Número 25 - noviembre de 2009 25. zkia. - 2009ko azaroa 25 ...
25 VEINTI..
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NUMERO VEINTICINCO (25). En la ciudad de Quetzaltenango, el catorce de marzo del año dos
mil catorce, ANTE MI: MARIO EDWIN MORALES BATZ, Notario, comparece por una parte la
señora SONIA ELIZABETH GARCÍA MONZÓN, de treinta y nueve años de edad, casada,
Comerciante, guatemalteca, con domicilio en el departamento de Quetzaltenango, quien se
identifica con el Documento Personal de Identificación al que le corresponde el Código Único de
Identificación número: dos mil ciento setenta y nueve, espacio, cincuenta y un mil novecientos
ochenta y ocho, espacio, cero novecientos uno, extendido por el Registro Nacional de las
Personas de la República de Guatemala, manifestándome que su Número de Identificación
Tributaria es el tres millones ciento noventa y un mil ochenta y dos guión tres, quien actúa en lo
personal y como propietaria de la empresa individual denominada RESTAURANTE “EL BRINDIS”,
calidad que acredita con la patente de comercio que aparece inscrita en el Registro Mercantil de la
República bajo el Número de Registro trescientos diecisiete mil cuatrocientos cuatro, Folio
doscientos treinta y uno, del Libro doscientos setenta y nueve, de Empresas Mercantiles; y,
por la otra parte comparece el señor ANIBAL RODOFO SIGÜENZA SÁNCHEZ de treinta años de
edad, casado, guatemalteco, Perito Contador, con domicilio en el departamento de
Quetzaltenango, se identifica con el Documento Personal de Identificación al que le Corresponde
el Código Único de Identificación Número: dos mil cuatrocientos sesenta y tres, espacio, cuarenta y
nueve mil quinientos cuarenta y nueve, espacio, cero novecientos uno, así mismo manifiesta que
su Número de Identificación Tributaria es el dos millones cincuenta y ocho mil setecientos cuarenta
y tres guión cero. Doy Fe y hago constar: a) que los comparecientes me aseguran ser de los datos
de identificación personal anotados; b) que se encuentra en el libre ejercicio de sus derechos
civiles y que por el presente instrumento público OTORGAN MANDATO GENERAL
ADMINISTRATIVO CON REPRESENTACIÓN, de conformidad con las cláusulas siguientes:
PRIMERA: El infrascrito Notario procedo a juramentar a los comparecientes en base a la siguiente
fórmula: “Prometéis bajo juramento decir la verdad en todo lo que manifestareis y fuereis
preguntado”, a lo que cada uno de forma separada me responde “si, bajo juramento prometo decir
la verdad”, seguidamente se les hace saber lo relativo al delito de perjurio y la pena
correspondiente. SEGUNDA: La señora Sonia Elizabeth García Monzón, continua manifestando
que tanto en el Registro Tributario Unificado, en la Patente de Comercio y otros documentos
relacionados a su empresa, el nombre que tiene consignado en la documentación correspondiente,
es el de Sonia Elizabeth García Monzón de Vargas, que es el nombre que ha utilizado desde
que contrajo matrimonio y así se encontraba consignado en la cédula de vecindad número de
Orden I guión Nueve y Registro Número noventa y un mil ciento cuarenta y ocho, extendida por el
Alcalde Municipal de Quetzaltenango, departamento de Quetzaltenango, que era con la que se
identificaba al momento de realizar los trámites en dichas instancias, pero que por motivos ajenos
a ella, aún no se ha hecho la anotación correspondiente en el Registro Civil del Registro Nacional
de las Personas, por lo que en el Documento Personal de Identificación solamente aparece como
soltera, en consecuencia no tiene el apellido de casada, no obstante el nombre que utiliza en sus
relaciones contractuales es el de Sonia Elizabeth García Monzón de Vargas. TERCERA:
Manifiesta la señora Sonia Elizabeth García Monzón, que una vez hecha la aclaración en relación
a su nombre, por este acto OTORGA MANDATO GENERAL ADMINISTRATIVO CON
REPRESENTACIÓN A FAVOR DEL SEÑOR ANIBAL RODOLFO SIGÜENZA SÁNCHEZ para
que en su nombre y representación ejercite las facultades que en las siguientes cláusulas se
detallaran. CUARTA: El objeto del presente MANDATO GENERAL ADMINISTRATIVO CON
REPRESENTACIÓN es para que el señor Anibal Rodolfo Sigüenza Sánchez pueda representarla
en todos los actos y trámites administrativos de la Empresa Mercantil de su propiedad
RESTAURANTE “EL BRINDIS” ante todas las Autoridades especialmente ante: Superintendencia
de Administración Tributaria, Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, Registro Mercantil
General de la República, así como sus entidades y dependencias ya sean estas unidades
direcciones, departamentos y agencias, y, de igual forma todas las actividades que fueren
necesarias sobre la Empresa Mercantil identificada. Así mismo por medio del presente Mandato le
faculta para realizar cobros, pagos, renegociar deudas por cobrar y deudas por pagar, solicitar y
entrega de papelería, realizar trámites bancarios, firmar papelería y de toda naturaleza, que fueren
necesarios tanto ante las dependencias gubernamentales arriba mencionadas, como en otras
instancias gubernamentales o empresas privadas, aunque no se mencionen en el presente
Mandato General Administrativo con Representación en favor de la Mandante y de la Empresa de
su Propiedad, TENIENDO TERMINANTEMENTE PROHIBIDO VENDER O ENAJENAR LA
EMPRESA Y LOS BIENES QUE PERTENEZCAN A ESTA, rogando a las Autoridades colaborar
en el ejercicio y cumplimiento de este mandato. QUINTA: Continua manifestando la señora Sonia
Elizabeth García Monzón que es su voluntad que el señor Anibal Rodolfo Sigüenza Sánchez, como
su MANDATARIO GENERAL ADMINISTRATIVO CON REPRESENTACIÓN, no tenga ningún
obstáculo en su ejercicio, rogándole a las autoridades correspondientes, darle al mandatario
nombrado todas las facilidades del caso para que pueda actuar y representarla libremente.
SEXTA: El Mandatario declara que en los términos relacionados, acepta expresamente el presente
MANDATO GENERAL ADMINISTRATIVO CON REPRESENTACIÓN y se obliga a desempeñarlo
diligentemente a título gratuito y de conformidad con la ley. SEPTIMA: Los otorgantes aceptan el
contenido de las cláusulas del presente instrumento público. Doy fe: a) de todo lo expuesto; b) de
haber tendido a la vista los documentos de identificación de los otorgantes, la patentes de
comercio de la empresa identificada y la constancia de inscripción y modificación al Registro
Tributario Unificado ya relacionados; c) advertí a los otorgante sobre los efectos legales del
presente contrato, así como de la obligación relativa a la inscripción del Testimonio de esta
Escritura en el Registro de Poderes del Archivo General de Protocolos; d) Leí lo escrito a los
otorgantes, quienes enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptan
ratifican y firman, junto con el Infrascrito Notario.