ACUSACION SECUESTRO
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Individualización de Audiencia de control de la detención
Fecha Puente Alto, once de noviembre de dos mil diezMagistrado GRICEL VALESKA MUÑOZ RUIZFiscal MARCELO PATRICIO APABLAZA VELIZDefensor JUAN ANTONIO MARTINEZ VIDALHora inicio 11:30AMHora termino 11:52AMSala SALA 3Tribunal Juzgado de Garantía de Puente AltoActa ANNRUC 1000708737-9RIT 9209 - 2010
NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNAEUGENIO ANDRÉS SANTIBÁÑEZ LAGOS
0012275647-5
Calle PJE. TUPUNGATO VILLA LAS AMAZONAS Nº 13466
San Bernardo.
Actuaciones efectuadas
Apercibimiento:
RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor1000708737-9
9209-2010
PARTICIPANTES.: Denunciado. - SANTIBÁÑEZ LAGOS EUGENIO ANDRÉS
Art. 26 1
Se declara ajustada a derecho la detención.
Imputado registra orden de detención vigente, se despacha contraorden de
detención.
Formalización de la Investigación:
Hecho 1: El día 04 de agosto del año 2010, el imputado presente EUGENIO
SANTIBAÑEZ en compañía de los coiputados JAVIER ANDRADES, FELIPE
SAAVEDRA, REIMUNDO DEVIA POZO y otros sujetos aun no
individualizados, todos concertados y utilizando armas de fuego procedieron a
secuestrar y cometer el delito de robo en perjuicio de la víctima Carlos Collopal
Fuentes; realizando los siguientes actos:
A las 12 horas aproximadamente, del día descrito, los imputados como parte de
una planificación concurrieron al local comercial de la víctima descrita, ubicado
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en Concha y Toro N° 0509, Puente Alto, local del giro de la venta de repuestos
automotrices, denominado Power Car; lugar en el que simulando ser clientes
consultaron por productos y especialmente por la hora de cierre del local, el
que se informó que era a las 19:00 horas aproximadamente. Siendo las 19:00
horas de ese día, los imputados regresaron al local descrito, donde bajo
amenazas con arma de fuego, golpes y simulando ser detectives, redujeron a
Carlos Collopal en la vía pública, cerrando dicho local e ingresándolo al
vehículo placa patente única RN-3732, marca Nissan; modelo V-16, color
blanco. Acto seguido se inició una persecución por dependientes del local;
provocándose un enfrentamiento a balazos con los imputados logrando estos
darse a la fuga; posteriormente la víctima fue trasladada hasta una casa
habitación donde es retenido. Durante dicho cautiverio, los imputados
efectuaron una serie de llamadas extorsivas a familiares de la víctima las que
principiaron a las 20:00 horas aproximadamente, principiando la exigencia
extorsiva con $25.000.000 y droga, por concepto del rescate, bajo amenaza de
atentar contra la integridad de don Carlos Collopal; siendo la última exigencia
realizada por vía extorsiva por un monto aproximado de $1.800.000 más un
arma de fuego. Siendo las 03:00 horas ahora del día 05 de agosto de 2010 y
ante la imposibilidad de obtener el pago del rescate, la víctima fue abandonada
en la vía pública; durante el cautiverio y producto de las agresiones con golpes
de pies, puño y principalmente con la cacha de armas de fuego, la víctima
resultó con lesiones diagnosticadas como leves; descritas como contusiones en
su cuero cabelludo.
Hecho 2: Durante el cautiverio descrito y bajo la intimidación constante de ser
agredido, los imputados se apropiaron contra la voluntad de su dueño y con
ánimo de lucro de las siguientes especies pertenecientes a don Carlos
Collopal, entre ellas un teléfono celular, un par de zapatillas marca Lacoste, un
pantalón, un arma de fuego marca Gloc, un anillo de oro y su billetera con toda
la documentación respectiva.
El Ministerio Público califica los hechos de la siguiente forma.
Respecto al primer hecho, lo califica como un delito de secuestro extorsivo,
previsto y sancionado en el artículo 141 inciso 3 del Código Penal, en grado de
consumado y se le atribuye una participación en calidad de autores a los tres
imputados.
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Respecto del segundo hecho lo califica como un delito de robo con intimidación
previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1 del Código Penal, en grado de
consumado y les atribuye a los tres imputados calidad de autores.
Ordena prisión preventiva:
RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito
Valor
1000708737-9
9209-2010
PARTICIPANTES.: Denunciado. - SANTIBÁÑEZ LAGOS EUGENIO ANDRÉS
¿Emitió certificado de ingreso?
1
Lugar de reclusión
Establecimiento Penitenciario Santiago 1
Dirigió la audiencia y resolvió - GRICEL VALESKA MUÑOZ RUIZ, Juez de Garantía de Puente Alto.