Acta acusacion baninter

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Page 1: Acta acusacion baninter

REPUBLICA DOMINICANA

PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA

DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA

“AÑO NACIONAL DE LA GENERACION DE EMPLEOS”

Al Honorable Magistrado Juez Presidente y demás jueces que

integran el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado

de Primera Instancia del Distrito Nacional.

Asunto : Presentación del ACTA DE ACUSACIÓN que

habrá de leerse en Juicio.

Parte Acusadora : Procuraduría General de la República (Departamento de

Prevención de la Corrupción Administrativa) Procuraduría

Fiscal del Distrito Nacional.

Imputados : 1.-Ramón Buenaventura Báez Figueroa, 2.- Marcos

Antonio Báez Cocco, 3.- Vivian Altagracia Lubrano

Carvajal de Castillo, 4.- Luis Rafael Álvarez Renta y

5.- Jesús María Troncoso Ferrúa.

Querellante Querellante :: Banco Central de la República Dominicana,Banco Central de la República Dominicana,

y Actor Civil y Actor Civil Superintendencia de Bancos y Banco Intercontinental,Superintendencia de Bancos y Banco Intercontinental,

S. A. (BANINTER).S. A. (BANINTER).

Referencia Referencia :: Expediente (actuaciones procesales) No. 346-2004; Expediente (actuaciones procesales) No. 346-2004;

(Caso Banco Intercontinental, S.A.- BANINTER ).(Caso Banco Intercontinental, S.A.- BANINTER ).

AnexoAnexo :: Presentación de Orden de Pruebas.Presentación de Orden de Pruebas.

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Honorables Magistrados:Honorables Magistrados:

Los suscritos, Los suscritos, Dres. Octavio Líster Henríquez, Francisco GarcíaDres. Octavio Líster Henríquez, Francisco García Rosa, Germán DanielRosa, Germán Daniel

Miranda VillalonaMiranda Villalona y la y la Licda. Carmen Alardo Peña, Licda. Carmen Alardo Peña, dominicanos, mayores de edad, dominicanos, mayores de edad,

casados, abogados, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. casados, abogados, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 056-0009562-3,

001-0381819-1, 001-0015238-8 y 001-0150253-2; todos de éste domicilio y residencia, con

domicilio procesal formalmente establecido en la tercera planta o nivel del Palacio de

Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo (antigua Feria de

la Paz), calle Lic. Hipólito Herrera Billini, esquina Juan de Dios Ventura Simó, edificio

marcado con el No. 1, Santo Domingo, Distrito Nacional, en sus respectivas calidades de

Procurador General Adjunto (Director del Departamento de Prevención de la Corrupción

Administrativa), Procuradores Adjuntos de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, y

Fiscal Adjunto del Distrito Nacional; todos Fiscales Especiales para los Fraudes Bancarios;

actuando en nombre y representación del MAGISTRADO PROCURADOR GENERAL

DE LA REPÚBLICA, titular nacional del Ministerio Público y del MAGISTRADO

PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO NACIONAL; por medio de la presente

instancia tienen a bien presentaros ACTA DE ACUSACIÓN y remisión de los elementos

de pruebas que la sustentan, en contra de los imputados supra descritos, la cual se contrae a

tres elementos nodales, a saber: I.- Una relación precisa y circunstanciada de los hechos

punibles que se le atribuyen a cada uno de los imputados, con la indicación precisa de su

participación; II.- La individualización de la acusación, la formulación precisa de cargos y

la calificación jurídica; y III.- Descripción y ofrecimiento de los elementos de pruebas que

motivan la presente acusación y que habrán de presentarse y exhibirse en juicio.

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I.- RELACION PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS

HECHOS PUNIBLES QUE SE LE ATRIBUYEN A CADA

UNO DE LOS IMPUTADOS, CON LA INDICACIÓN

PRECISA DE SU PARTICIPACION.

PREAMBULO

1.- Que, con el fin de presentar la mejor imagen financiera, el Banco Intercontinental, S. A.

[Baninter] operaba un sistema de registro irregular desde hacìa algunos años. La operación

consistía en un sistema de registro automático que permitía al Baninter realizar

transacciones fuera de los libros oficiales, mediante la transferencia automática de

depósitos del banco a los libros del sistema llamado "Interbanco", ocultando al cierre del

día el monto del sobregiro que originaban dichas operaciones. Este sistema fue

implementado por el señor Ramón Mola Manzueta, quien trabajó primero como encargado

de cómputos, recorriendo luego todas las posiciones hasta llegar a consultor de cómputos

en el año 2003 para el Baninter, el cual explicó ante el juez de instrucción cómo funcionaba

el sistema virtual de manejo de Baninter.

2.- Que, este sistema se fue ampliando de manera considerable a partir de 1998. Los activos

improductivos se incrementaron considerablemente a través de las múltiples fusiones

realizadas y la colocación de recursos a empresas vinculadas y/o relacionadas. Con el fin de

financiar dichos activos, el banco realizó una inversión de cuantiosos recursos publicitarios

para el desarrollo y penetración de la marca Baninter, que le permitió extenderse a más

de100 oficinas en el país con una poderosa maquinaria para la captación de depósitos, la

cual estuvo incentivada por intereses de hasta un 36%. Las operaciones dentro del sistema

contable eran ejecutadas de manera segmentada por diferentes departamentos del banco

hasta la intervención de la autoridad monetaria y financiera. Estas operaciones se reflejaban

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en una cuenta llamada "Resultados", que muestra un sobregiro recogiendo los registros

históricos de las transacciones realizadas por el banco, dentro del mencionado sistema

operativo que manejaba un banco virtual.

3.- Que, la evolución del balance general refleja el impacto de la práctica contable

anteriormente señalada. Este muestra distorsiones dentro de los activos, los cuales habían

sido afectados por un aumento ficticio de la cartera de préstamos, con el fin de balancear la

transferencia de los depósitos no registrados oficialmente y el traspaso de otros pasivos a la

contabilidad oficial y el aumento del renglón “Otros Activos” con el asentamiento de gastos

realizados durante varios años.

4.- Que, a finales del año 2002 el balance oficial presentado por Baninter mostraba activos

por un total de RD$26,073 millones, de los cuales un monto de RD$5,304 millones

(equivalente a un 20%) se presentaba como disponibilidades; un total de RD$16,637

millones (el 64%) correspondía a cartera neta denominada en dólares y pesos; RD$367

millones, correspondía a inversiones. Los activos fijos ascendían a RD$l ,422 millones y

los otros activos a RD$2,284 millones, equivalentes a 5% y 10%, respectivamente. La

adecuada estructura financiera presentada por este balance para reflejar una imagen de

solidez, se sostenía con el traspaso automático fuera de libros de los valores necesarios del

flujo de depósitos que recibía la institución, tanto para reflejar mayores ingresos como para

ajustar el movimiento de la cartera. El balance presentado fuera de libros al 31 de diciembre

de 2002, mostraba activos adicionales por RD$55,590 millones, equivalentes a más del

doble de los activos oficiales (RD$26,067 millones). La cartera fuera de libros correspondía

a vinculados y contenía la realización de gastos extraordinarios. Así, el 57% de la cartera

presentada en el balance combinado constituía un activo inexistente o de muy difícil

recuperación, en adición a la pobre calidad de la cartera registrada oficialmente por el

banco.

5.- Que, dentro de las inversiones registradas ascendentes a RD$368 millones, se incluye la

inversión en el Baninter and Trust Company por RD$225.3 millones (58.2%), y las demás

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están realizadas principalmente en entidades financieras nacionales e internacionales. La

clasificación riesgosa (b, c, d y e) de estas inversiones ha originado reservas por valor de

RD$20.0 millones.

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6.- Que, durante la negociación con el Banco del Progreso, el primer balance de Baninter

mostrando la incorporación del sistema interbanco a los registros oficiales al 31 de marzo

de 2003, evidenció que los activos no revelados sumaban más del triple de los balances

conocidos por las autoridades y el público, ascendiendo a un monto de RD$82,008

millones, frente a1 valor oficial de diciembre de RD$26,073 millones. La cuenta de activos

en libros al 31 de marzo de 2003 fue ajustada para reflejar esta situación en el componente

“otros activos”, donde se registraron gastos acumulados por largos años, así como castigos

de préstamos y sobregiros, que en conjunto sumaban más de RD$48,000 millones. De esta

manera se distorsionó el valor registrado de la cartera y la partida de “otros activos” para

oficializar la transferencia de los depósitos totales que se venían manejando fuera de libros.

7.- Que, al siete del mes de abril del año 2003, fecha en que intervino la autoridad

monetaria y financiera, los activos del Baninter ascendían a un total de RD$82,145

millones, de los cuales el 35% representaba cartera de préstamos y el 60.3% correspondía a

otros activos. El pasivo de Baninter al 31 de diciembre de 2002, estaba conformado por un

total de pasivos oficiales que ascendían a un monto de RD$23,126 millones, del cual

RD$12,300 millones correspondían a los diferentes depósitos captados del público,

RD$362 millones a financiamiento recibido de instituciones de crédito nacionales e

internacionales y RD$464 millones a otros pasivos.

8.- Que, no obstante lo anterior, la situación real de pasivos del banco correspondía a un

monto de RD$77,793 millones, del cual un valor de RD$66,967 millones constituían

captaciones del público, de los cuales el 82% (RD$54,667 millones), era manejado de

forma no revelada. A finales de septiembre del año 2002, el banco había realizado

captaciones por un total de RD$67,284 millones, incluyendo RD$48,541 millones

registrados por fuera. Asimismo, entre septiembre y diciembre del año 2002, el banco

presentó un incremento en la captación de depósitos de RD$4,526 millones, equivalente a

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un 7%, período durante el cual se verificó una alta dolarización de los depósitos. Según los

reportes del área internacional del banco, durante ese período se cambiaron depósitos en

pesos de los clientes a la tasa de cambio vigente, para aperturar compromisos de pagos

(estos constituyen certificados financieros en dólares emitidos por Baninter manejados

fuera de libros). Como el banco no llegó a comprar los dólares asumió el riesgo cambiario

de estos depositantes, en adición al pago de altos intereses en dólares, que en algunos casos

alcanzaban hasta el 13%.

9.- Que, esta dolarización de depósitos fue facilitada a través de Alta Financial, que operaba

como un banco de cambio. El banco recibía depósitos de los clientes en pesos para comprar

dólares y abrir certificados denominados en dólares. Estos dólares no eran adquiridos por el

banco y, sin embargo, éste emitió los Compromisos de Pagos. En marzo del año 2003 las

operaciones de Alta Financial llegaron a acumular un total de RD$7,799 millones recibidos,

principalmente por la emisión de certificados en dólares y en menor proporción para el

abono de préstamos. Este valor ha sido señalado y reconocido por el presidente del Banco

Intercontinental, en la carta de intención con estado anexo, firmada por Ramón Báez

Figueroa en fecha 24 de marzo de 2003, notificada a la autoridad monetaria y financiera en

fecha 12 de mayo de 2003, mediante acto de alguacil No. 352, lo cual se corresponde con el

documento No. 2 del anexo No. 4 de la tabla antecedentes, depositada por los querellantes

ante la Càmara de Calificaciòn.

10.- Que, al 31 de marzo de 2003, los depósitos de Baninter se habían reducido a

RD$58,336 millones, o sea, una disminución de un 15% (RD$8,631 millones), en

comparación con el nivel registrado a finales del año 2002, que sumaba RD$66,967

millones. Por su parte, las obligaciones aumentaron en un monto casi similar, alcanzando el

financiamiento del Banco Central a un total de RD$10,497 millones, equivalente a un

incremento de 43% durante el periodo. El estado de resultado para el período enero-

diciembre del año 2002 presentado oficialmente por el banco de referencia mostró

ganancias ascendentes a RD$508 millones. Sin embargo, dentro del sistema de contabilidad

operado fuera de libros a través del "Interbanco", las pérdidas acumuladas desde 1989 hasta

diciembre del año 2002 por ambos sistemas, ascendían a RD$27,880 millones.

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11.- Que, entre el 22 de enero y el 21 de marzo de 2003 un gran volumen de transacciones

que anteriormente eran registradas fuera de libros en tres cuentas corrientes, Consultoría

Externa S. A,(l), Consultoría Externa S. A, (2) y la llamada Inversiones Empresariales(3),

fueron integradas al balance oficial en otros activos y al momento de la intervención de la

autoridad monetaria y financiera se reflejaban dentro de la contabilidad en la cuenta

llamada "Resultados". Las transacciones registradas en esta cuenta incluyen intereses de los

depositantes, traspaso de ingresos al banco para reflejar una eficiente estructura financiera,

gastos de publicidad, pagos de sueldos y donaciones. En esta cuenta también se encuentran

registrados los resultados de las operaciones que se realizaban a través de Alta Financial

Corporation, así como las cancelaciones de sobregiros, “préstamos” del grupo, de personas

vinculadas y de relacionadas a estos.

12.- Que, al 31 de marzo del año 2003, las pérdidas acumuladas financiadas con depósitos

muestran un sobregiro ascendente a RD$48,739 millones, valor que representa el resultado

histórico desde 1989, de la utilización de dichos recursos en perjuicio de Baninter para

fines no compatibles con operaciones normales de una institución financiera regulada.

Durante el primer trimestre del año 2003, se registraron créditos por valores similares a la

eliminación de cuentas sobregiradas, la cancelación de adelantos para cartas de créditos y la

cancelación de préstamos especiales y confidenciales originados en dólares, siempre en

beneficio de empresas/ nombres/ personas vinculadas y/o relacionadas, aunque se pudo

detectar que esta forma de manejo se evidencia del examen que pueda hacerse a los

documentos que conforman el anexo No. 6 de la tabla Antecedentes, depositada por los

querellantes ante la Càmara de Calificaciòn.

13.- Que, dentro de esta cuenta de "Resultados", el costo de las altas tasas de interés

pagadas por los depósitos captados acumularon RD$28,535 millones, equivalente al 58%

del total, mientras que los gastos generales ascendieron a un total de RD$6,071 millones,

incluyendo los gastos de publicidad que acumularon RD$3,126 millones. El registro de

operaciones entre enero y marzo del año 2003, que afectaron los resultados beneficiando a

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vinculados y relacionados por “financiamientos” recibidos en dólares y pesos, totalizaron

RD$16,765 millones, que representaron el 34% del total de los resultados.

14.- Que, se ha detectado el registro de transacciones que han favorecido a vinculados,

mediante la realización de créditos que alimentaban a la cuenta llamada "Resultados" y que

permitieron eliminar sobregiros en las cuentas corrientes de estos clientes vinculados. Estos

valores ascienden a RDS16,765 millones. Aunque se detectó que algunas de las empresas

fueron beneficiadas con la limpieza de sobregiros en el año 2002, como fue el caso de

Telever, S. A, en fecha 21/08/02 con un monto de RD$83.5 Millones, el mayor volumen de

este tipo de operaciones fueron realizadas durante el primer trimestre del año 2003. Estos

créditos constituían préstamos otorgados que nunca habían sido honrados y en algunos

casos databan del año 1996. Estas operaciones mal llamadas “préstamos”, no eran más que

una denominación virtual para apelar a los valores desviados, ya que estos préstamos no

pasaban por los trámites y autorizaciones mínimas requeridas para el otorgamiento de los

mismos. Además, no se contaba con la garantía necesaria y mucho menos se suscribía

ningún tipo de documento que estableciera la existencia de un compromiso, de las

condiciones del mismo, ni donde se estipulase devolver lo prestado o la intención de

pagarlo.

15- Que, la eliminación de sobregiros, adelantos- carta de créditos, préstamos especiales y

confidenciales en el período Enero-Marzo 2003, expresado en millones de pesos presenta

estos resultados: BANKINVEST PUESTO DE BOLSA 3,884, BEARPARK Y/O LISTÍN

DIARIO 1,991, GRUPO INTERCONTINENTAL 1,340, R. B. F. (RAMÓN BAEZ

FIGUEROA) 1,285, GAPERÁN 1,047, TELECENTRO (CANAL 13) 698, BACOSA

(BÁEZ COCCO, S. A.) 640, TOKOSHA ENTERPRISES 610, AMBASSADORS

MANAGEMENT 573, INSADO 547, GROUP WIDE 495, INTERCONTINENTAL DE

MEDIOS 416, TELEVER (CABLE Z. ORIENTAL) 372, RNN (CANAL 27) 275,

CARRINGTON MANAGEMENT 271, PROYECTO DERECHOS APAP (Cta. Int.) 206,

MATESA 137, RADIODIFUSORAS CENTRALES 128, SALANA, S. A. 124,

FINANCIERA Y JURÍDICA 82, INVERSIONES BAROSA 80, RAY INTERNACIONAL

72, AERO JET MANAGEMENT 66, INTERAMERICAN GROUP FINANCE 64, ASTER

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COMUNICACIONES 63, MANAGEMENT INCORPORATION 56, INMOBILIARIA

INTERCONTINENTAL 56, RCC INTERTAIMENT 53, JOSÉ MIGUEL BÁEZ

(CUENTA DE GASTOS) 52, ARTURO UREÑA 49, RAM BIENES RAÍCES 45,

COMPAÑÍA ASES ESPECIALIZADOS 43, FERNANDO ISTURIZ 43, CARIFLO

MANUFACTURING 42, RCC RECORDS 36, IMPORTACIONES C. D. 35,

NORTHERN INVESTMENTS (CABLE) 35, TIROL 34, Z. F ASOCS. 31, MIGUEL

SUBERO 3013SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE CONSULTORÍA 28, VIVIAN DE

CASTILLO Y/O JOAQUIN CASTILLO 27, WOODEN BRIDGE 26, INTERNUTRITIVO

24, SOCIEDAD GENERAL DE SERVICIOS 23 BAFISA (BÁEZ FIGUEROA, S. A.) 22,

GRUPO INTERCONTINENTAL LEASING 19, PRODUCTOS Y TRADING 19,

INTERBOAT MANAGEMENT 18, LA MELARANCIA, S.A. 18, ROMOUNT

INTERNATIONAL 18, RINGO RECORDS 17, TEXMESA 17, ARQ. JOSÉ LUIS

RODRÍGUEZ BONETTI 13, DECORACIONES CHABELL 13, PÉRDIDA CAMBIARIA

INTERBANK 13, ROBY RANDAL EPLING 12, DETALLE (OTROS) 10, LUIS

ANTONIO MATOS MENDOZA 8, RAMÓN BÁEZ FIGUEROA Y/O PATRICIA BÁEZ

8, IMPORTADORA GAS INTERNATIONAL 7, SUN RAY 7, MULTIEMPRESA 5,

VARIOS 5, JESÚS M. TRONCOSO F. 4, PREDOVA 4, SISTEMA NACIONAL

RADIOFIFUSORAS 3, BAYLEAF TRADING COMPANY LTD 2, G.E. CAPITAL 2,

NIANTIC INTERNATIONAL 2, VIP CELULAR 1.

16.- Que, en fechas 12 y 21 de marzo del año 2003, a través de Alta Finacial y la Cuenta de

Consultoría Externa, fueron realizadas las operaciones de eliminación de “préstamos”

vinculados en dólares. El monto de estos “préstamos” ascendió a US$172.6 millones de

dólares, equivalentes a 68% del total. De igual forma, dentro de la cartera del banco fue

incorporado un valor ascendente a US$76.4 millones (30%) mientras que no se sabe el

destino de la diferencia del valor, ascendente a US$6.0 millones.

17.- Que, de acuerdo con los movimientos y/o entradas localizadas, el concepto de los

valores y el total asignado en estas operaciones se resume de la siguiente manera:

Eliminación Sobregiros 10,284 Millones de Pesos; Cancelación Cartas de Crèditos 112

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Millones de Pesos; Cancelación Préstamos en Dolares 1,090 Millones de Pesos; Otros 280

Millones de Pesos, para un total 16,766 Millones de Pesos.

18.- Que, el Banco Intercontinental, S. A., fue convertido en una institución para captar

recursos frescos del público, por parte de sus principales directivos, quienes lograron vaciar

estos capitales hacia empresas vinculadas y relacionadas con ellos, con el propósito de

adquirir activos que aumentaran el patrimonio personal de los mismos. De igual manera,

utilizaron estos recursos para camuflajear su verdadero estado, ocultando la forma de

operación del banco y su real “solidez” económica, para lo cual adquirieron y controlaron

en su favor casi la totalidad de los medios de comunicación, otorgaron facilidades

económicas, donaciones y “préstamos” a autoridades de todos los órdenes, militares,

eclesiásticas, políticas, y comerciales; en fin, todos los sectores del pueblo dominicano

fueron envueltos para silenciar a la sociedad dominicana y así asegurar su impunidad.

19.- Que, esta cadena de operaciones fraudulentas y este manejo “dudoso” fue llevado a

cabo de manera interna y clandestina, hasta un punto tal que la mayoría del Consejo de

Administración de Baninter desconocía la existencia de estas operaciones paralelas, ya que

todo le fue ocultado hasta el último momento. Este afán de esconder las operaciones

verdaderas de Baninter no se detuvo ahí; los auditores externos trabajaban con datos

irreales, incompletos y distorsionados, a espaldas de las operaciones fraudulentas que se

llevaban a cabo y cuya evidencia se pretendió sustraer de todos los escenarios, al extremo

de que previo al estallido del escándalo Baninter, distrajeron archivos cuyo contenido pone

en evidencia las operaciones fraudulentas. La autoridad monetaria ha ubicado información

que pretendió ser desaparecida de esa forma. Debe entenderse que el ánimo de evadir y la

falta de transparencia reflejan inequívocamente que existe un hecho fraudulento y existen

autores que quieren rehuir de su responsabilidad, entorpeciendo investigaciones que los

puedan incriminar. Dentro de las personas implicadas en los hechos antes descritos se

encuentran, a título principal, los señores Ramón Buenaventura Báez Figueroa, Marcos

Antonio Báez Cocco, Vivian Altagracia Lubrano Carvajal de Castillo, Luis Rafael Álvarez

Renta y Jesús María Troncoso Ferrúa, cuya participación y actuaciones en el aludido fraude

nos permitimos explicar a continuación:

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II. INDIVIDUALIZACIÓN DE LA ACUSACIÓN,

FORMULACION PRECISA DE CARGOS Y CALIFICACIÓN

JURÍDICA.

20.- RAMÓN BUENAVENTURA BAEZ FIGUEROA, dominicano, mayor de edad,

portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0171879-9, casado, empresario,

domiciliado y residente en el apartamento 18 de la Torre Libertador, Avenida Anacaona

No. 25, Santo Domingo, Distrito Nacional. Según el mismo Ramón Báez Figueroa, en

ocasión de las declaraciones dadas en la fase de la instrucción preparatoria del proceso en

su contra, éste ocupaba la posición de Presidente del Banco Intercontinental, S. A., desde

el año 1994, lo cual de conformidad con las citadas declaraciones, implicaba cumplir y

hacer cumplir con los mandatos y políticas del Consejo de Administradores y Directores

del banco. Asimismo, expresó que su función le otorgaba una serie de facultades, salvo la

aprobación de ciertos límites de crédito, lo que estaba reservado únicamente al Consejo de

Directores. Esta afirmación se deduce de lo establecido en las agendas y libros de actas con

sus soportes, de las reuniones celebradas por el Consejo de Administración de Baninter

durante los períodos 1999-2002, en las cuales se evidencia que no se evaluaron ninguno de

los “préstamos” ni de las otras modalidades que caracterizaban el manejo paralelo de

Baninter.

21.- Que, en virtud de la relación antes aludida, Báez Figueroa incurrió en una serie de

manejos y prácticas, que serán descritos y establecidos a seguidas: Operación GAPERÁN

(gastos personales de Ramón Báez Figueroa): El 28 de febrero del año 1996, fue

aperturada la cuenta corriente No. 0011642009 en el Banco Intercontinental, S. A.

(Baninter), a nombre de GAPERÁN, S. A., sociedad esta que, a la fecha, es inexistente

conforme a las leyes de la República Dominicana, careciendo entonces de personalidad

jurídica, ya que no operaba ni funcionaba, ni en hecho ni en derecho. Esto así conforme a la

certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos, que obra en el

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expediente, donde la misma da fe que no existe ningún expediente relativo a la Compañía

GAPERÁN, S. A.

22.- Que, esta cuenta corriente en momento alguno registró las firmas de las personas que

tenían derecho o estaban llamadas a girar contra ella, utilizándose como procedimiento para

su manejo, cuando los cheques llegaban a través de la Cámara de Compensación, la

autorización por vía electrónica del señor Marcos Báez, Vicepresidente Ejecutivo de

Operaciones o mediante notas de débito autorizadas por el indicado señor. Cabe resaltar,

además, que esta cuenta nunca recibió depósitos líquidos para su manejo normal, sino que

la misma funcionaba a través de sobregiros, cuyo tratamiento se describe a continuación:

Los estados de cuenta correspondientes del 1° al 31 de enero de 2003, reflejaban un

sobregiro acumulado ascendiente a la suma de mil diecinueve millones seiscientos

cincuenta y cuatro mil seiscientos setenta y seis pesos con ochenta y ocho centavos

RD$1,019,654,676.88), siendo “cubierto” dicho sobregiro mediante una transferencia

autorizada por el señor Marcos Báez, en fecha 22 de enero de 2003, contra la cuenta

corriente No. 0-010611-01-0, denominada “cuenta de resultado”, la cual carecía a su vez de

fondos para cubrir las transacciones que se le cargaban, reflejándose entonces en el estado

de cuenta de Gaperán la consumación de dicha transferencia, todo lo cual concluye con el

balance de esta cuenta en cero, mediante la nota de crédito marcada con el No. 2521, que

obra en el expediente.

23.- Que, de igual forma, conforme al estado de cuenta del 1° al 31 de marzo de 2003, este

refleja un sobregiro acumulado en la referida cuenta de veintiséis millones ochocientos

dieciséis mil ciento noventa y nueve con veinte (RD$26,816,199.20), el cual fue liquidado

por una transferencia similar, autorizada por el señor Marcos Baéz Cocco en fecha 10 de

marzo 2003, mediante el memorando confidencial dirigido a la señora Giannina de Estévez,

volviendo a colocarse, de esta forma, el balance de la referida cuenta en cero. De acuerdo

con ese mismo estado, se reflejaba un sobregiro de setecientos setenta y cuatro mil

ochocientos noventa y tres pesos con noventa y ocho (RD$774,893.98), cancelado

mediante memorando de fecha 21 de marzo de 2003, dirigido a Giannina Estévez, todo lo

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cual y de igual forma, deja el balance de la cuenta otra vez en cero. Estas operaciones se

ejecutaban por orden del señor Marcos Báez Cocco.

24.- Que, resulta evidente que los valores citados anteriormente y envueltos en la operación

Gaperán, constituyen recursos utilizados de manera personal por Ramón Báez y que nunca

redundaron en beneficio de Baninter, ni directa ni indirectamente, muestra de lo cual es la

trayectoria de la utilización de los fondos, que a título de ejemplo se transcribe a

continuación: La suma de RD$ 149,592.00 para pago de factura de la Sra. Patricia Álvarez

de Báez, a la tienda “Casa Virginia, C. por A”. 2) La suma de RD$50,148.72, para pago

factura del Grupo Intercontinental, a la compañía “Delta Comercial, C. por A”, por

concepto de reparación del vehículo Toyota Landcrusier. 3) La suma de RD$50,000.00

para pago mensualidad a la Sra. María Rosa Zeller. 4) La suma de RD$23,500.00 para

pago servicio doméstico del Condominio Torre Libertador. 5) La suma de RD$7,600.00

para pago factura de Codetel del Sr. Ramón Báez Figueroa. 6) La suma de

RD$1,039,087.03 para pago de factura a la empresa “Mobiliaria Arena Gorda, S. A.,

constructora de la Villa Casa el Faro, en la Marina Chavón. 7) La suma de

RD$229,493.58 para pago factura del Colegio Carol Morgan School, correspondientes a

las colegiaturas de Eugenia Beatriz y María Amelia Báez Zeller. 8) La suma de

RD$148,711.75, para pago factura de la Sra. Patricia Alvarez de Báez, para pagar a la

tienda de muebles “D’Arquin, S. A.”. 9) La suma de RD$90,625.66 para pago factura a la

empresa “Subero & Asociados, Ingenieros Contratistas, S. A., remodelación de la obra de

Bahía Minita No. 4 y Villa Golf No. 148. 10) La suma de RD$83,000.00 para pago

mensualidad a la Sra. Patricia Alvarez de Báez. 11) La suma de RD$68,400.00 para pago

factura de la Sra. Patricia Alvarez de Báez, a la tienda de antigüedades europeas “Altri

Tempi”. 12) La suma de RD$88,000.00 para pago mensualidad Sra. Patricia Alvarez de

Báez. 13) La suma RD$85,861.49 para pago factura de la Sra. Patricia Alvarez de Báez, a

la tienda “Alfonso Decoraciones, S. A.” 14) La suma de RD$83,000.00 para pago

mensualidad Sra. Patricia Alvarez de Báez. 15) La suma de RD$61,474.00 para pago

factura de la Sra. Patricia Alvarez de Báez a la tienda RCh Rosanna Chabebe, por

concepto de confección de tejidos. 16) La suma de RD$54,751.14 para pago factura de la

Sra. María Rosa Zeller, a la agencia de viajes “Lido Travel, S. A.”, por concepto compra

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de boletos aéreos. 17) La suma de RD$52,000.00 para pago factura del Sr. Ramón Báez

Figueroa, correspondiente al mantenimiento del mes de marzo del Condominio Torre

Libertador. 18) La suma de RD$1,411,621.79 para el pago de factura a la empresa

“Mobiliaria Arena Gorda, S. A., constructora de la villa Casa del Faro, en Marina

Chavon. 19) La suma de RD$276,042.78 a la empresa “Subero & Asociados, Ingenieros,

Contratistas, ejecutora obra Bahía Minita No. 9. 20) La suma de RD$200,000.00 para

pago la factura de la Sra. Patricia Alvarez de Báez a la tienda “Ferrero, por concepto de

herrajes de la residencia de Marina Chavon. 21) La suma de RD$88,000.00 para pago

mensualidad de la Sra. Patricia Alvarez de Báez. 22) La suma de RD$83,000.00 para pago

de la mensualidad de la Sra. Patricia Alvarez de Báez. 23) La suma de RD$758,455.92,

para pago factura a “Mobiliaria Arena Gorda, S. A., constructora de la villa Casa del

Faro, Marina Chavon. Sra. María Rosa Zeller. 25) La suma de RD$171,000.00 para pago

a la Sra. Patricia Alvarez de Báez. 26) La suma de RD$52,000.00 para pago factura del Sr.

Ramón Báez Figueroa, correspondiente al mantenimiento del mes de mayo del Condominio

Torre Libertador. 27) La suma de RD$15,988.50 para pago factura del Sr. Ramón Báez

Figueroa, a la “Farmacia Carol”. 28) La suma de RD$4,750.00 para pago factura de la

Sra. Patricia Alvarez de Báez a la floristería “Galería Floral”. 29) La suma de

RD$1,000.00 para pago factura del Sr. Ramón Báez Figueroa, correspondiente a la cuota

mensual de “Casa Campo Yeacht Club”. 30) La suma de RD$960.00 para pago factura del

Sr. Ramón Báez Figueroa a la “Farmacia Ricart”. 31) La suma de RD$3,414,069.97 para

pago factura de la compañía “Mobiliaria Arena Gorda, S. A., constructora de la Villa

Casa del Faro, en la Marina Chavon. 32) La suma de RD$356,677.20 para pago de

factura a la empresa “Subero & Asociados, Ingenieros Contratista, S. A.” ejecutora de la

obra Bahía Minita No. 9. 33) La suma de RD$300,000.00 para pago factura a la empresa

Rosangela Bobea Brewster,- Arquitecto Paisajista, para la ejecución del paisajismo de la

Casa del Faro, Marina Chavon. 34) La suma de RD$248,326.00 para pago factura del Sr.

Ramón Báez Figueroa, a la empresa “Krestel Sales Co., LTD, constructora del muelle de

la Villa Casa del Faro. 35) La suma de RD$170,710.00 para pago factura de la Sra.

Patricia Alvarez de Báez, a la empresa “Ferrero, por concepto del herrajes de la Villa

Casa del Faro, Marino Chavon. 36) La suma de RD$107,229.60 para pago factura del Sr.

Ramón Báez Figueroa a la tienda “Casa Virginia, C. por A., por concepto de compra de

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Page 15: Acta acusacion baninter

varios artículos. 37) La suma de RD$118,800.00 para pago factura del Sr. Ramón Báez

Figueroa a la agencia de viajes “Metro Tours”. 38) La suma de RD$88,000.00 para pago

mensualidad de la Sra. Patricia Alvarez de Báez. 39) La suma de RD$75,000.00 para pago

mensualidad de la Sra. María Rosa Zeller. 40) La suma de RD$60,928.17 para pago

factura de la Sra. Patricia Alvarez de Báez a la empresa “Centro Cuesta Nacional. 41) La

suma de RD$195,847.20 para pago factura de la Sra. Patricia Alvarez de Báez, a tienda

“Grupo Electro”, correspondiente avance equipos de cocina para la villa Casa del Faro,

Marina Chavón. 42) La suma de RD$125,502.16 para pago factura de la Sra. Patricia

Alvarez de Báez a la tienda “Grupo Electro”, por concepto de compra de equipos de

cocina para la villa Casa del Faro, Marina Chavón. 43) La suma de RD$75,000.00 para

pago mensualidad a la Sra. María Rosa Zeller. 44) La suma de RD$65,053.00 para pago

factura del Sr. Ramón Báez Figueroa a la empresa “Importaciones Diversas, S. A. (White-

Westinghouse), correspondientes a la compra de electrodomésticos para la villa Casa del

Faro, Marina Chavón. 45) La suma de RD$125,502.16 para pago factura de la Sra.

Patricia Alvarez de Báez, a la empresa “Grupo Electro”, por concepto de compra de

equipos de electrodomésticos. 46) La suma de RD$118,914.00 para pago factura de la Sra.

Patricia Alvarez de Báez, a la Sra. Rosanna Chabebe, por concepto de confecciones de

cortinas y tapicerías para la villa Casa del Faro, Marina Chavón. 47) La suma de

RD$85,600.00 para pago factura del Sr. Ramón Báez Figueroa al Sr. Francisco Aybar.

48) La suma de RD$75,000.00 para pago la mensualidad de la Sra. María Rosa Zeller. 49)

La suma de RD$1,646,030.00 para pago factura de la Sra. Patricia Alvarez de Báez, a la

“Tienda Nuevo”, por concepto de compra de mobiliarios varios. 50) La suma de

RD$1,195,157.45 para pago factura a la empresa “Mobiliaria Arena Gorda, S. A.”,

constructora de la villa Casa del Faro, Marina Chavón. 51) La suma de RD$737,333.25

para pago factura a la empresa Intercontinental de Seguros, S. A., por concepto de pago de

póliza de seguro marítima, correspondiente al traslado del “Yate Patricia” de Francia a

Florida. 52) La suma de RD$646,030.00 para pago factura de la Sra. Patricia Alvarez de

Báez, a la “Tienda Nuevo”. 53) La suma de RD$316,425.00 para pago factura de la Sra.

Rosa Bobea, por concepto de ejecución del paisajismo de la villa Casa del Faro. 54) La

suma RD$115,681.50 para pago factura de la Sra. María Rosa Zeller, a la tienda

“D’Arquin, S. A.”, por concepto de compra de mobiliarios varios. 55) La suma de

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Page 16: Acta acusacion baninter

RD$75,000.00 para pago mensualidad Sra. María Rosa Zeller. 56) La suma de

RD$101,831.00 para pago factura a la empresa “Subero & Asociados, Ingenieros y

Contratistas, constructora de la obra Bahía Minita No. 9. 57) La suma de RD$86,576.00

para pago factura de la Sra. María Rosa Zeller, a la empresa “Casa Alegre”, por concepto

de confección de cortinas y tejidos. 58) La suma de RD$75,000.00 pago mensualidad Sra.

María Rosa Zeller. 59) La suma de RD$557,750.41 para pago factura a “Subero &

Asociados, Ingenieros y Contratistas, S. A., constructora de la obra Bahía Minita No. 9.

60) La suma de RD$493,657.06 para pago factura a la empresa “Mobiliaria Arena Gorda,

S. A.”, constructora de la villa Casa del Faro, Marina Chavón. 61) La suma de

RD$200,000.00 para pago factura al Dr. J. José López. 62) La suma de RD$104,000.00

para pago factura del Sr. Ramón Báez Figueroa, correspondiente a la cuota del

mantenimiento del mes de diciembre y cuota adicional del Condominio Torre Libertador.

63) La suma de RD$52.000.00 para pago factura Sr. Ramón Báez Figueroa

correspondiente a la cuota del mantenimiento del mes de noviembre del Condominio Torre

Libertador. 64) La suma de RD$750,841.75 para pago factura a la empresa Subero &

Asociados, Ingenieros y Contratistas, S. A., constructora de la obra Bahía Minita No. 9.

65) La suma de RD$75,000.00 para pago mensualidad Sra. María Rosa Zeller. 66) La

suma de RD$69,577.00 para pago estado de cuenta de la tarjeta de crédito de la Sra.

María Rosa Zeller. 67) La suma de RD$61,364.80 para pago factura a la empresa “Celco

Electronics”, por concepto de trabajos realizados al Jeep Lexus del Sr. Ramón Báez (h).

68) La suma de RD$352,218.00 para pago factura tarjetas de créditos de los Sres. Ramón

Báez Figueroa, Patriciab Alvarez de Báez, María Amelia Báez, María Rosa Zeller y

Silverio Almánzar. 69) La suma de RD$222,040.00 para pago factura a Colector de

Impuestos Internos, por concepto de pago IVSS deBahía Minita No. 7, La Romana. 70) La

suma de RD$192,305.55 para pago factura a la empresa Costasur Dominicana, S. A., por

concepto deSuministro e Instalación Transformador, villa Casa del Faro, Marina Chavon.

71) La suma de RD$128,559.00 para pago factura Colegio Carol Morgan School, por

concepto de inscripción de Beatriz Báez Zéller. 72) La suma de RD$130,903.19 para pago

factura Colegio Carol Morgan School, por concepto de inscripción Beatriz Báez Zeller. 73)

La suma de RD$75,000.00 para pago mensualidad Sra. María Rosa Zeller. 74) La suma de

RD$52,000.00 para pago factura del Sr. Ramón Báez Figueroa, correspondiente al

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Page 17: Acta acusacion baninter

mantenimiento del mes de febrero del Condominio Torre Libertador. 75) La suma de

RD$39,861.00 para pago tarjeta de crédito del Sr. Ramón Báez Figueroa, Patricia Alvarez

de Báez y María Amelia Báez. 76) La suma de RD$36,532.00 para pago factura de tarjeta

de crédito del Sr. Julio César Gil.

25.- Que, conforme a las facturas descritas precedentemente, estos gastos corresponden al

consumo personal de Ramón Báez Figueroa, parientes y vinculados. Esto así no sólo dada

la naturaleza de los mismos, de que eran pagados a instancia de él y de que Gaperán era una

cuenta exclusiva para sus gastos, sino que esto se evidencia también por las declaraciones

vertidas por la esposa de Ramón Báez Figueroa, la señora Patricia María Álvarez Du Breil

de Báez , la cual declaró, ante el Juzgado de Instrucción, que los gastos personales de ellos

eran gestionados y cubiertos vía el Baninter, que ella sólo revisaba las facturas y las pasaba

a la secretaria de Ramón Báez para que esta gestionase los pagos de lugar; a lo cual la

secretaria de Ramón Báez Figueroa, señora Lourdes Rafaela de los Milagros Báez

González, se expresó corroborando tanto el manejo que se evidencia en las pruebas

depositadas, como en lo declarado por el señor Marcos Báez, al expresar que: “Sr.

Magistrado, las casas comerciales enviaban las facturas de los gastos que incurría la

señora Patricia Álvarez a la presidencia de Baninter, yo la recibía, se la enviaba a la

señora Patricia Álvarez a su casa, para la aprobación, ella la inicialaba, volvía donde mí

y yo la enviaba al departamento de Marcos Báez con un memo para su pago y luego me

enviaban el cheque y se tramitaba al establecimiento correspondiente”.

26.- Que, de todo lo anterior, se evidencia que el Banco Intercontinental desembolsó los

valores girados contra la aludida cuenta, denominada Gaperán, es decir, una suma

acumulada, ascendente a mil cuarenta y siete millones doscientos cuarenta y cinco mil

setecientos setenta y dos pesos con seis centavos (RD$1,047,245,772.06), sin previamente

haber documentado un préstamo, una autorización de su Consejo de Administración, ni del

Comité de Crédito ni mucho menos haber requerido a ningún particular el proveimiento de

una garantía, logrando así la salida sin retorno de estos recursos. Todo esto se demuestra

mediante las declaraciones rendidas por el señor Manuel Ramón Ruiz Alvarez, quien era la

persona encargada de dar seguimiento a los expedientes que cursaban préstamos o

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Page 18: Acta acusacion baninter

cualquier tipo de facilidad crediticia, que, en nuestro caso, serían los aludidos “sobregiros”

y “préstamos”, a fin de comprobar la satisfacción de los requisitos que previamente había

establecido el banco a esos fines. Dicho señor declaró que no tenía conocimiento de

ninguna cuenta que se denominase “Gaperán”, quedando claro que los “préstamos” o

“sobregiros” en que incurría Gaperán no se correspondían con lo que en la cotidianidad del

Banco era en verdad un préstamo o un sobregiro, denominado normalmente “cash reserve”.

27.- Que, con este modus operandi pretendieron aparentar que quedaron cubiertos, pagados

o finiquitados frente a Baninter los valores que previamente habían sido retirados mediante

sobregiros de la cuenta Gaperán. Así las cosas, a la fecha en la que la autoridad monetaria y

financiera intervino el Banco, la cuenta corriente Gaperán, propiedad de Ramón Báez

Figueroa, destinada a sus gastos personales de manera dolosa y fraudulenta, reflejaba un

balance en cero, siendo esto una afirmación a espaldas de la realidad descrita y probada, ya

que a las arcas del Banco no ingresó ninguno de los valores que hemos podido establecer sí

fueron distraídos, constituyendo un perjuicio a dicha institución con esas operaciones, por

igual monto.

28.- Que, en este contexto y en adiciòn a lo expuesto, el perito designado por el Magistrado

Juez de Instrucción Eduardo Sánchez Ortiz, licenciado Luis E. Aurich expresó en su

informe lo siguiente: “esta cuenta fue abierta el 28/02/96 y al 2/1/2002 tenía un sobregiro

de RD$771,677,073.35; el oficial responsable de su manejo era el vicepresidente de

operaciones”.

MEDIOS DE COMUNICACIÓN:

1. Caso Listín Diario

29.- Que, en fecha 4 de octubre del año 1999, a través de la firma de abogados Arias

Fabrega & Fabrega Trust Co. BVI Limited, ubicada en Wickman`s Cay Road Town,

Tortola, British Virgin Islands, pero vía el secretario del Consejo de Administración de

Baninter, licenciado Jesús María Troncoso Ferrúa, quien a su vez es miembro prominente

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Page 19: Acta acusacion baninter

de la firma de abogados Troncoso & Cáceres, constituyen la entidad denominada Bear Park

Internacional LTD., con un capital de mil dólares de los Estados Unidos (US$1,000.00), la

cual designó al señor Marcos Báez Cocco y/o Jesús María Troncoso Ferrúa con los poderes

y autoridad necesarios para representarla y administrarla en todas sus actividades de

negocios en cualquier parte del mundo.

30.- Que, esta sociedad, una vez constituida, sirvió al señor Ramón Báez Figueroa para

adquirir acciones del capital suscrito y pagado de la Editora Listín Diario, habiendo

comprado para el 27 de diciembre de 1999 la cantidad de 49,730 acciones de grupos

minoritarios, por un monto de treinta y cuatro millones noventa y ocho mil trescientos

sesenta y nueve pesos con diez centavos (RD$34,098,369.10), los cuales fueron extraídos

de las arcas del Banco Intercontinental, S. A., sin haber intervenido ningún contrato de

préstamo, acuerdo de pago o cualquier garantía que avalase el retorno de los valores

retirados. Esto así, según el memorando interno de Baninter, dirigido por María del Pilar

Cañas al señor Marcos Báez Cocco, donde se describen las acciones adquiridas, el monto y

las personas que realizaron la venta de las mismas.

31.- Que, para el 30 de junio de 2000, es la fecha en la que Ramón Báez Figueroa, a través

de esta sociedad, cuyo capital asciende a mil dólares de los Estados Unidos (US$1,000.00),

tal como se probó anteriormente, adquiere el control mayoritario de la Editora Listín

Diario, con una inversión de capital de sesenta y cinco millones trescientos sesenta y un mil

cuatrocientos cuarenta y ocho con setenta y un dólares de los Estados Unidos

(US$65,361,438.71), los cuales fueron extraídos del Baninter bajo las siguientes

modalidades: mediante la emisión de cheques de Baninter & Trust, a favor de entidades

autorizadas previamente por los vendedores. Todo esto, según los documentos constitutivos

de la entidad Beapark International LTD tanto en copia fiel al original como en traducción

al castellano, así como el Certificado de incorporación correspondiente, cuyo original y

traducción se agregan. Para comprobar todo ello confróntese el poder legal que avala lo

afirmado, tanto el documento originario como la traducción judicial del mismo, lo cual

conforma el anexo No. 2 de la tabla RBF. Medios de comunicación, Listín Diario, véase

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Page 20: Acta acusacion baninter

también el anexo No. 3 de dicha tabla RBF, depositada la misma por los querellantes en la

Càmara de Calificación.

32.- Que, en esta fecha, mediante un contrato suscrito entre Bearpark International LTD y

Sanoa Investment INC, Clippertom Development Corporation, Capella, S. A., Pamela

Comercial, S. A., Pixys, S. A., Caribbean Group Corp., Calwood Development Inc., se

obtuvo el control mayoritario de Listín Diario, por obligaciones que ellos tenían con

Baninter, sin que dicho Banco hubiese percibido efectivamente los valores para liquidar

esas obligaciones, y, finalmente, emitieron certificados de depósito del Baninter a favor de

los vendedores y de empresas relacionadas con ellos, sin que entrase a las arcas de Baninter

un centavo, convirtiéndose Baninter, de esta forma, en deudora de dichos certificados. En

fin, convirtieron al Banco Intercontinental en avalista de todas las obligaciones que contraía

Beapark International LTD en el contrato de compraventa de dichas acciones. Esta

operación fue manejada directamente por los señores Marcos Báez Cocco, Vivian Lubrano

de Castillo y Jesús María Troncoso Ferrúa. En interés de darle una apariencia de

legitimidad a esta operación, se completó una solicitud de aprobación y facilidad de crédito

en favor de Beapark International Inc., donde se aparentaba la aprobación de tres líneas de

crédito para capital de trabajo, renovables cada 180 días, por las sumas de

US$32,400,000.00, RD$182,000,000.00 y RD$383,000,000.00.

33.- Que, este valor salió de las arcas de Baninter, tal como se evidencia en el anexo No. 5

de la tabla RBF. Medios de comunicación. Listín Diario, contentivo de los siguientes

documentos: 1- Memorando confidencial dirigido al comité de crédito por los señores

Vivian Lubrano de Castillo y Marcos Báez Cocco en fecha 30 de junio de 2000, mediante

el cual se describe la forma de pago de las acciones de Listín Diario; 2-Relación de deuda

del grupo Pellerano Nadal; 3- Comunicación al señor Jesús Troncoso, Beapark

International, LTD, dirigida por Eduard J. Pellerano Nadal, en representación de Capella, S.

A, Pamela Comercial y Pyxis, S. A, y el señor Donald Guerrero O., en representación de

Sanoa Investments Inc., Caribbean Group Corp., Calwood Development Inc y Clipperton

Development Corp.; 4- Cheque No. 011747, de fecha 30 de junio de 2000, por

US$5,000,000.00, a la orden de Woodridge, Ltd. girado contra la cuenta de Baninter and

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Page 21: Acta acusacion baninter

Trust, en el Bank Of América. N. A.; 5- Recibo de descargo emitido por el Banco

Intercontinental, representado por Vivian Lubrano de Castillo, por la suma de

RD$318,000,000.00, a favor de Pamela Comercial y Pyxis, S. A, Clipperton Development

Corp., en fecha 30 de junio de 2000; 6- Recibo de descargo emitido por el Banco

Intercontinental, representado por Vivian Lubrano de Castillo, por la suma de

RD$65,400,000.00, a favor de Pamela Codomotor, C. Por A., Mercantil Automotriz, C. Por

A., Autogermánica AG, C. Por A., GPN Leasing, C. Por A., Tecnoplus, S. A., Inmobiliaria

Repeco, C. Por A. y el señor Eduardo Pellerano Nadal, en fecha 30 de junio de 2000; 7-

Recibo de descargo emitido por el Banco Intercontinental, representado por Vivian

Lubrano de Castillo, por la suma de US$10,000,000.00, a favor de Pamela Codomotor, C.

Por A., Mercantil Automotriz, C. Por A., Autogermánica, C. Por A., GPNLeasing, C. Por

A., Tecnoplus, S. A., Capella, S. A., y el señor Eduardo Pellerano Nadal, en fecha 30 de

junio de 2000; 8.- Recibo de descargo emitido por el Banco Intercontinental, representado

por Vivian Lubrano de Castillo, por la suma de RD$11,500,000.00, a favor del señor

Eduardo Pellerano Nadal, en fecha 30 de junio de 2000; 9- Recibo de descargo emitido por

el Banco Intercontinental, representado por Vivian Lubrano de Castillo, por la suma de

US$12,038,098.84, a favor del Auto germana INC (Puerto Rico) y el señor Eduardo

Pellerano Nadal, en fecha 30 de junio de 2000; 10- Recibo de descargo emitido por el

Banco Intercontinental, representado por Vivian Lubrano de Castillo, por la suma de

RD$55,529,821.69, a favor de Eduardo Pellerano Nadal, por valores adeudados por este a

favor de Bankinvest, S. A.; 11- Emisión de los Certificados de depósito del Banco

Intercontinental, S. A., de fecha 30 de junio de 2000, marcados con los números 7911 al

7916 por la suma de US$583,333.33, cada uno, a favor de Marcer Consulting; 12- Emisión

de los Certificados de depósito del Banco Intercontinental, S. A., de fecha 30 de junio de

2000, marcados con los números 7917 al 7920 por la suma de US$250,000.00, cada uno, a

favor de Woodrige LTD; 13- Emisión del Certificado de depósito del Banco

Intercontinental, S. A., de fecha 30 de junio de 2000, marcado con el número 7921 por la

suma de US$586,000.00, a favor de Woodrige LTD; 14- Emisión de los Certificados de

depósito del Banco Intercontinental, S. A., de fecha 30 de junio de 2000, marcados con los

números 7922 y 7923, por la suma de US$250,000.00, cada uno, a favor de Woodrige

LTD; 15- Aval de Baninter, emitido por la señora Vivian Lubrano de Castillo, convirtiendo

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Page 22: Acta acusacion baninter

a Baninter en avalista de todas las obligaciones asumidas por Beapark International LTD,

en la compra de las acciones; 16- Certificado accionario número 239, por 727,192 acciones,

expedido por Listín Diario a favor de Berpark International LTD, en fecha 19 de octubre de

2000; 17- Relación de accionistas de la Editora Listín Diario al 1° de septiembre de 2000.

34.- Que, una vez finalizada la fase de compra de los derechos accionarios de la Editora

Listín Diario, la supuesta garantía por la cual Baninter asumió el pago de los valores

desembolsados, le fue entregada por la Oficina de abogados Troncoso-Cáceres en fecha 4

de julio de 2000, representada por Jesús María Troncoso Ferrúa, es decir, el certificado con

acciones al portador No.1, de Beapark International, LTD, el cual retornó a manos del señor

Jesús María Troncoso Ferrúa en fecha 30 de octubre de 2000, de lo cual resulta que

Baninter contó con una “garantía” por un período mínimo, que no alcanzó los cuatro meses.

Cabe resaltar que el indicado Jesús María Troncoso Ferrúa fue el representante de Beapark

en la compra de acciones de la Editora, por lo cual, sin las acciones en su poder, Baninter se

encuentra desprovisto de la garantía que justificaba el pago de la compra del Listín Diario,

sin haber percibido nunca ningún tipo de contrapartida por los desembolsos realizados.

35.- Que, una vez logrado el control de la Editora Listín Diario, como consecuencia de la

compra de las acciones indicadas a través de la entidad Beapark International, Ltd, se

realizan las asambleas de lugar, a fin de designar como presidente de la referida Editora, al

señor Ramón Báez Figueroa, y como secretario al señor Jesús María Troncoso Ferrúa,

quien, más adelante, fue sustituido por el abogado Luis Miguel Pereyra, los cuales se

mantuvieron en sus respectivas posiciones, ejerciendo la dirección y mando de la Editora,

hasta la incautación por parte de la autoridad competente.

36.- Que, el señor Ramón Báez Figueroa es el único detentador y poseedor de las acciones

de Beapark International, LTD., a través de la cual controlaba la Editora Listín Diario. Esto

así según sus declaraciones en las que se autodenomina “Presidente del Consejo de

Directores de la compañía Editora Listín Diario, C. Por A., y poseedor del control

mayoritario del capital accionario de la misma”, tal y como se comprueba mediante la

certificación de Registro Mercantil emitida por la Cámara de Comercio y Producción de

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Page 23: Acta acusacion baninter

Santo Domingo, que figura en el proceso, lo que queda corroborado ademàs, en los

documentos siguientes: 1- Solicitud y aprobación de facilidades de crédito, expedida por el

Banco Intercontinental, S. A, en fecha 30 de junio de 2000, a favor de Bear Park

International, Inc.; y 2- Impresión de la emisión del Banco Intercontinental, mediante el

cual se evidencia el registro de los préstamos números 1-656892-01-4, 1-656892-02-2 y 1-

656892-62-6.

37.- Que, esta última afirmación se corrobora mediante la certificación de Registro

Mercantil emitida por la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, la cual es

la última documentación. Esto se evidencia, del examen del anexo No. 6 de la tabla RBF.

Medios de comunicación. Listín Diario, depositada por los querellantes ante la Càmara de

Calificación, el cual consta de los siguientes documentos: 1- Solicitud y aprobación de

facilidades de crédito, expedida por el Banco Intercontinental, S. A, en fecha 30 de junio de

2000, a favor de Bear Park International, Inc.; y 2- Impresión de la emisión del Banco

Intercontinental, mediante el cual se evidencia el registro de los préstamos números 1-

656892-01-4, 1-656892-02-2 y 1-656892-62-6. Para constatar estos datos, consúltese el

anexo. No. 7 de la tabla RBF. Medios de comunicación. Listín Diario, del glozario

depositado por los querellantes ante la Càmara de Calificación, contentivo de los siguientes

documentos: 1- Memorando dirigido a Manuel Ruiz, con copia a los señores Vivian de

Castillo, Marcos Báez, Lionel Señor y Danilo Bobadilla, en fecha 4 de julio de 2000, por la

Gerencia Corporativa y firmado por Julio G. Julián, dando entrada a la documentación

relativa a la compraventa accionaria de la Editora Listín Diario. 2.- Memorando dirigido a

Manuel Ruiz, en fecha 30 de octubre de 2000, por la Gerencia de Banca de Inversión,

Georgia del Rosario, pero firmada por Vivian Lubrano de Castillo, solicitando la entrega

del Certificado accionario de Beapark International, para ser entregado al señor Jesús María

Troncoso Ferrúa. Consúltese el acta de la asamblea general ordinaria en funciones de

asamblea ordinaria y asamblea ordinaria anual de los accionistas de la sociedad Editora

Listín Diario, C. Por A., celebrada el 9 de noviembre de 2000, contenida en el anexo No 8

de la indicada tabla RBF. Medios de comunicación. Listín Diario. Véase el acta de la

asamblea general extraordinaria de los accionistas de la sociedad Editora Listín Diario, C.

Por A., celebrada el 9 de noviembre de 2000, contenida en el anexo No. 9 de la tabla RBF.

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Page 24: Acta acusacion baninter

Medios de comunicación. Listín Diario. Confróntese el anexo No. 10 de la tabla RBF.

Medios de comunicación. Listín Diario, contentivo, entre otros documentos, por la

declaración de ratificación de poderes suscrita por Ramón Báez Figueroa, en fecha 30 de

junio de 2003, ante el Notario Público, Dr. José N. Chabebe Castillo. Previo a la

incautación de la Editora, que reposa en los archivos públicos sobre la misma hasta la

fecha, y que señala a Ramón Báez como presidente de la indicada entidad. Esta operación

fue realizada con el propósito, por parte de Ramón Báez Figueroa, de adquirir un activo, en

este caso la Editora Listín Diario, utilizando los recursos del Banco Intercontinental a través

de una entidad constituida para esos fines en las Islas Vírgenes, controlada siempre por él,

haciéndose entregar dichos valores bajo la apariencia de que se trataba de una operación de

préstamo, pero que resultó, como era su modus operandi, un hecho ficticio e irreal, toda vez

que el mismo se cuidó de no depositar en manos de dicha institución ninguna

documentación legal que pudiese amparar la titularidad de garantía a Baninter y de esa

forma evadir cualquier evidencia que pudiere demostrar lo contrario, por lo cual procedió

entonces, en fecha 11 de marzo de 2003, a cancelar los “préstamos” números 1-656892-01-

4 y 1-656892-02-240. De igual forma, mediante Memorando de fecha 11 de marzo de

2003, dirigido por Marcos Báez Cocco, procedieron a cancelar un balance a favor de

Beapark International, LTD., por la suma de US$37,846,714.34, mediante la creación de

supuestos préstamos a favor de Alta Financial Corporation, una institución regulada de

conformidad con las leyes de Miami, Estados Unidos de América, la cual ha certificado no

tener en sus libros ningún préstamo registrado, por ser esto contrario a su naturaleza,

comprobándose de esta forma la ficción jurídica creada con el propósito de hacer aparentar

la inserción de recursos inexistentes tendentes a cubrir los retiros realizados.

38.- Que, en fecha 13 de diciembre del año 2001, la Editora Listín Diario, presidida en esta

ocasión por el señor Ramón Báez Figueroa, celebró una asamblea extraordinaria con el

propósito, entre otras cosas, de aumentar el capital autorizado de la compañía de

RD$250,000,000.00 a RD$800,000,000.00, haciendo constar el secretario en el acta que se

levantó de la referida asamblea, el depósito en original de un cheque de administración del

Banco Intercontinental, S. A., marcado con el número 1004, por valor de

RD$218,500,000.00 de fecha 6 de junio de 2001, y un recibo expedido por la suma de

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Page 25: Acta acusacion baninter

RD$100,000,000.00 por crédito realizado con cargo al Banco Intercontinental, S. A., en

fecha 7 de noviembre de 2001, ambos realizados por concepto de depósito para futura

compra de acciones por parte de Beapark International, LTD. Esta operación de compra

futura de acciones por parte de Beapark International, LTD., con recursos propiedad del

Banco Intercontinental, S. A., se consumó en la asamblea celebrada el día 26 de septiembre

de 2002, previa convocatoria de su presidente, Ramón Báez Figueroa, publicada en la

edición del periódico Listin Diario en fecha 3 de septiembre de 2002.

39.- Que, toda esta operación fue posible mediante la apertura de la cuenta corriente a

nombre de Beapark International Ltd., en el Banco Intercontinental, S. A., bajo el mismo

modus operandi utilizado en la creación y manejo de la cuenta Gaperán, S. A., sin registrar

firmas de personas autorizadas a girar contra ella, creando un sobregiro por el mismo

monto del cheque de administración No. 1004 descrito más arriba, a lo cual se suma el

débito originado a consecuencia de los RD$100,000,000.00, retirados en virtud del recibo

antes indicado de fecha 7 de noviembre de 2001. Estos sobregiros aumentan progresiva y

vertiginosamente, hasta llegar a la suma de RD$556,693,165..55, y para asegurarse de

sustraerse a la obligación de entregar estos valores al Banco Intercontinental, procedieron a

cancelar dicho balance mediante transferencia con cargo a la “cuenta de resultado”.

40.- Que, la Editora Listín Diario procedió a contratar los servicios de las empresas Matesa,

S. A., y Subero & Asociados, S. A., quienes tendrían a su cargo la compra e instalación

tanto de la nueva rotativa como de la construcción de la edificación donde se ubicaría la

misma, cuyos costos fueron todos asumidos con recursos del Baninter. Para llevar a cabo el

retiro de esos valores, Matesa, S. A., y Subero & Asociados, S. A., aperturaron las cuentas

bancarias Nos. 0-661432-00-950 y No. 0-672721-00-751, respectivamente, a través de las

cuales procedieron a emitir cheques sin tener previamente depositados los fondos

necesarios, originándose sobregiros contra dichas cuentas, que luego eran cancelados

mediante transferencias cargadas a la “cuenta de resultados”, la cual, a su vez, también

carecía de fondos. Un ejemplo de estas transferencias para subsanar sobregiros, fue la

autorizada mediante Memorando confidencial de fecha 12 de marzo de 2003, la cual

ordenaba la transferencia de RD$54,601,676.31, a favor de Matesa, S. A., y a favor de

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Page 26: Acta acusacion baninter

Subero & Asociados, S. A., la suma de RD$16,938,583.44, ambos mediante el mismo

documento, y otro únicamente a favor de este último, mediante memorando de fecha 21 de

marzo de 2003, la suma de RD$2,251,588.71.

41.- Que, en este contexto y en adiciòn a ello, el perito designado por el Magistrado Juez de

Instrucción Eduardo Sánchez Ortiz, Licenciado Luis E. Aurich, expresó en su informe lo

siguiente: “Revisión y análisis de las transacciones registradas durante el período 15-8-

2002 al 12-3-2003, en la cuenta corriente No.0-672721-00-7 a nombre de Miguel Subero

Cta. Listín. Fue abierta el 13-8-2002, sin depósito inicial y para el 15-8-2002 reportaba un

sobregiro de RD$40,000.00. Durante el período objeto de revisión le cargaron 85 cheques

por la suma de RD$16,929,069.44; por certificaciones de cheques le aplicaron 2 notas de

débito por RD$8,500.00 y por conceptos diversos le cargaron una nota de débito por

RD$1,014.00. En fecha 12 de marzo de 2003, para cancelar balance en sobregiro le

registraron nota de crédito por RD$16,938,583.44”.

42- Que, examinados los hechos descritos anteriormente, nos encontramos en capacidad de

entender que estas actuaciones constituyen conductas contrarias a nuestro orden jurídico.

En el caso en concreto, se ha incurrido en una pluralidad de infracciones, a saber, el abuso

de confianza y el lavado de activos. El lavado de activos consiste en pretender dar una

apariencia de licitud a los bienes provenientes de una infracción grave que preexiste. De ahí

que, para configurar el lavado de activos, debe haber obrado una infracción base

potencialmente capaz de generar bienes cuyo origen ilegítimo se pretende blanquear. En

nuestro caso, se evidencia que mediante el abuso de confianza fueron distraídos fondos que

luego intentaron ser lavados, buscándose maquillar el origen de los mismos. Nuestro

ordenamiento jurídico sanciona el lavado de activos en los artículos 3 y 4 de la Ley No. 72-

02 sobre lavado, y el abuso de confianza, en el artículo 408 del Código Penal Dominicano.

La primera de estas infracciones supone de los siguientes elementos para su

caracterización: La existencia de bienes, fondos o instrumentos que tengan por origen una

infracción grave; actuar con conocimiento del origen de estos fondos o instrumentos;

cometer uno cualquiera de los siguientes actos: a) Convertir, transferir, transportar,

adquirir, poseer, tener, utilizar o administrar dichos bienes; b) Ocultar, encubrir o impedir

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Page 27: Acta acusacion baninter

la determinación real, la naturaleza, el origen, la ubicación, el destino, el movimiento o la

propiedad de dichos bienes o derechos relativos a tales bienes; c) Asociarse, otorgar

asistencia, incitar, facilitar, asesorar la comisión de alguna de las infracciones tipificadas

en este artículo, así como eludir las consecuencias jurídicas de sus acciones. [tomados del

cuerpo de la Ley No. 72-02, así como de “el manual de apoyo para la tipificación del

delito de lavado”, elaborado por la Comisión Interamericana para el control del abuso de

drogas (CICAD)].

43.- Que, lo descrito en la operación Listín Diario, corrobora el modus operandi de Ramón

Báez Figueroa a lo largo de todo su manejo en perjuicio de Baninter, el cual se ha

caracterizado por vaciar las arcas de dicho banco mediante la distracción y el desvío de

fondos, en franco abuso de la confianza recibida en su calidad de mandatario y presidente

del indicado Banco. Luego, con los valores que de esa forma distrajo, Ramón Báez

Figueroa, utilizó las entidades Beapark International LTD y la Editora Listín Diario para

legitimizar los valores que fraudulenta y constantemente distraía éste del Baninter.

44.- Que, la forma en que se produce el lavado de activos en la operación Listín Diario

puede evidenciarse de manera principal en tres fases distintas: la primera es en la

adquisición de las acciones de esta Editora, para lo cual se constituye una compañía con un

capital de apenas mil dólares, que luego adquiere las acciones mayoritarias, con una

inversión de 85 millones de dólares, poniendo como avalista en el pago de las mismas a

Baninter, quien siempre termina asumiendo el pago de todas las obligaciones que dicha

adquisición genera de manera gratuita, ya que el control último de esta empresa, siendo las

acciones al portador, al final de la transacción aparece en manos de Ramón Báez Figueroa;

la segunda de las fases, es el aumento de capital de dicha entidad, lo cual se produjo a raíz

de pagos hechos por la entidad puente, Beapark, pero que en realidad fueron asumidos por

Baninter; y, finalmente, mediante el fomento de mejoras, realizadas en teoría por la Editora

Listín Diario, pero finalmente asumidas nuevamente por Baninter, constituyendo de esta

forma estas operaciones en más que intentos, en actos contundentes que casi lograron

transparentizar dichas operaciones.

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Page 28: Acta acusacion baninter

45.- Que, de los hechos del presente caso se evidencia que nos encontramos ante una

infracción de ejecución continua, conformada por una sucesión de conductas antijurídicas

que se prolongan en el tiempo y que reiteran el estado delictuoso propio del lavador de

activos. Estos actos ilícitos se ejecutaron hasta marzo de 2003, por lo cual, la producción de

los mismos entra indudablemente dentro de lo estipulado en la Ley No. 72-02 sobre lavado.

2. Caso Aster

46.- Que, Ramón Báez Figueroa se inicia en la operación del negocio de la televisión por

cable, para lo cual adquiere las acciones de Visión Satélite Dominicana, Telecable

Quisqueya, Corporación de Cable Higüey, Corporación de Cable Hato Mayor, Telever,

Cable TV Oriental y Licey Cable Visión, fusionando ese conjunto de empresas en Aster

Comunication LTD, incorporada bajo las leyes de Islas Vírgenes Británicas, representada

por el señor Marcos Báez Cocco, cuya empresa había sido denominada previamente

Tokosha International, LTD. Este proceso de fusión se llevó a cabo el 12 de junio de 2002,

mediante la celebración de una asamblea que designaba como secretario al señor Jesús

María Troncoso Ferrúa, y en la cual, también se produjo el cambio de nombre de Visión

Dominicana de La Romana, por el de Aster Comunicaciones, S.A.

47.- Que, el control y la hegemonía que comienza a adquirir Ramón Báez en el mundo de la

televisión por cable, se evidencia en el examen de los documentos que constituyen el

Anexo No. 1 de la tabla RBF. Medios de comunicación. Aster, que obra en el expediente,

los cuales se describen a continuación: 1.- Informe a la Segunda Asamblea General

Constitutiva Visión Dominicana de La Romana, S. A., de fecha 23 de julio de 2002; 2.-

Nómina de los accionistas de Visión Dominicana de La Romana, S. A., concurrentes a la

Asamblea General Ordinaria, celebrada con carácter especial, el día 12 de junio de 2002;

3.- Acta de la asamblea general ordinaria de accionistas de Visión Dominicana de La

Romana, S. A., celebrada en fecha 12 de junio de 2002; 4.- Nómina de los accionistas de

Visión Satélite Dominicana, S. A., concurrentes a la Asamblea General Ordinaria,

celebrada con carácter especial, el día 12 de junio de 2002; 5.- Acta de la asamblea general

ordinaria de accionistas de Visión Satélite Dominicana, S. A., celebrada en fecha 12 de

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Page 29: Acta acusacion baninter

junio de 2002; 6.- Nómina de los accionistas de Visión Satélite Dominicana, S. A.,

concurrentes a la Asamblea General extraordinaria, celebrada con carácter especial, el día

11 de julio de 2002; 7.- Acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Visión

Satélite Dominicana, S. A., celebrada en fecha 11 de julio de 2002; 8.- Nómina de los

accionistas de Telecable Quisqueya, C. por A., concurrentes a la Asamblea General

Ordinaria, celebrada con carácter especial, el día 12 de junio de 2002; 9.- Acta de la

asamblea general ordinaria de accionistas de Telecable Quisqueya, C. Por A., celebrada en

fecha 12 de junio de 2002; 10.- Nómina de los accionistas de Telecable Quisqueya, C. por

A., concurrentes a la Asamblea General Extraordinaria, celebrada el día 11 de julio de

2002; 11.- Acta de la asamblea General Extraordinaria de accionistas de Telecable

Quisqueya, C. Por A., celebrada en fecha 11 de julio de 2002; 12.- Nómina de los

accionistas de Corporación de Cable Hato Mayor, S. A., concurrentes a la Asamblea

General Ordinaria, celebrada con carácter especial, el día 12 de junio de 2002; 13.- Acta de

la asamblea general ordinaria de accionistas de la Corporación de Cable Hato Mayor, S. A.,

celebrada en fecha 12 de junio de 2002; 14.- Nómina de los accionistas de Corporación de

Cable Hato Mayor, S. A., concurrentes a la Asamblea General Extraordinaria, celebrada el

día 11 de julio de 2002; 15.- Acta de la asamblea General Extraordinaria de accionistas de

la Corporación de Cable Hato Mayor, S. A., celebrada en fecha 11 de julio de 2002; 16.-

Nómina de los accionistas de Corporación de Cable Higüey, S. A., concurrentes a la

Asamblea General Ordinaria, celebrada con carácter especial, el día 12 de junio de 2002;

17.- Acta de la asamblea general ordinaria de accionistas de Corporación de Cable Higüey,

S. A, celebrada en fecha 12 de junio de 2002; 18.- Nómina de los accionistas de

Corporación de Cable Higüey, S. A, concurrentes a la Asamblea General Extraordinaria,

celebrada el día 11 de julio de 2002; 19.- Acta de la asamblea General Extraordinaria de

accionistas de Corporación de Cable Higüey, S. A, celebrada en fecha 11 de julio de 2002;

20.- Nómina de los accionistas de Telever, S. A., concurrentes a la Asamblea General

Ordinaria, celebrada con carácter especial, el día 12 de junio de 2002; 21.- Acta de la

asamblea general ordinaria de accionistas de Telever, S. A, celebrada en fecha 12 de junio

de 2002; 22.- Nómina de los accionistas de Telever, S. A, concurrentes a la Asamblea

General Extraordinaria, celebrada el día 11 de julio de 2002; 23.- Acta de la asamblea

General Extraordinaria de accionistas de Telever, S. A, celebrada en fecha 11 de julio de

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Page 30: Acta acusacion baninter

2002; 24.- Nómina de los accionistas de Cable T. V., Oriental, S. A., concurrentes a la

Asamblea eneral Ordinaria, celebrada con carácter especial, el día 12 de junio de 2002; 25.-

Acta de la asamblea eneral ordinaria de accionistas de Cable T. V., Oriental, S. A.,

celebrada en fecha 12 de junio de 2002; 26.- Nómina de los accionistas de Cable T. V.,

Oriental, S. A. concurrentes a la Asamblea General Extraordinaria, celebrada el día 11 de

julio de 2002; 27.- Acta de la asamblea General Extraordinaria de accionistas de Cable T.

V., Oriental, S. A., celebrada en fecha 11 de julio de 2002; 28.- Nómina de los accionistas

de Licey Cable Visión, C. por A., concurrentes a la Asamblea General Ordinaria, celebrada

con carácter especial, el día 16 de junio de 2002; 29.- Acta de la asamblea general ordinaria

de accionistas de Licey Cable Visión, C. por A., celebrada en fecha 16 de junio de 2002;

30.- Nómina de los accionistas de Licey Cable Visión, C. por A., concurrentes a la

Asamblea General Extraordinaria, celebrada el día 11 de julio de 2002; 31.- Acta de la

asamblea General Extraordinaria de accionistas de Licey Cable Visión, C. Por A., celebrada

en fecha 11 de julio de 2002.

48.- Que, aperturaron en el Banco Intercontinental cuentas corrientes a nombre de Aster

Comunicaciones, Telever y Tokosha Enterprise LTD, las cuales, al igual que en la

operación Gaperán y el caso Listín Diario, se les generaban automáticamente préstamos

virtuales, así como la acumulación de sobregiros, los cuales llegaron a alcanzar la suma de

seiscientos noventa y seis millones doscientos ochenta y cinco mil ochenta y dos pesos con

sesenta y nueve centavos (RD$696,285,082.69), monto este que fue cubierto con fondos

propiedad de Baninter, y que para aparentar la regularidad del manejo de la cuenta,

procedían a la confección de memorandos confidenciales autorizando supuestas

transferencias a favor de las cuentas aperturadas y con cargo a la denominada “cuenta de

resultado”, la cual, a su vez, también carecía de fondos.

49.- Que, para la adquisición de estas empresas de telecable, además de emplear el modus

operandi, indicado precedentemente, de sobregirar cuentas y crear préstamos virtuales,

también procedieron a emitir certificados financieros del Banco Intercontinental en favor de

los vendedores, y a su vez también emitían cartas de crédito stand by a favor de los

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Page 31: Acta acusacion baninter

vendedores, garantizadas por Baninter, todo siempre por cuenta y cargo del Banco

Intercontinental, S. A.

50.- Que, en adición a ello, el perito designado por el Magistrado Juez de Instrucción

Eduardo Sánchez Ortiz, Licenciado Luis E. Aurich, expresó en su informe lo siguiente:

“Revisión y análisis de las transacciones registradas durante el período 21-8-2001 al 12-3-

2003, en la cuenta corriente No.0-662734-00-9, a nombre de Tokosha Enterprise Ltd. Fue

abierta el 21-8-2001 y en esa misma fecha presentaba un sobregiro por RD$ 83,207,499.00,

ya que fue aperturada con un débito por ese monto. Durante el período objeto de análisis le

cargaron por conceptos diversos no identificados 25 notas de débito por la suma de

RD$261,607,663.36. Le abonaron una nota de crédito por la suma de RD$261,607,663.36,

para saldar el sobregiro”.

51.- Que, la hegemonía lograda en el manejo del negocio de televisión por cable se logró

mediante el mismo tipo de maniobras empleadas en la operación Gaperán y el caso Listín

Diario. De manera específica, se utilizaron fondos distraídos de Baninter, a través de las

modalidades anteriormente descritas, de emitir documentos comerciales sin respaldo, cuyo

pago era cargado, bajo un aspecto camuflajeado, a Baninter. De esta forma se incurrió en el

delito de abuso de confianza en perjuicio del Banco Intercontinental; sin embargo, esta

sucesión de delitos no quedó ahí, sino que el proceso de captación fraudulenta de capitales

y activos, intentó ser ocultado, blanqueado, lavado, para intentar dar una apariencia de

proceder legítimo a lo nacido de la comisión de una infracción.

52.- Que, las infracciones cometidas se enmarcan dentro de lo estipulado en el artículo 408

de nuestro Código Penal, conocido como abuso de confianza. Asimismo, en el presente

caso se satisface lo requerido para la configuración del delito de lavado de activos. En este

caso se configura el abuso de confianza en perjuicio de Baninter, ya que el señor Ramón

Báez Figueroa ostentaba la calidad de mandatario de esa institución, y bajo su gestión y

órdenes se realizaban las transferencias para el pago de los precios pactados en las compras

de las estaciones de telecable, los cuales siempre eran asumidos por Baninter, dejando esto

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Page 32: Acta acusacion baninter

un vacío patrimonial para dicha entidad causado por las maniobras fraudulentas en su

contra.

53.- Que, la forma en la que se distrajeron grandes cantidades de dinero es difícil de

percibir, ya que Ramón Báez Figueroa incurrió en múltiples mecanismos para realizar,

administrar y finalmente ocultar el rastro de la obtención de estos valores. Terceros,

testaferros y subordinados de Ramón Báez Figueroa, fueron involucrados en las

operaciones que implicó la adquisición de las compañías de telecable, todo con el fin de

colocarlo como dueño legítimo del producto monopólico de telecable sin haber intervenido,

en teoría, en el logro y obtención de las estaciones de televisión por cable. De lo cual se

entiende, es incuestionable que Ramón Báez Figueroa incurrió en el delito de lavado de

activos en esta operación.

3. Caso Telecentro y Canal 27

54.- Que, en fecha 25 de mayo de 2000, el señor Ramón Báez Figueroa concertó una

sociedad con el señor Manuel Güaroa Liranzo, con una participación del cincuenta por

ciento (50%) cada uno, para operar un negocio de telecomunicaciones a través de los

siguientes medios de comunicación: Medios aportados por Güaroa Liranzo: T. V. 13, S. A.,

Telecentro, S. A., Multimedios, S. A., Inde Radio y Televisión, S. A., Administraciones

Diversas, S. A., Gestiones y Administraciones de Negocios, S. A., Cadena Espacial, S. A.,

Canal 31 U. H. F. Medios aportados por el señor Báez Figueroa: Comunicaciones

mundiales, S. A. (Radio Cadena Comercial), compuesta por Radio Comercial Rutas,

Honda del Yaque, Radio El Mundo de los Mina; Radio Mil, C. Por A., Radio Clarín

(Difusora Hemisferio, C. Por A.), Radio Landia, C. por A.

55.- Que, una vez conformada esta sociedad, Báez Figueroa adquiere el control de la

misma, y en tal virtud, procede a realizar mejoras, cambios de la estructura operacional,

compra de equipos, de inmuebles; en fin, una serie de inversiones tendentes a aumentar el

valor de la compañía y modernizar sus operaciones. No obstante estas inversiones redundar

en beneficio de Telecentro u otras empresas de la misma índole, y que en realidad eran en

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Page 33: Acta acusacion baninter

su provecho, gran parte de los derechos de propiedad donde se concentraron estas

inversiones, no se encontraban registrados a favor de esas instituciones, es decir, Ramón

Báez se valió de una entidad off shore, constituida al efecto para ser la receptora de gran

parte de las mejoras, mientras que todos los activos que salían de Baninter en beneficio de

Telecentro y otros, figuraban como pasivos de las cuentas de Telecentro y de otras

vinculadas a las telecomunicaciones, y no de la entidad verdadera y generalmente titular,

denominada Norheim Investments Incorporated, resultando la misma blanqueada de toda

deuda y cuyos bienes no guardaban, supuestamente, ningún vínculo con los valores

distraídos de Baninter. Todo esto compone un negocio triangular que torna difusa la

trayectoria e individualización de los fondos empleados.

56.- Que, se aperturaron diversas cuentas corrientes en el Banco Intercontinental,

denominadas “Telecentro”, procediéndose a la realización de giros y cargos contra las

mismas, a pesar de estas carecer de los fondos necesarios. De esa forma, estas mismas

cuentas, eran igualmente utilizadas como trampolín para la cobertura de otros gastos ajenos

a la naturaleza del negocio de las telecomunicaciones. Por esta vía se distrajo en perjuicio

de Baninter, la suma de RD$698 millones de pesos.

57.- Que, aparte del control ejercido sobre los descritos medios de comunicación, Ramón

Báez creó y, con ello, añadió a su cuasi monopolio, la Red Nacional de Noticias (RNN),

cuyo manejo guarda estrecha relación y comparte semejanzas con el caso Telecentro, por lo

cual procedemos a tratar estos casos de manera conjunta. A los fines del manejo de RNN se

crearon dos cuentas corrientes en el Banco Intercontinental, ambas registradas a nombre de

Canal 27 UHF, C. Por A., las cuales estaban desprovistas de fondos y contra ellas se

realizaron giros y cargos, que ascendieron a un valor acumulado de RD$274,952,253.84.

Los valores antes indicados, tanto en las cuentas Telecentro como en la cuenta Canal 27

UHF, C. Por A., fueron cancelados de la siguiente manera: para asegurar que Baninter no

recibiera ni pudiese exigir los valores, se procedía a la confección de memorandos

confidenciales ordenando la supuesta transferencia de una suma similar a la que ya había

sido distraída, cargándole estos valores a una cuenta que también carecía de fondos,

llamada finalmente cuenta de “Resultados”, luego de lo cual, los estados de cuenta

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Page 34: Acta acusacion baninter

reflejarían un balance en cero sin que el banco hubiese percibido ningún valor, asumiendo

de esta forma la pérdida de los mismos.

58.- Que, no obstante lo anterior, es preciso resaltar que los valores antes citados no son

más que una cifra mínima de lo que se estima salió de Baninter, y que salió de forma

detectable, ya que fueron sacados fondos por monto desconocido para gastos operacionales

de estas empresas y que no eran registrados como transacciones de su cuenta sino como un

manejo interno e indeterminado de Baninter. Muestra de este manejo es el pago de sueldos

de hasta 2,000 dólares mensuales a empleados de Telecentro, lo cual era operado por el

departamento de recursos humanos de Baninter y no de Telecentro, y pagado con cargo a

Baninter, sin que en momento alguno de la transacción se evidenciase el nombre de

Telecentro, lo cual torna operaciones como estas irrastreables y en consecuencia

inestimable la suma extraída bajo esa modalidad.

59.- Que, en adición a ello, el perito Licenciado Luis E. Aurich, expresó en su informe,

respecto al canal 27 lo siguiente: “Durante el período del tiempo objeto de revisión le

cargaron 650 cheques por la suma de RD$23,397,162.90; por pagos automáticos de

nóminas le aplicaron 15 cargos por la suma de RD$16,189,666.58; por conceptos diversos

no identificados le cargaron 3 notas de débito por la suma de RD$19,500,000.00; le

acreditaron 24 depósitos por la suma de RD$849,666.94; le abonaron una nota de crédito

por la suma de RD$4,980.00”. Y respecto a Telecentro expresó lo siguiente: “Durante el

período objeto de análisis le cargaron 15,875 cheques por la suma de RD$394,301,630.28;

por certificaciones de cheques le aplicaron 351 notas de débito por la suma de

RD$31,231,812.27; por conceptos diversos no identificados le cargaron 810 notas de débito

por RD$135,544,695.95; le acreditaron 690 depósitos por la suma de RD$231,761,845.77 y

le abonaron 41 notas de crédito por RD$171,636,302.63”. “Durante el perído objeto de

análisis le cargaron por conceptos diversos no identificados 2 notas de débito por

RD$71,135,003.74. En fecha 12 de marzo de 2003, para cancelar el balance ensobregiro le

acreditaron la suma de RD$71,135,003.74”.

4. Caso Intercontinental de Medios

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Page 35: Acta acusacion baninter

60.- Que, el 29 de noviembre de 2001, la Intercontinental de Medios, S. A., representada

por su presidente, señor Jesús María Troncoso Ferrúa, adquirió de manos del señor Leonel

Almonte y de personas vinculados a éste, los derechos de propiedad de Radio Hin, C. Por

A. e Inversiones Contumax, S. A.69, lo cual permitió el control del 50% de los derechos de

la cadena de Telecomunicaciones denominada Antena Latina.. Esta transacción se realizó

por la suma de US$25,000,000.00, la cual fue asumida por el Banco Intercontinental, S. A.,

en su totalidad, bajo las siguientes modalidades: Baninter emitió recibos de descargo por

valor de US$11,900,000.00 a favor de personas físicas y morales deudoras de dicha

entidad, las cuales eran vinculadas a los vendedores y previa orden de éstos, por préstamos

y obligaciones que los mismos tenían frente al Banco, sin que entrase a las arcas de

Baninter un sólo centavo como contrapartida de la cancelación de esas obligaciones; la

suma restante fue pagada mediante la siguiente operación: crearon “en teoría” un préstamo

a favor de Intercontinental de Medios, por valor de 12.5 millones de dólares, lo cual fue

enviado a Baninter And Trust por un cheque emitido por la multibanca de Baninter a favor

de Intercontinental de Medios y endosado por el beneficiario. Dicho cheque fue librado a

cargo de la cuenta que tenía Baninter en el First Union Bank de Miami. El Baninter And

Trust recibió instrucciones de emitir certificados de depósitos a nombre del señor Almonte

y este, a su vez, invertir dichos fondos en Baninter, para lo cual se le solicitaron cinco

cheques por un total de 12.5 millones de dólares, los uales fueron librados a cargo de la

cuenta que el Baninter And Trust mantenía en Florida ank de Miami. Tanto los intereses

como el capital de estas inversiones han sido retirados por el señor Almonte, previo a la

intervención de la autoridad monetaria, la cual constató el retiro por parte del señor

Almonte de 8.8 millones de dólares por concepto de capital e intereses. El “préstamo” antes

indicado fue cancelado en el sistema interno de Baninter, en fecha 21 de marzo de 2003, sin

que dicha institución bancaria hubiese percibido efectivamente ningún tipo de ingresos. De

igual manera, fue cancelado el sobregiro que la Intercontinental de Medios registraba en su

cuenta corriente, ascendente a la suma de RD$82,549,087.79 mediante memorando

confidencial de fecha 12 de marzo de 2003. Intercontinental de Medios es una empresa

constituida para la adquisición y manejo de estos activos, cuyo principal accionista es

Inmobiliaria R. B., S. A., la cual controla, además, todos los derechos de los medios que

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Page 36: Acta acusacion baninter

fueron adquiridos a través de Frecuencias y Medios, S. A., y Ondas y Medios, S. A. Vale

decir, que Inmobiliaria R. B., es una entidad controlada por Ramón Báez Figueroa. No

obstante haberse probado todo lo establecido anteriormente, y en adición a ello, el

Licenciado Luis E. Aurich, expresó en su informe lo siguiente: “Durante el período objeto

de análisis le cargaron 14 cheques por la suma de RD$1,501,806.75; por certificaciones de

cheques le aplicaron 23 notas de débiro por la suma de RD$2,852,848.96; por conceptos

diversos le cargaron 72 notas de débito por la suma de RD$83,696,807.62; le acreditaron 5

depósitos por RD$747,360.18”.

5. Caso Supercanal

61.- Que, en fecha 15 de julio del año 2002, la Intercontinental de Medios, S. A., en esta

ocasión representada por Marcos Báez Cocco, adquirió el 80% de los derechos de

propiedad de la entidad denominada Supercanal, C. Por A., por un precio de

US$15,500,000.00, de los cuales fueron pagados 3 millones a la firma del contrato, 2

millones al término de 30 días -contados a partir de la suscripción del contrato -, 9

millones mediante pagos pendientes por Supercanal frente a sus acreedores, y el resto, es

decir, US$1,500,000.00, mediante la emisión de un certificado de depósito del Banco

Intercontinental, S. A.

62.- Que, el cumplimiento del pago antes descrito al día 4 de diciembre de 2002 se llevaba

a cabo de manera satisfactoria, tal como lo afirmó el señor Francisco Jorge Elías,

representante de la entidad vendedora de Supercanal, Clearwater Industries, LTD, mediante

la comunicación que este dirigiera al señor Jesús María Troncoso Ferrúa, en fecha 4 de

diciembre de 2002, en su calidad de apoderado especial de la empresa off shore Calridge

Investments, LTD, entidad esta que pretendían utilizar los compradores para registrar los

derechos adquiridos. Del cuerpo de esa carta se entiende que independientemente de que

figurase una entidad o una persona física cualquiera, el verdadero comprador era Ramón

Báez Figueroa.

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Page 37: Acta acusacion baninter

63.- Que, los valores antes descritos y constitutivos del pago indicado, fueron obtenidos del

Banco Intercontinental, mediante la creación de supuestos préstamos a favor de Calridge

Investments, LTD, los cuales, en realidad, nunca fueron honrados ni existía la intención ni

probabilidad alguna de que dichos fondos retornasen al Baninter, resultando finalmente,

cancelados los aludidos “préstamos” sin que el Banco percibiera ningún valor o

contrapartida por los mismos, tal y como se manejaron otras transacciones antes descritas

en el presente documento.

64.- Que, los gastos operacionales de este medio de comunicación fueron girados contra

una cuenta denominada Supercanal, S. A., mediante cargos que generaban el sobregiro de

la cuenta, producto de lo cual se llegó a reflejar, al momento de la intervención de la

autoridad monetaria, un sobregiro acumulado de RD$46,603,494.05. Esta cuenta tenía

firmas registradas a nombre de los señores Francisco Antonio Jorge Elías, Nerys Felicia

Peña Castillo e Ismael A. Peralta, quienes externaron que les parecía anormal el manejo

dado a la cuenta bancaria, ya que los cargos generados nunca eran saldados, por lo cual el

departamento de contabilidad de dicha entidad calificó esa situación de “violatoria a los

principios de contabilidad y leyes bancarias”, esto se evidencia en las cartas dirigidas por la

contadora genral de Supercanal, Nerys Peña, al señor Marcos Báez, en fechas 12 y 18 de

enero y marzo de 2003”.

6. Caso Isla Visión

65.- Que, Isla Visión, S. A., es una compañía constituida de conformidad con las leyes

dominicanas en el año 1996, registrándose en la Dirección General de Telecomunicaciones

los derechos a su favor de la frecuencia 788-794 MHZ Ch-67, 704-710 MHZ Ch-53, cuya

propiedad, según la Resolución No. 068-02 de dicha Institución, fue transferida a la

sociedad Ondas y Medios, S. A., con cargo a esta última entidad fueron retirados de

Baninter por un lado, la suma de mil cientos noventa y cinco millones cientos ochenta y dos

mil quinientos sesenta y cinco pesos con setenta y siete centavos (RD$1,195,182,565.77,

los cuales fueron desembolsados en las siguientes partidas: a.- RD$100,000,000.00; b. -

RD$100,000,000.00; c.- RD$100,000,000.00; d.- RD$112,002,579.00; e.-

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Page 38: Acta acusacion baninter

RD$44,000,000.00; f.- RD$100,000,000.00; g.- RD$100,000,000.00; h.-

RD$100,000,000.00; i.-RD$100,000,000.00; j.- RD$100,000,000.00; k.-

RD$100,000,000.00.; y por otro lado la suma de RD$39,179,996.67, esta última en base a

sobregiros a través de una cuenta corriente a nombre de Isla Visión.

66.- Que, los valores antes enunciados fueron pagados con fondos propiedad de Baninter,

obtenidos mediante el sobregiro de las cuentas y la generación de supuestos “préstamos”

desprovistos de documentación y garantías. Dichos fondos correspondían a los gastos

generados por Isla Visión, los cuales fueron satisfechos gracias a extracción de valores de

Baninter, la cual no obtuvo de ello ningún tipo de beneficio ni contrapartida, asumiendo en

su totalidad la pérdida de esos montos. A inicios de 2003 pretendieron justificar la salida de

los valores antes citados, para lo cual procedieron a la creación de un préstamo que

supuestamente se canceló inmediatamente con miras a cubrir retroactivamente los

desembolsos realizados.

67.- Que, conforme comunicación dirigida a la Comisión de Liquidación de Baninter, por el

señor Julio Hazim y otras personas relacionadas con este, en fecha 22 de diciembre de

2003, en cuyo punto dos plantean la exclusión de los balances indicados precedentemente,

bajo el alegato de haber traspasado la propiedad y de haber ejercido las funciones de

administración en cumplimiento del mandato recibido, en razón de lo cual citan el

traspasode la compañía en cuestión, a nombre de Ondas y Medio, S. A., lo cual se traduce

en una declaración de ajenidad al manejo de tan escandalosas sumas. El estado financiero al

31 de marzo de 2002 refleja activos por valor de RD$73,000,000.00 , sin pasivos de

ninguna índole.

7. Caso Bloque Interactivo de Televisión y Cable

68.- Bloque Interactivo de Televisión y Cable, S. A., es una compañía constituida de

conformidad con las leyes dominicanas en el año 1997, registrándose en la Dirección

General de Telecomunicaciones los derechos a su favor de la frecuencia 728-734 MHZ

(Ch-57), cuyos derechos, según la Resolución No. 061-02 de dicha Institución, fueron

transferidos a la sociedad Frecuencias y Medios, S. A., con cargo a esta entidad fueron

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Page 39: Acta acusacion baninter

retirados de Baninter la suma de doscientos treinta y nueve millones doscientos treinta y

cinco mil trescientos dos pesos con setenta y cuatro centavos (RD$239,235,302.74). El

estado financiero al 31 de marzo de 2002 refleja activos por valor de RD$83,000,000.00

sin pasivos de ninguna índole.

OTRAS OPERACIONES

1. Caso Familia García

69.- Que, en fechas 17 y 23 de abril de 2002, Ondas y Medios, S. A. y RCC Intertaiment

Co., LTD., esta última constituida en Islas Británicas, representada la primera por el señor

Jesús María Troncoso Ferrúa y la segunda por el señor José Miguel Báez, hermano de

Ramón Báez Figueroa, adquieren los derechos de Sistema Nacional de Radiodifusión y

Radio Azul, S. A., la primera, y el 80 % de las acciones del negocio denominado Ringo

Records, C. Por A., la segunda, ambas de manos de Rosa Ivelisse García Miguel y

relacionados, por valores pagados con recursos de Baninter mediante un manejo similar al

de la operación Listín Diario, a través de Certificados de Depósitos y cheques de

administración del Baninter.

70.- Que, para el manejo de la primera de las adquisiciones antes descritas, fueron creadas

dos nuevas cuentas en el Banco Intercontinental, denominadas Radiodifusoras Centrales R.

C., y Radiodifusoras Centrales C. E., las cuales sirvieron para el retiro de valores

relacionados con las emisoras controladas por Ramón Báez Figueroa, soportando estas los

giros realizados contra ellas sin que las mismas contasen con los fondos necesarios,

acumulándose de esa forma para el mes de marzo de 2003, sobregiros en ambas cuentas,

ascendentes a la suma de RD$128,000,000.00, lo cual fue cancelado mediante la modalidad

antes descrita de la emisión de memorandos confidenciales que culminaban con la puesta

en cero del balance. En cuanto a la segunda de las adquisiciones, llevada a cabo por RCC

Intertaiment Co., LTD., se realizaron cargos a una cuenta corriente denominada Ringo

Records, cuyo balance fue liquidado mediante los conocidos memorandos confidenciales

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Page 40: Acta acusacion baninter

que autorizaban a la acreditación ficticia de estos fondos justificados por débitos contra otra

cuenta igualmente sin recursos, denominada cuenta de “Resultados”.

71.- Que, asimismo, paralelamente al inicio de estos negocios aperturan una cuenta para el

manejo de los gastos operacionales de los mismos, denominada RCC Intertaiment, Co.,

Inc., acumulando un sobregiro en esta cuenta de RD$53,398,606.89, lo cual es cancelado

mediante transferencia autorizada por memorando confidencial utilizando la misma

modalidad antes descrita para poner en cero el balance de la cuenta.

72.- Que, conforme la exposición del perito, Licenciado Luis E. Aurich, expresó en su

informe lo siguiente: “transacciones registradas durante el período 24-8-2001 al 12-3-2003,

en la cuenta corriente No.0-665958-00-5, a nombre de RCC Records. Fue abierta el 24-8-

2001, sin depósito. Durante el período objeto de análisis le cargaron 320 cheques por la

suma de RD$ 14,244,025.35; por certificaciones de cheques le aplicaron 20 notas de débito

por la suma de RD$ 465,956.04; por conceptos diversos le cargaron 82 notas de débito por

la suma de RD$ 22,546,175.36; le acreditaron 60 depósitos por RD$ 1,611,057.35; le

abonaron 60 notas de crédito por RD$ 22,546,175.36. En fecha 13 de marzo de 2003, para

cancelar el balance en sobregiro, le registraron nota de crédito por RD$ 35,616,551.40.

Revisión y análisis de las transacciones registradas durante el período 4-7-2001 al 12-3-

2003, en la cuenta corriente No.0-663988-00-4, a nombre de Radio Difusoras Centrales CE.

Fue abierta el 4-6-2001. Durante el período objeto de análisis le cargaron 144 cheques por

la suma de RD$ 36,836,224.60; por certificaciones de cheques le aplicaron 7 notas de

débito por la suma de RD$ 288,138.04; por conceptos diversos no identificados le cargaron

2 notas de débito por la suma de RD$ 50,628,126.72; le acreditaron 16 depósitos por RD$

910,267.75. En fecha 12 de marzo de 2003, para cancelar el balance en sobregiro, le

registraron nota de crédito, quedando el balance en cero.

Revisión y análisis de las transacciones registradas durante el período 28-6-2001 al 13-3-

2003, en la cuenta corriente No.0-664479-00-6, a nombre de Radio Difusoras Centrales CE.

Fue abierta el 25-6-2001. Durante el período objeto de análisis le cargaron 165 cheques por

la suma de RD$ 20,601,191.10; por certificaciones de cheques le aplicaron 4 notas de

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Page 41: Acta acusacion baninter

débito por la suma de RD$ 8,409,584.00; por conceptos diversos no identificados le

cargaron 3 notas de débito por la suma de RD$ 15,363,582.64; le acreditaron 3 depósitos

por RD$118,307.49. En fecha 12 de marzo de 2003, para cancelar el balance en sobregiro,

le registraron nota de crédito por RD$ 42,459,730.31. Revisión y análisis de las

transacciones registradas durante el período 18-6-2002 al 12-3-2003, en la cuenta corriente

No.0-671919-00-8 a nombre de RCC Intertaiment Co., Inc.- Fue abierta el 12-6-2002 sin

depósito inicial y ya al 16-6-2002, se reporta con un balance de RD$3,015,000.00 en

sobregiro. Durante el período objeto de análisis se le cargaron por conceptos diversos 5

notas de débito por la suma de RD$53,398,606.88. En fecha 12 de marzo de 2003, para

cancelar el balance en sobregiro, le registraron nota de crédito por RD$53,398,606.89”.

73.- Que, la adquisición masiva de diversos y numerosos medios de comunicación por parte

de Ramón Báez Figueroa se ha distinguido por un denominador común: la adquisición de

activos mediante prácticas dolosas que luego pretende transparentar. La conducta delictiva

es reiterada en cada operación que involucra un medio de comunicación. Ramón Báez

Figueroa utilizaba fondos de Baninter para la compra de medios, valiéndose de sus

facultades de mandatario, para distraer los valores de manera injustificada y sin posibilidad

de reposición, lo cual constituye inequívocamente y, según nuestro derecho, abuso de

confianza en perjuicio de Baninter.

74.- Que, una vez captados fraudulentamente los recursos y adquiridos los medios, a

nombre de empresas escaparates o de testaferros, Ramón Báez, que en unos casos aparece

como el propietario del producto limpio de la adquisición dolosa, y en otros se mantiene

detrás de todo pero controlando y siendo el único beneficiario del producto de las mismas,

incurre con estas actuaciones en el delito de lavado de activos. Un buen ejemplo del

primero de los casos es la operación Listín Diario, donde en sus inicios no figura el nombre

de Ramón Báez hasta que luego aparece como detentador de las acciones de la empresa

mayoritaria de la Editora y como presidente de la misma, quedando de esta forma “en

teoría” desvinculado del proceso de adquisición y manejo anormal que circundó a dicha

entidad, pero en realidad fue el artífice de principio a fin de todo el manejo de este medio.

El segundo supuesto se caracteriza a la perfección en el caso la Intercontinental de Medios,

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Page 42: Acta acusacion baninter

donde el indicado señor se mantiene detrás de todo sin figurar, en sentido jurídico y no

fáctico, en los manejos de esta empresa, pero siempre controlando y actuando como el real

y legítimo propietario tanto de la Intercontinental de Medios como de las empresas que a

través de ella este adquirió.

2. Caso Grupo e Inmobiliaria Intercontinental

75.- Que, el Grupo Intercontinental, S. A., fue constituido en el año 1985 con el propósito

de dedicarse al negocio de adquirir y comercializar acciones, e invertir en otras sociedades.

El principal accionista de esta entidad es la Inmobiliaria Intercontinental, siendo presidido

dicho Grupo por el señor Ramón Báez Romano y haciendo las veces de secretario del

mismo, el abogado Jesús María Troncoso Ferrúa.

76.- Que, por otro lado, la Inmobiliaria Intercontinental fue constituida en el año 1988,

momento en el cual el señor Ramón Báez Romano fue nombrado presidente y su hijo,

Ramón Báez Figueroa, secretario. Cabe resaltar y resulta altamente curioso, que

actualmente el Grupo Intercontinental, aparte de tener como accionista mayoritario a la

Inmobiliaria Intercontinental cuenta con el mismo staff de accionistas que integraban la

minoría de la Inmobiliaria Intercontinental que no estaba controlada por el Grupo, es decir,

la composición accionaria de ambas sociedades es por un lado mutua, una es dueña de la

otra y viceversa, y por el otro idéntica, ya que los demás accionistas minoritarios de ambas

son los mismos.

77.- Que, el Banco Intercontinental, por su parte, fue autorizado a iniciar sus operaciones en

el año 1986, y al momento de la inauguración de dicho Banco, del capital autorizado

ascendente a RD10,000,000.00, había sido suscrito y pagado únicamente RD$1,000,700.00,

de lo cual los Báez aportaron RD$750,000.00, convirtiéndose estos así, en accionistas

mayoritarios de dicha entidad, siendo actualmente controlado dicho banco, como era de

esperarse, por el Grupo Intercontinental.

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Page 43: Acta acusacion baninter

78.- Que, el control ejercido por Ramón Báez Figueroa sobre el Grupo Intercontinental, el

cual era el principal accionista del Baniniter, le permitía a este mantenerse en la presidencia

de dicho banco y, desde esa función, distraer los fondos que eran confiados al banco a título

de depósito, para beneficiar a empresas que le pertenecían a él y a sus relacionados,

logrando así la extracción de recursos que nunca retornaron bajo ninguna naturaleza o

modalidad a las arcas del Banco. La influencia y el poder de Ramón Báez Figueroa dio

lugar a la generación de supuestos “préstamos”, a favor del Grupo Intercontinental por la

suma de 1,340 millones de pesos, y a favor de la Inmobiliaria Intercontinental 56 millones

de pesos, sin ningún tipo de aval, garantía o trámite para dicha concesión. Los valores

otorgados en estos “préstamos” fueron cancelados en fecha 12 de marzo de 2003,

colocándose de esta forma los balances en cero, todo esto con la sola autorización del señor

Marcos Báez mediante memorando confidencial y sin que Baninter hubiese percibido

efectivamente el pago o alguna contrapartida por el desembolso de los valores contenidos

en los “préstamos”.

79.- Que, a los fines de ilustrar la utilización de los fondos distraídos y el modus operandi

seguido, nos permitimos describir una de las operaciones de la Inmobiliaria Intercontinental

a modo de ejemplo. La Inmobiliaria Intercontinental, representada por Marcos Báez Cocco,

compró del Banco Central de la República Dominicana, en fecha 08 de mayo de 2000, una

porción de terreno ascendente a 30,000 metros localizados dentro del Aeropuerto de

Herrera en la ciudad de Santo Domingo, por la suma de 120 millones de pesos, la cual fue

desembolsada en partidas acordadas en el contrato de compraventa. Los pagos que llegaron

a efectuarse fueron todos realizados mediante cheques de administración emitidos por el

Banco Intercontinental, haciendo constar que los recursos aportados por el Banco, se

cargaban a la supuesta cuenta de la Inmobiliaria Intercontinental, la cual carecía de recursos

para asumir el pago de esos valores.

3. Caso-Operación R. B. F. (Ramón Báez Figueroa)

80.- Que, al momento de la intervención de la autoridad monetaria y financiera en el

Baninter, se pudo verificar, a través del sistema que regía las operaciones del banco, que el

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Page 44: Acta acusacion baninter

señor Ramón Báez Figueroa ordenaba el retiro de cuantiosas sumas de dólares mediante

transferencias a cuentas bancarias en el extranjero con cargo a supuestos préstamos

denominados R. B. F., acumulándose bajo esta modalidad un monto ascendente a los

US$55,851,108.50.

81.- Que, estos “préstamos” fueron eliminados del registros del banco en fecha 12 de marzo

de 2003 conforme a los reportes de cancelación de esa fecha, sin que Baninter llegase a

percibir las sumas desembolsadas, reflejándose finalmente estos valores como cargos a la

cuenta “consultoría externa”, la cual carecía de fondos e implica la pérdida pura y simple de

estos jugosos montos en perjuicio de Baninter. Ramón Báez Figueroa utilizó estos recursos

para ser invertidos, entre otras cosas, en la adquisición de bienes suntuosos, dentro de los

cuales se destaca la compra del Yate conocido internacionalmente, denominado “Yate

Patricia”.

82.- Que, en fecha 13 de septiembre de 2001, el señor Ramón Báez Figueroa suscribe la

orden de compra con la compañía Benetti, representada por la entidad Azimut, S. P. A.,

representada a su vez por el Ingeniero Vicenzo Poerio, del Yate que se denominaría

“Patricia”, por la suma de US$14,600,000.00, el cual le debía ser entregado para el 20 de

diciembre del mismo año. Como era de esperarse, previo a la entrega del Yate, Ramón

Báez Figueroa, procedió a realizar el traspaso del indicado Yate a favor de una empresa off

shore constituida en las Islas Vírgenes británicas, Inter Marine Overseas, LTD, en fecha 29

de octubre de 2001. Actualmente quien figura como apoderado de la indicada off shore es

el padre de Báez Figueroa, Ramón Báez Romano. Los valores requeridos para satisfacer el

pago del Yate fueron sacados de Baninter, tanto los necesarios para encargar la compra,

dados a título de inicial, como los pagos posteriores, aun cuando la propietaria del mismo

era supuestamente “Inter Marine Overseas, LTD”.

83.- Que, la intervención de la autoridad monetaria y financiera a consecuencia del fraude a

Baninter, Ramón Báez Figueroa inicia la venta apresurada de gran parte de sus bienes, entre

ellos el Yate Patricia, lo cual fue llevado a cabo mediante la compañía antes señalada

Intermarine Overseas LTD., representada por el padre de Báez Figueroa, Ramón Báez

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Page 45: Acta acusacion baninter

Romano y con Jesús María Tronocoso como abogado de este en la transacción. Ramón

Báez Figueroa contrató un corredor de venta de embarcaciones, llamado Mauro Caslini,

quien a su vez, contactó a la empresa Vardell Trading Corp., los cuales acordaron en pagar

la suma de US$14,750,000.00 por el aludido Yate. Sin embargo, dada la persecución legal

que se avecinaba en su contra, Báez Figueroa se cuidó de recibir estos valores, sin que los

mismos fuesen afectados por las incautaciones por parte de la autoridad competente, en

ocasión del fraude bancario. Por esto, Jesús María Troncoso, como defensor asiduo y

recurrente de los intereses de Ramón Báez, acuerda con los compradores, el desembolso de

un pago inicial de US$5,000,000.00 en manos de la entidad Halifield Overseas, LTD., por

una supuesta hipoteca que esta tenía sobre el Yate Patricia, tomando en cuenta que esta

última entidad es propiedad del también implicado en el aludido fraude, Luis Alvarez

Renta.

84.- Que, mediante esta arquitectura jurídica y la maraña de transacciones empleadas

pretendieron continuar disipando activos en perjuicio de Baninter. En cuanto a la parte

restante del precio por honrar, la situación de los Báez se tornó inocultable, y los

vendedores tomaron conocimiento del estado litigioso que circundaba el bien adquirido, por

lo cual, éstos proceden a depositar la diferencia restante del precio, en manos de los jueces

de Islas Gran Caimán y notifican la situación a la autoridad monetaria dominicana. A pesar

de esto, Ramón Báez Figueroa, vía Ramón Báez Romano, actualmente continúa intentando

hacerse entregar los valores mediante reclamos ante los tribunales de Gran Caimán, con

todas las pretensiones y prerrogativas de un “legítimo propietario” y “vendedor de buena

fe”. La operación antes descrita no es más que un ejemplo de la utilización de los recursos

extraídos de Baninter justificados con la creación de la cuenta R. B. F. Se ha constatado la

existencia de otros valores cuyo modo de extracción no dejaba rastro o era necesario el

cruce de información para el entendimiento de la operación, por lo cual no se tiene

constancia de todo el dinero que pudo salir de esta forma.

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Page 46: Acta acusacion baninter

4. Caso-Operación Proyecto Apap

85.- Que, en agosto de 2002, el señor Ramón Báez Figueroa, con la participación de la

señora Vivian Lubrano de Castillo, concertó una negociación denominada “Proyecto

Apap”, con los señores Ángel Rondón, Ricardo Pellerano y Miguel Pimentel, miembros de

la junta de directores de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos, la cual era

presidida por el señor Azor Hazoury Tomes. Esta negociación originó que el Banco

Intercontinental, sin percibir un centavo, emitiera once certificados de depósito por una

suma ascendente a quinientos dos millones setecientos cincuenta pesos

(RD$502,000,750.00), y seis certificados de depósito de Baninter And Trust por la suma de

doce millones quinientos mil dólares (US$12,500,000.00), a favor de diversas empresas,

cuyos intereses devengados eran entregados mediante cheques a personas físicas y morales,

por ejemplo a Miguel Pimentel Kareh, Milton Pimentel & Asociados y Constructora Trent.

De igual forma, se entregaban dichos valores a través de pagos en efectivo realizados

mediante transferencias que llegaron a alcanzar la suma de US$15,000,000.00. Del monto

total de los certificados en Pesos, fue retirada la suma de RD$42,000,000.00., en adición a

lo cual, fueron aprobados por Baninter préstamos garantizados por dichos certificados.

Muestra de esto es que en la cartera de Baninter llegó a figurar un préstamo

correspondiente al No. 1682938018, denominado “Proyecto Apap- capital” ascendente a la

suma de RD$461,635,666.66.

86.- Que, en fecha 10 de septiembre de 2002, el señor Ángel Rondón Rijo autorizó al

Baninter a entregar a Ángel Rondón los intereses generados de las inversiones que

mantenían las siguientes empresas en el Baninter, a saber: Roymar Corp.; Ilbrec Investment

Corp.; Bayside Marketing Incorporated; Venmorely Investment, LTD; Bayside Capital

Holdings, S. A., y Lancaster International. Por su parte, en fecha 19 de diciembre de 2002,

el Ingeniero Miguel Pimentel Kareh, autorizó al Baninter a acreditar mensualmente los

intereses generados por la inversión en la compañía Salana, S. A., en la cuenta corriente de

Galano Media International en dicho banco. Luego, a consecuencia de la intervención de la

autoridad monetaria y financiera en Baninter, se comprobaron los hechos antes señalados y

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Page 47: Acta acusacion baninter

se adoptaron las medidas de lugar a fines de evitar la consumación total de esas

operaciones, lo cual, de ninguna manera, constituye una causa eximente de la

responsabilidad de los directivos del banco frente a estos hechos y tampoco borra los

hechos en sí. Posteriormente, bajo la administración de la comisión designada por la junta

monetaria fueron devueltos partes de los montos antes descritos mediante la emisión de

cheques y la devolución de certificados de inversión, de los cuales una parte fueron

cancelados, y la otra entregados en efectivo, lo cual alcanzó un total de RD$

503,635,666.00 y US$27,787,000.52, quedando pendiente de devolución, en ese momento,

la suma de RD$75,414,686.95, por concepto de intereses generados y recibidos de los

aludidos certificados de depósito en pesos y US$213,684.41, por los intereses de los

certificados en depósito en dólares.

87.- Que, finalmente, en fecha 18 de diciembre del año 2003, los señores Ricardo Pellerano

Paradas, Ángel Rondón Rijo y Miguel A. Pimentel Kareh se comprometieron y obligaron a

entregar una serie de bienes inmuebles al Banco Central de la República Dominicana por

concepto de los valores pendientes por devolver a Baninter, con lo cual se completó el total

de los montos faltantes. En adición a ello, el perito Licenciado Luis E. Aurich, precisa en su

informe lo siguiente: “Revisión y análisis de las transacciones registradas durante el

período 17-9-2002 al 10-3-2003, en la cuenta corriente No.0-674398-00-9 a nombre de

Proyecto APAP- intereses. Fue abierta el 17-9-2002 y para el 17-9-2002 se reportaba un

sobregiro de RD$94,269,235.56. Durante el período del 17-9-2002 al 10-3-2003, por

concepto de comisiones y cargos por servicios, le cargaron 36 notas de débito por la suma

de RD$403,486,482.14; y le abonaron 5 notas de crédito de RD$198,399,028.88. En fecha

10 de marzo de 2003, para cancelar balance en sobregiro, le registraron nota de crédito por

RD$205,587,453.26”.

5. Caso Operación extracción de efectivo de bóveda

88- Que, el señor Ramón Báez Figueroa, independientemente de haber utilizado los

recursos de Baninter en su provecho personal a través de transferencia de dinero, emisión

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Page 48: Acta acusacion baninter

de cheques de administración y certificados, mediante cargos a personas físicas y morales

relacionadas y controladas por él, utilizó recursos efectivos tanto en pesos como en dólares

extraídos directamente de la bóveda de Baninter. Para llevar a cabo esto, Báez Figueroa se

dirigía a su secretaria personal, Lourdes Rafaela Báez González, solicitándole los valores

necesitados, y esta, a su vez, requería los valores al señor Marcos Báez, quien procedía a

instruir a su secretaria Josefina Matos o Giannina Estévez, para que estas solicitasen a la

encargada de caja, Magdalena Coronado, la cual entregaba el dinero, previa confección de

memorando correspondiente que contenía la cuenta que se afectaría para sacar esos fondos.

Las sumas más grandes según las declaraciones de Magdalena Coronado, fue 40 millones

de pesos y 2 millones de dólares.

6. Caso Operaciones diversas

89.- Que, con lo misma conducta que ha caracterizado a Ramón Báez Figueroa y que se ha

evidenciado en el estudio de las operaciones desglosadas en el presente escrito, este señor,

con ayuda de sus colaboradores y relacionados, distrajo de las arcas de Baninter la suma de

tres mil ciento cuarenta y seis millones de pesos (RD$3,146,000,000.00), utilizando las

siguientes entidades para dicha extracción: Insado, Group Wide, Carrington Management,

Importaciones C. D., Northern Investments (cable), Tirol, Z. F. Asoc., Servicios Especiales

de Consultoría, Vivian de Castillo y/o Joaquín Castillo, Wooden Bridge, Internutritivo,

Sociedad General de Servicios, Bafisa (Báez Figueroa, S. A.), Grupo Intercontinental

Leasing, Productos y Trading, Interboat Management, La Melarancia, S. A., Romount

International, Financiera y Jurídica, Inversiones Barosa, Ray Internacional, Acero Jet

Management, Interamerican Group Finance, Management Incorporation, Inmobiliaria

Intercontinental, José Miguel Báez (cuenta de gastos), Arturo Ureña, Ram Bienes Raíces,

Compañía Ases Especializados, Fernando Isturiz, Cariflo Manufacturing, Texmesa, Arq.

José Luis Rodríguez Bonetti, Decoraciones Chabell, Pérdida Cambiaria Interbank, Roby

Randal Epling, Detalle (otros), Luis Antonio Matos Mendoza, Ramón Báez Figueroa y/o

Patricia Báez, Importadora Gas International, Sun Ray, Multiempresa, Varios, Jesús M.

Troncoso F., Predova, Bayleaf Trading Company LTD., G. E. Capital, Niantic

International, Vip Celular.

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Page 49: Acta acusacion baninter

7. Caso Operación voces comprometidas: Vincho, Asela María y Miguel

Franjul.

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90.- Que, a partir de la intervención de la autoridad monetaria y de la denuncia que esta

presentara ante la Procuraduría Fiscal sobre los hechos fraudulentos que dieron origen a la

quiebra de Baninter, son muchas las voces que han pretendido combatir dicha iniciativa,

siempre con el propósito de garantizarle la impunidad a aquellos responsables de los

hechos, cuya magnitud y gravedad han marcado la vida del pueblo dominicano. Sin

embargo, resulta que una vez examinados los libros y registros del Banco Intercontinental y

principalmente aquellas operaciones que se encontraban ocultas, denominadas “operaciones

especiales”, podemos comprobar, de una manera clara y precisa, que estos asiduos

defensores, en su afán de ocultar la realidad, han quedado atrapados o comprometidos con

los propios hechos fraudulentos, por lo cual, a título de ejemplo, nos permitimos presentar

los siguientes casos: Caso Marino Vinicio Castillo (alias “Vincho”): bajo el número de

préstamo 1-00790, por la suma de US$174,668.38, el señor Marino Vinicio Castillo,

suscribe a favor del Baninter, una nota promisoria por dicho valor, pagándole intereses al

banco, desde su desembolso, en fecha 7 de octubre de 1995, la suma de US$3,633.36; el 8

de noviembre de 1995 US$500.26, y el 2 de agosto de 1996 US$15,845.36, abonándole al

capital original la suma de US$113.02. Luego, sin que ingresara ningún otro valor al banco,

en fecha 12 de marzo de 2003, conforme se evidencia en el reporte de cancelación, el

aludido señor es beneficiado con la cancelación del préstamo. En contrapartida, el Banco

Intercontinental no recibió un solo centavo para que operara verdaderamente dicha

cancelación.

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Page 50: Acta acusacion baninter

91.- Que, en el caso de Asela María Lamarche Pérez: En fecha 21 de junio de 2001, el

Banco Intercontinental suscribió una orden de compra a la Delta Comercial, de un Jeep

Lexus 2001, color negro, por la suma de RD$950,000.00. Luego, el 26 de junio del mismo

año, la Delta Comercial emite la factura No, A47660 a nombre del Banco Intercontinental,

de un vehículo Lexus, motor IMZ-1126367, por la suma de RD$950,000.00 y en fecha 2 de

agosto de 2001, el Banco Intercontinental emite el cheque de administración No. 164933, a

favor de la Delta Comercial, para liquidar la factura precedentemente indicada. El 17 de

julio de 2001, el Banco Intercontinental remite una comunicación a la Delta Comercial,

para que el aludido vehículo que había sido adquirido por dicha institución, fuese endosado

a favor de Asela María Lamarche, emitiendo la Dirección General de Impuestos Internos la

matrícula No.1874044, correspondiente al referido vehículo a favor de la señora Asela

María Lamarche, sin que el Banco percibiera un solo centavo o cualquier tipo de

contrapartida que justificase esta “operación”.

92.- Que, en el caso de Miguel Franjul: A favor de Miguel Franjul fueron entregados

valores del Banco Intercontinental ascendentes a la suma de RD$7, 491,307.87, sin que se

emitiese ningún tipo de documentación, aprobación del comité de crédito o el proveimiento

de alguna garantía, a una tasa cero por ciento de interés, tal y como se realizaban

operaciones descritas anteriormente, por lo cual el banco no se pudo beneficiar ni del

retorno del capital aportado y, por la tasa otorgada, tampoco pudo contar con los intereses

que pudiese devengar dicha suma, sin pensar en la ejecución de alguna garantía, dada su

inexistencia, quedando perfeccionada una vez más otra operación de salida sin retorno de

los fondos extraídos de este banco, esta vez a favor del indicado Miguel Franjul.

CALIFICACIÓN JURIDICA (TIPO PENAL)

93.- Que, las actuaciones descritas en el curso de las líneas que preceden evidencian un

manejo irregular y turbio, cuyo carácter fraudulento da lugar a que se configure una

conducta prohibida por la ley denominada abuso de confianza. Hablamos de abuso de

confianza cuando una persona distrae aquello que le ha sido confiado a condición de ser

devuelto o de darle un uso preestablecido. Esta infracción se sanciona en virtud del artículo

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Page 51: Acta acusacion baninter

408 de nuestro Código Penal, el cual requiere para la configuración de la misma, de una

serie de elementos que, a lo largo de la vida jurídica dominicana, han sido establecidos

tanto por la doctrina, como por la jurisprudencia, quienes señalan de manera constante seis

características, a saber: La sustracción o distracción de una cosa; el carácter fraudulento de

la sustracción o distracción o intención delictual del agente; el perjuicio causado al

propietario, poseedor o detentador de la cosa sustraída; la naturaleza del objeto: efectos,

capitales, mercancías, billetes, finiquitos o cualquier documento que contenga obligación o

que opere descargo; la entrega de este objeto cuando la cosa ha sido confiada o entregada

a cargo de devolverla o presentarlo cuando tenía aplicación determinada; la circunstancia

de que la entrega haya tenido lugar a título de mandato, depósito, alquiler, prenda,

préstamo a uso o comodato o para un trabajo sujeto o no a remuneración.

94.- Que, en el caso de Ramón Báez Figueroa, según se ha podido establecer por los hechos

relatados anteriormente, este era el presidente del Baninter, y dentro de sus funciones debía

cumplir con el “mandato” del Consejo de Administradores y Directores de dicha entidad.

De esta forma, dada su calidad de mandatario y depositario de la administración del Banco,

éste tuvo acceso a fuertes sumas de dinero, parte de las cuales fueron destinadas a pagar sus

gastos personales, y que podemos afirmar fueron valores distraídos, ya que nunca se

repusieron los fondos retirados y en momento alguno hubo intención de hacerlo, toda vez

que la cuenta bancaria que servía de instrumento para tales fines funcionaba con sobregiros

y débitos que eran teórica y electrónicamente saldados pero no verdaderamente pagados.

Siendo esto así, no cabe duda de que Ramón Báez utilizó capitales propiedad de Baninter

en provecho personal, haciendo uso del mandato recibido, causando así un perjuicio para

dicha entidad de manera directa, y para los ahorrantes de manera indirecta. Visto esto, se

entiende, inequívocamente, que Báez Figueroa cometió abuso de confianza en perjuicio del

Baninter, con lo cual violó el artículo 408 del Código Penal Dominicano.

95.- Que, al evaluar la forma poco escrupulosa que el señor Ramón Báez Figueroa se

desempeñó en su reconocida posición de Presidente del Consejo de Administración del

Banco Intercontinental, S. A., encontramos un proceder constante, y es el que evidencia

cómo desde su posición éste se dio a la tarea de disponer antojadizamente de los fondos y

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Page 52: Acta acusacion baninter

valores que entendiera pertinentes, ya sea para el uso de sus empresas vinculadas, como es

el caso del Grupo Intercontinental, S. A. e Inmobiliaria Intercontinental, S. A., por sólo

citar dos ejemplos, ya sea para su uso personal.-

96.- Que, es el caso de la adquisición, a través de la cuenta R. B. F. del Yate Patricia, por

un monto de UD$14,600,000.00, extraídos de los ahorristas del Banco Intercontinental, S.

A., caso éste que adquiere mayor trascendencia, cuando evidenciamos en él todos los

elementos constitutivos del lavado de activos, los cuales fueron enumerados anteriormente,

cuando a sabiendas de que dichos fondos provenían de actividades delictivas, se emplean

para la compra de un yate que sería registrado a nombre de la entidad Intermarine Overseas

LTD., pero, sería otra entidad, específicamente Halifield Overseas, LTD., la que recibiría

los valores de dicha venta, para, de esa forma, procurar blanquear una operación a todas

luces dolosa.

97.- Que, siguiendo con las actuaciones del señor Ramón Báez Figueroa, nos encontramos

con que de acuerdo a las señoras Lourdes Rafaela Báez González y Magdalena Coronado,

empleadas del Baninter, dicho señor ordenaba que se realizaran extracciones de dineros en

efectivo de las mismas bóvedas del Banco Intercontinental, S. A., las cuales les eran

entregadas a su discreción, llegándose a realizar extracciones de hasta 40 millones de pesos

y 2 millones de dólares. Así mismo, el otorgamiento de dineros, en algunos casos bajo la

modalidad de préstamos que nunca son honrados, y en otros caso sin documentación

alguna, a favor de los señores Marino Vinicio Castillo, Asela María Lamarche y Miguel

Franjul, es otra evidencia palmaria del manejo antojadizo de los fondos del Banco

Intercontinental, S. A., realizado por el señor Ramón Báez Figueroa, mientras estuvo en la

Presidencia del Consejo de Administración de dicha entidad.

98.- Que, los hechos antes narrados, caracterizan, de forma indiscutible, los crímenes de

abuso de confianza y lavado de activos provenientes de infracciones graves, cuyos

elementos constitutivos fueron enunciados anteriormente.

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Page 53: Acta acusacion baninter

99.- Que, por todas las razones antes expuestas, tanto de hecho como

de derecho y en virtud de las pruebas aportadas, la PROCURADURIA

GENERAL DE LA REPUBLICA, a través de su Departamento de

Prevención de la Corrupción Administrativa y la PROCURADURIA

FISCAL DEL DISTRITO NACIONAL, presenta formalmente

ACUSACION en contra del imputado RAMON BUENAVENTURA BAEZ

FIGUEROA, cuyas generales de ley constan, por los crímenes de abuso

de confianza y lavado de activos provenientes de infracciones graves,

cuyos elementos constitutivos fueron oportunamente desarrollados;

crímenes estos previstos y sancionados por los artículos 408 del Código

Penal, 80 literales “d” y “e” de la Ley 183-02 (Código Monetario y

Financiero), y artículo 3, literales a, b y c; 4 y 18 de la Ley 72-02 sobre

Lavado de Activos, en perjuicio de la Sociedad y el Estado dominicano.

100.- MARCOS ANTONIO BAEZ COCCO, dominicano, mayor de edad, cédula

de identificación y electoral No. 001-0060764-7, casado, ejecutivo bancario, domiciliado y

residente en la calle 3era., casa No. 9, Terraza del Arroyo, del sector Cuesta Hermosa II,

Arroyo Hondo, Santo Domingo, Distrito Nacional, en ocasión del interrogatorio que le

fuere practicado ante el juez de instrucción, su relación con el Banco Intercontinental era la

siguiente: “Yo era Vicepresidente Ejecutivo de Operaciones y Finanzas desde el año

1986.”. Por otro lado, en cuanto a las atribuciones que dicho cargo le generaba, éste

expresó que: “tenía que velar por el mantenimiento y la calidad del servicio, tenía que ver

con los sistemas automatizados de las operaciones locales, de las operaciones

internacionales y de la contabilidad del banco”. De todo esto, resulta incuestionable la

calidad de mandatario que ostentaba Báez Cocco dentro del Banco Intercontinental.

100.- Que, conocidos los hechos y las operaciones realizadas tanto por Ramón Báez

Figueroa como por Luis Álvarez Renta, podemos verificar que eso fue posible con la

participación, la diligencia y buena ejecución de una persona cuya función permitiera poner

en contacto la estrategia diseñada con los medios para materializarla. Quien encabezó esta

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Page 54: Acta acusacion baninter

función fue el Vicepresidente Ejecutivo de Operaciones y Finanzas de Baninter, señor

Marcos Báez Cocco.

101.- Que, Báez Cocco, tanto directa como indirectamente, incurrió en una serie de

actuaciones dolosas en perjuicio del Banco Intercontinental, las cuales, en su mayor parte,

consistían en concretizar, ordenando y ejecutando, la salida sin retorno de los fondos de

Baninter, así como su participación en el “saneamiento” de las empresas creadas para la

extracción de fondos en perjuicio de dicha entidad, y la utilización de los dineros del

Baninter para la cobertura de sus gastos personales. Para un estudio más organizado sobre

el rol que jugó Báez Cocco en esas operaciones, nos permitimos exponer los siguientes

puntos: I.- Participación de Báez Cocco en los hechos cometidos por Ramón Báez

Figueroa y Luis Álvarez Renta. a.- Participación desde el ejercicio de sus funciones.

En interés de mantener la objetividad del presente escrito, entendemos que,

independientemente de todo análisis, resultan lo suficientemente contundentes las

declaraciones rendidas por las personas que rodearon y se involucraron de manera directa

en las operaciones llevadas a cabo por el señor Marcos Báez ante el juez de instrucción, las

cuales han expresado al respecto lo siguiente: Vivian Altagracia Lubrano de Castillo:

“Después del Presidente Báez Figueroa, Marcos Báez Cocco era la persona más

importante, todo tenía que pasar por sus manos”.

101.- Que, segùn las declaraciones de Giannina del Pilar Méndez Sangiovanni de

Estévez [en lo adelante Giannina Estévez], que figuran en el expediente, el señor Marcos

Báez Cocco era oficial de cuentas del Baninter, tenía números de oficiales y manejaba

cuentas asignadas, tales como Radio Cadena Comercial, Bank Invest, S. A., Telecentro,

Medcom, RCC Record, y sólo él tenía acceso a esos balances.

102.- Que, asimismo agrega la indicada señora que el señor Marcos Báez Cocco enviaba

memorandos confidenciales que implicaban débito a la cuenta de Finanza Empresarial,

Consultoría Externa o cuenta de Resultado, todo lo cual tenía la calificación de

confidencial, los cuales eran enviados al área de contabilidad (Benita Castillo y Danilsa

Herrera), a la división internacional (Zoraida Rosado), y a la vicepresidencia de

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Page 55: Acta acusacion baninter

operaciones (Giannina Estévez). El señor Marcos Báez Cocco instruía la transferencia o

debitar a la cuenta Finanza Empresarial y proceder a acreditar diferentes cuentas señaladas,

y en otras ocasiones debitar la misma cuenta y proceder a saldar préstamos señalados. Las

instrucciones siempre se ejecutaban después que el señor Marcos Báez firmaba los

memorandos confidenciales, y luego que él firmaba se enviaba al área correspondiente para

su proceso, que en su caso, era el área de préstamo. Que los memorandos confidenciales

eran autorizaciones de la vicepresidencia de operaciones (Marcos Báez Cocco), que

siempre dijo estar actuando en nombre de Ramón Báez Figueroa.

103.- Que, manifiesta Giannina Estévez, en los interrogatorios que figuran en el expediente

que Finanza Empresarial, era una cuenta que administraba el Vice Presidente Ejecutivo de

Operaciones (Marcos Báez Cocco) y que siempre por instrucciones de él, diferentes

departamentos realizaban aplicaciones en la misma. Que no sabía si la cuenta Finanza

Empresarial tenìa fondos, simplemente se aplicaba en el sistema. Que la Nota de Crèdito

eran unos fondos que se depositaban en una cuenta. Que los préstamos a tasa cero se

autorizaban por cuentas incobrables o por excepciones en desembolsos o cobro de

sobregiros, y siempre con la autorización del Vicepresidente Ejecutivo de Operaciones

(Marcos Báez Cocco). Que el señor Marcos Báez tenía una centralización en la

Vicepresidencia del Banco.

104.- Que, segùn las declaraciones de Benita Ramona Castillo, que obran en el

expediente, la cuenta de Resultado o de Finanza Empresarial, estaba incluida dentro de la

venta de cartera del producto cash reserve, es decir, de los activos; Estas eran cuentas

corrientes. Que lo que se denominaba interbanco, era el reporte donde se agrupaban los

cargos o créditos que se hacía a la cuenta Finanza Empresarial o cuenta de Resultado, según

el concepto por el cual se hacía el cargo a la cuenta o el crédito.

105.- Que, segùn las declaraciones de Zoraida Aurora Rosado Andujar, que obran en el

expediente, èsta le decía al señor Marcos Báez que no podía cancelar ningún préstamo o

adelanto de carta de crédito sin los dólares correspondientes. Por otro lado, Marcos Báez

hablaba con el trader de mercado libre (Laura Sharp) o a tesorería (Benita Castillo) para

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Page 56: Acta acusacion baninter

crear una deuda o un préstamo a nombre de Alta Financial para sustituir los préstamos o

adelantos de cartas de créditos que se iban a cancelar. Que quién le autorizaba a realizar

esas transacciones en moneda extranjera, era el señor Marcos Báez, la cual podía venir de

área de Trader del mercado libre, en algunos casos, porque en otros casos no necesitaba

autorización si tenía la carta de cliente. Que desde hacìa 6 o 7 años existían en Baninter

memorandos confidenciales. Que en varias ocasiones le preguntò a Marcos Bàez que si

sabía la finalidad de estos fondos y el porqué le seguían prestando a Bank Invest, si no

pagaba los préstamos.

106.- Que asimismo segùn las declaraciones de Iván Emilio Gómez Aparicio, que obran

en el expediente, èl firmaba las cartas de las informaciones bancarias de las transferencias

de Bank Invest, por instrucciones de Luis Álvarez Renta, debido a que esta empresa se

había convertido en el principal accionista de Interduty Free Dominicana, y en el entendido

de que se trataba de pagos normales de préstamos y cartas de crédito que habían sido

ordenados y aprobados por los ejecutivos de Baninter, Marcos Báez Cocco y Báez

Figueroa, que eran los que tenían autoridad para ordenar las transferencias.

107.- Que, segùn las declaraciones de Marcos Báez Cocco, que obran en el expediente èl

era la persona responsable de autorizar en las cuentas Finanza Empresarial, Consultoría

Externa y cuenta de Resultado, con previa autorización del Presidente del banco, que era el

señor Ramón Báez Figueroa. Que esas cuentas no eran consideradas como cuentas

corrientes, sino como cuentas con contabilidad interna del banco.

108.- Que, sigue declarando Marcos Báez Cocco, que la cuenta consutorìa externa y la

cuenta de Resultado no tenía por qué alimentarse, ya que era una cuenta general del banco

o sea que en los estados financieros de una institución, en este caso un banco, existen

activos, como por ejemplo, efectivo en caja y banco, cuenta Banco Central, cartera de

crédito, activos fijos, existen pasivos que podrían ser las cuentas corrientes de los clientes,

los certificados de depósito de los clientes, otros pasivos, etc; existen ingresos que son

representados por los intereses, comisiones y otros ingresos que se le cobran al cliente por

servicios prestados, existe otro renglón de gastos donde se contabilizan todos los gastos,

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Page 57: Acta acusacion baninter

desde gastos por mantenimiento, sueldos, pago de intereses; y otro renglón que es el capital

de la institución. Y que para el caso en cuestiòn, esto representaba gastos incurridos por

donaciones, publicidad, contribuciones políticas, contribuciones privadas y otros.

109.- Que, segùn las declaraciones de Danilsa Herrera, que obran en el expediente, ella

era la Segunda Vicepresidente de contabilidad, y que cuando el departamento de

contabilidad recibía un memorando de Marcos Bàez para la erogaciòn de una determinada

suma de dinero, lo hacía conjuntamente con una entrada interdepartamental, generada por

el departamento de caja, luego de haber efectuado el desembolso del efectivo. El

departamento de contabilidad respondía esa entrada interdepartamental contra un cargo a la

cuenta corriente de Consultoría Externa. La encargada de caja, cuando recibìa un

memorando de Marcos Bàez para la erogaciòn de un dinero efectivo, lo que hacìa era

enviar el efectivo a la oficina del señor Marcos Báez, luego procedía a generar una entrada

interdepartamental, hacía el departamento de contabilidad, el cual, a su vez, la respondía,

contra un cargo a la cuenta corriente de Consultoría Externa. Que ella no tenía acceso a la

cuanta Consultoria Externa, porque el acceso a la misma era restringido, en consecuencia

no podía ver movimiento, y mucho menos el balance de la misma, ya que de dicha cuenta

el oficial era el señor Marcos Báez y que para los desembolsos por medio de cheques, el

procedimiento era que se recibía el documento aprobado (factura, memorando, carta) para

el pago previamente aprobado por el señor Marcos Báez, se procedía a emitir un cheque de

administración contra el cargo a la cuenta de Consultoría Externa.

1.- Participación de Marcos Báez Cocco a través de empresas para

adquirir activos.

110.- Que, en primer lugar, podemos afirmar que el señor Marcos Báez Cocco tenía el

control directo del manejo de cuentas corrientes aperturadas en el Banco Intercontinental,

de empresas en las cuales no se registraban firmas de ninguna persona autorizada a realizar

cargos contra las mismas, quedando el manejo de estas cuentas a la discreción del señor

Marcos Báez, entre las que, a modo de ejemplo, podemos señalar las siguientes: Finanza

Empresarial, Grupo Intercontinental, S.A., Telecentro, S.A., Tokosha Enterprise LTd.,

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Page 58: Acta acusacion baninter

Intercontinental de Medios, S.A., Inversiones Barosa, Inmobiliaria Intercontinental, S.A.,

Bacosa, Import Gas Internacional, S.A., e Inversiones Betel, S.A. De igual forma, Báez

Cocco controlaba cuentas que contaban con firmas registradas para girar contra ellas,

dentro de las cuales podemos citar: Grupo Intercontinental, Insado, S.A., Telecentro, S.A.,

Grupo Intercontinental, S.A., Telever, Interconsul y Editora Listín Diario, C. por A.

111.- Que, las cuentas antes mencionadas, con o sin firmas registradas, eran todas

manejadas por Marcos Báez Cocco para extraer recursos de Baninter, con una

administración similar a la cuenta anteriormente descrita denominada Gaperán, mediante el

sobregiro que luego era transferido a la cuenta Zafacón, denominada en ocasiones Cuenta

de Resultado, Finanza Empresarial o Consultoría Externa, las cuales carecían igualmente de

fondos, siendo estos valores finalmente asumidos por el banco. Asimismo, creaban

supuestos préstamos para compensar dichos sobregiros, que luego eran cancelados

mediante los ya conocidos memorandos confidenciales, y pasando los balances negativos al

conjunto de valores perdidos y sin recuperación para el Baninter.

112. Que, el señor Marcos Báez Cocco no sólo se sirvió del campo de lo interno del banco

para extraer recursos de Baninter, sino que tuvo una participación decisiva en el manejo de

empresas creadas y utilizadas a esos mismos fines, cuya adquisición, manejo y operación se

llevó a cabo con fondos extraídos de Baninter, bajo las modalidades antes descritas, tanto

en pesos con en dólares, entre las cuales podemos citar: Ondas y Medios, S. A., con el

cargo de Presidente; Moraima S. A., (representante de Guess), Presidente, Tesorero y

accionista mayoritario; Talina (representante de Facconable), Presidente, Tesorero y posee

18% de las acciones; Tropigas Dominicana, S. A., Representante de K-Sate, S. A.,

accionista mayoritaria de Tropigas, S. A.; Beapark, Ltd., Fotocolor Dominicana, S. A.,

Apoderado, conjuntamente con Jesús Troncoso; B. C. Corporation, S. A. (representante de

Náutica), Presidente, Tesorero y posee 18% de las acciones; Corporación los Almendros, S.

A., Presidente y posee el 99% de las acciones; Madresa, Presidente y posee el 99% de las

acciones; Aster Comunicaciones, S. A., Presidente en representación de Aster

Comunications, Ltd.; Bloque Interactivo de Televisión y Radio, S. A., Presidente en

representación de Frecuencias y Medios, S. A.; Canal 27 UHF, C. por A Presidente en

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Page 59: Acta acusacion baninter

representación de Frecuencias y Medios, S. A.; Corporación Telefónica Intercontinental,

Vicepresidente-Tesorero; Intercontinental de Medios, Vicepresidente; Isla Visión,

Vicepresidente-Tesorero; Radio azul, Vicepresidente-Tesorero; Radio HIN, C. por A.,

Presidente en representación de Intercontinental de Medios, S. A. y por sí mismo

Vicepresidente; Radiolandia, S. A., Vicepresidente; Radio Mil, S. A., Vicepresidente;

Sistema Nacional de Radiodifusión, C. por A., Presidente en representación de Ondas y

Medios, S. A. y por sí mismo Vicepresidente- Tesorero. La participación de Marcos Báez

en esta entidad se evidencia en el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas

de Moraima, S. A., celebrada en fecha 25 de junio de 1997, contenida en el anexo No. 14

de la tabla MBC., depositada por los querellantes, ante la Càmara de Calificaciòn.

113.- Que, las entidades antes citadas, en las cuales se ha probado la participación y los

intereses del señor Marcos Báez, resultaron beneficiadas con la cancelación de préstamos y

otras facilidades que a través del indicado señor se obtenían. Muestra de ello es su inclusión

dentro del listado de empresas cuyos préstamos fueron cancelados, la cual obra en el

expediente.

114.- Que, asimismo, a través de Marcos Báez, eran extraídos dolosamente recursos de

Baninter para ser colocados en empresas cuya operación sí era lícita, y de esta forma

ocultar el origen fraudulento de esos valores. En ese sentido, este supuesto es corroborado

por Marcos Báez en sus declaraciones ante el juez de instrucciòn, cuando dice que: ¿Usted

sabe si el señor Ramón Báez Figueroa compró varias empresas cuando presidió Baninter?

“En las cosas del señor Báez Figueroa yo no tengo nada que ver, por lo cual yo no puedo

responder esa pregunta” ¿Cuándo Baninter estaba interesada en comprar una empresa,

usted sabe como lo hacía? “Baninter no compraba empresas”.

115.- Que, ciertamente, Baninter no se beneficiaba ni era titular de las empresas que

costeaba, ya que esta entidad sólo fue utilizada para extraer de ella los recursos confiados

por los ahorrantes y luego utilizarlos como parte de su patrimonio, ya en inversiones de las

más diversas índole, ya en sus gastos y lujos personales. De igual forma, lo afirmado por el

señor Báez Cocco se contradice claramente con lo realizado por éste y las pruebas

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Page 60: Acta acusacion baninter

aportadas en el presente escrito, en vista de que sobrados documentos prueban que éste,

tanto por vía propia, como por contubernio, ayuda, o subordinación de él, se extrajeron

recursos de Baninter para la adquisición de empresas o se costeaba el manejo operacional

de las mismas.

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Page 61: Acta acusacion baninter

2.- Bacosa [gastos personales Báez Cocco]

116.- Que, previo al año 1997, fue aperturada la cuenta corriente No. 0-0003146-02-2 en el

Banco Intercontinental, S. A. (Baninter), a nombre de Bacosa. Esta cuenta corriente en

momento alguno registró las firmas de las personas que tenían derecho o estaban llamadas a

girar contra ella, utilizándose como procedimiento para su manejo, cuando los cheques

llegaban a través de la Cámara de Compensación, la autorización por vía electrónica del

señor Marcos Báez, o mediante notas de débito autorizadas por el indicado señor. Cabe

resaltar, además, que esta cuenta nunca recibió depósitos líquidos para su manejo normal,

sino que la misma funcionaba a través de sobregiros, cuyo tratamiento se describe a

continuación: conforme el corte del movimiento de esa cuenta, correspondiente del 1ro. de

enero de 1997 al 31 marzo de 2003, dicha cuenta reflejaba un sobregiro acumulado

ascendiente a la suma de RD$626,964,878.24, siendo “cubierto” dicho sobregiro mediante

una transferencia autorizada por el señor Marcos Báez, en fecha 22 de enero de 2003,

contra la cuenta corriente No. 0-010611-01-0, denominada “cuenta de resultado”, la cual

carecía a su vez de fondos para cubrir las transacciones que se le cargaban, reflejándose

entonces en el movimiento de Bacosa, la consumación de dicha transferencia, todo lo cual

concluye con el balance de esta cuenta, en cero. No obstante lo anterior, estos continuaron

girando contra dicha cuenta, causando con ello un sobregiro adicional de

RD$12,932,738.69, el cual fue liquidado por una transferencia similar, autorizada por el

señor Marcos Báez Cocco en fecha 10 de marzo de 2003, mediante el memorando

confidencial dirigido a la señora Giannina de Estévez, volviendo a colocarse de esta forma,

el balance de la referida cuenta en cero.

117.- Que, en adición a lo reflejado por el movimiento de la cuenta indicado

precedentemente, aportamos los memorandos confidenciales en los cuales se llevaba el

registro y control de los gastos personales de los señores Báez, dentro de lo cual se

encuentran los gastos de Marcos Báez (Bacosa), contabilizados mes por mes, y que

abarcaba desde diciembre de 2000 a febrero de 2003, reflejándose en dicho período un total

de RD$1,246,539,381.92, como un valor perdido e irrecuperable para Baninter.

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Page 62: Acta acusacion baninter

CALIFICACIÓN JURIDICA (TIPO PENAL)

118.- Que, el señor Marcos Báez Cocco, según sus propias declaraciones era parte del

equipo directivo de Baninter, lo cual lo dotaba de la calidad de mandatario de dicha

institución. Luego, valiéndose de la indicada calidad, éste se dedicó a la extracción de

fondos del Banco Intercontinental, S. A., para ser destinados tanto a diversas empresas

como a sus gastos y lujos personales, sin que existiera ningún tipo de procedimiento previo

a tales fines, tendente a la aprobación, estudio de factibilidad, revisión de garantías, etc., ya

que, conforme se evidenció en las declaraciones dadas por la señora Giannina Estévez ante

el Juez de Instrucción, dichas cuentas eran manejas directamente por el señor Báez Cocco,

y nadie más en el Banco tenía acceso a ellas. De ahí que, la participación de Báez Cocco es

directa en la extracción de los fondos del Banco.

119.- Que, también resulta útil destacar la participación activa del señor Marcos Báez

Cocco en las operaciones de cancelaciones de préstamos a través de los antes descritos

memorandos confidenciales, por medio de los cuales se pretendió eliminar no sólo las

extracciones realizadas por él mismo, sino el grueso de las operaciones de extracción

realizadas de los valores del Banco Intercontinental, S. A., por parte de los hoy procesados,

Ramón Báez, Luis Alvarez, Vivian Lubrano y Jesús Troncoso.

120.- Que, ya en otra óptica, vemos como, además de vincularse directamente en las

actividades de extracción de fondos, Marcos Báez también participa en extracción de

fondos para su propio provecho, lo cual se evidencia en las operaciones constatadas en la

cuenta Bacosa, o lo que es lo mismo, gastos personales de Báez Cocco. De esta forma, el

señor Báez Cocco, además de cometer abuso de confianza, al participar en la extracción de

valores confiados en depósito en su calidad de mandatario del Banco Intercontinental, S.A.,

comete el delito de lavado de activos, ya que, a sabiendas de que dichos valores provenían

de infracciones graves, éste procuró distraerlos del patrimonio del referido banco, tratando

de blanquear dichas operaciones. A los fines de realizar este saneamiento, Báez Cocco se

valió de empresas tales como, Canal 27, UHF., Isla Visión, Tropigas, Talina, S. A.,

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Page 63: Acta acusacion baninter

Moraima, S. A., Bloque Interactivo, entre otras, tanto para la extracción de los recursos,

como para colocar dichos valores en el mercado, aparentando que los mismos provenían de

actividades lícitas propias del comercio.

121.- Que, como se ve de forma clara, en la especie, el señor Marcos Báez Cocco ha

incurrido en abuso de confianza y lavado de activos, cuyos elementos constitutivos fueron

detallados precedentemente.

122.- Que, por todas las razones antes expuestas, tanto de hecho como

de derecho y en virtud de las pruebas aportadas, la PROCURADURIA

GENERAL DE LA REPUBLICA, a través de su Departamento de

Prevención de la Corrupción Administrativa y la PROCURADURIA

FISCAL DEL DISTRITO NACIONAL, presenta formalmente

ACUSACION en contra del imputado MARCOS ANTONIO BAEZ

COCCO, cuyas generales de ley constan, por los crímenes de abuso de

confianza y lavado de activos provenientes de infracciones graves,

cuyos elementos constitutivos fueron oportunamente desarrollados;

crímenes estos previstos y sancionados por los artículos 408 del Código

Penal, 80 literales “d” y “e” de la Ley 183-02 (Código Monetario y

Financiero), y artículo 3, literales a, b y c; 4 y 18 de la Ley 72-02 sobre

Lavado de Activos, en perjuicio de la Sociedad y el Estado dominicano.

123.- VIVIAN ALTAGRACIA LUBRANO DE CASTILLO, dominicana,

mayor de edad, cédula de identidad y electoral No.001-0172810-3, casada, domiciliada y

residente en la Calle Miguel Angel Báez Díaz D. No. 4, Ensanche Piantini, Santo Domingo,

Distrito Nacional, en ocasión del interrogatorio que le fuere practicado ante el juez de

instrucción. Su relación con el Banco Intercontinental, segùn manifestò, era la siguiente:

“Yo era vicepresidente ejecutiva y asistente del Presidente”. En cuanto a las funciones de

la indicada señora, conforme lo expresado por el señor Marcos Báez, estas consistían en lo

siguiente: “Ella era asistente del presidente, tenía a su cargo el contacto con los

intermediarios internacionales y tenía que ver con el trato con algunos clientes principales”.

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Page 64: Acta acusacion baninter

Asimismo, la señora Vivian no sólo era mandataria del Banco, sino que era parte del

Consejo de Administración del mismo, tal como lo expresó Jesús María Troncoso ante la

interrogante de que si éste sabía si Marcos Báez y Vivian eran miembros del Consejo de

Directores, a lo cual contestó: “solamente la señora Vivian Lubrano”.

124.- Que de acuerdo con los documentos que figuran en el expediente, se puede establecer

sin ninguna duda, que la señora Vivian Lubrano de Castillo, conjutamente con el señor

Marcos Bàez y Ramòn Bàez Figueroa, eran los principales ejecutivos del Banco

Intercontinental (Baninter).

125.- Que, de acuerdo con las declaraciones del señor Ramón Antonio Menéndez García,

Vicepresidente del Consejo de Directores desde 1998, que figuran en el expediente, los

funcionarios que intervenían en las reuniones del Consejo del Banco, eran Báez Figueroa,

la señora Vivian Lubrano de Castillo y el señor Marcos Báez Cocco.

126.- Que, sobre Bank Invest, los señores Manuel Ruiz, Diego Peña, Gladis Natalia y

Danilo Miguel Bobadilla, miembros del Comitè de Crèditos del Banco Intercontinental,

declararon ante el juez de instrucción que no conocìan el manejo de esa cuenta; que no

tenìan conocimiento de las comunicaciones que se producìan sobre el manejo de dicha

cuenta; que los desembolsos para dicha cuenta no eràn del conocimineto del Comitè de

Crèditos; y que en dicho comitè, no se aprobaban prèstamos a tasa cero.

127.- Que, de lo anterior se evidencia que de los miembros del Comité de Crédito la única

persona que manejaba “operaciones” y “préstamos” especiales era Vivian Lubrano de

Castillo, muestra de ello es lo ocurrido con las operaciones relativas al caso Bank Invest, lo

cual era plenamente ignorado por los demás miembros del comité, y en el caso de la señora

Castillo, por el contrario, más que conocido, ésta formó parte activa de la misma, siendo

esto así no sólo porque el propio señor Alvarez Renta la refiere a ella y su subalterna como

sus contactos, sino por su participación directa en la impartición de órdenes y

autorizaciones a través de memorandos confidenciales y demás actuaciones que hicieron

posible el éxito del fraude.

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Page 65: Acta acusacion baninter

128.- Que, Giannina Estévez expresó ante el juez de isntrucciòn, acerca de la señora

Vivian de Castillo y los memorandos confidenciales, lo siguiente: -¿El señor Ramón Báez

Figueroa, la señora Vivian Lubrano de Castillo y el señor Luis Álvarez Renta, le enviaban

memorandos confidenciales?-“ Del señor Báez Figueroa y de Luis Álvarez Renta, que yo

recuerde nunca recibí instrucciones de ellos, y la señora Vivian Lubrano de Castillo

podría ser en alguna ocasión ”.

129.- Que, un ejemplo de la emisión y conocimiento, por parte de Vivian Lubrano, de los

memorandos confidenciales, así como la ejecución del contenido de los mismos, a los fines

antes descritos, de sacar valores de Baninter a favor de empresas ajenas a este sin que esos

valores retornasen, fue el caso de la Editora Listín Diario, cuya adquisición y control se

logró a través de la compañía Bear Park, y en ocasión de lo cual Vivian Lubrano de Castillo

jugó un papel decisivo; sobre todo en la fase de compra y posterior ocultación del origen de

los fondos para ello. Vivian Lubrano procedió, mediante la emisión de recibos de descargo

a favor de los vendedores de la Editora y de empresas relacionadas con estos, por

obligaciones que ellos tenían con Baninter, sin que dicho Banco hubiese percibido

efectivamente los valores para liquidar esas obligaciones, a emitir certificados de depósito

del Baninter a favor de los vendedores y de empresas relacionadas con ellos, sin que entrase

a las arcas de Baninter un centavo, convirtiéndose Baninter de esta forma en deudora de

dichos certificados y consecuentemente, en avalista de todas las obligaciones que contraía

Beapark International Ltd., en el contrato de compraventa de esas acciones. Todo esto fue

manejado directamente por los señores Vivian Lubrano de Castillo, Marcos Báez Cocco y

Jesús María Troncoso Ferrúa. Finalmente, y una vez la Editora estuvo “saneada” y

desvinculada de Baninter, la señora Vivian Lubrano procedió a remitir las acciones al

portador de Beapark, que era la accionista mayoritaria de la editora, en manos del señor

Jesús María Troncoso, asegurando así la lícita colocación de los recursos distraídos en

perjuicio de Baninter.

130.- Que, de igual forma, la participación de Vivian Lubrano salta a relucir los hechos

fraudulentos, que caracterizaron la descrita operación “Proyecto Apap”, en ocasión de la

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Page 66: Acta acusacion baninter

cual fueron extraídos del Banco Intercontinental sumas millonarias, mediante la emisión,

entre otras modalidades, de once certificados de depósito, por un monto ascendente a

quinientos dos millones setecientos cincuenta pesos (RD$502,000,750.00), y seis

certificados de depósito de Baninter And Trust por la suma de doce millones quinientos mil

dólares (US$12,500,000.00) a favor de diversas empresas, en adición a lo cual, los intereses

generados eran entregados mediante cheques a personas físicas y morales, dentro de las

cuales se encontraba Salana, S. A., empresa esta a través de la cual se evidencia la

participación activa y directa de la señora Lubrano Castillo, quien procedió a emitir un

memorando confidencial, en el que instruyó a Zoraida Rosado, Vicepresidente de la

división internacional, para la gestión ante el International Bank Of Miami, de un

“préstamo” avalado por Baninter por US$5,000,000.00 a favor de Salana, S. A. Este “aval”

gestionado por Vivian no es más que, como se ha explicado, un puente para el pago que

haría Baninter, y que se hacía de esa forma para disimular la extracción realizada.

1. Gastos Personales de Vivian Lubrano de Castillo

131.- Que, se aperturó en el Banco Intercontinental la cuenta corriente No. 0-656021-00-4,

a nombre de Vivian de Castillo y/o Joaquín Castillo, la cual tuvo un manejo similar a los ya

descritos casos Gaperán y Bacosa, mediante la cual dicha señora distrajo fondos de

Baninter en su provecho sin que el Banco percibiera ninguna contrapartida por ello. Esta

cuenta fue utilizada para solventar el proceso de construcción de una villa en Casa de

Campo, sin que la misma hubiese percibido nunca depósitos líquidos para su manejo

normal, sino que esta funcionaba a través de sobregiros, los cuales ascendieron a

RD$27,000,000.00 y que, como era de costumbre, fueron cancelados mediante los aludidos

memorandos confidenciales. De igual forma, la señora Lubrano de Castillo obtuvo el

desembolso de un préstamo por RD$3,000,000.00 en fecha 24 de octubre de 2001, el cual y

al igual que lo descrito anteriormente, fue con posterioridad cancelado, mediante

memorando confidencial de fecha 12 de marzo de 2003, culminando todo, como era de

esperarse, ocasionando pérdidas irrecuperables en perjuicio de Baninter.

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Page 67: Acta acusacion baninter

132.- Que, el perito designado en la jurisdicciòn de Instrucción, Licenciado Luis E. Aurich,

expresó en su informe, respecto de Vivian Lubrano de Castillo, lo siguiente: “Cuenta

No.0-656021-00-4 a nombre de Vivian Lubrano de Castillo y/o Joaquín Castillo. Esta

cuenta fue abierta en fecha 27 de julio del 2000. Al 30 de abril del 2002 se reporta con un

balance en sobregiro de RD$15,430,032.06. Durante el período mayo 1 del 2002-marzo 13,

2003 se le cargaron ciento dos (102) cheques por la suma de RD$16,313,579.68. Durante

este mismo período, según registros, no realizó depósito alguno. En fecha 22 de enero del

2003 se le aplicó nota de crédito por la suma de RD$27,000,000.00, importe éste que fue

cargado a la cuenta No.0-010611-01-0 Finanza Empresarial. (Consultoría Externa). Al 21

de marzo del 2003 se reporta con un balance en sobregiro de RD$4,743,611.74. Al 25 de

marzo del 2003 se reporta con un balance en sobregiro por la suma de RD$6,493,785.51.

Cuenta No.0-000658-01-4 a nombre de Vivian Lubrano de Castillo. Esta cuenta fue

abierta el 3 de abril de 1990. Al 1 de mayo del 2002 se reporta con un balance en sobregiro

de RD$10,702,869.59. Durante el período mayo 1, 2002- marzo 25 del 2003 se hizo el

siguiente movimiento: Le cargaron 739 cheques por la suma de $15,093,800.65. Le

cargaron 77 notas de débitos por la suma de $4,029,176.64. Le abonaron 11 depósitos por

la suma de $1,976,551.09. Le abonaron 30 notas de crédito por la suma de $1,382,747.09,

por concepto de pagos de sueldo, bonificación, regalía pascual. En fecha 6 de marzo del

2002, se le acreditó la suma de RD$15,000,000.00, importe que fue cargado (sacado) a la

cuenta No.0-010611-01-0 Finanza Empresarial (Consultaría Externa)”.

CALIFICACIÓN JURÍDICA (TIPO PENAL)

133.- Que, la señora Vivian Lubrano de Castillo, tiene en los hechos delictivos narrados en

la presente exposición, una participación similar a la señor Marcos Báez Cocco, ya que la

misma se desempeñó como Vicepresidente Ejecutiva y Asistente del Presidente

del Banco Intercontinental, S. A. Así mismo, ésta fue parte del Consejo de Directores del

Banco Intercontinental, S. A., todo lo cual evidencia, de forma incontestable, la naturaleza

de mandataria que ostentaba de dicha entidad.

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Page 68: Acta acusacion baninter

134.- Que, resulta incontrovertido el hecho de que èsta realizaba dentro del Banco, el

manejo de una serie de cuentas y de clientes que tenían un carácter de especialidad, dentro

de los cuales podemos citar el caso del señor Luis Alvarez Renta.

135.- Ya de manera específica, Vivian Lubrano de Castillo participa de forma directa en la

emisión de recibos de descargo a favor de los vendedores de la Editora Listín Diario y de

las empresas relacionadas con estos, por obligaciones que ellos tenían con Baninter, sin que

dicho Banco hubiese percibido efectivamente los valores para liquidar esas obligaciones.

Así mismo, procedió a emitir certificados de depósito del Baninter a favor de los

vendedores y de empresas relacionadas con ellos, sin que entrase a las arcas de Baninter un

centavo, convirtiéndose Baninter, de esta forma, en deudora de dichos certificados y,

consecuentemente, en avalista de todas las obligaciones que contraía Bear Park

International Ltd., en el contrato de compraventa de esas acciones. De lo cual se evidencia

que Vivian Lubrano tal y como se ha citado a título de ejemplo, extrajo fondos del banco

Intercontinental de manera fraudulenta y valiéndose de su calidad de mandataria de la

misma.

136.- Que, la señora Vivian Lubrano de Castillo, una vez la Editora estuvo “saneada” y

desvinculada de Baninter, procedió a remitir las acciones al portador de Bear Park, que era

la accionista mayoritaria de la Editora, en manos del señor Jesús María Troncoso,

asegurando así la lícita colocación de los recursos distraídos en perjuicio de Baninter, lo

cual no es más que un ejemplo de las muchas operaciones, en cuyo saneamiento, dicha

señora intervino de forma activa.

137.- Que, otras de las operaciones en las que la señora Vivian Lubrano de Castillo se

compromete personalmente es la relativa al Proyecto Apap, en la cual fueron extraídos del

Banco Intercontinental sumas millonarias, mediante la emisión, entre otras modalidades, de

once certificados de depósito, por un monto ascendente a quinientos dos millones

setecientos cincuenta pesos (RD$502,000,750.00), y seis certificados de depósito de

Baninter And Trust por la suma de doce millones quinientos mil dólares

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Page 69: Acta acusacion baninter

(US$12,500,000.00) a favor de diversas empresas. En ocasión de ello, la señora Lubrano de

Castillo procedió a emitir un memorando confidencial, en el que instruyó a Zoraida

Rosado, Vicepresidente de la división internacional, para la gestión ante el International

Bank Of Miami, de un “préstamo” avalado por Baninter por US$5,000,000.00 a favor de

Salana, S. A. Este “aval” gestionado por Vivian no es más que, como se ha explicado, un

puente para el pago que haría Baninter, y que se hacía de esa forma para disimular la

extracción realizada.

138.- Que, por último, vemos cómo, a favor de dicha señora, también fueron creadas

cuentas en el Banco, las cuales pagaron sobregiros millonarios de sus gastos personales,

constituyendo ésta otra modalidad de extracción de fondos del Baninter.

139.- Que, estos hechos caracterizan, de forma palmaria, el abuso de confianza y el lavado

de activos, cuyos elementos constitutivos fueron enunciados en otra parte del presente

escrito.

140.- Que, por todas las razones antes expuestas, tanto de hecho como

de derecho y en virtud de las pruebas aportadas, la PROCURADURIA

GENERAL DE LA REPUBLICA, a través de su Departamento de

Prevención de la Corrupción Administrativa y la PROCURADURIA

FISCAL DEL DISSTRITO NACIONAL, presenta formalmente

ACUSACION en contra del imputado VIVIAN ALTAGRACIA LUBRANO

CARVAJAL DE CASTILLO, cuyas generales de ley constan, por los

crímenes de abuso de confianza y Ley Monetaria Financiera, cuyos

elementos constitutivos fueron oportunamente desarrollados; crímenes

estos previstos y sancionados por los artículos 408 del Código Penal, 80

literales “d” y “e” de la Ley 183-02 (Código Monetario y Financiero), en

perjuicio de la Sociedad y el Estado dominicano.

141.- LUIS RAFAEL ALVAREZ RENTA, dominicano, mayor de edad, casado,

portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0790341-1, profesión economista,

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Page 70: Acta acusacion baninter

domiciliado y residente Avenida Sarazota No.20, Octavo Piso, Santo Domingo, Distrito

Nacional, en ocasión del interrogatorio que le fuere practicado ante el Juzgado de

Instrucción, expresó sobre su relación con Baninter, lo siguiente: “mi trabajo en el Baninter

era de asesoría puramente externa, principalmente ayudándolos a recuperar préstamos de

difícil cobro y a reestructurar empresas deudoras que confrontaban problemas”. En ese

mismo sentido se expresa el señor Ramón Báez Figueroa, cuando dice que: “el señor

Álvarez Renta era asesor del Banco”. De ahí se entiende al señor Álvarez Renta como el

asesor de la entidad objeto de los hechos fraudulentos, lo cual se traduce en que éste era un

mandatario y estaba llamado a velar por los intereses de la misma.

142.- Que, de igual forma, resulta útil resaltar la relación del indicado señor con una de las

compañías utilizadas para la extracción ilegal de fondos de Baninter, Bank Invest, sobre la

cual éste expreso que: “En este caso, a pesar de que formalmente figuré como presidente

durante ocho meses, no ejercí función ninguna, excepto el darle seguimiento al pago de las

deudas, y no recibí ningún tipo de compensación o pago por estos servicios, ya que tuve

(sic) satisfecho por el precio de la venta, y me convertí en un simple mandatario.”

[énfasis añadido]. De esto podemos argüir que se encuentra, de igual forma, fuera de

discusión la calidad de mandatario de Álvarez Renta en las operaciones de Bank Invest.

143- Que, el nombrado Luis Álvarez Renta, en sociedad con el señor José Luis de Ramón,

adquirió la compañía denominada Tenedora Jas, S. A., y mediante una supuesta junta

general extraordinaria celebrada el 27 de marzo de 1992, entre otras cosas, cambian el

nombre de dicha entidad, para que en lo adelante se denomine Bank Invest, S. A. (puesto de

bolsa), quedando designado como presidente de la misma, el antes mencionado Álvarez

Renta, y como secretario, la señora Zaida Rodríguez Aued. Conforme a las declaraciones

de Álvarez Renta, ante el magistrado juez de instrucción, éste reconoce que Bank Invest

pasó a ser propiedad absoluta de una empresa extranjera representada por él, denominada

Dominican Enterprise, empresa constituida en los Estados Unidos de América, de la cual

éste era el dueño, prácticamente, de todas las acciones. Luego, en fecha 13 de agosto de

2001, Álvarez Renta transfirió el control accionario de dicha entidad, a una empresa

denominada Sippany Holdings, representada por Ramón Báez Figueroa, con lo cual éste

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Page 71: Acta acusacion baninter

obtuvo el control de Bank Invest; sin embargo, en el contrato de cesión accionaria se

acordó que Álvarez Renta continuaría como presidente de la misma y con los poderes de

firma y realización de pagos para el manejo de Bank Invest por un tiempo determinado. A

pesar de lo anterior, e independientemente del tiempo estipulado en el contrato, existen

numerosas evidencias de que Álvarez Renta continuó con el control administrativo de dicha

entidad más allá de la intervención de la autoridad monetaria y financiera en el Baninter, es

decir, del 7 de abril de 2003.

144.- Que, en la aludida operación de compraventa accionaria de Bank Invest, podemos

verificar el hecho de que, contrario a una operación comercial normal de compra y venta de

bienes, salta a relucir, del contenido mismo del contrato, los siguientes hechos: 1°.- Luis

Álvarez Renta adquiere el control de una empresa denominada Bank Invest; 2°.- Dicho

señor, pone a la disposición de Ramón Báez Figueroa la citada empresa para que sirva de

vía o sombrilla en la extracción de los recursos del Baninter y posterior adquisición de otros

activos; y 3°.- Álvarez Renta pasa el control de Bank Invest a Ramón Báez Figueroa,

haciendo constar que los valores que habían sido extraídos de Baninter eran asumidos por

la compradora, lo cual merece especial atención, dado que, contrario a toda lógica

mercantil, aun si se toma la suma de los activos y pasivos objetos de la venta, este valor

sobrepasa ventajosa y burdamente el monto pagado como precio de la misma, quedando al

descubierto que los valores que se le estaban pagando a Luis Álvarez Renta eran por el

manejo de esos recursos y no por la titularidad de los derechos que estaba cediendo.

145.- Que, de igual forma, se ha podido comprobar que Bank Invest no es puesto de bolsa

ni se encuentra en el registro de las sociedades mercantiles de la República Dominicana por

lo cual podemos afirmar que la misma se reputa desconocida e inexistente para el público.

Bank Invest, con anterioridad a su “creación” en la supuesta junta general del 27 de marzo

de 1992, apertura una cuenta corriente en el Banco Intercontinental, S. A, en fecha 24 de

marzo del mismo año, a la cual se le otorga el número 0-010841-016140, quedando

registrada como únicas firmas, las de los señores Luis Álvarez Renta y Zaida Rodríguez

Aued, las cuales se mantienen como firmas únicas hasta la fecha. Contra esta cuenta se

giraron varios cheques, muchos de los cuales eran certificados, así como notas de débito,

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Page 72: Acta acusacion baninter

tanto para la compra de cheques de administración como para transferencias, acumulándose

de esta forma, sobregiros ascendentes a RD$1,763,962,626.80. Luego, se procedía a

cancelar el balance del referido sobregiro mediante la autorización contenida en el

memorando confidencial de fecha 12 de marzo de 2003, colocándose a partir de dicha

fecha, el balance de la cuenta en cero, lo cual se logró mediante el cargo de los valores que

implicó esta transferencia, a otra cuenta del Baninter que, a su vez, también carecía de

fondos. Este manejó ocasionó a Baninter una pérdida similar al referido valor. Entre el 12 y

el 21 de marzo de ese mismo año, fueron girados contra la referida cuenta valores por la

suma de RD$205,588,349.91, lo cual fue igualmente cancelado según el memorando

confidencial de fecha 21 de marzo de 2003. Con posterioridad a este “hecho” y hasta la

intervención de la autoridad monetaria, se continuó realizando giros contra dicha cuenta,

desprovista totalmente de fondos, hasta acumular, en tan sólo 17 días, sobregiros

adicionales, por una suma ascendente a los RD$599,976,846.20, balance este que

actualmente se refleja en la cuenta sobregirada de Bank Invest.

146.- Que, un examen del destino de los valores que fueron extraídos en la forma

precedentemente indicada, permite establecer que sumas considerables fueron giradas a

favor del Banco Mercantil por Bank Invest. Según las declaraciones de Luis Álvarez Renta,

en relación con la cuenta de Bank Invest, éste tenía la responsabilidad de monitorear el

cumplimiento de las deudas relacionadas con las tiendas de zona franca y, en consecuencia,

realizar, con cargo a la cuenta de Bank Invest, los pagos correspondientes. De esta misma

manera se giraron cheques a favor del Banco Mercantil y de diversas casas de cambios,

entre las cuales se encuentran a favor de Quisqueyana de Cambio, Agente de Cambio

Taveras, Agente de Cambio La Nacional, y Transnacional Agente de Cambio; esto con el

propósito de que los agentes de cambio le transfieran lo equivalente a dólares de la

cantidades entregadas en pesos por Bank Invest, todo conforme a las instrucciónes que, en

ese sentido, daba la referida entidad. Durante el período comprendido del 3 al 26 de Marzo,

a través de los citados agentes de cambio Bank Invest entregó la suma total de

RD$736,970,000.00, procediendo los indicados agentes de cambio a realizar las

transferencias de lugar, ascendentes a la suma de US$28,230,000.00, conforme a las

instrucciones de Bank Invest.

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Page 73: Acta acusacion baninter

147.- Que, asimismo, a título de ejemplo, nos permitimos presentar la operación realizada a

través de Quisqueyana Agente de Cambio, donde se realizaron la mayor cantidad de

operaciones como las antes descritas. En este caso, Bank Invest dio instrucciones para que

las transferencias bancarias en dólares de los Estados Unidos se realizaran a favor de la

cuenta No. 0055279341 que Wadeville Investments, Ltd., mantenía en el Bank Atlantic de

Coral Gables, Florida, tomando en cuenta que esta última entidad pertenece al señor Luis

Alvarez Renta. Es importante hacer constar, que como consecuencia de esta operación con

Quisqueyana Agente de Cambio, C. por A., entre el monto en dólares transferido y los

valores en pesos entregados por Bank Invest, hubo un excedente a favor de Bank Invest,

cuya devolución procedió a realizar el agente de cambio mediante el cheque No.1414,

girado contra la cuenta que mantiene dicha institución en el Banco de Reservas de la

República Dominicana, por la suma de RD$46,015,088.00, en manos de la señora Zaida

Rodríguez Aued. En ese sentido, Luis Alvarez Renta reconoció, ante el Juez de Instrucción,

haber adquirido sumas de dólares por vía de los agentes de cambio antes indicados, y aun

cuando hubiese ordenado que la transferencia se realizara a una cuenta de la institución

denominada Wadeville, que es de su propiedad, éste declaró ante el juez, que los dólares

recibidos eran con el propósito de pagar supuestas deudas de empresas ajenas a Baninter;

esto así de conformidad con el fragmento del interrogatorio trascrito a continuación: “Las

deudas que se cubrieron no eran de Bank Invest, el grueso pertenecía a una empresa

llamada Prestige... debo recalcarle que la mayoría de las deudas no eran de Baninter en el

sentido estricto, sino que más bien estaban garantizadas por el Baninter, regularmente se

pagaban vía Baninter aunque el acreedor [deudor] fuera Bank Invest o cualquier otra

empresa”.

148.- Sin embargo, a pesar de haberse demostrado que, en realidad, los fondos sacados de

Baninter llegaron a parar a una cuenta controlada por Álvarez Renta, y no al pago de

ninguna compañía denominada Prestige, lo importante es que Álvarez Renta reconoce y

corrobora que los valores fueron extraídos, y no bajo la excusa del pago de obligaciones

propias de Baninter, sino de empresas ajenas al banco, con valores que no retornaron al

mismo bajo ninguna modalidad ni concepto.

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Page 74: Acta acusacion baninter

149.- Que, puede darse otro ejemplo del rumbo tomado por los recursos extraídos de

Baninter vía Bank Invest, es la adquisición de activos, registrando los derechos de

propiedad de éstos, a nombre de una entidad extraña a Bank Invest, muestra de lo cual, fue

la inversión realizada por Luis Álvarez Renta en el inmueble propiedad del señor Ángel

García, el cual recibió por ese concepto el cheque de fecha 18 de marzo de 2003, por la

suma de RD$5,000,000.00, quien expresó al respecto lo siguiente: “Ese cheque me fue

remitido para cubrir parte del pago que según el contrato de fecha 30 de abril del año 2002,

suscrito por mí y con el señor Luis Álvarez Renta, se me tenía que haber destinado a una

inversión en el proyecto de mi propiedad “Jovero Beach Ressort”, ubicado en Miches,

dentro del ámbito de la parcela No. 6-a, del Distrito Catastral No. 48/1, del municipio de

Miches, ya que según el contrato yo le vendo el 20% de mis acciones en dicho proyecto por

un valor de RD$8,000,000.00 y en el momento de la firma se me hizo un pago de

RD$2,000,000.00, por lo que se me adeudaban RD$6,000,000.00, restando actualmente un

pago de RD$1,000,000.00, copia de cuyo contrato le estoy entregando”[...] “esta

transacción yo la formalicé con el señor Luis Álvarez Renta y cuando suscribimos el

contrato él hizo constar que actuaba en nombre y representación de la compañía Sippany

Holdings, LTD., y en ningún momento se me comunicó que eso era una transacción de

Ramón Báez Figueroa...”

150.- Que, es importante retener, que la Sippany Holdings, representada en esta ocasión por

Luis Álvarez Renta, fue utilizada para la operación de compra del activo supradescrito con

recursos sacados de Baninter vía Bank Invest, y que dicha compañía fue la misma entidad a

la cual, Álvarez Renta, según sus declaraciones, reconoció haberle vendido sus derechos

sobre Bank Invest, a través de la Dominican Enterprises, Inc., estando la citada Sippany

Holding representada en ese entonces por Ramón Báez Figueroa.

151.- Que, otra característica determinada por el destino que se le dio a los recursos que

fueron extraídos del Baninter a través de Bank Invest, fueron aquellos empleados para el

pago de obligaciones de índoles personal de los firmantes de estas cuentas, ya sea Luis

Alvarez Renta o su secretaria, Zaida Rodríguez Aued. Para la ejecución de estos pagos,

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Page 75: Acta acusacion baninter

giraron cheques de la cuenta de Bank Invest firmados por Zaida Rodríguez a nombre de

ella misma, depositando estos valores, previo endoso, en una cuenta personal de dicha

señora, aperturada en el Banco Mercantil bajo el No. 001-0005446. Una vez estos recursos

se encontraban disponibles en la cuenta personal del Banco Mercantil, procedían a realizar

los pagos correspondientes sobre gastos personales, entre los cuales, y a título de ejemplo,

podemos aludir a los cheques girados con los Nos. 345 y 346, ambos del 12 de marzo de

2003, por la suma de RD$10,000,000.00, cada uno, y al cheque No. 0359, de fecha 24 de

marzo de 2003, por la suma de RD$10,000,000.00, para un total de 30 millones de pesos.

Resulta pertinente citar algunos de los giros que reflejan el destino final de los valores

manejados por la cuenta de la señora Zaida Rodríguez Aued., los cuales se enumeran a

continuación: el cheque No. 8268, girado por Zaida Rodríguez contra su cuenta por la suma

de RD$300,000.00, a favor del señor Olivo A. Rodríguez Huertas, quien, previo endoso del

correspondiente cheque, lo depositó en su cuenta personal; este pago fue recibido por dicho

señor, en su calidad de abogado del señor Luis Álvarez Renta, como parte de los honorarios

profesionales en ocasión de la demanda por causa de divorcio que mantiene este señor en la

actualidad y que cursa por los tribunales de la República. Otra partida de los cheques

emitidos fueron los cheques Nos. 8273 y 8276, de fecha 20 y 21 de marzo de 2003,

respectivamente, por la suma de RD$14,045,000.00 el primero y RD$126,500.00, el

segundo, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, por compra de dólares. De igual

forma tenemos los cheques Nos. 8291 y 8311, de fecha 21 y 24 de marzo de 2003,

respectivamente, a nombre de Peperoni Café, el primero, y “al portador, el segundo, por las

sumas de RD$34,142.60 y RD$24,450.00, respectivamente.

152.- Que, Zaida Rodríguez Aued, afirmó ante el juez de instrucciòn, que la cuenta

operativa de Luis Álvarez Renta & Asociados estaba a nombre de ella en el Banco

Mercantil, y se ha podido comprobar que ésta recibió, mediante cheques girados por Bank

Invest, y firmados por ella misma, la suma de RD$30,000,000.00, los cuales fueron

destinados a cubrir los gastos personales de Álvarez Renta, así como los gastos

operacionales de la indicada entidad, Luis Álvarez Renta & Asociados, tal como fue

declarado según la señalada señora en el interrogatorio que le fuese practicado. Resulta

importante, además, resaltar que la salida de Bank Invest de los treinta millones de pesos,

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Page 76: Acta acusacion baninter

extraídos a su vez de Baninter, con destino a la cuenta de gastos utilizada por Luis Álvarez

Renta, redundó en su provecho, sin que estos valores obedecieran a alguna contrapartida u

obligación de Baninter frente a este. Asimismo, en relación con Bank Invest, Álvarez Renta

expresó no tener motivos para recibir alguna suma de dicha entidad fuera del precio

inicialmente pactado por la “venta” de la misma, cuando dijo que: “En este caso, a pesar de

que formalmente figuré como presidente durante ocho meses, no ejercí función ninguna,

excepto el darle seguimiento al pago de las deudas, y no recibí ningún tipo de

compensación o pago por estos servicios, ya que tuve (sic) satisfecho por el precio de la

venta” .

153.- Que, segùn y como se puede establecer todo lo dicho anteriormente, por las piezas

que figuran en el expediente depositado ante la secretarìa de este tribunal, y en adición a

ello, el perito designado licenciado Luis E. Aurich, en lo referente al aspecto contable,

expresó en su informe lo siguiente: “Revisión y análisis de las transacciones registradas

durante el período 13-3-2003 al 21-3-2003, en la cuenta corriente No.0-010841-01-6 a

nombre de Bank Invest (Puesto de Bolsa). Fue abierta el 24-3-1992; al 12-3-2003 se

reportaba con un balance en cero. En el período objeto de análisis le cargaron 7 cheques por

la suma de RD$56,558,999.01; por certificaciones de cheques le aplicaron 13 notas de

débito por la suma de RD$357,229,650.00; por conceptos diversos se cargaron 3 notas de

débito por la suma de RD$378,252,897.87. En fecha 21 de marzo de 2003, para cancelar

balance en sobregiro le registraron dos notas de crédito por las sumas de RD$51,000,050.00

y RD$154,588,299.91. En días posteriores y hasta el 31 de marzo, certificaron seis (6)

cheques por la suma de RD$210,200,300.00 y le registraron tres (3) notas de débito por

RD$378,052,897.87.

Revisión y análisis de las transacciones registradas durante el período 1-1-2003 al 12-3-

2003 en la cuenta corriente No.0-0108441-01-6 a nombre de Bank Invest (puesto de bolsa).

Fue abierta el 24-3-1992; para el 12-3-2003 se reportaba con un balance en sobregiro por

RD$1,756,025,795.46. En el período objeto de análisis le cargaron 4 cheques por la suma

de RD$27,832,687.59, no registraron depósitos ni notas de crédito. En fecha 12 de marzo

de 2003, para cancelar balance en sobregiro le registraron dos notas de crédito por

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Page 77: Acta acusacion baninter

RD$1,763,962,626.80. En días posteriores hasta el 20 de marzo le registraron las siguientes

transacciones: certificaron seis (6) cheques por la suma de RD$108,029,300.00 y libraron

cinco (5) cheques por la suma de RD$36,558,999.91.

Revisión y análisis de las transacciones registradas durante el período 1-1-2002 al 31-12-

2002, en la cuenta corriente No.0-010841-01-6 a nombre de Bank Invest (puesto de bolsa).

Fue abierta el 24-3-1992; para el 1-1-2002, se reportaba un sobregiro de

RD$1,441,245,174. Durante el período objeto de revisión por certificaciones de cheques le

aplicaron 8 notas de débito por la suma de RD$70,785,679.12; por conceptos diversos le

cargaron 16 notas de débito por la suma de RD$80,161,165.00; le acreditaron dos depósitos

por la suma de RD$24,350,000.00.

Revisión y análisis de las transacciones registradas durante el período 1-1-2001 al 31-12-

2001, en cuenta corriente No.0-010841-01-6 a nombre de Bank Invest (puesto de bolsa).

Fue abierta el 24-3-1992 y para el 1-1-2001 se reportaba con un sobregiro por

RD$1,145,457,311.65. Durante el período objeto de análisis le cargaron 26 cheques por la

suma de RD$194,675,352.59; por conceptos diversos le cargaron 14 notas débito por la

suma de RD$96,173,510.00.

Revisión y análisis de las transacciones durante el período 1-1-2000 al 31-12-2000, en la

cuenta corriente No.0-010841-01-6 a nombre de Bank Invest (puesto de bolsa). Fue abierta

el 24-3-1992, al 1-1-2000 se reportaba con un balance en sobregiro de RD$772,551,561.00.

En el período objeto de análisis por certificaciones de cheques le aplicaron 7 notas de

débito por la suma RD$1,698,042.09, por conceptos diversos le cargaron 35 notas débito

por la suma de RD$87,680,541.81; le acreditaron un deposito por RD$12,058,268.04 y le

abonaron 14 notas de crédito por la suma de RD$14,270,897.38.

Revisión y análisis de las transacciones registradas durante el período 1-1-1999 al 31- 12-

1999, en la cuenta corriente No.0-010841-01-6 a nombre de Bank Invest (puesto de bolsa).

Fue abierta el 24-3-1992; para el 1-1-1999, se reportaba con un sobregiro de

RD$51,869,443.66. Durante el período objeto de revisión le cargaron 35 cheques por la

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Page 78: Acta acusacion baninter

suma de RD$223,763,189.71; por certificaciones de cheques le aplicaron 17 notas de débito

por la suma de RD$93,635,980.28. por conceptos diversos le cargaron 20 notas de débito

por RD$248,507,006.93; le acreditaron 7 depósitos por la suma de RD$138,241,554.87 y le

abonaron 15 notas de cerdito por RD$204,479,816.95.

Revisión y análisis de las transacciones registradas durante el período 1-1-1998 al 31- 12-

1998, en la cuenta corriente No.0-010841-01-6 a nombre de Bank Invest (puesto de bolsa).

Fue abierta el 24-3-1002; para el 1-1-1998 al 31-12-1998, se reportaba con un sobregiro de

RD$7,951,506.38. Durante el período objeto de análisis le cargaron 17 cheques por la suma

de RD$141,038,575.92 por certificaciones de cheques le aplicaron 2 notas de débito por la

suma de RD$11,000,000.00; por concepto diversos le cargaron 38 notas de débito por la

suma de RD$93,334,441.79; le acreditaron 6 depósitos por la suma de RD$166,185,602.30

y le abonaron 14 notas de crédito por RD$41,318,511.10.

Revisión y análisis de las transacciones registradas durante el período 2-1-1997, en la

cuenta corriente No.0-010841-01-6 a nombre de Bank Invest (puesto de bolsa). Fue abierta

el 24 de marzo de 1992; al 2 de enero de 1997 se reportaba con un balance en positivo de

RD$84,407.47. Durante el período objeto de análisis se le cargaron 37 cheques por la suma

de RD$3,000,855.82; por certificaciones de cheques le aplicaron 372 notas de débito por

RD$15,662,641.40; por conceptos diversos le cargaron 61 notas de débito por

RD$62,084,855.14; le acreditaron 3 depósitos por la suma de RD$3,086,884.97 y le

abonaron 49 notas de crédito por RD$1,266,893.26.

154.- Que, en adición a los recursos en moneda local -pesos-, extraídos del Baninter, tal

como se ha indicado precedentemente, a través de la cuenta corriente de Bank Invest, de

igual manera fueron extraídos recursos en dólares, tomando en consideración que Baninter

era una entidad que captaba del público, principalmente, recursos en pesos y no en dólares.

Para satisfacer las necesidades en dólares, recurrieron a la creación de un sistema que les

permitiese la captación de los mismos, lo cual se realizó, entre otras modalidades,

aprovechando las relaciones de Baninter con bancos corresponsales en el extranjero, y a

través de Bank Invest, Interduty Free, Ultra Export Corp., y otras entidades constituidas en

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Page 79: Acta acusacion baninter

el exterior que, en esencia, intervenían, no porque realizaran alguna operación comercial

potencialmente capaz de generar los recursos que captarían, sino para hacer un manejo más

discrecional de los valores que llegarían a percibir por esta vía.

155.- Que, a los fines antes descritos, se procedía a solicitar préstamos ante los bancos

corresponsales y obtenían del Baninter cartas de crédito como aval frente al préstamo

solicitado. Estas cartas de crédito creadas por Baninter, se emitían sin que las citadas

empresas hubiesen otorgado a favor del banco ningún tipo de garantía de que, en caso de un

“eventual” incumplimiento, permitieran a Baninter recuperar esos valores, contrario a lo

cual, lo que se hizo más bien fue que, en un momento determinado, agruparon una serie de

pagarés para dar la apariencia de que estos documentos servirían de garantía para los

“préstamos” otorgados bajo las modalidades indicadas, sin que esto se correspondiera con

la realidad, ya que ante el incumplimiento de pago lo que cubría los préstamos no era lo

dado en garantía sino los fondos de Baninter.

156.- Que, una vez obtenido el desembolso del préstamo en el banco corresponsal, y de

manera reiterada y sin ningún tipo de excepción, el deudor original incumplía su obligación

de pago ante el banco corresponsal, haciéndose exigible automáticamente la carta de

crédito emitida por Baninter. De igual forma, siguiendo el mismo patrón, utilizaban las

cuentas aperturadas en los bancos en Miami, por Alta Financial, para realizar y para

ordenar que de estas cuentas se hicieran transferencias conforme instrucciones impartidas

por el señor Luis Álvarez Renta a la división internacional de Baninter, para realizar alguna

operación de negocios en el extranjero. Baninter nunca se beneficiaba de ninguna de esas

operaciones ni negocios en el extranjero; únicamente figuraba como suplidor de fondos y

de garantías ficticias que no eran más que pagos indirectos. Finalmente, se ha podido

determinar que otra de las modalidades implementadas era la de recurrir a la banca nacional

y solicitar préstamos en dólares a nombre de una de las entidades antes citadas, cuya

garantía, como era de esperarse, la constituían las cartas de crédito emitidas a favor de ellas

por el Baninter, las cuales servían de pago ya que, como ocurría en los demás casos, estas

entidades incumplían con su obligación de pago, por lo cual el banco terminaba pagando

los recursos que eran destinados al pago de suplidores, la adquisición de tiendas de zonas

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Page 80: Acta acusacion baninter

francas, gastos operacionales de empresas ajenas a Baninter y hasta los lujos y antojos de

quienes controlaban dichas sociedades. De esta manera, desde el año 1994, al día de la

intervención de la autoridad monetaria, del Banco Intercontinental fueron extraídos cientos

de millones de dólares.

157.- Que, para un ejemplo concreto del manejo supradescrito, lo constituyen los siguientes

casos: - En fecha 27 de noviembre de 1997, el señor Luis Álvarez Renta, en nombre de

Bank Invest (puesto de bolsa), solicita al Banco Intercontinental, S. A., la apertura de una

carta de crédito stand by, inicialmente por la suma de US$4,000,000.00, a los fines de

garantizar el cumplimiento de obligaciones crediticias contraídas por Luis Álvarez Renta,

en representación de Bank Invest y Ultra Export. S. A., con el Banco Mercantil,

procediendo el Banco Intercontinental a emitir la correspondiente carta de crédito al día

siguiente, es decir, el 28 de noviembre de ese año, a favor del Banco Mercantil154. Esta

carta de crédito fue renovada y aumentada de manera sucesiva en el Año 1998 a la suma de

US$7,500,000.00, en el año1999 a la suma de US$11,500,000.00, y desde el año 2000

hasta el 2002 a la suma de US$12,500,000.00; sin embargo, en este último período se

produce un cambio del beneficiario de la carta de crédito, sustituyéndose a Ultra Export, S.

A., por Interduty Free, LTD., y extendiéndose el período de vencimiento del 2002 a enero

de 2004. Luego, entre mayo y noviembre de 2002, Baninter transfiere a las cuentas de Bank

Invest la suma de US$ 7,000,000.00, por concepto de abono al cargo total de las referidas

cartas de crédito.

158.- Que, no obstante, Bank Invest, nunca utilizó estos recursos para entregarlos al Banco

Mercantil, costándole al Banco Intercontinental una pérdida por este concepto de

US$19,500,000.00, los cuales redundaron en beneficio de Bank Invest y las empresas de

zona franca, bajo las modalidades indicadas precedentemente, y a cambio de ello, el Banco

Intercontinental no percibió ningún tipo de contrapartida distinta de la dilapidación de sus

fondos. Similar a esta operación se realizaron otras cuyo soporte y evidencias se encuentran

depositadas dentro de los documentos que conforman el expediente.

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Page 81: Acta acusacion baninter

159.- Que, un caso documentado es el que Luis Álvarez Renta, le requiriò a la señora

Giorgia del Rosario, la transferencia de US$1,700,000.00. En atención al aludido

requerimiento, Marcos Báez Cocco, mediante memorando confidencial ordenó la

transferencia de los fondos requeridos. Al día siguiente, el 26 de enero de 2000, Luis

Álvarez Renta envió una correspondencia a la señora Zoraida Rosado, ratificando los

términos de su conversación telefónica, para que le realizara una nueva transferencia de

US$1,700,000.00 a la cuenta de Interdutty Free, LTD., en Bank Atlantic, originándose de

inmediato, el memorando del señor Marcos Báez Cocco, impartiendo instrucciones de que

se desembolsaran los recursos requeridos por el señor Luis Álvarez Renta. Esta operación

de transferencia no fue la única en su clase, sino que, según los documentos que reposan en

el expediente, se tiene constancia de la realización de varias transacciones similares.

160.- Que, una nueva modalidad de las empleadas para extraer fondos de Baninter se

evidencia a través del siguiente ejemplo: una comunicación de Luis Álvarez Renta a

Marcos Báez Cocco, mediante la cual Alvarez Renta solicita debitar de la cuenta de Bank

Invest, para transferir la suma de US$1,250,000.00, con el objetivo de abrir un certificado

de depósito a nombre de Groupwide Florida Inc. al día 5 de abril de 2001, y para ello,

Marcos Báez dio instrucciones a fin de que se registrara a favor de Bank Invest un

desembolso de US$1,250,000.00, a una tasa de un cero por ciento de interés.

161.- Que, el 24 de mayo de 2001, el señor Luis Álvarez Renta, en representación de Bank

Invest, remite una comunicación al Banco Intercontinental con atención a la señora Vivian

Lubrano de Castillo, solicitándole la emisión de una carta de crédito stand by por la suma

de US$1,300,000.00 a favor del International Bank Of Miami, garantizando préstamos que

estos otorgarían a favor de Bank Invest, resultando como era obvio, que Bank Invest no

pagaría el préstamo a la señalada entidad bancaria, por lo cual, ésta le notificó a Baninter,

ya en manos de la comisión de liquidaciòn designada por la junta monetaria, el

incumplimiento y exigencia de que Baninter liquidara la garantía prestada, es decir, la carta

de crédito, por valor de US$1,300,000.00, que correspondía a la cantidad desembolsada, lo

cual hubo de ser honrado por dicha entidad bancaria, luego de la intervenciòn.

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Page 82: Acta acusacion baninter

162.- Que, en fecha 27 de septiembre de 2001, el señor Luis Álvarez Renta solicita al

Banco Intercontinental a la señora Zoraida Rosado, vía la señora Lourdes Báez, y en

atención a los términos de su conversación anterior, debitar de la cuenta corriente No. 0-

010841-01-6 de Bank Invest (puesto de bolsa), con el objeto de ejecutar el pago pendiente a

Ferretti Hull No. 9 Searay Corporation, la suma de US$1,000,000.00. En atención a ello, el

señor Marcos Báez, mediante memorando confidencial, imparte instrucciones para registrar

el desembolso solicitado a través de un préstamo, del cual se cobraría un cero por ciento de

interés. De este monto, igual que en los demás casos, el Baninter no percibiría ni capital ni

intereses.

163.- Que, otra de las modalidades la constituía el hecho de que el deudor directo frente al

banco corresponsal en el extranjero no sólo no pagaba el capital, sino que ni siquiera

pagaba los intereses generados durante la vigencia del préstamo, lo cual causaba que

Baninter también debía sacar recursos de sus arcas para el pago de intereses de esas

obligaciones. Esto se hacía procurando no tener que responder por la totalidad del monto

del préstamo en un momento dado. Este hecho se puede verificar conforme a las

instrucciones impartidas por la señora Giorgia del Rosario a la señora Zoraida Rosado,

mediante el cual constatan la necesidad del pago de intereses al International Bank Of

Miami, del pago de US$72,561.46, originándose el referido pago mediante la autorización

del 27 de noviembre de 2001, aprobada por Marcos Báez Cocco.

164.- Que, entre los mecanismos empleados es importante resaltar el utilizado mediante el

requerimiento directo que hiciera Luis Álvarez Renta, en representación de Bank Invest, en

fecha 6 de diciembre de 2001, con atención a la señora Zoraida Rosado, ratificándole la

conversación de esa misma fecha y solicitando al Banco Intercontinental, la transferencia

de US$2,500,000.00, a la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank Of Miami.

Luego, el 21 de diciembre de ese mismo año, el señor Marcos Báez, mediante memorando

confidencial, autoriza a realizar el desembolso de la aludida cantidad en favor de Bank

Invest, dando cumplimiento a lo que le fuese finalmente solicitado. La particularidad de

este caso, aparte de seguir la política de extracción llevada contra Baninter, reside en su

correspondencia con lo estipulado en el contrato de venta del supuesto control accionario

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Page 83: Acta acusacion baninter

de Bank Invest, celebrado en fecha 13 de agosto de 2001, del cual es preciso resaltar que:

“[...] los balances en efectivo de Bank Invest, en el International Bank Of Miami y

otras instituciones financieras, serán administrados por la vendedora y transferidas a otra

cuenta seleccionada por la vendedora antes del 31 de abril de 2002, así como es por este

medio reconocido que todas las cuentas en efectivo no son partes de esta transacción.

La vendedora es Dominican Enterprises Inc., propiedad de Luis Álvarez Renta, y la

compradora Sippany Holdings Inc., representada por Ramón Báez Figueroa, en esa

ocasión, ya que en una ocasión posterior, la misma estuvo representada por Álvarez Renta

para la compra de unos activos.

165.- Que, en fecha 14 de enero de 2003, el señor Luis Álvarez Renta, en nombre y

representación de Interduty Free LTD. y/o Bank Invest, S. A., suscribe con International

Bank Of Miami un pagaré por la suma de US$6,200,000.00, con vencimiento de pago el

día 15 de mayo de 2003. Luego, el día 17 de enero del mismo año, Iván Gómez, director

financiero de Bank Invest, con copia a Luis Álvarez Renta, solicita a la señora Zoraida

Rosado, de la división internacional del Banco Intercontinental, la apertura de una carta de

crédito stand by, de Interduty Fre y/o Bank Invest, a favor del International bank of Miami,

para garantizar el préstamo indicado con anterioridad, a lo cual el Banco Intercontinental,

en fecha 20 de enero, procede a notificarle la carta de crédito, necesaria para esta operación,

vía electrónica. Posteriormente, el día 24 de enero del referido año, Luis Álvarez Renta, en

representación de Bank Invest, con una hoja timbrada de dicha entidad, en cuyo pie de

página establece como domicilio de Bank Invest, la Torre Empresarial, avenida Sarasota

No.20, octavo piso, urbanización La Julia, emite una correspondencia al señor Gustavo

Quesada, del International Bank Of Miami, a fines de confirmar los términos de la

conversación que habían sostenido en esa misma fecha, en relación con el mecanismo del

repago del préstamo indicado con anterioridad, y que había sido tomado recientemente,

para que el primer pago se realizara el día 10 de febrero de 2003, y el último el 10 de julio

del mismo año. Finalmente, en fecha 15 de mayo, el International Bank Of Miami, envió

una comunicación al Banco Intercontinental, donde le informa o le certifica que Bank

Invest y/o Interduty Free, LTD., han incumplido su obligación de pago respecto del pagaré

de que se trata. Todo esto indica, que el Banco Intercontinental tuvo que asumir, una vez

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Page 84: Acta acusacion baninter

más, el incumplimiento de Interduty Free, LTD., y/o Bank Invest, Luis Álvarez Renta y

demás empresas relacionadas, haciéndose cargo frente al banco corresponsal, del pago de

los valores sin que por ello se recibiera absolutamente nada a cambio.

166.- Que, del manejo realizado en dólares de los Estados Unidos de América, descrito

precedentemente y de la multiplicidad de operaciones cuya prueba reposa en el expediente

acusatorio, hemos podido constatar que fueron extraídos de las arcas de Baninter a través

de Ultra Export, Interduty Free, Bank Invest y demás empresas controladas por Luis

Álvarez Renta, una suma de aproximadamente US$126,875,022.63. Estos valores salieron

de Baninter, sin que el mismo hubiese recibido alguna contrapartida por ello, a excepción

de la garantía de que este nunca recuperaría dichos valores, ya que quienes se dedicaron a

esta labor, se encargaron de cancelar las constancias de estos pasivos en marzo de 2003,

mediante el descrito sistema de memorandos confidenciales, los cuales autorizaban a la

compra de divisas y posterior transferencia a favor de las cuentas a las que se adeudaba y

con cargo a la afamada cuenta “consultoría externa”, que, como es sabido, carecía de

fondos, lo que se traduce en que Baninter a fin de cuentas siempre perdía, pues el objetivo

de estos actores era vaciar las arcas de dicha entidad, que a su vez, era la depositaria de los

valores que le habían confiado los ahorranres.

167.- Una vez analizado el manejo que tuvo Luis Álvarez Renta, y teniendo una idea de los

montos que implicaron estas “operaciones”, se pueden realizar ciertas afirmaciones sobre

los hechos que circundaron la participación de Álvarez Renta en el fraude Baninter, a saber,

las siguientes: Propiedad, control, manejo y administración de Bank Invest: I.- Las

operaciones realizadas a través de Bank Invest (Interduty Free, Ltd., Ultra Export

Corporation, Prestige Duty Free, Sipanny Holdings y Dominican Enterprises Inc., entre

otras) en el Banco Intercontinental, no fueron sometidas a los órganos institucionales

establecidos y llamados a aprobar las mismas (Consejo de Administración y Comité de

Crédito), resultando dichas operaciones, responsabilidad exclusiva tanto de los funcionarios

y directivos que la patrocinaron, ordenaron y ejecutaron, como aquellos receptores y

beneficiarios de los recursos extraídos. II.- Contrario a la afirmación de Álvarez Renta ante

el juez de instrucción, de que Bank Invest había recibido recursos del señor Ramón Báez

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Page 85: Acta acusacion baninter

Figueroa desde el año 1999, se ha probado que, con sobrada anterioridad a dicha fecha,

éste, a través de Bank Invest, captaba recursos extraídos de Baninter. III.- En relación con

lo establecido por Luis Álvarez Renta, ante el Juzgado de Instrucción, en el sentido de que

los funcionarios de Baninter no le presentaron las informaciones relativas a las obligaciones

que tenía Bank Invest frente al banco, ya que este sólo se encontraba al tanto de pagar

deudas de Bank Invest, se ha probado, opuesto a dicha afirmación, que todas las

operaciones mediante las cuales Álvarez Renta extrajo recursos vía Bank Invest, iniciaron,

ya sea a requerimiento directo de Álvarez Renta o de uno de sus mandatarios, actuando a

nombre de Bank Invest, o mediante la suscripción de algún documento de “aparente”

compromiso de pago. IV.- De igual forma, serà probado, que la participación de Álvarez

Renta en el manejo de Bank Invest (Interduty Free, Ltd., Ultra Export Corporation,

Prestige Duty Free, Sipanny Holdings y Dominican Enterprises Inc., entre otras), se llevó a

cabo gracias a la extracción de recursos, pretendidamente justificada por la creación de

préstamos, entre otras modalidades, los cuales eran cancelados y que luego debían

transparentizarse, siendo esto algo que lejos de la casualidad, más bien obedeció al

cumplimiento de un plan preconcebido, cuyo diseño y parte de ejecución estuvo a cargo de

Luis Alvarez Renta, quien intentó asegurarse de, tal como él mismo dijo, “sanear” dichas

operaciones a cambio de una contrapartida onerosa prometida a este por el señor Ramón

Báez Figueroa. No obstante lo anterior, y en adición a ello, serà establecido que el control

de los recursos extraídos bajo estass modalildades redundaron en beneficio directo, tanto de

Luis Alvarez Renta como de Ramón Báez Figueroa. Que una vez utilizadas estas empresas

para vaciar las arcas de Baninter y hecho el intento de borrar el rastro delictivo de la

obtención de estos activos, Alvarez Renta pretendió desaparecer esta cadena de entidades y

con ello su vínculo y el de sus relacionados con estas empresas y operaciones dolosas.

168.- Que contrario a lo expresado por Ramón Báez Figueroa en el sentido de que el

comité de crédito, el consejo de directores y los oficiales de las diferentes oficinas, eran

los ùnicos que estaban autorizados a aprobar préstamos, los miembros de estas

dependencias del Baninter, reconocen nunca haber sido apoderados de solicitudes de

aprobaciòn de prèstamos solicitados por Bank Invest.

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Page 86: Acta acusacion baninter

169.- Que, Zoraida Aurora Rosado Andujar, Vicepresidente de la división internacional

de Baninter declaró ante el juez de instrucciòn, sobre la compañía Bank Invest: “Sé que es

una compañía donde firma Álvarez Renta, no sé dónde está ubicada ni a que se dedica”;

recuerdo haber desembolsado préstamos en dólares y haberse emitido cartas de

crédito”.

170.- Que, Iván Emilio Gómez Aparicio, gerente financiero de Interduty Free explicó ante

el juez de instrucción lo siguiente: “Bank Invest pagó las deudas que tenía Interduty

Free Dominicana con Baninter, y Bank Invest pasó a ser el principal accionista de la

empresa” “El señor Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez Cocco y Luis Álvarez Renta,”

participaron el el proceso de capitalización de Bank Invest. “El monto fue de

RD$602,551,000.00”, el señor Luis Álvarez Renta me dijo que se había realizado un

crédito por transferencia”, “La mayoría de esas deudas existían al momento de mi entrada a

la compañía, pero parte de esas deudas eran compra de mercancía, pagos de las tiendas

(remodelaciones, construcción de tiendas, etc. )”.

171.- Que, el señor Manuel Ruiz dentro de sus funciones en Baninter “conserva sólo los

expedientes que eran debidamente tramitados y aprobados por el comité de crédito que

sustentaría transacciones de préstamos en la cartera de Baninter”; ante la presentación de

documentos de préstamos de Bank Invest el señor Manuel Ruiz contestó: “No, no lo

asenté”; ante la presentación de los memorandos “Efectivamente no se observó en dicha

comunicación los requerimientos a tales fines”. Luego ante el listado de préstamos a tasa

cero” ninguno de los préstamos en el listado que usted me mostró fueron asentados en

nuestros registros, porque, como dije anteriormente, no fueron tramitados ni aprobados

por el comité de crédito”.

1. Caso Operación Interduty Free, Ltd., Luis Álvarez Renta, Anoe Llc., y

Ramón Báez Figueroa

172.- Que, segùn una correspondencia dirigida al Licenciado José Louis Malkún,

Gobernador del Banco Central de la Republica Dominicana, en fecha 3 de mayo de 2003,

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Page 87: Acta acusacion baninter

por el señor Eddy Enrique Leyba “Permítame proporcionarle información con respecto a

estos negocios duty free.- (1) Cuando en 1991 me corresponde desarrollar esta área de

negocios, establezco una estructura legal (conjuntamente con el Lic. Jesús Troncoso, de la

firma de abogados Troncoso & Cáceres) que comprendía la formación de una compañía

por cada contrato de concesión de derechos para la instalación de las tiendas libres de

impuestos. Se estableció una empresa Tenedora por cada compañía concesionaria. Las

acciones de todas esas compañías fueron emitidas Al Portador.- 2) Las compañías Grupo

Antares y Grupo Atlantis, tenían el 100% de las acciones de las Tenedoras. Las acciones

de estas dos empresas eran también al portador y eran controladas por la empresa Aldeasa

Dominicana, S. A., nombre original de la actual Inteduty Free Dominicana. (...) (3)

Conjuntamente con Aldeasa Dominicana formé también Ultra-Export Corporation, la cual

debía servir como almacén receptor de la mercancía que se enviaría a las tiendas. Dicha

compañía fue formada en las Islas Vírgenes Británicas (BVI), con la colaboración de

Holland & Khight, una firma de abogados de los Estados Unidos. Para establecer a Ultra-

Export Corporation hubo que obtener el permiso del Consejo Nacional de Zona Franca,

pues esta empresa alquiló una nave industrial en la Zona Franca Industrial Las Américas,

ajustándola a sus necesidades de almacenamiento.[...] (4) Las acciones de Aldeasa

Dominicana y de Ultra-Export Corporation fueron emitidas a nombre de una compañía

establecida en BVI denominada Sippany Holdings, Inc., en un 51% y a favor de Empresa

Nacional Aldeasa, de España, en un 49%, con cuya colaboración se iniciaron las

operaciones del área duty free. El 30 de septiembre del 1991 se firma el acuerdo general

que hace oficial la vinculación de Empresa Nacional Aldeasa, de España, con Sippany

Holdings, Inc.- (5) Las acciones de Sippany Holdings, Inc. fueron emitidas en un 100% a

nombre de otra empresa radicada en BVI llamada Searay Holdings, Inc., de la cual la

compañía Tapan Investments, Inc. era dueña en un 70% y Shomar Holdings, Inc, (empresa

propiedad de quien suscribe) del restante 30%. (...) (6) Las operaciones de Aldeasa

Dominicana y de sus tiendas duty free fueron auditadas por Price Waterhouse al 31 de

diciembre de 1993 y por Ortega & Asociados al 31 de diciembre de 1994. Como se puede

observar, las auditorías consideran a Aldeasa Dominicana como integrado por las tiendas

concesionarias que posee aunque sus acciones estuvieran al portador. (7) En abril de 1996

Aldeasa España vende su 49% de las acciones en Aldeasa Dominicana y Ultra- Export

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Page 88: Acta acusacion baninter

Corporation a Sippany Holdings, bajo una serie de contratos y acuerdos firmados por el

Sr. Báez y el Dr. Práxedes Castillo Pérez, Apoderado de dicha empresa, con lo cual

Sippany Holdings, Inc. pasa a tener la propiedad absoluta del 100% de las acciones de

ambas compañías. Quien suscribe fue la persona que llevó a cabo todas las negociaciones

con los señores Luis García de Blas y Víctor Labadíe Sobrón, Presidente y Director

General de Empresa Nacional Aldeasa, España, respectivamente, y después con el

apoderado de dicha empresa, Dr. Práxedes Castillo.- (8) En un acuerdo suscrito entre esas

partes, se decide eliminar de las tiendas y de Aldeasa Dominicana el nombre Aldeasa, así

como el uso del logo. Entonces escribí al Lic. Jesús Troncoso para que procediera al

cambio de nombre de Aldeasa Dominicana por el de Interduty Free Dominicana, al tiempo

que se dispuso el cambio en el nombre de las tiendas a Interduty Free.- (9) En todo

momento mantuve un control personal de todas las acciones al portador de las tiendas y de

las demás compañías, así como de sus respectivos libros de acciones. (10) Sin embargo, el

27 de Marzo del 1998 el señor Luis Álvarez Renta me envió una carta mediante la cual me

señala que el Sr. Ramón Báez Figueroa le había pedido solicitarme enviar al Lic. Jesús

Troncoso los originales de todas las acciones de la empresas relacionadas con Interduty

Free Dominicana y/o Ultra-Export Corporation que reposaban en mi poder. (11) [...] Por

medio de una carta fechada 30 de abril del 1998 remití al Lic. Troncoso los originales de

todas las acciones que me fueron solicitadas por el Sr. Álvarez Renta. En dicha carta, que

aparece en el anexo No.7 de la presente, le señalaba al Lic. Troncoso que la empresa

sombrilla bajo la cual debían colocarse las acciones de las compañías propietarias de las

tiendas libres de impuestos debía ser Interduty Free Dominicana, S. A., y que las acciones

de esta última debían pertenecer a Sippany Holdings, Inc., propietaria real de las acciones.

También le hacía referencia a la propiedad de acciones de estas compañías por parte del

suscrito. (12) No obstante esas indicaciones, el Lic. Troncoso, conjuntamente con el Sr.

Álvarez Renta, procedió a formar en Tórtola, Islas Vírgenes Británicas, la compañía

Interduty Free Ltd., en la cual este último figura como propietario a través de una empresa

llamada Inversiones Vial, S. A., siendo el Sr. Steven H. Hagar, de Holland & Knight, el

secretario, y el Sr. Álvarez Renta el Director, Presidente y Apoderado. Tengo entendido

que a esa empresa fueron entregadas y traspasadas las acciones de la compañía

concesionaria de las tiendas y de Interduty Free Dominicana, S. A., con el propósito de

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Page 89: Acta acusacion baninter

venderlas por medio de la misma y sacar de circulación a Sippany Holdings y a Searay

Holdings. (...)”

2. Caso Operación Interduty Free Ltd., y Anoe Llc., con Aldeasa España

173.- Que, en fecha 28 de marzo del año 2003, el señor Luis Álvarez Renta y el señor José

Fernández Olano suscriben un contrato de compraventa de participaciones y otros pactos,

en el cual intervienen, respectivamente, en representación de Interduty Free Ltd.,

vendedora, y Ciro Holdings, S. A., la compradora, a través del cual la primera vende a la

segunda el 55% de todos los activos y pasivos necesarios para la explotación comercial de

las tiendas de los artículos libres de impuestos, ubicadas en los aeropuertos internacionales

de Las Américas, Puerto Plata, La Romana, Punta Cana y Cibao. Del indicado pacto y de

sus anexos, se extraen las siguientes informaciones: 1.- Que el balance de la sociedad

resultante de la aportación de la sociedad Interduty Free, Ltd., no tiene ningún pasivo,

encontrándose su balance en cero. (anexo 5 del contrato) 2.- Que en fecha 13 de febrero de

2003, fue constituida en el estado Delware, Estados Unidos de América, la sociedad Anoe

Llc, Ltd., cuyo único socio lo es Interduty Free., Ltd (anexo 6 del contrato). 3.- Que los

derechos de concesión para la explotación de las tiendas de zonas francas son propiedad de

la entidad Anoe, Llc., Ltd., (anexos 1,2,3 y 4, y la p.3 del contrato). 4.- Que en lo adelante,

como consecuencia del acuerdo, los derechos de Anoe, Llc., Ltd., tendrían un valor de

US$60,000,000.00. (p.3 del contrato). 5.- Interduty Free, Ltd., cederá a favor de Ciro

Holdings, el 55%, de sus derechos en Anoe, Llc., Ltd. (p.4, del contrato), por la suma de

US$33,000,000.00 (p.7 del contrato) 6.- Se estableció un procedimiento mediante el cual la

compradora podía llegar a adquirir el 100% de las propiedades cedidas. (p.30 y 31). 7.-

Anoe, Llc., Ltd., en lo adelante, estaría representada por un consejo de administración

integrado, de un lado, por Ciro Holdings, S. A., representada por José Fernández Olano,

Miguel Calvillo Urabayen, y de otro lado, por Ramón Báez Figueroa y Luis Álvarez

Renta (p.35 del contrato).

174.- Que, esta operación tuvo como propósito transferir los derechos de manejo de las

tiendas de zona franca a un tercero de buena fe, recibiéndose en contrapartida una suma

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Page 90: Acta acusacion baninter

millonaria en dólares y la subsiguiente distribución del botín. De esta manera, pretendían

desvincular su relación con los hechos fraudulentos que circundaron la operación, teniendo

estos lugar desde la obtención de los recursos para adquirir y operar el negocio de zona

franca, hasta la creación de una sombrilla de sociedades bajo la cual trataron de proteger los

mal habidos derechos de propiedad, no pudiendo ser esta operación consumada a

consecuencia de la intervención de la autoridad monetaria, tal como lo afirma el señor Luis

Álvarez Renta, cuando dice que: ¿Se llegó a vender? – “Magistrado, todavía no, estamos

esperando la aprobación del Banco Central.”.

175.- Que no obstante las anteriores consideraciones que demuestran el conocimiento de

Alvarez Renta del impedimento que tenìa para proceder a realizar operaciones que

entrañaran la enajenaciòn o transferencia de los derechos de Interdutty Free y empresas

conexas o similares, valiendose de una extrategia, una vez mas fraudulenta, previa

transferencia dolosa a favor de Anoe LLC, empresa tambièn controlada por èl mismo,

dicho señor, arriba a un acuerdo con Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, C. por A.,

(Aerodom), que permite que culman mediante promesa de que Aerodom indemnize por

15.6 millones de dòlares a Luis Àlvarez Renta y/o Interdutty Free y/o Anoe, LLC,

consumàndose con ello una vez màs, otra operaciòn tìpica de lavado, ya que los valores a

recibir fueron a parar a manos de Luis Àlvarez Renta y sus empresas, bajo distintas

denominaciones.

3. La posición de Luis Álvarez Renta ante el reclamo de la autoridad

monetaria.

176.- Que, en fecha 14 de mayo de 2004, mediante acto No. 193, a requerimiento del señor

Luis Álvarez Renta y Anoe, Llc., Ltd., instrumentado por el ministerial Luis Bernardito

Duvernai Martí, le fue notificado al señor José E. Louis Malkun, gobernador del Banco

Central y a los señores Frank Marino Hernández, Arturo Villanueva Santiago y Manuel

García Arévalo, miembros de la junta monetaria, la querella que en esa misma fecha, fue

depositada ante el magistrado procurador fiscal del Distrito Nacional, por supuesta

violación a los artículos 114 y 115 (atentados contra la libertad); 400 (extorsión y chantaje)

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Page 91: Acta acusacion baninter

del Código Penal; 379 (robo) combinado con el artículo 2 (tentativa) del Código Penal. En

la cual, entre otras cosas, se establecen las siguientes consideraciones: “A. Situación de

ANOE LLC y Luis Álvarez Renta antes del caso Baninter: 3.- Es oportuno informar a esa

honorable jurisdicción, que el Licenciado Luis Álvarez Renta nunca ha sido director,

empleado, accionista, ni representante del Banco Intercontinental, S.A., nunca recibió

renumeración alguna, ni tuvo cuentas personales en dicho banco, y que el intento de

vincularle al señalado expediente por parte de la Gobernación del Banco central y algunos

otros funcionarios pertenecientes a la autoridad Monetaria y Financiera, obedece a un

intento ilegal basado en el artificioso argumento de que la compañía Interduty Free Ltd.

(“Interduty”) es presunta deudora del Baninter, y que en esa virtud, todos los activos y

derechos de esa sociedad como propietaria desde el año 1991 de numerosos

establecimientos y tiendas de zona franca localizadas en varios aeropuertos del país, la

hacen una entidad “vinculada” que debe ser incluida como parte del patrimonio de la hoy

quebrada referida institución bancaria. 4.- En la realidad, de la propiedad de los

establecimientos comerciales fue de Interduty Free Ltd., hasta Febrero del 2003, fechas en

que sus acciones fueron cedidas a Anoe LLC., Ltd. Así pues antes del 14 de mayo del año

2003, en que se inicio el caso Baninter, eran propiedad en su totalidad de la compañía Anoe

LLC, una corporación norteamericana incorporada en el estado de la Florida, que opera la

mayor parte de los mencionados establecimientos de zona franca dominicanos. Esa

compañía era representada por el suscrito, en su localidad de mandatario Especial, y en

fecha 28 de marzo 2003, suscribió un contrato mediante el cual vendió el cincuenta y cinco

por ciento (55%) de las acciones de Anoe LLC., Ltd., a Ciro Holdings, una sociedad filial

del Grupo Aldeasa, de España, uno de los mayores operadores mundiales de tiendas y

espacios de zona franca, y que opera más de 165 establecimientos alrededor del mundo. Esa

venta de acciones de Anoe a Ciro Holdings, estuvo precedida de un largo proceso de

negociación y verificación documentaria (“Due Diligence”) de más de un año y medio de

duración, conducidas por prestigiosas firmas de abogados nacionales y extranjeras, que en

su momento había dado lugar a la firma, el 23 de diciembre del año 2002, de un contrato de

intención de compraventa de dichas acciones. 5.- Es importante referir que con anterioridad

a la venta de las acciones de Anoe LLC., Ltd. a Ciro Holdings, se requirió la intervención

de Bank Invest, que es una firma incorporada hace décadas, que presta consultoría

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Page 92: Acta acusacion baninter

empresarial y que además fue acreditada con puesto de bolsa en la bolsa de valores de

Santo Domingo. El rol de Bank Invest se limitó únicamente a prestar consultoría en el

negocio de zonas francas, en el proceso de reestructuración de la deuda contraída con

bancos nacionales y extranjeros, y originadas en financiamientos otorgados para la

adquisición en el tiempo por Interduty de numerosas tiendas de zona franca cuyos

propietarios de muchos años habían decidido salirse de negocio. En ese proceso Interduty

procedió a consolidar la serie de activos (tiendas y 85 derechos intangibles) adquiridos. El

interés de esa reestructuración de los pasivos de Interduty y la regulación del status jurídico

de las tiendas consolidas en el patrimonio de Interduty, que se encontraban dispersos, fue

una exigencia de la negociación que se venía discutiendo para la venta del indicado 55% de

las acciones de Anoe LLC.,Ltd. 6.- Puesto que Bank Invest desempeñó gestiones

importantes frente a los acreedores foráneos y era una persona sujeta de crédito en el

exterior, se precisó dejarla integrada a los esquemas de la negociación, por lo al señor

Álvarez Renta carecer de interés personales en dicha sociedad, éste pactó la venta de la

misma a favor de Sippany Holdings, Ltd., representada por Ramón Báez Figueroa (y no del

Baninter), conforme a negociación cerrada en fecha 13 de agosto del año 2001, ante la

afamada firma de abogados Holan & Knight de la florida. Esto lo conocía plenamente la

gobernación del Banco central. [...] 18.- En ese recurrente interés, aproximadamente en los

meses de octubre y noviembre del 2003, los mismos funcionarios que actúan desde la

autoridad monetaria y financiera, en actitud atropellante contra el Señor Álvarez Renta,

llevaron requerimiento al procurador fiscal del Distrito Nacional, con el expreso fin de que

éste dispusiera la intervención y confiscación... 19.- Las amenazas de confiscación de las

propiedades que posee personalmente el señor Alvarez Renta, y de aquellas entidades de

los mencionados funcionarios gubernamentales presumen que son su propiedad o

controladas por él, incluida ANOE LLC, están en estos momentos bajo amenazas de

expropiación.”

177.- Que, en fecha 22 de abril y 15 de junio, la autoridad monetaria solicitó al Procurador

General del Distrito Nacional y al Procurador General de la Corte de Apelación de Santo

Domingo, respectivamente, proceder a la incautación o inmovilización provisional de los

bienes de las entidades, Interduty Free Dominicana, S. A., Ultra Import, S. A., Sippany

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Page 93: Acta acusacion baninter

Holdings, y Anoe Llc., Ltd., en atención a las disposiciones del artículo 1, ordinal 2 y 9 de

la ley 72-02 sobre lavado de activos, siendo acogida por la Procuraduría General de la

Corte de Apelación dicha solicitud en fecha 17 de junio de 2004; sin embargo, el

Procurador General de la República, por gestiones encaminadas por el señor Luis Álvarez

Renta, procedió a notificarle al administrador designado, un oficio dejando sin efecto la

actuación del Procurador General de la Corte.

178.- Que, el señor Luis Álvarez Renta ha pretendido frustrar la iniciativa de la autoridad

monetaria de recuperar los valores depositados en el Baninter por los ahorrantes, en manos

de sus administradores y principales directivos y que fueron distraídos fraudulentamente,

así como evitar que los responsables de ello permanezcan en la impunidad. Para

contrarrestar y obstaculizar la indicada iniciativa, Álvarez Renta se ha valido de

argumentos que, lejos de eximirlo de responsabilidad, ratifican su participación en los

hechos fraudulentos que han sido demostrados precedentemente, basados tanto en pruebas

documentales, como por declaraciones y testimonios presentados ante el Juez de

Instrucción. Es en ese mismo sentido que, podemos comprobar que el señor Luis Álvarez

Renta escribió su propia sentencia, cuando afirmó ante el juez de instrucción, lo siguiente:

“El señor Báez Figueroa, se comprometió a pagarme una compensación importante, el día

que se vendieran las tiendas de zonas franca, una vez fueran saneadas”.

4. Arquitectura Del Fraude: Plan, Estrategia Y Materialización Por Luis

Álvarez Renta.

179.- Que, es el propio Luis Álvarez Renta quien invoca la existencia y se atribuye la

autoría del aludido memorando, cuando hace referencia a él ante el juez de instrucción, en

ocasión del interrogatorio que le fuere practicado. Asimismo, la secretaria del señor Ramón

Báez Figueroa, Lourdes Báez, estampó su firma en el memorando en cuestión en señal de

acuse de recibo, firma esta que se corresponde con la contenida al pie de página del

interrogatorio No. 836-03, del 30 de septiembre de 2003, que le fuere practicado a dicha

señora por el juez de instrucción.

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Page 94: Acta acusacion baninter

180.- Que, la participación del señor Luis Álvarez Renta en la ocurrencia de los hechos

antes narrados constituye una franca contradicción con las normas legales preestablecidas

en nuestro ordenamiento jurídico. Luis Álvarez Renta ostentaba, según sus propias

declaraciones, la calidad de mandatario y asesor externo de Baninter, el cual, valiéndose de

la aludida calidad, participa, de forma activa y personal, en un elevado número de

operaciones, por medio de las cuales fueron extraídos de las arcas del Banco

Intercontinental, S. A., miles de millones de pesos y varias decenas de millones de dólares.

181.- Que, estas extracciones de fondos fueron realizadas por el señor Luis Álvarez Renta,

directa o indirectamente, mediante el control ejercido por éste en las empresas utilizadas al

efecto, a través de cartas de crédito, sobregiros, transferencias internacionales, avales de

préstamos en bancos extranjeros, préstamos sin ningún documento de soporte, entre otras

modalidades, implicando, en todos los casos, que dichos valores, los cuales no retornarían

al patrimonio del Banco Intercontinental, S. A., fueren invertidos en negocios

aparentemente lìcitos, configurando con todo este accionar, el crìmen de lavado de activos.

El señor Luis Alvarez Renta, luego de haber realizado la aludida extracción de los fondos

de Baninter precisó “sanear” los mismos, lo cual se llevó a cabo a través de las entidades

Bank Invest, S. A., Ultra Import, S.A., Sippany Holdings, Inc., Inter Duty Free, Ltd., entre

otras. Esto se evidencia, por citar un ejemplo, cuando vemos la maraña de entidades off

shore cuya representación se sortea de manera indistinta entre Luis Alvarez Renta y Ramón

Báez Figueroa y cuyas calidades se alternan, tornándose turbia la identificación del

verdadero titular y propietario de dichos activos. Luego se adquieren bienes con recursos de

Baninter y se colocan los mismos a nombre de entidades ajenas cuya titularidad también se

torna difusa. De igual forma, los intentos de sanear y lavar estos recursos se evidencian en

el manejo operacional de dichas entidades, cuando dicho señor utiliza en unas ocasiones a

Interduty Free Dominicana y en otras Bank Invest, como empresa zafacón para cargar todas

las deudas que generaban las demás entidades y luego pasar las mismas a Baninter,

limpiando de esa forma una tercera empresa, denominada Interduty Free, Ltd., cuya

titularidad hoy se disputan, ya que ésta terminó siendo la titular de cuantiosos activos y

libre de pasivos. Finalmente, gestionaron y materializaron, la transferencia de dichos

activos a un tercero que resultò ser Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (Aerodom).

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Page 95: Acta acusacion baninter

CALIFICACION JURIDICA (TIPO PENAL)

182.- Que, queda claro pues, que lo anteriormente descrito se trató de una típica operación

de triangulación, propia del lavado de activos, lo realizado por Luis Alvarez Renta, en

ocasión del manejo de esta negociación, conforme lo incrimina el Art.3, literales a), b) y c)

de la Ley No. 72-02, sobre Lavado de Activos. El lavado de activos es la “maniobra que

consiste en transformar los dineros obtenidos en forma ilegal en valores patrimoniales

con el propósito de aparentar que se trata de una ganancia legal o legítima. Es pues,

toda operación, comercial o financiera, tendiente a legalizar los recursos, bienes y servicios

provenientes de actividades delictivas”[Figari, Rubén E. “Encubrimiento y lavado de

dinero”. Ediciones Jurídicas Cuyo Mendoza. 2002. p.94]

183.- Que, habiéndose configurado en el caso de la especie los presupuestos legales propios

del lavado de activos, es preciso puntualizar que, si bien es cierto que para cuando se dio

inicio a esta práctica saneadora, lo cual ha sido friamente establecido por el propio Álvarez

Renta en el memorando confidencial citado con anterioridad y contentivo de su política-

plan de saneamiento, no estaba aùn vigente la ley que sancionaba dicha pràctica y, por

ende, el tipo no existía como tal, no menos cierto es que, reconociéndose que esta actuación

adquiere un carácter continuo, se proyectó en el futuro, hasta que entró en vigencia la

misma, para mediados de 2002, a partir de donde le impactó este tipo penal, amen de que,

posterior a esta fecha, se realizaron al respecto actuaciones que también encuadran dentro

de su tipificación legal.

184.- Que, de igual forma, arrojando luz sobre este sui generis ilícito penal, el autor

Sánchez Brot nos dice que lavar dinero “... implica llevar al plano de la legalidad sumas

monetarias que han sido obtenidas a través de operaciones ilícitas. No cabe

duda que el lavado de dinero debe ser considerado como un delito en sí mismo, aunque

este sea la consecuencia de un delito anterior” [Sánchez Brot, Luis. “Lavado de Dinero:

delito transacional”. La Ley, S. A., Buenos Aires. 2002.p.3]

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Page 96: Acta acusacion baninter

185.- Que, finalmente y en vista de todo lo anterior se ha evidenciado que,

inequívocamente, las actuaciones del señor Luis Alvarez Renta se enmarcan dentro de

elementos que constituyen el delito de lavado de activos, los cuales fueron anteriormente

indicados.

186.- Que, por todas las razones antes expuestas, tanto de hecho como

de derecho y en virtud de las pruebas aportadas, la PROCURADURIA

GENERAL DE LA REPUBLICA, a través de su Departamento de

Prevención de la Corrupción Administrativa y la PROCURADURIA

FISCAL DEL DISTRITO NACIONAL, presenta formalmente

ACUSACION en contra del imputado LUIS RAFAEL ALVAREZ RENTA,

cuyas generales de ley constan, por los crímenes de abuso de confianza

y lavado de activos provenientes de infracciones graves, cuyos

elementos constitutivos fueron oportunamente desarrollados; crímenes

estos previstos y sancionados por el artículo 3, literales a, b y c; 4 y 18

de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos, en perjuicio de la Sociedad y el

Estado dominicano.

187.- JESÚS MARIA TRONCOSO FERRUA, dominicano, mayor de edad,

cédula de identificación y electoral No.001-0089346-0, casado, con ùltimo domicilio

conocido en la calle Trinitaria No. 1, Cuesta Hermosa, Distrito Nacional, en ocasión del

interrogatorio que le fuere practicado ante el juez de instrucción, su relación con el Banco

Intercontinental era la siguiente: “ Era secretario del Consejo de Directores desde el año

1986”. No obstante la calidad antes establecida, no es sino al momento en que es llamado

en calidad de inculpado, cuando revela su función de abogado que desempañaba en dicha

institución, al establecer que: “En el caso nuestro hemos actuado en nuestra relación con el

Baninter Intercontinental como abogado legal externo en representación de la firma de

abogados Troncoso & Cáceres; en consecuencia, todas nuestras actuaciones, tanto como

abogados, como en algunos casos como apoderado, obedece a la solicitud expresa que

nos hiciera el Baninter y sus funcionarios para actuar como tales ”.

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Page 97: Acta acusacion baninter

188.- Que, el señor Jesús Maria Troncoso tuvo una participación principal en la cadena de

hechos fraudulentos que hemos venido describiendo durante el desarrollo de la presente

acusaciòn. De la forma en que el señor Marcos Báez Cocco y la señores Vivian Lubrano de

Castillo, aprovechándose de las funciones propias que les fueron confiadas en el Banco

Intercontinental, pudieron desempeñar su rol en la materializacion del fraude, el señor Jesús

María Troncoso hizo lo propio, según él, como asesor del banco en algunas ocasiones, y en

otras como apoderado.

189.- Que, una vez se ha estudiado y visto el andamiaje probatorio que demuestra la

existencia del fraude y sus autores, resulta imperativo afirmar que todo esto no pudo

llevarse a cabo sin una persona que se hiciese cargo de los amarres legales pertinentes,

tanto en el proceso de extracción de fondos como en el "saneamiento", por citar al señor

Alvarez, o jurídicamente hablando, en el proceso de transparentización o lavado de los

activos producto de dicho fraude. Ciertamente, el manejo dado a las empresas, la forma en

que eran constituidas, su arquitectura corporativa y el manejo dado a todo, obedece a una

cabeza, que, tal como Luis Alvarez Renta se concentraba en finanzas y negocios, Marcos

Báez y Vivian Lubrano expertos en la banca y las finanzas y Ramón Báez “inversionista”

de extrema envergadura, Jesús Troncoso cumplió diligentemente, y de igual forma, con su

papel y mas allá de él.

190.- Que, a fines de afianzar lo antes afirmado, nos permitimos hacer un estudio de la

intervención de Jesús Troncoso tanto en las operaciones antes descritas como en nuevas

operaciones, todo lo cual se desglosa a continuación:

1. Jesús Troncoso y la extracción de activos de Baninter

191.- Que, en fecha 14 de septiembre del año 2001, fue creada la empresa off shore

denominada Blueridge Services Inc., constituida y organizada de conformidad con las leyes

de las Islas Vírgenes Británicas, resultando como representante y apoderado, el señor Jesús

María Troncoso Ferrúa. Esta entidad fue utilizada para adquirir cuatro plantas generadoras

de electricidad, las cuales serían instaladas como centro de generación. Las referidas

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Page 98: Acta acusacion baninter

plantas eléctricas fueron compradas a la compañía francesa Wartsila, S. A. S., a través de

un préstamo que el banco extranjero BPN Parivas otorgó al Baninter por la suma de

US$3,491,419.20.265 La compradora original de las plantas antes mencionadas era la

compañía Monlac Corporation (constructora de las Torres Acrópolis), quien no la pudo

instalar en el referido proyecto y traspasó los derechos de compra a favor de Blueridge

Service Inc., mediante un cambio de deudor realizado en un convenio de apertura de crédito

del 21 de diciembre de 2000.

192.- Que, en virtud del aludido préstamo, Blueridge otorgaría a Baninter como garantía las

plantas eléctricas objeto de la compra, lo cual, nunca se llegó a formalizar, en adición a

unos inmuebles propiedad del Centro Médico Internacional (INCE). No obstante haberse

establecido en la aprobación de facilidades de crédito que los bienes antes mencionados

fungirían como garantía del préstamo otorgado, las compañías propietarias de las mismas,

Blueridge y Centro Médico (INCE), con posterioridad a esto, constituyeron una tercera

compañía denominada Auténtica, S. A., a la cual le aportaron en naturaleza los bienes que

eran la garantía del préstamo que Baninter había otorgado.

193.- Que, asimismo, fue construido un centro de generación con las unidades compradas

por Blueridge Services, cuya construcción fue encargada la compañía Energía Eléctrica, S.

A., a un costo de US$3,542,634.32 dólares, mediante contrato de fecha 27 de mayo de

2002. Los desembolsos de pago para la realización de esta obra eran realizados por

Baninter, a través de una cuenta bancaria aperturada a nombre de Blueridge Services, Inc.,

y manejada única y exclusivamente por el señor Jesús María Troncoso mediante el sistema

de los clásicos sobregiros, descritos con anterioridad en el presente escrito.

194.- Que, a través de Blueridge fueron extraídos del Baninter recursos en dólares

ascendentes a US$12,481,581.99, por un lado y US$6,487,747.93 por otro. Cabe resaltar

que Baninter desembolsó los valores indicados bajo la apariencia de un préstamo cuya

garantía nunca llegó, ni los recursos desembolsados, y los títulos al portador que amparaban

el derecho de propiedad de los mismos se mantuvieron en posesión de Jesús María

Troncoso desde su formación hasta la intervención de la autoridad monetaria.

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Page 99: Acta acusacion baninter

195.- Que, cuando estos hechos, que comprometen la responsabilidad de Jesús Troncoso,

fueron presentados ante el Juez de Instrucción, el señor Jesús María Troncoso argumentó en

su defensa que: “El accionista de Blueridge y dueño de las acciones es el Baninter” pero,

conforme a los documentos aportados, lo expresado por Troncoso no se corresponde con la

realidad, y en adición a ello, conforme a lo declarado por el señor Marcos Báez Cocco,

quien al respecto dijo que “Baninter no compraba empresas”.

2. Relación de Jesús Troncoso con las tiendas de zona franca

196.- Que, el día 25 de abril de 2003, fecha en que ya la autoridad monetaria y financiera

había intervenido el Banco Intercontinental, el licenciado Jesús María Troncoso le remite al

señor Luis Álvarez Renta una comunicación donde expresa, en atención a una solicitud de

esa misma fecha, lo siguiente: “Ni Anoe, Llc., ni Interduty Free, Ltd., han sido

compañías por acciones o entidades constituidas por esta oficina de abogados (Troncoso

y Cáceres). Del mismo modo hacemos contar que no tenemos conocimiento de que el

señor Ramón Báez Figueroa sea accionista de las citadas entidades, personalmente o

por intermedio de otra entidad corporativa”.

197.- Que, en este mismo sentido declaró el señor Jesús María Troncoso Ferrúa ante el

juez de instrucción, cuando este le preguntó, lo siguiente: ¿Usted recuerda qué compañía off

shore usted constituyó para los señores Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez, Vivian

Lubrano de Castillo, Luis Álvarez Renta, Grupo Intercontinental? “Solamente recuerdo una

compañía off shore a solicitud del señor Ramón Báez Figueroa, que se llama Groupwide

International, Ltd.; no constituimos ninguna otra compañía off shore para los señores Báez

Cocco, Vivian Lubrano, Álvarez Renta y Grupo Intercontinental”.

198.- Que, no obstante lo anterior, los documentos que reposan en el expediente, revelan

que el señor Jesús María Troncoso tenía pleno conocimiento de la relación o vínculo de la

entidad Interduty Free, Ltd., con el señor Ramón Báez Figueroa, los negocios de las tiendas

de zonas franca y el señor Luis Álvarez Renta y el objeto para la cual se constituyó la

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misma, así como el procedimiento que se empleó para su constitución en Islas Vírgenes.

Muestra de la afirmación realizada es la correspondencia que le remitiera Eddy Enrique

Leyba con copia a Luis Alvarez Renta al señor Jesús Troncoso, el día 30 de abril de 1998,

lo cual resulta oportuno transcribir y que reza como sigue: “Mediante carta de fecha 27 de

marzo del año en curso, copia de lo cual adjunto a la presente, el señor Luis Alvarez

Renta me solicitó que le enviara a usted los originales de todas las acciones de las

empresas relacionadas con INTERDUTY FREE DOMINICANA y/o ULTRA

EXPORT CORPORATION que reposan en mi poder. Me permito observarle que cuando

se reestructure legalmente a Interduty Free y se coloquen las acciones bajo una sola

empresa sombrilla, tal como señala el señor Álvarez Renta en su carta, para las

acciones de las compañías propietarias de las tiendas libres de impuesto, la empresa

sombrilla deberá ser Interduty Free Dominicana, S.A....”.

199.- Que, de lo anterior se evidencia, que el señor Jesús Troncoso, no conforme con la

participación directa en los hechos fraudulentos, se ha empeñado, en contubernio con Luis

Álvarez Renta y en un gesto de solidaridad entre inculpados, de desvincular todo lo que

refleje o relacione a uno de ellos con el fraude Baninter, creando por todos los medios, y

por encima de la intervención de la autoridad monetaria y de la judicial, un abanico de

protección que les procure la impunidad.

200.- Que, el señor Jesús Troncoso quien manifestò que sus actuaciones respecto del Banco

Intercontinental, S. A., se circunscribìan a los actos realizados en su condiciòn de abogado,

pretende desconocer que la profesión de abogado per se, no constituye una violación a la

ley, sino que prestar su participación como abogado o apoderado en operaciones que, en

teoría, eran netamente comerciales, pero cuya formación estuvo ligada a un capital obtenido

de manera ilícita, y que esto no podía serle ajeno o extraño a ese profesional liberal por

reconocer en sus propios actos, el origen y la fuente de los referidos recursos. La

responsabilidad en la que incurre Jesús Troncoso se acentúa cuando el perjuicio directo de

la extracción de los recursos que constituían el capital para formar las empresas lo sufría el

Banco Intercontinental, del cual éste era, no sólo su abogado sino secretario del Consejo de

Administración del mismo, y en esa virtud llamado a proteger los intereses de Baninter.

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Page 101: Acta acusacion baninter

3. Participación en el saneamiento de los recursos extraídos

201.- Que, en la operación de adquisición de la Editora Listín Diario, el señor Jesús María

Troncoso, una vez finalizada la fase de compra de los derechos accionarios de la Editora, la

supuesta garantía por la cual Baninter asumió el pago de los valores desembolsados, le fue

entregada por la Oficina de abogados Troncoso-Cáceres en fecha 4 de julio de 2000,

representada por Jesús María Troncoso Ferrúa, es decir, el certificado con acciones al

portador No.1, de Bear Park International, LTD, el cual retornó a manos del señor Jesús

María Troncoso Ferrúa en fecha 30 de octubre de 2000.

202.- De todo esto, resultó que Baninter contó con una “garantía” por un período mínimo,

que no alcanzó los cuatro meses. De igual forma, cabe resaltar que el indicado Jesús

Troncoso fue el representante de Bear Park en la compra de acciones de la Editora, por lo

cual, sin las acciones en su poder, Baninter se encontró desprovisto de la garantía que

justificaba el pago de la compra del Listín Diario, sin haber percibido nunca ningún tipo de

contrapartida por los desembolsos realizados.

203.- Una vez logrado el control de la Editora Listín Diario, como consecuencia de la

compra de las acciones indicadas a través de la entidad Bear Park International, Ltd, se

realizan las asambleas de lugar, a fin de designar como Presidente de la referida Editora, al

señor Ramón Báez Figueroa, y como Secretario al señor Jesús María Troncoso Ferrúa.

Ante esta participación directa en dicha operación, Jesús Troncoso declaró al Juez de

Instrucción lo siguiente: “no soy accionista de Bear Park International, y actué como

apoderado representante legal de dicha compañía, en el contrato de compra a solicitud del

señor Ramón Báez Figueroa, quien no tenía interés de involucrarse directamente, que en

ese entonces existía entre la familia Pellerano” “solamente fui apoderado y actué como tal

en esta transacción representando a Beapark y luego en la solicitud de préstamo en la

International Of Miami”.

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Page 102: Acta acusacion baninter

204.- Que, en cuanto al caso Aster, el cual se llevó a cabo mediante la fusión de diversas

empresas de la televisión por cable, en fecha 12 de junio de 2002, mediante la celebración

de una asamblea que designaba como Secretario al señor Jesús María Troncoso Ferrúa, y en

la cual también se produjo el cambio de nombre de Visión Dominicana de La Romana, por

el de Aster Comunicaciones, S. A. En el manejo de esta empresa, tal como se explicó con

anterioridad, se les generaba automáticamente préstamos virtuales, así como la

acumulación de sobregiros, los cuales llegaron a alcanzar la suma de RD$696,285,082.69,

monto este que fue cubierto con fondos propiedad de Baninter. En lo referente a este caso,

Jesús Troncoso expresó ante el Juez de Instrucción lo siguiente: “Nuestra misión se limitó

a confeccionar los contratos de compra y luego a fusionar todas estas diferentes

compañías en lo que es hoy Aster Telecomunicaciones, S. A[...]” “En este asunto quiero

reiterar que no soy accionista de Aster ni de ninguna de las compañías que se adquirieron,

que sólo actué como abogado en nombre de Troncoso Y Cáceres” .

205.- Que, el 29 de noviembre de 2001, la Intercontinental de Medios, S. A., representada

por su Presidente, señor Jesús María Troncoso Ferrúa, adquirió de manos del señor Leonel

Almonte y de personas vinculados con este, los derechos de propiedad de Radio Hin, C. Por

A., e Inversiones Contumax, S. A., lo cual permitió el control del 50% de los derechos de la

cadena de Telecomunicaciones denominada Antena Latina.. Esta transacción se realizó por

la suma de US$25,000,000.00, la cual fue asumida por el Banco Intercontinental, S. A., en

su totalidad, bajo las modalidades descritas con anterioridad en el presente escrito. No

obstante haberse probado la materialización de la transacción anterior, nótese la postura

adoptada por Jesús Troncoso al respecto, al decir que: “En cuanto a Radio Hin, C. Por A.,

e Inversiones Contumax, Rahintel era una compañía propiedad de Leonel Almonte y su

familia, quienes debían grandes sumas de dinero al Baninter, y ante la falta de pago

ofrecieron entregarlas en dación”; “En cuanto a que se señala en el sometimiento de que

esos activos fueron adquiridos con recursos de Baninter, desconozco si eso es verdad o no,

porque en ninguno de los casos, quien suscribe realizó pago a favor de ese concepto por los

vendedores”.

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Page 103: Acta acusacion baninter

206.- Que, en fecha 15 de julio del año 2002, la Intercontinental de Medios, S. A., en esta

ocasión representada por Marcos Báez Cocco, adquirió el 80% de los derechos de

propiedad de la entidad denominada Supercanal, C. Por A., por un precio de

US$15,500,000.00., lo cual fue pagado por Baninter según se lo afirmó el señor Francisco

Jorge Elías, representante de la entidad vendedora de Supercanal, Clearwater Industries,

LTD, mediante la comunicación que este dirigió al señor Jesús María Troncoso Ferrúa, en

fecha 4 de diciembre de 2002, en su calidad de apoderado especial de la empresa off shore

Calridge Investments, LTD, entidad esta que pretendían utilizar los compradores para

registrar los derechos adquiridos.

207.- Que, los recursos envueltos en el pago de dicha transacción fueron obtenidos del

Banco Intercontinental, mediante la creación de supuestos préstamos a favor de Calridge

Investments, LTD, empresa representada por Jesús Troncoso, la cual nunca honró ni tuvo la

intención ni probabilidad alguna de que dichos fondos retornasen al Baninter, resultando

finalmente, cancelados los aludidos “préstamos” sin que el Banco percibiera ningún valor o

contrapartida por los mismos. A todo esto, el señor Jesús Troncoso intenta divorciarse de la

realidad descrita y probada, cuando expresa que: “El suscrito en ninguna de las

compañías involucradas o citadas es accionista, o ha actuado como agente o

comisionista de las transacciones que en dichas compañías pudieron haberse

realizado; reitero que sólo recibimos el pago por los servicios profesionales rendidos a

favor de nuestra firma de abogados, aun en aquellos casos donde el suscrito ha figurado

como apoderado, para facilitar de la realización de las transacciones, siempre a solicitud

de los funcionarios del Baninter en cada caso”.

208.- Que, todo lo antes expuesto es más que una muestra de connivencia y contubernio; es

una participación activa en la práctica de orquestar empresas, no sólo como abogado y

apoderado de estas, sino que el mismo era en unos casos titular y en otros miembro de los

órganos controladores de dichas empresas, todo en aras de transparentizar los recursos

obtenidos dolosamente.

4. Participación de Jesús Troncoso desde el ejercicio de sus funciones

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209.- Que, es preciso resaltar lo siguiente: el señor Jesús María Troncoso, en su doble

calidad de miembro del Consejo de Directores y abogado externo del banco, estaba llamado

a proteger y actuar a favor de los intereses del Baninter, en relación a lo cual, quedó

establecido, según sus declaraciones, que dicho Consejo nunca tuvo conocimiento de las

actuaciones anormales y dolosas tales como préstamos tasa cero, que ni fueron pagados ni

contaron con garantías, entre otros, de los cuales el señor Jesús Troncoso tuvo no solo tenía

conocimiento, sino que hasta tuvo una participación directa en el manejo de esas

operaciones. El Consejo, según Jesús Troncoso, tenía conocimiento del manejo normal del

banco, no obstante, él, que jugó el triple rol de Secretario, abogado y miembro del equipo

que llevó a cabo el fraude, sí tenía conocimiento de las operaciones dolosas que se llevaban

a cabo de forma paralela y a espaldas del Consejo de Directores, sin hacer nada para

proteger los interés del banco al que estaba llamado a defender.

CALIFICACIÓN JURIDICA (TIPO PENAL)

210.- Que, según sus propias declaraciones, dadas ante el Juzgado de Instrucción, el señor

Jesús María Troncoso Ferrúa fue Secretario del Consejo de Directores del Banco

Intercontinental, S. A., desde el desde el año 1986. No obstante ello, también se desempeñó

como abogado en la instrumentación de una gran cantidad de operaciones jurídicas, y en

algunos casos también fungió de apoderado de compañías vinculadas a los señores Ramón

Báez Cocco y Luis Alvarez Renta, lo cual hace indiscutible su condición de mandatario

frente al Baninter.

211.- Que, al examinar los elementos probatorios existentes en el presente caso, nos

encontramos con que nada de lo ocurrido hubiese podido llevarse a cabo sin una persona

que se hiciese cargo de los amarres legales pertinentes, tanto en el proceso de extracción de

fondos como en el de limpieza y transparentización o lavado de activos producto de

infracciones graves. Sin embargo, además de su participación logística, Jesús Troncoso

colaboró, de forma personal y materialmente, en el proceso de extracción de fondos del

Baninter; tal es el caso de la off shore Blueridge Services Inc., cuyo representante y

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apoderado lo es Jesús Troncoso. Como dijimos, esta entidad fue utilizada para adquirir

cuatro plantas generadoras de electricidad. Las referidas plantas fueron compradas a la

compañía francesa Wartsila, S. A., a través de un préstamo que el banco extranjero BPN

Parivas otorgó al Baninter.

212.- Que, en virtud del aludido préstamo, Blueridge otorgaría a Baninter como garantía las

plantas eléctricas objeto de la compra, lo cual, nunca se llegó a formalizar, en

adición a unos inmuebles propiedad del Centro Médico Internacional (INCE). No obstante

haberse establecido en la aprobación de facilidades de crédito que los bienes antes

mencionados fungirían como garantía del préstamo otorgado, las compañías propietarias de

las mismas, Blueridge y Centro Médico (INCE), con posterioridad a esto, constituyeron una

tercera compañía denominada Auténtica, S. A., a la cual le aportaron en naturaleza los

bienes que eran la garantía del préstamo que Baninter había otorgado.

213.- Que, asimismo, fue construido un centro de generación con las unidades compradas

por Blueridge Services, cuya construcción fue encargada a la compañía Energía Eléctrica,

S. A., a un costo de US$3,542,634.32, mediante contrato de fecha 27 de mayo de 2002.1

Los desembolsos de pago para la realización de esta obra eran realizados por Baninter, a

través de una cuenta bancaria aperturada a nombre de Blueridge Services, Inc., y manejada

única y exclusivamente por el señor Jesús María Troncoso mediante el sistema de los

clásicos sobregiros, descrito con anterioridad en el presente escrito.

214.- Que, a través de Blueridge fueron extraídos del Baninter recursos en dólares

ascendentes a US$12,481,581.99, por un lado, y US$6,487,747.93, por otro. Cabe resaltar

que Baninter desembolsó los valores indicados bajo la apariencia de un préstamo cuya

garantía nunca llegó, ni los recursos desembolsados, y los títulos al portador que amparaban

el derecho de propiedad de los mismos se mantuvieron en posesión de Jesús María

Troncoso desde su formación hasta la intervención de la autoridad monetaria.

215.- Que, de igual forma, el señor Jesús Troncoso participó activamente en operaciones de

limpieza y transparentización o lavado de activos producto de infracciones graves, en los

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Page 106: Acta acusacion baninter

casos de las tiendas de zona franca, o tiendas duty free, así como en el caso de Beard Park

(Editora Listín Diario) en el cual detentó materialmente el certificado de acciones de dicha

entidad, sin que éste permaneciera en Baninter para fines de garantía; todo ello, sumado a la

tendencia a mentir y a ocultar información que demostró el señor Troncoso en su

comparecencia ante el Juez de Instrucción, evidencia de forma clara su vinculación con los

hechos criminales acontecidos.

216.- Que, esta participación caracteriza el abuso de confianza, al distraer fondos del

Baninter detentados en calidad de depósito y ostentando éste su calidad de Secretario del

Consejo de Directores de dicha entidad; y además caracteriza el lavado de activos al

evidenciarse las operaciones de limpieza y transparentización de activos realizadas por

dicho señor en su calidad de abogado de los señores Ramón Báez Figueroa, Luis Álvarez

Rentas y demás, así como en su calidad de apoderado de éstos en algunas compañías

vinculadas.-

217.- Que, por todas las razones antes expuestas, tanto de hecho como

de derecho y en virtud de las pruebas aportadas, la PROCURADURIA

GENERAL DE LA REPUBLICA, a través de su Departamento de

Prevención de la Corrupción Administrativa y la PROCURADURIA

FISCAL DEL DISTRITO NACIONAL, presenta formalmente

ACUSACION en contra del imputado JESUS MARIA TRONCOSO

FERRUA, cuyas generales de ley constan, por los crímenes de abuso de

confianza y lavado de activos provenientes de infracciones graves,

cuyos elementos constitutivos fueron oportunamente desarrollados;

crímenes estos previstos y sancionados por los artículos 408 del Código

Penal, 80 literales “d” y “e” de la Ley 183-02 (Código Monetario y

Financiero), y artículo 3, literales a, b y c; 4 y 18 de la Ley 72-02 sobre

Lavado de Activos, en perjuicio de la Sociedad y el Estado dominicano.

INFRACCIONES COMUNES

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Page 107: Acta acusacion baninter

218.- Que, establecidos los elementos de hecho que tipifican la violación al articulo 408 del

Código Penal que sanciona el abuso de confianza y la ley 72–02 sobre lavado de activos,

por parte de los señores Ramón Báez Figueroa, Luis Álvarez Renta, Marcos Báez Cocco,

Vivian Lubrano de Castillo y Jesús María Troncoso Ferrúa, hemos podido comprobar que

para el éxito de las citadas infracciones fue necesario e imprescindible una plataforma

delictiva previa, y paralela a la vez, que le permitiese sustentar sus operaciones,

transparentizarlas, y dar la apariencia de normalidad a todas las actuaciones que implicó un

fraude de esa envergadura. Los indicados señores incurrieron para cumplir su cometido en

la adulteración de estados, en el asentamiento de operaciones y datos inexistentes, en

distorsiones de informaciones, en manejos contrarios a las regulaciones bancarias,

ocultamiento de información, contabilidad paralela, saneamientos de cuentas, entre otras

cosas, todo lo cual dio lugar, inevitablemente a violaciones a la ley 183-02 y al articulo 147

del Código Penal, a saber, la falsedad.

219.- Que, para refrescar e identificar la comisión de estos hechos nos permitimos describir

los siguientes manejos y operaciones: -Mediante la apertura, manejo y operación de cuentas

corrientes a nombre de personas morales ficticias, desprovistas de toda documentación que

reflejase la existencia de dichas entidades o personas, y sin registros de firmas, procedieron

a realizar cargos a través de notas de débito a dichas cuentas por instrucciones internas,y

como consecuencia de ello, emitían cheques de administración sin que la cuenta contase

con los fondos líquidos previos. Entre las cuentas que obedecieron a este manejo podemos

citar, a título de ejemplo los casos Gaperán, S. A.(gastos personales de Ramón Bàez),

Bacosa (gastos personales de Báez Cocco), Finanza Empresarial, Consultoría Externa,

Cuenta de Resultados, Telecentro, Tokosha Enterprise, Intercontinental de Medios,

Inmobiliaria Intercontinental y Grupo Intercontinental, entre otros tantos ya mencionados

en este escrito.

220.- Que, con la apertura de las cuentas corrientes procedían a crear, de manera

automática, un préstamo virtual a favor de las mismas con el objeto de satisfacer el manejo

interno de la institución, ya que, en realidad los supuestos préstamos no obedecían ni a un

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Page 108: Acta acusacion baninter

requerimiento del supuesto cliente ni a la suscripción de ningún tipo de documentación u

obligación mínima que asegurase esos pagos, un ejemplo de lo cual, fueron los casos,

Bacosa, Telecentro y la cuenta de Vivian Lubrano de Castillo.

221.- Que, se registraban préstamos sin ningún tipo de soporte, sin la suscripción de una

obligación de pago, o algún documento donde se hiciera constar el compromiso de

reposición de los fondos desembolsados, tal es el caso de los préstamos a nombre de Alta

Financial Corporation, Interduty Free, Ltd., Aster Comunications, Ltd., Proyecto Apap y

Gaperán, S.A., por citar unos cuantos.

222.- Que, de igual forma, se registraron y desembolsaron préstamos, sin el proveimiento

de ningún tipo de garantía que representase, por un lado la obligación de un requisito

formal y consustancial al préstamo, y por otro lado como aval de respaldo en ocasión de un

eventual, pero en estos casos constante y reiterado, incumplimiento. Entre las operaciones

desprovistas de garantías podemos señalar a modo de ejemplo las siguientes: Ultra Export

Corporation, cuenta R. B. F., Miguel Franjul, Isla Visión, y Proyecto Apap.

223.- Que, en aras de presentar un estado falso de regularidad en la constitución y

desembolso de los préstamos, hacían constar garantías ilusorias, de imposible ejecución, o

cuyo proveimiento era retractado dejando en el aire el simulado respaldo. Dentro de este

tipo de simulación garantista podemos ubicar, a título de ejemplo, Bear Park, Ltd., Vincho

Castillo y Blueridge.

224.- Finalmente, procedían a realizar préstamos a una tasa de cero por ciento de interés a

favor de diversas cuentas, lo cual entra directamente en contradicción con el ejercicio de

toda actividad mercantil y más aun con la naturaleza propia de la banca, la cual sí debe

responder ante los ahorrantes pagándoles los intereses por los valores recibidos, que en el

caso de la especie Baninter se mantuvo pagando tanto el capital del préstamo

desembolsado, como la respuesta de pago de los intereses correspondientes de los

ahorrantes. Entre los casos donde se evidencia este tipo de concesiones podemos citar, el

caso de Bank Invest, Gaperán, Bacosa y Grupo Intercontinental.

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Page 109: Acta acusacion baninter

225.- Que, el grueso de estas operaciones no contaban con la autorización previa e

indispensable del Comité de Crédito ni fueron del conocimiento del Consejo de Directores,

a pesar de que parte de las personas que llevaron a cabo el fraude en perjuicio de Baninter o

formaban parte del consejo de directores y del comité de crédito o asistían a dichas

reuniones, ocultándoles a los demás miembros el manejo verdadero y la situación real del

Banco.

226.- Que, muchas de esas operaciones de préstamos fueron realizadas con empresas y

personas vinculadas y relacionadas a los funcionarios y accionistas del Banco

Intercontinental que hoy forman parte de los inculpados en este fraude. En relacion a esto,

si bien es cierto que es posible el otorgamiento de préstamos a personas vinculadas, no es

menos cierto que las operaciones antes descritas ni siquiera podían calificarse de préstamos,

ya que las mismas se encontraban desprovistas de toda documentación legal que las

apoyase, muchas no tenían firmas registradas, no era empresas existentes ni legalmente

constituidas, no se aportaba ninguna garantía y lo más importante, eran préstamos cuyos

valores nunca eran devueltos ni en capital ni en intereses, por lo cual estas operaciones no

se corresponden con los supuestos contenidos en los textos legales.

227.- Que, para cubrir los sobregiros realizados contra cuentas especiales, procedían a

transferir ese pasivo a otra cuenta interna del banco que tampoco tenía, ni nunca tuvo,

fondos, con lo cual se evidencia que lo asentado contablemente no se correspondía con la

realidad, ya que no nunca fueron suplidos los fondos para que operara en verdad la

transacción. De ahí que, las mal llamadas transferencias no fueron más que intentos de

“sanear” el proceso de extracción de fondos y cumplir, o más bien, intentar o aparentar

cumplir, con las normas reguladoras y de control. De lo anterior nos permitimos citar, a

título de ejemplo, los antes mencionados, memorandos confidenciales de fechas 22 de

enero y 10, 12 y 21 de marzo de 2003, por citar algunos casos donde se reflejaban las

transferencias antes indicadas.

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228.- Que, utilizaron un sistema de registro irregular y automático que permitía la

realización de transacciones fuera de los libros oficiales, mediante la transferencia

automática de depósitos del banco a los libros del sistema llamado "Interbanco", ocultando

al cierre del día el monto del sobregiro que originaban dichas operaciones. De esta forma se

llevaba un registro paralelo que les permitía, operar sin ningún freno ni supervisión, las

transacciones antes descritas, ajenas a los distintos departamentos, a los auditores, contables

y demás autoridades supervisoras.

229.- Que, los estados financieros acumulados y presentados reflejaban, frente al publico y

los organismos supervisores, al 31 de marzo de 2003, conforme al registro de sus libros,

unos activos ascendentes a RD$26,072,861,061.00 y los pasivos por

RD$23,179,977,428.00, lo cual no se correspondía con la realidad, tal y como lo certifica la

firma de auditores que les daba soporte a los directivos de Baninter, quienes, tal como se ha

señaldado con anterioridad, expresaron que: “... hemos sido enterados de la existencia de

transacciones que involucran montos sustanciales que no se reflejaban en los estados

financieros de Baninter entregados a nosotros para ser auditados y que nunca nos

fueron informados por la gerencia del Baninter, razón por la cual ignoramos los

detalles y modo de operación de las mismas y sus posibles consecuencias.- En

consecuencia, la falta de transparencia de tales transacciones deja sin validez las

representaciones y declaraciones dadas a nosotros por la gerencia de Baninter en el

curso de nuestras auditorias, tanto la correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de

diciembre del 2002 (la cual no fue concluida), como la de los años anteriores, en caso

de que dichas prácticas hubiesen sido ejecutadas en años anteriores como informan

nuestras fuentes. En vista de la importancia material y la gravedad de los asuntos

mencionados, es muy lamentable comunicarle que esta firma ha tomado la siguiente

decisión: Efectivo a la fecha de esta carta descontinuar su rol de auditor independiente de

Baninter.- Desligarnos de los estados financieros de Baninter de todos y cada uno de

los años anteriores al 2002, ya que los reportes de auditoria de esos años podrían no

tener validez por las distorsiones que pudieran haber ocurrido en los estados

financieros de esos años.”

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Page 111: Acta acusacion baninter

230.- Que, en el proceso de negociación con el Banco del Progreso, el primer balance

mostrando la incorporación del sistema interbanco a los registros oficiales al 31 de marzo

de 2003, evidenció que los activos no revelados sumaban más del triple de los balances

conocidos por las autoridades y el público, ascendiendo a un monto de RD$82,008

millones, frente a1 valor oficial de diciembre de RD$26,073 millones. La cuenta de activos

en libros al 31 de marzo de 2003 fue ajustada para reflejar esta situación en el componente

“otros activos”, donde se registraron gastos acumulados por largos años, así como castigos

de préstamos y sobregiros, que en conjunto sumaban mas de RD$48,000 millones. De esta

manera se distorsionó el valor registrado de la cartera y la partida de “otros activos” para

oficializar la transferencia de los depósitos totales que se venían manejando fuera de libros.

III. DESCRIPCION Y OFRECIMIENTO DE LOS

ELEMENTOS DE PRUEBA QUE MOTIVAN LA PRESENTE

ACUSACION Y QUE HABRÁN DE PRESENTARSE Y

EXHIBIRSE EN JUICIO.

I. PRUEBAS DOCUMENTALES (ESCRITAS)

1. Copia certificada de los documentos constitutivos de la sociedad comercial Banco Intercontinental, S.A. {Baninter}, por demostrar la constitución legal de la compañía.

2. Copia certificada de la licencia o autorización otorgada por la Junta Monetaria al Baninter para operar como entidad de intermediación financiera, por demostrar que el Baninter, en tanto institución de intermediación financiera, estaba sujeto a regulación legal por la Administración Monetaria y Financiera, léase, el Banco Central y de la Superintendencia de Bancos.

3. Copia certificada del acta de la asamblea general ordinaria anual del Baninter del 24 de abril de 2002 por demostrar que Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez, Vivian Lubrano y Jesús M. Troncoso, ostentaban la calidad de Presidente, Vicepresidente Ejecutivo de Operaciones, y Asistente del Presidente, Vicepresidente de negocios y Secretario, respectivamente, del Baninter, cuando ocurrieron los hechos punibles que se le imputan.

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4. Copia del borrador del informe de los Contadores Independientes, Estados Financieros Sobre Base Regulada e Información Adicional. 31 de Diciembre de 2002 del Baninter, por demostrar que las informaciones financieras contenidas en dicho estado eran totalmente distintas a las que se recogen en el anexo único de la carta de intención suscritos por los representantes del Grupo Progreso y del Baninter, del 24 de marzo de 2003, lo que evidencia la partición punible de los citados directivos del banco procesados, en la falsedad existente al respecto.

5. Copia certificada del anexo único de la carta de intención suscrita por Pedro E. Castillo L. a nombre del Grupo Progreso y Ramón Báez Figueroa, por el Baninter, del 24 de marzo de 2003, por demostrar que los estados de situación financiera de dicha institución bancaria difieren notablemente de los estados financieros publicados por esta entidad y de los puestos a disposición de la Superintendencia de Bancos, lo que evidencia la partición punible de los citados directivos del banco procesados, en la falsedad existente al respecto.

6. Copia certificada de carta enviada por Freddy Dolores Pérez, socio fundador de la PriceWaterhouse Coopers, a Ramón Báez Figueroa del 16 de abril de 2003, por demostrar que el Baninter bajo la administración de Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez, Vivían Lubrano y Jesús M. Troncoso, se alteraron y adulteraron las informaciones o registros financieros y contables de la entidad, además, de que esto se hacía, entre otros propósitos, para evitar la fiscalización de la Superintendente de Bancos, como para falsear o maquillar los estados financieros de dicho banco y reflejar una supuesta situación financiera de solvencia y liquidez falsa.

7. Copias certificadas de diferentes estados de situación financiera del Baninter 2001-2002, publicados en la prensa escrita, a saber: al 31 de marzo de 2001; al 30 de junio de 2001; al 31 de diciembre de 2001; y, al 31 de marzo de 2002; por demostrar que las partidas que se incluyen en dichos estados publicados y remitidos a las autoridades de la Administración Monetaria y Financiera difieren de modo considerable de las que se recogen en el anexo único de la supraindicada carta de intención de referencia, lo que evidencia la partición punible de los citados directivos del banco procesados, en la falsedad existente al respecto.

8. Copia certificada del estado de situación financiera del Baninter al 31 de junio de 2002, en donde se consignan tres (3) columnas, a saber: a) una de las partidas contables que aparecen en los libros o registros oficiales del Banco, otra, b) donde se registran las partidas que están fuera de los libros o registros oficiales del Banco y una última, c) donde se abarcan ambos balances, por demostrar que en el Baninter se llevaba una contabilidad oficial y otra oculta, lo que evidencia la partición punible de los citados directivos del banco procesados, en la falsedad existente al respecto.

9. Copia certificada del informe de cierre preparado por la Comisión Administradora del Baninter, nombrada en virtud de lo dispuesto en la Resolución Única de la Junta Monetaria del 7 de abril de 2003, de fecha 7 de julio de 2003, suscrito por Mario Dávalos, William Wall y Manuel de J. Viñas, con firmas debidamente legalizadas, el que tiene adjunto los siguientes documentos, a saber:

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9.1 Consultoría Externa, S.A. Balance al cierre de cada mes desde enero 2002 a marzo 2003.

9.2 Cuenta finanza empresarial al 21 de marzo de 2003,3- Situación real del patrimonio.

9.3 Relación de empresas y personas vinculadas y/o relacionados.9.4 Movimiento de cuentas de vinculados y/o relacionados entre 22 de enero al

21 de marzo de 2003. 9.5 Relación de préstamos US$ F.L. cancelados y pasados a cartera libro.9.6 Relación de préstamos US$ F.L. cancelados y pasados a cartera libro. 9.7 Relación de préstamos US$ F.L. cancelados y pasados a cartera libro. 9.8 Prestamos grupos. 9.9 Estado de situación financiera.(valores en RD$).9.10 Reporte de inversiones (OA01) al 30/06/2003. 9.11 Reporte de inversiones(OA01) al 31/03/2003. 9.12 Índice Morosidad y vencimiento.9.13 Memorandum al señor Juan Reyes de fecha 30/06/2003 referente a ajustes

contables.(con sus anexos). 9.14 Reporte de depósitos. 9.15 Relación de Certificados de inversión especial del Banco Central emitidos

por Baninter según plazos al 3 de julio de 2003.9.16 Endeudamiento con el Banco Central. 9.17 Estado de resultado al 30 de junio 2003. 9.18 Variación 30/07/03 a 07/04/03.9.19 Comunicación No.1490 Superintendencia de Banco al señor Ramón Báez

Figueroa.9.20 Inversiones en valores contra la cuenta.0-68091-00-0 cuenta especial de B.

C .R .D.9.21 Movimiento cuenta especial de B. C. R. D. desde 2 de septiembre 2002 a

21 de marzo de 2003.9.22 Movimiento cuenta No.9-23571-000-6 desde 1/09/2002 hasta 03/07/2003.,9.23 Inversiones en valores 20 marzo de 2003 (ver anexo 12).9.24 Memorandum del V. P. Banca Privada y Corporativa a V. P. Finanzas

referente a proyecciones año 2001 con sus anexos.9.25 Préstamos a vinculados y relacionados a la institución al 31 de mayo 2003.9.26 Evolución de Activos (inversiones, cartera de crédito, bienes adjudicados).9.27 Informe de gestión del Baninter 4/7/2003. División Internacional.9.28 Informe de gestión 4/7/2003, Baninter & Trsust Company (Trust.).9.29 Estrategia par a el traspaso ordenado de las sucursales de Baninter. 9.30 Operación de tarjetas de crédito, y, 9.31 Informe de centros de cómputos y sus respectivos anexos. (Informe de

contraloría, informe auditoria interna, informe sistemas {programación}, informe sistema {redes}).

Por demostrar, entre otros aspectos, los diferentes mecanismos de que se prevalecieron los citados coimputados que dirigían a el Baninter para perpetrar las ocultaciones y

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falsedades en los estados e informaciones contables y financieras de éste que se le imputan, lo que era del conocimiento de los citados directivos del banco coimputados.

10. Copia certificada del estado de resultado del Baninter, período 1986-2003, por demostrar las significativas diferencias que susciten entre las partidas de la cuenta de resultado de los estados financieros publicados y remitidos por los citados coimputados directivos del Baninter a las Administración Monetaria y Financiera y los reales, lo que era del conocimiento de los citados directivos del banco coimputados.

11. Copia certificada del Informe del Panel de Expertos Internacionales: “Crisis Bancaria Dominicana”. Versión revisada. Marzo 2005, preparado por los prestigiosos señores José Florencio Guzmán, Ernesto Livacic, Claudio Mauch y Miguel A. Ortiz a instancia del Fondo Monetario Internacional y el Gobierno Dominicano, por demostrar, entre otros aspectos, que en el Baninter operó un banco paralelo u oculto que registraba un volumen de operaciones dos veces superior al banco denominado oficial, lo que era del conocimiento de los citados coimputados directivos del Baninter.

12. Original del informe de auditoria externa especial preparado por la Firma PKF Internacional, Pannell Kerr Forter, Guzmán Tapia & Co. Sobre las: “Facilidades de Liquidez otorgada al Banco Intercontinental, Baninter, otorgados por el Banco Central, entre Septiembre 2002 y Junio 2003”, por demostrar, entre otros aspectos, que en el Baninter operó un banco paralelo u oculto que registraba un volumen de operaciones dos veces superior al banco denominado oficial, así como las implicaciones que esto representó para la comisión de otros fraudes cometidos en el Baninter por los coimputados, lo que era del conocimiento de los citados coencartados directivos del Baninter.

1. Prueba pericial:

13. Reporte de peritajes preparados por el Lic. Luis A. Aurich, al Magistrado Juez del Séptimo Juzgado de Instrucción del D. N., del 20 y 27 de octubre y 3 de noviembre de 2003, que reposan en su original en el tribunal, por demostrar, entre otros aspectos, de que forma operaba en el Baninter el programa denominado Interbanco, así como las implicaciones que esto representó para el manejo contable y financiero del banco, lo que era del conocimiento de los citados coencartados directivos del Baninter .

2. Prueba testimonial: 14. José Américo Montaño Guillen, ex Gerente de Valores del Baninter, con

domicilio social sito en la calle 2da. No. 37, Madre Viaja Sur, Urbanización Santes II, San Cristóbal, por demostrar que en el Baninter se efectuaban operaciones financieras identificadas como transacciones especiales que no eran objeto de registro formal o regular en los controles existentes en el banco o puesto a disposición de la Superintendencia de Bancos, así como operaba un programa informático que controlaba automáticamente estas transacciones especiales u ocultas.

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15. Príamo Concepción Rodríguez Veloz, ex Gerente de Contabilidad del Baninter, con domicilio sito en la Av. Principal, Manzana 36, No. 1, Altos, Ciudad Satélite Duarte (kilómetro 22 ½ de la Autopista Duarte), Santo Domingo, por demostrar que el programa denominado Interbanco que funcionaba en el Baninter era una especie de Libro Mayor, que servía para detallar operaciones especiales que no se reportaban en el estado de contabilidad analítica que se le enviaba a la Superintendencia de Bancos, lo que evitaba en consecuencia su fiscalización.

16. Iván Ulises Moquete Terrero, ex Gerente de Préstamos del Baninter, con domicilio sito en la Calle Rosa Rojas No. 54, El Rosal, Santo Domingo, por demostrar como funcionaba el programa informático que operaba en Baninter, respecto de unas series de transacciones especiales, verbigracia, la línea de cash reseve y la venta de cartera, las que por lo regular se utilizaban para distraer recursos a favor de los coimputados y que no eran objeto de registro formal o regular en los controles existentes en el banco o puesto a disposición de la Superintendencia de Bancos.

17. Lionel Miguel Senior H., ex Vicepresidente de Banca Privada del Baninter, con domicilio sito en la calle Max Henríquez Ureña No. 21, Edif. Criscar 17, apto. 502, Naco, Santo Domingo. Por demostrar que en el Baninter había operaciones financieras registradas dentro y fuera de libros.

18. Benita Ramona Castillo, ex Vicepresidenta de Finanzas del Baninter, con domicilio sito en la calle Gustavo Mejía Ricart, condominio Praderas 5, apto. D-201, las Praderas, Santo Domingo. Por demostrar que en el Baninter había operaciones financieras registradas dentro y fuera de libros.

19. Manuel Ramón Ruiz Álvarez, ex Segundo Vicepresidente del Departamento de Administración de Créditos del Baninter, con domicilio sito en la Av. Del Carmen, Edif. Martínez VII, Ensanche Naco, Santo Domingo, por demostrar que en el Baninter se efectuaban operaciones financieras que no eran objeto de registro formal o regular en los controles existentes en el banco o puesto a disposición de la Superintendencia de Bancos.

20. José Antonio Díaz Reyes, Subgerente de Operaciones de Data del Baninter, con domicilio sito en la calle Poma Rosa No. 26, Alameda, Santo Domingo, por demostrar en el Baninter había el registro e impresión de dos libros mayores, en donde se registraban operaciones y transacciones distintas.

21. Ramón Mola Manzueta, ex Asesor informático del Baninter. Con domicilio sito en la Calle Cordillera Central No. 140, Cancino, Santo Domingo, por demostrar como operaba el programa informático llamado Interbanco que funcionaba en el Baninter.

22. Máxima Aracelis Perdomo Cabrera, ex Gerente de Producción del Baninter, con domicilio sito en la calle Cuyaya No. H28, Villas Claudias, Altos de Arroyo Hondo I, Santo Domingo, por demostrar cómo funcionaba en el Baninter el equipo informático desde donde se operaba el programa llamado Interbanco en donde

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se registraban una serie de operaciones financieras que nunca estaban a disposición de la Superintendencia de Bancos.

23. Vicente Meran Zabala, ex Segundo Vicepresidente de Informática del Baninter, con domicilio sito en la calle Cordillera Central, esq. Pico Duarte No. 01, Colinas del Seminario III, Arroyo Hondo III, Santo Domingo, por demostrar como funcionaba en el Baninter el equipo informático en donde se operaba el programa llamado Interbanco en donde se registraban una serie de operaciones financieras que nunca estaban a disposición de la Superintendencia de Bancos.

24. Ismael de Jesús González Estrada, ex Vicepresidente del área de Finanzas del Banco de Progreso, con domicilio sito en la calle Arístides García Mella No.29, Mirador sur, por demostrar cómo se enteró él y los otros funcionarios del Progreso de que en el Baninter operaba un sistema contable oculto.

25. Giannina del Pilar Méndez de E., ex Vicepresidenta de Operaciones Locales del Baninter, con domicilio social sito en la calle Alberto Larancuent No.14, Torre Luis Antonio II, apto. 7-B, Ensanche Naco, Santo Domingo, por demostrar que en el Baninter se registraban sólo a lo interno de la entidad una serie de operaciones financieras que nunca estaban a disposición de la Superintendencia de Bancos ni en los estados financieros publicados por dicha entidad.

26. Benita Ramona Castillo Cruz, ex Vicepresidente de Finanzas del Baninter, con domicilio social sito en la calle Gustavo Mejía Ricart, condominio Praderas 5, apto. D-201, Las Praderas, Santo Domingo, por demostrar que en el Baninter se registraban sólo a lo interno de la entidad una serie de operaciones financieras que nunca estaban a disposición de la Superintendencia de Bancos ni en los estados financieros publicados por dicha entidad.

27. Laura Guerrero Castellanos de Sharp, ex Gerente Mercado de Divisas del Baninter, con domicilio sito en la Av. Central No. 17, Reparto Galá, Santo Domingo, por demostrar que a la compañía Alta Financial Corporation, nunca se le concedieron préstamos.

28. William V. Wall, ex Miembro de la Comisión Administrativa del Baninter, con domicilio en Santo Domingo, por demostrar los hallazgos fraudulentos encontrados por él y los demás miembros de la Comisión al llegar a el Baninter.

29. Zunilda Paniagua, ex Miembro de la Comisión de Administración del Baninter y actual integrante de la Comisión de Liquidación de dicha entidad, con domicilio sito en la calle Cayabacoa, No. 10, Los Cacicazgos. Por demostrar que en el Baninter existía un banco oculto, identificado como Interbanco, en donde se registraban una serie de operaciones financieras que nunca estaban a disposición de la Superintendencia de Bancos ni en los estados financieros publicados por dicha entidad.

30. José Clemente Taveras, miembro del equipo de trabajo de la Comisión Administradora del Banco Intercontinental, S.A., nombrada en virtud de la Resolución

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Única de la Junta Monetaria, del 7 de abril de 2003, encargado de todo lo concerniente a los centros de cómputos de la institución, domiciliado en esta ciudad de Santo Domingo, por demostrar de que forma operaba el Interbanco en el Baninter y se cargaban en las cuentas del Baninter los sobregiros o “préstamos” que se le concedían a los coimplicados en el caso.

31. Andrés Julio Espinal, miembro del equipo de trabajo de la Comisión Administradora del Banco Intercontinental, S.A., nombrada en virtud de la Resolución Única de la Junta Monetaria, del 7 de abril de 2003, encargado del área de tarjetas de crédito y posteriormente asumió la supervisión de los centros de cómputos de la institución, domiciliado en Santo Domingo, por demostrar de que forma operaba el Interbanco en el Baninter y se cargaban en las cuentas del Baninter los sobregiros o “préstamos” que se le concedían a los coimplicados en el caso.

32. Soriana López, miembro del equipo de trabajo de la Comisión Administradora del Banco Intercontinental, S.A., nombrada en virtud de la Resolución Única de la Junta Monetaria, del 7 de abril de 2003, empleada del Banco Central, que tomó control de las operaciones de los centros de cómputos, domiciliada en Santo Domingo, por demostrar de que forma operaba el Interbanco en el Baninter y se cargaban en las cuentas del Baninter los sobregiros o “préstamos” que se le concedían al señor al señor Ramón Báez Figueroa y a otros implicados en el caso.

33. Jeddy Medina, miembro del equipo de trabajo de la Comisión Administradora del Banco Intercontinental, S.A., nombrada en virtud de la Resolución Única de la Junta Monetaria, del 7 de abril de 2003, contratada a través del Banco Intercontinental, tuvo a su cargo la supervisión del área internacional y cambio extranjero, domiciliada en Santo Domingo, por demostrar que forma los coimputados se agenciaron recursos del Baninter, además, la cancelación o liberación de erogaciones fraudulentas, sin previo ingreso a favor del Baninter de dichos valores.

34. Freddy Dolores Pérez, ex Socio fundador de la firma PriceWaterhouse Coopers, con domicilio sito en la calle El Retiro No. 8, Ensanche Piantini, por demostrar que los estados financieros del Baninter elaborados por dicha firma de auditores no reflejaban la realidad de la situación financiero y contable del banco.

35. Luis Emilio Aurich, ex Perito designado por el Juez del Séptimo Juzgado de Instrucción del D. N., domiciliado en esta ciudad de Santo Domingo, por demostrar de que forma operaba el Interbanco en el Baninter y se cargaban en las cuentas del Baninter los sobregiros o “préstamos” que se le concedían al señor a Ramón Báez Figueroa y a otros implicados en el caso.

36. Melania Antonia Paulino M, ex Directora del Departamento de Inspección de la Superintendencia de Bancos, con domicilio sito en la calle El Vergel No.48, El Vergel, por demostrar que en el Baninter había un buen número de transacciones, la mayoría efectuadas con vinculados, que no se asentaban en los estados financieros y reportes remitidos a la Superintendencia de Bancos.

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37. Mirtha Altagracia Medrano Crespi, ex Intendente General y ex Asesora de la Superintendencia de Bancos, con domicilio sito en la calle El Valle No.3, Arroyo Hondo, Santo Domingo, por demostrar que en el Baninter había operaciones financieras y contables registradas fuera los libros e informes que se le suministraban a la Superintendencia de Bancos.

38. Albert Elías Atallah Lajan, ex Superintendente de Bancos, con domicilio sito en la calle Filomena Gómez de Coba No. 30, Serralles, Edif. Torre del Bosque apto. 3-B, por demostrar que en el Baninter operó un banco oficial, conocido, por las autoridades y otro oculto, o paralelo, que no era de su conocimiento hasta la intervención de las autoridades y el Grupo Progreso en éste.

39. José Julio Cross, ex Superintendente de Bancos, con domicilio sito en la calle Víctor Garrido Puello No. 15, Villa No. 03, Piantini, por demostrar que en el Baninter operó un banco oficial, conocido, por las autoridades y otro oculto, o paralelo, que no era de su conocimiento hasta la intervención de las autoridades y el Grupo Progreso en éste.

40. Francisco Antonio Díaz Morales, ex Secretario de la Junta Monetaria, con domicilio sito en la Av. Max Henríquez Ureña, casa No. 55, Ensanche Piantini, Santo Domingo, por demostrar cuándo conoció la Junta Monetaria la carta de intención suscrita por los representantes del Grupo Progreso y del Baninter, del 24 de marzo de 2003 y el anexo único de dicha comunicación.

41. Luis Manuel Augusto Piantini M., ex Miembro de la Junta Monetaria y asesor del Banco Central, con domicilio sito en la calle Manuel de Jesús Troncoso No. 77, Ens. Paraíso, por demostrar que en el Baninter hubo un registro irregular en las partidas de activos y pasivos, se efectuaban operaciones financieras que no eran objeto de registro formal en los controles existentes en el banco o puesto a disposición de la Superintendencia de Bancos, como que se alteraron los estados financieros.

EL TIPO PENAL DEL ABUSO DE CONFIANZA POR VIOLACIÓN CONTRACTUAL INCRIMINADO EN EL ARTÍCULO 408 DEL CÓDIGO PENAL.

3. Prueba documental.

42. Copia certificada de la comunicación enviada por Alexander Castillo, ex Gerente del Departamento Aéreo del Baninter, a Mario Dávalo, ex Miembro de la Comisión Administrativa del Baninter, del 5 de junio de 2003, por demostrar que los helicópteros que frecuentemente piloteaba eran del Baninter, entre otras informaciones relativas a este asunto.

43. Copias certificadas de la nota manuscrito enviada por Lourdes Báez a Marcos Báez, solicitándoles autorización para entrega de US$1,000.00 en efectivo para entregar a Ramón Báez Séller, hijo de Ramón Báez Figueroa, para viaje a Valley Furge Military Academy, y de la comunicación interna enviada por Marcos Báez acogiendo

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dicha solicitud y autorizando su entrega, a cargo de la cuenta consultas, por demostrar la distracción fraudulenta de recursos del Baninter destinadas para vinculados con Ramón Báez y la autorización otorgada al respecto por Marcos Báez.

Caso Gaperan, S.A.

44. Copia certificada de la impresión de pantalla hecha a lo interno del Baninter para la apertura de la cuenta corrientes Gaperan, No. 0-111-642-00-9 del 28 de febrero de 1996, por demostrar que a cargo de esta cuenta el señor Ramón Báez Figueroa distrajo más de mil millones del Baninter en su provecho y que Marcos Báez era el oficial o responsable de su manejo.

45. Copia certificada de la certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos, donde se establece que no existe ningún expediente relativo a la compañía Gaperan, S.A. del 23 de mayo de 2003, por demostrar que la denominación Gaperan, S.A. no existe como sociedad comercial para los fines fiscales.

46. Copia certificada de la impresión de pantalla hecha a lo interno del Baninter en donde consta que la cuenta corrientes Gaperan, No. 0-111-642-00-9, no tiene firmante definido, por demostrar las irregularidades con la manejaron Ramón Báez Figueroa y Marcos Báez esta cuenta.

47. Copia certificada del estado de cuenta Gaperan, S.A. desde el 20 de enero al 23 de mayo de 2003, conteniendo la nota de crédito No. 2521 por un monto total de RD$1,019,654,676.88, emitido por el Baninter, por demostrar en detalle los sobregiros que fueron hechos y transferidos en provecho de Ramón Báez Figueroa y a cargo de dicha cuenta, con autorización siempre de Marcos Báez.

48. Copia certificada de la ficha elaborada a lo interno del Baninter para contabilizar los sobregiros e ingresos sobre la cuenta Gaperan, S.A. al 22 de enero de 2003, conforme la cual se autorizaba acreditar a dicha cuenta la suma de RD$1,019,654,676.88, demostrar el modo en que operó el uso fraudulento en que se utilizó dicha cuenta.

49. Copia certificada del manuscrito hecho por Marcos Báez Cocco aprobando acreditar a la cuenta Gaperan, S.A. la suma de RD$1,019,654,676.88, por demostrar el monto envuelto en la distracción fraudulenta incurrida mediante el uso de dicha cuenta y la participación en este hecho de Marcos Báez.

50. Copia certificada del memorando confidencial dirigido por Marcos Báez a la señora Giannina Estévez, del 10 de marzo de 2003, autorizando una transferencia, a la cuenta Gaperan, S.A. de RD$26,816,1999.20, por demostrar la distracción de fondos hecha a cargo de dicha cuenta, así como la participación en este hecho por Marcos Báez Cocco.

51. Copia certificada de la impresión o emprinter que recoge la cancelación del “préstamo o sobregiro” a cargo de la cuenta Gaperan, S.A., por el monto de

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Page 120: Acta acusacion baninter

RD$26,816,1999.20 del 7 de marzo de 2003, por demostrar el modo fraudulento utilizado para simular la cancelación de dicho préstamo o sobregiro.

52. Copia certificada del memorando confidencial dirigido por Marcos Báez Cocco a la señora Giannina Estévez, del 21 de marzo de 2003, autorizando una transferencia, a la cuenta Gaperan, S.A. de RD$774,893.98, por demostrar la distracción de fondos hecha a cargo de dicha cuenta, así como la participación en este hecho por Marcos Báez .

53. Copia certificada de la impresión o emprinter que recoge la acreditación a la cuenta Gaperan, S.A., por el monto de RD$774,893.98, del 1 al 23 de marzo 2003, por demostrar el modo fraudulento utilizado para simular la cancelación de dicho “préstamo o sobregiro”, así como la participación en este hecho por Marcos Báez.

54. Copias certificadas de una muestra de los cheques girados en contra de la cuenta Gaperan, S.A., algunos de ellos con sus respectivas facturas y recibos, en pago de gastos y servicios personales brindados en provecho del señor Ramón Báez Figueroa y familiares vinculados suyos, por demostrar que los recursos distraídos del Baninter a cargo de dicha cuenta se destinaron en beneficio personal de Ramón Báez Figueroa y vinculados a él, con su expresa autorización y de Marcos Báez, a saber:

a. Por la suma de RD$149,592.00 para el pago de factura de la Patricia Álvarez

de Báez, a la Tienda “Casa Virginia, C. por A. amparado en la respectiva

solicitud interna de autorización de cheque dirigida al Marcos Báez por

Brenda Cepeda, la firma de dicho señor acogiendo dicha solicitud, el Cheque

de Administración No. 1669 del 16 de enero de 2002, el aviso de debito

correspondiente y las facturas que recogen los consumos hechos y pagados.

b. Por la suma de RD$50,148.72, para pago factura del Grupo Intercontinental, a

la compañía “Delta Comercial, C. por A”, por concepto de reparación del

vehículo Toyota Landcrusier.

c. Por la suma de RD$50,000.00, para pago mensualidad a la señora María Rosa

Zeller.

d. Por la suma de RD$23,500.00, para pago servicio doméstico del Condominio

Torre Libertador.

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Page 121: Acta acusacion baninter

e. Por la suma de RD$7,600.00, para pago factura de Codetel del señor Ramón

Báez Figueroa.

f. Por la suma de RD$1,039,087.03, para pago de factura a la empresa

“Mobiliaria Arena Gorda, S.A.”, constructora de la Villa Casa el Faro, en la

Marina Chavón.

g. La suma de RD$229,493.58, para pago factura del “Colegio Carol Morgan

School”, correspondientes a las colegiaturas de Eugenia Beatriz y María

Amelia Báez Zeller.

h. La suma de RD$148,711.75, para pago factura de Patricia Álvarez de Báez,

para pagar a la tienda de muebles “D’Arquin, S.A.”

i. La suma de RD$90,625.66, para pago factura a la empresa “Subero &

Asociados, Ingenieros Contratistas, S.A.”, remodelación de la obra de Bahía

Minita No. 4 y Villa Golf No. 148.

j. La suma de RD$83,000.00, para pago mensualidad a Patricia Álvarez de

Báez.

k. La suma de RD$68,400.00, para pago factura a Patricia Álvarez de Báez, a la

tienda de antigüedades europeas “Altri Tempi”.

l. La suma de RD$88,000.00, para pago mensualidad Patricia Álvarez de Báez.

m. La suma RD$85,861.49, para pago factura de Patricia Álvarez de Báez, a la

tienda “Alfonso Decoraciones, S.A.”

n. La suma de RD$83,000.00, para pago mensualidad de Patricia Álvarez de

Báez.

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Page 122: Acta acusacion baninter

o. La suma de RD$61,474.00, para pago factura de Patricia Álvarez de Báez a la

tienda “RCh Rosanna Chabebe”, por concepto de confección de tejidos.

p. La suma de RD$54,751.14, para pago factura de María Rosa Zeller, a la

agencia de viajes “Lido Travel, S.A.”, por concepto compra de boletos aéreos.

q. La suma de RD$52,000.00, para pago factura de Ramón Báez Figueroa,

correspondiente al mantenimiento del mes de marzo del Condominio Torre

Libertador.

r. La suma de RD$1,411,621.79, para el pago de factura a la empresa

“Mobiliaria Arena Gorda, S.A.”, constructora de la villa Casa del Faro, en

Marina Chavón.

s. La suma de RD$276,042.78, a la empresa “Subero & Asociados, Ingenieros,

Contratistas”, ejecutora obra Bahía Minita No. 9.

t. La suma de RD$200,000.00, para pago la factura de Patricia Álvarez de Báez

a la tienda “Ferrero, por concepto de herrajes de la residencia de Marina

Chavón.

u. La suma de RD$88,000.00, para pago mensualidad de Patricia Álvarez de

Báez.

v. La suma de RD$83,000.00, para pago de la mensualidad de Patricia Álvarez

de Báez.

w. La suma de RD$758,455.92, para pago factura a “Mobiliaria Arena Gorda,

S.A.”, constructora de la villa Casa del Faro, Marina Chavón.

x. La suma de RD$350,000.00, para acreditar a la cuenta de María Rosa Zeller.

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Page 123: Acta acusacion baninter

y. La suma de RD$171,000.00, para pago a Patricia Álvarez de Báez.

z. La suma de RD$52,000.00, para pago factura de Ramón Báez Figueroa,

correspondiente al mantenimiento del mes de mayo del Condominio Torre

Libertador.

aa. La suma de RD$15,988.50, para pago factura de Ramón Báez Figueroa, a la

“Farmacia Carol”.

bb. La suma de RD$4,750.00, para pago factura de Patricia Álvarez de Báez a la

floristería “Galería Floral”.

cc. La suma de RD$1,000.00, para pago factura de Ramón Báez Figueroa,

correspondiente a la cuota mensual de “Casa Campo Yacht Club”.

dd. La suma de RD$960.00, para pago factura del señor Ramón Báez Figueroa a

la “Farmacia Ricart”.

ee. La suma de RD$3,414,069.97, para pago factura de la compañía “Mobiliaria

Arena Gorda, S.A.”, constructora de la Villa Casa del Faro, en la Marina

Chavón.

ff. La suma de RD$356,677.20, para pago de factura a la empresa “Subero &

Asociados, Ingenieros Contratista, S.A.” ejecutora de la obra Bahía Minita

No. 9.

gg. La suma de RD$300,000.00, para pago factura a la empresa Rosangela Bobea

Brewster- Arquitecto Paisajista, para la ejecución del paisajismo de la Casa

del Faro, Marina Chavón.

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Page 124: Acta acusacion baninter

hh. La suma de RD$248,326.00, para pago factura de Ramón Báez Figueroa, a la

empresa “Krestel Sales Co., LTD”, constructora del muelle de la Villa Casa

del Faro.

ii. La suma de RD$170,710.00, para pago factura de Patricia Álvarez de Báez, a

la empresa “Ferrero”, por concepto del herrajes de la Villa Casa del Faro,

Marino Chavón.

jj. La suma de RD$107,229.60, para pago factura de Ramón Báez Figueroa a la

tienda “Casa Virginia, C. por A.”, por concepto de compra de varios artículos.

kk. La suma de RD$118,800.00, para pago factura de Ramón Báez Figueroa a la

agencia de viajes “Metro Tours”.

ll. La suma de RD$88,000.00, para pago mensualidad de Patricia Álvarez de

Báez.

mm. La suma de RD$75,000.00, para pago mensualidad de María Rosa Zeller.

nn. La suma de RD$60,928.17, para pago factura de Patricia Álvarez de Báez a la

empresa “Centro Cuesta Nacional”.

oo. La suma de RD$195,847.20, para pago factura de la señora Patricia Álvarez

de Báez, a tienda “Grupo Electro”, correspondiente avance equipos de cocina

para la villa Casa del Faro, Marina Chavón.

pp. La suma de RD$125,502.16, para pago factura de la señora Patricia Álvarez

de Báez a la tienda “Grupo Electro”, por concepto de compra de equipos de

cocina para la villa Casa del Faro, Marina Chavón.

qq. La suma de RD$75,000.00, para pago mensualidad a la señora María Rosa

Zeller.

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Page 125: Acta acusacion baninter

rr. La suma de RD$65,053.00, para pago factura del señor Ramón Báez Figueroa

a la empresa “Importaciones Diversas, S.A. (White-Westinghouse)”,

correspondientes a la compra de electrodomésticos para la villa Casa del Faro,

Marina Chavón.

ss. La suma de RD$125,502.16, para pago factura de la señora Patricia Álvarez

de Báez, a la empresa “Grupo Electro”, por concepto de compra de equipos de

electrodomésticos.

tt. La suma de RD$118,914.00, para pago factura de la señora Patricia Álvarez

de Báez, a la Señora Rosanna Chabebe, por concepto de confecciones de

cortinas y tapicerías para la villa Casa del Faro, Marina Chavón.

uu. La suma de RD$85,600.00, para pago factura del señor Ramón Báez Figueroa

al señor Francisco Aybar.

vv. La suma de RD$75,000.00, para pago la mensualidad de la señora María Rosa

Zeller.

ww. La suma de RD$1,646,030.00, para pago factura de la señora Patricia Álvarez

de Báez, a la “Tienda Nuevo”, por concepto de compra de mobiliarios varios.

xx. La suma de RD$1,195,157.45, para pago factura a la empresa “Mobiliaria

Arena Gorda, S.A.”, constructora de la villa Casa del Faro, Marina Chavón.

yy. La suma de RD$737,333.25, para pago factura a la empresa “Intercontinental

de Seguros, S.A.”, por concepto de pago de póliza de seguro marítima,

correspondiente al traslado del “Yate Patricia” de Francia a Florida.

125

125

Page 126: Acta acusacion baninter

zz. La suma de RD$646,030.00, para pago factura de la señora Patricia Álvarez

de Báez, a la “Tienda Nuevo”.

aaa. La suma de RD$316,425.00, para pago factura de la señora Rosa Bobea, por

concepto de ejecución del paisajismo de la villa Casa del Faro.

bbb. La suma RD$115,681.50, para pago factura de la señora María Rosa Zeller, a

la tienda “D’Arquin, S.A.”, por concepto de compra de mobiliarios varios.

ccc. La suma de RD$75,000.00, para pago mensualidad señora María Rosa Zeller.

ddd. La suma de RD$101,831.00, para pago factura a la empresa “Subero &

Asociados, Ingenieros y Contratistas”, constructora de la obra Bahía Minita

No. 9.

eee. La suma de RD$86,576.00, para pago factura de la señora María Rosa Zeller,

a la empresa “Casa Alegre”, por concepto de confección de cortinas y tejidos.

fff. La suma de RD$75,000.00, pago mensualidad señora María Rosa Zeller.

ggg. La suma de RD$557,750.41, para pago factura a “Subero & Asociados,

Ingenieros y Contratistas, S.A.”, constructora de la obra Bahía Minita No. 9.

hhh. La suma de RD$493,657.06, para pago factura a la empresa “Mobiliaria

Arena Gorda, S.A.”, constructora de la villa Casa del Faro, Marina Chavón.

iii. La suma de RD$200,000.00, para pago factura al Dr. J. José López.

jjj. La suma de RD$104,000.00, para pago factura del señor Ramón Báez

Figueroa, correspondiente a la cuota del mantenimiento del mes de diciembre

y cuota adicional del Condominio Torre Libertador.

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126

Page 127: Acta acusacion baninter

kkk. La suma de RD$52.000.00, para pago factura señor Ramón Báez Figueroa

correspondiente a la cuota del mantenimiento del mes de noviembre del

Condominio Torre Libertador.

lll. La suma de RD$750,841.75, para pago factura a la empresa “Subero &

Asociados, Ingenieros y Contratistas, S.A.”, constructora de la obra Bahía

Minita No. 9.

mmm. La suma de RD$75,000.00, para pago mensualidad señora María Rosa Zeller.

nnn. La suma de RD$69,577.00, para pago estado de cuenta de la tarjeta de crédito

de la señora María Rosa Zeller.

ooo. La suma de RD$61,364.80, para pago factura a la empresa “Celco

Electronics”, por concepto de trabajos realizados al Jeep Lexus del Señor

Ramón Báez (H).

ppp. La suma de RD$352,218.00, para pago factura tarjetas de créditos de los

señores Ramón Báez Figueroa, Patricia Álvarez de Báez, María Amelia Báez,

María Rosa Zeller y Silverio Almánzar.

qqq. La suma de RD$222,040.00, para pago factura a Colector de Impuestos

Internos, por concepto de pago IVSS de Bahía Minita No. 7, La Romana.

rrr. La suma de RD$192,305.55, para pago factura a la empresa “Costasur

Dominicana, S.A.”, por concepto de Suministro e Instalación Transformador,

villa Casa del Faro, Marina Chavón.

sss. La suma de RD$128,559.00, para pago factura “Colegio Carol Morgan

School”, por concepto de inscripción de Beatriz Báez Zeller.

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127

Page 128: Acta acusacion baninter

ttt. La suma de RD$130,903.19, para pago factura “Colegio Carol Morgan

School”, por concepto de inscripción de Beatriz Báez Zeller.

uuu. La suma de RD$75,000.00, para pago mensualidad señora María Rosa Zeller.

vvv. La suma de RD$52,000.00, para pago factura del señor Ramón Báez

Figueroa, correspondiente al mantenimiento del mes de febrero del

Condominio Torre Libertador.

www. La suma de RD$39,861.00, para pago tarjeta de crédito del señor Ramón Báez

Figueroa, Patricia Álvarez de Báez y María Amelia Báez.

xxx. Por la suma de RD$36,532.00, para pago factura de tarjeta de crédito del

señor Julio César Gil.

Caso Listín Diario y personas conexas

55. Copia de los documentos constitutivos de la entidad Bear Park International, LTD tanto en copia fiel al original como en traducción al castellano, así como el Certificado de incorporación correspondiente, en original y traducción legal, por demostrar la existencia legal de dicha compañía, así como el monto utilizado para su constitución legal.

56. Copia del poder legal otorgado por la entidad Bear Park International, LTD a Marcos Báez y/o Jesús María Troncoso, del 22 de noviembre de 1999, tanto en copia fiel al original como en traducción al castellano, por demostrar que ambos, coimputados, tenían el mandato legal de la compañía para representarle.

57. Copia certificada del memorando remitido a Marcos Báez por María del Pilar Cañas López del 27 de diciembre de 1999, mediante el cual se anexan los documentos y la relación correspondiente a la compra de acciones del Listín Diario a favor de Bear Park International, LTD, por demostrar la participación que tuvo Marcos Báez en la distracción fraudulenta de que se trata.

58. Copia del contrato de compraventa accionaría, suscrito entre Bear Park International, LTD y Sanoa Investment INC, Clipperton Development Corporation, Capella, S.A., Pamela Comercial, S.A., Pixys, S.A., Caribbean Group Corp., Calwood Development Inc., del 30 de junio de 2000, por RD$318 millones y US$17.600

128

128

Page 129: Acta acusacion baninter

millones, por demostrar de que forma se distrajeron en esta operación recursos del Baninter en provecho del señor Ramón Báez Figueroa y a la sociedad de su propiedad Bear Park International, LTD.

59. Copias certificadas de un conjunto de piezas que documentan de que modo se ejecutó la referida operación de compra accionaría, por demostrar de que forma se distrajeron fraudulentamente los recursos del Baninter para beneficiar a Ramón Báez Figueroa y a la sociedad de su propiedad Bear Park International, LTD, así como la participación punible que tuvieron, por demás, en esta operación fraudulenta Marcos Báez, Vivian Lubrano y Jesús M. Troncoso:

a. Copia certificada del memorando confidencial dirigido al comité de

crédito por Vivian Lubrano y Marcos Báez del 30 de junio de 2000, mediante

el cual se describe la forma de pago de las acciones de Listín Diario.

b. Copia certificada de la relación de deuda del Grupo Pellerano Nadal al

30 de julio de 2000. Copia de la comunicación a Jesús Troncoso Ferrúa, Bear

Park International, LTD, dirigida por Eduard J. Pellerano Nadal, en

representación de Capella, S.A., Pamela Comercial y Pyxis, S.A., y Donald

Guerrero O., en representación de Sanoa Investments Inc., Caribbean Group

Corp., Calwood Development Inc y Clipperton Development Corp, del 30 de

junio de 2000.

c. Copia del cheque No. 011747, de fecha 30 de junio de 2000, por

US$5,000,000.00, a la orden de Woodridge, Ltd. girado contra la cuenta de

Baninter and Trust, en el Bank Of América. N. A.

d. Copia certificada del recibo de descargo emitido por el Banco

Intercontinental, representado por Vivian Lubrano, por la suma de

RD$318,000,000.00, a favor de Pamela Comercial y Pyxis, S.A., Clipperton

Development Corp., del 30 de junio de 2000.

e. Copia certificada del recibo de descargo emitido por el Banco

Intercontinental, representado por Vivian Lubrano, por la suma de

RD$65,400,000.00, a favor de Pamela Codomotor, C. Por A., Mercantil

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Page 130: Acta acusacion baninter

Automotríz,C. Por A., Autogermánica AG, C. Por A., GPN Leasing, C. Por A.,

Tecnoplus, S.A., Inmobiliaria Repeco, C. Por A. y Eduardo Pellerano Nadal, en

fecha 30 de junio de 2000.

f. Copia certificada del recibo de descargo emitido por el Banco

Intercontinental, representado por Vivian Lubrano, por la suma de

US$10,000,000.00, a favor de Pamela Codomotor, C. Por A., Mercantil

Automotríz,C. Por A., Autogermánica, C. por A., GPN Leasing, C. Por A.,

Tecnoplus, S.A., Capella, S.A., y Eduardo Pellerano Nadal, del 30 de junio de

2000.

g. Copia certificada del recibo de descargo emitido por el Banco

Intercontinental, representado por Vivian Lubrano , por la suma de

RD$11,500,000.00, a favor de Eduardo Pellerano Nadal, del 30 de junio de

2000.

h. Copia certificada del recibo de descargo emitido por el Banco

Intercontinental, representado por Vivian Lubrano, por la suma de

US$12,038,098.84, a favor del Autogermana INC (Puerto Rico) y Eduardo

Pellerano Nadal, del 30 de junio de 2000.

i. Copia certificada del recibo de descargo emitido por el Banco

Intercontinental, representado por Vivian Lubrano, por la suma de

RD$55,529,821.69, a favor de Eduardo Pellerano Nadal, por valores adeudados

por este a favor de Bankinvest, S.A.

j. Copia certificada de la emisión de los Certificados de depósito del

Banco Intercontinental, S.A., del 30 de junio de 2000, marcados con los

números 7911 al 7916 por la suma de US$583,333.33, cada uno, a favor de

Marcer Consulting.

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Page 131: Acta acusacion baninter

k. Copia certificada de la emisión de los Certificados de depósito del

Banco Intercontinental, S.A., del 30 de junio de 2000, marcados con los

números 7917 al 7920 por la suma de US$250,000.00, cada uno, a favor de

Woodrige LTD.

l. Copia certificada de la emisión del Certificado de depósito del Banco

Intercontinental, S.A., del 30 de junio de 2000, marcado con el número 7921

por la suma de US$586,000.00, a favor de Woodrige LTD.

m. Copia certificada de la emisión de los Certificados de depósito del

Banco Intercontinental, S.A., del 30 de junio de 2000, marcados con los

números 7922 y 7923, por la suma de US$250,000.00, cada uno, a favor de

Woodrige LTD.

n. Copia certificada del aval de Baninter, emitido por Vivian Lubrano,

convirtiendo a Baninter en avalista de todas las obligaciones asumidas por Bear

Park International, LTD, en la compra de las acciones.

o. Copia certificado accionario número 239, por 727,192 acciones,

expedido por Listín Diario a favor de Bear Park International, LTD, del 19 de

octubre de 2000.

p. Relación de accionistas de la Editora Listín Diario al 1 de septiembre

de 2000.

q. Copia certificada de la solicitud y aprobación de facilidades de crédito,

expedida por el Banco Intercontinental, S.A., del 30 de junio de 2000, a favor

de Bear Park International, LTD.

r. Copia certificada de la impresión de la emisión del Banco

Intercontinental, mediante el cual se evidencia el registro de los préstamos

números 1-656892-01-4, 1-656892-02-2 y 1-656892-62-6.

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Page 132: Acta acusacion baninter

s. Copia certificada del memorando dirigido a Manuel Ruiz, con copia a

Vivian Lubrano, Marcos Báez, Lionel Senior y Danilo Bobadilla, del 4 de julio

de 2000, por la Gerencia Corporativa del Baninter y firmado por Julio G.

Julián, dando entrada a la documentación relativa a la compraventa accionaría

de la Editora Listín Diario.

t. Copia certificada del memorando dirigido a Manuel Ruiz, del 30 de

octubre de 2000, por la Gerencia de Banca de Inversión del Baninter, Georgia

del Rosario, pero firmada por Vivian Lubrano, solicitando la entrega del

Certificado accionario de Ramón Báez Figueroa y la sociedad de su propiedad

Bear Park International, LTD, para ser entregado a Jesús María Troncoso

Ferrúa.

u. Original del documento que contiene la transferencia electrónica hecha

por The International Bank of Miami, N.A. a favor del Bear Park International,

LTD por US$9,900,000.00 millones, vía el Baninter, quien fungió como

avalista de esta operación, del 13 de noviembre de 2000.

v. Original de la nota enviada por Zoraida Rosario a Georgia del Rosario,

del 14 de noviembre de 2000, solicitándole enviar instrucciones respecto del

destino final por darle a dichos fondos recibidos.

w. Original del memorandum confidencial dirigido por Zoraida Rosado a

Georgia del Rosario, del 30 de noviembre de 2000, informándole que a lo

interno del Baninter se registró como una deuda con el Banco International

Bank los señalados fondos remitidos a título de préstamo por dicha entidad a

favor de Bear Park International, LTD.

x. Copia certificada del cheque de administración No. 02-1004, de 6 de

junio de 2001, girado contra el Banco Intercontinental, S.A., a favor de Editora

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Page 133: Acta acusacion baninter

Listín Diario, C. por A., por concepto de “cuenta de Bear Park”, por la suma de

RD$218,500,000.00.

y. Copia certificada de cuatro (4) impresiones de la apertura de la cuenta

No.0656892013, referente al Listín Diario, de 6 de junio de 2001.

z. Copia certificada de impresión de la pantalla, relativa a la cuenta

No.0656892013, registrada a nombre de Bear Park International, LTD, donde

dice “no hay firmas capturadas para la cuenta No. 0656892013”, con la

respectiva certificación en original expedida por Juan Rafael Reyes, ex Co-

Vicepresidente Operaciones del Baninter, del 26 de junio de 2003, consignando

que dicha cuenta era manejada por su oficial, a Marcos Báez.

aa. Copia certificada del estado de los movimientos de la cuenta No.

0656892013, registrada a nombre de Editora Listín Diario, C. por A.

bb. Copia certificada del memorando confidencial dirigido por Zoraida

Rosado, ex Vicepresidenta de Operaciones Internacionales del Baninter a

Georgia del Rosario, Gerente de Banca de Inversiones del mismo banco del 1

de mayo de 2002, a los fines de confirmarle pago hecho con fondos del

Baninter por US$4,021,020.89 a favor de Bear Park International, LTD.

cc. Copia de la tercera enmienda introducida al contrato de prenda

comercial sobre acciones suscrito entre Bear Park International, LTD y The

International Bank of Miami, N. A. del 18 de diciembre de 2002, adjunto del

Certificado de acciones de Bear Park International, LTD en la Editora Listín

Diario, C. por A.

60. Copias de diversas piezas relativas a la vida social de la compañía Editora Listín Diario, C. por A., por demostrar la ejecución que se le dio a la referida operación de compra accionaría, así como la doble calidad que ostentaba en la compañía, Jesús M. Troncoso, y Ramón Báez Figueroa, de presidente y de accionista mayoritario de Bear Park International, LTD. y de la Editora Listín Diario, C. por A.:

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Page 134: Acta acusacion baninter

1. Copia del acta de la asamblea general ordinaria en funciones de asamblea

ordinaria y asamblea ordinaria anual de los accionistas de la sociedad Editora

Listín Diario, C. Por A., celebrada el 9 de noviembre de 2000.

2. Copia del acta de la asamblea general extraordinaria de los accionistas de la

sociedad Editora Listín Diario, C. Por A., celebrada el 9 de noviembre de 2000.

3. Copia del acta de la asamblea extraordinaria de los accionistas de la sociedad

Listín Diario, C. Por A., celebrada el 13 del mes de diciembre de 2001.

4. Aviso de convocatoria de fecha 3 de septiembre de 2002, a la Asamblea

general ordinaria no anual del 26 de septiembre de 2002, de la entidad Editora

Listín Diario.

5. Copia certificada del certificado de Registro Mercantil No. 1195SD de la

razón social Editora Listín Diario, C. por A., conjuntamente con la certificación

No.208/03, donde se hace constar que al 2 de julio de 2003 no se había

depositado nueva documentación en torno a la indicada Editora.

6. Copia de la declaración jurada de ratificación de poderes suscrita por Ramón

Báez Figueroa, del 30 de junio de 2003.

Caso Yate Patricia

61. Copia, debidamente traducida por interprete judicial, de la orden de compra realizada por Ramón Báez Figueroa a Azimut, SpA., representada por Vicenzo Poeiro, del yate tipo Benetti Vision, por un moto total de US$14,600,000.00, del 13 de septiembre de 2001, por demostrar los términos en que fue pactada la operación conforme la cual Ramón Báez Figueroa adquirió el yate en cuestión, entre otros puntos que son del interés del actual proceso.

62. Copia certificada de la certificación expedida por Juan R. Reyes, ex Co-Vicepresidente de Operaciones del Baninter, del 17 de diciembre de 2003, donde se recogen los valores entregados a título de “préstamos” por el Banco a la compañía Metro Yachts, con sus respectivas fechas y se consigna que con posterioridad a estas fechas, el 12 de marzo de 2003, estos y otros fueron cancelados a través de la cuenta

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Page 135: Acta acusacion baninter

Alta Financial, conforme documento anexo, por demostrar que dichas erogaciones coinciden con el calendario de pagos y montos por hacerle a favor de la compañía Azimut SpA. en ocasión de la referida operación, en consecuencia, como fueron distraídos valores del Baninter en provecho de Ramón Báez Figueroa, la participación punible que en esta operación tuvo Luis Álvarez Renta y/o su compañía Halified Overseas Ltd., así como fueron posteriormente cancelados sin haber ingresados dichos recursos al Baninter, entre otros puntos que son del interés del actual proceso.

63. Copia certificada de una relación de “prestamos” hechos por Baninter a favor de Ramón Báez Figueroa y empresas vinculadas a él, en donde se incluyen de manera específica y coincidencialmente todos los consignados en la precedente certificación, por demostrar que Ramón Báez Figueroa distrajo a su favor recursos del Baninter para adquirir y aprovisionar el yate de lujo Patricia.

64. Copia certificada del reporte de cancelaciones de “préstamos” otorgados por Baninter a favor de Ramón Báez Figueroa y otras personas o empresas vinculadas a él, en donde se incluyen, los consignados en los dos (2) anteriores documentos probatorios, del 12 de marzo de 2003, lo que se hizo a través del uso de la cuenta Alta Financial, por demostrar que Ramón Báez Figueroa se agenció en el Baninter, la cancelación o liberación de dichas erogaciones fraudulentas, sin previo ingreso a favor del Baninter de dichos valores.

65. Copia certificada de la comunicación electrónica remitida por Rosa Núñez a Pedro Hernández, funcionarios ambos de la Intercontinental de Seguros, S.A. solicitándole que el pago de US$31,600.00 para cubrir los gastos de transporte del yate Patricia de Francia a Estados Unidos, a cargo de la póliza de Intermarine Overseas, del 11 de septiembre de 2002, por demostrar la distracción de fondos hecha de la Intercontinental de Seguros, S.A. a favor de Intermarine Overseas, léase, en el contexto expuesto, del Ramón Báez Figueroa, entre otros puntos que son del interés del actual proceso.

66. Copia, debidamente traducida por interprete judicial, de la publicación de un diario de Italia que recoge el jubilo que provocó en Italia la inauguración del yate “Patricia” construido por la fábrica Benettí por encargo de un financista de Santo Domingo, por demostrar el lujo y el valor que representa el yate Patricia, así como que era de la propiedad de Ramón Báez Figueroa, conforme los actos previos y el contexto de la reseña hecha, entre otros puntos que son del interés del actual proceso.

67. Copia, debidamente traducido por interprete, de la reseña que recoge la revista Yachts International Magazine, en la edición de noviembre de 2002, acerca de las características que definen, la calidad y el lujo del yate Patricia, por demostrar el impacto que significó dentro del mundo de la navegación comercial internacional el yate Patricia, entre otros puntos que son del interés del actual proceso.

El mapa societario de las empresas de Telecomunicaciones propiedad y/o vinculadas con Ramón Báez Figueroa , Marcos Báez, y Jesús M. Troncoso

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Page 136: Acta acusacion baninter

68. Copias de sendos mapas societarios de las empresas del sector de las telecomunicaciones propiedad y/o vinculadas a Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez, Jesús Troncoso, contentivos en el reporte relativo a la auditoria legal sobre las empresas de telecomunicaciones hecha por la firma Steel Héctor & Davis, por demostrar la vasta red empresas del sector de las telecomunicaciones adquiridas y pertenecientes a Ramón Báez Figueroa y empresas vinculadas a él, comprendiendo por más de sesenta (60) estaciones de radio y tres (3) plantas televisivas, a Ramón Báez Figueroa., Marcos Báez, Jesús M.Troncoso.

Caso Leonel Almonte y compartes

69. Copia del acuerdo Transferencia de acciones, intervenido entre la Intercontinental de Medios, S.A. y Leonel Almonte y relacionados del 29 de noviembre de 2001, respecto del las compañías Radio HIN, C. por A. e Inversiones Contumaz, S.A.. por un precio de US$25 millones, por demostrar la participación punible que tuvieron en dicha distracción Ramón Báez Figueroa y el Lic. Jesús M. Troncoso.

70. Copia de carta dirigida por William V. Wall, ex Asesor del Banco Central y ex miembro de la Comisión Administrativa del Baninter a los Licdos. José Lois Markun y Julio Cross, ex Gobernador del Banco Central y Superintendente de Bancos del 20 de febrero de 2004, por demostrar la forma en que Ramón Báez Figueroa y Lic. Jesús M. Troncoso, se involucraron en la referida operación fraudulenta.

71. Copia del acta de la Asamblea Constitutiva de Intercontinental de Medios, S.A., lista de suscripción y estados de pagos y nómina de presencia en la señalada asamblea, todos, del 26 de septiembre de 2001, por demostrar la personalidad jurídica de dicha compañía, así como los accionistas nominales y reales que conforman la misma, en particular, que su principal accionista lo es la Inmobiliaria R. B, S.A.

72. Copia del informe de los auditores independientes preparado y enviado por el Lic. Orestes Romero V., Contador Público Autorizado, al Consejo de Administración y Accionistas de Intercontinental de Medios, S.A., del 19 de abril de 2002, con su Balance General adjunto al 31 de marzo de 2002, en donde, entre otras informaciones se consigna que a dicha fecha la compañía auditada tenia un “préstamo” vencido con el Baninter por US$12,900,000.00, por demostrar la forma en que Ramón Báez Figueroa distrajo cuantiosos recursos en dólares del Baninter a cargo de esta operación.

Caso Canal 27 UHF. C. por A. y Telecentro

73. Copia de los documentos constitutivos de Canal 27 UHF, C. por A.. del 7 de mayo de 1999, por demostrar la constitución legal de Canal 27 UHF, C. por A., así como quiénes eran los accionistas que integraban dicha sociedad.

74. Copia de diferentes actos de declaraciones de traspasos de acciones nominativas intervenidos entre Dr. Julio Hazim Risk, Michael Hazim Ruiz, Manuel Khalil Hazim Ruiz, Andrés Terrero, Bernardo Ledesma Méndez, Hugo Ant. Lombert y

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Page 137: Acta acusacion baninter

Ruth Esther Brea, a favor de Frecuencias y Medios, S.A.,Jesús Maria Troncoso, Miguel Ángel Ferreira; Ramón Antonio Tejeda, Gustavo A. Piccirillo L.; Marcial Pineda; y Raniel José Rodríguez; respectivamente, respecto de Canal 27 UHF. C. por A. del 14 y 16 de enero de 2002, por demostrar la compra que hizo Frecuencias y Medios, S.A. y los que aparecen como adquirientes en dichos actos.

75. Copia del protocolo o contrato suscrito entre Ramón Báez Figueroa y Manuel Guaroa Liranzo del 25 de mayo de 2000, con firmas legalizadas, por demostrar la fusión operada entre varias empresas del sector de las telecomunicaciones de los firmantes, entre otras estipulaciones.

76. Copia del documento donde se detallan los inmuebles propiedad de la entidad Norheim Investments Incorporated y otras compañías vinculadas a Ramón Báez Figueroa, así como su extensión superficial, su designación, el valor y la fecha de tasación, por demostrar la titularidad de la propiedad .

77. Copias certificadas de un conjunto de estados de cuentas de cheques de Telecentro abiertas en el Baninter, a saber.

a. El estado de cuenta del 1° al 30 de noviembre de 2002, de la cuenta No. 0-

373035-00-4 a nombre de Telecentro y que refleja un sobregiro acumulado de

RD$411,581,612.80, dicho estado tiene adjunto los cheques librados durante

este lapso.

b. El estado de cuenta del 1° al 31 de enero de 2003, de la cuenta No. 0-373035-

04-7 a nombre de Telecentro y que refleja un sobregiro acumulado de

RD$34,250,406.36, dicho estado tiene adjunto los cheques librados durante

este lapso, a título de ejemplo, a cargo de esta cuenta se libraron cheques bajo

la denominación de Mis República Dominicana, Bellezas Dominicanas, C.

por A.

c. El estado de cuenta del 1° al 31 de enero de 2003, de la cuenta No. 0-373035-

01-2 a nombre de Telecentro y que refleja un sobregiro acumulado de

RD$155,438,401.58, dicho estado tiene adjunto los cheques librados durante

este lapso.

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Page 138: Acta acusacion baninter

d. El estado de cuenta del 1° al 31 de enero de 2003, de la cuenta No. 0-373035-

00-4 a nombre de Telecentro y que refleja un sobregiro acumulado de

RD$435,868,538.38, dicho estado tiene adjunto los cheques librados durante

este lapso.

e. El estado de cuenta del 1° al 28 de febrero de 2003, de la cuenta No. 0-

373035-01-2 a nombre de Telecentro y que refleja un sobregiro acumulado de

RD$157,614,539.20, dicho estado tiene adjunto los cheques librados durante

este lapso.

f. El estado de cuenta del 1° al 28 de febrero de 2003, de la cuenta No. 0-

373035-04-7 a nombre de Telecentro y que refleja sobregiro acumulado de

RD$111,409,280.47, dicho estado tiene adjunto los cheques librados durante

este lapso.

g. El estado de cuenta del 1° al 28 de febrero de 2003, de la cuenta No. 0-

373035-00-4 a nombre de Telecentro y que refleja un sobregiro acumulado de

RD$457,785,629.56, dicho estado tiene adjunto los cheques librados durante

este lapso.

h. El estado de cuenta del 1° al 31 de marzo de 2003, de la cuenta No. 0-373035-

04-7 a nombre de Telecentro y que refleja un balance en cero, previo sobregiro

acumulado de RD$112,148,800.31, dicho estado tiene adjunto los cuarenta y

cuatro (44) cheques expedidos en este lapso, lo que se hizo bajo la razón social:

Mis República Dominicana, Bellezas Dominicanas, C. por A.

i. El estado de cuenta del 1° al 31 de marzo de 2003, de la cuenta No. 0-373035-

01-2 a nombre de Telecentro y que refleja un sobregiro acumulado de

RD$1,107,468.07, dicho estado tiene adjunto los cheques librados durante este

lapso.

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Page 139: Acta acusacion baninter

j. El estado de cuenta del 1° al 31 de marzo de 2003, de la cuenta No. 0-373035-

00-4 a nombre de Telecentro y que refleja un sobregiro acumulado de

RD$3,514,411.49, dicho estado tiene adjunto los cheques librados durante este

lapso.

k. El estado de cuenta del 1° al 31 de marzo de 2003, de la cuenta No. 0-694980-

00-5 a nombre de Telecentro y que refleja una nota de crédito que deja el

balance en cero.

l. El estado de cuenta del 1° al 31 de marzo de 2003, de la cuenta No. 0-373035-

05-5 a nombre de Telecentro y que refleja una nota de crédito que deja el

balance en cero;

m. El estado de cuenta del 1° al 30 de abril de 2003, de la cuenta No. 0-373035-

01-2 a nombre de Telecentro y que refleja un sobregiro acumulado de

RD$1,124,080.09, dicho estado tiene adjunto los cheques librados durante este

lapso.

n. El estado de cuenta del 1° al 30 de abril de 2003, de la cuenta No. 0-373035-

00-4 a nombre de Telecentro y que refleja un sobregiro acumulado de

RD$3,584,699.72, dicho estado tiene adjunto los cheques librados durante este

lapso.

o. El estado de cuenta del 1° al 30 de abril de 2003, de la cuenta No. 0-694980-

00-5 a nombre de Telecentro y que refleja un balance en cero.

p. El estado de cuenta del 1° al 30 de abril de 2003, de la cuenta No. 0-694980-

05-5 a nombre de Telecentro y que refleja un balance en cero.

Por demostrar la existencia de dichas cuentas de cheques, que estas pertenecían a

Telecentro, que el oficial de la mayoría de ellas lo era Marcos Báez, y, en especial, los

cuantiosos recursos del Baninter ascendentes a RD$1.885.427.868.03 que distrajeron a

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Page 140: Acta acusacion baninter

su favor Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez, Jesús M. Troncoso y/o de varias de las

personas o empresas vinculadas a él.

78. Copias certificadas de un conjunto de estados de cuentas de cheques del Canal 27 UHF, C. por A. abiertas en el Baninter, a saber:

a. El estado de cuenta del 1° al 31 de enero de 2003, de la cuenta No. 0-

644983-01-9 a nombre de Canal 27 UHF, C. por A., y que refleja un sobregiro

acumulado de RD$45,395,289.65, dicho estado tiene adjunto los cheques

librados durante este lapso.

b. El estado de cuenta del 1° al 28 de febrero de 2003, de la cuenta No. 0-

644983-01-9 a nombre de Canal 27 UHF, C. por A., y que refleja sobregiro

acumulado de RD$51,915,542.63, dicho estado tiene adjunto los cheques

librados durante este lapso.

c. El estado de cuenta del 1° al 31 de marzo de 2003, de la cuenta No. 0-

644983-01-9 a nombre de Canal 27 UHF, C. por A., y que refleja un balance en

cero, previo sobregiro acumulado y cancelado de RD$58,415,542.63.

d. El estado de cuenta del 1° al 31 de marzo de 2003, de la cuenta No. 0-

644983-00-0 a nombre de Canal 27 UHF, C. por A., que refleja un balance en

cero, previo sobregiro acumulado y cancelado de RD$216,536,711.21.

e. El estado de cuenta del 1° al 31 de marzo de 2003, de la cuenta No. 0-

644983-00-0 a nombre de Canal 27 UHF, C. por A., y que refleja un balance

en cero.

f. El estado de cuenta del 1° al 30 de abril de 2003, de la cuenta No. 0-

644983-01-9 a nombre de Canal 27 UHF, C. por A., y que refleja un balance

en cero.

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Page 141: Acta acusacion baninter

Por demostrar la existencia de dichas cuentas de cheques, que estas pertenecían a Canal

27 UHF, C. por A, que el oficial de la mayoría de ellas lo era Marcos Báez, y, en

especial, los cuantiosos recursos del Baninter ascendentes a RD$372.263.086.12 que

distrajo a su favor Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez, Jesús M. Troncoso y/o de

varias de las personas o empresas vinculadas a él.

79. Copias certificadas de varios memorandum confidenciales dirigidos por Marcos Báez a Giannina de Estévez el 12 y 21 de marzo de 2003, disponiendo debitar a la cuenta corriente 0-010611-01-0, finanza empresarial diferentes partidas enumeradas a continuación y acreditar las mismas de inmediato a diferentes cuentas del Canal 27 UHF, C. por A. y Telecentro, a saber:

a. Del 12 de marzo de 2003, conforme el cual se ordenó debitar a la

citada cuenta y acreditar a las cuentas de Canal 27 UHF, C. por A. Nos. 0-

664983-00-0 y 0-644983-01-9, entre otras, el monto de RD$274,952,253.84,

para simultáneamente efectuar su cierre.

b. Del 12 de marzo de 2003, conforme el cual se ordenó debitar a la

citada cuenta y acreditar a las cuentas de Telecentro Nos. 0-373035-00-4, 0-

373035-05-5, entre otras, el monto de RD$539,363,494.87; para

simultáneamente efectuar su cierre.

c. Del 21 de marzo de 2003, conforme el cual se ordenó debitar a la

citada cuenta y acreditar a las cuentas corrientes 0-373035-00-4 y 0-373035-01-

2, entre otras, la suma de RD$158.522.208.30. para simultáneamente efectuar

su cierre.

Por demostrar de que forma se manejaron los recursos del Baninter bajo la

administración y dirección de Ramón Báez Figueroa, así como revelan los astronómicos

recursos, ascendentes a RD$972,837,957.01 que fueron distraídos del Baninter a favor

de las empresas Telecentro y Canal 27, vinculadas a Ramón Báez Figueroa, Marcos

Báez, Jesús M. Troncoso y/o otros vinculados a ellos.

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Page 142: Acta acusacion baninter

80. Copias certificadas de un conjunto de memorandum, piezas, u ordenes de pagos hechos en sobregiros para pagar servicios de diferentes personas vinculadas a Telecentro y el Canal 27 UHF, a cargo de las cuentas abiertas a nombre de Telecentro y el Canal 27 UHF, a saber:

a. Hoja de distribución de ingresos de Canal 27 del 8 de abril de 2002,

sobre Orfelina (Sofia) Lachapel, donde se describe la posición y contrapartida

de la misma en dicho canal.

b. Memorando del departamento de recursos humanos de Baninter del 16

de abril de 2002, dirigido a Marcos Báez, quien firmó la misma, aprobando el

pago a realizarse mensualmente a favor de la vicepresidente de mercadeo y

ventas de Telecentro, S.A., Jeannette Rodríguez, por los montos que se

deduzcan del soporte adjunto, compuesto por una descripción de los beneficios

percibidos por la misma, entre los cuales se prevé la suma de US$2,000.00.

c. Memorando del departamento de recursos humanos de Baninter del 24

de abril de 2002, dirigido a Marcos Báez, quien firmó la misma, aprobando el

pago a realizarse mensualmente a favor de la principal narradora de RNN,

Canal 27, Orfelina Lachapel, por la suma de US$2,000.00.

d. Impresión del correo electrónico donde José Miguel Báez ordena el

aumento de sueldo del capitán de su bote, “Kris Magnus”, de fecha del 20 de

agosto de 2002.

e. Memorandum del departamento de recursos humanos de Baninter del

9 de septiembre de 2002, dirigido a Marcos Báez, quien firmó la misma,

aprobando el aumento de sueldo de US$2,500.00 a US$3,000.00, a favor de

Kristiaan M. León Magnus, capitán del bote de José Miguel Báez Figueroa.

f. Impresión de la compensación operada con cargo a la cuenta

Interdepartamental por la suma de RD$47,400.00, en fecha del 4 de marzo de

2003.

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Page 143: Acta acusacion baninter

g. Acto de venta de divisas solicitada por Baninter a Alta Financial

Corp., por la suma de US$2,000.00, a ser transferidos a Orfelina Lachapel,

empleada de RNN, canal 27, con cargo a la cuenta No. “4040 L”, en fecha del 4

de marzo de 2003.

h. Impresión de la compensación operada con cargo a la cuenta

Interdepartamental por la suma de RD$71,100.00, del 4 de marzo de 2003.

i. Acto de venta de divisas solicitada por Baninter a Alta Financial

Corp., por la suma de US$3,000.00, a ser transferidos a Kristiaan M. Leon

Magnus, con cargo a la cuenta No.“4040 L”, en fecha del 4 de marzo de 2003.

j. Cheque girado por Alta Financial Corporation, Florida, a favor de

Kristiaan M. León Magnus, por la suma de US$3,000.00, del 4 de marzo de

2003 y posterior depósito de dichos valores en la cuenta No. 5-197257-01-6, en

el Baninter, a nombre de Kristiaan Leon Magnus.

k. Impresión de la compensación operada con cargo a la cuenta

Interdepartamental por la suma de RD$47,400.00, del 4 de marzo de 2003.

l. Acto de venta de divisas solicitada por Baninter a Alta Financial

Corp., por la suma de US$2,000.00, a ser transferidos a Jeannette Rodríguez,

con cargo a la cuenta No.“4040 L”, en fecha 4 de marzo de 2003.

m. Acto de venta de divisas solicitada por Baninter a Alta Financial

Corp., por la suma de US$50,000.00, a ser transferidos a Vicente Meran, con

cargo a la cuenta denominada “consultas”, del 6 de marzo de 2003; y,

n. Cheque girado por Alta Financial Corporation, Florida, a favor de

Vicente Meran, por la suma de US$50,000.00, del 6 de marzo de 2003.

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Page 144: Acta acusacion baninter

o. Impresión de la compensación operada con cargo a la cuenta

Interdepartamental por la suma de RD$1, 152,500.00, del 7 de marzo de 2003.

Por demostrar que a través de dichos documentos se transfirieron recursos que fueron distraídas del Baninter, a cargo de varias cuentas corrientes de Telecentro y Canal 27 UHF, y que fueron a beneficiar a terceros relacionados con las reseñadas empresas propiedad y/o vinculadas a Ramón Báez Figueroa y Marcos Báez .

Caso RCC Entertainnment Co, Ltd, Radio Azul, S.A. y Sistema Nacional de Radiodifusión, C. por A.

81. Copia del acuerdo de transferencia de acciones intervenido entre Rosa I. García Miguel, Ingrid J. Báez, Eduardo Ant. Báez García, Sistema Nacional de Radiodifusión, C. por A. Henry Ant. Báez G. Sandra G. de Severino y Radio Azul, S.A., y Ondas y Medios, S.A. por RD$49 millones, del 23 de abril de 2002, por demostrar que Ramón Báez Figueroa y Lic. Jesús M. Troncoso, distrajeron considerables recursos del Baninter a los fines de ejecutar esta operación.

82. Copias de los diferentes actos declaraciones de traspaso de acciones nominativas intervenidas entre las partes citadas en el anterior contrato en fecha 17 del mes abril de 2002 y en ocasión de la destacada operación, por demostrar, por separado, de las formas contractuales del que se prevalecieron Ramón Báez Figueroa y Jesús M. Troncoso para distraer en su provecho recursos del Baninter.

83. Copia del acuerdo de transferencia de acciones intervenido entre Rosa I. García Miguel, Ingrid J. Báez, Eduardo Ant. Báez García, Sistema Nacional de Radiodifusión, C. por A. Henry Ant. Báez G. Sandra G. De Severino y Radio Azul, S.A., y RCC Entertainnment Co. Ltd., por RD$16 millones, del 23 de abril de 2002, por demostrar que Ramón Báez Figueroa, ahora a través de la compañía de su propiedad, RCC Entertainnment Co. Ltd., S.A., representada por su hermano, José Miguel Báez, distrajo recursos del Baninter.

84. Copias de un conjunto piezas que documentan la ejecución de los referidos contratos de compraventa accionarias hechos por Ramón Báez Figueroa y personas o empresas vinculadas a el, a saber:

a. Copias certificadas de “pagos recibos” por el Baninter de algunos de los citados señores que transfirieron sus acciones en ocasión de las referentes operaciones a los fines de abrir certificados financieros en el banco, del 24 y 26 de abril de 2002, a saber: De Rosa García, RD$19,396,126.85; RD$5,000,000.00; RD$5,000,000.00 y RD$3,812,049.39, respectivamente.

b. Copias certificadas de varios certificados financieros librados por el Baninter a favor de los citados señores, de RD$10,000,000, RD$9,396,126,85;

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Page 145: Acta acusacion baninter

RD$3,812,049.39; RD$5,000,000.00; RD$5,000,000.00; RD$4,293,000.00; RD$5,000,000.00; RD$5,000,000.00; RD$5,000,000.00; RD$5,000,000.00 y RD$5,000,000.00; del 26 de abril, de 2002 y 3 de marzo de 2003; respectivamente.

c. Copia certificada de una hoja de consulta clientes en detalle expedida por Baninter, respecto de una de los señores a los cuales Ramón Báez Figueroa y personas y empresas vinculadas a el, le adquirieron derechos con fondos del Baninter, en particular de Rosa García Miguel y/o Ingrid B., impresa el 21 de mayo de 2003.

d. Copias certificadas de siete (7) cheques de administración librados por Baninter en provecho de los citados señores y entidades, a los fines de ejecutar lo acordado en dichos contratos, librados todos el 27 de mayo de 2002.

Por demostrar de que modo fueron distraídos recursos de Baninter a favor de Ramón Báez Figueroa y personas y empresas vinculadas a el en ocasión de las precedentes dos operaciones de compras accionarías.

85. Copia del acta de la asamblea general ordinaria de Radio Azul, S.A. del 18 de abril de 1994, la respectiva lista de presencia a dicha junta general, por demostrar que la mayoría de los que figuraron como vendedores de acciones en los actos que anteceden tenían la calidad de accionistas en dicha compañía.

Caso Ana Luz Pimentel y compartes y Radio Mil, C. por A.

86. Copia de diversas declaraciones de traspasos de las acciones nominativas intervenidas entre Alicia Jiménez, Ana Luis Pimentel, Celeste Pimentel, Harolyn Sophia Pimentel, Manuel Maria Pimentel, Noris P. Vargas, José Penzo Lodier, Operadora Technihotel, C. Por A., Waldo Pons Cabral a favor de Ray Overseas Ltd., representada por Jesús Maria Troncoso, respecto de Radio Mil, C. Por A. del 28 de noviembre de 1998, por demostrar la participación punible que tuvieron en dicha operación punible Ramón Báez Figueroa y Jesús M. Troncoso de Radio Mil, C. Por A.

87. Copia de la declaración de traspaso de 50,000 acciones nominativas intervenido entre Ray Overseas LTD a favor de Frecuencias y Medios S.A., representada por Marcos Báez del 16 de enero de 2002, por demostrar el traspaso accionario hecho a favor de Frecuencias y Medios S.A., representada por Marcos Báez, respecto del capital accionario de Radio Mil, C. por A., léase, de que forma, fueron distribuidos los referidos derechos adquiridos con fondos del Baninter, entre los coimputados, Ramón Báez Figueroa y Marcos Báez.

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Page 146: Acta acusacion baninter

Caso de Isla Visión, S.A. y. Bloque Interactivo de Televisión y Radio S.A.

88. Copia de los documentos constitutivos de Isla Visión, S.A. del 21 de febrero de 1996, por demostrar la constitución legal de Isla Visión, S.A., así como quiénes eran los accionistas nominales que integraban dicha sociedad.

89. Copia de diferentes actos de declaraciones de traspasos de acciones nominativas intervenidos entre Lic. Andrés Terrero, George Bahsa, Leoncio A. Rodríguez, Maria del Rosario Quezada M., Cinthia A. Encarnación, Pedro Peguero Sánchez, Pablo Sánchez, a favor de Ondas y Medios, S.A. Anarquí Santos; Miguel Ángel Ferreira; Raniel, José Rodríguez; Ramón Antonio Tejeda; William R. Rodríguez; Pedro Peguero Sánchez y Miguel Ángel Ferreira, respectivamente, respecto de Isla Visión, C. por A. del 16 de enero de 2002, por demostrar la compra que hizo Ondas y Medios, S.A. y los citados señores que aparecen como adquirientes en dichos actos, léase, Ramón Báez Figueroa y Marcos Báez, de Isla Visión, C. por A.

90. Copia certificada del informe de los auditores independientes, preparado por el Lic. Orestes Romero V., al Consejo de Administración y Accionistas de Ondas y Medios, S.A. al 31 de marzo de 2002, del 19 de abril de 2002, por demostrar el estado financiero que para la fecha mostraba dicha compañía, en particular, los datos de que dicha compañía registraba como activos, la propiedad del 100% del capital del Isla Visión, S.A.; y el 50% del capital social de Comunicación Mundial, S.A., según el aludido reporte elaborado por el citado Contador Público Autorizado.

91. Copias certificadas de doce (12) consultas de “saldos de préstamos”, respecto de varias de las cuentas de cheques abiertas en Baninter a nombre de Isla Visión, S.A., vía el mecanismo de sobregiros, con apertura del 20 de marzo de 2003, por un monto global de RD$1,065,690,717.32, en ocasión de la referida operación realizada por Ramón Báez Figueroa y/o la referida empresa o personas vinculadas a él, por demostrar de que forma Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez y/o la referida empresa o personas vinculadas a ellos distrajeron del Baninter los recursos que se destinaron a su favor para consumar la señalada compra de Isla Visión, S.A.

92. Copia de la comunicación dirigida por el Dr. Julio Hazim y Michael Hazim a Kerima Marra, Cesar Gómez Díaz y Otto Peralta, en su calidad de miembros de la Comisión de Liquidación del Baninter, del 22 de diciembre de 2003, por demostrar que por concepto de las operaciones de adquisiciones, de Isla Visión, S.A. y el Bloque Interactivo, S.A., Ramón Báez Figueroa y Marcos Báez distrajeron recursos del Baninter a su favor y de las citadas empresas vinculadas a ellos, por la astronómica cifra de RD$1,195,182,545.67 y RD$239,235,302.74, respectivamente.

93. Copia de la lista de suscritores y estado de pagos de Frecuencias y Medios, S.A. del 12 noviembre de 2001, por demostrar quiénes eran los accionistas nominales de dicha compañía, en particular, que el mayoritario de ellos lo era Inmobiliaria R. B., S.A.

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Page 147: Acta acusacion baninter

94. Copia de los documentos constitutivos de Bloque Interactivo de Televisión y Radio S.A., del 14 de marzo de 1997, por demostrar la personalidad jurídica del Bloque Interactivo de Televisión y Radio, S.A., así como quiénes eran los accionistas nominales que integraban dicha sociedad.

95. Copia de diferentes actos de declaraciones de traspasos de acciones nominativas intervenidos entre el Dr. Julio Hazim Risk, Margarita Díaz Mordan, Miguel Ant. Lombert R., Junior G. Espinosa González, Maria L. Guzmán S., Suander de los Santos a favor de Frecuencias y Medios, S.A., representada por Marcos Báez Cocco, Jesús M. Troncoso Ferrua, Anarquí Santos; Miguel Ángel Ferreira; Raniel, José Rodríguez; Ramón Tejeda; y Marcial Pineda, respectivamente, del 16 de enero de 2002, por demostrar la compra que hizo Ondas y Medios, S.A. y los citados adquirientes en dichos actos, léase, Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez y Jesús Maria Troncoso, del Bloque Interactivo de Televisión y Radio S.A.

96. Copia certificada del informe de los auditores independientes, preparado por el Lic. Orestes Romero V., al Consejo de Administración y Accionistas de Frecuencias y Medios, S.A. al 31 de marzo de 2002, del 19 de abril de 2002, por demostrar el estado financiero que para la fecha mostraba dicha compañía, en particular, los datos de que dicha compañía registraba como activos, la propiedad del 100% del capital del Canal 27; el 67% del capital social de Hemisferio, S.A., el 69% del capital social de Radio Landia, C. por A. y el 75% del capital social de Radio Mil, C. por A., según el aludido reporte elaborado por el citado Contador Publico Autorizado.

Caso Supercanal

97. Copias certificadas de los Cheques Nos. 3690 y 3738 del 9 y 21 de mayo de 2002, No.4774 de febrero de 2002 por RD$518,718.48; RD$383,033.86 y RD$11,600.00, respectivamente, librados en sobregiros por Supercanal a cargo de la cuenta abierta en el Baninter, en ocasión de ejecución de contrato de compra accionaría hecha por Ramón Báez Figueroa a Supercanal, por demostrar que los fondos consignados en dichos cheques fueron distraídos del Baninter por Ramón Báez Figueroa en ocasión de la compra que hizo de derechos accionarios en la compañía Supercanal, S.A.

Caso del Grupo e Inmobiliaria Intercontinental

98. Copia de un conjunto de documentos corporativos del Grupo e Inmobiliaria Intercontinental y el Baninter, a saber:

a. Lista de suscritores y estado de los pagos de la compañía Inmobiliaria Intercontinental, S.A del 29 de septiembre de 1988.

b. Acta de la Asamblea General Constitutiva de la compañía Inmobiliaria Intercontinental, S.A., del 30 de diciembre de 1988.

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Page 148: Acta acusacion baninter

c. Acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas del Grupo Intercontinental, S.A., donde se constata que su Presidente lo era Ramón Báez Romano y el secretario Jesús Maria Troncoso, del 15 de agosto de 1994.

d. Acta de la Asamblea General Ordinaria del Baninter del 24 de abril de 2002.

Por demostrar la constitución legal de las compañías Inmobiliaria Intercontinental, Grupo Intercontinental y el Baninter, así como, el conocer cuáles eran los accionistas de las dos primeras sociedades comerciales.

99. Copia certificada del contrato de compraventa suscrito entre el Banco Central e Inmobiliaria Intercontinental S.A., en virtud del cual se le vendió a dicha compañía un inmueble por un precio de RD$120 millones, del 8 de mayo de 2000, por demostrar la compra hecha por la Inmobiliaria Intercontinental, S.A., de un inmueble.

100. Copias certificadas de un conjunto de cheques de administración librados por el Baninter a favor del Banco Central del 25 de julio del año 2000 al 4 de marzo de 2003, en ocasión de la ejecución del precio pactado en el acto precedente, por demostrar que a pesar de que los fondos destinados para la aludida compra provinieron del Baninter, la titularidad de esta propiedad adquirida se puso a nombre de otra compañía, controlada por Ramón Báez Romano, padre de Ramón Báez Figueroa.

De los operaciones reveladas por los memorandums confidenciales del 10 a 22 de

marzo de 2003

101. Copias certificadas de varios memorandum confidenciales dirigidos por Marcos Báez a Giannina de Estévez del 10 al 22 de marzo de 2003, disponiendo debitar, acreditar y cerrar cuentas diversas, vinculadas a Ramón Báez Figueroa, a él, así como a empresas o personas vinculados a ambos, conforme las siguientes descripciones, a saber:

a. Del 10 de marzo de 2003, conforme el cual se ordenó debitar a la cuenta corriente No. 0-010611-01-0, por RD$7,939,474,435.11, para simultáneamente acreditarlo a varias cuentas detalladas en documento anexo y efectuar su cierre.

b. Del 10 de marzo de 2003, conforme el cual se ordenó debitar a la cuenta corriente No. 0-010611-01-0, por RD$2,540,564,440.57, para simultáneamente acreditarlo a varias cuentas detalladas en documento anexo y efectuar su cierre.

c. Del 12 de marzo de 2003, conforme el cual se ordenó debitar a la cuenta corriente No. 0-010611-01-0, por RD$312,317,324.43, para

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Page 149: Acta acusacion baninter

simultáneamente acreditarlo a varias cuentas detalladas en documento anexo y efectuar su cierre.

d. Del 12 de marzo de 2003, conforme el cual se ordenó debitar a la cuenta corriente No. 0-010611-01-0, por RD$1,791,217,120.81, para simultáneamente acreditarlo a varias cuentas detalladas en documento anexo y efectuar su cierre.

e. Del 21 de marzo de 2003, conforme el cual se ordenó debitar a la cuenta corriente No. 0-010611-01-0, por RD$231,431,094.48, para simultáneamente acreditarlo a varias cuentas detalladas en documento anexo y efectuar su cierre; y,

f. Del 21 de marzo de 2003, conforme el cual se ordenó debitar a la cuenta corriente No. 0-010611-01-0, por RD$25,792,667.04, para simultáneamente acreditarlo a varias cuentas detalladas en documento anexo y efectuar su cierre.

Para demostrar de que forma se manejaron los recursos del Baninter bajo la administración y dirección de Ramón Báez Figueroa, así como los montos que fueron distraídos del Baninter a favor de empresas y personas vinculadas a Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez, Vivian Lubrano, Jesús M. Troncoso, Luis Álvarez Renta y/o empresas o personas vinculadas a ellos.

Prueba pericial:

102. Reporte de peritajes preparados por el Lic. Luis A. Aurich, al Magistrado Juez del Séptimo Juzgado de Instrucción del D. N., del 20 y 27 de octubre y 3 de noviembre de 2003, que reposan en su original en el tribunal, por demostrar, entre otros aspectos, de que forma Ramón Báez Figueroa y los otros implicados en el caso distrajeron en su provecho cuantiosos recursos del Baninter, vía el mecanismo de los sobregiros y préstamos.

Prueba testimonial:

103. Manuel Ramón Ruiz Álvarez, ex Segundo Vicepresidente del Departamento de Administración de Créditos del Baninter, con domicilio sito en la Av. del Carmen, Edf. Martínez VII, Ensanche Naco, Santo Domingo, por demostrar como operaba la cuenta Gaperan, S.A.

104. Giannina del Pilar Méndez de E., ex Vicepresidenta de Operaciones Locales del Baninter, con domicilio social sito en la calle Alberto Larancuent No. 14,

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Page 150: Acta acusacion baninter

Torre Luis Antonio II, apto. 7-B, Ensanche Naco, Santo Domingo, por demostrar de que forma funcionaba el uso frecuente de la cuenta Gaperan, S.A.

105. Flora Danilsa de las Mercedes Herrera, ex 2da. Vicepresidenta del Departamento de Contabilidad del Baninter, con domicilio sito en la calle 27 Oeste, residencial, Daniel Mauricio II, Edif. A, apto. 202, las Praderas, Santo Domingo, por demostrar los mecanismos utilizados a lo interno del Baninter para utilizar y cargar a la cuenta Gaperan, S.A.

106. José Miguel Subero, ex Contratista del Baninter y personal del señor Ramón Báez Figueroa, con domicilio sito en el Paseo del Jaque No. 9, Los Ríos, Santo Domingo, por demostrar de que forma operaba la tramitación y la distracción de los recursos del Baninter en provecho de Ramón Báez Figueroa.

107. Mauro Caslini, ex Intermediario en la operación de compraventa del yate Patricia, con domicilio sito en esta ciudad de Santo Domingo, por demostrar de que manera se efectuó la referida operación, la participación que en ella tuvo él, Ramón Báez Figueroa, Luis Álvarez Renta y/o empresas vinculadas a ellos, entre otros aspectos de interés del actual proceso.

108. Juan R. Reyes, ex Co-Presidente de Operaciones del Baninter, con domicilio sito en esta ciudad de Santo Domingo, por demostrar de que forma fueron distraídos recursos del Baninter a través de varios “préstamos” otorgados a Ramón Báez Figueroa o empresas vinculadas a él, así como fueron cancelados éstos con posterioridad.

109. Orestes Romero V., Contador Público Autorizado que preparo para los respectivos Consejos de Administración y accionistas de las compañías Islas Visión, S.A. y Frecuencias y Medios, S.A. informes de los auditores independientes, al 31 de marzo de 2002, por demostrar cuáles eran los estados financieros que presentaba para la fecha evaluada, las referidas compañías auditadas por él y su firma.

110. Julio Hazim, persona que le vendió conjuntamente con su hijo, Michael Hazim, a Ramón Báez Figueroa y/o las citadas empresas vinculadas a él, la compañía Isla Visión, S.A. y el Bloque Interactivo de Radio, S.A., con domicilio en esta ciudad de Santo Domingo, por demostrar que los valores envueltos en la referida operación ascendieron a RD$1,434,417,847, así como la forma en que Ramón Báez Figueroa y/o las citadas empresas vinculadas a él, ejecutaron el pago del precio convenido en la misma.

111. Michael Hazim, persona que le vendió conjuntamente con su padre, Dr. Julio Hazim, a Ramón Báez Figueroa y/o las citadas empresas vinculadas a él, la compañía Isla Visión, S.A. y el Bloque Interactivo de Radio, S.A., domiciliado en esta ciudad de Santo Domingo, por demostrar que los valores envueltos en la referida operación ascendieron a RD$1, 434,417,847 , así como la forma en que Ramón Báez Figueroa y/o las citadas empresas vinculadas a él, ejecutaron el pago del precio convenido en la misma.

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De las operaciones intervenidas por la cuenta BACOSA

112. Copia certificada de la impresión que en pantalla tiene en los archivos informáticos del Baninter la cuenta que se denomina BACOSA, donde dice “no hay firmantes definidos para esa cuenta. Avise al Dpto. de documentación”, por demostrar la irregularidad existente en la apertura y en el manejo de dicha cuenta, la que tenía como su oficial responsable a Marcos Báez y se identifica por las iniciales de sus dos apellidos: Báez Cocco y S.A., sociedad anónima: BACOSA.

113. Copias certificadas del reporte de los movimientos de la cuenta No. 0-003146-02-2, denominada BACOSA que comprende entre el 1 de enero de 1997 al 31 marzo de 2003; en donde se comprueba la simultaneas notas de débitos y cancelaciones efectuadas respecto del manejo de esta cuenta, por demostrar los frecuentes movimientos que registro dicha cuenta, vale decir, los recursos del Baninter que a través ella fueron distraídos por intermedio del Marcos Báez, quien era su oficial de cuenta responsable.

114. Copias certificadas de dos (2) notas de aviso de débito a cargo de la cuenta BACOSA, con respectivos formularios de compra venta de divisas hechos a través del Baninter y Alta Financial Corp, anexos, por RD$2,806,829.39 y RD$116,751.39, respectivamente, del 6 y 10 de marzo de 2003, por demostrar las distracciones de recursos hechos del Baninter a cargo de la cuenta BACOSA, destinados a beneficiar a Marcos Báez y a Ramón Báez Figueroa.

De otras operaciones fraudulentas con recursos del Baninter en donde intervino

Marcos Báez

115. Copia certificada de la impresión del sistema de verificación de firmas autorizadas en el Baninter para las cuentas que tenían en el banco Telever, S.A., por demostrar que el oficial responsable del manejo de dicha cuenta en el Baninter lo era Marcos Báez.

116. Copia del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Moraima, S.A., del 25 de junio de1997, por demostrar la calidad de Presidente del Consejo de dicha compañía de Marcos Báez.

117. Copia del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Talina, S.A., del 8 de noviembre de1996, por demostrar los poderes y potestades ilimitadas de que gozaba Marcos Báez como Presidente del Consejo de Administración de la citada compañía vinculada a él y a Ramón Báez Figueroa.

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118. Copias de diversos documentos societarios de la compañía Tropigas Dominicana, S.A. a saber: De la nómina de accionistas asistentes a la segunda asamblea general extraordinaria del 19 de diciembre de 2001 y de la nómina de accionistas asistentes a la primera asamblea general extraordinaria del 9 de junio de 2003, por demostrar como Marcos Báez figuraba como representante de una de las principales compañía accionistas de Tropigás, S.A, K. Sate, S.A., ambas, sociedades vinculadas a éste y a Ramón Báez Figueroa, y luego, se hizo sustituir de la misma por otra persona.

119. Copia certificada de la comunicación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos a Marcos Báez en su calidad de representante de Aster Comunications, Ltd., del 4 de febrero de 2003, por demostrar que a Marcos Báez, en su consabida indicada calidad legal dicha compañía de telecomunicación, se le dio formal aviso, acerca de las irregularidades incurridas en ocasión del proceso de la fusión de ASTER Comunicaciones, S.A. todas, empresas vinculadas a Ramón Báez Figueroa y a él.

120. Copias certificadas de cuatro (4) notas de crédito autorizadas por Marco Báez conforme respectivos memoradum y a cargo de la cuenta Consultas del 7, 10, 18 y 20 de marzo de 2003, por RD$345,750.00, RD$163,000.00; RD$928,047.50 y US$100,000.00, pago este último enviado al Capitán del yate Patricia, Steve Walker; respectivamente, por demostrar la participación punible de Ramón Báez Figueroa y Marcos Báez en la operación referida.

121. Copia certificada del memorando “Fichas para contabilizar sobregiros e ingresos”, autorizado por Marcos Báez, respecto de varias cuentas vinculadas a él y/o a Ramón Báez Figueroa y/o empresas vinculadas a ambos, del 22 de enero de 2003, por demostrar las diferentes operaciones de distracciones de fondos del Baninter autorizadas por Marcos Báez, respecto de personas o empresas vinculadas a él y/o a Ramón Báez Figueroa.

122. Copias certificadas de diecisiete (17) memorándum confidenciales, donde se reflejan y desglosan múltiples notas de avisos de débito y crédito con sus respectivos anexos, incluyendo la cuenta BACOSA, así como otras cuentas personales y/o de personas o empresas vinculadas a Marcos Báez y a Ramón Báez Figueroa, comprendidos desde diciembre de 2000, a febrero de 2003, referente a los señores Báez, por demostrar las diferentes operaciones de distracciones de fondos del Baninter autorizadas por Marcos Báez, respecto de personas o empresas vinculadas a él y/o a Ramón Báez Figueroa.

123. Copias certificadas del reporte de los movimientos de la cuenta No. 0-003146-02-2, denominada Bacosa que comprende entre el 1 de enero de 1997 al 31 marzo de 2003, en donde se comprueba la simultaneas notas de débitos y cancelaciones efectuadas respecto del manejo de esta cuenta, por demostrar los cuantiosos recurso del Baninter que a través del manejo de esta cuenta fueron distraídos por intermedio del Marcos Báez.

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124. Nómina de presencia de accionistas, acta de Reunión y lista de suscriptores de los accionistas de la compañía Tenedora Jas, S.A., celebradas en fechas 27 de marzo de 1992 y 5 de diciembre de 1991, respectivamente, contenida en el expediente de documentos constitutivos de Tenedora Jas, S.A., por demostrar el nacimiento de la empresa que se transformó en una de las extractoras de fondos de Baninter.

125. Estatutos y documentos constitutivos de la sociedad Interduty Free Dominicana, S.A., así como de Interduty Free LTD, Anoe LLC, Aldeasa Dominicana, S.A., Ultra Export Corporation, Alta Financial Corp., Prestige Duty Free, lista de accionistas por demostrar la existencia y personalidad jurídica de las referidas sociedades, así como la calidad de administrador o directivo de Luis Álvarez Renta de dichas sociedades, empleadas como instrumentos para el blanqueo de activos provenientes de actividades ilícitas.

126. Contrato de compra venta de fecha 13 de agosto de 2001 intervenido entre las entidades Dominican Enterprises, Inc. y Sippany Holdings, Ltd., tanto en su versión original en inglés como en su traducción al castellano, por demostrar la serie de empresas que sirven para la extracción de fondos de Baninter y que servirían posteriormente para el lavado de activos.

127. Certificación de fecha 23 de junio de 2003, emitida por la Superintendencia de Valores de la República Dominicana, con la que se demuestra que Bank Invest Puesto de Bolsa no era un puesto de bolsa.

128. Certificación No. 1126/04, de fecha 1º de julio de 2004, emitida por la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, con la que se demuestra que Bank Invest no estaba registrada en dicha entidad.

129. Impresión de apertura de la cuenta No. 0010841016, con Baninter, registrada a nombre de Bank Invest, 5. A. (puesto de bolsa), de fecha 24 de marzo de 1992, con la que se demuestra la titularidad de dicha cuenta.

130. Original de las impresiones de la pantalla indicando las firmas autorizadas de la cuenta No.0010841016, de Bankinvest en Baninter, con la que se demuestra la calidad de las personas que actuaron suscribiendo efectos de comercio que sirvieron para la extracción y desvío de fondos de Baninter.

131. Memorandum Interno Confidencial dirigido a Zoraida Rosado por el Julio G. Julián, Sub-Gerente Banca de Inversión de fecha 21 de diciembre de 1993, mediante la cual se solicita el desembolso a favor de Luis Álvarez Renta de US$214,500.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

132. Solicitud de desembolso (confidencial) del Banco Intercontinental a favor de Luis Álvarez Renta a un 13% de interés por la suma de US$214,500.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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133. Nota promisoria (pagaré) suscrita por Luis Álvarez Renta y Roberto Bonetti de fecha 7 de Noviembre de 1993, a un interés de 14% por la suma de US$214,500.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

134. Solicitud y aprobación de facilidades de crédito del Banco Intercontinental de fecha 21 de Diciembre de 1993 a favor de Luis Álvarez Renta, para probar la extracción de recursos de Baninter.

135. Memorando confidencial de fecha 21 de diciembre de 1993 dirigido por Julio G. Julián al Comité de Crédito solicitando la aprobación de una nueva facilidad de crédito para reducir el sobregiro de la cuenta de Bank Invest, con su soporte correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

136. Solicitud de desembolso de Ultra Export Corporation a Baninter de fecha 4 de diciembre de 1997 por la suma de US$1,500,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

137. Pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta en representación de Ultra Export Corporation a favor del Banco Intercontinental, S.A., por valor de US$1,500,000.00, debidamente traducido al español, para probar la extracción de recursos de Baninter.

138. Solicitud de desembolso de Ultra Export Corporation a Baninter de fecha 4 de diciembre de 1997 por la suma de US$1,017,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

139. Pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta en representación de Ultra Export Corporation a favor del Banco Intercontinental, S.A., por valor de US$1,017,000.00, debidamente traducido al español, para probar la extracción de recursos de Baninter.

140. Pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta en representación de Bankinvest, S.A. a favor del Banco Intercontinental, S.A., por US$4,500,000.00, debidamente traducido al español, para probar la extracción de recursos de Baninter.

141. Pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta en representación de Bankinvest, S.A. a favor del Banco Intercontinental, S.A., por US$4,000,000.00, debidamente traducido al español, para probar la extracción de recursos de Baninter.

142. Pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta en representación de Bankinvest, S.A. a favor del Banco Intercontinental, S.A., por US$450,000.00, debidamente traducido al español, para probar la extracción de recursos de Baninter.

143. Pagaré suscrito en fecha 29 de enero de 1994 por Luis Álvarez Renta a favor del Banco Intercontinental, S.A., por US$214,500.00, debidamente traducido al español, para probar la extracción de recursos de Baninter.

144. Original de la comunicación de fecha 3 de octubre de 1994 dirigida por Marcos Báez a Zoraida Rosado autorizando transferir US$250,000.00 al National Bank

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Internacional Inc. de los fondos de Baninter a favor Ultra Export Corp., para probar la extracción de recursos de Baninter.

145. Original del report de la transferencia de US$250,000.00 a favor de Ultra Export Corp., para probar la extracción de recursos de Baninter.

146. Copia del pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta a nombre de Ultra Export Corp. por US$250,000.00 a favor de Baninter, sin fecha de vencimiento, para probar la extracción de recursos de Baninter.

147. Original de la comunicación de Marcos Báez a Zoraida Rosado fecha 7 de octubre de 1994 autorizando la transferencia de US$100,000.00 a favor de Ultra Export Corp. en calidad de préstamo, para probar la extracción de recursos de Baninter.

148. Original de la constancia de la transferencia de los US$100,000.00 referidos, para probar la extracción de recursos de Baninter.

149. Copia del pagaré de US$100,000.00 suscrito por Luis Álvarez Renta a favor de Baninter a nombre de Ultra Export Corp., así como su versión en español, para probar la extracción de recursos de Baninter.

150. Copia de pagaré de US$197,861.00 suscrito por Luis Álvarez Renta en su nombre a favor de Baninter de fecha 18 de octubre de 1994, para probar la extracción de recursos de Baninter.

151. Original de la comunicación de fecha 15 de noviembre de 1994 dirigida por Ultra Export Corp. a Baninter solicitando un préstamo de US$200,000.00 para ser depositado en una cuenta Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

152. Comunicación interna a Zoraida Rosado de Vivian de Castillo de fecha 15 de noviembre de 1994, autorizando a transferir US$200,000.00 a la cuenta de Ultra Export Corp., para probar la extracción de recursos de Baninter.

153. Original de la transferencia de US$200,000.00 realizada a Ultra Export Corp., para probar la extracción de recursos de Baninter.

154. Copia del pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta a nombre de Ultra Export Corp. por US$200,000.00 a favor de Baninter, sin fecha de vencimiento, debidamente traducido al español, original que se encuentra anexo al pagaré, para probar la extracción de recursos de Baninter.

155. Original de la comunicación de fecha 13 de diciembre 1994 dirigida por Ultra Export Corp. a Baninter solicitando un préstamo de US$50,000.00 para ser depositado en una cuenta en Miami de dicha empresa, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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156. Comunicación interna de fecha 14 de diciembre de 1994 a Zoraida Rosado de Marcos Báez, autorizando a transferir US$50,000.00 a la cuenta de Ultra Export Corp., para probar la extracción de recursos de Baninter.

157. Copia de la transferencia de US$50,000.00 realizada a Ultra Export Corp., para robar la extracción de recursos de Baninter.

158. Copia del pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta a nombre de Ultra Export Corp. por US$50,000.00 a favor de Baninter, sin fecha de vencimiento, debidamente traducido al español, original que se encuentra anexo al pagaré, para probar la extracción de recursos de Baninter.

159. Copia de la comunicación de fecha 23 de mayo 1995 dirigida por Ultra Export Corp. a Baninter solicitando un préstamo de US$500,000.00 para ser depositado en una cuenta en Miami de dicha empresa, para probar la extracción de recursos de Baninter.

160. Copia de dos transferencias de US$250,000.00 cada una realizada a la cuenta de Ultra Export Corp., para probar la extracción de recursos de Baninter.

161. Copia del pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta a nombre de Ultra Export Corp. por US$500,000.00 a favor de Baninter, sin fecha de vencimiento, debidamente traducido al español, original que se encuentra anexo al pagaré, para probar la extracción de recursos de Baninter.

162. Memorandum confidencial del 13 de julio de 1995 a Zoraida Rosado de Marcos Báez, autorizando a transferir US$350,000.00 a la cuenta de Ultra Export Corp., para probar la extracción de recursos de Baninter.

163. Copia de la transferencia de US$350,000.00 realizada a Ultra Export Corp., para probar la extracción de recursos de Baninter.

164. Copia del pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta a nombre de Ultra Export Corp. por US$350,000.00 a favor de Baninter, sin fecha de vencimiento, debidamente traducido al español, original que se encuentra anexo al pagaré, para probar la extracción de recursos de Baninter.

165. Original del memorandum confidencial del 24de junio de 1997 de (sic) Zoraida Rosado a (sic) Marcos Báez, suscrito por este, autorizando a transferir US$495,000.00 a la cuenta de Ultra Export Corp., para probar la extracción de recursos de Baninter.

166. Original de sendas transferencia de US$40,000.00 y de US$455,000.00 realizada a Ultra Export Corp., respectivamente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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167. Copia del pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta a nombre de Ultra Export Corp. por US$495,000.00 a favor de Baninter, sin fecha de vencimiento, debidamente traducido al español, original que se encuentra anexo al pagaré, para probar la extracción de recursos de Baninter.

168. Copia del pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta a nombre de Bankinvest en fecha 15 de septiembre de 1997 por US$4,500,000.00 a favor de Baninter, sin fecha de vencimiento, debidamente traducido al español, original que se encuentra anexo al pagaré, para probar la extracción de recursos de Baninter.

169. Comunicación de fecha 31 de julio de 2000 Original del memorandum confidencial del 24 de junio de 1997 de (sic) Zoraida Rosado a (sic) Marcos Báez, suscrito por este, autorizando a transferir US$495,000.00 a la cuenta de Ultra Export Corp., para probar la extracción de recursos de Baninter.

170. Copia de sendas transferencia de US$40,000.00 y de US$455,000.00 realizada a Ultra Export Corp., respectivamente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

171. Copia del pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta a nombre de Ultra Export Corp. por US$495,000.00 a favor de Baninter, sin fecha de vencimiento, debidamente traducido al español, original que se encuentra anexo al pagaré, para probar la extracción de recursos de Baninter.

172. Única de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$240,000.00, pagadera al día 08 de julio de 1999 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

173. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$2,710,000.00, pagadera al día 06 de octubre de 1999 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

174. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$3,115,333.33, pagadera al día 12 de enero de 2000 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

175. Manuscrito de fecha 25 de enero de 2000, del escritorio de Georgia del Rosario, dirigido a Marcos, donde hace referencia a la solicitud que le hiciera vía telefónica Luis Álvarez Renta, solicitando la transferencia antes indicada de US$1,700,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter;

176. Memorando confidencial de fecha 25 de enero de 2000, dirigido por Georgia del Rosario a Zoraida Rosado, solicitando la transferencia de US$1,700,000.00, a favor de la cuenta del fax anexo, para probar la extracción de recursos de Baninter.

177. Comunicación de fecha 26 de enero de 2000, dirigida por Bank Invest, representado por Luis Álvarez Renta, al Banco Intercontinental solicitando la

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transferencia de US$1,700,000.00, en la cuenta de Interduty Free, Ltd., para probar la extracción de recursos de Baninter.

178. Impresión de fecha 26 de enero de 2000, contentivo de la transferencia de US$1,700,000. 00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

179. Memorando confidencial de fecha 26 de enero de 2000, dirigido por Marcos Báez a Zoraida Rosado, autorizando el desembolso de US$1,700,000.00, a favor de Bank Invest y/o Interduty Free Dominicana, para probar la extracción de recursos de Baninter.

180. Solicitud de desembolso al Banco Intercontinental, S.A. de fecha efectiva el 26 de enero de 2000 y con otra fecha del 08 de febrero de 2000, de Interduty Free Ltd., solicitando US$1,700,000.00, recibida en el departamento de división internacional el 9 de febrero de 2000, para probar la extracción de recursos de Baninter.

181. Copia con firmas arriba en original de la comunicación de fecha 30 de marzo de 2001, dirigida al Banco Intercontinental, S.A. por Bank Invest, S.A., solicitando la transferencia de US$1,250,000.00, a favor de Groupwide Florida Inc., para probar la extracción de recursos de Baninter.

182. Comunicación enviada por el Bankinvest, S.A. al Banco Intercontinental en fecha 27 de junio de 2000, solicitando la transferencia de US$1,000,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

183. Pagaré del 30 de junio de 2000 por la suma de US$1,000,000.00 suscrito por Luis Álvarez Renta a nombre de Bankinvest a favor de Baninter, para probar la extracción de recursos de Baninter.

184. Memorando Confidencial enviado a Zoraida Rosada por Marcos Báez en fecha 10 de julio de 2000, autorizando a desembolsar dicho US$1,000,000.00 a favor de Bankinvest, para probar la extracción de recursos de Baninter.

185. Reporte detallado del pago de la transferencia de la suma antes mencionada, para probar la extracción de recursos de Baninter.

186. Carta de Bankinvest dirigida al Banco Intercontinental de fecha 31 de julio de 2000 para debitar US$1,000,000.00 de la cuenta de Bankinvest y transferirlo como se detalla en la misma, para probar la extracción de recursos de Baninter.

187. Memorandum confidencial dirigido a Zoraida Rosado de Marcos Báez de fecha 1º. de agosto de 2000 autorizando desembolsar US$1,000,000.00 a favor de Bankinvest y/o Interduty Free Dom., para probar la extracción de recursos de Baninter.

188. Impresión de transferencia por el monto de US$1,000,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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189. Impresión de la entrada de datos por la suma de US$1,000,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

190. Copia del pagaré sin fecha suscrito por Luis Álvarez a nombre de Bankinvest a favor de Baninter por US$1,000,000.00, debidamente traducido al español, para probar la extracción de recursos de Baninter.

191. Copia del memorando Confidencial enviado a Zoraida Rosada por Marcos Báez en fecha 15 de agosto de 2000, autorizando a desembolsar a favor de Bankinvest y/o Interduty Free Dominicana la suma de US$1,000,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

192. Carta de Bankinvest dirigida al Banco Intercontinental de fecha 6 de septiembre de 2000, Memorandum confidencial dirigido a Zoraida Rosado de Marcos Báez de fecha 8 de septiembre de 2000, para probar la extracción de recursos de Baninter.

193. Reporte detallado del pago por la suma de US$545,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

194. Carta de Bankinvest suscrita por Luis Álvarez Renta dirigida al Banco Intercontinental de fecha 15 de septiembre de 2000, solicitando una transferencia de US$1,000,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

195. Memorandum confidencial dirigido a Zoraida Rosado de Marcos Báez de fecha 25 de septiembre de 2000, autorizando a desembolsar US$1,000,000.00 a Bankinvest a título de préstamo al 0% de interés, para probar la extracción de recursos de Baninter.

196. Reporte de la transferencia de US$1,000,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

197. Carta de Bankinvest dirigida al Banco Intercontinental de fecha 25 de octubre de 2000, solicitando depositar el monto prestado a la cuenta de Interduty Free LTD en el Hamilton Bank, para probar la extracción de recursos de Baninter.

198. Memorandum confidencial para Zoraida Rosado de Marcos Báez del 27 de octubre de 2000, autorizando a desembolsar el monto de US$1,380,251.59 a favor de Bankinvest y/o Interduty Free Dominicana, para probar la extracción de recursos de Baninter.

199. Reporte detallado del pago por la suma de US$1,380,251.59, para probar la extracción de recursos de Baninter.

200. Memorandum confidencial para Zoraida Rosado de Georgia del Rosario del 23 de octubre de 2000, remitiendo un promissory note emitido por Baninter a favor de

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The International Bank of Miami, NA, por la suma de US$1,380,251.59, para ser enviado por telex a dicho banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

201. Pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta en representación de Bankinvest en inglés y en español por la suma de US$1,380,251.59, para probar la extracción de recursos de Baninter.

202. Comunicación de fecha 26 de enero de 2001, de Wadeville Investments LTD. representada por Luis Álvarez Renta al Baninter, solicitando la apertura de tres certificados de depósitos por valor de US$500,000.00, dos y uno de US$482,000.00, aproximadamente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

203. Memorandum a Maria del Pilar Cañas de Adelina de Pimentel vía Zoraida Rosado de fecha 31 de enero de 2001 para solicitud de completar fondos recibidos en Baninter and Trust por un US$1,981,242.67, valor descontado de US$2,112,500.00, siendo registrados estos fondos por el trust, para asumir la deuda con el Internacional Bank of Miami por US$2,112,500.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

204. Solicitud de desembolso de fecha 15 de febrero de 2001, cliente Bank Invest S.A., para probar la extracción de recursos de Baninter.

205. Impresión de la transferencia por la suma de US$2,112,500.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

206. Consulta de saldos de préstamos de la cuenta No. 1-639034-66-8 de Bankinvest, para probar la extracción de recursos de Baninter.

207. Movimiento de préstamo histórico 1639034668 a nombre de Bank Invest S.A, para probar la extracción de recursos de Baninter.

208. Pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta a nombre de Bankinvest por valor de US$2,112,500.00, debidamente traducido, cuyo original se anexa a este pagaré, para probar la extracción de recursos de Baninter.

209. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,500,000.00, pagadera al día 10 de febrero de 2001 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

210. Original de la comunicación interna de fecha 22 de marzo de 2001, dirigida contentiva de las informaciones de los certificados de depósito aperturados a favor de Wadeville Investments LTD, representada por Luis Álvarez Renta, para probar la extracción de recursos de Baninter.

211. Original del memorando confidencial de fecha 5 de abril de 2001, dirigido a Marcos Báez Cocco por Zoraida Rosado autorizando al desembolso de US$1,250,000.00 a favor de Bankinvest, S.A. en calidad de préstamo a un 0% de

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interés, conjuntamente con sus respectivos soportes compuestos por el reporte del detalle de pago del aludido préstamo, para probar la extracción de recursos de Baninter.

212. Copia con firmas superiores en original de la comunicación emitida por Bank Invest, S.A., representado por Luis Álvarez Renta, de fecha 24 de mayo de 2001, dirigida al Baninter por medio de la cual solicitan la emisión de una carta de crédito stand-by por US$1,500,000.00 a favor del International Bank of Miami, N. A., con sus soportes correspondiente de la transferencia de fondos, para probar la extracción de recursos de Baninter.

213. Memorando confidencial de fecha 23 de noviembre de 2001, solicitando el pago de los intereses generados por dicha carta de crédito ascendentes a US$72,561.46, pagaderos al International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

214. Memorando confidencial de fecha 27 de noviembre de 2001, autorizando el desembolso de US$72,561.46 en calidad de préstamo a Bank Invest a un 0% de interés aprobado por Marcos Báez con su soporte correspondiente al reporte del detalle de pago, para probar la extracción de recursos de Baninter.

215. Comunicación de fecha 6 de diciembre de 2001 dirigida por Bank Invest, representado por Luis Álvarez Renta al Baninter, solicitando la transferencia de US$2,500,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bankinvest en el International Bank of Miami, lo que puede realizarse mediante pagos parciales, para probar la extracción de recursos de Baninter.

216. Memorando confidencial de fecha 21 de diciembre de 2001 dirigido a Zoraida Rosado por Marcos Báez, mediante el cual autoriza registrar el desembolso por el monto de US$2,500,000.00 a favor de Bank Invest, S.A., para probar la extracción de recursos de Baninter.

217. Reporte del detalle de pago por orden de Bank Invest a favor del International Bank of Miami por la suma US$1,000,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

218. Impresión de la transferencia realizada a favor del International Bank Of Miami de fecha 21 de diciembre de 2001, para probar la extracción de recursos de Baninter.

219. Nota promisoria (Promissory Note) pagaré suscrita por Luis Álvarez Renta de Bankinvest a favor de Baninter US$2,500,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

220. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,650,000.00, pagadera al día 25 de julio de 2001 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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221. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$2,500,000.00, pagadera al día 26 de agosto de 2001 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

222. Copia con firmas arriba en original de la comunicación de fecha 27 de septiembre de 2001, dirigida por Luis Álvarez Renta al Banco Intercontinental solicitando debitar de la cuenta de Bankinvest la suma de US$1,000,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

223. Memorando confidencial de fecha 27 de septiembre de 2001, enviado por Marcos Báez a Zoraida Rosado, por el cual autoriza el desembolso de US$1,000,000.00 a favor de Bank Invest, en calidad de préstamo a un cero por ciento de interés, con su soporte correspondiente, compuesto por la .impresión de dicha transacción, para probar la extracción de recursos de Baninter.

224. Pagaré suscrito por Bank Invest por la suma de US$1,000,000.00, tanto en su versión en inglés como la correspondiente traducción judicial, para probar la extracción de recursos de Baninter.

225. Comunicación de fecha 21 de noviembre de 2001 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$1,650,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

226. Comunicación interna de fecha 22 de noviembre de 2001 dirigida a Zoraida Rosado de Marcos B. autorizando la creación de adelanto de US$1,650,000.00 con su soporte del original de la transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

227. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,650,000.00, pagadera al día 26 de noviembre de 2001 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

228. Memorando dirigido a Zoraida Rosado en fecha 23 de noviembre de 2001, mediante el cual enmendaron la carta de crédito de que se trata y solicitando los intereses de ese pagaré, para probar la extracción de recursos de Baninter.

229. Memorando confidencial dirigido por Marcos Báez a Zoraida Rosado en fecha 27 de noviembre de 2001 autorizando registrar el desembolso de US$72,561.46 a favor de Bank Invest en calidad de préstamo a un 0% de interés, para probar la extracción de recursos de Baninter.

230. Reporte del detalle de pago realizado por Bank Invest a favor del International Bank of Miami, NA. por la suma de US$72,561.46, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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231. Pagaré suscrito por Bank Invest representado por Luis Álvarez Renta por la suma de US$72,561.46, tanto su versión en ingles, como su traducción judicial al español, para probar la extracción de recursos de Baninter.

232. Comunicación de fecha 30 de noviembre de 2001 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$1,400,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

233. Soporte de transferencia correspondiente al US$1,400,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

234. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,400,000.00, pagadera al día 17 de diciembre de 2001 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

235. Soporte de transferencia por la suma de US$1,000,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

236. Comunicación de fecha 23 de noviembre de 2001 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$1,400,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

237. Soporte de transferencia correspondiente, Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,400,000.00, pagadera al día 17 de diciembre de 2001 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

238. Comunicación de fecha 23 de enero de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$375,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

239. Soporte de transferencia correspondiente, Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$375,000.00, pagadera al día 27 de enero de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

240. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,525,000.00, pagadera al día 23 de enero de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

241. Comunicación de fecha 30 de enero de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$600,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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242. Comunicación de fecha 1 de febrero de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$1,500,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

243. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

244. Comunicación de fecha 14 de enero de 2002 dirigida por Interduty Free Limited, al Baninter, solicitando la transferencia de US$125,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Inter Duty Free Limited en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

245. Soporte de dicha transferencia, para probar la extracción de recursos de Baninter.

246. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$125,000.00, pagadera al día 15 de enero de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter;

247. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,000,000.00, pagadera al día 14 de enero de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

248. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

249. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$600,000.00, pagadera al día 05 de febrero de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

250. Comunicación de fecha 18 de febrero de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$375,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

251. Soporte de transferencia correspondiente para probar la extracción de recursos de Baninter.

252. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$375,000.00, pagadera al día 27 de febrero de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

253. Comunicación de fecha 18 de febrero de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$2,000,000.00 con cargo a Bank Invest, y a

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favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

254. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

255. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$2,000,000.00, pagadera al día 25 de febrero de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

256. Comunicación de fecha 6 de marzo de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$1,000,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

257. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

258. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,000,000.00, pagadera al día 08 de marzo de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

259. Comunicación de fecha 11 de marzo de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$170,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

260. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

261. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$170,000.00, pagadera al día 15 de marzo de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

262. Comunicación de fecha 11 de marzo de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$450,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

263. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

264. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$450,000.00, pagadera al día 16 de marzo de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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265. Soporte de transferencia correspondiente por la suma de US$500,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

266. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$500,000.00, pagadera al día 28 de marzo de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

267. Comunicación de fecha 5 de abril de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$1,250,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

268. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

269. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,250,000.00, pagadera al día 14 de abril de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

270. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$125,000.00, pagadera al día 15 de abril de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

271. Comunicación de fecha 22 de abril de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$650,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

272. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

273. Comunicación de fecha 22 de abril de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$504,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

274. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

275. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$504,000.00, pagadera al día 25 de abril de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

276. Carta de Bankinvest dirigida a Zoraida Rosado de fecha 24 de abril de 2002, solicitando a Baninter la transferencia de US$1,313,162.12, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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Page 167: Acta acusacion baninter

277. Memorandum confidencial para Zoraida Rosado de Marcos Báez del 24 de abril de 2002, autorizando la transferencia a lacuenta de Bankinvest por US$1,313,162.12, para probar la extracción de recursos de Baninter.

278. Impresión de la transferencia de US$1,313,162.12 a la cuenta de Bankinvest, para probar la extracción de recursos de Baninter.

279. Pagaré suscrito por Luis Álvarez Renta en representación de Bankinvest por US$1,313,162.12 a favor de Baninter en su versión en inglés, acompañado de la traducción al español, para probar la extracción de recursos de Baninter.

280. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$650,000.00, pagadera al día 26 de abril de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

281. Comunicación de fecha 2 de mayo de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$500,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

282. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

283. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$500,000.00, pagadera al día 3 de mayo de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

284. Comunicación de fecha 13 de mayo de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$1,500,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

285. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

286. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,500,000.00, pagadera al día 16 de mayo de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

287. Comunicación de fecha 28 de mayo de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$750,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

288. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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289. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$750,000.00, pagadera al día 31 de mayo de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

290. Comunicación de fecha 29 de mayo de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$400,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

291. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

292. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$400,000.00, pagadera al día 3 de junio de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

293. Solicitud de transferencia por la suma de US$1,200,000.00, compuesta por Comunicación del 11 de junio de 2002 enviada a Zoraida Rosado (Baninter) por Iván Gómez (Bankinvest), para probar la extracción de recursos de Baninter.

294. Memorandum confidencial enviado a Zoraida Rosado de Marcos Báez de fecha 14 de junio de 2002, impresión de la transferencia de la cantidad antes mencionada, para probar la extracción de recursos de Baninter.

295. Pagaré por la suma de US$1,200,000.00 y su correspondiente traducción al castellano, para probar la extracción de recursos de Baninter.

296. Comunicación de fecha 11 junio de 2002 dirigida por Iván Gómez, de Bankinvest, S.A a Zoraida Rosado del Banco Intercontinental, solicitando realizar transferencia de US$1,200,000.00 para el pago de préstamo cuyo vencimiento es del 13 de junio de 2002, para probar la extracción de recursos de Baninter.

297. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 14 de junio de 2002, por valor de US$1,000,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., para probar la extracción de recursos de Baninter.

298. Memorando confidencial de fecha 14 de junio de 2002, enviado por Marcos Báez a Zoraida Rosado, por el cual autoriza el desembolso a favor de Bankinvest de US$1,200,000.00 en calidad de préstamo a un cero por ciento de interés, con su soporte correspondiente, compuesto por la impresión de dicha transacción, para probar la extracción de recursos de Baninter.

299. Pagaré suscrito por Bank Invest por la suma de US$1,200,000.00, tanto en su versión en inglés como la correspondiente traducción judicial, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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300. Memorandum confidencial para Zoraida Rosado de Georgia del Rosario del 19 de Junio de 2002 para la creación de tres préstamos a nombre de Bankinvest, S.A. por valores de US$1,403,109.16, US$1,254,000.00 y US$1,043,208.33, respectivamente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

301. Pagarés Nos. 03-326, 03-0329 y 03-328, suscritos por Luis Álvarez Renta en representación de Bankinvest, S.A. a favor del Banco Intercontinental, por la cantidad de US$1,403,109.16, US$1,254,000.00 y US$1,043,208.33, respectivamente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

302. Carta de Bankinvest dirigida por Iván Gómez, Director Financiero de Bankinvest, S.A. a la señora Zoraida Rosado de fecha 20 de junio de 2002, para probar la extracción de recursos de Baninter.

303. Memorandum confidencial para Zoraida Rosado de Marcos Báez de fecha 24 de junio de 2002, Impresión de la transacción por el monto de US$1,600,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

304. Transferencia de US$1,600,000.00 a la cuenta de Bankinvest, para probar la extracción de recursos de Baninter.

305. Pagaré de US$1,600,000.00 suscrito por Luis Álvarez Renta de Bankinvest a favor del Baninter, para probar la extracción de recursos de Baninter.

306. Pagaré de US$1,000,000.00 suscrito por Luis Álvarez Renta de Bankinvest a favor del Baninter, para probar la extracción de recursos de Baninter.

307. Pagaré de US$1,200,000.00 suscrito por Luis Álvarez Renta de Bankinvest a favor del Baninter, para probar la extracción de recursos de Baninter.

308. Pagaré de US$1,000,000.00 suscrito por Luis Álvarez Renta de Bankinvest a favor del Baninter, para probar la extracción de recursos de Baninter.

309. Pagaré de US$1,700,000.00 suscrito por Luis Álvarez Renta de Bankinvest a favor del Baninter, para probar la extracción de recursos de Baninter.

310. Pagaré de US$1,220,000.00 suscrito por Luis Álvarez Renta de Bankinvest a favor del Baninter, para probar la extracción de recursos de Baninter.

311. Pagaré de US$1,250,000.00 suscrito por Luis Álvarez Renta de Bankinvest a favor del Baninter, para probar la extracción de recursos de Baninter.

312. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,000,000.00, pagadera al día 14 de julio de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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313. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 14 de julio de 2002, por valor de US$1,000,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., para probar la extracción de recursos de Baninter.

314. Solicitud de transferencia por la suma de US$1,100,000.00, compuesta por Comunicación del 31 de julio de 2002 enviada a la señora Zoraida Rosado (de Baninter) por Iván Gómez (Bankinvest), para probar la extracción de recursos de Baninter.

315. Reporte detallado del pago de la suma antes mencionada a favor del International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

316. Pagaré por la suma de US$1,100,000.00 y su correspondiente traducción al castellano, para probar la extracción de recursos de Baninter.

317. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 14 de agosto de 2002, por valor de US$1,000,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., para probar la extracción de recursos de Baninter.

318. Comunicación de fecha 2 de septiembre de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$2,500,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, para probar la extracción de recursos de Baninter.

319. Soporte de transferencia correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

320. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,250,000.00, pagadera al día 9 de septiembre de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, para probar la extracción de recursos de Baninter.

321. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 9 de septiembre de 2002, por valor de US$1,250,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., para probar la extracción de recursos de Baninter.

322. Comunicación del 11 de septiembre de 2002 enviada a la señora Zoraida Rosado por Iván Gómez, para probar la extracción de recursos de Baninter.

323. Impresión de la transferencia de la cantidad antes mencionada, para probar la extracción de recursos de Baninter.

324. Unica de cambio pagadera en fecha 15 de septiembre de 2002 suscrita por Bank Invest, S.A. por la suma de US$1,530,000.00, a favor de Baninter, S.A., para probar la extracción de recursos de Baninter.

325. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 15 de septiembre de 2002, por valor de US$1,530,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., para probar la extracción de recursos de Baninter.

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326. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 14 de octubre de 2002, por valor de US$1,000,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., para probar la extracción de recursos de Baninter.

327. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 14 de noviembre de 2002, por valor de US$1,000,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., para probar la extracción de recursos de Baninter.

328. Pagaré de fecha 25 de noviembre de 2002, suscrito por Bank Invest., S.A., Puesto de Bolsa, representada por el señor Luis Álvarez Renta, por la suma de US$1,300,000.00, en el International Bank of Miami, N. A., para probar la extracción de recursos de Baninter.

329. Comunicación de fecha 27 de mayo de 2003, en la cual el International Bank Of Miami, N. A., informa al Banco Intercontinental que Bank Invest, ha incumplido su obligación de pago, de dicho monto US$1,300,000.00, documento este tiene una impresión del soporte correspondiente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

330. Comunicación de fecha 17 de enero de 2003, dirigida por Bank Invest al Banco Intercontinental, mediante la cual le solicita la apertura de una carta de crédito stand by a nombre de Bank Invest “and / or” Interduty Free, Ltd., a favor del International Bank of Miami, por la suma de US$6,200,000.00, para probar la extracción de recursos de Baninter.

331. Comunicación de fecha 24 de enero de 2003, dirigida al International Bank of Miami, por Bank Invest, representado por el señor Luis Álvarez Renta, para confirmar, según conversación sostenida, el mecanismo de re-pago de US$6,200,000.00 tomados recientemente, para probar la extracción de recursos de Baninter.

332. Impresión del International Bank of Miami, mediante la cual se aprueba la carta de crédito por el monto de US$6,200,000.00, por orden y cuenta de Bank Invest y/o Interduty Free Ltd., para probar la extracción de recursos de Baninter.

333. Copia certificada del pagaré de fecha 14 de enero de 2003, suscrita por Bank Invest., S.A., Puesto de Bolsa, representada por el señor Luis Álvarez Renta, por la suma de US$6,200,000.00, en el International Bank of Miami, N.A., tanto en su versión original en inglés, como su traducción judicial al castellano, para probar la extracción de recursos de Baninter.

334. Comunicación de fecha 15 de mayo de 2003, en la cual el International Bank of Miami, N.A., informa al Banco Intercontinental que Bank Invest y/o Interduty Free, Ltd., han incumplido su obligación de pago, documento este que reposa tanto en su versión en original como su traducción judicial al castellano, para probar la extracción de recursos de Baninter.

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335. Copia del memorandum confidencial del 12 de marzo de 2003 de Marcos Báez a la señora Giannina de Estévez autorizando debitar la suma de RD$2,294,160,153.32 de la cuenta No. 0-010611-01-0, así como el anexo del mismo, por demostrar las borraduras de pasivos de Bankinvest, S.A. con Banco Intercontinental, S.A. por un monto de RD$1,763,962,626.80.

336. Estados y balances de la cuenta No. 0-010611-01-0 al 10 de marzo de 2003 y titular de esta cuenta.

337. Copia del memorandum confidencial del 21 de marzo de 2003 de Marcos Báez a la señora Giannina de Estévez autorizando debitar la suma de RD$353,784,964.48 de la cuenta No. 0-010611-01-0, así como el anexo del mismo, por demostrar las borraduras de pasivos de Bankinvest, S.A. con Banco Intercontinental, S.A. por un monto de RD$51,000,050.00.

338. Balances de la cuenta de Consultoría Externa para la fecha en que se realizó este débito y las pruebas de su efectiva aplicación.

339. Documento No. 10383 de Alta Financial Corp. (AFC) del 21 de marzo de 2003 por compra de divisas por los US$84,998,384.10 referidos.

340. Copia del memorandum confidencial del 21 de marzo de 2003 de Marcos Báez a la señora Giannina de Estévez autorizando debitar la suma de RD$353,844,964.48 de la cuenta No. 0-010611-01-0, así como el anexo del mismo, por demostrar las borraduras de pasivos de Bankinvest, S.A. con Banco Intercontinental, S.A. por un monto de RD$154,588,299.91.

341. Impresión de las firmas y titularidad registradas de la cuenta No. 0010841016 correspondientes a la cuenta Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa con Baninter.

342. Estados de cuentas y balances de la cuenta No. 0010841016 de Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa con el Banco Intercontinental, S.A.

343. Memorando confidencial de fecha 22 de marzo de 2003, dirigido por Marcos Báez Cocco a Benita Castillo, con referencia al aumento de la deuda de Alta Financial, autorizando a debitar de “consultoría externa” la suma de US$84,998,384.10, para ser aplicada a los préstamos especiales detallados en el mismo, de igual forma se anexa la venta de divisas correspondiente y la impresión de aviso de débito.

344. Documento No. 262 de Alta Financial Corp. (AFC) por venta de divisas por los US$84,998,384.10 referidos.

345. Memorando confidencial de fecha 22 de marzo de 2003, dirigido por Marcos Báez Cocco a Zoraida Rosado, autorizando a debitar de “consultoría externa” la suma de US$43,717,360.62, para ser aplicada a los préstamos especiales detallados en el

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mismo, de igual forma se anexa la venta de divisas correspondiente, la impresión de la pantalla de la transacción realizada y la impresión de aviso de débito.

346. Venta de Divisas de Alta Financial Corp No. 26253 de fecha 21 de marzo de 2003, con sus respectivos soportes que son: Memorandum enviado a Zoraida Rosado de Marcos Báez de fecha 22 de marzo de 2003; Compra de divisas de Alta Financial Corp No.101382 de fecha 21 de marzo de 2003; Balance de cuenta; para probar la extracción de recursos de Baninter.

347. Copia de la comunicación de fecha 26 de mayo de 2003, emitida por el Baninter a Bank Invest, solicitando el pago de la carta de crédito emitida o de lo contrario procederían a la creación del adelanto cobrando un 3.17% de interés mensual, para probar la extracción de recursos de Baninter.

348. Original del memorando confidencial de fecha 28 de mayo de 2003, dirigido por Manuel de Jesús Viñas a Sandra Molina solicitando autorización para la creación del adelanto para la carta de crédito por valor de US$1,300,000.00, con su soporte correspondiente en original compuesto por la impresión de dicha transacción, así como del manuscrito del escritorio de Eloísa Corominas M., al respecto, para probar la extracción de recursos de Baninter.

349. Con los documentos mencionados a seguidas, se demuestra que Bankinvest, Interduty Free y otras empresas vinculadas eran instrumentos para la extracción fraudulenta de recursos de Baninter:

350. Comunicación de fecha 24 de enero del año 2003 mediante la cual, Luis Álvarez Renta, en representación de BankInvest, con una hoja timbrada de dicha entidad, en cuyo pie de página establece como domicilio de BankInvest, la torre empresarial, avenida Sarasota No. 20, octavo piso, urbanización La Julia, emite una correspondencia al señor Gustavo Quesada, del International Bank Of Miami.

351. Comunicación de fecha 25 de abril de 2003, dirigida al Señor Luis Álvarez Renta, por el señor Jesús María Troncoso Ferrúa, en representación de la firma de abogados Troncoso y Cáceres, donde informa no tener conocimiento de que Ramón Báez Figueroa sea accionista de Anoe, Uc., ni Interduty Free, Ltd., ni personalmente ni por medio de otra entidad corporativa.

352. Acto No. 357/2000, de fecha 28 de abril de 2004, mediante la cual Luis Álvarez Renta notifica que no es cierto que Bank Invest ten su domicilio en el edificio Torre Empresarial, que es donde tiene su domicilio Luis Álvarez Renta & Asociados, que no tiene nada que ver con Bank Invest, y que él - Álvarez Renta- no tiene ningún vínculo con Bank Invest, ya que vendió su participación e intereses sobre el mismo a Ramón Báez Figueroa.

353. Comunicación de fecha 27 de agosto de 2003, dirigida por la Oficina Delgado Malagón, firmado por Angel Delgado Malagón, abogado de Luis Álvarez Renta, a Julio Cross Frías, en su calidad de Superintendente de Bancos, mediante la

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cual éste hace unos reclamos en nombre de Álvarez Renta y de las empresas Interduty Free Ltd., y Anoe Llc., Ltd.

354. Aviso de llenado en consideración, suscrito por Luis Álvarez Renta ante la Corte de Distrito de Estados Unidos, Distrito Sur de La Florida, en la cual expresa no tener intereses y no ser accionista de Interduty Free (BV1), lo cual se encuentra tanto en su versión en inglés como la traducción judicial de la misma.

355. Con los documentos mencionados a seguidas se puede probar el control que tenía Luis Álvarez Renta del negocio de las tiendas de zona franca (Interduty free y otros nombres), así como la utilización del mismo para la extracción fraudulenta de fondos de Baninter:

356. Carta del 13 de mayo de 2003 enviada por Eddy Enrique Leyba a José Louis Malkun.

357. Comunicación del 30 de abril de 1998 enviada por Eddy Enrique Leyba al Lic. Jesús María Troncoso;

358. Carta de Eddy Enrique Leyba a Luis Álvarez Renta sin fecha.

359. Acto de venta de acciones, reconocimiento de deuda y rescisión de contratos suscrito entre Aldeasa Dominicana S.A., Sippany Holdings, Inc, Ultra Export Corporation y Empresa Nacional Aldeasa de fecha 30 de abril de 1996.

360. Pagarés Nos.1/10, 2/10, 3/10, 5/10, 6/10, 7/10, 8/10, 9/10 y 10/10, todos firmados por Ramón Báez Figueroa.

361. Acuerdo General entre Sippany Holdings, Inc. y Empresa Nacional Aldeasa de fecha 30 de septiembre de 1991.

362. Contrato suscrito entre Sippany Holdings representada por Ramón Báez Figueroa y Aldeasa S.A. de fecha 17 de junio de 1991.

363. Comunicación de fecha 19 de junio de 1996 dirigida por Práxedes Castillo a Eddy Enrique Leiva.

364. Comunicación publica emitida por Sippany Holdings, Akleasa Dominicana y Ultra Export Corporation representada por Ramón Báez Figueroa y la empresa Nacional Aldeasa S.A. representada por Práxedes Castillo Pérez.

365. Comunicación de fecha 27 de mayo de 1998 dirigida por Jesús Maria Troncoso al señor Luis Álvarez Renta de Interduty Free Ltd, mediante la cual le remite los documentos constitutivos de Interduty Free Ltd., los cuales se anexan al presente escrito, y la factura correspondiente a dicho servicio.

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366. Contrato de compraventa de participaciones y otros pactos, de fecha 28 de marzo de 2003, con el que se demuestra que se quiso transferir los derechos de las tiendas a zona franca a un tercero de buena fe y facilitar la recepción de una suma multimillonaria por parte de Luis Álvarez Renta.

367. Comunicación de fecha 24 de abril de 2003, dirigida al señor Luis Álvarez Renta, en la cual se le insta a que entregue voluntariamente las acciones y activos de varias empresas de Zona Franca, donde se le recuerda a quienes corresponden esos derechos.

368. Comunicación de fecha 30 de abril de 2003, por la cual Aldeasa informó a la autoridad monetaria su condición de compradora de buena fe, y su disposición de adquirir una vez se aclarase el problema de la titularidad.

369. Acto No. 193 de fecha 14 de mayo de 2004, a requerimiento de Luis Álvarez Renta y Anoe, LIc., Ltd., con su soporte correspondiente, en virtud del cual Luis Álvarez Renta comunicaba a José Lois Malkun, Gobernador del Banco Central y otros la interposición por su parte de una querella por atentados a la libertad, extorsión y chantaje y robo, por demostrar la forma fraudulenta de actuación de Álvarez Renta.

370. Acto No. 194 de fecha 14 de mayo de 2004, a requerimiento de Luis Álvarez Renta.

371. Dictamen de la Procuraduría Fiscal del D.N. de fecha 14 de mayo 2004, que contiene desestimación de la querella interpuesta en fecha 14 de mayo de 2004 por Luis Álvarez Renta.

372. Documentos adicionales y válidos que demuestra la procedencia en República Dominicana de la persecución penal contra Luis Álvarez Renta.

373. Demanda Civil del Banco Intercontinental S.A. en Miami contra Luis Álvarez Renta, Bankinvest, S.A., Interduty Free LTD, y Wadeville Investments, LTD., en su doble versión, en inglés y en español, de fecha 26 de marzo de 2004, debidamente traducida por la Dra. Nora Read Espaillat, Intérprete Judicial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

374. Demanda Civil del Banco Intercontinental S.A. en Miami contra Luis Álvarez Renta, Bankinvest, S.A., Interduty Free LTD, y Wadeville Investments, LTD., en su doble versión, en inglés y en español, enmendada en fecha 22 de junio de 2004, debidamente traducida por Francisco Adolfo Rodríguez Valenzuela, Intérprete Judicial del Distrito Nacional en fecha 22 de julio de 2004.

375. Aviso de llenado en consideración al tenor de servicio en proceso del demandado Interduty Free LTD, de fecha 10 de mayo de 2004, en versión en inglés y en español.

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376. Orden que acoge pedimento del demandante para obligar a dar cumplimiento a citación a Bankatlantic, del 8 de septiembre 2004, traducida por la Licda. Angela María Cruz de Bergaglio, traductora e intérprete judicial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago.

377. Orden que acoge pedimento para obligar a dar cumplimiento a citación del Internacional Bank of Miami, de fecha 29 de noviembre de 2004.

378. Orden que entre otras cosas deniega la petición de los demandados de desestimar o sobreseer la demanda enmendada, de fecha 13 de diciembre de 2004, traducida por la Licda. Carmen Nadal Aciego, Intérprete Judicial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

379. Orden rechazando o denegando la moción del demandado para obtener la suspensión de los procedimientos (en Miami), de fecha 14 de marzo de 2005.

380. Orden denegando la moción renovada del demandante para un juicio preliminar, de fecha 1 de abril de 2005.

381. Orden denegando la moción de los demandados Luis Álvarez Renta y Wadeville Investments LTD., para permitirle agregar partes adicionales, de fecha 29 de junio de 2005.

382. Orden concediendo en parte y denegando en parte la moción del demandante para rechazar la contrademanda de Luis Álvarez Renta, de fecha 22 de julio de 2005.

383. Orden denegando la moción del demandado de un juicio sumario de fecha 22 de agosto de 2005.

384. Veredicto del jurado de fecha 7 de noviembre de 2005.

385. Sentencia final del Juez José E. Martínez, Juez de la Corte para el sudeste del Distrito de la Florida de los Estados Unidos, del 23 de noviembre de 2005.

386. Sentencia final del juicio contra el demandado Bank Invest, S.A. del Juez José E. Martínez, Juez de la Corte para el sudeste del Distrito de la Florida de los Estados Unidos, del 23 de noviembre de 2005.

387. Sentencia final del Juez del juicio contra el demandado Interduty Free, LTD, José E. Martínez, Juez de la Corte para el sudeste del Distrito de la Florida de los Estados Unidos, del 23 de noviembre de 2005.

388. Consulta del Lic. Leonel Melo de fecha 14 de julio 2004.

389. Facsimile dirigido a Bernardo Iglesias de Luis Álvarez Renta en fecha 24 de junio de 2004.

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390. Correspondencia de Bank Atlantic (firmada por Bernardo Iglesias) a Luis Álvarez Renta de fecha 28 de mayo 2004.

391. Segundo informe del señor Roberto Zahler, titulado: Evaluación del accionar de las autoridades del 10 de agosto de 2004.

392. Video y transcripción con comparecencia de Luis Álvarez Renta en el programa “Hoy Mismo”, en fecha 31 de mayo de 2004.

393. Video y transcripción de la comparecencia de Luis Álvarez Renta en el programa “Hoy Mismo”, en fecha 4 de junio de 2004.

394. Opinión del Dr. Cándido Simón Polanco de fecha 14 de julio de 2004.

395. Resumen de acciones de personal del 19 de noviembre de 2001 del Baninter, acción de personal de fecha 20 de noviembre de 2001, así como propuesta salarial de cuatro personas al servicio de la presidencia del año 2001, para probar calidad de asistente de la presidencia y sueldo de la señora Vivian Lubrano de Castillo.

396. Memorandos confidenciales de fechas 22 de agosto de 1995 y 27 de octubre de 1997, sobre designaciones ejecutivas, dirigidos a todo el personal por Ramón Báez Figueroa, por demostrar las funciones desempeñadas por Vivian Lubrano de Castillo en Baninter y las designaciones ejecutivas realizadas a su favor.

397. Informe panel de expertos internacionales (Crisis Bancaria República Dominicana), de fecha 4 de agosto de 2004, con sus anexos, por demostrar la conducta fraudulenta exhibida por los principales directivos y ejecutivos de Baninter entre los cuales se encontraba Vivian Lubrano de Castillo.

398. Memorando de fecha 2 marzo de 2003, dirigido por Vivian Lubrano de Castillo, sobre la aplicación de diferencia de intereses, por demostrar la violación a la ley monetaria y financiera en la que incurrió la señora Vivian Lubrano de Castillo y la extracción fraudulenta de recursos de Baninter y para demostar gestión realizada por Vivian Lubrano en relación con un “préstamo” de US$5,000,000.00 ante el Internacional Bank Of Miami, avalado por Baninter a favor de Salana, S.A., que no fue más que una manera para disimular la extracción de fondos de dicha entidad bancaria.

399. Once certificados de depósitos emitidos por Baninter a favor de distintas empresas por un monto de RD$502,000,750.00, por demostrara la operaciones ilícitas y violatorias de la ley de la que fue co-partícipe la señora Vivian Lubrano de Castillo.

400. Seis certificados de depósitos de Baninter and Trust por la suma de US$12,500,000.00, por demostrara la operaciones ilícitas y violatorias de la ley de la que fue co-partícipe la señora Vivian Lubrano de Castillo.

401. Memorando confidencial dirigido por Vivian Lubrano de Castillo a Giannina Estévez, en fecha 30 de agosto de 2002, remitiendo los cheques certificados

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relacionados con el caso en cuestión, por demostrara la operaciones ilícitas y violatorias de la ley de la que fue co-partícipe la señora Vivian Lubrano de Castillo.

402. Treinta y un (31) cheques emitidos sin provisión de fondos entre el 1º de abril de 2002 y el 12 de marzo de 2003, por valor de RD$27,000,000.00 aproximandamente, de la cuenta No. 0-656021-00-4, en Baninter a nombre de Vivian de Castillo y/o Joaquín Castillo por demostrar la distracción de fondos de Baninter en provecho personal sin que el banco recibiera ninguna contrapartida por ello y de que la cuenta en cuestión fue utilizada para solventar el proceso de construcción de una Villa en Casa de Campo, lo que caracteriza los ilícitos de abuso de confianza.

403. “Ficha para contabilizar sobregiros e ingresos”, fechada el 22 de enero de 2003, donde, entre otras cosas, se autoriza a acreditar a la cuenta de Vivian Lubrano de Castillo (0-656021-00-4) la cantidad de RD$27,000,000.00, lo cual se corrobora por el manuscrito del señor Marcos Báez Coco, aprobando la misma operación que se encuentra anexo a dicha ficha, por demostrar la eliminación del sobregiro de los RD$27,000,000.00, lo que caracteriza los ilícitos de abuso de confianza.

404. Movimiento de cuentas vinculadas y/o relacionadas para eliminar sobregiros entre el 22 de enero y el 21 de marzo de 2003, por demostrar el sobregiro de la cuenta 0656021004 de Vivian Lubrano y su eliminación.

405. Movimientos de la cuenta 0656021004 del 1º de enero de 2003 hasta el 8 de septiembre de 2004, por demostrar la eliminación de sobregiros.

406. Certificación de la Comisión Liquidadora de Baninter del 15 de abril de 2005, mediante la cual se comprueba los sobregiros de las cuentas de dicha señora en Baninter.

407. Movimiento de la cuenta No. 0-656021-00-4, de Vivian Lubrano de Castillo y/o Joaquín Castillo en Baninter, entre el 27 de julio de 2000 y el 31 de mayo de 2004, por demostrar el comportamiento de la cuenta, sus sobregiros permanentes y la eliminación de éstos.

408. Memorando confidencial del Banco Intercontinental, departamento de Recursos Humanos, donde certifican al Juez del Séptimo Juzgado de Instrucción, que a la señora Vivian Lubrano de Castillo le fue desembolsado un préstamo por RD$3,000,000.00 y que el mismo fue cancelado, por demostrar la extracción fraudulenta de fondos de Baninter por parte de dicha señora.

409. Impresión del aviso de crédito de la cuenta No. 0-000658-01-4, a nombre de Vivian Lubrano de Castillo por demostrar la extracción fraudulenta de fondos de Baninter por parte de dicha señora.

410. Batch 8640 de fichas para contabilizar sobregiros e ingresos, de fecha 22 de enero de 2003, con anexos detallados del señor Marcos Báez, por demostrar.

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411. Memorandum Confidencial de fecha 21 de marzo de 2003, dirigido a la señora Giannina Estévez, referente a transferencia de RD$353,844,964.48 para ser acreditados a cuenta detallada.

412. Memorandum Confidencial de fecha 21 de marzo de 2003, dirigido a la señora Giannina de Estévez, el cual es referente a la transferencia de RD$231,431,094.48, acreditados a las cuentas detalladas en el anexo y autorización del cierre de las mismas.

413. Movimientos de cuentas de vinculados y/o relacionados para eliminar sobregiros en pesos y préstamos en dólares entre las fechas del 22 de enero y 21 de marzo de 2003.

414. Informe de los Contadores Independientes y Estados Financieros de fecha 31 de diciembre de 1998 y 1997.

415. Movimiento de cuentas de vinculados y/o relacionados para eliminar sobregiros en pesos y prestamos en dólares entre las fechas 21 de enero y 21 de marzo.

416. Impresión de Mantenimiento de cuentas de clientes, cuenta Vivian Lubrano de Castillo y/o Joaquín Castillo No. 0656021004 y movimiento de la cuenta desde 22/01/2003 hasta 14/05/2003 y del 01/05/2003 hasta 14/05/2003.

417. Mantenimiento de cuentas de clientes, cuenta Finanza Empresarial y movimientos de la cuenta desde 10/03/2003 hasta 14/05/2003.

418. Correspondencia dirigida al Dr. Teófilo Regús Comas, firmada por Heiromy Castro en relación con la cuenta de sobregiro de Vivian Lubrano Carvajal de Castillo.

419. Resolución de los directores de la entidad Blueridge Services, Inc., de fecha 14 de septiembre de 2001, mediante la cual se otorga poder al señor Jesús María Troncoso con autoridad para representar y dirigir la compañía, mediante la cual se puede probar uno de los instrumentos corporativos que sirvieron para los fines de extracción de fondos de Baninter y para el lavado de recursos provenientes de dicha institución bancaria.

420. Convenio de apertura de crédito del 21 de diciembre de 2000, suscrito entre el Banco Intercontinental y el Banco BPN Parivas, para probar la adquisición de un préstamo de US$3,491,419.20 que finalmente fue extraido de Baninter y lavado mediante la adquisición de activos.

421. Con los siguientes documentos se puede probar la arquitectura fraudulenta de la operación y, en consecuencia, la extracción dolosa de recursos de Baninter, así como el lavado de activos provenientes de actividades ilícitas:

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a. Memorando confidencial de fecha 26 de abril de 2002 dirigido a Marcos Báez Cocco, contentivo de las recomendaciones para la estructura financiera del proyecto Blueridge Services, Inc.

b. Memorando confidencial de fecha 13 de junio de 2002, contentivo de las recomendaciones para la estructura financiera del proyecto Blueridge Services, Inc.

c. Solicitud de aprobación de facilidades de crédito de fecha 20 de junio de 2002, a nombre de Blueridge Services, Inc.

d. Comunicación de fecha 2 de julio de 2002, dirigida al licenciado Jesús Troncoso, remitiendo dos cheques para fines de firmas, con su respectivo soporte.

e. Impresión de las firmas autorizadas en la cuenta Blueridge services, Inc.

f. Memorando de fecha 11 de septiembre de 2002, dirigido a Manuel Ruiz, solicitándole el desembolso de US$190,000.00, aprobado por Vivian Lubrano, Marcos Báez y María Cañas.

g. Portada de fax de fecha 7 de agosto de 2002, dirigido a la señora María del Pilar Cañas, de parte del señor Jesús María Troncoso Ferrúa, remitiendo la relación de gastos para la constitución de la compañía Auténtica, S.A., con su respectivo soporte.

h. Portada de fax dirigido al señor Jesús Troncoso de fecha 28 de agosto de 2002, contentivo de la remisión de los avalúos de los inmuebles a ser aportados a Auténtica, S.A., por el Centro Médico INCE, con su respectivo soporte.

i. Comunicación de fecha 11 de septiembre de 2002, dirigida al señor Jesús Troncoso por parte del Baninter, remitiéndole la documentación referente al aporte anteriormente citado.

j. Memorando de fecha 28 de octubre de 2002, dirigido al señor Diego Peña Cavagliano por parte de Abigail Maríñez, en relación a las garantías pendientes de formalizar referentes a Blueridge Services, Inc.

k. Comunicación de fecha 6 de diciembre de 2002 dirigida al Banco Intercontinental por parte del BNP Paribas en referencia al Aditivo No. 1 de fecha 21 de diciembre de 2000.

l. Tabla de amortización de la Carta de Crédito de Blueridge Services, Inc. a favor de Wartsila con garantía de seguro de Coface y refinanciamiento vía BNP Paribas.

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m. Solicitud de aprobación de facilidades de crédito de fecha 21 de febrero de 2003, a nombre de Blueridge Services, Inc.

n. Relación de las garantías que avalaron el préstamo a la entidad Blueridge Services, Inc.

o. Memorando de fecha 22 de enero de 2003, dirigido a Zoraida Rosado de Georgia del Rosario, informando el vencimiento de la cuota correspondiente al 3 de enero de 2003 por la suma de US$385,745.85.

p. Memorando de fecha 10 de julio de 2003, dirigido a Jorge Luis Polanco de Zoraida Rosado, en referencia a la carta de crédito otorgada a Blueridge Services, Inc.

q. Lista de Suscriptores y Estado de los pagos de fecha 2 de septiembre de 2002 de la entidad Auténtica, S.A.

r. Segunda Asamblea General Constitutiva de fecha 2 de septiembre de 2002 de la Auténtica, S.A.

s. Informe del Comisario de Aportes de la entidad Auténtica, 5. A., de fecha 26 de agosto de 2002.

422. Contrato de instalación de generadores y sub-estación eléctrica, de fecha 27 de mayo de 2002, para probar el monto envuelto en la construcción de un centro de generación con las unidades compradas por Blueridge Services.

423. Estados de cuentas de Blueridge Services desde la apertura de la cuenta hasta el 31 de marzo de 2003, para probar que dicha cuenta se manejaba en base a sobregiros, sin que efectivamente ingresaran recursos para solventar los pagos realizados.

424. Comunicación de fecha 25 de abril de 2003, dirigida a Luis Álvarez Renta por Jesús María Troncoso Ferrúa, para probar, unido a otro elemento de prueba, las contradicciones relativas a sus afirmaciones sobre Anoe LLC e Interduty Free, Ltd.

425. Comunicación de fecha 27 de mayo de 1998, dirigida a Luis Álvarez Renta por Jesús Troncoso, para probar que, a pesar de haber dicho lo contrario en su comunicación de fecha 25 de abril de 2003, él había tenido relación con Interduty Free Ltd, pues fue quien constituyó dicha sociedad.

426. Certificación de fecha 18 de octubre de 1993 emitida por el Lic. Jesús María Troncoso Ferrúa, en su calidad de Secretario del Consejo de Administración de la compañía denominada Aldeasa Dominicana, 5. A., con las cuales de muestra la calidad de mandatario de dicha sociedad de dicho señor.

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427. Certificación de fecha 02 de agosto de 1994 emitida por el Lic. Jesús María Troncoso Ferrúa, en su calidad de Secretario del Consejo de Administración de la compañía denominada Aldeasa Dominicana, S.A. para probar su calidad de mandatario de dicha sociedad, relacionada y controlada directamente por Luis Álvarez Renta.

428. Comunicación de fecha 30 de abril de 1998 dirigida al señor Jesús María Troncoso del señor Eddy Enrique Leyba, Vicepresidente del Grupo Intercontinental, S.A., remitiéndole los cupones de acciones de todas las empresas relacionadas con Interduty Free Dominicana, y/o Ultra Export Corporation, lo que demuestra su relación directa y conocimiento de las actividades de dichas empresas relaciondas con Luis Álvarez Renta y Ramón Báez Figueroa.

Prueba documental.

Con los siguientes documentos se prueban la estafa y el abuso de confianza en los que

incurrieron los señores Luis Álvarez Renta, Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez Cocco y

Vvivian Lubrano de Castillo, en relación con la extracción fraudulenta de valores de

Baninter a través del mecanismo de cartas de crédito suscritas por Bankinvest y/Interdutty,

por vía de Luis Álvarez Renta con el aval de Baninter, quien siempre termina pagando.

429. Carta de fecha 27 de noviembre de 1997, dirigida por Luis Álvarez Renta en representación de Bank Invest, S.A. solicitando al Banco Intercontinental, la apertura de una carta de crédito stand by a favor del Banco Mercantil, por la suma de US$4,000,000.00.

430. Memorando confidencial de Baninter, de fecha 27 de noviembre de 1997, suscrito por Marcos Báez Cocco dirigido a Zoraida Rosado, 2da. Vicepresidente División Internacional, autorizando apertura de carta de crédito stand by por cuenta de Ultra Export Corporation y/o Bankinvest, S.A. a favor de Banco Mercantil, por la suma de US$4,000,000.00.

431. Solicitud de apertura de carta de crédito comercial, realizada por Ultra Export Corporation y/o Bank Invest, S.A., representadas ambas por Luis Álvarez Renta, por la suma de US$4,000,000.00.

432. Carta de crédito stand by, por la suma de US$4,000,000.00, dirigida al Banco Mercantil, S.A., emitida por el Banco Intercontinental, S.A., por cuenta de Bank Invest, S.A. y Ultra Export Corporation, en fecha 28 de noviembre de 1997, tanto en su versión en inglés, como su traducción judicial al español.

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Page 183: Acta acusacion baninter

433. Comunicación de fecha 28 de noviembre de 1997, dirigida por Bank Invest al Banco Intercontinental, solicitando la enmienda de la carta de crédito, para que la misma cubra al Mercantil DR International Corporation.

434. Comunicación de fecha 28 de noviembre de 1997 emitida por el Banco Intercontinental dirigida al Banco Mercantil, S.A., en referencia a la carta de crédito por la suma de US$4,000,000.00 donde se solicita que se haga la corrección en el nombre del beneficiario al nombre de Banco Mercantil, S.A. y/o Mercantil D. R. International Corp., con su soporte correspondiente.

435. Carta de fecha 28 de octubre de 1998, emitida por Banco Mercantil D. R. International Corp., a Bankinvest, S.A., solicitándole el aumento del valor consignado en la carta de crédito a US$4,500,000.00 y cuyo vencimiento sea el 15 de enero de 1999.

436. Carta emitida por Bank Invest, S.A., representada por Luis Álvarez Renta, al Banco Intercontinental, en fecha 29 de octubre de 1998, solicitando la ampliación del monto de la carta de crédito a US$4,500,000.00 y la extensión del periodo de vencimiento al 15 de enero de 1999.

437. Carta emitida por Bank Invest, S.A., representada por Luis Álvarez Renta, al Banco Intercontinental, en fecha 06 de noviembre de 1998, solicitando la ampliación del monto de la carta de crédito a US$7,500,000.00.

438. Comunicación dirigida al Banco Mercantil, S.A., y/o Banco Mercantil D. R. International Corp., por el Banco Intercontinental, S.A., en fecha 10 de noviembre de 1998, en relación con el aumento de la carta de crédito a US$7,500,000.00.

439. Carta emitida por Bank Invest, S.A., representada por Luis Álvarez Renta, al Banco Intercontinental, en fecha 30 de noviembre de 1998, solicitando la ampliación del monto de la carta de crédito a US$10,000,000.00.

440. Comunicación dirigida al Banco Mercantil, S.A., y/o Banco Mercantil D. R. International Corp., por el Banco Intercontinental, S.A., en fecha 1 de diciembre de 1998, en relación con el aumento de la carta de crédito a US$10,000,000.00.

441. Carta emitida por Bank Invest, S.A., representada por Luis Álvarez Renta, al Banco Intercontinental, en fecha 15 de enero de 1999, solicitando la ampliación del monto de la carta de crédito a US$11,500,000.00 y la extensión del periodo de vencimiento en 360 días.

442. Comunicación dirigida al Banco Mercantil, S.A., y/o Banco Mercantil D. R. International Corp., por el Banco Intercontinental, S.A., en fecha 15 de enero de 1999, en relación con el aumento de la carta de crédito a US$11,500,000.00 y la extensión de la fecha de vencimiento para el 15 de enero de 2000.

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Page 184: Acta acusacion baninter

443. Carta emitida por Bank Invest, S.A., representada por Luis Álvarez Renta, al Banco Intercontinental, en fecha 1° de febrero de 2000, solicitando la ampliación del monto de la carta de crédito a US$12,500,000.00 y la renovación por un año.

444. Carta emitida por Bank Invest, S.A., representada por Luis Álvarez Renta, al Banco Mercantil, en fecha 24 de octubre de 2000, en la cual se confirma la extensión del vencimiento de la carta de crédito por 12 meses, venciendo en febrero de 2002.

445. Carta emitida por Bank Invest, S.A., representada por Luis Álvarez Renta, al Banco Intercontinental, en fecha 24 de octubre de 2000, en la cual se solicita la extensión del vencimiento de la carta de crédito por un año.

446. Comunicación dirigida al Banco Mercantil, S.A., y/o Banco Mercantil D, R International Corp., por el Banco Intercontinental, S.A., en fecha 24 de octubre de 2000, indicando la nueva fecha de expiración o de vencimiento de la carta de crédito al 15 de enero de 2002.

447. Carta emitida por Bank Invest, S.A., representada por Luis Álvarez Renta, al Banco Intercontinental, en fecha 9 de enero de 2002, en la cual se solicita la extensión del vencimiento de la carta de crédito por 24 meses.

448. Comunicación dirigida al Banco Mercantil, S.A., y/o Banco Mercantil D. R. International Corp., por el Banco Intercontinental, S.A., en fecha 10 de enero de 2002, indicando la nueva fecha de expiración o de vencimiento de la carta de crédito al 15 de enero de 2004.

449. Comunicación de Bank Invest al Baninter, en fecha 08 de mayo de 2002, solicitando la transferencia de US$1,000,000.00, para el pago de la carta de crédito (SBL010/97) , con su soporte correspondiente, conformado por la impresión de transferencia de fondos solicitada, así como la impresión de fecha 15 de mayo de 2002 y el original de la única de cambio emitida por dicho valor en fecha 14 de mayo de 2002 a favor de Bankinvest, S.A. firmada por Luis Álvarez Renta.

450. Comunicación de Bank Invest al Baninter, en fecha 11 de junio de 2002, solicitando la transferencia de US$1,000,000.00, para el pago de la carta de crédito, con su soporte correspondiente, conformado por la impresión de transferencia de fondos solicitada, de fecha 14 de junio de 2002, así como la impresión de la transferencia por la suma de US$1,000,000.00, la impresión de fecha 14 de junio de 2002, del adelanto otorgado y original de la única de cambio, sin fecha, pagadera al 14 de junio de 2002, otorgada por Bank Invest, por US$1 ,000,000.00.

451. Comunicación de Bank Invest al Baninter, en fecha 09 de julio de 2002, solicitando la transferencia de US$1,000,000.00, para el pago de la carta de crédito, con su soporte correspondiente, conformado por la impresión de transferencia de fondos solicitada, de fecha 15 de julio de 2002, así como la impresión de fecha 15 de julio de 2002, del adelanto otorgado.

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Page 185: Acta acusacion baninter

452. Comunicación de Bank Invest al Baninter, en fecha 08 de agosto de 2002, solicitando la transferencia de US$1,000,000.00, para el pago de la carta de crédito, con su soporte correspondiente, conformado por la impresión de transferencia de fondos solicitada, de fecha 15 de agosto de 2002, así como el original de la única de cambio, sin fecha, pagadera al 14 de agosto de 2002, otorgada por Bank Invest, por US$1,000,000.00.

453. Comunicación emitida por Bankinvest al Baninter, en fecha 11 de septiembre de 2002, solicitando la transferencia de US$1,000,000.00, para el pago de la carta de crédito, con su soporte correspondiente, conformado por la impresión de mantenimiento de negociación y su respectiva contabilización por valor de US$1,000,000.00, impresión del adelanto otorgado, dos impresiones de la transferencia de fecha 13 de septiembre de 2002 por la suma de US$1,000,000.00, y el original de la única de cambio, sin fecha, pagadera el 14 de septiembre de 2002, otorgada por Bank Invest, por US$1,000,000.00.

454. Impresión de pantalla, emitida por el Banco Intercontinental, de fecha 1° de octubre de 2002, donde se muestra el estado de la carta de crédito, otorgada al Bank Invest.

455. Comunicación emitida por Bank Invest al Baninter, en fecha 10 de octubre de 2002, solicitando la transferencia de US$1,000,000.00, para el pago de la carta de crédito, con su soporte correspondiente, conformado por la impresión de transferencia de fondos solicitada, de fecha 16 de octubre de 2002, así como la impresión del adelanto otorgado, la impresión de fecha 16 de octubre de la transferencia de US$1,000,000.00, impresión del mantenimiento de la negociación y su respectiva contabilidad, y el original de la única de cambio, sin fecha, pagadera al 14 de octubre de 2002, otorgada por Bank Invest, por US$1,000,000.00.

456. Comunicación emitida por Bank Invest al Baninter, en fecha 12 de noviembre de 2002, solicitando la transferencia de US$1,000,000.00, para el pago de la carta de crédito, con su soporte correspondiente, conformado por tres impresiones de la transferencia de fondos solicitada de fecha 18 de noviembre de 2002, así como el original de la única de cambio, sin fecha, pagadera al 14 de noviembre de 2002, otorgada por Bank Invest, por US$1,000,000.00.

457. Comunicación de fecha 22 de abril de 2003, dirigida al Banco Intercontinental por el Banco Mercantil, mediante la cual envían copia de la carta de crédito stand by, por la suma de US$12,500,000.00.

458. Comunicación de fecha 6 de mayo de 2003, dirigida al Banco Intercontinental, S.A., por Mercantil D.R. International Corp., donde se indica el atraso de más de 60 días de la carta de crédito.

459. Transferencia para la apertura de certificados de inversión especial, por RD$ 1,485,604,489.71, de fecha 12 de junio de 2003.

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Page 186: Acta acusacion baninter

460. Hoja de Fax de fecha 17 de julio de 2003, enviado por Departamento de Contabilidad del Banco Central a Baninter (señora Jeddy Medina), enviando documento anterior.

461. Reporte de apertura inversionistas y ahorrantes de instituciones financieras en liquidación de fecha 12 de Junio de 2003, por la suma de RD$1,485.604,489.71.

462. Comunicación enviada por el Banco Central a Jeddy Medina, en fecha 8 de julio de 2003, sobre la carta de crédito de certificado de inversión del Banco Central a favor del Banco Mercantil.

463. Comunicación enviada por el Banco Central al Lic. Salvador Rosa Diep, en fecha 12 de julio de 2003, sobre instrucciones para documentar garantía dada por Baninter.

464. Análisis de Movimiento en DOP, del 9 de junio de 2003.

465. Análisis de Movimiento del 10 de junio de 2003.

466. Análisis de Movimiento del 11 de junio de 2003.

467. Análisis de Movimiento del 12 de junio de 2003.

468. Análisis de Movimiento del 13 de junio de 2003.

469. Análisis de Movimiento del 16 de junio de 2003.

470. Comunicación del Baninter, de fecha 11 de Junio de 2003 al Banco Central (atención Salvador Rosa), sobre el aumento de la carta de crédito stand by en Baninter a la suma de US$12,500,000.00, a favor del Banco Mercantil.

471. Comunicación del Baninter, de fecha 20 de mayo de 2003 a Mercantil Dr Internacional Corp. (atención TZEITL Kalaf Guzmán), sobre la carta de crédito stand by en Baninter por la suma de US$12,5000,000.00, a favor del Banco Mercantil.

472. Comunicación del Mercantil DR. Internacional Corp, de fecha 9 de mayo de 2003 a William Wall, sobre la carta de crédito stand by en Baninter por la suma de US$12,5000,000.00, a favor del Banco Mercantil, aclarando que dicha suma es la correcta.

473. Comunicación del Mercantil DR. Internacional Corp, de fecha 6 de mayo de 2003 a William Wall, sobre el atraso con relación a la carta de crédito stand by en Baninter por la suma de US$12,5000,000.00.

LOS TIPOS PENALES DEL LAVADO DE ACTIVOS E INCREMENTO PATRIMONIAL DERIVADO DE LA ACTIVIDAD DELICTIVA AFÍN INCRIMINADOS POR LOS LITERALES A), B) Y

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Page 187: Acta acusacion baninter

C) DEL ARTÍCULO 3, 4 y 18 DE LA LEY SOBRE LAVADO DE ACTIVOS PROVENIENTES DE TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS Y SUSTANCIAS CONTROLADAS Y OTRAS INFRACCIONES GRAVES NO. 72-02.

Prueba documental:

Caso Editora Listín Diario y conexos.

474. Copias certificadas de varios documentos relativos todos a las transferencias de recursos del Baninter destinados a capitalizar la compañía Editora Listín Diario, C. por A., a saber:

a. Del memorando confidencial de Marcos Báez dirigido a

Giannina de Estévez, de fecha 11 de marzo de 2003, mediante la cual se

autoriza al debito de la cuenta corriente No. 0-010611-01-0, para la cancelación

de los préstamos Nos. 1-656892-01-4 y 1-656892-02-2.

b. Del documento contentivo de la relación de los préstamos

cancelados, la titularidad y monto de los mismos.

c. De la impresión donde se evidencia que se ejecuta la

operación solicitada en el memorando antes descrito y que deja el balance de la

cuenta en cero.

d. Del memorando confidencial de 11 de marzo de 2003,

dirigido a Zoraida Rosado y Benita Castillo, referente a Bear Park International,

LTD, firmado por Marcos Báez Cocco, mediante el cual se autoriza a debitar de

la cuenta Consultoría externa la suma de US$37,846,714.34.

e. De impresión del Banco Intercontinental, S.A., que muestra

la apertura de la cuenta corriente No. 0672721007, identificada con el nombre

de Miguel Subero, cuenta Listín.

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Page 188: Acta acusacion baninter

f. De la cubicación de las obras civiles rotativa Listín Diario,

elaborada por “Subero y Asociados”.

g. De relación de cheques de la obra Listín Diario, elaborada

por “Subero & Asociados”, de los cheques emitidos entre el 14 de agosto de

2002 y el 28 de marzo de 2003.

h. Del inventario de cheques girados por el Ing. Miguel Subero,

Cta. Listín, en el Baninter con sus respectivos soportes.

i. Del estado de cuenta de fecha marzo 16 a abril 15 de 2003,

emitido por el Baninter, sobre la cuenta del Ing. Miguel Subero. Cta. Listín.

j. Comunicación de fecha 2 de julio de 2003, remitida por el

Ing. Miguel Subero, a la Editora Listín Diario, a los fines de hacer un recuento

de los negocios existentes entre este último y “Subero & Asociados”, al

momento de producirse la intervención. Para la ocasión, éste le reclamaba a la

Editora Listin Diario el pago de RD$11,791,772.24.

k. En ocasión de la referida operación, a continuación

enumeramos diversos cheques certificados librados a cargos de cuentas del

Baninter, a saber:

1. Cheque No. 4068, de fecha 14 de junio de 2002, por valor de RD$242,968.25,

a favor de Viajes Dumbo, por concepto de pago facturas Nos. 016502 y 3372

por compra de boletos aéreos. Factura boletería de Viajes Dumbo No. FBOL-

016502, de fecha 23 de mayo de 2002, por valor de RD$236,088.25. Factura

de Viajes Dumbo No. 3372, de fecha 27 de mayo de 2002, por valor de

RD$6,880.00. Recibo otorgado por Viajes Dumbo No. 2415, de fecha 17 de

junio de 2002, por valor de RD$242,968.25, en ocasión del pago realizado por

Matesa.

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Page 189: Acta acusacion baninter

2. Cheque No. 4081, de fecha 20 de junio de 2002, por valor de RD$15,000.00,

a favor de Juan Luis Sangiovanni, por concepto de Caja Chica de obra rotativa

del Listín Diario.

3. Cheque No. 4361, de fecha 25 de junio de 2002, por valor de RD$5,194.00, a

favor de Miguel A. González, por concepto de pago levantamiento

topográfico de la rotativa del Listín Diario. Copia factura S/N del agrimensor

Miguel A. González V., de fecha 20 de junio de 2002, por valor de

RD$5,300.00, por concepto de levantamiento topográfico de la calle Juan A.

Minaya y determinar elevaciones de piso en el almacén de depósito del

periódico Listín Diario.

4. Cheque No. 4377, de fecha 26 de junio de 2002, por valor de RD$86,464.00,

a favor de Horizon Consultants, por concepto pago 50% estudio geotécnico

Editora Listín Diario. Propuesta para estudios geotécnicos para nuevas

maquinarias rotativas Listín Diario, realizada por Horizon Consultants, de

fecha 25 junio de 2002. Presupuesto detección de cavernas, estudios

geotécnicos de la calle Juan Minaya, sector Miraflores, Santo Domingo, de

fecha 24 de junio de 2002.

5. Cheque No. 4471, de fecha 27 de junio de 2002, por valor de RD$2,940.00, a

favor de Miguel A. González, por concepto de pago ubicación de puntos para

sondeo de suelo en el solar del periódico Listín Diario - Rotativa. Copia

factura S/N, de fecha 26 de junio de 2002, del agrimensor Miguel A.

González V.

6. Cheque No. 4526, de fecha 3 de julio de 2002, por valor de RD$472,377.60, a

favor de Disaca, por concepto de avance del 30% por excavación con bote de

materiales en solar del Listín Diario – Rotativa. Presupuesto presentado por

Disaca Construcciones, de fecha 26 de junio de 2002.

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Page 190: Acta acusacion baninter

7. Cheque No. 4885, de fecha 19 de julio de 2002, por valor de

RD$1,200,000.00, a favor de Ingeniería Metálica, por concepto de primer

avance por estructura metálica en el área rotativa del Listín Diario.

8. Cheque No. 4901, de fecha 18 de julio de 2002, por valor de RD$14,456.00, a

favor de Disaca, por concepto de pago por demolición de carga y bote de

muro divisor en obra rotativa del Listín Diario. Factura de fecha 15 de julio de

2002, por valor de RD$14,456.00, de Disaca Construcciones.

9. Cheque No. 4903, de fecha 18 de julio de 2002, por valor de RD$557,784.00,

a favor de Disaca, por concepto de saldo de excavación con botes de

materiales en área de rotativa del Listín Diario.

10. Cheque No. 4928, de fecha 18 de julio de 2002, por valor de RD$17,640.00, a

favor de Miguel A. González, por concepto de replanteo de área y cubicación

del corte en obra rotativa del Listín Diario. Factura S/N de Miguel A.

González, de fecha 16 de julio de 2002.

11. Cheque No. 5058, de fecha 19 de julio de 2002, por valor de RD$414,345.86,

a favor de Electromecánica Ducoudray, por concepto de sustitución de

transfer automático, instalación eléctrica, instalación iluminación en área del

solar de la rotativa del Listín Diario. Copia factura presentada por

Electromecánica Ducoudray, con sus respectivos soportes.

12. Cheque No. 5139, de fecha 22 de julio de 2002, por valor de

RD$15,000,000.00, a favor de Ingeniería Metálica, por concepto de trabajos

de estructura metálica en área de la rotativa y otras áreas del Listín Diario.

13. Cheque No. 5155, de fecha 23 de julio de 2002, por valor de RD$86,464.00, a

favor de Horizon Consultants, por concepto de saldo del 50% por estudio

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Page 191: Acta acusacion baninter

geotécnico de la obra rotativa del Listín Diario. Comunicación dirigida por

Horizon Consultants a Matesa, S.A., de fecha 25 de julio de 2002, relativa a

propuesta para estudios geotécnicos. Presupuesto presentado por Horizon

Consultants, de fecha 24 de junio de 2002. Factura No. HC-114, de fecha 19

de julio de 2002, por valor de RD$86,464.00 por concepto de servicios

profesionales en el proyecto rotativa del Listín Diario.

14. Cheque No. 5163, de fecha 23 de julio de 2002, por valor de RD$38,455.20, a

favor de Geoplán, por concepto de avance 20% por mediciones técnicas en

obra rotativa del Listín Diario. Propuesta realizada por Geoplán para la

realización de los servicios de mediciones técnicas, de fecha 19 de julio de

2002.

15. Cheque No. 5236, de fecha 24 de julio de 2002, por valor de RD$3,150.00, a

favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicios de suministro de

empleados de limpieza en área rotativa del Listín Diario. Copia reporte

semanal presentado por Coimbra, de fecha 26 de julio de 2002.

16. Cheque No. 5281, de fecha 29 de julio de 2002, por valor de RD$58,800.00, a

favor del arquitecto Carlos Pou, por concepto de supervisión de obra Listín

Diario.

17. Cheque No. 7660, de fecha 24 de octubre de 2002, por valor de RD$1,300.00,

a favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicios de suministro de

empleados de limpieza en el área de la rotativa del Listín Diario.

18. Cheque No. 7700, de fecha 24 de octubre de 2002, por valor de

RD$20,972.00, a favor de Talleres El Gringo, por concepto de pago

instalación cañerías Listín Diario – Rotativa. copia cotización de Taller El

Gringo de fecha 16 octubre de 2002.

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Page 192: Acta acusacion baninter

19. Cheque No. 7710, de fecha 25 de octubre de 2002, por valor de

RD$18,762.00, a favor de Graficad, S.A., por concepto de copias y

encuadernación, Listín Diario – Rotativa. Copia factura de Graficad No. 4144,

de fecha 17 de octubre de 2002, por valor de RD$18,762.00.

20. Cheque No. 7716, de fecha 25 de octubre de 2002, por valor de

RD$29,400.00, a favor del Arquitecto Carlos Pou, por concepto de pago por

supervisión de obra Listín Diario – Rotativa.

21. Cheque No. 7759, de fecha 28 de octubre de 2002, por valor de

RD$25,142.13, a favor de Horizon Consultants, S.A., por concepto de pago

por supervisión de relleno de materiales, espesores de capa y densidad

compacta en la obra Listín Diario – Rotativa. Copia factura No.HC-141, de

fecha 1 de noviembre de 2002, por valor de RD$25,142.13, por concepto de

supervisión rellenos Edificio Rotativa Listín Diario. Recibo de ingreso

otorgado por Geoplán a Matesa, S.A.

22. Cheque No. 7764, de fecha 28 de octubre de 2002, por valor de RD$1,300.00,

a favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicios de suministro de

empleado de guarda-almacén, en el área de la rotativa del Listín Diario.

23. Cheque No. 7798, de fecha 29 octubre de 2002, por valor de RD$130,104.04,

a favor de Disaca, por concepto de pago excavación de zapata en área rotativa

del Listín Diario. factura de fecha 23 octubre de 2002.

24. Cheque No. 7801, de fecha 29 octubre de 2002, por valor de RD$82,919.62, a

favor de Disaca, por concepto de pago de material de base de nivelado y

compactado en área rotativa del Listín Diario. Factura de fecha 24 octubre de

2002.

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Page 193: Acta acusacion baninter

25. Cheque No. 7805, de fecha 29 octubre de 2002, por valor de RD$38,864.40, a

favor de Disaca, por concepto de pago de limpieza de área de carga, bote y

traslado de materiales en área rotativa del Listín Diario. Factura de fecha 24

octubre de 2002.

26. Cheque No. 7810, de fecha 29 octubre de 2002, por valor de RD$225,953.50,

a favor de Disaca, por concepto de pago de material de relleno, nivelado y

compactado en área rotativa del Listín Diario. Factura de fecha 24 octubre de

2002.

27. Cheque No. 7849, de fecha 30 de octubre de 2002, por valor de

RD$634,044.95, a favor del Banco Intercontinental, S.A., por concepto de

compra de cheque por US$31,157.00 a nombre Ingersoll, para adquirir

compresor aire comprimido para el Listín Diario –Rotativa. Copia cotización

de Minecón de fecha 10 octubre de 2002.

28. Cheque No. 7854, de fecha 30 de octubre de 2002, por valor de

RD$436,930.44, a favor de Vimenca y/o Juan Santiago, por concepto de

compra de $20,804.40 euros para avance del 30% a trabajos a nombre Demag

Granes & Compone NTS.

29. Aviso de débito de fecha 1 noviembre de 2002, por la suma de

US$1,901,866.09, por concepto de venta de US$93,228.73.

30. Cheque No. 7891, de fecha 6 noviembre de 2002, por valor de RD$532.05, a

favor de Codetel, por concepto de pago de factura de teléfono No. 540-3756.

31. Cheque No. 7895, de fecha 6 noviembre de 2002, por valor de RD$17,561.60,

a favor de Geoplán, por concepto de pago cubicación No.3 por servicios de

topografía, control y seguimiento de obra rotativa del Listín Diario. Copia

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Page 194: Acta acusacion baninter

cubicación hecha por Geoplán. copia recibo de ingreso otorgado por Matesa,

S.A. a Geoplán.

32. Aviso de débito de fecha 7 noviembre de 2002, por la suma de RD$40,800.00

por concepto de venta de US$2,000.00.

33. Cheque No. 7911, de fecha 7 noviembre de 2002, por valor de RD$1,500.00,

a favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicios de suministro de

empleado de guarda almacén en área rotativa del Listín Diario. Copia reporte

semanal presentado por Coimbra, S.A.

34. Cheque No. 7978, de fecha 8 noviembre de 2002, por valor de

RD$210,302.87, a favor de Vimenca y/o Juan Santiago, por concepto de

compra de cheque en euros por la suma de $9,841.00 a nombre de Halfen-

Deha, por compra de equipos. Copia del presupuesto de Halfen-Deha.

35. Cheque No. 8030, de fecha 13 noviembre de 2002, por valor de

RD$29,400.00, a favor del arquitecto Carlos Pou, por concepto de supervisión

de obra rotativa del Listín Diario.

36. Cheque No. 8085, de fecha 14 noviembre de 2002, por valor de

RD$153,595.42, a favor de Electromecánica Ducoudray, por concepto de re-

ubicación transformadores por construcción de nueva edificación rotativa del

Listín Diario. Copias de facturas correspondientes.

37. Cheque No. 8108, de fecha 14 noviembre de 2002, por valor de

RD$22,559.04, a favor de Reliance Watchman, S.A., por concepto de pago de

factura de por servicios de vigilancia prestados durante el mes de octubre

2002, en área rotativa del Listín Diario. Copias factura y recibo de ingreso

otorgados por Reliance Watchman.

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Page 195: Acta acusacion baninter

38. Cheque No. 8116, de fecha 14 noviembre de 2002, por valor de

RD$188,610.32, a favor de Disaca, por concepto de pago excavación de

zapata en área rotativa del Listín Diario. Copias de facturas correspondientes.

Copia factura de fecha 28 octubre 2002, emitida por Disaca.

39. Cheque No. 8125, de fecha 14 noviembre de 2002, por valor de RD$1,300.00,

a favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por suministro de empleados

de guarda almacén en área rotativa del Listín Diario. Copia reporte semanal

presentado por Coimbra, S.A.

40. Cheque No. 8146, de fecha 14 noviembre de 2002, por valor de

RD$131,792.02, a favor de Disaca, por concepto de pago de alquiler de

equipos para obra rotativa del Listín Diario. Factura de fecha 28 octubre de

2002.

41. Cheque No. 8160, de fecha 24 noviembre de 2002, por valor de

RD$150,390.09, a favor de Electromecánica Ducoudray, por concepto de re-

ubicación de aire acondicionado por construcción de rotativa de Listín Diario.

Copia factura presentada por Electromecánica Ducoudray, con sus respectivos

soportes.

42. Cheque No. 8164, de fecha 14 de noviembre de 2002, por valor

RD$96,194.36, a favor de Electromecánica Ducoudray, por concepto de

instalación eléctrica para equipos y oficina en área de construcción de la

nueva edificación Listín Diario – Rotativa. Copia factura presentada por

Electromecánica Ducoudray, S.A., de fecha 11 de noviembre de 2002, por

valor de RD$96,194.36, con sus correspondientes soportes.

43. Cheque No. 8220, de fecha 21 noviembre de 2002, por valor de RD$1,300.00,

a favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicios de suministro de

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Page 196: Acta acusacion baninter

empleado de guarda almacén en área rotativa del Listín Diario. Copia reporte

semanal presentado por Coimbra, S.A.

44. Cheque No. 8314, de fecha 25 noviembre de 2002, por valor de

RD$29,400.00, a favor del arquitecto Carlos Pou, por concepto de supervisión

de obra rotativa del Listín Diario.

45. Cheque No. 8393, de fecha 27 noviembre de 2002, por valor de RD$1,300.00,

a favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicios de suministro de

empleado de guarda almacén en área de la rotativa del Listín Diario. Copia

reporte semanal presentado por Coimbra, S.A.

46. Cheque No. 8420, de fecha 28 noviembre de 2002, por valor de

RD$7,000,000.00, a favor de Ingeniería Metálica, S.A., por concepto de

segundo avance por trabajos de herrería en área rotativa del Listín Diario.

47. Cheque No. 8540, de fecha 29 noviembre 2002, por valor de RD$224,495.56,

a favor de Electromecánica Ducoudray, por concepto de traslado compresores

y transformadores en imprenta de revista en área rotativa del Listín Diario.

Factura de fecha 26 noviembre 2002, presentada por Electromecánica

Ducoudray, con sus respectivos soportes.

48. Cheque No. 8544, de fecha 29 noviembre de 2002, por valor de

RD$249,199.98, a favor de Electromecánica Ducoudray, por concepto de

traslado de aire acondicionado en impresora de revista en área rotativa del

Listín Diario. Copia factura presentada por Electromecánica Ducoudray, con

sus respectivos soportes.

49. Cheque No. 8546, de fecha 29 de noviembre de 2002, por valor de

RD$19,586.45, a favor de Electromecánica Ducoudray, por concepto de

arreglo de plafond en área de imprenta de revista por nuevo edificio Listín

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Page 197: Acta acusacion baninter

Diario – Rotativa. Copia factura de Electromecánica Ducoudray No. 0929, de

fecha 26 de noviembre de 2002, por valor de RD$19,586.45, con sus

respectivos soportes.

50. Cheque No. 8558, de fecha 2 diciembre de 2002, por valor de

RD$321,712.50, a favor de Disaca, por concepto de excavación de zapata en

área de la rotativa del Listín Diario. Factura de fecha 26 noviembre de 2002.

51. Cheque No. 8559, de fecha 2 diciembre 2002, por valor de RD$233,002.92, a

favor de Disaca, por concepto de pago albañilería del área rotativa del Listín

Diario. Factura de fecha 26 noviembre de 2002.

52. Cheque No. 8670, de fecha 5 diciembre de 2002, por valor de RD$1,300.00, a

favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicios de suministro de

empleado de guarda almacén en área rotativa del Listín Diario. Copia reporte

semanal presentado por Coimbra, S.A.

53. Cheque No. 8698, de fecha 5 diciembre de 2002, por valor de RD$42,963.20,

a favor de Geoplán, por concepto de pago cubicación No.4 por servicios de

topografía, control y seguimiento en área rotativa del Listín Diario.

Cubicación hecha por Geoplán.

54. Cheque No. 8728, de fecha 5 diciembre de 2002, por valor de RD$29,400.00,

a favor del arquitecto Carlos Pou, por concepto de supervisión de obra rotativa

del Listín Diario.

55. Cheque No. 8778, de fecha 6 diciembre de 2002, por valor de RD$29,400.00,

a favor del arquitecto Carlos Pou, por concepto de supervisión de obra rotativa

del Listín Diario.

56. Cheque No. 8798, de fecha 6 diciembre de 2002, por valor de

RD$1,208,520.00, a favor de Elevatronic, C. por A., por concepto de saldo

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Page 198: Acta acusacion baninter

del 50% por instalación de ascensor montacarga en área rotativa del Listín

Diario. Cotización hecha por Elevatronic, C. por A..

57. Cheque No. 8831, de fecha 6 diciembre de 2002, por valor de RD$52,727.28,

a favor del Banco Intercontinental, S.A., por concepto de pago tarjeta de

crédito en US$ a nombre de Jorge G. Kourie Bornia. Copia estado de cuenta.

58. Cheque No. 8832, de fecha 6 diciembre de 2002, por valor de RD$30,000.00,

a favor del arquitecto Carlos Pou, por concepto de pago regalía pascual.

59. Cheque No. 8877, de fecha 9 diciembre de 2002, por valor de RD$29,400.00,

a favor del arquitecto Carlos Pou, por concepto de supervisión de obra rotativa

del Listín Diario.

60. Cheque No. 8884, de fecha 10 diciembre de 2002, por valor de

RD$20,000.00, a favor de Juan Luis Sangiovanni, por concepto de

desembolsos de caja chica de obra rotativa del Listín Diario. Copias

desembolsos realizados y de las facturas correspondientes.

61. Cheque No. 8895, de fecha 10 diciembre 2002, por valor de RD$1,111.31, a

favor de Codetel, por concepto de pago de factura de teléfono No. 540-3756.

62. Aviso de débito a la cuenta de Matesa, S.A., por la suma de

RD$1,279,873.95, de fecha 10 diciembre de 2002, por concepto de venta de

US$57,137.23 a la tasa de 22.40. Reporte de transferencia de los fondos

realizada en fecha 11 diciembre de 2002, a la cuenta de York International

Corporation en el Bank of América, para el pago del 30% de avance por la

compra de mercancía a utilizarse en el proyecto Rotativa Listín Diario, según

autorización de fecha 4 diciembre de 2002. Aviso de débito por la suma de

RD$3,674.68, por concepto de cargo por comisión y costo de cable

(transferencia).

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Page 199: Acta acusacion baninter

63. Aviso de débito a la cuenta de Matesa, S.A., por la suma de

RD$2,227,400.00, de fecha 10 diciembre de 2002, por concepto de venta de

US$99,437.50 a la tasa de 22.40. Reporte de transferencia de los fondos

realizada en fecha 31 enero de 2003, a la cuenta de Multipanel, S.A. de C.V.

en el Citibank, N.A. de New York, para el pago del 50% del pago final por la

compra de mercancía a utilizarse en el proyecto Rotativa Listín Diario, según

autorización de fecha 16 enero de 2003. Aviso de débito por la suma de

RD$6,146.56, por concepto de cargo por comisión y costo de cable

(transferencia). Cotización de Ing. Julio Perozo & Asoc., S.A., de fecha 2

diciembre de 2002.

64. Cheque No. 8984, de fecha 11 diciembre de 2002, por valor de

RD$235,259.29, a favor de Electromecánica Ducoudray, por concepto de

instalación de líneas de energía para equipos de soldar en nueva edificación

rotativa del Listín Diario. Copias de facturas correspondientes. Copia factura

presentada por Electromecánica Ducoudray, con sus respectivos soportes.

65. Cheque No. 8986, de fecha 11 diciembre de 2002, por valor de

RD$30,590.77, a favor de Electromecánica Ducoudray, por concepto de

instalación de aire acondicionado y compresores en rotativa de revista por

construcción de nuevo edificio. Copia factura presentada por Electromecánica

Ducoudray, con sus respectivos soportes.

66. Cheque No. 9145, de fecha 12 diciembre de 2002, por valor de RD$1,300.00,

a favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicios de suministro de

empleado de guarda almacén en área rotativa del Listín Diario. Copia reporte

semanal presentado por Coimbra, S.A.

67. Cheque No. 9245, de fecha 13 diciembre de 2002, por valor de

RD$1,402,134.48, a favor de Vimenca y/o Juan Santiago, por concepto de

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Page 200: Acta acusacion baninter

compra de cheque en euros por la suma de $34,141.30 por concepto de pago

herrería. Copia presupuesto de Cerrajería Moreira, S.L. Comunicación de

fecha 4 de diciembre de 2002, suscrita por Arquitecto José Luis Rodríguez

Bonetti, Presidente de Matesa, S.A., dirigida a Cerrajería Moreira, Madrid,

España autorizando a colocar la orden para la oferta presentada en el

presupuesto de fecha 2 diciembre de 2002 y a que las facturas se emitan a

nombre de Editora Listín Diario, C. por A., por un total de $170,706.50 euros.

68. Cheque No. 9278, de fecha 13 diciembre de 2002, por valor de RD$1,300.00,

a favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicios de suministro de

empleados de limpieza del 16 al 20 diciembre de 2002, en área rotativa del

Listín Diario. Copia reporte semanal presentado por Coimbra, S.A.

69. Cheque No. 9315, de fecha 16 diciembre de 2002, por valor de RD$1,300.00,

a favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicio de suministro de

empleados de limpieza del 21 al 27 diciembre de 2002. Copia reporte semanal

hecho por Coimbra, S.A.

70. Cheque No. 9330, de fecha 16 diciembre de 2002, por valor de RD$1,300.00,

a favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicios de suministro de

empleados de limpieza en área rotativa del Listín Diario.

71. Cheque No. 9355, de fecha 16 diciembre de 2002, por valor de RD$1,300.00,

a favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicios de suministro de

empleado de guarda almacén en área rotativa del Listín Diario. Copia reporte

semanal presentado por Coimbra, S.A.

72. Cheque No. 9370, de fecha 16 diciembre de 2002, por valor de RD$3,418.40,

a favor de Alicia de Saliaris, por concepto de reembolso por pago realizado

por esta última en Ristorante Fellini. Copias de voucher y factura No. 43611

de fecha 13 diciembre de 2002.

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Page 201: Acta acusacion baninter

73. Cheque No. 9389, de fecha 16 diciembre de 2002, por valor de RD$1,300.00,

a favor de Coimbra, S.A., por concepto de pago por servicios de suministro de

empleados de guarda almacén en área rotativa del Listín Diario. Copia reporte

semanal presentado por Coimbra, S.A.

74. Cheque No. 9395, de fecha 16 diciembre de 2002, por valor de RD$5,000.00,

a favor del Banco Intercontinental, S.A., por concepto de pago tarjeta de

crédito por consumo realizado por José Luis Rodríguez Bonetti, en el

Restaurante Vesuvio II. Copia del voucher.

75. Cheque No. 9444, de fecha 17 diciembre de 2002, por valor de

RD$521,206.70, a favor de Conelca, por concepto de avance del 20% por

instalación eléctrica en área rotativa del Listín Diario. Copia del presupuesto

presentado por Conelca.

Demostrar las operaciones financieras y contables realizadas a lo interno del Baninter

para capitalizar y/o lavar los activos de antemano distraídos por Ramón Báez Figueroa

y su compañía Bear Park International, LTD, en provecho de la Editora Listín Diario,

C. por A.

Operaciones Alta Financial Corp.

475. Copias certificadas de diversos documentos que recogen algunas de las operaciones intervenidas entre Baninter y la compañía Alta Financial Corp, por demostrar que dicha compañía era utilizada frecuentemente por Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez, Jesús M. Troncoso y Luis Álvarez Renta para transferir y lavar recursos del Baninter en su provecho, como de personas y empresas vinculadas a ellos, a saber:

a. Copia del memorandum enviado por la señora Adelina de Pimentel, ex Gerente de División Internacional a la señora Laura Sharp, ex Gerente Mercadeo de Divisas del Baninter, del 11 de marzo de 2003, consignando que fueron creados préstamos a favor de Alta Financial Corporation, por US$37,846,714.34, adjuntándose además sendos formularios registros de Alta Financial Corp. de igual fecha en virtud de los cuales, en el primero el Banco le vende presuntamente divisas a Alta Financial Corp. por

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Page 202: Acta acusacion baninter

igual monto, a cargo de préstamos especiales de Bear Park Internacional, LTD, y en virtud de nota de debito a la cuenta Consultaría Externa y por otra dicha compañía, Bear Park Internacional, LTD, le compra estos mismo dólares a Alta Financial Corp.

b. Copias del formulario registro de venta de divisas expedido por Alta Financial Corp. del 21 de marzo de 2003, consignando una presunta venta de divisas hecha a su favor por el Baninter de US$74,152.40, lo que se hizo bajo una nota de debito a la cuenta Consultas – Finanzas Empresarial, de igual fecha, adjunto.

c. Copia de la comunicación emitida por el Presiente de la compañía Alta Financial Corp. señor Alfredo Pablo en donde desmiente informaciones contenidas en registro del Baninter acerca de presuntos préstamos otorgados en su provecho, del 14 de mayo de 2004, compuesta de copia fiel al original y de la traducción debidamente realizada por la intérprete judicial.

d. Copia certificada del avisos de débito de fecha 21 de marzo

de 2003, a las cuentas Nos. 0-641473-00-1 y 0-010611-01-0 por las sumas de

RD$553,442,354.50 cada uno y memorando de fecha 22 de marzo de 2003,

solicitando el débito a la cuenta antes descrita.

e. Copias certificadas del aviso de débito de fecha 21 de marzo

de 2003, a la cuenta No. 0-01061-01-0 por la suma de RD$2,119,859,699.45.

f. Copia certificada del formulario de venta de divisas No.

26254 de fecha 21 de marzo de 2003, vendiendo la suma de US$84,998,384.10

a la tasa de RD$24.94, solicitando el débito a la cuenta anteriormente descrito.

g. Copia certificada del memorando confidencial de fecha 22 de

marzo de 2003, autorizando a debitar a la cuenta de consultoría externa la suma

en dólares antes descrita y su posterior depósito en cuentas detalladas en el

mismo.

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Page 203: Acta acusacion baninter

h. Copia certificada del formulario de compra de divisas No.

10383 de fecha 21 de marzo de 2003, indicando el monto comprado de

US$84,998,384.10.

i. Copia certificada de la impresión de la compensación

operada con cargo a la cuenta Interdepartamental por la suma de

RD$22,850.00, del 11 de marzo de 2003. Acto de venta de divisas solicitadas a

Alta Financial Corp., por la suma de US$1,000.00, con cargo a la cuenta

“Consultas L”.

Del Yate Patricia.

476. Copia, debidamente traducido por intérprete judicial, del aviso de traspaso dirigido por Ramón Báez Figueroa a Azimut, Spa., comunicándole que por acuerdo privado del 29 de octubre de 2001, transfirió los derechos que les correspondían en virtud del anterior contrato de compra a favor de la sociedad Inter Marine Overseas LTD, por demostrar la operación hecha por Ramón Báez Figueroa a los fines de traspasar a otra compañía, también de su propiedad, Inter Marine Overseas LTD, los derechos de propiedad sobre el yate de que se trata.

477. Copia, debidamente traducido por interprete judicial, de la carta de aceptación otorgada por Azimut, Spa., a Ramón Báez Figueroa en ocasión del aviso de traspaso precedente, del 30 de octubre de 2001, por demostrar la acogida otorgada por la compañía vendedora del yate de referencia al traspaso del mismo hecho por Ramón Báez Figueroa.

478. Copia, debidamente traducida por interprete judicial, de la orden judicial expedida por la Gran Corte de las Islas Caimán, respecto de la demanda interpuesta por Intermarine Overseas Ltd. en contra Vardell Trading Corp, del 15 de agosto de 2003, a los fines de cobrar US$9,605,343.47 a cargo de operación de venta del yate patricia que con antelación le hizo, por demostrar el reclamo judicial hecho por Intermarine Overseas Ltd. en contra Vardell Trading Corp, así como que la operación de compraventa del yate Patricia, hecha por Ramón Báez Figueroa constituye una típica operación de lavados de activos, entre otros puntos que son del interés del actual proceso.

479. Copia, debidamente traducida por interprete judicial, de la declaración jurada de Mauro Caslini, del 10 de septiembre de 2003, en donde éste recoge todas las incidencias de la operación intervenidas alrededor del yate Patricia, desde su compra inicial hasta su posterior venta efectuada por la compañía Intermarine Overseas Ltd, empresa representada por su Presidente, Ramón Báez Figueroa, por demostrar a quién pertenece la compañía Intermarine Overseas Ltd., Ramón Báez Figueroa, la fecha en

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Page 204: Acta acusacion baninter

que se compró el yate Patricia, a quién se le hizo, en cuál precio, a quién se le vendió, por cuánto, en qué condiciones, a quien se le vendió posteriormente, la empresa que recibió el primer abono del precio, la Halified Overseas Ltd., cuánto y por qué concepto, así como el carácter de lavado de activos que asumió esta operación realizada por Ramón Báez Figueroa y empresas vinculadas a él.

480. Copia certificada del contrato de repartición de comunidad de bienes intervenido entre Luis Álvarez Renta y Carmen Rita Pérez Pellerano, con su anexo, contentivo de un a lista de las compañías, empresas o cuentas personales propiedad de Luis Álvarez Renta, del 27 de octubre de 2000, con firmas legalizadas, por demostrar que la compañía que supuestamente tenía a su favor una hipoteca en ocasión de la compra inicial del yYate Patricia, por Ramón Báez Figueroa y recibió con posterioridad a la venta que éste hizo del mismo, US$5 millones de los compradores, era una compañía propiedad de otro coimputado, Luis Álvarez Renta, en consecuencia el concierto fraudulento existente entre ambos a propósito de la típica operación de lavados de referencia.

481. Copia, debidamente traducida por interprete judicial, de la defensa presentada por la compañía Vardel Trading Corp, empresa demandada, en la litis de referencia, por ante la Gran Corte de las Islas Caimán, por demostrar aspectos específicos de la operación lavados de activos incurridos Ramón Báez Figueroa en ocasión de la compraventa del yate Patricia, en particular, a quien se le pagó una parte del precio, Halifield Overseas Ltc., así como los alegatos de la parte demandada en la referida litis.

482. Copia, debidamente traducida por interprete judicial, de la declaración jurada hecha por Dr. Analiza Premurosa, representante legal en Italia de Vardell Trading Corp. del 6 de octubre de 2003, por demostrar el precio envuelto en la referida operación de lavados de activos a propósito de la compra venta del yate Patricia, las partes que intervinieron en esta operación, así como otras particularidades de la misma.

483. Copia, debidamente traducida por interprete judicial, de la comunicación que le enviara a la Comisión de Liquidación Administrativa del Baninter los representantes legales de Vardell Trading Corp., Maples and Calder, del 8 de octubre de 2003, en donde le relata las incidencias de la litis de referencia sobre el yate Patricia en Gran Caimán y se pone a sus servicios al respecto, por demostrar las razones por las cuales se produjo la litis de que se trata, así como quién se dice ostentar ahora la representación de la empresa demandante en dicho proceso, Intermarine Overseas Ltd., Ramón Báez Romano.

484. Copia, debidamente traducida por interprete judicial, de la declaración jurada de Ramón Báez Romano, del 3 de noviembre de 2003, en ocasión de la litis de referencia que se ventila ante la Gran Corte de las Islas Cayman, respecto de yate Patricia, por demostrar la calidad de Director de Inter. Marine Overseas Ltd, que reivindica en dicha declaración Ramón Báez Romano.

Caso Super Canal

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Page 205: Acta acusacion baninter

485. Copias certificadas de los registros de firmas hechos por Supercanal, respecto de la cuenta de cheques abierta en el Baninter, a saber: Francisco Ant. Jorge Elías, Ismael A. Peralta y Nerys Felicia Peña, por demostrar quienes eran las personas autorizadas a girar sobre la cuenta de cheques que tenía abierta Supercanal en el Baninter y la calidad legal de Presidente de dicha sociedad comercial ostentada por el primero de ellos.

486. Copia del contrato de transferencia de acciones suscrito entre Intercontinental de Medios, S.A., y Clearwater Industries, LTD, por US$15,5 millones, respecto de la compañía Supercanal, S.A. del 15 de julio de 2002 por demostrar que fondos del Baninter fueron transferidos y lavados por Ramón Báez Figueroa, mediante la adquisición accionaría que éste hizo a su favor en Supercanal, S.A. a través de la compañía de su propiedad: Intercontinental de Medios S.A., así como la participación que tuvo en dicha operación Marcos Báez, quien fungió como representante de la referida sociedad adquiriente.

487. Copias certificadas de un conjunto de cheques librados a cargo de la cuenta corriente que tenía Supercanal en el Baninter por cuenta de la operación consignada en el anterior contrato, a saber: Nos. 4112 del 12 de julio de 2002, No. 4099 del 28 de junio de 2002, No. 4085 del 28 de junio de 2002 y No. 4782 del 25 de febrero de 2003,por la suma de RD$144,273.57, RD$100,000.00, RD$383,033.86 y RD$119,203.96, respectivamente, por demostrar los valores que fueron distraídos del Baninter a cargo de la referida operación realizada en provecho de Ramón Báez Figueroa .

488. Copia de la misiva enviada por Frank Jorge al Dr. Jesús María Troncoso Ferrúa relativa a la ejecución de la operación antes referida del 4 de diciembre de 2002, por demostrar que Ramón Báez Figueroa era la persona que a través de las compañías Calridge Investments,Ltd. e Intercontinental de Medios, S.A., hizo la referida operación de adquisición o lavados de activos, así como la participación punible en esta operación también de Jesús M. Troncoso.

489. Copia de las cartas enviadas por la Lic. Nerys Peña, Contadora General de Supercanal a Marcos Báez, del 13 de enero de 2003 y 18 de marzo de 2003, en donde se le sugiere que sea corregida la practica de operar la cuenta Supercanal de referencia con sobregiros, la que al 30 de noviembre de 2002, registraba casi RD$25 millones en “sobregiro”, por demostrar la transferencia y/o lavados de los fondos del Baninter a cargo de la referida operación y la participación punible en esta operación de Ramón Báez Figueroa y Marcos Báez.

Caso Radiodifusoras Centrales, C. E.

490. Copias certificadas de un conjunto de documentos en los cuales se vislumbran el estado de situación de la cuenta No. 0-663988-00-4 de Radiodifusores Centrales C. E., a saber:

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Page 206: Acta acusacion baninter

a. Estado de cuenta del 1° al 31 de octubre de 2002, presentando un sobregiro acumulado de RD$33,935,408.91. con 23 cheques adjuntos, expedidos en dicho período.

b. Estado de cuenta del 1° al 30 de noviembre de 2002, presentando un sobregiro acumulado de RD$36,127,771.39, con 23 cheques adjuntos, expedidos en dicho período.

c. Estado de cuenta del 1° al 31 de diciembre de 2002, presentando un sobregiro acumulado de RD$37,164,528.27; con 13 cheques adjuntos, expedidos en dicho período.

d. Estado de cuenta del 1 al 31 de enero de 2003, presentando un sobregiro acumulado de RD$37,890,924.16; con 8 cheques adjuntos, expedidos en dicho período; y,

e. Estado de cuenta del 1° al 31 de marzo de 2003, presentando un sobregiro acumulado de RD$2,233,786.59, con 11 cheques adjuntos, expedidos en dicho período, a título de ejemplo, por la suma de RD$1,985,455.95 a favor de Radio Cadena Comercial del 24 de marzo de 2003, así como la impresión interna del registro de la operación antes descrita.

Por demostrar el sobregiro constante en el manejo de la referida cuenta.

491. Copias certificadas de un conjunto de documentos en los cuales se vislumbran el estado de situación de la cuenta No. 0-663988-00-4 de Radiodifusores Centrales C. E., a saber:

a. Estado de cuenta del 1 al 30 de septiembre de 2002, mostrando un balance en sobregiros de RD$85,654,437.31; con un cheque adjunto a título de ejemplo, el No.0152 del 10 de septiembre de 2002.

b. Estado de cuenta del 1 al 31 de marzo de 2003, mostrando un balance de cero, fruto de una transferencia o crédito virtual hecho, conforme Memoradum del 12 de marzo de 2003, inserto posteriormente.

492. Copia certificada del memorando confidencial del 12 de marzo de 2003 dirigido por Marcos Báez a la Giannina de Estévez por medio del cual autoriza a debitar de la cuenta corriente No. 0-010611-01-0, finanza empresarial, la suma de RD$85,654,437.31 a la cuenta No. 0663988-00-4 y la suma de RD$42,459,730.51 a favor de la cuenta No. 0-664479-00-6, respectivamente, ambas cuentas pertenecientes a Radiodifusoras Centrales C.E., por demostrar de que forma fue que se produjo el “saldo’, sólo virtual, operado para presuntamente pagar los sobregiros existentes en las referidas cuentas, así como que Marcos Báez Cocco, fue el oficial que autorizó realizarlo.

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Page 207: Acta acusacion baninter

Para demostar el sobregiro constante en el manejo de la referida cuenta.

Caso de la cuenta Gamibasa JMB.

493. Copias certificadas de un conjunto de documentos en los cuales se vislumbran el estado de situación de la cuenta No. 0-671725-00-9 de Gamibasa JMB., a saber: Estado de cuenta del 16 de enero al 15 de febrero de 2003, mostrando un balance en sobregiros de RD$51,026,138.84; con 6 notas de débitos adjuntas, expedidas durante igual período, por demostrar de que manera se transfirieron y lavaron recursos del Baninter, así como la participación en estos hechos de Ramón Báez Figueroa y Marcos Báez.

Caso Aster Comunicaciones,S.A, Ltd. y conexos

494. Copia de múltiples documentos corporativos relacionados a la adquisición del consorcio Aster Comunicaciones, S.A., a saber:

a. Informe a la Segunda Asamblea General Constitutiva Visión

Dominicana de La Romana, S.A., del 23 de julio de 2002; Nómina de los

accionistas de Visión Dominicana de La Romana, S.A., concurrentes a la

Asamblea General Ordinaria, celebrada con carácter especial, el día 12 de junio

de 2002; Acta de la asamblea general ordinaria de accionistas de Visión

Dominicana de La Romana, S.A., celebrada el 12 de junio de 2002, donde se

advierte que Tokosha Enterprises International Ltd., representada por Marcos

Báez Cocco, tiene el control mayoritario, casi absoluto de dicha compañía.

b. Nómina de los accionistas de Visión Satélite Dominicana,

S.A., concurrentes a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con carácter

especial, del 12 de junio de 2002; Acta de la asamblea general ordinaria de

accionistas de Visión Satélite Dominicana, S.A., del 12 de junio de 2002;

Nómina de los accionistas de Visión Satélite Dominicana, S.A., concurrentes a

la Asamblea General extraordinaria, celebrada con carácter especial, el 11 de

julio de 2002; Acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de

Visión Satélite Dominicana, S.A., del 11 de julio de 2002; donde se advierte

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Page 208: Acta acusacion baninter

que Aster Communicationts, Ltd., representada por Marcos Báez Cocco, tiene

el control mayoritario, casi absoluto de dicha compañía.

c. Nómina de los accionistas de Telecable Quisqueya, C. por

A., concurrentes a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con carácter

especial, del 12 de junio de 2002;Acta de la asamblea general ordinaria de

accionistas de Telecable Quisqueya, C. Por A., del 12 de junio de 2002;

Nómina de los accionistas de Telecable Quisqueya, C. por A., concurrentes a la

Asamblea General Extraordinaria, de 11 de julio de 2002; Acta de la asamblea

General Extraordinaria de accionistas de Telecable Quisqueya, C. Por A., del

11 de julio de 2002; donde se advierte que Aster Communicationts, Ltd.,

representada por Marcos Báez Cocco, tiene el control mayoritario, casi absoluto

de dicha compañía.

d. Nómina de los accionistas de Corporación de Cable Hato

Mayor, S.A., concurrentes a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con

carácter especial, del 12 de junio de 2002; Acta de la asamblea general

ordinaria de accionistas de la Corporación de Cable Hato Mayor, S.A., del 12

de junio de 2002; Nómina de los accionistas de Corporación de Cable Hato

Mayor, S.A., concurrentes a la Asamblea General Extraordinaria, del 11 de

julio de 2002; Acta de la asamblea General Extraordinaria de accionistas de la

Corporación de Cable Hato Mayor, S.A., del 11 de julio de 2002; ; donde se

advierte que Aster Communicationts, Ltd., representada por Marcos Báez, tiene

el control mayoritario, casi absoluto de dicha compañía.

e. Nómina de los accionistas de Corporación de Cable Higüey,

S.A., concurrentes a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con carácter

especial, del 12 de junio de 2002; Acta de la asamblea general ordinaria de

accionistas de Corporación de Cable Higüey, S.A., del 12 de junio de 2002;

Nómina de los accionistas de Corporación de Cable Higüey, S.A., concurrentes

a la Asamblea General Extraordinaria, del 11 de julio de 2002; Acta de la

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Page 209: Acta acusacion baninter

asamblea General Extraordinaria de accionistas de Corporación de Cable

Higüey, S.A., del 11 de julio de 2002; donde se advierte que Aster

Communicationts, Ltd., representada por Marcos Báez Cocco, tiene el control

mayoritario, casi absoluto de dicha compañía.

f. Nómina de los accionistas de Telever, S.A., concurrentes a la

Asamblea General Ordinaria, celebrada con carácter especial, del 12 de junio de

2002; Acta de la asamblea general ordinaria de accionistas de Telever, S.A.,

del 12 de junio de 2002; Nómina de los accionistas de Telever, S.A.,

concurrentes a la Asamblea General Extraordinaria, del 11 de julio de 2002;

Acta de la asamblea General Extraordinaria de accionistas de Telever, S.A., del

11 de julio de 2002; donde se advierte que Aster Communicationts, Ltd.,

representada por Marcos Báez tiene el control mayoritario, casi absoluto de

dicha compañía.

g. Nómina de los accionistas de Cable T. V., Oriental, S.A.,

concurrentes a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con carácter especial,

del 12 de junio de 2002; Acta de la asamblea general ordinaria de accionistas de

Cable T. V., Oriental, S.A., del 12 de junio de 2002;Nómina de los accionistas

de Cable T. V., Oriental, S.A. concurrentes a la Asamblea General

Extraordinaria, del 11 de julio de 2002; Acta de la asamblea General

Extraordinaria de accionistas de Cable T. V., Oriental, S.A., del 11 de julio de

2002; donde se advierte que Aster Communicationts, Ltd., representada por

Marcos Báez, tiene el control mayoritario, casi absoluto de dicha compañía.

h. Nómina de los accionistas de Licey Cable Visión, C. por A.,

concurrentes a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con carácter especial,

del 16 de junio de 2002; Acta de la asamblea general ordinaria de accionistas de

Licey Cable Visión, C. por A., del 16 de junio de 2002; Nómina de los

accionistas de Licey Cable Visión, C. por A., concurrentes a la Asamblea

General Extraordinaria, del 11 de julio de 2002; Acta de la asamblea General

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Page 210: Acta acusacion baninter

Extraordinaria de accionistas de Licey Cable Visión, C. por A., del 11 de julio

de 2002. donde se advierte que Aster Communicationts, Ltd., representada por

Marcos Báez, tiene el control mayoritario, casi absoluto de dicha compañía.

Por demostrar la identidad y constitución legal de las compañías que ostentaban la

titularidad original como cada una de las empresas de telecomunicación adquiridas por

Ramón Báez Figueroa, por medio de varias de las citadas compañías, así como la

persona que fungió como representantes dichas sociedades, Marcos Báez.

495. Copias certificadas de un conjunto de documentos en donde se demuestra el manejo de las cuentas Toshoka Entreprise, Ltd. y Telever con fondos del Baninter, a saber:

a. Impresión del 4 de diciembre de 2003, relativa al estado de

movimiento de préstamo histórico a nombre de Tokosha Enterprise LTD;

ascendentes a RD$83,300,000.

b. Copia de un total de cuatro estados de cuenta de la cuenta

No.0-662734-00-9 de Tokosha Enterprise LTD.

c. Estado de cuenta del 01 de Octubre al 31 de oOctubre de

2002 con un balance de RD$255, 765,981.36.

d. Estado de cuenta del 01 al 30 de noviembre de 2002 con un

balance de RD$259,003,488.36.

e. Estado de cuenta del 01 al 28 de febrero de 2003 con un

balance de RD$261,607,663.6.

f. Estado de cuenta del 01 al 31 de marzo de 2003 con un

balance de RD$0.00.

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Page 211: Acta acusacion baninter

g. Copia certificada del memorando confidencial del 21 de

marzo de 2003 dirigido por Marcos Báez a la señora Giannina Estévez por

medio del cual autoriza a debitar de la cuenta 0-010611-01-0 de

RD$144,322,706.18 a la cuenta No.0-385103-01-8 perteneciente a Telever

donde se refleja mediante documento anexo que en dicha cuenta no aparece

firmante.

Por demostrar los cuantiosos recursos del Baninter que fueron transferidos y

lavados en provecho de Ramón Báez Figueroa y Marcos Báez en ocasión de

dicha operación.

496. Copia certificadas de un conjunto de documentos que muestran la forma de pago que se utilizó para pagarle a los vendedores de las compañías de cable adquiridas por Ramón Báez Figueroa, Marcos Báez y Jesús María Troncoso Ferrúa, a saber:

a. Memoradum confidencial remitido por Marcos Báez a

Giannina de Estévez del 12 de marzo de 2002, conforme el cual se ordena,

debitar a la cuenta No.0-010611-01-0 finanza empresarial, la suma

RD$62,963,000.00 para acreditar simultáneamente esta partida a las cuentas de

Aster Comunicaciones, S.A.

b. Memoradum confidencial remitido por Marcos Báez a

Giannina de Estévez del 12 de marzo de 2002, conforme el cual se ordena,

debitar a la cuenta No.0-010611-01-0 finanza empresarial, la suma de

RD$621,648,208.46 para acreditar simultáneamente esta partidas a las cuentas

de Tokosha Enterprise Ltd,l figura con una suma de RD$216,5366,711.21, etc.,

entre otra cuentas.

c. Memorando del 17 de junio de 2002, mediante el cual

Marcos Báez autoriza a emitir un cheque de RD$7,000,000.00 y a abrir un

certificado financiero por RD$4,500,000.00, a favor de los propietarios de

Cable Licey; Como adjunto de dicho documento figura el certificado financiero

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Page 212: Acta acusacion baninter

No 245567, emitido por Baninter, del 17 de junio de 2002, por la suma de

RD$4,500,000.00, a favor de Leneisis de Jesús López Cabrera.

d. Memorando del 17 de junio de 2002 con adjunto de la carta

de crédito Stan By local No.CCSBLO13/2002 mediante la cual se autoriza a

emitir una carta de crédito stand by cuyo emisor es la compañía Tokosha

Enterprises Internacional LTD. por el monto de RD$1,500,000.00 a favor de

Leneisis de Jesús Cabrera, firmado por Marcos Báez Cocco;

Por demostrar los cuantiosos recursos del Baninter que en la indicada operación

fueron transferidos o lavados con la participación punible de Ramón Báez

Figueroa, Marcos Báez y Jesús M. Troncoso.

Caso de la Asociación Popular de Ahorros y Prestamos {APAP}

497. Copias certificadas de los certificados emitidos en ocasión de la negociación intervenida entre Ramón Báez Figueroa, Vivian Lubrano y otros ejecutivos del Baninter y Ángel Rondón, Ricardo Pellerano y Miguel Pimentel, en ocasión de la fusión al Baninter de la Asociación la Popular de Ahorros y Préstamos, a saber:

a. Certificado Financiero No. 265251 del 13 de agosto de 2002

emitido por el Banco Intercontinental S.A. en provecho de Oakvelle Portfolio,

por la suma de RD$22,750,000.00.

b. Certificado Financiero No. 265254 del 13 de agosto de 2002

emitido por el Banco Intercontinental S.A. en provecho de Astrion Property

Group, Inc., por la suma de RD$22,750,000.00.

c. Certificado Financiero No. 265253 de 13 de agosto de 2002

emitido por el Banco Intercontinental S.A. en provecho de Seandel Financialm

Ltd., por la suma de RD$22,750,000.00.

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Page 213: Acta acusacion baninter

d. Cerificado Financiero No. 265252 del 13 de agosto de 2002

emitido por el Banco Intercontinental S.A. en provecho de Trek Global

Investment, Ltd. por la suma de RD$22,750,000.00.

e. Certificado Financiero No. 265258 del 13 de agosto de 2002

emitido por el Banco Intercontinental S.A. en provecho de Trek Global

Investment, Ltd. por la suma de RD$36,600,000.00.

f. Certificado Financiero No. 265256 del 13 de agosto de 2002

emitido por el Banco Intercontinental S.A. en provecho de Bayside Capital

Holdings, S.A. por la suma de RD$36,600,000.00.

g. Certificado Financiero No. 265257 del 13 de agosto de 2002

emitido por el Banco Intercontinental S.A. en provecho de Venmorely

Investments, LTD. por la suma de RD$36,600,000.00.

h. Certificado Financiero No.265255 del 13 de agosto de 2002

emitido por el Banco Intercontinental S.A. en provecho de Lancaster

International por la suma de RD$73,200,000.00.

i. Certificado de deposito del 13 de agosto de 2002 emitido por

Baninter And Trust Company por la suma de US$3,000,000.00 en provecho de

Bay Hurst Investment, LTD.

j. Certificado de depósito del 13 de agosto de 2002 emitido por

Baninter And Trust Company por la suma de US$3,500,000.00 en provecho de

Bay Hurst Investment, LTD.

k. Certificado de depósito del 13 de agosto de 2002 emitido por

Baninter And Trust Company por la suma de US$3,500,000.00 en provecho de

Bay Hurst Investment, LTD.

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Page 214: Acta acusacion baninter

l. Certificado de depósito del 13 de agosto de 2002 emitido por

Baninter And Trust Company por la suma de US$1,250,000.00 en provecho de

Roymar Corp.

m. Certificado de depósito del 14 de noviembre de 2002 emitido

por Baninter And Trust Company por la suma de US$1,001,620.80 en provecho

de Jay Overseas Corp.

n. Certificado de depósito del 14 de noviembre de 2002 emitido

por Baninter And Trust Company por la suma de US$248,379.20 en provecho

de Jay Overseas Corp.

o. Certificado Financiero No. 265271 del 25 de noviembre de

2002 emitido por el Banco Intercontinental S.A. en provecho de Ilbrec

Investment Corp., por la suma de RD$3,241,000.00.

p. Certificado Financiero No. 265281 del 21 de febrero de 2003

emitido por el Banco Intercontinental S.A. en provecho de Farden Business

Corp., por la suma de RD$66,600,566.66.

q. Certificado Financiero No. 265292 del 10 de marzo de 2003

emitido por el Banco Intercontinental S.A. en provecho de Galano Media

International., por la suma de RD$83,437,500.00.

r. La solicitud de Cargo en Cuenta realizada por el

Departamento de Tesorería al Contador del Banco Central del 14 de abril de

2003.

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Page 215: Acta acusacion baninter

s. Impresión de los Intereses pagados de los Certificados en

Pesos Dominicanos, en el período Agosto-Marzo de 2003, lo que sumo la suma

total de RD$75.714.686.95.

t. Certificados emitidos vigentes al 14 de noviembre de 2003,

de Operaciones APAP., ascendentes a un monto global de RD$461.635.666.66.

u. Impresión del Pago de Baninter Trust en dólares, ascendente

a US$13,000,685.00.

v. Impresión del total pagado en la Transacción APAP.

Por demostrar de que manera salieron de las arcas del Baninter los recursos destinados a

los citados directivos de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos para pagar las

sumas estipuladas en la negociación pactada por éstos con el Baninter, así como la

participación punible que tuvieron Ramon Baez Figueroa y Vivian Lubrano.

498. Copia certificada del memorandum confidencial dirigido por Vivian Lubrano de Castillo, por medio del cual esta dio instrucciones a Zoraida Rosado, Vicepresidente de la división Internacional, para gestionar ante la International Bank Of Miami, un préstamo avalado por Baninter por US$5,000,000.00 a favor de Salana, S.A., bajo las modalidades que se señalaba en el mismo, del 20 de septiembre de 2002, por demostrar por medio de este memorandum confidencial la forma en que se distrajeron fondos relativos al préstamo otorgado por el International Bank of Miami en favor de Salana, S.A. , empresa vinculada a Ramón Báez Figueroa.

499. Copia certificada de un conjunto de piezas relativas a las negociaciones propiciadas por el intermediario Ángel Rondón con el Baninter, respecto de la referida operación de fusión, a saber:

a. Cheque de Administración No. 392394 del 25 de noviembre de 2002 expedido a favor de Ángel Rondón Rijo por concepto de pagos de cancelación de Certificado No. 265259, por la suma de RD$2,500,000.00.

b. Cheque de Administración No. 392395 del 25 de noviembre de 2002 expedido a favor de Ángel Rondón Rijo por concepto de pagos de cancelación de Certificado No. 265259 por la suma de RD$2,500,000.00.

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Page 216: Acta acusacion baninter

c. Cheque de Administración No. 392396 del 25 de noviembre de 2002 expedido a favor de Ángel Rondon Rijo por concepto de pagos de cancelación de Certificado No. 265259 por la suma de RD$2,500,000.00.

d. Cheque de Administración No. 392397 del 25 de noviembre de 2002 expedido a favor de Ángel Rondon Rijo por concepto de pagos de cancelación de Certificado No. 265259 por la suma de RD$2,500,000.00.

e. Cheque de Administración No. 392399 del 25 de noviembre de 2002 expedido a favor de Ángel Rondon Rijo por concepto de pagos de cancelación de Certificado No. 265259 por la suma de RD$10,000,000.00.

f. Cheque de Administración No. 392509 de fecha 29 de noviembre de 2002 expedido a favor de Ángel Rondon Rijo por concepto de pagos de cancelación de Certificado Financiero No. 283137 por la suma de RD$5,000,000.00.

g. Cheque de Administración No. 392510 del 29 de noviembre de 2002 expedido a favor de Ángel Rondon Rijo por concepto de pagos de cancelación de Certificado Financiero No. 283137 por la suma de RD$5,000,000.00.

h. Cheque de Administración No. 392512 de fecha 29 de noviembre de 2002 expedido a favor de Ángel Rondon Rijo por concepto de pagos de cancelación de Certificado Financiero No. 283137 por la suma de RD$2,000,000.00.

i. Cheque de Administración No. 392513 del 29 de noviembre de 2002 expedido a favor de Manuel Antonio Duvernay Checo por concepto de pagos de cancelación de Certificado Financiero No. 283137 por la suma de RD$3,000,000.00.

j. Cheque de Administración No. 392511 del 29 de noviembre de 2002 expedido a favor de Ángel Rondon por concepto de pagos de cancelación de Certificado Financiero No. 283137 por la suma de RD$2,000,000.00.

k. Cheque de Administración No. 392508 del 29 de noviembre de 2002 expedido a favor de Ángel Rondon por concepto de pagos de cancelación de Certificado Financiero No. 283137 por la suma de RD$5,000,000.00.

l. Memorandum confidencial dirigido a Vivian Lubrano de Castillo por Giannina Méndez del 30 de agosto de 2002, relativo a la remisión de cheques certificados, en ocasión de la referida operación de fusión.

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Page 217: Acta acusacion baninter

Por demostrar a través de los diversos cheques de administración emitidos por Baninter en noviembre de 2002 en provecho de Angel Rondón y Manuel Antonio Duvernay Checo, las erogaciones hechas con recursos del Baninter a dichos señores, así como la participación en estas operaciones de Vivian Lubrano.

500. Copia certificada del informe preparado por la unidad de clasificación de cartera, donde consta el Préstamo Proyecto Apap-Capital, ascendente a RD$461,635,666.66, por demotrarar que por medio de las operaciones de préstamo que mantenían el Baninter con el proyecto Apap-Capital, se distraían de forma fraudulenta fuertes sumas de dinero en provecho del Ramón Báez Figueroa, con la participación activa de Vivian Lubrano de Castillo.

501. Copia certificada de la comunicación dirigida a Baninter del 10 de septiembre de 2002, por el señor Ángel Rondón Rijo, por medio de la cual autorizaba al Sr. Ángel Rondón a retirar los intereses generados por las inversiones que mantienen las empresas antes descritas en el Baninter, a propósito de la referida operación de fusión, por demostrar las personas y/o empresas beneficiarias de las referidas erogaciones de fondos hechas por Baninter a cargo de la aludida operación.

502. Copia certificada de un conjunto de piezas relativas a la práctica de acreditación de los diferenciales de intereses en el manejo de las cuentas abiertas en el Baninter por los citados beneficiarios, en ocasión de la referida operación, a saber:

a. Memorandum del 2 de marzo de 2003 dirigido a Benita

Castillo de Pedro Chávez y aprobado por Vivian Lubrano de Castillo, con su

respectiva comunicación anexa.

b. Comunicación del 26 de febrero de 2003 dirigida al Baninter

por Deborah Pimentel y Margarita Rodríguez, en representación de Salana, S.A.

c. Comunicación del 19 de diciembre de 2002 dirigida a

Baninter por Miguel A. Pimentel Kareh en representación de Farden Business

Corporation.

Por demostrar que las diversas operaciones de pago de intereses destinadas a

determinadas cuentas corrientes pertenecientes a Salana, S.A., con fondos del Baninter.

503. Copia certificada del acuerdo Master suscrito por el Banco Central y el Baninter representado por la Comisión Liquidadora, de una parte, Ricardo Pellerano Paradas, Ángel Rondón Rijo y Miguel Pimentel Kareh, de una segunda parte, y

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Page 218: Acta acusacion baninter

finalmente Azor Hazoury Tomes como tercera parte, del 18 de diciembre de 2003, conforme se le restituyeron al Baninter los valores que conforme las explicaciones previas se le habían distraídos, respecto de la referida operación de fusión, por demostrar la restitución de valores y/o propiedades hechas por los citados señores representantes de la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos al Baninter a raíz de la ruptura de la destacada operación y la tácita admisión de los restituyentes del carácter fraudulento de la susodicha frustrada fusión.

Prueba testimonial:

504. Declaraciones de la señora Zaida Rosa Rodríguez Aued, ex Secretaria personal del señor Luis Álvarez Renta, con domicilio sito en la calle Andrés Julio Aybar No. 15, Ens. Piantini, de la ciudad de Santo Domingo, por demostrar la forma en que se efectuaban las distracciones a título de lavados de recursos del Baninter que autorizaba el señor Ramón Báez Figueroa en combinación con el señor Luis Álvarez Renta, respecto de varias de sus propiedades en sociedad.

505. Iván Emilio Gómez A., Gerente Financiero de la Cia. Anoe, antes Interdutty Free, por demostrar la forma en que se transferían y lavaban recursos del Baninter en beneficio de las empresas Interdutty Free y Bankinvest, propiedad de los señores Ramón Báez Figueroa y Luis Álvarez Renta.

506. Zoraida A. Rosado, ex Vicepresidenta de la División Internacional del Baninter, por demostrar de que forma se efectuaban las distracción a título de lavados de recursos del Baninter que autorizaba el señor Ramón Báez Figueroa en combinación con el señor Luis Álvarez Renta, respecto de varias de sus propiedades en sociedad.

507. Mauro Caslini, ex Intermediario en la operación de compraventa del Yate Patricia, con domicilio sito en la ciudad de la Romana, por demostrar la forma en que se efectuó la referida operación, la participación que en ella tuvo él, Ramón Báez Figueroa, Luis Álvarez Renta y Vivian Lubrano de Castillo y/o empresas vinculadas a ellos, entre otros aspectos de interés del actual proceso.

508. Ramón Báez Romano, con domicilio en la ciudad de Santo Domingo, por demostrar de que manera se efectuó la referida operación con el yate Patricia, para probar la participación que en ella tuvo él, Ramón Báez Figueroa, Luis Álvarez Renta y/o empresas vinculadas a ellos, entre otros aspectos de interés del actual proceso.

Caso Bankinvest-Interduty Free, Anoe Llc, Ltd. y otras empresas.

Pruebas documentales:

Con los siguientes documentos se demuestran los mecanismos corporativos e instrumentos empleados para la actividad de lavado de activos, así como la existencia de un delito grave previo al ilícito de lavado perpetrado por Luis Álvarez Renta.

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Page 219: Acta acusacion baninter

509. Contrato de compra venta de fecha 13 de agosto de 2001 intervenido entre las entidades Dominican Enterprises, Inc. y Sippany Holdings, Ltd., tanto en su versión original en inglés como en su traducción al castellano, por demostrar la serie de empresas que sirven para la extracción de fondos de Baninter y que servirían posteriormente para el lavado de activos.

510. Impresión de mantenimiento de cuenta No. 0-010841-01-6, de Bankinvest, desde el 21 de marzo al 2 de junio de 2003, compuesta de dos páginas, para probar la inexistencia de fondos en dicha cuenta, la sustracción fraudulenta de recursos del Banco Intercontinental, S.A. y el posterior lavado de activos por un monto de un monto de RD$1,763,962,626.80.

511. Copia del informe de estado de la cuenta No. 0-010841-01-6, del 1º. Al 31 de marzo de 2003, por demostrar la falta de fondos de dicha cuenta y el sobregiro por RD$598,153,197.87 y la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

512. Impresiones de los Estados de cuenta de Bank Invest, S.A. del 1º. de enero de 2002 al 31 de mayo de 2003, por demostrar la falta de fondos de dicha cuenta y el sobregiro de dicha cuenta y la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

513. Memorando confidencial de fecha 21 de marzo de 2003 dirigido por Marcos Báez, VP Ejecutivo Operaciones a Giannina de Estévez, VP Operaciones de Baninter y su anexo, consistente en 4 balances de cuentas de diferentes empresas que suman RD$353,844,964.48, autorizando debitar esa de la cuenta No. 0-010611-01-0, así como el anexo del mismo, por demostrar la forma en que eran extraídos de Baninter por parte de Luis Álvarez Renta y Bankinvest, S.A., de manera particular en este caso por un monto de RD$51,000,050.00, lo que constituye una actividad de lavado, sin menoscabo de otras infracciones.

514. Copia del memorandum confidencial del 22 de marzo de 2003 de Marcos Báez C. a la señora Giannina de Estévez autorizando a debitar de la cuenta de Consultoría Externa US$84,998,384.10 con el producto de aplicar al pago de los préstamos especiales y confidenciales que figuran detallados en el mismo, de manera particular lo relativo a los préstamos de Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa por demostrar la consumación de extracción fraudulenta de los fondos de Baninter por parte de Bankinvest y Luis Álvarez Renta y el patrón de conducta de lavado de activos.

515. Copia del memorandum confidencial del 22 de marzo de 2003 de Marcos Báez C. a la señora Zoraida Rosado, autorizando a debitar de la cuenta de Consultoría Externa US$43,717,360.62, para ser aplicada a los préstamos especiales detallados en el mismo, anexándose también copia de la venta de divisas, impresión de la pantalla de la transacción realizada y la impresión de aviso de débito, por demostrar la consumación de extracción fraudulenta de los fondos de Baninter por parte de Bankinvest y Luis Álvarez Renta y el patrón de conducta de lavado de activos.

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516. Copia del cheque No. 314 del 11 de junio de 2002, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa, suscrito por Zaida Rodríguez a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016, con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar el patrón de conducta delictivo de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y el lavado de activos.

517. Copia de la solicitud de certificación de cheques de fecha 11 de junio de 2002 correspondiente al cheque No. 314 del 11 de junio de 2002, referido anteriormente, por demostrar el patrón de conducta delictivo de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y el lavado de activos.

518. Copia del cheque No. 320 del 19 de junio de 2002 por valor de RD$3,707,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Colector de Impuestos Internos contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

519. Copia de la solicitud de certificación de cheques correspondiente al cheque No. 320 del 19 de junio de 2002, precedentemente descrito, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

520. Copia del cheque No. 321 del 19 de junio de 2002 por valor de RD$3,487,000,00 girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Colector de Impuestos Internos contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos. CONFIRMAR CANTIDAD Y SI ES PESOS O DÓLARES.

521. Copia de la solicitud de certificación de cheques correspondiente al cheque No. 321, referido, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

522. Copia del cheque No. 322 del 27 de junio de 2002 por valor de RD$5,263,063.40 girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

523. Copia del cheque No. 323 del 10 de julio de 2002 por valor de RD$6,321,000,00 girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

524. Copia del cheque No. 324 de 2002 por valor de RD$5,460,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

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525. Copia del cheque No. 325 del 8 de agosto de 2002 por valor de RD$ 5,400,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

526. Copia del cheque No. 326 del 21 de agosto de 2002 por valor de RD$6,510,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

527. Copia del cheque No. 328 del 2 de septiembre de 2002 girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

528. Copia del cheque No. 329 del 20 de septiembre de 2002 por valor de RD$6,660,500.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

529. Copia del cheque No. 0331 de fecha 3 octubre de 2002, por RD$5,347,714.10, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

530. Copia del cheque No. 0332, de fecha 29 de octubre de 2002, por RD$7,122,500.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

531. Copia del cheque No. 0336, de fecha 5 de noviembre de 2002, por RD$24,358,770.02, debidamente certificado, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

532. Volante de certificación del referido cheque No. 0336, del 5 de noviembre de 2002, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

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533. Copia del cheque No. 4093 del 5 de noviembre de 2002 por valor de RD$20,350,000.00 de Agente de Cambio La Nacional, C. por A. a favor de Luis Álvarez Renta, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

534. Copia del depósito de fecha 6 de noviembre de 2002 a la cuenta referida, No.0010841016 de Bankinvest con el Banco Intercontinental por valor de RD$20,350,000.00, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

535. Copia del cheque No. 0337, de fecha 6 de noviembre de 2002, por RD$20,550,000.00, debidamente certificado, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

536. Volante de certificación del referido cheque No. 0337, de fecha 6 de noviembre de 2002, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

537. Copia del cheque No. 339, de fecha 12 de diciembre de 2002, por RD$ 7,770,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

538. Copia del cheque No. 340, de fecha 13 de enero de 2003, por RD$7,360,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

539. Copia del cheque No. 341, de fecha 15 de enero de 2003, por RD$160,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

540. Copia del cheque No. 343, de fecha 2 de abril de 2003, por RD$12,375,866.25, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

541. Copia del cheque No. 344, de fecha 5 de marzo de 2003, por RD$7,936,831.34, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A.,

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por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

542. Copia del cheque No. 345, de fecha 12 de marzo de 2003, por valor de RD$10,000,000.00 a favor de Zaida Rodríguez, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

543. Copia del cheque No. 346, de fecha 12 de marzo de 2003, por valor de RD$10,000,000.00 a favor de Zaida Rodríguez, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

544. Copia del cheque No. 347, de fecha 12 de marzo de 2003, por valor de RD$10,000,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

545. Copia del cheque No. 348, de fecha 13 de marzo de 2003, por valor de RD$8,714,999.91, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

546. Copia del cheque No. 349, de fecha 14 de marzo de 2003, por valor RD$2,844,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

547. Copia del cheque No. 350, de fecha 18 de marzo de 2003, por valor RD$5,000,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor de Angel García la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

548. Copia del cheque No. 351, de fecha 19 de marzo de 2003, por valor RD$13,000,000.00, debidamente certificado, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

549. Copia del volante de certificación del cheque No. 351, referido, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

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Page 224: Acta acusacion baninter

550. Copia del cheque No. 352, de fecha 19 de marzo de 2003, por valor de RD$18,550,000.00, debidamente certificado, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

551. Copia del volante de certificación del referido cheque No. 352, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

552. Copia del cheque No. 353, de fecha 19 de marzo de 2003, por valor de RD$3,975,000.00, debidamente certificado, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

553. Copia del volante de certificación del referido cheque No. 353, de igual fecha, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

554. Copia del cheque No. 355, de fecha 19 de marzo de 2003, por valor RD$6,254,000.00, debidamente certificado, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor del Banco Mercantil, S.A. contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

555. Copia del volante de certificación del referido cheque, de igual fecha, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

556. Copia del cheque No. 356, de fecha 20 de marzo de 2003, por valor

RD$53,000,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

557. Copia del volante de certificación de dicho cheque No. 356 de la misma fecha, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

558. Copia del cheque No. 357, de fecha 20 de marzo de 2003, por valor de RD$13,250,000.00, debidamente certificado, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

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559. Copia del volante de certificación del mismo, de igual fecha, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

560. Copia del cheque No. 358 del 21 de marzo de 2003 por valor de RD$51,000,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor de Quisqueyana Agente de Cambio contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

561. Copia del volante de solicitud de certificación del cheque No. 358, de fecha de 21 de marzo de 2003, por valor RD$51,000,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

562. Copia del cheque No. 360, de fecha 24 de marzo de 2003, por valor RD$49,600,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

563. Copia del volante de certificación de dicho cheque No. 360, de la misma fecha, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

564. Copia del cheque No. 361, de fecha 20 de marzo de 2003, por valor RD$24,800,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

565. Copia del volante de certificación de dicho cheque, No. 361 de la misma fecha, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

566. Copia del cheque No. 362, de fecha 24 de marzo de 2003, por valor RD$24,800,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

567. Copia del volante de certificación de dicho cheque, No. 362, de la misma fecha, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

568. Copia del cheque No. 363, de fecha 24 de marzo de 2003, por valor RD$24,800,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de

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Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

569. Copia del volante de certificación de dicho cheque, No. 363, de la misma fecha, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

570. Copia del cheque No. 366, de fecha 25 de marzo de 2003, por valor RD$24,400,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

571. Copia del volante de certificación de dicho cheque, No. 366, de la misma fecha, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

572. Copia del cheque No. 367, de fecha 25 de marzo de 2003, por valor RD$61,500,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

573. Copia del volante de certificación de dicho cheque, No. 366, de la misma fecha, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

574. Copia del depósito de fecha 24 de marzo de 2003 de RD$10,000,000.00 realizado por Zaida Rodríguez en la cuenta No. 10005446 del Banco Mercantil, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

575. Cheques emitidos por Zaida Rodríguez, de su cuenta personal, No. 10005446, en el Banco Mercantil, girados a favor de quienes se indica y por los montos señalados a seguidas, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos, así como el uso personal dado a los recursos así distraídos:

a. Peperoni Café, No. 8291, de fecha 21 de marzo

de 2003, por valor de RD$34,142.50.

b. Quisqueyana Agente de Cambio, No. 008276,

de fecha 21 de marzo de 2003, por RD$126,500,00,

c. Quisqueyana Agente de Cambio, No. 008273,

de fecha 20 de marzo de 2003, por RD$14,645,000.00.

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d. Al portador, No. 008311, de fecha 24 de marzo

de 2003, por RD$25,450.00.

e. Olivo A. Rodríguez Huertas, No. 008268, de

fecha 19 de marzo de 2003, por RD$300,000.00.

f. Primaria Montessori, No. 008295, de fecha 21

de marzo de 2003, por RD$10,000.00.

g. Karu Café Dominicana, No. 008254, de fecha

18 de marzo de 2003, por RD$1,380.00.

h. Ferretería Americana, C. por A., No. 008260, de

fecha 18 de marzo de 2003, por RD$9,472.27.

i. Viajes Naco, C. por A., No. 008290, de fecha

21 de marzo de 2003, por RD$39,633.44.

j. Vivian Alba, 008325, de fecha 24 de marzo de

2003, por RD$25,000.00.

k. Maríanela Álvarez, No. 008345, de fecha 26 de

marzo de 2003, por RD$6,000.00.

l. Iris Lantigua, No. 008323, de fecha 24 de marzo

de 2003, por RD$2,000.00.

m. Rolando Rossé, 008277, de fecha 21 de marzo

de 2003, por RD$5,500.00.

n. Marianela Álvarez, No. 008283, de fecha 21 de

marzo de 2003, por RD$10,748.64.

o. Amarilis Guzmán, No. 008275, de fecha 21 de

marzo de 2003, por RD$6,000.00.

576. Copia del informe de estado de la cuenta No. 10005446, del 17 de marzo de 2003 al 19 de marzo de 2003 a nombre de Zaida Rodríguez, en el Banco Mercantil, por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

577. Veredicto de fecha 7 de noviembre de 2005 del Jurado de la Corte Federal del Distrito Sur de la Florida, Estados Unidos, en inglés y en su versión en español, traducida por un intérprete judicial de la República Dominicana, en el cual se verifican

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las transferencias hechas fraudulentamente por Bankinvest a cuentas de Luis Álvarez Renta y Wadeville Investments.

578. Estados de cuenta de Wadeville Investments en Bankatlantic del 30 de noviembre de 2001 al 31 de marzo de 2003, por demostrar el ingreso de los valores extraídos de Baninter a cuentas de Luis Álvarez Renta.

579. Impresiones de los Estados de cuenta de Bank Invest, S.A. del 10 de enero de 2002 al 31 de mayo de 2003, por demostrar el sobregiro de dichas cuentas.

580. Informe de estado de la cuenta No. 10005446, del 17 de marzo de 2003 al 19 de marzo de 2003 a nombre de Zaida Rodríguez, en el Banco Mercantil, por demostrar los balances de dicha cuenta y el origen de los fondos.

581. Copia del cheque No. 0345, de fecha 12 de marzo de 2003 por valor de RD$10,000,000.00 a favor de Zaida Rodríguez, firmado y endosado por ella, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de bolsa contra la cuenta de dicha empresa en Baninter, por demostrar la forma de extracción de fondos de Baninter y el lavado de activos.

582. Copia del cheque No. 0346, de fecha 12 de marzo de 2003 por valor de RD$10,000,000.00 a favor de Zaida Rodríguez, firmado y endosado por ella, girado por de Bank Invest, S.A., Puesto de bolsa, contra la cuenta de esa empresa en Baninter, por demostrar la forma de extracción de fondos de Baninter y el lavado de activos.

583. Copia del cheque No. 0359, de fecha 24 de marzo de 2003 por valor de RD$10,000,000.00 a favor de Zaida Rodríguez, firmado y endosado por ella, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de bolsa, contra la cuenta de esa empresa en Baninter, por demostrar la forma de extracción de fondos de Baninter y el lavado de activos.

584. Copia del depósito de fecha 24 de marzo de 2003 de RD$10,000,000.00 realizado por Zaida Rodríguez en el Banco Mercantil, S.A.

585. Transcripción de las declaraciones dadas por Ángel Delgado Malagón, como abogado de Luis Álvarez Renta, en el programa El Día de fecha 24 de junio de 2004, que confirman que Luis Álvarez Renta era una arquitecto del fraude perpetrado contra Baninter.

586. Copia de la solicitud de transferencia por la suma de US$1,100,000.00, compuesta por Comunicación del 31 de julio de 2002 enviada a la señora Zoraida Rosado (Baninter) por Iván Gómez (Bankinvest), por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

587. Copia del reporte detallado del pago de la suma antes mencionada a favor del International Bank of Miami, por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

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588. Pagaré por la suma de US$1,100,000.00 y su correspondiente traducción judicial al castellano, por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

589. Comunicación del 11 de septiembre de 2002 enviada a la señora Zoraida Rosado por Iván Gómez, por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

590. Impresión de la transferencia de la cantidad antes mencionada, por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

591. Unica de cambio pagadera en fecha 15 de septiembre de 2002 suscrita por Bank Invest, S.A. por la suma de US$1,530,000.00, a favor de Baninter, S.A., por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

592. Copia de la comunicación recibida en original de fecha 26 de mayo de 2003, emitida por el Baninter a Bank Invest, solicitando el pago de la carta de crédito emitida o de lo contrario procederían a la creación del adelanto cobrando un 3.17% de interés mensual, por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

593. Copia del memorando confidencial de fecha 28 de mayo de 2003, dirigido por Manuel de Jesús Viñas a Sandra Molina solicitando autorización para la creación del adelanto para la carta de crédito por valor de US$1,300,000.00, con su soporte correspondiente en original, compuesto por la impresión de dicha transacción, así como del manuscrito del escritorio de Eloísa Corominas M., al respecto, por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

594. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,000,000.00, pagadera al día 14 de julio de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

595. Copia de la comunicación de fecha 2 de septiembre de 2002 dirigida por Bank Invest, al Baninter, solicitando la transferencia de US$2,500,000.00 con cargo a Bank Invest, y a favor de la cuenta que tenía Bank Invest en el International Bank of Miami, por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

596. Copia del soporte de dicha transferencia de US$2,500,000.00, por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

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597. Unica de cambio sin fecha, suscrita por Bankinvest, S.A., por la suma de US$1,250,000.00, pagadera al día 9 de septiembre de 2002 a la orden del Baninter, contra su cuenta en ese mismo banco, por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

598. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 14 de junio de 2002, por valor de US$1,000,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

599. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 14 de julio de 2002, por valor de US$1,000,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

600. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 14 de agosto de 2002, por valor de US$1,000,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

601. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 9 de septiembre de 2002, por valor de US$1,250,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

602. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 15 de septiembre de 2002, por valor de US$1,530,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

603. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 14 de octubre de 2002, por valor de US$1,000,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

604. Letra de cambio girada Bankinvest, S.A. con vencimiento el 14 de noviembre de 2002, por valor de US$1,000,000.00, a favor del Banco Intercontinental, S.A., por demostrar otra forma de extracción de fondos de Baninter y un patrón de conducta de lavado de activos.

605. Venta de Divisas de Alta Financial Corp No.26253 de fecha 21 de marzo de 2003, con sus respectivos soportes que son: Memorandum enviado a Zoraida Rosado de Marcos Báez de fecha 22 de marzo de 2003; Compra de divisas de Alta Financial Corp No.101382 de fecha 21 de marzo de 2003.

606. Solicitud de proceder a la incautación o inmovilización provisional de los Bienes propiedad de las entidades Interduty Free, Ltd., Interduty Free Dominicana,

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S.A., Ultra Import, S.A., Sippany Holdings, Inc. y Anoe LLC, Ltd., dirgida al Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional en fecha 25 de marzo de 2004.

607. Solicitud de proceder a la incautación o inmovilización provisional de los Bienes propiedad de las entidades Interduty Free, Ltd., Interduty Free Dominicana, S.A., Ultra Import, S.A., Sippany Holdings, Inc. y Anoe LLC, Ltd., dirgida al Magistrado Procurador General de la Corte del Distrito Nacional en fecha 11 de junio de 2004.

608. Acta de Incautación y Posesión de Administrador de fecha 17 de junio del año 2004.

609. La ordenanza de incautación o inmovilización de bienes emitida por el Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional en fecha 17 de junio de 2004.

610. Oficio No.026/04 del Presidente del Comité Nacional contra el lavado de activos enviado al Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional en fecha 25 de junio de 2004.

611. Acto No.316/04 de fecha 19 de julio de 2004 instrumentado a requerimiento del Procurador General de la República, con su respectivo anexo Carta enviada al Sr. Lorenzo Ventura Ventura por el Procurador General de la Republica en fecha 19 de Julio de 2004.

612. Oficio dirigido al Procurador General de la República por Lorenzo Ventura Ventura, recibido el 23 de julio de 2004.

613. Memorando dirigido a Ramón Báez Figueroa por Luis Álvarez Renta de fecha 21 septiembre de 2000, con el cual se demuestra la labor de lavado realizada por Luis Álvarez Renta.

Prueba testimonial:

614. Angel García, domiciliado y residente en Santo Domingo, para demostrar la adquisición de activos por parte de Luis Álvarez Renta y/o sus empresas.

615. Carmen Rosa Fernández, domiciliada y residente en Santo Domingo, para demostrar las operaciones de divisas realizadas por Luis Álvarez Renta y Bankinvest con el Banco Mercantil.

616. Omar Aracena, domiciliado y residente en Santo Domingo, VP Operaciones de Quisqueyana Agente de Cambio, para demostrar la serie de operaciones realizadas por Bankinvest y Luis Alvares Renta con dicha empresa de cambio.

617. Arelis Bello, trabajaba con Baninter and Trust, para demostrar la serie de operaciones realizadas a traves de dicha empresa por Bankinvest y Luis Álvarez Renta.

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Caso BHD

Pruebas documentales:

618. Con los documentos siguientes se prueban las operaciones de lavado realizadas por Luis Álvarez Renta en concurrencia con otros coimputados.

619. Copia de Fax cover recibido en original enviado por Cartonajes Hernández a la señora Vivian Lubrano de Castillo solicitando que envíen de una vez por toda la garantía que Luis Álvarez Renta debe al BHD, de fecha 14 de enero de 2001, con su soporte anexo compuesto por la descripción del destino de los fondos a ser desembolsados por el Banco BHD.

620. Comunicación de fecha 4 de enero de 2002 dirigida a la señora Vivian Lubrano por el Banco BHD remitiendo según su conversación con Luis Álvarez Renta un modelo del aval para el préstamo a garantizarse por la suma de US$1,375,000.00.

621. Solicitud y aprobación de facilidades de crédito de fecha 14 de febrero de 2002 a favor de Luis Álvarez Renta teniendo como garantía la carta de crédito Stand By por US$1,375,000.00.

622. Memorando confidencial de fecha 29 de mayo de 2002 dirigido por Zoraida Rosado solicitando la confección de una carta de crédito Stand By a través de Baninter and Trust por la suma de US$ 1,375,000.00, como pago al capital del préstamo otorgado por el BHD a Luis Álvarez Renta, corriendo los intereses por cuenta de este.

623. Pagaré bajo firma privada sin fecha, sin por ciento y sin fecha de pago firmado por Luis Álvarez Renta a favor del Banco Intercontinental por la suma de US$1,375,000.00.

624. Impresión de la transacción enviada por Baninter al American Express Bank Ltd.

625. Cheque No. 08666 emitido por Baninter and Trust por la suma de US$1,392,416.37 a favor del Banco BHD, en fecha 3 de diciembre de 2002, con su soporte correspondiente, de la impresión de la transacción que produjo dicho cheque.

626. Carta de crédito emitida por Banco Intercontinental a nombre de Bank Invest (Luis Álvarez Renta) al día 3 de diciembre de 2002 por la suma de US$1,392,416.37, con la mención en la parte superior del envío vía fax de la señora Bello de fecha 28 de febrero de 2002.

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627. Copia de la única de cambio de fecha 3 de diciembre de 2002 suscrita por Luis Álvarez Renta en representación de Bankinvest a favor del Banco Intercontinental, S.A.

Caso operación quisqueyana agente de cambio.

Pruebas documentales.

628. Copia del cheque No. 356, de fecha 20 de marzo de 2003, por valor RD$53,000,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

629. Volante de certificación de dicho cheque No. 356 de la misma fecha, por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

630. Copia del cheque No. 357, de fecha 20 de marzo de 2003, por valor de RD$13,250,000.00, debidamente certificado, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

631. Copia del volante de certificación del mismo, de igual fecha, por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

632. Copia del cheque No. 358 del 21 de marzo de 2003 por valor de RD$51,000,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor de Quisqueyana Agente de Cambio contra la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

633. Copia del volante de solicitud de certificación del cheque No. 358, de fecha de 21 de marzo de 2003, por valor RD$51,000,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

634. Copia del cheque No. 360, de fecha 24 de marzo de 2003, por valor RD$49,600,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco

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Intercontinental, S.A., por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

635. Copia del volante de certificación de dicho cheque No. 360, de la misma fecha, 24 de marzo de 2003, por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos..

636. Copia del cheque No. 361, de fecha 20 de marzo de 2003, por valor RD$24,800,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

637. Copia del volante de certificación de dicho cheque, No. 361, del 20 de marzo de 2003, por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

638. Copia del cheque No. 362, de fecha 24 de marzo de 2003, por valor RD$24,800,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

639. Copia del volante de certificación de dicho cheque, No. 362, del 24 de marzo de 2003, de la misma fecha, por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

640. Copia del cheque No. 363, de fecha 24 de marzo de 2003, por valor RD$24,800,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

641. Copia del volante de certificación de dicho cheque, No. 363, del 24 de marzo de 2003, por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

642. Copia del depósito de fecha 24 de marzo de 2003 de RD$10,000,000.00 realizado por Zaida Rodríguez en el Banco Mercantil, cta. No. 10005446, por demostrar un patrón de conducta de extracción de fondos de Baninter y el lavado de activos.

643. Copia del cheque No. 366, de fecha 25 de marzo de 2003, por valor RD$24,400,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

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644. Copia del volante de certificación de dicho cheque, No. 366, de la misma fecha, por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

645. Copia del cheque No. 367, de fecha 25 de marzo de 2003, por valor RD$61,500,000.00, girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, a favor de Quisqueyana Agente de Cambio, debidamente certificado por el banco girado Banco Intercontinental, S.A., por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

646. Copia del volante de certificación de dicho cheque, No. 367, de la misma fecha, 25 de marzo de 2003, por demostrar el patrón de conducta de extracción fraudulenta de fondos de Baninter y posterior lavado de activos.

647. Impresiones de los Estados de cuenta de Bank Invest, S.A. del 1º de enero de 2002 al 31 de mayo de 2003, por demostrar la falta de fondos de dicha cuenta y el sobregiro de dicha cuenta y la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

648. Comunicación de Quisqueyana, Agente de Cambio, C. por A. de fecha 11 de Abril de 2003, dirigida a Luis Álvarez Renta y Luis Álvarez Renta y Asocs., recibida por dicho señor en su nombre y en representación de Bankivest y Wadeville Investments LTD.

649. Copia del cheque No. 001414 girado por Quisqueyana, Agente de Cambio, C. por A. a la orden de Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, en fecha 11 de abril de 2003, contra cuenta corriente del Banco de Reservas por la suma de RD$46,015,088.00, debidamente endosado por Bankinvest, S.A. y depositado en la cuenta No. 020-105584-8 de Caribe Express Centro de Entregas con el Banco de Reservas.

650. Constancia u hoja del depósito del referido cheque No. 001414 del 14 de abril de 2003 a la orden de Bank Invest, S.A. en la cuenta No. 020-105584-8 de Caribe Express Centro de Entregas.

Caso adquisicion de activos en “Jovero Beach Resort”

651. Copia del cheque No. 350, de fecha 18 de marzo de 2003, por valor RD$ de 5,000,000.00, girado por Bankinvest, S.A. Puesto de Bolsa a favor de Angel García la cuenta No. 0010841016 con el Banco Intercontinental, S.A., por demostrar la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

652. Impresiones de los Estados de cuenta de Bank Invest, S.A. del 1º de enero de 2002 al 31 de mayo de 2003, por demostrar la falta de fondos de dicha cuenta y el sobregiro de dicha cuenta y la forma en que eran sustraídos los fondos de Baninter, para el lavado de los mismos.

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653. Copia del interrogatorio No. 709-03, practicado por el Séptimo juzgado de Instrucción del Distrito Nacional al señor Ángel Antonio García Berroa, en fecha 09 de julio de 2003 y el cheque girado por Bank Invest, S.A., Puesto de Bolsa, en fecha 18 de marzo de 2003, por la suma de RD$5,000,000.00, a favor de Angel García, contra el Banco Intercontinental, S.A.

Caso Luis Álvarez Renta, Interduty, Anoe LLC y Aerodom

Pruebas documentales

654. Comunicación de fecha 29 de abril de 2003, de José E. Lois Malkún, Gobernador del Banco Central, dirigida a Luis Álvarez Renta, ANOE LLC LTD y José Fernández Olano, Ciro Holdings, S.A., solicitando revocación de contrato, por demostrar el conocimiento que tenía Luis Álvarez Renta de que los activos de Interduty Free y Anoe eran provenientes de actividades ilícitas, así como de los riesgos de lavado que asumía en caso de ignorar al Banco Central de la República Dominicana.

655. Comunicación de fecha 30 de abril de 2003 dirigida por Miguel Calvillo Urabayen, Consejero Director General de Aldeasa, España al Banco Central de la Rep. Dom. dando respuesta a comunicación del 29 de abril de 2003 referida, por demostrar el conocimiento que tenía dicha empresa de la actividad ilícita que realizaba Luis Álvarez Renta con ella, ligada al lavado de activos.

656. Comunicación de fecha 13 de mayo de 2003 de Aerodom Siglo XXI al Lic. José E. Lois Malkún, Gobernador del Banco Central, que contiene revocación de contrato de subconceción de derechos convenido entre Aerodm Siglo XXI y Anoe LLC LTD, por demostrar el conocimiento que tenía Luis Álvarez Renta de los riesgos de lavado que asumía en caso de ignorar al Banco Central de la República Dominicana.

657. Contrato de subconcesión exclusiva entre Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI y Anoe LLC de fecha 21 de marzo de 2003, por demostrar el conocimiento que tenía Luis Álvarez Renta de los riesgos de lavado que asumía en caso de ignorar al Banco Central de la República Dominicana.

658. Copia de la comunicación de fecha 14 de noviembre de 2005 de Aerodom siglo XXI dirigida al Doctor Fidel E. Pichardo, Consultor Jurídico del Banco Central de la R. D. con la cual el primero le remite al segundo varios documentos, los cuales son descritos a seguidas, remitiendo documentos al Banco Central, por demostrar la forma en que fue legítimamente obtenido dicho documento al que se anexan documentos probatorios de un patrón de conducta de lavado de activos.

659. Carta acuerdo de fecha 23 de marzo de 2000 por la cual Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI acordó con Interduty Free Dominicana otorgarle los derechos

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de exclusividad de la explotación comercial y económica de los negocios y tiendas de Zona Franca (Duty Free), por demostrar el proceso empleado para el lavado de activos.

660. Acto bajo firma privada de fecha 21/ 03/2003, mediante el cual los derechos de exclusividad de la explotación comercial y económica de los negocios y tiendas de Zona Franca (Duty Free), fueron cedidos a favor de ANOE LLC, por demostrar el proceso empleado para el lavado de activos.

661. Acto No. 90/05, del 2/03/2005, del Ministerial José Ramón Vargas Mata, mediante el cual Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S.A. demandó a ANOE LLC en nulidad de contrato de subconcesión, por demostrar el patrón de conducta de lavado.

662. Acto No. 135/05, de fecha 3/03/2005, del Ministerial Juan Francisco Santana Santana, mediante el cual ANOE LLC demandó reconvencionalmente a Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S.A., por demostrar el patrón de conducta de lavado.

663. Acto bajo firma privada de fecha 4/03/05, legalizado por la Dra. Lissette Ruíz Concepción, que contiene acuerdo de transacción, desistimiento de acciones, resiliación de contratos y cesión de derechos, por demostrar el patrón de conducta de lavado.

664. Acto No. 927/2004, de fecha 9 de abril de 2004, del ministerial William Ortiz, mediante el cual el Banco León intima a Luis Álvarez Renta y Westside Golden Sea, LTD., para que pague la suma de US2,397,875.00, en manos del primero, por demostrar el patrón de conducta de lavado.

665. Acto No. 928/2004, de fecha 5 de abril de 2004, del ministerial William Ortiz, mediante el cual el Banco León embarga retentivamente las cuentas de Luis Álvarez Renta y Westside Golden Sea, LTD., en manos de Omnimedia, Corp., Palmeras Comerciales, Banco Citibank N., The Bank of Nova Scotia, NA. y Banco Popular Dominicano, S.A., por demostrar el patrón de conducta de lavado.

666. Instancia contentiva de demanda en intervención forzosa de fecha 31 de mayo, 2004, contra Empresas Inversiones Inmobiliarias Harna, S.A., Grupo Marevedi y Banco Central, interpuesta por Banco León, por demostrar el patrón de conducta de lavado.

667. Acto No. 410/2004, de fecha 1 de junio de 2004, del ministerial Oscar García, mediante el cual el Banco León llama en intervención forzosa al Banco Central en la demanda en cobro de pesos y validez de embargo retentivo interpuesta por el primero contra Luis Álvarez Renta, Luis Álvarez Rivera y Westside Goleen Sea, Ltd., por demostrar el patrón de conducta de lavado.

668. Inventario de documentos depositado por Banco León en fecha 1º de junio de 2004, en la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del juzgado de Primera

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Instancia del D. N. en el que consta el depósito del Aval Bancario con garantía de prenda comercial suscrito entre Bancrédito, Luis Álvarez Renta y Westside Golden Sea, Ltd., en fecha 23 de febrero de 2001 y el Pagaré certificado por la Dra. Juana J. Céspedes el 23 de febrero de 2001, suscrito por los señores Luis Álvarez Renta y Luis Álvarez Rivera, por la suma de US2,397,875.00, por demostrar el patrón de conducta de lavado.

669. Aval Bancario con garantía de prenda comercial suscrito entre Bancrédito, Luis Álvarez Renta y Westside Golden Sea, Ltd., en fecha 23 de febrero de 2001, por demostrar el patrón de conducta de lavado.

670. Pagaré certificado por la Dra. Juana J. Céspedes el 23 de febrero de 2001, suscrito por los señores Luis Álvarez Renta y Luis Álvarez Rivera, por la suma de US2,397,875.00, por demostrar el patrón de conducta de lavado.

671. Factura de venta de avión emitida por la Administración de Aviación del Departamento de Transporte Federal de los Estados Unidos, el día 9 de diciembre de 2004. (pendiente de traducción), en la que figura como vendedora Allied Caribbean Inc., cuyo presidente lo es Luis Álvarez Renta, por demostrar el patrón de conducta de lavado.

672. Garantía de la factura de venta antes indicada, firmada por Luis Álvarez Renta, en su calidad de Presidente de Allied Caribbean Inc. en fecha 28 de noviembre de 2004, por demostrar el patrón de conducta de lavado.

673. Anexo I al Contrato de Terminación del Contrato de Alquiler con la FAA, por demostrar el patrón de conducta de lavado.

674. Facsímile enviado por Luis Álvarez Renta a Bernardo Iglesias, de Banktlantic de fecha 24 de junio de 2004 mediante el cual el primero autoriza al segundo el cierre de varias cuentas, entre las cuales se encuentra la de Preston Peral Limited indicando que el balance a su favor fuera transferido a Sorion international, compañía de la cual también el su director, por demostrar el patrón de conducta de lavado.

675. Extracto de las incidencias del juicio seguido en contra de Luis Álvarez Renta en Miami, páginas 89 y 90, en su versión original en inglés y en su versión en español, debidamente traducidas por un intérprete judicial, por demostrar el patrón de conducta de lavado.

676. Contrato de compra venta de participaciones y otros pactos de fecha 28 de marzo de 2003, entre Luis Álvarez Renta, en representación de Interduty Free LTD y José Fernández Olano, en representación de Ciro Holding, S.A., por demostrar el patrón de conducta de lavado.

677. Acto 510 del 20 de octubre de 2005, del Ministerial José Ramón Vargas Mata, que contiene acto de oposición y advertencia por parte del Banco Central de la R.

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D. Superintendencia de Bancos y Banco Intercontinental a Aerodom en relación con cualquier operación ligada a Interduty Free y Anoe LLC., por demostrar los obstáculos conocidos por parte de las personas que negociaron con Luis Álvarez Renta en actividades ligadas al lavado.

678. Acto No. 531 del 27 de octubre de 2005, del Ministerial José Ramón Vargas Mata a requerimiento de Aerodom, dirigido a Banco Central de la R. D., Superintendencia de Bancos y Banco Intercontinental que contiene respuesta al acto de Oposición y advertencia antes indicado, por demostrar los obstáculos conocidos por parte de las personas que negociaron con Luis Álvarez Renta en actividades ligadas al lavado.

679. Un ejemplar, con constancia de recepción, de la solicitud de proceder a la incautación o inmovilización provisional de los Bienes propiedad de las entidades Interduty Free, Ltd., Interduty Free Dominicana, S.A., Ultra Import, S.A., Sippany Holdings, Inc. y Anoe LLC, Ltd., dirigida al Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional en fecha 25 de marzo de 2004, por demostrar las medidas de salvaguarda contra los bienes lavado.

680. Acta de Incautación y Posesión de Administrador de fecha 17 de junio del año 2004; por demostrar las medidas de salvaguarda contra los bienes lavados.

681. Ordenanza de incautación o inmovilización de bienes emitida por el Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional en fecha 17 de junio de 2004, por demostrar las medidas de salvaguarda contra los bienes lavados.

682. Oficio No. 026/04 del Presidente del Comité Nacional contra el lavado de activos enviado al Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional en fecha 25 de junio de 2004, por demostrar las medidas de salvaguarda contra los bienes lavados.

683. Acto No. 316/04 de fecha 19 de julio de 2004 instrumentado a requerimiento del Procurador General de la República, con su respectivo anexo. Carta enviada al señor Lorenzo Ventura Ventura por el Procurador General de la República en fecha 19 de julio de 2004, por demostrar las medidas de salvaguarda contra los bienes lavados.

684. Oficio dirigido al Procurador General de la República por Lorenzo Ventura Ventura, recibido el 23 de julio de 2004; por demostrar las medidas de salvaguarda contra los bienes lavados.

685. Auto del Magistrado Procurador General de la República, Lic. Francisco Domínguez Brito, que contiene revocación del acto de revocación de dicha Incautación, por demostrar las medidas de salvaguarda contra los bienes lavados.

686. Contrato de fecha 28 de junio de 2005, entre Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, Inversiones Tunc, S.A. y Dufry Holding AG, de subconcesión para la explotación económica de los negocios de tienda de Zona Franca en los aeropuertos

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operados, explotados comercialmente y administrados por Aerodom, por demostrar un patrón de conducta de lavado.

687. Comunicación de fecha 30 de noviembre de 2005, dirigida por el Lic. Vitelio Mejía Ortiz al Dr. Fidel Pichardo remitiendo el contrato antes descrito de subconceción entre Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, Inversiones Tunc, S.A. y Dufry Holding AG., por demostrar un patrón de conducta de lavado.

688. Comunicación de fecha 17 de junio de 2004 dirigida al Dr. Francisco Antonio Piña Luciano, por el Dr. Rafael Mejía Guerrero Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito nacional, que contiene instrucciones para la Ordenanza de Incautación e Inmobilización de los bienes a Interduty Free LTD, Interduty Free Dominicana, Ultra Export Corporation, Ultra Import S.A., Anoe LLC LTD, Aldeasa Dominicana, Sippany Holdings, por demostrar la incautación realizada contra los bienes lavados.

689. Acta de Incautación y posesión de administrador de fecha 17 de junio de 2004, realizada por el Dr. Francisco Antonio Piña Luciano, Procurador Adjunto de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, mediante el cual procede a la Incautación e Inmovilización de los bienes propiedad de Luis Álvarez Renta de manera particular Interduty Free LTD, Interduty Free Dominicana, Sippany Holdings Inc. y Ultra Export Corporation, por demostrar la incautación de los bienes de Interdutty Free.

690. Solicitud de revocación de la referida Ordenanza de Incautación dirigida por Anoe LLC LTD y Luis Álvarez Renta al Procurador General de la Corte de Apelación del D. N., por demostrar la cesación de la medida de incautación.

691. Comunicación de fecha 13 de julio de 2004 dirigida al Dr. Rafael Mejía Guerrero, Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por el Dr. Víctor Céspedes Martínez, Procurador General de la República, que contiene instrucciones para la revocación del Auto del 17 de junio de 2004, de Inmovilización de bienes de Anoe LLC LTD y Luis Rafael Álvarez Renta.

692. Auto del Procurador General de la República, Lic. Francisco Domínguez Brito, en virtud del cual se revoca la revocación del 13 de julio de 2004, realizada por el Procurador General de la República, Lic. Víctor Céspedes Martínez.

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En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República

Dominicana, a los nueve (9) días del mes de febrero del año dos mil seis (2006).

Dr. Octavio Líster Henríquez

Director del DPCA

Procurador General Adjunto

Coordinador General Fiscales Especiales Para Fraudes Bancarios

Dr. Francisco García Rosa Licda. Carmen Alardo Peña

Primer Procurador Adjunto Procuradora Adjunta de la Corte

de la Corte de Apelación Apelación del D. N., Fiscal

del D.N., Fiscal Especial Especial Para Fraudes Bancarios.

Para Fraudes Bancarios.

Dr. Germán Daniel Miranda Villalona

Procurador Fiscal del Procurador Fiscal del D. N.

Fiscal Especial para Fraudes Bancarios.

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