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613 19.ª SESIÓN (Matinal) LUNES 1.° DE MARZO DE 1993 PRESIDENCIA DEL SEÑOR CARLOS TORRES Y TORRES LARA SUMARIO Se pasa lista.— Se abre la sesión.— Se aprueban las Actas co- rrespondientes a las sesiones celebradas los días miércoles 24 y jueves 25 de febrero del año en curso.— Con algunas modifica- ciones y adiciones, se aprueban los artículos 5.°, 6.°, 7.°, 8.° y 9.° de la Constitución vigente (que en el nuevo texto constitucional se- rían, respectivamente, los artículos 4.°, 5.°, 6.°, 8.° y 9.°) correspon- dientes al Capítulo II, De la Familia. Seguidamente, se aprueba un artículo adicional en virtud del cual se garantiza la vida del concebido, protegiéndole de toda experimentación genética. Pos- teriormente, se reserva el debate del artículo 10.° de la Constitu- ción, referido al derecho de la familia de contar con una vivien- da decorosa.— Se aprueban los artículos 12.°, 13.° y 15.° de la Constitución vigente (que en el nuevo texto constitucional serían los artículos 10.°, 11.° y 12.°), que corresponden al Capítulo III, De la Seguridad Social, Salud y Bienestar. Asimismo, se reserva, mediante una cuestión previa, el estudio del artículo 14.° del Texto Constitucional, relativo al Instituto Peruano de Seguridad So- cial, para verse en conjunto con el capítulo denominado Del Tra- bajo.— Se levanta la sesión. El señor PRESIDENTE.— Se da inicio a la sesión. Se pone en consideración de los señores miem- bros de la Comisión las actas correspondientes a las sesiones de los días 24 y 25 de febrero del año en curso. Si ningún señor congresista formula observacio- nes, se darán por aprobadas. (Pausa). Aprobadas. Damos la bienvenida a la doctora Gloria Helfer, que participa en la presente sesión debido a la inasistencia del señor Henry Pease, quien, como hemos informado, ha viajado al norte del país hoy. Con algunas modificaciones y adiciones, se aprueban los artículos 5.°, 6.°, 7.°, 8.° y 9.° de la Constitución vigente (que en el nuevo —A las 10:00 horas, bajo la Presidencia del señor Carlos Torres y Torres Lara, se pasa lista, a la que contestan los señores congresistas Carlos Fe- rrero Costa, Víctor Joy Way Rojas, César Fernán- dez Arce, Róger Cáceres Velásquez, Pedro Vílchez Malpica y Guillermo Ysisola Farfán (accesitario). Con licencia, los señores Henry Pease García y Samuel Matsuda Nishimura. Ausente con aviso, la señora Martha Chávez Cossío (10:30). Ausente, la señora Lourdes Flores Nano. Iniciada la sesión, ingresan los señores Enrique Chirinos Soto (10:30), Fernando Olivera Vega (10:35) y José Barba Caballero (11:00).

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19.ª SESIÓN(Matinal)

LUNES 1.° DE MARZO DE 1993

PRESIDENCIA DEL SEÑOR CARLOS TORRES Y TORRESLARA

SUMARIOSe pasa lista.— Se abre la sesión.— Se aprueban las Actas co-rrespondientes a las sesiones celebradas los días miércoles 24 yjueves 25 de febrero del año en curso.— Con algunas modifica-ciones y adiciones, se aprueban los artículos 5.°, 6.°, 7.°, 8.° y 9.° dela Constitución vigente (que en el nuevo texto constitucional se-rían, respectivamente, los artículos 4.°, 5.°, 6.°, 8.° y 9.°) correspon-dientes al Capítulo II, De la Familia. Seguidamente, se apruebaun artículo adicional en virtud del cual se garantiza la vida delconcebido, protegiéndole de toda experimentación genética. Pos-teriormente, se reserva el debate del artículo 10.° de la Constitu-ción, referido al derecho de la familia de contar con una vivien-da decorosa.— Se aprueban los artículos 12.°, 13.° y 15.° de laConstitución vigente (que en el nuevo texto constitucional seríanlos artículos 10.°, 11.° y 12.°), que corresponden al Capítulo III,De la Seguridad Social, Salud y Bienestar. Asimismo, se reserva,mediante una cuestión previa, el estudio del artículo 14.° del TextoConstitucional, relativo al Instituto Peruano de Seguridad So-cial, para verse en conjunto con el capítulo denominado Del Tra-bajo.— Se levanta la sesión.

El señor PRESIDENTE.— Se da inicio a lasesión.

Se pone en consideración de los señores miem-bros de la Comisión las actas correspondientes alas sesiones de los días 24 y 25 de febrero del añoen curso.

Si ningún señor congresista formula observacio-nes, se darán por aprobadas. (Pausa). Aprobadas.

Damos la bienvenida a la doctora Gloria Helfer,que participa en la presente sesión debido a lainasistencia del señor Henry Pease, quien, comohemos informado, ha viajado al norte del país hoy.

Con algunas modificaciones y adiciones, seaprueban los artículos 5.°, 6.°, 7.°, 8.° y 9.° dela Constitución vigente (que en el nuevo

—A las 10:00 horas, bajo la Presidencia del señorCarlos Torres y Torres Lara, se pasa lista, a laque contestan los señores congresistas Carlos Fe-rrero Costa, Víctor Joy Way Rojas, César Fernán-dez Arce, Róger Cáceres Velásquez, Pedro VílchezMalpica y Guillermo Ysisola Farfán (accesitario).

Con licencia, los señores Henry Pease García ySamuel Matsuda Nishimura.

Ausente con aviso, la señora Martha ChávezCossío (10:30).

Ausente, la señora Lourdes Flores Nano.

Iniciada la sesión, ingresan los señores EnriqueChirinos Soto (10:30), Fernando Olivera Vega(10:35) y José Barba Caballero (11:00).

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texto constitucional serían, respectivamen-te, los artículos 4.°, 5.°, 6.°, 8.° y 9.°) corres-pondientes al Capítulo II, De la Familia.Seguidamente, se aprueba un artículo adi-cional en virtud del cual se garantiza la vidadel concebido, protegiéndole de toda expe-rimentación genética. Posteriormente, sereserva el debate del artículo 10.° de la Cons-titución, referido al derecho de la familia

de contar con una vivienda decorosa

El señor PRESIDENTE.— Señores congresis-tas: El grupo parlamentario Nueva Mayoría-Cam-bio 90 no tiene observaciones fundamentales queplantear en relación con el Capítulo II, De la Fa-milia; Capítulo III, De la Seguridad Social, Sa-lud y Bienestar; y Capítulo IV, De la Educación,la Ciencia y la Cultura. En consecuencia, propo-ne que se ratifique hasta el artículo 41.° de laConstitución de 1979. No obstante, existen al-gunas propuestas puntuales que se han plantea-do a la Comisión sobre el tema de las AFP, de talmanera que el cambio se haría en el capítulo“De la Seguridad Social, Salud y Bienestar”.

Repito, salvo algún caso puntual presentado enla Comisión, la propuesta es que, los artículos5.° al 41.° de la Constitución actual se manten-gan en los mismos términos.

Se inicia el debate.

Tiene la palabra el señor Ferrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Señor Presidente: He tenido un conjunto de pro-puestas sobre el tema de la familia que podríamerecer la atención de la Comisión. Sin embar-go, si los cambios no son fundamentales, entien-do que el deseo de todos es hacer el menor nú-mero de modificaciones.

Estoy haciendo un esfuerzo para que en la partereferida a la familia se pueda discutir solamentedos modificaciones que me parecen sustancialesy otras dos que no son tan decisivas, las mismasque paso a exponer.

La primera propuesta es sobre el artículo 7.°.Cuando se dice: "La madre tiene derecho a la pro-tección del Estado [...]", se tiene que precisar quela protección de la madre es desde el embarazo,porque ha habido cierta duda al respecto. Algu-nos consideran que la condición de madre se ad-quiere desde que el hijo nace, cuando en reali-dad sé es madre desde que el hijo es concebido.Por eso, sería más exacto decir: "La madre, des-de el embarazo, tiene derecho a la protección delEstado y a su asistencia en caso de desamparo".

La segunda propuesta consiste en un artículonuevo que podría incluirse entre el 7.° y el 8.°,que, por supuesto, se plantea sin número y cuyotexto es el siguiente: "El Estado garantiza la vidadel concebido. Lo protege de todo experimento omanipulación genética contraria a su integridady desarrollo". Este concepto es nuevo.

Si bien es cierto que nosotros hemos aprobadoun artículo constitucional que dispone que el con-cebido está protegido para todo aquello que lefavorece, la norma que propongo va más allá, puesse refiere al problema de la manipulación gené-tica de los seres que están dentro del vientre dela madre o que son extraídos de él y sujetos atransformaciones artificiales, muchas veces sinconocimiento de los parientes o con conocimien-to de ellos, pero sin asentimiento de la personapor nacer que sufre esas modificaciones genéticas.

Se trata de un problema muy serio que no puederesolverse simplemente con una decisión rápida,sino que será necesaria una reflexión sobre eltema y la Comisión verá qué actitud puede to-mar al respecto.

Es verdad que en el Perú no existe hoy un siste-ma de manipulación genética de los concebidos,pero es cierto también que este aspecto se pre-senta como uno de las prácticas contemporáneasque ya se vienen introduciendo en otros países.Los deseos de muchos países de mejorar la raza,de buscar la cura de las enfermedades —sobretodo— y de adivinar los procesos internos del de-sarrollo humano, los hacen investigar al feto, peroque en esencia es un cuerpo con vida dentro dela madre, extrayéndolo y sometiéndolo en el la-boratorio a experimentos, sin respetar los dere-chos del concebido.

Para nosotros, los derechos que tiene un ser con-cebido no son los mismos que los de la madre; esdecir, que una persona concebida dentro de lamadre tiene sus propios derechos. Por eso laConstitución debe proteger y amparar esos de-rechos, al margen de los que pueden correspon-der a la madre como tal.

Planteo este tema porque me parece muy impor-tante, señor.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: Me parece atendi-ble la propuesta del doctor Ferrero sobre el artí-culo 7.°. Él señala que debe decirse: "La madre,desde el embarazo [...]", para utilizar una termi-

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nología consagrada a propuesta de quien hablaen el artículo 2.°, en el que no me referí al emba-razo sino a la concepción.

En consecuencia, la fórmula alternativa que pre-sento es la siguiente: "La madre, desde la concep-ción, tiene derecho a la protección del Estado y asu asistencia en caso de desamparo".

Me parece innecesario el artículo adicional quepropone el doctor Ferrero, pues sería duplicatorioy reiterativo, dado que en el artículo 2.° hemosdicho con toda claridad que el concebido es suje-to de derecho en todo cuanto le favorece, justa-mente a propósito de que puede ser objeto demaniobras genéticas u otras prácticas. Por tan-to, de ninguna manera podemos aceptar la suge-rencia, pues ella está implícita en la ampliacióny modificación que hicimos con respecto al artí-culo 2.°.

Por mi parte, señor Presidente, propongo tresmodificaciones a este capítulo.

La primera es referente a los artículos 5.° y 6.°.

El artículo 5.° señala: "El Estado protege el ma-trimonio y la familia [...]"; por su parte, el 6.° pre-ceptúa: "El Estado ampara la paternidad respon-sable [...]". Los verbos proteger y amparar sonmuy pasivos, dan la idea de que el Estado estáesperando para amparar y proteger. Por eso, conla misma mentalidad que tuve para proponer quese dijera: "promover la persona humana", sugie-ro que se utilice ese verbo para este caso, porquela palabra promoción da la idea de una acciónpositiva activa.

En ese sentido, el artículo 5.° debe decir: "El Es-tado protege y promueve el matrimonio y la fa-milia [...]". De igual manera, en el 6.° diría: "ElEstado ampara y promueve [...]". Esta modifica-ción es indispensable y sería bien vista por losestudiosos de nuestra concepción constitucional.

La segunda modificación ya la expresé, era enrelación con el artículo 7.°.

La Constitución no puede ser duplicatoria ni rei-terativa. La adición propuesta por el doctor Fe-rrero ya está comprendida en el artículo 2.° y loque cabría es desarrollar la legislación que regu-la ese principio, vale decir, modificar el CódigoCivil para enriquecerla con este nuevo alientoconstitucional que hemos consagrado al inicio delartículo citado.

La tercera modificación está referida al artículo11.°.

La norma en mención señala: "La familia que nodispone de medios económicos suficientes, tienederecho a que sus muertos sean sepultados gra-tuitamente en cementerios públicos". Este man-dato ha dado lugar a multitud de problemas a lolargo y ancho del Perú.

¿Qué ocurre? Que las familias abandonan los res-tos de sus parientes, pues dicen que no les co-rresponde a ellas sepultar a los muertos, sino quees obligación del Estado, de la beneficencia o delmunicipio, que tienen a su cargo los cemente-rios. En otras palabras, la idea es que esas enti-dades sean las encargadas de sepultar a los muer-tos.

El problema se complica más cuando se dice quela sepultura no sólo es el acto de colocar los res-tos dentro de una oquedad, un nicho o en el sue-lo.

El señor PRESIDENTE.— Se le venció sutiempo, señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Permítame un minuto más, por fa-vor, señor Presidente.

Entonces, creo que debemos desarrollar este ar-tículo un poco más, incluyendo el señalamientode los restos, práctica que está avanzando en elmundo, sobre todo en el Japón y Occidente, porla escasez de terrenos disponibles.

Consagremos este concepto en una mejor redac-ción del artículo 11.°, sobre la cual estoy pensan-do, todavía no tengo el texto escrito.

El señor PRESIDENTE.— Le agradeceré quehaga llegar su propuesta para leerla, señorCáceres.

Tiene la palabra el señor Fernández Arce.

El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—Señor Presidente: Manifiesto mi completo acuer-do con la posición del doctor Ferrero Costa.

Insisto en un punto que me parece importante:la necesidad de protección del que está por nacercon respecto a todo experimento o manipulacióngenética contrario a su integridad y desarrollo.

El señor Cáceres ha declarado que dicho concep-to está implícito en el artículo 2.°, pero sería mejorhacerlo explícito. Dentro de una etapa de corrien-tes abortistas, es menester que demos proteccióna los recién nacidos y a los que están por nacer.

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En ese sentido, aun cuando peque de reiterativo,es conveniente que se introduzca dentro de estedispositivo aquel párrafo que dice: "[...] que pro-tege al que está por nacer de todo experimento omanipulación genética contrario a su integridady desarrollo".

Finalmente, me permitiría también sugerir algoque para mí es muy importante sobre el artículo8.°.

En nuestro diario quehacer nos topamos con mu-chos niños abandonados a toda suerte de peligrosy que carecen de los medios necesarios para vivircomo seres humanos. Ante esta problemática, esconveniente que la Constitución —quienes pre-tendemos que sea real y auténticamente huma-nista— contenga una disposición que diga: "elEstado garantiza el cumplimiento del principio deinterés superior del niño y del adolescente y esta-blece políticas de prevención y promoción en ge-neral, y de protección, asistencia y rehabilitaciónen los casos de riesgo y desamparo".

El año antepasado, cuando desempeñaba unafunción en el Poder Judicial, tuve ocasión de reu-nirme semana tras semana con los jueces demenores, quienes me exponían el problema dra-mático de cuántos niños abandonados en diver-sos lugares no tienen dónde dormir y están ex-puestos a toda clase de riesgos.

Por ello, repito, es necesario que la Constitucióncontenga una norma que establezca que los de-rechos del niño y del adolescente son preferen-tes.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra ladoctora Helfer Palacios.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Señor Presidente: Deseo hacer algunas propues-tas que introduzcan determinados cambios enciertos artículos. Estamos tomando conceptos dela Constitución que son bastante aceptables y quecuentan también con nuestra aprobación, perovaldría la pena incluir algunos otros elementos.

La primera sugerencia es sobre el artículo 5.°,cuando se trata el tema del matrimonio.

Sería conveniente precisar el reconocimiento delmatrimonio civil, porque no estamos hablandode todos los tipos de matrimonio. El matrimonioreligioso no tiene este reconocimiento ante la ley.En el civil, las causas de separación y disoluciónson reguladas por ley.

Asimismo, quisiera introducir algo que en el Perúes una realidad y que, además, es parte de sucultura: el Estado debe reconocer la legitimidadde las formas matrimoniales existentes en las cul-turas nativas y a la costumbre como fuente dederecho.

En el Perú existe una multiplicidad de formasde unión conyugal producto de las culturas au-tóctonas, tanto en el mundo andino como en lospueblos de la selva. Se trata de uniones sólidas yduraderas y que también tienen mecanismos deseparación, pero funcionan con criterios muy dis-tintos, por ejemplo, a lo que es el matrimoniocivil y sus causales de separación.

En el mundo andino, una de las razones de laseparación del matrimonio es la ociosidad, esdecir, si el cónyuge no labora como debe ser parapoder integrar la unión productiva, que es la fa-milia, especialmente en el trabajo campesino.

Nosotros, por otro lado, hemos aceptado —y fi-gura en el artículo 9.° de la Constitución, dondedebe permanecer— que la unión estable de unvarón y una mujer, libres de impedimento ma-trimonial, que forman un hogar de hecho por eltiempo y en las condiciones que señala la ley, dalugar a una sociedad de bienes.

Si pudiéramos juntar ambos conceptos, podría-mos tener un reconocimiento nacido —como seoriginó todo el derecho— de la costumbre y delrespeto a la cultura, además de ser coherentescon otros artículos de la Constitución que hemosaprobado y que reconocen esta diversidad cultu-ral en el Perú. Se trata de un tema importanteque debe ser discutido ampliamente.

La segunda sugerencia versa sobre un tema queesperaba debatir acá, y que lo propongo, relacio-nado con el artículo 6.°, sobre el cual consideroque hay una confusión.

El segundo párrafo de dicho artículo dice: "[...]Es deber y derecho de los padres alimentar, edu-car y dar seguridad a sus hijos [...]". Me pareceque debe enfocarse con claridad el concepto dedeberes, de tal manera que, aunado al deber dealimentar, educar y dar seguridad, se incluya elde dar estabilidad afectiva a los hijos desde elhogar. No solamente es importante la alimenta-ción y educación, sino también la parte afectiva.

Pero, además, creo que debe hacerse clara la res-ponsabilidad paterna, que en nuestras culturasha sido permanentemente eludida. No existe, cul-turalmente, la costumbre de hacerse responsa-ble de los hijos, tan así que uno de los trámiteslegales más frecuentes está relacionado con los

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juicios de alimentos y de reconocimiento de losniños, en los cuales los varones no aceptan lapaternidad. Por eso proponemos que el Estadoejerza las acciones preventivas y punitivas nece-sarias para hacer efectiva la responsabilidad pa-terna.

El señor PRESIDENTE.— Su tiempo ha ven-cido, pero tiene un minuto adicional, doctoraHelfer Palacios.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Gracias, señor Presidente.

Entonces, vinculado al hecho de que son deberesde los padres brindar alimento, educación y se-guridad afectiva a sus hijos, el Estado tambiéndebe ejercer acción preventiva y punitiva nece-sarias para hacer efectiva la responsabilidad pa-terna.

Tengo más sugerencias sobre otros artículos pero,en todo caso, he cumplido con señalar las dos pri-meras.

El señor PRESIDENTE.— De todas maneras,doctora Helfer, sería conveniente que pudierapresentar dichas sugerencias, porque estoy to-mando nota de los artículos que propone modifi-car.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).— Enel mismo artículo 6.° se señala que está prohibi-da la mención sobre el estado civil de los padres,pero dicha mención sigue ocurriendo con todosaquellos que nacieron antes de que se diera laConstitución actual.

En consecuencia, debe agregarse al artículo—que está bien redactado— la frase siguiente:"así hubiere estado registrado originalmente deotra manera", para que no aparezca ese dato,porque los nacidos antes de 1979 siguen figuran-do como hijos naturales pues así están registra-dos originalmente.

Tengo observaciones al mandato por el cual elEstado debe dar protección a las personas másvulnerables, concepto que está separado en losartículos 7.° y 8.°, que se presta a confusión. Creoque ambas normas se pueden fusionar y, nueva-mente, reiterar esta obligación: el Estado es res-ponsable de dar esta protección cuando los quetienen que brindarla primero no están en condi-ciones de hacerlo porque se murieron o estánimpedidos de ello. En suma, la responsabilidades primero de los padres, del resto de la familiay, solamente en caso de ausencia de ellos, delEstado.

En relación con el artículo 10.°, referido al dere-cho de la familia a contar con una vivienda deco-rosa, tengo una anotación sobre cómo hacer cum-plir este mandato, porque es muy lírico y decla-rativo.

El señor PRESIDENTE.— Señores congresis-tas, ha habido algunas sugerencias sobre los ar-tículos mencionados hasta el capítulo Del Tra-bajo.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente, permítame unainterrupción.

El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-pir, señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Yo entendí que trataríamos sólo loreferente al capítulo De la Familia, porque siabarcamos hasta el capítulo Del Trabajo sería de-masiado.

Tenemos que avanzar por capítulos y, por lo me-nos en este momento, ceñirnos solamente al dela Familia.

El señor PRESIDENTE.— En su momentoanuncié que la propuesta de Nueva Mayo-ría-Cambio 90 no plantea ninguna modificaciónsustancial en estos artículos y, por tanto, adelan-taba su posición de que sean ratificados hasta elartículo 41.°, es decir, hasta el Capítulo Del Tra-bajo.

No hay ningún problema en que podamos avan-zar capítulo por capítulo, pero tenemos algunasobservaciones precisas sobre los primeros artícu-los. Ruego a los proponentes hacer llegar a la Pre-sidencia las propuestas respectivas.

Por lo pronto, tenemos una primera propuestadel doctor Fernández Arce para incluir un artículoadicional que diga lo siguiente: "Los derechos delniño y del adolescente son preferentes. El Esta-do garantiza el cumplimiento del principio delinterés superior del niño y del adolescente, y es-tablece políticas de prevención y promoción engeneral, y de protección, asistencia y rehabilita-ción en los casos de riesgo o desamparo".

Esta propuesta iría después del artículo 8.°, esdecir, como 8.°-A, por el momento. En vista deque este aporte no es tan extenso, no requierepresentación por escrito.

El señor Róger Cáceres solicita que el artículo5.° diga: "El Estado protege y promueve [...]".Entonces, se va a votar esta propuesta.

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Los señores congresistas que estén a favor deagregar en el primer párrafo del artículo 4.° (enla ponencia 5.°) la palabra promueve, de tal ma-nera que se diga: "El Estado protege y promueve[...]", se servirán manifestarlo levantando lamano. (Votación). Los que estén en contra. (Vo-tación). Aprobado por unanimidad.

—El texto aprobado es el siguiente:

"Artículo 4.°.— El Estado protege y promueveel matrimonio y la familia como sociedad natu-ral e institución fundamental de la Nación.

Las formas de matrimonio y las causas de sepa-ración y disolución son reguladas por la ley.

La ley señala las condiciones para establecer elpatrimonio familiar inembargable, inalienable ytrasmisible por herencia."

El señor PRESIDENTE.— Asimismo, se va avotar la propuesta del señor Róger Cáceres so-bre el artículo 6.°.

Se va a votar el artículo 5.° (ponencia artículo6.°). Los señores congresistas que estén a favorde agregar al primer párrafo la palabra promue-ve, de tal manera que se diga: "El Estado amparay promueve [...]", se servirán manifestarlo levan-tando la mano. (Votación). Los que estén en con-tra. (Votación). Aprobado por unanimidad.

Pregunto a la doctora Helfer si tiene alguna pro-puesta por escrito con respecto al artículo 6.°.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).— Lotengo por escrito y está en mi texto, señor Presi-dente, pero podría leerlo brevemente si gustan.

Dice: "El matrimonio civil y las causas de sepa-ración y disolución son regulados por ley. El Es-tado reconoce la legitimidad de las formas ma-trimoniales existentes en las culturas nativas ya la costumbre como fuente de derecho".

El señor PRESIDENTE.— El tema del matri-monio figura en el artículo 9.°, tal vez al analizardicha norma...

La señora HELFER PALACIOS (MDI).— Esel artículo 5.°, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.— Doctora GloriaHelfer, el aspecto al que usted se refiere está,como lo he señalado también, en el artículo 9.°.Entonces, tal vez habría que pensar en una am-pliación de la norma.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).— Esque se refiere también a unión y disolución, pero

reconociendo que existen otras formas de unióny de disolución por razones de tipo cultural.

El señor PRESIDENTE.— Le ruego entonceshacernos llegar su propuesta, doctora Helfer.

Se va a consultar. Los señores congresistas queaprueben la reconsideración solicitada por la se-ñora Helfer Palacios del artículo 5.°, se serviránmanifestarlo levantando la mano. (Votación).Los que estén en contra. (Votación). Rechazadapor 4 votos en contra, 2 a favor y una absten-ción.

—El texto aprobado es el siguiente:

"Artículo 5.°.— El Estado ampara y promuevela paternidad responsable.

Es deber y derecho de los padres alimentar, edu-car y dar seguridad a sus hijos, así como los hijostienen el deber de respetar y asistir a sus padres.

Todos los hijos tienen iguales derechos. Está pro-hibida toda mención sobre el estado civil de lospadres y la naturaleza de la filiación de los hijosen los registros civiles y en cualquier documentode identidad."

El señor PRESIDENTE.— Hay una propues-ta del doctor Ferrero sobre el artículo 7.°, a quienpido que lo haga llegar por escrito.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).— Lapropuesta figura en el texto que he entregado,señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.— La propuesta con-siste en hacer un agregado al artículo 7.°.

El texto vigente dice: "La madre tiene derecho ala protección del Estado y a su asistencia en casode desamparo".

La propuesta es la siguiente: "La madre, desde elembarazo, tiene derecho a la protección del Es-tado y a su asistencia integral en caso de desam-paro".

Tiene la palabra el señor Ferrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Después de conversar con algunos colegas, señorPresidente, he considerado conveniente cambiarla palabra embarazo por concepción. En conse-cuencia, el artículo diría: "[...] desde la concep-ción [...]".

El señor PRESIDENTE.— Repito la propues-ta sobre el artículo 7.°.

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El texto original dice: "La madre tiene derecho ala protección del Estado y a su asistencia en casode desamparo". Se agregaría: "La madre, desdela concepción, tiene derecho a la protección delEstado y a su asistencia integral en caso de desam-paro".

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Creo que incorporar la palabra inte-gral sería sumamente grave, pues en ese caso elEstado tendría que hacerse cargo de centenaresde miles de madres. Por tanto, habría que reti-rar la palabra integral.

El señor PRESIDENTE.— En consecuencia,se retira la palabra integral.

El artículo 7.° quedaría con el siguiente texto:"La madre, desde la concepción, tiene derecho ala protección del Estado y a su asistencia en casode desamparo".

Se va a votar. Los señores congresistas que esténa favor de ampliar el artículo 7.° con el agregadoal que se ha dado lectura, se servirán manifes-tarlo levantando la mano. (Votación). Los queestén en contra. (Votación). Aprobado por una-nimidad.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente, ¿cuál es el artícu-lo que se da por aprobado?

El señor PRESIDENTE.— El artículo 7.°.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Me refiero al artículo con la redac-ción que usted leyó, señor Presidente, no al nue-vo artículo que propone el señor Ferrero.

El señor PRESIDENTE.— Ése es otro artícu-lo, señor Cáceres.

Hemos visto el artículo 5.°, que está aprobado; el6.°, que está aprobado con algunas modificacio-nes; y el 7.°, con una ampliación en su texto.

—El texto aprobado es el siguiente:

"Artículo 6.°.— La madre, desde la concepción,tiene derecho a la protección del Estado y a suasistencia en caso de desamparo."

El señor PRESIDENTE.— En relación con losartículos 7.° y 8.°, sigo esperando la propuesta dela doctora Helfer.

Tiene la palabra el señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: En la Constituciónvigente agregamos en el artículo 19.°, como se-gundo párrafo, lo siguiente: "Las entidades quesin fines de lucro prestan los servicios previstosen este régimen —se refiere en favor de los mi-nusválidos—, así como quienes tienen incapacesa su cargo, no tributan sobre la renta que aplicana los gastos correspondientes. Tampoco tributanlas donaciones dedicadas a los mismos fines".

En la misma lógica, y con mayor razón, sugieroque las donaciones que se verifiquen para con-tribuir a la protección del niño, del adolescente ydel anciano tampoco tributen.

La propuesta concreta sería: "Las donaciones quese verifiquen para contribuir a la protección a laque se refiere este artículo no tributan".

El señor PRESIDENTE.— ¿Cuál es su pro-puesta, señor Cáceres?

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— La voy a alcanzar por escrito, señorPresidente.

El señor PRESIDENTE.— Muy bien, señorCáceres.

Tiene la palabra el señor Olivera Vega.

El señor OLIVERA VEGA (FIM).— SeñorPresidente: En primer lugar, anuncio que el con-gresista Humberto Sambuceti, en nombre denuestro grupo parlamentario, va a intervenirpara tratar este capítulo; y, en segundo lugar, al-canzo un proyecto de reforma constitucional vin-culado justamente al tema de la niñez, unos apor-tes que nosotros habíamos concebido como uncapítulo especial denominado "De la Infancia",pero bien podría estar incorporado dentro delcapítulo "De la Familia".

Este proyecto fue presentado formalmente hacemás de diez días, pero no sé si habrá sido deriva-do a la Comisión de Constitución y de Reglamen-to. En todo caso, creo que es la oportunidad paratratarlo. Dejo a cargo del ponente su sustentaciónen el momento que usted lo tenga a bien, señor.

El señor PRESIDENTE.— El documento re-cién está ingresando, así que vamos a disponerque se haga la transcripción correspondiente.

Tiene la palabra el señor Sambuceti Pedraglio,para la fundamentación respectiva.

El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO (FIM).—Señor Presidente: He sido invitado por el señor

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Olivera para reunirme con ustedes a fin de anali-zar el Capítulo II, De la Familia, para lo cual hepresentado un proyecto de reforma constitucio-nal. Considerando que el tema de la niñez es su-mamente importante en el país, creo que podríaser tratado como un capítulo exclusivo.

Sabemos que la Carta Política del Perú es unaConstitución declarativa, de tal manera que siincluyéramos un capítulo de la infancia o de laniñez no solucionaríamos realmente el proble-ma, pero sí podríamos comenzar a avanzar en susolución dando un marco legal para que el Esta-do pueda asignarle los recursos que este marcole proporcionaría. Es decir, se requiere un con-texto jurídico para que la prioridad de asigna-ción de recursos a la niñez por parte del Estadosea posible.

Los considerandos del proyecto son los siguien-tes:

"Que la niñez peruana en el ámbito mundial esuna de las más golpeadas por la crisis económicay hay factores que confluyen con el problema dela crisis, como son el problema del terrorismo, lasobrepoblación —en el caso, por ejemplo, de Li-ma—, la malnutrición y la mortalidad infantil.

Que, habiendo suscrito el Perú, en el año 1990,la Convención de las Naciones Unidas sobre losDerechos del Niño, donde, entre otras cosas, secompromete a adoptar las medidas necesariaspara dar efectividad a todos los derechos recono-cidos en ésta y adoptar las medidas políticas delmás alto nivel para solucionar el problema de laniñez o de la infancia.

Que los planes de acción por infancia que pre-sentó el Perú no han tenido efecto por falta deun adecuado marco legal que lo sustentara, loque ha motivado que los organismos del Estadoque debieron haber actuado no lo hicieran al nosentirse obligados por ley alguna.

Que, para tales efectos, deben ser consideradosartículos en la nueva Constitución política, don-de se contemplen exclusivamente los derechosde los niños y las obligaciones del Estado y lasociedad civil para con ellos.

Demostrando así la voluntad del Perú de asumirplenamente las responsabilidades contraídas alfirmar el texto de la citada Convención, para queasí de una vez por todas los organismos del Esta-do responsables tengan una obligación y tratende cumplir las metas de los planes de acción porla infancia.

Para ello, puede tomarse como ejemplo la nuevaConstitución colombiana, donde sus legisladores

incluyeron artículos —el 44.° y el 50.°— dondeestablecen algunos derechos fundamentales delos niños, así como obligaciones del Estado paracon ellos".

Recuerdo haber escuchado al doctor Chirinos ma-nifestar que la Constitución colombiana no eramuy buena. La verdad es que no la he leído com-pletamente, no sé si cuando termine de leerlacompartiría su opinión; pero, en todo caso, si losartículos 44.° y 50.° han sido tomados de dichaConstitución para proponerlos más o menos talcomo en ella figuran, para que, definitivamente,el problema de los niños tenga un marco legaladecuado.

El Frente Independiente Moralizador propone elsiguiente proyecto constitucional. Estamos en elCapítulo II. Hemos dejado tres puntos suspen-sivos entre la palabra capítulo y "De la infancia".

El texto del articulado es el siguiente:

"Artículo 1.°.— Los derechos de los niños preva-lecen sobre los derechos de los demás...

El señor PRESIDENTE.— Su tiempo ha ven-cido, señor Sambuceti, le ruego que resuma suplanteamiento.

El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO (FIM).—Termino en tres minutos, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.— Le ruego que seandos minutos; haga usted un esfuerzo, señor Sam-buceti.

El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO (FIM).—Sólo voy a emplear dos minutos, señor Presiden-te.

"Artículo 1.°.— Los derechos de los niños preva-lecen sobre los derechos de los demás.

Artículo 2.°.— Son derechos fundamentales delos niños: La vida, la integridad física, la salud yla seguridad social, la alimentación equilibrada,un nombre y una nacionalidad, tener su familia,el cuidado y amor, la educación y la cultura, larecreación, un medio ambiente sano y seguro, laasociación y la libre expresión de su opinión yque ésta sea tomada en cuenta en los asuntosque le competen.

Estos derechos se aplicarán sin distinción algu-na, independientemente de la raza, el color, elsexo, el idioma, la religión, su grupo étnico o cul-tura, la opinión política o de otra índole, el ori-gen nacional o social, la posición económica, losimpedimentos físicos o mentales, el nacimiento

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o cualquier otra condición del niño, de sus pa-dres o de sus tutores.

Artículo 3.°.— Son obligaciones del Estado pres-tar atención, cuidado y apoyo especiales a los ni-ños, mental o físicamente impedidos, brindán-doles educación y adiestramiento para su inte-gración activa en la sociedad. La ley priorizará lasituación de los niños que viven en circunstan-cias especialmente difíciles, como son los huér-fanos, los desplazados, los niños de la calle e hi-jos de trabajadores migratorios, los afectados pordesastres naturales y provocados por el ser hu-mano, los niños impedidos y víctimas de malostratos. Asimismo, se reglamentará la protecciónpara los niños que trabajan.

Artículo 4.°.— Es derecho del niño vivir con suspadres, excepto en los casos en que la separaciónsea necesaria para el interés superior del propioniño.

También mantener contacto directo con ambospadres si está separado de uno de ellos o de losdos. Corresponde al Estado responsabilizarse deeste aspecto, en el caso que la separación hayasido producida por acción del mismo.

Artículo 5.°.— Todo niño de menos de un añoque no esté cubierto por algún tipo de proteccióno de seguridad social tendrá derecho a recibiratención gratuita en todas las instituciones desalud que reciban aportes del Estado.

Artículo 6.°.— Ningún niño que no haya cumpli-do los 15 años de edad deberá participar directa-mente en hostilidades o ser reclutado por lasFuerzas Armadas.

Toda reasignación de recursos liberados por lareducción de gastos militares debe observar unamuy alta prioridad para aumentar los programasde ayuda a los niños en circunstancias especial-mente difíciles".

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias porsu exposición y su contribución, señor Sambuceti.

Comunico que la doctora Helfer ya presentó suspropuestas. En primer lugar, sugiere la modifi-cación del artículo 6.°.

Pregunto, ¿se trata de un agregado o de un textosustitutorio?

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Señor Presidente, el tercer párrafo del artículo

6.° queda igual: "Todos los hijos tienen igualesderechos. Está prohibida toda mención sobre elestado civil de los padres [...]".

Mi propuesta consiste en un texto sustitutoriodel primer y segundo párrafo del artículo.

El señor PRESIDENTE.— Es decir, desde elinicio del artículo, cuando dice: "El Estado am-para y promueve la paternidad responsable [...]".

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Nosotros asumimos una interpretación distintade este concepto, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.— Pero ya habíamosvotado este artículo, doctora Helfer.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).— Ésafue mi pregunta, Presidente, porque no sé si es-tamos votando por el concepto que quiere añadirel doctor Ferrero, que me parece muy interesan-te.

El señor PRESIDENTE.- Repito que ya había-mos votado el artículo 6.° teniendo en cuenta unapropuesta del señor Róger Cáceres, que agregóel término y promueve, es decir: "El Estado am-para y promueve la paternidad responsable".

Lo que usted plantea, doctora Helfer, es que esepárrafo se sustituya por el texto que voy a leer:

"Son deberes de los padres alimentar, educar ydar seguridad y afecto a sus hijos. El Estado ejercelas acciones preventivas y punitivas necesariaspara hacer efectiva la responsabilidad paterna.Así también, los hijos tienen el deber de respe-tar y asistir a sus padres".

Sobre esta propuesta, tiene la palabra el señorRóger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: Me parece que lapropuesta de la doctora Gloria Helfer tiene unaconnotación evidentemente paternalista. Con esecriterio, el Estado sustituiría a los padres y efec-tuaría acciones que no han sido llevadas a caboni siquiera dentro de los regímenes más paterna-listas que hemos conocido en el ámbito mundial.

Por eso no encuentro atendible la propuesta queformula, salvo la inclusión de la palabra afecto.Este agregado sería conveniente para que la obli-gación del padre no fuera solamente educar y ali-mentar a sus hijos, sino también darles afecto,algo tan necesario según los últimos estudios dela psicología.

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En cuanto a lo demás, señor Presidente, expresomi opinión contraria.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Ferrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Señor Presidente: Comprendo que la propuestade la doctora Helfer implica eliminar el primerpárrafo, que dice: "El Estado ampara la paterni-dad responsable".

Entiendo que en la Constitución anterior estetema fue motivo de una reflexión muy amplia yal final quedó consagrada la frase paternidad res-ponsable, reflejando un criterio de consenso quepodía servir para unificar los deseos que todosteníamos: que, cuando se quiere traer hijos almundo, debe ser a consecuencia de un criteriomadurado y libre de las personas, y comprometi-dos con el futuro de aquellos seres.

La paternidad responsable consiste en que la per-sona que va a procrear sepa qué es exactamentelo que ella significa, cuáles son las implicancias yconsecuencias de ese concepto.

No está demás decir que para nosotros, que te-nemos una visión cristiana de la vida, el concep-to de paternidad responsable abarca también elhecho de que la persona, responsablemente, nopuede suprimir, cortar o modificar las consecuen-cias de un acto que ha tomado y que va más alláde su propia voluntad. Es decir, el concepto in-cluye un criterio pro vida, de tal manera que eli-minarlo dejaría en el aire esta afirmación funda-mental de la Constitución: que la procreación delos hijos debe estar animada por una orientaciónvalorativa y una conceptuación de respeto por lavida.

Mantener la frase paternidad responsable, cuyainclusión por consenso en la Carta Magna de 1979costó bastante trabajo, es absolutamente indis-pensable en este momento.

El señor PRESIDENTE.— Recordemos, ade-más, que la Constitución es un texto jurídico quetiene que actuar sobre los aspectos externos dela conducta. En consecuencia, se origina un pro-blema al incluir la palabra afecto, porque se tra-ta de un fenómeno interior que no puede estarregulado por las normas jurídicas, de modo quehabría que analizar más ese aspecto.

Tiene la palabra el señor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente: Efectivamente, el concepto de paterni-dad responsable suscitó en su momento un am-

plio intercambio de ideas, con lo cual no sola-mente se quería una declaración en favor de lavida, sino también un pronunciamiento contrala paternidad irresponsable.

El concepto de paternidad responsable ha sidorecogido por la propia Iglesia Católica, es decir,no se puede tener impunemente cualquier can-tidad de hijos, sino solamente los que uno estéen actitud de educar y sostener.

No estoy de acuerdo con la propuesta de la doc-tora Helfer para que se incluya el aspecto del afec-to, porque pertenece al orden absolutamente sub-jetivo y del derecho natural y, por tanto, no eslegislable. Los padres sienten afecto hacia sus hi-jos, y si no lo tienen por perversiones o por loque fuera, no es un mandato de la ley. No porvirtud del mandato de la ley va a nacer un afectoque no existe, pues lo normal es que se manifies-te. El padre que no tiene afecto por sus hijos su-fre una anormalidad afectiva que la ley no puedecorregir.

Por lo tanto, señor Presidente, estoy de acuerdocon que se respete el texto de la Constitución talcomo está.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Sambuceti Pedraglio.

El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO (FIM).—Señor Presidente: Para clarificar esta parte deldebate, considero que tenemos que deslindar laresponsabilidad tanto de los padres como delEstado.

Si los padres deciden traer niños al mundo, laprimera responsabilidad es de ellos, lo cual debequedar absolutamente claro. Luego, si estos ni-ños no tienen lo necesario para vivir y desarro-llarse adecuadamente, el Estado tendría que en-trar a tallar.

Por lo tanto, soy también de la opinión de que elEstado debe amparar la paternidad responsable,pero tratando de hacer que los padres sean losprimeros encargados de la responsabilidad deesos niños. No sé cómo se podría recoger esa ideaen términos jurídicos, pero tenemos que hacerese deslinde.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Creo que la preocupación del señor Sambucetise salva más bien en el Código Civil. Le voy aentregar el texto respectivo para ilustrar el de-bate.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra eldoctor Fernández Arce.

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El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—Creo que puedo responder a la preocupación deldoctor Sambuceti.

Este problema estaría resuelto si tomásemos encuenta, con la reforma solicitada por el doctorFerrero, el artículo 6.° de la actual Constitución,que establece implícitamente la obligación prio-ritaria de los padres de alimentar, educar y darseguridad a los hijos.

El artículo 8.°, que estamos sugiriendo, diría así,doctor Sambuceti: "Los derechos del niño y deladolescentes son preferentes. El Estado garanti-za el cumplimiento y el principio del interés su-perior del niño y del adolescente, y establece po-líticas de prevención y promoción en general, yde protección y asistencia y rehabilitación en loscasos de riesgo o desamparo".

No sé si con esta explicación satisfago la inquie-tud del doctor Sambuceti.

Muchas gracias, señor.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Solicito unaaclaración: ¿Quién propone ese texto que ha leí-do el doctor Fernández Arce?

El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—Yo lo he propuesto, doctor Chirinos.

El señor PRESIDENTE.— El planteamientoes el siguiente.

Nosotros hemos aprobado ya el artículo 6.° conuna modificación propuesta por el doctor RógerCáceres, consistente en agregar la palabra y pro-mueve; es decir, el texto quedaría así: "El Estadoampara y promueve la paternidad responsable[...]". El resto del artículo queda igual. Por suparte, la doctora Gloria Helfer plantea la recon-sideración de esta norma.

Se consulta a los miembros de la Comisión si es-tán de acuerdo con esta sugerencia.

Tiene la palabra la doctora Helfer Palacios.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Solicito una primera aclaración: señor Presiden-te.

En primer lugar, acepto y me parece correcta laobservación sobre el término afecto, quizá podríacambiarse por estabilidad emocional.

Insisto mucho en este aspecto porque se com-prende que los padres siempre están obligados adar a los hijos alimento y educación, pero no se

contempla —los que son abogados y han hechoestudios así les consta— la gran cantidad de ca-sos de agresión de niños por parte de los padres.Se les pega, se les maltrata y, por tanto, no se lesda la estabilidad emocional que ellos requieren.Por ello, me parece importante que este concep-to se incluya dentro de un artículo como éste,donde le corresponde.

En segundo lugar, creo que no se ha comprendi-do realmente el sentido de la propuesta. El artícu-lo pretende hacer que los padres asuman prime-ramente su responsabilidad. Si ello no ocurre, elEstado los suple, por eso ejerce acciones preven-tivas y punitivas necesarias para hacer efectivala responsabilidad paterna. La realidad nos indi-ca que estamos frente a una situación en la queesta responsabilidad paterna no la asumen to-dos.

Por eso estamos planteando cambios de este tipo,porque en el artículo, tal como está en la Consti-tución, primero se junta deber con derecho y nohay nada que señale que el Estado no tiene comofunción reemplazar a los padres; muy por el con-trario, el cambio busca que los progenitores asu-man sus responsabilidades realmente, para queel padre asuma la responsabilidad de la familia yque no sea solamente la mujer la que, por tenerlos hijos, tenga que hacer ello, como ocurre ennuestro país.

El señor PRESIDENTE.— Puede hacer usode la palabra el señor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente: La agresión de los padres a los hijos—agresión que, como tal, causa daños— está con-templada en el Código Penal. Por su parte, el Có-digo Civil, cuando menciona los deberes y dere-chos de la patria potestad, establece que los pa-dres pueden castigar prudentemente a sus hijos.

¿En qué vamos convertir a la Constitución? ¿Enun anexo del Código Penal y del Código Civil?¿Vamos a introducir un concepto como estabili-dad emocional? ¿Y qué hace el pobre padre cu-yos hijos, por sabe Dios qué razón genética, notienen estabilidad emocional?

Yo, desde ahora, también voy a permitirme di-sentir de mi distinguido amigo el doctor Fer-nández Arce, porque de lo contrario vamos a des-truir los principios de la Constitución.

La Carta Política señala: " [...] toda persona gozade igualdad ante la ley". La expresión toda perso-na también se refiere a un niño y a un adolescen-te. Entonces, ¿cómo vamos a decir que los dere-chos del niño y del adolescente son preferentes?

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¡No son preferentes! Por la naturaleza de las co-sas, pueden volverse de preferencia en algún mo-mento. Ya sabemos que en un naufragio, por ejem-plo, sin que haya una ley que lo diga, los primerosen ser salvados serán los niños, después las muje-res, luego los ancianos y, al final, los hombres jó-venes. Ésa es una preferencia de tipo social.

Señor Presidente, no podemos convertir este ca-pítulo de la Constitución en un Código de Meno-res. Existe ya un Código de Menores, un CódigoPenal y un Código Civil, cada uno con sus corres-pondientes disposiciones.

Presidente, la doctora Helfer me solicita una in-terrupción.

El señor PRESIDENTE.— Puede hacer usode la interrupción, señora Helfer Palacios.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).— Conesa lógica, también tendríamos que eliminar de laCarta Política la obligación de alimentar, de edu-car y de dar seguridad, porque todo ello está con-templado en el Código Civil y, por tanto, no tene-mos por qué repetirlo nuevamente.

Si bien es cierto la norma constitucional señalacuestiones fundamentales como la alimentación,la educación y la seguridad, nosotros propone-mos que se incluya el aspecto del afecto, porquenos parece que es tan importante como los indi-cados inicialmente. Que se busque la mejor pala-bra, la que jurídicamente sea aceptable, pero di-cho concepto tiene que quedar en la norma.

Con el criterio del doctor Chirinos —que he es-cuchado ya cien veces—, la Constitución tendríaque ser prácticamente un telegrama, pues estasobligaciones ya figuran en el Código Civil o elCódigo de Menores y no pueden repetirse en laCarta Magna. En suma, si se acepta ese parecer,desaparecería este artículo constitucional.

Entonces, por favor, un poco más de respeto. Ana-licemos con profundidad el concepto que trata-mos de transmitir. Colaboremos con nuestrascapacidades profesionales —los abogados puedenayudar enormemente—, pero no desvirtuemoslos aportes que estamos tratando de hacer paramejorar una Carta Política que debe durar y per-manecer como orientación para las leyes en nues-tro país.

El señor PRESIDENTE.— Yo diría tambiénque es importante tener en cuenta el debate quese dio alrededor del articulo 6.°.

Cuando se utiliza el término seguridad, no sola-mente se refiere a la seguridad física, sino tam-

bién a la emotiva, ecológica, etcétera; de tal ma-nera que ya estaría comprendido dentro de lamención actual, que dice: "[...] y dar seguridad asus hijos". La seguridad es integral, no parcial.

Tiene la palabra el señor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente, es verdad que este artículo es inútil por-que ya está contemplado en el Código Civil.

Cuando se dice que los padres tienen la obliga-ción de prestar alimentos a sus hijos, bajo la ex-presión alimentos se entiende todo: seguridad,alimentación, educación, etcétera.

De manera que no falto el respeto a nadie, seño-ra Helfer, simplemente digo lo que pienso. Enrealidad, la única declaración jurídica importan-te de este artículo es la igualdad de derechos en-tre todos los hijos, que no figura en ninguna par-te, ya que es un principio que se incorporó a laConstitución.

Señor Presidente, repito que el afecto no es ma-teria legislable. También tendríamos que decir,en el artículo sobre la familia, que los esposostienen la obligación de prestarse afecto, y biensabemos que no se puede legislar el afecto entrecónyuges.

El congresista Róger Cáceres me pide una inte-rrupción.

El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-pir, señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: Ruego al doctorChirinos que repare que en el artículo 6.° se dice:"[...] Es deber y derecho de los padres [...]". Sihay algo que viene generando justamente ren-cor, resentimiento, una querella, un enconomultitudinario, algo que hace posible que mu-chos jóvenes se dediquen a la violencia en el Perúde estos tiempos, es precisamente la falta de afec-to, una recomendación universal de los especia-listas.

Por esa razón ese ingrediente es muy importante,tanto es así que los padres deben recordar que esdeber suyo amar a sus hijos. En suma, pienso quevale la pena considerar la palabra afecto.

El señor PRESIDENTE.— Continúe, señorChirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— La homilíadel doctor Cáceres no me hace efecto, porque elafecto no se puede legislar, sería absurdo. Vamos

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a dar un espectáculo al mundo civilizado dicien-do: "Es deber de los padres prestar afecto a sushijos". Es una necedad que la Constitución estécompuesta de declaraciones líricas.

Señor Presidente, retiro la palabra necedad, creoque ha sido una exageración.

El señor PRESIDENTE.— Señores congresis-tas, se somete a votación si reconsideramos elartículo 6.°, para abrir el debate sobre el temaplanteado por la doctora Helfer.

Los señores congresistas que estén de acuerdo enreconsiderar el artículo 6.° ya aprobado, sírvansemanifestarlo levantando la mano. (Votación). Losque estén en contra. (Votación). Rechazada por 4votos en contra, 2 a favor y una abstención.

La siguiente sugerencia es con respecto al artículo7.°, también presentada por la doctora Helfer Pa-lacios. La propuesta es sustituir los artículos 7.°y 8.° por el siguiente texto: "Madre, niño, adoles-cente, anciano, tienen derecho a la protección delEstado cuando los responsables de hacerlo, deacuerdo a ley, no existen o están incapacitadospara hacerlo. El Estado asume de oficio las ac-ciones judiciales en caso de abandono económi-co, corporal o moral de la madre, niño, adoles-cente o anciano".

En debate.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Una cues-tión de orden, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.—Tiene la palabra,señor Chirinos Soto, para una cuestión de orden.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Primerodiscutamos el texto de la Constitución y, si no loaprobasemos, veamos el artículo alternativo.

El señor PRESIDENTE.— Se toma como baselos artículos 7.° y 8.° tal como están, siguiendo lalógica que estamos señalando. Es decir, no ha-biendo una propuesta sobre la materia, la suge-rencia, en principio, es mantener el texto. En con-sideración a ello tenemos dos planteamientos:mantener el texto tal como está o ver las modi-ficatorias.

Entonces, sobre el artículo 7.°, tiene la palabrael señor Ferrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Señor Presidente, aclaro que la modificación alartículo 7.° ya se aprobó, pues quedamos en se-ñalar la palabra concepción para que esté igualal inciso 1) del artículo 2.°.

El señor PRESIDENTE.— En realidad, yaaprobamos el artículo 7.° con el texto siguiente:"La madre, desde la concepción, tiene derecho ala protección del Estado y a su asistencia en casode desamparo". Ésa es la sustitución.

Los señores congresistas que aprueben lareconsideración del artículo sobre la base de lapropuesta de la doctora Helfer Palacios, sírvan-se manifestarlo levantando la mano. (Votación).Un voto. Los que estén en contra. (Votación). 5votos. Rechazada.

Los señores congresistas que sostienen que el tex-to debe plantearse tal como se aprobó, sírvansemanifestarlo levantando la mano. (Votación). Losque estén en contra. (Votación). Aprobado. El ar-tículo queda como está.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Señor Presidente, deseo fundamentar mi voto.

El señor PRESIDENTE.— Cómo no, señoraHelfer, puede hacerlo por escrito.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Señor Presidente, una cuestión de orden.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabrapara una cuestión de orden, señor Ferrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).— Elartículo que propuse debería ingresar entre el7.° y el 8.°. Pregunto si se va a discutir en estemomento o al final.

El señor PRESIDENTE.— Inmediatamente,porque si hay una propuesta entre el 7.° y el 8.°,tendría que plantearla en este momento.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Señor Presidente: Con el apoyo de otros congre-sistas propusimos el artículo siguiente: "El Esta-do garantiza la vida del concebido y lo protege detodo experimento o manipulación genética con-trarios a su integridad y desarrollo".

El señor PRESIDENTE.— Hay una propues-ta concreta del doctor Ferrero para incluir unartículo entre el 7.° y el 8.°, cuya redacción escomo sigue: "El Estado garantiza la vida del con-cebido, lo protege de todo experimento o mani-pulación genética contrario a su integridad y de-sarrollo". Al debate.

Tiene la palabra el señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: Creo que este ar-tículo es innecesario, ya que su texto es igual al

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que hemos aprobado al iniciar el artículo 2.°, quedice que el concebido es sujeto de derecho paratodo lo que le favorece. Por consiguiente, si yaestá mencionado ese aspecto, ¿para qué incluirun segundo artículo donde se desarrolla concep-tos que son análogos?

Si seguimos el criterio de duplicar conceptos, másadelante vamos a tener otras duplicaciones in-necesarias.

Repito, estoy en contra de este artículo, pues suconcepto ya está recogido en el artículo 2.°.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Ferrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Señor Presidente: Como lo revelan los tratadosrecientes sobre los derechos de la persona, la ma-nipulación del concebido no nacido —del feto—es uno de los problemas contemporáneos que secierne sobre la condición y la vida de las perso-nas. Quizás hoy en el Perú no se esté manipu-lando genéticamente a los concebidos, pero seviene esa situación, es evidente.

No sé si el congresista que me ha antecedido re-cuerda los casos clamorosos que se están presen-tando en otros lugares del mundo, donde no sólose extrae al feto de la madre que no puede mante-nerlo en el útero, para que ella sea reemplazadapor una madre sustituta —caso en el cual, en de-terminadas circunstancias, puede ser aceptado porambas y es un proceso relativamente legítimo—,sino que también se dan situaciones en las que,por ejemplo, alguien que no desea tener al hijoconcebido no solamente atenta contra su vida, sinoque lo cede para que experimenten con él, es de-cir, entrega al concebido para que se hagan expe-rimentos en un laboratorio a fin de precisar mal-formaciones, enfermedades, algunos criterios de-nominados de experimentación científica.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: Interpreto la preo-cupación del señor Ferrero, pero no en la formaen que la ha expresado, sino de una manera dis-tinta.

Él se refiere al concebido, es decir, al que ya fuefruto de concepción, a un óvulo fecundado; perono es eso lo que se está haciendo en los laborato-rios. Se está manipulando el material genéticopara ver, por ejemplo, si el óvulo de una mujerpuede ser concebible con el espermatozoide deun simio, que no es el caso al que se refiere el

señor Ferrero pero sí, más bien, el asunto al quese dirige su preocupación.

En todo caso, señor Presidente, le sugiero respe-tuosamente, por su intermedio, que podamosvariar su propuesta en el sentido de que el mate-rial genético no sea susceptible de experimenta-ción. Tengo un proyecto de ley, que presenté enel Senado, que señala: "[...] salvo autorizaciónexpresa judicial previa", porque se da el caso depersonas, por ejemplo, de avanzada edad quepueden tener todavía la posibilidad de fecundar,pero no en el propio vientre materno, sino, comose dice, en un vientre cedido para tal fin.

Creo que lo que podría decirse es que está prohi-bida toda manipulación del material genético.Este concepto debe ser señalado en forma abso-luta, sin referirnos al caso del concebido.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Ferrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Señor Presidente: Este aspecto debería ser ma-teria, en todo caso, de una propuesta legislativa,como lo ha hecho el señor Cáceres; no obstante,deseo hacer una precisión: Róger Cáceres no haleído completamente la propuesta, que dice: "ElEstado garantiza la vida del concebido. Lo prote-ge", pero ¿a quién protege? Al concebido y no dicea cualquier manipulación genética.

Hago la precisión porque en este punto hay unacuestión que es de fondo: una persona que estáconcebida y que no ha nacido tiene derechos quele son inherentes a su condición humana y quedeben ser protegidos por el Estado. Somos provida. Nos parece que es el sentimiento que laConstitución debe transmitir.

Se trata de un problema que afecta más a otrassociedades desarrolladas que tienen condicionespara hacer experimentación científica y manipu-lación genética. Sin embargo, casi puedo asegu-rar que este problema debe presentarse muypronto en nuestro país.

Aunque no estamos haciendo una Constituciónpara trescientos, cuatrocientos o quizá ni siquie-ra veinte años, tenemos que incluir un canal queimpida que en el futuro la manipulación genéticase pueda convertir en una manera de atentar con-tra la vida, el respeto y la dignidad de un ser queestá concebido. Ése es el propósito que busca estadisposición.

El señor PRESIDENTE.— Su tiempo se havencido, señor Ferrero.

Tiene la palabra el doctor Chirinos Soto.

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El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente: Simpatizo con el espíritu de la propues-ta del doctor Ferrero, pero considero, como elcongresista Cáceres, que la primera parte esrepetitiva de lo que hemos aclarado: que el con-cebido es sujeto de derechos.

Esa primera parte es repetitiva de una maneramuy terminante. Esto también fue objeto de ar-dua discusión en la anterior Asamblea Constitu-yente, porque declarar que el Estado garantizala vida del concebido entra en conflicto, por ejem-plo, con el aborto terapéutico, que está aceptadoen el Perú desde 1924. Es decir, el aborto es líci-to cuando se trata de salvar la vida de la madre opara evitar un daño muy grave en su salud. Enese caso, ¿cómo podemos decir que el Estado ga-rantiza la vida del concebido si estuviera en con-flicto con la de la madre, por la doctrina del malmenor que la propia Iglesia Católica acepta?

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Ferrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Señor Presidente, pero son dos cuestiones dife-rentes.

El aborto terapéutico no es un experimento, sinoel final que alguien pone a la vida ajena. La ma-nipulación genética sí es un experimento. Estono contradice el concepto.

Entonces, cuando el señor Chirinos dice que no-sotros, al garantizar la vida del concebido, va-mos contra el aborto terapéutico, está equivoca-do. Este dilema ya lo aclaramos al sancionar an-teriormente que apoyamos la vida del concebido.En consecuencia, hemos aclarado la primera par-te.

En realidad, lo que se discute es la segunda par-te: experimento y manipulación.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Discutire-mos también la primera parte, porque es repe-titiva.

Estoy de acuerdo con que haya alguna disposi-ción legal que controle lo que se da en llamaringeniería genética, pero me parece que no estábien la expresión aquí, porque no se trata sólodel concebido sino también del óvulo de la ma-dre, de los espermatozoides y de una serie de si-tuaciones que tienen que ver con la ética.

Entonces, habría que prohibir todo experimen-to genético que contradiga la ética —la cristia-na si se quiere, porque es la que se sigue en estepaís—.

De manera que le rogaría al doctor Ferrero quenos traiga una nueva redacción, eso es todo, por-que estoy de acuerdo con el principio que señala.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra eldoctor Fernández Arce.

El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—Señor Presidente: Concuerdo con la ponencia delseñor Ferrero. Creo que es menester consagrar,como nunca antes lo ha hecho la Constitucióndel Perú, el derecho que tienen los concebidos aser respetados en su vida y otros derechos más.De tal manera que establecer que el Estado ga-rantiza la vida del concebido es un logro muy im-portante que debe mantenerse.

El señor Chirinos ha manifestado que esa expre-sión iría en contra del aborto terapéutico. Enrealidad, no es así porque, igualmente, el dere-cho protege la vida de las personas; y cuando enestado de necesidad se sacrifica una vida, eso nocontradice el principio, porque justamente es unaexcepción a la regla.

De manera que, en este caso, esa segunda parteno solamente mantiene el espíritu de este pri-mer párrafo, sino también, con mucho acierto,conserva la forma de acuerdo con la primera lí-nea.

En conclusión, señor Presidente, creo que es plau-sible y debe mantenerse esta ponencia en la re-forma constitucional.

Gracias.

El señor PRESIDENTE.— Al voto. Los seño-res congresistas que estén de acuerdo en incor-porar un artículo entre el 7.° y el 8.°, que dice:"El Estado garantiza la vida del concebido, lo pro-tege de todo experimento o manipulación gené-tica contrario a su integridad y desarrollo", seservirán manifestarlo levantando la mano. (Vo-tación). 4 votos (de los señores Carlos Ferrero,César Fernández, Martha Chávez y Pedro Víl-chez). Los que estén en contra. (Votación). Unvoto (del señor Róger Cáceres) y una abstención(del señor Víctor Joy Way). Aprobado por 4 votosa favor, 1 en contra y una abstención.

—El texto aprobado es el siguiente:

"Artículo 7.°.— El Estado garantiza la vida delconcebido, lo protege de todo experimento o ma-nipulación genética contrario a su integridad ydesarrollo."

El señor PRESIDENTE.— En relación con elartículo 8.°, hay una sugerencia del señor Cáceres.

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Él sugiere que después de decir: "El niño, el ado-lescente y el anciano son protegidos por el Esta-do ante el abandono económico, corporal o mo-ral", se agregue un párrafo que diría: "Las dona-ciones que se efectúen para contribuir a dichosfines están exentas de toda tributación".

En debate.

Tiene la palabra el señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: Por las mismasrazones por las que se da protección a losminusválidos —como vamos a ver en un artículoposterior—, también hay que ayudar a los ancia-nos, a los niños y a los adolescentes. Destaco quecuento con la adhesión —ya formulada— del se-ñor Fernández Arce.

El señor PRESIDENTE.— Puede hacer usode la palabra el doctor Fernández Arce.

El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—Señor Presidente: Concuerdo plenamente con elseñor Cáceres cuando propone que las donacionesque se efectúen a favor de estas personas esténexentas de tributación, sin perjuicio de destacarnuevamente mi posición sobre las sugerenciasque formulé con respecto a que los derechos delniño y del adolescente son preferentes, que elEstado garantiza el cumplimiento del principiode interés superior del niño y del adolescente yestablece políticas de prevención y promoción engeneral, y de protección, asistencia y rehabilita-ción en los casos de riesgo o desamparo.

Esta propuesta no significa contradecir la Consti-tución cuando se establece que todas las personastienen los mismos derechos. Simplemente, parapoder entenderlo hay que leer y comprender ínte-gramente los dos párrafos. Lo cierto es que el Es-tado tiene una función tuitiva en determinadocasos, es decir, de protección, porque justamenteestá dentro de la finalidad que persigue: el biencomún. Mal podría perseguir el bien común si jus-tamente no está detrás de los padres, que son losprimeros obligados a atender todas las necesida-des de los hijos menores y de los adolescentes.

Por eso, después del primer párrafo, que dice quelos derechos del niño y del adolescente son pre-ferentes, lo cual —repito— no significa que sedesconozca el principio de igualdad en los dere-chos de las personas, se señala: "El Estado ga-rantiza el cumplimiento del principio del interéssuperior del niño y del adolescente y establecepolíticas de prevención y promoción en general".

Esta función tuitiva se da en la práctica. Por ejem-

plo, ¿qué es lo que interesa en el régimen de visi-tas establecido en un juicio de divorcio? Interesael bienestar de los niños sometidos a ese régi-men por orden del juez. No importa quién lo amamás —si es el padre o la madre—, sino dóndeestará mejor ese niño.

Por lo tanto, para poder comprender los alcan-ces de esta presentación, hay que tomar en cuentaque el Estado tiene una función tuitiva y, comotal, está obligado a garantizar los principios queseñalamos en la ponencia.

Gracias.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Tengo queentender que la propuesta del doctor FernándezArce sustituye el artículo 8.°.

El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—Sí, señor Chirinos.

El señor PRESIDENTE.— Una aclaración;primero estamos tratando la propuesta del doc-tor Róger Cáceres, después veremos la del doc-tor Fernández Arce.

La propuesta del doctor Cáceres, repito, consisteen agregar al artículo 8.° el párrafo siguiente: "Lasdonaciones que se efectúen para contribuir a di-chos fines están exentas de toda tributación".

El señor CHIRINOS SOTO (R).— ¿Solamen-te esa parte? ¿Y la primera parte, señor Presi-dente?

El señor PRESIDENTE.— El doctor Cáceressugiere que el artículo 8.° siga igual, pero con elagregado de la exoneración tributaria. Ése es elpunto concreto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente: Desde la Carta Política anterior ya meparecía excesivo este artículo: "El niño, el ado-lescente y el anciano son protegidos por el Esta-do [...]". Estamos ante un Estado proteccionistay asistencialista. Si el Estado protege y asiste alniño hasta los 13 años, al adolescente hasta los18 y al anciano desde los 60 años, ¿quién no estáprotegido por el Estado? Las personas compren-didas entre los 18 y los 60 años, es decir, todoslos demás lo están.

Con ese criterio, el doctor Fernández Arce y yoestaríamos bajo la protección del Estado, y ade-

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más el doctor Cáceres —so pretexto de armoni-zarlo con el artículo 19.°— quiere liberar del im-puesto a la renta las donaciones que se hagancon el fin de proteger al niño y al anciano.

Señor Presidente, tenemos que entender la filo-sofía de la exoneración tributaria. Creo que ladoctora Helfer me puede acompañar en esta re-flexión.

Si lo que destino a tal o cual fin está exoneradodel pago del impuesto a la renta, ¿quién paga ladonación? En buena parte el propio Estado, pues-to que dejo de tributar al Estado. Es el Estado elque hace el gasto, peor todavía en aquellos casosabsurdos de doble exoneración tributaria.

Si dono 50 mil soles a una universidad —y enuna época tenía el derecho de decir 100 mil so-les—, ¿quién paga la famosa exoneración tri-butaria? El Estado. Al respecto, me fijo en lasasambleas deliberantes, donde lo más fácil delmundo es conceder exoneraciones tributarias.¿Quién paga estas medidas? El Estado, es decir,todos nosotros.

Es difícil conseguir que una asamblea apruebeimpuestos que aumenten los ingresos de la CajaFiscal, pero, eso sí, todos están en aptitud de des-falcarla.

Con esta norma, el anciano, el adolescente y elniño son protegidos por el Estado; pero, además,si a alguien se le ocurre hacerme una donaciónpara sostenerme porque tengo más de sesentaaños, dicho monto no está afecto a impuestos, esdecir, hay deducción tributaria. Entonces, esta-mos ante un Estado asistencialista. En otras pa-labras, señores, se introduce el caos en la econo-mía fiscal.

Presidente, el señor Cáceres me solicita una in-terrupción, con su venia.

El señor PRESIDENTE.— Señor RógerCáceres, puede interrumpir.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: Podemos compro-bar que el doctor Chirinos no está en situaciónde abandono económico, tampoco en abandonocorporal ni menos moral.

El artículo 8.° de la Constitución condiciona laprotección del Estado a los ancianos, niños y ado-lescentes que se hallan en situación de abando-no económico, corporal o moral. La ley reglamen-tará cuál es esa situación de abandono.

Pero el señor Chirinos, con un ejemplo tan efec-tista, no puede buscar anular la ventaja de un

principio que establece la no tributación para lasdonaciones que se efectúen con este fin, tenien-do en cuenta que en el artículo 19.° de la Consti-tución ya aceptamos este principio para lasdonaciones realizadas en favor de los minus-válidos.

El señor PRESIDENTE.— Continúe, señorChirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Habrá querechazar también la exoneración dispuesta porel artículo 19.°, señor Presidente.

El artículo 8.° dice: "El niño, el adolescente y elanciano son protegidos por el Estado ante el aban-dono económico, corporal o moral". ¿Que quieredecir el término abandono corporal? No lo entien-do realmente. Estamos ante un artículo muymalo, por eso propongo que se suprima.

Señor Presidente, cuando un niño está abando-nado, cuando un anciano se encuentra en la mis-ma situación en las calles, las instituciones delcaso deben hacer lo pertinente para protegerlos.Pero el Estado tampoco tiene mil ojos. Hago esteseñalamiento para cuando se diga: "el Estado, deoficio". ¿Qué quiere decir el término Estado, deoficio? Significa: "el Estado, por propia iniciati-va".

Repito, no estoy de acuerdo con la variante quepropone al artículo mi distinguido amigo el doc-tor Fernández Arce, porque los derechos delniño...

El señor PRESIDENTE.— Ese punto lo vere-mos después, señor Chirinos.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Por lo pron-to, señor, rechazo la adición planteada por el se-ñor Cáceres, que indica la facilidad con que lasasambleas privan de ingresos a la Caja Fiscal.

El señor PRESIDENTE.— Puede hacer usode la palabra el señor Joy Way.

El señor JOY WAY ROJAS (NM-C90).— Se-ñor Presidente, deseo complementar la idea queacaba de expresar el doctor Chirinos.

La propia experiencia nos enseña que el meca-nismo por el cual se permite que las donacionessirvan para descargar obligaciones tributarias hasido una práctica semilegal —por ponerle algúnnombre— de evasión de impuestos. Casi la ma-yoría de las empresas buscaban, en determina-dos momentos, hacer donaciones hasta ficticias,porque eso permitía unas deducciones impositi-vas sumamente importantes.

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En ese sentido, definitivamente, se tiene quemantener el tratamiento igualitario en materiatributaria, no dejar ventanas que puedan propi-ciar el mal uso de esta medida, cosa que, por lodemás, es muy fácil.

En consecuencia, estoy totalmente de acuerdocon lo que propone el doctor Chirinos.

El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-pir, señor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Lo que diceel señor Joy Way ocurre de manera muy frecuen-te. ¿Qué hace la empresa que tiene que tributar?Se pone de acuerdo con el presunto beneficiarioy hace que en los papeles se consigne una exone-ración por 100, cuando en la práctica el benefi-ciario recibe una donación por 20 ó 50.

El señor PRESIDENTE.— Continúe, señorJoy Way.

El señor JOY WAY ROJAS (NM-C90).— Jus-tamente, ésas son las condiciones de las dona-ciones e incluso se emiten en blanco los recibosde las donaciones para que alguna mano pongael monto que convenga.

Lamentablemente, ha sido una práctica nefastapara la economía del país y en este momento espeligroso dar salidas de este tipo.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Una breve interrupción, señor JoyWay.

El señor JOY WAY ROJAS (NM-C90).— Sí,por supuesto.

El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-pir, señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: El ejemplo queseñala el doctor Chirinos, que es por demás su-gerente, se aplica para el caso de una donacióndirecta, en la que un interesado dona a un parti-cular que se halla en una situación de necesidady luego se procede a hacer la deducción tributariacorrespondiente, que es a lo que se refiere el ar-tículo 8.°.

El añadido que propongo no tiene ese sentido. Eneste caso se trata de alguien que dona al Estadopara que éste ejerza esa protección que debe daral niño, al adolescente y al anciano que se halla ensituación de abandono económico, corporal o mo-ral. Entonces, obviamente, el Estado no le va a

dar doble recibo por el monto de la donación, sinosimplemente lo que le corresponde.

Repito, el ejemplo citado por el señor Chirinosrige entre particulares, mas no de un particularen favor del Estado.

El señor PRESIDENTE.— Continúe, señorJoy Way.

El señor JOY WAY ROJAS (NM-C90).— Po-dría dar algunos ejemplos, señor Presidente.

Normalmente, este aspecto depende de la valo-rización, como se aplica ese refrán de que a caba-llo regalado no se le mira los dientes, entonces,por ejemplo, a alguien se le regala una computa-dora de la que el donante cree que vale 22 mildólares, cuando en el mercado su precio es demil quinientos.

En este contexto, el Estado hace los requerimien-tos del caso y, efectivamente, se cumple su come-tido; sin embargo, la valorización en términoscontables y tributarios demuestra que dicha prác-tica ha sido onerosa para el gobierno, pues evi-dencia que se renunció a un ingreso al cual sehabría podido dar un destino mejor.

En este sentido, señor Presidente, coincido enque la sugerencia del doctor Cáceres no debe serincorporada al artículo 8.°.

Gracias.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— En todos los países occidentales es-tas formas de donación son promovidas.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra ladoctora Helfer Palacios.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Señor Presidente, enfocaré el tema desde otraperspectiva, pero que está relacionada al debateque se viene dando.

He trabajado toda mi vida, y puedo decir que sibien soy consciente de que debería haber —yexisten— mecanismos de control para que estasirregularidades no se cometan y sean severamen-te sancionadas, lo cierto es que este tipo de in-centivos, por decirlo de alguna manera, ha per-mitido que escuelas y universidades puedan de-sarrollarse. Me parece fundamental esta acciónen favor del niño, del adolescente y del ancianoen el campo de la educación, la salud y la asis-tencia. Es muy difícil conseguir que el sector pri-vado apoye a la educación si no hay una motiva-ción mínima para hacerlo.

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Para que no ocurran las irregularidades en la va-lorización de las donaciones, como señaló bien elingeniero Joy Way, deben establecerse reglas cla-ras para controlarlas, pero no por ello dejar demotivar a que se aporte en este caso.

Ha sido evidente que cuando han sido elimina-dos o notablemente disminuidos los incentivostributarios de exoneraciones en el campo de laeducación, se ha puesto en riesgo incluso el fun-cionamiento de algunas instituciones.

El señor PRESIDENTE.— Pondremos a vota-ción el artículo por partes, a ver si se recogen losplanteamientos que se han hecho.

La primera parte del artículo 8.° es la siguiente:"El niño, el adolescente y el anciano son protegi-dos por el Estado".

Los señores congresistas que aprueben la prime-ra parte del artículo 8.°, la que se ha dado lectu-ra, se servirán manifestarlo levantando la mano.(Votación). 6 votos (de los señores Carlos Ferrero,César Fernández, Róger Cáceres, Pedro Vílchez,Martha Chávez y Víctor Joy Way). Los que esténen contra. (Votación). Ninguno y una abstención(del señor Enrique Chirinos). Aprobado por 6votos a favor y una abstención.

Pasamos a los agregados.

El agregado vigente dice: "[...] ante el abandonoeconómico, corporal o moral". Los que estén deacuerdo con este texto, sírvanse manifestarlo le-vantando la mano. (Votación)...

Señores congresistas, les pido que revisen suConstitución en el artículo 8.°.

Se pone a votación este agregado porque se hanesgrimido dos conceptos: uno, que en la primeraparte del artículo ya estaría comprendido deltodo; el otro, que habría que ser más explícito.

En consecuencia, se vota la segunda parte delartículo. Los señores congresistas que apruebenmantener el texto tal como está, se servirán ma-nifestarlo levantando la mano. 6 votos (de los se-ñores Carlos Ferrero, César Fernández, RógerCáceres, Pedro Vílchez, Martha Chávez y VíctorJoy Way). Los que estén en contra. (Votación).Ninguno y una abstención (del señor EnriqueChirinos). Aprobado por 6 votos a favor y unaabstención.

Doctora Helfer, estamos en votación.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Discúlpeme, señor Presidente, pero no entiendo

la mecánica que se está empleando, quizá seaporque he venido por primera vez a la Comisión.

Lo cierto es que estamos tratando el tema de laexoneración de tributos y luego se pasa a la vota-ción por partes del artículo 8.°. ¿En qué momen-to puedo proponer otro tipo de agregados?, queson un elemento fundamental para expresar unaopinión en uno u otro sentido y luego votar poruna u otra alternativa.

El señor PRESIDENTE.— Permítame expli-carle el procedimiento, doctora Helfer.

La propuesta anunciada desde el principio porNueva Mayoría-Cambio 90 es mantener el textoconstitucional como está —hasta el artículo41.°—, salvo algunos cambios puntuales que pu-dieran precisarse.

Frente a dicho planteamiento, los partidos, gru-pos o personas que están presentes pueden ha-cer llegar sus propuestas alternativas. En su caso,por ejemplo, usted ha hecho llegar propuestasde modificación del artículo 6.° ó 7.°.

En este momento estamos votando el artículo 8.°,cuyo texto vigente ha sido aprobado y mayormen-te no ha habido debate. Sobre esa propuesta, hayotro agregado del doctor Róger Cáceres referenteal problema de los tributos, tema en el cual ustedha intervenido y que está pendiente de votación.

Cuando existe una propuesta alternativa sobreun artículo —por ejemplo, a continuación vamosa ver la propuesta del doctor Fernández Arce so-bre el artículo 8.°—, ésta se pone a consideraciónpara su debate y luego se pasa a la votación.

En este momento estamos viendo una cuestiónmuy precisa: un agregado al artículo 8.° plantea-do por el doctor Róger Cáceres.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Señor Presidente, hace un momento se estabavotando íntegramente el artículo y luego, paracualquier cambio, tenía que plantearse unareconsideración del mismo. Por eso deseo saberen qué momento puedo proponer un agregado,porque si no puedo hacer que se trate el artículo7.° —yo había pedido que se fusionen porque eramucho más fácil abordarlos juntos—, me gusta-ría hacer el agregado en el artículo 8.°.

El señor PRESIDENTE.— Doctora Helfer,como le dije, en este momento hay una propues-ta del señor Róger Cáceres sobre el artículo 8.°.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Entonces, voy a alcanzarle una propuesta parael artículo 8.°, señor Presidente.

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El señor PRESIDENTE.— Será la tercera, por-que la segunda propuesta es la del doctor Fer-nández Arce.

Se somete a votación la propuesta del señor RógerCáceres, agregar en el artículo 8.° lo siguiente:"Las donaciones que se efectúen para contribuira dichos fines están exentas de toda tributación".Los señores congresistas que aprueben el agre-gado que se ha dado lectura, se servirán mani-festarlo levantando la mano. (Votación). Los queestén en contra. (Votación). Rechazado por 4 vo-tos en contra, 2 a favor y una abstención.

El comentario no es pertinente, doctor RógerCáceres, y le comunico que la sesión se está gra-bando.

Los niños no están abandonados. El texto cons-titucional aprobado dice: El niño, el adolescentey el anciano son protegidos por el Estado ante elabandono económico, corporal o moral". Los ins-trumentos, como se ha señalado, para hacer efec-tiva esta protección se ven a través de la ley.

La propuesta del doctor Fernández Arce consis-te en hacer un agregado al artículo 8.°, que diría:

"Los derechos del niño y del adolescente son pre-ferentes. El Estado garantiza el cumplimiento delprincipio del interés superior del niño, del ado-lescente, y establece políticas de prevención y pro-moción en general, y de protección, asistencia yrehabilitación en los casos de riesgo o desampa-ro".

En debate.

Tiene la palabra el señor Fernández Arce.

El señor FERNÁNDEZ ARCE (NM-C90).—Gracias por concederme el uso de la palabra, se-ñor Presidente.

El hecho de que en el primer párrafo del artículose establezcan derechos preferentes no implicanecesariamente, ni eventualmente, que se vayacontra lo que la Constitución ya ha señalado: laigualdad de derechos de todas las personas hu-manas, sino que aquí se trata de una menciónque tiene relación con el objetivo prioritario delEstado, que es velar por el bien común, es decir,crear las condiciones necesarias para que todapersona humana pueda lograr el desarrollo inte-gral con su propio esfuerzo. He ahí la esencia delconcepto del bien común.

De tal manera que, en este orden de ideas, el quelos derechos del niño y del adolescente sean pre-ferentes responde a una función tuitiva del Es-

tado, en otras palabras, que escapa de la esferadel derecho privado para ir al derecho público.

El segundo párrafo, que podría ser confundidocon el artículo 8.° de la Constitución vigente, noes tal, porque el artículo 8.° dice: "Los derechosdel niño, del adolescente y el anciano son prote-gidos por el Estado". Es una declaración un tan-to teórica.

En cambio, en la propuesta vamos más allá, puesdecimos que el Estado "[...] establece políticas deprevención y promoción en general, y de protec-ción, asistencia y rehabilitación en los casos deriesgo y desamparo". Esto es muy importante,señor.

He tenido ocasión, años atrás, de estar en con-tacto con muchos niños abandonados. Basta condecirles —y no quiero ponerme dramático— queha habido casos en que cierta parroquia me pe-día ayuda para llevar alimentos a los orfelinatosde Lima porque no tenían qué comer.

El Estado cumple una función de vida cabal dan-do protección sobre todo a la mayor parte de loshabitantes del Perú, que, en mi concepto, sonniños y adolescentes, que merecen nuestra espe-cial preocupación. En ese sentido, así como con-sagramos por primera vez que el Estado garanti-ce la vida del concebido —lo que para mí es algomuy importante—, también es trascendental,aunque pueda parecer reiterativo, establecer estederecho preferencial, como función tuitiva delEstado por las circunstancias especiales, pero nosólo de los niños y adolescentes, sino de todosaquellos que se encuentran en situación de ries-go o de desamparo.

Gracias.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra eldoctor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: Ante todo, debodecir que las propuestas del doctor FernándezArce me merecen siempre respeto y una profun-da consideración, porque sé que emanan de suexperiencia en el Poder Judicial.

La Constitución tiene que ser necesariamente ge-neral y breve, no duplicatoria ni desarrollar con-ceptos, porque eso se deja para las disposicionesque correspondan: códigos, leyes generales, le-yes orgánicas, etcétera.

En este caso, los conceptos incluidos en la pro-puesta alcanzada por el doctor Fernández Arce—como lo estoy comprobando de la lectura que

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estoy haciendo de ella— se encuentran compren-didos dentro del enunciado general que hemosaprobado hace un momento: "El niño, el adoles-cente y el anciano son protegidos por el Estado".Dentro de la noción de protección está justamen-te lo que se solicita: políticas de prevención, pro-moción en general, protección, asistencia y reha-bilitación en los casos de riesgo y de desamparo.Tanto es así que en el enunciado aprobado se dice:"[...] en estado de abandono económico, moral ocorporal".

Por consiguiente, señor Presidente, creo que esinnecesaria la propuesta que formula el señorFernández Arce, por cuanto sus conceptos ya es-tán implícitos en el texto que hemos aprobado.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra eldoctor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente: El doctor Fernández Arce sabe el afectoque le tengo, pero eso no tiene nada que ver conla libertad que tengo para discrepar.

He adelantado que decir que hay una preferen-cia en los derechos, no en las situaciones, de al-guna manera roza el principio de igualdad antela ley. Sabemos también que hay otro principioconstitucional según el cual pueden dictarse le-yes especiales por la naturaleza de las cosas, perono por la diferencia de las personas. Ése sería elcaso de las leyes especiales que faciliten los dere-chos del niño y del adolescente, y que deben es-tar en el Código de Menores.

Porque la situación dramática que describe elseñor Fernández Arce —que los orfelinatos ca-recen de dinero para proporcionar un día de de-sayuno o almuerzo a los niños— no se corrige,desgraciadamente, con la bella declaración líricaque él mismo propone. Lo que pasa es que losorfelinatos no tienen fondos porque la beneficen-cia no recibe los recursos necesarios del Ministe-rio de Salud, que, a su vez, no tiene dinero por-que el Ministerio de Economía tampoco tieneplata debido a que los recursos del Estado no al-canzan o porque sus otros gastos son excesivos.

Señalar en el artículo, como él quiere, que elEstado garantice el cumplimiento del principiodel interés superior del niño y del adolescente yque establezca políticas de promoción y protec-ción, y de todo lo demás, no va a aliviar este pro-blema. De allí no se deducirá ninguna consecuen-cia para el alivio de la situación de los orfelinatos,que es un caso, pero habrá 18 mil más. Este pro-blema se superará cuando el Estado tenga recur-sos, cuando el Estado cuente con un Ministerio

de Salud más activo y cuando las beneficenciasfuncionen mejor y los orfelinatos cuenten conrentas.

No se conseguirá superar las dificultades con de-claraciones constitucionales, que hará de estaConstitución un texto muy parecido a la CartaMagna colombiana: no tendremos 300 artículos,sino 500, y cada uno será supercomplicado.

El texto que propone el doctor Fernández Arcepodría encabezar los principios generales de unCódigo de Menores, pero no creo que sea mate-ria constitucional, sobre todo por su falta de efi-cacia. No tiene eficacia económica ni fiscal. ElEstado tiene una función tuitiva, lo reconozco,pero para que la cumpla tiene que contar con di-nero. Entonces, mientras el Estado —que tieneen abandono a las dos terceras partes de su po-blación— no tenga recursos, no podrá cumplircon el objetivo que le señala la declaración de midistinguido amigo el doctor Fernández Arce.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra ladoctora Helfer Palacios.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Señor Presidente: Justamente, tomando en cuen-ta las últimas palabras del señor Chirinos, debodecir que acaban de votar mayoritariamente encontra de una posibilidad por la que el Estadohubiera obtenido recursos para apoyar a las ins-tituciones que socorren a las personas necesita-das.

Me parece importante el aporte del doctor Fer-nández Arce y rescato ese aspecto preventivo.

El artículo 8.° —fíjense bien— se refiere sólo alcaso de abandono, mas no cuando se trata de laviolencia sobre los niños, adolescentes y ancia-nos. Asimismo, no se contempla la labor de pre-vención, es decir, no se permita que estos gruposhumanos entren a esta situación de riesgo, as-pecto que es muy importante.

Llamo la atención sobre estos dos aspectos, paraque se vea cómo es que estamos aprobando artícu-los con una velocidad increíble que no permiteque se puedan recoger aportes como los señala-dos.

En ese sentido, me parece que se podría mejorareste artículo incluyendo dos elementos trascen-dentes: primero, rescatando la labor de preven-ción; y, segundo, haciendo que la protección delEstado no sea solamente frente al abandono, sinotambién frente a la violencia que se ejerce sobreniños, adolescentes y ancianos.

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El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Con su venia, señor Presidente.

Todos esos conceptos que plantea la doctora Glo-ria Helfer, muy acertados por demás, están den-tro de la noción de promoción que hemos apro-bado en el artículo 6.° —propuesto por quienhabla—, que dice: "El Estado ampara y promue-ve la paternidad responsable". Esa promoción sig-nifica que los padres alimenten, eduquen y denseguridad a sus hijos, así como los hijos tienen eldeber de asistir a sus padres.

En consecuencia, sería duplicatorio consideraresta propuesta.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).— ¿Yel aspecto de protección contra la violencia?

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— También está en ese artículo.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—¿En qué parte, señor Róger Cáceres?

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Está dentro del texto que dice: "ElEstado ampara y promueve la paternidad respon-sable".

Todo lo que es atributo de una paternidad res-ponsable será promovido por el Estado.

El señor PRESIDENTE.— Señor Róger Cáce-res, permítame aclarar un punto de la materiaen debate, para conocimiento del periodismo yde la opinión pública.

Los artículos que estamos discutiendo han teni-do un amplísimo debate previo a la Carta Políti-ca de 1979 y durante diez años se ha investigadocada palabra que figura en la Constitución ac-tual, de modo que, al avanzar rápidamente en laaprobación de los artículos, no estamos hacien-do otra cosa que considerar las investigaciones yestudios que se han hecho de manera constante.Más bien, hay que analizar con cuidado cualquiercambio, porque ello sí implica alterar todo esetrabajo realizado. De tal manera que dejar losconceptos como están implica respetar esa inves-tigación, y cualquier cambio que se haga debeestar debidamente fundamentado.

Puede hacer uso de la palabra el señor HumbertoSambuceti.

El señor SAMBUCETI PEDRAGLIO (FIM).—Señor Presidente: Deseo añadir un punto que

parece que no ha sido recogido en el artículo 8.°—que es el que estamos viendo— y que podríaincluirse en él: la reglamentación de la protec-ción para los niños que trabajan.

En el Perú hay una gran cantidad de niños tra-bajadores. Se trata de un fenómeno muy difun-dido no solamente en el ámbito urbano, sino tam-bién en el rural, pero en ninguno de los artículosni párrafos de la parte sobre la familia se con-templa esta triste realidad. Entonces, creo quese podría agregar lo siguiente: "asimismo se re-glamentará la protección para los niños que tra-bajan".

Sería muy importante que se apruebe este aña-dido. En todo caso, espero algún comentario alrespecto.

El señor PRESIDENTE.— ¿Alguna otra pro-puesta, doctora Martha Chávez?

La señora CHÁVEZ COSSÍO (NM-C90).— Enrelación con el tema que propone el señor Sam-buceti, creo que debe ser reservado para cuandose analice lo referente a los derechos laborales yno en este artículo; es más, la Constitución vi-gente trata este aspecto dentro del tema laboral.

El señor PRESIDENTE.— En consecuencia,pasamos a la votación.

Los señores congresistas que aprueben el agre-gado al artículo 8.°, propuesto por el señor Fer-nández Arce, sírvanse manifestarlo levantandola mano. (Votación). 5 votos (de los señores Pe-dro Vílchez, César Fernández, Carlos Ferrero,Martha Chávez y Víctor Joy Way). Los que esténen contra. (Votación). 2 votos (de los señoresRóger Cáceres y Enrique Chirinos). Aprobado por5 votos a favor y 2 en contra.

Hay una propuesta de la doctora Helfer parahacer un agregado a la primera parte del artícu-lo 8.°.

La primera parte dice: "El niño, el adolescente yel anciano son protegidos por el Estado ante elabandono económico, corporal o moral". Ella pro-pone agregar: "Cuando los responsables de ha-cerlo de acuerdo a ley no estén en capacidad dehacerlo".

Puede hacer uso de la palabra la doctora GloriaHelfer.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Esta propuesta, que era coherente con otras quesugerí y que no fueron aceptadas —por eso aho-ra queda un poco suelta—, está fundamentadaen una concepción de Estado que asume respon-

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sabilidades sólo cuando aquellos que tienen quecumplirlas no están en posibilidad ni en capaci-dad de hacerlo.

Se alude a la necesidad de que los padres y losfamiliares asuman sus responsabilidades en re-lación con los hijos y los niños. Por tanto, el Es-tado asume esta responsabilidad —a la que alu-de el artículo 8.°— sólo cuando aquellos no esténen capacidad de hacerlo por enfermedad o pordiferentes razones que pueden ser observadas.

Pero este aspecto estaba acompañado necesa-riamente con la argumentación que se sosteníaen los artículos anteriores, donde el Estado, ade-más, asume las acciones judiciales en caso de quese produjera el abandono.

La argumentación, fundamentalmente, sostieneque en países como el nuestro no existe suficien-temente el hábito de asumir responsabilidades,particularmente por parte del padre, en el casodel matrimonio, y que las sanciones que el Esta-do aplica no son suficientes. Por tanto, la situa-ción de abandono que existe tiene responsables,que deben asumir sus obligaciones.

Pongo un ejemplo: ahora último se ha aprobadoun trato entre México y los Estados Unidos porel que los dos países se comprometen a colaborarpara que los padres mexicanos que abandonan asus familias, por huir a los Estados Unidos, pue-dan ser ubicados, de tal manera que no dejen enel aire sus responsabilidades.

Todos los países, incluso los Estados Unidos, tie-nen sanciones muy severas para los casos deabandono.

Ésta es la forma como socialmente se puede lle-gar a una paternidad responsable tal cual la aca-bamos de aprobar. Es decir, mientras no se to-men las medidas necesarias para que estas res-ponsabilidades —del padre en relación con lamadre, de ambos padres en relación con los hi-jos, de los hijos en relación con sus padres ancia-nos— sean asumidas y el Estado no sancione aquienes no las asumen, sencillamente seguire-mos en la misma situación.

Entonces, hay que observar cómo el Estado nosolamente tiene que actuar en los casos de aban-dono, sino también tiene la posibilidad legal deprevenir que haya menos individuos abandona-dos. ¿Por qué? Porque debe velar para que losque tengan las responsabilidades mencionadaslas asuman.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra eldoctor Ferrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Entiendo la preocupación de la doctora Helfer,que sostiene que la participación del Estado enproteger a los niños en abandono es posterior ala obligación que tienen los padres de cumplirsus responsabilidades. El planteamiento es im-pecable: los padres deben cumplir primero sudeber; si ellos fallan, recién actúa el Estado.

Pero, ¿qué ocurre? Que este debate debió resol-verse en el artículo 6.°, donde, según entiendo,la Comisión adoptó una posición porque el plan-teamiento quizá no fue explicitado debidamen-te, entonces, quedará un vacío en esta parte. Que-dan, por tanto, dos caminos.

En primer lugar, sugiero a la doctora Helfer queno insista en resolver el problema de maneratangencial a través del artículo 8.°, sino que loreplantee en su momento con un dictamen enminoría mediante la modificación del artículo 6.°.En segundo lugar, que al momento de tratarselos deberes y las obligaciones del ciudadano sebusque una salida para su inquietud.

¿Qué ocurriría si aprobamos ahora lo que se estáproponiendo?

La señora HELFER PALACIOS (MDI).— Elconcepto quedaría descolgado.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Queda descolgado, ésa es la frase exacta.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra eldoctor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Escuchédecir a la doctora Helfer que su adición, de seraprobada, puede quedar descolgada.

Efectivamente, ello es así, porque señalar que elniño y el adolescente son protegidos por el Esta-do ante el abandono cuando los responsables nocumplen con su deber, quiere decir que quedanprotegidos ante el abandono cuando son abando-nados. No podemos incurrir en una repeticiónde esa clase.

Los textos legales modernos no contienen defi-niciones. Debemos decir: "Ante el abandono"; yel abandono consiste en que quedan en manosdel Estado aquellos niños, adolescentes o ancia-nos, con respecto a sus responsables legales.

No sé si podrá agregarse algo en el artículo 6.°,pero, en todo caso, estoy de acuerdo con que aquíestá totalmente fuera de contexto.

Gracias, señor Presidente.

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El señor PRESIDENTE.— La propuesta de ladoctora Helfer consiste en hacer un agregado alprimer párrafo del artículo 8.°, con el texto si-guiente: "[...] cuando los responsables de hacerlode acuerdo a ley no estén en capacidad de hacer-lo".

Se va a votar. Los señores congresistas que aprue-ben el agregado propuesto por la señora Helfer,se servirán manifestarlo levantando la mano.(Votación). Los que estén en contra. (Votación).Rechazado por 4 votos en contra y 1 a favor.

—El texto aprobado es el siguiente:

"Artículo 8.°.— El niño, el adolescente y el an-ciano son protegidos por el Estado ante el aban-dono económico, corporal y moral.

Los derechos del niño y del adolescente son pre-ferentes. El Estado garantiza el cumplimiento delprincipio del interés superior del niño y del ado-lescente, y establece políticas de prevención ypromoción en general, y de protección, asisten-cia y rehabilitación en los casos de riesgo o des-amparo."

El señor PRESIDENTE.— Sobre el artículo9.°, en el debate inicial del capítulo, la doctoraHelfer también señaló la posibilidad de hacer unamodificación, que es lo que veríamos en estemomento. Le pregunto si tiene una propuestaconcreta que hará llegar a la Mesa.

En espera de la indicación, no habiendo otrasobservaciones sobre los demás artículos... Per-dón, no se mencionó ninguna otra observaciónsobre los artículos de este capítulo.

Tiene la palabra el señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente, estamos procedien-do ordenadamente artículo por artículo.

El señor PRESIDENTE.— Es que estamosanalizando el capítulo; no obstante, si usted tie-ne una propuesta, le rogaría que en lo sucesivolo formule en el momento oportuno.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Me apuntopara observar el artículo 10.°, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.— Al no haber pro-puestas de modificación al artículo 9.° de la Cons-titución vigente, se da por aprobado en sus mis-mos términos.

—El texto aprobado es el siguiente:

"Artículo 9.°.— La unión estable de un varón yuna mujer, libres de impedimento matrimonial,que forman un hogar de hecho por el tiempo yen las condiciones que señala la ley, da lugar auna sociedad de bienes que se sujeta al régimende la sociedad de gananciales en cuanto es apli-cable."

El señor PRESIDENTE.— Abrimos el debatesobre el artículo 10.°. Solicito a los miembros dela Comisión que si tienen alguna propuesta demodificación, la hagan llegar por escrito.

Tiene la palabra el doctor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Solamente estamos tratando elartículo 10.°, porque con respecto al 11.° tengouna fórmula sustitutoria.

En cuanto al artículo 10.°, señor Presidente, debodecir que el lugar donde debe tratarse este dere-cho es en el artículo 18.°, que dice: "El Estadoatiende preferentemente las necesidades básicasde la persona y de su familia en materia de ali-mentación, vivienda y recreación [...]". Por tan-to, no hay razón alguna para que tratemos porseparado este aspecto, pues sería repetitivo.

El señor PRESIDENTE.— Entonces, la ponen-cia sugiere suprimir el artículo 10.°, debido a queel concepto ya está comprendido en el artículo18.°.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— No es así, señor Presidente. Mi pro-puesta consiste en que tratemos este artículoconjuntamente con el 18.°.

El señor PRESIDENTE.— La propuesta con-creta es que el artículo 10.° sea tratado cuandose analice el artículo 18.°, por las razones men-cionadas.

Se abre el debate.

Tiene la palabra el señor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente, si la cuestión previa del señor Cácereses aprobada, ya no haría la propuesta alternati-va que tengo.

El señor PRESIDENTE.— Correcto. En con-secuencia, se somete a consideración la propues-ta del doctor Cáceres.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— De repen-te acepta mi propuesta alternativa.

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El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Así es, señor Presidente.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Déjemeseñalar mi propuesta, señor Presidente, para quetomen nota.

Se trata de uno de los artículos típicamente de-magógicos de la Constitución de 1979, que dice:"Es derecho de la familia contar con una vivien-da decorosa". ¿Ante quién se hace exigible el de-recho? ¿Se puede ir ante el juez y decirle: "Demeusted una vivienda decorosa porque la Constitu-ción me da ese derecho"? No se puede. En conse-cuencia, este artículo sirve de bandera a las in-vasiones de terrenos públicos y privados.

Si mantenemos el concepto, tenemos que cam-biar fundamentalmente la redacción. Yo diría—ruego que tomen nota en secretaría—: "El Es-tado ejecuta una política de estabilidad moneta-ria y de fomento al ahorro para facilitar a la fa-milia el derecho de contar con una vivienda de-corosa".

Si se mantiene el artículo en esta parte, sugieroesa redacción; de lo contrario, acepto que sea tra-tado más adelante.

El señor PRESIDENTE.— Primeramente, seva a votar la cuestión previa planteada por el se-ñor Róger Cáceres.

Los señores congresistas que estén a favor de lacuestión previa, en el sentido de que el artículo10.° sea tratado conjuntamente con el artículo18.°, se servirán manifestarlo levantando la mano.(Votación). 6 votos (de los señores Róger Cáceres,Carlos Ferrero, Víctor Joy Way, Pedro Vílchez,Enrique Chirinos y César Fernández). Los queestén en contra. (Votación). Ninguno y una abs-tención (de la señora Martha Chávez). Aprobadapor 6 votos a favor y una abstención.

Tiene la palabra el señor Víctor Joy Way.

El señor JOY WAY (NM-C90).— Señor Presi-dente, creo que el artículo 10.° debe ser suprimi-do.

El señor PRESIDENTE.— El artículo 10.° hasido suprimido. El concepto puede volver a ana-lizarse cuando se trate el artículo 17.°.

Hay una propuesta sobre el artículo 11.°, pregun-to si se trata de un texto sustitutorio o de unagregado.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Es un texto sustitutorio, señor Pre-sidente.

El señor PRESIDENTE.— Sírvase dar lectu-ra a su propuesta, doctor Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— El texto sustitutorio que preconizodice lo siguiente: "Los restos mortales de las per-sonas indigentes o desconocidas son sepultadosgratuitamente en los cementerios públicos".

En primer lugar, en la propuesta me refiero a losrestos mortales y no a los muertos, porque en-tendemos que la política de la cremación irá im-poniéndose por necesidad en este país.

En segundo lugar, se habla en general de los in-digentes y desconocidos, para no dar lugar a quelos familiares abandonen a los muertos con laseguridad de que serán sepultados en los cemen-terios públicos alegando que no tienen recursoseconómicos. En esta situación, con el texto quesugiero, tendría que acreditarse la condición deindigencia de los fallecidos.

Señor Presidente, el doctor Chirinos Soto me pideuna interrupción.

El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-pir, señor Chirinos.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Me pareceque es preferible lo que propone el doctorCáceres: mantener el texto actual de la Consti-tución. Claro que siempre habrá que decir sólola palabra los restos, pero no mortales, porqueno van a ser restos inmortales; son restos única-mente. Pero presenta muchas complicacionesdecir el término indigentes o desconocidas, por-que de este modo la familia empezará a entablarprocedimientos para que se declare indigentes asus muertos.

En ese sentido, como cuestión previa, señor Pre-sidente, propongo que se suprima el artículo, por-que responde a la filosofía de un Estado benefi-cencia: desde la cuna hasta la tumba todo es gra-tis y como dice Milton Friedman, no existe talcosa para los muertos.

El señor PRESIDENTE.— Se venció su tiem-po, señor Róger Cáceres, pero tiene un minutopara terminar.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente, tampoco podemoscolocarnos en el otro extremo que preconiza elseñor Chirinos: cerrar los ojos ante la situaciónde personas indigentes y desconocidas que mue-ren. Si no hay un derecho reconocido en el ámbi-

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to de la Constitución, se podría hacer cualquiercosa con esos restos.

La persona humana está de por medio y el respe-to de su honor debe reflejarse también en lo con-cerniente al tratamiento que reciben sus restos.Por eso, en una forma mínima, creo que debeconsiderarse en la Constitución el texto que su-giero.

Gracias.

El señor PRESIDENTE.— Señor Cáceres, leruego que vuelva a leer el texto de su propuesta.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Con todo gusto, señor Presidente.

El texto dice: "Los restos de las personas indi-gentes o desconocidas son sepultados gratuita-mente en los cementerios públicos".

El señor PRESIDENTE.— ¿Alguna otra opi-nión sobre la propuesta?

Tiene la palabra el señor Ferrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).— Elseñor Cáceres, en la primera propuesta sobre estepunto en la mañana, expresó que el término se-pultados no era necesariamente entendido portodos como que ello pudiera incluir la cremación.Ahora, entiendo que en su propuesta esa preocu-pación desaparece, porque cuando se dice restosmortales debe entenderse que se refiere a "cre-mación". Pero ése no es el idioma común y co-rriente de las personas, es decir, ellas entiendenpor el término sepultar algo y por cremar otracosa, y esta Constitución debe ser para todos.

Entonces, como dice el doctor Fernández Arce,la palabra inhumación sí incluye a la cremacióny a la sepultura. Ésa es la primera sugerenciaque hago para rescatar una preocupación quenació en la mañana.

El señor PRESIDENTE.— Para precisar supropuesta, señor Ferrero, ¿usted utilizaría el tér-mino sepultados?

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).— No,señor Presidente. El término son inhumados esel que se debe emplear.

En segundo lugar, concuerdo con Enrique Chi-rinos cuando expresa que, en el fondo —aunqueno lo dice exactamente así—, es más fácil para lalegislación saber quién tiene medios económicosy quién no, quién es desconocido y quién es indi-gente.

Una persona es desconocida si, ciertamente, nose sabe quién es el que ha desaparecido, que pue-

de tratarse de una persona sobre la que no sesabe quién es, pero que puede tener medios eco-nómicos.

En lo que se refiere al término indigente, nor-malmente la legislación establece inclusive unadeclaración de indigencia, es decir, se tiene queprobar esa condición. La palabra indigencia sig-nifica el extremo de la pobreza, que requiere unacertificación del Estado.

En cambio, en el caso de la pobreza en sí, comopobreza, basta con el arbitrio de aquel que tomala decisión.

Este derecho estaría protegido mejor si se man-tiene el texto actual de la Constitución, antes queincluir la palabra indigencia. Ésa es la preocu-pación que tengo, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-pir, señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: Me parece que lapreocupación del señor Ferrero está regulada porel Código Civil. Hay disposiciones que estable-cen expresamente cómo debe acreditarse la con-dición de persona indigente mediante una decla-ración jurada; y en el caso de que dicha declara-ción resulte falsa, pues queda el derecho de re-sarcir el pago.

El señor PRESIDENTE.— Continúe, doctorFerrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Exactamente, señor Presidente, quiere decir quehoy se puede enterrar a una persona pobre sintrámite previo.

De acuerdo con la propuesta, primero habría quedeclararlo indigente y después enterrarlo, con locual estaríamos obligados a tramitar un procedi-miento para que sea declarado indigente y quedespués sea enterrado.

En mi concepto, señor, la propuesta no es conve-niente.

El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-pir, señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Justamente, la situación a la que serefiere el señor Ferrero está contemplada en elReglamento de la Ley General de Cementerios yServicios Funerarios. Es decir, cuando alguiendice que tal persona es indigente, debe presen-tar una declaración jurada solicitando el entie-rro de la misma.

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El señor PRESIDENTE.— Continúe, doctorFerrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Señor Presidente: Si ni siquiera tenemos toda-vía un régimen de alfabetos que supere el 85%,pues tenemos entre el 15% y 20% de analfabe-tos, ¿vamos a exigir una declaración de que elseñor ha muerto por un accidente de tránsito yse encuentra tirado en la pista y, por tanto, elfuncionario competente va a disponer que lo en-tierre gratuitamente? No, señores, el funciona-rio, antes de tomar las medidas del caso, dirá:"Primero tráigame la declaración jurada de queel fallecido es indigente"?

Si la tendencia contemporánea, y que nosotroshemos venido defendiendo, es simplificar los trá-mites administrativos y hacer las cosas de lamanera más sencilla, no entiendo por qué tene-mos que retroceder exigiendo la declaración deindigencia, que es un procedimiento que entor-pece el principio de la tumba gratuita.

El señor PRESIDENTE.— Su tiempo se ha ven-cido, doctor Ferrero. Tiene treinta segundos paraterminar.

La otra alternativa es dejar el texto tal como está.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Señor Presidente, sería con el añadido que hasugerido el doctor Fernández Arce: incluir el con-cepto de la cremación, es decir, sustituir el términola sepultura por la inhumación, que es lo realmenteimportante.

El señor PRESIDENTE.— Tenemos variaspropuestas sobre este artículo, señores congre-sistas.

Tiene la palabra el doctor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Yo he pro-puesto que se elimine el artículo porque consi-dero que debe figurar donde está, en el Regla-mento de la Ley General de Cementerios y Ser-vicios Funerarios, disposición que el doctorCáceres nos ha leído. Al eliminar el artículo, noestamos ilegalizando el Reglamento, en absolu-to, sino simplemente guardamos silencio.

Pero la verdadera cuestión previa es si se inclu-ye o no el artículo. Si no se acepta mi propuesta,como es probable, presentaría una variante quequizá acepte el doctor Cáceres, que diga: "El Es-tado procura una política para que los [...]".

El señor PRESIDENTE.— Es una cuestión deorden entonces.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— No, señorPresidente.

El señor PRESIDENTE.— Señores congresis-tas: La primera propuesta es mantener el textodel artículo 11.° de la Constitución actual, que esel planteamiento de Nueva Mayoría-Cambio 90.La segunda propuesta es suprimirlo, teniendo encuenta que no es una norma de nivel constitu-cional. La tercera propuesta es un nuevo textoque propone el doctor Róger Cáceres. Finalmen-te, la cuarta propuesta es el texto que propone eldoctor Fernández Arce.

Se va a votar en el orden señalado.

Los señores congresistas que aprueben mantenerel texto tal como está, se servirán manifestarlolevantando la mano (Votación). Los que estén encontra. (Votación). Rechazado por 7 votos.

Los señores congresistas que estén a favor de lacuestión previa planteada por señor Enrique Chi-rinos, en el sentido de suprimir este artículo cons-titucional, se servirán manifestarlo levantandola mano. (Votación). 5 votos (de los señores Víc-tor Joy Way, Martha Chávez, Pedro Vílchez, En-rique Chirinos y Carlos Torres). Los que esténen contra. (Votación). 4 votos (de los señoresRóger Cáceres, César Fernández, Carlos Ferreroy Fernando Olivera). Aprobada por 5 votos a fa-vor y 4 en contra.

En consecuencia, se suprime el artículo 11.°.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).—Señor Presidente, pregunto si para plantear unacuestión de orden no es necesario anunciar queuno va a presentar dictamen en minoría. ¿Puedohacerlo sin necesidad de anunciarlo?

El señor PRESIDENTE.— Por supuesto, pue-de plantearlo en cualquier momento, señor Fe-rrero.

Se aprueban los artículos 12.°, 13.° y 15.° dela Constitución vigente (que en el nuevo tex-to constitucional serían los artículos 10.° 11.°y 12.°), que corresponden al Capítulo III, Dela Seguridad Social, Salud y Bienestar. Se-guidamente, se reserva, mediante una cues-tión previa, el estudio del artículo 14.° delTexto Constitucional, relativo al InstitutoPeruano de Seguridad Social, para verse enconjunto con el capítulo denominado Del

Trabajo

El señor PRESIDENTE.— Iniciamos la discu-sión del Capítulo III, De la Seguridad Social, Sa-lud y Bienestar.

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Se abre el debate sobre la concepción general delcapítulo.

Tiene la palabra el señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ Róger(FNTC).— Señor Presidente: Lo más importan-te a debatir en este capítulo es lo concerniente alSeguro Social. Tenemos como elemento de aná-lisis la experiencia de la gestión de esta institu-ción en el Perú, situación que ha llevado al go-bierno a dictar dispositivos que tienden a modi-ficar dicha institución en los últimos meses.

Debemos hacer modificaciones que le den carác-ter general al mandato de la Constitución sobreel particular, preservando el derecho de todos ala seguridad social y estableciendo las garantíasque deberán tener las instituciones que interven-gan en materia de riesgo de enfermedad o ma-ternidad, por separado. Ya se ha hablado de quepuede seguir subsistiendo el Instituto Peruanode Seguridad Social, en cuyo manejo deben in-tervenir los aseguradores y los asegurados en pro-porción, en mi criterio, a sus aportaciones.

En relación con las pensiones, tendrá que haberotro planteamiento distinto, que supongo seráformulado por la mayoría parlamentaria en or-den a las modificaciones que ha introducido elgobierno al respecto.

En todos los demás artículos, señor Presidente,creo que hay modificaciones puntuales que ha-brán de proponerse en el momento que se tratecada uno de ellos.

El señor PRESIDENTE.— Sobre la concepcióngeneral del capítulo, tiene la palabra el doctorChirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente: El capítulo contiene artículos sumamen-te farragosos; por ejemplo, el 14.°. Se trata de unacuestión de forma, tanto así que yo lidié por mejo-rar estos artículos en 1979. Imagínense cómo es-taban antes de entrar a la Comisión de Redacción.

El caso es que tanto en el artículo 14.° como en el16.° tenemos que adoptar una disposición cons-titucional que legitime —por si falta, no estoyseguro de ello, pero es posible— el régimen, yaen marcha, de la administración de fondos depensiones, anular esa diferencia en la que insis-tía tanto Lourdes Flores —que desgraciadamen-te no está presente—, sobre si estos regímenesson alternativos o complementarios.

Yo sostengo que este nuevo régimen ya está legi-timado, porque, por ejemplo, el artículo 14.° se-

ñala: "[...] La existencia de otras entidades pú-blicas o privadas [...] no es incompatible con lamencionada institución —se refiere al Seguro So-cial—". La norma no dice que son complementa-rias o alternativas, sino que existen otras enti-dades. Asimismo, en el artículo 16.° se habla deampliar "[...] la cobertura y calidad de los servi-cios de salud dentro de un régimen pluralista[...]". De modo que la Constitución acepta, juntoal Instituto Peruano de Seguridad Social, otrossistemas que pueden ser privados.

Señor Presidente, y aquí entra también justa-mente el artículo 18.°, al que se ha referido eldoctor Cáceres, referido a las necesidades bási-cas de la persona y de la familia en materia dealimentación, vivienda y recreación.

Por lo pronto, en el artículo 2.° hemos dispuestoque las personas tienen el derecho de usar sutiempo libre. No sé cómo hemos podido llegar aestablecer ese concepto. Si el tiempo es libre, esobvio que uno tiene el derecho de usarlo.

El artículo 19.° empieza señalando: "La personaincapacitada para velar por sí misma [...]". Yahemos hablado de este aspecto. Se trata de losinválidos, a quienes hay que darles donacionesamparadas por exoneraciones tributarias. El pro-blema no radica, como se dijo anteriormente, enque se impida dar la donación, sino que ella,amparada por excepción tributaria, en realidades una donación que da el Estado y no el particu-lar. Esto es lo que no se quiere entender.

Si dono un millón de soles a una universidad pri-vada y descargo de mi impuesto a la renta esemillón de soles, ¿quién está dando la donación?¿El Estado o yo? En buena parte el Estado; ycuando se establece la doble exoneración, desdeluego que es el Estado.

En consecuencia, tenemos que actuar en sentidoopuesto. Tendríamos que incluir un artículo enla Constitución —ojalá que el señor Joy Way meacompañe— que diga: "Se prohíbe las exonera-ciones tributarias".

En Estados Unidos hay exoneraciones tributa-rias, le llaman loophole —que significa "hueco"—,y los millonarios tienen sus abogados y sus con-tadores para no pagar impuestos. Hoy, el famosoloophole es objeto de una gran protesta nacionaly existen casos espantosos al respecto.

Pongamos un ejemplo: dos ejecutivos van a co-mer a un gran restaurante y el consumo salecomo gasto; en cambio, dos personas de media-nos recursos van a comer a un restaurante dequinta categoría, pero no tienen exoneración tri-butaria por ese consumo.

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La exoneración tributaria es la negación del prin-cipio de igualdad ante la ley, significa trasladaral Estado gestos presuntamente generosos de losparticulares.

En definitiva, señor Presidente, debemos avan-zar con calma en este capítulo, leer artículo porartículo, ver cómo aligerarlo y también cómo in-troducir los conceptos que hoy están en boga,como el de la administración de los fondos de pen-siones.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Joy Way.

El señor JOY WAY ROJAS (NM-C90).— Se-ñor Presidente: Comparto plenamente la idea deque no debe haber exoneraciones tributarias. Sihay una necesidad explícita que justifique unaintervención directa del Estado en este campo,ésta ha de darse, pero no mediante la exonera-ción.

Definitivamente, todo el Capítulo III refleja orevela una función del Estado intervencionistaen la economía, que es un poco ajeno a la deno-minación de este título de la Constitución: LosDerechos y Deberes Fundamentales de la Perso-na.

Tenemos el caso del artículo 17.°, que dice: "ElEstado reglamenta y supervisa la producción,calidad, uso y comercio de los productos alimen-ticios, químicos, farmacéuticos y biológicos [...]".Asimismo, está el artículo 18.°, que señala: "ElEstado atiende preferentemente las necesidadesbásicas de la persona y de su familia en materiade alimentación, vivienda y recreación. La leyregula la utilización del suelo urbano [...] El Es-tado promueve la ejecución de programas públi-cos y privados de urbanización y de vivienda [...]El Estado apoya y estimula a las cooperativas[...]".

En realidad, creo que en este capítulo existen ar-tículos que, definitivamente, tendremos que tra-tarlos en la parte correspondiente al Título DelRégimen Económico.

Por lo tanto, debemos ser sumamente autocrí-ticos para que en este capítulo queden exclusiva-mente artículos que tengan relación con los de-beres y derechos fundamentales de la personaen materia de seguridad social, salud y bienes-tar. En ese sentido, coincido en la necesidad derevisar artículo por artículo porque, definitiva-mente, por lo menos hay dos o tres que tienenque ser suprimidos o, en todo caso, ser conside-rados cuando veamos el régimen económico.

Antes de terminar, debo señalar que en el artículo20.° también se habla de reajustes e indexacionescon carácter constitucional, siendo temas de or-den económico que no se pueden mantener enesta parte.

Gracias.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Olivera Vega.

El señor OLIVERA VEGA (FIM).— SeñorPresidente: Quisiera que la mayoría oficialistanos diga si tiene un proyecto integral sobre estecapítulo o si piensa seguir el procedimiento deanalizar artículo por artículo.

Seguimos reclamando si existe ese proyecto quese anunció durante la campaña electoral y queinclusive trasciende a través de ciertos mediosde comunicación. En él tendría que señalarse cuáles la visión integral de Nueva Mayoría-Cambio90, para así dejar de articular hechos que aisla-damente pueden tener lógica si se ven dentro detodo un proyecto.

Por ejemplo, el señor Joy Way acaba de decir quelos pensionistas del sector público y privado prác-ticamente no tendrían el derecho constitucionalde que sus pensiones sean reajustadas periódi-camente de acuerdo con el costo de vida. Pare-ciera que fuera una percepción aislada. Por esodeseamos saber cuál es la propuesta integral deNueva Mayoría-Cambio 90, de tal manera quenosotros podamos proponer nuestra alternativay ver cuál es el orden que se piensa seguir.

El señor PRESIDENTE.— Señor Olivera Vega:Al iniciar la sesión hice un breve informe justa-mente sobre su pregunta, incluso se repartió,entre los miembros de la Comisión que estuvie-ron en ese momento, la copia de la edición deldiario El Peruano del 21 de octubre de 1992, enla que se publican las propuestas que oficialmentehace Nueva Mayoría-Cambio 90. Por ejemplo,sobre el primer tema, los derechos ciudadanos,prácticamente ya se ha cumplido con todos lospuntos y los demás aspectos se irán presentandoen su momento.

Repito. Se anunció que Nueva Mayoría-Cambio90 plantea la ratificación del texto constitucio-nal actual hasta el artículo 42.°, salvo los cam-bios puntuales que, como ve usted, se están pre-sentando en el debate, hasta entrar en los pun-tos fundamentales que constituyen la propuestaorgánica de la mayoría parlamentaria.

Ésa es la propuesta planteada, señor OliveraVega.

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El señor OLIVERA VEGA (FIM).— SeñorPresidente, quiere decir que, en cuanto al pro-yecto de Constitución de Nueva Mayoría-Cam-bio 90, todas sus propuestas se limitarían a lacomunicación que nos han alcanzado hoy: la co-pia de un aviso publicado en El Peruano.

Nosotros habíamos entendido que la situaciónera distinta, pues inclusive hay personas queextraoficialmente tienen un proyecto integralpreparado por la mayoría parlamentaria. Por eso,lo correcto es que nos lo hagan saber a todos paratener un enfoque integral, aun por la propia me-cánica del debate constitucional.

Si se propone suprimir un artículo en algunaparte, —que puede ser, por ejemplo, la garantíade un derecho fundamental de la persona— que-remos saber si tal vez se piensa incorporarlo den-tro del Capítulo del Régimen Económico comoderecho económico o social. De lo contrario, ten-dremos que dar batallas para cada caso, que qui-zá se podría evitar si la norma está contempladaen otra parte de la Constitución.

Eso es lo que quisiera invocar para que explicitenmás el articulado y la propuesta integral de Nue-va Mayoría-Cambio 90.

El señor PRESIDENTE.— Señor Olivera, re-pito que Nueva Mayoría-Cambio 90 tiene un pro-yecto modificatorio —cuyo resumen está en elcuadro que usted conoce y que le he hecho llegarahora—, pero no un proyecto integral de todoslos artículos. Dicho proyecto contiene los plan-teamientos que el grupo anunció formalmenteal país y que están consignados en el documentopublicado en el diario oficial El Peruano, el cualse distribuyó a la prensa en su momento.

En consecuencia, por ejemplo, cuando lleguemosal tema del Poder Legislativo, haremos entregadel capítulo correspondiente, con los cambios quese consideran pertinentes, tal como lo hemoshecho para el Capítulo de Derechos y DeberesFundamentales de la Persona.

Sobre los puntos que no estén en la propuesta—cuyo cuadro fue publicado en El Peruano enoctubre—, la sugerencia consiste en repetir eltexto de la Constitución de 1979, con los ajustesque se consideren pertinentes. En ese sentido,somos además sumamente flexibles para escu-char las propuestas que se están presentando.

Siguiendo ese criterio, entramos al análisis delartículo 12.°. Si algún señor congresista conside-ra que este artículo no debe ratificarse tal comoestá, puede expresar su punto de vista.

Tiene la palabra el señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: El establecer que"El Estado garantiza el derecho de todos a la se-guridad social" parece demasiado categórico quede repente no va a ser posible cumplir. ¿No seríamejor decir: "El Estado garantiza el acceso detodos a la seguridad social"?

El señor PRESIDENTE.— Hay una propues-ta para modificar el término derecho por acceso.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Retiro mi propuesta, señor Presiden-te, más adelante la explicaré.

El señor PRESIDENTE.— Se da por retiradala propuesta del señor Cáceres.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente, tengo una sugerencia para simplificar eltexto del artículo 12.°, con la redacción siguien-te: "El Estado garantiza la seguridad social. Laley regula su acceso progresivo a ella y su finan-ciación".

El señor PRESIDENTE.— ¿Alguna otra ma-nifestación sobre este artículo, señores congre-sistas? Si no hay ninguna otra sugerencia, pasa-mos a la votación.

Tiene la palabra la doctora Helfer Palacios.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Antes de que se pase a la votación, señor Presi-dente, debo aclarar que la sugerencia del doctorChirinos no es solamente una cuestión de redac-ción, sino que elimina la palabra derecho . El textoactual señala: "El Estado garantiza el derecho detodos a la seguridad social [...]".

Entonces, no es una cuestión de economizar pa-labras; lo que está economizando aquí es el dere-cho de todos a tener una seguridad social.

Eso es lo quería manifestar, para que sepamos loque estamos votando.

El señor PRESIDENTE.— Correcto. La pri-mera votación es si se mantiene el texto consti-tucional tal como está. La segunda será sobre lapropuesta del doctor Chirinos.

Tiene la palabra el doctor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente: Al decir que "El Estado garantiza el de-recho de todos a la seguridad social [...]", se en-tiende que toda garantía trae un derecho. Quizála doctora Helfer no ha llegado a ese punto ensus estudios de derecho.

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Si me garantizan algo, tengo el derecho a ello.Por lo tanto, la redacción del artículo es repe-titiva. Por eso propongo el texto siguiente: "ElEstado garantiza la seguridad social". Al garan-tizar la seguridad social in totum, me da derechoa exigir que se cumpla esa garantía. Sigue el tex-to: "La ley regula el acceso progresivo a ella y sufinanciación".

El señor PRESIDENTE.— Al voto. Los seño-res congresistas que estén de acuerdo en mante-ner el texto del artículo 12.° tal como está redac-tado, se servirán manifestarlo levantando lamano. (Votación). 6 votos (de los señores RógerCáceres, Fernando Olivera, Pedro Vílchez, VíctorJoy Way, César Fernández y Carlos Ferrero). Losque estén en contra. (Votación). Un voto (del se-ñor Enrique Chirinos). Aprobado por 6 votos afavor y 1 en contra.

—El texto aprobado es el siguiente:

"Capítulo III

De la Seguridad Social,Salud y Bienestar

Artículo 10.°.— El Estado garantiza el derechode todos a la seguridad social. La Ley regula elacceso progresivo a ella y su financiación."

El señor PRESIDENTE.— Continuamos conel artículo 13.° del texto constitucional —al quele correspondería el número 11.° del proyecto—.

Tiene la palabra el señor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente: Este artículo incurre en el vicio de defi-nir la seguridad social, pues dice: "La seguridadsocial tiene como objeto cubrir los riesgos de en-fermedad, maternidad, invalidez, desempleo, ac-cidente, vejez, muerte, orfandad y cualquier otracontingencia susceptible de ser amparada con-forme a ley".

El lugar que le corresponde a este artículo es,evidentemente, la Ley Orgánica de Seguridad So-cial, no la Constitución. En consecuencia, pro-pongo su eliminación.

El señor PRESIDENTE.— El doctor Chirinosplantea, como cuestión previa, que se suprima elartículo 13.°, en virtud de que se trata de unaexplicación que ya está comprendida en el pro-pio artículo 12.°, que es la declaración de carác-ter general.

Sobre la cuestión previa, tiene la palabra el doc-tor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: Creo que univer-salmente está consagrado qué debe entendersecomo seguridad social, pero puede haber restric-ciones en su aplicación si no existe un artículoconstitucional que diga taxativamente qué debeestar comprendida como tal.

Podría decirse que, como la nueva Constituciónno la ha definido —y la antigua sí lo había he-cho—, hay una voluntad restriccionista, una vo-luntad de reducir lo que era la seguridad socialen el Perú o, en todo caso, se encontraría unapuerta abierta hacia esa intención.

Por ello, señor, en resguardo del derecho de to-dos los peruanos, fundamentalmente de los tra-bajadores, me opongo a la propuesta hecha porel señor Chirinos. Pienso que el artículo 13.° debemantenerse.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Olivera Vega.

El señor OLIVERA VEGA (FIM).— SeñorPresidente: Deseamos expresar claramente nues-tro apoyo para que se mantenga el artículo 13.°de la Constitución actual. Es necesario que hayauna voluntad expresa para garantizar los dere-chos de los ciudadanos.

Nos preocupa que, bajo la eliminación del artícu-lo, se quiera dar la partida de defunción definiti-va de derechos que están siendo recortados me-diante la legislación vigente, como en el tema delos accidentes de trabajo, que ha sido materia deproyectos específicos que ya han planteado algu-nos congresistas ante la Comisión de Trabajo ySeguridad Social, los cuales justamente están enestudio.

Se quiere adoptar una similar actitud con lo quenosotros entendemos como un derecho que tie-ne que articularse con una legislación concordan-te con la política económica: el derecho al em-pleo, a que el ciudadano sea protegido cuandoestá desempleado y que el Estado pueda, efecti-vamente, generar planes de empleo mínimo oatender siquiera incentivos para cubrir las nece-sidades básicas de la población. Este aspecto yahabía sido consagrado en la Constitución de 1979.

Por estas razones, señor Presidente, creemos quees conveniente que se ratifique íntegramente elartículo 13.°. Podríamos pasar a analizar puntopor punto cuáles eran los riesgos que se enten-dían como cubiertos por la seguridad social en laConstitución de 1979. En todo caso, que se nosdiga en qué parte de la Constitución se van a ga-rantizar los riesgos de accidentes de trabajo, de

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desempleo, de la propia vejez, de muerte, de or-fandad. Hasta ahora no hay un texto expresoaprobado sobre estos temas.

Gracias.

El señor PRESIDENTE.— Se va a votar lacuestión previa planteada por el señor ChirinosSoto, en el sentido de suprimir el artículo 13.°,considerando que está comprendido dentro delconcepto general de seguridad social.

Los señores congresistas que estén a favor de lacuestión previa, se servirán manifestarlo levan-tando la mano. (Votación). Los que estén en con-tra. (Votación). Rechazada por 7 votos en contray 1 a favor.

A continuación, se va a votar la segunda propues-ta.

Los señores congresistas que estén a favor demantener el texto vigente, se servirán manifes-tarlo levantando la mano. (Votación). 7 votos (delos señores Róger Cáceres, César Fernández,Martha Chávez, Fernando Olivera, Carlos Fe-rrero, Víctor Joy Way y Pedro Vílchez). Los queestén en contra. (Votación). Un voto (del señorEnrique Chirinos). Aprobado por 7 votos a favory 1 en contra.

—El texto aprobado es el siguiente:

"Artículo 11.°.— La seguridad social tiene comoobjeto cubrir los riesgos de enfermedad, mater-nidad, invalidez, desempleo, accidente, vejez,muerte, viudez, orfandad y cualquier otra con-tingencia susceptible de ser amparada conformea ley."

El señor PRESIDENTE.— Seguidamente, en-tramos al debate del artículo 14.°.

Tiene el uso de la palabra el señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: Propongo que re-servemos este artículo para tratarlo conjunta-mente con el capítulo Del Trabajo, porque, se-gún se ha podido advertir de la normatividad queel gobierno ha dictado, no solamente se ha legis-lado sobre los riesgos que hemos definido en elartículo 13.°, sino también sobre los derechos olas compensaciones por tiempo de servicios e indem-nizaciones de otro género.

Por ese motivo, en vista de que existe una legisla-ción que abarca tanto la seguridad social estricta-mente considerada —según lo que hemos aproba-do en el artículo 13.°— como aspectos nuevos,

caeríamos en una situación muy confusa si fuéra-mos a abordar de inmediato este artículo 14.°.

Por otro lado, consideraba que la mayoría nosiba a traer una propuesta sobre este artículo,porque es allí donde justamente ha preconizadocambios sustanciales. Lamentablemente, no seha alcanzado a ninguno de los miembros de laComisión, y menos a usted, señor Presidente, untexto al respecto. De tal manera que sería incon-veniente debatir el artículo en este momento.

En consecuencia, propongo que se reserve el ar-tículo y que pasemos a los restantes.

Presidente, el señor Olivera me solicita una in-terrupción, con su venia.

El señor OLIVERA VEGA (FIM).— SeñorPresidente, reitero mi pedido para saber si lamayoría parlamentaria ha oficializado algunapropuesta alternativa, para poder analizarla.

El señor PRESIDENTE.— La respuesta siguesiendo la misma: en todos estos artículos, la pro-puesta de Nueva Mayoría-Cambio 90 es mante-ner el texto vigente; no obstante, se pueden ha-cer algunas precisiones.

Por ejemplo, en este artículo 14.°, en efecto, elgobierno ha considerado que no ha incumplidoninguna disposición constitucional al haber apro-bado la creación de las AFP o las organizacionescomplementarias al Seguro Social; no obstanteello, algunas personas han manifestado que esteartículo es algo conflictivo con la decisión queadoptó el gobierno. Entonces, aquí podría proce-der una aclaración.

Pregunto a la doctora Martha Chávez, que es es-pecialista en derecho laboral, si podría precisarsemejor el cuarto párrafo del artículo 14.° o si estáde acuerdo en trasladar ese punto para verlo enla parte correspondiente al régimen laboral.

Continúe, señor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente, tengo algunas ob-servaciones sobre este artículo.

Considero que la entidad que dirige el SeguroSocial no debe seguir siendo administrada comolo ha venido siéndolo, es decir, que el Estado—por el solo derecho de ser el Estado— tenga elmando en sus manos. Es conveniente que el Es-tado, los empleadores y los asegurados tenganigual participación en la constitución del orga-nismo directivo.

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Estoy radicalmente en contra —y lo he dicho du-rante toda la campaña, como también lo he pre-conizado en reiteradas reformas que planteé enel Senado desde 1984— de que el Estado —enuna forma nefasta, como se establece en la Cons-titución de 1979— deba presidir este organismo,porque eso ha conducido a la burocratización, ala politización y a la ineficacia e ineficiencia to-tal del Seguro Social.

Creo que hay necesidad de efectuar sustancialesmodificaciones en este artículo 14.°. Yo pensabahacerlo teniendo como marco la propuesta quela mayoría, llamada por antonomasia a plantearuna fórmula para este artículo, no ha hecho.

En consecuencia, señor Presidente, si la mayo-ría tiene una fórmula que plantear, que la pro-ponga ahora; en el caso de que no la tenga, espreferible que se reserve la norma.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra ladoctora Martha Chávez.

La señora CHÁVEZ COSSÍO (NM-C90).—Señor Presidente: En la parte relativa al dere-cho del trabajo se está viendo el tema de la segu-ridad social a cargo de una entidad pública. Porlo tanto, acepto la propuesta del doctor RógerCáceres de que se postergue el análisis de esteartículo 14.°, que, evidentemente, tendrá unaserie de modificaciones.

El señor PRESIDENTE.— Entonces, con lapropuesta del doctor Róger Cáceres que ha reci-bido el apoyo de la doctora Martha Chávez, su-mado a las propuestas que había hecho el con-gresista Xavier Barrón, se reservaría el artículo14.°.

Se va a votar la cuestión previa.

Los señores congresistas que estén a favor de lacuestión previa, en el sentido de reservar elartículo 14.° para verse en conjunto con el capí-tulo denominado Del Trabajo, se servirán mani-festarlo levantando la mano. (Votación). Los queestén en contra. (Votación). Aprobada por una-nimidad.

A continuación, tenemos el artículo 15.° —que lecorrespondería el número 12.° en el nuevo tex-to—. ¿Hay alguna propuesta al respecto?

Tiene la palabra el doctor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente: Nos encontramos, una vez más, frente aun artículo lírico, declarativo, que fomenta ilu-siones. La anterior Asamblea Constituyente te-

nía tendencia a aprobar este tipo de normas, perotambién la tiene ahora este Congreso Constitu-yente.

El artículo empieza diciendo: "Todos tienen elderecho a la protección de la salud integral [...]",¡no va a ser de la salud parcial!

Se dice que todos tienen derecho a la salud. No-sotros hemos declarado todos los derechos habi-dos y por haber de la persona humana: su inte-gridad física, psíquica, moral, como también a lasalud, que es a la vida. La vida no es tal sin sa-lud. Tener derecho a la protección de la salud esun derecho precario, porque la enfermedad nosasalta muchas veces, aunque haya protección.

Igualmente, se señala: "[...] y el deber de partici-par en la promoción y defensa [...]". ¿No basta lapromoción?, ¿no basta la defensa? Como no bas-ta amparar la paternidad responsable, tambiénla propiciamos, es decir, impulsamos el actogenerativo, con lo cual hemos asumido una ex-traña función.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Ferrero Costa.

El señor FERRERO COSTA (NM-C90).— Noes exacto lo que dice el doctor Chirinos. Noso-tros no propiciamos el acto generativo en sí mis-mo, sino el sentido de responsabilidad en la deci-sión de traer una vida y en las consecuencias quede esa decisión se derivan.

Se trata de un asunto distinto al que se refiere elseñor Chirinos, que sé que no lo ha dicho enfáti-camente.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Lo he he-cho equívocamente, a propósito, porque la redac-ción es errónea.

Decir que tenemos derecho a la protección de lasalud integral, ni siquiera de la parcial, es real-mente retórico. Igualmente, cuando se señala quetenemos el deber de participar en la promoción ydefensa de la salud, resulta reiterativo, porqueclaro que tenemos ese deber; por ejemplo, si unniño se está ahogando, tenemos que rescatarlo.En suma, son derechos que contempla el propioCódigo Penal.

Me quedaré solo en este planteamiento, señorPresidente, pero votaré en contra de estos artícu-los. Propongo que se supriman.

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El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra ladoctora Helfer Palacios.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Sigo confirmando mi idea de que el doctor Chi-rinos no quiere una Constitución, sino un tele-grama.

Según su lógica, como todo está dicho, hay queser muy breves; por ejemplo, sólo hay que decir:"Tiene derecho a la vida", pues para tener vidahay que tener salud y, por tanto, todo lo demástiene que colegirse.

Creo que este artículo está bien estructurado yrecoge la concepción moderna de la salud, que serefiere a este derecho; asimismo, me parece queno está demás la palabra integral, que resumeuna serie de elementos de lo que se entiende comosalud, incluido el deber de participar en ella entanto que no es algo que se otorga, sino algo enlo que todos deben participar promoviéndola ydefendiéndola, por eso toma en cuenta el mediofamiliar y la comunidad.

El artículo contiene una serie de elementos im-portantes en este campo, como la concepción desalud preventiva. Es sabido que la prevenciónresulta más económica y eficiente que la aten-ción de la salud.

Por estas consideraciones, debe mantenerse esteartículo, señor Presidente.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Por favor,una interrupción, doctora Helfer.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Con todo gusto, señor Chirinos.

El señor PRESIDENTE.— Puede interrum-pir, señor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— La señoraHelfer dice que soy partidario de una Constitu-ción telegrama, lo cual no me intranquiliza.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).— Esun piropo para la postura que ha adoptado, doc-tor Chirinos.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— En absolu-to, doctora Helfer.

El mejor régimen constitucional del mundo, comotodos saben, es el de Gran Bretaña. En este paísno hay Constitución escrita, ni siquiera en for-ma de telegrama, pero su Constitución es másrespetada que la del Perú.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).—Pero su legislación es absolutamente frondosa,doctor Chirinos.

Usted suele hacer también alusión a la Consti-tución norteamericana, que sigue siendo la mis-ma y que es muy resumida, pero no se dice nadade cómo ha sido modificada múltiples veces, asícomo toda la legislación complementaria que esaConstitución supone.

Entonces, por favor, hablemos con la verdad. Es-tamos tratando de hacer lo mejor para el país.

En consecuencia, mi posición es que se manten-ga el artículo como está.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Olivera Vega.

El señor OLIVERA VEGA (FIM).— SeñorPresidente, deseo expresar nuestro acuerdo conque se mantenga el texto del artículo 15.°, queno constituye ninguna declaración lírica.

Puedo dar fe de que ese artículo sirvió para de-fender, efectivamente, la salud de millones de pe-ruanos cuando en el denominado setiembre ne-gro del año 1988, bajo la gestión del señor AbelSalinas, se incrementaron los precios de los me-dicamentos en más del 500%. Ciertamente, muypocos podían asimilar esa alza, que era brutal einhumana y que no solamente ponía en riesgo lasalud de la población, sino también la propia vida.

En esa oportunidad nos tocó presentar una ac-ción de amparo ante el Poder Judicial por dichaalza, cuya sustentación constitucional precisa-mente se basaba, entre otros, en el artículo 15.°,acción que fue ganada en todas sus instancias,porque se reconoció que ésta no era una declara-ción lírica, sino un derecho de la persona, queera materia, justamente, de la garantía constitu-cional de la acción de amparo.

Por lo tanto, señor Presidente, insistimos en lanecesidad de que ese artículo se mantenga. Elhecho de que para algunos sea lírico, porque creenque realmente no es necesario dar una garantíaclara y reconocer un derecho expreso, tal vez seaparte de una experiencia personal, que no es lade los 22 millones de peruanos.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente: El doctor Chirinos

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dice que la Constitución contiene muchos dere-chos que son obvios y que por ello no deberíanhaberse consignado ni debiéramos hacerlo aho-ra en los artículos donde todavía tengamos queproceder en esa forma.

Creo que con esta Constitución necesariamentetenemos que hacer lo que corresponde hacer. Delo que se trata es de establecer con toda claridadlos conceptos fundamentales que van a regir lavida de los ciudadanos en este país y el funciona-miento de sus entidades públicas.

Por ello, el artículo 15.°, que fue muy debatidoen la Asamblea Constituyente anterior —comoa él le consta—, debe ser mantenido en esta nue-va Constitución con la misma redacción, que, porlo demás, nadie ha objetado.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra elseñor Ysisola Farfán.

El señor YSISOLA FARFÁN (NM-C90).—Señor Presidente, voy a referirme a la redaccióndel artículo.

La norma señala: "Todos tienen el derecho a laprotección de la salud integral y el deber de par-ticipar en la promoción y defensa de su salud, lade su medio familiar y de la comunidad".

En lugar de que se diga: "[...] la de su medio fa-miliar y de la comunidad", debe decirse: "[...] desu medio familiar y de su comunidad", con lo cualnos referimos directamente a la salud suya, desu familia y de su comunidad; es decir, elimina-mos en dos oportunidades la expresión la.

La salud del medio familiar y de la comunidad setratarían en detalle en el Capítulo II, De la Fa-milia.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra ladoctora Helfer Palacios.

La señora HELFER PALACIOS (MDI).— Nocomparto la sugerencia del señor Ysisola, porquele cambia completamente el sentido al artículo.

La redacción es la siguiente: "[...] la defensa desu salud, la de su medio familiar —se refiere a lasalud de su medio familiar— y de su comunidad".Se trata de una cuestión estricta de comprensiónde la redacción del texto.

Propongo que el artículo quede como está, señorPresidente.

El señor PRESIDENTE.— Si no hay otra pro-puesta, se va a pasar al voto. Los señores congre-

sistas que estén a favor de mantener el artículo15.° tal como está redactado en la Constituciónde 1979, se servirán manifestarlo levantando lamano. (Votación). 8 votos (de los señores RógerCáceres, Martha Chávez, Carlos Ferrero, VíctorJoy Way, Pedro Vílchez, César Fernández, Fer-nando Olivera y José Barba). Los que estén encontra. (Votación). Un voto (del señor EnriqueChirinos). Aprobado por 8 votos a favor y 1 encontra.

—El texto aprobado es el siguiente:

"Artículo 12.°.— Todos tienen derecho a la pro-tección de la salud integral y el deber de partici-par en la promoción y defensa de su salud, la desu medio familiar y de la comunidad."

El señor PRESIDENTE.— En debate el artícu-lo 16.°.

Si algún señor congresista considera que es ne-cesario introducir alguna modificación, sírvasemanifestarlo.

Tiene la palabra el señor Chirinos Soto.

El señor CHIRINOS SOTO (R).— Señor Pre-sidente: Creo que este artículo debe correr lamisma suerte que el 17.°, es decir, que debesuspenderse el debate, por cuanto la mayoría sítiene propuestas que hacer en este punto, sobretodo en la parte del artículo que señala que elPoder Ejecutivo: "[...] Fomenta las iniciativasdestinadas a ampliar la cobertura y calidad delos servicios de salud dentro de un régimenpluralista [...]".

En la actualidad se viene discutiendo intensa-mente si la administración de fondos de pensio-nes mejora o no la calidad del servicio. Dentro dela política del Gobierno, lo que conviene aquí essimplemente una declaración sobre la pluralidadde los servicios —hasta donde entiendo, puedeser que sea otro criterio—, porque enseguida elsegundo párrafo dice: "Es responsable de la or-ganización de un sistema nacional, descentrali-zado y desconcentrado, que planifica y coordinala atención integral de la salud —otra re-dundancia— a través de organismos públicos yprivados [...]". Entonces, ya no se pone cuál es elsistema descentralizado y desconcentrado, por-que prevé organismos públicos y privados. Sigueel texto: "[...] y que facilita a todos el acceso igua-litario a sus servicios, en calidad adecuada y contendencia a la gratuidad [...]".

Probablemente esto se refiere al servicio de sa-lud que presta el Estado directamente a travésdel ministerio del ramo y ya no a la seguridad

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social. De todas maneras, me parece que, en vistade que la idea del régimen pluralista ya se intro-dujo en la Constitución, ello puede perfeccionarseen el proyecto de Nueva Mayoría-Cambio 90.

El señor PRESIDENTE.— Para una cuestiónprevia, tiene la palabra la doctora Martha Chávez.

La señora CHÁVEZ COSSÍO (NM-C90).— Enverdad, coincido con la descripción que hace eldoctor Chirinos Soto en el sentido de que elartículo 14.° se refiere a la seguridad social y, porsu parte, el artículo 16.° al servicio de salud, perono la que se presta a los que son trabajadores oderivan su derecho de los trabajadores, como sonsus esposas o hijos, y que están comprendidos enel artículo 14.°.

El artículo 16.° se refiere a la política nacional desalud que se establece a través del Ministerio deSalud y no atañe al tema tratado por el artículo14.°. Por lo tanto, bien podría ser tratado en es-tos momentos. No considero que deba estar liga-do al artículo 14.°, que se refiere a otro tema.

El señor PRESIDENTE.— Tiene la palabra eldoctor Róger Cáceres.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ, Róger(FNTC).— Señor Presidente, Coincido con ladoctora Martha Chávez. En efecto, el doctor Chi-rinos está confundiendo los conceptos, quizá por-que él mismo está confundido.

En todo caso, he apreciado que se ha confundidoentre lo que es el área de la seguridad social, queabarca una parte de la población del Perú, con elárea de la salud en general, que abarca a la tota-lidad de la población, aunque una parte de ellatenga un régimen plural. Pero el hecho de queesto suceda es independiente de la regulación quedebe tener el sistema de seguridad social.

En el artículo 16.° estamos tocando, en una for-ma muy tangencial, lo concerniente a la seguri-dad social, cuando se menciona la posibilidad deque haya una atención pluralista. Pero en todolo demás este artículo se refiere a la política desalud del Estado. De tal manera que creo quedebemos tratar esta norma. Es más, por mi par-te, anuncio que no tengo ninguna observación nimodificación que proponer sobre esta norma, queme parece muy bien redactada y que comprendetodo lo que era necesario decir al respecto.

El señor PRESIDENTE.— Se cita a los seño-res miembros de la Comisión para el día de ma-ñana a las 09 horas y 30 minutos, para continuarel debate sobre este artículo.

Se levanta la sesión.

—A las 13 horas y 10 minutos se levanta lasesión.

Por la Redacción:Hugo Arbieto Sarmiento.