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7. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE 7.1. La naturaleza del impuesto. 7.2. Novedades normativas para el año 2009. 7.3. Tipos impositivos, recaudación y matriculación de turismos en la Unión Europea. 7.3.1. Los tipos aplicados en España. 7.3.2. Los tipos aplicados en la Unión Europea. 7.3.3. Los ingresos fiscales del sector de automoción en la Unión Europea. 7.3.4. Las matriculaciones de turismos en la Unión Europea. 7.4. Recaudación obtenida. 7.4.1. Recaudación líquida. 7.4.2. Distribución de las autoliquidaciones. 7.4.3. Declaraciones de no sujeción y exención del impuesto. 7.4.4. Devoluciones del impuesto. 7.5. El parque de vehículos automóviles. 7.6. Evolución de la matriculación de vehículos automóviles. 7.7. Análisis de las tasas de variación de la recaudación. 7.7.1. Factores causantes de las variaciones. 7.7.2. Estructura de los vehículos matriculados. 7.7.3. Determinación de las bases medias imponibles. 7.7.4. Cuotas asociadas a las estructuras de matriculación. 7.7.5. Estructura anual de matriculación. Bases imponibles y tipos impositivos medios anuales. 7.7.6. La variación inducida por las modificaciones de tipos impositivos. 7.7.7. La variación inducida por las modificaciones en los precios de venta de los automóviles matriculados. 7.7.8. La variación inducida por las deducciones practicadas en las cuotas íntegras. 7.7.9. La variación del porcentaje de las cuotas asociadas a los automóviles matriculados sobre las relativas al total de medios de transporte. 7.7.10. La variación de la recaudación debida al número de automóviles matriculados.

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7 . I M P U E S T O E S P E C I A L S O B R E D E T E R M I N A D O S M E D I O S D E T R A N S P O R T E

7.1. La naturaleza del impuesto.

7.2. Novedades normativas para el año 2009.

7.3. Tipos impositivos, recaudación y matriculación de turismos en la Unión Europea.

7.3.1. Los tipos aplicados en España.

7.3.2. Los tipos aplicados en la Unión Europea.

7.3.3. Los ingresos fiscales del sector de automoción en la Unión Europea.

7.3.4. Las matriculaciones de turismos en la Unión Europea.

7.4. Recaudación obtenida.

7.4.1. Recaudación líquida.

7.4.2. Distribución de las autoliquidaciones.

7.4.3. Declaraciones de no sujeción y exención del impuesto.

7.4.4. Devoluciones del impuesto.

7.5. El parque de vehículos automóviles.

7.6. Evolución de la matriculación de vehículos automóviles.

7.7. Análisis de las tasas de variación de la recaudación.

7.7.1. Factores causantes de las variaciones.

7.7.2. Estructura de los vehículos matriculados.

7.7.3. Determinación de las bases medias imponibles.

7.7.4. Cuotas asociadas a las estructuras de matriculación.

7.7.5. Estructura anual de matriculación. Bases imponibles y tipos impositivos medios anuales.

7.7.6. La variación inducida por las modificaciones de tipos impositivos.

7.7.7. La variación inducida por las modificaciones en los precios de venta de los automóviles matriculados.

7.7.8. La variación inducida por las deducciones practicadas en las cuotas íntegras.

7.7.9. La variación del porcentaje de las cuotas asociadas a los automóviles matriculados sobre las relativas al total de medios de transporte.

7.7.10. La variación de la recaudación debida al número de automóviles matriculados.

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7.7.11. La variación inducida por las modificaciones en la estructura de los automóviles matriculados.

7.7.12. Resumen de los factores que han influido en las variaciones en la recaudación.

7.8. Rendimiento recaudatorio de la matriculación de vehículos.

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

7. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE.

7.1. La naturaleza del impuesto.

Este impuesto ha sido introducido por la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, dentro del grupo de los impuestos especiales, con el fin de compensar la pérdida recaudatoria producida por la supresión del tipo incrementado del IVA, existente hasta la fecha de entrada en vigor de esta Ley.

El Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT) queda fuera del ámbito de los impuestos especiales armonizados (coincidentes con los que en España se denominan impuestos especiales de fabricación), pero cuyo establecimiento se autoriza por la Directiva armonizadora 92/12/CEE, toda vez que su exacción no origina la realización de controles con ocasión de la circulación intracomunitaria de bienes.

El hecho imponible del impuesto lo constituye, básicamente, la primera matriculación en España de medios de transporte, aplicándose un tipo impositivo, en la Península y Baleares, igual a la diferencia entre el 28% que se aplicaba anteriormente por IVA y el tipo normal de IVA aplicable en cada ejercicio, sobre la misma base que la empleada para la liquidación del IVA. De esta forma, la recaudación por este nuevo impuesto viene a compensar, exactamente, la pérdida recaudatoria que supone haber dejado de aplicar un tipo incrementado por IVA.

7.2. Novedades normativas para el año 2009.

La Ley 4/2008, de 23 de diciembre (B.O.E. del 25), por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual en el IVA y se introducen modificaciones en la normativa tributaria, entre otras, en la Ley 38 de Impuestos Especiales: el punto 4 del artículo 65.1.a) queda redactado del siguiente modo: “los ciclomotores de dos o tres ruedas y los cuadriciclos ligeros”; se añade un nuevo apartado 5 al artículo 66 “Exenciones, devoluciones y reducciones” referente a una reducción del 30% de su importe respecto a los vehículos definidos como autocaravanas y vehículos acondicionados para ser utilizados como vivienda. También se modifica el párrafo b) del artículo 69 y los apartados 1 y 2 del artículo 70.

La Ley 11/2009, de 26 de octubre (B.O.E. del 27), por la que se regulan las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario. En su disposición final octava modifica el apartado 1 del artículo 70 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, en lo que hace referencia a los tipos impositivos de los epígrafes 6º a 9º correspondientes a características de emisiones oficiales de CO2 de motocicletas.

El Real Decreto-Ley 7/2009, de 22 de mayo (B.O.E. del 23), de concesión de un crédito extraordinario al Presupuesto del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para ayuda a la adquisición de vehículos y la renovación del parque de vehículos Plan 2000 E, por importe de 100 millones de euros en su tramo estatal.

El Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo (B.O.E. del 23), por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos, Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehículos.

Este Plan 2000 E, no compatible con el anterior Plan VIVE, supone una subvención total para la adquisición de vehículos de las categorías M1(Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de viajeros, con emisiones no superiores a 149 g/km) y N1 (Vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, con emisiones no superiores a 160g/km, para el transporte de mercancías), en sustitución de otro que se destine al achatarramiento, de 2.000 euros (500 euros de MITYC, otros 500 euros o una cantidad mayor de las CC.AA. que voluntariamente decidan su adhesión al Plan y los otros 1.000 que serán aportados por los

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fabricantes o importadores del vehículo adquirido). El precio de adquisición del vehículo nuevo o usado de hasta cinco años de antigüedad no deberá superar los 30.000 euros.

El Real Decreto 1081/2009, de 3 de julio (B.O.E. del 8), por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de ciclomotores y motocicletas, Plan MOTO-E de apoyo a la renovación del parque de vehículos de dos ruedas. La cuantía máxima asignable por parte del presupuesto de gastos del MITYC al presente régimen de ayudas será de 9 millones de euros.

Se establecen tres tramos para la cuantía individual de la ayuda dependiendo del vehículo a adquirir. Así, para Ciclomotores: 75 euros condicionados a la aportación de una ayuda de 150 euros por el fabricante o importador del vehículo adquirido; Motocicletas de hasta 250 c.c.: 150 euros condicionados a una ayuda de 350 euros por el fabricante o importador y para motocicletas de más de 250 c.c. condicionados a una ayuda de 500 euros. Adicionalmente, la CC.AA. que voluntariamente decidan su adhesión al Plan, podrán formalizar sus aportaciones en el marco de los correspondientes convenios que se establezcan.

El Real Decreto 1667/2009, de 6 de noviembre (B.O.E. del 7), por el que se modifica el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos, Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehículos, y se amplía el número máximo de vehículos a financiar en 80.000 vehículos adicionales. El presupuesto destinado a ello será de 40 millones de euros.

El Real Decreto 2031/2009, de 30 de diciembre (B.O.E. del 8 de enero), por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos, Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehículos durante el año 2010.

La Orden EHA/3476/2009, de 17 de diciembre (B.O.E. del 26), por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

La Orden EHA/3496/2009, de 17 de diciembre (B.O.E. del 26), por la que se aprueba el modelo 568 de solicitud de devolución por reventa y envío de medios de transporte fuera del territorio, el lugar, forma y plazo de presentación y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática por internet y se modifica la Orden EHA/1981/2005, de 21 de junio, por la que se aprueba el modelo 576 de declaración-liquidación de IEDMT, el modelo 06 de declaración del IEDMT, exenciones y no sujeciones sin reconocimiento previo, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por internet de las declaraciones correspondientes al modelo 576 y se modifica la Orden de 30 de septiembre de 1999, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de las declaraciones-liquidaciones correspondientes a los modelos 110,130,300 y 330.

7.3. Tipos impositivos, recaudación y matriculación de turismos en la Unión Europea.

7.3.1. Los tipos aplicados en España.

En España, el artículo 43 de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31), por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifica la Ley 38/1992, de 28 de diciembre de 1992, determina el alcance de las competencias normativas que pueden asumir, entre otras las del IEDMT y establece las bandas sobre el tipo de gravamen que podrán adoptar y que hasta el año 2007, han sido las siguientes:

- en el caso de las Comunidades Autónomas de la Península y Baleares, el tipo impositivo que puede aplicarse se sitúa entre el 7 y el 7,7% para turismos de cilindrada inferior a 1.600 c.c. equipados con motor de gasolina o de cilindrada inferior a 2.000 c.c. si están equipados con motor diesel; para el resto de medios de transporte la banda se sitúa entre el 12 y el 13,2%.

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- en Canarias estos mismos tipos se sitúan entre el 6% y el 6,60% para el primer caso y el 11% y el 12,1% para el segundo.

Si las Comunidades no hubiesen aprobado tipo alguno, como ha sucedido hasta ahora, se aplican los tipos generales: 7% para vehículos automóviles de turismo de cilindrada inferior a 1.600 c.c., si están equipados con motor de gasolina, o de cilindrada inferior a 2.000 c.c., si están equipados con motor diesel, 12% para el resto de medios de transporte.

Asimismo, establece las bandas a aplicar para el caso de medios de transporte cuya primera matriculación definitiva haya tenido lugar en Ceuta y Melilla y sean objeto de importación definitiva en la Península y Baleares dentro, bien del segundo año siguiente a la primera matriculación definitiva, en cuyo caso las bandas oscilan entre el 5 y el 5,5% para la primera categoría de vehículos y entre el 8 y el 8,8% para el resto de vehículos que, en Canarias se fijan entre el 4 y el 4,4% y entre el 7,5 y el 8,25%, o bien, cuando dicha matriculación definitiva tenga lugar en la Península, Baleares o Canarias dentro del tercer y cuarto año siguientes a la primera matriculación definitiva, en cuyo caso las bandas se establecen entre el 3% y el 3,3% para la primera categoría de vehículos y entre el 5 y el 5,5% para el resto de vehículos.

En 2008, con la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008, se reestructura el Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte y a partir de 1 de enero entra en vigor la nueva fiscalidad sobre los vehículos vinculando los diferentes tipos impositivos a las emisiones de CO2 de los mismos. Así, los vehículos cuyas emisiones oficiales no sean superiores a 120 gramos de CO2 por kilómetro se les aplica un tipo del cero por ciento, los que emitan entre 120 y 160 gramos de CO2 les corresponde un tipo del 4,75%, para los que emitan entre 160 y 200 gramos se les aplicará el 9,75% y, por último, los de más de 200 gramos tendrán un tipo del 14,75%. Además, se aplica un tipo del 12%/11% a aquellos vehículos que se encuentren sin catalogar sus emisiones de CO2, a embarcaciones y buques de recreo o de deportes náuticos, con excepción de las motos náuticas, a aviones, avionetas y demás aeronaves. En Canarias tendrán efecto los mismos intervalos de emisión que para Península y Baleares, aunque los tipos serán un punto porcentual inferiores.

7.3.2. Los tipos aplicados en la Unión Europea.

Dado que el IEDMT no entra a formar parte de los impuestos especiales armonizados de la UE, la Comisión no establece unos tipos impositivos mínimos en este caso para los Estados miembros de la UE, por lo que cada Estado ha optado por imponer el tipo que ha considerado o no establecer ninguno. A falta de datos de la Comisión y con el fin de tener un referente con el resto de Estados miembros, se ha optado por recoger los datos de la Asociación de Constructores Europeos de Automóviles (ACEA), a partir de los cuales se han elaborado el cuadro número 7.3.1 y gráfico números 7.3.1 sobre la fiscalidad que grava la adquisición de automóviles en los Estados miembros de la Unión Europea, expresada como porcentaje del precio neto (base imponible) del vehículo tipo. Esta relación contempla la última ampliación de la UE a los 10 nuevos países incorporados desde el 1 de mayo de 2004 y, a la más reciente, de 2007, que incluye a Bulgaria y Rumanía.

Se han distinguido dos categorías de vehículos automóviles: una inferior correspondiente a vehículos de 1.501 c.c. y otra superior de vehículos de 2.001 c.c., con el fin de recoger los dos tipos impositivos generales que se aplicaban en España en 2007 y algún otro Estado miembro a las mismas, y referenciar así el porcentaje aplicado al precio neto medio del vehículo que viene a constituir la base imponible del impuesto. En España, desde 2008, y algunos otros Estados de la UE, se aplican tipos diferenciados en función de las emisiones de CO2, o un tipo mixto con la potencia de motorización, en cuyo caso se ha indicado en la segunda columna del cuadro 7.3.1.

Del análisis del cuadro, puede apreciarse que la existencia de impuestos distintos del IVA que gravan la adquisición de automóviles es la regla y no la excepción en la Unión Europea. Efectivamente, dieciséis Estados aplican estos impuestos y nueve no lo hacen.

Austria aplica un tipo impositivo basado en el consumo:

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Cuadro nº 7.3.1

Bélgica Basado en cc+edad. CO2 (Valonia) 21,0 1,0 22,0 21,0 4,0 25,0

Bulgaria Basado en consumo. Max 16% 20,0 0,0 20,0 20,0 0,0 20,0

Chipre Basado en cc+CO2. 2.000cc = 4.000 CYP.30% reducción <120 g y 20% incremento para >250 g/km

15,0 14,3 29,3 15,0 20,0 35,0

Rep. Checa No 19,0 0,0 19,0 20,0 0,0 20,0

Dinamarca (1) 105% hasta 76.400 DKK y 180% para el resto 25,0 117,0 142,0 25,0 170,0 195,0

Alemania No 19,0 0,0 19,0 19,0 0,0 19,0

Grecia Basado en cc+CO2. 2.000cc = 40% 18,0 26,0 44,0 21,0 40,0 61,0

España CO2. Desde 0% hasta 120g a 14,75% (sobre 200 g/km) 16,0 4,8 20,8 16,0 9,8 25,8

Estonia No 18,0 0,0 18,0 20,0 0,0 20,0

Francia CO2. Desde 200€ (156 a 165 g) a 2.600€ (sobre 245 g/km) 19,6 0,0 19,6 19,6 3,4 23,0

Hungría CO2. 960.000 HUF para 2.000 cc 25,0 11,0 36,0 25,0 19,0 44,0

Irlanda Max 30%>1.900cc. CO2 desde julio (Max 36%) 21,0 36,6 57,6 21,0 36,0 57,0

Italia IPT 150,81€ +130,0€. Incentivos en 2009 a bajo CO2 20,0 0,0 20,0 20,0 3,0 23,0

Letonia CO2. Desde 0,3 LVL/g para emisiones 120 gó menos a 5LVL/g para emisiones de >350 g

18,0 1,0 19,0 18,0 2,0 20,0

Lituania No 18,0 0,0 18,0 21,0 0,0 21,0

Luxemburgo CO2. Emisiones hasta 120 g 2.500 euros por coche viejo >10 añosó 1.500 euros entre 120 g y 150 g

15,0 0,0 15,0 15,0 0,0 15,0

Malta Basado en cc. 65% para 2.000 cc 18,0 60,0 78,0 18,0 75,0 93,0

Holanda Basado en precio+CO2 42,3%-1442(gasolina)/+307(diesel) 19,0 27,5 46,5 19,0 36,0 55,0

Austria Consumo combustible. Max 16% + bonus/penalización(<120 g un máximo bonus de 300 Euros, >160g penalización de 25€/g)

20,0 8,0 28,0 20,0 10,0 30,0

Polonia Basado en cc. 3,1% para 2.000 cc 22,0 3,1 25,1 22,0 3,1 25,0

Portugal Basado en cc+CO2 172 g = (122€*172)-14.350€ (diesel) 20,0 33,0 53,0 20,0 37,0 57,0

Rumania Basado en cc+CO2 700€ para 2.000 cc 19,0 1,5 20,5 19,0 3,5 22,5

Eslovaquia No 19,0 0,0 19,0 19,0 0,0 19,0

Eslovenia Basado en el precio: 1 al 13% 20,0 3,5 23,5 20,0 9,0 29,0

Finlandia (2) CO2. Desde 12,2% 60 gr o menos a 48,8% 360 gr o más 22,0 31,0 53,0 22,0 42,0 64,0

Suecia No 25,0 0,0 25,0 25,0 0,0 25,0

Reino Unido No 17,5 0,0 17,5 17,5 0,0 17,5

MEDIA UE (*) 19,2 3,5 22,7 19,2 6,0 25,3

Fuente: ACEA. "Tax Guide" Motor Vehicle Taxation UE(1) Para vehiculos >2.000 c.c.: 156%-240%. (2) Para vehiculos >2.000 c.c.: 34,2%-70,8%.(*) Ponderado por las matriculaciones totales de cada Estado.

Otros (%)

Total (%)

IVA(%)

FISCALIDAD SOBRE EL AUTOMOVIL EN LA UNIÓN EUROPEA(Impuestos sobre la adquisición y/o matriculación expresados

como porcentajes del precio neto del vehículo)

Vehículos de 2.001 c.c.Vehículos de 1.501 c.c.

Otros (%)

Total(%)

Impuesto MatriculaciónPaís IVA(%)

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- Vehículos gasolina: 2% del precio de compra x (consumo carburante (litros) - 3 litros).

- Vehículo diesel: 2% del precio de compra x (consumo carburante (litros) - 2 litros).

Además, aplica un sistema de bonificación-penalización en función de las emisiones de CO2: para las inferiores a 120g/km tiene una bonificación máxima de 300 euros; para las superiores a 160 g/km paga una penalización de 25 euros por cada gramo emitido de más de 160 g/km. Además, en el caso de vehículos diesel se penalizan las emisiones de NOX.

Bélgica aplica un tipo basado en las emisiones de CO2: Un incentivo en la compra de vehículos por particulares cuando sean inferiores a 115 g/km, que suponen una reducción en el precio facturado:

-Vehículos con emisiones inferiores a 105 g/km: 15% del precio de compra, con un máximo de 4.540 euros;

- Vehículos con emisiones entre 105 y 115 g/km: 3% del precio compra, con un máximo de 850 euros.

La tasa para vehículos de empresas también está basada en las emisiones de CO2.

Bulgaria aplica un tipo basado en la cilindrada en el caso de ciclomotores y en la potencia en HP para el caso de turismos; en este último caso para <50 HP: 0,25 levas/HP; 51-75 HP: 0,30 levas/HP; 76-100 HP: 0,40 levas/HP; 101-150 HP: 0,80 levas/HP y >150 HP: 0,9 levas/HP. Un euro en el año 2009 cotizaba a 1,9558 levas.

Chipre aplica un tipo basado en la cilindrada y en las emisiones de CO2 (p. ej. para turismos con cilindradas entre 1.451-1.650 c.c, 0,86 libras CYP. por c.c.; entre 1.651-2.050 c.c. aplica 2,86 libras CYP/c.c., con reducciones del 15% para vehículos que emiten menos de 150 g CO2 por km e incrementos del 10% para capacidades que excedan de 2.250 c.c. que emiten más de 275 g CO2 por km). Un euro, desde el 1 enero del año 2008, cotiza a 0,5853 libras chipriotas.

Los tipos del impuesto de matriculación, como se ha visto, están ajustados de acuerdo con las emisiones, cuyo rango va desde una reducción del 30% para las inferiores a 120 g/km a un incremento de un 20% para las superiores a 250g/km.

Dinamarca es el Estado que aplica tipos más elevados: un 105% del precio neto hasta 62.700 coronas (1euro = 7,4462 coronas) y el 180% sobre el resto. Para un turismo de 1.501 c.c. viene a resultar un tipo del 153% y para uno de 2.001 c.c. del 173 por 100.

Tienen, además, una subvención de 4 coronas por cada km de más recorrido con un litro de carburante, a partir de 16 o 18 km, según se trate de vehículos de gasolina o diesel.

Grecia aplica tipos que oscilan entre el 5% y el 50%, diferenciados según cilindrada y certificado de emisiones de CO2 específicas del motor según la Directiva 98/69/EC. Se ha estimado un 26% para el caso del primer tipo y del 40% en el segundo.

Francia aplica un sistema de bonificación-penalización en función de las emisiones de CO2: para las de 125g/km o menos tiene una bonificación máxima de 5.000 euros. Existe un “super-bonus” de 700 euros (500 euros desde 1 de julio de 2010) cuando el turismo de antigüedad superior a 10 años es reemplazado por uno nuevo que emita un máximo de 155 g/km; para las emisiones superiores a 155 g/km tienen una penalización con un máximo de 2.600 euros para aquellos que alcancen los 245 g/km. Además de esta penalización se paga una tasa anual de 160 euros para aquellos que emitan más de 245 g/km.

Hungría desde el 1/02/2004, aplica tipos diferenciados según cilindrada y emisiones. 15 HUF/c.c. para cilindradas inferiores a 1.890 c.c. y 20 HUF para superiores. Además, la primera matriculación, desde el 1/02/2004, abona un tanto en función de la capacidad del motor y de las emisiones EU estándares. Euro = 251,51 florines húngaros.

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Irlanda aplica un 22,5% a turismos inferiores a 1,4 litros, un 25% en el caso de entre 1,4 y 1,9 litros y un 30% para más de 1,9 litros. Más unas cantidades fijas. Se ha estimado un tipo del 36,6% para la primera categoría y del 40% para la segunda. Desde el mes de julio de 2008, se aplica un tipo basado en las emisiones de CO2: varía desde un 14% para emisiones superiores a 120 g/km al 36% para las superiores a 225 g/km.

Letonia aplica tipos diferenciados según las emisiones de CO2: el rango va desde 0,3 LVL para emisiones de 120 g/km o menos a 5 LVL para emisiones de más de 350 g/km. Un euro = 0,7057 LVL en 2009.

Holanda aplica también tipos diferenciados según el precio y las emisiones de CO2: Tanto los vehículos diesel como los de otros combustibles que emitan un máximo de 95 g/km o 110 g/km están exentos del impuesto de matriculación. Los vehículos híbridos se benefician de una bonificación máxima de 6.400 euros hasta el 1/07/2010.

Aplica también tipos diferenciados a turismos que utilizan gasóleo (un 45,2% del precio neto más 328 euros) de los que usan gasolina (45,2% del precio neto menos 1.540 euros); La fórmula a aplicar sería 0,452 x precio neto (excluido IVA) + 328 / 1.540 euros; por ejemplo, para un vehículo diesel con un precio antes de impuesto de 13.749 euros: el IEDMT sería de (45,2% x 11.546) + 328 = 6.542 euros; el IVA sería de 19% x 11.546 = 2.612 y, por tanto el PVP (incluido impuestos) = 13.749 + 6.542 + 2.612 = 22.904 euros.

Malta aplica un tipo ad valorem mediante una fórmula función de la capacidad del motor del vehículo matriculado y la cantidad de emisiones de CO2; así, el intervalo oscila entre el 50,5% del precio total para un turismo de <1.300 c.c.; 53% entre 1.301 y 1.500 c.c.; 60% entre 1.501 y 1.800 c.c.; 65% entre 1.801 y 2.000 c.c. y, por último, un 75% para vehículos >2.000 c.c.

Portugal aplica tipos basados en la cilindrada y en las emisiones de CO2 desde 2008. Para cilindradas inferiores a 1.250 c.c. el impuesto a aplicar es IA = 3,74 x c.c. - 2.417,56; en el caso de cilindradas superiores a 1.250 c.c., el IA = 8,86 x c.c. - 8.813,22. Por ejemplo, para un turismo de 1.600 c.c., de acuerdo con la fórmula aplica 5.363 euros; para uno de 1.200 c.c. 2.070 euros (3,74 x 1.200 - 2.417,56). El componente de emisiones de CO2 es calculado de la siguiente forma:

- Vehículos de gasolina hasta 115 g/km pagan: (3,57 euros x g/km) - 335,58. En el caso de los diesel hasta 95 g/km pagan: (17,18 euros x g/km) - 1.364,61.

- Vehículos de gasolina que emitan más de 195 g/km: (127,03 euros x g/km) - 20.661,74 y para el caso de los diesel que emitan más de 160 g/km: (166,53 euros x g/km) - 20.761,61.

Rumanía, aplica tipos ad valorem en función del carburante y del precio de adquisición del vehículo matriculado y de las emisiones estándar UE de CO2 desde 2008: 700 euros para un vehículo de 2.000 c.c

Eslovenia, aplica tipos ad valorem en función del precio de adquisición del vehículo matriculado y vienen expresados, por tanto, como un porcentaje del precio neto del vehículo. Así, oscilan entre un tipo del 1% para un vehículo de menos de 1 millón SIT; 1,4% para un precio entre 1-1,4 millones; 2% para el intervalo de 1,4-1,8 millones; 3,5% para 1,8-2,4; 5% para el correspondiente entre 2,4 y 3 millones y, en el intervalo que podríamos considerar de gama alta, 7% entre 3 y 4 millones; 9% entre 4 y 5; 11% entre 5 y 6 y, finalmente, un 13% para aquellos vehículos de más de 6 millones de SIT. 1 euro = 239,64 SIT desde el 1 de enero de 2008.

Por último, Finlandia aplica un tipo del 31% del precio menos 650 euros para turismos a gasolina ó menos 450 euros en el caso de turismos diesel. Emisiones de CO2: desde 12,2% para uno que emita 60 gr o menos a 48,8% para 360 gramos o más.

Los demás Estados, no aplican nada más que el IVA.

Esta disparidad en los tipos impositivos aplicados dificulta la convergencia real entre países de la UE en los precios finales de los automóviles (llegan en ciertos casos hasta duplicarse), al margen de diferencias comparativas que se pueden encontrar, por ejemplo, en los altos precios que llegan a

7.8

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7.9

alcanzar en el Reino Unido como consecuencia de las sucesivas fluctuaciones que se han producido en las cotizaciones de la libra esterlina respecto del euro. En 2007 la Comisión Europea ha publicado un informe comparativo de precios antes de impuestos de turismos en los distintos países de la UE que viene a demostrar las grandes diferencias existentes para un mismo modelo y con referencia clara de los niveles de intervención en los mismos por parte de fabricantes. Así, se constata que los precios antes de impuestos generalmente bajos en Finlandia, Dinamarca y Grecia son una respuesta de los fabricantes a los elevados tipos impositivos en estos países, mientras que Reino Unido y Alemania suelen tener, en comparación, un precio antes de impuestos muy alto.

En las últimas columnas de cada una de los dos turismos tipo, se ha reflejado el impacto total de la fiscalidad, incluyendo el IVA.

El tipo medio en la UE se ha calculado ponderando los distintos tipos impositivos por las matriculaciones totales de cada Estado miembro, resultando un tipo impositivo por impuesto especial del 3,5%, porcentaje similar al de España para el primer caso y del 6%, 3,8 puntos inferior al de España en el segundo. No obstante, la fiscalidad total, incluyendo el IVA, resulta ser 1,9 puntos porcentuales superior en la UE para los vehículos de baja cilindrada y 0,5 puntos inferior en los turismos de cilindradas más altas, con los ejemplos tomados.

7.3.3. Los ingresos fiscales del sector de automoción en la Unión Europea.

A partir de los datos aportados por ACEA sobre imposición fiscal del sector de automoción en los distintos Estados miembros de la Unión Europea, se ha elaborado el cuadro número 7.3.2, relativo a los ingresos fiscales por cada uno de los conceptos impositivos vigentes en los mismos, de acuerdo con dicha información, en la que se incluye la totalidad de los impuestos sobre la adquisición y el uso del automóvil, excluyendo el impuesto sobre hidrocarburos. En el mismo figura, por un lado, los ingresos correspondientes al IVA, derivado tanto de la compra de vehículos nuevos y usados como de la reparación, mantenimiento, accesorios y recambios de los mismos, por otro, los ingresos, en el último año en el que se ha podido disponer de datos, relativos al Impuesto especial de matriculación, Impuesto de circulación/v.tracción mecánica, Impuesto sobre seguros y Otros impuestos.

En este análisis únicamente se ha podido disponer de los datos de los Estados miembros correspondientes a la anterior UE de los 15. A partir de los mismos se puede observar como España, en cuanto a ingresos por adquisición o matriculación de vehículos automóviles, ocupa el octavo lugar con el 5,2% de total recaudado, si bien el dato de España es del 2009, que contempla una drástica caída de las matriculaciones en la UE. Si se referenciaran todos los países al mismo año, España pasaría a un cuarto lugar, aunque siempre por detrás de países como Dinamarca que con un número de matriculaciones muy inferior mantienen unos tipos impositivos muy superiores a los de España, como ya se ha comentado. El dato que figura en el cuadro para Italia, en buena parte, corresponde al IPT, una tasa provincial de matriculación o transferencia aplicada tanto a vehículos nuevos como usados, que viene a suponer unos 150,81 euros como cantidad base, si bien la mayoría de las provincias aplican un recargo del 20% sobre ésta.

En cuanto al conjunto de ingresos por la total imposición sobre el automóvil, España se sitúa con el 5,2% de la total recaudación en el sexto lugar; por detrás, y con notable diferencia, de Alemania, Italia, Francia y Reino Unido, países, por otro lado, con un parque de vehículos así como de matriculaciones superior al de España, como a continuación se puede observar.

7.3.4. Las matriculaciones de turismos en la Unión Europea.

En el cuadro número 7.3.3 y gráfico número 7.3.2, se ha reflejado el número de turismos matriculados en cada uno de los Estados miembros de la UE en los cuatro últimos años, de los que se ha extraído la estructura con el fin de ponderar los tipos impositivos aplicados en cada Estado miembro y obtener así el tipo impositivo medio de la UE anteriormente analizado.

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.3.2

Vehículosnuevos

Vehículosusados

Reparaciones yneumáticos

Accesorios yrecambios Total

Bélgica (3) 1.431 81 1.637 905 4.054 358 1.401 462 589 6.864 4,11

Dinamarca (3) 3.259 1.291 281 4.831 2,89

Alemania (3) 19.100 2.200 4.470 1.330 27.100 8.840 3.570 1.240 40.750 24,38

Grecia (3) 721 115 843 996 1.839 1,10

España (4) 2.258 199 2.024 4.480 810 2.706 752 355 9.103 5,45

Francia (3) 7.184 586 5.416 13.186 1.888 1.296 3.933 1.435 21.738 13,01

Irlanda (3) 84 1.121 1.057 177 2.439 1,46

Italia (3) 18.460 1.230 6.470 4.230 4.600 34.990 20,94

Holanda (3) 783 94 730 2.643 3.271 3.079 501 9.494 5,68

Austria (3) 2.510 530 1.510 320 570 5.440 3,26

Portugal (1) 1.200 1.175 80 90 2.545 1,52

Finlandia (3) 1.219 1.018 637 260 3.134 1,88

Suecia (3) 1.560 1.232 348 754 3.895 2,33

Reino Unido (2) 18.730 785 542 20.057 12,00

Total 95.226 15.503 31.381 14.157 10.853 167.119 100

(*) En España, actualmente Impuesto sobre los vehículos de tracción mecánica.(1) Datos del año 2006.(2) Datos del año 2007.(3) Datos del año 2008.(4) Datos del año 2009.

Fuente: ACEA.

Impuestocirculación (*)

Impuestos/ seguros

OtrosimpuestosPaís

INGRESOS FISCALES DEL SECTOR AUTOMOCIÓN EN LA U.E.(Millones de Euros)

%s/Total

IVATOTAL

IMPOSICIÓNImpuesto

matriculación

7.10

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.3.3

País 2009 %s/Total 2008 %

s/Total 2007 %s/Total 2006 %

s/Total + (%)09/08

+ (%)08/07

+ (%)07/06

Bélgica 476.194 3,4 535.947 3,7 524.795 3,4 526.141 3,4 -11,1 2,1 -0,3

Bulgaria 24.972 0,2 43.758 0,3 41.042 0,3 32.481 0,2 -42,9 6,6 26,4

ChipreRepública Checa 167.708 1,2 182.554 1,3 174.456 1,1 156.686 1,0 -8,1 4,6 11,3

Dinamarca 112.201 0,8 150.143 1,0 159.345 1,0 154.385 1,0 -25,3 -5,8 3,2

Alemania 3.807.175 26,9 3.090.040 21,6 3.148.163 20,2 3.467.961 22,5 23,2 -1,8 -9,2

Grecia 219.730 1,6 267.295 1,9 279.745 1,8 267.669 1,7 -17,8 -4,5 4,5

España 952.772 6,7 1.161.176 8,1 1.614.835 10,4 1.634.608 10,6 -17,9 -28,1 -1,2

Estonia 9.946 0,1 24.579 0,2 30.912 0,2 25.363 0,2 -59,5 -20,5 21,9

Francia 2.302.398 16,3 2.050.282 14,3 2.064.543 13,3 2.000.549 13,0 12,3 -0,7 3,2

Hungría 60.189 0,4 153.278 1,1 171.661 1,1 187.676 1,2 -60,7 -10,7 -8,5

Irlanda 57.458 0,4 151.603 1,1 186.335 1,2 178.484 1,2 -62,1 -18,6 4,4

Italia 2.159.463 15,3 2.161.675 15,1 2.493.040 16,0 2.326.049 15,1 -0,1 -13,3 7,2

Letonia 5.367 0,0 19.831 0,1 32.771 0,2 25.582 0,2 -72,9 -39,5 28,1

Lituania 7.515 0,1 22.217 0,2 21.606 0,1 14.234 0,1 -66,2 2,8 51,8

Luxemburgo 47.265 0,3 52.359 0,4 51.332 0,3 50.837 0,3 -9,7 2,0 1,0

MaltaHolanda 387.152 2,7 499.918 3,5 505.540 3,2 483.970 3,1 -22,6 -1,1 4,5

Austria 319.403 2,3 293.697 2,0 298.182 1,9 308.594 2,0 8,8 -1,5 -3,4

Polonia 320.206 2,3 320.040 2,2 293.305 1,9 238.993 1,5 0,1 9,1 22,7

Portugal 161.013 1,1 213.389 1,5 201.816 1,3 194.702 1,3 -24,5 5,7 3,7

Rumania 130.195 0,9 270.995 1,9 315.621 2,0 256.364 1,7 -52,0 -14,1 23,1

Eslovaquia 74.717 0,5 70.040 0,5 59.700 0,4 59.084 0,4 6,7 17,3 1,0

Eslovenia 57.967 0,4 71.575 0,5 68.719 0,4 59.578 0,4 -19,0 4,2 15,3

Finlandia 88.344 0,6 139.611 1,0 125.285 0,8 145.689 0,9 -36,7 11,4 -14,0

Suecia 213.408 1,5 253.982 1,8 306.799 2,0 282.766 1,8 -16,0 -17,2 8,5

Reino Unido 1.994.999 14,1 2.131.795 14,9 2.404.007 15,4 2.344.864 15,2 -6,4 -11,3 2,5

TOTAL UE 14.157.757 100,0 14.331.779 100,0 15.573.555 100,0 15.423.309 100,0 -1,2 -8,0 1,0

Fuente: ACEA.

MATRICULACIÓN DE TURISMOS EN LA UNIÓN EUROPEA

7.11

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

España, con el 6,7% del total de turismos matriculados en la UE en el año 2009, figura en el quinto lugar de matriculaciones en la UE, por detrás de Alemania, Italia, Reino Unido y Francia, refleja un descenso del 17,9% respecto del año anterior, mientras que el conjunto de la UE acusa una reducción del 1,2 por 100.

En el cuadro número 7.3.4 y gráfico número 7.3.3, elaborados a partir de datos de ACEA, se puede observar la evolución durante los últimos diez años que ha tenido la matriculación de turismos equipados con motores diesel en los diferentes Estados miembros de la UE. En el año 2009, el 46,1% de las ventas de turismos en la UE corresponde a unidades equipadas con motores diesel que han tenido un auge extraordinario en los últimos años, puesto que representaban tan solo el 32,8% en 2000; si bien, en 2009 han bajado en 6,8 puntos porcentuales al verse visto penalizada la nueva fiscalidad de su matriculación, en algunos países, en razón de la mayor emisión de NOX, respecto a los turismos de gasolina. Bélgica con el 75,3% del total matriculados encabeza el “ranking”, muy seguida de Francia (70,4%). En España se han situado en el 70,1%, un 24% por encima del medio de la UE, con una evolución, si cabe, aún más intensa que en el resto de países, ganando 17 puntos porcentuales en el período contemplado. En los últimos dos años se ha visto favorecido por la menor fiscalidad de la matriculación de los vehículos a gasóleo, como consecuencia de sus inferiores emisiones de CO2 frente a los motores de gasolina.

A título informativo, se ha considerado interesante reflejar en los cuadros números 7.3.5 y 7.3.6, los datos de producción y exportación de turismos en los diferentes Estados miembros de la UE y, como puede apreciarse en los gráficos números 7.3.4 y 7.3.5, España se sitúa en tercer lugar, en ambos casos, por detrás de Alemania y Francia, con el 12,9% y 11,7% de la producción y exportación totales, respectivamente, de turismos de la UE registradas en el año 2009, si bien, las tasas de variación de ambas en el último año acusan descensos frente a años anteriores y vienen a estar incluso por debajo de las que refleja el conjunto de la UE. La debilidad de los mercados de mayor relevancia en la UE, principales destinatarios de nuestras exportaciones, unido a la ganancia de cuota de mercado de las marcas asiáticas en los mismos han afectado negativamente a la fortaleza de la demanda de años anteriores.

7.4. Recaudación obtenida.

7.4.1. Recaudación líquida.

En el cuadro número 7.4.1 se han anotado los datos relativos a la recaudación obtenida por este impuesto desde el mes de enero de 2006, con la misma estructura que los cuadros a que se ha hecho referencia anteriormente, relativos al resto de los impuestos especiales.

En los últimos años, la recaudación por este impuesto ha aumentado un 12,1% y 3,3% en 2006 y 2007 y ha experimentado drásticas caídas del 41,7% en 2008 y 35,7% en 2009, con una clara tendencia a la baja como consecuencia de desaceleración de la actividad económica que comienza a apreciarse desde el inicio del segundo semestre de 2007 e impulsada, a su vez, en 2008, por la desaparición del Plan PREVER, aunque amortiguada en 2009 como con la implantación en este año del Plan 2000 E. Las evolución de las tasas de las recaudaciones anuales móviles, que llegan incluso a superar los dos dígitos, entre 2004 y 2006, en respuesta clara al aumento registrado del número de matriculaciones en el primer caso y al aumento de la base imponible media en los siguientes, y al descenso en los dos últimos años motivados por la desaceleración; aunque se profundizará posteriormente en los factores explicativos de estas fluctuaciones de la recaudación, pueden apuntarse ya los siguientes:

• el aumento de los precios medios de los automóviles de turismo nuevos, aunque en proporciones tan humildes como el 0,2% en 2005, -0,8% en 2006 , 4% en 2007, 4,4% en 2008 y -0,3% en 2009;

• la eliminación de la gasolina con plomo desde primeros del mes de agosto de 2001, junto con los incentivos del programa PREVER para la sustitución de los vehículos turismos usuarios de la misma, así como su ampliación, a partir del 1/01/2004 a todos los turismos y todoterrenos nuevos;

7.12

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.3.4

País 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

Bélgica 56,3 62,6 64,3 68,2 70,0 72,6 74,5 77,0 79,0 75,3

Dinamarca 13,2 17,8 20,2 22,7 24,0 23,8 26,3 38,4 45,9 44,1

Alemania 30,3 34,5 37,9 39,9 44,0 42,0 44,2 47,8 44,1 30,7

Grecia 0,7 0,8 0,9 1,5 2,9 1,6 2,1 2,9 3,6 3,3

España 53,1 52,5 57,1 60,9 65,4 67,8 68,2 70,9 69,3 70,1

Francia 49,0 56,2 63,2 67,4 69,2 69,1 71,4 73,9 77,3 70,4

Irlanda 10,1 12,9 16,4 17,2 18,3 21,5 24,4 27,1 33,5 52,2

Italia 33,6 36,6 43,4 48,7 58,0 58,3 58,2 55,8 50,7 41,9

Luxemburgo 50,4 58,2 61,9 65,9 72,5 75,4 77,4 77,2 77,0 73,0

Holanda 22,5 22,9 21,6 22,6 24,6 26,8 27,0 28,3 25,1 20,1

Austria 61,9 65,7 69,6 71,5 70,7 64,7 62,1 59,0 54,6 45,7

Portugal 24,2 28,4 34,6 44,9 56,6 63,3 65,2 69,3 68,4 66,6

Finlandia 16,6 15,6 15,2 15,5 17,0 20,2 28,4 49,6 46,2

Suecia 6,3 5,6 7,0 7,7 8,0 9,7 19,4 34,7 36,2 41,0

Reino Unido 14,1 17,8 23,5 27,3 32,5 36,8 38,3 40,1 43,6 41,7

UE 32,8 36,7 41,0 44,3 48,9 49,8 51,2 53,6 52,9 46,1

Fuente: ACEA.

EVOLUCIÓN DE LA MATRICULACIÓN DE TURISMOS A GASÓLEO EN LA UE(% s/Total matriculaciones)

7.13

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.3.5

País 2009 %s/Total 2008 %

s/Total 2007 %s/Total 2006 %

s/Total + (%)09/08

+ (%)08/07

+ (%)07/06

Bélgica (1) 524.595 3,7 713.076 4,4 789.674 4,6 881.929 5,3 -26,4 -9,7 -10,5

BulgariaChipreRepública Checa 967.760 6,9 933.312 5,8 925.060 5,3 848.799 5,1 3,7 0,9 9,0

DinamarcaAlemania 4.964.523 35,4 5.532.030 34,3 5.709.139 33,0 5.398.508 32,7 -10,3 -3,1 5,8

GreciaEspaña 1.812.688 12,9 1.943.049 12,0 2.195.780 12,7 2.078.639 12,6 -6,7 -11,5 5,6

EstoniaFrancia 1.819.462 13,0 2.145.935 13,3 2.550.869 14,7 2.728.196 16,5 -15,2 -15,9 -6,5

Hungría 180.500 1,3 342.359 2,1 287.982 1,7 187.633 1,1 -47,3 18,9 53,5

Irlanda Italia 661.100 4,7 659.221 4,1 910.860 5,3 892.502 5,4 0,3 -27,6 2,1

LetoniaLituaniaLuxemburgoMaltaHolanda 50.620 0,4 59.223 0,4 61.912 0,4 87.332 0,5 -14,5 -4,3 -29,1

Austria 56.620 0,4 125.436 0,8 199.969 1,2 248.059 1,5 -54,9 -37,3 -19,4

Polonia 819.000 5,8 840.000 5,2 695.000 4,0 632.300 3,8 -2,5 20,9 9,9

Portugal 101.680 0,7 132.242 0,8 134.047 0,8 143.478 0,9 -23,1 -1,3 -6,6

Rumania 279.320 2,0 231.056 1,4 234.103 1,4 201.663 1,2 20,9 -1,3 16,1

Eslovaquia 461.340 3,3 575.776 3,6 571.071 3,3 295.391 1,8 -19,9 0,8 93,3

Eslovenia 202.570 1,4 180.233 1,1 174.209 1,0 119.212 0,7 12,4 3,5 46,1

Finlandia 10.907 0,1 18.000 0,1 24.006 0,1 32.393 0,2 -39,4 -25,0 -25,9

Suecia 128.738 0,9 252.287 1,6 316.850 1,8 288.583 1,7 -49,0 -20,4 9,8

Reino Unido 999.460 7,1 1.446.619 9,0 1.534.567 8,9 1.442.085 8,7 -30,9 -5,7 6,4

TOTAL UE 14.040.883 100,0 16.129.854 100,0 17.315.098 100,0 16.506.702 100,0 -13,0 -6,8 4,9

(1) No están excluidas posibles dobles contabilizaciones. Producción más ensamblaje.Fuente: ANFAC

PRODUCCIÓN DE TURISMOS EN LA UNIÓN EUROPEA

7.14

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.3.6

País 2009 %s/Total 2008 %

s/Total 2007 %s/Total 2006 %

s/Total + (%)09/08

+ (%)08/07

+ (%)07/06

Bélgica (1) 478.017 3,6 610.784 4,6 716.028 4,9 814.354 6,0 -21,7 -14,7 -12,1

BulgariaChipreRepública Checa 1.074.017 8,1 951.479 7,2 870.142 6,0 776.769 5,7 12,9 9,3 12,0

DinamarcaAlemania 3.425.626 25,8 4.131.660 31,1 4.303.754 29,5 3.893.002 28,8 -17,1 -4,0 10,6

GreciaEspaña 1.555.149 11,7 1.655.154 12,5 1.803.955 12,4 1.689.092 12,5 -6,0 -8,2 6,8

EstoniaFrancia (2) 3.543.950 26,7 3.736.921 28,1 4.109.972 28,2 3.738.680 27,7 -5,2 -9,1 9,9

Hungría n.d. n.d. 256.982 1,8 151.145 1,1 70,0

Irlanda Italia 251.038 1,9 279.670 2,1 374.177 2,6 367.087 2,7 -10,2 -25,3 1,9

LetoniaLituaniaLuxemburgoMaltaHolandaAustria (1) n.d. 124.665 0,9 197.775 1,4 242.211 1,8 -37,0 -18,3

Polonia n.d. n.d. n.d. n.d.

Portugal n.d. 130.902 1,0 132.687 0,9 141.797 1,0 -1,3 -6,4

Rumania 242.688 1,8 153.595 1,2 121.866 0,8 80.032 0,6 58,0 26,0 52,3

Eslovaquia n.d. n.d. n.d. n.d.

Eslovenia n.d. n.d. n.d. n.d.

Finlandia n.d. n.d. 24.000 0,2 32.393 0,2 -25,9

Suecia 284.965 2,1 384.487 2,9 494.015 3,4 477.805 3,5 -25,9 -22,2 3,4

Reino Unido 762.017 5,7 1.128.586 8,5 1.189.122 8,1 1.106.392 8,2 -32,5 -5,1 7,5

TOTAL UE 11.617.467 87,4 13.287.903 100,0 14.594.475 100,0 13.510.759 100,0 -12,6 -9,0 8,0

(1) No están excluidas posibles dobles contabilizaciones. Exportación más ensamblaje.(2) Incluye la exportación de los vehículos producidos fuera de Francia.Fuente: ANFAC

EXPORTACIÓN DE TURISMOS EN LA UNIÓN EUROPEA

7.15

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.4.1

07/06 08/07 09/08 07/06 08/07 09/08 07/06 08/07 09/08

E 169.398 169.081 135.390 56.063 -0,2 -19,9 -58,6 169.398 169.081 135.390 56.063 -0,2 -19,9 -58,6 1.800.429 1.989.087 2.017.129 1.110.119 10,5 1,4 -45,0

F 138.901 157.851 111.939 59.586 13,6 -29,1 -46,8 308.299 326.932 247.329 115.649 6,0 -24,3 -53,2 1.813.340 2.008.037 1.971.218 1.057.766 10,7 -1,8 -46,3

M 161.743 147.087 130.689 54.467 -9,1 -11,1 -58,3 470.042 474.018 378.018 170.116 0,8 -20,3 -55,0 1.840.626 1.993.380 1.954.820 981.544 8,3 -1,9 -49,8

1T 470.042 474.018 378.018 170.116 0,8 -20,3 -55,0 470.042 474.018 378.018 170.116 0,8 -20,3 -55,0 1.840.626 1.993.380 1.954.820 981.544 8,3 -1,9 -49,8

A 168.028 186.501 103.505 57.013 11,0 -44,5 -44,9 638.069 660.519 481.523 227.129 3,5 -27,1 -52,8 1.869.011 2.011.853 1.871.824 935.052 7,6 -7,0 -50,0

M 168.868 168.081 99.080 52.620 -0,5 -41,1 -46,9 806.938 828.600 580.603 279.748 2,7 -29,9 -51,8 1.883.658 2.011.066 1.802.823 888.591 6,8 -10,4 -50,7

J 179.995 195.209 115.091 68.914 8,5 -41,0 -40,1 986.933 1.023.809 695.695 348.662 3,7 -32,0 -49,9 1.907.783 2.026.280 1.722.705 842.414 6,2 -15,0 -51,1

2T 516.891 549.791 317.677 178.546 6,4 -42,2 -43,8 986.933 1.023.809 695.695 348.662 3,7 -32,0 -49,9 1.907.783 2.026.280 1.722.705 842.414 6,2 -15,0 -51,1

J 203.823 211.340 109.956 72.344 3,7 -48,0 -34,2 1.190.756 1.235.150 805.650 421.006 3,7 -34,8 -47,7 1.926.672 2.033.797 1.621.320 804.802 5,6 -20,3 -50,4

A 165.119 173.692 87.922 70.855 5,2 -49,4 -19,4 1.355.875 1.408.842 893.573 491.861 3,9 -36,6 -45,0 1.924.800 2.042.371 1.535.551 787.735 6,1 -24,8 -48,7

S 123.710 128.223 70.799 56.976 3,6 -44,8 -19,5 1.479.585 1.537.065 964.372 548.838 3,9 -37,3 -43,1 1.946.682 2.046.883 1.478.127 773.912 5,1 -27,8 -47,6

3T 492.652 513.255 268.677 200.175 4,2 -47,7 -25,5 1.479.585 1.537.065 964.372 548.838 3,9 -37,3 -43,1 1.946.682 2.046.883 1.478.127 773.912 5,1 -27,8 -47,6

O 162.710 163.486 67.056 62.637 0,5 -59,0 -6,6 1.642.295 1.700.550 1.031.428 611.475 3,5 -39,3 -40,7 1.955.002 2.047.659 1.381.697 769.493 4,7 -32,5 -44,3

N 164.380 162.688 77.870 82.267 -1,0 -52,1 5,6 1.806.676 1.863.238 1.109.297 693.742 3,1 -40,5 -37,5 1.967.296 2.045.966 1.296.879 773.891 4,0 -36,6 -40,3

D 182.728 187.582 80.149 67.361 2,7 -57,3 -16,0 1.989.404 2.050.820 1.189.446 761.103 3,1 -42,0 -36,0 1.989.404 2.050.820 1.189.446 761.103 3,1 -42,0 -36,0

4T 509.819 513.755 225.074 212.265 0,8 -56,2 -5,7 1.989.404 2.050.820 1.189.446 761.103 3,1 -42,0 -36,0 1.989.404 2.050.820 1.189.446 761.103 3,1 -42,0 -36,0

La recaudación correspondiente al impuesto obtenida por las Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra ha sido la siguiente:

País Vasco 70.350 77.001 49.197 37.150 9,5 -36,1 -24,5Navarra 21.410 22.060 14.839 11.388 3,0 -32,7 -23,3TOTAL RECAUDACIÓN CONSOLIDADA 2.081.164 2.149.881 1.253.482 809.642 3,3 -41,7 -35,4

La recaudación se expresa en miles de Euros. (*) Esta evolución de la recaudación líquida se refiere a la HACIENDA ESTATAL.(1) En las columnas del "Periodo anual móvil", se expresan las recaudaciones obtenidas en los doce últimos meses que finalizan en el mes considerado.

2009

EVOLUCIÓN DE LA RECAUDACIÓN POR EL IMPUESTO SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE (*)

PERIODO ANUAL MÓVIL (1)

% VARIACIÓN2009

% VARIACIÓN

PERIODO ACUMULADOPERIODO MENSUAL

200820072007 2009% VARIACIÓN

2008

MES 2006 2006 20082006 2007

7.16

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

• además, el nuevo Plan PREVER, ha introducido un mayor grado de flexibilidad al permitir, entre otras cosas, que los turismos-todoterrenos y comerciales ligeros usados con antigüedad no superior a 5 años, en el primer caso, y de 3 años en los últimos, puedan beneficiarse de las rebajas fiscales, a través de descuentos sobre el PVP de los mismos. Descuentos que han podido, también, potenciar la renovación del parque de automóviles;

• la tendencia a la adquisición de vehículos nuevos de mayores cilindradas y equipamientos;

• la desaparición del Plan PREVER en 2008.

• a partir del 30 de julio de 2008 el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo junto con el ICO pusieron en marcha el Plan VIVE: una línea de créditos con una dotación de 1.200 millones de euros, con el fin de incentivar la sustitución de vehículos con una antigüedad superior a 15 años por otros nuevos menos contaminantes.

• a partir del 23 de mayo de 2009 el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo junto con las CC.AA y los fabricantes e importadores de vehículos pusieron en marcha el Plan 2000E, no compatibles con el Plan VIVE, que supone una subvención total para la adquisición de un vehículo, en sustitución de otro que se destine al achatarramiento, de 2.000 euros.

En sentido negativo pueden haber influido:

• La desaceleración de la actividad económica y, más en concreto, del consumo privado que comienza a observarse desde mediados del 2007 que parece poner fin a un ciclo económico expansivo y que se hace más acusado desde 2008;

• la creciente sustitución de vehículos a gasolina por otros con motor diesel, hasta el extremo de que en 2009, los vehículos con motor diesel matriculados han representado casi el 70,72% del total, cuando este porcentaje era del 56,4% a finales de 2001.

• la aplicación del Plan PREVER, en vigor desde el día 11 de abril de 1997, que permite la deducción de hasta 480,81 euros en la cuota íntegra, con ocasión de la baja por desguace de automóviles con más de 10 años de antigüedad. Si bien, no cabe duda del incentivo que tiene a su vez éste en la renovación del parque de automóviles;

• la elevación de la deducción hasta las los 721,21 euros en la cuota íntegra y, con carácter excepcional, durante un período que finaliza el 31 de diciembre de 2003, para la sustitución del automóvil de turismo usado, dado de baja para desguace y no apto para consumir gasolinas sin plomo de acuerdo, por omisión, con la relación acreditativa de marcas y modelos aptos para poder usarla (Resolución de 2 de enero de 2001 (B.O.E. del 3), de la Secretaría de Estado de Política Científica y Tecnológica, por la que se hace pública la relación de marcas y modelos de vehículos automóviles de turismo aptos para emplear gasolina sin plomo);

• la reducción del 50% de la base imponible del impuesto, para aquellos vehículos que se destinen al uso exclusivo de familias calificadas de numerosas conforme a la normativa vigente y con una serie de requisitos que se especifican. La aplicación de esta reducción está condicionada a su reconocimiento previo por la Administración tributaria;

• la extensión en la nueva versión del Plan PREVER, en vigor desde el 1 de enero de 2004 hasta el 31/12/2007, a la deducción por la baja de un vehículo tanto en la compra de turismos y todoterrenos nuevos como turismos y vehículos comerciales semi-nuevos;

En la parte inferior del cuadro se han reflejado las recaudaciones del País Vasco y Navarra que tienen cedido este impuesto desde su implantación, si bien, la recaudación del Estado desde el año 2002 ha sido transferida al conjunto de Comunidades Autónomas de régimen común que, de acuerdo con el nuevo sistema de financiación de las mismas, alcanza la cesión total de este impuesto. Su integración nos va a dar la total recaudación consolidada por el IEDMT. Ésta ha ascendido en el año 2009 a 809,64 millones de euros, con un descenso del 35,4% respecto a la

7.17

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

7.18

registrada en 2008, en respuesta a un ritmo muy inferior en el número de matriculaciones sujetas al IEDMT que han caído un 17,9%, lo que induce a pensar, también, en una modificación de la estructura con una tendencia clara a adquisición de vehículos de inferior cilindrada e inferiores emisiones. Más adelante habrá ocasión de analizar en qué medida han influido cada uno de estos factores.

7.4.2. Distribución de las autoliquidaciones.

En un impuesto en el que el hecho imponible está constituido por la primera matriculación de los medios de transporte, no cabe efectuar el análisis que se ha hecho en los restantes impuestos especiales acerca de la distribución de la recaudación entre autoliquidaciones y liquidaciones por importaciones; salvo en los supuestos de resoluciones de expedientes sancionadores, la recaudación por este impuesto se realiza siempre mediante autoliquidaciones.

Desde el año 2006, y más concretamente a partir del mes de octubre de 2005 y, de manera voluntaria, hasta finales de año, las autoliquidaciones se han efectuado a través de Internet en el Modelo 576, que como ya se ha comentado viene a sustituir, obligatoriamente desde el 1 de enero de 2006, a los dos anteriores modelos de declaración-liquidación: el 565 empleado con carácter general y el 567 que se utiliza en aquellos supuestos en que se realizan minoraciones en la cuota íntegra por concurrir las circunstancias exigidas por el Real Decreto-ley 13/2006, de 29 de diciembre (B.O.E. del 30), utilizado para aquellos casos en el que se quisiera hacer uso de la deducción prevista en el Artº 70 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, relativa al programa PREVER, en vigor hasta el 31/07/2007.

En 2009 se han presentado un total de 966.820 autoliquidaciones por 476.538 contribuyentes por un importe de 777,95 millones de euros, un 19,6% y 33,6% menos que en 2008.

Del total de autoliquidaciones presentadas por personas físicas en el año 2009: 777.948 (sin deducción en la cuota, al igual que sucediera en 2008, puesto que no ha habido posibilidad alguna), frente a un total de 1.584.118 en 2007: 1.304.351 lo fueron sin deducciones en la cuota íntegra y las 279.767, restantes, con minoración de la cuota, frente a las 85.576 y 811 presentadas en 1997 y 1996, respectivamente; este crecimiento es consecuencia de la aplicación del Plan PREVER, a partir del 11 de abril de 1997 al haber finalizado el Plan Renove II en 1995 y solamente mantenerse en el año 1996 los supuestos singulares relativos a las inundaciones habidas en Guadalajara. Las deducciones en la cuota se han realizado, por consiguiente, en el 17,7% de las autoliquidaciones practicadas en el año 2007, frente al 19,3% de 2006, porcentajes muy por encima del 12,04% registrado en 1997, 0,13% en 1996 y 12,52% en 1995.

En el cuadro número 7.4.2 se han recogido los datos relativos a la distribución de las autoliquidaciones y en el que se han distribuido las declaraciones presentadas, en los ejercicios de 2008 y 2009, según tramos de las cuotas ingresadas. En cada caso, se ha anotado el número de las autoliquidaciones totales, el importe total de las cuotas ingresadas y los porcentajes correspondientes a cada tramo tanto del número de autoliquidaciones como del importe ingresado. Asimismo, ha parecido interesante calcular la cuota media por autoliquidación correspondiente a cada tramo.

El mayor número de autoliquidaciones en 2009, al igual que sucediera en 2008, corresponde a ingresos de cuotas situadas entre las 600 y 1.800 euros, un 27,96% del total autoliquidaciones frente al 38,56% en 2008 para este mismo tramo, resultando una cuota media en dicho tramo de 960 euros, similar a la registrada en 2008 (962 euros), que corresponde a medios de transporte con un valor -excluidos impuestos- de 18.935 euros y de 22.924 euros como precio medio de venta al público (se ha considerado un tipo impositivo medio igual al medio ponderado por la estructura de matriculaciones resultante del conjunto total de autoliquidaciones del año, que como después habrá ocasión de ver, ha sido del 5,07% en 2009, el mismo que en 2008, frente al 8,61% en 2007).

La cuota ingresada media por autoliquidación en 2009 ha sido de 805 euros, un 17,5% inferior a la registrada en 2008, como consecuencia de los inferiores tipos.

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.4.2

AUTOL IMPOR BASE IMP. CUOTA AUTOL IMPOR BASE IMP. CUOTA Base Cuota% CUOTA MEDIA MEDIA % CUOTA MEDIA MEDIA Autol. Media Media

s/Total %s/Total (Euros) (Euros) s/Total %s/Total (Euros) (Euros)

Cero 25,55 0,00 27.976 0 25,35 0,00 14.329 0 -0,8 -48,8

> 0,01 - 600 22,61 10,15 9.108 438 18,87 8,15 8.853 421 -16,5 -2,8 -3,7

> 600 - 1.800 38,56 38,03 16.770 962 27,96 27,51 17.110 960 -27,5 2,0 -0,2

> 1.800 - 3.000 7,36 17,37 22.959 2.303 4,78 11,12 22.588 2.270 -35,1 -1,6 -1,5

> 3.000 - 4.800 3,49 13,17 31.558 3.678 2,17 8,21 32.224 3.697 -38,0 2,1 0,5

> 4.800 - 6.000 0,81 4,45 38.334 5.357 0,50 2,76 39.528 5.351 -37,9 3,1 -0,1

> 6.000 1,62 16,83 72.787 10.156 0,81 8,61 74.807 10.362 -49,9 2,8 2,0

TOTAL AUTOL./IMPOR. 1.201.939 1.172.162 19.953 975 966.820 777.948 15.750 805 -19,6 -21,1 -17,5

Fuente:BDCNET

TOTAL 2009 (Mod 576)

TRAMOS CUOTAS(euros)

AUTOLIQUIDACIONES IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE

TOTAL 2008 (Mod 576) Var.(%) 2009-2008

7.19

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

7.4.3. Declaraciones de no sujeción y exención del impuesto.

Sin reconocimiento previo de la Administración:

Corresponden a las declaraciones realizadas en el modelo 565, aprobado por la Orden de 26 de marzo de 2001, que han aportado junto con la misma la documentación que acredita la no sujeción o exención alegada, contempladas en los Art. 65.1.a) 1º a 6º y Art. 66.1. e), g), h), j) y l), respectivamente, de la Ley 38/1992, de II.EE. La Ley 14/2000, de 29 de diciembre (B.O.E. del 30), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, modificó el artículo 66 de la Ley 38/1992, que pasa a titularse “Exenciones, devoluciones y reducciones” y da una nueva redacción al mismo. Desde 2006 se encuentran en el modelo 006.

Los supuestos de no sujeción comprenden:

a) Vehículos transporte de mercancías. b) Vehículos transporte colectivo viajeros de más de nueve plazas. c) Vehículos transporte colectivo viajeros con una altura total sobre el suelo de más de

1.800 mm. (Exceptuando tipo "Jeep") (Suprimido en 1999). d) Vehículos de dos o tres ruedas de cilindrada inferior a 125 c.c./250 c.c., en función de la

normativa vigente en la fecha de matriculación. e) Coches de minusválidos. f) Vehículos especiales. g) Furgones y furgonetas, uso múltiple. h) Embarcaciones y buques de recreo de menos de 7,5 metros de eslora. i) Aeronaves: Trabajos agrícolas, traslado de enfermos. j) Aeronaves: peso máximo despegue que no exceda de 1.550 Kg.

A su vez, los supuestos de exención incluyen:

a) Embarcaciones: remo, pala, velero olímpico. b) Aeronaves: Estado, CC.AA., CC.LL., Empresas u Organismos Públicos. c) Aeronaves: Empresas de navegación aérea.

Excepciones: Se exceptúan de la necesidad de presentar declaración en el modelo 565/006, los supuestos siguientes:

a) Vehículos de exclusiva aplicación industrial homologados (hace referencia a los furgones y furgonetas de uso múltiple de cualquier altura, de únicamente dos asientos para el conductor y el ayudante y que el espacio destinado a la carga no goce de visibilidad lateral y sea superior al 50% del volumen interior).

b) Vehículos placa diplomática o consular.

El número de declaraciones autorizadas durante el período 1995-2009, se ha reflejado en el cuadro número 7.4.3. En el mismo, se puede apreciar como el número de declaraciones con exención del impuesto en el modelo 565/006 es prácticamente mínimo ya que la gran mayoría de los supuestos de exención se declaran, como a continuación se verá, en el modelo 05 que requiere un reconocimiento previo de la Administración. Por el contrario, la mayoría de los supuestos de no sujeción del impuesto están recogidos en este modelo 565/006 y alcanzan la cifra de 254.469 vehículos en 2009, un 35,8% menos que en 2008.

Con reconocimiento previo de la Administración:

Corresponden a las declaraciones realizadas en el modelo 05, aprobado por la Orden de 2 de abril de 2001, que han aportado junto con las mismas la documentación que acredita la no sujeción o exención alegada, contempladas en el Art. 65.1.a). 7º y 8º y Art. 66.1.a), b), c), d), f), i) y k), respectivamente, de la Ley 38/1992, de II.EE. La Ley 14/2000, de 29 de diciembre, modifica el

7.20

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.4.3

1995 162.830 20,82 38 52,00 162.868 20,83

1996 185.825 14,12 47 23,68 185.872 14,12

1997 247.049 32,95 48 2,13 247.097 32,94

1998 300.149 21,49 42 -12,50 300.191 21,49

1999 327.247 9,03 70 66,67 327.317 9,04

2000 332.970 1,75 77 10,00 333.047 1,75

2001 389.094 16,86 71 -7,79 389.165 16,85

2002 331.024 -14,92 n.d. - n.d. -

2003 371.049 12,09 n.d. - n.d. -

2004 443.425 19,51 n.d. - n.d. -

2005 542.658 22,38 n.d. - n.d. -

(Mod-006) 2006 575.997 6,14 n.d. - n.d. -

(Mod-006) 2007 561.583 -2,50 n.d. - n.d. -

(Mod-006) 2008 396.199 -29,45 n.d. - n.d. -

(Mod-006) 2009 254.469 -35,77 n.d. - n.d. -

Fuente: BDCNET. INFO AUTOLIQUIDACIONES. Modelo 565/006. AEAT.

NO SUJECIONES Y EXENCIONES (MODELO 565/006)DEL I.E. S/ DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE

(Sin reconocimiento previo de la Administración)

Variación %Año NO SUJETOS EXENTOS TOTALVariación

%Variación

%

7.21

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

artículo 66 de la ya mencionada Ley 38/1992 y ha introducido en su apartado 4 una reducción del 50% de la base imponible respecto de los vehículos automóviles con una capacidad homologada no inferior a 5 plazas y no superior a nueve, incluida en ambos casos la del conductor, que se destinen al uso exclusivo de familias calificadas de numerosas conforme a la normativa vigente. La aplicación de esta reducción está condicionada a su reconocimiento previo por la Administración tributaria.

Los supuestos de no sujeción comprenden:

a) Vehículos utilizados por Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado. b) Ambulancias y vehículos destinados a vigilancia y socorro en autopistas y carreteras.

A su vez, los supuestos de exención incluyen:

a) Taxis, Autotaxis y Autoturismos. b) Vehículos destinados a enseñanza de conductores. c) Vehículos de alquiler. d) Vehículos destinados a uso de minusválidos. e) Embarcaciones de recreo o de deportes náuticos destinados a alquiler y cuya eslora no

exceda de 15 metros. f) Aeronaves destinadas a formación y enseñanza de pilotos. g) Aeronaves destinadas a arrendamiento financiero a empresas de navegación aérea.

En el cuadro número 7.4.4 se ha anotado el número de declaraciones concedidas en cada uno de los supuestos de exención. Como se ha comentado anteriormente, prácticamente la totalidad de los supuestos de exención se realizan con este modelo 05, aprobado por la Orden de 2/04/2001 (BOE del 12). De las cifras recogidas en el cuadro destacan las relativas a empresas de alquiler con una evolución creciente en el período analizado, con algún altibajo en 2005, 2006, 2008 y 2009, hasta alcanzar los 213.736 vehículos en 2007 y reducirse a 86.890 en 2009 (ANFAC en su memora anual da una demanda de empresas alquiladoras de 80.266 para el año 2009); le siguen en cuantía los vehículos para minusválidos con 46.169 autorizaciones, presentando una evolución creciente a lo largo del período, si exceptuamos el ligero descenso de 2002 y el elevado de 2008 y 2009; los taxis, alcanzan los 8.063 vehículos autorizados en 2009, cifra un 14,9% inferior a la registrada el año anterior, mostrando una ligera tendencia al ascenso en el período 2003-2007. Los vehículos destinados a la enseñanza se sitúan en los 1.686, lo que supone una extraordinaria caída del 65,8% respecto de 2008; por último, las exenciones correspondientes a embarcaciones y aeronaves registran unos niveles poco significativos en el conjunto total.

Las matriculaciones no sujetas al pago del impuesto con declaraciones en el modelo 05 y por lo tanto sometidas a reconocimiento previo por la Administración, representan una mínima parte del conjunto total de las mismas, apenas un 1,5% en el año 2009, y corresponden en un 69,5% a vehículos destinados a las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado; el otro 30,5%, restante, son ambulancias.

A partir del año 2001, se ha introducido una nueva columna en el cuadro que refleja las autorizaciones acogidas a la reducción del 50% de la base imponible del IEDMT, para el caso de turismos utilizados por familias calificadas de numerosas que, como se ha comentado anteriormente, necesitan reconocimiento previo a la matriculación. Se han concedido en 2009, 9.241 autorizaciones, un 5,8% más que las registradas en 2008.

Por último, en los cuadros números 7.4.5 y 7.4.6, se puede observar la evolución de las exenciones concedidas en los cinco últimos años para los casos de vehículos turismos de empresas de alquiler y vehículos para uso minusválidos, así como su distribución por Comunidades Autónomas.

Se ha creído interesante reflejar en el cuadro número 7.4.7, la evolución de turismos matriculados con fines productivos que recoge el Banco España en su Boletín Estadístico a partir de datos de ANFAC, con el fin de comparar ordenes de magnitud entre estas cifras y las correspondientes a las declaraciones exentas y no sujetas del impuesto, analizadas anteriormente;

7.22

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.4.4

Año/Concepto 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

NO SUJETOS: 2.412 2.262 2.265 2.050 2.437 2.807 2.441 2.191 2.879 3.969 3.410 2.965 2.380Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad 1.934 1.741 1.572 1.548 1.741 2.078 1.960 1.706 2.439 2.845 2.764 2.215 1.655

Ambulancias 478 521 693 502 696 729 481 485 440 1.124 646 750 725

EXENTOS: 174.767 175.747 202.287 225.411 245.798 246.990 259.789 284.610 270.641 266.572 303.004 243.408 143.075

Autotaxis 9.794 11.852 11.690 10.035 11.042 9.956 10.924 10.767 10.772 11.020 10.894 9.476 8.063

Enseñanza 3.718 4.355 4.794 4.502 4.875 4.848 4.701 4.426 5.499 5.448 5.512 4.936 1.686

Alquiler 136.873 130.807 147.928 170.946 188.282 191.032 195.574 209.412 188.665 180.806 213.736 180.455 86.890

Minusvalidos 24.216 28.398 37.455 39.399 41.047 40.448 47.953 59.332 65.120 68.847 72.490 48.230 46.169

Embarc.Alquiler 163 332 410 505 535 676 612 658 556 419 327 258 252

Aeron. Enseñanza 0 0 1 13 11 20 6 7 5 6 5 7 3

Aeron. Arrendam. 3 3 9 11 6 10 19 8 24 26 40 46 12

REDUCCIÓN 14.295 9.923 10.681 12.949 13.880 14.721 14.985 8.734 9.241

Familias numerosas 14.295 9.923 10.681 12.949 13.880 14.721 14.985 8.734 9.241

TOTAL 177.179 178.009 204.552 227.461 262.530 259.720 272.911 299.750 287.400 285.262 321.399 255.107 154.696

% VAR. -6,30 0,47 14,91 11,20 15,42 -1,07 5,08 9,83 -4,12 -0,74 12,67 -20,63 -39,36

Fuente: Gestión Tributaria/DIT/ AEAT.

NO SUJECIONES Y EXENCIONES (MODELO 05) DEL IMPUESTOESPECIAL S/DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE

(Con reconocimiento previo de la Administración)

7.23

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.4.5

2005 2006 2007 2008 2009 06/05 07/06 08/07 09/08

Andalucía 20.403 16.893 25.769 23.891 4.390 -17,20 52,54 -7,29 -81,62

Aragón 132 129 155 146 77 -2,27 20,16 -5,81 -47,26

Asturias 182 160 147 184 32 -12,09 -8,13 25,17 -82,61

Baleares 22.173 20.426 24.722 18.423 9.396 -7,88 21,03 -25,48 -49,00

Canarias 10.497 8.040 15.992 8.679 5.490 -23,41 98,91 -45,73 -36,74

Cantabria 38 34 43 46 13 -10,53 26,47 6,98 -71,74

Castilla La Mancha 88 136 175 75 33 54,55 28,68 -57,14 -56,00

Castilla León 799 728 440 287 103 -8,89 -39,56 -34,77 -64,11

Cataluña 14.286 12.833 6.107 5.059 837 -10,17 -52,41 -17,16 -83,46

Extremadura 249 216 167 42 35 -13,25 -22,69 -74,85 -16,67

Galicia 1.069 863 660 209 78 -19,27 -23,52 -68,33 -62,68

Madrid 74.280 83.736 93.818 79.498 53.469 12,73 12,04 -15,26 -32,74

Murcia 2.001 1.968 1.886 770 194 -1,65 -4,17 -59,17 -74,81

La Rioja 18 42 53 74 19 133,33 26,19 39,62 -74,32

C. Valenciana 42.438 34.603 43.602 43.103 12.724 -18,46 26,01 -1,14 -70,48

TOTAL 188.653 180.807 213.736 180.486 86.890 -4,16 18,21 -15,56 -51,86

TOTAL TURISMOS

DISTRIBUCIÓN POR CC.AA. DE LAS EXENCIONES CONCEDIDASDEL IDMT PARA VEHÍCULOS - ALQUILER

TASAS DE VARIACIÓN (%)ComunidadAutónoma

Cuadro nº 7.4.6

2005 2006 2007 2008 2009 06/05 07/06 08/07 09/08

Andalucía 15.738 16.521 17.185 10.993 9.747 4,98 4,02 -36,03 -11,33

Aragón 1.783 1.794 1.739 1.227 1.220 0,62 -3,07 -29,44 -0,57

Asturias 3.362 3.573 3.674 2.495 2.513 6,28 2,83 -32,09 0,72

Baleares 795 929 950 626 618 16,86 2,26 -34,11 -1,28

Canarias 895 1.205 1.269 1.030 1.031 34,64 5,31 -18,83 0,10

Cantabria 1.458 1.505 1.600 1.051 1.061 3,22 6,31 -34,31 0,95

Castilla La Mancha 2.871 2.987 3.398 2.263 2.282 4,04 13,76 -33,40 0,84

Castilla León 3.562 3.608 3.959 2.641 2.720 1,29 9,73 -33,29 2,99

Cataluña 7.977 8.705 9.140 6.479 6.356 9,13 5,00 -29,11 -1,90

Extremadura 1.681 1.860 2.049 1.322 1.217 10,65 10,16 -35,48 -7,94

Galicia 5.158 5.751 6.367 4.239 4.176 11,50 10,71 -33,42 -1,49

Madrid 7.722 7.668 8.130 5.559 5.443 -0,70 6,03 -31,62 -2,09

Murcia 3.210 3.413 3.485 2.116 2.020 6,32 2,11 -39,28 -4,54

La Rioja 450 443 483 329 360 -1,56 9,03 -31,88 9,42

C. Valenciana 8.291 8.887 9.062 5.860 5.405 7,19 1,97 -35,33 -7,76

TOTAL 64.953 68.849 72.490 48.230 46.169 6,00 5,29 -33,47 -4,27

Fuente: Gestión Tributaria/Aplicaciones. AEAT.

ComunidadAutónoma

TOTAL TURISMOS TASAS DE VARIACIÓN (%)

DISTRIBUCIÓN POR CC.AA. DE LAS EXENCIONES CONCEDIDASDEL IDMT PARA VEHÍCULOS - USO MINUSVALIDOS

7.24

Page 25: 7. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE … · 2018. 2. 7. · 7. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE. 7.1. La naturaleza del impuesto. 7.2. Novedades

Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.4.7

07/06 08/07 09/08 07/06 08/07 09/08

E 9.796 8.345 13.258 4.886 -14,8 58,9 -63,1 222.641 215.679 226.855 188.235 -3,1 5,2 -17,0F 15.304 15.084 26.336 5.332 -1,4 74,6 -79,8 216.358 215.459 238.107 167.231 -0,4 10,5 -29,8M 37.703 46.067 35.062 13.464 22,2 -23,9 -61,6 215.883 223.823 227.102 145.633 3,7 1,5 -35,91T 62.803 69.496 74.656 23.682 10,7 7,4 -68,3 215.883 223.823 227.102 145.633 3,7 1,5 -35,9

A 24.562 19.084 22.230 8.353 -22,3 16,5 -62,4 221.803 218.345 230.248 131.756 -1,6 5,5 -42,8M 27.641 32.388 29.629 13.052 17,2 -8,5 -55,9 217.316 223.092 227.489 115.179 2,7 2,0 -49,4J 32.551 35.945 28.959 17.505 10,4 -19,4 -39,6 214.550 226.486 220.503 103.725 5,6 -2,6 -53,0

2T 84.754 87.417 80.818 38.910 3,1 -7,5 -51,9 214.550 226.486 220.503 103.725 5,6 -2,6 -53,0

J 27.830 27.138 22.946 11.017 -2,5 -15,4 -52,0 217.469 225.794 216.311 91.796 3,8 -4,2 -57,6A 5.145 4.455 2.943 1.606 -13,4 -33,9 -45,4 216.770 225.104 214.799 90.459 3,8 -4,6 -57,9S 5.602 4.210 2.939 1.606 -24,8 -30,2 -45,4 216.417 223.712 213.528 89.126 3,4 -4,6 -58,33T 38.577 35.803 28.828 14.229 -7,2 -19,5 -50,6 216.417 223.712 213.528 89.126 3,4 -4,6 -58,3

O 6.056 6.688 3.594 2.900 10,4 -46,3 -19,3 215.753 224.344 210.434 88.432 4,0 -6,2 -58,0N 9.131 7.652 2.964 4.223 -16,2 -61,3 42,5 215.707 222.865 205.746 89.691 3,3 -7,7 -56,4D 15.809 14.886 5.747 4.671 -5,8 -61,4 -18,7 217.130 221.942 196.607 88.615 2,2 -11,4 -54,94T 30.996 29.226 12.305 11.794 -5,7 -57,9 -4,2 217.130 221.942 196.607 88.615 2,2 -11,4 -54,9

VehículosFuente: Boletín Informativo Banco España/ANFAC

% VARIACIÓN2009

% VARIACIÓNMES

PERIODO MENSUAL

20082007

EVOLUCIÓN MENSUAL DE LA MATRICULACIÓN DE TURISMOS CON FINES PRODUCTIVOS

PERIODO ANUAL MÓVIL

20082007 200920062006

7.25

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

en el primero están comprendidos los vehículos destinados a empresas de alquiler, enseñanza y autotaxis, mostrando cifras inferiores en su conjunto a las reflejadas en el cuadro número 7.4.4, correspondiente a las autorizaciones de exención concedidas por la Administración para dichos supuestos.

7.4.4. Devoluciones del impuesto.

El importe de las devoluciones relativas al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (incluida Canarias) alcanzó en el año 2009 la cifra de 35,6 millones de euros, un 24,4% inferior a la registrada en 2008 que fue de 47,1 millones de euros (34,45 en 2007, 31,81 en 2006, 33,52 en 2005, 33,78 en 2004, 39,68 en 2003, 31,95 en 2002, 30,21 en 2001, 27,79 en 2000 y 22,61 millones en 1999), y duplica y triplica las registradas en los años 1995 y 1994. El importe devuelto representa el 14,6% del total de devoluciones realizadas en el año 2009 por el conjunto de los impuestos especiales y el 4,5% de la recaudación bruta por el impuesto.

La causa del importante incremento a partir de 1996, debe responder a que fue a partir de 1995 cuando se reconoció el derecho a la devolución del impuesto a empresarios dedicados profesionalmente a la reventa de medios de transporte que exportaran de forma definitiva medios de transporte previamente matriculados en España (Modelo 568).

7.5. El parque de vehículos automóviles.

Aunque el hecho imponible de este impuesto está constituido, normalmente, por la primera matriculación de los distintos medios de transporte (vehículos automóviles, embarcaciones y aeronaves), lo realmente significativo, a efectos de recaudación, es la matriculación de vehículos automóviles. De ahí la indiscutible importancia que ha de concederse a la información relativa al parque de vehículos automóviles y a la matriculación de los mismos.

En el cuadro número 7.5.1 se presenta la serie del parque de automóviles al final de cada uno de los años comprendidos en el período 1992-2009, distinguiendo entre camiones, autobuses, turismos, motocicletas, y tractores industriales y demás vehículos. Para facilitar el análisis de la evolución del parque se han incluido números índices con base 100 en 1992.

Para el conjunto de vehículos, el parque ha aumentado en estos diecisiete últimos años un 78 por 100, habiéndose producido una reducción en el año 2009 de casi 113.260 vehículos, frente al aumento de 650.770 registrado el año anterior. El 71,2% de los vehículos en circulación son turismos, cuyo parque se ha incrementado en un 68 por 100 en este mismo periodo; los camiones lo han hecho en un 94% y las motocicletas en un 108%; los autobuses son los que menos han crecido, un 33%, y los tractores industriales y demás vehículos los que más, un 260%. La relación entre población y parque automóvil ha pasado de 404 automóviles por 1.000 habitantes en 1990 a 673 automóviles en 2008, lo que supone haber multiplicado por 1,7 el parque en dicho período; así mismo, el número de habitantes por vehículo de turismo ha pasado de 3,24 habitantes en el año 1990 a 2,08 en 2009.

En el gráfico número 7.5.1 se ha representado la estructura del parque de automóviles al 31 de diciembre de 2009, en el que destaca la preponderancia de los automóviles de turismo sobre el resto de los vehículos componentes del parque.

El desglose por provincias del parque de vehículos automóviles se encuentra en el cuadro número 7.5.2 que no requiere comentarios.

La información sobre el parque de automóviles finaliza con la relativa a la antigüedad de los vehículos en circulación a que se refiere el cuadro número 7.5.3. En este cuadro se desglosa el número de medios para cada una de las categorías de vehículos que componen el parque a 31 de diciembre de 2009, según el año en que han sido matriculados; la última columna recoge el dato de la antigüedad media de cada categoría de vehículos en circulación al final del año 2009.

7.26

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.5.1

Nº Indice Nº Indice Nº Indice Nº Indice Nº Indice Nº Indice

1992 2.649.596 100 47.180 100 13.102.285 100 1.251.879 100 296.263 100 17.347.203 100

1993 2.735.144 103 47.028 100 13.440.694 103 1.278.695 102 308.336 104 17.809.897 103

1994 2.825.747 107 47.088 100 13.733.794 105 1.287.850 103 324.445 110 18.218.924 105

1995 2.936.765 111 47.375 100 14.212.259 108 1.301.180 104 349.666 118 18.847.245 109

1996 3.057.347 115 48.405 103 14.753.809 113 1.308.208 104 374.335 126 19.542.104 113

1997 3.205.974 121 50.035 106 15.297.366 117 1.326.333 106 406.700 137 20.286.408 117

1998 3.393.446 128 51.805 110 16.050.057 122 1.361.155 109 450.030 152 21.306.493 123

1999 3.604.972 136 53.540 113 16.847.397 129 1.403.771 112 501.514 169 22.411.194 129

2000 3.780.221 143 54.732 116 17.449.235 133 1.445.644 115 554.383 187 23.284.215 134

2001 3.949.001 149 56.146 119 18.150.880 139 1.483.442 118 610.402 206 24.249.871 140

2002 4.091.875 154 56.953 121 18.732.632 143 1.517.208 121 667.064 225 25.065.732 144

2003 4.188.910 158 55.993 119 18.688.320 143 1.513.526 121 722.703 244 25.169.452 145

2004 4.418.039 167 56.957 121 19.541.918 149 1.612.082 129 803.645 271 26.432.641 152

2005 4.655.413 176 58.248 123 20.250.377 155 1.805.827 144 887.411 300 27.657.276 159

2006 4.910.257 185 60.385 128 21.052.559 161 2.058.022 164 972.838 328 29.054.061 167

2007 5.140.586 194 61.039 129 21.760.174 166 2.311.346 185 1.045.312 353 30.318.457 175

2008 5.192.219 196 62.196 132 22.145.364 169 2.500.819 200 1.068.626 361 30.969.224 179

2009 5.136.214 194 62.663 133 21.983.485 168 2.606.674 208 1.066.933 360 30.855.969 178

Fuente: Dirección General de Tráfico. Servicio de Estadística.

EVOLUCIÓN DEL PARQUE NACIONAL DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES

Clase de vehículos

Camiones Autobuses Turismos Motocicletas VariosTotal

Año

7.27

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

7.28

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.5.2

Camiones Autobuses Turismos Motocicletas Varios (*)

ANDALUCIA 891.935 8.459 3.720.792 491.196 168.670 5.281.052 Almería 95.891 675 312.296 36.337 22.658 467.857 Cádiz 98.959 1.060 534.450 72.423 19.509 726.401 Córdoba 95.618 739 347.406 42.029 17.022 502.814 Granada 112.475 1.132 423.088 75.811 18.389 630.895 Huelva 52.165 684 226.530 20.442 10.593 310.414 Jaén 111.838 516 264.181 28.647 16.503 421.685 Málaga 171.850 1.545 733.852 111.909 25.205 1.044.361 Sevilla 153.139 2.108 878.989 103.598 38.791 1.176.625

ARAGÓN 165.969 1.690 573.107 58.261 43.678 842.705 Huesca 38.083 357 108.900 10.908 10.172 168.420 Teruel 36.285 175 75.950 5.975 6.698 125.083 Zaragoza 91.601 1.158 388.257 41.378 26.808 549.202

ASTURIAS (PRINCIPADO) 92.320 1.307 493.893 41.624 26.974 656.118

BALEARS (ILLES) 130.991 2.342 644.979 95.042 16.830 890.184

CANARIAS 355.731 5.501 974.992 94.717 38.375 1.469.316 Las Palmas 176.355 2.563 487.162 47.954 20.595 734.629 Sta. C. Tenerife 179.376 2.938 487.830 46.763 17.780 734.687

CANTABRIA 57.806 630 281.589 29.686 17.161 386.872

CASTILLA-LA MANCHA 288.959 2.355 957.915 87.298 67.658 1.404.185 Albacete 53.502 443 178.362 19.853 13.011 265.171 Ciudad Real 71.708 466 226.264 19.944 15.049 333.431 Cuenca 37.011 383 102.547 9.320 11.396 160.657 Guadalajara 30.400 248 117.610 12.006 7.936 168.200 Toledo 96.338 815 333.132 26.175 20.266 476.726

CASTILLA Y LEÓN 281.195 3.456 1.234.342 97.179 82.053 1.698.225 Ávila 26.208 156 83.192 6.533 6.170 122.259 Burgos 39.137 498 179.636 12.235 14.521 246.027 León 59.343 787 246.950 19.847 14.991 341.918 Palencia 18.114 277 85.038 6.019 6.604 116.052 Salamanca 36.377 525 166.574 12.531 8.392 224.399 Segovia 22.012 273 83.697 6.249 6.638 118.869 Soria 14.650 101 46.114 3.699 4.329 68.893 Valladolid 42.032 594 248.199 22.814 13.730 327.369 Zamora 23.322 245 94.942 7.252 6.678 132.439

CATALUÑA 812.590 8.671 3.346.653 645.479 180.715 4.994.108 Barcelona 527.238 6.206 2.393.478 492.163 115.994 3.535.079 Girona 115.850 988 373.931 72.600 21.300 584.669 Lleida 63.523 521 211.098 24.982 19.620 319.744 Tarragona 105.979 956 368.146 55.734 23.801 554.616

COMUNIDAD VALENCIANA 531.099 4.582 2.376.266 305.810 108.814 3.326.571 Alicante 195.419 1.581 889.573 114.393 30.022 1.230.988 Castellón 80.557 492 281.562 31.977 15.941 410.529 Valencia 255.123 2.509 1.205.131 159.440 62.851 1.685.054

EXTREMADURA 137.115 1.345 535.480 40.923 29.331 744.194 Badajoz 76.082 730 336.275 25.417 17.469 455.973 Cáceres 61.033 615 199.205 15.506 11.862 288.221

GALICIA 247.415 4.710 1.434.430 118.297 68.217 1.873.069 A Coruña 85.419 1.836 574.234 40.723 23.108 725.320 Lugo 41.094 911 187.937 13.534 12.743 256.219 Ourense 38.866 619 175.769 12.494 8.408 236.156 Pontevedra 82.036 1.344 496.490 51.546 23.958 655.374

MADRID 643.687 11.469 3.277.367 267.860 93.159 4.293.542

MURCIA 162.410 1.818 683.203 84.840 42.304 974.575

NAVARRA 82.087 950 294.293 27.206 22.426 426.962

PAÍS VASCO 194.954 3.006 943.394 96.000 49.187 1.286.541 Álava 32.740 519 146.071 11.328 8.650 199.308 Guipúzcoa 71.268 844 302.256 44.060 17.913 436.341 Vizcaya 90.946 1.643 495.067 40.612 22.624 650.892

RIOJA, LA 41.668 248 131.766 12.166 9.133 194.981

CEUTA 7.334 67 40.596 8.451 1.007 57.455

MELILLA 10.949 57 38.428 4.639 1.241 55.314

Total 5.136.214 62.663 21.983.485 2.606.674 1.066.933 30.855.969

(*) Tractores industriales (206.730 unidades) y otros vehículos (860.203 unidades).

Provincia Total

PAR

7.29 Fuente: Dirección General de Tráfico. Servicio de Estadística.

QUE NACIONAL DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2009

Clase de vehículos

Page 30: 7. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE … · 2018. 2. 7. · 7. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE. 7.1. La naturaleza del impuesto. 7.2. Novedades

Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.5.3

Año Matriculación Antes de Entre Entre Entre Entre Antig. Media

T i p o 1990 1990-1994 1995-1999 2000-2004 2005-2009 (Años)

Camiones 742.037 14,4 585.791 11,4 946.120 18,4 1.385.328 27,0 1.476.938 28,8 5.136.214 100 12

Autobuses 8.736 13,9 5.407 8,6 13.649 21,8 16.108 25,7 18.763 29,9 62.663 100 12

Turismos 2.679.832 12,2 1.876.154 8,5 4.155.417 18,9 6.653.985 30,3 6.618.097 30,1 21.983.485 100 12

Motocicletas 623.779 23,9 301.038 11,5 189.026 7,3 368.438 14,1 1.124.393 43,1 2.606.674 100 12

Varios 115.664 10,8 83.630 7,8 150.983 14,2 329.694 30,9 386.962 36,3 1.066.933 100 11

Totales 4.170.048 13,5 2.852.020 9,2 5.455.195 17,7 8.753.553 28,4 9.625.153 31,2 30.855.969 100 12

Fuente: Dirección General de Tráfico. Servicio de Estadística.

ANTIGÜEDAD DEL PARQUE DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES A 31/12/2009

% %TOTAL% % % %

7.30

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Para el conjunto de los vehículos, su antigüedad media es de 12 años, habiéndose matriculado hace más de 20 años el 13,5% y hace menos de seis años el 31,2 por 100. Los vehículos en circulación más antiguos son las motocicletas (12 años) y el parque más renovado corresponde a los vehículos industriales de los que el 36,3% no supera los seis años y solamente el 10,8% tiene más de 20 años.

Parece interesante analizar los efectos que hayan podido tener las medidas legales adoptadas en 1994 y 1995 y en el período 1997-2009, para incentivar la renovación del parque de turismos. Si se comparan los datos de este cuadro con el correspondiente al final del año 1993(*) puede observarse cómo el número de turismos con más de 20 años de antigüedad ha pasado de representar el 6,8% en 1993, al 12,2% en el año 2009. Por el contrario, el número de turismos en circulación con una antigüedad entre 15 y 20 años, ha descendido del 11,4% al 8,5% y la de turismos entre 10 y 15 años ha aumentado del 17,4% al 18,9 por 100. Es en el segmento de antigüedad entre 15 y 20 años en el que se han hecho notar las medidas incentivadoras de la renovación del parque de turismos, como se pone de manifiesto en el gráfico número 7.5.2, favorecidas por los sucesivos descensos de los tipos de interés en las compras a crédito (más de un 70% de los turismos que se venden en España) y por los incentivos del plan PREVER al achatarramiento en la compra de vehículos: con deducciones en el IEDMT en el caso de los nuevos o bien con descuentos sobre el PVP en el caso de vehículos semi-nuevos, incluyendo comerciales ligeros y, también, al Plan VIVE y Plan 2000 E, implantados en 2008 y 2009.

7.6. Evolución de la matriculación de vehículos automóviles.

A la hora de analizar la evolución de la matriculación de vehículos automóviles, en tanto deviene hecho imponible del impuesto especial, es lógico limitar el análisis a aquellos vehículos cuya primera matriculación está sujeta a dicho impuesto. Este es el objeto del cuadro número 7.6.1 en el que se han anotado el número de turismos (incluyen todoterrenos) y motocicletas matriculados en cada uno de los años comprendidos en el período 1992-2009.

En el supuesto de las motocicletas se han distinguido según que su cilindrada supere o no los 125 c.c., habida cuenta que, en 1993, 1995 y 1996, la matriculación de motocicletas de cilindrada no superior a 125 c.c. ha estado incluida entre los supuestos de no sujeción. Durante 1994 ha estado sujeta al impuesto la matriculación de las motocicletas a partir de una cilindrada de 50 c.c., que son todas las que se incluyen en el cuadro dentro de la categoría de "menores de 125. c.c." ya que las que tienen una cilindrada inferior a 50 c.c. no son objeto de matriculación. A partir de abril de 1997, se han incluido, también en la categoría de "menores de 125 c.c.", el número de matriculaciones correspondiente a motocicletas inferiores a 125 c.c., registradas hasta el mes de marzo y las de menos de 250 c.c. a partir del mes de abril, con el fin de reflejar la cantidad de las mismas no sujetas al IMT que a partir del 11 de abril incluía en el supuesto de no sujeción las comprendidas también entre las cilindradas de 125 y 250 c.c. Asimismo, desde 1998 se reflejan los datos correspondientes a las categorías inferiores o superiores a 250 c.c.

A partir de los datos relativos a estas matriculaciones, se han obtenido las tasas de variación interanuales para cada una de estas categorías de vehículos, cuya evolución en los últimos cinco años, en general, ha sido muy positiva por el buen ritmo de la actividad económica y que se ha visto favorecida por el mantenimiento de bajos tipos de interés que ha permitido la financiación a bajo coste y por tanto la posibilidad de segmentos de población de menor poder adquisitivo, como jóvenes e inmigrantes, poder optar a la compra de un vehículo.

En 2001, la matriculación de turismos registra un crecimiento del 2,16% que se puede justificar, en buena parte, por las nuevas bonificaciones introducidas en el IEDMT y en el hecho de la renovación de turismos que utilizaban gasolinas con plomo que, como se ha comentado anteriormente, dejaron de comercializarse a partir del 1 de agosto. Sin embargo, las matriculaciones de motocicletas de más de 250 c.c. descendieron un 3,05 por 100.

En 2002, la matriculación de turismos registra un descenso del 6,03% que, en buena medida, ha estado condicionado por el entorno económico, caracterizado por un menor crecimiento (*) Cfr. cuadro número 92 de la Memoria de Impuestos Especiales de 1993 y Estudio de Impuestos Especiales referido al año 1995.

7.31

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.6.1

1992 1.008.454 39.146 61.450 10,33 -25,29 -7,45

1993 775.461 20.916 29.818 -23,10 -46,57 -51,48

1994 938.971 13.084 22.066 21,09 -37,45 -26,00

1995 870.497 14.514 20.170 -7,29 10,93 -8,59

1996 968.363 13.090 18.127 11,24 -9,81 -10,13

1997 1.091.190 24.729 17.143 12,68 88,92 -5,43

1998 1.282.970 36.928 19.224 17,58 49,33 12,14

1999 1.502.531 42.491 26.179 17,11 15,06 36,18

2000 1.467.160 43.195 28.880 -2,35 1,66 10,32

2001 1.498.849 36.198 27.998 2,16 -16,20 -3,05

2002 1.408.426 33.835 29.581 -6,03 -6,53 5,65

2003 1.492.527 41.056 36.440 5,97 21,34 23,19

2004 1.653.798 69.438 53.757 10,81 69,13 47,52

2005 1.676.707 146.140 74.284 1,39 110,46 38,18

2006 1.660.627 170.310 104.608 -0,96 16,54 40,82

2007 1.633.806 164.132 121.501 -1,62 -3,63 16,15

2008 1.185.438 115.961 105.811 -27,44 -29,35 -12,91

2009 971.177 87.899 52.009 -18,07 -24,20 -50,85

(1) Incluye Todoterrenos.

(*) <= 125 c.c. hasta marzo de 1997 y <= 250 c.c. a partir de abril de 1997.

(**) > 125 c.c. hasta marzo de 1997 y > 250 c.c. a partir de abril de 1997.

Fuente: Dirección General de Tráfico. Servicio de Estadística.

(1)

TURISMOS

EVOLUCIÓN DE LA MATRICULACIÓN DE TURISMOS Y MOTOCICLETAS

TURISMOS

MOTOCICLETASAños

<125 c.c./250 c.c.(*)

>125 c.c./250 c.c.(**)

TASAS DE VARIACIÓN (%)

MOTOCICLETAS

<125 c.c./250 c.c.(*)

>125 c.c./250 c.c.(**)

7.32

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

económico y del empleo con una perdida de confianza del consumidor. Sin embargo, las matriculaciones de motocicletas de más de 250 c.c. reflejan un aumento del 5,65 por 100.

En 2003, tanto las matriculaciones de turismos como de motocicletas reflejan crecimientos del 6% y 23,2%, respectivamente, respecto del año anterior, acusando el efecto de un contexto económico más favorable.

En el año 2004, el mayor ritmo de crecimiento de la actividad económica y, en especial, el buen comportamiento del consumo privado, han impulsado tanto las matriculaciones de turismos como de motocicletas que reflejan en este último año crecimientos extraordinarios del 10,8% y 47,5%, respectivamente, alcanzando récords históricos en el número de ellas.

En el año 2005, la evolución en el caso de los turismos ha sido también positiva superando, sobradamente, por segundo año consecutivo, el millón y medio de unidades y cerrando el año con un incremento del 1,4%; las motocicletas, por su parte, han continuado manteniendo por tercer año altos ritmos de crecimiento y que, en el caso de las afectadas por el IEDMT, ha superado el 38 por 100.

En el año 2006, la matriculación de turismos ha descendido un 1%, mientras que las motocicletas han mantenido el buen ritmo de crecimiento de años anteriores, un 40,8% las sujetas al IEDMT.

En el año 2007, los turismos matriculados han descendido un 1,6% y ha bajado el ritmo de matriculación de motocicletas sujetas al 16,2%, casi un 25% respecto al registrado el año anterior.

En el año 2008, los turismos matriculados han descendido, nada menos que un 27,4% y ha bajado el número de matriculación de motocicletas sujetas un 12,9%, frente al crecimiento del 16,2% registrado el año anterior, acusando la recesión económica.

Por último, en el año 2009, los turismos matriculados han descendido un 18,07% y ha bajado el número de matriculación de motocicletas sujetas un 50,9 por 100, como continuidad al descenso registrado en la actividad económica y en los niveles de empleo.

En el cuadro número 7.6.2 se recoge la matriculación de turismos por CC.AA. en los cinco últimos años, en el que se han incluido los vehículos todo terreno que hasta el día 1 de enero de 1997 tuvieron un tipo impositivo diferenciado. Asimismo, se reflejan las tasas de variación registradas en dichos años. Obviamente, la estructura de la matriculación por CC.AA., acusa ligeras diferencias, respecto a la correspondiente de la recaudación por el Impuesto Especial, analizada en el capítulo “Análisis Global”; en el caso de la primera, no se recogen los vehículos exentos y no sujetos al Impuesto, así como las posibles variaciones que pueden existir en las bases imponibles medias de cada Comunidad Autónoma y las deducciones practicadas en las cuotas.

En el cuadro número 7.6.3 se ha desglosado el número de matriculaciones de turismos en cada año, entre sus distintas categorías de cilindrada, expresándose también el número de turismos matriculados en números índices, haciendo igual a 100 el número de los matriculados en 1992.

Para el conjunto de turismos, el índice para el año 2009 es 96, lo que equivale a decir que las matriculaciones se han reducido en un 4% en el período analizado, frente al 66% de incremento que registra al año 2005. El número de matriculaciones registradas en 2009 ha disminuido un 18,1% respecto de 2007, por lo que ya son cuatro años en los que se adopta una tendencia al descenso.

Estas variaciones globales en el número de turismos matriculados encubren otras absolutamente dispares en las distintas categorías, cuya modificación fundamental se produjo en 1989. Así el segmento de mayor cilindrada, superior a 2.000 c.c., ha sido el que ha tenido un mayor crecimiento, un 73% en el período contemplado, alcanzando un máximo en el 2006 con 183%. Por el contrario, para el segmento de 1.200-1.599 c.c., el mínimo se alcanza en 1993, con un índice 60, experimentando en los años siguientes una cierta recuperación, pero todavía lejos de las cifras alcanzadas en los primeros años del período considerado en los que era el segmento preponderante sobre el resto.

El segmento que corresponde a la categoría inferior a 1.200 c.c., creció extraordinariamente hasta el año 1990 en que consiguió el máximo de la serie cayendo progresivamente hasta el año

7.33

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.6.2

2005 2006 2007 2008 2009 06/05 07/06 08/07 09/08

Andalucía 264.603 265.457 258.247 181.798 139.935 0,32 -2,72 -29,60 -23,03

Aragón 37.009 36.918 40.639 28.921 23.477 -0,25 10,08 -28,83 -18,82

Asturias 29.587 29.984 30.317 22.397 23.473 1,34 1,11 -26,12 4,80

Baleares 54.429 51.727 54.503 34.476 25.063 -4,96 5,37 -36,74 -27,30

Canarias 69.058 72.550 72.693 45.582 32.201 5,06 0,20 -37,30 -29,36

Cantabria 17.196 17.655 17.362 12.234 12.094 2,67 -1,66 -29,54 -1,14

Castilla La Mancha 53.993 56.849 57.384 41.290 34.587 5,29 0,94 -28,05 -16,23

Castilla León 68.236 67.027 66.497 46.704 48.447 -1,77 -0,79 -29,77 3,73

Cataluña 263.528 248.611 230.410 162.987 140.874 -5,66 -7,32 -29,26 -13,57

Extremadura 25.624 25.677 25.238 17.938 17.581 0,21 -1,71 -28,92 -1,99

Galicia 80.028 80.605 82.066 58.726 59.826 0,72 1,81 -28,44 1,87

Madrid 372.596 370.741 371.126 303.737 223.722 -0,50 0,10 -18,16 -26,34

Murcia 48.514 49.469 47.405 28.013 22.814 1,97 -4,17 -40,91 -18,56

Navarra 17.124 16.829 16.856 12.830 14.778 -1,72 0,16 -23,88 15,18

País Vasco 58.793 57.157 57.101 44.170 44.969 -2,78 -0,10 -22,65 1,81

La Rioja 7.668 7.583 7.777 5.399 5.246 -1,11 2,56 -30,58 -2,83

C. Valenciana 203.941 201.391 193.672 134.366 98.655 -1,25 -3,83 -30,62 -26,58

TOTAL 1.671.927 1.656.230 1.629.293 1.181.568 967.742 -0,94 -1,63 -27,48 -18,10

(*) Incluye Todoterrenos y Derivados.Fuente: Dirección General de Tráfico. Servicio de Estadística.

Comunidad Autónoma

TOTAL TURISMOS

MATRICULACIONES DE TURISMOS (*) POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS

TASAS DE VARIACIÓN (%)

7.34

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.6.3

Nº Índice Nº Índice Nº Índice Nº Índice Nº Índice

1992 189.044 100 338.720 100 407.594 100 73.096 100 1.008.454 100

1993 125.943 67 256.008 76 329.660 81 63.850 87 775.461 77

1994 172.500 91 319.108 94 385.879 95 61.484 84 938.971 93

1995 142.374 75 293.581 87 365.160 90 69.382 95 870.497 86

1996 135.083 71 338.117 100 407.918 100 87.245 119 968.363 96

1997 133.380 71 373.520 110 476.498 117 107.792 147 1.091.190 108

1998 119.498 63 417.808 123 620.925 152 124.739 171 1.282.970 127

1999 129.304 68 460.962 136 794.789 195 117.476 161 1.502.531 149

2000 100.749 53 443.158 131 802.257 197 120.996 166 1.467.160 145

2001 112.754 60 458.712 135 783.676 192 143.707 197 1.498.849 149

2002 106.812 57 438.603 129 720.031 177 142.980 196 1.408.426 140

2003 103.147 55 496.991 147 731.400 179 160.989 220 1.492.527 148

2004 92.878 49 602.558 178 783.074 192 175.288 240 1.653.798 164

2005 76.868 41 694.186 205 729.605 179 176.048 241 1.676.707 166

2006 81.869 43 716.408 212 674.411 165 187.939 257 1.660.627 165

2007 68.271 36 703.145 208 681.590 167 180.800 247 1.633.806 162

2008 52.877 28 537.244 159 480.560 118 114.757 157 1.185.438 118

2009 52.149 28 484.931 143 356.566 87 77.531 106 971.177 96

(*) Incluye Todoterrenos.

Fuente: Dirección General de Tráfico. Servicio de Estadística

EVOLUCIÓN DE LA MATRICULACIÓN DE TURISMOS (*)

Potencia

Año

<1.200 c.c 1.200-1.599 c.c 1.600-1.999 c.c >2.000 c.c Total

7.35

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

2000 en que el índice desciende hasta el 53. En los últimos años se aprecia un descenso continuado hasta situar la cifra de matriculación en 2009 por debajo de los 52.150 turismos.

Por último, el segmento de mayor demanda y que corresponde al intervalo entre 1600-1999 c.c., que había mantenido un alto crecimiento en el período 1996-2000, adopta una tendencia al descenso en el último período analizado, 2001-2009, si exceptuamos los años 2004 y 2007.

La evolución en el conjunto del período apunta, por tanto, a un crecimiento de los turismos de mayor cilindrada. Esta evolución se puede apreciar claramente en el gráfico número 7.6.1, en el que se representa el número de turismos matriculados, dentro de cada categoría, en cada uno de los años del período analizado. En él destaca la supremacía, desde 1992, del segmento de 1.600-1.999 c.c.; el importante descenso registrado en la categoría de 1.200-1.599 c.c. que, si bien refleja una cierta recuperación en los últimos años, el nivel está aún muy lejos del alcanzado en los primeros; el también descenso, no sostenido, del segmento de menor cilindrada y el incremento, en los últimos años, del segmento de mayor cilindrada, si exceptuamos los dos últimos años.

La evolución mensual de la matriculación de turismos se ha recogido en el cuadro número 7.6.4, en el que se ha anotado, en su parte izquierda, el número de vehículos matriculados en cada uno de los meses y trimestres del período 2006-2009, habiéndose calculado las tasas interanuales de variación correspondientes a cada mes y trimestre. A la vista de este cuadro se confirma que el mes de mayor número de matriculación de turismos es el de julio, sustituido por el de junio en 1995, mes en el que finalizaba el incentivo del Plan Renove II; por el contrario, en el mes de agosto es en el que se producen menos matriculaciones. A partir del tercer trimestre de 1996 y hasta el tercer trimestre de 1999, se registraron altas tasas interanuales de variación en todos los trimestres, por encima de los dos dígitos, que abandonan a partir del cuarto y adoptan una clara tendencia al descenso durante todo el año 2000 que se invierte durante el año 2001, aunque a ritmos de crecimiento inferiores a los registrados en años anteriores; en 2002, adopta una tendencia al descenso, más acusadamente durante el primer semestre, para recuperarse con el último trimestre del año y, finalmente, desde mediados de 2003, las tasas se hacen todas positivas, llegando a superar de nuevo los dos dígitos hasta mediados de 2004; en 2005 y más acusado en 2006. En los tres últimos años, el ritmo de crecimiento se hace más atenuado e incluso llegan a aparecer tasas negativas, que se generalizan en 2008 y 2009, apuntando a una clara tendencia al descenso.

En la parte central del cuadro se han anotado las matriculaciones acumuladas desde el principio de cada año hasta el final del período considerado, así como las correspondientes tasas interanuales de variación.

Esta trayectoria se pone de manifiesto de forma más clara en la serie desestacionalizada, constituida por el número de matriculaciones anuales móviles que se recoge en la parte derecha del cuadro y que se corresponde con las realizadas en el período de doce meses que finaliza en cada uno de los meses considerados.

La matriculación de motocicletas se ha multiplicado por 1,4 en el mismo período analizado, como se pone de manifiesto en el cuadro número 7.6.5, registrando un fuerte auge, sobre todo, en el período 1990-1992 con niveles que duplicaban los actuales, para, a partir de 1993, en el que se produce un drástico descenso del casi 50%, ir disminuyendo hasta 1996, en el que se alcanza el mínimo de la serie (31.217 matriculaciones), momento en el que la tendencia se invierte y se hace creciente hasta alcanzar las 72.075 en 2000 que se reduce en los dos años siguientes, y viene a reflejar unos incrementos extraordinarios en los últimos cinco años como así lo manifiesta el notable avance experimentado, aunque en 2007 disminuye el ritmo de crecimiento a casi la mitad respecto del registrado el año anterior y en 2008 y 2009 se hace negativo.

Esta evolución no ha sido uniforme en todas las categorías de motocicletas. Así, en el segmento de mayor cilindrada (superior a 500 c.c.) se ha producido un incremento de matriculaciones en el conjunto del período analizado del 776%, si bien es en los dos últimos años donde se duplica el número de matriculaciones de éstos; no obstante, éste es el segmento, junto con el correspondiente a la categoría de 125-250 c.c. en que se ha producido el mayor número de matriculaciones sujetas al Impuesto hasta 1997 (un 41% del total de matriculaciones en dicho año). Este último segmento deja de estar sujeto a partir de abril de 1997 por lo que a pesar del incremento en las matriculaciones se registra una caída del 5,43% respecto de 1996 a las que son de aplicación

7.36

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.6.4

MES

07/06 08/07 09/08 07/06 08/07 09/08 07/06 08/07 09/08

E 115.490 125.983 104.957 60.665 9,1 -16,7 -42,2 115.490 125.983 104.957 60.665 9,1 -16,7 -42,2 1.676.801 1.671.120 1.612.780 1.141.146 -0,3 -3,5 -29,2F 128.831 123.324 124.841 63.295 -5,8 -3,1 -48,7 244.321 249.307 229.798 123.960 2,0 -7,8 -46,1 1.674.756 1.665.613 1.614.297 1.079.600 -0,5 -3,1 -33,1M 176.075 175.328 126.355 77.126 8,2 -28,2 -56,0 420.396 424.635 356.153 201.086 1,0 -16,1 -43,5 1.688.770 1.664.866 1.565.324 1.030.371 -1,4 -6,0 -34,21T 420.396 424.635 356.153 201.086 4,0 -15,3 -52,6 420.396 424.635 356.153 201.086 1,0 -16,1 -43,5 1.688.770 1.664.866 1.565.324 1.030.371 -1,4 -6,0 -34,2

A 131.631 123.846 125.660 67.858 -15,7 -4,5 -45,2 552.027 548.481 481.813 268.944 -0,6 -12,2 -44,2 1.673.415 1.657.081 1.567.138 972.569 -1,0 -5,4 -37,9M 155.805 155.399 118.124 72.316 1,2 -24,2 -53,5 707.832 703.880 599.937 341.260 -0,6 -14,8 -43,1 1.675.662 1.656.675 1.529.863 926.761 -1,1 -7,7 -39,4J 171.028 167.883 116.651 98.273 -3,3 -31,8 -41,5 878.860 871.763 716.588 439.533 -0,8 -17,8 -38,7 1.673.023 1.653.530 1.478.631 908.383 -1,2 -10,6 -38,6

2T 458.464 447.128 360.435 238.447 -5,7 -21,4 -46,7 878.860 871.763 716.588 439.533 -0,8 -17,8 -38,7 1.673.023 1.653.530 1.478.631 908.383 -1,2 -10,6 -38,6

J 169.034 168.611 123.958 110.674 -4,1 -26,7 -34,4 1.047.894 1.040.374 840.546 550.207 -0,7 -19,2 -34,5 1.666.156 1.653.107 1.433.978 895.099 -0,8 -13,3 -37,6A 105.190 100.785 60.738 60.414 -6,4 -42,3 -40,1 1.153.084 1.141.159 901.284 610.621 -1,0 -21,0 -32,2 1.663.624 1.648.702 1.393.931 894.775 -0,9 -15,5 -35,8S 107.510 98.669 67.363 79.284 -14,1 -37,3 -19,6 1.260.594 1.239.828 968.647 689.905 -1,6 -21,9 -28,8 1.656.309 1.639.861 1.362.625 906.696 -1,0 -16,9 -33,53T 381.734 368.065 252.059 250.372 -7,6 -34,0 -32,0 1.260.594 1.239.828 968.647 689.905 -1,6 -21,9 -28,8 1.656.309 1.639.861 1.362.625 906.696 -1,0 -16,9 -33,5

O 128.178 130.446 79.686 100.710 9,0 -37,8 -22,8 1.388.772 1.370.274 1.048.333 790.615 -1,3 -23,5 -24,6 1.664.820 1.642.129 1.311.865 927.720 -1,4 -20,1 -29,3N 135.134 125.392 64.345 88.510 -5,5 -52,4 -29,4 1.523.906 1.495.666 1.112.678 879.125 -1,9 -25,6 -21,0 1.667.328 1.632.387 1.250.818 951.885 -2,1 -23,4 -23,9D 136.721 138.140 72.760 92.052 -3,7 -46,8 -33,4 1.660.627 1.633.806 1.185.438 971.177 -1,6 -27,4 -18,1 1.660.627 1.633.806 1.185.438 971.177 -1,6 -27,4 -18,14T 400.033 393.978 216.791 281.272 -0,4 -45,8 -28,6 1.660.627 1.633.806 1.185.438 971.177 -1,6 -27,4 -18,1 1.660.627 1.633.806 1.185.438 971.177 -1,6 -27,4 -18,1

(*) Incluye Todoterrenos.Fuente: Dirección General de Tráfico. Servicio de Estadística

2009

PERIODO ANUAL MÓVIL

% VARIACIÓN

EVOLUCIÓN MENSUAL DE LA MATRICULACIÓN DE TURISMOS (*)

PERIODO MENSUAL

2009% VARIACIÓN

PERIODO ACUMULADO

2009% VARIACIÓN

20072007 2006 2008 2007 200820062006 2008

7.37

Page 38: 7. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE … · 2018. 2. 7. · 7. IMPUESTO ESPECIAL SOBRE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE. 7.1. La naturaleza del impuesto. 7.2. Novedades

Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.6.5

Potencia 50-75 c.c 75-125 c.c 125-250 c.c 250-500 c.c > 500 c.c Total

Año Nº Índice Nº Índice Nº Índice Nº Índice Nº Índice Nº Índice

1992 21.993 100 17.153 100 12.143 100 10.674 100 38.633 100 100.596 100

1993 10.527 48 10.389 61 5.848 48 4.896 46 19.074 49 50.734 50

1994 6.401 29 6.683 39 7.204 59 3.139 29 11.723 30 35.150 35

1995 6.211 28 8.303 48 7.342 60 2.187 20 10.641 28 34.684 34

1996 3.321 15 9.769 57 6.912 57 1.795 17 9.420 24 31.217 31

1997 1.452 7 13.879 81 11.862 98 2.082 20 12.597 33 41.872 42

1998 636 3 19.523 114 16.769 138 2.405 23 16.819 44 56.152 56

1999 383 2 23.556 137 18.552 153 3.785 35 22.394 58 68.670 68

2000 259 1 22.709 132 20.227 167 3.847 36 25.033 65 72.075 72

2001 200 1 15.839 92 20.159 166 4.433 42 23.565 61 64.196 64

2002 149 1 13.585 79 20.101 166 4.766 45 24.815 64 63.416 63

2003 95 0 16.884 98 24.077 198 6.866 64 29.574 77 77.496 77

2004 143 1 38.665 225 30.630 252 10.512 98 43.245 112 123.195 122

2005 98 0 105.194 613 40.848 336 14.804 139 59.480 154 220.424 219

2006 126 1 125.410 731 44.774 369 18.890 177 85.718 222 274.918 273

2007 122 1 122.976 717 41.034 338 22.874 214 98.627 255 285.633 284

2008 209 1 88.955 519 26.797 221 20.270 190 85.541 221 221.772 220

2009 266 1 73.676 430 13.957 115 12.425 116 39.584 102 139.908 139

Fuente: Dirección General de Tráfico. Servicio de Estadística.

EVOLUCIÓN DE LA MATRICULACIÓN DE MOTOCICLETAS

7.38

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

el Impuesto. En cuanto al segmento comprendido entre 250 y 500 c.c., apenas alcanza el 6,7% del total de matriculaciones en 2005 y su evolución en el período contemplado registra caídas importantes hasta 1996, aunque se aprecia una cierta recuperación en lo últimos años hasta alcanzar el mismo nivel que tenía en 1991.

De las motocicletas cuya matriculación no está sujeta al impuesto, el segmento de menor cilindrada (de 50 a 75 c.c.) registró un incremento de matriculaciones hasta el año 1990 (índice 246), descendiendo a partir de este año hasta un número de matriculaciones en 1998 que supone el 4,31% de las habidas en 1986. Por lo que se refiere al segmento de 75-125 c.c., cabe señalar que es el que más ha aumentado en los tres últimos años debido a la entrada en vigor en 2004 del R.D. 1598/2004, de 2 de julio, por el que se modifica el apartado 4 del artículo 6 del Reglamento General de Conductores, y abre la posibilidad de no requerir el permiso de conducción clase A1 para llevar este tipo de motocicletas a aquellas personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años.

En el gráfico número 7.6.2 se representa la evolución de la matriculación de motocicletas según categorías. En él puede apreciarse el crecimiento a lo largo del período del segmento de mayor cilindrada y la tendencia a la disminución de matriculaciones generalizada para todas las categorías desde 1991, año récord de éstas, hasta 1996, en el que alcanzan un mínimo, para cambiar la tendencia a partir de 1997 e incluso experimentar un salto brusco en los dos penúltimos años, como consecuencia del elevado crecimiento que ha tenido del segmento de 75-125 c.c.

La evolución mensual de la matriculación de motocicletas sujetas al IEDMT, se puede seguir en el cuadro número 7.6.6, de estructura idéntica a la del número 7.6.4. Para estos vehículos, el mes de mayor número de matriculaciones es también el de julio, seguido de los meses que inmediatamente le preceden.

En el cuadro número 7.6.7 se han integrado las cifras del conjunto de matriculación de turismos y el correspondiente a la matriculación de motocicletas, sujetas estas últimas al IEDMT, con el fin de presentar un orden de magnitud en la evolución de la matriculación sujeta al IEDMT, si bien incluyendo en ésta alguno de los supuestos de no sujeción y exención del impuesto.

En el cuadro número 7.6.8 se complementa la información relativa a la evolución de las matriculaciones, según categoría de vehículos y carburante que utilizan.

La demanda de turismos con motores diesel continúa creciendo muy por encima de los de gasolina como consecuencia de la cada vez mayor variedad de modelos ofertados, el mayor rendimiento de estos motores que se traduce en un menor consumo de carburante, lo que unido, entre otros, a las mejoras tecnológicas introducidas en sus prestaciones y al menor precio que todavía mantiene por la diferente fiscalidad ha potenciado la misma.

De los turismos matriculados en 2009 más del 69,2% utilizan gasóleo como carburante frente al 68,3% de 2008, consecuencia, como ya se ha comentado, de la nueva fiscalidad, en función de las emisiones de CO2, implantada en 2008, con un menor impacto de los vehículos diesel; esta proporción se limitaba al 21,6% en 1993, lo que demuestra una marcada tendencia creciente de la utilización del gasóleo como carburante de automoción; ello ha justificado, en otros Estados, el gravamen de estos vehículos con un impuesto anual que compense el beneficio que obtienen al utilizar un carburante sometido a baja tributación, en razón de que se consume generalmente en el sector del transporte.

La totalidad de las motocicletas es accionada por motores a gasolina; por el contrario, el consumo de gasóleo como carburante de motor es absolutamente general en los autobuses matriculados a partir de 1990, así como en los tractores y demás vehículos industriales; en cuanto a los camiones, el 96,6% de los matriculados en 2009 utilizan gasóleo como carburante y, por último, en los turismos se aprecia como a partir de 1999 la proporción a gasóleo supera claramente a los que utilizan gasolinas.

En el cuadro número 7.6.9 y gráfico número 7.6.3 se presenta la evolución mensual de los turismos dados de baja, definitivamente, por sus titulares en la D.G.T., en el período 2005-2009. Si bien, las cifras son muy superiores a las autoliquidaciones presentadas en el modelo 567/576 que corresponden a aquellas declaraciones que se han acogido a algún tipo de deducción en la cuota

7.39

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.6.6

MES

07/06 08/07 09/08 07/06 08/07 09/08 07/06 08/07 09/08

E 5.609 8.176 7.070 2.032 45,8 -13,5 -71,3 5.609 8.176 7.070 2.032 45,8 -13,5 -71,3 69.867 107.091 120.141 99.227 53,3 12,2 -17,4F 6.653 7.917 7.535 2.383 19,0 -4,8 -68,4 12.262 16.093 14.605 4.415 31,2 -9,2 -69,8 72.581 108.355 119.759 94.075 49,3 10,5 -21,4M 9.884 12.019 8.192 3.684 21,6 -31,8 -55,0 22.146 28.112 22.797 8.099 26,9 -18,9 -64,5 77.525 110.490 115.932 89.567 42,5 4,9 -22,71T 22.146 28.112 22.797 8.099 26,9 -18,9 -64,5 22.146 28.112 22.797 8.099 26,9 -18,9 -64,5 77.525 110.490 115.932 89.567 42,5 4,9 -22,7

A 8.858 10.046 12.296 4.399 13,4 22,4 -64,2 31.004 38.158 35.093 12.498 23,1 -8,0 -64,4 80.022 111.678 118.182 81.670 39,6 5,8 -30,9M 10.795 13.586 12.211 4.667 25,9 -10,1 -61,8 41.799 51.744 47.304 17.165 23,8 -8,6 -63,7 84.124 114.469 116.807 74.126 36,1 2,0 -36,5J 13.134 14.331 10.169 5.859 9,1 -29,0 -42,4 54.933 66.075 57.473 23.024 20,3 -13,0 -59,9 89.103 115.666 112.645 69.816 29,8 -2,6 -38,0

2T 32.787 37.963 34.676 14.925 15,8 -8,7 -57,0 54.933 66.075 57.473 23.024 20,3 -13,0 -59,9 89.103 115.666 112.645 69.816 29,8 -2,6 -38,0

J 11.565 15.344 13.082 6.780 32,7 -14,7 -48,2 66.498 81.419 70.555 29.804 22,4 -13,3 -57,8 92.389 119.445 110.383 63.514 29,3 -7,6 -42,5A 8.499 9.853 7.855 3.814 15,9 -20,3 -51,4 74.997 91.272 78.410 33.618 21,7 -14,1 -57,1 95.327 120.799 108.385 59.473 26,7 -10,3 -45,1S 7.805 8.068 7.566 3.674 3,4 -6,2 -51,4 82.802 99.340 85.976 37.292 20,0 -13,5 -56,6 97.298 121.062 107.883 55.581 24,4 -10,9 -48,53T 27.869 33.265 28.503 14.268 19,4 -14,3 -49,9 82.802 99.340 85.976 37.292 20,0 -13,5 -56,6 97.298 121.062 107.883 55.581 24,4 -10,9 -48,5

O 8.296 8.776 6.972 5.012 5,8 -20,6 -28,1 91.098 108.116 92.948 42.304 18,7 -14,0 -54,5 100.349 121.542 106.079 53.621 21,1 -12,7 -49,5N 7.518 7.352 4.754 4.803 -2,2 -35,3 1,0 98.616 115.468 97.702 47.107 17,1 -15,4 -51,8 102.756 121.376 103.481 53.670 18,1 -14,7 -48,1D 5.908 5.779 6.563 4.220 -2,2 13,6 -35,7 104.524 121.247 104.265 51.327 16,0 -14,0 -50,8 104.524 121.247 104.265 51.327 16,0 -14,0 -50,84T 21.722 21.907 18.289 14.035 0,9 -16,5 -23,3 104.524 121.247 104.265 51.327 16,0 -14,0 -50,8 104.524 121.247 104.265 51.327 16,0 -14,0 -50,8

(*) Cilindradas superiores a 250 c.c. desde el 11 de abril de 1997.Fuente: ANESDOR y Dirección General de Tráfico.

2009 2009

EVOLUCIÓN MENSUAL DE LA MATRICULACIÓN DE MOTOCICLETAS (*) SUJETAS AL IDMT

PERIODO MENSUAL

% VARIACIÓN2008 2008

PERIODO ANUAL MÓVIL

% VARIACIÓN2007

PERIODO ACUMULADO

% VARIACIÓN2006 2007 20092006 20082006 2007

7.40

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.6.7

MES

07/06 08/07 09/08 07/06 08/07 09/08 07/06 08/07 09/08

E 121.099 134.159 112.027 62.697 10,8 -16,5 -44,0 121.099 134.159 112.027 62.697 10,8 -16,5 -44,0 1.746.668 1.778.211 1.732.921 1.240.373 1,8 -2,5 -28,4F 135.484 131.241 132.376 65.678 -3,1 0,9 -50,4 256.583 265.400 244.403 128.375 3,4 -7,9 -47,5 1.747.337 1.773.968 1.734.056 1.173.675 1,5 -2,2 -32,3M 185.959 187.347 134.547 80.810 0,7 -28,2 -39,9 442.542 452.747 378.950 209.185 2,3 -16,3 -44,8 1.766.295 1.775.356 1.681.256 1.119.938 0,5 -5,3 -33,41T 442.542 452.747 378.950 209.185 2,3 -16,3 -44,8 442.542 452.747 378.950 209.185 2,3 -16,3 -44,8 1.766.295 1.775.356 1.681.256 1.119.938 0,5 -5,3 -33,4

A 140.489 133.892 137.956 72.257 -4,7 3,0 -47,6 583.031 586.639 516.906 281.442 0,6 -11,9 -45,6 1.753.437 1.768.759 1.685.320 1.054.239 0,9 -4,7 -37,4M 166.600 168.985 130.335 76.983 1,4 -22,9 -40,9 749.631 755.624 647.241 358.425 0,8 -14,3 -44,6 1.759.786 1.771.144 1.646.670 1.000.887 0,6 -7,0 -39,2J 184.162 182.214 126.820 104.132 -1,1 -30,4 -17,9 933.793 937.838 774.061 462.557 0,4 -17,5 -40,2 1.762.126 1.769.196 1.591.276 978.199 0,4 -10,1 -38,5

2T 491.251 485.091 395.111 253.372 -1,3 -18,5 -35,9 933.793 937.838 774.061 462.557 0,4 -17,5 -40,2 1.762.126 1.769.196 1.591.276 978.199 0,4 -10,1 -38,5

J 180.599 183.955 137.040 117.454 1,9 -25,5 -14,3 1.114.392 1.121.793 911.101 580.011 0,7 -18,8 -36,3 1.758.545 1.772.552 1.544.361 958.613 0,8 -12,9 -37,9A 113.689 110.638 68.593 64.228 -2,7 -38,0 -6,4 1.228.081 1.232.431 979.694 644.239 0,4 -20,5 -34,2 1.758.951 1.769.501 1.502.316 954.248 0,6 -15,1 -36,5S 115.315 106.737 74.929 82.958 -7,4 -29,8 10,7 1.343.396 1.339.168 1.054.623 727.197 -0,3 -21,2 -31,0 1.753.607 1.760.923 1.470.508 962.277 0,4 -16,5 -34,63T 409.603 401.330 280.562 264.640 -2,0 -30,1 -5,7 1.343.396 1.339.168 1.054.623 727.197 -0,3 -21,2 -31,0 1.753.607 1.760.923 1.470.508 962.277 0,4 -16,5 -34,6

O 136.474 139.222 86.658 105.722 2,0 -37,8 22,0 1.479.870 1.478.390 1.141.281 832.919 -0,1 -22,8 -27,0 1.765.169 1.763.671 1.417.944 981.341 -0,1 -19,6 -30,8N 142.652 132.744 69.099 93.313 -6,9 -47,9 35,0 1.622.522 1.611.134 1.210.380 926.232 -0,7 -24,9 -23,5 1.770.084 1.753.763 1.354.299 1.005.555 -0,9 -22,8 -25,8D 142.629 143.919 79.323 96.272 0,9 -44,9 21,4 1.765.151 1.755.053 1.289.703 1.022.504 -0,6 -26,5 -20,7 1.765.151 1.755.053 1.289.703 1.022.504 -0,6 -26,5 -20,74T 421.755 415.885 235.080 295.307 -1,4 -43,5 25,6 1.765.151 1.755.053 1.289.703 1.022.504 -0,6 -26,5 -20,7 1.765.151 1.755.053 1.289.703 1.022.504 -0,6 -26,5 -20,7

(*) Cilindradas superiores a 250 c.c. desde el 11 de abril de 1997.Fuente: Dirección General de Tráfico. Servicio de Estadística y ANESDOR

% VARIACIÓN2009 2009

PERIODO ACUMULADO

% VARIACIÓN2008

EVOLUCIÓN MENSUAL DE LA MATRICULACIÓN DE TURISMOS Y MOTOCICLETAS (*) SUJETAS AL IDMT

PERIODO MENSUAL

2009200820072006

PERIODO ANUAL MÓVIL

20062007 2008% VARIACIÓN

20072006

7.41

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.6.8

AUTOBUSES MOTOCICLETAS

Gasolina Gas-oil Gas-oil Gasolina Gas-oil Gasolina Gasolina Gas-oil Gasolina Gas-oil

1992 62.276 172.109 2.775 844.776 163.676 100.596 0 5.630 1.007.648 344.190

1993 40.994 121.458 1.915 608.145 167.316 50.734 0 3.077 699.873 293.766

1994 31.783 140.737 1.853 694.239 244.732 35.150 0 4.928 761.172 392.250

1995 23.893 155.428 2.547 585.950 284.547 34.684 0 9.563 644.527 452.085

1996 20.322 177.042 2.866 599.030 369.333 31.217 0 9.387 650.569 558.628

1997 21.893 214.463 3.371 623.613 467.577 41.872 0 12.494 687.378 697.905

1998 21.217 246.433 3.657 662.798 620.172 56.152 166 17.304 740.333 887.566

1999 23.168 293.758 3.877 735.779 766.752 68.670 168 20.990 827.785 1.085.377

2000 20.228 285.319 3.365 681.967 785.193 72.075 168 21.947 774.438 1.095.824

2001 20.642 266.799 3.503 718.980 779.869 64.196 234 21.686 804.052 1.071.857

2002 16.160 256.936 3.145 603.178 805.226 63.416 273 21.468 683.027 1.086.775

2003 16.977 289.708 3.290 592.973 899.545 77.493 400 23.379 687.843 1.215.922

2004 17.201 326.777 3.659 578.340 1.075.458 123.195 476 24.600 719.212 1.430.494

2005 15.447 375.821 4.175 542.847 1.133.843 220.424 378 26.599 779.096 1.540.438

2006 16.096 381.421 3.845 518.708 1.141.903 274.918 216 27.486 809.938 1.554.655

2007 13.483 382.672 4.019 495.877 1.137.897 285.567 158 29.916 795.085 1.554.504

2008 7.134 213.334 3.816 375.532 809.875 221.528 148 19.237 604.342 1.046.262

2009 4.575 131.284 2.883 298.852 672.242 139.631 93 8.202 443.151 814.611

(*) Incluye Todoterrenos.Fuente: Dirección General de Tráfico. Servicio de Estadística

Año

EVOLUCIÓN DE LA MATRICULACIÓN DE VEHÍCULOS POR TIPO DE CARBURANTE

CAMIONES TURISMOS (*) TRACTORES Y OTROS TOTAL

7.42

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.6.9

Tasa (%) Tasa (%) Tasa (%) Tasa (%) Tasa (%)05/04 06/05 07/06 08/07 09/08

Enero 52.766 -7,5 55.612 5,4 60.043 8,0 46.628 -22,3 46.665 0,1Febrero 63.440 -0,1 65.562 3,3 65.333 -0,3 57.719 -11,7 65.796 14,0Marzo 77.015 9,6 87.309 13,4 79.307 -9,2 60.707 -23,5 78.692 29,6Abril 73.329 34,0 58.913 -19,7 59.896 1,7 62.983 5,2 64.962 3,1Mayo 72.608 12,3 79.255 9,2 76.648 -3,3 59.196 -22,8 66.777 12,8Junio 82.463 10,4 80.634 -2,2 73.789 -8,5 59.918 -18,8 89.838 49,9Julio 74.331 5,9 71.973 -3,2 73.624 2,3 61.162 -16,9 88.039 43,9Agosto 59.784 17,1 59.830 0,1 57.899 -3,2 43.678 -24,6 65.189 49,2Septiembre 70.574 8,6 69.803 -1,1 64.695 -7,3 60.504 -6,5 88.967 47,0Octubre 69.542 5,8 74.414 7,0 77.310 3,9 64.361 -16,7 84.881 31,9Noviembre 75.198 1,2 81.488 8,4 82.675 1,5 58.945 -28,7 81.508 38,3Diciembre 115.285 -3,8 125.934 9,2 116.176 -7,7 98.837 -14,9 115.983 17,3

TOTAL 886.335 6,7 910.727 2,8 887.395 -2,6 734.638 -17,2 937.297 27,6

Fuente: Dirección Gral. de Tráfico. Servicio de Estadística

20082006 20072005Meses 2009

BAJAS DE TURISMOS

7.43

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

íntegra, con ocasión de los diferentes planes vigentes en cada período (minoraciones comentadas anteriormente por baja de vehículos usados para desguace y sustitución de los mismos por la matriculación de nuevos o usados), sí se puede apreciar el efecto de las medidas incentivadoras introducidas para la renovación del parque automovilístico que ha tenido en la evolución de estas bajas. Así, se ha podido apreciar que en el año 1994 (Cfr. mismo cuadro ediciones anteriores) y en el período que va de 1997 a 2007 se alcanzan las cifras más altas como consecuencia de estar en vigor: desde el mes de abril hasta el de octubre de 1994 el Plan Renove I (minoración de hasta 601,1 euros en la cuota íntegra para turismos de más de 10 años) y que se continuó hasta junio de 1995 con el Plan Renove II (minoraciones hasta 480,81 euros para turismos de más de 7 años) y el Plan Prever, en vigor desde abril de 1997 (minoraciones hasta 480,81 euros para turismos y todoterreno y comerciales de hasta 6 toneladas de más de 10 años) y, por último, el Plan Prever ampliado, también, a la baja de vehículos de gasolina con plomo y adquisición de vehículos de gasolina sin plomo, con minoraciones de hasta 721,21 euros. Es, por lo tanto, en el segundo semestre de 1995 (Cfr. Estudio relativo a 2000) y durante todo el año 1996, donde desaparecen prácticamente la mayoría de las medidas incentivadoras y, así, se reflejaba en las tasas interanuales del número de bajas del cuadro.

En el cuadro número 7.6.10 se puede observar las bajas de vehículos automóviles acogidas al Plan Prever y distribuidas por CC.AA. en el bienio 2006-2007, con datos de la DGT.

A partir del 30 de julio de 2008 el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo junto con el ICO pusieron en marcha el Plan VIVE, una línea de créditos con una dotación de 1.200 millones de euros, con el fin de incentivar la sustitución de vehículos con una antigüedad superior a 15 años por otros nuevos menos contaminantes (el tipo de interés para los 5.000 euros de financiación es del 0% y para el resto se aplicará el tipo máximo del euribor a un año más el 2,5%, revisable anualmente). La primera disposición de fondos fue el 4 de septiembre de 2008. Este Plan ha registrado 70.536 operaciones hasta finales de mayo de 2009.

Como la caída en el número de matriculaciones ha continuado registrando altas tasas en 2009, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, conjuntamente con la Comunidades Autónomas y Fabricantes, introdujo, a partir del 18 de mayo de 2009, el Plan 2000E (Real Decreto 898/2009), no compatible con el anterior Plan VIVE, que supone una subvención total para la adquisición de un vehículo, en sustitución de otro que se destine al achatarramiento, de 2000 euros (500 euros del Ministerio, otros 500 euros o una cantidad mayor de las CC.AA. que voluntariamente decidan su adhesión al Plan y los otros 1000 que serán aportados por los fabricantes o importadores del vehículo adquirido). El Plan tiene una dotación presupuestaria de 100 millones de euros en su tramo estatal y una duración de un año hasta que se agoten los fondos. El precio de adquisición del vehículo automóvil no superará los 30.000 euros, IVA incluido, antes de aplicar las ayudas. El 6 de noviembre de 2009, se aprobó una prórroga del mismo con un presupuesto de 40 millones de euros, suficiente para financiar 80.000 operaciones. Según los últimos datos disponibles, correspondientes al 17/12/2009, se han realizado más de 228.000 operaciones de venta de automóviles acogidas al Plan (gráfico número 7.6.4). En 2010 ha continuado aplicándose el Plan en las mismas condiciones, con un presupuesto de 100 millones de euros, suficientes para financiar la adquisición de 200.000 vehículos.

7.7. Análisis de las tasas de variación de la recaudación.

En el apartado 7.4, se ha comentado la evolución de la recaudación líquida mensual y anual obtenida por este impuesto desde 2005 que quedaba reflejada en el cuadro número 7.4.1 En el mismo se presentaba la serie desestacionalizada al objeto de poder apreciar la posible tendencia de ésta, presentando las tasas de variación interanuales obtenidas. En este apartado se pretende analizar las causas que han podido originar éstas y en qué medida ha influido cada uno de los factores incidentes en ellas.

7.7.1. Factores causantes de las variaciones.

Pueden destacarse los siguientes factores que afectan a la variación en la recaudación:

• La variación de tipos impositivos;

7.44

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.6.10

Tasa Var.

Camiones Turismos Total Camiones Turismos Total % 07/06

Andalucía 6.482 69.465 75.947 4.855 49.175 54.030 -28,86Aragón 1.844 12.933 14.777 1.572 10.161 11.733 -20,60Asturias 767 10.669 11.436 584 7.992 8.576 -25,01Baleares 1.152 9.220 10.372 917 7.429 8.346 -19,53Canarias 1.153 11.379 12.532 1.028 9.135 10.163 -18,90Cantabria 461 5.808 6.269 348 4.230 4.578 -26,97Castilla La Mancha 2.230 19.277 21.507 1.808 13.943 15.751 -26,76Castilla León 2.907 28.394 31.301 2.406 22.216 24.622 -21,34Cataluña 6.948 58.289 65.237 5.272 43.573 48.845 -25,13Extremadura 1.246 11.884 13.130 848 7.671 8.519 -35,12Galicia 2.330 28.227 30.557 1.861 22.608 24.469 -19,92Madrid 3.255 54.030 57.285 2.360 38.848 41.208 -28,06Murcia 1.347 12.305 13.652 1.079 8.884 9.963 -27,02Navarra 743 6.153 6.896 646 4.898 5.544 -19,61País Vasco 1.916 20.304 22.220 1.542 15.758 17.300 -22,14La Rioja 532 2.901 3.433 419 2.222 2.641 -23,07C. Valenciana 4.915 43.933 48.848 3.584 31.627 35.211 -27,92

TOTAL 40.228 405.171 445.399 31.129 300.370 331.499 -25,57

(*) Último año de vigencia del Plan PREVERFuente: Dirección General de Tráfico. Servicio de Estadística.

BAJAS DE VEHÍCULOS POR PLAN PREVER DISTRIBUIDOS POR CC.AA.

Año 2006ComunidadAutónoma

Año 2007 (*)

7.45

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

• la variación de las bases imponibles correspondientes a los medios matriculados;

• la variación en las deducciones que en la cuota íntegra se efectúan como consecuencia de los beneficios fiscales en vigor en cada uno de los períodos comparados;

• la variación en el número de medios de transporte matriculados y

• la variación de la estructura de los medios de transportes que han sido matriculados.

El objetivo del análisis que se va a realizar a continuación es el de cuantificar en qué medida ha influido cada uno de estos factores en la tasa de variación de la recaudación.

El método seguido, análogo al empleado en los otros impuestos, se inicia con la determinación de las cuotas asociadas a una cesta de 1.000 vehículos matriculados en cada período de referencia, representativa de la estructura de los medios de transporte matriculados.

A partir de dichas cuotas asociadas a la estructura mensual, se han calculado también las retardadas, es decir las resultantes de aplicar los valores de cada una de las variables en vigor en el mismo mes del año anterior al considerado, manteniendo constantes el resto de las variables. La comparación de las cuotas actuales y retardadas permite determinar las tasas que la variación de cada una de las variables representa en las tasas de variación de la recaudación.

7.7.2. Estructura de los vehículos matriculados.

La estructura a efectos del método utilizado considera la cilindrada de los vehículos, según que, a partir del 1 de enero de 1996, les resulte de aplicación el tipo normal o el tipo reducido del impuesto; en este sentido se van a distinguir dos categorías: vehículos de alta y de baja cilindrada. La estructura se representa así, mediante el número de vehículos de cada una de estas categorías que componen una cesta de 1.000 vehículos.

La información se ha obtenido de las autoliquidaciones practicadas por los sujetos pasivos en los dos modelos de declaración en vigor utilizados hasta el año 2005: el Modelo 565 empleado con carácter general y el 567 utilizado en aquellos supuestos en el que se ha realizado alguna deducción en las cuotas íntegras por haberse acogido a algunos de los beneficios fiscales que, con carácter temporal o permanente, se han establecido legalmente. Para los años 2006, 2007 y 2008 se han utilizado los datos de autoliquidaciones practicadas en el modelo 576, en vigor y con carácter obligatorio desde el 1 de enero de 2006. Como con anterioridad a 1996 no existían tipos reducidos, la estructura correspondiente a estos períodos se ha estimado a partir de los datos de matriculación de vehículos.

La composición de estas cestas en cada uno de los meses del período analizado se ha recogido en el cuadro número 7.7.1. El contenido del gráfico número 7.7.1 ayuda a percibir la evolución mensual de esta estructura desde enero de 2007.

A partir de 2008, se ha recogido bajo los conceptos de baja cilindrada, que en años anteriores obedecía a los tipos del 7%/6%, los nuevos tipos impositivos del 0%, 4,75%/3,75%, 9,75%/8,75% y alta cilindrada que reflejaban los anteriores tipos del 12%/11%, los nuevos tipos correspondientes a vehículos con altas emisiones de CO2: 12%/11%, 14,75%/13,75%, aplicados en Península-Baleares/Canarias.

Merece destacarse, aunque ya no figuren en el presente informe, como la posibilidad, a partir de enero de 1996, de poder aplicar un tipo reducido del 7% a la matriculación de vehículos diesel con motorizaciones inferiores a 2.000 c.c. que, por otro lado, suponen en torno al 90% del total de vehículos diesel matriculados, ha supuesto un brusco cambio en la estructura a partir de enero de 1996, pasando a representar la matriculación de vehículos de baja cilindrada, en ese mes, del 65,90% al 72,2%; esta estructura parece mantenerse en el entorno del 75-80% con ligeros altibajos, durante los ocho penúltimos años. A partir de 2008, los nuevos tipos, función de las emisiones, ha provocado otro salto brusco en la estructura, tal y como la hemos agrupado, con el fin de homogeneizarla con la vigente anteriormente.

7.46

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.7.1 Cuadro nº 7.7.2 Euros Cuadro nº 7.7.3 Miles Euros

Ene.08 888 112 1.000 23.985 17.125 23.216 685 265 951Feb 877 123 1.000 25.278 21.000 24.754 664 355 1.019Mar 902 98 1.000 16.867 24.956 17.656 678 343 1.021Abr 919 81 1.000 22.069 31.787 22.860 676 362 1.039May 916 84 1.000 15.078 28.517 16.205 682 338 1.020Jun 916 84 1.000 15.016 29.591 16.234 668 350 1.018Jul 920 80 1.000 24.328 32.620 24.994 684 361 1.045Ago 923 77 1.000 14.841 23.982 15.549 647 263 910Sep 928 72 1.000 21.048 24.481 21.294 633 251 884Oct 932 68 1.000 18.228 25.671 18.730 631 248 879Nov 933 67 1.000 14.514 24.630 15.189 622 236 858Dic 928 72 1.000 16.648 32.410 17.778 635 321 957

Ene.09 930 70 1.000 16.252 23.708 16.778 645 239 884Feb 925 75 1.000 15.332 24.720 16.038 645 261 906Mar 915 85 1.000 15.252 23.280 15.933 618 279 896Abr 913 87 1.000 15.177 21.782 15.749 625 267 891May 915 85 1.000 14.876 23.376 15.597 592 277 869Jun 927 73 1.000 15.152 22.904 15.720 589 234 823Jul 928 72 1.000 15.418 23.712 16.015 594 236 830Ago 929 71 1.000 14.773 23.079 15.361 545 225 770Sep 941 59 1.000 15.505 21.590 15.861 537 182 719Oct 949 51 1.000 14.452 22.472 14.858 533 160 693Nov 950 50 1.000 15.070 29.317 15.776 549 200 748Dic 949 51 1.000 15.293 24.768 15.779 568 181 749Hasta 2007: (1) Tipos 7/6 y (2) 12/11.A partir de 2008: (1) Tipos 0 y 4,75/3,75; 9,75/8,75 ; (2) Tipos 12/11 y 14,75/13,75.Fuente: Autoliquidaciones (BDCNET-INFO - Declaraciones Fiscales IEDMT Modelo 576)

ESTRUCTURA MENSUAL MATRICULACIÓN

(Cesta de 1.000 Vehículos) (Mensuales) (Cesta de 1.000 Vehículos)

Baja Cil.(1)

Alta Cil.(2)

CUOTA MENSUAL ASOCIADABASES MEDIAS IMPONIBLES

MediaPeríodo/Clase

Baja Cil.(1)

Alta Cil.(2) Total Total Baja Cil.

(1)Alta Cil.

(2)

7.47

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

El profundo cambio en la estructura a partir de 1996 es consecuencia, en muy buena medida, del fenómeno conocido como la dieselización del parque de automóviles, que se concreta en el hecho de que la matriculación de turismos con motor diesel ha pasado del 32,4% del total de turismos matriculados en enero de 1995, superando desde el último semestre de 1999 al número de matriculados de gasolina, hasta alcanzar valores cercanos al 69% en los últimos meses de 2008 que se reducen en 2009 hasta situarse en el 51 por 100.

7.7.3. Determinación de las bases medias imponibles.

Para la determinación de la cuota asociada a la cesta de 1.000 vehículos no basta con conocer su estructura y los tipos impositivos, sino que se hace necesario conocer, además, la base imponible media de cada una de las categorías; este es el objetivo del segundo paso en el método utilizado y que en esquema va a consistir en dividir la cuota íntegra media correspondiente a cada categoría entre el tipo impositivo aplicable.

La información obtenida de la B.D.N. hasta el año 2001, de la aplicación ZUJAR desde el año 2002 hasta el año 2005 y de la BDCNET a partir de 2006, del conjunto de declaraciones realizadas por los sujetos pasivos en cada uno de los modelos comprende la cuota líquida media correspondiente a cada categoría de vehículos, pero se hace necesario conocer la cuota íntegra media, que es el resultado de incrementar aquélla en las deducciones que se han practicado sobre la cuota.

Estas deducciones son consecuencia de los diferentes incentivos fiscales que, de forma temporal o permanente, han sido aprobados por diferentes normas con rango de Ley. Así, pueden citarse, entre los temporales, los planes RENOVE I y II durante los años 1994 y 1995, y las sucesivas deducciones que, con motivo de situaciones catastróficas acaecidas en zonas determinadas, se han ido aprobando; por otra parte, el Plan PREVER constituye un beneficio para la modernización del parque de vehículos automóviles y ha estado en vigor desde el 11 de abril de 1997 hasta el 31 de diciembre de 2007, según lo preceptuado en la disposición derogatoria única del Real Decreto-Ley 13/2006, de 29 de diciembre. En 2001, se ha ampliado la deducción hasta los 721,21 euros, con carácter excepcional y durante un período que ha finalizado el 31/12/2003 para el caso de sustitución de vehículos turismos no aptos para utilizar gasolina sin plomo y que, a partir de 01/01/2004, se ha hecho extensivo a todos los turismos, todoterrenos y comerciales ligeros tanto nuevos como seminuevos (hasta 5/3 años), si bien la deducción se reduce a los 480,8 euros en el caso de que el vehículo dado de baja no sea de gasolina con plomo.

Las deducciones medias obtenidas a partir de las declaraciones modelo 567/576 positivas, han resultado ser las siguientes:

Año Euros Año Euros Año Euros

1994 ........... 565,48 1999 ........... 480,58 2004 ........... 651,50 1995 ........... 476,86 2000 ........... 488,16 2005 ........... 646,52 1996 ........... 434,47 2001 ........... 586,13 2006 ........... 624,24 1997 ........... 480,22 2002 ........... 585,28 2007 ........... 480,47 1998 ........... 480,21 2003 ........... 573,61

Si se incrementa en este importe medio la cuantía de las cuotas líquidas se obtiene la cuota íntegra media, que dividida entre el tipo impositivo aplicable, conduce a la base imponible media, según categoría de vehículo, así como la media global, reflejadas en el cuadro número 7.7.2.

Las bases medias imponibles correspondientes a las autoliquidaciones en las que se le ha aplicado el tipo reducido han pasado de 16.648 euros en diciembre de 2008 a 15.293 euros en diciembre de 2009, con una reducción del 8,1%, mientras que la correspondiente al tipo general lo ha hecho en un 23,6% alcanzando los 24.768 euros en el último mes de diciembre contemplado. Al no haber variado el tipo del IVA que se mantiene en el 16%, estos decrementos se corresponden con los de los precios medios de venta, según las declaraciones, que han pasado de 19.997 a 18.338 euros, para los automóviles de baja cilindrada/bajas emisiones, y de 38.640 euros a 29.470 euros para los de alta cilindrada/altas emisiones, en el período indicado.

7.48

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

7.49

La base media imponible global en dicho período ha pasado de 17.778 a 15.779 euros, con una disminución del 11,2% que se corresponde igualmente con un decremento del mismo orden del precio de venta al público unitario medio, pasando este último de 21.579 euros en diciembre de 2008 a 19.052 euros en diciembre de 2009.

En el gráfico número 7.7.2 se ha representado la evolución de las bases medias imponibles mensuales desde el mes de enero de 2007.

7.7.4. Cuotas asociadas a las estructuras de matriculación.

Aplicando, en cada período, a los vehículos comprendidos en cada una de estas cestas, las bases imponibles obtenidas anteriormente y los tipos impositivos correspondientes a cada categoría, se determina la cuota asociada a cada cesta en cada uno de los meses considerados.

En el cuadro número 7.7.3 se han anotado las cuotas que corresponden a los vehículos de cada una de las categorías que se han diferenciado a efectos del análisis, que componen una cesta de 1.000 unidades, representativa de la estructura de matriculación de cada uno de los meses. Dado el concepto de cuota asociada, su importe dividido entre mil será igual a la cuota media soportada por vehículo en el mes considerado. Esta cuota media ha sido de 749 euros en el mes de diciembre de 2009, lo que supone una reducción del 21,7% con respecto al mismo mes del año anterior.

7.7.5. Estructura anual de matriculación. Bases imponibles y tipos impositivos medios anuales.

Paralelamente a lo realizado con respecto a los períodos mensuales, se ha obtenido la estructura anual de la matriculación de vehículos que se ha anotado en el cuadro número 7.7.4.

Aunque no figura ya en el cuadro, conviene indicar que el porcentaje de matriculación de vehículos de baja cilindrada crece a lo largo de todo el año 1996, como respuesta a los incentivos fiscales establecidos, alcanzando un máximo en enero de 1997, con un 77% respecto al total de matriculaciones, dieciséis puntos porcentuales por encima del correspondiente a diciembre de 1995, consecuencia, en buena parte, del aumento de matriculación de vehículos diesel que pasa del 32,9% al 38% en ese mismo período, aunque también ha influido el aumento en 11 puntos en la matriculación de automóviles de gasolina con motorización inferior a 1.600 c.c. a los que también resulta de aplicación el tipo reducido.

A partir del año móvil que finaliza en febrero de 1997, el porcentaje de matriculación de vehículos de baja cilindrada se mantiene en torno al 76%, se eleva hasta el 79% en 1999 que prácticamente se mantiene hasta finalizado el año 2005 para bajar de nuevo al 77% desde mediados de 2006 y hasta el 75,6% en 2007, todo ello como consecuencia del elevado ritmo que mantiene la matriculación de automóviles diesel. Con la nueva fiscalidad, implantada en 2008, basada en las emisiones de CO2, y de acuerdo con las agrupaciones realizadas de los diferentes tipos comprensibles a efectos de homogeneización con los conceptos de baja y alta cilindrada, anteriormente en vigor, el porcentaje se eleva al 93,3% en 2009.

El gráfico número 7.7.3 refleja la evolución de la estructura anual desde el mes de enero de 2007. La divergencia que se podía observar en anteriores ediciones de este informe en las líneas representativas de las dos categorías de vehículos durante todo el año 1996, pasan, a partir del mes de febrero de 1997 y hasta el año 2007, a hacerse prácticamente paralelas, para comenzar a divergir en 2008, al aplicárseles la nueva fiscalidad.

Utilizando los datos de las autoliquidaciones mensuales practicadas, se han ponderado las bases imponibles medias mensuales para el cálculo de la correspondiente media anual que se puede observar en el cuadro número 7.7.5. Dicha base ha pasado de 19.978 euros en 2008 a un valor de 15.757 euros en el año 2009, lo que supone un descenso del 21,1%. Dicha evolución queda reflejada en el gráfico número 7.7.4.

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

BASES, TIPOS Y PRECIOS ANUALES - % V. DIESEL s/V.TOTAL ANUAL

(Cesta de 1.000 Vehículos)

Cuadro nº 7.7.4 Cuadro nº 7.7.5

Euros Var. (%) (3) MIX Var. (%) (4) Efectivo Var. (%)

Ene.08 765 235 1.000 16.297 8,33 20.263 7,81 18.088 0,60 20.066 -8,91 71,29Feb 772 228 1.000 17.020 8,00 21.105 12,14 18.044 0,24 20.608 2,70 71,42Mar 785 215 1.000 17.180 7,75 21.259 12,14 17.972 -0,52 21.017 1,98 71,53Abr 799 201 1.000 17.758 7,41 21.915 15,04 17.960 -0,63 21.459 2,10 71,63May 814 186 1.000 17.805 7,18 21.932 14,57 17.952 -0,72 21.507 0,23 71,64Jun 828 172 1.000 17.893 6,93 21.996 14,57 17.997 -0,49 22.177 3,11 71,33Jul 847 153 1.000 18.693 6,48 22.896 18,74 17.924 -1,13 21.070 -4,99 70,64Ago 858 142 1.000 18.768 6,30 22.953 18,66 17.898 -1,32 20.962 -0,51 70,35Sep 870 130 1.000 19.165 6,03 23.386 20,78 17.904 -1,16 20.854 -0,52 70,04Oct 884 116 1.000 19.510 5,71 23.747 22,16 17.885 -1,34 21.016 0,78 69,74Nov 898 102 1.000 19.692 5,44 23.913 22,65 17.860 -1,41 20.613 -1,92 69,36Dic 914 86 1.000 19.978 5,07 24.187 23,16 17.799 -2,06 21.522 4,41 68,89Ene.09 917 83 1.000 19.465 5,13 23.578 16,36 17.831 -1,42 20.665 -3,99 68,61Feb 922 78 1.000 18.691 5,27 22.667 7,40 17.877 -0,92 20.645 -0,10 68,35Mar 923 77 1.000 18.608 5,24 22.560 6,12 17.882 -0,50 20.606 -0,19 68,25Abr 923 77 1.000 17.901 5,35 21.723 -0,87 17.856 -0,58 20.627 0,10 67,93May 923 77 1.000 17.924 5,27 21.736 -0,89 17.809 -0,80 20.473 -0,74 67,77Jun 924 76 1.000 17.904 5,16 21.692 -1,38 17.676 -1,79 19.882 -2,89 67,92Jul 925 75 1.000 16.811 5,28 20.389 -10,95 17.665 -1,45 20.081 1,00 68,66Ago 926 74 1.000 16.806 5,22 20.373 -11,24 17.632 -1,48 19.189 -4,44 68,96Sep 927 73 1.000 16.306 5,26 19.772 -15,45 17.642 -1,46 19.514 1,69 69,22Oct 929 71 1.000 15.892 5,25 19.269 -18,86 17.585 -1,67 19.093 -2,16 69,49Nov 931 69 1.000 15.939 5,16 19.312 -19,24 17.575 -1,60 19.200 0,56 69,57Dic 933 67 1.000 15.757 5,10 19.082 -21,11 17.493 -1,72 19.142 -0,30 69,94

Hasta 2007: (1)Tipos 7/6 y (2) 12/11; A partir de 2008: (1) Tipos 0 y 4,75/3,75 y 9,75/8,75; (2) Tipos 12/11 y 14,75/13,75.(*) Precio Medio Unitario, ponderado por las ventas mensuales: (3) Mix Veh. Medio, (4) Efectivo después de descuentos promocionales. "Monitor SET"Fuente: Autoliquidaciones (BDCNET-INFO - Declaraciones Fiscales IEDMT Modelo 576)

Base imponiblemedia-anual

(Euros)

Tipo imp.anual(%)

PVP Medio (Euros) (*) % Diésel/Total Tur.

anual

ESTRUCTURA ANUAL MATRICULACIÓN

Período/Clase

BajaCil.(1)

AltaCil.(2)

TotalValor Vehículo (Media anual)

7.50

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

En el mismo cuadro se ha anotado, también, en la columna siguiente, el tipo medio anual resultante, un 5,1% en el año 2009, frente al 5,07% del año anterior. Estos tipos se han obtenido ponderando los tipos medios mensuales por el número de autoliquidaciones habido en cada mes.

A partir de las bases imponibles medias y de los tipos en vigor por IVA e impuesto especial, se han calculado los valores medios anuales de los vehículos, así como sus tasas de variación. Este valor medio ha pasado de 24.187 euros en 2008 a 19.082 euros en 2009, experimentando una reducción del 21,1% en dicho período.

A efectos de comparación, ha parecido interesante reflejar en la columna siguiente, las tasas de variación del precio de venta al público para las versiones gama-modelo de los turismos matriculados en los mismos períodos de tiempo analizados, obtenidos a partir de los índices de precios unitarios medios mensuales elaborados por "Monitor" para FACONAUTO. Estos precios son el resultado de aplicar los PVP de catálogo, vigentes de cada una de las versiones, ponderándolos por los turismos mensuales matriculados de cada modelo. La evolución del MIX (Turismo medio) incluye, prácticamente, todos los modelos del mercado.

Si se comparan estas tasas con las correspondientes a los valores medios obtenidos anteriormente, se puede observar que aunque no existe una linealidad regular en la misma, sí que las diferencias entre unas y otras marcan las tendencias en las compras de automóviles nuevos. Cuando las tasas de variación de los precios medios superan a las correspondientes a las versiones básicas, la tendencia de la demanda indica un desplazamiento hacia la adquisición de turismos cada vez más caros; es decir, de mayores equipamientos y cilindradas o, lo que es lo mismo, de las gamas y modelos más altos; por el contrario, como es el caso del último año, el desplazamiento es a la compra de gama y modelos de bajas emisiones e inferiores precios.

En la última columna del cuadro número 7.7.5 se pueden observar los porcentajes anuales de vehículos diesel matriculados sobre el total de matriculaciones, con un crecimiento continuo a lo largo de todo el período considerado hasta alcanzar casi el 71,1% en 2007, que se reduce, ligeramente, al 69,9% en el último período móvil considerado y que se corresponde con el cierre del año 2009. Todo ello, apunta a un avance continuo en el proceso de sustitución de los turismos a gasolina por los que tienen motor diesel, habida cuenta de la similitud entre sus precios y prestaciones y los incentivos fiscales que existen en relación con los últimos, tanto por lo que respecta al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, como en relación con el gravamen del carburante utilizado.

7.7.6. La variación inducida por las modificaciones de tipos impositivos.

A partir de las cuotas asociadas mensuales del cuadro número 7.7.3, comentadas anteriormente, y reflejadas de nuevo en el cuadro número 7.7.6, se ha obtenido en la segunda columna del mismo la cuota correspondiente a una cesta de 1.000 vehículos representativa de las matriculaciones realizadas en el año móvil que finaliza en cada uno de los meses considerados, ponderando las cuotas mensuales por las matriculaciones habidas en dichos meses.

Las cuotas anuales se fueron reduciendo a lo largo de los años 1995 y 1996; en el primero de ellos como consecuencia de la rebaja, con carácter general, en un punto en los tipos impositivos, para compensar el incremento en la misma cuantía del tipo normal del IVA; en 1996, el descenso fue mucho más acusado, reflejo de la aplicación de tipos reducidos a los automóviles de baja cilindrada, y alcanza la cota mínima de todo el período en el mes de diciembre con un valor de 851 euros para, a partir de ahí, al mantenerse los mismos tipos que en el año anterior y como consecuencia del progresivo crecimiento de las bases medias imponibles, iniciar una tendencia positiva, hasta llegar a los 1.358 euros, en el año móvil que ha finalizado en diciembre del año 2007. En 2008, con los inferiores tipos impositivos implantados, se reducen un 27,5%, hasta situarse en los 984 euros y en 2009, vuelve a hacerlo hasta alcanzar los 805 euros.

En los gráficos números 7.7.5, 7.7.6 y 7.7.7, se refleja la evolución de estas cuotas desde enero de 2007, así como las retardadas asociadas a los tipos impositivos y a las bases medias imponibles, a las que a continuación se hará mención.

7.51

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.7.6

Mensual Anual Mensual Anual1 2 3 4 5 6

Ene.08 951 1.339 1.710 1.388 704 1.269Feb 1.019 1.318 1.850 1.431 710 1.227Mar 1.021 1.285 1.348 1.427 864 1.186Abr 1.039 1.258 1.719 1.456 668 1.136May 1.020 1.223 1.246 1.443 893 1.093Jun 1.018 1.188 1.252 1.434 878 1.046Jul 1.045 1.148 1.868 1.473 646 972Ago 910 1.122 1.173 1.468 839 942Sep 884 1.098 1.569 1.487 617 902Oct 879 1.065 1.390 1.499 686 856Nov 858 1.030 1.137 1.499 798 813Dic 957 984 1.351 1.503 776 759Ene.09 884 973 717 1.436 1.125 777Feb 906 964 681 1.346 1.286 814Mar 896 953 900 1.316 982 821Abr 891 939 726 1.228 1.297 870May 869 925 953 1.207 938 872Jun 823 906 919 1.176 886 873Jul 830 880 673 1.035 1.262 944Ago 770 871 880 1.015 781 941Sep 719 856 654 931 935 970Oct 693 835 672 854 855 986Nov 748 824 866 832 696 973Dic 749 805 772 779 855 979

Las cuotas anuales corresponden a cada uno de los años móviles que finalizan en el mes considerado.(*) Cuotas asociadas según Tipos y Bases imponibles del año anterior.

s/Tipos

CUOTAS ASOCIADAS A UNA CESTA DE 1.000 VEHÍCULOS

Mensual Anual

ACTUALES

Período

RETARDADAS (*)

s/Bases imponibles

7.52

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Como paso previo necesario para la determinación de la tasa de variación de la recaudación que sería imputable a las variaciones habidas en los tipos impositivos, se calcula la cuota asociada a una cesta de mil automóviles matriculados en cada mes, resultante de aplicar los tipos impositivos que han estado en vigor doce meses antes (columna 3 del cuadro número 7.7.6). A partir de las cuotas asociadas mensuales retardadas se obtienen las cuotas asociadas anuales retardadas correspondientes a una cesta de 1.000 automóviles matriculados en el período de doce meses que finaliza en el mes considerado, resultante de aplicar los tipos impositivos que han estado vigentes doce meses antes (columna 4 del mismo cuadro).

Relacionando las cuotas asociadas resultantes de aplicar los tipos vigentes (columna 1) y los anteriores (columna 3), supuesta la constancia de los restantes elementos que intervienen en la determinación de la cuota (estructura y base imponible), se obtiene la tasa de variación de la recaudación mensual imputable a las variaciones de tipos impositivos. Asimismo, relacionando las cuotas asociadas correspondientes al año móvil que finaliza en el mes considerado, según se apliquen los tipos vigentes, o los retardados en doce meses (columnas 2 y 4 del cuadro) se obtiene la tasa de variación anual de la recaudación imputable a las variaciones de los tipos impositivos.

Las tasas de variación mensuales se han anotado en la columna 1 del cuadro número 7.7.7. Como puede observarse, la variación de la recaudación mensual imputable a la variación de tipos impositivos ha venido siendo igual a cero desde el mes de enero de 1997, lo que es consecuencia necesaria de no haberse producido variaciones de tipos con respecto a los vigentes en 1996. En 2008, con la implantación de los nuevos tipos presentan una brusca caída, que, lógicamente, se amortigua conforme avanza el año 2009.

Las correspondientes tasas de variación anual vienen recogidas en la columna 1 del cuadro número 7.7.8, y aunque no está recogido en el cuadro reflejan un crecimiento (disminución en valor absoluto) en el período comprendido entre diciembre de 1995 y noviembre de 1997, como consecuencia de que la introducción de un tipo reducido para los vehículos de baja cilindrada en enero de 1996, se va haciendo cada vez menor, en la medida en que los años móviles de referencia incorporan cada vez menos meses en los que no se aplicaba tipo reducido. A partir de diciembre de 1997 se hacen igual a cero y desde comienzos de 2008 sufren unas elevadas caídas respecto a períodos móviles anteriores.

7.7.7. La variación inducida por las modificaciones en los precios de venta de los automóviles matriculados.

La variación en los precios de venta de los automóviles matriculados tiene como consecuencia la paralela variación de las bases imponibles. Para la determinación de la tasa de variación de la recaudación que sería imputable a las variaciones habidas en estas bases imponibles, se hace necesario calcular las cuotas asociadas correspondientes a una cesta representativa de las matriculaciones habidas en cada mes según las bases imponibles correspondientes a doce meses antes, manteniéndose constantes la estructura y los tipos impositivos (Cfr. columna 5 del cuadro número 7.7.6).

A partir de estas cuotas asociadas mensuales retardadas se obtienen las cuotas asociadas anuales correspondientes a una cesta de 1.000 automóviles matriculados en el período de doce meses que finaliza en el mes considerado, resultante de considerar los tipos impositivos y estructuras actualmente vigentes y las bases imponibles existentes doce meses antes. En la columna 6 del cuadro número 7.7.6 se han anotado estas cuotas asociadas retardadas relativas a cada uno de los años móviles que finalizan en cada uno de los meses del período analizado.

Relacionando las cuotas asociadas resultantes de aplicar los tipos vigentes y la estructura actual, según se considere la base imponible actual (columna 1) o la base existente doce meses antes (columna 5), supuesta la constancia de los restantes elementos que intervienen en la determinación de la cuota (tipos y estructura), se obtiene la tasa de variación de la recaudación mensual imputable a las variaciones en las bases imponibles. Asimismo, relacionando las cuotas asociadas correspondientes al año móvil que finaliza en el mes considerado, según se consideren las bases imponibles actuales o las retardadas en doce meses (columnas 2 y 6 del cuadro) se obtiene la tasa de variación anual de la recaudación imputable a las variaciones de las bases imponibles.

7.53

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.7.7

Tipos Bases Imp. Deducciones % Auto s/ Matriculación Estructura Rec. Liquida1 2 3 Total Autol. (4) 5 6 7

Ene.08 -44,41 35,06 -1,77 0,00 -19,16 34,32 -19,93Feb -44,93 43,59 6,41 0,01 -4,02 -12,21 -29,09Mar -24,26 18,25 6,54 0,01 -29,25 31,59 -11,15Abr -39,59 55,40 5,80 0,01 1,43 -44,92 -44,50May -18,14 14,19 4,94 0,01 -24,02 -20,92 -41,05Jun -18,70 16,01 5,34 0,01 -30,40 -14,75 -41,04Jul -44,05 61,77 5,39 0,01 -18,12 -33,40 -47,97Ago -22,38 8,55 7,06 0,02 -38,00 -9,50 -49,38Sep -43,64 43,36 6,81 0,01 -29,80 -8,86 -44,78Oct -36,76 28,12 5,43 0,01 -47,82 -8,00 -58,98Nov -24,55 7,52 7,13 0,02 -48,17 6,25 -52,14Dic -29,17 23,30 6,32 0,01 -52,06 -4,04 -57,27Ene.09 23,23 -21,40 11,44 0,02 -43,84 -31,70 -58,59Feb 33,17 -29,50 0,00 0,00 -44,34 1,87 -46,77Mar -0,44 -8,70 0,00 0,00 -32,19 -32,38 -58,32Abr 22,68 -31,30 0,00 0,00 -47,84 25,29 -44,92May -8,77 -7,35 0,00 0,00 -35,69 -2,30 -46,89Jun -10,53 -7,12 0,00 0,00 -14,76 -15,47 -40,12Jul 23,39 -34,22 0,00 0,00 -12,73 -7,11 -34,21Ago -12,53 -1,45 0,00 0,00 -8,00 1,61 -19,41Sep 9,90 -23,13 0,00 0,00 0,77 -5,46 -19,52Oct 3,19 -18,95 0,00 0,00 9,82 1,70 -6,59Nov -13,62 7,49 0,00 0,00 20,42 -5,52 5,65Dic -3,06 -12,42 0,00 0,00 5,09 -5,80 -15,95

TASAS DE VARIACIÓN MENSUALES

Período

Cuadro nº 7.7.8

Tipos Bases Imp. Deducciones % Auto s/ Matric.sujeta IMT Estructura Rec. Liquida

1 2 3 Total Autol. (4) 5 6 7

Ene. 08 -3,58 5,48 2,57 0,00 -4,12 1,40 1,41Feb -7,85 7,47 2,63 0,00 -4,39 1,02 -1,83Mar -9,94 8,37 2,85 0,00 -5,85 3,77 -1,93Abr -13,55 10,81 2,77 0,00 -5,38 -0,12 -6,96May -15,25 11,89 2,82 0,00 -7,34 -0,77 -10,35Jun -17,20 13,58 2,87 0,00 -9,63 -2,76 -14,98Jul -22,07 18,08 2,98 0,00 -12,07 -4,33 -20,28Ago -23,59 19,06 3,26 0,00 -14,11 -6,82 -24,82Sep -26,16 21,73 3,54 0,00 -15,39 -8,29 -27,79Oct -28,96 24,37 3,80 0,00 -18,30 -9,94 -32,52Nov -31,30 26,71 4,36 0,00 -21,17 -11,49 -36,61Dic -34,52 29,71 4,98 0,00 -24,74 -13,56 -42,00Ene. 09 -32,27 25,21 6,44 0,00 -26,85 -16,65 -44,97Feb -28,42 18,32 6,07 0,00 -29,89 -14,81 -46,34Mar -27,55 16,14 5,63 0,00 -30,50 -18,72 -49,79Abr -23,57 7,88 5,30 0,00 -34,58 -12,06 -50,05May -23,36 6,07 5,04 0,00 -35,47 -10,54 -50,71Jun -22,98 3,78 4,67 0,00 -34,57 -10,67 -51,10Jul -14,94 -6,72 4,25 0,00 -33,86 -9,27 -50,36Ago -14,18 -7,41 3,69 0,00 -32,46 -7,81 -48,70Sep -8,05 -11,78 3,24 0,00 -31,16 -9,18 -47,64Oct -2,23 -15,34 2,83 0,00 -27,93 -9,20 -44,31Nov -0,88 -15,27 2,11 0,00 -23,35 -9,23 -40,33Dic 3,38 -17,81 1,31 0,00 -19,67 -7,46 -36,01

Los periodos se refieren al año móvil que finaliza en el mes indicado.

TASAS DE VARIACIÓN ANUALES

Período

7.54

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Las tasas de variación mensuales se han anotado en la columna 2 del cuadro nº 7.7.7. Esta tasa es del -12,4% para el mes de diciembre de 2009. Observando la serie se pone de manifiesto, como ya viene siendo habitual, una fuerte aceleración en 2008 en los meses intermedios y últimos del año de la base imponible de los vehículos matriculados, como consecuencia de la variación de sus precios de venta, excluido el efecto de la sustitución de vehículos por otros de distinta categoría de cilindrada, cuya medición es el objeto de la tasa de variación de la estructura.

Lógicamente, al considerar la tasa de variación anual (Cfr. columna 2 del cuadro nº 7.7.8) se suavizan las continuas oscilaciones de las tasas mensuales, lo que permite constatar la existencia de unas tasas anuales positivas hasta los períodos móviles que finalizan en el primer semestre, para, a partir de aquí, adoptar una tendencia clara al descenso con el que finaliza el último año.

7.7.8. La variación inducida por las deducciones practicadas en las cuotas íntegras.

La tasa de variación en la recaudación por deducciones en la cuota, se va a determinar relacionando, para cada uno de los períodos analizados, la tasa de variación de la recaudación íntegra (resultado de adicionar a la recaudación líquida el importe de las deducciones practicadas en las cuotas íntegras, cuya cuantía media por vehículo ya se explicitó en el apartado 7.7.3.), con la correspondiente a la recaudación liquida (columna 7 del cuadro número 7.7.7).

Las cuotas asociadas a una cesta de mil automóviles matriculados que se han venido utilizando, son cuotas íntegras, toda vez que no se han tenido en cuenta las deducciones que hayan podido realizarse en las mismas. Es indudable que uno de los factores explicativos de las recaudaciones líquidas obtenidas en dos períodos anuales diferentes consiste precisamente en las diferentes deducciones que hayan podido realizarse en las cuotas íntegras resultantes de las autoliquidaciones, como consecuencia de la aplicación de los distintos beneficios que se han venido concediendo, con carácter temporal o permanente, por disposiciones con rango de Ley, bien para contrarrestar las pérdidas ocasionadas por factores climatológicos excepcionales, o bien para incentivar la renovación del parque de automóviles.

Estas tasas mensuales se han anotado en la columna 3 del cuadro número 7.7.7, en las que conviene precisar que el signo negativo de éstas indican su efecto en la variación de la recaudación y, por tanto, es significativo de un aumento en el importe global de las mismas; por el contrario, su signo positivo indica una reducción de este último y un incremento en la variación de la recaudación.

Estas tasas en el período comprendido entre el mes de julio de 1996 y el mes de marzo de 1997, han sido prácticamente iguales a cero, lo que es consecuencia de no haberse autorizado, en estos meses, deducciones de amplio ámbito de aplicación. En el mes de abril aparece ya una tasa significativa como consecuencia de la implantación del Plan PREVER, que va a producir una disminución de la recaudación líquida en el importe de las deducciones practicadas en las cuotas íntegras; esta evolución pone de manifiesto la pérdida de importancia de las deducciones en la cuota, por aplicación básicamente del Plan PREVER hasta el mes de enero de 2001, pero acusan una cierta reactivación durante prácticamente el resto del año, como consecuencia de la elevación de la deducción hasta 721,21 euros para aquellos automóviles de turismo no aptos para utilizar gasolinas sin plomo. En el año 2003 en los que ha continuado vigente dicha deducción, las deducciones medias por vehículo se han reducido, conforme la sustitución de los vehículos de gasolina con plomo dados de baja se ha ido reduciendo. Con la extensión del nuevo Plan PREVER en el año 2004 a la adquisición de vehículos semi-nuevos, turismos y comerciales, y la baja correspondiente de vehículos turismos de más de 10 años o de comerciales ligeros con más de 7 años, la deducción media por vehículo ha tenido un extraordinario incremento; finalmente, en los penúltimos tres años, la deducción media cae ligeramente y así lo refleja el signo positivo de la gran mayoría de las tasas mensuales del año.

La tasa de variación anual (Cfr. columna 3 del cuadro número 7.7.8) se ha obtenido por un procedimiento paralelo al de las tasas mensuales. La tendencia de estas tasas es creciente hasta el año móvil que finalizó el mes de junio de 1996, como consecuencia de los efectos de las deducciones que se practicaron hasta el mes de junio de 1995, dentro de los Planes RENOVE; a partir de este mes, la tendencia se convierte en decreciente, como consecuencia de que se han ido incorporando nuevas

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

deducciones, sobre todo a partir del mes de abril de 1997 en que comienza el Plan PREVER. En el año 2007, al contrario de lo sucedido en 2005, la deducción media por vehículo se ha reducido un 23,4% con respecto a la de 2006 lo que se ha traducido en un incremento del 2,54% en la recaudación líquida del IEDMT por este concepto. Finalmente, la desaparición de deducciones fiscales en 2008 y 2009, ha hecho que la recaudación aumente un 4,98% y 1,31%, respectivamente.

7.7.9. La variación del porcentaje de las cuotas asociadas a los automóviles matriculados sobre las relativas al total de medios de transporte.

Con el fin de lograr el máximo rigor en el método empleado y puesto que se va a utilizar como dato de partida, únicamente, la tasa de variación de la matriculación de automóviles (que comprende las motocicletas y los turismos), prescindiendo de las embarcaciones y aeronaves cuya matriculación está sujeta y no exenta del impuesto (la cuota relativa a estos medios no llega a superar el 1% de la recaudación), se ha considerado conveniente reflejar las tasas correspondientes a la variación de las cuotas asociadas a los automóviles respecto a las asociadas al conjunto de medios de transporte. Estas tasas mensuales y anuales se recogen en la columna 4 de los cuadros 7.7.7 y 7.7.8, respectivamente.

7.7.10. La variación de la recaudación debida al número de automóviles matriculados.

Para el cálculo de las tasas de variación mensual e interanual de matriculación de automóviles, que figuran en la columna 5 de los cuadros 7.7.7 y 7.7.8, se han utilizado las cifras de autoliquidaciones sujetas y no exentas en el IEDMT. En las mismas se ha tenido en cuenta tanto el número de autoliquidaciones practicadas en el modelo 565 como las del modelo 567 o bien las del modelo 576 en los cuatro últimos años que han resultado con cuota a ingresar.

7.7.11. La variación inducida por las modificaciones en la estructura de los automóviles matriculados.

Queda por determinar la tasa correspondiente al último de los factores que influyen en la variación de la recaudación, es decir, la variación en la estructura de los vehículos matriculados, estructura que responde únicamente al criterio de su cilindrada/emisiones en cuanto es determinante de la aplicación de tipos normales o reducidos. Dado el carácter residual de esta tasa, se ha obtenido a partir de la tasa de variación de la recaudación líquida y de las correspondientes al resto de los factores anteriormente explicitados.

Las tasas de variación mensuales hasta 2009 se han anotado en la columna 6 del cuadro número 7.7.7. La cuantía de estas tasas es continuamente cambiante, predominando las positivas en los dos últimos años, más acusadas en 2008, lo que pone de manifiesto una variación de la estructura de la demanda, con respecto al mismo mes del año anterior, en el sentido de aumentar el número de automóviles de menor precio en la cesta representativa de las matriculaciones, a costa de disminuir el de los de mayor.

Lógicamente, al considerar la tasa anual (Cfr. columna 6 del cuadro número 7.7.8), se suavizan las oscilaciones de las tasas mensuales, que permite constatar la existencia de una clara tendencia al descenso.

7.7.12. Resumen de los factores que han influido en las variaciones en la recaudación.

Ahora ya puede afirmarse que la reducción del 36,01% que ha experimentado la recaudación líquida en el año 2009 por el IEDMT, con respecto a la habida el año anterior, es el resultado global de:

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

7.57

• un incremento del 3,38% por variación de los tipos impositivos;

• una reducción del 17,8% que se debe al descenso experimentado en las bases imponibles del impuesto autoliquidado, que a su vez es consecuencia de la disminución de los precios de venta;

• un incremento del 1,3% como consecuencia de la falta de deducciones en la cuota que se realizaron, fundamentalmente, por aplicación del Plan PREVER hasta el cierre del año 2007;

• una variación nula como consecuencia de la variación en la relación existente entre las cuotas correspondientes a la matriculación de automóviles y del total de medios de transporte;

• una disminución del 19,7% en el número de autoliquidaciones practicadas con ingreso, y

• un descenso del 7% como consecuencia de la variación de la estructura de los vehículos matriculados sujetos al IEDMT, lo que indica una tendencia hacia la adquisición de vehículos con inferiores cilindradas/menores emisiones y por tanto inferiores tipos impositivos.

7.8. Rendimiento recaudatorio de la matriculación de vehículos.

La matriculación de vehículos, resulta gravada, además de por el impuesto especial, por el IVA como impuesto general sobre el consumo. Por ello, al igual que se ha hecho con el resto de los productos objeto de los impuestos especiales, en el cuadro número 7.8.1, se ha estimado a partir de las autoliquidaciones y bases medias imponibles deducidas de las declaraciones de los Modelos 565/576, el rendimiento fiscal global resultado tanto de la recaudación consolidada del impuesto especial como de la derivada de la aplicación del IVA y del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) para el caso de las matriculaciones sujetas al IEDMT en Canarias.

Esta estimación parte del valor de las bases imponibles medias obtenidas anteriormente para el caso de las matriculaciones sujetas al IEDMT en la Península e Islas Baleares, donde rigen los mismos tipos impositivos y de la correspondiente a Canarias con tipos impositivos diferentes, un punto inferior en el caso del IEDMT a los vigentes en la Península y el IGIC, equivalente al IVA, como impuesto general sobre el consumo, que rige en Canarias, al que se le ha aplicado el tipo incrementado del 13% para vehículos a motor de más de 10 C.V.

Los tipos impositivos medios del IEDMT aplicados son el resultado de dividir las cuotas totales integras (incluido el importe de las deducciones) por las bases imponibles totales en cada uno de los dos modelos de operaciones 565/576 y 567/576, ponderadas por el número de autoliquidaciones en cada uno de ellos. Resulta así un tipo medio del 5,3% para el caso de Canarias y del 4,89% para el correspondiente al nacional (Cfr. Cuadro número 7.7.5).

Finalmente, multiplicando la cuota del impuesto especial unitaria por el número de vehículos matriculados en el año 2009 que han estado sujetos al IEDMT, se obtiene la cuota total tributaria devengada. Análogamente, se ha obtenido la cuota tributaria correspondiente al IVA y al IGIC en el caso de Canarias.

La fiscalidad media para el conjunto de los vehículos matriculados objeto de impuesto especial, medida sobre el precio final medio del vehículo, resulta ser del 17,33%, correspondiendo un 4,17% a la cuota por el IEDMT. En Canarias, la fiscalidad media se reduce en 1,73 puntos porcentuales y se sitúa en el 15,60%, mientras que en la media nacional es del 17,33%, un 16,77% para vehículos de baja cilindrada/bajas emisiones y un 22,46% para los correspondientes de alta/altas emisiones.

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Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2009. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 7.

Cuadro nº 7.8.1

I.E. IVA (16%)Euros/Veh. Media IGIC (13%) Cuota I.E./ Fiscalidad

4,89%Nal,/5,30%Can. Nº Veh. Euros/Veh.

Vehículos: 1.374.507

Exentos y No sujetos al I.E.(Mod 565/576) 254.469

Exentos y No sujetos (Modelo 005) 154.696

Sujetos al I.E. 15.546 100,0 965.342 18.897 18.241.735 788 0 0 2.487 760.628 2.401.145 3.161.773 4,17 17,33

Canarias: 11.655 100,0 31.701 14.224 450.923 704 0 0 1.515 22.318 48.033 70.352 4,95 15,60

Baja Cilindrada (Tipos 0%, 3,75% y 8,75%) 11.152 91,5 29.021 13.489 391.472 553 0 0 1.450 16.039 42.074 58.113 4,10 14,84

Alta cilindrada (11% y 13,75%) 17.104 8,5 2.680 22.183 59.452 2.343 0 0 2.223 6.279 5.959 12.238 10,56 20,59

Total Nacional (Mod 576): 15.546 100,0 965.342 18.897 18.241.735 788 0 0 2.487 760.628 2.401.145 3.161.773 4,17 17,33

Baja Cilindrada (Tipos 0%, 4,75%, 7%, 8,75% y 9,75%) 15.181 93,4 901.635 18.233 16.439.927 629 0 0 2.429 567.036 2.190.069 2.757.104 3,45 16,77

Alta cilindrada (Tipos 11%, 12%, 13,75% y 14,75%) 20.708 6,6 63.707 28.283 1.801.807 3.039 0 0 3.313 193.593 211.076 404.669 10,74 22,46

IGIC: Impuesto General Indirecto Canario al tipo incrementado del 13% para Vehículos a motor >10CVLos tipos impositivos indicados corresponden a las cuotas integras del conjunto del año.No incluye autoliquidaciones practicadas en el País Vasco y Navarra.

ESTIMACIÓN CUOTA TRIBUTARIA DEVENGADA POR IMPUESTO ESPECIAL E IVA/IGIC DE MEDIOS DE TRANSPORTE EN EL AÑO 2009

TOTAL

Miles EurosProductoValor

MercadoMiles Euros

Estructura Base

ImponibleEuros

Deducciones

Matriculación P.V.P.Euros/Veh.

Euros/Veh.

RATIOS (%)

Valor Merc. Total

CUOTA TRIBUTARIA TOTAL

I.E. IGIC/IVA

7.58