ACUSACION

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~ CASO FISCAL 31- 2013. EXPEDIENTE 388-213- REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN SEÑOR JUEZ DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA JUAN DOMINGUEZ SALDIVAR, Fiscal Provincial Titular del Segundo Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de ICA, con domicilio procesal en Prolongación Arequipa N° 250 de esta ciudad, luego de efectuadas las investigaciones correspondientes, procedo al amparo de lo establecido en el Art. 349 del Código Procesal Penal a FORMULAR ACUSACIÓN PENAL contra: CARLOS MELENDEZ URBINA como autor de COLUSION y autor del delito de OMISION, REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONA,LES en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA. NORMA MARIA MELLO ARIZA Y WILMER JAVIER MARTINEZ ARAMBULO como autores del delito de COLUSION en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA. ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ y RICARDO GERMAN ESPINOZA ZUMAETA, como ,cómplices primarios del delito de COLUSION y como autores del delito de APROPIACIÓN ILICITA en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA. ELISEO HERRERA PEREZ como autor del delito contra la ADMINISTRACION PUBLICA en la modalidad de OMISION, REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE I C A . I.- DATOS PERSONALES DE LOS IMPUTADOS: 1) CARLOS MELENDEZ U R B I N A Sobrenombre: "NN" Documento de Identidad: 19191154 Sexo: Masculino • Fecha de Nacimiento: 17 de junio de 1959 Edad: 54 Estado Civil: Casado Profesión: Ingeniero Civil Ocupación: Independiente Señas Particulares : Cicatrices: Ninguna Lugar de Nacimiento: CARTAVIO-La Libertad '. Domicilio real: Urb. El Olivar Mz. D Lote Nº 5- Trujillo Nombre de los padres: Leoncio y Elena 2. NORMA MARIA MELLO ARIZA

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Ejemplo de requerimiento de acusación.

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CASO FISCAL 31- 2013.

EXPEDIENTE Nº 388-213- REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN

SEÑOR JUEZ DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA

JUAN DOMINGUEZ SALDIVAR, Fiscal Provincial Titular del Segundo Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de ICA, con domicilio procesal en Prolongación Arequipa N° 250 de esta ciudad, luego de efectuadas las investigaciones correspondientes, procedo al amparo de lo establecido en el Art. 349 del Código Procesal Penal a FORMULAR ACUSACIÓN PENAL contra:

CARLOS MELENDEZ URBINA como autor de COLUSION y autor del delito de OMISION, REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONA,LES en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA.

NORMA MARIA MELLO ARIZA Y WILMER JAVIER MARTINEZ ARAMBULO como autores del delito de COLUSION en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA.

ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ y RICARDO GERMAN ESPINOZA ZUMAETA, como ,cómplices primarios del delito de COLUSION y como autores del delito de APROPIACIÓN ILICITA en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA.

ELISEO HERRERA PEREZ como autor del delito contra la ADMINISTRACION PUBLICA en la modalidad de OMISION, REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE I C A .

I.- DATOS PERSONALES DE LOS IMPUTADOS:

1) CARLOS MELENDEZ URBINA • Sobrenombre: "NN"• Documento de Identidad: 19191154• Sexo: Masculino• Fecha de Nacimiento: 17 de junio de 1959• Edad: 54• Estado Civil: Casado• Profesión: Ingeniero Civil• Ocupación: Independiente• Señas Particulares :• Cicatrices: Ninguna• Lugar de Nacimiento: CARTAVIO-La Libertad

'. Domicilio real: Urb. El Olivar Mz. D Lote Nº 5- Trujillo • Nombre de los padres: Leoncio y Elena

2. NORMA MARIA MELLO ARIZA

• Sobrenombre: "NN"• Documento de Identidad: 15704668• Sexo: Masculino• Fecha de Nacimiento: 1-1-de 1965• Edad: 48• Estado Civil: Soltera• Profesión: C o n t a d o r Público• Ocupación: C o n t a d o r a• Señas Particulares:

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• Cicatrices: Ninguna• Lugar de Nacimiento: Barranca

'. Domicilio real: Jr. José Olaya Nº 145- Barranca • Nombre de los padres: J u a n y María.

3.- WILMER JAVIER MARTINEZ ARAMBULO

• Sobrenombre: "NN"• Documento de Identidad: 21866894• Sexo: Masculino• Fecha de Nacimiento: 24-1-1975• Edad: 38• Estado Civil: Soltero• Profesión: E c o n o m i s t a• Ocupación: E m p l e a d o• Señas Particulares:• Cicatrices: Ninguna• Lugar de Nacimiento: Chincha- ICA

'. Domicilio real: Jirón Amancaes Nº550-Chincha • Nombre de los padres: A l b e r t o y Epifania.

4.- ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ

• Sobrenombre: "NN"• Documento de Identidad: 08079912• Sexo: Femenino• Fecha de Nacimiento: 21-8-1963• Edad: 50• Estado Civil: Soltera• Profesión: D e s c o n o c i d o• Ocupación: Desconocido• Señas Particulares :• Cicatrices: Ninguna• Lugar de Nacimiento: Pueblo Libre- Lima

'. Domicilio real: Calle Los Geranios Nº323 -San Martin de Porres-Lima • Nombre de los padres: Juan y Martha.

5.- RICARDO GERMAN ESPINOZA ZUMAETA

• Sobrenombre: "NN"• Documento de Identidad: 25695688• Sexo: Masculino• Fecha de Nacimiento: 20-4-1960• Edad: 60• Estado Civil: Soltero• Profesión: Desconocido• Ocupación: D e s c o n o c i d o• Señas Particulares:• Cicatrices: Ninguna• Lugar de Nacimiento: Lima

'. Domicilio real: Calle Los Jazmines Nº280-San Martín de Porres-Lima • Nombre de los padres: E s t e b a n y J u a n a .

6.- ELISEO HERRERA PEREZ • Sobrenombre: "NN"• Documento de Identidad: 15840125

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• Sexo: Masculino• Fecha de Nacimiento: 14-6-1954• Edad: 59• Estado Civil: Casado• Profesión: Ingeniero Civil• Ocupación: E m p l e a d o• Señas Particulares:• Cicatrices: Ninguna• Lugar de Nacimiento: Anta-Cuzco

'. Domicilio real: Urb. La Florida Lote Nº 8-Barranca • Nombre de los padres: H u m b e r t o y J u a n a P a u l a

II-DESCRIPCIÓN DE HECHOS ATRIBUIDOS AL IMPUTADO.-

Que a consecuencia del Informe Especial Nº01-2013-0CI/MPI formulado por el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad de ICA; así como de las investigaciones preliminares contenidas en los Informes Policiales N° 063-2013-VII DIRTEPOL-L/DIVPOL-PNP-I-085-2013-VII-DIRTEPOL-L/DIVPOL-PNP-I se desprende lo siguiente:Que el proceso de contratación, ejecución y entrega de la obra denominada

"Repotenciación del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60" fue llevado a cabo por el Comité Especial de Procesos de Selección en el año 2,012, integrado por Carlos Melendez Urbina, Gerente de gestión Urbana y Rural -Presidente y miembros NORMA MARIA MELLO ARIZA, Gerente de Administración y WILMER JAVIER MARTINEZ ARAMBULO, Gerente de Planificación; quienes estuvieron encargados de la adquisición de bienes, servicios de consultoría y obras de la Municipalidad Provincial de ICA, (Resolución de Alcaldía Nº 0035-2012-AL/MPI); es así que a solicitud del imputado CARLOS MELENDEZ URBINA se recibió Cotización Nº0145-12 de fecha 13 de Diciembre del 2,012 en la que RICARDO GERMAN ESPINOZA ZUMAETA- Jefe del Departamento de Motores de San Bartolomé S.A. y que luego de efectuadas las coordinaciones se dispone en primer lugar efectuar el proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la adquisición de repuestos para el Ómnibus y el Presidente mediante carta múltiple efectúa una invitación a los proveedores: ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ de Automotriz Ricardo's, así como a Negociaciones J. Diesel para que envíen sus propuestas, con tal proceder incumplieron el Reglamento de la Ley de Contrataciones que señala que se debe cursar invitación a tres postores, resultando ganadora ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ con quien el Alcalde del Municipio de Ica, Señor Juan Rodríguez Núñez, suscribió el contrato de adquisición de repuestos el 20 de Enero del 2013,sin embargo la buena pro es aprobada recién el 26 de Enero del 2013; el segundo proceso es de adjudicación de menor cuantía cuyo objeto fue servicio de mano de obra por el valor referencial de S /19,981.00 resultando ganadora ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ, , suscribiendo nuevamente el Alcalde de la Comuna de ICA, el referido contrato el 25 de Enero del 2013, siendo aprobada la buena pro el 30 de Enero del 2013; que figurando en el contrato la necesidad de verificar el avance del trabajo, se observa que éste es remitido el 10 de Marzo del 2013, por parte de la empresa contratista en la que figura ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ como Gerente y RICARDO GERMAN ESPINOZA ZUMAETA como División de Motores; es decir éste último es la misma persona que remitió la cotización al Presidente del Comité, de lo que se evidencia pues una concertación entre los representantes de la Empresa Automotriz Ricardo' s, y el Comité de Selección. Asimismo; se advierte la existencia de una conducta omisiva en el cumplimiento de actos funcionales por parte del Sub Gerente de Obras Públicas ELISEO HERRERA PEREZ en quien recayó la labor de inspector de obras referente al cumplimiento del contrato con la Empresa Automotriz Ricardo' s, no habiendo informado respecto al incumplimiento de éste, pese a haber viajado a la ciudad de Lima conjuntamente con el mecánico de la Municipalidad para verificar el avance de la obra, teniendo información el 18 de diciembre del 2013 que el vehículo no se encontraba Operativo, fecha en la que inclusive el contrato ya había vencido para los efectos de la Conclusión de la obra,

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generando con ello la apropiación de los repuestos por parte de 'Automotriz Ricardo' s. También se imputa esta conducta omisiva a CARLOS MELENDEZ URBINA, a quien en su condición de Gerente de Gestión Urbana correspondía la supervisión de la

ejecución de la obra, habiendo dispuesto con fecha 18 de diciembre del 2013, que el

vehículo de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60", sea trasladado del local de revisiones técnicas que es de propiedad municipal al taller de mecánica particular "Valdivia", dando lugar a que el personal de la Empresa Automotriz Ricardo' s sustraiga las piezas adquiridas para el vehículo antes citado; Asimismo, no haber

informado oportunamente a la Procuraduría de la Municipalidad para que realice las acciones necesarias ante el incumplimiento del contrato, del cual tuvo conocimiento desde el 18 de Diciembre del 2013.

Por otra parte se imputa a ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ y RICARDO GERMAN Espinoza ZUMAETA, haberse apropiado ilícitamente de una bomba hidráulica de Dirección Marca ZF 1001 LBS, un compresor de aire marca Knorr, un alternador Marca Bosh, una bomba de inyección, un turbo y un arrancador, bienes que le fueron entregados a fin de que haga un uso determinado, es decir lo utilice en la reparación del ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60"; sin embargo, se apropió en forma indebida de los mismos. Asimismo, haber concertado con los imputados CARLOS MELENDEZ URBINA, Gerente de Gestión Urbana y Rural-Presidente; y miembros NORMA MARIA MELLO ARIZA, Gerente de administración y WILMER JAVIER MARTINEZ ARAMBULO en el Proceso de Contratación, Ejecución y Entrega de la obra denominada "repotenciación del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60".

III. -ELEMENTOS DE CONVICCION .-

1. Informe Especial Nº01-2013-0CI/MPI “ Examen especial a Obras Públicas; repotenciación del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60".

2. Reglamento de organización y funciones de la Municipalidad Provincial deICA del año 2010. Fs. 25/88

3. Declaración de Miguel Santisteban Almeira a fs. 118 quien refiere que se ratifica en el Informe especial Nº 01. Quien señala que CARLOS MELENDEZ URBINA es responsable en el caso de la repotenciación del ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60", por cuanto mediante MEMORANDUM 1473-2013- DE FECHA18 DE Diciembre del 2,013, durante el proceso de transferencia dispuso que el vehículo de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60" sea trasladado del local de revisiones técnicas de propiedad del Municipio al taller de mecánica Valdivia ubicado en la calle Húsares de Junín Nº 381- ICA, dando lugar a que ese mismo día el personal de la Empresa Automotriz Ricardos sustraigan piezas nuevas adquiridas para el vehículo. Que ELISEO HERRERA PEREZ en su calidad de inspector de obra no informó el incumplimiento de contrato de servicio técnico Nº 002-2012-AL/MPI firmado con la Sra. ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ, generando la posterior sustracción de los repuestos omitiendo salvaguardar los intereses de la Municipalidad. Refiere respecto de RICARDO GERMAN Espinoza ZUMAETA, que le asiste responsabilidad por sustraer del vehículo de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60", las piezas nuevas sin tener autorización para ello. Que conforme a la Resolución de Alcaldía Nº1116-2012 AL/MPI, de fecha 30 de enero del 2012 en su artículo tercero se encarga a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural aplicar correctamente las normas de control interno para obras públicas que garantice la ejecución de la obra; según el contrato de servicio técnico Nº 002-2012-AL/MPI en su cláusula novena se indica que la inspección de la obra estará a cargo de la sub gerencia de obras públicas y estudios a quien el contratista deberá brindar amplias facilidades para el desarrollo de sus funciones debiendo de informar el proceso de ejecución e incidentes. Que el señor ELISEO HERRERA PEREZ asumió las funciones de inspector de obra en concordancia a lo indicado en el ROF de la Municipalidad Provincial de ICA, aprobado por acuerdo de Consejo Nº 118-2010-AL/CPI de fecha 16 de Noviembre del 2,010, el cual indica como función el organizar, coordinar y c o n f o r m a r l a comisión técnica supervisora de obra que corresponde a la gerencia de desarrollo urbano y rural.

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4. DECLARACION DE J U L I O MARTIN MAGUIÑA SUYON Procurador de La Municipalidad de ICA, quien señala que se ratifica en todos y cada uno de l o sextremos de la investigación puesto que la misma es producto de un examen especial elaborado por el Órgano de Control Institucional, órgano correspondiente a la Contraloría General de la República, instancia que demoró casi un año en la investigación, elaboración y análisis de este documento. Fs. 121.

5.- DECLARACIÓN DE GREGORIO TAMARIZ ESPINOZA Quien refiere que se desempeña como Técnico Administrativo en la Municipalidad de

ICA, que en relación a la repotenciación del Ómnibus, lo sustentó mediante los documentos a la Oficina de Auditoria Interna, que se ratifica en el acta de coordinación del 15 de noviembre. Fs. 123/131.

6.- DECLARACIÓN DE ELISEO HERRERA PEREZ, quien refiere haber estado a cargo de la Sub - Gerencia de Obras Públicas, parte del año 2012 hasta diciembre del 2013; siendo su función programar y organizar la ejecución de obras públicas de carácter civil, dependiendo administrativamente de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural en ese entonces el Ingeniero CARLOS MELENDEZ URBINA. Que no ha sido inspector ni supervisor del proyecto de repotenciación del vehículo de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60" por cuanto tiene la profesión de Ingeniero civil y no conoce de mecánica, desconociendo a quien se haya designado como inspector o supervisor del proyecto. Fs. 136.

7. DECLARACIÓN DE JUAN JARA LOPEZ, quien refiere que se dedica a trabajar como Técnico Mecánico de la Municipalidad Provincial de ICA; señalando que se ratifica en el informe vehicular que obra en el Informe especial Nº 001, por cuanto al señor GREGORIO TAMARIZ ESPINOZA Jefe de Logística de la Municipalidad, en diciembre del año 2013 le dijo que se constituyera al taller de mecánica "Valdivia", ubicado en la localidad de ICA, a fin de hacer un diagnóstico sobre la operatividad del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60" en donde entre otras cosas pudo ver que dicho Ómnibus no estaba operativo al 100%; una semana después conjuntamente con el dueño del taller "Valdivia" hizo conocer al Ingeniero MELENDEZ; que el señor Ricardo Espinoza de la empresa Automotriz Ricardo' s había sustraído varios repuestos del motor. Fs. 141.

8. DECLARACIÓN VOLUNTARIA DEL IMPUTADO CARLOS MELENDEZ URBINA quien refiere que durante su desempeño como Gerente de Gestión Urbana y Rural tuvo que ver con el gerenciamiento de las oficinas de obras públicas, obras privadas, cada una con su Sub Gerencia; que asimismo fue designado al comité especial de procesos de selección siendo sus funciones solidarias y autónomas y. son relacionadas con las adquisiciones de bienes y servicios como son motor nuevo y repuestos para la repotenciación del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60", por 11 días se invita a las empresas a participar, que asimismo, no solo se invitó a tres empresas además se trasladó el ómnibus a Lima para que las empresas participantes puedan revisar la unidad móvil y ofertar, entregando el vehículo a la Empresa San Bartolomé que era la empresa que hacia el mantenimiento a las unidades móviles, que dicha empresa no participó en la licitación, que el supervisor de la repotenciación del bus fue el Ingeniero ELISEO HERRERA PEREZ como así consta en los informes de conformidad para el pago de la compra de los repuestos además por ser el Sub Gerente de obras públicas; que según el Art. 137 de la ley de adquisiciones y contrataciones del estado, cuando existe un postor válido la buena pro queda consentida el mismo día de su otorgamiento, la aprobación con resolución de alcaldía se hace después y depende de la Oficina de Secretaria General su emisión para completar el trámite administrativo. Que desconocía que el señor Ricardo Espinosa Fernández era el encargado de la Empresa Automotriz Ricardo' s. que respecto al escrito de fecha 26 de diciembre del 2006 fue tramitada en el Área Legal, pero después llego una comunicación por parte de la empresa donde señalaba que los accesorios periféricos los tenía bajo custodia, lo cual comunico a las nuevas autoridades; que cuando existe un retraso en la entrega de un servicio se aplica la penalidad económica a la empresa, pero en este caso no se originó perjuicio económico a la

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Municipalidad; que su persona no autorizo el internamiento del Bus en el taller "Valdivia". Fs. 143.

9.- DECLARACIÓN DE JUAN JOSÉ ESPINOZA GUTIÉRREZ habiéndose desempeñado

como Sub Gerente del área de contabilidad, quien reconoce el comprobante

del pago N° 2006-00003279 el mismo que se trata de un documento de tramite

interno del área de tesorería; que su visado cuenta con el visto bueno de las áreas de

abastecimiento, presupuesto, contabilidad y luego tesorería, por lo mismo que si se

adjuntó todos los comprobantes que se exige. Fs. 150.

10 .- DECLARACIÓN DE ROBINSÓN VALDIVIA MONTORO, el mismo que: refiere

q u e , el día 18 de diciembre del 2013 llegó a su taller un trabajador delMunicipio llamado Vladimir quien le dijo que por orden del Ingeniero CARLOS MELENDEZ URBINA debía realizar un trabajo de levantamiento de motor del ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60"lleqó en compañía de Ricardo Espinosa y del chofer Juan Marsano Graciano, quedándose el vehículo en el taller, debiendo arreglar todo con Ricardo Espinoza, quien a la fecha no ha cumplido con cancelar; agrega que el ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60" se encuentra inoperativo por falta de las piezas y el deterioro del vehículo.

11.- DECLARACIÓN DE NORMA MARIA MELLO ARIZA, quien refiere haberse desempeñado como gerente de administración siendo sus funciones el programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la administración de los recursos de las municipalidad, que no ha contravenido las normas del ROF. y que si, hubiese visado y autorizado las órdenes de compra y comprobantes de pago sin afectación presupuestal y control previo no se hubiera girado el cheque y emitido el comprobante de pago por la sub gerencia de tesorería. Que desconocía que el señor RICARDO GERMAN Espinoza ZUMAETA era encargado de la División de motores de Automotriz Ricardos; que el proceso de licitación se llevó a cabo de acuerdo a la ley de contrataciones y adquisiciones del estado, que respecto al informe vehicular elaborado por JUAN JARA LOPEZ desconoce. Fs. 155.

12.- DECLARACION DEL ALCALDE JUAN RODRIGUEZ NUÑEZ, señalando que de acuerdo al ROF como alcalde le correspondía aplicar las políticas integrales del desarrollo local emanadas por el concejo Municipal; que el vehículo estaba a disposición del Despacho de Alcaldía durante todo el día, no teniendo un chofer asignado en forma exclusiva, en las noches la camioneta PIN 770 era utilizada para el servicio de serenazgo; que el comité de adquisiciones era el responsable de la selección realizada y responder administrativamente y/o judicialmente de cualquier irregularidad; que en la resolución de alcaldía Nº 1116-2012 existe un error material ya quien otorga la buena pro es el comité de adquisiciones, quedando consentida al quinto día de que los postores ·son notificados luego de ello la comisión remite todo lo actuado al despacho para la formalización del contrato, por lo que en caso, cuando se suscribe el contrato de buen pro ya había sido otorgada por el comité, que por una mala elaboración de las resoluciones se consigna el otorgamiento de la buen pro y la aprobación de poscontratos, sin embargo en este hecho no ha existido nada irregular, para lo cual está el libro de actas del comité de adquisiciones. Que no autorizó el t r a s l a d o del vehículo de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60" a la ciudad de Lima ya que este se encontraba en el depósito de revisiones técnicas de la Municipalidad; que el ingeniero ELISEO HERRERA PEREZ , fue designado como supervisor de la obra ya que sólo existe una sub gerencia de obras públicas, que desconocía que el señor RICARDO GERMAN Espinoza ZUMAETA era el encargado de la división de motores de la empresa automotriz Ricardos; que desconocía el informe vehicular del señor Juan Jara López. Que a su persona no se le informó de este hecho, es más del examen especial se desprende que recién con fecha jueves 28 de Diciembre del 2,013, el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural y quien estaba encargado de reparar el vehículo de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60" se entera que se había sustraído repuestos del vehículo y que pedía se tomaran las acciones legales correspondientes, es decir

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un día antes de la conclusión de su gestión, situación ante la cual era imposible que se adoptaran acciones por su parte, habida cuenta que corresponde al Concejo Municipal autorizar al Procurador Público Municipal efectuar las denuncias correspondientes. Fs. 163.

13.- DECLARACION DE LUIS ALBERTO PELAEZ SILVA señalando que desde mediados

del mes de diciembre del 2013 se encontraban en plena transferencia con la

administración saliente, no teniendo competencia para iniciar alguna acción porque

ya estaba haciendo entrega de cargo. Fs. 171.

14.- DECLARACION DE JUAN BARRENECHEA GUERRERO señalando que sólo se le ha hecho llegar una hojas de hallazgos mediante las cuales se le pone en conocimiento los hechos de la presente denuncia y con fecha 10 de diciembre del 2013 ha cumplido con hacer llegar las observaciones; que se ha desempeñado como Gerente Municipal desde el 16 de marzo hasta el 30 de noviembre del año 2013, que no tuvo injerencia o participación en el proceso de selección referida a la repotenciación del vehículo de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60"; que no ha firmado ninguna entrega ni recepción de repuestos, siendo el área encargada de dar conformidad del servicio o en su defecto del ingreso de los bienes de la oficina de logística, no habiéndose informado sobre tal incumplimiento, para procederse a cualquier pago, primero debe verificarse dicha conformidad sin-lo cual el encargado de almacén ni el tesorero debieron de haber girado cheque alguno. Fs. 173.

15.- DECLARACION DE CARLOS SOUS PALENCIA señalando que trabaja en Inversiones Panamericana y a través de Internet en la página del SEACE se informó respecto a la licitación, presentando su sobre, que cuando ganó la buena pro, en otras instituciones públicas o privadas se ha seguido el mismo trámite, primero se recibe la comunicación de haber ganado, luego se hace el contrato y la resolución de alcaldía sale con fecha posterior por el mismo trámite que demora y todo ello ha sido de acuerdo a la ley de adquisiciones y contrataciones del Estado. Fs.178.

16.- DECLARACION DE WILMER JAVIER MARTINEZ ARAMBULO, quien refiere que como gerente de planificación tenía como funciones planificar, coordinar con las unidades orgánicas y asesorarlas, evaluar y controlar los planes y proyectos formulados, entre otros; asimismo que como integrante del comité especial de procesos de selección estuvo encargado de llevar a cabo los procesos de selección de adquisición de bienes y servicios del Estado, evaluar conjuntamente con los miembros del comité especial permanente las propuestas técnicas y económicas de los postores y proceder conforme a ley; que el proceso de la repotenciación del vehículo de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60" ,se llevó acabo el 22 de junio, el presidente del comité comunicó que se había recibido sólo un expediente correspondiente a Automotriz Ricardos, verificándose que los sobres estuviesen sellados, se procedió a calificar con lo cual se obtuvo la buena pro a Automotriz Ricardos, siendo designado como inspector de obra el ingeniero ELISEO HERRERA PEREZ pues como sub gerente de obras públicas y de acuerdo al Reglamento de una de sus funciones fue regular, planear, organizar, controlar y ejecutar obras de infraestructura pública de diferentes modalidades. Fs. 180/184.

17.- AMPLIACIÓN DE LA DECLARACION DE ELISEO HERRERA PEREZ quien se ratifica en lo vertido en su primera declaración y a su vez señala que las oportunidades en las que ha apoyado en las diligencias referentes a la repotenciación del ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60", lo hizo en su condición de sub- Gerente de obras públicas y no como inspector pues no podía ser juez y parte en dicho caso, que la responsabilidad de llevar el cuaderno de obras radicaba en la persona de Juan Jara López, quien fue mecánico contratado para supervisar el avance técnico de la obra. Asimismo que desconoce por razón de su cargo, respecto a las observaciones advertidas en el informe Nº01-2013-0CI/MPI y donde se deja constancia que recién el 11 de Diciembre del 2013 el mecánico

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Juan Jara López hizo las observaciones advertidas en el citado documento. A fs. 188. fs. 185/187.

18.- OFICIO N° 084-2013-SG/MPI remitido por la secretaria general de la Municipalidad Provincial de ICA, adjuntando el reglamento de Organización y funciones (ROF) aprobado mediante acuerdo de Consejo N 118-2010-AL/CPI, de fecha 16 de noviembre del 2010, a fs. 435/471.

19.- MEMORANDUM Nº 562-13-GA-MPI de fecha 13 DIC 2013 donde la CPC NORMA MARIA MELLO ARIZA, solicita al Ing. CARLOS MELENDEZ URBINA. realice los trámites de entrega del Bus ya reparado para proceder a su internamiento en el depósito municipal. Fs. 659.

20.- OFICIO Nº 016-2013-CG/FIS remitido por la Gerente de Fiscalización deDeclaraciones Juradas de la contraloría general de la república, mediante el cual se comunica a NORMA MARIA MELLO ARIZA que se da por concluido el procedimiento sancionador iniciado en su contra. Fs. 660

,

21.- RESOLUCIONDE ALCALDIA N° 0527-2013-AL/RUV-MPI de fecha 16 JUN 2013 donde se absuelve de los cargos imputados a la CPC NORMA MARIA MELLO ARIZA. Se menciona que con fecha 21 de Mayo del 2,013 esta persona quien fue subgerente de contabilidad formuló su descargo respecto a la presunta comisión de faltas disciplinarias que se atribuye a su persona. Que prueba de su responsabilidad es el Oficio Nº 016-2013-CG/FIS de fecha 25 de mayo del 2013 en la que la Contraloría General de la República la exime de responsabilidad en consideración con subsanar lo solicitado dentro del plazo. fs.661/662. '

22.- RESOLUCION DE ALCALDÍA Nº 0474-2012-AL/MPI de fecha 05 MAY 2012 donde se le encarga interinamente al Ing. ELISEO HERRERA PEREZ el cargo de sub gerente de Obras Privadas, Habilitaciones Urbanas y Control Urbano hasta la designación del titular del cargo. Obra a fs. 687.

23.- ACTA DE ENTREGA Y RECEPCION DE REPUESTOS PARA LA REPOTENCIACION DEL Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60, de fecha 15 de Setiembre del 2,012 modelo Z60. a fs. 688/690.

24.- INFORME N° 985-2013-SGOPE-GDUR/MPI, de fecha 27SET2013 remitido por el Ing. ELISEO HERRERA PEREZ ,al Ing. CARLOS MELENDEZ URBINA .sobre supervisión de obra repotenciación del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60. En este informe CARLOS MELENDEZ URBINA. le dice al Ingeniero ELISEO HERRERA PEREZ que en las dos últimas visitas efectuadas a la ciudad de Lima con fines de supervisar el avance de la obra ejecutada por la empresa automotriz Ricardos, en una primera oportunidad se encontró los trabajos de soldadura en general de la carrocería, tapizado de asientos u reforzamiento de chasis; en la segunda oportunidad se constató el masillado de carrocería, adquisición de motor nuevo, reparación de caja y otros. Que al mismo tiempo se constató que era necesario la adquisición de 06 llantas según especificaciones del mecánico de la municipalidad señor Juan Jara López, que los mismos debían ser requeridos al tiempo más breve por cuanto dichos neumáticos no se incluyeron en la compra primigenia de accesorios para la repotenciación de dicho vehículo. Obra a fs. 691.

25.- MEMORANDUM Nº 011-2013-SGOPE/GGUR/MPI, de fecha 13 D1C 2013,mediante el cual el Ing. ELISEO HERRERA PEREZ, solicita al sr. Juan Jara López, cumpla con levantar las observaciones respecto del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60. A fojas 692.

26.- INFORME Nº 698-2013-SGOPE-SGL/MPI de fecha 15 DIC. 2013 remitido por GREGORIO TAMARIZ ESPINOZA Sub gerente de Logística al Ing. ELISEO HERRERA PEREZ, solicitando la conformidad por servicios técnicos de repotenciación del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60 a fs. 693.

27.- INFORME N° 1325-2013-SGOPE-GGUR/MPI de fecha 15DIC2013 remitido por el Ing. ELISEO HERRERA PEREZ, al Ing. CARLOS MELENDEZ URBINA. sobre

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supervisión de obra repotenciación del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60, a fs. 694.

28. INFORME N° 1376-.2013-SGOPE-GGURL-JlPI de fecha 18DIC2013 remitido por el Ing ELISEO HERRERA PEREZ al Ing. CARLOS MELENDEZ URBINA. sobre supervisión de obra repotenciación Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60, a fs. 695.

29. OFICIO Nº 062-2013-SGOPE-GGUR/MPI de fecha 18DIC2013 remitido por el Ing.ELISEO HERRERA PEREZ a la imputada ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ de la empresa automotriz Ricardo' s adjuntando informe del mecánico de la municipalidad donde se refiere que el ómnibus Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60, no se encuentra 100% operativa. Obra a fojas 697/698.

\ 30.- DECLARACION DE MIGUEL SANTISTEBAN ALMEIRA, auditor de la Municipalidad provincial de ICA, quien manifiesta que lo informado por el

contador Pedro Vallejo Collantes respecto de las pecosas en el Oficio Nº137-2013- OCI/MPI, administrativamente no varía el resultado debido a su incumplimiento en la Presentación de la documentación requerida por el órgano de control interno. Fs.

807/808. . 31.- DECLARACION DE WILMER JAVIER MARTINEZ ARAMBULO, quien fue gerente de

Planificación de la Municipalidad provincial de ICA y miembro del comité de proceso de selección para la adquisición de bines y servicios de dicha comuna, refiere que el presidente de dicho Comité, la persona de CARLOS MELENDEZ URBINA., era el encargado dentro del proceso de selección de efectuar las invitaciones respectivas a las empresas que participarían en dichos procesos, que él en su calidad de presidente tenía conocimiento d las cotizaciones previas y que los miembros de dicho comité no tenían conocimiento de ello, su participación como miembro del comité de procesos de selección, fue la de estar presente en la apertura de los sobres, calificar al postor y evaluar las propuestas técnicas y luego de dicho proceso, conjuntamente con el presidente firmar al acta de buena pro. Que respecto de la licitación para la repotenciación del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60 solo se presentó un postor. Fs. 816/817.

32. LIBRO DE ACTAS DE ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA correspondiente al AMC Nº077-2012CEP/MPI, servicio de mano de obra en la repotenciación del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60, de la Municipalidad de ICA, donde se da cuenta de las actas del proceso de adjudicación de menor cuantía y la documentación concerniente dicho proceso, para el servicio de mano de obra en la repotenciación de Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60 y se le otorga la buena pro a la empresa automotriz Ricardo' s de la imputada ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ . A fs. 833/843.

33. LIBRO DE ACTAS DE ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA correspondiente al ADS Nº 015-2012-CEP/MPI, Adquisición de repuestos para la repotenciación del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60 de la Municipalidad Provincial de ICA, donde se da cuenta de las actas del proceso de adjudicación directa selectiva y la documentación concerniente dicho proceso, para la adjudicación de repuestos para la repotenciación del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60 y se le otorga la buena pro a la empresa Automotriz Ricardo' s de la imputada ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ.A fs. 844/852.

IV.-GRADO DE PARTICIPACIÓN y CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA RESPONSABILIDAD PENAL.

l.- Grados de AUTORIA y participación:

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CARLOS MELENDEZ URBINA . como autor de COLUSION y autor del delito de OMISION, REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA.

NORMA MARIA MELLO ARIZA Y WILMER JAVIER MARTINEZ ARAMBULO como autores del delito de COLUSION en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA.

ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ y RICARDO GERMAN ESPINOZA ZUMAETA , como cómplices primarios del delito de COLUSION y como autores del delito de APROPIACIÓN

ILICITA en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA.

ELISEO HERRERA PEREZ como autor del delito contra la ADMINISTRACION PUBLICA en la modalidad de OMISION,

REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA. .

V.- SOLICITUD PRINCIPAL DE: TIPIFICACIÓN, PENA, REPARACIÓN CIVIL y CONSECUENCIAS ACCESORIAS

5.1. Tipificación:

CARLOS MELENDEZ URBINA . como autor de COLUSION y autor del delito de OMISION,

REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA. El delito de colusión se encuentra previsto en el artículo 384 del Código Penal y el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales en el artículo 377 del mismo cuerpo de leyes.

NORMA MARIA MELLO ARIZA Y WILMER JAVIER MARTINEZ ARAMBULO como autores del delito de' COLUSION en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA. El delito de colusión se encuentra previsto en el artículo 384 del Código Penal.

ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ y RICARDO GERMAN ESPINOZA ZUMAETA, como cómplices primarios del delito de COLUSION y como autores del delito de APROPIACION ILICITA en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA. El delito de colusión se encuentra previsto en el artículo 384 del Código Penal y el delito de apropiación ilícita en el primer párrafo del artículo 190 del mismo cuerpo de leyes.

ELISEO HERRERA PEREZ, como autor del delito contra la ADMINISTRACION PUBLICA en la modalidad de OMISION, REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS

FUNCIONALES en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA. El delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales en el artículo 377_del mismo cuerpo de leyes.

5.2.PENAy REPARACION CIVIL:Esta fiscalía, en mérito a los autos contenidos en el expediente y teniendo en cuenta la pena establecida para este delito en los Arts. 361 del código penal, y los Arts. 11 que, establece las bases de la punibilidad; Art. 22 referente a la responsabilidad restringida; art. 23 referente a la autoría y coautoría; Art. 28 que, establece las clases de pena, con una duración mínima de 02 días y una máxima de 35 años; Art. 36 inc. l y 2 que, establece los efectos de la pena de inhabilitación; art. 46 que, señala la individualización de la pena; Art. 92 que, la reparación civil comprende: 1) el pago de su valor; y, 2) la indemnización de los daños y perjuicios: SOLICITO se imponga las siguientes penas:

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A CARLOS MELENDEZ URBINA . como autor de COLUSION y autor del delito de OMISION, REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA, una pena de ocho AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, una inhabilitación accesoria por el mismo tiempo de la pena principal, esto es por ocho años en el ejercicio de cargos públicos, de conformidad con el artículo 39 del Código Penal y en concordancia con el inciso 2 del artículo 36 del mismo cuerpo de leyes y el pago de cinco mil nuevos soles por concepto de reparación civil.A NORMA MARIA MELLO ARIZA y WILMER JAVIER MARTINEZ ARAMBULO como autores del delito de COLUSION en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA, una pena de CUATRO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, una inhabilitación accesoria por el mismo tiempo de la pena principal, esto es por cuatro años en el ejercicio de cargos públicos, de conformidad con el artículo 39 del Código Penal y en concordancia con el inciso 2 del artículo 36 del mismo cuerpo de leyes y el pago de novecientos nuevos soles por concepto de reparación civil que deberán pagar cada uno de ellos a favor de la agraviada.A ANA PATRICIA DE LA SOTA SANCHEZ y RICARDO GERMAN ESPINOZA ZUMAETA , como cómplices primarios del delito de COLUSION y como autores del delito de APROPIACIÓN ILICITA en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVlNCIAL DE ICA, una pena de ocho AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, una inhabilitación accesoria por el mismo tiempo de la pena principal, esto es por ocho años en el ejercicio de cargos públicos, de conformidad con el artículo 39 del Código Penal y en concordancia con el inciso 4 del artículo 36 del mismo cuerpo de leyes y el pago de veinte mil nuevos soles por concepto de reparación civil que deberán pagar a favor de la agraviada.A ELISEO HERRERA PEREZ como autor del delito contra la ADMINISTRACION PUBLICA en la modalidad de OMISION, REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS FUNCIONALES en agravio de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA, una pena de un año de pena privativa de libertad, una inhabilitación accesoria por el mismo tiempo de la pena principal, esto es por cuatro años en el ejercicio de cargos públicos, de conformidad con el artículo 39 del Código Penal y en concordancia con el Inciso 2 del Art.36 del mismo cuerpo de leyes y el pago de mil nuevos soles por concepto de reparación civil, que deberá pagar a favor De la agraviada.

V1 . -RELACIÓN DE BIENES QUE GARANTIZAN EL PAGO DE LA REPARACIÓN CIVIL .

NINGUNO.-

VII.-RELACIÓN DE MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS .

DECLARACIONES:1 MIGUEL SANTISTEBAN ALMEIRA , domiciliado en Av.

Florián Díaz Nº 229- Huacho a fin de que se ratifique en lo vertido en el INFORME N° 01-2013-0CI/MPI "examen especial a obras públicas: repotenciación del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60 y

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asimismo sobre cualquier otro hecho relacionado con la teoría del caso. (anexo).

2 DECLARACION DE ROBINSON VALDIVIA MONTORO domiciliado en Av. Nicolás de Piérola Nº 381-ICA para que declare acerca de la forma en que el Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60, llego a su taller y el estado del mismo. Y asimismo sobre cualquier otro hecho relacionado con la teoría del caso.

3 DECLARACION DEL ALCALDE JUAN RODRIGUEZ NUÑEZ domiciliado en jirón Gálvez Nº 614- ICA, para que declare de la forma en que se formó el comité de selección, como se llevó a cabo este proceso y la posterior firma de las resoluciones de buena pro. y asimismo sobre cualquier otro hecho relacionado con la teoría del caso.

4 DECLARACION DE JUAN BARRENECHEA GUERRERO domiciliado en Av. Miguel Grau 225ICA, para que declare sobre la hoja dehallazgos mediante el cual se le pone en conocimiento los hechos de la presente-denuncia. Y asimismo sobre cualquier otro hecho relacionado con la teoría del caso

5 DECLARACION de JULIO MARTIN MAGINO SUYON, con domicilio en Jr- Zavala 500 segundo pisoICA, para que declare respecto al daño económico ocasionado con los hechos materia de acusación a su representada. Y asimismo sobre cualquier otro hecho relacionado con la teoría del caso.

6 DECLARACIÓN DE JUAN JARA LOPEZ, domiciliado en calle República de Canadá Nº450- ICA, quien depondrá sobre hechos relacionados con la teoría del caso.

7 DECLARACION DE LUIS ALBERTO PELAEZ SILVA,

domiciliado en Jirón Gálvez Nº 377- Huacho, quien depondrá sobre hechos relacionados con la teoría del caso. Fs. 171.

8 DECLARACION DE JUAN BARRENECHEA GUERRERO domiciliado en Pasaje Federico Sal y Rosas Nº 360- Huaraz, quien depondrá sobre hechos relacionados con la teoría del caso.

9 DECLARACION DE CARLOS SOUS PALENCIA , domiciliado en calle Lorenzo Farfán Nº550-Lima. quien depondrá sobre hechos relacionados con la teoría del caso.

DOCUMENTALES:1. INFORME ESPECIAL N° 01-2013-0CIIMPI, el cual es un anexo.

2. OFICIO Nº 084-2013-SGIMPI. A fojas_435/471.

3. MEMORANDUM N° 562-13-GA-MPI. Fs. 659.

4. OFICIO Nº 016-2013-CGIFIS. Fs. 660

5. RESOLUCION DE ALCALDÍA N° 0527-2013-ALIRUV-MPI o. fs.661/662.

6. RESOLUCION DE ALCALDÍA NO 0474-2004-ALIMPI. Obra a fs. 687.

7. ACTA DE ENTREGA y RECEPCION DE REPUESTOS PARA LA REPOTENCIACION DE Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60. a fs. 688/690.

8. INFORME Nº 985-2013-SGOPE-GDURlMPI. Obra a fs. 691.

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9. MEMORANDO Nº 011-2013-SGOPEIGGURIMPI. A fojas 692.

10. INFORME N° 698-2013-SGOPE-SGLIMPI. A fojas 693.

11. INFORME N° 1325-2013-SGOPE-GGURIMP . A fojas 694.

12. INFORME Nº 1376-2013-SGOPE-GGURIMPI. A fojas. 695.

13. OFICIO Nº 062-2013-SGOPE-GGURIMPI. Obra a fojas 697/698.

14. LIBRO DE ACTAS DE ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA. A fs. 833/843.

15. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA del año 2007. Obra de-fojas 25/88.

16. LIBRO DE. ACTAS DE ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA CORRESPONDIENTE AL ADS 015-2012-CEP/MPI ADQUISICION DE REPUESTOS PARA LA REPOTENCIACION del Ómnibus de placa de rodaje WD-125, Modelo Z-60. .Fojas 844/852.

Medios de prueba que serán oralizados y leídos en Juicio.

VIII.- MEDIDAS DE COERCIÓN PROCESAL.

NINGUNA

OTROSI DIGO: Se remite los actuados en Fs. 900.

ICA, Octubre del 2014

FIRMADO Y SELLADO POR EL FISCAL