sustancias. Habra que tener en cuenta que por Ej. los cultivos de maz transgnico, pueden contaminar con su polen a cultivos normales a kilmetros de distancia por lo que no es necesario que se cultiven grandes superficies para poner en riesgo los cultivos de la zona. Son justamente los pases del Tercer Mundo, en desarrollo y pases Tropicales, los ms ricos en diversidad; aquellos que corren los mayores riesgos en cuanto a su proteccin. Ellos son los que al mismo tiempo se encuentran en mayores desventajas para limitar el desarrollo de las tecnologas productivas que le garantizan la posible insercin en los Mercados y el crecimiento econmico. El perjuicio que provocar la dispersin de un transgnico en el pas originario de la especie es mayor, porque puede invadir y extinguir especies autctonas emparentadas, dilapidando un capital natural que podra ser til en el futuro, como fuente de rasgos para programas de mejora gentica. Por ejemplo: no sera aconsejable permitir maz transgnico en la regin mesocentroamericana, donde se encuentran multitud de variedades de maz tradicionalmente cultivadas por los indgenas, y el teosinte, precursor silvestre de esta planta. Salvo que los datos cientficos garantizaran la seguridad, a priori no sera tico poner en peligro el rico acervo gentico y cultural ligado al centro de diversidad y domesticacin de esta especie. Uno de los problemas ms grandes que no se ha tenido en cuenta histricamente (y que ha perdido oportunidad de hacerlo el mencionado Protocolo de Cartagena-Montreal) es el de la introduccin de

organismos extraos en ecosistemas diferentes, el trfico transfronterizo de cualquier tipo de seres vivos, que sin ser transgnicos, han provocado la extincin absoluta de numerosas especies. Debera considerarse el impacto ambiental y estudio de los riesgos de cada uno de los organismos que se quieren introducir por sus posibles efectos adversos.

D.

Alimentacin Humana

La aparicin de nuevas toxinas o nuevas sustancias alrgicas no se ha descartado cientficamente. Adems, los genetistas han relacionado el surgimiento tanto de bacterias patgenas como de resistencia a los antibiticos con la transferencia de genes a especies no emparentadas, por infeccin a travs de virus y por intermedio de partculas de ADN presentes en el ambiente que se han pegado a la clula, o por medio del cruzamiento inusual entre especies no emparentadas. Es posible que el uso abusivo de antibiticos en la cra intensiva de animales y en la medicina, junto con la nueva prctica de la ingeniera gentica a escala comercial, sean los principales factores que en los ltimos aos han contribuido a la rpida propagacin de la resistencia mltiple a los antibiticos entre agentes patgenos nuevos y antiguos. Muchos de los genes que estn siendo insertados en los cultivos de alimentos nunca antes haban integrado la dieta humana y nadie sabe realmente cmo afectar esto a nuestra salud en el mediano y largo plazo, ya que por ejemplo, el maz modificado genticamente tiene tambin el gen de la beta-lactamasa, que confiere resistencia al antibitico ampicilina. la desinformacin y la falta de legislacin sobre el control y etiquetado de estos productos hace imposible que una persona pueda decidir libremente sobre su consumo o no. Por ejemplo, algunos vegetales transgnicos, como la soja y el maz, se estn usando mezclados y de forma indistinta con los cereales no modificados. Adems, algunos alimentos modificados genticamente se utilizan para dar de comer a animales que lleg