Manual de organización
General del Ayuntamiento de
Chignahuapan
Manual de Organización General del Ayuntamiento de
Chignahuapan
Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01
Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015
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I.- Presentación ........................................................................................................................... 4
II.-Antecedentes .......................................................................................................................... 5
III.- Marco Jurídico ....................................................................................................................... 7
IV.- Atribuciones ........................................................................................................................ 11
V.- Misión y Visión ..................................................................................................................... 17
VI.- Objetivo General ................................................................................................................. 17
VII.- Valores ............................................................................................................................... 17
VIII.- Estructura Orgánica .......................................................................................................... 18
IX.- Inventario de Descripción de funciones por Unidad Administrativa ................................. 19
X.-Objetivos y Funciones por Unidad Administrativa ............................................................... 20
1.- Presidencia Municipal ...................................................................................................... 20
2.- Cuerpo de Regidores ........................................................................................................ 26
3.- Sindicatura Municipal ...................................................................................................... 27
4.- Secretaría General ............................................................................................................ 29
5.- Contraloría Municipal ...................................................................................................... 31
6.- Tesorería Municipal ......................................................................................................... 33
7.- Dirección de Seguridad Pública y Vialidad ....................................................................... 35
8.- Sistema Municipal DIF ...................................................................................................... 37
9.- Dirección de Gobierno ..................................................................................................... 38
10.- Dirección de Fomento Económico ................................................................................. 39
11.- Dirección de Obras Públicas ........................................................................................... 40
12.- Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología ........................................................ 41
13.- Dirección de Turismo y Desarrollo Humano .................................................................. 44
14.- Dirección de Desarrollo Rural ........................................................................................ 49
15.- Dirección de Servicios Municipales ................................................................................ 51
16.-Dirección de Salud Municipal .......................................................................................... 56
XI.- Directorio ............................................................................................................................ 58
XII.- Glosario de términos .......................................................................................................... 61
XIII.- Validación .......................................................................................................................... 62
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I.- Presentación
Con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 78 y 79 de la Ley Orgánica Municipal, se establece que el
Municipio se encuentra investido de personalidad jurídica y de patrimonio propios.
La cual le permite crear reglamentos que contribuyan a una mejor organización, respetando los
derechos humanos consagrados en el orden jurídico mexicano.
El presente manual de organización y funciones, tiene como objetivo fundamental, servir como
instrumento de apoyo en el funcionamiento institucional, al mantener de forma ordenada las
operaciones y funciones de cada una de las áreas que conforman la Administración Pública
Municipal del H. Ayuntamiento de Chignahuapan Puebla, todo esto basado en un marco jurídico
administrativo, que permita al personal estar informado de cuáles son sus funciones y
responsabilidades
En este documento se describen las funciones de las unidades administrativas, las políticas de
operación o lineamientos que rigen la puesta en práctica de dichos procedimientos con la firme
intención de optimizar el desempeño de las funciones de todo el personal, (administrativo,
operativo y técnico) para mejorar sus niveles de eficiencia, para que esta administración brinde los
mejores resultados a la ciudadanía.
Lic. Juan Enrique Rivera Reyes
Presidente Municipal Constitucional de Chignahuapan
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II.-Antecedentes
Para el cumplimiento de las atribuciones que le son asignadas al orden de gobierno municipal, se
debe contar con un aparato administrativo dotado de los recursos humanos, técnicos y financieros
que le permitan responder de manera eficiente y oportuna a las crecientes y cambiantes
demandas de la sociedad. Las condiciones que logren establecer los gobiernos municipales
determinan su capacidad de competencia, para generar ambientes que promuevan mejores
perspectivas de desarrollo para su población.
Los últimos años han significado para la administración pública Municipal una serie de
transformaciones con motivo de nuevos sistemas administrativos, el desarrollo de tecnologías de
información y comunicaciones, así como de la demanda de la ciudadanía que solicita la prestación
de servicios más eficientes y transparentes.
La actual administración municipal 2014-2018 aspira a incrementar las capacidades municipales
para atender demandas ciudadanas haciendo uso racional de los recursos y aprovechando el
potencial del talento humano con el que cuenta Chignahuapan. Se tiene como propósito brindar
servicios de calidad, gestionar trámites de manera ágil e impulsar los mecanismos de
transparencia y rendición de cuentas que permitan conformar una administración municipal
sólida.
La ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla señala la facultad de los ayuntamientos para crear
dependencias y entidades que le estén subordinadas directamente, así como fusionar, modificar o
suprimir las ya existentes atendiendo sus necesidades y capacidad financiera, por ello se planteó la
necesidad de realizar un análisis de las necesidades y la conformación poblacional y territorial del
municipio para diseñar una administración municipal que pueda colaborar en dar respuesta a las
necesidades consideradas prioritarias.
En congruencia con los objetivos planteados por el Plan Municipal de Desarrollo 2014-2018 y para
favorecer el cumplimiento de los mismos, se busca conformar una organización municipal que
tenga como características la racionalidad en el uso de los recursos, la atención ciudadana de
calidad y la prestación de servicios eficientes y transparentes.
Con el propósito de consolidar una organización municipal funcional se realizan adecuaciones a la
estructura orgánica para que ésta pueda contar con instrumentos y medios necesarios para
alcanzar los objetivos y metas deseados, acompañado a su vez por un proceso continuo de
retroalimentación que sirva para prevenir y corregir errores que se presenten en la ejecución de
las acciones.
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Durante el periodo 2011- 2014 la administración municipal se conformó por: Secretaría General y
de Gobierno, Secretaría de Control Interno, Secretaría de Desarrollo Rural y Bienestar Social,
Secretaría de Seguridad Pública, Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Humano, Secretaría de
Planeación y Desarrollo Urbano, Secretaría de Finanzas y DIF Municipal . Un total de 7 secretarías
y el DIF municipal.
Por la naturaleza cambiante de la realidad municipal al iniciar la administración municipal 2014-
2018 con el Liderazgo del Lic. Juan Enrique Rivera Reyes, se identificó la necesidad de modificar la
estructura administrativa del Ayuntamiento, esto con el propósito de desarrollar de manera
efectiva las capacidades del personal, garantizar la correcta prestación de servicios a la ciudadanía,
siempre empleando los recursos de manera racional y transparente.
A principio de 2015 se fueron asentando las modificaciones del tipo de administración deseable
para responder a las necesidades de la ciudadanía de Chignahuapan, por ello en sesión de cabildo
del 4 de marzo de 2015 se aprueban las modificaciones a la estructura orgánica municipal y se
delimitan las responsabilidades y competencias de las mismas.
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III.- Marco Jurídico
Normativa Federal
Constitución Política Mexicana
Ley Federal Del Trabajo
Ley de Contabilidad Gubernamental
Ley De Fiscalización y Rendición De Cuentas De La Federación
Ley Federal De Protección De Datos Personales En Posesión De Los Particulares
Ley General Para La Igualdad Entre Mujeres Y Hombres
Ley Del Servicio Militar
Ley General de Protección Civil
Ley General Del Equilibrio Ecológico y La Protección Al Ambiente
Normativa Estatal
Constitución Política del Estado Libre y Soberano De Puebla
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal
Ley de Desarrollo Social para el Estado de Puebla
Ley de Hacienda Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla
Ley De Presupuesto, Contabilidad Y Gasto Público.
Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla.
Ley De Fraccionamientos Y Acciones Urbanísticas Del Estado Libre Y Soberano De Puebla
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla.
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Entes Públicos
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Ley de Egresos del Estado de Puebla, Para El Ejercicio Fiscal 2015
Ley de Egresos del Estado de Puebla, Para El Ejercicio Fiscal 2014
Ley De Ingresos Del Estado De Puebla, Para El Ejercicio Fiscal 2015
Ley De Ingresos Del Estado De Puebla, Para El Ejercicio Fiscal 2014.
Ley de Archivos del Estado de Puebla
Ley de Gobierno Digital para el Estado de Puebla y sus Municipios.
Ley de gobernanza regulatoria para el estado de puebla.
Ley para la Regularización de la Propiedad Inmobiliaria de Predios Rústicos en el Estado de Puebla.
Ley Del Transporte Del Estado De Puebla
Ley Estatal Del Deporte
Ley Para El Acceso De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia Del Estado De Puebla
Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla.
Ley Para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial
para el Estado de Puebla.
Ley Para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla.
Reglamento de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de
Manejo Especial para el Estado de Puebla.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Puebla, y de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla.
Normativa Municipal
Plan Municipal de Desarrollo Chignahuapan 2011 - 2014
Plan Municipal de Desarrollo Chignahuapan 2014 - 2018
Plan Municipal de Desarrollo Ejecutivo Chignahuapan 2014 - 2018
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Plan Municipal de Desarrollo 2014-2018 Publicación en el Periódico Oficial
Ley Municipal de Ingresos 2014
Ley Municipal de Ingresos 2015
Ley Orgánica Municipal
Bando de Policía y Gobierno para el Municipio de Chignahuapan
Reglamento de Seguridad Vial y Tránsito del Municipio de Chignahuapan
Reglamento de Obras y Construcciones Para el Municipio de Chignahuapan
Reglamento de Mercados y Tianguis del Municipio de Chignahuapan Puebla
Reglamento para Establecimientos cuyo giro sea la Enajenación de Bebidas Alcohólicas para el
Municipio de Chignahuapan, Puebla.
Decretos
Decreto del Honorable Congreso del Estado por virtud del cual crea el Organismo Público
Descentralizado del Municipio de Zacatlán Puebla denominado Rastro
Políticas Emitidas
Código De Ética Para El Ayuntamiento De Chignahuapan Puebla
Procedimiento De Reclutamiento, Selección, Contratación Y Promoción Del Personal Del Municipio
De Chignahuapan, Puebla
Manuales Administrativos
Manual de Organización y Funciones del Honorable Ayuntamiento de Chignahuapan 2011-2014.
Manual de Procedimientos del Honorable Ayuntamiento de Chignahuapan 2011-2014.
Manual de Organización General y Funciones del Honorable Ayuntamiento de Chignahuapan
2014-2018.
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Reglamentos de la Administración
Reglamento De La Administración Pública Para El Municipio De Chignahuapan, Puebla
Reglamento Interno De Trabajo Para Los Servidores Públicos Del Honorable Ayuntamiento
Reglamento De Turismo Municipal De Chignahuapan, Puebla.
Reglamento De Transparencia Y Acceso A La Información Pública Del Municipio De Chignahuapan,
Puebla.
Reglamento Para El Funcionamiento De Establecimiento Comerciales Del Municipio De
Chignahuapan, Puebla
Reglamento De Diversiones Y Espectáculos Públicos Del Municipio De Chignahuapan, Puebla
Reglamento De Panteones Para El Municipio De Chignahuapan, Puebla
Reglamento De Limpia, Recolección, Traslado, Tratamiento Y Disposición Final De Residuos Del
Municipio De Chignahuapan, Puebla
Reglamento Para La Protección Al Ambiente Del Municipio De Chignahuapan, Puebla
Códigos
Reformas
Sin Reformas.
Reglas de Operación
Sin Reglas de Operación.
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IV.- Atribuciones
De acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos las atribuciones que los
municipios tienen son:
Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno
republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división
territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases
siguientes:
I.-Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por
un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia
que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera
exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.
Las Constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo
de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un período adicional, siempre y cuando el
periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años. La postulación sólo podrá
ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que
lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su
mandato.
Las Legislaturas locales, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán
suspender ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato
a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y
cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y
hacerlos alegatos que a su juicio convengan.
Si alguno de los miembros dejare de desempeñar su cargo, será sustituido por su suplente, o se
procederá según lo disponga la ley.
En caso de declararse desaparecido un Ayuntamiento o por renuncia o falta absoluta de la mayoría
de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes ni que se
celebren nuevas elecciones, las legislaturas de los Estados designarán de entre los vecinos a los
Concejos Municipales que concluirán los períodos respectivos; estos Concejos estarán integrados
por el número de miembros que determine la ley, quienes deberán cumplir los requisitos de
elegibilidad establecidos para los regidores;
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II.- Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio
conforme a la ley.
Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia
municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los
reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus
respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación
ciudadana y vecinal.
Por otro lado en lo referente al orden estatal de gobierno, la Constitución Política del estado libre
y soberano de Puebla señala las atribuciones de las que puede hacer uso el Municipio:
Artículo 102.- El Municipio libre constituye la base de la división territorial y de la organización
política y administrativa del Estado; cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de
elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de Regidores y
Síndicos que la ley determine. Las atribuciones que esta Constitución otorga al Gobierno
Municipal, se ejercerán por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia
alguna, entre éste y el Gobierno del Estado
Artículo 103.- Los Municipios tienen personalidad jurídica, patrimonio propio que los
Ayuntamientos manejarán conforme a la Ley, y administrarán libremente su hacienda, la cual se
formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y
otros ingresos que la Legislatura del Estado establezca a favor de aquéllos y que, entre otros, serán
Artículo 105.- La administración pública municipal será centralizada y descentralizada, con
sujeción a las siguientes disposiciones:
I.- Los Ayuntamientos residirán en las cabeceras de los Municipios y serán presididos por el Primer
Regidor, quien tendrá el carácter de Presidente Municipal.
II.- Podrán establecerse las entidades que se juzguen convenientes para realizar los objetivos de la
Administración Municipal.
III.- Los Ayuntamientos tendrán facultades para expedir de acuerdo con las Leyes en materia
Municipal que emita el Congreso del Estado, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos,
circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,
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procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación
ciudadana y vecinal El objeto de las Leyes en materia Municipal, será establecer:
a) Las bases generales de la administración pública municipal y del procedimiento administrativo,
incluyendo los medios de impugnación y los órganos para dirimir las controversias entre dicha
administración y los particulares, con sujeción a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y
legalidad;
b) Los casos en que se requiera el acuerdo de las dos tercera partes de los miembros de los
Ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio municipal o para celebrar actos
o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al periodo del Ayuntamiento;
c) Las normas de aplicación general para celebrar los convenios a que se refieren la fracción XVII
del artículo 79 y la fracción II del artículo 104 de esta Constitución;
d) El procedimiento y condiciones para que el Gobierno del Estado asuma una función o servicio
municipal cuando, al no existir el convenio correspondiente, el Congreso del Estado considere que
el Municipio de que se trate esté imposibilitado para ejercerlos o prestarlos; en este caso, será
necesaria solicitud previa del Ayuntamiento respectivo, aprobada por cuando menos las dos
terceras partes de sus integrantes; y
e) Las disposiciones aplicables en aquellos Municipios que no cuenten con los bandos o
reglamentos correspondientes.
IV.- Los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados
para:
a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;
b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;
c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en
concordancia con los planes generales de la materia. Cuando el Estado elabore proyectos de
desarrollo regional deberá asegurar la participación de los Municipios;
d) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus
jurisdicciones territoriales;
e) Intervenir en la regulación de la tenencia de la tierra urbana;
f) Otorgar licencias y permisos para construcciones;
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g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y
aplicación de programas de ordenamiento en esta materia;
h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros
cuando aquellos afecten su ámbito territorial; e
i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.
V.- Los Ayuntamientos sólo podrán contratar empréstitos sujetándose a las disposiciones que
dicte el Congreso, conforme a la fracción VIII del artículo 57 de esta Constitución
VII.- Las fuerzas de seguridad del Estado y de los Municipios se auxiliarán recíprocamente.
VIII.- En casos de graves trastornos del orden Público, el Gobernador del Estado, por sí o por
medio del Delegado que lo represente, podrá hacerse cargo de la fuerza pública existente en el
Municipio.
IX.- En caso de desarrollo de alguna epidemia, el Gobernador del Estado podrá hacerse cargo del
ramo de Salubridad Pública Municipal hasta que el peligro desaparezca.
X.- Los Ayuntamientos están obligados a seguir los programas que en materia de Instrucción
Pública establezcan las autoridades educativas del Estado.
XI.- El Presidente Municipal representará al Municipio y al Ayuntamiento, y será el ejecutor de las
resoluciones de éste que no sean encomendadas a una Comisión especial.
XII.- Tratándose de procedimientos judiciales, la representación del Municipio o del Ayuntamiento
corresponderá al Síndico.
XIII.- Los Ayuntamientos atenderán la administración por medio de comisiones, entre las cuales
distribuirán los diversos ramos de aquélla.
XIV.- El Ejecutivo nombrará visitadores especiales para las Tesorerías Municipales, los cuales
revisarán los libros e informarán después al Ejecutivo, para que éste excite a los Ayuntamientos a
recaudar los fondos públicos, o bien corrija las deficiencias que se encuentren o se consignen, si
hubiere algún delito en el manejo de los fondos.
XV.- Las relaciones de trabajo entre los Municipios y sus servidores, se regirán por las disposiciones
que dicte la Legislatura del Estado.
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XVI.- El Congreso del Estado emitirá las normas que establezcan los procedimientos mediante los
cuales se resolverán los conflictos que se presenten entre los Municipios y el Gobierno del Estado,
o entre aquéllos; y
XVII.- La policía preventiva municipal estará al mando del Presidente Municipal, en los términos
del reglamento correspondiente, y ésta acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le
transmita en aquellos casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden
público; y
XVIII.- El Congreso del Estado en la Ley Orgánica Municipal, establecerá las bases para la
expedición de los bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones
administrativas de observancia general, las cuales serán por lo menos las siguientes:
a) El proyecto respectivo será propuesto por dos o más Regidores;
b) Se discutirá, aprobará o desechará por mayoría de votos en Sesión de Cabildo, en la que haya;
c) En caso de aprobarse el proyecto se enviará al Ejecutivo del Estado para su publicación en el
Periódico Oficial de Estado; y
d) Las disposiciones de carácter general dictadas por los Ayuntamientos, deben referirse a
hipótesis previstas por la ley que reglamenten y no pueden contrariar a ésta; han de ser claras,
precisas y breves, y cada artículo o fracción contendrá una sola disposición
Así mismo la Ley orgánica Municipal puntualiza las facultades del Ayuntamiento para elegir su
forma de organización y señala:
Artículo 2.- El Municipio Libre es una Entidad de derecho público, base de la división territorial y
de la organización política y administrativa del Estado de Puebla, integrado por una comunidad
establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa, el cual tiene como
propósito satisfacer, en el ámbito de su competencia, las necesidades colectivas de la población
que se encuentra asentada en su circunscripción territorial; así como inducir y organizar la
participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo integral de sus comunidades
Artículo 3.- El Municipio se encuentra investido de personalidad jurídica y de patrimonio propios,
su Ayuntamiento administrará libremente su hacienda y no tendrá superior jerárquico. No habrá
autoridad intermedia entre el Municipio y el Gobierno del Estado
Artículo 78.- Son atribuciones de los Ayuntamientos:
III.- Aprobar su organización y división administrativas, de acuerdo con las necesidades del
Municipio;
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IV.- Expedir Bandos de Policía y Gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas
de observancia general, referentes a su organización, funcionamiento, servicios públicos que
deban prestar y demás asuntos de su competencia, sujetándose a las bases normativas
establecidas por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, vigilando su
observancia y aplicación;
Artículo 118.- La Administración Pública Municipal será Centralizada y Descentralizada. La
Administración Pública Municipal Centralizada se integra con las dependencias que forman parte
del Ayuntamiento, así como con órganos desconcentrados, vinculados jerárquicamente a las
dependencias municipales, con las facultades y obligaciones específicas que fije el Acuerdo de su
creación.
La Administración Pública Municipal Descentralizada se integra con las entidades paramunicipales,
que son las empresas con participación municipal mayoritaria, los organismos públicos
municipales descentralizados y los fideicomisos, donde el fideicomitente sea el Municipio.
Artículo 119.- El Ayuntamiento podrá crear dependencias y entidades que le estén subordinadas
directamente, así como fusionar, modificar o suprimir las ya existentes atendiendo sus
necesidades y capacidad financiera.
Artículo 120.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal ejercerán las
funciones que les asigne esta Ley, el Reglamento respectivo, o en su caso, el acuerdo del
Ayuntamiento con el que se haya regulado su creación, estructura y funcionamiento.
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V.- Misión y Visión
Misión
Ser un gobierno ciudadano, eficaz transparente y eficiente. Con una política pública, económica y
social que pone ante todo el beneficio común de la sociedad.
Visión
Chignahuapan es un municipio listo para la transformación hacia la competitividad, prosperidad,
desarrollo económico y social sostenible. Una ciudad que estará a la altura competitiva, creativa y
emprendedora; una ciudad próspera y con infraestructura sólida para seguir impulsando el
desarrollo urbano y rural. Llegar a ser una sociedad más preparada, educada y con mayor acceso a
la salud, cultura, deporte, arte y opciones de recreación. Una sociedad que goza de altos niveles
de seguridad en las calles, negocios y hogares.
VI.- Objetivo General
Mostrar la organización del ayuntamiento de Chignahuapan así como delimitar las
responsabilidades y competencias de cada área para detectar omisiones, evitar duplicidad de
funciones y ejercer de manera eficiente los recursos municipales.
VII.- Valores
Eficiencia: los recursos ejercidos para la realización de proyectos, programas y obras, serán
ocupados con responsabilidad, se cumplirán más objetivos con los mismos o menos recursos.
Austeridad: en todo momento nuestro gobierno se ajustará a un plan de autoridad.
Transparencia: enfrentaremos la corrupción desde una perspectiva integral, a través de políticas
públicas, buscando generar cambios concretos y estar en favor de la cultura de integridad,
promoción de la legalidad y rendición de cuentas.
Honestidad: actuaremos de buena fe, con la verdad de acuerdo a nuestros principios de respeto
hacia los demás.
Eficacia: seremos efectivos, tenaces, concretaremos en tiempos y con calidad los servicios y
programas planteados en nuestro gobierno.
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VIII.- Estructura Orgánica
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IX.- Inventario de Descripción de funciones por Unidad Administrativa
No. Unidad Administrativa
1 Presidencia Municipal
1.1 Coordinación de Asesores
1.2 Asesoría Jurídica
1.3 Secretaría Particular
1.4 Coordinación de Giras, imagen y Logística
2 Cuerpo de Regidores
3 Sindicatura
4 Secretaría General
5 Contraloría Municipal
6 Tesorería Municipal
7 Dirección de Seguridad Pública y Vialidad
8 Sistema Municipal DIF
9 Dirección de Gobierno
10 Dirección de Fomento Económico
11 Dirección de Obras Públicas
12 Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología
12.1 Catastro Municipal
12.2 Servicios Generales
13 Dirección de Turismo y Desarrollo Humano
13.1 Dirección de Arte y Cultura
13.2 Instituto Municipal de la Mujer
13.3 Instituto Municipal de la Juventud
13.4 Instituto Municipal del Deporte
14 Dirección de Desarrollo Rural
14.1 Coordinación de Gestión y Desarrollo de Proyectos
15 Dirección de Servicios Municipales
15.1 Coordinación de Alumbrado Público
15.2 Servicio de Limpia Matutino
15.3 Servicio de Limpia Vespertino
15.4 Servicios Generales
16 Dirección de Salud Municipal
16.1 Instituto Municipal de la Salud
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X.-Objetivos y Funciones por Unidad Administrativa
1.- Presidencia Municipal Dependencia: Presidencia Municipal
Reporta a: H. Cabildo
Escolaridad: No aplica por ser cargo de elección popular
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Administración Pública, Sensibilidad Social, Gestión Pública, Marco jurídico y Normativo , Habilidades de Dirección, Negociación y Diálogo
Objetivo General:
Representar política, jurídica y administrativamente al Ayuntamiento así como organizar, dirigir y controlar los diferentes aspectos de la administración municipal y de la prestación de los servicios a la ciudadanía.
Descripción de funciones
1. Difundir en el Municipio, las leyes, reglamentos y cualquier otra disposición de observancia general que con tal objeto les remita el Gobierno del Estado o acuerde el Ayuntamiento, y hacerlas públicas cuando así proceda, por medio de los Presidentes de las Juntas Auxiliares, en los demás pueblos de la municipalidad.
2. Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas, imponiendo en su caso las sanciones que establezcan, a menos que corresponda esa facultad a distinto servidor público.
3. Representar legalmente al Ayuntamiento y al municipio. 4. Conducir las políticas de gobierno. 5. Conducir la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal, en coordinación con las áreas
involucradas, estableciendo los mecanismos para su adecuado seguimiento. 6. Preservar y velar por la tranquilidad y el orden público y dictar las medidas que a su juicio
demanden las circunstancias. 7. Proponer al Cabildo la creación o supresión de las áreas, Direcciones, Subdirecciones,
Coordinaciones Administrativas y Departamentos que requiera la administración pública. 8. Rendir al Ayuntamiento dentro un informe acerca del estado en que se encuentra el
Gobierno y la Administración Pública Municipal. 9. Expedir acuerdos, circulares y disposiciones administrativas necesarias para la
organización interna de la Administración Pública Municipal. 10. Promover lo necesario al fomento de la agricultura, industria, comercio, educación,
higiene, beneficencia y demás ramos de la Administración Pública Municipal y atender al eficaz funcionamiento de las oficinas y establecimientos públicos municipales.
11. Vigilar la satisfactoria ejecución de los trabajos públicos que se hagan por cuenta del Municipio.
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12. Levantar y presentar acta circunstanciada del estado que guarda la Hacienda Pública y de los bienes del Municipio al término de su gestión constitucional.
13. Vigilar la debida prestación de los servicios públicos municipales e informar al Ayuntamiento sobre sus deficiencias.
14. Vigilar que los gastos municipales se efectúen con estricto apego al presupuesto, bajo criterios de disciplina, racionalidad y austeridad.
15. Promover y vigilar la formulación del proyecto de Presupuesto de Ingresos y de egresos del Municipio para el ejercicio inmediato, su estudio por el Ayuntamiento, y su envío oportuno al Congreso del Estado, a través del Ejecutivo del Estado, para su aprobación.
16. Remitir al Congreso del Estado la cuenta pública, los estados de origen y aplicación de recursos, los informes de avance de gestión financiera, y demás información relativa al control legislativo del gasto, en los plazos que señale la legislación aplicable.
17. Proponer y vigilar el funcionamiento de los Consejos de Participación Ciudadana, Comités y Comisiones Municipales que se integren.
18. Las demás que le confieran las leyes, reglamentos y las que acuerde el Cabildo.
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1.1- Coordinación de Asesores
Dependencia: Coordinación de Asesores
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: Licenciatura Deseable: Posgrado
Nivel de mando: Superior
Conocimientos: Legislación federal, estatal y municipal, administración pública, planeación estratégica
Objetivo General:
Asesorar al Presidente Municipal y a los servidores públicos municipales que lo requieran para el desahogo de asuntos, análisis de reglamentos y la creación de proyectos que impulsen el desarrollo del municipio y sean sensibles para la población.
Descripción de funciones
1. Asesorar al Presidente Municipal en los asuntos que éste le encomiende
2. Revisar las iniciativas y propuestas de reglamentos
3. Diseñar y proponer estrategias para incidir en ámbito social, cultural, educativo, de
seguridad y ordenamiento territorial
4. Prestar a las Dependencias de la administración pública municipal, centralizada o
descentralizada, el apoyo que requieran para el desempeño de sus funciones
5. Colaborar en la integración del consejo municipal de participación social y los distintos
consejos de acuerdo a las temáticas prioritarias en el municipio
6. Participar en la planeación de ceremonias cívicas
7. Realiza análisis e integra reportes de información que facilite la toma de decisiones
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1.2- Asesoría Jurídica
Dependencia: Asesoría Jurídica
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: Licenciatura Deseable: Posgrado
Nivel de mando: Medio
Conocimientos: Conocimientos en legislación federal, estatal y municipal que enmarque la acción del Ayuntamiento, redacción de convenios y contratos, capacidad de mediación en conflictos
Objetivo General:
Prestar asesoría legal al Presidente Municipal y a los servidores públicos municipales que lo requieran y promover la modernización del marco legal municipal.
Descripción de funciones
1. Compilar leyes, decretos, reglamentos y acuerdos, expedidos por la autoridades de los
tres niveles de gobierno así como la Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación que sean de interés para el Ayuntamiento
2. Prestar asesoría legal al Presidente Municipal y a los servidores públicos municipales que
lo requieran sobre asuntos que sometan a su consideración
3. Intervenir en la elaboración de decretos e iniciativas de Ley que presente el
Ayuntamiento
4. Dar contestación a todas la demanda interpuesta en contra el H. Ayuntamiento
Municipal
5. Dar contestación a oficios Dirigidos por diferentes dependencias del gobierno tanto
Municipal como Estatal.
6. Formular, a nombre del Ayuntamiento o del Presidente Municipal, según sea el caso, las
denuncias o querellas que procedan y tramitar la reparación del daño y la restitución en
el goce de sus derechos
7. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes, reglamentos, y las que le
encomiende directamente el Ayuntamiento o el Presidente Municipal.
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1.3 Secretaría Particular
Dependencia: Secretaría Particular
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura
Conocimientos: Sentido de organización, liderazgo persuasivo, nociones de administración pública.
Objetivo General:
Organizar las diversas actividades correspondientes a la presidencia y fungir como apoyo en las labores del presidente municipal
Descripción de funciones
1. Organizar y llevar registro de las actividades del Presidente Municipal con la ciudadanía,
organismos, gobierno estatal y federal y demás organizaciones con las que se tenga
relación
2. Brindar una atención cordial a los ciudadanos que acudan a externar sus quejas y
peticiones, canalizándolos a las dependencias correspondientes y monitoreando el
seguimiento de las mismas.
3. Establecer y mantener una comunicación directa con las secretarias particulares de los
municipios y del Gobierno del Estado
4. Dar seguimiento a las gestiones o peticiones que soliciten al Presidente Municipal
5. Mantener actualizada la agenda de contactos relevantes para la presidencia municipal
6. Apoyar en la elaboración de trabajos especiales que se le asigne.
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1.4 Coordinación de Giras, Imagen y Logística
Dependencia: Coordinación de Giras , Imagen y logística
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de mando: Medio
Conocimientos: Logística, administración, conocimientos sobre el territorio municipal y estatal.
Objetivo General:
Planificar los diversos eventos en los que participe el presidente municipal garantizando que se lleven a cabo de acuerdo al programa establecido y se cumplan los objetivos fijados.
Descripción de funciones
1. Coordinar los diferentes eventos, giras y recorridos donde participe el presidente
municipal
2. Mantener constante contacto con las dependencias participantes y coordinar sus
acciones
3. Realizar recorridos por las sedes donde se realizaran eventos para prever contratiempos y
definir las ubicaciones más convenientes para el presídium, salidas de emergencia y
ubicación de invitados especiales
4. Coordinarse con las dependencias correspondientes para montar el operativo de
seguridad y vialidad para el correcto desarrollo del evento
5. Establecer la cantidad de personas que van a asistir al evento para garantizar un clima
de organización
6. Diseñar el orden del día y cuidar que se lleven a cabo los protocolos necesarios para cada
evento.
7. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia y las que le
asigne la o el Presidente Municipal
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2.- Cuerpo de Regidores Dependencia: Cuerpo de Regidores
Reporta a: Ninguno
Escolaridad: No aplica por ser un cargo de elección popular
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Gobierno y Administración Municipal, Facultades Reglamentarias del Ayuntamiento, Participación Ciudadana y Trabajo en Equipo
Objetivo General:
Deliberar, analizar y proponer soluciones a las diversas problemáticas del municipio, así como formular propuestas de ordenamientos en asuntos municipales, y promover acciones tendientes al mejoramiento del servicio público. Formar parte de las comisiones necesarias para el correcto funcionamiento del Ayuntamiento.
Descripción de funciones
1. Ejercer la debida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo.
2. Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Ayuntamiento.
3. Ejercer las facultades de deliberación y decisión de los asuntos que le competen al
Ayuntamiento, y colaborar en la elaboración de los presupuestos de ingresos y egresos
del Municipio.
4. Formar parte de las comisiones, para las que fueren designados por el Ayuntamiento.
5. Dictaminar e informar sobre los asuntos que les encomiende el Ayuntamiento.
6. Solicitar los informes necesarios para el buen desarrollo de sus funciones, a los diversos
titulares de la Administración Pública Municipal, quienes están obligados a proporcionar
todos los datos e informes que se les pidieren en un término no mayor de veinte días
hábiles.
7. Formular al Ayuntamiento las propuestas de ordenamientos en asuntos municipales, y
promover todo lo que crean conveniente al buen servicio público.
8. Concurrir a los actos oficiales para los cuales se les cite.
9. Las que le determine el Cabildo y las que le otorguen otras disposiciones aplicables.
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3.- Sindicatura Municipal Dependencia: Sindicatura Municipal
Reporta a: H.Cabildo
Escolaridad: No aplica por ser un cargo de elección popular
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Legislación federal, estatal y municipal , medios alternativos de solución de controversias, representación legal del municipio, acciones de control y vigilancia
Objetivo General:
Representar al Ayuntamiento ante todo tipo de autoridades y salvaguardar sus intereses, cuidar la observancia de las leyes vigentes en el territorio municipal e impartir justicia.
Descripción de funciones
1. Representar al Ayuntamiento ante toda clase de autoridades.
2. Ejercer las acciones y oponer las excepciones de que sea titular el Municipio, en
los casos que sean procedentes.
3. Seguir en todos sus trámites los juicios en los que esté interesado el municipio.
4. Presentar denuncia o querella ante la autoridad que corresponda, respecto de las
responsabilidades en que incurran los servidores públicos del municipio en el ejercicio de
sus encargos, por delitos y faltas oficiales.
5. Promover la inclusión en el inventario, de los bienes propiedad del municipio que se
hayan omitido.
6. Cuidar que se observen escrupulosamente las disposiciones de la Ley Orgánica Municipal,
denunciando ante las autoridades competentes cualquier infracción que se cometa.
7. Asistir a los remates públicos en los que tenga interés el Municipio, para verificar que se
cumplan las disposiciones aplicables.
8. Manifestar oportunamente sus opiniones respecto a los asuntos de la competencia del
Ayuntamiento.
9. Gestionar el pago de los créditos civiles del municipio, incluyendo sus accesorios.
10. Tramitar hasta poner en estado de resolución los expedientes de expropiación.
11. Convenir conciliatoriamente con el propietario del bien que se pretende expropiar, el
monto de la indemnización, en los casos que sea necesario.
12. Dar cuenta al ayuntamiento del arreglo o la falta de él, sobre el monto de la
indemnización, a fin de que el cabildo apruebe el convenio o autorice al síndico a entablar
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el juicio respectivo.
13. Sustanciar y resolver el recurso de inconformidad en los términos de la Ley orgánica
Municipal.
14. Vigilar que en los actos del ayuntamiento, se respetes los derechos humanos y se
observen las leyes y demás ordenamientos vigentes.
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4.- Secretaría General Dependencia: Secretaría General
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Legislación federal, estatal y municipal, habilidad para fungir como mediador en conflictos, administración pública
Objetivo General:
Coordinar con eficacia la política interna y externa del municipio, contribuir en la toma de decisiones ante cualquier conflicto social o político que se presente, mediante la proporción de los antecedentes e información relevante y actualizada que sea requerida.
Descripción de funciones
1. Compilar y poner a disposición de cualquier interesado las leyes, decretos, reglamentos,
circulares y órdenes emitidas por el Estado o la Federación que tengan relevancia para la
Administración Pública Municipal.
2. Asistir a las sesiones de Cabildo, con voz pero sin voto.
3. Coordinar y atender en su caso, los encargos que le sean encomendados expresamente
por el Presidente Municipal o el Ayuntamiento, dando cuenta de ellos.
4. Distribuir entre los empleados de la Secretaría las labores que les corresponda.
5. Expedir las certificaciones y los documentos públicos que legalmente procedan, y validar
con su firma identificaciones, acuerdos y demás documentos oficiales emanados del
Ayuntamiento o de la Secretaría.
6. Cuidar que los asuntos de despacho se tramiten dentro de los plazos establecidos por las
leyes.
7. Instar que los encargados de las distintas dependencias de la Administración Pública
Municipal formulen los informes establecidos conforme a la Ley.
8. Auxiliar al Presidente Municipal en la elaboración del inventario anual de bienes
municipales.
9. Tener a su cargo y cuidado el Archivo Municipal.
10. Llevar por sí o por el servidor público que designe los siguientes libros: de actas de
sesiones del Ayuntamiento, de bienes municipales y bienes mostrencos, de registro de
nombramientos y remociones de servidores públicos municipales, de registro de fierros,
marcas y señales de ganado, de registro de detenidos, de entradas y salidas de
correspondencia.
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11. Expedir, en un plazo no mayor de tres días, las constancias de vecindad que soliciten los
habitantes del Municipio.
12. Mantener, bajo su custodia y responsabilidad, los sellos de oficina, los expedientes y
documentos del archivo.
13. Redactar los acuerdos y las minutas de circulares, comunicaciones y demás documentos
que sean necesarios para la marcha regular de los negocios.
14. Rendir por escrito los informes que le pidan el Ayuntamiento, el Presidente Municipal o
cualquier otra autoridad conforme a las disposiciones legales aplicables.
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5.- Contraloría Municipal Dependencia: Contraloría Municipal
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: Licenciatura Deseable: Posgrado
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Contabilidad y administración, leyes y reglamentos de la administración pública federal, estatal y municipal, normas de auditoría de aplicación gubernamental, modernización administrativa, Mejora regulatoria
Objetivo General:
Establecer mecanismos de control, evaluación y auditoria aplicables a las dependencias de la administración pública municipal para el correcto uso del patrimonio y ejercicio del gasto público.
Descripción de funciones
1. Planear, organizar y coordinar el Sistema de Control y Evaluación Municipal.
2. Vigilar el ejercicio del gasto público y su congruencia con el presupuesto de egresos del
Municipio.
3. Vigilar el correcto uso del patrimonio municipal.
4. Formular al Ayuntamiento propuestas para que en el estatuto o reglamento respectivo se
expidan, reformen o adicionen las normas reguladoras del funcionamiento, instrumentos
y procedimientos de control de la Administración Pública Municipal.
5. Vigilar el cumplimiento de las normas de control y fiscalización de las dependencias
municipales.
6. Designar y coordinar a los Comisarios que intervengan en las entidades municipales.
7. Establecer métodos, procedimientos y sistemas que permitan el logro de los objetivos
encomendados a la Contraloría Municipal, así como vigilar su observancia y aplicación.
8. Comprobar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones que en
materia de planeación, presupuesto, ingresos, financiamiento, inversión, deuda,
patrimonio y valores tenga el Ayuntamiento.
9. Asesorar técnicamente a los titulares de las dependencias y entidades municipales sobre
reformas administrativas relativas a organización, métodos, procedimientos y controles.
10. Practicar auditorías al Presidente Municipal, dependencias del Ayuntamiento o entidades
paramunicipales, a efecto de verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los
programas respectivos y la honestidad en el desempeño de sus cargos de los titulares de
las dependencias y entidades municipales y de los servidores públicos.
11. Proporcionar información a las autoridades competentes, sobre el destino y uso de los
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ingresos del Municipio, así como de los provenientes de participaciones, aportaciones y
demás recursos asignados al Ayuntamiento.
12. Vigilar el cumplimiento de normas y disposiciones sobre registro, contabilidad,
contratación y pago de personal, contratación de servicios, obra pública, adquisiciones,
enajenaciones, arrendamientos, usos y conservación del patrimonio municipal.
13. Verificar el cumplimiento de las obligaciones de proveedores y contratistas de la
Administración Pública Municipal.
14. Emitir opinión sobre proyectos de sistemas de contabilidad y control en materia de
programación, presupuestos, administración de recursos humanos, materiales y
financieros, contratación de deuda y manejo de fondos y valores que formule la Tesorería
Municipal.
15. Informar cuando lo requiera el Presidente Municipal o el Síndico, sobre el resultado de la
evaluación, y responsabilidades, en su caso, de los servidores públicos municipales.
16. Recibir y registrar, sin perjuicio de lo que dispongan otros ordenamientos, las
declaraciones patrimoniales de servidores públicos municipales, que conforme a la ley
están obligados a presentar, así como investigar la veracidad e incremento ilícito
correspondientes.
17. Atender las quejas, denuncias y sugerencias de la ciudadanía, relativas al ámbito de su
competencia.
18. Solicitar al Ayuntamiento que contrate al auditor externo en los términos de la ley
Orgánica Municipal.
19. Participar en la entrega-recepción de las dependencias y entidades del Municipio; Vigilar
que el inventario general de los bienes municipales sea mantenido conforme a lo
dispuesto por la Ley.
20. Sustanciar el procedimiento administrativo de determinación de responsabilidades en
contra de los servidores públicos municipales, de acuerdo a la ley en la materia.
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6.- Tesorería Municipal Dependencia: Tesorería Municipal
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínimo: Licenciatura Deseable: Posgrado
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Normatividad de la administración pública federal, estatal y municipal, Contabilidad Gubernamental, conocimientos fiscales, impuestos estatales y federales, Armonización Contable, Administración Pública
Objetivo General:
Administrar el patrimonio municipal. Organizar y vigilar las actividades de programación, presupuestación, control, seguimiento, evaluación del gasto público y su autorización, en términos de la Reglamentación Presupuestal.
Descripción de funciones
1. Coordinar la política hacendaria del Municipio, de conformidad con lo que acuerde el
Ayuntamiento.
2. Ejercer las atribuciones que la legislación hacendaria confiere a las autoridades fiscales
municipales.
3. Dar cumplimiento a las leyes, convenios de coordinación fiscal y demás que en materia
hacendaria celebre el Ayuntamiento con el Estado.
4. Recaudar y administrar los ingresos que legalmente le correspondan al Municipio; los que
se deriven de la suscripción de convenios, acuerdos o la emisión de declaratorias de
coordinación; los relativos a transferencias otorgadas a favor del Municipio en el marco
del Sistema Nacional o Estatal de Coordinación Fiscal, o los que reciba por cualquier otro
concepto; así como el importe de las sanciones por infracciones impuestas por las
autoridades competentes, por la inobservancia de las diversas disposiciones y
ordenamientos jurídicos, constituyendo los créditos fiscales correspondientes.
5. Participar en los órganos de coordinación fiscal y administrativa que establezcan las
leyes.
6. Llevar los registros y libros contables, financieros y administrativos del Ayuntamiento.
7. Elaborar el día último de cada mes, el balance general, corte de caja y estado de la
situación financiera del Municipio, el cual deberá ser aprobado por el Presidente
Municipal y la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal.
8. Diseñar y publicar las formas oficiales de las manifestaciones, avisos y declaraciones, así
como todos los demás documentos fiscales.
9. Solicitar al Síndico el ejercicio de las acciones legales procedentes con fundamento en las
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disposiciones respectivas, así como participar en los términos que establezcan los
ordenamientos aplicables, en la sustanciación de los medios de defensa que sean
promovidos en contra de los actos de las autoridades fiscales del Municipio.
10. Custodiar y ejercer las garantías que se otorguen a favor del patrimonio municipal.
11. Proponer al Ayuntamiento la cancelación de cuentas incobrables.
12. Permitir a los integrantes del Ayuntamiento la consulta de la información que legalmente
le corresponda, dentro del ámbito de su competencia, así como proporcionarla al Órgano
de Fiscalización Superior del Estado, a requerimiento de este último, en términos de esta
Ley y demás aplicables.
13. Proporcionar la información que le soliciten los visitadores nombrados por el Ejecutivo,
que sea procedente legalmente.
14. Proporcionar de manera oportuna al Ayuntamiento todos los datos e informes que sean
necesarios para la formulación de los presupuestos de ingresos y egresos, vigilando que
se ajusten a las disposiciones de esta Ley y otros ordenamientos aplicables, así como
participar en la elaboración de dichos presupuestos.
15. Ejercer y llevar el control del presupuesto del Ayuntamiento e Informar al Ayuntamiento
respecto de las partidas que estén por agotarse, para los efectos procedentes.
16. Formular, bajo la vigilancia del Presidente Municipal, dentro del plazo que señale la ley
aplicable, el informe de la administración de la cuenta pública del Municipio
correspondiente al año inmediato anterior.
17. Elaborar el informe y demás documentos fiscales que deberá remitir el Ayuntamiento a
las autoridades del Estado, de conformidad con la ley de la materia.
18. Elaborar y someter a la aprobación del Ayuntamiento en forma oportuna, el informe de la
cuenta pública municipal, así como los estados de origen y aplicación de recursos y los
informes de avance de gestión financiera, para su remisión al Órgano de Fiscalización
Superior del Estado.
19. Solventar oportunamente los pliegos que formule el Órgano de Fiscalización Superior del
Estado, informando de lo anterior al Ayuntamiento.
20. Participar en la elaboración de los proyectos de leyes, reglamentos y demás
disposiciones relacionadas con el patrimonio municipal.
21. Participar en la elaboración de convenios de coordinación hacendaria que celebre el
Ayuntamiento en los términos de esta Ley y demás leyes aplicables.
22. Auxiliar y representar, en su caso, al Presidente Municipal ante las instancias, órganos y
autoridades de coordinación en materia hacendaria del Estado y la Federación.
23. Proporcionar al auditor externo que designe el Ayuntamiento la información que
requiera y cumplir, en el control interno de los recursos públicos que ejerzan las Juntas
Auxiliares, con las normas, procedimientos, métodos y sistemas contables y de auditoria
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que al efecto establezca al Órgano de Fiscalización Superior del Estado.
7.- Dirección de Seguridad Pública y Vialidad
Dependencia: Dirección de Seguridad Pública y vialidad
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Leyes y reglamentos federales, estatales, y municipales relacionados con la seguridad, Bando de policía y Gobierno de Chignahuapan, técnicas y tácticas policiales, derechos humanos
Objetivo General:
Velar por la seguridad y bienestar de los habitantes, protegiéndolos en sus bienes y en el ejercicio de sus derechos
Descripción de funciones
1. Coordinar las labores de vigilancia que permitan cumplir el Bando de policía y Gobierno
del municipio de Chignahuapan.
2. Prevenir delitos y faltas administrativas mediante la coordinación con instituciones
educativas y sociales para el diseño y ejecución de programas de prevención.
3. Establecer y mantener mecanismos de coordinación con organismos federales, estatales
y municipales, para generar acuerdos y programas que contribuyan al mejoramiento de
las funciones de seguridad pública, tránsito, vialidad y auxilio a la población.
4. Poner a disposición del juez calificador a quienes infrinjan disposiciones de carácter
administrativo, contempladas en el Bando de Policía y Gobierno Municipal, así como la
detención en flagrancia de presuntos delincuentes para presentarlos ante el Ministerio
Público.
5. Organizar, capacitar y dirigir al cuerpo de policía.
6. Proporcionar el auxilio necesario, en caso de siniestro, por conducto del cuerpo de
policía.
7. Coordinarse con el Cuerpo de Bomberos y la unidad encargada de la protección civil y
Tránsito en el Municipio, en caso de que se requiera la cooperación y apoyo de los
elementos de los Cuerpos de Seguridad Pública.
8. Implementar Programas permanentes de Educación Vial, utilizando diversas estrategias
de difusión y aplicación de operativos, para generar conciencia del buen uso de la vialidad
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en los peatones, pasajeros y conductores que transitan en el Municipio.
9. Autorizar y ordenar el retiro de la vía pública de los vehículos, animales y toda clase de
objetos que obstaculicen o pongan en peligro la seguridad de las personas y sus bienes o
el libre tránsito de vehículos.
10. Dirigir y controlar las acciones encaminadas al funcionamiento de la red de semáforos e
instrumentar los señalamientos para el tránsito de vehículos y peatones del Municipio.
11. Coordinarse con la Dirección de Obras Públicas y la Dirección de desarrollo Urbano,
Social y Ecología para el señalamiento de las obras en la vía pública para proteger a la
ciudadanía.
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8.- Sistema Municipal DIF Dependencia: Sistema Municipal del Desarrollo Integral para la familia
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Conocimientos en materia de asistencia social y administración pública
Objetivo General:
Fomentar la participación de la sociedad civil mediante acciones que coadyuven a la transformación de las familias, promoviendo y difundiendo los derechos fundamentales y garantías individuales de las personas, como una herramienta para mejorar las condiciones de vida
Descripción de funciones
1. Promover y prestar servicios de asistencia social y apoyar el desarrollo de la familia y de la comunidad.
2. Realizar acciones de apoyo educativo para la integración social y de capacitación para el trabajo a los sujetos de la asistencia social.
3. Promover e impulsar el sano crecimiento físico, mental y social de la niñez. 4. Coordinarse con el Instituto de Asistencia Pública del Estado y con las Instituciones de
Asistencia Privada para la elaboración de programas de asistencia social. 5. Fomentar y apoyar las actividades que lleven a cabo las instituciones de asistencia, las
asociaciones civiles y a todo tipo de entidades privadas, cuyo objeto sea la prestación de servicios de asistencia social.
6. Crear y operar establecimientos de asistencia social en beneficio de menores en estado de abandono, de ancianos desamparados y de inválidos o incapaces sin recursos.
7. Llevar a cabo acciones en materia de prevención de invalidez, o incapacidad y de rehabilitación de inválidos, en centros no hospitalarios, con sujeción a las disposiciones aplicables en materia de salud.
8. Realizar estudios e investigaciones sobre asistencia social, con la participación, en su caso, de las autoridades asistenciales del Estado.
9. Realizar y promover la capacitación de recursos humanos para la asistencia social. 10. Prestar servicios de asistencia jurídica y de orientación social a menores, ancianos e
inválidos o incapaces sin recursos. 11. Poner a disposición del Ministerio Público los elementos a su alcance para la protección
de incapaces y en los procedimientos civiles y familiares que les afecten, de acuerdo con las disposiciones legales correspondientes.
12. Realizar estudios e investigaciones en materia de invalidez, o incapacidad y participar en programas de rehabilitación y educación especial.
Manual de Organización General del Ayuntamiento de
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Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01
Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015
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13. Proponer a las autoridades correspondientes la adaptación o readaptación del espacio urbano que fuere necesario para satisfacer los requerimientos de autonomía de los inválidos o incapaces.
9.- Dirección de Gobierno Dependencia: Dirección de Gobierno
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Marco constitucional del municipio, métodos alternos de solución de conflictos, nociones de mediación- conciliación, técnicas de negociación
Objetivo General:
Contribuir al fortalecimiento de la estabilidad y paz social en el territorio Municipal, mediante la atención de los asuntos y conflictos de orden político interno, reordenamiento de comercios y atención a juntas auxiliares.
Descripción de funciones
1. Cumplir los planes, programas y actividades que tiendan a fortalecer las relaciones entre las y los ciudadanos, autoridades federales, estatales y Municipales, a efecto de atender la problemática social existente.
2. Vigilar el cumplimiento del bando de policía y gobierno del municipio. 3. Establecer vínculos con los presidentes de juntas auxiliares para conocer de la
problemática de cada comunidad. 4. Mantener constante comunicación con los jueces de paz. 5. Establecer acciones que fomenten y fortalezcan la comunicación y las relaciones con los
Ayuntamientos vecinos y las delegaciones municipales dentro de su circunscripción territorial.
6. Integrar el registro de comerciantes en vía pública, así como diseñar labores tendientes a su reordenamiento.
7. Otorgar, negar y revocar permisos de funcionamiento de empresas comerciales y de servicios.
8. Atender solicitudes para el uso de espacios públicos pertenecientes al ayuntamiento. 9. Brindar autorizaciones para realizar ferias, tianguis y otras actividades en la vía pública. 10. Trabajar con los representantes de la mesa directiva y en su caso con el administrador
para garantizar el buen funcionamiento del Mercado Municipal. 11. Vigilar la legalidad y el correcto desempeño de las elecciones de representantes en el
mercado municipal. 12. Atender y dar seguimiento a los conflictos sociales y políticos que se susciten en el
municipio.
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13. Vigilar y regularizar el comercio de bebidas alcohólicas dentro del municipio y de los sitios de servicios de transporte.
14. Brindar asesoría a las distintas áreas dela ayuntamiento que lo requieran.
10.- Dirección de Fomento Económico Dependencia: Dirección de fomento Económico
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: Licenciatura Deseable: Posgrado
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Planeación estratégica, Desarrollo económico sustentable, Fuentes de financiamiento federales y estatales, Mejora Regulatoria, indicadores macroeconómicos
Objetivo General:
Fortalecer las actividades productivas en el municipio, impulsar la exportación de los productos locales y colaborar en la atracción de inversión nacional y extranjera que permita aprovechar el potencial económico del municipio.
Descripción de funciones
1. Diseñar y promover políticas que generen inversiones productivas y empleos remunerados.
2. Promover programas de simplificación, desregulación y transparencia administrativa para facilitar la actividad económica.
3. Vincular al municipio con cámaras empresariales nacionales y extranjeras. 4. Realizar diagnósticos de los sectores prioritarios susceptibles de inversión. 5. Identificar y agrupar a productores locales para que puedan participar en proyectos
productivos y obtener fondos federales y estatales. 6. Brindar capacitación a productores sobre los lineamientos de exportación vigentes en el
país. 7. Brindar capacitación a emprendedores para promover su desarrollo profesional. 8. Impulsar empresas ya establecidas, con mecanismos que actúen de manera coordinada
para que adquieran tecnología e infraestructura adecuada para entrar a la competitividad global.
9. Consolidar la mejora regulatoria y la simplificación administrativa dentro de la administración pública municipal.
10. Monitorear la implementación del sistema de apertura rápida de empresas en el municipio y reportar sus resultados.
11. Elaborar e impulsar proyectos que permitan obtener recursos federales y de instituciones locales que permitan fortalecer la economía municipal.
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12. En coordinación con el gobierno del estado impulsar el desarrollo de infraestructura industrial y logística.
11.- Dirección de Obras Públicas Dependencia: Dirección de Obras Públicas
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínimo: Licenciatura Deseable: Posgrado
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Arquitectura y/o Ingeniería civil, reglamentación sobre obras públicas, nociones de gasto público municipal, planeación estratégica
Objetivo General:
Planear y coordinar las obras públicas conforme a los programa en cumplimiento a los objetivos y lineamientos del Plan de Desarrollo Municipal atendiendo primordialmente a los requerimientos y necesidades de la población del municipio
Descripción de funciones
1. Programar y proyectar las obras que serán realizadas en el municipio en coordinación con el Presidente Municipal.
2. Coordinarse con la Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología para compartir información sobre las obras programadas.
3. Elaborar los expedientes técnicos de las obras programadas. 4. Supervisar la creación de proyectos de obra pública y desarrollo social. 5. Supervisar los presupuestos generados por cada obra, revisar volúmenes y costos
apoyados por el catálogo de precios unitarios de las dependencias normativas para definir el tipo de asignación de la obra con base en el monto total de la misma.
6. Determinar los procedimientos adecuados para la asignación de las obras. 7. Emplear los recursos humanos y técnicos a su alcance de manera eficiente para realizar
los proyectos de manera ágil. 8. Establecer un programa de mantenimiento de obra pública y lugares públicos del
municipio. 9. Asesorar a presidentes de juntas auxiliares sobre las obras que se lleven a cabo dentro de
su jurisdicción. 10. Favorecer la participación ciudadana dentro de los proyectos de obra pública 11. Atender las peticiones de la ciudadanía sobre sus necesidades de obra pública. 12. Participar en el Comité de Planeación Municipal y dar seguimiento a las resoluciones que
allí se tomen.
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12.- Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología
Dependencia: Dirección de Desarrollo Urbano, social y Ecología
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínimo: Licenciatura Deseable: Posgrado
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Desarrollo sustentable, legislación urbanística federal, estatal y municipal, planeación urbana, sistemas de información geográfica y catastral
Objetivo General:
Vigilar el adecuado ordenamiento de los asentamientos humanos en el territorio municipal mediante el diseño de estrategias y políticas públicas respetuosas del medio ambiente
Descripción de funciones
1. Contribuir a modernizar los instrumentos de planeación urbana del municipio. 2. Dirigir la elaboración del plan de desarrollo urbano sustentable municipal. 3. Diseñar e implementar el reglamento de construcciones para el municipio. 4. Coordinarse con las dependencias pertinentes para la elaboración del atlas de riesgo
municipal. 5. Mejorar los espacios públicos y la imagen urbana para fortalecer la identidad de
municipio. 6. Otorgar permisos de construcción, alineamiento y número oficial, usos de suelo, impacto
ambiental y los demás trámites que sean de su competencia. 7. Coordinar las actividades correspondientes al Catastro Municipal y mantener actualizado
el padrón catastral. 8. Preservar el patrimonio histórico, arquitectónico y cultural del municipio poniendo
especial énfasis en las áreas protegidas. 9. Coordinarse con instituciones de orden federal y estala para garantizar la conservación de
los edificios históricos del municipio. 10. Establecer condiciones que garanticen el manejo y aprovechamiento sustentable de los
recursos naturales. 11. Aplicar la normatividad en materia de control ambiental. 12. Fungir como enlace ante dependencias estatales y federales para la gestión y supervisión
en materia de aprovechamiento de recursos hidráulicos y naturales. 13. Operación y monitoreo de las plantas de tratamiento de aguas residuales del municipio 14. Emitir los lineamientos para el manejo de residuos sólidos dentro de la demarcación del
municipio.
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12.1 Catastro Municipal
Dependencia: Catastro Municipal
Reporta a: Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología
Escolaridad: Mínimo: Licenciatura Deseable: Posgrado
Nivel de Mando: Medio
Conocimientos: Sistemas de información Geográfica y Catastral, Planeación Urbana, Topografía, Leyes y Reglamentos aplicables al catastro.
Objetivo General:
Integrar, conservar y administrar la información geográfica del municipio que permita conformar el padrón catastral y brindar servicios a la ciudadanía que se apeguen a los ordenamientos legales y contribuyan al desarrollo urbano sustentable del Municipio.
Descripción de funciones
1. Planear, organizar, dirigir y evaluar las actividades en materia catastral del Ayuntamiento conforme a las atribuciones y funciones que le otorgan las leyes en la materia.
2. Dirigir la integración y conservación de los Registros Catastrales por medio de los Sistemas Técnicos más adecuado para lograr el conocimiento exacto de las características cualitativas y cuantitativas de los inmuebles.
3. Cuidar que las actividades catastrales, así como todo lo relacionado con los trabajos técnicos sobre fijación y rectificación de los límites de la propiedad pública y privada, se lleven a cabo con estricto apego a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
4. Dirigir y coordinar los trabajos necesarios para determinar en forma precisa la localización de cada predio, mediante su deslinde y medición, para así recabar los elementos jurídicos, económicos, sociales y estadísticos que le corresponda.
5. Supervisar la elaboración de los proyectos de tablas y valores unitarios de terrenos y construcciones y someter para su autorización a las autoridades correspondientes.
6. Expedir los certificados catastrales que se le soliciten, así como los informes, planos y copias de documentos establecidos en los ordenamientos legales aplicables.
7. Establecer los mecanismos que faciliten la atención ciudadana resolviendo sus inquietudes e inconformidades, de una manera eficaz y expedita.
8. Actualizar la información catastral del municipio periódicamente y coordinarse con la Dirección de Obras Públicas, Dirección de Desarrollo Urbano, social y ecología, así como con la Tesorería Municipal para integrar la información de manera correcta.
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12.2Servicios de Imagen Urbana
Dependencia: Servicios de Imagen Urbana
Reporta a: Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología
Escolaridad: Mínimo: Secundaria Deseable: Preparatoria
Nivel de Mando: Medio
Conocimientos: Administración básica, manejo de personal, manejo de herramientas y maquinaria
Objetivo General:
Contribuir a mantener en buen estado las instalaciones municipales así como colaborar en el mejoramiento de la imagen urbana del municipio.
Descripción de funciones
1. Diseñar y dar seguimiento al programa de mantenimiento de las instalaciones en coordinación con los usuarios responsables.
2. Diseñar programas de mantenimiento preventivo y correctivo para las distintas instalaciones municipales.
3. Mantener constante comunicación con todas las áreas municipales para detectar necesidades de mantenimiento.
4. Atender la imagen del municipio dándole mantenimiento a guarniciones, topes, banquetas, calles, manteniéndolo todo en buenas condiciones
5. Colaborar en la instalación y logística de escenarios para eventos especiales. 6. Monitorear y dar mantenimiento a la señalética instalada en el municipio procurando que
siempre se encuentre en buen estado. 7. Realizar proyectos que permitan mejorar el estado de los monumentos, oficinas públicas
y demás instalaciones pertenecientes al municipio. 8. Coordinar las labores de plomería, electricidad, pintura, soldadura y carpintería que se
requiera en el ayuntamiento.
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13.- Dirección de Turismo y Desarrollo Humano
Dependencia: Dirección de Turismo y Desarrollo Humano
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Planeación estratégica, Marco Normativo Turístico, Normas Técnicas turísticas, Cultura Regional, Desarrollo Humano, Organización de Eventos, Administración
Objetivo General:
Fomentar el desarrollo turístico del municipio mediante la promoción y el aprovechamiento de espacios públicos, culturales, deportivos y turísticos y fortalecer los vínculos con la ciudadanía.
Descripción de funciones
1. Desarrollar programas que involucren a prestadores de servicios y sociedad en general para promover la calidad de los servicios turísticos que se brindan en el municipio
2. Coordinarse con las distintas áreas del ayuntamiento para garantizar el mantenimiento de la imagen urbana del municipio como pueblo mágico
3. Organizar ferias y eventos de interés que favorezcan la afluencia de visitantes 4. Colaborar en las labores de organización de eventos de relevancia para el municipio 5. Coordinar las actividades de los distintos institutos a su cargo 6. Vincularse con instituciones educativas y organizaciones de la sociedad civil para realizar
proyectos que impulsen los atractivos turísticos del municipio 7. Fungir como enlace ante dependencias estatales y federales para coordinar proyectos
que fomenten la actividad turística en el municipio 8. Coordinar con las instancias de gobierno correspondiente las labores necesarias para
proteger los derechos de las mujeres 9. Promover las actividades deportivas y de recreación entre los niños y jóvenes del
municipio 10. Con el apoyo de instancias estatales y federales promover programas que mejoren el
estado de salud de los habitantes del municipio 11. Diseñar y coordinar programas de talleres culturales para la población
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13.1Dirección de Arte y Cultura
Dependencia: Dirección de Arte y Cultura
Reporta a: Dirección de Turismo y Desarrollo Humano
Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Medio
Conocimientos: Planeación estratégica, Cultura Regional, Arte, Literatura, Desarrollo Humano, Organización de Eventos, Administración
Objetivo General:
Desarrollar estrategias que favorezcan la promoción y conservación del patrimonio tangible e intangible del municipio e integren a la población en general a las actividades culturales.
Descripción de funciones
1. Rescatar y promover en las localidades las tradiciones y costumbres populares, artísticas y culturales que dan identidad al municipio.
2. Promover exposiciones culturales en coordinación con otras dependencias municipales, estatales y federales.
3. Elaborar y desarrollar programas artísticos y culturales que puedan ser llevados a las comunidades del municipio.
4. Diseñar campañas de difusión de los atractivos culturales con los que cuenta el municipio 5. Brindar a la población en general talleres artísticos y culturales en los espacios destinados
para los mismos. 6. Atender, orientar y dar seguimiento con calidad a los planteamientos de la ciudadanía
sobre los servicios que presta la dependencia.
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13.2 Instituto Municipal de la Mujer
Dependencia: Instituto Municipal de la Mujer
Reporta a: Dirección de Turismo y Desarrollo Humano
Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Medio
Conocimientos: Planeación estratégica, Equidad de Género, marco jurídico y normativo de atención a Mujeres, legal de Desarrollo Humano, Organización de Eventos, Administración
Objetivo General:
Mejorar la calidad de vida de las mujeres del municipio promocionando acciones que garanticen la igualdad de derechos y el acceso a oportunidades diseñando programas que apoyen el desarrollo integral de la mujer.
Descripción de funciones
1. Administrar y representar legalmente al Instituto e intervenir en los convenios, contratos
y otros actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del
Instituto.
2. Construir y fomentar una cultura institucional con perspectiva de género al interior de la
Instancia como en el Ayuntamiento.
3. Trabajar conjuntamente con las dependencias del Ayuntamiento en la creación e
implementación de políticas públicas con perspectiva de género, principalmente con la de
grupos vulnerables.
4. Elaborar programas proyectos u otras acciones tendientes a la prevención, atención,
sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en el municipio.
5. Hacer campañas de promoción de los derechos de las mujeres y de los mecanismos de
apoyo de los que disponen en el municipio y en el estado.
6. Elaborar programas pensando en la atención de mujeres adultas mayores, con
discapacidad, indígenas, mujeres reclusas y en situación de prostitución.
7. Brinda atención cálida y empática a Mujeres sobre problemáticas de violencia o maltrato
y señala las opciones de ayuda disponibles.
8. Realizar talleres informativos para mujeres y programar visitas a hospitales, escuelas,
CERESO y comunidades del municipio.
9. Practicar cuestionarios de diagnóstico de violencia a mujeres y Llevar a cabo un archivo
de diagnósticos de las mujeres que acuden a solicitar ayuda.
10. Brinda información sobre los servicios de apoyo a migrantes poblanos que incluye la
tramitación de visas y localización de personas viven en estados unidos.
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Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015
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13.3 Instituto Municipal de la Juventud
Dependencia: Instituto Municipal de la Juventud
Reporta a: Dirección de Turismo y Desarrollo Humano
Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Medio
Conocimientos: Reglas de operación de programas para la juventud, Desarrollo Humano, Organización de Eventos, Administración
Objetivo General:
Promover mecanismos de inclusión de los jóvenes en actividades provechosas que mejoren sus condiciones de vida y favorezcan el desarrollo de sus habilidades.
Descripción de funciones
1. Administrar y representar legalmente al Instituto e intervenir en los convenios, contratos
y otros actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del Instituto
2. Trabajar para integrar y tener injerencia plena en el desarrollo personal de los jóvenes, potenciándolos psicológica, cultural y profesionalmente, generando iniciativas para beneficios individuales y colectivos en dicho sector.
3. Difundir los derechos, obligaciones y deberes de la juventud. 4. Estar en constante comunicación y relación de trabajo con las diferentes dependencias
del Municipio principalmente con las áreas de Turismo, Cultura y Deporte para elaborar planes y programas de trabajo en forma conjunta, que fomenten la formación integral de la juventud.
5. Garantizar que se promueva una cultura de salud integral entre los jóvenes, que los aliente a participar.
6. Vigilar que se fomente la creación de organizaciones juveniles con cultura de liderazgo social y se apoye a las ya existentes para el desarrollo de proyectos que los beneficien.
7. Celebra convenios de colaboración con instituciones y programas gubernamentales que brinden oportunidades de educación, empleo y esparcimientos para los jóvenes.
8. Promover la implementación de actividades de esparcimiento que alejen a los jóvenes de la delincuencia.
9. Organizar ferias y torneos deportivos en coordinación con el instituto Municipal del Deporte que propicien la integración y activación de los jóvenes del municipio.
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Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015
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13.4 Instituto Municipal del Deporte
Dependencia: Instituto Municipal del Deporte
Reporta a: Dirección de Turismo y Desarrollo Humano
Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Medio
Conocimientos: Actividades Deportivas, Relaciones Públicas, Organización de Eventos, Administración
Objetivo General:
Promover, fomentar, organizar y normar el deporte a través de programas que contribuyan por medio de la actividad física y la recreación elevar la calidad de vida de la población.
Descripción de funciones
1. Administrar y representar legalmente al Instituto e intervenir en los convenios, contratos y otros actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del Instituto.
2. Desarrollar programas que fomentan el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de la cultura física, de las actividades recreativas y del deporte.
3. Fomentar la creación de asociaciones y sociedades deportivas o de cultura física deportiva de cualquier naturaleza, dentro del territorio municipal y llevar un registro de las mismas.
4. Implementar programas tendientes a promover la prevención de la obesidad, de las enfermedades, del delito y de las adicciones.
5. Administrar las instalaciones deportivas que le sean destinadas por el Ayuntamiento 6. Supervisar el cumplimiento de los ordenamientos que apruebe el Ayuntamiento, en
materia de uso de Unidades Deportivas. 7. Instaurar los mecanismos que garanticen la conservación, el buen uso y el óptimo
aprovechamiento de las instalaciones deportivas existentes en el Municipio. 8. Fortalecer la unidad entre los deportistas del Municipio, mediante la coordinación con
las instancias promotoras del deporte. 9. Establecer las acciones pertinentes, para fortalecer la participación del sector público y
privado en los programas del Instituto.
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Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015
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14.- Dirección de Desarrollo Rural
Dependencia: Dirección de Desarrollo Rural
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Planeación estratégica, administración de proyectos, tecnologías de agroindustria, reglas de operación de programas federales y estatales para el campo, normatividad aplicable a su cargo
Objetivo General:
Fomentar el desarrollo rural integral en el municipio a través de la formulación e implementación de programas, proyectos y actividades productivas
Descripción de funciones
1. Dirigir las políticas de la dirección de acuerdo a lo establecido en el Plan Municipal del
Desarrollo.
2. Gestionar ante las instituciones federales, estatales, organismos públicos y privados la
ejecución de planes, programas, proyectos productivos y capacitaciones para la
producción y comercialización de los productores agropecuarios.
3. Promoción de reuniones, foros y participación de diferentes Instituciones de Educación
Superior con propuestas que mejoren los sistemas de producción y plantear alternativas
de tecnologías cuidando al medio Ambiente.
4. Promover y Coordinar Programas que permitan desarrollar los Sistema Producto (Maíz-
Cebada) y Especie Producto (Ovinos – Bovinos).
5. Validar la información a ser capturada en el Sistema Único de Registro de Información de
la SAGARPA.
6. Notificar a autoridades ejidales y municipales de los diferentes programas y actividades
de institución federales, estatales y municipales; de requisitos fechas y ventanillas de
servicio.
7. Identificar necesidades de capacitación en los productores del municipio y brindarla de
acuerdo a sus requerimientos.
8. Fomentar el desarrollo y fortalecimiento de la agroindustria.
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Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01
Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015
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14.1 Coordinación de Gestión y Desarrollo de Proyectos
Dependencia: Coordinación de Gestión y Desarrollo de Proyectos
Reporta a: Dirección de Desarrollo Rural
Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Medio
Conocimientos: Planeación estratégica, administración de proyectos, tecnologías de agroindustria, reglas de operación de programas federales y estatales para el campo, normatividad aplicable a su cargo
Objetivo General:
Impulsar y coordinar las acciones, actividades y estrategias encaminadas a la correcta integración de los proyectos de las diferentes áreas para favorecer la obtención de recursos y beneficios para los productores y usuarios de los programas.
Descripción de funciones
1. Coordinar las actividades tendientes a la correcta integración de los Proyectos de
acuerdo al cronograma y las necesidades de cada una de las dependencias a las que
apoya.
2. Atender a ciudadanos que requieren asesoría sobre la integración de proyectos y brindar
información sobre los requisitos necesarios para acceder a los apoyos.
3. Coordina al personal a su cargo para cumplir oportunamente las fechas de entrega de los
proyectos de cada dependencia
4. Mantener una constante comunicación con la Dirección de Desarrollo Rural, Fomento
Económico y todas aquellas que requieran apoyo en la integración de proyectos.
5. Identificar y generar un cronograma de las fechas límites de entrega de las diferentes
ventanillas de proyectos federales.
6. Contribuir en la integración de proyectos del programa de vivienda digna y aquellos
programas relacionados la Dirección de Obra Pública.
7. Consultar y proponer soluciones alternativas al desarrollo del proyecto cuando éste se
encuentre en situación de riesgo.
8. Brindar asesoría sobre la integración y desarrollo de proyectos a las dependencias del
Ayuntamiento que lo requieran.
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Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015
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15.- Dirección de Servicios Municipales Dependencia: Dirección de Servicios Municipales
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: Secundaria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Manejo de personal
Objetivo General:
Coordinar la prestación oportuna y eficiente de los servicios públicos para garantizar el buen estado de la infraestructura y mejorar la imagen urbana del municipio
Descripción de funciones
1. Coordinar que los servicios públicos se presten de manera regular y continua para
favorecer el mantenimiento de la imagen urbana del municipio.
2. Prever la adecuada prestación de los servicios de limpieza, recolección, traslado,
tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos.
3. Monitorear constantemente las necesidades de orden y limpieza en la zona típica.
4. Mantener en buen estado el alumbrado público y realizar proyectos para su
mejoramiento.
5. Coordinar la prestación del servicio de panteones procurando mantenerlos en estado
óptimo y funcional.
6. Mantener en óptimas condiciones de funcionamiento y limpieza, las calles, monumentos,
parques, fuentes, jardines y demás sitios de uso público.
7. Verificar y evaluar la calidad de los servicios prestados, así como proponer las
adecuaciones necesarias para brindar un mejor servicio a la población.
8. Gestionar administrar y controlar los recursos humanos y materiales destinados a la
prestación de servicios públicos.
9. Coordinarse con las diversas áreas de la administración municipal para realizar proyectos
de mejora de los servicios públicos.
10. Mantener constante comunicación con las áreas del municipio encargadas de eventos
especiales a fin de brindar apoyo y favorecer la adecuada imagen del municipio.
11. Organizar jornadas en juntas auxiliares en coordinación con los habitantes para la
limpieza y mejoramiento de su entorno.
12. Atender las solicitudes ciudadanas de servicios públicos y realizar un seguimiento
puntual.
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Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01
Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015
Núm. de Revisión: 0
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15.1 Coordinación de Alumbrado Público
Dependencia: Coordinación de Alumbrado Público
Reporta a: Dirección de Servicios Municipales
Escolaridad: Mínima: Secundaria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Medio
Conocimientos: Manejo de personal
Objetivo General:
Coordinar la prestación oportuna y eficiente de los servicios de alumbrado público y responde a las solicitudes ciudadanas de mantenimiento y reparación.
Descripción de funciones
1. Otorgar el servicio de iluminación de las vías públicas, parques públicos, y demás espacios
de libre circulación con el objeto de proporcionar la visibilidad adecuada para el normal
desarrollo de las actividades
2. Planear y programar los trabajos de mantenimiento de la red de alumbrado publico
3. Establecer las acciones pertinentes a fin de mejorar el sistema de alumbrado público y al
ahorro de energía
4. Supervisar la elaboración de los reportes diarios de las actividades del personal de campo
5. Supervisar que el personal de la dirección cuente con el material y herramientas
necesarias para desempeñar sus funciones
6. Colaborar en los eventos de las diferentes dependencias del Ayuntamiento para brindar
apoyo en sus necesidades de iluminación.
7. Calendarizar los eventos como ferias y celebraciones municipales para brindar apoyo en
instalaciones y solicitar el material necesario
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Clave: PM/CHIG/MOF/03/2015/01
Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015
Núm. de Revisión: 0
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15.2 Servicio de Limpia Matutino
Dependencia: Servicio de Limpia Matutino
Reporta a: Dirección de Servicios Municipales
Escolaridad: Mínima: Primaria Deseable: Preparatoria
Nivel de Mando: Medio
Conocimientos: Manejo de personal , organización
Objetivo General:
Eficientar los trabajos de recolección y limpieza que se realizan en el Municipio para brindar un buen servicio a la ciudadanía, así como también dar una mejor imagen Urbana.
Descripción de funciones
1. Recibir instrucciones de su jefe inmediato para identificar las prioridades en cuanto a
limpieza que deben ser atendidas
2. Organizar al personal a su cargo para realizar las tareas de limpieza de las distintas áreas
del municipio.
3. Mantener en óptimas condiciones los parques, jardines y áreas verdes municipales.
4. Vigilar el correcto estado de los vehículos para cumplir con las rutas de limpieza
programadas
5. Solicitar a su jefe inmediato materiales, gasolina y equipo necesario para el desempeño
adecuado del personal a su cargo.
6. Supervisar la elaboración de los reportes diarios de las actividades del personal de campo.
7. Atender demandas ciudadanas en cuanto a las necesidades de aseo urbano y limpia.
8. Realizar programas de limpieza con la finalidad de crear una cultura y actitud de
prevención en las comunidades y juntas auxiliares del municipio.
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Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015
Núm. de Revisión: 0
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15.3 Servicio de Limpia Vespertino
Dependencia: Servicio de Limpia Vespertino
Reporta a: Dirección de Servicios Municipales
Escolaridad: Mínima: Primaria Deseable: Preparatoria
Nivel de Mando: Medio
Conocimientos: Manejo de personal, organización
Objetivo General:
Eficientar los trabajos de recolección y limpieza que se realizan en el Municipio para brindar un buen servicio a la ciudadanía, así como también dar una mejor imagen Urbana.
Descripción de funciones
1. Recibir instrucciones de su jefe inmediato para identificar las prioridades en cuanto a
limpieza que deben ser atendidas
2. Organizar al personal a su cargo para realizar las tareas de limpieza de las distintas áreas
del municipio.
3. Mantener en óptimas condiciones los parques, jardines y áreas verdes municipales.
4. Vigilar el correcto estado de los vehículos para cumplir con las rutas de limpieza
programadas
5. Solicitar a su jefe inmediato materiales, gasolina y equipo necesario para el desempeño
adecuado del personal a su cargo.
6. Supervisar la elaboración de los reportes diarios de las actividades del personal de campo.
7. Atender demandas ciudadanas en cuanto a las necesidades de aseo urbano y limpia.
8. Realizar programas de limpieza con la finalidad de crear una cultura y actitud de
prevención en las comunidades y juntas auxiliares del municipio.
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Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015
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15.4 Servicios Generales
Dependencia: Servicios Generales
Reporta a: Dirección de Servicios Municipales
Escolaridad: Mínima: Primaria Deseable: Preparatoria
Nivel de Mando: Medio
Conocimientos: Manejo de personal, organización
Objetivo General:
Conservar, restaurar y mantener en óptimas condiciones los edificios del ayuntamiento, así como el apoyo logístico en eventos especiales.
Descripción de funciones
1. Programar y llevar a cabo el mantenimiento preventivo y correctivo en materia de
plomería, carpintería, albañilería y electricidad de todas las áreas del ayuntamiento.
2. Apoyar en las actividades cuando se tenga que realizar la colocación de instalaciones
para eventos especiales ya sean culturales o sociales (colocar templetes, mamparas,
limpieza, etcétera) del municipio.
3. Establecer medidas preventivas para evitar el deterioro de las áreas del ayuntamiento
que presentan mayor afluencia de usuarios.
4. Solicitar a su jefe inmediato materiales y equipo necesario para el desempeño adecuado
de sus actividades.
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Fecha de Elaboración: 04 Marzo 2015
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16.-Dirección de Salud Municipal Dependencia: Dirección de Salud Municipal
Reporta a: Presidente Municipal
Escolaridad: Mínima: Licenciatura Deseable: Posgrado
Nivel de Mando: Superior
Conocimientos: Reglas de operación de programas de salud, Bases de la Salud Pública, Facilidad para las Relaciones Humanas, Formación Académica en el Estudio de Medicina Preventiva y Atención, Oportuna de Padecimientos Físicos y Mentales.
Objetivo General:
Dirigir actividades médicas y administrativas, que promuevan la salud y la sanidad en el municipio enfocándose en labores de prevención de enfermedades y el mejoramiento de los niveles de vida de los habitantes de Chignahuapan.
Descripción de funciones
1. Coordinar las actividades de fomento a la salud con los comités locales y municipales.
2. Revisar que las incapacidades otorgadas a los trabajadores reúnan todos los requisitos
necesarios conforme a la ley.
3. Apoyar y coordinar las campañas de salud nacionales establecidas con las Autoridades
Estatales y Municipales.
4. Coordinar con las Direcciones del H. Ayuntamiento todas las actividades que conlleven al
cuidado de la salud.
5. Coordinar que los programas establecidos por las autoridades de salud incluyan a todos y
cada uno de los habitantes del Municipio.
6. Detectar todos los focos infecciosos que influyan en la proliferación de fauna nociva que
pueda originar enfermedades en la población.
7. Realizar proyectos de cuidado de la salud y prevención de enfermedades. Acudir a las
diversas Instituciones Estatales y Federales para llevarlos a cabo.
8. Realizar Jornadas Médicas gratuitas para la población tanto en la Cabecera Municipal
como en las localidades, todas enfocadas en la prevención.
9. Coordinar las Campañas de Esterilización Canina y Felina en todo el Municipio.
10. Formular el Plan Operativo Anual.
11. Presentar el informe trimestral de actividades al Presidente Municipal.
12. Presentar informe anual de actividades al Presidente Municipal.
13. Formular la propuesta de Ingresos para el Ejercicio Fiscal siguiente.
14. Autorizar los periodos vacacionales del personal a su cargo.
15. Vigilar que la operación de la Dirección se realice con los principios de eficiencia, justicia,
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equidad de género y legalidad.
16.1-Instituto Municipal de la Salud
Dependencia: Instituto Municipal de la Salud
Reporta a: Dirección de Salud Municipal
Escolaridad: Mínima: Preparatoria Deseable: Licenciatura
Nivel de Mando: Medio
Conocimientos: Reglas de operación de programas de salud, Desarrollo Humano, Organización de Eventos, Administración
Objetivo General:
Favorecer la protección de la salud de los habitantes del municipio por medio de la coordinación con instancias estatales y federales que brinden asistencia en salud.
Descripción de funciones
16. Administrar y representar legalmente al Instituto e intervenir en los convenios, contratos y otros actos jurídicos que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos del Instituto.
17. Analizar la problemática municipal en materia de Salud para proponer soluciones que la combatan eficazmente.
18. Difundir y establecer una Cultura de Salud y detectar las necesidades de su comunidad en esta materia.
19. Realizar vinculación con las distintas dependencias, para realizar la promoción y acción de los distintos rubros de salud.
20. Recopilar la información necesaria que ofrezca el departamento que contribuya a la toma de decisiones sobre aspectos de salud en el municipio.
21. Integrar y entregar los diferentes tipos de reportes de las acciones realizadas por el instituto y concertar con su jefe inmediato sobre las acciones a realizar.
22. Acercar a la ciudadanía los diferentes tipos de servicios de salud a través de campañas, eventos y actividades.
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XI.- Directorio
Regidor de Gobernación, Justicia y Seguridad Pública
C. Ulises Rivera Huerta Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Regidor de Industria, Comercio, Agricultura y Ganadería
Prof. Rafael López Mota. Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Regidor de Patrimonio y Hacienda Pública
Lic. José Salvador Méndez Morales Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Regidora de Salubridad y Asistencia Pública. Enfra. Ilse Ivette Carmona González.
Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Regidora de Desarrollo Urbano, Ecología, Medio Ambiente, Obras y Servicio Público.
C. Verónica Cerón Herrera Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Regidora de Educación Pública y Actividades Culturales, Deportivas y Sociales
Profa. Ma. Irma Yolanda Alcalá González Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Regidor de Grupos Vulnerables, Juventud y Equidad entre Géneros.
C. Otilio Serrano Rivera
Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19
Síndico Municipal
Lic. José Luis González Rodríguez Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19 Ext. 110
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Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Regidora de Turismo
Enfra. Rocío Aurora Sosa Zamarripa Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19 Ext. 110 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Secretario General Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19 Ext. 105 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Director General de Seguridad Pública
Telf. 01 797 971 43 37
01 797 971 00 19 Ext. 116 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Tesorero Municipal
Telf. 01 797 971 00 14
01 797 971 00 19 Ext. 113 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. tesorerí[email protected]
Director de Gobernación Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Contralora Municipal Telf. 01 797 971 15 78
01 797 971 00 19
Dirección de Fomento Económico Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19
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Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. contralorí[email protected]
Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Dirección de Obras Públicas Telf. 01 797 971 19 00
01 797 971 00 19 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Dirección de Arte y Cultura Telf. 01 797 971 15 78
01 797 971 00 19 Aldama No.19. Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Dirección de Desarrollo Urbano, Social y Ecología
Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Dirección de Desarrollo Rural Telf. 01 797 971 41 42
01 797 971 00 19 Morelos No.10. Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Dirección de Turismo y Desarrollo Humano
Telf. 01 797 971 15 78
01 797 971 00 19 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
Dirección de Servicios Municipales
Telf. 01 797 971 00 77
01 797 971 00 19 Palacio Municipal S/N Colonia Centro, CP 73300 Chignahuapan, Puebla. [email protected]
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XII.- Glosario de términos
- Manual de organización y funciones: es un documento detallado que contiene marco
jurídico, organización, objetivo y funciones de la dependencia o entidad, constituyéndose
además en un instrumento de apoyo administrativo, que describe las relaciones orgánicas
que se dan entre las unidades administrativas, siendo ello, un elemento de apoyo a su
funcionamiento.
- Organigrama: Representación gráfica de la estructura formal de una organización y/o
institución que muestra las interrelaciones, las funciones, los niveles jerárquicos, las
obligaciones y la autoridad existentes dentro de ella.
- Descripción de puestos: herramienta empleada para identificar las tareas por cumplir y las
responsabilidades que implica cada uno de los puestos de la organización.
- Puesto: es la unidad impersonal de trabajo integrada por un conjunto homogéneo de
tareas, responsabilidades y requisitos para el cumplimiento de una o varias funciones y el
logro de los objetivos de una o varias áreas administrativas.
- Función: conjunto de actividades afines y coordinadas, necesarias para alcanzar los
objetivos de una institución de cuyo ejercicio generalmente es responsable un órgano o
unidad administrativa; se definen a partir de las disposiciones jurídico-administrativas.
- Escolaridad: se refiere al grado de estudios mínimo deseado para el puesto que se
describe para que los objetivos asignados al puesto puedan ser alcanzados.
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XIII.- Validación
Manual de organización General del Ayuntamiento de
Chignahuapan 2014-2018
Validación
Elabora Contralora Municipal
C.P Nohemí León Islas
Autoriza Presidente Municipal
Lic. Juan Enrique Rivera Reyes
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