ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº...

26
ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: FECHA: FECHA: FECHA: 20 de mayo de 2011. LUGAR: LUGAR: LUGAR: LUGAR: Salón de Plenos de la Casa Consistorial. HORA: HORA: HORA: HORA: 09:05. SESION: SESION: SESION: SESION: Ordinaria. MIEMBROS: MIEMBROS: MIEMBROS: MIEMBROS: GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL 1. D. Edmundo Juan Seva García. Alcalde- Presidente. 2. D. María Josefa González Mira. 3. D. Baltasar Ortiz Gutiérrez. Portavoz. 4. D. Cristina García Clemente. 5. D. Santiago Escudero Nohales. 6. D. Consuelo Ferrándiz Bou. 7. D. José Luis Olcina Hernández. 8. D. María Salud Pérez Maestre. 9. D. Pablo Celdrán de Paz. 10. D. María Isabel Palomares Blasco. 11. D. Jaime Joaquín Albero Gabriel. GRUPO MUNICIPAL POPULAR GRUPO MUNICIPAL POPULAR GRUPO MUNICIPAL POPULAR GRUPO MUNICIPAL POPULAR 12. D. Francisco José Burillo Seguí. Portavoz. 13. D. Beatriz Sevila Merchán. 14. D. José López Garrido. 15. D. Santiago Román Gómez. Portavoz adjunto. 16. D. María José Llorca Juan. 17. D. Ismael Rubio Carrasco. Portavoz adjunto. 18. D. Nicolás López Pérez. 19. D. Carolina Sala Quereda. GRUPO MUNICIPAL BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ GRUPO MUNICIPAL BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ GRUPO MUNICIPAL BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ GRUPO MUNICIPAL BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ – ELS VERDS ELS VERDS ELS VERDS ELS VERDS – ESQUERRA ESQUERRA ESQUERRA ESQUERRA ECOLOGISTA DEL PAIS VALENCIÀ ECOLOGISTA DEL PAIS VALENCIÀ ECOLOGISTA DEL PAIS VALENCIÀ ECOLOGISTA DEL PAIS VALENCIÀ 20. D. Albert Jesús Caturla Cardona. Portavoz. 21. D. Francesc Sala Ivorra. Portavoz suplente. INTERVENTOR: INTERVENTOR: INTERVENTOR: INTERVENTOR: D. Sebastián Guzmán Camuñas. SECRETARIO: SECRETARIO: SECRETARIO: SECRETARIO: D. Juan Bautista Mayor Pérez. ORDEN DEL DÍA ORDEN DEL DÍA ORDEN DEL DÍA ORDEN DEL DÍA 1. ACTAS CORRESPONDIENTES A LAS SESIONES NÚM. 4/2011 DE 31 DE MARZO Y NÚMS. 5 Y 6 DE 27 DE ABRIL: Aprobación, si procede.

Transcript of ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº...

Page 1: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011

FECHA:FECHA:FECHA:FECHA: 20 de mayo de 2011.

LUGAR: LUGAR: LUGAR: LUGAR: Salón de Plenos de la Casa Consistorial.

HORA:HORA:HORA:HORA: 09:05.

SESION: SESION: SESION: SESION: Ordinaria.

MIEMBROS:MIEMBROS:MIEMBROS:MIEMBROS:

GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOLGRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOLGRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOLGRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL

1. D. Edmundo Juan Seva García. Alcalde- Presidente.

2. D. María Josefa González Mira.

3. D. Baltasar Ortiz Gutiérrez. Portavoz.

4. D. Cristina García Clemente.

5. D. Santiago Escudero Nohales.

6. D. Consuelo Ferrándiz Bou.

7. D. José Luis Olcina Hernández.

8. D. María Salud Pérez Maestre.

9. D. Pablo Celdrán de Paz.

10. D. María Isabel Palomares Blasco.

11. D. Jaime Joaquín Albero Gabriel.

GRUPO MUNICIPAL POPULARGRUPO MUNICIPAL POPULARGRUPO MUNICIPAL POPULARGRUPO MUNICIPAL POPULAR

12. D. Francisco José Burillo Seguí. Portavoz.

13. D. Beatriz Sevila Merchán.

14. D. José López Garrido.

15. D. Santiago Román Gómez. Portavoz adjunto.

16. D. María José Llorca Juan.

17. D. Ismael Rubio Carrasco. Portavoz adjunto.

18. D. Nicolás López Pérez.

19. D. Carolina Sala Quereda.

GRUPO MUNICIPAL BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ GRUPO MUNICIPAL BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ GRUPO MUNICIPAL BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ GRUPO MUNICIPAL BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ –––– ELS VERDS ELS VERDS ELS VERDS ELS VERDS –––– ESQUERRA ESQUERRA ESQUERRA ESQUERRA

ECOLOGISTA DEL PAIS VALENCIÀECOLOGISTA DEL PAIS VALENCIÀECOLOGISTA DEL PAIS VALENCIÀECOLOGISTA DEL PAIS VALENCIÀ

20. D. Albert Jesús Caturla Cardona. Portavoz.

21. D. Francesc Sala Ivorra. Portavoz suplente.

INTERVENTOR:INTERVENTOR:INTERVENTOR:INTERVENTOR: D. Sebastián Guzmán Camuñas.

SECRETARIO:SECRETARIO:SECRETARIO:SECRETARIO: D. Juan Bautista Mayor Pérez.

ORDEN DEL DÍAORDEN DEL DÍAORDEN DEL DÍAORDEN DEL DÍA

1. ACTAS CORRESPONDIENTES A LAS SESIONES NÚM. 4/2011 DE 31 DE MARZO Y

NÚMS. 5 Y 6 DE 27 DE ABRIL: Aprobación, si procede.

Page 2: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

2. DECRETOS DE ALCALDÍA Nº 1112-1350/2011: Dar cuenta.

3. SISTEMA DE ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE

ALICANTE: Adhesión.

4. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA,

USO Y APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL: Aprobación.

5. ORDENANZA ESPECÍFICA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A

ENTIDADES JUVENILES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS Y ACTUACIONES EN EL

ÁREA DE JUVENTUD: Aprobación.

6. ORDENANZA ESPECÍFICA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES

PARA COMEDOR ESCOLAR: Aprobación.

7. INVENTARIO DE BIENES. PERIODO 01 DE ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 2010:

Rectificación y Actualización.

8. SOCIEDAD MUNICIPAL PYCSA (ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA): Dar cuenta Informe

Intervención de 16 de mayo de 2011.

PARTICIPACIÓN Y CONTROLPARTICIPACIÓN Y CONTROLPARTICIPACIÓN Y CONTROLPARTICIPACIÓN Y CONTROL

9. DESPACHOS EXTRAORDINARIOS Y MOCIONES.

10. RUEGOS Y PREGUNTAS.

��������

1. ACTAS CORRESPONDIENTES A LAS SESIONES NÚM. 4/2011 DE 31 DE MARZO Y 1. ACTAS CORRESPONDIENTES A LAS SESIONES NÚM. 4/2011 DE 31 DE MARZO Y 1. ACTAS CORRESPONDIENTES A LAS SESIONES NÚM. 4/2011 DE 31 DE MARZO Y 1. ACTAS CORRESPONDIENTES A LAS SESIONES NÚM. 4/2011 DE 31 DE MARZO Y

NÚMS. 5 Y 6 DE 27 DE ABRIL: AprNÚMS. 5 Y 6 DE 27 DE ABRIL: AprNÚMS. 5 Y 6 DE 27 DE ABRIL: AprNÚMS. 5 Y 6 DE 27 DE ABRIL: Aprobación, si procede.obación, si procede.obación, si procede.obación, si procede.

No planteada objeción alguna, quedan aprobadas con la introducción de las

rectificaciones planteadas por el GM BLOC-NV-EVEE al acta de 31 de marzo, que

son las siguientes:

7. MODIFICACIONES Y CORRECCIONES DEL DOCUMENTO DE REVISIÓN DEL PLAN

GENERAL APROBADO PROVISIONALMENTE POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EN SESIÓN

DE 30 DE JULIO DE 2010.

D. Albert Jesús Caturla i Cardona (Portaveu BLOCNVEVEE): Exposa que el seu grup

està en contra de l'ordenació proposada per a la zona centre, especialment pel que

es refereix al carrer La Mar i Sant Antoni. Explica que es proposa edificar les

façanes posteriors de les cases tradicionals i pensa que això trencarà la imatge del

centre històric. Proposa que es respecte la tipologia i la trama urbana actual i es

done lloc a un espai verd que combine espai públic i privat. També critica la

possibilitat d'eliminar arbres catalogats per encabir les edificacions en un botanicidi

Page 3: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

controlat. Adverteix que la planimetria i el redactat no coincideixen, en la primera

desapareix un edifici dotacional junt a la Plaça Maissonave que es conserva al

redactat de la proposta. Manifesta el seu desacord amb el fet que ara es justifique el

canvi d'ordenació dient que és necessari fer un centre de dia, quan eixa iniciativa

està paralitzada per l'equip de govern des de fa sis anys.

--

D. Albert Jesús Caturla i Cardona (Portaveu BLOCNVEVEE): Han canviat l'opinió que

tenien en juliol de 2010 sense una justificació creïble. Opina que la proposta no

conserva ni protegeix el centre històric, ans al contrari programa la seua destrucció

com a tal.

10. ALTERACIÓN DE LA CALIFICACIÓN JURÍDICA Y CESIÓN GRATUÍTA DEL DERECHO

DE SUPERFICIE SOBRE UN BIEN DOTACIONAL DE SERVICIO PÚBLICO A ENTIDAD SIN

ÁNIMO DE LUCRO. FUNDACIÓN LUCAS KOCH. CENTRO DE ATENCIÓN DE

DISCAPACITADOS.

D.Albert Jesús Caturla i Cardona (Portaveu GMBLOCNV-EVEE): Manifesta que, si la

voluntat era cedir un bé públic a una fundació privada sense ànim de lucre i amb

finalitats socials, s'hauria d'haver oferit a d'altres institucions per a contrastar

projectes alternatius. Explica que la rendibilitat social del projecte plantejat per la

fundació no és molt alta en comparació a d'altres, la parcel·la adjunta destinada a

un ús semblant ofereix servei permanent a entre quaranta o seixanta usuaris,

mentre que en la parcel·la a cedir està previst que tinga al voltant de 6 o 7 usuaris.

Recorda que l'ús escolar és deficitari al nostre municipi i que s'hauria d'estudiar la

possibilitat de reservar espais per a escoles infantils. Per altra banda, recorda que el

Pla General està revisant-se i que seria prudent esperar a veure el resultat de la seva

aprovació per a assegurar-nos que complim tots els requeriments en matèria de

dotacions. Conclou exposant que pels motius assenyalats, votaran en contra.

D. Albert Jesús Caturla i Cardona (Portaveu GMBLOCNV-EVEE): Recorda que ja hi ha

hagut casos dels que hauríem haver aprés com és el cas de la Plaça L'Ordana, on no

s'han complit les previsions inicials respecte a l'acabat com a plaça porticada.

Explica que la fundació es constitueix a l'any 2009 amb una aportació econòmica

mínima, declarant que la seva font de finançament serà fonamentalment la

recepció de subvencions. No són al seu parèixer massa garanties. Recorda al regidor

d'urbanisme que el parc que menciona està a Busot i opina que no es tracta del

model holandés o alemany. Insisteix en el fet que es done oportunitat a altres

iniciatives.

11. PUESTA A DISPOSICIÓN DE LA GENERALITAT VALENCIANA DE UNA PARCELA DE

Page 4: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

RESERVA ESCOLAR DEL SECTOR L'ALQUERÍA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN NUEVO

C.E.I.P.

D. Albert Jesús Caturla i Cardona (Portaveu GM BLOC NV-EVEE): Està bé canviar

d'opinió, de l'antic IES Lloixa del ple del mes passat a l'Alqueria en este. Sembla que

el govern municipal és especialista en donar bandades en alguns temes. Justifica el

seu vot a favor per a assegurar que amb el tema educatiu la posició municipal siga

única i així evitar bandades. Manifesta la seva satisfacció per la iniciativa.

12.1. MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ-ELS VERDS-

ESQUERRA VERDA EN CONTRA DE LA INSTALACIÓN DE UN CREMATORIO EN EL

TÉRMINO MUNICIPAL.

D. Albert Jesús Caturla i Cardona (Portaveu del GM BLOC-NV-EVEE): Exposa que ja la

moció fa referència als antecedents als quals es refereix el portaveu socialista. No

deu molestar que es manifesten les opinions al voltant del tema, fins i tot ara que

sembla que el candidat del PP a les pròximes eleccions ha qüestionat la posició

municipal. L'opinió del BLOC ja es va deixar clara el mateix dia a la seva web.

12.2. MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ-ELS VERDS-

ESQUERRA VERDA A FAVOR DE INSTAR AL GOBERNO DEL ESTADO A MODIFICAR LA

LEY HIPOTECARIA CON EL FIN DE REGULAR LA DACIÓN EN PAGO.

D. Albert Jesús Caturla i Cardona (Portaveu del GM BLOC-NV-EVEE): Exposa que

també organitzacions progressistes com és “Jutges para la democràcia” està en

aquesta línia, mentre que el Govern que el govern socialista diu que la modificació

de la Llei Hipotecaria podria posar en risc l'estabilitat del sistema financer, quan en

realitat es tracta d'una llei excepcional que no existeix a molts països avançats.

Recorda que el problema més greu de la crisi és la vivenda i que requereix

solucions.

12.3. MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL BLOC NACIONALISTA VALENCIÀ-ELS VERDS-

ESQUERRA VERDA A FAVOR DE INSTAR EL CIERRE DE LA CENTRAL NUCLEAR DE

CONFRENTES.

D. Albert Jesús Caturla i Cardona (Portaveu del GM BLOC-NV-EVEE): Exposa que esta

és una qüestió d'importància vital ja que el debat nuclear estava sent manipulat

descaradament als mitjans de comunicació i ara, després del desastre al Japó, el

debat nuclear es torna a plantejar de forma oberta. Ara es coneix que exgovernants

com Felipe González o Aznar perceben retribucions dels empreses relacionades amb

Page 5: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

el sector, de manera que els assessors cobren de les empreses interessades en

allargar la vida de les centrals. Cofrents ja ha estat amortitzada després de quaranta

anys de funcionament i el debat pareix anar al voltant de la qüestió relativa a molt

hauríem d'arriscar-nos. És una qüestió que posa en perill el propi destí de la

humanitat.

2. 2. 2. 2. DECRETOS DE ALCALDÍA Nº 1112DECRETOS DE ALCALDÍA Nº 1112DECRETOS DE ALCALDÍA Nº 1112DECRETOS DE ALCALDÍA Nº 1112----1350/2011: Dar cuenta.1350/2011: Dar cuenta.1350/2011: Dar cuenta.1350/2011: Dar cuenta.

El Pleno toma debida cuenta.

3. SISTEMA DE ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE 3. SISTEMA DE ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE 3. SISTEMA DE ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE 3. SISTEMA DE ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE

AAAALICANTE: Adhesión. LICANTE: Adhesión. LICANTE: Adhesión. LICANTE: Adhesión.

INTERVENCIONESINTERVENCIONESINTERVENCIONESINTERVENCIONES

D. Albert Jesús Caturla Cardona (Portaveu GM BLOC-NV-EVEE): Anuncia l'abstenció

del seu grup, tot i considerar que l'objectiu de la mesura persegueix la

racionalització de recursos. Però les Diputacións són administracions poc eficients i

haurien d'anar desapareixent, a més que en ocasions s'han donat casos que posen

en dubte l'eficàcia d'estes iniciatives centralitzades. Per altra banda, la proposta

implica que el seu grup, que no està representat a la Diputació, perdrà la possibilitat

de fiscalitzar estes qüestions. Demana que es busquen altres alternatives fins i tot a

nivell autonòmic.

D. Edmundo Juan Seva García (Alcalde-Presidente): Recuerda que la Diputación es

una institución democrática y que el GM BLOC carece de representación en la misma

pues no alcanzó los votos necesarios para ello. Entiende que esta es una propuesta

positiva que busca una mayor economía en la gestión.

ANTECEDENTESANTECEDENTESANTECEDENTESANTECEDENTES

1º. 26 de enero de 2011. Escrito del Sr. Presidente de la Diputación Provincial de

Alicante, dirigido al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en el cual se

informa de la iniciativa de creación de la Central de Compras.

2º. 2 de febrero de 2011: Nota de Alcaldía instando la tramitación del expediente.

Page 6: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

3º. 14 de febrero de 2011. Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, número 30,

mediante el cual la Diputación Provincial de Alicante publica el modelo normalizado

de convenio de adhesión al sistema de adquisición centralizada de la Excma.

Diputación Provincial de Alicante. Central de Compras de la Diputación Provincial de

Alicante.

4º. 4 de mayo de 2011. Informe del Sr. Secretario General, relativo a la adhesión a la

Central de Compras de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

5º. 6 de mayo de 2011. Providencia de la Concejalía Delegada de Contratación

resolviendo el inicio del expediente administrativo para la adhesión al sistema de

adquisición centralizada de la Diputación Provincial de Alicante-Central de Compras.

6º. 9 de mayo de 2011. Informe de la Jefatura de Servicio de Contratación, favorable

a la adhesión de este Ayuntamiento al sistema de adquisición centralizada de la

Diputación Provincial de Alicante-Central de Compras.

7º. 12 de mayo de 2011: La Comisión Informativa de Hacienda dictamina

favorablemente el presente asunto con los votos a favor de los GM Socialista y

Popular y la abstención BLOC-NV- EVEE.

CONSIDERACIONESCONSIDERACIONESCONSIDERACIONESCONSIDERACIONES

PRIMERA: En aplicación de los principios de eficacia, eficiencia y economía que

deben regir la actuación de este Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, y dado que

existe la oportunidad de adhesión al sistema de adquisición centralizada de la

Diputación de Alicante, mediante suscripción de un convenio entre ambas

administraciones locales, que agilizará la tramitación de los trámites administrativos

de contratación y gestionará de forma optimizada los recursos económicos

disponibles.

SEGUNDA: En aplicación del artículo 189.2 de la Ley de Contratos del Sector Público,

las Entidades locales podrán adherirse, mediante los correspondientes acuerdos, a

sistemas de adquisición centralizada de otras Comunidades Autónomas o Entidades

locales.

TERCERA: En base a lo establecido por la Ley 7/1985, de 2 de abril, en su artículo

57, la cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración local

y las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas, tanto en

servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollará con carácter

Page 7: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las Leyes, pudiendo tener

lugar, en todo caso, mediante los consorcios o convenios administrativos que

suscriban.

ACUERDOACUERDOACUERDOACUERDO

Adoptado con los 19 votos a favor de los GM Socialista y Popular y las dos

abstenciones del BLOC-NV- EVEE:

PRIMERO: PRIMERO: PRIMERO: PRIMERO: Acordar la adhesión al sistema de adquisición centralizada de la

Diputación Provincial de Alicante, Central de Compras de la Diputación Provincial de

Alicante, mediante el correspondiente convenio, según modelo normalizado

publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 30 de 14 de febrero de 2011.

SEGUNDO: SEGUNDO: SEGUNDO: SEGUNDO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para que proceda a la formalización del

convenio y de cuantos otros documentos se deriven de los presentes acuerdos.

TERCERO: TERCERO: TERCERO: TERCERO: Comunicar el presente acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de

Alicante, Área de Servicios Jurídicos, Servicio de Asistencia a Municipios; retornando

el expediente al Dpto. de Contratación de este Ayuntamiento para la realización de

los trámites derivados de los presentes acuerdos.

4. 4. 4. 4. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR POR POR POR LA UTILIZ LA UTILIZ LA UTILIZ LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA, ACIÓN PRIVATIVA, ACIÓN PRIVATIVA, ACIÓN PRIVATIVA,

USO Y APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL: Aprobación.USO Y APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL: Aprobación.USO Y APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL: Aprobación.USO Y APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL: Aprobación.

ANTECEDENTESANTECEDENTESANTECEDENTESANTECEDENTES

1º. 7 de Abril de 2011: Por la TAG de Servicios Generales y Mantenimiento se

redacta proyecto de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa,

uso y aprovechamiento especial del dominio público local – instalación de mesas,

sillas y otros elementos configurativos de terrazas en vía pública dependientes de

establecimientos de hostelería y/o restauración.

2º. 8 de Abril de 2011: Por la S. TAG de Servicios Generales y Mantenimiento y la S.

Arquitecto Municipal se emite informe técnico económico al texto antes reseñado.

3º. 18 de abril de 2011: Por los Servicios Económicos municipales se emite informe

favorable al texto anterior proponiendo la derogación del apartado g) del artículo 3

Page 8: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

y del apartado 2.2 del artículo 5 de la actual Ordenanza reguladora de la tasa por

utilización privativa y aprovechamientos especiales del dominio público local.

4º. 19 de abril de 2011: Propuesta de la Concejalía de Hacienda para la aprobación

de la ordenanza citada.

5º. 12 de mayo de 2011: La Comisión Informativa de Hacienda dictamina

favorablemente el presente asunto con los votos a favor de los GM Socialista y

BLOC-NV- EVEE y la abstención del GM Popular. En esta misma fecha, se expide

nota de conformidad de Secretaría al informe de 19 de abril.

NORMATIVA APLICABLENORMATIVA APLICABLENORMATIVA APLICABLENORMATIVA APLICABLE

-Ley 7/ 1985 de 2 de Abril de Bases de Régimen Local

-Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de

la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

CONSIDERACIONESCONSIDERACIONESCONSIDERACIONESCONSIDERACIONES

PRIMERA: De forma simultánea, se ha elaborado texto de la ordenanza reguladora

del aprovechamiento especial del dominio público local, adecuándose los epígrafes

y supuestos del texto regulador, a las tarifas contempladas en la presente

ordenanza fiscal.

SEGUNDA: El órgano competente para aprobar la presente Ordenanza Reguladora es

el Pleno Municipal, en ejercicio de las competencias que le atribuye el art. 22 2.d) de

la Ley 7/1985 de 2 de abril de Bases de Régimen Local. El acuerdo inicial ó

provisionalmente adoptado, se someterá a exposición pública mediante la inserción

de anuncio en el BOP por término de 1 mes, a efectos de reclamaciones, que en

caso, de presentarse serán resueltas por el Pleno Municipal. Transcurrido el indicado

plazo y en caso de no haberse presentando ninguna, el acuerdo inicial se entenderá

elevado a definitivo, siendo la fecha de publicación de texto íntegro de la

Ordenanza, la que indique su ejecutividad y efectividad.

ACUERDOACUERDOACUERDOACUERDO

Adoptado con los 13 votos a favor de los GM Socialista y BLOC-NV- EVEE y la

abstención del GM Popular:

Page 9: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

PRIMEROPRIMEROPRIMEROPRIMERO: Aprobar la ordenanza fiscal reguladora del uso y aprovechamiento

especial del dominio público local – instalación de mesas, sillas y otros elementos

configurativos de terrazas en vía pública dependientes de establecimientos de

hostelería y/o restauración, cuyo texto íntegro consta en el expediente.

SEGUNDOSEGUNDOSEGUNDOSEGUNDO: Publicar el presente acuerdo mediante edicto en el tablón de anuncios

del Ayuntamiento, un diario de los de mayor difusión de la provincia y en el BOP por

el período de 30 días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el

expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que no

hubiera sido presentada reclamación alguna, el presente acuerdo se entenderá

definitivamente aprobado, entrando en vigor tras su publicación en el BOP.

TERCEROTERCEROTERCEROTERCERO: Dar cuenta de la resolución a la Unidad Administrativa de coordinación y

gestión de la ocupación de la vía pública y a la Unidad Administrativa de gestión

tributaria.

5. 5. 5. 5. ORDENANZA ESPECÍFICA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ORDENANZA ESPECÍFICA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ORDENANZA ESPECÍFICA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ORDENANZA ESPECÍFICA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A

ENTIDADES JUVENILES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS Y ACTUACIONES EN EL ENTIDADES JUVENILES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS Y ACTUACIONES EN EL ENTIDADES JUVENILES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS Y ACTUACIONES EN EL ENTIDADES JUVENILES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS Y ACTUACIONES EN EL

ÁREA DE JUVENTUD: Aprobación.ÁREA DE JUVENTUD: Aprobación.ÁREA DE JUVENTUD: Aprobación.ÁREA DE JUVENTUD: Aprobación.

ANTEANTEANTEANTECEDENTESCEDENTESCEDENTESCEDENTES

1. 18 de abril de 2011: Providencia de la Concejalía Delegada de Juventud por la que

se dispone iniciar el expediente para llevar a cabo la aprobación de la Ordenanza

Específica Reguladora de la Concesión de Subvenciones a Entidades Juveniles para la

realización de programas y actuaciones en el área de juventud y que por el Servicio

Jurídico se emita informe sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

2. 9 de mayo de 2011. Informe Propuesta de la Jefa del Servicio Jurídico en el que se

informa favorablemente el Proyecto de Ordenanza y se indica el procedimiento a

seguir. Establece como condición que en las bases de la convocatoria deberá

objetivarse y ponderarse la baremación de los criterios de valoración concretándolos

con mayor especificad.

3. 10 de mayo de 2011: Propuesta de acuerdo de la Concejalía de Juventud en el

sentido de la propuesta del Servicio Jurídico.

Page 10: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

4. 12 de mayo de 2011: La Comisión Informativa de Hacienda dictamina

favorablemente el presente asunto con los votos a favor del GM Socialista y la

abstención de los GM Popular y BLOC-NV- EVEE.

CONSIDERACIONESCONSIDERACIONESCONSIDERACIONESCONSIDERACIONES

PRIMERA.- Legislación aplicable:

1º.- Los artículos 4, 22.2.d), 25, 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local.

2º.- El artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que

se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de

Régimen Local.

3º.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

4º.- El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento

General de Subvenciones.

SEGUNDA.- Procedimiento:

1º.- Se ha procedido a la redacción del proyecto de Ordenanza, que contiene la

regulación del régimen jurídico de concesión de subvenciones atendiendo a los

principios de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia,

objetividad, eficacia y eficiencia, ajustado a las prescripciones de la Ley 38/2003, de

17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de

julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.

No obstante, en las bases de la convocatoria deberá objetivarse y ponderarse

la baremación de los criterios de valoración concretándolos con mayor especificad.

2º.- De conformidad con lo establecido en el art. artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2

de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la aprobación de las

Ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento:

a) Aprobación inicial de la ordenanza por el Pleno.

b) Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta

días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. Este trámite se realizará

mediante inserción de anuncio del acuerdo de aprobación inicial en el Boletín Oficial

de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo

y aprobación definitiva por el Pleno, incorporándose al texto de la Ordenanza las

modificaciones derivadas de la resolución de las alegaciones.

d) No obstante, en el supuesto de que no se hubiera presentado ninguna

reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta

entonces provisional.

3º.- Aprobada definitivamente la Ordenanza, su texto íntegro deberá publicarse en

Page 11: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, tal y

como dispone el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las

Bases del Régimen Local, y no entrarán en vigor hasta que se haya publicado

completamente su texto

TERCERA.TERCERA.TERCERA.TERCERA.---- Las ayudas económicas deberán fomentar actividades de interés público

o social que tengan por finalidad. Se trata de fomentar y estimular las actividades de

animación sociocultural, programas destinados a jóvenes, concursos, exposiciones,

otras actividades relacionadas con la cultura y creación juvenil, programas de

información y asesoramiento, ocio y tiempo libre, actividades formativas y

educativas, y en general todas aquellas actividades relacionadas con el fomento de

la participación y el asociacionismo juvenil.

CUARTACUARTACUARTACUARTA----. . . . El órgano competente es El Pleno de la Corporación, de conformidad con

lo establecido en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local,

ACUERDOACUERDOACUERDOACUERDO

Adoptado con los 11 votos a favor del GM Socialista y las 10 abstenciones de

los GM Popular y BLOC-NV- EVEE:

PRIMEROPRIMEROPRIMEROPRIMERO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza Específica Reguladora de la

Concesión de Subvenciones a Entidades Juveniles para la realización de programas y

actuaciones en el área de juventud conforme al proyecto que obra en el expediente.

SEGUNDOSEGUNDOSEGUNDOSEGUNDO.- Someter la Ordenanza a un período de información pública dando

audiencia a los interesados, mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de

la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para

que puedan presentar alegaciones y sugerencias, que deberán ser resueltas por la

Corporación. Si durante el indicado plazo no se produjeran alegaciones, la

Ordenanza se considerará aprobada definitivamente sin que sea necesario adoptar

nuevo acuerdo.

6. 6. 6. 6. ORDENANZA ESPECÍFICA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES ORDENANZA ESPECÍFICA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES ORDENANZA ESPECÍFICA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES ORDENANZA ESPECÍFICA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES

PARA COMEDOR ESCOLAR: Aprobación.PARA COMEDOR ESCOLAR: Aprobación.PARA COMEDOR ESCOLAR: Aprobación.PARA COMEDOR ESCOLAR: Aprobación.

INTERVENCIONESINTERVENCIONESINTERVENCIONESINTERVENCIONES

Page 12: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

D. Albert Jesús Caturla Cardona (Portaveu GM BLOC-NV-EVEE): Estima que ha de ser

una errada que a la proposta es diga que l'ordenança es dirigeix a l'alumnat

d'educació infantil (1r i 2n cicles) ja que a la realitat els destinataris són els alumnes

matriculats en primer i segon curs d'educació infantil (segon cicle) com exposa la

mateixa ordenança en l'article 1. Per altra banda, exposa que si es valoren les

situacions de violència de gènere, s'ha de concretar que ho seran quan vagen

acompanyades de necessitats econòmiques. També exposa que s'hauria

d'especificar què són despeses de manteniment de vivenda. Lamenta, finalment, que

no s'haja donat participació a la resta de grups en el procés d'elaboració de

l'ordenança.

D. María Salud Pérez Maestre (Concejala Delegada de educación): Explica que la

situación económica ya sea valora en otros apartados y que los gastos de

mantenimiento de la vivienda deberán ser analizados caso por caso.

D. Francisco José Burillo Seguí (Portavoz del GM PP): Justifica el voto de abstención

de su grupo dado que no se les ha dado posibilidad de participar en la elaboración

de la ordenanza. (NOTA: intervención resultante de la rectificación acordada en sesión plenaria de fecha 8 de junio de 2011)

ANTECEDENTESANTECEDENTESANTECEDENTESANTECEDENTES

1. 18 de abril de 2011 Providencia de la Concejalía Delegada de Educación por la

que se dispone iniciar el expediente para llevar a cabo la aprobación de la

Ordenanza Específica Reguladora de la Concesión de Subvenciones para comedor

escolar y que por el Servicio Jurídico se emita informe sobre la legislación aplicable y

el procedimiento a seguir.

2. 20 de abril de 2011. Borrador de Proyecto de Ordenanza.

3.09 de mayo de 2011. Informe Propuesta de la Jefa del Servicio Jurídico en el que

se informa favorablemente el Proyecto de Ordenanza y se indica el procedimiento a

seguir.

4. 10 de mayo de 2011: Propuesta de acuerdo de la Concejalía de Educación en el

sentido de la propuesta del Servicio Jurídico.

Page 13: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

5. 12 de mayo de 2011: La Comisión Informativa de Hacienda dictamina

favorablemente el presente asunto con los votos a favor del GM Socialista y la

abstención de los GM Popular y BLOC-NV- EVEE.

CONSIDERACIONESCONSIDERACIONESCONSIDERACIONESCONSIDERACIONES

PRIMERAPRIMERAPRIMERAPRIMERA.- Legislación aplicable:

1º.- Los artículos 4 , 22.2.d), 25, 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local.

2º.- El artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que

se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de

Régimen Local.

3º.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.

4º.- El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento

General de Subvenciones.

SEGUNDA.SEGUNDA.SEGUNDA.SEGUNDA.---- Procedimiento:

1º.- Se ha procedido a la redacción del proyecto de Ordenanza, que contiene la

regulación del régimen jurídico de concesión de subvenciones atendiendo a los

principios de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia,

objetividad, eficacia y eficiencia, ajustado a las prescripciones de la Ley 38/2003, de

17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de

julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.

2º.- De conformidad con lo establecido en el art. artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2

de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la aprobación de las

Ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento:

a) Aprobación inicial de la ordenanza por el Pleno.

b) Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta

días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. Este trámite se realizará

mediante inserción de anuncio del acuerdo de aprobación inicial en el Boletín Oficial

de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo

y aprobación definitiva por el Pleno, incorporándose al texto de la Ordenanza las

modificaciones derivadas de la resolución de las alegaciones.

d) No obstante, en el supuesto de que no se hubiera presentado ninguna

reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta

entonces provisional.

3º.- Aprobada definitivamente la Ordenanza, su texto íntegro deberá publicarse en

el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, tal y

como dispone el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las

Page 14: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

Bases del Régimen Local, y no entrarán en vigor hasta que se haya publicado

completamente su texto.

TERCERA.TERCERA.TERCERA.TERCERA.---- La Constitución Española de 1978, en su artículo 39, considera la

obligatoriedad de los poderes públicos de asegurar la protección social, económica

y jurídica de la familia. Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica

del menor que incluye las situaciones de absentismo escolar entre las situaciones de

desprotección de menores, y señala la obligación de las Administraciones públicas

de garantizar el ejercicio del derecho a la educación, impulsando políticas

compensatorias dirigidas a corregir las desigualdades sociales.

Dentro del marco normativo educativo general, la legislación orgánica del

Estado determina que las administraciones educativas aseguraran una actuación

preventiva y compensatoria, garantizando, las condiciones mas favorables para la

escolarización, durante la Educación Infantil, de todos los niños/as que padecen una

desigualdad inicial para acceder a la Educación y para progresar en los niveles

posteriores, así como para conseguir la finalidad de la etapa de Educación Infantil

que es contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños

Dado que, existe la necesidad por parte de algunas familias de este municipio

de refuerzo económico, con el fin de sufragar los gastos de comedor escolar,

durante el curso 2011-2012. Es tarea de este ayuntamiento, competente en

intervención social mediante políticas sociales y educativas, su colaboración en este

proyecto de conciliar la vida familiar y laboral de las madres y padres que por falta

de recursos económicos no pueden hacer frente al coste de este servicio, lo que va

en detrimento también de los menores que debido a esta falta de servicio pueden

encontrarse en situación de riesgo o desigualdad social.

CUARTA.CUARTA.CUARTA.CUARTA.---- El órgano competente es El Pleno de la Corporación, de conformidad con

lo establecido en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases del Régimen Local,

ACUERDOACUERDOACUERDOACUERDO

Adoptado con los 13 votos a favor de los GM Socialista y BLOC-NV- EVEE y

las 8 abstenciones del GM Popular:

PRIMEROPRIMEROPRIMEROPRIMERO: Aprobar inicialmente la Ordenanza Específica Reguladora de la Concesión

de Subvenciones a los alumnos matriculados en primer i segundo curso de

educación infantil (segundo ciclo) para comedor escolar, conforme al proyecto que

obra en el expediente.

Page 15: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

SEGUNDOSEGUNDOSEGUNDOSEGUNDO: Someter la Ordenanza a un período de información pública dando

audiencia a los interesados, mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de

la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para

que puedan presentar alegaciones y sugerencias, que deberán ser resueltas por la

Corporación. Si durante el indicado plazo no se produjeran alegaciones, la

Ordenanza se considerará aprobada definitivamente sin que sea necesario adoptar

nuevo acuerdo.

7. INVENTARIO DE BIENES. PERIODO 01 DE ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 2010: 7. INVENTARIO DE BIENES. PERIODO 01 DE ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 2010: 7. INVENTARIO DE BIENES. PERIODO 01 DE ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 2010: 7. INVENTARIO DE BIENES. PERIODO 01 DE ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 2010:

Rectificación y ActualizRectificación y ActualizRectificación y ActualizRectificación y Actualización.ación.ación.ación.

ANTECEDENTESANTECEDENTESANTECEDENTESANTECEDENTES

1º. 21-06-2005: Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento por el que se rectifica el

Inventario de Bienes de esta Entidad desde 1992 a 31 de marzo de 2005. Desde

entonces se ha procedido a su revisión anual todos los ejercicios: Acuerdos de Pleno

en las sesiones celebradas los días 09/05/2006; 08/05/2007; 13/05/2008;

05/11/2009 y 09/09/2010.

2º. 09-09-2010: Acuerdo de Pleno de rectificación del inventario con las altas y

bajas producidas desde el 01 de enero al 31 de diciembre de 2.009. Su resumen se

detalla a continuación:

RESUMEN GENERAL DEL INVENTARIO RECTIFICADO A 31/12/2009

3º. 28 de febrero de 2011: Informe emitido por la Arquitecta D. Pilar García Marín

sobre los criterios seguidos para la actualización del Inventario desde su aprobación

en el año 1995.

EPÍGRAFE. DENOMINACIÓN IMPORTE

1. BIENES INMUEBLES 63.623.905,05 €

2. DERECHOS REALES 200.000,00 €

3. BIENES HISTÓRICOS Y ARTÍSTICOS 432.295,63 €

4. VALORES MOBILIARIOS 334.801,52 €

5. VEHÍCULOS 127.768,02 €

6. SEMOVIENTES 0,00 €

7. BIENES MUEBLES 1.777.078,20 €

8. BIENES Y DERECHOS REVERSIBLES 0,00 €

9. PASIVO 0,00 €

IMPORTE TOTAL DEL INVENTARIO RECTIFICADO EN 31 DE

DICIEMBRE DE 2009

66.495.848,42 €

Page 16: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

4º. 10 de mayo de 2011: Informe propuesta del Departamento de Servicios Jurídicos

sobre la rectificación del Inventario municipal de bienes y derechos a fecha 31 de

diciembre de 2010 en el que se propone la aprobación de la misma, adjuntándose

tablas de aumentos y disminuciones con valores referidos a fecha 31 de diciembre

de 2010:

-Resumen General del Inventario rectificado.

-Informe de los Bienes que constituyen el Patrimonio Municipal del Suelo y su

valoración.

-Relación del Inventario por epígrafes y subepígrafes.

En esta misma fecha de 10 de mayo se emite Informe favorable por la Intervención

Municipal. Consta diligencia de secretaría de fecha 12 de mayo acerca de la

incorporación del citado informe al expediente en fecha 12 de mayo.

5º. 12 de mayo de 2011: Informe favorable de secretaría a la rectificación del IMB a

fecha 31 de diciembre de 2010 con las consideraciones siguientes, para su

constancia como parte de la misma:

� Parcela en C/ LA OLA. Debe mantenerse en el epígrafe 2 (derechos reales) en

tanto el Ayuntamiento mantenga la condición de titular fiduciario de aquella.

� Epígrafe 8 (bienes y derechos revertibles). Debe darse contenido al mismo

mediante la inclusión de los bienes referidos en el art. 28 del Reglamento de Bienes

de las Entidades Locales (“…entre otros bienes, los cedidos por la Corporación

condicionalmente o a plazo, las concesiones y los arrendamientos otorgados sobre

bienes municipales…”). Entre ellos, a los efectos de la presente rectificación anual,

las Parcelas de equipamiento EQ 1 A y B en NOU NAZARETH cedidas a la UMH.

Consta diligencia de secretaría de esta misma fecha en la que clarifica que la

propuesta de la Concejalía a que hace referencia el informe de secretaría en sus

antecedentes ha sido sustituido por una nueva propuesta de 12 de mayo la cual

propone la aprobación del IMB con las consideraciones expuestas por secretaría.

6º. 12 de mayo de 2011: La Comisión Informativa de Hacienda dictamina

favorablemente el presente asunto con los votos a favor del GM Socialista y la

abstención del GM BLOC-NV- EVEE y GM Popular.

CONSIDERACIONESCONSIDERACIONESCONSIDERACIONESCONSIDERACIONES

PRIMERAPRIMERAPRIMERAPRIMERA.- NORMATIVA APLICABLE

- Texto Refundido de Disposiciones Vigentes en materia de Régimen Local

TRRL: Artículo 86 .

Page 17: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

- Reglamento de Bienes de las Entidades Locales: Artículos 17 y siguientes y DT

2ª.

- RD 1174/1978: Artículo 2.j

- Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales: Artículos 200 y siguientes.

- Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local Regla 16

- Reglamento de la Ley Hipotecaria: Artículos 4 a 6.

- Ley de Patrimonio Histórico Español: Artículos 26 a 39.

SEGUNDA.SEGUNDA.SEGUNDA.SEGUNDA.---- La rectificación del inventario se verifica anualmente sin perjuicio de su

actualización continuada y en ella se reflejan las vicisitudes de toda índole de los

bienes, derechos y obligaciones durante esa etapa. Desde el punto de vista

cuantitativo las altas más reseñables las constituyen el Centro Cultural Municipal,

las Inversiones en el Polideportivo Municipal, reformas en Colegios Públicos e

Inmuebles Propiedad Municipal y Proyecto de Eficiencia Energética. Asimismo, y una

vez terminadas las obras, se ha modificado el subepígrafe del Centro Cultural

Municipal y de la conocida como Finca Pedro José. Por último, las bajas se

corresponden a las parcelas cedidas a la Universidad Miguel Hernández y a la

parcela de la C/ La Ola que por error se incluyó siendo el Ayuntamiento únicamente

titular fiduciario.

TERCERA.TERCERA.TERCERA.TERCERA.---- Los inventarios son autorizados por el Secretario de la Corporación con

el visto bueno del Alcalde, y una copia del mismo y sus rectificaciones se remitirá a

la Administración del Estado y al órgano competente de la Comunidad Autónoma

que tenga atribuida las competencias en esta materia.

CUARTA.CUARTA.CUARTA.CUARTA.---- Procede, pues, rectificar el Inventario de Bienes a fecha 31 de diciembre

de 2010 con el siguiente resumen:

EPÍGRAFE. DENOMINACIÓNEPÍGRAFE. DENOMINACIÓNEPÍGRAFE. DENOMINACIÓNEPÍGRAFE. DENOMINACIÓN IMPORTEIMPORTEIMPORTEIMPORTE

1. BIENES INMUEBLES 64.094.152,10 €

2. DERECHOS REALES 200.000,00 €

3. BIENES HISTÓRICOS Y ARTÍSTICOS 432.295,63 €

4. VALORES MOBILIARIOS 334.801,52 €

5. VEHÍCULOS 133.060,29 €

6. SEMOVIENTES 0,00 €

7. BIENES MUEBLES 1.817.152,31 €

8. BIENES Y DERECHOS REVERSIBLES 0,00 €

9. PASIVO 0,00 €

IMPORTE TOTAL DEL INVENTARIO RECTIFICADO EN IMPORTE TOTAL DEL INVENTARIO RECTIFICADO EN IMPORTE TOTAL DEL INVENTARIO RECTIFICADO EN IMPORTE TOTAL DEL INVENTARIO RECTIFICADO EN

31 DE DICIEMBRE DE 201031 DE DICIEMBRE DE 201031 DE DICIEMBRE DE 201031 DE DICIEMBRE DE 2010

67.011.461,85 67.011.461,85 67.011.461,85 67.011.461,85 €€€€

Page 18: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

QUINTA: El Pleno de la Corporación es el Órgano competente para acordar la

aprobación del Inventario ya formado, su rectificación y comprobación según lo

previsto en el art. 34 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

ACUERDOACUERDOACUERDOACUERDO

Adoptado con los 11 votos a favor del GM Socialista y las 10 abstenciones del

GM BLOC-NV- EVEE y GM Popular:

PRIMERO: PRIMERO: PRIMERO: PRIMERO: Aprobar la rectificación del Inventario de Bienes y Derechos de este

Ayuntamiento referida a 31 de diciembre de 2010 cuyo importe queda fijado en

67.011.461,85 €.

SEGUNDA: SEGUNDA: SEGUNDA: SEGUNDA: Incluir en el epígrafe 8 de bienes y derechos reversibles las concesiones u

otros derechos de uso y los bienes cedidos sometidos a condición resolutoria para

permanente recordatorio. La inclusión se realizará sin cuantificación dado que, o

figuran en el Epígrafe 1 con la calificación jurídica que les corresponde, o ha habido

un desplazamiento de la titularidad del bien.

TERCERA: TERCERA: TERCERA: TERCERA: Que una copia de la rectificación del Inventario, autorizado por el

Secretario con el Visto Bueno del Presidente, se remita a la Administración del

Estado y al órgano de la Comunidad Autónoma que tenga transferida la

competencia en esta materia, conforme preceptúa el artículo 31 del Reglamento de

Bienes de las Entidades Locales.

8. SOCIEDAD MUNICIPAL PYCSA (ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA): Dar cuenta Informe 8. SOCIEDAD MUNICIPAL PYCSA (ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA): Dar cuenta Informe 8. SOCIEDAD MUNICIPAL PYCSA (ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA): Dar cuenta Informe 8. SOCIEDAD MUNICIPAL PYCSA (ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA): Dar cuenta Informe

Intervención de 16 de mayo de 2011.Intervención de 16 de mayo de 2011.Intervención de 16 de mayo de 2011.Intervención de 16 de mayo de 2011.

Se da cuenta del citado informe de Intervención, emitido en los términos

siguientes:

RESUMEN GENERAL PATRIMONIO PÚBLICO MUNICIPAL DE SUELORESUMEN GENERAL PATRIMONIO PÚBLICO MUNICIPAL DE SUELORESUMEN GENERAL PATRIMONIO PÚBLICO MUNICIPAL DE SUELORESUMEN GENERAL PATRIMONIO PÚBLICO MUNICIPAL DE SUELO

Importe Patrimonio Público Municipal de Suelo a 1 de enero de

2010

7.134.473,97

Aumentos durante el expresado ejercicio 2010 0 €

Disminuciones (bajas) durante el expresado ejercicio 2010 0 €

Importe Patrimonio Público Municipal de Suelo a 31 de

diciembre de 2010

7.134.473,97 7.134.473,97 7.134.473,97 7.134.473,97

€€€€

Page 19: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

““““ASUNTO:ASUNTO:ASUNTO:ASUNTO: Evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad con motivo de la

aprobación de las cuentas anuales de la sociedad mercantil municipal “Personas y

Ciudad, S.A.” referidas al ejercicio cerrado a 31 de Diciembre de 2.010

LEGISLACIÓN APLICABLELEGISLACIÓN APLICABLELEGISLACIÓN APLICABLELEGISLACIÓN APLICABLE....

1. Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el

Texto Refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria. (TRLGEP)

2. Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el

Reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad

Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales. (Reglamento)

El funcionario que suscribe, Interventor del Ayuntamiento de Sant Joan

d’Alacant, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 16.2. del Real Decreto

1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo

de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria en su aplicación a las entidades

locales, eleva al Pleno de la Corporación el siguiente

INFORMEINFORMEINFORMEINFORME

PRIMERO.PRIMERO.PRIMERO.PRIMERO. De conformidad con lo previsto en los artículos 2 del TRLGEP y 4 del

Reglamento, en el caso de los entes dependientes de las entidades locales, el

principio de estabilidad se define de forma distinta en función de una diferenciación

económica, distinguiéndose entre:

a) Las propias entidades locales, sus organismos autónomos y los entes

públicos dependientes de aquéllas que presten servicios o produzcan bienes que no

se financien mayoritariamente con ingresos comerciales, que deben ajustarse al

principio de estabilidad entendido como la situación de equilibrio o de superávit en

términos de capacidad de financiacióncapacidad de financiacióncapacidad de financiacióncapacidad de financiación, de acuerdo con la definición contenida en el

Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (apartados 1 y 3 del artículo

19 del TRLGEP)

b) Las restantes entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles y

demás entes de derecho público vinculados o dependientes de las entidades locales

y no comprendidos en el apartado anterior para los que, según el artículo 15 del

Reglamento, se entenderá cumplido el objetivo de estabilidad cuando,

individualmente consideradas, aprueben, ejecuten y liquiden sus respectivos

presupuestos o aprueben sus respectivas cuentas de pérdidas y ganancias en

situación de equilibrio financieroequilibrio financieroequilibrio financieroequilibrio financiero (artículo 25 del TRLGEP)

Page 20: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

De conformidad con el artículo 16 del Reglamento, y para este segundo

grupo de entidades públicas empresariales, ´”la Intervención de la entidad local

elevará al Pleno informe sobre los estados financieros, una vez aprobados por el

órgano competente”

SEGUNDO. SEGUNDO. SEGUNDO. SEGUNDO. Las cuentas anuales correspondientes al ejercicio económico de 2.010 de

la sociedad “Personas y Ciudad, S.A.” cuyo capital pertenece íntegramente al

Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, han sido formuladas por su Consejo de

Administración en sesión de 31 de Marzo de 2.011.

En cumplimiento del artículo 204.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora

de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de

marzo, con fecha 7 de Abril de 2.011 se emitió por esta Intervención Informe

2011/063 respecto al contenido y aspectos formales de las citadas cuentas anuales.

Finalmente, la Junta General de la citada sociedad, en sesión de 27 de Abril

de 2.011 aprobó las cuentas anuales previamente formuladas por los

administradores e informadas por la Intervención Municipal, así como la propuesta

de aplicación de resultados y reparto de dividendos.

TERCERO. TERCERO. TERCERO. TERCERO. En el informe 2010/028 emitido por esta Intervención con fecha 4 de

Marzo de 2.010, en relación con la solicitud formulada por la sociedad mercantil

“Personas y Ciudad S.A.” al Pleno del Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant para la

concertación de una operación de crédito a largo plazo, tras analizar determinados

parámetros contables deducidos de los ejercicios 2006 a 2008, se obtuvo la

conclusión que la citada sociedad es un productor de mercadoproductor de mercadoproductor de mercadoproductor de mercado, es decir, que realiza

actividades comerciales y vende sus productos y/o presta servicios percibiendo

precios económicamente significativos, entendiendo como tales los que permiten

que las ventas cubran al menos el 50% de los costes de producción.

Siguiendo las instrucciones contenidas en el “Manual de cálculo del déficit en

Contabilidad Nacional adaptado a las Corporaciones Locales”, editado por la

Intervención General de la Administración del Estado en 2.007, la empresa pública a

la que se refiere el presente informe queda excluida del sector de las

Administraciones Públicas, conforme a los criterios del Sistema Europeo de Cuentas

Nacionales y Regionales SEC-95 y, por tanto, no resulta preciso analizar su

capacidad o necesidad de financiación en términos de Contabilidad Nacional, puesto

que el principio de estabilidad se instrumenta para este tipo de entidades en

función de su equilibrio o desequilibrio financiero.

CUARTO. CUARTO. CUARTO. CUARTO. A la vista de las cuentas aprobadas por la citada empresa pública

municipal correspondientes al ejercicio económico de 2.010, y más concretamente

de la información contenida en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, aplicando

Page 21: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

nuevamente la metodología contenida en el Manual de la Intervención General de la

Administración del Estado, obtenemos:

1. VENTAS1. VENTAS1. VENTAS1. VENTAS 1.262.286,591.262.286,591.262.286,591.262.286,59

1.1. Importe neto de la cifra de negocios 1.262.286,59

1.2. Ingresos accesorios de actividades productivas 0,00

1.3. Variación de existencias de productos terminados y

en curso

0,00

2. COSTES DE PRODUCCIÓN2. COSTES DE PRODUCCIÓN2. COSTES DE PRODUCCIÓN2. COSTES DE PRODUCCIÓN 1.409.536,071.409.536,071.409.536,071.409.536,07

2.1. Remuneración de asalariados 433.081,08

2.2. Consumos intermedios (Aprovisionamientos +

servicios exteriores)

941.244,57

2.3. Consumo de capital fijo (Amortizaciones) 31.152,43

2.4. Otros impuestos sobre la producción (tributos) 4.057,99

Ventas Ventas Ventas Ventas –––– 50% costes de producción 50% costes de producción 50% costes de producción 50% costes de producción 557.518,55557.518,55557.518,55557.518,55

Por tanto, a la vista de las cuentas formuladas por la empresa pública

municipal en los últimos 5 ejercicios, de la comparación entre ventas y costes de

producción se han obtenido los siguientes resultados

EjercicioEjercicioEjercicioEjercicio VentasVentasVentasVentas 50% Costes de 50% Costes de 50% Costes de 50% Costes de

producciónproducciónproducciónproducción DiferenciaDiferenciaDiferenciaDiferencia

2006 4.869.541,72 2.140.509,26 2.729.032,46

2007 7.126.030,08 1.438.530,26 5.687.499,82

2008 2.857,355,19 1.709.024,94 1.148.330,25

2009 1.350.746,13 1.540.810,48 - 190.064,35

2010 1.262.286,59 704.768,04 557.518,55

QUINTO. QUINTO. QUINTO. QUINTO. Según la Intervención General de la Administración del Estado “el

cumplimiento del criterio del 50% se debe verificar a lo largo de una serie de

ejercicios, sin que sea necesario reclasificar unidades dentro (o fuera) del sector de

las Administraciones públicas en caso de incumplimiento (o cumplimiento) de la

norma del 50% en un año puntual”. A la vista de los datos anteriores, y sin perjuicio

del análisis que deberá practicarse con motivo de las cuentas anuales

correspondientes a los ejercicios 2.011 y siguientes, consideramos que la sociedad

mercantil “Personas y Ciudad, S.A.” es un productor de mercado, es decir, que se

financia mayoritariamente con ingresos de mercado y por ello queda incluida en el

segundo grupo al que nos referíamos en el apartado primero, de modo que la

evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad debe practicarse en función

de su equilibrio o desequilibrio financiero.

Page 22: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

SEXTO. SEXTO. SEXTO. SEXTO. Para este tipo de entidades, el artículo 24 del Reglamento dice que se

encontrarán “en situación de desequilibrio financiero cuando, de acuerdo con los

criterios del plan de contabilidad que les resulte aplicable, incurran en pérdidas

cuyo saneamiento requiera la dotación de recursos no previstos en el escenario de

estabilidad de la entidad a quien corresponda aportarlos”. De la Cuenta de Pérdidas

y Ganancias del ejercicio 2.010 de la sociedad “Personas Y Ciudad S.A.”, se obtiene

un resultado negativo de 124.425,01 euros (pérdidas). Sin embargo, conforme al

apartado 3 de la Memoria anual aprobada, las pérdidas se compensarán con cargo a

Reservas voluntarias, de modo que su saneamiento no requiere la dotación de

recursos por parte del Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant. En su consecuencia, no

puede considerarse que Personas y Ciudad, S.A. se encuentre a 31 de Diciembre de

2.010 en situación de desequilibrio financiero, en el sentido empleado en la

redacción del artículo 24 del Reglamento antes citado y, por tanto, se cumple el

objetivo de estabilidad presupuestaria”.

El Pleno toma debida cuenta.

PARTICIPACIÓN Y CONTROLPARTICIPACIÓN Y CONTROLPARTICIPACIÓN Y CONTROLPARTICIPACIÓN Y CONTROL

9. DESPACHOS EXTRAORDINARIOS Y MOCIONES.9. DESPACHOS EXTRAORDINARIOS Y MOCIONES.9. DESPACHOS EXTRAORDINARIOS Y MOCIONES.9. DESPACHOS EXTRAORDINARIOS Y MOCIONES.

9.1 MOCIÓN 9.1 MOCIÓN 9.1 MOCIÓN 9.1 MOCIÓN DE DE DE DE LA CONCEJALÍA DE RÉGIMEN INTERIORLA CONCEJALÍA DE RÉGIMEN INTERIORLA CONCEJALÍA DE RÉGIMEN INTERIORLA CONCEJALÍA DE RÉGIMEN INTERIOR SOBRE LA SOBRE LA SOBRE LA SOBRE LA CONTINUACIÓN CONTINUACIÓN CONTINUACIÓN CONTINUACIÓN

DEL DEL DEL DEL PERSONAL EVENTPERSONAL EVENTPERSONAL EVENTPERSONAL EVENTUAL HASTA UAL HASTA UAL HASTA UAL HASTA LA LA LA LA CONSTITUCIÓN DE CONSTITUCIÓN DE CONSTITUCIÓN DE CONSTITUCIÓN DE LA LA LA LA NUEVA CORPORACIÓN.NUEVA CORPORACIÓN.NUEVA CORPORACIÓN.NUEVA CORPORACIÓN.

INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍAINCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍAINCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍAINCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA

Ratificada por unanimidad.

INTERVENCIONESINTERVENCIONESINTERVENCIONESINTERVENCIONES

D. Edmundo Juan Seva García (Alcalde Presidente): Explica que las leyes disponen

que el cese de los eventuales debe producirse en el momento de fin del mandato y

por tanto el día anterior al de las elecciones. La presente propuesta tiene por objeto

que el personal eventual permanezca en su puesto en tanto esté en funciones la

corporación.

D. Francisco José Burillo Seguí (Portavoz GM Popular): Pregunta si no va a constar

advertencia de ilegalidad por parte de secretaría.

Page 23: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

D. Juan B. Mayor Pérez (Secretario): Con autorización de la Presidencia, expone que

los informes constan en el expediente y que asimismo consta nota de conformidad

de secretaría respecto al informe del departamento de personal, entre cuyos

antecedentes ya consta asimismo el escrito de secretaría sobre el asunto. Concluye

pues que su criterio está contenido en el expediente y sólo le resta preguntar si

existe alguna duda respecto a esta cuestión. No se plantea pregunta alguna al

respecto.

ANTECEDENTEANTECEDENTEANTECEDENTEANTECEDENTESSSS

1º. 17 de mayo de 2011: Informe de la Jefatura del Departamento de Personal

concluyendo con la procedencia del cese de los cargos eventuales coincidiendo con

el fin del mandato conforme a los arts. 43, 194 LOREG y 104 ley 7/1985, 12.3 de la

Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y 19.2. de la

Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función

Pública Valenciana. Consta nota de conformidad de Secretaría de fecha 18 de mayo.

2º. 20 de mayo de 2011 (debe decir 17 de mayo): D. Santiago Escudero Nohales,

Concejal Delegado de Régimen Interior, presenta la siguiente moción, para su

debate y votación por el Pleno:

“MOCIÓN CONTINUACION PERSONAL EVENTUAL EN SUS FUNCIONES HASTA

CONSTITUCION DE NUEVA CORPORACION. Debido a la celebración de las próximas

elecciones municipales y autonómicas del próximo 22 de mayo, por parte de la Jefa

del Servicio de Régimen Interior se plantea el momento del cese del personal

eventual con que cuenta el Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant elaborando informe

con fecha 17 de mayo indicando que, en base a la legislación vigente tanto estatal

como autonómica, el cese del personal eventual se produce automáticamente en

todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que

presten su función de confianza o asesoramiento.

En concreto, el artículo 194 de la LO 5/85, de 19 de junio, del Régimen Electoral

General, en adelante, LOREG, establece que el mandato de los miembros de los

Ayuntamientos es de cuatro años contados a partir de la fecha de su elección en los

términos previstos en el artículo 42, apartado 3, de esta Ley Orgánica. Una vez

finalizado su mandato los miembros de las Corporaciones cesantes continuarán sus

funciones solamente para la administración ordinaria hasta la toma de posesión de

sus sucesores, en ningún caso podrán adoptar acuerdos para los que legalmente se

requiera una mayoría cualificada.

Page 24: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

Por su parte, el artículo 42.3 de la LOREG establece que los mandatos, de cuatro

años, terminan en todo caso el día anterior al de la celebración de las siguientes

elecciones. Por tanto, en el caso que nos ocupa, el próximo 21 de mayo.

El artículo 12.3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado

Público, establece que el cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de

la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento. Asimismo,

el artículo 19.2. de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y

Gestión de la Función Pública Valenciana dispone que el personal eventual cesará

automáticamente cuando cese la autoridad a la que presta su función asesora o de

confianza.

A la vista de dicha normativa, y teniendo en cuenta que los miembros de la

Corporación continúan en su cargo aunque sea en funciones, se considera

conveniente, en base a los principios de eficacia y continuidad y correcta prestación

del servicio, que se prolongue la relación funcionarial del personal eventual hasta la

constitución del nuevo Ayuntamiento, fecha en la que se produce el cese a todos los

efectos de la Autoridad que los nombró.

ACUERDO:

UNICO: La continuación del personal eventual en sus funciones hasta la constitución

de la nueva Corporación Municipal que en virtud al artículo 195 de la LOREG se

constituyen en sesión pública el vigésimo día posterior a la celebración de las

elecciones, salvo que se hubiese presentado recurso contencioso-electoral contra la

proclamación de los concejales electos, en cuyo supuesto se constituyen el

cuadragésimo día posterior a las elecciones.

La presente moción se formula, de conformidad con lo preceptuado en el ROFRJEL

para su tratamiento, debate y votación en el Pleno de 20 de mayo de 2011.”

ACUERDOACUERDOACUERDOACUERDO

La moción queda aprobada con los 11 votos a favor del GM PSOE y las 10

abstenciones de los GM PP y BLOC NV EVEE.

10. RUEGOS Y PREGUNTAS.10. RUEGOS Y PREGUNTAS.10. RUEGOS Y PREGUNTAS.10. RUEGOS Y PREGUNTAS.

D. Albert Jesús Caturla Cardona (Portaveu GM BLOC-NV-EVEE): Exposa que abans

d'obrir el torn de precs i preguntes, l'Alcaldia hauria de considerar l'existència de

dues mocions presentades per escrit pel BLOC i que haurien de ser objecte de

Page 25: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

votació per a la inclusió en l'ordre del dia.

D. Edmundo Juan Seva García (Alcalde Presidente): Expone que no han podido ser

estudiadas dado el poco tiempo con el que han sido presentadas.

D. Albert Jesús Caturla Cardona (Portaveu GM BLOC-NV-EVEE): Recorda que a esta

mateixa sessió hi ha hagut ara un debat d'una moció que s'ha presentat també a

última hora.

D. Edmundo Juan Seva García (Alcalde Presidente): Explica que a pesar de que la

moción esté datada en fecha de hoy día 20, se trata de un error pues todos conocen

que fue incluida anteriormente en la documentación plenaria y que su fecha es

coincidente con el informe del departamento de personal.

D. Francesc Sala Ivorra (GM BLOC NV EVEE): Sol.licita resposta a les preguntes

pendents de l'últim plenari.

D. Edmundo Juan Seva García (Alcalde Presidente): Expone que no ha tenido

conocimiento de las mismas.

D. Francesc Sala Ivorra (GM BLOC NV EVEE): Recorda a la Presidència que les

preguntes esmentades consten en la còpia de l'acta de la corresponent sessió

repartida amb la convocatòria.

D. Edmundo Juan Seva García (Alcalde Presidente): Solicita al Secretario le entregue

copia de las actas que constan en el expediente de la sesión.

Por el Secretario se evidencia que, sin perjuicio de lo expuesto por el

miembro del BLOC NV EVEE, en este instante no están en la carpeta del

correspondiente punto del orden del día.

La Presidencia otorga un turno de intervenciones para despedida de la

corporación en cuanto a sesiones ordinarias se refiere.

D. José López Garrido (GM Popular): Expone que tras 16 años de concejal, está

convencido de que la política bien entendida es necesaria y manifiesta su

agradecimiento a todos los miembros de la corporación y funcionarios municipales

por la labor desempeñada.

D. Francisco Burillo Seguí (Portavoz GM Popular): Manifiesta su reconocimiento a los

Page 26: ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7 ... · ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011ACTA SESION PLENARIA Nº 7/2011 FECHA: 20 de mayo de 2011. FECHA: LUGAR: Salón de

miembros de la corporación y a los funcionarios municipales por su trabajo.

D. Albert Jesús Caturla Cardona (Portaveu GM BLOC-NV-EVEE): Expressa la seua

satisfacció i agraïment als companys de corporació i funcionaris municipals per la

seua labor. Recorda que, fins i tot en els moments de major tensió en els debats, les

qualificacions més dures que se li han dirigit tenen una acepció en positiu i així se

les vol prendre.

D. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz del GM Socialista): Expresa su sentimiento de

cordialidad por el resto de compañeros de corporación a pesar de las críticas

vertidas a veces durante los debates. Siente orgullo por haber podido dialogar con

los diferentes grupos llegando incluso a acuerdos en el ámbito de una relación

correcta en la que ha predominado el sentido común y la responsabilidad. Agradece

a los funcionarios su labor.

D. Edmundo Juan Seva García (Alcalde Presidente): Agradece a los miembros de la

Corporación su labor y hace extensivo tal agradecimiento al personal municipal.

Explica que ha predominado la cordialidad y la corrección y confía en que durante la

jornada electoral del domingo se impondrá la cordura. Presenta sus disculpas a todo

aquel que haya podido sentirse molesto por sus actos o declaraciones, que nunca

han tenido por objetivo el causar daño a nadie y manifiesta su convencimiento de

que no es cierta la frase de que en política se pierden los amigos, sino que en ella

se hacen amigos. Desea suerte a todas las formaciones en la jornada electoral del

día 22 de mayo.

Tras ello y por orden del Señor AlcaldeTras ello y por orden del Señor AlcaldeTras ello y por orden del Señor AlcaldeTras ello y por orden del Señor Alcalde----Presidente se levanta la sesión a las Presidente se levanta la sesión a las Presidente se levanta la sesión a las Presidente se levanta la sesión a las 9’309’309’309’30

horas de la fecha arriba indicada. Doy fe.horas de la fecha arriba indicada. Doy fe.horas de la fecha arriba indicada. Doy fe.horas de la fecha arriba indicada. Doy fe.

AlcaldeAlcaldeAlcaldeAlcalde----Presidente APresidente APresidente APresidente Ante mí, Secretarionte mí, Secretarionte mí, Secretarionte mí, Secretario

D. Juan Edmundo Seva GarcíaD. Juan Edmundo Seva GarcíaD. Juan Edmundo Seva GarcíaD. Juan Edmundo Seva García Don Juan Bta. Mayor Pérez Don Juan Bta. Mayor Pérez Don Juan Bta. Mayor Pérez Don Juan Bta. Mayor Pérez