-2018-ANA/AAA XII.UV. 2 7 SEP 2018

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. ó 13 -2018-ANA/AAA X II.UV. Cusco, 2 7 SEP 2018 VISTO: El expediente administrativo 606-2018. con CUT N°74163-2018. tramitado ante la Administración Local del Agua Sicuani, en fecha 02 de mayo del 2018, presentado por el Señor Fortunato Corrales Unperi , identificado con DNI N°07642558, en calidad de Representante Legal de la Empresa Bello Langui - Truchas S.A.C. la cual solicita la Acreditación de Disponibilidad Hídrica, con fines Acuícolas, para el proyecto denominado " Acreditacn de Disponibilidad Hídrica Superficial para Produc ción de truc has en Jaulas Fl o tan tes en la Laguna de Lang Layo". CONSIDERANDO: Que, la Autoridad Nacional del Agua tiene presencia en el país a través de órganos desconcentrados denominados Autoridades Administrativas del Agua que dirigen en sus respectivos ámbitos territoriales, la gestión de los Recursos Hídricos, en el marco de las políticas y normas di ctadas por el Consejo Directivo y Jefatura! de la Autoridad Nacional del Agua; Que, el numeral 81.1 y 81.2, del artículo 81 ° del Decreto Supremo 023-201 4- MINAGRI, que modifica el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por D.S. 001-2010-AG, establece que, La Acreditación de la Disponibilidad H ídrica certifica la existencia de recursos hídricos en cantidad, oportunidad y calidad apropiadas para un determinado proyecto en un punto de interés, se puede obtener mediante: a) Resol ución de Aprobación de la Disponibilidad Hídrica y b) Opinión Técnica F avorable a la Disponibil i dad Hídrica · contenida en el Instrumento de Gestión Ambiental (IGA). La Acreditación de Disponibilidad H ídrica tiene un plazo de vigencia de dos (02) años, no facu l ta a usar el agua ni ejecutar obras y no es exclusiva ni excluyente. Puede ser otorgado a más de un petici onario, respecto de una misma fuente; Que, el procedimiento se instruyó bajo la aplicación de la Resol ución Jefatura! 007-2015-ANA - Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ej ecución de Obras en fuentes Naturales de Agua, y considerando el Principio de lnformalismo pr evisto en la Ley Del Procedimien to Administrativo General Ley 27444, que establece " Las normas de procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión final de las pretensiones de los administrados, de modo que sus derechos e intereses no sean afectados por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados dentro del procedimiento, siempre que dicha excusa no afecte derechos de terceros o el interés público" siendo a , r evisado los req uisitos establecidos en el TUPA y en la Resolución Jefatura! 007-2015-ANA, se advierte que ha cumplido con los requisitos que establece; Que, con el expediente administrativo 606-2018, con CUT N°74163-2018, tramitado ante la Administración Local del Agua Sicuani , en fecha 02 de mayo del 2018, presentado por el Señor Fortunato Corral es Unperi, identificado con DNI N°07642558, en calidad de Representante Legal de la Empresa Bello Langui - Truchas S.A.C. la cual solicita la Ac r editación de Dispon ibilidad Hidrica, con fines Acuicolas, para el proyecto denominado " Acreditaci ón de Disponibilidad Hídrica Superficial para Producción de truchas en Jaulas Flotantes en la Laguna de Langui Layo", para lo cual el admi n istrado pr esenta los siguien t es documentos: Sol icitud ( folio 01), copia simple de DNI ( folio 02), Memoria D escri pt iva ( fojas 03-24), Compromiso de pago por derecho de Verificación técnica de campo ( folio 25). recibo por derecho de tramite ( folio 30), Constancias de Publicación, de fecha 13 de setiembre del 2018 que obra a fojas (51 -53); Que, en merito a la Notificación Nº157-2018- ANA/AAA. XII . UV/ ALA-SICUAN I, de fecha 19 de junio del 2018, se llevó a cabo la verificación Técnica de Campo en fecha 26 de Junio del 2018, que obra a fojas (37-41) con la participación del personal del ALA Sicuani y del administrado, se consti tuyeron en la L aguna L angui Layo, d el distrito de Langui , provincia de Canas y departamento del Cusco, habiendo consignado los 04 puntos consignados en el informe Nº073-AN A-AAA- UV/ AT/CMGC, resulto siendo un ár ea diferente al que el admini strado pretende concesionar, det ectada esa situación el administrado explica que anteriormente pretendía concesionar en ese lugar dicho cuadrángulo cuyos 04 vértices. ya estaban señalizados, pero que desistió por problemas limítrofes con el

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. ó 13 -2018-ANA/AAA XII.UV. Cusco,

2 7 SEP 2018 VISTO:

El expediente administrativo N° 606-2018. con CUT N°74163-2018. tramitado ante la Administración Local del Agua Sicuani, en fecha 02 de mayo del 2018, presentado por el Señor Fortunato Corrales Unperi, identificado con DNI N°07642558, en calidad de Representante Legal de la Empresa Bello Langui - Truchas S.A.C. la cual solicita la Acreditación de Disponibilidad Hídrica, con fines Acuícolas, para el proyecto denominado "Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para Producción de truchas en Jaulas Flotantes en la Laguna de Languí Layo".

CONSIDERANDO:

Que, la Autoridad Nacional del Agua tiene presencia en el país a través de órganos desconcentrados denominados Autoridades Administrativas del Agua que dirigen en sus respectivos ámbitos territoriales, la gestión de los Recursos Hídricos, en el marco de las políticas y normas dictadas por el Consejo Directivo y Jefatura! de la Autoridad Nacional del Agua;

Que, el numeral 81.1 y 81.2, del artículo 81 ° del Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI, que modifica el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por D.S. Nº 001-2010-AG, establece que, La Acreditación de la Disponibilidad Hídrica certifica la existencia de recursos hídricos en cantidad, oportunidad y calidad apropiadas para un determinado proyecto en un punto de interés, se puede obtener mediante: a) Resolución de Aprobación de la Disponibilidad Hídrica y b) Opinión Técnica Favorable a la Disponibilidad Hídrica ·contenida en el Instrumento de Gestión Ambiental (IGA). La Acreditación de Disponibilidad Hídrica tiene un plazo de vigencia de dos (02) años, no faculta a usar el agua ni ejecutar obras y no es exclusiva ni excluyente. Puede ser otorgado a más de un peticionario, respecto de una misma fuente;

Que, el procedimiento se instruyó bajo la aplicación de la Resolución Jefatura! N° 007-2015-ANA - Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en fuentes Naturales de Agua, y considerando el Principio de lnformalismo previsto en la Ley Del Procedimiento Administrativo General Ley N° 27444, que establece "Las normas de procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión final de las pretensiones de los administrados, de modo que sus derechos e intereses no sean afectados por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados dentro del procedimiento, siempre que dicha excusa no afecte derechos de terceros o el interés público" siendo así, revisado los requisitos establecidos en el TUPA y en la Resolución Jefatura! Nº 007-2015-ANA, se advierte que ha cumplido con los requisitos que establece;

Que, con el expediente administrativo Nº 606-2018, con CUT N°74163-2018, tramitado ante la Administración Local del Agua Sicuani, en fecha 02 de mayo del 2018, presentado por el Señor Fortunato Corrales Unperi, identificado con DNI N°07642558, en calidad de Representante Legal de la Empresa Bello Langui - Truchas S.A.C. la cual solicita la Acreditación de Disponibilidad Hidrica, con fines Acuicolas, para el proyecto denominado "Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para Producción de truchas en Jaulas Flotantes en la Laguna de Langui Layo", para lo cual el administrado presenta los siguientes documentos: Solicitud ( folio 01), copia simple de DNI ( folio 02), Memoria Descriptiva ( fojas 03-24),Compromiso de pago por derecho de Verificación técnica de campo ( folio 25). recibo por derecho de tramite ( folio 30), Constancias de Publicación, de fecha 13 de setiembre del 2018 que obra a fojas (51-53);

Que, en merito a la Notificación Nº157-2018-ANA/AAA.XII.UV/ALA-SICUANI, de fecha 19 de junio del 2018, se llevó a cabo la verificación Técnica de Campo en fecha 26 de Junio del 2018, que obra a fojas (37-41) con la participación del personal del ALA Sicuani y del administrado, se constituyeron en la Laguna Langui Layo, del distrito de Langui, provincia de Canas y departamento del Cusco, habiendo consignado los 04 puntos consignados en el informe Nº073-ANA-AAA-UV/AT/CMGC, resulto siendo un área diferente al que el administrado pretende concesionar, detectada esa situación el administrado explica que anteriormente pretendía concesionar en ese lugar dicho cuadrángulo cuyos 04 vértices. ya estaban señalizados, pero que desistió por problemas limítrofes con el

concesionario vecino, por lo que decidió cambiar de lugar, por lo que el administrado al consignar datos erróneos, presento documentos que acrediten la concesión actual , por lo que presento la Resolución Directora! N°077-2016-GR­CUSCO-GRDE/DIREPRO, del gobierno regional Cusco- Dirección Regional de Producción, que Resuelve rectificar la Resolución Directora! N°010-2015-GR- CUSCO/DIREPRO, por el cual se otorga la concesión a la empresa " Bello Langui Truchas SAC", para dedicarse a la actividad de Acuicultura en la Laguna Langui Layo, consignado en los siguientes puntos cuyas Coordenadas UTM son : a) E: 255666 N:8402705, b) E:255800 N:8402638, c) E:255739 N:8402517, D) E:255605 N:8402584, por lo que procedimos a ubicar dichos puntos y señalizar con boyas soportadas con bolsas de arena;

Que, mediante informe Técnico N°052-2018-ANA-AAA-UV-AT/CMGC, de fecha 26 de setiembre del 2018, que obra a fojas (56-58), evaluado por el Profesional Especialista en Gestión de Recursos Hidricos del Área Técnica de la AAA XII UV, mediante el cual concluye: 1) El Expediente administrativo N° 606-2018 sobre la "Acreditación de Disponibilidad Hidrica Superficial para Producción de Truchas en Jaulas Flotantes en la Laguna

tüt-CIO~ de Langui Layo", se encuentra de acuerdo a los requisitos exigidos según el TUPA 13 - ANA, para el procedimiento de ~t-Q~~<J. Acreditación de disponibilidad hidrica. 11) La oferta hidrica de la laguna Langui Layo según el estudio INCLAM alcanza un ~ In \ volumen de 20 hm3 ó 20'000,000.00 m3. Para efectos del presente cálculo se ha considerado como oferta de agua el ~~ Sif ~g área concesionada de la laguna de 20,000 m2 (2.0 ha) por (03) m de profundidad el cual equivale a un volumen de ':¡,~,;, OR !'t 60,000 m3, 111) La demanda hídrica para la instalación de un módulo de 16 jaulas flotantes cuadradas de 6.0 m x 6.0 m x ~~f'l,,/n,stt#.!.~ 0.3 m, alcanza un volumen de 1728 m3/mes y para la instalación de 12 jaulas flotantes hexagonal de 06 m de lado por

~ªmba'lf1'~ 03.00 m, de fondo, alcanza un volumen de 1,944.0 m3, siendo la demanda total de 3,672.00 m3 por mes que equivale a un total 44,064.00 m3 por año, IV) De acuerdo al balance (Oferta-Demanda) de la laguna Langui Layo, el recurso hidrico alcanza al 100% para todos los meses, existiendo superávit hídrico, por lo tanto se asignará de acuerdo a la demanda hídrica planteada por el administrado, un volumen de 3,672.00 m3 por mes que equivale a un total 44,064.00 m3 por año, V)Respecto a las publicaciones, mediante Memorando N°643-2018-ANA-AAA.UVALA-SI, la ALA Sicuani adjuntó las constancias de publicación realizadas por el Sr. Jesús Corrales Umpiri en representación del Sr. Fortunato Corrales Unperi en la cual no se han presentado oposiciones al trámite (En el folio Nº42 se adjunta la carta poder en donde se le autoriza la representación);

Que, de la evaluación de los actuados en el expediente de Acreditación de Disponibilidad Hídrica, para la obtención de Licencia de Uso de agua con fines Acuicolas, para el proyecto denominado "Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para Producción de truchas en Jaulas Flotantes en la Laguna de Langui Layo", se evidencia que el administrado ha cumplido con los requisitos previstos por la norma y atendiendo lo manifestado en los informes técnicos, se colige que el procedimiento administrativo se ha llevado de manera regular, sin mediar vicio que lo invalide, cumpliendo con los parámetros técnicos y requisitos legales. por lo que resulta amparable;

Que, con los vistos del Área legal, con Informe Legal N° 282-2018-ANA-AAA.UV-AUMBC, y el Área Técnica de la Autoridad Administrativa del Agua XII UV con su informe Técnico Nº052-2018-ANA­AAA-UV-AT/CMGC; de conformidad con lo establecido por el artículo 46º inciso c), del D.S. N°018-2017- MINAGRI, Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; esta Autoridad Administrativa del Agua XII­Urubamba - Vilcanota;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.· APROBAR la Acreditación de Disponibilidad Hídrica de Aguas Superficiales, para uso Acuicola, a favor de la Empresa Bello Langui - Truchas S.A.C, para el proyecto denominado "Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para Producción de truchas en Jaulas Flotantes en la Laguna de Langui Layo" de acuerdo al siguiente detalle:

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PUNTO DECAPTACION

TIPO DE NOMBRE DE

Vérti«s del COORDENADAS UTM DATUM PROYECTO UBICACIÓN POLITICA LA FUENTE

FUENTE DEAGUA Cuadrante IWGS84 - ZONA 19 Sur)

ESTE (m) NORTE(m)

Seclores : G ranja Bella V-1 255,666.00 8,402,705.00

Acredi1ación de Disponibilidad Laneui

Hidrica Superfic ial de Pequeños Distrito : 1..angui Laguna Langui Layo

V. 2 255.800.00 8.402,638.00 Proyectos de la Fuente Jlidrica

Provincia : Canas V - 3 255.739.00 8,402.5 17.00 Langui Layo.

Departamento : C usco V - 4 255,605.00 8.402.584.00

ARTÍCULO 2º.· ESTABLECER, que la Acreditación de Disponibilidad Hídrica, con fines Acuícola, para el proyecto denominado "Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial para Producción de truchas en Jaulas Flotantes en la Laguna de Langui Layo", es con un volumen anual de 44,064.00 m3/año, para una demanda mensual según el siguiente detalle:

Fuealt de Apa Caadal y Velumea Measul Otori:ado

Tipe Nombre Uaid Ene Feb Mar Abr May J'ua Jal Aco Sd Oct Nev Die

~ (), Vs 1.37 1.52 1.37 1.42 1.37 1.42 1.37 1.37 1.42 1 37 1.42 1.37 ........ Laguna

Langui

a:J 'A ~ Layo mJ 3,672.00 3.672.00 3,672.00 3,672.00 3,672.00 3,672.00 3.672 00 3.672.00 3.672.00 3.672.00 3,672.00 3.672.00

~ P'

~!~ -:tJ

Total L's 1.37 1.52 1.37 Ul 1.37 1.42 l.J7 1.37 1.42 1.37 1.42

ARTÍCULO 3º.· PRECISAR que la Acreditación indicada en el articulo 1 º de la presente Resolución Directora!, es de DOS (02) AÑOS, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución .

• ..ao~ ~~ 1ng.(2SI! ~ '1!: ARTICULO 4º.· DECLARAR, que la Presente Resolución Directora! de Acreditación de Disponibilidad Hídrica con fines [k wlll' }\ Acuicolas, no autoriza la utilización, ni el aprovechamiento del recurso hídrico a favor del administrado, siendo necesario

':l. . C: 11 l • para ello que el administrado obtenga previamente el derecho de uso de agua correspondiente, de conformidad al ~ / cumplimiento de las condiciones concurrentes del artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos - Ley Nº 29338, TUPA de

f.l,."bam 'lo." la ANA 2016 numeral 14 y los artículos 16° y 17° de la Resolución Jefatura! Nº 007 -2015-ANA.

ARTÍCULO 5º.· REMITIR copia de la presente Resolución al Responsable del Sistema de Información de esta Autoridad Administrativa del Agua XII UV y a la Administración Local del Agua Sicuani.

ARTÍCULO 6º.· NOTIFICAR la presente Resolución Directora! a la Empresa Bello Langui - Truchas S.A.C, con domicilio legal en Jr. Bernardo Alcedo N°149, del distrito de Lince, provincia y departamento de Lima.

REGÍSTRESE y COMUNÍQUESE.

Cc.Arch ESMIAL

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rector Autoridad Administrativa del Agua XII Urubamba Vilcanota

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1.37

Volu-• Total Anual (ml)

44,064 .00

44,064.00