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  • Diputacin Foral de Gipuzkoa 77

    5Rendimientos de actividades econmicas

    5.1 Qu son los rendimientos de actividades econmicas?

    5.2 A quin se atribuyen los rendimientos de las actividades econmicas?

    5.3 Quines y cmo tributan en las entidades en rgimen de atribucin derentas?

    5.3.1 Quines tributan?

    5.3.2 Cmo tributan?

    5.4 Cmo se calcula la base imponible y el rendimiento neto de lasactividades econmicas?

    5.4.1 Cules son los mtodos para calcular la base imponible?

    5.4.2 Cmo se calcula el rendimiento neto de las actividades econmicas?

    5.4.3 Cundo son incompatibles estos mtodos, y cundo son compatibles?

    5.5 Cmo se calcula el rendimiento por el mtodo de estimacin directa?

    5.5.1 Cmo se calcula el rendimiento por la modalidad normal?

    5.5.2 Cmo se calcula el rendimiento por la modalidad simplificada?

    5.6 Cmo se calcula el rendimiento por el mtodo de estimacin objetiva?

    5.6.1. Cmo se calcula el rendimiento por la modalidad de convenios?

    5.6.2 Cmo se calcula el rendimiento por la modalidad de signos,ndices o mdulos?

    5.7 Cul es el tratamiento de los rendimientos irregulares?

    5.8 Qu elementos patrimoniales estn afectos a actividades econmicas, ycules no?

    5.8.1 Qu son elementos patrimoniales afectos a actividades econmicas?

    5.8.2 Qu son elementos patrimoniales no afectos a actividadeseconmicas?

    5.8.3 Cmo funciona la afectacin y desafectacin de elementospatrimoniales por el contribuyente?

    5.8.4 Cmo se calcula la ganancia o prdida patrimonial derivada de latransmisin de elementos patrimoniales afectos?

    5.8.5 Qu beneficio fiscal tiene la reinversin del importe obtenido enla transmisin de elementos afectos?

    5.9 Cmo se calculan los rendimientos estimados?

    5.10 Con qu criterio se har la imputacin temporal?

    5.11 Obligaciones contables y registrales de los contribuyentes titulares deactividades econmicas

    5.12 Qu bienes, derechos deben declarar los empresarios y profesionales?

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  • 78 Diputacin Foral de Gipuzkoa

    Rendimientos de actividades econmicas

  • Diputacin Foral de Gipuzkoa 79

    Rendimientos de actividades econmicas

    5.1 Qu son los rendimientos de activida-des econmicas?

    En general, se consideran rendimientos de actividades econmi-cas aqullos que procediendo del trabajo personal y del capitalconjuntamente, o de uno slo de estos factores, supongan porparte del contribuyente la ordenacin por cuenta propia de losmedios de produccin y de los recursos humanos o de uno deambos, con la finalidad de intervenir en la produccin o distribu-cin de bienes o servicios.

    En consecuencia, para delimitar el concepto de rendimiento deactividades econmicas hay que tener en cuenta:

    1. Que debe existir una organizacin autnoma demedios de produccin o de recursos humanos.

    2. Que el titular de esa actividad acta por su cuenta y eninters propio.

    3. Que su objetivo es intervenir en la produccin o en ladistribucin de bienes o servicios.

    En particular, se consideran rendimientos ntegros de actividadeseconmicas los rendimientos de las siguientes actividades empre-sariales:

    Actividades extractivas.

    Actividades de fabricacin.

    Actividades de comercio.

    Actividades de prestacin de servicios.

    Actividades de artesana.

    Actividades agrcolas.

    Actividades forestales.

    Actividades ganaderas.

    Actividades pesqueras.

    Actividades de construccin.

    Actividades mineras.

    Tambin se consideran rendimientos ntegros de actividades eco-nmicas los rendimientos de las actividades profesionales60

    (ingenieros, veterinarios, mdicos, abogados, notarios, agentes ycorredores de seguros, directores de msica...).

    Una de las cuestiones que siempre genera discusin es cmo sedeben catalogar las actividades de arrendamiento y compra-venta de inmuebles. Es decir, si se deben catalogar como activi-dad econmica, como capital inmobiliario o como ganancia patri-monial. Las actividades de arrendamiento y compraventa deinmuebles se considerarn actividad econmica, nicamente si secumplen al mismo tiempo estas dos condiciones:

    Que haya, al menos, un local exclusivamente destinado adesempear la actividad.

    Que se tenga, al menos, una persona empleada con contratolaboral y a jornada completa, para desempear la actividad.

    Si no se cumple alguna de estas condiciones, los rendimientosderivados de estas actividades se considerarn como rendimien-tos del capital inmobiliario (en el caso de arrendamiento) o comoganancias o prdidas patrimoniales (en el caso de compraventa).

    5.2 A quin se atribuyen los rendimientosde las actividades econmicas?

    Los rendimientos de las actividades econmicas se consideranobtenidos por quienes gestionen de forma habitual, personal,directa y por cuenta propia los medios de produccin o losrecursos humanos afectos a estas actividades. Se considerarque la citada gestin la realizan quienes figuren como titulares delas actividades econmicas, salvo que se pruebe lo contrario.

    5.3 Quines y cmo tributan en las enti-dades en rgimen de atribucin de ren-tas61?

    5.3.1 Quines tributan?

    De forma general, en los casos de sociedades civiles, tengan o nopersonalidad jurdica, herencias yacentes62, comunidades de bie-nes y dems entidades a que se refiere el artculo 33 de la NormaForal General Tributaria, la renta obtenida se atribuir, respecti-vamente, a los socios, herederos, comuneros o partcipes, segnlas normas o pactos aplicables en cada caso. Si la Administracinno tuviera constancia indudable de la existencia de tales normaso pactos, el rendimiento se atribuir por partes iguales a cadauno de ellos. Las rentas atribuidas tendrn la naturaleza derivadade la actividad o fuente de donde procedan para cada uno de lossocios, herederos, comuneros o partcipes.

    RESUMEN: Tributan los socios, herederos, comuneros o partcipes.

    5.3.2 Cmo tributan?

    Las entidades en rgimen de atribucin de rentas no tributarnpor el Impuesto de Sociedades sino por el Impuesto sobre laRenta de las Personas Fsicas.

    En particular, si una entidad en rgimen de atribucin de rentasdesarrolla una actividad econmica, entonces los rendimientoscorrespondientes a tal actividad tendrn esa misma naturalezapara los integrantes de la entidad que intervengan de forma habi-tual, personal y directa en gestionar por cuenta propia los mediosde produccin y los recursos humanos afectos a la actividad.

    En cambio, para los socios, herederos, comuneros o partcipes queno realicen la mencionada intervencin y su participacin en laentidad se limite a la mera aportacin de un capital, los rendimien-tos atribuidos se consideran como provenientes del capital. En estecaso, se considerar que el rendimiento imputable es, como mxi-mo, del 15 % del capital aportado, salvo que se pruebe lo contrario.

    Para aplicar, cuando proceda, el rgimen tributario especial de laspequeas y medianas empresas previsto en la normativa delImpuesto sobre Sociedades y con vista a cumplir los requisitosexigidos para calificar las entidades en rgimen de atribucin derentas como pequea y mediana empresa, se tendr en cuentaexclusivamente el conjunto de las actividades econmicas ejerci-das por dichas entidades.

    5.4 Cmo se calcula la base imponible y elrendimiento neto de las actividadeseconmicas?

    5.4.1 Cules son los mtodos para calcular labase imponible?

    Existen tres regmenes o mtodos para calcular la base imponible:

    60 Las actividades profesionales son las que se recogen en las secciones segunda y terce-ra de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Econmicas.

    61 Vase el apartado 7.5, relativo a atribucin de rentas.

    62 Herencias yacentes, son las que estn pendientes de aceptacin por los herederos.

  • Estimacin directa.

    Estimacin objetiva, para determinados rendimientos deactividades econmicas.

    Estimacin indirecta, de conformidad con lo dispuesto en laNorma Foral General Tributaria. En la estimacin indirectade los rendimientos procedentes de actividades econmicasse tendrn en cuenta, preferentemente, los signos, ndices omdulos establecidos para la estimacin objetiva.

    RESUMEN: Mtodos para calcular la base imponible

    Mtodo Aplicacin

    Estimacin directa General

    Estimacin objetiva Para determinados rendimientos

    Estimacin indirecta Se tendrn en cuenta los signos, ndiceso mdulos establecidos para la estima-cin objetiva

    5.4.2 Cmo se calcula el rendimiento neto de lasactividades econmicas?

    Se establecen seis sistemas para calcular el rendimiento neto delas actividades econmicas. Son los siguientes:

    Mtodo de estimacin directa. Tiene carcter general ycomprende dos modalidades:

    a) Modalidad normal (primer sistema).

    b) Modalidad simplificada.

    Procedimiento ordinario (segundo sistema).

    Procedimiento especial (tercer sistema).

    Procedimiento sectorial (cuarto sistema).

    Estimacin objetiva. Comprende dos modalidades:

    a) Modalidad por convenios (quinto sistema). No ha sidodesarrollado reglamentariamente.

    b) Modalidad por signos, ndices y mdulos (sexto sistema).

    RESUMEN: Sistemas para calcular el rendimiento netode las actividades econmicas

    Mtodo Modalidades Sistema

    Estimacin Normal 1

    directa Simplificada Procedimiento ordinario 2

    Procedimiento especial 3

    Procedimiento sectorial 4

    Estimacin Por convenios 5objetiva (No est desarrollado)

    Por signos, ndices y mdulos 6

    5.4.3 Cundo son incompatibles estos mtodos, ycundo son compatibles?

    5.4.3.1 Cundo son incompatibles la modali-dad simplificada y la modalidad normaldel mtodo de estimacin directa?

    Modalidad normal: Los contribuyentes que determinen elrendimiento neto de alguna de sus actividades por la moda-

    lidad