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Manual de organización

General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 2 de 62

Hoja de edición

H. Ayuntamiento de Chignahuapan

Documento generado por la Contraloría Municipal

Plaza de la Constitución S/N CP 73300 Chignahuapan, Puebla

Teléfonos: 017979710019/ 017979710077

REVISIÓN

Fecha Nombre Cargo Firma

ACTUALIZACIÓN

Fecha Parte del Manual que se actualiza Hoja(s) que se

modifica(n)

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 3 de 62

I.- Presentación ........................................................................................................................... 4

II.-Antecedentes .......................................................................................................................... 5

III.- Marco Jurídico ....................................................................................................................... 7

IV.- Atribuciones ........................................................................................................................ 11

V.- Misión y Visión ..................................................................................................................... 17

VI.- Objetivo General ................................................................................................................. 17

VII.- Valores ............................................................................................................................... 17

VIII.- Estructura Orgánica .......................................................................................................... 18

IX.- Inventario de Descripción de funciones por Unidad Administrativa ................................. 19

X.-Objetivos y Funciones por Unidad Administrativa ............................................................... 20

1.- Presidencia Municipal ...................................................................................................... 20

2.- Cuerpo de Regidores ........................................................................................................ 26

3.- Sindicatura Municipal ...................................................................................................... 27

4.- Secretaría General ............................................................................................................ 29

5.- Contraloría Municipal ...................................................................................................... 31

6.- Tesorería Municipal ......................................................................................................... 33

7.- Dirección de Seguridad Pública y Vialidad ....................................................................... 35

8.- Sistema Municipal DIF ...................................................................................................... 37

9.- Dirección de Gobierno ..................................................................................................... 38

10.- Dirección de Fomento Económico ................................................................................. 39

11.- Dirección de Obras Públicas ........................................................................................... 40

12.- Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología ........................................................ 41

13.- Dirección de Turismo y Desarrollo Humano .................................................................. 44

14.- Dirección de Desarrollo Rural ........................................................................................ 49

15.- Dirección de Servicios Municipales ................................................................................ 51

16.-Dirección de Salud Municipal .......................................................................................... 56

XI.- Directorio ............................................................................................................................ 58

XII.- Glosario de términos .......................................................................................................... 61

XIII.- Validación .......................................................................................................................... 62

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

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I.- Presentación

Con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 78 y 79 de la Ley Orgánica Municipal, se establece que el

Municipio se encuentra investido de personalidad jurídica y de patrimonio propios.

La cual le permite crear reglamentos que contribuyan a una mejor organización, respetando los

derechos humanos consagrados en el orden jurídico mexicano.

El presente manual de organización y funciones, tiene como objetivo fundamental, servir como

instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al mantener de forma ordenada las

operaciones y funciones de cada una de las áreas que conforman la Administración Pública

Municipal del H. Ayuntamiento de Chignahuapan Puebla, todo esto basado en un marco jurídico

administrativo, que permita al personal estar informado de cuáles son sus funciones y

responsabilidades

En este documento se describen las funciones de las unidades administrativas, las políticas de

operación o lineamientos que rigen la puesta en práctica de dichos procedimientos con la firme

intención de optimizar el desempeño de las funciones de todo el personal, (administrativo,

operativo y técnico) para mejorar sus niveles de eficiencia, para que esta administración brinde los

mejores resultados a la ciudadanía.

Lic. Juan Enrique Rivera Reyes

Presidente Municipal Constitucional de Chignahuapan

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

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II.-Antecedentes

Para el cumplimiento de las atribuciones que le son asignadas al orden de gobierno municipal, se

debe contar con un aparato administrativo dotado de los recursos humanos, técnicos y financieros

que le permitan responder de manera eficiente y oportuna a las crecientes y cambiantes

demandas de la sociedad. Las condiciones que logren establecer los gobiernos municipales

determinan su capacidad de competencia, para generar ambientes que promuevan mejores

perspectivas de desarrollo para su población.

Los últimos años han significado para la administración pública Municipal una serie de

transformaciones con motivo de nuevos sistemas administrativos, el desarrollo de tecnologías de

información y comunicaciones, así como de la demanda de la ciudadanía que solicita la prestación

de servicios más eficientes y transparentes.

La actual administración municipal 2014-2018 aspira a incrementar las capacidades municipales

para atender demandas ciudadanas haciendo uso racional de los recursos y aprovechando el

potencial del talento humano con el que cuenta Chignahuapan. Se tiene como propósito brindar

servicios de calidad, gestionar trámites de manera ágil e impulsar los mecanismos de

transparencia y rendición de cuentas que permitan conformar una administración municipal

sólida.

La ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla señala la facultad de los ayuntamientos para crear

dependencias y entidades que le estén subordinadas directamente, así como fusionar, modificar o

suprimir las ya existentes atendiendo sus necesidades y capacidad financiera, por ello se planteó la

necesidad de realizar un análisis de las necesidades y la conformación poblacional y territorial del

municipio para diseñar una administración municipal que pueda colaborar en dar respuesta a las

necesidades consideradas prioritarias.

En congruencia con los objetivos planteados por el Plan Municipal de Desarrollo 2014-2018 y para

favorecer el cumplimiento de los mismos, se busca conformar una organización municipal que

tenga como características la racionalidad en el uso de los recursos, la atención ciudadana de

calidad y la prestación de servicios eficientes y transparentes.

Con el propósito de consolidar una organización municipal funcional se realizan adecuaciones a la

estructura orgánica para que ésta pueda contar con instrumentos y medios necesarios para

alcanzar los objetivos y metas deseados, acompañado a su vez por un proceso continuo de

retroalimentación que sirva para prevenir y corregir errores que se presenten en la ejecución de

las acciones.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

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Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

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Durante el periodo 2011- 2014 la administración municipal se conformó por: Secretaría General y

de Gobierno, Secretaría de Control Interno, Secretaría de Desarrollo Rural y Bienestar Social,

Secretaría de Seguridad Pública, Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Humano, Secretaría de

Planeación y Desarrollo Urbano, Secretaría de Finanzas y DIF Municipal . Un total de 7 secretarías

y el DIF municipal.

Por la naturaleza cambiante de la realidad municipal al iniciar la administración municipal 2014-

2018 con el Liderazgo del Lic. Juan Enrique Rivera Reyes, se identificó la necesidad de modificar la

estructura administrativa del Ayuntamiento, esto con el propósito de desarrollar de manera

efectiva las capacidades del personal, garantizar la correcta prestación de servicios a la ciudadanía,

siempre empleando los recursos de manera racional y transparente.

A principio de 2015 se fueron asentando las modificaciones del tipo de administración deseable

para responder a las necesidades de la ciudadanía de Chignahuapan, por ello en sesión de cabildo

del 4 de marzo de 2015 se aprueban las modificaciones a la estructura orgánica municipal y se

delimitan las responsabilidades y competencias de las mismas.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

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Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

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III.- Marco Jurídico

Normativa Federal

Constitución Política Mexicana

Ley Federal Del Trabajo

Ley de Contabilidad Gubernamental

Ley De Fiscalización y Rendición De Cuentas De La Federación

Ley Federal De Protección De Datos Personales En Posesión De Los Particulares

Ley General Para La Igualdad Entre Mujeres Y Hombres

Ley Del Servicio Militar

Ley General de Protección Civil

Ley General Del Equilibrio Ecológico y La Protección Al Ambiente

Normativa Estatal

Constitución Política del Estado Libre y Soberano De Puebla

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal

Ley de Desarrollo Social para el Estado de Puebla

Ley de Hacienda Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla

Ley De Presupuesto, Contabilidad Y Gasto Público.

Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla.

Ley De Fraccionamientos Y Acciones Urbanísticas Del Estado Libre Y Soberano De Puebla

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla.

Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Entes Públicos

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

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Núm. de Revisión: 0

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Ley de Egresos del Estado de Puebla, Para El Ejercicio Fiscal 2015

Ley de Egresos del Estado de Puebla, Para El Ejercicio Fiscal 2014

Ley De Ingresos Del Estado De Puebla, Para El Ejercicio Fiscal 2015

Ley De Ingresos Del Estado De Puebla, Para El Ejercicio Fiscal 2014.

Ley de Archivos del Estado de Puebla

Ley de Gobierno Digital para el Estado de Puebla y sus Municipios.

Ley de gobernanza regulatoria para el estado de puebla.

Ley para la Regularización de la Propiedad Inmobiliaria de Predios Rústicos en el Estado de Puebla.

Ley Del Transporte Del Estado De Puebla

Ley Estatal Del Deporte

Ley Para El Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia Del Estado De Puebla

Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla.

Ley Para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial

para el Estado de Puebla.

Ley Para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla.

Reglamento de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de

Manejo Especial para el Estado de Puebla.

DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que reforma y adiciona diversas disposiciones

de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Puebla, y de la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla.

Normativa Municipal

Plan Municipal de Desarrollo Chignahuapan 2011 - 2014

Plan Municipal de Desarrollo Chignahuapan 2014 - 2018

Plan Municipal de Desarrollo Ejecutivo Chignahuapan 2014 - 2018

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

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Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

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Plan Municipal de Desarrollo 2014-2018 Publicación en el Periódico Oficial

Ley Municipal de Ingresos 2014

Ley Municipal de Ingresos 2015

Ley Orgánica Municipal

Bando de Policía y Gobierno para el Municipio de Chignahuapan

Reglamento de Seguridad Vial y Tránsito del Municipio de Chignahuapan

Reglamento de Obras y Construcciones Para el Municipio de Chignahuapan

Reglamento de Mercados y Tianguis del Municipio de Chignahuapan Puebla

Reglamento para Establecimientos cuyo giro sea la Enajenación de Bebidas Alcohólicas para el

Municipio de Chignahuapan, Puebla.

Decretos

Decreto del Honorable Congreso del Estado por virtud del cual crea el Organismo Público

Descentralizado del Municipio de Zacatlán Puebla denominado Rastro

Políticas Emitidas

Código De Ética Para El Ayuntamiento De Chignahuapan Puebla

Procedimiento De Reclutamiento, Selección, Contratación Y Promoción Del Personal Del Municipio

De Chignahuapan, Puebla

Manuales Administrativos

Manual de Organización y Funciones del Honorable Ayuntamiento de Chignahuapan 2011-2014.

Manual de Procedimientos del Honorable Ayuntamiento de Chignahuapan 2011-2014.

Manual de Organización General y Funciones del Honorable Ayuntamiento de Chignahuapan

2014-2018.

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Reglamentos de la Administración

Reglamento De La Administración Pública Para El Municipio De Chignahuapan, Puebla

Reglamento Interno De Trabajo Para Los Servidores Públicos Del Honorable Ayuntamiento

Reglamento De Turismo Municipal De Chignahuapan, Puebla.

Reglamento De Transparencia Y Acceso A La Información Pública Del Municipio De Chignahuapan,

Puebla.

Reglamento Para El Funcionamiento De Establecimiento Comerciales Del Municipio De

Chignahuapan, Puebla

Reglamento De Diversiones Y Espectáculos Públicos Del Municipio De Chignahuapan, Puebla

Reglamento De Panteones Para El Municipio De Chignahuapan, Puebla

Reglamento De Limpia, Recolección, Traslado, Tratamiento Y Disposición Final De Residuos Del

Municipio De Chignahuapan, Puebla

Reglamento Para La Protección Al Ambiente Del Municipio De Chignahuapan, Puebla

Códigos

Reformas

Sin Reformas.

Reglas de Operación

Sin Reglas de Operación.

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IV.- Atribuciones

De acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos las atribuciones que los

municipios tienen son:

Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno

republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división

territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases

siguientes:

I.-Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por

un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia

que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera

exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.

Las Constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo

de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un período adicional, siempre y cuando el

periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años. La postulación sólo podrá

ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que

lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su

mandato.

Las Legislaturas locales, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán

suspender ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato

a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y

cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y

hacerlos alegatos que a su juicio convengan.

Si alguno de los miembros dejare de desempeñar su cargo, será sustituido por su suplente, o se

procederá según lo disponga la ley.

En caso de declararse desaparecido un Ayuntamiento o por renuncia o falta absoluta de la mayoría

de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes ni que se

celebren nuevas elecciones, las legislaturas de los Estados designarán de entre los vecinos a los

Concejos Municipales que concluirán los períodos respectivos; estos Concejos estarán integrados

por el número de miembros que determine la ley, quienes deberán cumplir los requisitos de

elegibilidad establecidos para los regidores;

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II.- Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio

conforme a la ley.

Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia

municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los

reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus

respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,

procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación

ciudadana y vecinal.

Por otro lado en lo referente al orden estatal de gobierno, la Constitución Política del estado libre

y soberano de Puebla señala las atribuciones de las que puede hacer uso el Municipio:

Artículo 102.- El Municipio libre constituye la base de la división territorial y de la organización

política y administrativa del Estado; cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de

elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de Regidores y

Síndicos que la ley determine. Las atribuciones que esta Constitución otorga al Gobierno

Municipal, se ejercerán por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia

alguna, entre éste y el Gobierno del Estado

Artículo 103.- Los Municipios tienen personalidad jurídica, patrimonio propio que los

Ayuntamientos manejarán conforme a la Ley, y administrarán libremente su hacienda, la cual se

formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y

otros ingresos que la Legislatura del Estado establezca a favor de aquéllos y que, entre otros, serán

Artículo 105.- La administración pública municipal será centralizada y descentralizada, con

sujeción a las siguientes disposiciones:

I.- Los Ayuntamientos residirán en las cabeceras de los Municipios y serán presididos por el Primer

Regidor, quien tendrá el carácter de Presidente Municipal.

II.- Podrán establecerse las entidades que se juzguen convenientes para realizar los objetivos de la

Administración Municipal.

III.- Los Ayuntamientos tendrán facultades para expedir de acuerdo con las Leyes en materia

Municipal que emita el Congreso del Estado, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos,

circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas

jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,

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procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación

ciudadana y vecinal El objeto de las Leyes en materia Municipal, será establecer:

a) Las bases generales de la administración pública municipal y del procedimiento administrativo,

incluyendo los medios de impugnación y los órganos para dirimir las controversias entre dicha

administración y los particulares, con sujeción a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y

legalidad;

b) Los casos en que se requiera el acuerdo de las dos tercera partes de los miembros de los

Ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio municipal o para celebrar actos

o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al periodo del Ayuntamiento;

c) Las normas de aplicación general para celebrar los convenios a que se refieren la fracción XVII

del artículo 79 y la fracción II del artículo 104 de esta Constitución;

d) El procedimiento y condiciones para que el Gobierno del Estado asuma una función o servicio

municipal cuando, al no existir el convenio correspondiente, el Congreso del Estado considere que

el Municipio de que se trate esté imposibilitado para ejercerlos o prestarlos; en este caso, será

necesaria solicitud previa del Ayuntamiento respectivo, aprobada por cuando menos las dos

terceras partes de sus integrantes; y

e) Las disposiciones aplicables en aquellos Municipios que no cuenten con los bandos o

reglamentos correspondientes.

IV.- Los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados

para:

a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;

b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;

c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en

concordancia con los planes generales de la materia. Cuando el Estado elabore proyectos de

desarrollo regional deberá asegurar la participación de los Municipios;

d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus

jurisdicciones territoriales;

e) Intervenir en la regulación de la tenencia de la tierra urbana;

f) Otorgar licencias y permisos para construcciones;

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g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y

aplicación de programas de ordenamiento en esta materia;

h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros

cuando aquellos afecten su ámbito territorial; e

i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.

V.- Los Ayuntamientos sólo podrán contratar empréstitos sujetándose a las disposiciones que

dicte el Congreso, conforme a la fracción VIII del artículo 57 de esta Constitución

VII.- Las fuerzas de seguridad del Estado y de los Municipios se auxiliarán recíprocamente.

VIII.- En casos de graves trastornos del orden Público, el Gobernador del Estado, por sí o por

medio del Delegado que lo represente, podrá hacerse cargo de la fuerza pública existente en el

Municipio.

IX.- En caso de desarrollo de alguna epidemia, el Gobernador del Estado podrá hacerse cargo del

ramo de Salubridad Pública Municipal hasta que el peligro desaparezca.

X.- Los Ayuntamientos están obligados a seguir los programas que en materia de Instrucción

Pública establezcan las autoridades educativas del Estado.

XI.- El Presidente Municipal representará al Municipio y al Ayuntamiento, y será el ejecutor de las

resoluciones de éste que no sean encomendadas a una Comisión especial.

XII.- Tratándose de procedimientos judiciales, la representación del Municipio o del Ayuntamiento

corresponderá al Síndico.

XIII.- Los Ayuntamientos atenderán la administración por medio de comisiones, entre las cuales

distribuirán los diversos ramos de aquélla.

XIV.- El Ejecutivo nombrará visitadores especiales para las Tesorerías Municipales, los cuales

revisarán los libros e informarán después al Ejecutivo, para que éste excite a los Ayuntamientos a

recaudar los fondos públicos, o bien corrija las deficiencias que se encuentren o se consignen, si

hubiere algún delito en el manejo de los fondos.

XV.- Las relaciones de trabajo entre los Municipios y sus servidores, se regirán por las disposiciones

que dicte la Legislatura del Estado.

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XVI.- El Congreso del Estado emitirá las normas que establezcan los procedimientos mediante los

cuales se resolverán los conflictos que se presenten entre los Municipios y el Gobierno del Estado,

o entre aquéllos; y

XVII.- La policía preventiva municipal estará al mando del Presidente Municipal, en los términos

del reglamento correspondiente, y ésta acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le

transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden

público; y

XVIII.- El Congreso del Estado en la Ley Orgánica Municipal, establecerá las bases para la

expedición de los bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones

administrativas de observancia general, las cuales serán por lo menos las siguientes:

a) El proyecto respectivo será propuesto por dos o más Regidores;

b) Se discutirá, aprobará o desechará por mayoría de votos en Sesión de Cabildo, en la que haya;

c) En caso de aprobarse el proyecto se enviará al Ejecutivo del Estado para su publicación en el

Periódico Oficial de Estado; y

d) Las disposiciones de carácter general dictadas por los Ayuntamientos, deben referirse a

hipótesis previstas por la ley que reglamenten y no pueden contrariar a ésta; han de ser claras,

precisas y breves, y cada artículo o fracción contendrá una sola disposición

Así mismo la Ley orgánica Municipal puntualiza las facultades del Ayuntamiento para elegir su

forma de organización y señala:

Artículo 2.- El Municipio Libre es una Entidad de derecho público, base de la división territorial y

de la organización política y administrativa del Estado de Puebla, integrado por una comunidad

establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa, el cual tiene como

propósito satisfacer, en el ámbito de su competencia, las necesidades colectivas de la población

que se encuentra asentada en su circunscripción territorial; así como inducir y organizar la

participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo integral de sus comunidades

Artículo 3.- El Municipio se encuentra investido de personalidad jurídica y de patrimonio propios,

su Ayuntamiento administrará libremente su hacienda y no tendrá superior jerárquico. No habrá

autoridad intermedia entre el Municipio y el Gobierno del Estado

Artículo 78.- Son atribuciones de los Ayuntamientos:

III.- Aprobar su organización y división administrativas, de acuerdo con las necesidades del

Municipio;

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IV.- Expedir Bandos de Policía y Gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas

de observancia general, referentes a su organización, funcionamiento, servicios públicos que

deban prestar y demás asuntos de su competencia, sujetándose a las bases normativas

establecidas por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, vigilando su

observancia y aplicación;

Artículo 118.- La Administración Pública Municipal será Centralizada y Descentralizada. La

Administración Pública Municipal Centralizada se integra con las dependencias que forman parte

del Ayuntamiento, así como con órganos desconcentrados, vinculados jerárquicamente a las

dependencias municipales, con las facultades y obligaciones específicas que fije el Acuerdo de su

creación.

La Administración Pública Municipal Descentralizada se integra con las entidades paramunicipales,

que son las empresas con participación municipal mayoritaria, los organismos públicos

municipales descentralizados y los fideicomisos, donde el fideicomitente sea el Municipio.

Artículo 119.- El Ayuntamiento podrá crear dependencias y entidades que le estén subordinadas

directamente, así como fusionar, modificar o suprimir las ya existentes atendiendo sus

necesidades y capacidad financiera.

Artículo 120.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal ejercerán las

funciones que les asigne esta Ley, el Reglamento respectivo, o en su caso, el acuerdo del

Ayuntamiento con el que se haya regulado su creación, estructura y funcionamiento.

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V.- Misión y Visión

Misión

Ser un gobierno ciudadano, eficaz transparente y eficiente. Con una política pública, económica y

social que pone ante todo el beneficio común de la sociedad.

Visión

Chignahuapan es un municipio listo para la transformación hacia la competitividad, prosperidad,

desarrollo económico y social sostenible. Una ciudad que estará a la altura competitiva, creativa y

emprendedora; una ciudad próspera y con infraestructura sólida para seguir impulsando el

desarrollo urbano y rural. Llegar a ser una sociedad más preparada, educada y con mayor acceso a

la salud, cultura, deporte, arte y opciones de recreación. Una sociedad que goza de altos niveles

de seguridad en las calles, negocios y hogares.

VI.- Objetivo General

Mostrar la organización del ayuntamiento de Chignahuapan así como delimitar las

responsabilidades y competencias de cada área para detectar omisiones, evitar duplicidad de

funciones y ejercer de manera eficiente los recursos municipales.

VII.- Valores

Eficiencia: los recursos ejercidos para la realización de proyectos, programas y obras, serán

ocupados con responsabilidad, se cumplirán más objetivos con los mismos o menos recursos.

Austeridad: en todo momento nuestro gobierno se ajustará a un plan de autoridad.

Transparencia: enfrentaremos la corrupción desde una perspectiva integral, a través de políticas

públicas, buscando generar cambios concretos y estar en favor de la cultura de integridad,

promoción de la legalidad y rendición de cuentas.

Honestidad: actuaremos de buena fe, con la verdad de acuerdo a nuestros principios de respeto

hacia los demás.

Eficacia: seremos efectivos, tenaces, concretaremos en tiempos y con calidad los servicios y

programas planteados en nuestro gobierno.

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VIII.- Estructura Orgánica

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IX.- Inventario de Descripción de funciones por Unidad Administrativa

No. Unidad Administrativa

1 Presidencia Municipal

1.1 Coordinación de Asesores

1.2 Asesoría Jurídica

1.3 Secretaría Particular

1.4 Coordinación de Giras, imagen y Logística

2 Cuerpo de Regidores

3 Sindicatura

4 Secretaría General

5 Contraloría Municipal

6 Tesorería Municipal

7 Dirección de Seguridad Pública y Vialidad

8 Sistema Municipal DIF

9 Dirección de Gobierno

10 Dirección de Fomento Económico

11 Dirección de Obras Públicas

12 Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología

12.1 Catastro Municipal

12.2 Servicios Generales

13 Dirección de Turismo y Desarrollo Humano

13.1 Dirección de Arte y Cultura

13.2 Instituto Municipal de la Mujer

13.3 Instituto Municipal de la Juventud

13.4 Instituto Municipal del Deporte

14 Dirección de Desarrollo Rural

14.1 Coordinación de Gestión y Desarrollo de Proyectos

15 Dirección de Servicios Municipales

15.1 Coordinación de Alumbrado Público

15.2 Servicio de Limpia Matutino

15.3 Servicio de Limpia Vespertino

15.4 Servicios Generales

16 Dirección de Salud Municipal

16.1 Instituto Municipal de la Salud

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X.-Objetivos y Funciones por Unidad Administrativa

1.- Presidencia Municipal Dependencia: Presidencia Municipal

Reporta a: H. Cabildo

Escolaridad: No aplica por ser cargo de elección popular

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Administración Pública, Sensibilidad Social, Gestión Pública, Marco jurídico y Normativo , Habilidades de Dirección, Negociación y Diálogo

Objetivo General:

Representar política, jurídica y administrativamente al Ayuntamiento así como organizar, dirigir y controlar los diferentes aspectos de la administración municipal y de la prestación de los servicios a la ciudadanía.

Descripción de funciones

1. Difundir en el Municipio, las leyes, reglamentos y cualquier otra disposición de observancia general que con tal objeto les remita el Gobierno del Estado o acuerde el Ayuntamiento, y hacerlas públicas cuando así proceda, por medio de los Presidentes de las Juntas Auxiliares, en los demás pueblos de la municipalidad.

2. Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas, imponiendo en su caso las sanciones que establezcan, a menos que corresponda esa facultad a distinto servidor público.

3. Representar legalmente al Ayuntamiento y al municipio. 4. Conducir las políticas de gobierno. 5. Conducir la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal, en coordinación con las áreas

involucradas, estableciendo los mecanismos para su adecuado seguimiento. 6. Preservar y velar por la tranquilidad y el orden público y dictar las medidas que a su juicio

demanden las circunstancias. 7. Proponer al Cabildo la creación o supresión de las áreas, Direcciones, Subdirecciones,

Coordinaciones Administrativas y Departamentos que requiera la administración pública. 8. Rendir al Ayuntamiento dentro un informe acerca del estado en que se encuentra el

Gobierno y la Administración Pública Municipal. 9. Expedir acuerdos, circulares y disposiciones administrativas necesarias para la

organización interna de la Administración Pública Municipal. 10. Promover lo necesario al fomento de la agricultura, industria, comercio, educación,

higiene, beneficencia y demás ramos de la Administración Pública Municipal y atender al eficaz funcionamiento de las oficinas y establecimientos públicos municipales.

11. Vigilar la satisfactoria ejecución de los trabajos públicos que se hagan por cuenta del Municipio.

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12. Levantar y presentar acta circunstanciada del estado que guarda la Hacienda Pública y de los bienes del Municipio al término de su gestión constitucional.

13. Vigilar la debida prestación de los servicios públicos municipales e informar al Ayuntamiento sobre sus deficiencias.

14. Vigilar que los gastos municipales se efectúen con estricto apego al presupuesto, bajo criterios de disciplina, racionalidad y austeridad.

15. Promover y vigilar la formulación del proyecto de Presupuesto de Ingresos y de egresos del Municipio para el ejercicio inmediato, su estudio por el Ayuntamiento, y su envío oportuno al Congreso del Estado, a través del Ejecutivo del Estado, para su aprobación.

16. Remitir al Congreso del Estado la cuenta pública, los estados de origen y aplicación de recursos, los informes de avance de gestión financiera, y demás información relativa al control legislativo del gasto, en los plazos que señale la legislación aplicable.

17. Proponer y vigilar el funcionamiento de los Consejos de Participación Ciudadana, Comités y Comisiones Municipales que se integren.

18. Las demás que le confieran las leyes, reglamentos y las que acuerde el Cabildo.

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1.1- Coordinación de Asesores

Dependencia: Coordinación de Asesores

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: Licenciatura Deseable: Posgrado

Nivel de mando: Superior

Conocimientos: Legislación federal, estatal y municipal, administración pública, planeación estratégica

Objetivo General:

Asesorar al Presidente Municipal y a los servidores públicos municipales que lo requieran para el desahogo de asuntos, análisis de reglamentos y la creación de proyectos que impulsen el desarrollo del municipio y sean sensibles para la población.

Descripción de funciones

1. Asesorar al Presidente Municipal en los asuntos que éste le encomiende

2. Revisar las iniciativas y propuestas de reglamentos

3. Diseñar y proponer estrategias para incidir en ámbito social, cultural, educativo, de

seguridad y ordenamiento territorial

4. Prestar a las Dependencias de la administración pública municipal, centralizada o

descentralizada, el apoyo que requieran para el desempeño de sus funciones

5. Colaborar en la integración del consejo municipal de participación social y los distintos

consejos de acuerdo a las temáticas prioritarias en el municipio

6. Participar en la planeación de ceremonias cívicas

7. Realiza análisis e integra reportes de información que facilite la toma de decisiones

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1.2- Asesoría Jurídica

Dependencia: Asesoría Jurídica

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: Licenciatura Deseable: Posgrado

Nivel de mando: Medio

Conocimientos: Conocimientos en legislación federal, estatal y municipal que enmarque la acción del Ayuntamiento, redacción de convenios y contratos, capacidad de mediación en conflictos

Objetivo General:

Prestar asesoría legal al Presidente Municipal y a los servidores públicos municipales que lo requieran y promover la modernización del marco legal municipal.

Descripción de funciones

1. Compilar leyes, decretos, reglamentos y acuerdos, expedidos por la autoridades de los

tres niveles de gobierno así como la Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la

Nación que sean de interés para el Ayuntamiento

2. Prestar asesoría legal al Presidente Municipal y a los servidores públicos municipales que

lo requieran sobre asuntos que sometan a su consideración

3. Intervenir en la elaboración de decretos e iniciativas de Ley que presente el

Ayuntamiento

4. Dar contestación a todas la demanda interpuesta en contra el H. Ayuntamiento

Municipal

5. Dar contestación a oficios Dirigidos por diferentes dependencias del gobierno tanto

Municipal como Estatal.

6. Formular, a nombre del Ayuntamiento o del Presidente Municipal, según sea el caso, las

denuncias o querellas que procedan y tramitar la reparación del daño y la restitución en

el goce de sus derechos

7. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes, reglamentos, y las que le

encomiende directamente el Ayuntamiento o el Presidente Municipal.

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1.3 Secretaría Particular

Dependencia: Secretaría Particular

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura

Conocimientos: Sentido de organización, liderazgo persuasivo, nociones de administración pública.

Objetivo General:

Organizar las diversas actividades correspondientes a la presidencia y fungir como apoyo en las labores del presidente municipal

Descripción de funciones

1. Organizar y llevar registro de las actividades del Presidente Municipal con la ciudadanía,

organismos, gobierno estatal y federal y demás organizaciones con las que se tenga

relación

2. Brindar una atención cordial a los ciudadanos que acudan a externar sus quejas y

peticiones, canalizándolos a las dependencias correspondientes y monitoreando el

seguimiento de las mismas.

3. Establecer y mantener una comunicación directa con las secretarias particulares de los

municipios y del Gobierno del Estado

4. Dar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten al Presidente Municipal

5. Mantener actualizada la agenda de contactos relevantes para la presidencia municipal

6. Apoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.

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1.4 Coordinación de Giras, Imagen y Logística

Dependencia: Coordinación de Giras , Imagen y logística

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de mando: Medio

Conocimientos: Logística, administración, conocimientos sobre el territorio municipal y estatal.

Objetivo General:

Planificar los diversos eventos en los que participe el presidente municipal garantizando que se lleven a cabo de acuerdo al programa establecido y se cumplan los objetivos fijados.

Descripción de funciones

1. Coordinar los diferentes eventos, giras y recorridos donde participe el presidente

municipal

2. Mantener constante contacto con las dependencias participantes y coordinar sus

acciones

3. Realizar recorridos por las sedes donde se realizaran eventos para prever contratiempos y

definir las ubicaciones más convenientes para el presídium, salidas de emergencia y

ubicación de invitados especiales

4. Coordinarse con las dependencias correspondientes para montar el operativo de

seguridad y vialidad para el correcto desarrollo del evento

5. Establecer la cantidad de personas que van a asistir al evento para garantizar un clima

de organización

6. Diseñar el orden del día y cuidar que se lleven a cabo los protocolos necesarios para cada

evento.

7. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia y las que le

asigne la o el Presidente Municipal

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2.- Cuerpo de Regidores Dependencia: Cuerpo de Regidores

Reporta a: Ninguno

Escolaridad: No aplica por ser un cargo de elección popular

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Gobierno y Administración Municipal, Facultades Reglamentarias del Ayuntamiento, Participación Ciudadana y Trabajo en Equipo

Objetivo General:

Deliberar, analizar y proponer soluciones a las diversas problemáticas del municipio, así como formular propuestas de ordenamientos en asuntos municipales, y promover acciones tendientes al mejoramiento del servicio público. Formar parte de las comisiones necesarias para el correcto funcionamiento del Ayuntamiento.

Descripción de funciones

1. Ejercer la debida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo.

2. Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Ayuntamiento.

3. Ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al

Ayuntamiento, y colaborar en la elaboración de los presupuestos de ingresos y egresos

del Municipio.

4. Formar parte de las comisiones, para las que fueren designados por el Ayuntamiento.

5. Dictaminar e informar sobre los asuntos que les encomiende el Ayuntamiento.

6. Solicitar los informes necesarios para el buen desarrollo de sus funciones, a los diversos

titulares de la Administración Pública Municipal, quienes están obligados a proporcionar

todos los datos e informes que se les pidieren en un término no mayor de veinte días

hábiles.

7. Formular al Ayuntamiento las propuestas de ordenamientos en asuntos municipales, y

promover todo lo que crean conveniente al buen servicio público.

8. Concurrir a los actos oficiales para los cuales se les cite.

9. Las que le determine el Cabildo y las que le otorguen otras disposiciones aplicables.

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3.- Sindicatura Municipal Dependencia: Sindicatura Municipal

Reporta a: H.Cabildo

Escolaridad: No aplica por ser un cargo de elección popular

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Legislación federal, estatal y municipal , medios alternativos de solución de controversias, representación legal del municipio, acciones de control y vigilancia

Objetivo General:

Representar al Ayuntamiento ante todo tipo de autoridades y salvaguardar sus intereses, cuidar la observancia de las leyes vigentes en el territorio municipal e impartir justicia.

Descripción de funciones

1. Representar al Ayuntamiento ante toda clase de autoridades.

2. Ejercer las acciones y oponer las excepciones de que sea titular el Municipio, en

los casos que sean procedentes.

3. Seguir en todos sus trámites los juicios en los que esté interesado el municipio.

4. Presentar denuncia o querella ante la autoridad que corresponda, respecto de las

responsabilidades en que incurran los servidores públicos del municipio en el ejercicio de

sus encargos, por delitos y faltas oficiales.

5. Promover la inclusión en el inventario, de los bienes propiedad del municipio que se

hayan omitido.

6. Cuidar que se observen escrupulosamente las disposiciones de la Ley Orgánica Municipal,

denunciando ante las autoridades competentes cualquier infracción que se cometa.

7. Asistir a los remates públicos en los que tenga interés el Municipio, para verificar que se

cumplan las disposiciones aplicables.

8. Manifestar oportunamente sus opiniones respecto a los asuntos de la competencia del

Ayuntamiento.

9. Gestionar el pago de los créditos civiles del municipio, incluyendo sus accesorios.

10. Tramitar hasta poner en estado de resolución los expedientes de expropiación.

11. Convenir conciliatoriamente con el propietario del bien que se pretende expropiar, el

monto de la indemnización, en los casos que sea necesario.

12. Dar cuenta al ayuntamiento del arreglo o la falta de él, sobre el monto de la

indemnización, a fin de que el cabildo apruebe el convenio o autorice al síndico a entablar

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el juicio respectivo.

13. Sustanciar y resolver el recurso de inconformidad en los términos de la Ley orgánica

Municipal.

14. Vigilar que en los actos del ayuntamiento, se respetes los derechos humanos y se

observen las leyes y demás ordenamientos vigentes.

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4.- Secretaría General Dependencia: Secretaría General

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Legislación federal, estatal y municipal, habilidad para fungir como mediador en conflictos, administración pública

Objetivo General:

Coordinar con eficacia la política interna y externa del municipio, contribuir en la toma de decisiones ante cualquier conflicto social o político que se presente, mediante la proporción de los antecedentes e información relevante y actualizada que sea requerida.

Descripción de funciones

1. Compilar y poner a disposición de cualquier interesado las leyes, decretos, reglamentos,

circulares y órdenes emitidas por el Estado o la Federación que tengan relevancia para la

Administración Pública Municipal.

2. Asistir a las sesiones de Cabildo, con voz pero sin voto.

3. Coordinar y atender en su caso, los encargos que le sean encomendados expresamente

por el Presidente Municipal o el Ayuntamiento, dando cuenta de ellos.

4. Distribuir entre los empleados de la Secretaría las labores que les corresponda.

5. Expedir las certificaciones y los documentos públicos que legalmente procedan, y validar

con su firma identificaciones, acuerdos y demás documentos oficiales emanados del

Ayuntamiento o de la Secretaría.

6. Cuidar que los asuntos de despacho se tramiten dentro de los plazos establecidos por las

leyes.

7. Instar que los encargados de las distintas dependencias de la Administración Pública

Municipal formulen los informes establecidos conforme a la Ley.

8. Auxiliar al Presidente Municipal en la elaboración del inventario anual de bienes

municipales.

9. Tener a su cargo y cuidado el Archivo Municipal.

10. Llevar por sí o por el servidor público que designe los siguientes libros: de actas de

sesiones del Ayuntamiento, de bienes municipales y bienes mostrencos, de registro de

nombramientos y remociones de servidores públicos municipales, de registro de fierros,

marcas y señales de ganado, de registro de detenidos, de entradas y salidas de

correspondencia.

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11. Expedir, en un plazo no mayor de tres días, las constancias de vecindad que soliciten los

habitantes del Municipio.

12. Mantener, bajo su custodia y responsabilidad, los sellos de oficina, los expedientes y

documentos del archivo.

13. Redactar los acuerdos y las minutas de circulares, comunicaciones y demás documentos

que sean necesarios para la marcha regular de los negocios.

14. Rendir por escrito los informes que le pidan el Ayuntamiento, el Presidente Municipal o

cualquier otra autoridad conforme a las disposiciones legales aplicables.

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5.- Contraloría Municipal Dependencia: Contraloría Municipal

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: Licenciatura Deseable: Posgrado

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Contabilidad y administración, leyes y reglamentos de la administración pública federal, estatal y municipal, normas de auditoría de aplicación gubernamental, modernización administrativa, Mejora regulatoria

Objetivo General:

Establecer mecanismos de control, evaluación y auditoria aplicables a las dependencias de la administración pública municipal para el correcto uso del patrimonio y ejercicio del gasto público.

Descripción de funciones

1. Planear, organizar y coordinar el Sistema de Control y Evaluación Municipal.

2. Vigilar el ejercicio del gasto público y su congruencia con el presupuesto de egresos del

Municipio.

3. Vigilar el correcto uso del patrimonio municipal.

4. Formular al Ayuntamiento propuestas para que en el estatuto o reglamento respectivo se

expidan, reformen o adicionen las normas reguladoras del funcionamiento, instrumentos

y procedimientos de control de la Administración Pública Municipal.

5. Vigilar el cumplimiento de las normas de control y fiscalización de las dependencias

municipales.

6. Designar y coordinar a los Comisarios que intervengan en las entidades municipales.

7. Establecer métodos, procedimientos y sistemas que permitan el logro de los objetivos

encomendados a la Contraloría Municipal, así como vigilar su observancia y aplicación.

8. Comprobar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones que en

materia de planeación, presupuesto, ingresos, financiamiento, inversión, deuda,

patrimonio y valores tenga el Ayuntamiento.

9. Asesorar técnicamente a los titulares de las dependencias y entidades municipales sobre

reformas administrativas relativas a organización, métodos, procedimientos y controles.

10. Practicar auditorías al Presidente Municipal, dependencias del Ayuntamiento o entidades

paramunicipales, a efecto de verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los

programas respectivos y la honestidad en el desempeño de sus cargos de los titulares de

las dependencias y entidades municipales y de los servidores públicos.

11. Proporcionar información a las autoridades competentes, sobre el destino y uso de los

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ingresos del Municipio, así como de los provenientes de participaciones, aportaciones y

demás recursos asignados al Ayuntamiento.

12. Vigilar el cumplimiento de normas y disposiciones sobre registro, contabilidad,

contratación y pago de personal, contratación de servicios, obra pública, adquisiciones,

enajenaciones, arrendamientos, usos y conservación del patrimonio municipal.

13. Verificar el cumplimiento de las obligaciones de proveedores y contratistas de la

Administración Pública Municipal.

14. Emitir opinión sobre proyectos de sistemas de contabilidad y control en materia de

programación, presupuestos, administración de recursos humanos, materiales y

financieros, contratación de deuda y manejo de fondos y valores que formule la Tesorería

Municipal.

15. Informar cuando lo requiera el Presidente Municipal o el Síndico, sobre el resultado de la

evaluación, y responsabilidades, en su caso, de los servidores públicos municipales.

16. Recibir y registrar, sin perjuicio de lo que dispongan otros ordenamientos, las

declaraciones patrimoniales de servidores públicos municipales, que conforme a la ley

están obligados a presentar, así como investigar la veracidad e incremento ilícito

correspondientes.

17. Atender las quejas, denuncias y sugerencias de la ciudadanía, relativas al ámbito de su

competencia.

18. Solicitar al Ayuntamiento que contrate al auditor externo en los términos de la ley

Orgánica Municipal.

19. Participar en la entrega-recepción de las dependencias y entidades del Municipio; Vigilar

que el inventario general de los bienes municipales sea mantenido conforme a lo

dispuesto por la Ley.

20. Sustanciar el procedimiento administrativo de determinación de responsabilidades en

contra de los servidores públicos municipales, de acuerdo a la ley en la materia.

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6.- Tesorería Municipal Dependencia: Tesorería Municipal

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínimo: Licenciatura Deseable: Posgrado

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Normatividad de la administración pública federal, estatal y municipal, Contabilidad Gubernamental, conocimientos fiscales, impuestos estatales y federales, Armonización Contable, Administración Pública

Objetivo General:

Administrar el patrimonio municipal. Organizar y vigilar las actividades de programación, presupuestación, control, seguimiento, evaluación del gasto público y su autorización, en términos de la Reglamentación Presupuestal.

Descripción de funciones

1. Coordinar la política hacendaria del Municipio, de conformidad con lo que acuerde el

Ayuntamiento.

2. Ejercer las atribuciones que la legislación hacendaria confiere a las autoridades fiscales

municipales.

3. Dar cumplimiento a las leyes, convenios de coordinación fiscal y demás que en materia

hacendaria celebre el Ayuntamiento con el Estado.

4. Recaudar y administrar los ingresos que legalmente le correspondan al Municipio; los que

se deriven de la suscripción de convenios, acuerdos o la emisión de declaratorias de

coordinación; los relativos a transferencias otorgadas a favor del Municipio en el marco

del Sistema Nacional o Estatal de Coordinación Fiscal, o los que reciba por cualquier otro

concepto; así como el importe de las sanciones por infracciones impuestas por las

autoridades competentes, por la inobservancia de las diversas disposiciones y

ordenamientos jurídicos, constituyendo los créditos fiscales correspondientes.

5. Participar en los órganos de coordinación fiscal y administrativa que establezcan las

leyes.

6. Llevar los registros y libros contables, financieros y administrativos del Ayuntamiento.

7. Elaborar el día último de cada mes, el balance general, corte de caja y estado de la

situación financiera del Municipio, el cual deberá ser aprobado por el Presidente

Municipal y la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal.

8. Diseñar y publicar las formas oficiales de las manifestaciones, avisos y declaraciones, así

como todos los demás documentos fiscales.

9. Solicitar al Síndico el ejercicio de las acciones legales procedentes con fundamento en las

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disposiciones respectivas, así como participar en los términos que establezcan los

ordenamientos aplicables, en la sustanciación de los medios de defensa que sean

promovidos en contra de los actos de las autoridades fiscales del Municipio.

10. Custodiar y ejercer las garantías que se otorguen a favor del patrimonio municipal.

11. Proponer al Ayuntamiento la cancelación de cuentas incobrables.

12. Permitir a los integrantes del Ayuntamiento la consulta de la información que legalmente

le corresponda, dentro del ámbito de su competencia, así como proporcionarla al Órgano

de Fiscalización Superior del Estado, a requerimiento de este último, en términos de esta

Ley y demás aplicables.

13. Proporcionar la información que le soliciten los visitadores nombrados por el Ejecutivo,

que sea procedente legalmente.

14. Proporcionar de manera oportuna al Ayuntamiento todos los datos e informes que sean

necesarios para la formulación de los presupuestos de ingresos y egresos, vigilando que

se ajusten a las disposiciones de esta Ley y otros ordenamientos aplicables, así como

participar en la elaboración de dichos presupuestos.

15. Ejercer y llevar el control del presupuesto del Ayuntamiento e Informar al Ayuntamiento

respecto de las partidas que estén por agotarse, para los efectos procedentes.

16. Formular, bajo la vigilancia del Presidente Municipal, dentro del plazo que señale la ley

aplicable, el informe de la administración de la cuenta pública del Municipio

correspondiente al año inmediato anterior.

17. Elaborar el informe y demás documentos fiscales que deberá remitir el Ayuntamiento a

las autoridades del Estado, de conformidad con la ley de la materia.

18. Elaborar y someter a la aprobación del Ayuntamiento en forma oportuna, el informe de la

cuenta pública municipal, así como los estados de origen y aplicación de recursos y los

informes de avance de gestión financiera, para su remisión al Órgano de Fiscalización

Superior del Estado.

19. Solventar oportunamente los pliegos que formule el Órgano de Fiscalización Superior del

Estado, informando de lo anterior al Ayuntamiento.

20. Participar en la elaboración de los proyectos de leyes, reglamentos y demás

disposiciones relacionadas con el patrimonio municipal.

21. Participar en la elaboración de convenios de coordinación hacendaria que celebre el

Ayuntamiento en los términos de esta Ley y demás leyes aplicables.

22. Auxiliar y representar, en su caso, al Presidente Municipal ante las instancias, órganos y

autoridades de coordinación en materia hacendaria del Estado y la Federación.

23. Proporcionar al auditor externo que designe el Ayuntamiento la información que

requiera y cumplir, en el control interno de los recursos públicos que ejerzan las Juntas

Auxiliares, con las normas, procedimientos, métodos y sistemas contables y de auditoria

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que al efecto establezca al Órgano de Fiscalización Superior del Estado.

7.- Dirección de Seguridad Pública y Vialidad

Dependencia: Dirección de Seguridad Pública y vialidad

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Leyes y reglamentos federales, estatales, y municipales relacionados con la seguridad, Bando de policía y Gobierno de Chignahuapan, técnicas y tácticas policiales, derechos humanos

Objetivo General:

Velar por la seguridad y bienestar de los habitantes, protegiéndolos en sus bienes y en el ejercicio de sus derechos

Descripción de funciones

1. Coordinar las labores de vigilancia que permitan cumplir el Bando de policía y Gobierno

del municipio de Chignahuapan.

2. Prevenir delitos y faltas administrativas mediante la coordinación con instituciones

educativas y sociales para el diseño y ejecución de programas de prevención.

3. Establecer y mantener mecanismos de coordinación con organismos federales, estatales

y municipales, para generar acuerdos y programas que contribuyan al mejoramiento de

las funciones de seguridad pública, tránsito, vialidad y auxilio a la población.

4. Poner a disposición del juez calificador a quienes infrinjan disposiciones de carácter

administrativo, contempladas en el Bando de Policía y Gobierno Municipal, así como la

detención en flagrancia de presuntos delincuentes para presentarlos ante el Ministerio

Público.

5. Organizar, capacitar y dirigir al cuerpo de policía.

6. Proporcionar el auxilio necesario, en caso de siniestro, por conducto del cuerpo de

policía.

7. Coordinarse con el Cuerpo de Bomberos y la unidad encargada de la protección civil y

Tránsito en el Municipio, en caso de que se requiera la cooperación y apoyo de los

elementos de los Cuerpos de Seguridad Pública.

8. Implementar Programas permanentes de Educación Vial, utilizando diversas estrategias

de difusión y aplicación de operativos, para generar conciencia del buen uso de la vialidad

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en los peatones, pasajeros y conductores que transitan en el Municipio.

9. Autorizar y ordenar el retiro de la vía pública de los vehículos, animales y toda clase de

objetos que obstaculicen o pongan en peligro la seguridad de las personas y sus bienes o

el libre tránsito de vehículos.

10. Dirigir y controlar las acciones encaminadas al funcionamiento de la red de semáforos e

instrumentar los señalamientos para el tránsito de vehículos y peatones del Municipio.

11. Coordinarse con la Dirección de Obras Públicas y la Dirección de desarrollo Urbano,

Social y Ecología para el señalamiento de las obras en la vía pública para proteger a la

ciudadanía.

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8.- Sistema Municipal DIF Dependencia: Sistema Municipal del Desarrollo Integral para la familia

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Conocimientos en materia de asistencia social y administración pública

Objetivo General:

Fomentar la participación de la sociedad civil mediante acciones que coadyuven a la transformación de las familias, promoviendo y difundiendo los derechos fundamentales y garantías individuales de las personas, como una herramienta para mejorar las condiciones de vida

Descripción de funciones

1. Promover y prestar servicios de asistencia social y apoyar el desarrollo de la familia y de la comunidad.

2. Realizar acciones de apoyo educativo para la integración social y de capacitación para el trabajo a los sujetos de la asistencia social.

3. Promover e impulsar el sano crecimiento físico, mental y social de la niñez. 4. Coordinarse con el Instituto de Asistencia Pública del Estado y con las Instituciones de

Asistencia Privada para la elaboración de programas de asistencia social. 5. Fomentar y apoyar las actividades que lleven a cabo las instituciones de asistencia, las

asociaciones civiles y a todo tipo de entidades privadas, cuyo objeto sea la prestación de servicios de asistencia social.

6. Crear y operar establecimientos de asistencia social en beneficio de menores en estado de abandono, de ancianos desamparados y de inválidos o incapaces sin recursos.

7. Llevar a cabo acciones en materia de prevención de invalidez, o incapacidad y de rehabilitación de inválidos, en centros no hospitalarios, con sujeción a las disposiciones aplicables en materia de salud.

8. Realizar estudios e investigaciones sobre asistencia social, con la participación, en su caso, de las autoridades asistenciales del Estado.

9. Realizar y promover la capacitación de recursos humanos para la asistencia social. 10. Prestar servicios de asistencia jurídica y de orientación social a menores, ancianos e

inválidos o incapaces sin recursos. 11. Poner a disposición del Ministerio Público los elementos a su alcance para la protección

de incapaces y en los procedimientos civiles y familiares que les afecten, de acuerdo con las disposiciones legales correspondientes.

12. Realizar estudios e investigaciones en materia de invalidez, o incapacidad y participar en programas de rehabilitación y educación especial.

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13. Proponer a las autoridades correspondientes la adaptación o readaptación del espacio urbano que fuere necesario para satisfacer los requerimientos de autonomía de los inválidos o incapaces.

9.- Dirección de Gobierno Dependencia: Dirección de Gobierno

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Marco constitucional del municipio, métodos alternos de solución de conflictos, nociones de mediación- conciliación, técnicas de negociación

Objetivo General:

Contribuir al fortalecimiento de la estabilidad y paz social en el territorio Municipal, mediante la atención de los asuntos y conflictos de orden político interno, reordenamiento de comercios y atención a juntas auxiliares.

Descripción de funciones

1. Cumplir los planes, programas y actividades que tiendan a fortalecer las relaciones entre las y los ciudadanos, autoridades federales, estatales y Municipales, a efecto de atender la problemática social existente.

2. Vigilar el cumplimiento del bando de policía y gobierno del municipio. 3. Establecer vínculos con los presidentes de juntas auxiliares para conocer de la

problemática de cada comunidad. 4. Mantener constante comunicación con los jueces de paz. 5. Establecer acciones que fomenten y fortalezcan la comunicación y las relaciones con los

Ayuntamientos vecinos y las delegaciones municipales dentro de su circunscripción territorial.

6. Integrar el registro de comerciantes en vía pública, así como diseñar labores tendientes a su reordenamiento.

7. Otorgar, negar y revocar permisos de funcionamiento de empresas comerciales y de servicios.

8. Atender solicitudes para el uso de espacios públicos pertenecientes al ayuntamiento. 9. Brindar autorizaciones para realizar ferias, tianguis y otras actividades en la vía pública. 10. Trabajar con los representantes de la mesa directiva y en su caso con el administrador

para garantizar el buen funcionamiento del Mercado Municipal. 11. Vigilar la legalidad y el correcto desempeño de las elecciones de representantes en el

mercado municipal. 12. Atender y dar seguimiento a los conflictos sociales y políticos que se susciten en el

municipio.

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13. Vigilar y regularizar el comercio de bebidas alcohólicas dentro del municipio y de los sitios de servicios de transporte.

14. Brindar asesoría a las distintas áreas dela ayuntamiento que lo requieran.

10.- Dirección de Fomento Económico Dependencia: Dirección de fomento Económico

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: Licenciatura Deseable: Posgrado

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Planeación estratégica, Desarrollo económico sustentable, Fuentes de financiamiento federales y estatales, Mejora Regulatoria, indicadores macroeconómicos

Objetivo General:

Fortalecer las actividades productivas en el municipio, impulsar la exportación de los productos locales y colaborar en la atracción de inversión nacional y extranjera que permita aprovechar el potencial económico del municipio.

Descripción de funciones

1. Diseñar y promover políticas que generen inversiones productivas y empleos remunerados.

2. Promover programas de simplificación, desregulación y transparencia administrativa para facilitar la actividad económica.

3. Vincular al municipio con cámaras empresariales nacionales y extranjeras. 4. Realizar diagnósticos de los sectores prioritarios susceptibles de inversión. 5. Identificar y agrupar a productores locales para que puedan participar en proyectos

productivos y obtener fondos federales y estatales. 6. Brindar capacitación a productores sobre los lineamientos de exportación vigentes en el

país. 7. Brindar capacitación a emprendedores para promover su desarrollo profesional. 8. Impulsar empresas ya establecidas, con mecanismos que actúen de manera coordinada

para que adquieran tecnología e infraestructura adecuada para entrar a la competitividad global.

9. Consolidar la mejora regulatoria y la simplificación administrativa dentro de la administración pública municipal.

10. Monitorear la implementación del sistema de apertura rápida de empresas en el municipio y reportar sus resultados.

11. Elaborar e impulsar proyectos que permitan obtener recursos federales y de instituciones locales que permitan fortalecer la economía municipal.

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12. En coordinación con el gobierno del estado impulsar el desarrollo de infraestructura industrial y logística.

11.- Dirección de Obras Públicas Dependencia: Dirección de Obras Públicas

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínimo: Licenciatura Deseable: Posgrado

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Arquitectura y/o Ingeniería civil, reglamentación sobre obras públicas, nociones de gasto público municipal, planeación estratégica

Objetivo General:

Planear y coordinar las obras públicas conforme a los programa en cumplimiento a los objetivos y lineamientos del Plan de Desarrollo Municipal atendiendo primordialmente a los requerimientos y necesidades de la población del municipio

Descripción de funciones

1. Programar y proyectar las obras que serán realizadas en el municipio en coordinación con el Presidente Municipal.

2. Coordinarse con la Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología para compartir información sobre las obras programadas.

3. Elaborar los expedientes técnicos de las obras programadas. 4. Supervisar la creación de proyectos de obra pública y desarrollo social. 5. Supervisar los presupuestos generados por cada obra, revisar volúmenes y costos

apoyados por el catálogo de precios unitarios de las dependencias normativas para definir el tipo de asignación de la obra con base en el monto total de la misma.

6. Determinar los procedimientos adecuados para la asignación de las obras. 7. Emplear los recursos humanos y técnicos a su alcance de manera eficiente para realizar

los proyectos de manera ágil. 8. Establecer un programa de mantenimiento de obra pública y lugares públicos del

municipio. 9. Asesorar a presidentes de juntas auxiliares sobre las obras que se lleven a cabo dentro de

su jurisdicción. 10. Favorecer la participación ciudadana dentro de los proyectos de obra pública 11. Atender las peticiones de la ciudadanía sobre sus necesidades de obra pública. 12. Participar en el Comité de Planeación Municipal y dar seguimiento a las resoluciones que

allí se tomen.

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12.- Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología

Dependencia: Dirección de Desarrollo Urbano, social y Ecología

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínimo: Licenciatura Deseable: Posgrado

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Desarrollo sustentable, legislación urbanística federal, estatal y municipal, planeación urbana, sistemas de información geográfica y catastral

Objetivo General:

Vigilar el adecuado ordenamiento de los asentamientos humanos en el territorio municipal mediante el diseño de estrategias y políticas públicas respetuosas del medio ambiente

Descripción de funciones

1. Contribuir a modernizar los instrumentos de planeación urbana del municipio. 2. Dirigir la elaboración del plan de desarrollo urbano sustentable municipal. 3. Diseñar e implementar el reglamento de construcciones para el municipio. 4. Coordinarse con las dependencias pertinentes para la elaboración del atlas de riesgo

municipal. 5. Mejorar los espacios públicos y la imagen urbana para fortalecer la identidad de

municipio. 6. Otorgar permisos de construcción, alineamiento y número oficial, usos de suelo, impacto

ambiental y los demás trámites que sean de su competencia. 7. Coordinar las actividades correspondientes al Catastro Municipal y mantener actualizado

el padrón catastral. 8. Preservar el patrimonio histórico, arquitectónico y cultural del municipio poniendo

especial énfasis en las áreas protegidas. 9. Coordinarse con instituciones de orden federal y estala para garantizar la conservación de

los edificios históricos del municipio. 10. Establecer condiciones que garanticen el manejo y aprovechamiento sustentable de los

recursos naturales. 11. Aplicar la normatividad en materia de control ambiental. 12. Fungir como enlace ante dependencias estatales y federales para la gestión y supervisión

en materia de aprovechamiento de recursos hidráulicos y naturales. 13. Operación y monitoreo de las plantas de tratamiento de aguas residuales del municipio 14. Emitir los lineamientos para el manejo de residuos sólidos dentro de la demarcación del

municipio.

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12.1 Catastro Municipal

Dependencia: Catastro Municipal

Reporta a: Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología

Escolaridad: Mínimo: Licenciatura Deseable: Posgrado

Nivel de Mando: Medio

Conocimientos: Sistemas de información Geográfica y Catastral, Planeación Urbana, Topografía, Leyes y Reglamentos aplicables al catastro.

Objetivo General:

Integrar, conservar y administrar la información geográfica del municipio que permita conformar el padrón catastral y brindar servicios a la ciudadanía que se apeguen a los ordenamientos legales y contribuyan al desarrollo urbano sustentable del Municipio.

Descripción de funciones

1. Planear, organizar, dirigir y evaluar las actividades en materia catastral del Ayuntamiento conforme a las atribuciones y funciones que le otorgan las leyes en la materia.

2. Dirigir la integración y conservación de los Registros Catastrales por medio de los Sistemas Técnicos más adecuado para lograr el conocimiento exacto de las características cualitativas y cuantitativas de los inmuebles.

3. Cuidar que las actividades catastrales, así como todo lo relacionado con los trabajos técnicos sobre fijación y rectificación de los límites de la propiedad pública y privada, se lleven a cabo con estricto apego a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

4. Dirigir y coordinar los trabajos necesarios para determinar en forma precisa la localización de cada predio, mediante su deslinde y medición, para así recabar los elementos jurídicos, económicos, sociales y estadísticos que le corresponda.

5. Supervisar la elaboración de los proyectos de tablas y valores unitarios de terrenos y construcciones y someter para su autorización a las autoridades correspondientes.

6. Expedir los certificados catastrales que se le soliciten, así como los informes, planos y copias de documentos establecidos en los ordenamientos legales aplicables.

7. Establecer los mecanismos que faciliten la atención ciudadana resolviendo sus inquietudes e inconformidades, de una manera eficaz y expedita.

8. Actualizar la información catastral del municipio periódicamente y coordinarse con la Dirección de Obras Públicas, Dirección de Desarrollo Urbano, social y ecología, así como con la Tesorería Municipal para integrar la información de manera correcta.

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12.2Servicios de Imagen Urbana

Dependencia: Servicios de Imagen Urbana

Reporta a: Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología

Escolaridad: Mínimo: Secundaria Deseable: Preparatoria

Nivel de Mando: Medio

Conocimientos: Administración básica, manejo de personal, manejo de herramientas y maquinaria

Objetivo General:

Contribuir a mantener en buen estado las instalaciones municipales así como colaborar en el mejoramiento de la imagen urbana del municipio.

Descripción de funciones

1. Diseñar y dar seguimiento al programa de mantenimiento de las instalaciones en coordinación con los usuarios responsables.

2. Diseñar programas de mantenimiento preventivo y correctivo para las distintas instalaciones municipales.

3. Mantener constante comunicación con todas las áreas municipales para detectar necesidades de mantenimiento.

4. Atender la imagen del municipio dándole mantenimiento a guarniciones, topes, banquetas, calles, manteniéndolo todo en buenas condiciones

5. Colaborar en la instalación y logística de escenarios para eventos especiales. 6. Monitorear y dar mantenimiento a la señalética instalada en el municipio procurando que

siempre se encuentre en buen estado. 7. Realizar proyectos que permitan mejorar el estado de los monumentos, oficinas públicas

y demás instalaciones pertenecientes al municipio. 8. Coordinar las labores de plomería, electricidad, pintura, soldadura y carpintería que se

requiera en el ayuntamiento.

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13.- Dirección de Turismo y Desarrollo Humano

Dependencia: Dirección de Turismo y Desarrollo Humano

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Planeación estratégica, Marco Normativo Turístico, Normas Técnicas turísticas, Cultura Regional, Desarrollo Humano, Organización de Eventos, Administración

Objetivo General:

Fomentar el desarrollo turístico del municipio mediante la promoción y el aprovechamiento de espacios públicos, culturales, deportivos y turísticos y fortalecer los vínculos con la ciudadanía.

Descripción de funciones

1. Desarrollar programas que involucren a prestadores de servicios y sociedad en general para promover la calidad de los servicios turísticos que se brindan en el municipio

2. Coordinarse con las distintas áreas del ayuntamiento para garantizar el mantenimiento de la imagen urbana del municipio como pueblo mágico

3. Organizar ferias y eventos de interés que favorezcan la afluencia de visitantes 4. Colaborar en las labores de organización de eventos de relevancia para el municipio 5. Coordinar las actividades de los distintos institutos a su cargo 6. Vincularse con instituciones educativas y organizaciones de la sociedad civil para realizar

proyectos que impulsen los atractivos turísticos del municipio 7. Fungir como enlace ante dependencias estatales y federales para coordinar proyectos

que fomenten la actividad turística en el municipio 8. Coordinar con las instancias de gobierno correspondiente las labores necesarias para

proteger los derechos de las mujeres 9. Promover las actividades deportivas y de recreación entre los niños y jóvenes del

municipio 10. Con el apoyo de instancias estatales y federales promover programas que mejoren el

estado de salud de los habitantes del municipio 11. Diseñar y coordinar programas de talleres culturales para la población

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13.1Dirección de Arte y Cultura

Dependencia: Dirección de Arte y Cultura

Reporta a: Dirección de Turismo y Desarrollo Humano

Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Medio

Conocimientos: Planeación estratégica, Cultura Regional, Arte, Literatura, Desarrollo Humano, Organización de Eventos, Administración

Objetivo General:

Desarrollar estrategias que favorezcan la promoción y conservación del patrimonio tangible e intangible del municipio e integren a la población en general a las actividades culturales.

Descripción de funciones

1. Rescatar y promover en las localidades las tradiciones y costumbres populares, artísticas y culturales que dan identidad al municipio.

2. Promover exposiciones culturales en coordinación con otras dependencias municipales, estatales y federales.

3. Elaborar y desarrollar programas artísticos y culturales que puedan ser llevados a las comunidades del municipio.

4. Diseñar campañas de difusión de los atractivos culturales con los que cuenta el municipio 5. Brindar a la población en general talleres artísticos y culturales en los espacios destinados

para los mismos. 6. Atender, orientar y dar seguimiento con calidad a los planteamientos de la ciudadanía

sobre los servicios que presta la dependencia.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 46 de 62

13.2 Instituto Municipal de la Mujer

Dependencia: Instituto Municipal de la Mujer

Reporta a: Dirección de Turismo y Desarrollo Humano

Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Medio

Conocimientos: Planeación estratégica, Equidad de Género, marco jurídico y normativo de atención a Mujeres, legal de Desarrollo Humano, Organización de Eventos, Administración

Objetivo General:

Mejorar la calidad de vida de las mujeres del municipio promocionando acciones que garanticen la igualdad de derechos y el acceso a oportunidades diseñando programas que apoyen el desarrollo integral de la mujer.

Descripción de funciones

1. Administrar y representar legalmente al Instituto e intervenir en los convenios, contratos

y otros actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del

Instituto.

2. Construir y fomentar una cultura institucional con perspectiva de género al interior de la

Instancia como en el Ayuntamiento.

3. Trabajar conjuntamente con las dependencias del Ayuntamiento en la creación e

implementación de políticas públicas con perspectiva de género, principalmente con la de

grupos vulnerables.

4. Elaborar programas proyectos u otras acciones tendientes a la prevención, atención,

sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en el municipio.

5. Hacer campañas de promoción de los derechos de las mujeres y de los mecanismos de

apoyo de los que disponen en el municipio y en el estado.

6. Elaborar programas pensando en la atención de mujeres adultas mayores, con

discapacidad, indígenas, mujeres reclusas y en situación de prostitución.

7. Brinda atención cálida y empática a Mujeres sobre problemáticas de violencia o maltrato

y señala las opciones de ayuda disponibles.

8. Realizar talleres informativos para mujeres y programar visitas a hospitales, escuelas,

CERESO y comunidades del municipio.

9. Practicar cuestionarios de diagnóstico de violencia a mujeres y Llevar a cabo un archivo

de diagnósticos de las mujeres que acuden a solicitar ayuda.

10. Brinda información sobre los servicios de apoyo a migrantes poblanos que incluye la

tramitación de visas y localización de personas viven en estados unidos.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 47 de 62

13.3 Instituto Municipal de la Juventud

Dependencia: Instituto Municipal de la Juventud

Reporta a: Dirección de Turismo y Desarrollo Humano

Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Medio

Conocimientos: Reglas de operación de programas para la juventud, Desarrollo Humano, Organización de Eventos, Administración

Objetivo General:

Promover mecanismos de inclusión de los jóvenes en actividades provechosas que mejoren sus condiciones de vida y favorezcan el desarrollo de sus habilidades.

Descripción de funciones

1. Administrar y representar legalmente al Instituto e intervenir en los convenios, contratos

y otros actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del Instituto

2. Trabajar para integrar y tener injerencia plena en el desarrollo personal de los jóvenes, potenciándolos psicológica, cultural y profesionalmente, generando iniciativas para beneficios individuales y colectivos en dicho sector.

3. Difundir los derechos, obligaciones y deberes de la juventud. 4. Estar en constante comunicación y relación de trabajo con las diferentes dependencias

del Municipio principalmente con las áreas de Turismo, Cultura y Deporte para elaborar planes y programas de trabajo en forma conjunta, que fomenten la formación integral de la juventud.

5. Garantizar que se promueva una cultura de salud integral entre los jóvenes, que los aliente a participar.

6. Vigilar que se fomente la creación de organizaciones juveniles con cultura de liderazgo social y se apoye a las ya existentes para el desarrollo de proyectos que los beneficien.

7. Celebra convenios de colaboración con instituciones y programas gubernamentales que brinden oportunidades de educación, empleo y esparcimientos para los jóvenes.

8. Promover la implementación de actividades de esparcimiento que alejen a los jóvenes de la delincuencia.

9. Organizar ferias y torneos deportivos en coordinación con el instituto Municipal del Deporte que propicien la integración y activación de los jóvenes del municipio.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 48 de 62

13.4 Instituto Municipal del Deporte

Dependencia: Instituto Municipal del Deporte

Reporta a: Dirección de Turismo y Desarrollo Humano

Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Medio

Conocimientos: Actividades Deportivas, Relaciones Públicas, Organización de Eventos, Administración

Objetivo General:

Promover, fomentar, organizar y normar el deporte a través de programas que contribuyan por medio de la actividad física y la recreación elevar la calidad de vida de la población.

Descripción de funciones

1. Administrar y representar legalmente al Instituto e intervenir en los convenios, contratos y otros actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del Instituto.

2. Desarrollar programas que fomentan el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de la cultura física, de las actividades recreativas y del deporte.

3. Fomentar la creación de asociaciones y sociedades deportivas o de cultura física deportiva de cualquier naturaleza, dentro del territorio municipal y llevar un registro de las mismas.

4. Implementar programas tendientes a promover la prevención de la obesidad, de las enfermedades, del delito y de las adicciones.

5. Administrar las instalaciones deportivas que le sean destinadas por el Ayuntamiento 6. Supervisar el cumplimiento de los ordenamientos que apruebe el Ayuntamiento, en

materia de uso de Unidades Deportivas. 7. Instaurar los mecanismos que garanticen la conservación, el buen uso y el óptimo

aprovechamiento de las instalaciones deportivas existentes en el Municipio. 8. Fortalecer la unidad entre los deportistas del Municipio, mediante la coordinación con

las instancias promotoras del deporte. 9. Establecer las acciones pertinentes, para fortalecer la participación del sector público y

privado en los programas del Instituto.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 49 de 62

14.- Dirección de Desarrollo Rural

Dependencia: Dirección de Desarrollo Rural

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Planeación estratégica, administración de proyectos, tecnologías de agroindustria, reglas de operación de programas federales y estatales para el campo, normatividad aplicable a su cargo

Objetivo General:

Fomentar el desarrollo rural integral en el municipio a través de la formulación e implementación de programas, proyectos y actividades productivas

Descripción de funciones

1. Dirigir las políticas de la dirección de acuerdo a lo establecido en el Plan Municipal del

Desarrollo.

2. Gestionar ante las instituciones federales, estatales, organismos públicos y privados la

ejecución de planes, programas, proyectos productivos y capacitaciones para la

producción y comercialización de los productores agropecuarios.

3. Promoción de reuniones, foros y participación de diferentes Instituciones de Educación

Superior con propuestas que mejoren los sistemas de producción y plantear alternativas

de tecnologías cuidando al medio Ambiente.

4. Promover y Coordinar Programas que permitan desarrollar los Sistema Producto (Maíz-

Cebada) y Especie Producto (Ovinos – Bovinos).

5. Validar la información a ser capturada en el Sistema Único de Registro de Información de

la SAGARPA.

6. Notificar a autoridades ejidales y municipales de los diferentes programas y actividades

de institución federales, estatales y municipales; de requisitos fechas y ventanillas de

servicio.

7. Identificar necesidades de capacitación en los productores del municipio y brindarla de

acuerdo a sus requerimientos.

8. Fomentar el desarrollo y fortalecimiento de la agroindustria.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 50 de 62

14.1 Coordinación de Gestión y Desarrollo de Proyectos

Dependencia: Coordinación de Gestión y Desarrollo de Proyectos

Reporta a: Dirección de Desarrollo Rural

Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Medio

Conocimientos: Planeación estratégica, administración de proyectos, tecnologías de agroindustria, reglas de operación de programas federales y estatales para el campo, normatividad aplicable a su cargo

Objetivo General:

Impulsar y coordinar las acciones, actividades y estrategias encaminadas a la correcta integración de los proyectos de las diferentes áreas para favorecer la obtención de recursos y beneficios para los productores y usuarios de los programas.

Descripción de funciones

1. Coordinar las actividades tendientes a la correcta integración de los Proyectos de

acuerdo al cronograma y las necesidades de cada una de las dependencias a las que

apoya.

2. Atender a ciudadanos que requieren asesoría sobre la integración de proyectos y brindar

información sobre los requisitos necesarios para acceder a los apoyos.

3. Coordina al personal a su cargo para cumplir oportunamente las fechas de entrega de los

proyectos de cada dependencia

4. Mantener una constante comunicación con la Dirección de Desarrollo Rural, Fomento

Económico y todas aquellas que requieran apoyo en la integración de proyectos.

5. Identificar y generar un cronograma de las fechas límites de entrega de las diferentes

ventanillas de proyectos federales.

6. Contribuir en la integración de proyectos del programa de vivienda digna y aquellos

programas relacionados la Dirección de Obra Pública.

7. Consultar y proponer soluciones alternativas al desarrollo del proyecto cuando éste se

encuentre en situación de riesgo.

8. Brindar asesoría sobre la integración y desarrollo de proyectos a las dependencias del

Ayuntamiento que lo requieran.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

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15.- Dirección de Servicios Municipales Dependencia: Dirección de Servicios Municipales

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: Secundaria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Manejo de personal

Objetivo General:

Coordinar la prestación oportuna y eficiente de los servicios públicos para garantizar el buen estado de la infraestructura y mejorar la imagen urbana del municipio

Descripción de funciones

1. Coordinar que los servicios públicos se presten de manera regular y continua para

favorecer el mantenimiento de la imagen urbana del municipio.

2. Prever la adecuada prestación de los servicios de limpieza, recolección, traslado,

tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos.

3. Monitorear constantemente las necesidades de orden y limpieza en la zona típica.

4. Mantener en buen estado el alumbrado público y realizar proyectos para su

mejoramiento.

5. Coordinar la prestación del servicio de panteones procurando mantenerlos en estado

óptimo y funcional.

6. Mantener en óptimas condiciones de funcionamiento y limpieza, las calles, monumentos,

parques, fuentes, jardines y demás sitios de uso público.

7. Verificar y evaluar la calidad de los servicios prestados, así como proponer las

adecuaciones necesarias para brindar un mejor servicio a la población.

8. Gestionar administrar y controlar los recursos humanos y materiales destinados a la

prestación de servicios públicos.

9. Coordinarse con las diversas áreas de la administración municipal para realizar proyectos

de mejora de los servicios públicos.

10. Mantener constante comunicación con las áreas del municipio encargadas de eventos

especiales a fin de brindar apoyo y favorecer la adecuada imagen del municipio.

11. Organizar jornadas en juntas auxiliares en coordinación con los habitantes para la

limpieza y mejoramiento de su entorno.

12. Atender las solicitudes ciudadanas de servicios públicos y realizar un seguimiento

puntual.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

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Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 52 de 62

15.1 Coordinación de Alumbrado Público

Dependencia: Coordinación de Alumbrado Público

Reporta a: Dirección de Servicios Municipales

Escolaridad: Mínima: Secundaria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Medio

Conocimientos: Manejo de personal

Objetivo General:

Coordinar la prestación oportuna y eficiente de los servicios de alumbrado público y responde a las solicitudes ciudadanas de mantenimiento y reparación.

Descripción de funciones

1. Otorgar el servicio de iluminación de las vías públicas, parques públicos, y demás espacios

de libre circulación con el objeto de proporcionar la visibilidad adecuada para el normal

desarrollo de las actividades

2. Planear y programar los trabajos de mantenimiento de la red de alumbrado publico

3. Establecer las acciones pertinentes a fin de mejorar el sistema de alumbrado público y al

ahorro de energía

4. Supervisar la elaboración de los reportes diarios de las actividades del personal de campo

5. Supervisar que el personal de la dirección cuente con el material y herramientas

necesarias para desempeñar sus funciones

6. Colaborar en los eventos de las diferentes dependencias del Ayuntamiento para brindar

apoyo en sus necesidades de iluminación.

7. Calendarizar los eventos como ferias y celebraciones municipales para brindar apoyo en

instalaciones y solicitar el material necesario

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Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 53 de 62

15.2 Servicio de Limpia Matutino

Dependencia: Servicio de Limpia Matutino

Reporta a: Dirección de Servicios Municipales

Escolaridad: Mínima: Primaria Deseable: Preparatoria

Nivel de Mando: Medio

Conocimientos: Manejo de personal , organización

Objetivo General:

Eficientar los trabajos de recolección y limpieza que se realizan en el Municipio para brindar un buen servicio a la ciudadanía, así como también dar una mejor imagen Urbana.

Descripción de funciones

1. Recibir instrucciones de su jefe inmediato para identificar las prioridades en cuanto a

limpieza que deben ser atendidas

2. Organizar al personal a su cargo para realizar las tareas de limpieza de las distintas áreas

del municipio.

3. Mantener en óptimas condiciones los parques, jardines y áreas verdes municipales.

4. Vigilar el correcto estado de los vehículos para cumplir con las rutas de limpieza

programadas

5. Solicitar a su jefe inmediato materiales, gasolina y equipo necesario para el desempeño

adecuado del personal a su cargo.

6. Supervisar la elaboración de los reportes diarios de las actividades del personal de campo.

7. Atender demandas ciudadanas en cuanto a las necesidades de aseo urbano y limpia.

8. Realizar programas de limpieza con la finalidad de crear una cultura y actitud de

prevención en las comunidades y juntas auxiliares del municipio.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 54 de 62

15.3 Servicio de Limpia Vespertino

Dependencia: Servicio de Limpia Vespertino

Reporta a: Dirección de Servicios Municipales

Escolaridad: Mínima: Primaria Deseable: Preparatoria

Nivel de Mando: Medio

Conocimientos: Manejo de personal, organización

Objetivo General:

Eficientar los trabajos de recolección y limpieza que se realizan en el Municipio para brindar un buen servicio a la ciudadanía, así como también dar una mejor imagen Urbana.

Descripción de funciones

1. Recibir instrucciones de su jefe inmediato para identificar las prioridades en cuanto a

limpieza que deben ser atendidas

2. Organizar al personal a su cargo para realizar las tareas de limpieza de las distintas áreas

del municipio.

3. Mantener en óptimas condiciones los parques, jardines y áreas verdes municipales.

4. Vigilar el correcto estado de los vehículos para cumplir con las rutas de limpieza

programadas

5. Solicitar a su jefe inmediato materiales, gasolina y equipo necesario para el desempeño

adecuado del personal a su cargo.

6. Supervisar la elaboración de los reportes diarios de las actividades del personal de campo.

7. Atender demandas ciudadanas en cuanto a las necesidades de aseo urbano y limpia.

8. Realizar programas de limpieza con la finalidad de crear una cultura y actitud de

prevención en las comunidades y juntas auxiliares del municipio.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 55 de 62

15.4 Servicios Generales

Dependencia: Servicios Generales

Reporta a: Dirección de Servicios Municipales

Escolaridad: Mínima: Primaria Deseable: Preparatoria

Nivel de Mando: Medio

Conocimientos: Manejo de personal, organización

Objetivo General:

Conservar, restaurar y mantener en óptimas condiciones los edificios del ayuntamiento, así como el apoyo logístico en eventos especiales.

Descripción de funciones

1. Programar y llevar a cabo el mantenimiento preventivo y correctivo en materia de

plomería, carpintería, albañilería y electricidad de todas las áreas del ayuntamiento.

2. Apoyar en las actividades cuando se tenga que realizar la colocación de instalaciones

para eventos especiales ya sean culturales o sociales (colocar templetes, mamparas,

limpieza, etcétera) del municipio.

3. Establecer medidas preventivas para evitar el deterioro de las áreas del ayuntamiento

que presentan mayor afluencia de usuarios.

4. Solicitar a su jefe inmediato materiales y equipo necesario para el desempeño adecuado

de sus actividades.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 56 de 62

16.-Dirección de Salud Municipal Dependencia: Dirección de Salud Municipal

Reporta a: Presidente Municipal

Escolaridad: Mínima: Licenciatura Deseable: Posgrado

Nivel de Mando: Superior

Conocimientos: Reglas de operación de programas de salud, Bases de la Salud Pública, Facilidad para las Relaciones Humanas, Formación Académica en el Estudio de Medicina Preventiva y Atención, Oportuna de Padecimientos Físicos y Mentales.

Objetivo General:

Dirigir actividades médicas y administrativas, que promuevan la salud y la sanidad en el municipio enfocándose en labores de prevención de enfermedades y el mejoramiento de los niveles de vida de los habitantes de Chignahuapan.

Descripción de funciones

1. Coordinar las actividades de fomento a la salud con los comités locales y municipales.

2. Revisar que las incapacidades otorgadas a los trabajadores reúnan todos los requisitos

necesarios conforme a la ley.

3. Apoyar y coordinar las campañas de salud nacionales establecidas con las Autoridades

Estatales y Municipales.

4. Coordinar con las Direcciones del H. Ayuntamiento todas las actividades que conlleven al

cuidado de la salud.

5. Coordinar que los programas establecidos por las autoridades de salud incluyan a todos y

cada uno de los habitantes del Municipio.

6. Detectar todos los focos infecciosos que influyan en la proliferación de fauna nociva que

pueda originar enfermedades en la población.

7. Realizar proyectos de cuidado de la salud y prevención de enfermedades. Acudir a las

diversas Instituciones Estatales y Federales para llevarlos a cabo.

8. Realizar Jornadas Médicas gratuitas para la población tanto en la Cabecera Municipal

como en las localidades, todas enfocadas en la prevención.

9. Coordinar las Campañas de Esterilización Canina y Felina en todo el Municipio.

10. Formular el Plan Operativo Anual.

11. Presentar el informe trimestral de actividades al Presidente Municipal.

12. Presentar informe anual de actividades al Presidente Municipal.

13. Formular la propuesta de Ingresos para el Ejercicio Fiscal siguiente.

14. Autorizar los periodos vacacionales del personal a su cargo.

15. Vigilar que la operación de la Dirección se realice con los principios de eficiencia, justicia,

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 57 de 62

equidad de género y legalidad.

16.1-Instituto Municipal de la Salud

Dependencia: Instituto Municipal de la Salud

Reporta a: Dirección de Salud Municipal

Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura

Nivel de Mando: Medio

Conocimientos: Reglas de operación de programas de salud, Desarrollo Humano, Organización de Eventos, Administración

Objetivo General:

Favorecer la protección de la salud de los habitantes del municipio por medio de la coordinación con instancias estatales y federales que brinden asistencia en salud.

Descripción de funciones

16. Administrar y representar legalmente al Instituto e intervenir en los convenios, contratos y otros actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del Instituto.

17. Analizar la problemática municipal en materia de Salud para proponer soluciones que la combatan eficazmente.

18. Difundir y establecer una Cultura de Salud y detectar las necesidades de su comunidad en esta materia.

19. Realizar vinculación con las distintas dependencias, para realizar la promoción y acción de los distintos rubros de salud.

20. Recopilar la información necesaria que ofrezca el departamento que contribuya a la toma de decisiones sobre aspectos de salud en el municipio.

21. Integrar y entregar los diferentes tipos de reportes de las acciones realizadas por el instituto y concertar con su jefe inmediato sobre las acciones a realizar.

22. Acercar a la ciudadanía los diferentes tipos de servicios de salud a través de campañas, eventos y actividades.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

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XI.- Directorio

Regidor de Gobernación, Justicia y Seguridad Pública

C. Ulises Rivera Huerta Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Regidor de Industria, Comercio, Agricultura y Ganadería

Prof. Rafael López Mota. Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Regidor de Patrimonio y Hacienda Pública

Lic. José Salvador Méndez Morales Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Regidora de Salubridad y Asistencia Pública. Enfra. Ilse Ivette Carmona González.

Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Regidora de Desarrollo Urbano, Ecología, Medio Ambiente, Obras y Servicio Público.

C. Verónica Cerón Herrera Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Regidora de Educación Pública y Actividades Culturales, Deportivas y Sociales

Profa. Ma. Irma Yolanda Alcalá González Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Regidor de Grupos Vulnerables, Juventud y Equidad entre Géneros.

C. Otilio Serrano Rivera

Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19

Síndico Municipal

Lic. José Luis González Rodríguez Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19 Ext. 110

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

Página 59 de 62

Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Regidora de Turismo

Enfra. Rocío Aurora Sosa Zamarripa Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Secretario General Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19 Ext. 105 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Director General de Seguridad Pública

Telf. 01 797 971 43 37

01 797 971 00 19 Ext. 116 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Tesorero Municipal

Telf. 01 797 971 00 14

01 797 971 00 19 Ext. 113 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. tesorerí[email protected]

Director de Gobernación Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Contralora Municipal Telf. 01 797 971 15 78

01 797 971 00 19

Dirección de Fomento Económico Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

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Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. contralorí[email protected]

Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Dirección de Obras Públicas Telf. 01 797 971 19 00

01 797 971 00 19 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Dirección de Arte y Cultura Telf. 01 797 971 15 78

01 797 971 00 19 Aldama No.19. Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología

Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Dirección de Desarrollo Rural Telf. 01 797 971 41 42

01 797 971 00 19 Morelos No.10. Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Dirección de Turismo y Desarrollo Humano

Telf. 01 797 971 15 78

01 797 971 00 19 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

Dirección de Servicios Municipales

Telf. 01 797 971 00 77

01 797 971 00 19 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

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XII.- Glosario de términos

- Manual de organización y funciones: es un documento detallado que contiene marco

jurídico, organización, objetivo y funciones de la dependencia o entidad, constituyéndose

además en un instrumento de apoyo administrativo, que describe las relaciones orgánicas

que se dan entre las unidades administrativas, siendo ello, un elemento de apoyo a su

funcionamiento.

- Organigrama: Representación gráfica de la estructura formal de una organización y/o

institución que muestra las interrelaciones, las funciones, los niveles jerárquicos, las

obligaciones y la autoridad existentes dentro de ella.

- Descripción de puestos: herramienta empleada para identificar las tareas por cumplir y las

responsabilidades que implica cada uno de los puestos de la organización.

- Puesto: es la unidad impersonal de trabajo integrada por un conjunto homogéneo de

tareas, responsabilidades y requisitos para el cumplimiento de una o varias funciones y el

logro de los objetivos de una o varias áreas administrativas.

- Función: conjunto de actividades afines y coordinadas, necesarias para alcanzar los

objetivos de una institución de cuyo ejercicio generalmente es responsable un órgano o

unidad administrativa; se definen a partir de las disposiciones jurídico-administrativas.

- Escolaridad: se refiere al grado de estudios mínimo deseado para el puesto que se

describe para que los objetivos asignados al puesto puedan ser alcanzados.

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Manual de Organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan

Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01

Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015

Núm. de Revisión: 0

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XIII.- Validación

Manual de organización General del Ayuntamiento de

Chignahuapan 2014-2018

Validación

Elabora Contralora Municipal

C.P Nohemí León Islas

Autoriza Presidente Municipal

Lic. Juan Enrique Rivera Reyes