AFILIACIÓN DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES … · actividad económica y promueve ... *...

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Afiliación de trabajadores independientes al SNP y AFP Reporte Sectorial: Fabricación de Pinturas Reformas Laborales pendientes en el Congreso Presidente de la SNI lanzó nueva imagen corporativa en sede regional Junín Asociados de Aniversario del mes de Julio Cabe indicar que la definición de trabajadores independientes incluye a aquellos de la denominada cuarta categoría que emiten recibos por honorarios, la llamada cuarta quinta que trabajan de forma autónoma pero con horarios dispuestos por su empleador y los que, adicionalmente a sus ingresos por planilla emiten recibos por honorarios y sus ingresos totales superan los S/.750. En este último supuesto, se aplicará la tasa de aporte que corresponda sobre las rentas de cuarta categoría y/o cuarta –quinta categoría que perciban mensualmente. En tal sentido, a partir del próximo 1 de agosto, todos los trabajadores independientes, menores de 40 años y con ingresos mensuales desde S/.750, están obligados a aportar a un sistema de pensiones, debiendo elegir entre la ONP o AFP para la administración de su ahorro previsional. En este último caso, el trabajador independiente deberá afiliarse a AFP Habitat. 1.1 De los descuentos El agente de retención (la empresa que contrata los servicios de los trabajadores independientes) deberá efectuar las retenciones, sobre el ingreso total mensual percibido por los mencionados trabajadores. En caso los ingresos totales mensuales sean menores a una RMV, dichos trabajadores no estarán obligados a aportar al SNP ni a la AFP. AFILIACIÓN DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES AL SNP Y AFP BOLETÍN INSTITUCIONAL DE LA SOCIEDAD NACIONAL DE INDUSTRIAS N° 590 JULIO 2013 REPORTE LEGAL M ediante la Ley 29903, publicada el 10 de julio de 2012, se aprobó la Reforma del Sistema Privado de Pensiones, estableciéndose la obligatoriedad de afiliación a un sistema previsional para los trabajadores independientes que no superen los 40 años de edad, así como la afiliación facultativa para los que superen dicha edad.

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Afiliación de trabajadores independientes alSNP y AFPReporte Sectorial: Fabricación de PinturasReformas Laborales pendientes en el Congreso

Presidente de la SNI lanzó nueva imagencorporativa en sede regional JunínAsociados de Aniversario del mes de Julio

Cabe indicar que la definición detrabajadores independientes incluyea aquellos de la denominada cuartacategoría ­que emiten recibos porhonorarios­, la llamada cuarta quinta­que trabajan de forma autónomapero con horarios dispuestos por suempleador­ y los que,adicionalmente a sus ingresos porplanilla emiten recibos porhonorarios y sus ingresos totalessuperan los S/.750. En este últimosupuesto, se aplicará la tasa deaporte que corresponda sobre lasrentas de cuarta categoría y/o cuarta–quinta categoría que percibanmensualmente.En tal sentido, a partir del próximo 1de agosto, todos los trabajadoresindependientes, menores de 40 años

y con ingresos mensuales desdeS/.750, están obligados a aportar aun sistema de pensiones, debiendoelegir entre la ONP o AFP para laadministración de su ahorroprevisional. En este último caso, eltrabajador independiente deberáafiliarse a AFP Habitat.

1.1 De los descuentosEl agente de retención (la empresaque contrata los servicios de lostrabajadores independientes) deberáefectuar las retenciones, sobre elingreso total mensual percibido porlos mencionados trabajadores.En caso los ingresos totalesmensuales sean menores a unaRMV, dichos trabajadores no estaránobligados a aportar al SNP ni a laAFP.

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BOLETÍN INSTITUCIONAL DE LA SOCIEDAD NACIONAL DE INDUSTRIAS N° 590 ­ JULIO 2013

REPORTE LEGAL

M ediante la Ley N°29903, publicada el 10de julio de 2012, se

aprobó la Reforma del SistemaPrivado de Pensiones,estableciéndose la obligatoriedad deafiliación a un sistema previsionalpara los trabajadoresindependientes que no superen los40 años de edad, así como laafiliación facultativa para los quesuperen dicha edad.

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INGRESOS MENSUALES TASA DE APORTACIÓNIngresos del Trabajador

IndependienteTrabajador afiliado a la AFP Trabajador afiliado a ONP

Entre S/.750.00 y S/.1,125.00 5% hasta diciembre del año 2014más comisiones y prima por

seguros 1

7% hasta diciembre del año 20142

Mayores a S/.1,125.00 10% más comisiones y prima porseguros

13%

2.2 El ProcedimientoLos trabajadores independientesdeberán exhibir y/o entregar a suagente de retención una copia oimpresión del documento queacredite su afiliación a la ONP oAFP.El agente de retención deberádeclarar y pagar en forma mensuallos aportes previsionales retenidos.Si el agente de retención no cumplecon la obligación de retener losaportes, el trabajador independientedeberá efectuar la declaración ypago directamente. Cabe indicarque el agente retenedor serásolidariamente responsable por losaportes no pagados y por lasobligaciones derivadas de ellos.Ahora bien, en el caso que eltrabajador independiente percibaingresos no sujetos a retención (en

razón de obtener ingresos menoresa una RMV, es decir menores a S/.750.00), perciba ingresos depersonas naturales o jurídicas queno califican como agentes deretención, o, si se le hubieseretenido una tasa menor a la que lecorrespondería, deberá declarar ypagar el aporte previsional de formadirecta.En el supuesto que el trabajador

independiente no perciba ingresosen un determinado mes, no estaráobligado a declarar y pagar elaporte previsional.Finalmente, debemos señalar que alcierre del presente informe aún seencuentra pendiente la aprobaciónde la normativa complementariapara la adecuada aplicación deestas disposiciones a cargo de laSUNAT, ONP y SBS.

1 Este porcentaje se eleva a 8% durante el 2015 y a 10% desde el 2016.2 Este porcentaje se eleva a 10% durante el 2015 y a 13% desde el 2016.

REPORTE LEGAL

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El sector de pinturas y similares sevincula con diferentes actividadesproductivas, tanto comoproveedora de insumos y deproductos intermedios, comodemandante de materias primaspara su proceso productivo y, debienes y servicios finales, para suproceso de distribución ymercadeo.Los importantes encadenamientosque presenta esta industriaconfiguran su importancia para laeconomía nacional, ya que generaactividad económica y promueve

empleo directo e indirecto endiversos sectores productivos.En la última década la industria depinturas y similares ha registradoun crecimiento promedio anual de10%, con incrementos superiores a20% en los años 2007 y 2008. Estaevolución productiva se encuentraasociada al comportamientofavorable experimentado por elsector construcción, por lainversión pública y por el aumentodel consumo de las familiasperuanas.Entre los años 2007 y 2012 lasexportaciones peruanas de este

sector han presentado uncomportamiento dinámico,registrando montos de exportaciónde US$ 33,1 millones en el 2009 aUS$ 134,8 en el 2011. Para el año2012, las ventas al exteriordescendieron a US$ 50,9 millones,lo que significó un descenso de62,3%.Por el lado de las importaciones,las compras por Perú desde elmundo de pinturas y similares hanexperimentado incrementosdurante los años 2007­2012, aexcepción del año 2009 donde lacompras disminuyeron en 34,0%.

REPORTE SECTORIAL

PRODUCCIÓN DEL SECTOR CONSTRUCCIÓN Y LA INDUSTRIA DE PINTURAS2007 ­ 2012 (Var. %)

Para mayor información, contactarse al: 616­4444anexo: 234 correo electrónico: [email protected]

L a industria de pinturas seubica en la división CIIU2422, que comprende la

elaboración de una amplia gama deproductos, entre los que destacanlas pinturas, barnices, lacas yesmaltes.

FFAABBRRIICCAACCIIÓÓNN DDEE PPIINNTTUURRAASS

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Dictámenes pendientes deaprobación en el PlenoOtro un 25% de ellas (iniciativaslegislativas) ya tiene Dictamen yestán a la espera de ser debatidasen el Pleno. La mayoría sonpropuestas destinadas a modificarsistemas pensionarios de variossegmentos laborales del sectorpúblico y otros referidos a reformaslaborales magisteriales.Sin embargo, en cuanto modificarel status laboral vigente del sectorprivado, está pendiente de

aprobación el dictamen de losProyectos 141, 104, 139, 282 y00530 que modifica el RégimenLaboral de la Ley de Promoción delSector Agrario ( art. 7 de la ley27360) en el sentido de que lostrabajadores bajo este régimen(incluido en de las empresasagroindustriales) tendrían derechoa percibir una remuneración diariano menor al equivalente de untreintavo de una RMV, siempre ycuando laboren más de 4 horasdiarias. Además, tendrían derechoa gratificaciones de fiestas patrias ynavidad (por un importeequivalente a 30 remuneracionesdiarias), derecho a la CTS(equivalente al 8.33% de lo queperciben en cada mes). En cuantoa las vacaciones y CTS aplicaría el

mismo principio. También se indicaque no estarían comprendidos bajoel ámbito de esta ley de promociónlos trabajadores que realizanfunciones administrativas.

Proyectos que contienenModificaciones Laboralespendientes de dictaminarExiste otro paquete de proyectosque están aún pendientes de serdictaminados y que su aprobaciónestaría prevista para la legislaturaque se inicia (2013­ 2014). estaríaprevista para la legislatura que seinicia (2013­ 2014). Uno de ellosería la propuesta de la nueva LeyGeneral del Trabajo.Al respecto, un Grupo de Trabajoen el Ministerio de Trabajo estáelaborando una propuesta, la

RREEFFOORRMMAASS LLAABBOORRAALLEESS PPEENNDDIIEENNTTEESS EENN EELLCCOONNGGRREESSOO

REPORTE PARLAMENTARIO

L a Comisión de Trabajo ySeguridad Social delCongreso de la República

ha recibido en estos dos años degestión (Legislaturas 2001 y 2012)164 iniciativas legislativas. De lascuales un porcentaje significativo,aproximadamente 25%, ya seconvirtieron en leyes. Así tenemos,la Ley que creo laSuperintendencia de FiscalizaciónLaboral e Inspecciones ­ SUNAFIL,la Ley de Servicio Civil, la Ley deRestructuración de la SUNARP, laLey de Reforma del SistemaPrivado de Pensiones y la que creola modalidad de contrato queregula el Teletrabajo, entre otras.

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misma que será remitida alCongreso con la finalidad de queesta comisión evalúe y analice quecambios laborales se efectuarían.Los aspectos controversiales sonlos siguientes:

* Estabilidad laboral absoluta, enla propuesta original se proponejudicializar el despido, convertir aldespido injustificado en despidonulo con derecho a reposición.* Indemnización por despido, sepropone incrementar laindemnización a 24remuneraciones, además de fijaruna remuneración mínimaequivalente a 3 remuneracionesmensuales.*Limitaciones para celebrarcontratos, no sólo se reduce lasmodalidades de contratos plazofijo, sino que el plazo máximo deduración de estos contratos sereduciría de 5 años a 18 meses.

De aprobarse, tal como estáplanteada, con una estabilidadlaboral absoluta y las nuevaslimitaciones para celebrar contratosde trabajo, el Perú pasaría a contarcon la legislación más rígida delmundo y, de esta forma, se estaríavolviendo a las empresas menoscompetitivas y cerrando las puertasa las inversiones.

En Estudio RégimenLaboral de lasEmpresas deExportaciones NoTradicionalesOtro de los cambioslaborales,propuestospor nuestroslegisladores, es el dederogar el Régimen yque todos los trabajadores pasendel régimen temporal a serestables. Además cambios paraconsiderar "empresa industrial deexportación no tradicional", a la queexporta directamente o porintermedio de terceros, el 50%(actualmente 40%) del valor de suproducción anual efectivamentevendida.Esta iniciativa pretende cuestionarla validez de los contratos deexportación no tradicionalafirmando que esta modalidadevita que los trabajadores puedandisfrutar de sus derechos laboralescomo vacaciones, salariosdominicales, sindicalización, entreotros.De aprobarse esta propuesta, lasempresas exportadoras perderíaneste sistema de contratacióntemporal y no podrían adecuarse alas exigencias y demandafluctuante del mercadointernacional.

Posición InstitucionalLa Sociedad Nacional de Industriasapoya las reformas laborales, lascuales deben tener dos elementosclaves: 1) diálogo social y 2)criterios técnicos, concertadosentre empleadores y trabajadores yconsideramos que toda iniciativacon sustento técnico debería pasarpor el Consejo Nacional de Trabajo.Las normas y políticas másadecuadas son aquellas que sebasan en la concertación social,para lograr empresas productivasy sostenibles, porque sólointegrando los intereses deempleadores y trabajadoreslograremos mejorar lacompetitividad y la producciónFinalmente, invocamos promoverque se generen políticas para elacceso a la formalidad tales como :incentivos comerciales yfinancieros, simplificaciónadministrativa/tributaria yflexibilidad en contratación.

REPORTE PARLAMENTARIO

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SEDES REGIONALES

L uis Salazar Steiger,presidente de la SociedadNacional de Industrias

(SNI) llegó, el pasado 8 de julio, ala incontrastable ciudad deHuancayo para el lanzamiento dela nueva imagen corporativa de lainstitución, que fuera presentadadurante las actividadesconmemorativas por el 117aniversario de SNI, en el mes dejunio y en el contexto de la

PPRREESSIIDDEENNTTEE DDEE LLAA SSNNII LLAANNZZÓÓ NNUUEEVVAA IIMMAAGGEENNCCOORRPPOORRAATTIIVVAA EENN SSEEDDEE RREEGGIIOONNAALL JJUUNNÍÍNN

Semana de la Industria.Como se sabe, la SNI es elprincipal gremio industrial del país,que contribuye al desarrollo ypromoción del sector. Actualmenteviene aportando en laelaboración del ansiado PlanNacional Industrial Inclusivoque sentará las bases para elcrecimiento y mejordesempeño de lamanufactura, especialmenteen las regiones.Un estudio de la SNI,determinó que a mayorparticipación de la industriaen una región, el índice depobreza es menor, por lo queel reto es industrializar el país

para brindarle una mejor calidad devida a todos los peruanos.En abril la industria creció 4.4%,significando un desarrolloacumulado de 0,96% (enero­ abril).

Según el presidente del gremio, undesarrollo natural del sectordebería estar dos puntosporcentuales por encima del PBIanual.

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ANIVERSARIOS

AASSOOCCIIAADDOOSS DDEE AANNIIVVEERRSSAARRIIOO MMEESS DDEE JJUULLIIOO

Fecha Años24/07/1961 5224/07/1987 2616/07/1956 5702/07/1997 1615/07/1983 3009/07/1987 2609/07/1984 2921/07/1972 4127/07/1948 6523/07/1943 7028/07/1981 3202/07/1963 5021/07/1999 1408/07/1989 2410/07/1986 2707/07/1965 4826/07/1991 2210/07/1984 2909/07/1965 4812/07/1972 4115/07/1996 1701/07/1990 2320/07/2005 820/07/1964 4924/07/1988 2520/07/1976 3712/07/1983 3003/07/1955 5818/07/1972 4123/07/1999 14

Razon SocialAUDAX S.A.ABASTECEDORES Y SERVICIOS INDUSTRIALES S.A.ALICORP S.A.A.ACOSTA STOCK EIRLBIOCON DEL PERU S.A.BODEGAS Y VIÑEDOS TABERNERO S.A.C.BRENNTAG PERU S.A.C.CONCYSSA S.A.CERUTI FABRICA DE ENVASES DE CARTON S.A.COMPAÑIA GOODYEAR DEL PERU S.A.CREACIONES TEXTILES MILKOR DE MELQUIADES ORDINOLA RUEDAEMBOTELLADORA DEMESA S.A.ECOANDINO S.A.C.FABRICA DE CALZADO TANGÜIS S.R.L.INDUSTRIAS HERCULES S.A.KURESA S.A.LABORATORIOS INDUQUIMICA S.A.LUPE GRACIELA FERNANDEZ CASTILLOMONARK PERU S.A.MANUFACTURAS ELECTRICAS S.A.MANPOWER PERU S.A.MERCADEO COMERCIAL S.A.METALBUS S.A.NEO DETER DEL PERU S.A.PAPELERA DEL SUR S.A.PAPELES SENSIBILIZADOS S.A.C.PAPELERA PANAMERICANA S.A.REFRACTARIOS PERUANOS S.A.RINTI S.A.REPRESENTACIONES WESTFALIA SEPARATOR S.A.C.

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ANIVERSARIOS

AASSOOCCIIAADDOOSS DDEE AANNIIVVEERRSSAARRIIOO MMEESS DDEE JJUULLIIOO

Fecha Años10/07/1998 1513/07/1983 3003/07/1967 4613/07/1981 3204/07/1980 3319/07/2004 9

02/07/1975 3821/07/1994 1927/07/1973 4010/07/2003 1008/07/1996 1727/07/1994 1909/07/1999 1413/07/1988 2501/07/2009 407/07/2000 1314/07/1953 6001/07/1988 2523/07/1996 1717/07/1995 1827/07/2010 319/07/2008 518/07/2005 802/07/1996 1701/07/2011 227/07/2009 405/07/2009 415/07/1959 5416/07/2003 10

Razon SocialSERVITEJO S.A.TOPY TOP S.A.TEXTIL CHAVIN S.A.C.TEXTIL CARMELITA S.A.C.UNIQUE S.A.ASOCIACION PERUANA DE EMPRESARIOS DE LA PANADERIA Y PASTELERIAASPANMEDIFARMA S.A.MICROSOFT PERU SRLTABLEROS PERUANOS S.A.INVERSIONES HOLDING PERU S.A.C.GAM CORP S.A.INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A.COMERCIAL KYD S.A.SOLDEX S.A.BEST COTTON PERU S.A.EMPRESA PRODUCTORA DE CALZADOS DEL CENTRO SRLALBIS S.A.EMPAQUETADURAS Y OPERACIONES EIRLCISCO SYSTEMS PERU S.A.KFR INVERSIONES S.A.ALTAMAR FOODS PERU S.A.C.METIS GAIA S.A.C.CORPORACION DE INDUSTRIAS STANDFORD S.A.C.EMPRESA SUMINISTRADORA DEL NORTE DE PROD INDUSTRIALES S.A.SQM VITAS PERU S.A.C.RAMET SRLJAVIER ALEXANDER NIZAMA VASQUEZCESAR ALFREDO FUENTES ORTIZHAC COMERCIO Y MANUFACTURA S.A.