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    1/5

    't';";;;[$:

    J A V I E R

    J U L r L

    - i ¡ , r

    E L

    O R I G I N A L

    A

    A G U I L A R

    A R I S

    No

    050-2009-Pcill

    j - : ,

    t'0

    EFée"-AE&$

    "Lineamientos

    para

    a

    promoción

    delCódigo

    de Ét¡cade la FunciónPúbtica

    en

    las entídades

    públicas

    del

    Poder

    Ejecutivo"

    L ima,

    CONSIDERANDO:

    Que

    la

    Carta beroamericanae la FunciónPública, probada

    por

    el

    Perú,

    establece

    como uno de

    sus criterios

    La

    observancia,

    or pafie

    de todo

    el

    personal

    comprendidon su

    ámbito e apl icación,

    e

    os

    principios

    ticos el servicio

    úblico,

    a

    honradez, a

    transparencia,

    a escrupulosidadn el

    manejo

    de los recursos

    públicos

    los

    principios

    valores onsti tucionales";

    Que,

    a

    Vigésimo extaPolít ica acional

    elAcuerdo

    Nacional stablece omo

    una Política e Estado

    a

    promoción

    e

    la ética

    y

    la'transparencia

    erradicación e

    fa

    corrupción, l

    lavadode dinero, a

    evasión

    ributaria el contrabando n todas

    sus

    fo¡mas,

    para

    cuyo..cgmplimie¡to

    stablece ntre

    otras,

    el

    compromisg

    e

    velar

    por

    el

    desempeño esponsable transparente e la

    función

    pública,

    así como

    la

    promoción

    de

    la vigi lancia

    iudadana

    eldesempeño e a

    gestión ribl ica;

    Que,

    a Ley

    N"

    27658- Ley Marcode

    Moderniz.acióndea GestiónPública

    el

    Estado,

    establece

    como

    finalidad

    undamentaldel

    probeso

    de modernización,

    a

    obtenciónde mayoresniveles

    de

    eficiencia

    del

    aparato estatal,

    con

    el objetivo

    de.

    alcanzarentre otros, un Estado transparenteen su gestión, con trabajadoresy

    servidores

    que

    brindan al ciudadano, un servicio imparcial,oportuno, confiable,

    predecible

    de

    bajo

    costo, o

    que

    implíca l desempeño esponsable

    transparente

    e

    la función

    pública,

    on mecanismos

    e

    control fectivos;

    Que

    ia Ley

    N' 28716

    Ley

    de Control

    nterno

    de las

    Entidades

    del

    Estado,

    establece

    en

    su artículo

    ia obligatoriedad

    e

    las

    entidades el

    Estadode implantar,

    entre

    otrascosas,

    procesos,

    ctividades,ecursos,

    peraciones

    actos

    nstitucionales

    orientados al cumplimiento

    del

    fomento e

    impulso

    de la

    práctica

    de

    valores

    insti tucionales;

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    \

    . * t . - ü r ¡ t lO

    u r

    N iTN ISTROS

    E s

    c o P l A

    { F I E L \

    e E L

    o R I G T N A L

    -

    , , \

    .......,.. '+.......... '......-"..

    iÁV i rn

    ESPNezA

    AGUILAR

    F E D A T A R I O

    Que,

    mediante ey

    N" 27815 Leydel

    Código

    e Etica

    de

    la

    Función

    Pública,

    se desarrol la

    n

    conjunto e

    disposicionesrientadas establecer

    rincipios,

    eberes

    y prohibiciones

    e naturaleza

    tica

    que

    rigen

    para

    odos

    os

    servidores

    úblicos

    e las

    entidades e

    a

    Administración

    úbiica;

    Que,

    el Decreto

    Supremo

    N'

    057-2008-PCM,

    ue

    modifica

    l Reglamento e

    Organización Funciones, stablece

    ue

    la

    Secretaría

    e GestiónPública

    iene

    por

    función

    l omento e a éticaen

    a unción

    ública;

    Que,

    es

    necesario

    mpulsara real ización

    e

    actividadesestinadas

    promover

    el cumplimientoe las disposicionese la Ley del Có

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    3/5

    DIRECTIVA

    o.001

    2009-PCM/SGP

    L¡NEAMIENToS

    ARA

    A

    pRoMoctoN

    DEL

    oDlco

    DEÉTlcA

    DELAFUNcloN

    PUBLICA

    NLAS

    ENTIDADES

    UBL¡CAS

    ELPODER

    JECUTIVO

    Aftículo1o.-DelObjeto:

    La

    presente

    Directiva

    iene

    por

    objeto

    establecer

    os,lineamientos

    plicables

    ue

    permitan

    la difusión el

    contenido

    e la

    Ley del

    Código

    e

    Eticade

    la Función

    ública

    Ley No

    27815-

    y

    su

    reglamento

    Decreto

    Supremo

    No 033-2005-PCM,

    n las entidades

    el

    PoderEjecutivo.

    Artículo 2q.-

    Base normativa

    de

    la directiva

    La

    presente

    irectiva

    e sustenta

    n

    los siguientes

    nstrumentos

    ormativos:

    2.1Consti tución

    olít ica

    elPerú.

    2.2Ley No29158

    LeyOrgánica

    el Poder

    Ejecutivo

    2.3LeyNo

    27815 Ley

    delCódigo

    e

    Ética

    e a

    Función úbl ica

    2.4

    D.S.N" 063-2007

    ecreto

    upremo

    ue

    aprueba

    l

    Reglamento

    e OrganizaciÓn

    Funciones

    e

    la Presidencia

    el

    Consejo

    de

    Ministros

    su

    modificatoria

    ecreto

    Suoremo

    No063-2007-PCM

    Artículo 3o.-

    Alcances

    de la

    directiva

    La

    presente

    irectiva

    eráde

    aplicación

    ara

    odas

    as entidades

    ue

    conforman

    l

    Poder

    Ejecutivo.

    Artículo

    4o.-

    De la responsabil idad

    e

    la

    promoción

    del

    Gódigo

    de Ética

    de

    la

    Función

    Públ ica

    .

    La

    promoción

    el Código

    e

    Éticade

    la

    Función

    Pública

    n todas

    as entidades

    e la

    \

    Administración

    ública

    ecae

    en el

    órgano

    de

    la Secretaría

    Generalo

    quien

    haga

    sus

    \\\,'

    . .

    veces, onforme

    la eysobre

    a materia,

    w,\\

    t\\:\

    i\H" ..Aitículo

    5u.-

    Grupos

    de Trabajo

    para

    el

    Fomento

    a la

    Etica

    ;"1.

    .

    ,;,pura

    el

    eiercicio

    de las actividades

    e

    promoción

    e

    conformará

    n

    grupo

    de

    trabajo

    )

    '

    compuestó

    por

    servidores

    e cada

    una

    de las

    unidades

    que

    componen

    a entidad

    y

    tengan

    reconocida

    rayectoria

    y

    comportamiento

    tico,

    quienes

    se encargarán

    de

    promoverel Código de Ét¡cade la Función Públicaal interiorde sus respectivas

    dependencias,

    ajo

    a dirección

    el

    Secretario

    General

    quien

    hagasus

    veces

    en cada

    entidad"

    Artículo

    6a.-

    nformación

    l

    Titularde

    la entidad

    Con una

    periodicidad

    emestral,

    l Secretario

    General

    quien

    haga

    sus veces

    elaborará

    un informe

    irigido

    l t i tular e

    la entidad,

    ue

    contendrá

    nformación

    elacionada

    los

    impactos

    de

    las actividades

    rogramadas

    en

    términos

    cualitativos

    cuantitativos,

    señalando

    os

    posibles

    nconvenientes

    recomendaciones

    ue

    as

    mejoren futuro.

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    Artículo

    7o-De

    as actividades

    e

    promoción

    Para a promociónelCódigo e Ética e a Función ública adaentidad ública eberá

    realizar uandomenosas

    siquientes

    ctividades:

    1.

    Entreqar

    a cada

    servidor

    público,

    cualquiera

    ea

    su

    modalidad

    e

    contr,átación,

    n ejemplar

    el

    Código

    e

    Ética

    de la

    FunciÓn ública

    su

    Reglamento

    compañado

    e una

    declaraciÓn

    ue

    confirme

    ue

    ha

    leído

    dichas

    ormas

    que

    se

    compromete

    observarlas

    2.

    Entreqar.

    n

    el momento

    e

    su contratación,

    cada

    nuevo

    ervidor

    úblico,

    cualqüiera

    ea su

    modalidad

    e contratación,

    n

    ejemplar

    el Código

    e

    Ética de

    la Función

    Pública

    y

    su

    Reglamento

    compañado

    e

    una

    declaración

    ue

    confirme

    ue

    ha eído

    dichas

    ormas

    que

    se compromete

    a observarlas

    3.

    Colocar

    n el

    periódico

    panel

    nformativo

    en

    las zonas

    de

    visibi l idad

    e

    cada

    oficina n

    impreso

    egible

    obre

    os

    principales

    ontenidos

    el

    Código

    de Ética

    e a Función

    ública

    su

    Reglamento,

    onforme

    l modelo

    djunto

    de a

    presente

    irectiva.

    4. Un linken

    el

    portal

    web de

    cada

    entidad

    onde

    se

    expongan

    os

    principales

    contenidos

    el Código

    de Ética

    de

    la Función

    Pública

    su Reglamento,

    conforme

    l modelo

    djunto

    e la

    presente

    irectiva

    las

    versiones

    ntegras

    de a

    Ley2TA1S

    eydel

    Código

    e

    Ética

    e a

    Función

    ública del

    Decreto

    Supremó

    " 033-2005-PCM,

    eglamento

    e a

    Ley

    del Código

    e

    Ética e

    a

    Función ública.

    S. Jornadas

    nformativas

    socialización

    obre

    a

    importancia

    el

    Código

    de

    Ét¡ca

    de

    la Función

    Pública

    y

    sobre

    las sanciones

    que

    acarrea

    su

    incumplimiento,

    on

    una

    periodicidadrimestral.

    Sin

    perjuicio

    de

    ello, cada

    entidad

    podrá

    desarroliar

    tras

    actividades

    estinadas

    i

    cumplimientoelfin

    de a

    presente

    irectiva.

    \ ,

    Artícuto 8"-

    Del reconocimiento

    la

    innovación

    Ñ'.i

    :

    ,,:,.

    Anualmente,

    a Presidencia

    el Consejo

    e Ministros,

    través

    de la Secretaría

    e

    Gestión

    AV . ,' .,,Pública,econocerá las nsti tucionesfuncionarios

    ue

    hayan esarrol lado

    ctividades

    í - t . ' . : ; .

    ",i...,}*

    ";.;

    innovativason

    a

    inalidad e

    promovei

    l

    Código

    ¿e Éticade la FunciónPública.

    -*'.¡_1_..1:r

    DISPOSICION

    OMPLEMENTARIA

    PRIMERA.-

    Lasentidades

    ujetas

    la apl icación

    e

    esta

    norma

    deberán

    onsiderar

    as

    actividades

    eñaladas

    n el articulo

    de

    la

    presente

    irectiva

    n

    sus

    respectivos

    lanes

    operativos

    nstitucionales,

    on

    la finalidad

    e

    garantizar u inclusión

    n la

    programación

    de activrdades

    presupuestal

    ue

    se

    realiza

    nualmente.

    SEGUNDA.-

    La

    presente

    disposición

    ntrará

    en

    vigencia

    al

    día siguiente

    e su

    publ icac ión.

  • 8/16/2019 6. Directiva 001-2009-PCM-SGP Reconocimiento de la Prácticas de Buen Gobierno en las Entidades del Poder Ejec…

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    Fines de la Función PúblicaLos fines de la función pública son el Servicio a la Nación, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política, y la obtención demayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el usode los recursos públicos

    Empleado PúblicoSe considera como empleado público a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de los niveles

     jerárquicos sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre o al serviciodel Estado, no importando el régimen jurídico de la entidad en la que se preste servicios ni el régimen laboral o de contratación al que estésu eto.

     PRINCIPIOS

    Respeto Adecua su conducta hacia el respeto de laConstitución y las Leyes, garantizando queen todas las fases del proceso de toma dedecisiones o en el cumplimiento de losprocedimientos administrativos, se respetenlos derechos a la defensa y al debidoprocedimiento.

    Probidad Actúa con rectitud, honradez y honestidad,procurando satisfacer el interés general ydesechando todo provecho o ventajapersonal, obtenido por sí o por interpósitapersona.

    EficienciaBrinda calidad en cada una de las funcionesa su cargo, procurando obtener unacapacitación sólida y permanente.

    IdoneidadEntendida como aptitud técnica, legal ymoral, es condición esencial para el accesoy ejercicio de la función pública. El servidorpúblico debe propender a una formaciónsólida acorde a la realidad, capacitándosepermanentemente para el debidocumplimiento de sus funciones.

    VeracidadSe expresa con autenticidad en lasrelaciones funcionales con todos losmiembros de su institución y con laciudadanía, y contribuye al esclarecimientode los hechos.

    Lealtad y Obediencia Actúa con fidelidad y solidaridad hacia todos

    los miembros de su institución, cumpliendolas órdenes que le imparta el superior jerárquico competente, en la medida quereúnan las formalidades del caso y tenganpor objeto la realización de actos de servicioque se vinculen con las funciones a sucargo, salvo los supuestos de arbitrariedado ilegalidad manifiestas, las que deberáponer en conocimiento del superior jerárquico de su institución.

    Justicia y EquidadTiene permanente disposición para elcumplimiento de sus funciones, otorgando acada uno lo que le es debido, actuando conequidad en sus relaciones con el Estado,con el administrado, con sus superiores,con sus subordinados y con la ciudadanía

    en general.

    Lealtad al Estado de DerechoEl funcionario de confianza debe lealtad a laConstitución y al Estado de Derecho.Ocupar cargos de confianza en regímenesde facto, es causal de cese automático einmediato de la función pública.

    DEBERES

    NeutralidadDebe actuar con absoluta imparcialidadpolítica, económica o de cualquier otra

    índole en el desempeño de sus funcionesdemostrando independencia a susvinculaciones con personas, partidospolíticos o instituciones.

    TransparenciaDebe ejecutar los actos del servicio demanera transparente, ello implica quedichos actos tienen en principio carácterpúblico y son accesibles al conocimiento detoda persona natural o jurídica. El servidorpúblico debe de brindar y facilitarinformación fidedigna, completa y oportuna.

    DiscreciónDebe guardar reserva respecto de hechos oinformaciones de los que tengaconocimiento con motivo o en ocasión del

    ejercicio de sus funciones, sin perjuicio delos deberes y las responsabilidades que lecorrespondan en virtud de las normas queregulan el acceso y la transparencia de lainformación pública.

    Ejercicio Adecuado del CargoCon motivo o en ocasión del ejercicio desus funciones el servidor público no debeadoptar represalia de ningún tipo o ejercercoacción alguna contra otros servidorespúblicos u otras personas.

    Uso Adecuado de los Bienes del EstadoDebe proteger y conservar los bienes delEstado, debiendo utilizar los que le fueranasignados para el desempeño de susfunciones de manera racional, evitando su

    abuso, derroche o desaprovechamiento, sinemplear o permitir que otros empleen losbienes del Estado para fines particulares opropósitos que no sean aquellos para loscuales hubieran sido específicamentedestinados.

    ResponsabilidadTodo servidor público debe desarrollar susfunciones a cabalidad y en forma integral,asumiendo con pleno respeto su funciónpública. Ante situaciones extraordinarias, elservidor público puede realizar aquellastareas que por su naturaleza o modalidadno sean las estrictamente inherentes a sucargo, siempre que ellas resultennecesarias para mitigar, neutralizar osuperar las dificultades que se enfrenten.

     PROHIBICIONES

    Mantener Intereses de ConflictoMantener relaciones o aceptar situacionesen cuyo contexto sus intereses personales,

    laborales, económicos o financierospudieran estar en conflicto con elcumplimento de los deberes y funciones asu cargo.

    Obtener Ventajas IndebidasObtener o procurar beneficios o ventajasindebidas, para sí o para otros, mediante eluso de su cargo, autoridad, influencia oapariencia de influencia.

    Realizar Actividades de ProselitismoPolíticoRealizar actividades de proselitismo políticoa través de la utilización de sus funciones opor medio de la utilización deinfraestructura, bienes o recursos públicos,ya sea a favor o en contra de partidos u

    organizaciones políticas o candidatos.

    Hacer Mal Uso de InformaciónPrivilegiadaParticipar en transacciones u operacionesfinancieras utilizando informaciónprivilegiada de la entidad a la que perteneceo que pudiera tener acceso a ella por sucondición o ejercicio del cargo quedesempeña, ni debe permitir el uso impropiode dicha información para el beneficio dealgún interés.

    Presionar, Amenazar y/o AcosarEjercer presiones, amenazas o acososexual contra otros servidores públicos osubordinados que puedan afectar ladignidad de la persona o inducir a la

    realización de acciones dolosas

    La trasgresión de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones generaresponsabilidad pasible de sanción, de acuerdo a ley, que puede ser:a) Amonestación b) Suspensiónc) Multa de hasta 12 UIT d) Resolución contractuale) Destitución o despido.

     

    FOMENTANDO LA ETICA

    Código de Ética de la Función PúblicaLEY Nº 27815 

    Secretaría deGestión Pública