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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNITAT VALENCIANA ACTA DE LA SESION DE LA COMISION DE LA SALA DE GOBIERNO DE 29 DE JUNIO DE 2016 1 En Valencia, a 29 de junio de 2016. A la hora señalada, en la Sala de Juntas de su sede, y para tratar de los asuntos relacionados en el orden del día, que luego se dirán, se reúne la Comisión de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Citados previamente para ello, están presentes y la componen la Excma. Sra. Dª María Pilar de la Oliva Marrades, Presidenta del Tribunal Superior de Justicia, quien preside la sesión, Ilmo. Sr. D. Mariano Miguel Ferrando Marzal, Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, Excmo. Sr. D. Fernando Pascual de Rosa Torner, Presidente de la Audiencia Provincial de Valencia, Ilmo. Sr. D. Pedro Luís Viguer Soler, Magistrado Juez Decano de los Juzgados de Valencia, Ilmo. Sr. D. José Francisco Lara Romero, Magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, Ilmo. Sr. D. Juan Carlos Cerón Hernández, Magistrado de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante e Ilma. Sra. Dª María Pilar Esther Rojo Beltrán, Magistrada Juez del Juzgado de lo Penal nº 14 de Valencia. Asisto yo, D. José Miguel de Ángel Cubells, como Secretario de Gobierno del Tribunal, votando los acuerdos que puedan adoptarse en los asuntos a que se refiere el artículo 152.1.12º de la Ley Orgánica del Poder Judicial. La Excma. Sra. Presidenta declara abierto el acto y con carácter previo la Sala de Gobierno desea mostrar su más sincera felicitación al Ilmo. Sr. D. Julio Calvet Botella y a la Ilma. Sra. Dª Eloisa Gómez Santana, por haberles sido otorgada por el Ministerio de Justicia, la Cruz de San Raimundo de Peñafort de primera clase, en razón de sus méritos profesionales y personales. Seguidamente, yo, el Secretario, voy dando cuenta de cada uno de los asuntos traídos a esta sesión, respecto de los que la Comisión de la Sala de Gobierno, previa deliberación y votación, toma los siguientes acuerdos: 1.- Relativo a Jueces de Paz 1º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo 668/1993 de la Resolución de fecha 7 de junio de 2016 de la Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de “BUSOT”, unida al mismo, dando por finalizado el expediente incoado para la Excma. Sra.: De la Oliva Marrades, Presidenta, Ilmo. Sr. Ferrando Marzal, Excmo. Sr. De Rosa Torner, Ilmo. Sr. Viguer Soler, Ilmo. Sr. Lara Romero Ilmo. Sr. Cerón Hernández, Ilma. Sra. Rojo Beltrán

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNITAT VALENCIANA

ACTA DE LA SESION DE LA COMISION DE LA SALA DE GOBIERNO

DE 29 DE JUNIO DE 2016

1

En Valencia, a 29 de junio de 2016.

A la hora señalada, en la Sala de Juntas de

su sede, y para tratar de los asuntos relacionados

en el orden del día, que luego se dirán, se reúne la

Comisión de la Sala de Gobierno del Tribunal

Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Citados previamente para ello, están presentes y la

componen la Excma. Sra. Dª María Pilar de la Oliva

Marrades, Presidenta del Tribunal Superior de

Justicia, quien preside la sesión, Ilmo. Sr. D.

Mariano Miguel Ferrando Marzal, Presidente de la

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia, Excmo. Sr. D. Fernando

Pascual de Rosa Torner, Presidente de la Audiencia Provincial de Valencia, Ilmo. Sr. D.

Pedro Luís Viguer Soler, Magistrado Juez Decano de los Juzgados de Valencia, Ilmo.

Sr. D. José Francisco Lara Romero, Magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia

Provincial de Valencia, Ilmo. Sr. D. Juan Carlos Cerón Hernández, Magistrado de la

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante e Ilma. Sra. Dª María Pilar

Esther Rojo Beltrán, Magistrada Juez del Juzgado de lo Penal nº 14 de Valencia.

Asisto yo, D. José Miguel de Ángel Cubells, como Secretario de Gobierno del

Tribunal, votando los acuerdos que puedan adoptarse en los asuntos a que se refiere el

artículo 152.1.12º de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

La Excma. Sra. Presidenta declara abierto el acto y con carácter previo la Sala

de Gobierno desea mostrar su más sincera felicitación al Ilmo. Sr. D. Julio Calvet

Botella y a la Ilma. Sra. Dª Eloisa Gómez Santana, por haberles sido otorgada por el

Ministerio de Justicia, la Cruz de San Raimundo de Peñafort de primera clase, en razón

de sus méritos profesionales y personales.

Seguidamente, yo, el Secretario, voy dando cuenta de cada uno de los asuntos

traídos a esta sesión, respecto de los que la Comisión de la Sala de Gobierno, previa

deliberación y votación, toma los siguientes acuerdos:

1.- Relativo a Jueces de Paz

1º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo 668/1993 de la

Resolución de fecha 7 de junio de 2016 de la Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de

“BUSOT”, unida al mismo, dando por finalizado el expediente incoado para la

Excma. Sra.:

De la Oliva Marrades,

Presidenta,

Ilmo. Sr. Ferrando Marzal,

Excmo. Sr. De Rosa Torner,

Ilmo. Sr. Viguer Soler,

Ilmo. Sr. Lara Romero

Ilmo. Sr. Cerón Hernández,

Ilma. Sra. Rojo Beltrán

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elección de Juez de Paz sustituto al no haberse presentado candidato apto para el

desempeño del cargo.

En su consecuencia, proceder a la designación directa del Juez de Paz

sustituto de “BUSOT” a que se refiere el artículo 9 del Reglamento nº 3/1995, de 7

de junio, de los Jueces de Paz, y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 11

del mismo anúnciese la vacante en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y

publíquense edictos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el del Tribunal

Superior de Justicia, en el del Juzgado Decano de los de Sant Vicent del Raspeig y en

el del Juzgado de Paz de Busot, con advertencia a quienes pudieran estar interesados

en el nombramiento de que podrán formular solicitudes directamente ante esta Sala

de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Comuníquese al Consejo General del Poder Judicial. El presente Acuerdo se

adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno

asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

2º.- Nombrar a Don Carlos Sánchez Tortajada, con D.N.I. XXX, Juez de

Paz sustituto de “CASAS ALTAS” (LLIRIA-VALENCIA), para un período de cuatro

años, que se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el

"Boletín Oficial de la Provincia”, al haber sido elegido para el desempeño de tal cargo

por el Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 30 de mayo de

2016, del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 128/1993,

de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder

Judicial y en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los

Jueces de Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder

Judicial de 7 de junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el

correspondiente nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la

Provincia" de Valencia.

Advertir al nombrado que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

de Paz de Casas Altas dentro de los tres días siguientes a la prestación del

juramento o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días

naturales siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín

Oficial de la Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá

prestarlo ante el Sr. Juez Decano de los Juzgados de Lliria; y si se negase a

prestar juramento o promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa

causa, se entenderá que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento

de los "Jueces de Paz").

Notifíquese al interesado y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de Paz

y al Juzgado Decano de los de Lliria, del que el de Paz depende y dese cuenta al

Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia

Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos

correspondientes.

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3º.- Nombrar a Doña Mª Mercedes Carrión Lorente, con D.N.I. XXX, Juez

de Paz sustituta de “MILLARES” (REQUENA-VALENCIA), para un período de

cuatro años, que se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en

el "Boletín Oficial de la Provincia”, al haber sido elegida para el desempeño de tal

cargo por el Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 31 de

mayo de 2016, del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº

179/1997, de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del

Poder Judicial y en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De

los Jueces de Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder

Judicial de 7 de junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el

correspondiente nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la

Provincia" de Valencia.

Advertir a la nombrada que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

de Paz de Millares dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento

o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales

siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el

Sr. Juez Decano de los Juzgados de Requena; y si se negase a prestar juramento

o promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se

entenderá que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los

"Jueces de Paz").

Notifíquese a la interesada y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de

Paz y al Juzgado Decano de los de Requena, del que el de Paz depende y dese

cuenta al Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la

Gerencia Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos

correspondientes.

4º.- Ratificar, en el Expediente Gubernativo 450/1993 y 655/1993, el

Acuerdo de Presidencia de fecha 13 de junio de 2016, dictado por razones de

urgencia, por el que se concede la prórroga de jurisdicción por la vía de urgencia

del Sr. Juez de Paz Titular y Sustituto de Rafelbunyol, Dª Mª Amparo Castellar

Carbonell y D. Jesús Eres Amposta, respectivamente, para que atiendan las

necesidades del Juzgado de Paz de La Pobla de Farnals, durante la baja por

enfermedad del Juez de paz titular del mismo.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

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5º.- Nombrar a Doña Asunción Sanchiz Belda, con D.N.I. XXX, Juez de Paz

titular de “PINOSO” (NOVELDA-ALICANTE), para un período de cuatro años, que

se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

de la Provincia”, al haber sido elegida para el desempeño de tal cargo por el Pleno

del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 31 de mayo de 2016, del

que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 206/1994, de

conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y

en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los Jueces de

Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de

junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el correspondiente

nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Alicante.

Advertir a la nombrada que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

de Paz de Pinoso dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento o

promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales

siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el

Sr. Juez Decano de los Juzgados de Novelda; y si se negase a prestar juramento o

promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se entenderá

que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de

Paz").

Notifíquese a la interesada y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de

Paz y al Juzgado Decano de los de Novelda, del que el de Paz depende y dese cuenta

al Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la

Gerencia Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos

correspondientes.

6º.- Nombrar a Don Salvador LLobell LLobell, con D.N.I. XXX, Juez de Paz

titular de “TEULADA” (DENIA-ALICANTE), para un período de cuatro años, que se

computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

de la Provincia”, al haber sido elegido para el desempeño de tal cargo por el Pleno

del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 1 de junio de 2016, del que

obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 255/1993, de conformidad

con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los

artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los Jueces de Paz",

aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio

de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el correspondiente nombramiento,

que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Alicante.

Advertir al nombrado que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

de Paz de Teulada dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento

o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales

siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el

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Sr. Juez Decano de los Juzgados de Denia; y si se negase a prestar juramento o

promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se entenderá

que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de

Paz").

Notifíquese al interesado y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de Paz

y al Juzgado Decano de los de Denia, del que el de Paz depende y dese cuenta al

Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia

Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos

correspondientes.

7º.- Nombrar a Doña Mª Teresa Vallés Ivars, con D.N.I. XXX, Juez de Paz

sustituta de “TEULADA” (DENIA-ALICANTE), para un período de cuatro años, que

se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

de la Provincia”, al haber sido elegida para el desempeño de tal cargo por el Pleno

del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 1 de junio de 2016, del que

obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 255/1993, de conformidad

con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los

artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los Jueces de Paz",

aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio

de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el correspondiente nombramiento,

que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Alicante.

Advertir a la nombrada que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

de Paz de Teulada dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento

o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales

siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el

Sr. Juez Decano de los Juzgados de Denia; y si se negase a prestar juramento o

promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se entenderá

que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de

Paz").

Notifíquese a la interesada y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de

Paz y al Juzgado Decano de los de Denia, del que el de Paz depende y dese cuenta al

Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia

Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos

correspondientes.

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8º.- Nombrar a Don Emilio Badimón López, con D.N.I. XXX, Juez de Paz

sustituto de “TITAGUAS” (LLIRIA-VALENCIA), para un período de cuatro años,

que se computará desde la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín

Oficial de la Provincia”, al haber sido elegido para el desempeño de tal cargo por el

Pleno del Ayuntamiento de dicho municipio, según Acuerdo de 30 de mayo de 2016,

del que obra certificación unida al Expediente Gubernativo nº 715/1993, de

conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y

en los artículos 4, 8 y concordantes del Reglamento nº 3/1995, "De los Jueces de

Paz", aprobado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 7 de

junio de 1995 (B.O.E. de 17 de julio de 1995). Expídase el correspondiente

nombramiento, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Valencia.

Advertir al nombrado que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado

de Paz de Titaguas dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento

o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales

siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial de la

Provincia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el

Sr. Juez Decano de los Juzgados de Lliria; y si se negase a prestar juramento o

promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin justa causa, se entenderá

que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del citado Reglamento de los "Jueces de

Paz").

Notifíquese al interesado y comuníquese al Ayuntamiento, al Juzgado de Paz

y al Juzgado Decano de los de Lliria, del que el de Paz depende y dese cuenta al

Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia a través de la Gerencia

Territorial del mismo en la Comunidad Autónoma Valenciana.

Los precedentes Acuerdos se adoptan por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos

correspondientes.

2.- Relativo a Magistrados Suplentes y Jueces Sustitutos

9º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Magistrado

Juez Decano de los Juzgados de Elche llamando para actuar en el Juzgado de

Instrucción número 4 de Torrevieja a la Juez sustituta Dª Mª Belén Ruiz Belda,

los días 6 y 7 de junio, por comisión de servicios especiales de su titular D. Daniel

Barrientos Zurbano. Comuníquese.

10º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Alicante llamando para actuar en el Juzgado de

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Instrucción número 1 de Benidorm a la Juez sustituta Dª Pilar Muñoz Zapata,

el día 10 de junio de 2016, por asistencia a reunión de la Junta Electoral de su titular

Dª Elena Zabalza Sánchez. Comuníquese.

11º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Alicante llamando para actuar en el Juzgado de

Instrucción número 1 de Benidorm a la Juez sustituta Dª Pilar Muñoz Zapata,

el día 15 de junio de 2016, por asistencia a reunión de la Junta Electoral de su titular

Dª Elena Zabalza Sánchez. Comuníquese.

12º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Magistrado

Juez Decano de los Juzgados de Elche llamando para actuar en el Juzgado de

Primera Instancia número 6 de Elx a la Juez sustituta Dª Lourdes Cárceles

Moyá, desde el día 6 de junio de 2016. Comuníquese.

13º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Alicante llamando para actuar en el Juzgado de lo

Penal número 2 de Benidorm a la Juez sustituta Dª Macarena Pomata Zaplana,

los días 14,15, 21 y 22 de junio de 2016, por licencia para asistir a reunión de la

Junta Electoral de su titular D. José Ricardo García Pérez. Comuníquese.

14º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Alicante llamando para actuar en el Juzgado de

Primera Instancia número 2 de Benidorm a la Juez sustituta Dª Olga Segrelles

Cano, los días 15 y 17 de junio, por licencia para asistir a reunión de la Junta

Electoral de su titular Dª María Morán de Vega. Comuníquese.

15º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el

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Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción número 2 de Quart de Poblet al Juez sustituto

D. Manuel Arlandis Ruiz, desde el día 9 de junio de 2016, por vacante por

traslado. Comuníquese.

16º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Decano de los

Juzgados de Benidorm llamando para actuar en los Juzgados de Primera

Instancia de Benidorm a la Juez sustituta Dª Magdalena Such Ferrándiz, los

días 7 a 21 de junio de 2016, por refuerzo. Comuníquese.

17º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Alicante llamando para actuar en la Sección Séptima

de esa Audiencia con sede en Elx al Magistrado suplente Dª Mercedes

Fernández López, el día 20 de junio de 2016, por asistencia a la reunión de la

Junta Electoral Provincial del Magistrado D. José Teófilo Jiménez Morago.

Comuníquese.

18º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción número 2 de Requena a la Juez sustituta Dª

Mª José Orón Carrizosa, desde el 26 de septiembre al 17 de octubre por licencia

de su titular. Comuníquese.

19º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Valencia llamando para actuar a la Juez sustituta Dª

Mª José Orón Carrizosa en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de

Liria, los días 21 y 24, por refuerzo. Comuníquese.

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20º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Valencia llamando para actuar a la Juez sustituta Dª

Mª José Orón Carrizosa en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de

Liria, los días 28 de junio y 1 de julio, por refuerzo. Comuníquese.

21º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Valencia llamando para actuar a la Juez sustituta Dª

Mª José Orón Carrizosa en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de

Liria, los días 5, 6 y 8 de julio, por refuerzo. Comuníquese.

22º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Valencia llamando para actuar a la Juez sustituta Dª

Mª José Orón Carrizosa en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de

Liria, los días 12, 13 y 15 de julio, por refuerzo. Comuníquese.

23º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Alicante llamando para actuar en el Juzgado de

Instrucción número 1 de Benidorm a la Juez sustituta Dª Olga Segrelles Cano,

el día 22 de junio de 2016, por licencia para asistir a una reunión de la Junta

Electoral de su titular Dª Elena Zabalza Sánchez. Comuníquese.

24º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Valencia llamando para actuar en la Sección 8ª de

esa Audiencia a la Magistrada suplente Dª Alicia Amer Martín, desde el día 20 de

junio, por licencia del Ilmo. Sr. Magistrado D. José Luís Gómez-Moreno Mora.

Comuníquese.

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DE 29 DE JUNIO DE 2016

10

25º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Valencia llamando para actuar en el Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción número 5 de Catarroja a la Juez sustituta Dª

Alicia Millet Fenollar, desde el día 22 de junio al 12 de julio, por licencia de su

titular. Comuníquese.

26º.- Ratificar, de conformidad con lo previsto en el artículo 105.4 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, "De la Carrera Judicial", en el

Expediente Gubernativo número 218/15, el Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de

la Audiencia Provincial de Castellón Valencia llamando para actuar en la

Sección 4ª de esa Audiencia al Magistrado suplente D. Javier Alonso García, los

días 20 a 24 de junio. Comuníquese.

3.- Magistrados y Jueces

27º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 27/81, de los

acuerdos adoptados por la Junta General de Jueces de los Juzgados de Elche,

en su sesión de fecha 3 de mayo de 2016 y:

En cuanto al punto primero: aprobar provisionalmente, conforme a lo

preceptuado en el artículo 152.2.4º, 170 y 210 de la LOPJ en su redacción dada por

la LO 8/2012, el PLAN ANUAL DE SUSTITUCIÓN para el año 2016 y elevar el

mismo al Consejo General del Poder Judicial para su aprobación definitiva en los

términos que procedan, previa audiencia de la Fiscalía correspondiente a fin de

coordinar en lo posible los señalamientos que afecten a procedimientos en los que

las Leyes prevean su intervención.

Llévese certificación al Expediente Gubernativo nº 242/15.

En cuanto al punto tercero: Aprobar, de conformidad con lo previsto en los

artículos 152 y 167 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 4 y 5 del Reglamento nº

1/2000, de 26 de julio, de los "Órganos de gobierno de Tribunales", y 25 y siguientes

del Reglamento nº 1/2005 de los “Aspectos accesorios de las actuaciones judiciales”,

de 15 de septiembre de 2005 la modificación de las “Normas de reparto”,

propuesta con el siguiente contenido:

“Atribuir los juicios de filiación con menores al Juzgado de Familia”

En cuanto a la posibilidad planteada de crear una cuenta de consignaciones en

Decanato a efectos de los Retractos por el plazo tan breve en el que ha de efectuarse

dicha consignación, dese traslado al Ministerio de Justicia a los efectos procedentes.

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DE 29 DE JUNIO DE 2016

11

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese al Consejo General del Poder Judicial y

désele la publicidad exigida por el artículo 159.2 de la Ley Orgánica del Poder

Judicial, 26 d) del Reglamento de los Aspectos accesorios de las actuaciones

judiciales, y 12.6 del Reglamento nº 1/2000, de 26 de julio, de los "Órganos de

gobierno de Tribunales". Líbrense los despachos correspondientes.

28º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 296/99, de

los acuerdos adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de los Juzgados de

Instrucción de Torrevieja, en su sesión de fecha 6 de junio de 2016 y

En cuanto al punto primero: Aprobar, de conformidad con lo previsto en

los artículos 152 y 167 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 4 y 5 del Reglamento

nº 1/2000, de 26 de julio, de los "Órganos de gobierno de Tribunales", y 25 y

siguientes del Reglamento nº 1/2005 de los “Aspectos accesorios de las actuaciones

judiciales”, de 15 de septiembre de 2005 la refundición de las “Normas de reparto

de asuntos penales” propuesta.

En cuanto al punto segundo: dese traslado a la Dirección General de Justicia de la

necesidad de solicitar una jornada de formación dirigida a los jueces de instrucción

derivada de la modificación del sistema “Cicerone”.

En cuanto al punto tercero: tomar conocimiento del reparto de los exhortos

penales que tengan por objeto la práctica de videoconferencias, conforme a las

normas de reparto de 15 de noviembre de 2011, “NORMAS ESPECIALES. EXHORTOS

Y COMISIONES ROGATORIAS” aprobadas por Sala de Gobierno de fecha 19 de julio

de 2013.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese al Consejo General del

Poder Judicial y désele la publicidad exigida por el artículo 159.2 de la Ley Orgánica

del Poder Judicial, 26 d) del Reglamento de los Aspectos accesorios de las

actuaciones judiciales, y 12.6 del Reglamento nº 1/2000, de 26 de julio, de los

"Órganos de gobierno de Tribunales". Líbrense los despachos correspondientes.

29º.- Aprobar en el Expediente Gubernativo nº 258/87, de conformidad

con lo previsto en los artículos 152 y 167 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 4 y 5

del Reglamento nº 1/2000, de 26 de julio, de los "Órganos de gobierno de

Tribunales", y 25 y siguientes del Reglamento nº 1/2005 de los “Aspectos accesorios

de las actuaciones judiciales”, de 15 de septiembre de 2005 la modificación de las

“Normas de reparto”, propuesta por la Junta de Jueces de Primera Instancia e

Instrucción de Alcoi (Alicante) en sesión de fecha 15 de junio de 2016 con el

siguiente contenido:

“Creación de una nueva norma de reparto civil del tenor siguiente:

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DE 29 DE JUNIO DE 2016

12

Las demandas sobre concursos de personas físicas no empresarias serán turnadas

aleatoriamente a los Juzgados de Primera Instancia del partido por el sistema

informático de Decanato no siendo aplicable exención alguna en relación a esta

materia a ninguno de los juzgados correspondientes”

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese al Consejo General del

Poder Judicial y désele la publicidad exigida por el artículo 159.2 de la Ley Orgánica

del Poder Judicial, 26 d) del Reglamento de los Aspectos accesorios de las

actuaciones judiciales, y 12.6 del Reglamento nº 1/2000, de 26 de julio, de los

"Órganos de gobierno de Tribunales". Líbrense los despachos correspondientes.

30º.- Aprobar en el Expediente Gubernativo nº 1024/89-bis 1, de

conformidad con lo previsto en los artículos 152 y 167 de la Ley Orgánica del Poder

Judicial, 4 y 5 del Reglamento nº 1/2000, de 26 de julio, de los "Órganos de

gobierno de Tribunales", y 25 y siguientes del Reglamento nº 1/2005 de los

“Aspectos accesorios de las actuaciones judiciales”, de 15 de septiembre de 2005 la

modificación de las “Normas de reparto”, propuesta por la Junta de Jueces de

Primera Instancia e Instrucción de Villena (Alicante) en sesión de fecha 6 de

mayo de 2016 y ampliación efectuada en sesión de fecha 14 de junio de 2016 con el

siguiente contenido:

“Incluir las clases de reparto:

119.- Concurso de personas físicas

120.- Demandas sobre acciones individuales a las condiciones generales de la

contratación

121.- Comunicaciones artículo 5 bis de la ley Concursal

El reparto de dichos asuntos se realizará de forma sucesiva, comenzando el turno

por el Juzgado nº 1 (y continuando por el nº 2, nº 3) y teniéndose en cuenta los ya

repartidos como Otros Contenciosos)”

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese al Consejo General del

Poder Judicial y désele la publicidad exigida por el artículo 159.2 de la Ley Orgánica

del Poder Judicial, 26 d) del Reglamento de los Aspectos accesorios de las

actuaciones judiciales, y 12.6 del Reglamento nº 1/2000, de 26 de julio, de los

"Órganos de gobierno de Tribunales". Líbrense los despachos correspondientes.

31º.- Aprobar en el Expediente Gubernativo nº 934/89, de conformidad

con lo previsto en los artículos 152 y 167 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 4 y 5

del Reglamento nº 1/2000, de 26 de julio, de los "Órganos de gobierno de

Tribunales", y 25 y siguientes del Reglamento nº 1/2005 de los “Aspectos accesorios

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de las actuaciones judiciales”, de 15 de septiembre de 2005 la modificación de las

“Normas de reparto”, propuesta por la Junta de Jueces de Primera Instancia e

Instrucción de Villajoyosa (Alicante) en sesión de fecha 17 de junio de 2016 con

el siguiente contenido:

“Incluir las clases de reparto:

119.- Concurso de personas físicas: MIXTO

o (Aleatorio Juzgados 1, 2 y 3)

o Directo (Juzgado que conozca de la clave 121)

120.- Demandas sobre acciones individuales a las condiciones generales de la

contratación: MIXTO

o (Aleatorio Juzgados 2 y 3 si es Juicio Ordinario)

o (Aleatorio Juzgados 1, 2 y 3 si es Juicio Verbal)

121.- Comunicaciones artículo 5 bis de la ley Concursal

o (Aleatorio Juzgados 1, 2 y 3)”

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese al Consejo General del

Poder Judicial y désele la publicidad exigida por el artículo 159.2 de la Ley Orgánica

del Poder Judicial, 26 d) del Reglamento de los Aspectos accesorios de las

actuaciones judiciales, y 12.6 del Reglamento nº 1/2000, de 26 de julio, de los

"Órganos de gobierno de Tribunales". Líbrense los despachos correspondientes.

32º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 935/89, de

los acuerdos adoptados por la Junta General de Jueces de los Juzgados de

Novelda, en su sesión de fecha 20 de junio de 2016, relativos al plan de reparto

ante la previsible creación de un Juzgado bis.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes

despachos.

33º.- Aprobar, en el Expediente Gubernativo nº 432/95, la propuesta

del Ilmo. Sr. D. Mariano Ferrando Marzal, Presidente de la Sala de lo Contencioso-

Administrativo de este Tribunal Superior de Justicia sobre constitución de la

Sección prevista en el artículo 86.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-administrativa del tenor siguiente:

I. El artículo 86.3 de la Ley 29/1.998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-administrativa establece, tras la reforma operada por la Disposición

Final 3ª de la Ley Orgánica 7/2015 de 21 de julio (BOE del 22 de julio de 2015) por

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la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del Poder Judicial, establece

lo siguiente:

"Las Sentencias que, siendo susceptibles de casación, hayan sido dictadas

por las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de

Justicia sólo serán recurribles ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del

Tribunal Supremo si el recurso pretende fundarse en infracción de normas de

Derecho estatal o de la Unión Europea que sea relevante y determinante del fallo

impugnado, siempre que hubieran sido invocadas oportunamente en el proceso o

consideradas por la Sala sentenciadora.

Cuando el recurso se fundare en infracción de normas emanadas de la

Comunidad Autónoma será competente una Sección de la Sala de lo Contencioso-

administrativo que tenga su sede en el Tribunal Superior de Justicia compuesta por

el Presidente de dicha Sala, que la presidirá, por el Presidente o Presidentes de las

demás Salas de lo Contencioso-administrativo y, en su caso, de las Secciones de las

mismas, en número no superior a dos, y por los Magistrados de la referida Sala o

Salas que fueran necesarios para completar un total de cinco miembros.

Si la Sala o Salas de lo Contencioso-administrativo tuvieran más de una

Sección, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia establecerá para cada

año judicial el turno con arreglo al cual los Presidentes de Sección ocuparán los

puestos de la regulada en este apartado. También lo establecerá entre todos los

Magistrados que presten servicio en la Sala o Salas".

II. Lo dispuesto en la citada norma entra en vigor, con arreglo a la

Disposición Final 10ª de la Ley Orgánica 7/2015 de 21 de julio, el próximo 22 de julio

de 2.016; y ello hace necesario que se adopte por la Sala de Gobierno con

anterioridad a dicha fecha Acuerdo relativo a la constitución de la Sección prevista en

la misma así como al establecimiento del turno conforme al que los Presidentes de

Sección y los Magistrados de la Sala ocuparán sus puestos.

Por todo lo expuesto se propone la adopción del siguiente Acuerdo:

Primero.

La Sección prevista en el artículo 86.3 de la Ley Reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-administrativa se constituye en la Sala de lo Contencioso-

administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de la

siguiente forma:

Presidente de la Sala

Dos Presidentes de Sección

Dos Magistrados.

Segundo.

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15

Los Presidentes de Sección formarán parte de dicha Sala durante un año

judicial y de forma sucesiva con arreglo al siguiente turno:

Presidentes de las Secciones Segunda y Tercera

Presidentes de las Secciones Cuarta y Quinta

Tercero.

Los Magistrados formarán parte de dicha Sala durante un año judicial

turnando en dichos puestos en años sucesivos conforme a su mayor antigüedad en el

orden escalafonal y en sentido descendente.

Cuarto.

Los Presidentes de Sección serán, en el caso de que sea necesario,

sustituidos por los Presidentes de Sección que no formen parte de la Sección prevista

en el artículo 86.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

con mayor antigüedad en el orden escalafonal y, de ser preciso, por los Magistrados

de mayor antigüedad en dicho orden de la Sección que presidan.

Quinto.

Los Magistrados serán, en el caso de que sea necesario, sustituidos por los

Magistrados que les sigan en antigüedad en el orden escalafonal que no formen parte

de la Sección.

Sexto:

La Letrada de la Administración de Justicia de la Sección Primera lo será

también de la Sección a que se refiere este Acuerdo.

Disposición final.

La Sección prevista en el artículo 86.3 de la Ley Reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-administrativo queda constituida, conforme a las citadas

normas, con efectos desde el 22 de julio de 2.016 y, sin perjuicio de las

modificaciones que puedan producirse por causa de la situación de los Magistrados

que la componen, durante lo que resta del año judicial 2.016, por los siguientes

Magistrados:

Presidente:

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Ilmo. Sr. Don Mariano-Miguel Ferrando Marzal

(como Presidente de la Sala)

Magistrados:

Ilma. Sra. Doña Alicia Millán Herrándis

(como Presidente de la Sección 2ª)

Ilmo. Sr. Don Luís Manglano Sada

(como Presidente de la Sección 3ª).

Ilmo. Sr. Don José Bellmont Mora

Ilmo. Sr. Don Juan Luís Lorente Almiñana

(como Magistrados más antiguos en el orden escalafonal de los que

componen la Sala).

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes

despachos.

34º.- Tomar conocimiento y aprobar, en el Expediente Gubernativo

número 118/16, el régimen de permanencias durante el periodo de vacaciones del

presente año 2016 propuesto por la Junta General de Jueces de los Juzgados de

Torrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 211 del Reglamento número

2/2011, de 28 de abril, de la “Carrera Judicial”, (BOE de 9 de mayo de 2011). El

precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la

Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

35º.- Tomar conocimiento y aprobar, en el Expediente Gubernativo

número 118/16, el régimen de permanencias durante el periodo de vacaciones del

presente año 2016 propuesto por la Junta General de Jueces de los Juzgados de

Ontinyent, de conformidad con lo previsto en el artículo 211 del Reglamento

número 2/2011, de 28 de abril, de la “Carrera Judicial”, (BOE de 9 de mayo de

2011). El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

36º.- Tomar conocimiento y aprobar, en el Expediente Gubernativo

número 118/16, el régimen de permanencias durante el periodo de vacaciones del

presente año 2016 propuesto por la Junta General de Jueces de los Juzgados de

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Benidorm, de conformidad con lo previsto en el artículo 211 del Reglamento

número 2/2011, de 28 de abril, de la “Carrera Judicial”, (BOE de 9 de mayo de

2011). El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

37º.- Tomar conocimiento y aprobar, en el Expediente Gubernativo

número 118/16, la ampliación del cuadro de vacaciones de los Juzgados de lo

Social de Alicante, de conformidad con lo previsto en el artículo 211 del

Reglamento número 2/2011, de 28 de abril, de la “Carrera Judicial”, (BOE de 9 de

mayo de 2011). El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros

de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

4.- Área Disciplinaria

(Sin Asuntos)

5.- Medidas de apoyo y Seguimiento

38º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 128/14, de

los acuerdos adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de los Juzgados de lo

Social de Castellón en su sesión de fecha 13 de junio de 2016, relativos a la

solicitud de continuidad de la medida de refuerzo tras el próximo cese del JED-JAD

de la 64ª promoción adscrito como refuerzo a los mencionados Juzgados, así como

implementación de medidas de refuerzo de la Oficina Judicial.

Tomar igualmente conocimiento del Informe de la Unidad Inspectora Social

del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial por el que se

informa desfavorablemente a la medida de refuerzo propuesta por esta Sala de

Gobierno consistente en la creación de una unidad judicial de apoyo para los

Juzgados de lo Social de Castellón.

Interesar del Ilmo. Sr. Decano de los Juzgados de Castellón informe cada 3 meses

sobre la situación y evolución de los mencionados Juzgados para, en su caso,

proponer y adoptar las medidas que se estimen pertinentes.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos necesarios.

39º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 147/13, de

la Junta Sectorial de Jueces de lo Penal de Torrevieja, en su sesión de fecha 6

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DE 29 DE JUNIO DE 2016

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de junio de 2016, así como del Acuerdo de fecha 9 de junio de 2016 de la Comisión

Permanente del Consejo General del Poder Judicial por el que se acuerda la creación

de una Unidad Judicial de Refuerzo para el Juzgado de lo Penal nº 2 de Orihuela

con sede en Torrevieja, del que se dará traslado al Ilmo. Sr. Decano de los

Juzgados de Torrevieja para su conocimiento y efectos oportunos.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos necesarios.

40º.-Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 120/14, del

Informe remitido por los jueces de los Juzgados de Elda en fecha 20 de octubre de

2015 relativo a la medida de refuerzo del partido judicial.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos necesarios.

41º.- En cumplimiento de lo acordado por la Comisión Permanente del

Consejo General del Poder Judicial en su reunión del día 2 de junio de 2016 tomar

conocimiento, en el Expediente Gubernativo número 136/14, de la distribución

de cometidos entre el Magistrado-Titular del Juzgado de Primera Instancia e

Instrucción número 2 de Sagunto y el Juez de refuerzo al mismo, del tenor

siguiente:

“D. Julián Ángel González Sánchez, asumirá las funciones jurisdiccionales del

Juzgado de Primera Instancia y en Instrucción, la celebración de Delitos Leves y/o

Juicios de Faltas

D. Héctor Ignacio Santamaría Ara, asumirá las funciones de Instrucción, en las que

se incluyen la macrocausa, así como las funciones de guardia.”

Comuníquese al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder

Judicial para su conocimiento y a los efectos oportunos.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Désele la publicidad exigida por el

artículo 159.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 26 d) del Reglamento de los

Aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, y 12.6 del Reglamento número

1/2000, de 26 de julio, de los "Órganos de gobierno de Tribunales". Líbrense los

despachos correspondientes.

42º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 132/13, del

Acuerdo del Ilmo. Sr. Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo

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DE 29 DE JUNIO DE 2016

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del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana fecha 23 de

junio de 2016.

Por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de

fecha 17 de marzo de 2016, se autorizó la prórroga de la comisión de servicio con

relevación de funciones a favor de D. Antonio López Tomás, magistrado titular del

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Valencia, para cubrir la plaza

vacante de especialista existente en la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este

Tribunal Superior de Justicia.

Por Acuerdo de 28 de enero de 2016 (BOE 11/02/2016) se convocó concurso

quedando vacante la plaza y, previendo que esta situación se mantenga a fecha de

finalización el próximo 25 de septiembre de 2016, de conformidad con lo solicitado,

se propone nueva prórroga de la comisión de servicios que actualmente desempeña

D. Antonio López Tomás.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

43º.- Tomar conocimiento de la comunicación del Consejo General del Poder

Judicial dando traslado a esta Sala de Gobierno del tenor literal del informe de fecha

17 de junio de 2016 emitido por el Ministerio de Justicia por el que no se autorizan

las medidas de refuerzo interesadas para el Juzgado de Primera Instancia nº 5

de Castellón, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de

Picassent y los Juzgados de Primera Instancia de Alicante, y comunicando, en

su consecuencia, el archivo de estas solicitudes.

Esta Sala de Gobierno quiere hacer constar que las medidas de refuerzo

solicitadas se han considerado necesarias para paliar las graves situaciones

derivadas del exceso de carga de trabajo que pesa sobre determinados órganos

judiciales así como la falta de creación de las unidades judiciales cuya constitución y

entrada en funcionamiento quedó suspendida por Real Decreto 876/2011, de 24 de

junio (BOE 25 de junio de 2011)

Llévese certificación a los Expedientes Gubernativos nº 127/14, 290/15

y 119/14.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Comuníquese.

44º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 136/13, de

los acuerdos adoptados por la Junta Sectorial de Jueces de los Juzgados de

lo Social de Valencia en su sesión de fecha 24 de junio de 2016, relativos al Plan

de Refuerzo de los mencionados Juzgados.

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En cuanto a la solicitud de nombramiento de un Juez/a de refuerzo tras el

próximo cese de la JED-JAT de la 64ª promoción: se atenderá la petición por la

Presidencia de este Tribunal Superior de Justicia en el momento en el que exista

disponibilidad de JAT o, en su caso, se adoptará otra medida.

Elevar al Consejo General del Poder Judicial solicitud de prórroga, por otro

período de seis meses de la medida de apoyo consistente en la concesión de

comisión de servicio con relevación de funciones a favor de Alberto Salto García,

titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Vinaroz, de Eva

Perelló Faubel, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de

Mislata y de Dª Begoña Tárrega Cervera, actualmente titular del Juzgado de

Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Xàtiva.

Es precisa la renovación de la medida que se solicita por las razones que se exponen

en la Junta de Jueces y que la Comisión de la Sala de Gobierno hace suyas.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes

despachos.

45º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo número

92/2016, y aprobar la distribución de cometidos entre los Magistrados-Titulares de

los Juzgados de lo Mercantil nº 1 y 2 de Alicante y el Juez de refuerzo adscrito a

los mismos, del tenor siguiente:

“El Juez de refuerzo asumirá la resolución de todos los procedimientos cuyo

contenido se ajuste a lo siguiente: competencia desleal como acción no subsidiaria

de las acciones de propiedad industrial; demandas de propiedad intelectual,

publicidad (artículo 86 ter. 2 a) LOPJ), transporte (artículo 86 ter.2b LOPJ), derecho

marítimo (artículo 86 ter. 2 c) LOPJ), condiciones generales de la contratación

(artículo 86 ter. 2 d) LOPJ), cuantas acciones de derecho societario se ejerciten salvo

las de acción social de responsabilidad contra el administrador (artículo 86 ter.2 a)

LOPJ), asuntos atribuidos a los Juzgados de Primera Instancia por el artículo 8 de la

Ley de Arbitraje cuando vengan referidas a materias propias de los Juzgados de lo

Mercantil (artículo 86 ter. 2 g) LOPJ) y ejecución de sentencias y resoluciones

judiciales extranjeras (artículo 86 ter.3 LOPJ)

Conocerá finalmente de todas las medidas cautelares, diligencias preliminares y

ejecuciones correspondientes a estas materias.

Los magistrados titulares conocerán de todos los concursos, incidentes y

procedimientos acumulados a los mismos por su vis atractiva (artículo 86 ter.1

LOPJ), de los procedimientos de propiedad industrial (artículo 86 ter.2 a) LOPJ), de

los recursos contra las resoluciones de la Dirección General de los Registros y del

Notariado (artículo 86 ter. 2 e) LOPJ), las demandas de acción social de

responsabilidad contra el administrador (artículo 86 ter. 2 a) LOPJ) y de los

procedimientos de defensa de la competencia (artículo 86 ter.2 f) LOPJ)

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Igualmente conocerán de todas las medidas cautelares, diligencias preliminares y

ejecuciones correspondientes a estas materias.

Comuníquese al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder

Judicial para su conocimiento y a los efectos oportunos.

En cuanto a la petición de un ordenador a fin de que el juez de refuerzo

pueda desempeñar su trabajo en sede judicial, dar traslado a la Dirección General de

Justicia, a fin de que, en el ámbito de sus competencias, adopte las resoluciones

oportunas para la dotación de los medios materiales necesarios.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Désele la publicidad exigida por el

artículo 159.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 26 d) del Reglamento de los

Aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, y 12.6 del Reglamento número

1/2000, de 26 de julio, de los "Órganos de gobierno de Tribunales". Líbrense los

despachos correspondientes.

46º.- A propuesta del Ilmo. Sr. D. Mariano Ferrando Marzal, quien ha actuado

como ponente, tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 131/14,

de la solicitud de fecha 19 de mayo de 2016 del Ilmo. Sr. Decano de los

Juzgados de Carlet de prórroga de la medida de apoyo consistente en la concesión

de comisión de servicio con relevación de funciones de Dª Laura Morell Aldana para

actuar en los mencionados Juzgados.

Estima esta Sala de Gobierno que no procede la continuación del refuerzo en

su día acordado, y ello por cuanto, a la vista de los datos obrantes en este Tribunal

Superior de Justicia, la situación de sobrecarga de trabajo se está regularizando,

agradeciendo a la Ilma. Sra. Dª Laura Cristina Morell Aldana el trabajo

desempeñado.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes

despachos.

47º.- A propuesta del Ilmo. Sr. D. José Francisco Lara Romero, quien ha

actuado como ponente, en el Expediente Gubernativo nº 132/14, tomar

conocimiento de los acuerdos adoptados por la Junta General de Jueces de los

Juzgados de Lliria en su sesión de fecha 3 de mayo de 2016, relativos a evolución

y efectividad de las medidas de refuerzo vigentes en los mencionados Juzgados.

La reciente memoria del TSJ de la Comunidad Valenciana destaca las características

propias del partido judicial de Lliria, la extensión territorial así como la

litigiosidad existente. Por ello, y teniendo en cuenta tales circunstancias recoge

como necesidades en relación a la planta judicial las de la puesta en marcha efectiva

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del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 7 (cuya constitución quedó sin efecto

BOE 25/06/2011) y de un Juzgado número ocho.

En el indicado informe, se recogían las peticiones formuladas por la Ilma. Sra.

Decana de los Juzgados de LLíria, en el sentido de que solicitaba que la media de

adscripción de dos jueces de refuerzo se mantuviera, junto a la puesta en

funcionamiento de los Juzgados cuya creación se estimaban necesarios (3 más).

A pesar del alto nivel de resolución de los Juzgados civiles, seguían en trámite a

finales del año 2015 un número importante de asuntos. El trabajo desarrollado por

los JED-JAT, se ha centrado principalmente en materia civil.

Según el informe de los Letrados de la Administración de Justicia, que recogen los

jueces de Lliria, en la Junta de Jueces de 3 de mayo de 2016, durante el trimestre a

que hacen referencia, se han dictado (salvo e u o) por las dos Juezas de refuerzo:

En el caso de la Ilma. Sra. Dª. Jessica Tortosa Aparicio un total de 48

sentencias civiles, y 17 autos, más unas 21 sentencias penales.

En el caso de la Ilma. Sra. Dª. Rosa María de las Mercedes Moya Alcañiz

fueron un total de 50 sentencias civiles, más 14 autos.

La medida por tanto ha contribuido a dar en parte respuesta a las

necesidades de los Juzgados de primera Instancia e instrucción permitiendo

centrarse en las causas penales, por la revisión de causas y la brevedad de los plazos

de instrucción establecidos.

Se propone por tanto el mantenimiento de la medida, que está dando buenos

resultados, dado el esfuerzo de los implicados.

Por la Excma. Sra. Presidenta se tomará en consideración cuando exista

disponibilidad de JATs.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la

Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes

despachos.

48º.- Trasladar, según propuesta del Ilmo. Sr. Don Vicente Magro Servet,

quien actúa como ponente en el Expediente Gubernativo nº 15/16 (Alarde nº

18/2016), y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 127 del Reglamento

número 2/2011, de 28 de abril, de la “Carrera Judicial”, (BOE de 9 de mayo de 2011,

al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial el Alarde relativo a la

actuación de Doña Olga Segrelles Cano, Juez sustituta del Juzgado de Primera

Instancia nº 1 de Torrevieja (Alicante), al cesar en el mismo el día 26 de abril

de 2016 y del que se hizo cargo el día 26 de octubre de 2015. Visto el contenido del

alarde no existen sentencias pendientes existiendo un importante volumen de

procedimientos de ejecución de título judicial en trámite (1818) ejecución hipotecaria

(630) y monitorios (883) El presente Acuerdo se adopta por unanimidad de los

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miembros de la Comisión de la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los

correspondientes despachos.

49º.- Trasladar, según propuesta del Ilmo. Sr. Don Pedro Viguer Soler, quien

actúa como ponente en el Expediente Gubernativo nº 15/16 (Alarde nº

19/2016), y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 127 del Reglamento

número 2/2011, de 28 de abril, de la “Carrera Judicial”, (BOE de 9 de mayo de 2011,

al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial el Alarde

confeccionado por Doña Begoña Tárrega Cervera, Juez del Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción nº 1 de Villajoyosa (Alicante), al cesar en el mismo el

día 8 de abril de 2016 y del que se hizo cargo el día 9 de marzo de 2012, con

especial atención al informe que en el mismo se contiene.

Asímismo, dadas las necesidades de medios personales, tomando en

consideración los cambios de personal y bajas de funcionarios que padece el órgano,

dese traslado a la Dirección General de Justicia a fin de que se adopten las medidas

necesarias para la estabilidad de la plantilla.

Fórmese Expediente Gubernativo nº 158/16, para el seguimiento del mencionado

Juzgado, debiendo el Titular y Letrado de la Administración de Justicia informar cada

tres meses sobre la evolución del órgano.

El presente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la

Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes despachos.

50º.- Trasladar, según propuesta del Ilmo. Sr. Don Fernando de Rosa Torner,

quien actúa como ponente en el Expediente Gubernativo nº 15/16 (Alarde nº

17/2016), y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 127 del Reglamento

número 2/2011, de 28 de abril, de la “Carrera Judicial”, (BOE de 9 de mayo de 2011,

al Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial el Alarde

confeccionado por Don Gonzalo Barra Pla, Juez del Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo nº 8 de Valencia, al cesar en el mismo el día 21 de marzo de 2016

y del que se hizo cargo el día 2 de julio de 2014, sin hacer observación alguna. El

presente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de la

Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los correspondientes despachos.

6.- Asuntos Varios

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51º.- Tomar conocimiento en el Expediente Gubernativo número 3/16, de

la solicitud del Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Valencia

relativa a la utilización del Salón de Actos de la Ciudad de la Justicia de Valencia para

la celebración de Actos Institucionales.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

52º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 149/16, del

escrito remitido por un particular exponiendo diversos problemas a los que se

enfrentan las personas que son designadas miembros de los jurados populares, y

dese traslado del mismo al Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia Provincial de Valencia

para su conocimiento y efectos oportunos.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.

53º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo número 296/15

de la propuesta de la Dirección General de Justicia relativa al Plan de Refuerzos de

los Órganos Judiciales en la Comunidad Valenciana para el segundo semestre

de 2016.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos necesarios.

54º.- De conformidad con lo interesado por el Consejo General del Poder

Judicial, efectuada que ha sido la correspondiente oferta, de entre los tutores

propuestos para las prácticas de la promoción 67ª, esta Sala de Gobierno, en

Expediente Gubernativo nº 147/16, propone para el cargo de Coordinador

Territorial para la Escuela Judicial a D. Francisco de Asís Silla Sánchis.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos necesarios.

55º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 152/16, del

Acuerdo del Ilmo. Sr. Decano de los Juzgados de Carlet de fecha 7 de junio de

2016 relativo a la propuesta de creación de un Punto de Encuentro Familiar (PEF)

que atienda adecuadamente las necesidades propias del partido judicial, y de la

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documentación adjunta y dese traslado a la Dirección General de Justicia de la

Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades

Públicas de la Generalitat Valenciana a fin de que, en el ámbito de sus competencias,

adopte las resoluciones que procedan para satisfacer la petición que se formula.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos necesarios.

56º.- Efectuada que ha sido la correspondiente oferta pública, de conformidad

con lo acordado por esta Sala de Gobierno en su sesión de fecha 11 de mayo de

2016 (Acuerdo nº 15), en Expediente Gubernativo nº 126/16, elevar al Consejo

General del Poder Judicial propuesta de concesión de comisión de servicio con

relevación de funciones a D. José Ignacio Chirivella Garrido, titular del

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Valencia, para sustituir a Dª Belén

Castelló Checa, magistrada de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este

Tribunal Superior de Justicia, por un plazo de seis meses o hasta la

reincorporación de la titular. Asimismo y subsidiariamente a Doña Laura Alabau

Martí titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Valencia.

La propuesta se efectúa atendiendo al mejor puesto escalafonal de los

propuestos y especialidad jurisdiccional.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos necesarios.

57º.- Ratificar, en el Expediente Gubernativo nº 151/16, el Acuerdo de la

presidencia de fecha 23 de junio de 2016 por el que se acuerda prorrogar la

jurisdicción del Ilmo. Sr. D. José Ricardo García Pérez, Decano de los Juzgados

de Benidorm, titular del Juzgado de lo Penal nº 2 de Benidorm, para ejercer las

funciones de Juez Decano de carácter urgente en el Partido Judicial de Villajoyosa

hasta la toma de posesión de la Juez titular destinada al Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción nº 1 de Villajoyosa.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos necesarios.

58º.- Tomar conocimiento, en el Expediente Gubernativo nº 49/11, del

Acuerdo de la Presidencia de fecha 24 de junio de 2016, por el que se acuerda

adscribir al Juez de Adscripción Territorial de la Provincia de Alicante, D. Eduardo

Serrano Talán, como refuerzo a los Juzgados de lo Mercantil nº 1 y 2 de Alicante.

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El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos necesarios.

59º.- A propuesta del Ilmo. Sr. D. Mariano Ferrando Marzal, quien ha actuado

como ponente, tomar conocimiento del Informe de fecha 15 de abril de 2016

evacuado por la Encarga del Registro Civil de Gandia y ampliación al mismo de fecha

18 de abril de 2016, con destino al Expediente Gubernativo nº 93/16, abierto en

virtud de escrito de fecha 8 de marzo de 2016 presentado por la Directora General

de Servicios Sociales y personas en situación de dependencia, en relación con los

hechos ocurridos en el mencionado Registro Civil en relación con la inscripción de

nacimiento de una menor y, a la vista del mismo, archivar sin más trámite el

Expediente referenciado.

No obstante, la Sala de Gobierno estima conveniente que por la Encargada

del Registro Civil de Gandia y por el Letrado de la Administración de Justicia se

extremen las medidas necesarias para evitar que situaciones como la ocurrida se

reproduzcan.

El precedente Acuerdo se adopta por unanimidad de los miembros de la Comisión de

la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos necesarios.

Se acuerda la publicidad de los presentes Acuerdos adoptados por la Sala de Gobierno

a excepción de los declarados reservados.

Y no habiendo otros asuntos que tratar la Excma. Sra. Presidenta da por finalizada la

sesión.

Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de

julio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, “contra los actos de las Salas de

Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada

ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión,

en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, siempre que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 107 de

la misma Ley, lo permita la naturaleza de dichos actos” disponiendo el artículo 115.1 de

la citada Ley 30/92 que “el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un

mes, si el acto fuera expreso”.

De todo ello extiendo la presente Acta, que leída y hallada conforme es

aprobada y firmada por la Excma. Sra. Presidenta, quien ordena remitir una copia de la

misma al Consejo General del Poder Judicial a los efectos previstos en el artículo 12.5

del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, "De los órganos de gobierno de Tribunales".

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