(008) Obligaciones. Modos de extinguir
description
Transcript of (008) Obligaciones. Modos de extinguir
(008)Obligaciones. Modos de
extinguir
Profesor Carlos López DíazVersión al 1 de agosto de 2011
2
Artículo 1567. Toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consienten en darla por nula.
Las obligaciones se extinguen además en todo o parte: 1.- Por la solución o pago efectivo; 2.- Por la novación; 3.- Por la transacción; 4.- Por la remisión; 5.- Por la compensación; 6.- Por la confusión; 7.- Por la pérdida de la cosa que se debe; 8.- Por la declaración de nulidad o por la rescisión; 9.- Por el evento de la condición resolutoria; 10.- Por la prescripción.
De la transacción y la prescripción se tratará al fin de este Libro; de la condición resolutoria se ha tratado en el título De las obligaciones condicionales.
3
Modos de extinguir las obligaciones
Concepto
Modos de extinguir las obligaciones
Primeraclasificación
La dación en pago
Que satisfacen al acreedor con la prestación
debida o análoga
El pago
La novación
La compensación
La pérdida de la cosa debida
Son ciertos actos o hechos jurídicos que operan la liberación del deudor de la prestación a que se encuentra obligado.
Que extinguen la obligación
sin tal satisfacción
Segundaclasificación
La prescripción
El pago
Que extinguen la obligación
directamente
La prescripción
La pérdida de la cosa debida
La nulidad o rescisiónEn forma consecuencial
El evento de la condición resolutoria
4
El mutuo consentimiento o resciliación
Mutuo disenso
Terminología
Capacidad de las partes
La expresión “consienten en darla por nula”
Obligaciones que se extinguen por mutuo consentimiento
ConceptoArt. 1567. Toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consienten en darla por nula.
La resciliación
La revocación
La terminación
El desahucio
No confundir con rescisión
Capacidad de disposición
La resciliación opera hacia lo futuro
Toda obligación, cualquiera sea su fuente.
5
El pago
Concepto y alcances
El pago
1. Por quién se hace el pago
4. Lugar, época y gastos del pago
2. Requisitos del pago
3. A quién debe hacerse el pago
5. Cómo debe hacerse el pago
6. Imputación del pago
7. Prueba del pago
6
El pago. Gráfico 1
Deudor
1.Por quién se hace el pago
Persona interesada
Un extraño
Concepto y alcancesConcepto. Artículo 1568. “El pago efectivo es la prestación de lo que se debe”.
Alcances• Necesidad de una obligación preexistente.• Extinción de la misma.
Quiénes
Efectos: subrogación
• Fiador.• Codeudor solidario.• Tercer poseedor de la finca hipotecada
Quiénes
Efecto
• El deudor mismo.• Mandatarios.• Representantes legales.• Herederos.• Legatarios.
• Pago con el consentimiento del deudor. Diputado para el pago. Efecto: subrogación
• Pago sin conocimiento del deudor. Efectos: extingue la obligación. Tercero es agente oficioso. No subrogación, sólo acción de reembolso.
• Pago contra la voluntad del deudor. Ningún efecto: debe pedir acciones.
7
El pago. Gráfico 2
Propietariode la cosa
2.Requisitos del pago
Capacidad para enajenar
Solemnidades legales
Es dueño
No es dueño
regla
excepciones
No vale. Efectos.• Derecho a un nuevo pago.• Derecho de repetición• No pierde el dominio.
• Con consentimiento del deudor.• Adquisición posterior del dominio• Cosa fungible consumida de buena fe
Reglas de la tradición
8
El pago. Gráfico 3
Al acreedor
3.A quién debe
hacerse el pago Al representante del acreedor
Al poseedor del crédito
Origen
Capacidad
Regla
Excepción (no vale)• no administración de sus bienes• embargo o retención judicial• fraude de los acreedores del fallido
Término: revocación
ConvencionalLegalJudicial
Representado
Representante Puede ser incapaz. Artículo 1581
9
El pago. Gráfico 4
Lugar
4.Lugar y
época del pago
Epoca
Gastos
Pura y simple
Condicional
Regla
Excepción
Regla: deudor
Excepción: acuerdo
Lo pactado
Especie o cuerpo cierto
Género
Donde se encontrabaal constituirse la obligación
Domicilio del deudor
10
El pago. Gráfico 5
Requisitosgenerales
5.Cómo debe hacerse el
pago
Requisitosespecíficos
Obligaciones de especie o cuerpo cierto
Obligaciones de género
Con la misma cosa debida
Total
Obligaciones de dinero
obligaciones modalesobligaciones facultativas
regla
excepción
• controversia• quiebra / cesión• compensación • pago con beneficio de competencia
regla
excepción
11
El pago. Gráfico 6
Requisitos6.
Imputación del pago
A quién le corresponde
Deudor
Acreedor
Ley
7.Prueba del
pago
Regla
Presunciones
• “Si el acreedor otorga carta de pago del capital sin mencionar los intereses, se presumen éstos pagados”. Artículo 1595 inciso 2.
• “En los pagos periódicos la carta de pago de tres períodos determinados y consecutivos hará presumir los pagos de los anteriores períodos, siempre que hayan debido efectuarse entre los mismos acreedor y deudor”. Artículo 1570.
• “El finiquito de una cuenta hará presumir el de las anteriores, cuando el comerciante que lo ha dado arregla sus cuentas en períodos fijos”. Artículo 120 Código de Comercio.
12
Novación
La novación
Concepto
Delegación
Artículo 1628. La novación es la
substitución de una nueva obligación a otra anterior, la cual queda por tanto extinguida.
La novación
Requisitos
Formas
Novación objetiva
Novación subjetiva
Efectos
Regla
Excepción
objeto
acreedor
causa
deudor
efecto
consecuencias
Estipulación en contra
• Obligación preexistente• Nueva obligación• Diferencia sustancial entre ambas • Capacidad para novar• Animo de novar
13
Acreedor
Deudor Nuevodeudor
Novación por cambio de
deudor
En rojo, están las partes que consienten en la novación por
cambio de deudor
14
Acreedor
Deudor Nuevodeudor
Novación por cambio de
deudor
Acreedor
Deudor Nuevodeudor
Acreedor
Deudor Nuevodeudor
Delegación imperfecta:
Delegación perfecta:
En rojo, están las partes que consienten en la novación por
cambio de deudor
15
Acreedor
Deudor Nuevodeudor
Novación por cambio de
deudor
Acreedor
Deudor Nuevodeudor
Acreedor
Deudor Nuevodeudor
Delegación imperfecta:
Delegación perfecta:
Acreedor
Deudor Nuevodeudor
Acreedor
Deudor Nuevodeudor
Adpromisión:
Expromisión:
En rojo, están las partes que consienten en la novación por
cambio de deudor
16
Acreedor
Deudor Nuevodeudor
Novación por cambio de
deudor
Acreedor
Deudor Nuevodeudor
Delegación perfecta:
Acreedor
Deudor Nuevodeudor
Expromisión:
En rojo, están las partes que consienten en la novación por
cambio de deudor
Hay novación
17
Remisión
La remisión
Concepto
La remisión o condonación es la renuncia gratuita que
hace el acreedor a favor del deudor del derecho de exigir
el pago de su crédito.
La remisión
Clases
1a clasificación
2a clasificación
Efectos
voluntaria
testamentaria
forzada
por acto entre vivos
3a clasificación
4a clasificación
total
parcial
expresa
tácita
total
parcial
18
Compensación
La compensación
Concepto
La compensación es un modo de extinción
de las obligaciones recíprocas existentes entre dos personas,
hasta concurrencia de la de menor valor.
La compensación
Clases
legal
voluntaria
Requisitos
Casos enque no procede
judicial
Efectos
Renuncia
• Deudores personales y recíprocos• Obligaciones de dinero, cosas fungibles o
indeterminadas de igual género y calidad• Liquidez de ambas obligaciones• Actual exigibilidad de ambas
obligaciones• Créditos embargables• Pagaderas en el mismo lugar• Que no sea en perjuicio de acreedores • La compensación debe ser alegada
• Demanda de restitución de un despojo.• Demanda de restitución de un depósito o
comodato.• Demanda de indemnización por actos de
violencia o fraude.• Demanda de alimentos no embargables.
Opera de pleno derecho
19
Confusión
La confusión
Concepto Artículo 1665. Cuando concurren en una misma persona las calidades de
acreedor y deudor se verifica de derecho una confusión que extingue
la deuda y produce iguales efectos que el
pago.
La confusión
CausasPor causa de muerte
Por acto entre vivos
ClasesTotal
Parcial
Efectos
20
Pérdidade la cosa
que se debe
La pérdida de la cosa que se debe
Alcances
Casos enque procede
SI. Obligaciones de especie o cuerpo cierto
NO. Obligaciones de género
Procedencia
Requisitos
Reaparición de la cosa
Pérdida material
Pérdida jurídica
destrucción
inhabilitación
Consecuencias
Pérdida por el deudor
extravío
• Que la pérdida no sea imputable (caso fortuito)
• Que la pérdida sea total
• Pérdida imputable: la obligación subsiste• Pérdida no imputable: la obligación se extingue
Deberá sólo el precioIncluye caso artículo 1679
21
Prescripción extintiva
La prescripción extintiva
Concepto
Concepto
Requisitos
Fundamento
Prescripción en general
ClasesPrescripción adquisitiva
Prescripción extintiva
1. Acción prescriptible
2. Alegada
3. No interrumpida
4. No suspendida
5. Transcurso del tiempo
Artículo 2492. La prescripción es un modo de adquirir las cosas
ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no
haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los
demás requisitos legales.
Prescripción en general
La prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por no haberse
ejercido dichas acciones y derechos durante cierto
lapso de tiempo, y concurriendo los demás
requisitos legales.
22
La prescripción extintiva
Regla: accionesprescriptibles
1. Acción prescriptible
Excepción: accionesimprescriptibles
• Acción de reclamación de estado civil. Artículo 320.• Acción para pedir cese de ciertos estados perniciosos. Artículo 937.• Acción cautelar general. Artículo 950 inciso 2º.• Acción de partición. Artículo 1317.• Nulidad de matrimonio. Artículo 48 LCM.• Imprescriptibilidad de las excepciones. Excepción: nulidad
Cómo se alega
2. Alegada
Renuncia
formas
oportunidad
Regla: a solicitud de parte
Excepción: de oficio
capacidad
Quién la alega
expresa
tácita
EjercicioRegla: excepción (perentoria)
Excepción: como acción
• En juicio ejecutivo
• En materia penalEl deudor
23
La prescripción extintiva
Alcance y fundamento
3. No interrumpida
Formas
Interrupción civil
Interrupción natural
Cuál es
Efectos
Efectos
Regla general: pierde tiempo
Excepción: no interrumpe
• Demanda ilegalmente notificada.• Desistimiento de la demanda.• Abandono de la instancia.• Sentencia absolutoria del demandado.
Requiere demanda judicial notificadaCuál es
Excepción a efectos relativos
Por reconocimiento del deudor de la obligación
• Es personal.• Detiene la prescripción iniciada.• Hace perder el tiempo transcurrido.
• Obligaciones solidarias. Artículo 2519.• Obligaciones indivisibles. Artículo 1529.Efecto común
Obra del acreedor
Obra del deudor
24
La prescripción extintiva
Alcance
4. No suspendida
Límites
Personas favorecidas
Efectos
Artículo 25091º Los menores; dementes; sordos o sordomudos que no pueden darse a entender claramente; y todos los que estén bajo potestad paterna, o bajo tutela o curaduría.2º La mujer casada en sociedad conyugal mientras dure ésta.3º. La herencia yacente
No hace perder el tiempo transcurrido
Diez años
Es un beneficio establecido a favor de ciertas personas en cuya virtud no corre la prescripción en contra suya.
25
La prescripción extintiva. Gráfico 4
Elplazo
5. Transcurso del tiempo
Clases
De largo tiempo
Concepto
Formas de cómputo
Desde cuándo
Determinación
De corto tiempo
Acciones personales
Acciones de obligaciones accesorias
Acciones realesderivadas del dominio
Derechos reales desmembración del dominio
Acciones ordinarias
Acciones ejecutivas
Dominio en sí
Acción reivindicatoria
Acción de petición de herencia
26
La prescripción extintiva. Gráfico 4
El plazo
5. Transcurso del tiempo
Clases
De largo tiempo
De corto tiempo
Prescripciones presuntiva de pago
Prescripciones especiales
Plazos
Aspectos
Honorarios profesionales: 2 añosMercaderes y servicios: 1 año
No se suspendenAdmiten interrupciónInterverción. Artículo 2523.
Plazos
Aspectos
6 meses, 1año, 4 añosresponsabilidad civil extracontractual
No se suspenden. Excepciones.Admiten interrupciónNo opera interverción