2014-Régimen Laboral Para Empresas y Exportadores - Contratación

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CONTRATACION LABORAL Y SUS CAUSALES DE TERMINACION Aurelio Soto Barba

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regimenes laborales

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CONTRATACION LABORAL Y SUSCAUSALES DE TERMINACIONAurelio Soto Barba1Elementos esenciales del contrato de trabajoPrestacin personal deservicios

RELACIONLABORAL

RemuneracinSubordinacinElementos esenciales del contrato de trabajoPrestacin

La realiza una persona natural. EPsrdeestcaacrincter indelegable.de servicios

Node

e auxiliares o subcontrataciones.admitserviciosRemuneracinSubordinacin

Contraprestacin por servicios prestados. Se paga en dinero o especie.

Es de libre disposicin del trabajador.

Trabajadorofrecesuactividadal empleador para que ste la dirija.

Elempleadorpuededirigir,fiscalizary sancionar.

Diferencias con el contrato de locacin de serviciosDerecho delTrabajo

Derecho CivilSubordinacin

AutonomaContrato de trabajoRenta de quinta categora

Contrato delocacin de

servicios

Renta de cuarta categora

Sistemas de contratacin laboralContratacinDirecta

Plazo indeterminadoLaboralPlazo fijoTiempo parcialSemilaboralModalidades formativasContratacinindirecta

Empresas deserviciosCooperativas de trabajadoresContrato a plazo indeterminadoEs la regla general en el Derecho Laboral.

No requiere estar por escrito. Puede ser celebrado verbalmente.

Para ponerle fin se requiere de una causa justificada regulada por Ley.

En caso de despido arbitrario se debe pagar una indemnizacin la cual se calcula en base a la antigedad del trabajador: 1.5 sueldos por ao de servicios, con un tope de 12 remuneraciones.

Contrato a plazo fijo (sujeto a modalidad)Es la excepcin en el Derecho Laboral. La temporalidad del contrato debe obedecer a alguna de las causas objetivas permitidas por Ley. El contrato debe prever el fundamento y justificacin de la modalidad utilizada.

El contrato tiene que ser por escrito y debe ser presentado y registrado ante el

Ministerio de Trabajo para su validez.

Se puede contratar a cualquier trabajador bajo estos contratos; sin embargo,

los trabajadores a tiempo indefinido que cesan no pueden ser recontratados

bajo este tipo de contrato, salvo que haya transcurrido un ao desde el cese.

Cada modalidad establece un plazo mximo de duracin. El plazo mximo en

modalidades combinadas es de 5 aos.

Tipos de contrato a plazo fijoDE NATURALEZA TEMPORALDE NATURALEZAACCIDENTALPOR OBRA O SERVICIO

Por inicio de actividad.

Por necesidades del mercado.

Por reconversin empresarial.Ocasional.

Suplencia.

De emergencia.Para obra determinada o servicio especfico.

Intermitente.

De temporada.

Tipos de contrato a plazo fijo (sujeto a modalidad)ModalidadUsoDuracin mxima

Por inicio o incremento de actividadPor inicio de una nueva actividad empresarial, lo cual incluye el inicio de la actividad productiva, el incremento de las

actividades ya existentes o la apertura de nuevos establecimientos.3 aos

Por necesidades de mercadoAtender un incremento coyuntural de la produccin originados por variaciones sustanciales de la demanda aun cuando se trate de labores ordinarias y que no puede ser satisfecha con el personal permanente.5 aos

Por reconversin empresarialCuando se sustituyen, amplan o modifican las actividades desarrolladas en la empresa, como una variacin de carcter tecnolgico, de equipos y procedimientos productivos.2 aos

Tipos de contrato a plazo fijo (sujeto a modalidad)ModalidadUsoDuracin mxima

OcasionalPara atender necesidades transitorias, distintas a la actividad habitual de la empresa.6 meses al ao

SuplenciaSe sustituye a un trabajador estable de la empresa que ha suspendido su vnculo laboral por una causa justificada.No hay

EmergenciaPara cubrir necesidades producidas por hechos fortuitos o fuerza mayor.No hay

IntermitentePara realizar actividades que por su naturaleza son permanentes pero discontinuas.No hay

Tipos de contrato a plazo fijo (sujeto a modalidad)ModalidadUsoDuracin mxima

Para obra determinada o servicio especficoSe contrata para cumplir un objetivo determinado, ya sea

material o intelectual, o un servicio especfico. Es decir se exige un resultado. El plazo ser el que resulte necesario para la culminacin de la obra. (*)No hay

TemporadaPara cubrir necesidades del giro del negocio que slo se presentan en determinadas pocas del ao y que estn sujetas

a repetirse en periodos equivalentes.No hay

Contrato a tiempo parcial (part time)Es aquel que tiene una jornada de trabajo inferior a 4 horas diarias, en promedio semanal.

El contrato tiene que constar por escrito y debe ser registrado ante el

Ministerio de Trabajo.

Las personas contratadas bajo esta modalidad tienen derecho a todos los beneficios laborales menos para aquellos cuya norma exige como requisito el como mnimo una jornada de 4 horas diarias, tales como:

Compensacin por tiempo de servicios.

30 das de vacaciones e indemnizacin vacacional.

Indemnizacin por despido arbitrario.

Modalidades formativas laboralesLas modalidades formativas son tipos especiales de convenios que relacionan el aprendizaje terico y prctico mediante el desempeo de tareas programadas de capacitacin y formacin profesional (Artculo 1 de la Ley No. 28518).

Presupone la ausencia de una finalidad productiva (que la actividad tenga por finalidadlaobtencindealgningresoeconmico) paraas, excluira estas actividades del mbito de proteccin del derecho del trabajo.

No estn sujetos a las normas laborales vigentes, sino a la Ley No. 28518 y suReglamento.

Los tipos de convenios son:

a)Aprendizaje con predominio en la empresa.

b)Aprendizaje con predominio en el centro formativo (prcticas pre profesionales)

c)Prctica profesional.

d)Capacitacin laboral juvenil.

e)Pasanta en la empresa.

f)Pasanta de docentes y catedrticos.

g)Actualizacin para la reinsercin laboral.

Modalidades formativas laboralesTipo de poblacinPersonas que notrabajan ni estudian

Personas con estudios pero confalta de experiencia laboral

Personas que necesitanactualizacinTipo de Mo dal ida d Fo rm ati va La bo ral

CapacitacinLaboral Juvenil

Aprendizaje conPredominio en la EmpresaAprendizaje con Predominio en el Centro de Formacin Profesional Prctica PreprofesionalPasanta en la Empresa(CETPRO / Centro Educativo)Prctica Profesional

Pasanta de Docentes y CatedrticosActualizacin para laReinsercin LaboralResumen: Contratacin LaboralActividades externas.Locacin de servicios /Recibos por honorarios profesionales

ContratacindebedemostrarIndependencia:- Inters por resultados.- No direccin: slo coordinacin.- Asuncin de riesgos econmicos.- Pluralidad de clientes.- Especializacin del servicio o producto.Contratos a plazoindeterminado Regla general de la contratacin laboral.Contratos a plazo fijo

Detalle de causa temporal en el contratoy verificacin de ella en la realidad.Convenios de prcticas

Observancia de formalidades.Rgimen deContratacin deTrabajadoresExtranjerosContratacin de Trabajadores Extranjeros/ LmitesLa contratacin de trabajadores extranjeros est sujeta al rgimen laboral dela actividad privada y debe ser autorizada por la Autoridad Administrativa deTrabajo.

Asimismo, la regulacin establece los siguientes lmites para la contratacin:

1. Lmite en cuanto al nmero de trabajadoresContratar personal extranjero en una proporcin de hasta el 20% del nmero totalde sus trabajadores empleados y obreros, considerados estos en forma conjunta.

2. Lmite en cuanto al monto de remuneracionesEl monto de las remuneraciones del personal extranjero no podr exceder el 30%total del la planilla de remuneraciones de la empresa.

Exoneracin a los Lmites de ContratacinEn algunos casos se permite la contratacin de personal extranjero por encima de los lmites antes sealados.

a)Personal profesional o tcnico especializado.b)Personaldedireccin y/ogerencial

de

unanueva actividad

empresarialoencasodereconversin empresarial.c)Profesionalescontratados para la enseanza superior o enseanza bsica o secundaria en colegios particulares nacionales o en centros especializados de enseanza de idiomas.d)Personal de empresas del Sector pblico o de empresas privadasquetengancelebradoscontratoscon organismos, instituciones o empresas del Sector Pblico.e)Cualquier

otrocasoque seestablezcaporDecreto Supremo,respetando

loscriteriosdeespecializacin, calificacin o experiencia.Se debe cumplir la forma y presentar un contrato de trabajo ante la autoridad administrativa de trabajo.Excepciones a las reglas de Contratacin de extranjerosSon casos en los que no se aplican las reglas de contratacina)Al extranjero con cnyuge, ascendiente, descendientes, o hermanosperuanos.b)Al extranjero con calidad de inmigrante.c)

Al extranjerocon cuyo pas de origen existaconvenio de reciprocidad laboral o de doble nacionalidad (no existe convenio con Japn)d)Al personalde empresas extranjeras dedicadasal servicio internacionalde transporte terrestre, areo o acuticocon bandera y matriculaextranjera.e)Al personal extranjero que labore en empresas de servicios o bancos multinacionales, sujetos a las normas legales para estos casos especficos.f)Alpersonalextranjeroque,envirtuddeconveniosbilateraleso multilaterales celebrados por el Gobierno del Per, prestare sus serviciosen el pas.g)Al inversionista extranjero, haya o no renunciado a la exportacindel capitaly utilidades de su inversin, siempre que tenga un monto permanente de inversin durante la vigencia del contrato no menor de 5UIT.h)Los artistas, deportistas y los que acten en espectculos pblicos duranteSe regirn por las muisnmpearsondoor mxsimdeo dcoen3tmraetasecsianl aapol.icables a los trabajadores peruanos.Extincin de laRelacinLaboralEfectos de la Extincin del Contrato de TrabajoPagar remuneracinEMPLEADOR

ContratoTrabajo

TRABAJADORPoner a disposicin sus serviciosLa extincin del contrato de trabajo cesa definitivamente la obligacin de laspartes de brindar las prestaciones que se encontraban a su cargo. Para laextincin del contrato de trabajo, deben observarse los siguientes principios: (i)

causalidad y (ii) tipicidad.

Principios que operan para la extincin del contrato de trabajoCausalidad

Tipicidad La extincin del contrato detrabajo debe obedecer a una causadebidamente comprobada. El derecho a la estabilidad en el empleo exige que legislador regulelascausasque permitirn extinguir el contrato de trabajo

Lascausales

deben encontrarseprevistas expresamente en la ley, antes de que se incurra en alguna de ellas.Causales de extincin del contrato de trabajoCAUSAS DE EXTINCION

a)El fallecimiento del trabajador o del empleador si espersona natural.

b)La renuncia o retiro voluntario del trabajador.

c)Laterminacinde

laobra oservicios,el cumplimientode

lacondicinresolutoriayel vencimiento del plazo en los contratos legalmente celebrados bajo modalidad.

d)El mutuo disenso entre trabajador y empleados.

e)La invalidez absoluta y permanente.

f)La jubilacin.

g)El despido, en los casos y forma permitidos por la

Ley.

h)Laterminacindelarelacinlaboralporcausa objetiva, en los casos y forma permitidos por la Ley.

Causales de extincin del contrato de trabajoCausalDetalleRequisitos

El fallecimiento del trabajador Esta causal obedece al elemento esencial de la prestacin personal del contrato de trabajo. Verificacin del fallecimiento de la persona (Poder Judicial en caso de muerte presunta).

El fallecimiento del empleador si es persona natural En este caso recae en la misma persona la figura de empleador y de dueo de la persona jurdica. Que se verifique la muerte del empleador (Poder Judicial en caso de muerte presunta).

La renuncia o retiro voluntario del trabajador Decisin unilateral del trabajador de concluir el vnculo laboral. La puesta del trabajador a disposicin de su cargo, aceptada por el empleador, equivale a una renuncia Comunicar la renuncia:Por escrito; y,Dentro del plazo de 30 das de anticipacin. Trabajador puede solicitar exoneracin del plazo de preaviso.

Causales de extincin del contrato de trabajoCausalDetalleRequisitos

Cumplimiento de la condicin resolutoria Supuesto de hecho que marca la terminacin del contrato de trabajo. La condicin resolutoria debe ser:Lcita, no contravenir lo dispuesto en las leyes o en las buenas costumbres; y,Posible fsica y jurdicamente. De no cumplir con los requisitos, lacondicin se entender por no puesta.

Vencimiento del plazo de contratos temporales Modalidades de contratacin a plazo fijo (ver Punto 4: Formas de contratacin Ver Punto 4: Formas de contratacin.

Mutuo disenso entre trabajador y empleador Voluntad de ambas partes de dar por terminada la relacin laboral. El acuerdo de cese por mutuo disenso deba constar por escrito o en la liquidacin de beneficios sociales.

Causales de extincin del contrato de trabajoCausalDetalleRequisitos

La invalidez absoluta y permanente La declaracin de incapacidad permanente faculta al empleador a cesar inmediatamente al trabajador a partir del momento en que sea notificado con el Dictamen de la Comisin Mdica o la entidad que corresponda.A solicitud de las unidades operativas de prestaciones econmicas: (i) cuando laincapacidad tuviera ms de 150 das consecutivos; o, (ii) cuando tuviera ms de 310 das no consecutivos en un lapso de 720 das.Cuando la declaratoria deincapacidad permanente no hubiese sido efectuada, el empleador podr solicitarla a: (i) Essalud; (ii) el Ministerio de Salud; o, (iii) la Juntade Mdicos designada por el Colegio de Mdicos del Per.

Causales de extincin del contrato de trabajoCausalDetalleRequisitos

Jubilacin obligatoria por decisin del empleador La jubilacin es obligatoria para el trabajador no jubilado, que tenga derecho a pensin de jubilacin, y siempre que el empleador se comprometa a otorgarle un beneficio adicional. Para aplicar a esta causal, el empleador deber comunicar por escrito al trabajador El cese se produce en la fecha en queel SNP o el SPP reconoce la pensin Entregar el monto adicional a al pensin equivalente a la diferencia entre la pensin a la que el trabajador tuviera derecho y el 80% de la ltima rem. ordinaria percibida por el mismo. El beneficio no puede exceder del100% de la pensin y su importe debeser reajustado peridicamente (con lapensin). La entrega del monto adicional se extingue con el fallecimiento del beneficiario

Causales de extincin del contrato de trabajoCausalDetalleRequisitos

Jubilacin obligatoria y automtica La jubilacin es obligatoria yautomtica cuando trabajador cumplasetenta aos de edad, salvo pacto encontrario. Que no exista pacto en contrario. El pacto en contrario puede ser expreso o tcito.

El despido, en los casos y forma permitidos por la Ley Laextincinseproduceporla decisin unilateral del empleador. Sustentarse en causa prevista por laLey. Seguir el procedimiento.

Terminacin de la relacin laboral por causa objetiva, en los casos y forma permitidos por Ley. La extincin se produce por causasprevistas en la Ley. Las causas son: a) caso fortuito o fuerza mayor, b) motivos econmicos, tecnolgicos, estructurales oanlogos, c) disolucin y liquidacin de la empresa, d) reestructuracin empresarial en un procedimiento concursal. Sustentarse en causa prevista por laLey. Seguir el procedimiento y comunicar a la autoridad administrativa de trabajo.

DespidoCausales de Despido El Despido es la decisin unilateral del empleador de extinguir el vnculo laboral.

Esta decisin slo es vlida si se motiva en una causa prevista legalmente (falta grave)ydebidamentecomprobada,paralocualesnecesarioseguirel procedimiento tambin previsto por ley.

Relacionadas con la Capacidad del trabajador

Relacionadas con la Conducta del trabajador

Detrimento De facultad Fsica o mentalComisin de falta grave

RendimientodeficienteCAUSASCondena penal por delito doloso

Negativa injustificada a examen mdicoInhabilitacin deltrabajadorFaltas Gravesa)El incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el quebrantamiento de la buena felaboral.

b)La reiterada resistencia a rdenes relacionadas con el servicio para el cual el trabajador fue contratado, o con el tiempo y lugar de trabajo. La reiterada paralizacin intempestiva de labores.

c)La inobservancia grave del Reglamento Interno de Trabajo o de Seguridad e Higiene Industrial.

d)La disminucin deliberada y reiterada en el rendimiento de labores o del volumen o calidad deproduccin.

e)Retencin o utilizacin indebida de bienes y servicios del empleador, o la apropiacin consumada o frustrada de los mismos.

f)El uso o entrega a terceros de informacin reservada. La sustraccin o utilizacin no autorizada de documentos. La informacin falsa al empleador con la intencin de causarle perjuicio u obtener una ventaja.

g)La concurrencia reiterada en estado de embriaguez o bajola influencia de drogas o sustancia

estupefacientes.

h)Actos de violencia, o grave indisciplina. Injuria y falta de palabra hacia el empleador, sus representantes u otros trabajadores.

i)El dao intencional a los edificios, instalaciones, obras, maquinarias, instrumentos, documentacin,

materias primas y dems bienes de propiedad de la empresa o en posesin de sta.

j)El abandono de trabajo. La impuntualidad reiterada.

Procedimiento del DespidoPASO 1

Emplazamiento del trabajadorEnvo de una carta escrita sealando la causa de despido (hechos que configuran las faltas).

PASO 2

Descargos del trabajadorEl trabajador ejerce su derecho de defensa. Cuando la falta se encuentra relacionada con la conducta o la capacidad, el plazo para responder es de 6 das.

PASO 3

Remisin de la carta de despidoLuego de recibidos los descargos o vencidos los 6 das sin que el trabajador los presente, el empleador puede

despedir al trabajador.

Se enva al trabajador una carta simple en la que se

indique de modo preciso la causa y la fecha de cese.

Gracias.