1.-El Defensor Del Pueblo ESQUEMA

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El Defensor del Pueblo CONCEPTO Alto comisionado de las Cortes Generales CARACTERISTICAS - Actúa con ELECCION - Cualquier español CESE Y SUSTITUCION - Por renuncia - L PRERROGATIVAS - No sujeto a ACTUACION - Quejas - Presentación - Cualquier Persona fsica o jurdi - Por !scrito -Pla"o -#n año Defensor del Pueblo. Tramitación de las quejas $!Q#%&%'(& - )irmada por el interesado* - %ndicar nom+re, apellidos y domicilio* - !scrito sea ra"onado en papel común P$(C! %.%!N'( - $e/istra y acusa reci+o de todas las quejas* - Lle/ada la queja dos posi+ilidades0 a1 $ec2ace !scrito motivado 3Porqu4, qu4, vas que 2ay, e !jem0 'ramitación judicial previa 5 rec2a"a* 'ramitación conjunta 5 &uspende +1 Admita 61 %nvesti/a la queja 71 &olicita informe a la administración que es queja 81 !n quince da contestación por la administr 91 &i en quince da no 2ay contestación entonc efensor del Pue+lo por mala actuación de admi que aparece en su informe anual* PLA:( 6 A;( 3 esde que ocurrieron los 2ec2os1 CA$AC'!$<&'%CA& - Gratuito - No preceptivo 3o+li/atorio1 a+o/ado y procurador - La correspondencia remitida desde centros de detención, etc***, no puede ser censurada* - Las conversaciones con sus ayudantes son secretas*

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Transcript of 1.-El Defensor Del Pueblo ESQUEMA

El Defensor del Pueblo

El Defensor del PuebloCONCEPTOAlto comisionado de las Cortes Generales designado por estas para la defensa de los derechos fundamentales regulados por la CE.

CARACTERISTICAS- Acta con independencia de las fuerzas polticas.

- Tiene como misin defender los derechos de los particulares frente a las transgresiones de la administracin pblica.

- rgano unipersonal.

- Inviolabilidad.

- Inmunidad.

- Auxiliado por dos adjuntos en los que podr delegar funciones.

ELECCION- Cualquier espaol mayor de edad

- Elegido por las Cortes Generales

- 5 aos.

- Su nombre ser acreditado con las firmas del Presidente del Gobierno y del Senado y deber ser publicado en el BOE.

- Por mayora simple se propondrn uno o varios candidatos al pleno del Congreso que deber decidir en el plazo de 10 das.

- Ser designado quien obtenga una votacin favorable igual a 3/5 del Congreso.

- Ratificado por una mayora igual en el plazo de 20 das en el Senado.

CESE Y SUSTITUCION- Por renuncia

- Por espiracin del plazo de su mandato.

- Por muerte o incapacidad sobrevenida.

- Por actuar con notoria negligencia en el cumplimiento de las obligaciones y deberes del cargo.

- Por haber sido condenado mediante sentencia firme por delito doloso

- La vacante se declarar por el Presidente del Congreso en los tres primeros casos. En los dems casos se decidir por mayora de 3/5 de los componentes de cada Cmara.

- En plazo no superior a un mes se iniciar el procedimiento de nombramiento del nuevo Defensor del Pueblo.

- En caso de muerte, cese o incapacidad desempearan sus funciones los adjuntos.

PRERROGATIVAS- No sujeto a mandato imperativo

- Tiene plena autonoma

- Inmunidad

- Inviolabilidad

ACTUACION- Quejas- Presentacin

- Cualquier Persona fsica o jurdica

- Por Escrito

- Plazo

- Un ao

- Investigacin de la actuacin administrativa

- Advertencia, recomendacin, sugerencia al funcionario responsable.

- Informe anual a las Cortes.

Defensor del Pueblo. Tramitacin de las quejasREQUISITOS

- Firmada por el interesado.

- Indicar nombre, apellidos y domicilio.

- Escrito sea razonado en papel comnPROCEDIMIENTO

- Registra y acusa recibo de todas las quejas.

- Llegada la queja dos posibilidades:

a) RechaceEscrito motivado (Porqu, qu, vas que hay, etc.)

Ejem: Tramitacin judicial previa rechaza.

Tramitacin conjunta Suspende

b) Admita1) Investiga la queja

2) Solicita informe a la administracin que es origen de la queja

3) En quince da contestacin por la administracin

4) Si en quince da no hay contestacin entonces informe del Defensor del Pueblo por mala actuacin de administracin que aparece en su informe anual.

PLAZO 1 AO (Desde que ocurrieron los hechos)

CARACTERSTICAS - Gratuito

- No preceptivo (obligatorio) abogado y procurador

- La correspondencia remitida desde centros de detencin, etc..., no puede ser censurada.

- Las conversaciones con sus ayudantes son secretas.