1. Verdad especulativa y verdad...

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LA RELACIÓN MORAL Juan Cruz Cruz 1. Verdad especulativa y verdad práctica La verdad formal, de la que hasta ahora se ha tratado aquí, es la especulativa regulada en nuestro intelecto por las cosas, a las que él se conforma: hace referencia a las cosas mismas, como lo regulado y medido a su medida y regla. Poinsot aceptando en esto la posición de otros tomistas, como Báñez 1 , estima que „la relación veritativa‟, de suyo y por la fuerza de su fundamento, es real; aunque por defecto del término la relación sólo sea irreal. Mas cuando se trata de la verdad práctica la del intelecto que produce las cosas mismas, como el artífice las cosas artificiales, la relación es distinta: en cuanto productor, el intelecto es la medida de tales cosas, y éstas son lo medido por él; por ello, no tiene propiamente una relación real a las cosas, sino una relación irreal, porque la medida no hace realmente referencia a lo medido, sino al contrario. La verdad práctica no se comporta a modo de relación real en el intelecto. Y por esto mismo, la verdad de Dios respecto a las criaturas no está medida por las cosas, sino que ella las mide. Si la verdad práctica establece y determina qué ha de hacerse y cómo, la verdad especulativa sólo asevera por afirmación o negaciónque nuestro pensamiento es adecuado a lo que la cosa es. Por su parte, la verdad práctica “mide” el objeto del acto humano y, en consecuencia, la conformidad o disconformidad de dicho acto con el objeto “medido”. Es esa relación del acto humano a su objeto la que ahora nos ocupa. 2. Del acto a su objeto a) La frecuencia de calificativos morales A lo largo del día solemos utilizar calificativos morales. Referimos las con- ductas de la gente como „buenas‟ o „malas‟; nos parece que unos son justos, otros injustos; que unos proceden con generosidad y otros con egoísmo; alabamos a unos, vituperamos a otros. Esta frecuencia es testimonio de un hecho: que el hombre no es sólo un ser natural, sino un ser moral. A la universalidad de este 1 In STh I q16 a3, dubio ultimo.

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LA RELACIÓN MORAL

Juan Cruz Cruz

1. Verdad especulativa y verdad práctica

La verdad formal, de la que hasta ahora se ha tratado aquí, es la especulativa –

regulada en nuestro intelecto por las cosas, a las que él se conforma–: hace

referencia a las cosas mismas, como lo regulado y medido a su medida y regla.

Poinsot –aceptando en esto la posición de otros tomistas, como Báñez1–, estima

que „la relación veritativa‟, de suyo y por la fuerza de su fundamento, es real;

aunque por defecto del término la relación sólo sea irreal.

Mas cuando se trata de la verdad práctica –la del intelecto que produce las

cosas mismas, como el artífice las cosas artificiales–, la relación es distinta: en

cuanto productor, el intelecto es la medida de tales cosas, y éstas son lo medido por

él; por ello, no tiene propiamente una relación real a las cosas, sino una relación

irreal, porque la medida no hace realmente referencia a lo medido, sino al

contrario. La verdad práctica no se comporta a modo de relación real en el

intelecto. Y por esto mismo, la verdad de Dios respecto a las criaturas no está

medida por las cosas, sino que ella las mide.

Si la verdad práctica establece y determina qué ha de hacerse y cómo, la verdad

especulativa sólo asevera –por afirmación o negación– que nuestro pensamiento es

adecuado a lo que la cosa es.

Por su parte, la verdad práctica “mide” el objeto del acto humano y, en

consecuencia, la conformidad o disconformidad de dicho acto con el objeto

“medido”. Es esa relación del acto humano a su objeto la que ahora nos ocupa.

2. Del acto a su objeto

a) La frecuencia de calificativos morales

A lo largo del día solemos utilizar calificativos morales. Referimos las con-

ductas de la gente como „buenas‟ o „malas‟; nos parece que unos son justos, otros

injustos; que unos proceden con generosidad y otros con egoísmo; alabamos a

unos, vituperamos a otros. Esta frecuencia es testimonio de un hecho: que el

hombre no es sólo un ser natural, sino un ser moral. A la universalidad de este

1 In STh I q16 a3, dubio ultimo.

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2 Juan Cruz Cruz

hecho –en todas partes ocurre así– llamó Kant “factum” de la moralidad2. Estos

calificativos no los aplicamos a los animales o a los fenómenos atmosféricos. Es

cierto que hablamos también de „buen‟ tiempo o „mal‟ tiempo; pero en estos casos

no damos a tales términos una connotación moral, sino simplemente física o

natural.

¿En qué estriba la moralidad? A esta pregunta respondían algunas doctrinas

contemporáneas, como el existencialismo y los movimientos vitalistas, postulando

una moral basada exclusivamente en el ejercicio mismo de la libertad, sin ajustarse

a valores objetivos o a normas basadas en la realidad misma. No habría más norma

de acción que el querer mismo del sujeto. Con eso se vaciaba la moral de valores,

de órdenes objetivos obligatorios. Este vaciamiento era parte de lo que Nietzsche

llamó ‘nihilismo’; e implica además apartar del hombre todo rastro de

trascendencia. Solamente el individuo crearía y destruiría valores.

¿Mas sólo por ser libre sería moral nuestra conducta? Volvamos a los frecuentes

calificativos morales para indicar a qué dimensión humana se refieren: indu-

dablemente a las acciones. Aun tratándose de las acciones humanas, no les

asignamos aquellos calificativos considerándolas en su estricto ser psicológico o

natural. Es la tesis que admirablemente se expone en la doctrina de Santo Tomás –y

que compartían otros grandes pensadores altomedievales–, recogida luego por

comentaristas del XVII tan ponderados como Gregorio Martínez, Francisco Araujo

o Juan Poinsot y, más recientemente, por Santiago Ramírez. Para explicar esta tesis

me ceñiré al recorrido sistemático que hacen estos autores3, especialmente Poinsot.

Es claro en todos ellos que el acto moral puede ser considerado en su dimensión

óntica o natural y también en su dimensión axiológica o moral. Como entidad

natural, incluye determinaciones que se deben al principio natural del que brota

físicamente, a saber, de la voluntad; mas pertenece al ser moral lo que el acto

obtiene del principio que lo especifica, a saber, el objeto regulado por las normas

de la razón. Distinción parecida ocurre con lo natural y lo artificial. Si

examinamos algo producido por el artificio humano, como una silla de madera, lo

que ahí pertenece a la entidad física se debe a los principios naturales de los que

procede en cuanto es madera de un árbol, a saber, corresponde a la generación y

dimanación física; pero pertenece a lo artificial lo que esa madera recibe de la

ordenación y regulación del arte. Así también, un acto moral posee, de un lado, una

entidad física y natural4 –es su dimensión óntica–, cuyas determinaciones se deben

al principio del que dimana natural y físicamente; y posee, de otro lado, deter-

minaciones morales que se deben a que se ordena a un objeto regulado o medido

por normas racionales5 –es su dimensión axiológica–. ¿Qué es propiamente el bien

y el mal en el orden moral?

2 I. Kant, Kritik der praktischen Vernunft (1788), 55-56, 79, 91-92, 147, 73.

3 Gregorius Martínez, Commentaria super I-II, t. 1, Valladolid, 1617; Franciscus Araujo, Com-

mentaria in STh I-II, Salamanca, 1638; Joannes a Sancto Thoma, Cursus Theologicus in Summam

Theologicam D. Thomae , In I-II, Madrid, 1645 (t. V, ed. Vives, París, 1886); Jacobus Ramírez,

Opera omnia, t. IV, De actibus humanis, C.S.I.C., Madrid, 1972. 4 Franciscus Araujo, In STh I-II q18 a1, p. 100.

5 Joannes a Sancto Thoma, Cursus Theologicus, In I-II q21, dp8 a2, t. V, n. 8, p. 641.

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La relación moral 3

Este orden acontece como articulación de dos polos ónticos: el del sujeto y el

del objeto. Y acerca de esta articulación enseña Santo Tomás tres tesis funda-

mentales:

1ª Que la moralidad no se constituye por la libertad, sino por una relación del

acto libre al objeto conveniente y al fin, en cuanto que el fin es también un objeto

del acto interior6.

2ª Que esta relación es intrínseca y real en el mismo acto y se refiere a un

objeto que es ya conforme y está medido por las reglas de la razón7.

3ª Que la bondad habida en el polo del objeto requiere una agregación y es-

tructura de todos aquellos elementos que –como el objeto, el fin y las cir-

cunstancias– son precisos para la perfección del acto en su línea moral8. Pero la

bondad moral no consiste formalmente en esa misma estructura, sino en una

relación del acto a ella. Pues la bondad formal –o sea, lo que es formalmente la

bondad moral– se halla en el mismo acto que tiende al objeto conformado y

modulado por aquella estructura de circunstancias y demás elementos requeridos

para su perfección. Por tanto, la bondad moral objetiva consiste en la estructura

que hay en el polo del objeto; mas la bondad formal de la acción consiste en la

relación o tendencia del acto a tal objeto así medido y conformado.

Estas son las tesis que a continuación voy a desarrollar.

b) La libertad como materia de la moralidad

1. Una cuestión decisiva estriba en saber en qué consiste esa “forma” de la

moralidad. En la época altomedieval no eran unánimes las opiniones sobre este

punto. Por ejemplo, Duns Scoto enseñaban que la “forma” de la moralidad consiste

en la libertad. Fueron varios sus seguidores9; incluso algunas corrientes actuales de

pensamiento podrían considerarla adecuada, aunque interpretada de diversos

modos.

6 “La primera bondad moral que hay en el acto se toma del objeto conveniente”: STh I-II q18 a2.

7 “La misma proporción o relación de la acción al efecto es la razón de la bondad de esa acción”:

STh I-II q18 a2 ad4. “Aunque el fin es una causa extrínseca, sin embargo, la proporción debida al fin

y la relación a él es interna a la acción (inhaeret actioni)”: STh I-II q18 a4. “El acto humano que se

llama moral posee una determinación específica que proviene del objeto ligado al principio de los

actos humanos, que es la razón. Por tanto, si el objeto del acto incluye algo que conviene al orden de

la razón, será un acto bueno específicamente, como dar limosna al pobre. Pero si incluye algo que

repugna al orden de la razón, será un acto malo específicamente, como robar, que es arrebatar lo

ajeno”: STh I-II q18 a8. 8 “Son varias las bondades que concurren al acto, a saber, la bondad del objeto, la de las cir-

cunstancias, la del fin, etc.”: STh I-II q18 a4. “A la acción que tiene sólo una de las bondades

antedichas le ocurre que le falta otra”: STh I-II q18 a4 ad3. “La plenitud de ser en la acción no

consiste totalmente en su especie esencial, sino que absorbe algo de aquellas cosas que comparecen

como ciertos accidentes”: STh I-II q18 a3. 9 Durandus, In II Sent d38 q1; Duns Scotus, In II Sent d40 q1, De secundo principali; Henricus,

Quodlibetus 13 q10; Soto, De iustitia et iure, q7 a2; Conradus, In STh I-II q18 a5-a6.

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4 Juan Cruz Cruz

El núcleo de esta posición puede resumirse en dos puntos. Primero, si existe la

libertad en un acto, ese acto es moral; por lo tanto, la moralidad no añade nada a la

libertad y a la índole de lo voluntario. Debido a la libertad el acto es capaz de

moralidad; en cambio, un acto necesario no es capaz de moralidad. Segundo, por lo

mismo que el acto es libre, también es imputable y merecedor de alabanza o

vituperio: por tanto, tiene moralidad. La imputabilidad es una propiedad del acto,

aunque no en su índole óntica o natural, sino moral.

Podrían encontrarse en Santo Tomás algunos textos que permitirían dar algún

crédito a esa posición; como los dos siguientes. Primero: suponiendo que el acto es

humano en la medida en que es voluntario10

, se seguiría que “lo que comparece del

lado de la voluntad se comporta como lo formal en los actos humanos” 11

. Segundo:

“El bien y el mal son esencialmente diferencias del acto de la voluntad, porque el

bien y el mal pertenecen de suyo a la voluntad, como la verdad y la falsedad a la

razón; luego la voluntad buena y la mala son actos diferentes específicamente”12

.

Parecería, pues, que en los actos humanos lo propiamente voluntario no funciona

como materia, sino como forma. Pero no es esa la doctrina que enhebra dichos

textos.

Para entender el primer texto, hay que tener en cuenta dos tesis implícitas del

Aquinate. Primera: que el acto voluntario, en virtud de la libertad –la cual es el

voluntario perfecto– es también capaz de disciplina moral perfecta; sin embargo,

aun siendo cierto que sólo el acto libre es capaz de moralidad o de disciplina

perfecta y racional, no se sigue de ahí que la moralidad consista formalmente en la

misma libertad y en la índole de lo voluntario; sino que lo voluntario o libre es

capacidad de moralidad; y tal capacidad se presenta en la moralidad como si fuera

la materia de ésta13

. Segunda tesis: que la imputabilidad no se sigue del acto

voluntario en cuanto es voluntario, sino en tanto que es voluntario regulado por la

razón y la ley. Si falta la regla o la ley entonces el acto no se imputa ni se castiga.

La imputabilidad implica que un sujeto actúa con potestad o dominio de sus

actos14

, pero una potestad sometida a las reglas de la razón y a la ley.

10

STh I-II q1 a2 y a3. 11

STh I-II q18 a4. 12

STh I-II q19 a1. 13

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a1, tomo V, nn. 35-36, p. 630. 14

Aunque moralidad e imputabilidad parecen conceptos equivalentes, en realidad no lo son. Para

comprender esto, es preciso considerar el acto humano bajo dos aspectos, el objetivo y el subjetivo: a)

Hay un aspecto que mira al objeto pretendido por el acto y a la norma que lo regula: en este sentido el

acto se llama moral. La „moralidad‟ es la propiedad que los actos tienen de estar referidos a un objeto

y a una norma que los regula. Dicho de otra manera: la moralidad es la relación de conformidad o

disconformidad de los actos humanos con la regla racional de conducta. La relación que el acto hace a

la norma moral puede ser de conformidad, y entonces el acto es bueno, o de disconformidad, y

entonces el acto es malo. b) Hay otro aspecto que mira a cada uno de los hombres como sujetos de los

que procede el acto, o sea, a los sujetos en cuanto libres y conscientes. Bajo este aspecto los actos son

„imputables‟ a un sujeto; quien es digno de alabanza o reprobación es el sujeto. La imputabilidad es la

propiedad que los actos humanos tienen de ser atribuidos a su autor. A la imputabilidad responde en

el sujeto o autor la responsabilidad: pues ser responsable significa considerarse autor y señor de los

propios actos.

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La relación moral 5

De modo que la libertad no es como el género de la moralidad, sino como algo

que se presupone, como algo requerido materialmente15

; o sea, “se comporta como

una materia que recibe la moralidad”16

. La libertad es de orden óntico; lo moral, de

orden axiológico. De hecho, tradicionalmente los actos espirituales se han dividido,

desde el punto de vista óntico o psicológico, en intelectuales y volitivos; siendo los

de la voluntad, a su vez, necesarios o libres17

.

2. Conviene advertir que en los actos morales la libertad se requiere no sólo en

la facultad volitiva, sino también en el acto mismo18

, de modo que el acto sea

libre19

. Un acto necesario es incapaz de moralidad; porque es incapaz de ser

regulado por una ley y por la razón práctica. Y así como la razón no puede imperar

los actos necesarios, tampoco puede moralizarlos, o sea, reducirlos a lo moral o a la

norma; porque donde no hay ley, tampoco hay falta; y lo que es incapaz del mal es

incapaz de moralidad. Si el acto careciera de libertad, del modo que fuere, sería

incapaz de la ley y la norma. Luego tampoco es capaz de maldad, ni de mérito, ni

de moralidad: lo que no es capaz de ley y de precepto no es capaz de malicia, y

consiguientemente, de moralidad. Lo que no puede ser imperado, no puede ser

moralizado.

Resumiendo: en el orden moral la libertad es algo requerido materialmente, o

sea, exigido por aquella materia –el acto mismo – que se hace receptora de la

moralidad–; es sólo un presupuesto y no algo formal y constitutivo de la mora-

lidad20

.

3. Pero si el bien y el mal son de suyo aspectos del acto en su ser moral, es

preciso que la diferencia del bien y del mal tenga su fuente en la razón; pues los

actos son morales y humanos en cuanto que son presididos por la razón. Esto

explica que los actos no sean morales simplemente por provenir de la libertad. Tal

libertad está en la voluntad, pero la razón está en la mente: de modo que el bien del

hombre es lo conforme con la razón; siendo el mal humano lo disconforme con la

razón. El bien del hombre no estriba en obrar conforme a la voluntad o libertad –

pues podría haber conductas moralmente erróneas y la voluntad habría sustituido a

la razón–. Por lo tanto, el acto humano es moral por el objeto regulado mediante

ese principio de los actos humanos que es la razón. La moralidad no recibe su

especificación de la libertad o voluntariedad, sino de una formalidad oriunda de la

razón, aunque exija la libertad como prerrequisito.

4. Queda por indicar que, en el segundo texto presentado, Santo Tomás no

conecta las diferencias del bien y del mal con la razón, sino con la voluntad. Para

aclarar esta conexión es preciso indicar que allí no se habla de una diferencia

esencial y de una voluntad en sentido natural u óntico, sino de una voluntad en

sentido moral, y por tanto, de un accidente que recae en la voluntad considerada ya

como una naturaleza. Ciertamente “el bien y el mal son esencialmente diferencias

15

Gregorius Martínez, Super STh I-II q18, a1, p. 99. 16

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a1, tomo V, nn. 10-14, p. 620-622. 17

STh I-II a3 ad3. 18

Gregorius Martínez, Super STh I-II q18 a1, Dub 2, p. 850-851. 19

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a1, tomo V, nn. 8-10, pp. 619-621. 20

Gregorius Martínez, Super STh I-II q18 a1, Dub 2, p. 848-850.

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6 Juan Cruz Cruz

del acto de voluntad”, pero no el bien y el mal óntico o físico, sino el bien y el mal

moral; entonces la “voluntad” no es tomada como algo puro y absoluto, sino como

“voluntad regulada”: el bien y el mal son diferencias de esta voluntad regulada y

sometida a la razón; y así la voluntad buena y la mala son actos específicamente

diferentes, pero en el orden moral y regulable por la razón.

Se trata del acto propio de una voluntad que es ya moral –acto sometido a la

razón– y de la relación de ese acto al objeto, en cuanto cae bajo el orden de la

razón y pertenece al género de lo moral: “El bien es representado por la razón a la

voluntad como un objeto; y en cuanto cae bajo el orden de la razón pertenece al

género de lo moral y causa la bondad moral en el acto de la voluntad, pues la razón

es el principio de los actos humanos y morales”21

. La moralidad, en lo que tiene de

más específico, proviene del objeto enlazado con la razón y no precisamente con la

voluntad o la libertad –no proviene del objeto en cuanto simplemente querido–.

Por tanto, no es, sin más, bueno moralmente algo que es más perfecto y más

pleno en su propio ser de libre y en virtud de la libertad. Puede incluso ocurrir lo

contrario: que un acto sea muy libre psicológicamente y contener un gran mal

moral. Ejercitar una conducta no sólo con gran advertencia y juicio, sino también

para ejercer la libertad misma, para mostrar la libertad y el puro ejercicio de querer,

suele hacerse con intemperancia y presunción; en este caso la voluntad ha tomado

el puesto de la razón. La plenitud y el incremento de la libertad no hace que un acto

sea bueno o sea mejor en el ámbito moral, aunque la libertad sea requerida para que

el acto sea ordenable y medible por la razón práctica y sus reglas; si no existe esta

ordenación y medida entonces el acto se vuelve malo moralmente. A su vez, si el

acto no es libre ni voluntario no puede ser dirigido por las reglas de la razón

práctica moral, porque no está en nuestra potestad; pues ni la ley ni el precepto

ordenan los actos necesarios, sino los libres; y la razón práctica moral se refiere a

los actos del arbitrio que, en cuanto tales, son contingentes. La materia moral es

justamente el ser libre.

El acto moral exige la libertad, tanto en el acto interno originado por la vo-

luntad, como en el acto externo e imperado; pero esta libertad es una condición

requerida, un presupuesto; en cambio, la moralidad no consiste formalmente en esa

libertad, sino en la con-formidad o dis-conformidad de esa libertad con las reglas

de la razón. En realidad, la acción libre no está determinada siempre a lo bueno o

siempre a lo malo; los clásicos decían que está „indeterminada al bien o al mal

moral‟. Por lo tanto, no es regla de sí misma. Tiene que ser determinada por una

regla distinta de la libertad misma. La acción libre se hace moralmente buena o

mala por su conformidad o disconformidad con una regla que surge suscitada por

un valor no engendrado por la misma libertad.

21

STh I-II q19 a1 ad3.

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La relación moral 7

c) Dimensiones ónticas y axiológicas del acto humano

1. Se dijo más arriba que las calificaciones morales se refieren a las acciones

humanas. Pero no a cualesquiera acciones, sino a las realizadas por el hombre con

advertencia consciente y con libertad, sin sufrir coacción o violencia. Los actos

humanos propiamente dichos son los „internos‟, los realizados inmediatamente por

la voluntad. Los actos „externos‟, mandados por la voluntad en otra facultad (los

brazos, la lengua, los músculos) para que se realicen externamente, están

supeditados a aquéllos.

Pues bien, morales son los actos humanos, los propios del hombre en cuanto

hombre, porque obra y se regula mediante la razón. Los actos humanos proceden

de una voluntad deliberada, o sea, dirigida con advertencia racional, propiedad que

no se encuentra en los animales. Las habilidades que los animales adquieren

mediante disciplina no se pueden llamar morales; ni reclaman alabanza o vituperio,

ni mérito o demérito. Sólo aquellos actos son morales, o sea, laudables o

vituperables. Mas ¿en qué consiste en los actos humanos esta moralidad?

Por lo dicho se aprecia que la moralidad es una determinación que se le añade

el acto humano22

. Algo parecido ocurre en el arte, el cual se encuentra con una

materia de la que se hace el artefacto, y aplica una forma por la que éste es

configurado y acabado. En el orden moral hay unas acciones que son medidas por

la razón práctica prudencial, de la misma manera que las acciones artificiales son

medidas por la razón práctica artística; ahora bien, la materia de la dirección moral

son los actos libres y voluntarios, los únicos que son capaces de esa regulación. Los

actos serán entonces con-sonantes o di-sonantes (o sea, morales e inmorales) por

estar sujetos a las reglas morales o por carecer de ellas.

2. La bondad del acto humano, considerado tanto óntica como axiológicamente,

debe apoyarse ya en los mismos elementos que constituyen la bondad de las

realidades naturales. Pero la bondad de las cosas, cualesquiera que sean, consiste

acumulativamente en tres integrantes: o sea, en la esencia, en los accidentes y en la

finalidad; a los que en el acto humano responden el objeto, las circunstancias y el

fin23

.

Y es que hablar del bien y del mal en las acciones puede hacerse de parecida

manera a como lo hacemos sobre el bien y el mal en las cosas, por cuanto una

acción es también una cierta entidad. Ónticamente todas las cosas tienen esencia,

accidentes y finalidad, en las cuales consiste la índole del bien. Pero estos tres

principios o elementos de la bondad o maldad del acto no concurren por igual, sino

guardando un orden de prelación. En primer lugar y de manera principal concurre

la esencia del objeto; porque el acto, que es un movimiento, se especifica por su

propio término que es el objeto. Después concurre la finalidad, en cuanto que es

causa del movimiento o de la acción a modo de incitación; por último concurren las

puras circunstancias, como accidentes del acto.

22

Franciscus Araujo, In STh I-II q18 a1, p. 99. 23

Jacobus Ramírez, Opera omnia, t. IV, De actibus humanis, nn. 654-658, pp. 494-496.

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8 Juan Cruz Cruz

De aquí se desprende que hay en los actos humanos un doble tipo de bondad y

de maldad, a saber: primero, el óntico, que conviene al acto en cuanto es un

proceso vital, y es medido por esos tres principios considerados sólo en su aspecto

natural; segundo, el axiológico, que le adviene seguidamente a lo óntico, y consta

de aquellos tres elementos considerados en cuanto están bajo la regla moral, a

saber: bajo la ley natural y la razón práctica humana.

Si se comparan entre sí lo óntico y lo axiológico, resulta que el bien y el mal

óntico es lo primero naturalmente; y de este modo es determinable por el bien y el

mal moral; por tanto, se comporta respecto a lo axiológico como la materia

respecto a la forma, o como lo determinable respecto a lo determinante y, en

consecuencia, como el género respecto a la especie. Y sólo por esta razón habla

San Tomás de bondad y malicia secundum genus24

. No es que lo natural óntico sea

un género lógico; sino que se comporta como si lo fuera, como materia o sujeto

determinable. Claramente se sigue que la “moralidad” viene a ser como una

“diferencia” respecto a lo natural óntico.

3. ¿Cómo están en un mismo acto humano la bondad y la maldad óntica y la

bondad y la maldad axiológica? Pues de modo similar a cómo están en un acto el

bien y el mal natural y el bien y el mal artificial. Por ejemplo, la entidad del acto

de la voluntad –su esencia física o natural– es una cualidad vital e inmanente, que

está orientada al bien apetecible y dimana en forma de volición. Y lo mismo

acontece con el acto de la inteligencia, ordenado a la verdad; o con el acto libre. El

acto, en su dimensión óntica –física y natural–, participa todas sus condiciones de

su principio originante, del cual procede física y eficientemente. Y como el acto no

es producido físicamente por la facultad si no es en orden al objeto sobre el que ella

versa, también le es ónticamente natural esa tensión al objeto. Todo esto es lo que

tiene óntica o naturalmente el acto voluntario, incluso cuando carece de la

regulación propia de una ley de la razón25

.

La relación axiológica, sea la del bien o la del mal, es una referencia del acto al

objeto, aunque no precisamente en cuanto éste es apetecible y hace de término del

acto de voluntad como algo querido –porque esto pertenecería también a la entidad

natural del acto, a su aspecto óntico–, sino al objeto en cuanto es regulable por la

razón. Enfocada así esta relación, formalmente supone: 1º toda la entidad del acto

y sus predicados físicos; 2º también supone la relación al objeto en cuanto querido

o apetecible; 3º y añade algo propio, a saber, el estar o quedar como regulable; este

“quedar” no es distinto ónticamente del mismo orden natural del acto al objeto

apetecible; pero añade una nueva formalidad, de suerte que el acto “queda”

ordenado al objeto en cuanto regulable; o sea, esa relación está orientada al objeto

y puede afectar a todo lo que se halla en el objeto y pertenece a su esfera26

.

Resumiendo: en tanto que el objeto es enfocado precisamente como apetecible,

pertenece a la dimensión física u óntica del acto, –v. gr. acto de la voluntad y no del

intelecto, o acto de amor y no de odio, etc.–. Pero en tanto que el acto enfoca en ese

24

STh I-II q18 a4. 25

Joannes a Sancto Thoma, Cursus Theologicus, In I-II q21, dp8 a2, t. V, n. 9, p. 642. 26

Joannes a Sancto Thoma, Cursus Theologicus, In I-II q21, dp8 a2, t. V, n. 10, p. 642.

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La relación moral 9

objeto el orden y la medida de la razón, es moral, o mejor, hace que ese mismo acto

“quede” en la línea moral.

4. Es claro que lo moral no se reduce a lo óntico o físico del acto: pues a la línea

moral sólo pertenece el acto humano en cuanto humano, no en cuanto físico. En

cuanto físico un acto puede identificarse específicamente con otro –por ejemplo, un

acto de querer con otro acto de querer–, pero en cuanto moral puede ser diverso;

por ejemplo, querer la mujer propia y querer la ajena es de la misma especie en su

ser óntico, pero muestra diversas especies en el género moral. Y a la inversa, puede

haber diversas especies ónticas, como el amor y el odio, y tener la misma especie

moral.

Pero lo cierto es que en el mismo acto hay que distinguir la bondad óntica y la

moral. La bondad que se sigue de la entidad real es una bondad trascendental y

pertenece a la línea de lo físico o psicológico, no a la línea de la moralidad, la cual

se añade a la entidad trascendental y se identifica, pues, con ella inadecuadamente;

aunque la entidad natural del acto no pueda separarse realmente de la bondad

moral, o sea, de la conformidad con la razón27

.

5. Sólo cabe añadir que la recepción de la regla racional y moral en el acto no es

meramente pasiva, como ocurre en el orden artificial, sino activa. En realidad,

tanto lo moral como lo artificial están presididos por la medida en su sentido más

propiamente racional. La moralidad de los actos humanos pertenece a un orden ón-

tico preciso: el del ser que es mensurable y ordenable por la ley y por la razón

práctica (prudencia); lo mismo que el ser artificial pertenece al orden óntico del ser

mensurable por la razón operativa propia del arte. Pues bien, “los actos no se

ordenan por la prudencia y la razón como una materia externa y como algo que es

posible de hacer por el arte; pues esta materia del arte no es algo que versa

activamente acerca de algunos objetos, sino que sólo recibe en sí misma pasi-

vamente la forma y el orden del arte. Pero la acción que versa acerca de los objetos

y tiende a ellos no es dirigida por quien la regula recibiendo pasivamente una mera

ordenación o forma, sino emitiendo una tendencia al objeto que está ordenado y

regulado bien o mal; y por tanto, en toda regulación y ordenación de los actos debe

tenerse en cuenta el orden y la tendencia al objeto”28

.

Pero, entonces, ¿qué es lo que al acto libre se le añade como carácter o aspecto

formal de la moralidad? Pues se le añade una relación intrínsecamente implicada

en el acto, un orden a su principio axiológico, o sea, a las reglas racionales

formadas en el dictamen de una razón determinada por la ley, para que se

produzcan actos buenos o malos.

27

Joannes a Sancto Thoma, Cursus Theologicus, In I-II q21, dp8 a2, t. V, nn. 2-10, p. 640-643. 28

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a1, tomo V, n. 38, p. 631.

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10 Juan Cruz Cruz

3. La unidad relacional en la moralidad

a) Estructura de los polos objetivo y subjetivo de la moralidad

1. Antes se dijo que debe estar interiorizada en el acto la relación al objeto. En

principio se comprende que la tendencia que se orienta a lograr el objeto en su

índole de apetecible y de bien sea esencial y naturalmente intrínseca al acto. Pero

¿se prueba con ello que también es intrínseca y esencial la tendencia a alcanzar el

objeto en su ser moral? ¿Pertenece acaso esta tendencia a la constitución del acto

en su entidad y naturaleza? ¿O no pertenecería más bien a la constitución del acto

sólo en su moralidad y regulación por la ley? Mas si esto último fuese algo

accidental, entonces accidentalmente el acto dependería de la ley, de la advertencia

racional y de la intención del agente, cosas todas que sólo pondrían en el acto una

mera denominación extrínseca29

. Poinsot responde a estos interrogantes indicando

que si el orden y la tendencia al objeto en su ser apetecible y bueno es real en el

acto de querer o apetecer, resulta que también la moralidad misma o la ordenación

racional, que acontece en el polo del objeto, es alcanzada por el acto mediante una

relación real al objeto. Porque también esta moralidad, existiendo por la

conformidad con la ley, en la que consiste la bondad moral, es apetecible y

deseable. O mejor, la ley misma y la medida que establece es apetecible por el

hombre bueno (y es rechazable por el malo). Lo cual significa que el acto no sólo

se orienta ónticamente con una relación real e intrínseca al bien natural del objeto

apetecible, sino también a la bondad moral, porque también ésta es apetecible por

el bueno (y es recusable por el malo); de manera que puede alcanzarse con un solo

acto real30

.

2. Luego la moralidad conviene al acto por referencia a su objeto, desde el cual

se juzga y regula la cualidad del acto y del mismo agente. O dicho de otro modo:

en los actos libres la moralidad no es otra cosa que la medida y la ordenación que

estos actos reciben de las reglas de la razón práctica, la cual concierta los actos que

han de hacerse en cuanto relacionados al fin y determinados y medidos por la ley.

Pero ni la razón práctica ni la ley misma determinan o miden en los actos humanos

su dimensión óntica, su entidad física –sus cualidades vitales originadas de su

principio psicológico y referidas a su objeto–; pues la razón sólo determina lo que

ha de hacerse y acerca de qué cosas: el acto es emitido justo para alcanzar la

materia y el objeto; lo mismo que la visión se produce para alcanzar las cosas

sensibles. Si el objeto desaparece, la razón y la voluntad se inhiben acerca de la

emisión del acto. Porque la regulación o la medida racional recae sobre un acto

orientado al objeto: prohíbe el homicidio, porque versa sobre un hombre; prohíbe

el adulterio porque se refiere a una mujer que no es la propia. Luego la perfección

o bondad de la regulación del acto humano consiste en el orden del acto mismo al

29

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a1, tomo V, n. 12, p. 683. 30

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a1, tomo V, n. 13, p. 683-684.

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La relación moral 11

objeto así regulado y medido; no estriba en algo que se añade y adhiere

extrínsecamente al acto, sea una denominación extrínseca, sea algo absoluto31

.

b) Insuficiencia de la relación extrínseca

1. A estas alturas del discurso puede parecer ocioso indicar que, en el caso de la

moralidad, la relación del acto al objeto no es extrínseca. Ahora bien, un grupo de

autores españoles del Siglo de Oro –como Vázquez32

– opinaban que el orden de la

moralidad no es intrínseco y real en el mismo acto. Porque la relación de moralidad

depende de las circunstancias y de la ley; a su vez, las circunstancias

frecuentemente son extrínsecas, como el lugar y el tiempo, la consaguinidad y la

afinidad, etc. Las circunstancias son tan extrínsecas al mismo acto que no ponen

nada real en él en su ser natural, sino que se comportan de manera completamente

accidental respecto al acto considerado en su ser natural. Luego tampoco ponen

nada en el género de lo moral33

.

2. En cambio, otros autores, como Gregorio Martínez, Araujo, Juan Poinsot y,

muy posteriormente, Ramírez –entre otros muchos– determinan la forma propia de

lo moral como la de una relación intrínseca34

: “En los actos humanos originados

inmediatamente de la voluntad, la moralidad no es una mera denominación

extrínseca, sino un orden intrínseco al objeto, y eso no sólo en los actos buenos,

sino también en los malos. Y digo en los actos originados inmediatamente de la

voluntad, porque no se aplica esta conclusión a los actos originados en otra

potencia por el imperio de la voluntad, si estos actos son voluntarios por una mera

denominación extrínseca. Pues como la materia regulable por la ley y la prudencia

es el acto voluntario –el único que es capaz de tal ordenación y medida–, si un acto

sólo fuese voluntario extrínsecamente, también del mismo modo sería regulable y

medible por la razón, lo cual sería el ser moral. Y todo esto sería extrínseco a ese

acto, el cual únicamente por una denominación extrínseca sería voluntario y capaz

de ser medido por la razón. Pero si un acto es intrínseca y realmente voluntario,

puede incluir un orden real al objeto medido por reglas de la razón, el único que

puede ser objeto del acto voluntario, en cuanto es voluntario. Ahora bien, el ser

propia y realmente voluntario se halla de modo máximo en los actos oriundos de la

voluntad y, por tanto, la conclusión anterior se aplica a ellos propiamente”35

.

31

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a1, tomo V, n. 9, p. 682. 32

“Adviértase que el género moral no es la misma sustancia de la acción interior, sino cierta

determinación y denominación extrínseca que le adviene; pero ésta no es la determinación de

voluntario y de libre, sino una determinación común a la malicia y a la bondad, y que podemos

llamar, dentro de este debate, la regulabilidad por la razón”. Gabriel Vázquez, In STh I-II q20 a3,

dist. 73, cap. 9, n. 43. 33

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a1, tomo V, nn. 44-47, p. 633-634. 34

Gregorius Martínez, Super STh I-II q18 a1, Dub 2, p. 851. 35

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a1, tomo V, n. 23, p. 625.

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12 Juan Cruz Cruz

En realidad, la tesis de que la moralidad consiste en una mera denominación

extrínseca es de difícil asimilación. Pues una denominación extrínseca es, en el

fondo, algo ideal o quizás irreal, un ens rationis. Ocurre aquí como en el caso del

“ser visto”, el cual contiene dos aspectos: algo real –lo que se llama una forma

radical, como la “visión” que, siendo real en el ojo, denomina la pared vista–; y

algo puesto por la razón –la aplicación de la forma radical al sujeto denominado, y

eso es una relación surgida de la razón–.

c) La índole intrínseca de la relación moral

1. En cambio, la moralidad está de manera intrínseca y formal en al acto

humano; y de él se predica primariamente. A este propósito, Santo Tomás afirma

que “aunque el fin es causa extrínseca, sin embargo la debida proporción y relación

al fin es interna al acto”36

. Estamos, pues, ante una relación interna que, como tal,

no puede ser una denominación extrínseca37

.

Los aludidos autores explicaron con claridad la diferencia entre la denomi-

nación intrínseca y la extrínseca: “La denominación intrínseca difiere de la ex-

trínseca o del respecto ideal e irreal, en que éste no es interno al sujeto, sino que

sólo lo denomina externamente, como el „ser visto‟ en la pared, que sólo tiene ser

en el conocimiento, aunque sea considerado al modo de una forma interna. Luego

la relación y la proporción al fin, si es interna al acto, no es en él una denominación

extrínseca”38

.

El bien y el mal moral, en cuanto especies de la moralidad, provienen del objeto

y del fin, que es el objeto del acto interior; luego si la relación al objeto o al fin es

un orden radicado internamente en el mismo acto, entonces la relación de la

moralidad en los actos es intrínseca y real. También el acto moralmente malo tiene

su objeto: “pues el acto se llama específicamente malo no por carecer de objeto,

sino por tener un objeto que no conviene a la razón, como robar lo ajeno; por tanto,

36

STh I-II, q18 a4 ad2. Referencias, siquiera breves, sobre la relación moral pueden verse en: V.

Cathrein, “Worin besteht das Wesen des sittliche Guten und des sittlich Bösen”, Philosophischer

Jahrbuch, n. 9 (1896), 121-135. Joan Costa Bou, El discernimiento del actuar humano: contribución

a la comprensión del objeto moral, Pamplona, Eunsa, 2003. –G. Feldner, “Das innerste Wesen der

Sittlichkeit nach St. Thomas von Aquin”, Jahrbuch für Philosophie und Theologie, n. 18 (1904), 308-

326. –Aurelio Fernández, Ética filosófica y teología moral: la cuestión sobre el fundamento, Madrid,

Ateneo de Teología, 2000. –Joseph de Finance, Éthique générale, Roma, Pontificia Università

Gregoriana, 1988. –Margarita Mauri Alvarez, Bien humano y moralidad, Barcelona, Promociones

Publicaciones Universitarias, 1989. –C. Mindorff, “De conceptu moralitatis”, Antonianum, n. 2

(1927), 351-368; 469-482. –Vittorio Possenti, L'azione umana: morale, politica e stato in J. Maritain,

Roma, Città Nuova, 2003. –Josef Seifert, Qué es y qué motiva una acción moral, Madrid, Centro

Universitario Francisco de Vitoria, 1995. –Robert Spaemann, Ética: cuestiones fundamentales,

Pamplona, Eunsa, 1995. 37

Cfr. en la primera parte de este libro un título dedicado a la consideración de la relación como

denominación intrínseca y extrínseca. 38

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a1, tomo V, n. 24, p. 625.

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La relación moral 13

en cuanto el objeto es algo puede positivamente constituir la especie del acto

malo”39

. El acto malo se constituye en su especie moral precisamente por relación

al objeto.

2. Todo el aspecto moral de los actos proviene, pues, de la relación al objeto,

pero no al objeto considerado ónticamente, en su ser natural, sino axiológicamente,

en su conexión con reglas morales. Ahora bien, el acto que se relaciona al objeto y

a todo lo que circunda al objeto tiene una referencia intrínseca y real; y por ésta se

constituye en su ser moral. O dicho de otro modo: se constituye en su ser moral por

relación al objeto regulado por las reglas de la razón o en cuanto cae bajo el orden

de la razón. De manera que si la relación al objeto y a todo lo que confluye en el

objeto es intrínseca y real, también habrá una relación intrínseca y real en la

referencia al objeto en cuanto regulado.

Es cierto que ónticamente el acto se inclina o refiere por su propia naturaleza

hacia el objeto, pues lo enfoca como especificativo, o sea, desde su interior. Decían

los clásicos medievales que a lo especificativo se inclina el acto como especi-

ficable; y sólo es especificable o receptor de especie por su propia naturaleza

interna, por su propia entidad40

. Pero ocurre que la moralidad no es una especie

intrínseca o entitativa del acto en su ser natural; más bien, la moralidad es una

“especie accidental” del acto considerado ónticamente, en su ser natural. Sin

embargo, esta especie accidental proviene del objeto en cuanto sometido a reglas

morales, y esa conexión axiológica nunca puede ser algo sobreañadido al mismo

acto, ni le puede convenir por una denominación extrínseca. Esa conexión es

connatural al acto intrínsecamente y surge ónticamente con el mismo acto, cuando

éste brota de lo profundo de la facultad. Por tanto, si se entiende que la moralidad

conviene al acto mediante una relación al objeto, se entenderá también que no le

conviene por una simple denominación extrínseca, sino que surge ónticamente de

la naturaleza misma del acto, aunque la moralidad sea accidental al objeto y

constituya una especie accidental.

3. Ocurre aquí algo parecido –de nuevo el mismo ejemplo– a lo que sucede en

la visión, la cual mira en el objeto coloreado no sólo el color y la luz –los sensibles

propios–, sino también el movimiento, el reposo, la figura y todos los sensibles

comunes que se refieren de modo accidental a la visión; y sin embargo la vista se

orienta con una relación positiva a esas cosas, porque por la misma relación con

que se endereza al objeto propio se orienta también a las cosas que se dan cita en el

objeto y lo circundan, aunque esto sea a veces algo negativo, como el reposo. Así

pues, la misma relación especificativa que, en la visión, afecta al objeto en sí

mismo, afecta a las determinaciones accidentales de tal objeto, porque en el acto la

relación al objeto no es un orden a un objeto desnudo, sino circunstanciado; y así la

misma relación que llega al objeto desemboca también en las cosas que rodean al

objeto. De igual manera, con la misma relación que el acto de la voluntad llega al

objeto como algo que es apetecible y es un bien en su ser natural, alcanza también

ese objeto como algo sometido a las reglas de la razón, aunque esto sea accidental

respecto a lo primero; al igual que la visión llega con la misma relación tanto al

39

STh I-II, q21 a5 ad2. 40

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a1, tomo V, n. 26, p. 626.

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14 Juan Cruz Cruz

color como al movimiento y a la quietud, aunque esto segundo sea accidental

respecto al color41

.

4. Decir que la moralidad es formalmente un ente de razón, o algo ideal, es

negar la existencia real de la moralidad. Porque el ente de razón no existe, ni puede

existir en la realidad. No parece lógico afirmar que, fuera de la inteligencia, la

moralidad carece de ser; pues pensemos o no pensemos los actos, unos son buenos,

otros malos y otros indiferentes. Sería absurdo decir que el mérito que recono-

cemos y a veces premiamos en una obra buena es algo irreal; o que el reproche con

que sancionamos una obra mala se basa en algo irreal.

La moralidad formal no consiste en una relación ideal o irreal; porque existe

independientemente de las ficciones mentales, de los entes de razón. Y aunque es

cierto que en los actos humanos la forma de lo moral no se toma de una relación al

objeto considerado en su ser natural, sino impregnado de las reglas de lo moral,

también es cierto que el acto, en su orden al objeto y a todo lo circunstanciado en el

objeto, se relaciona mediante una ordenación intrínseca y real; y por lo mismo se

constituye en su ser moral. Dicho de otro modo: se constituye en su ser moral en

cuanto se relaciona a un objeto regulado por las reglas de la razón, o en cuanto cae

bajo el orden de la razón.

Hay aquí, pues, dos aspectos decisivos. Primero, la relación al objeto y a todo lo

que hay en el objeto es intrínseca y real: ya en el orden natural, el acto está

relacionado con el objeto no por algo extrínseco y sobreañadido, sino desde su

propia interioridad y desde la propia naturaleza del acto, porque mira al objeto

como algo que lo especifica. Segundo, también hay un orden intrínseco y real en la

relación al objeto en cuanto regulado: el acto puede alcanzar en el objeto lo que es

conveniente o disconveniente a la razón, pues se orienta a tal objeto no sólo

atendiendo a la bondad en cuanto es apetecible en su ser natural, sino también en

cuanto es regulable y ordenable por la razón. Pues el acto se regula por la razón y

la ley no en virtud de sí mismo, como una cualidad que surgiera del sujeto, sino

sólo en virtud del objeto que alcanza. Tampoco puede alcanzarse el objeto –o lo

que hay rodeando el objeto– si no es porque el acto mismo lo enfoca; y no

mediante una denominación extrínseca, sino mediante una relación a tal objeto;

solamente por la tendencia y relación del acto al objeto ocurre que el objeto

pertenece al acto y el acto al objeto. Y así, ninguna ley prohíbe o manda un acto en

cuanto éste es cualidad vital natural que surge de la facultad: y si, por ejemplo,

prohíbe el homicidio, es porque con ese acto se mata objetivamente a un hombre,

no simplemente porque el acto vital subjetivo de matar provenga de la voluntad42

.

4. La estructura del polo objetivo de la moralidad

1. Los elementos que comparecen en la bondad del acto no concurren en el

polo subjetivo del acto mismo como entidades diversas que se agregan a él, porque

41

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a1, tomo V, n. 27, p. 626-627. 42

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a1, tomo V, n. 28, p. 627.

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La relación moral 15

el acto es en sí mismo, ónticamente, una cualidad vital, una operación que surge de

la facultad, no una colección o mezcla de varias cualidades o entidades. Por otro

lado, el acto no llega a un objeto desnudo, sino revestido de circunstancias

diversas, acerca de las cuales dicta la razón que el acto las consiga o las evite.

Ocurre aquí algo parecido a lo que sucede en el acto de la visión: pues el acto de

ver muchas cosas congregadas no es él mismo una agregación ni una pluralidad de

visiones, sino de objetos sensibles que son alcanzados por una visión única. Y en su

caso, la bondad del acto no consiste en una colección o agregación de elementos

psicológicos, sino en una relación, un orden al objeto que reabsorbe elementos

estructurados43

. Por lo tanto, en el polo del objeto se requiere una complexión de

todos los elementos que pertenecen a la perfección del acto, de manera que éste

tienda a tal objeto así revestido y puesto bajo esa estructura.

Porque el acto moral en cuanto tal, o sea, en cuanto medido y regulado por la

razón, no debe orientarse solamente al objeto desnudo en sí mismo, un objeto

abstracto, sino que debe orientarse de modo práctico en el espacio y en el tiempo.

Pero el acto que ha de ejercerse prácticamente alcanza un objeto afectado de

muchas circunstancias y aspectos, porque así es en la realidad, en el espacio y en el

tiempo, y porque así debe ser según el orden de la razón, la cual dictamina también

acerca de las circunstancias; y si estas no son tenidas en cuenta, el acto mismo se

juzgaría defectuoso.

2. También en el ámbito del arte ocurre algo parecido: cuando el arquitecto hace

una casa no sólo atiende a la sustancia de la fábrica, como las piedras y las maderas

utilizadas en la construcción, sino a muchas otras circunstancias y aspectos, por

ejemplo, que tenga ventanas dispuestas de cierto modo para recibir el aire y la luz,

que las habitaciones posean una amplitud concreta para cumplir determinadas

funciones, etc. Así, la bondad moral del acto debe alcanzar en el objeto el conjunto

estructurado de todos aquellos elementos que la razón ordena en esa materia,

porque el bien aparece cuando el todo está íntegro, y para que haya bondad moral

debe haber integridad de todos estos elementos en el acto; sólo se dice que el acto

los tiene cuando los alcanza en el objeto, y no de otro modo.

3. Los elementos que concurren en el objeto han de estar estructurados. Pero,

aunque el objeto tenga cierta unidad, ¿qué tipo de complexión debería tener? ¿Se

trataría de una mera agregación accidental de cosas múltiples? ¿De un ente irreal?

Estas preguntas tienen sentido, pues es claro que muchas circunstancias

heterogéneas no pueden conjuntarse físicamente en unidad: como el lugar, el

tiempo, la condición personal, los medios con que se opera, etc. Parecería que esta

colección de cosas múltiples sólo puede ser una agregación accidental. ¿Cómo

podrá surgir de ellas una unidad esencial, especialmente cuando todas esas cosas

no tienen algo real y unitario en que se conecten, por ejemplo, un orden o una

composición?44

Es preciso responder a estos interrogantes indicando que si las

cosas que confluyen en el polo del objeto, y que son requeridas para la bondad

moral, se consideran en su aspecto óntico y físico muestran tan sólo la unidad

accidental de un mero agregado. Pero si son consideradas axiológicamente en su

43

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a1, tomo V, n. 8, p. 682. 44

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a1, tomo V, n. 15, p. 684.

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16 Juan Cruz Cruz

condición de “regulables” y de objeto formal del acto interno en la línea moral,

entonces muestran unidad “de modo moral” y pueden reducirse a una forma, por

cuanto se contienen bajo una regla o bajo un modo de regulación y se ponen al

servicio de un solo fin, el que es enfocado en ese modo de regular. Por lo tanto, la

unidad del acto en la línea moral ha de ser tomada de la unidad del objeto en el

mismo género moral. Y como el objeto es ónticamente múltiple, resulta que se hace

“unidad moral” no por la unidad del acto, sino por la unidad de regulación, bajo la

cual se coordinan las demás cosas.

Resumiendo: la colección de requisitos para la bondad moral es ónticamente

una agregación y una “unidad accidental”; pero axiológicamente, en cuanto

coordinada bajo una regla moral, es una estructura o “unidad absoluta”45

en ese

mismo género. El objeto es unidad moral y así hace de término y especifica con

una sola especie moral el acto. Ocurre aquí –vuelvo a repetir– como con los

muchos objetos sensibles que hacen de término y especifican un solo acto de

visión. Tal unidad basta para dar la especie al acto, especie que no se toma de la

unidad óntica o física de las cosas, sino de la unidad objetiva y formal –axiológica–

, bajo la cual se reducen todas ellas a objeto 46

.

4. Hay en este polo objetivo, a propósito de la heterogeneidad de los elementos

que concurren en él, otro punto que merece aclaración. Porque si las circunstancias

indicadas y los demás requisitos son tan heterogéneos que no hacen sino una

unidad de agregación en el polo del objeto, ¿por qué no habrían de ser alcanzados

por el acto con varias relaciones, aunque fueran parciales? Si la respuesta fuese

afirmativa, entonces cabría decir que la bondad moral del acto consiste en un mero

repertorio de todas estas relaciones. Es lo que sostenía Duns Scoto. De este modo

no sólo la bondad moral objetiva, la requerida en el polo del objeto para la bondad,

sino también la bondad formal, la que hay en el polo del acto, consistirían en

agregación o acopio de varias relaciones. Mas no es esta la postura de Santo

Tomás. Pues desde el punto de vista óntico, para el Aquinate es común a los actos

psicológicos, tanto a los cognoscitivos como a los volitivos, el alcanzar con una

sola y única relación diversas cosas, si están contenidas bajo la misma razón formal

y en la misma línea, aunque sea de manera inadecuada, y aunque materialmente se

multipliquen los términos, como ocurre en la relación de un solo padre a varios

hijos47

; porque las relaciones no se multiplican numéricamente por los términos,

sino por los sujetos en que se hace la multiplicación de accidentes. Así, una sola

relación paterna tiene su terminación en varios hijos: se ordena a cada uno de ellos

de manera inadecuada y puede tener su terminación en pocos o en muchos con la

misma relación, porque todos proceden del mismo principio. De modo semejante,

la relación interna de un único acto de visión puede alcanzar varios objetos que se

capten bajo la misma línea visual, aunque ónticamente sean muchos los objetos; y

no por eso se emiten tantas visiones como objetos se presentan. Así es como el acto

moral se relaciona con el objeto, con las circunstancias y con todo lo que respecta a

45

Gregorius Martínez, Super STh I-II q18 a1, Dub 3, p. 853-854. 46

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a1, tomo V, n. 17, p. 685. 47

STh III q35 a5.

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La relación moral 17

la regulación por la recta razón: se trata de una sola relación, la que conviene a una

sola regulación moral48

.

5. Lo cual equivale a decir que ser bueno o malo viene a significar lo mismo

que ser bueno o malo por el objeto; a su vez, ser bueno o malo por las circuns-

tancias no acontece porque tales circunstancias afecten inmediatamente al acto,

sino porque afectan al objeto: y por el objeto circunstanciado recibe el acto la

moralidad. Y así, por robar una determinada cantidad de lo ajeno, la cantidad

misma no afecta al acto, sino a la cosa robada, y con esa conexión afecta al acto;

tener relaciones sexuales con una hermana es una circunstancia que afecta al objeto

en concreto, a la persona, y de ahí deriva al acto49

. También las circunstancias,

incluso las extrínsecas, son alcanzadas por el acto de la voluntad, en cuanto éste se

orienta al objeto al que se conectan aquellas circunstancias.

6. Queda, pues, claro que la relación, por la que el acto posee bondad moral, es

intrínseca y real en el acto mismo: no es una denominación extrínseca, ni un ente

irreal producido por la razón, porque el orden del acto al objeto pertenece a la

naturaleza interna del acto; todo lo que hay en la naturaleza y especie del acto está

ordenado al objeto, y del objeto recibe su especie moral, siendo así que la especie

óntica es intrínseca y real en el mismo acto50

.

5. La moralidad como relación trascendental

a) Querer realmente lo ideal

1. La relación del acto al objeto no es categorial, porque ésta depende de la

existencia del término. En verdad, no es lo mismo el “objeto” que el “término” del

acto; y de ahí se sigue que incluso cuando no existe el término, el acto puede versar

sobre un objeto. Tal relación es, pues, trascendental51

. En efecto, puede ser real la

“relación al objeto” aunque éste quede afectado por un ente ideal, incluso bajo el

modo de lo irreal (ens rationis), o por una denominación extrínseca; por ejemplo,

el dinero no tiene un valor por sí mismo, sino por la voluntad social y legal que lo

establece, la cual es completamente extrínseca al dinero; pero puede ser apetecido

por un acto real. Hay otras muchas cosas que consisten en una denominación

extrínseca, como las que pertenecen al honor o a la dignidad –ser juez, ser alcalde o

gobernador, ser abogado– y, sin embargo, son apetecidas por actos reales. Incluso

la lógica, que es una ciencia real, versa sobre las llamadas “intenciones lógicas”,

irrealidades que no ponen nada en los objetos. De parecida manera cabe decir que

48

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a1, tomo V, n. 19, p. 686. 49

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a1, tomo V, n. 29, p. 627-628. 50

Gregorius Martínez, Super STh I-II q18 a1, Dub 3, p. 854. 51

Franciscus Araujo, In STh I-II q18 a1, p. 100, 102.

Page 18: 1. Verdad especulativa y verdad prácticaleynatural.es/wp-content/uploads/2011/06/La-relación-moral.pdfbondad moral– se halla en el mismo acto que tiende al objeto conformado y

18 Juan Cruz Cruz

el ser moral no pone nada real en el objeto, sino una mera relación ideal a la ley, o

a la privación, o a la deformidad, si se diera52

.

Lo cual significa que el acto, por su propia realidad y tendencia, versa sobre el

objeto mismo, si en éste hay una regulación racional y las demás circunstancias que

lo acompañan. Con la misma relación que alcanza el objeto podrá alcanzar las

circunstancias adyacentes, como la visión alcanza con la misma relación no sólo el

color, sino también la figura, el movimiento y los demás sensibles comunes53

. Es lo

que sostienen Francisco Araujo, Gregorio Martínez y Juan Poinsot, entre otros.

También parece ser la opinión de Cayetano54

.

2. Mas lo que en el polo del objeto está sometido a la ley y es medido por ella

puede ser algo ideal o una denominación impuesta. Aquello que en el polo del

objeto sólo es un ente ideal o una denominación extrínseca –como las dignidades y

los honores, etc.– puede ser alcanzado por un acto real y por una relación real: todo

eso lo ambicionamos con actos reales y, sin embargo, no son sino denominaciones

ideales. También son fingidas e irreales las quimeras que representamos con la

imaginación; y sin embargo, las formamos y fingimos con actos reales de la mente.

Por eso también, aunque en el objeto la ordenación misma de la ley sea solamente

una denominación y advertencia oriunda de la razón –la cual pone en el objeto una

denominación extrínseca–, sin embargo, el acto de la voluntad que está orientado a

las cosas que confluyen en el objeto tiende por su acto real a lo que quizás en el

polo del objeto no es real, al igual que la lógica trata, con un acto real, de objetos

que son ideales, como las “segundas intenciones” de sujeto y predicado, de género

y especie, etc.55

Es más, aunque en el polo del objeto la agregación de tantos

requisitos y la medida bajo la ley sea una entidad ideal (puesta por la razón), eso no

impide que exista la unidad real del acto que tiende hacia ellos. Por eso no puede

ser categorial la relación del acto al objeto: la relación categorial está siempre

dirigida a un término existente, pero la relación trascendental del acto interno no

exige que la cosa exista ni que sea verdadera: basta que sea estimada o considerada

para que pueda tender hacia ella el acto real, como cuando ambicionamos honores

o formamos entes de razón56

.

3. Para la escuela tomista, pues, la moralidad –como forma por la que los actos

humanos son buenos o malos moralmente– pertenece al ámbito de la relación; y si

bien no es una relación ideal, tampoco es una relación real categorial57

. El acto

humano se constituye como bueno o malo moralmente por una relación a un objeto

que, a su vez, está sometido a una regla moral; pero la moralidad no es una relación

categorial del acto libre a los principios de moralidad. La relación categorial sólo

se orienta al término en cuanto puro término, mas no en cuanto objeto o principio

de especificación suya, ni en cuanto influye y causa de cualquier otro modo,

porque en los puros relativos no tiene lugar la causación y la influencia. Y es que a

52

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a2, tomo V, n. 48, p. 654. 53

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a1, tomo V, n. 11, p. 683. 54

Tomás de Vío Cayetano, Commentaria in I-II, q18, a5, q71 a6, q72 a1. 55

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a1, tomo V, n. 14, p. 684. 56

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a1, tomo V, n. 18, p. 685. 57

Gregorius Martínez, Super STh I-II q18 a1, Dub 3, p. 855.

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La relación moral 19

la relación no le compete el movimiento por sí misma. Sin embargo, la bondad

moral –también la malicia– que hay en el acto se toma y depende del objeto; asi-

mismo depende del fin en cuanto atrae y seduce, lo cual es influir y causar; y

depende incluso de las circunstancias, entre las cuales hay aspectos causales, como

ocurre en las que funcionan como medios. Luego la moralidad en los actos implica

una relación no puramente categorial y pura, que sería una relación al puro

término, sino real trascendental, la cual se despliega en los actos, en los hábitos y

en las facultades.

b) Lo moral como género de contrarios

1. Además, esa relación moral funda la contrariedad del bien y del mal moral.

En realidad la moralidad es un ámbito muy peculiar, en el que se dan los contrarios

del bien y del mal: es un “genus ad contraria”, como decían los lógicos. Pero

ocurre que la relación categorial no acoge los contrarios, pues los relativos se

oponen justo “relativamente”, o sea, no por contradicción, ni por contrariedad, ni

por privación –como se vio en el primer capítulo–. En cuanto tal, la relación pres-

cinde de la perfección y de la imperfección. Ahora bien, la moralidad no prescinde

de la perfección y la imperfección, sino que necesariamente incluye ambos

aspectos. Por lo tanto, esa forma que es la moralidad está adecuadamente

representada por la relación trascendental58

.

2. Así pues, la contrariedad no está en las relaciones categoriales y puras, pero

se da en los actos y en los hábitos, que son cualidades. No estamos entonces ante

un orden a un término como puro término; sino –como se ha dicho– ante un orden

al objeto59

. Es claro, por otra parte, que esa relación de la bondad moral es

ónticamente una cualidad, como también lo es el mismo acto o el hábito, los cuales

se ordenan trascendentalmente a sus objetos y se especifican por ellos. Y así, la

diferencia última de la bondad moral es ónticamente algo absoluto que, no

obstante, implica un orden trascendental al objeto en cuando medido y regulado

por las reglas de la razón. Este orden trascendental absoluto, que es la diferencia

del acto moral, se reduce ónticamente a la categoría de cualidad, porque el acto

mismo o el hábito moral pertenece a ella, siendo así que la diferencia siempre se

reduce a su género correspondiente: se pone al lado de ese género, porque en sí

misma es algo incompleto. En resumen, esta relación trascendental es ónticamente

algo absoluto que puede tener contrario y fundar también relaciones categoriales,

en las cuales no puede consistir la misma razón propia del acto o del hábito, incluso

en la línea moral60

.

3. Si la moralidad es una relación trascendental del acto libre al objeto propio,

en cuanto referido a la regla moral o a la razón humana práctica, es claro que no se

trata del orden que tiene el acto libre a su propio objeto ónticamente considerado,

58

Jacobus Ramírez, Opera omnia, t. IV, De actibus humanis, nn. 668-669, p. 505-507. 59

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a1, tomo V, n. 22, p. 687. 60

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a1, tomo V, n. 23, p. 687.

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20 Juan Cruz Cruz

sino tomado axiológicamente, como objeto ordenable al fin último de la vida

humana.

Reitero que en su inicio el acto humano está indeterminado al bien y al mal

moral, porque posee una libertad defectible. Pero un acto así indeterminado no es

regla de sí mismo, sino que ha de ser determinado por una regla. Resulta entonces

que la forma por la que un acto –que está indeterminado al bien y al mal moral– se

constituye como bueno o malo moralmente es su conformidad o disconformidad

con una regla moral. Semejante conformidad o disconformidad es, en verdad, una

especificación del acto humano como moral: éste se hace bueno por la primera y

malo por la segunda. Y así, la bondad y la malicia moral son las especies supremas

de la moralidad. A su vez, tal especificación del acto moral es verdaderamente una

“relación trascendental” del acto a un objeto sometido a reglas morales.

4. Podría verse aquí, no obstante, una dificultad. Porque si la moralidad se

refiere accidentalmente al acto de la voluntad considerado como una naturaleza,

entonces el acto mismo no podría referirse al objeto moral mediante la misma

relación trascendental que se identifica con la entidad misma o naturaleza del acto;

dicho de otro modo: la relación moral –y la moralidad misma– se identificaría con

el mismo acto en su ser natural, y entonces sería esencial e intrínseca, no

accidental. Pero si se dijera que es accidental y que no es la misma relación

trascendental al objeto, entonces sería una denominación extrínseca; tampoco

podría ser una relación categorial, porque no se refiere a un puro término, sino a un

objeto. ¿Qué sería entonces?

5. Para responder adecuadamente es preciso tener en cuenta que la indicada re-

lación trascendental –por la que el acto de la voluntad tiende al objeto como

apetecible– se orienta también y alcanza a la misma moralidad que se halla en el

objeto y en sus circunstancias, porque ese acto puede alcanzar en la misma relación

todo lo que rodea al mismo objeto. Ahora bien, esto último es accidental al mismo

acto considerado en su ser natural, mas no porque sea una nueva denominación, o

una relación sobrevenida, sino porque desde el objeto la regulación axiológica se

comporta accidentalmente respecto a la misma bondad natural del objeto y a su

apetibilidad. Pero la dimensión óntica o natural del acto sólo se refiere a la bondad

natural del objeto como apetecible; la moralidad, en cambio, es algo accidental-

mente conectado a eso apetecible y a la bondad del objeto; y no obstante, con la

misma relación real se alcanza tanto la bondad óntica como la moralidad o

regulabilidad que acaece a esta bondad.

Ya se dijo que ocurre aquí lo mismo que en el acto de ver, el cual, por la misma

relación y tendencia con la que llega al ser coloreado, llega a sus accidentes, como

la figura, el movimiento, la quietud; aunque alcance estas cosas como accidentes de

aquél; pero no necesita para esto otra tendencia diversa o relación sobreañadida, o

una denominación extrínseca: pues ocurre que la misma tendencia y relación que

alcanza el objeto específico coloreado, también alcanza sus accidentes sensibles

comunes, como la figura y el movimiento, y eso mediante el mismo acto real y

mediante la relación trascendental, aunque uno sea alcanzado como esencial y

específico objeto, y otro como accidente suyo. Así pues, en el mismo acto y en la

misma relación que alcanza la bondad natural y el objeto en cuanto apetecible,

alcanza también su regulación y moralidad, conforme a la cual ese objeto está

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La relación moral 21

sometido a las reglas morales; aunque esta moralidad se comporte accidentalmente

respecto a la índole buena y apetecible del objeto en su ser natural61

.

6. Supongamos por un momento que la bondad moral fuese una relación pura,

sea real, sea ideal. Tal bondad moral sería una relación de conformidad de lo

medido con la medida; y el acto sería moral en cuanto fuese medido y ordenado

por reglas racionales. En tal caso la relación de lo medido a la medida sería pura y

categorial, siendo una de las tres en que se divide la categoría de relación.

Aparentemente este supuesto es correcto y adecuada la conclusión. Pero pasa por

alto un punto importante. Porque la relación de lo medido a la medida –relación de

conformidad con la medida– es categorial cuando sólo hay pura medida y la

orientación al término tiene un puro término. Mas cuando en tal medida el término

es un objeto que la especifica, o es un término que ejerce una causalidad, entonces

esa medida no es relación categorial, sino trascendental.

Es lo que ocurre también en la ciencia, la cual se orienta al objeto como a algo

que la especifica, pero no lo enfoca como puro término, sino como objeto y como

causa formal extrínseca; además, en esta especificación y en esta orientación al

objeto la ciencia no depende de la existencia del objeto. En cambio, la relación

categorial depende de la existencia del término; y también la relación irreal

depende del conocimiento del término, aunque la única existencia que tenga ese

término sea la de ser conocido.

7. Pero, como ya ha quedado dicho, la especificación es dada por el objeto no

porque éste tenga existencia o produzca una información real, pues no es una forma

intrínseca; ni porque ejerza una terminación real, pues no es puro término, sino

causa especificativa. Sólo hay aquí relación del acto al objeto en su ser inteligible y

cognoscible, en su representación; no se requiere la presencia real del objeto,

porque éste se hace presente suficientemente en la representación de sus contenidos

inteligibles. Por lo tanto, esas relaciones a objetos que ejercen especificación no se

orientan a una cosa existente en sí misma, ni dependen de la existencia del objeto,

sino que consisten en la misma orientación del acto al objeto en cuanto cognoscible

o apetecible o factible, lo cual puede darse sin la existencia del objeto: pues basta la

presencia del contenido inteligible. De hecho, como se acaba de indicar, puede

darse un acto real que verse sobre un objeto inexistente; e incluso puede darse la

moralidad real del acto sobre un objeto inexistente. Pero ese objeto inexistente

puede estar medido y subordinado a las reglas de la razón; ahora bien, en su real

orientación el acto es especificado por un objeto que, sin existir, es conocido o

aprehendido. De manera que por una sola tendencia el acto puede alcanzar el

mismo objeto en cuanto medido por las reglas de la razón, y por este aspecto el

acto se llama moral, o sea, acto medido y regulado en cuanto se orienta al objeto62

.

8. A su vez, basada en esta relación trascendental del acto o del hábito al objeto

puede surgir luego una relación categorial al objeto, pero no a un objeto que ejerza

especificación, sino a un objeto simplemente existente, de manera que existiendo

sea término actual de una relación existente. Tal relación al objeto existente sería

una relación de medida real. Pero la especificación del acto no consiste en esa

61

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a1, tomo V, n. 40, p. 635-636. 62

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp8 a2, tomo V, n. 29, p. 690.

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22 Juan Cruz Cruz

medida, porque ésta puede existir o no existir. Sólo aquella medida trascendental y

especificativa es la que constituye la especie del acto, incluso en la línea moral63

.

63

Joannes a Sancto Thoma, In I-II q21, disp9 a2, tomo V, n. 28, p. 690.