ACUERDO Nro.2100-002-13

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Honorable Concejo Municipal de San Gil ACUERDO Nro.2100-002- ___________ ( ) [email protected] Calle 12 Nro. 9-51 piso 2 Palacio Municipal de San Gil, Santander Teléfono: 7245077 POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO MUNICIPAL No. 009 DE 28 DE JUNIO DE 2011” El Honorable Concejo Municipal de San Gil en uso de sus facultades legales y constitucionales y en especial las conferidas por el Art. 313 de la Constitución Política de Colombia y la Ley 136 de 1994 y demás normas concordantes y, C O N S I D E R A N D O Que en el programa de gobierno de la administración actual, que fue presentado ante la comunidad Sangileña y de igual forma inscrito ante la Registraduría y plasmado en el plan de desarrollo Municipal, se hizo un compromiso con la comunidad de no dar continuidad al proceso de liquidación de la IPS GUANENTA según acuerdo Municipal No 009 de 28 de Junio de 2011 y por el contrario fortalecer la misma, en aras de mejorar la atención en salud en nuestro Municipio, como un compromiso de Gobierno y tener una mejor cobertura de servicios a la población más vulnerable en los sectores urbanos y rurales de San Gil. Que mediante el acuerdo municipal No 017 de 1998 de creó la IPS GUANENTÁ del Municipio de San Gil, como la Institución Prestadora de Servicios Públicos de Salud, entidad pública descentralizada del orden municipal, dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa y financiera, adscrita, vigilada y controlada por la Secretaría de Salud del Municipio e integrante del sistema general de seguridad social en salud. Que mediante el acuerdo Municipal No 053 de 1998 la IPS GUANENTÁ se transformó en Empresa Social del Estado, entendida como una empresa con categoría especial de entidad pública, dotada de personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa e integrante del sistema general de seguridad social en salud y sometida al régimen jurídico previsto en el decreto 1876 de 1994 y demás disposiciones que lo modifiquen, adicionen, reformen o sustituyan. Que es una política pública Municipal a partir de la actual administración fortalecer la red pública y a través de ella lograr el mejoramiento en la prestación y atención en salud a nuestros ciudadanos principalmente de aquellos de los más bajos niveles del SISBEN y que habiten los sitios de más difícil acceso, dentro de lo cual el contar con una ESE Municipal, se con vierte en una de las principales herramientas.

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POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO MUNICIPAL No. 009 DE 28 DE JUNIO DE 2011”

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Honorable Concejo Municipal de San Gil

ACUERDO Nro.2100-002- ___________

( )

[email protected]

Calle 12 Nro. 9-51 piso 2 Palacio Municipal de San Gil, Santander

Teléfono: 7245077

“POR MEDIO DEL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO MUNICIPAL No. 009 DE 28 DE JUNIO DE 2011”

El Honorable Concejo Municipal de San Gil en uso de sus facultades legales y

constitucionales y en especial las conferidas por el Art. 313 de la Constitución Política de

Colombia y la Ley 136 de 1994 y demás normas concordantes y,

C O N S I D E R A N D O

Que en el programa de gobierno de la administración actual, que fue presentado ante la

comunidad Sangileña y de igual forma inscrito ante la Registraduría y plasmado en el plan

de desarrollo Municipal, se hizo un compromiso con la comunidad de no dar continuidad al

proceso de liquidación de la IPS GUANENTA según acuerdo Municipal No 009 de 28 de

Junio de 2011 y por el contrario fortalecer la misma, en aras de mejorar la atención en salud

en nuestro Municipio, como un compromiso de Gobierno y tener una mejor cobertura de

servicios a la población más vulnerable en los sectores urbanos y rurales de San Gil.

Que mediante el acuerdo municipal No 017 de 1998 de creó la IPS GUANENTÁ del

Municipio de San Gil, como la Institución Prestadora de Servicios Públicos de Salud,

entidad pública descentralizada del orden municipal, dotada de personería jurídica,

patrimonio propio, autonomía administrativa y financiera, adscrita, vigilada y controlada por

la Secretaría de Salud del Municipio e integrante del sistema general de seguridad social en

salud.

Que mediante el acuerdo Municipal No 053 de 1998 la IPS GUANENTÁ se transformó en

Empresa Social del Estado, entendida como una empresa con categoría especial de entidad

pública, dotada de personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa e

integrante del sistema general de seguridad social en salud y sometida al régimen jurídico

previsto en el decreto 1876 de 1994 y demás disposiciones que lo modifiquen, adicionen,

reformen o sustituyan.

Que es una política pública Municipal a partir de la actual administración fortalecer la red

pública y a través de ella lograr el mejoramiento en la prestación y atención en salud a

nuestros ciudadanos principalmente de aquellos de los más bajos niveles del SISBEN y que

habiten los sitios de más difícil acceso, dentro de lo cual el contar con una ESE Municipal,

se con vierte en una de las principales herramientas.

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Que la pasada administración había decidido mediante acuerdo No. 009 de 2011, llevar a

cabo la liquidación de la IPS GUANENTA, sin embargo no se adelantó ningún trámite

para ello.

Que se hace necesario revaluar la posición de la administración expresada en dicho

acuerdo y no seguir adelante con la liquidación de la IPS GUANANTA E.S.E.

Por lo expuesto anteriormente,

A C U E R D A:

ARTICULO PRIMERO: Deróguese el acuerdo Municipal No 009 de 28 de Junio de 2011 en

sus considerandos y en sus articulados.

ARTICULO SEGUNDO: Proceder en forma inmediata a tomar las medidas y acciones que

sean necesarias para fortalecer la institucionalidad, organización y funcionamiento de la

IPS GUANENTA E.S.E.

ARTICULO TERCERO: Facultar al Alcalde Municipal para que efectúe las modificaciones

presupuestales, créditos, contra créditos, adiciones, supresiones o transferencias, así como

los contratos o convenios, que sean necesarias para el fortalecimiento y restablecimiento

institucional, operativo y funcional de la IPS GUANENTA E.S.E.

ARTICULO CUARTO: El presente acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las

disposiciones que le sean contrarias.

Dado en San Gil, el ____________________________

____________________________ _______________________________ JOSE ANTONIO PAEZ TORRES ANGELA MARIA CEDIEL LOPEZ Presidente H. Concejo Municipal Secretaria General H. Concejo Municipal

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LOS SUSCRITOS PRESIDENTE Y SECRETARIA

DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN GIL

C E R T I F I C A N

Que el Acuerdo Nro.__________de _____________________, fue debatido y aprobado en

dos sesiones de conformidad con el Articulo 73 de la Ley 136 de 1994.

Expedida en San Gil, a los cinco (05) días del mes de Junio de 2012

Presidente, Secretaria, ______________________________ _____________________________ JOSE ANTONIO PAEZ TORRES ANGELA MARIA CEDIEL LOPEZ

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