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100 Reglas de Brasilia Prof. Abg. María José Galeano

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100 Reglas de BrasiliaProf. Abg. María José Galeano

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Acceso a la Justicia de las Personas en condiciones de vulnerabilidad.

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ORIGEN

14 Cumbre Judicial Iberoamericana 2007

Antecedentes. “Carta de Derechos de las Personas ante la Justicia en el Espacio Judicial Iberoamericano”(Cancún 2002).

Participantes:• Asociación Iberoamericana de Ministerios

Públicos.• Federación iberoamericana de Ombudsman.• Unión Iberoamericana de Colegios y

Agrupaciones de Abogados.• Asociación Interamericana deDefensorías

Públicas.

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Personas en estado de VulnerabilidadConcepto:Son personas que por razón de su

edad, género, estado físico o mental o por circunstancias sociales, económicas, étnicas o culturales, encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico.

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OBJETIVOSGarantizar las condiciones de acceso

efectivo a la justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, englobando el conjunto de políticas, medidas, facilidades y apoyos que permitan a dichas personas el pleno goce de los servicios del sistema judicial.

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1) EDAD MENORES DE EDAD Se considera niño, niña y adolescente a

toda persona menor de dieciocho años de edad, salvo que haya alcanzado antes la mayoría de edad en virtud de la legislación nacional aplicable.

Todo niño, niña y adolescente deben ser objeto de una especial tutela por parte de los órganos del sistema de justicia en consideración a su desarrollo evolutivo.

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El envejecimiento también puede constituir una causa de vulnerabilidad cuando la persona adulta mayor encuentre especiales dificultades, atendiendo a sus capacidades funcionales, para ejercitar sus derechos ante el sistema de justicia

Tercera Edad

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2)DISCAPACIDAD“Deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.

Se procurará las condiciones necesarias para garantizar la accesibilidad, incluyendo aquellas medidas conducentes a utilizar los servicios judiciales requeridos que garanticen la seguridad, movilidad, comodidad, comprensión, privacidad y comunicación.

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3) Pertenencia a comunidades IndígenasSe promoverán las condiciones destinadas

a posibilitar que las personas de los pueblos indígenas puedan ejercitar con plenitud sus derechos, sin discriminación alguna que pueda fundarse en su origen o identidad. Los poderes Judiciales asegurarán que el trato que reciban por parte de los órganos de la Administración de Justicia estatal sea respetuoso con su dignidad, lengua y tradiciones culturales.

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4) VICTIMIZACIÓNVíctima toda persona física que ha

sufrido un daño por una infracción penal, incluida tanto la lesión física o psíquica, como el sufrimiento moral y el perjuicio económico. El término víctima también podrá incluir, en su caso, a la familia inmediata o a las personas que están a cargo de la víctima directa.

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Finalidad...Garantizar la protección de la

integridad física y psicológica de la víctima en todas las instancias.

Protección a testigos.Especial atención a víctimas de

violencia doméstica o intrafamiliar, abuso sexual, adultos mayores, familiares de muertes violentas.

Personas puestas en libertad.

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5)Migración y desplazamiento internoEl desplazamiento de una persona fuera

del territorio del Estado de su nacionalidad puede constituir una causa de vulnerabilidad, entendidos como personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su residencia habitual a causa de un conflicto armado, violaciones de derechos humanos, catástrofes naturales o provocadas por ser humano.

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6) POBREZA La pobreza constituye una causa de

exclusión social, tanto en el plano económico como en los planos social y cultural, y supone un serio obstáculo para el acceso a la justicia especialmente en aquellas personas en las que también concurre alguna otra causa de vulnerabilidad.

Se promoverá la cultura o alfabetización jurídica de las personas en situación de pobreza, así como las condiciones para mejorar su efectivo acceso al sistema de justicia

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7) GÉNERO La discriminación que la mujer sufre en determinados

ámbitos supone un obstáculo para el acceso a la justicia, que se ve agravado en aquellos casos en los que concurra alguna otra causa de vulnerabilidad.

Género entendido como «ser mujer»Se entiende por discriminación contra la mujer: toda

distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.

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8)PERTENENCIA A MINORÍASPuede constituir una causa de vulnerabilidad la pertenencia de una persona a una minoría nacional o étnica, religiosa y lingüística, debiéndose respetar su dignidad cuando tenga contacto con el Sistema de Justicia.

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9) PRIVACIÓN DE LIBERTAD Ordenada por autoridad competente:Motivo de investigación de un delito. Por cumplimiento de una condena penal, por

enfermedad mental.Cualquier otro motivo.

Pueden generar dificultades para ejercer con plenitud los derechos ante el Sistema de Justicia.

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RecomendaciónLa elaboración, aprobación, implementación

y fortalecimiento de políticas públicas que garanticen el acceso a la justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad.

Priorizar las actuaciones destinadas a facilitar el acceso a la Justicia de aquellas personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad, ya sea por la concurrencia de varias causas o por la gran incidencia de una de ellas.

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DestinatariosLos responsables del diseño, implementación y

evaluación de políticas públicas dentro del sistema Judicial.

Jueces, Fiscales, Defensores Públicos, Procuradores.

Abogados, Colegios de Abogados y Agrupaciones.Servidores del Sistema de Administración de

Justicia.Personas que se desempeñan en las instituciones

de Ombudsman.Policías y servicios penitenciarios.Y, en gral. Todos los operadores del sistema

judicial y quienes intervienen de una u otra forma en su funcionamiento.

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Que el dinero no sea un artefactode poder y cambie nuestros

pensamientos para poder ayudar de todo corazón

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Muchas Graciashasta la próxima!!!