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JUNTOS CONSTRUIMOS EL CAMBIO CEA CONTRATO No. 12R-JOO-FISE-146-02-071/2017 COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA CONTRATO DE OBRA PUBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO CONTRATISTA: GUTIÉRREZ S MATUS CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. DIRECClÓN^f"; . . - -_.. TELÉFONO^ R.F.C. " , : - -'. l.M.S.S:", . ;. ." C.P.: . CONTRATO No. 12R100-FISE-146.02-071/2017 EJERCICIO: 2017 FUENTE DE FINANC I AMIENTO: FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL PARA LAS ENTIDADES (FlSE 2017) PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL NÚMERO DE LICITACIÓN: EO-920024998-N01 6-201 7 FECHA DE FALLO: 25 DE OCTUBRE DE 20 1 7 DENOMINACIÓN' CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA PO1 Abu& LOCALIDAD: SANTA ANA MUNICIPIO: VILLA SOLA DE VEGA REGIÓN; 07 SIERRA SUR ESTADO: OAXACA *—"- '" - " " MONTO; 51,734,362.59 (UN MILLÓN SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL1RESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 59/100 M.N.J INCLUYE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. ANTICIPO: NO SE OTORGA ANTICIPO. j$ftyÍJM)!& ^£^ PLAZO DE EJECUCIÓN: DELAGÜADEL ESTADO <> 63 DÍAS NATURALES OAXACA 2016-2022 INICIO: 30 DE OCTUBRE DE 2017 TERMINO: 31 DE DICIEMBRE DE 2017 . FECHA DE CONTRATO: 27 DE OCTUBRE DE 2017 ¡-^ " .. J| - . xg"->—i-'-S "Ceñirá Administrativo de! Poder Ejecutivo y Judicial Geln^raU^rJoTifaz Soldad H«- i 0 Patria Edl" ' ' Av. Gerardo Pandal GrafT#1. Reyes Te! {951)5016900 Ext. 22502 *• . Peina itio23

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JUNTOS CONSTRUIMOS EL CAMBIO

CEA

CONTRATO No. 12R-JOO-FISE-146-02-071/2017

COMISIÓN ESTATAL DEL AGUADIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA

CONTRATO DE OBRA PUBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO

CONTRATISTA: GUTIÉRREZ S MATUS CONSTRUCCIONES, S.A.DE C.V.DIRECClÓN f"; . . - -_..

TELÉFONO^R.F.C. " ,:- - ' .l.M.S.S:", . ;. ."C.P.: .

CONTRATO No. 12R100-FISE-146.02-071/2017EJERCICIO: 2017FUENTE DE FINANC I AMIENTO: FONDO DE INFRAESTRUCTURASOCIAL PARA LAS ENTIDADES (FlSE 2017)PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: LICITACIÓN PÚBLICAESTATALNÚMERO DE LICITACIÓN: EO-920024998-N01 6-201 7FECHA DE FALLO: 25 DE OCTUBRE DE 20 1 7

DENOMINACIÓN' CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA PO1 Abu&LOCALIDAD: SANTA ANA MUNICIPIO: VILLA SOLA DE VEGA REGIÓN; 07 SIERRA SUR ESTADO: OAXACA

*— "- '" - " "

MONTO; 51,734,362.59 (UN MILLÓN SETECIENTOS TREINTA YCUATRO MIL1RESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 59/100M.N.J INCLUYE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

ANTICIPO: NO SE OTORGA ANTICIPO. j$ftyÍJM)!&

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PLAZO DE EJECUCIÓN: DEL AGÜA DEL ESTADO <>63 DÍAS NATURALES OAXACA

2016-2022

INICIO: 30 DE OCTUBRE DE 2017 TERMINO: 31 DE DICIEMBRE DE 2017

. „

FECHA DE CONTRATO: 27 DE OCTUBRE DE 2017 ¡- " .. J| - . xg"->—i-'-S

"Ceñirá Administrativo de! Poder Ejecutivo y Judicial Geln raU rJoTifaz Soldad H«- i0 PatriaEdl" ' '

Av. Gerardo Pandal GrafT#1. Reyes

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JUNTOS CONSTRUÍMOS EL CAMBIO

CEA

CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

ÍNDICE

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO1. DECLARACIONES:

PRIMERA.-SEGUNDA,-

2. CLÁUSULAS GENERALES:

PRIMERA.-SEGUNDA.-

3. CLÁUSULAS ECONÓMICAS:

TERCERA-CUARTA.-QUINTA.-SEXTA.-SÉPTIMA.-OCTAVA.-NOVENA.-

4. CLÁUSULAS TÉCNICAS:

DÉCIMA.-UNDÉCIMA-DÉCIMO SEGUNDA.-DECIMOTERCERA-DECIMOCUARTA-DÉCIMO QUINTA.-DECIMOSEXTA-

5. CLÁUSULAS LEGALES:

DECIMOSÉPTIMA-DECIMOCTAVA-DECIMONOVENA-VIGÉSIMA.-VIGÉSIMO PRIMERA.-VIGÉSIMO SEGUNDA.-VIGÉSIMO TERCEFÍA.-VIGÉSIMO CUARTA.-VlGÉSIMO OUINTA--VIGÉSIMO SEXTA-VICÉSIMO SÉPTIMA.-VIGÉSIMO OCTAVA.-VIGÉSIMO NOVENA-

DE LA COMISIÓNDEL CONTRATISTA

OBJETOPLAZO DE EJECUCIÓN

COMISIÓN ESTATALDEL AGUA DEL ESTADO DE

OAXACADIRECCIÓN GENERAL

2016-2022MONTOANTICIPOFORMA DE PAGOLUGAR DE PAGOSUBCONTRATACIÓN O CESIÓN DE DERECHOS DE COBROAJUSTE DE COSTOSGARANTÍAS

DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLEREPRESENTANTES DE LAS PARTESRECEPCIÓN DE LOS TRABAJOSSUMINISTROSCAMPAMENTOS Y BODEGASOTRAS ESTIPULACIONES ESPECÍFICASDISCREPANCIAS DE CARÁCTER TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO

CONTRATO INTUITU PERSONASCASO FORTUITO O FUERZA MAYORSANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL PROGRAMASUSPENSIÓN TEMPORALTERMINACIÓN ANTICIPADARESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTARELACIONES LABORALESRESCISIÓN ADMINISTRATIVAMODIFICACIONESDOMICILIOSPREDOMINIO DEL CONTRATOLEGISLACIÓNJURISDICCIÓN Y TRIBUNALES

"CenlroAdmlnlsiralIvo del Poder Ejecutivo y Ji!((í _ _ , r __. • _\aíria"orear Nívcl.

Av. Gerardo Pandal Graff #1, Reyes Mantecón. San Bartolo Coyotepec. Oaxaca.G. P. 71257.

Tel. (951) 5016900 Ext. 22502 Emall: [email protected]

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CEA

CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRANPOR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE OAXACA, POR CONDUCTO DE LA COMISIÓNESTATAL DEL AGUA A" TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL C. L!C. BENJAMÍN FERNANDO HERNÁNDEZRAMÍREZ, CON LA PARTICIPACIÓN DE LOS C. ING. ARMANDO CRUZ MENDOZA, DIRECTOR DEINFRAESTRUCTURA, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA COMISIÓN" Y POR LA OTRA LAEMPRESA: GUTIÉRREZ & MATUS CONSTRUCCIONES^ S.A. DE C.V. REPRESENTADA POR EL~~ " _ ~ • "•'.; ; ;" . , EN su CARÁCTER DE ,. --.-""."V, - "~"v~" .", A QUIEN EN LO SUCESIVO'SE LEDENOMINARÁ" ;'-"j_ -,.,-_ ""'VV- , MISMOS QUÉ ANTE LA PK¿sHNCIA DE LOS TESTIGOS DE ASISTENCIA'LIC. ADALBERTO MEDINA CASAS, JEFE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA Y LIC. LUIS EDUARDO GÓMEZ RUIZJEFE DE LA UNIDAD JURÍDICA, SOMETEN SUS VOLUNTADES AL TENOR DE LAS DECLARACIONES YCLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

PRIMERA.- "LA COMISIÓN", por conducto de su represéntame declara que:

A) Que es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Esíado de Oaxaca, con personalidad jurídica ypatrimonios propios, creado mediante Decreto iegislalivo número 5, publicado en el periódico oficial del Gobiernode! Esíado de Oaxaca No. 49, de fecha 0-4 de Diciembre de 2004; que (¡ene competencia en toda la entidadfederativa para atender la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado, para e! saneamiento de losaseniamíenlos humanos, con funciones de entidad normativa y ejecutora de obras públicas en estas materias,conforme a ¡os artículos 7, 47, 48 49 de la ley de Agua Potable y Alcantarillado para el Estado de Oaxaca, !a cualdentro de las disposiciones en o referente a la realización de obras y a la construcción, operación, administración,censen/ación y mantenimiento de los sistemas de captación, potabilización, conducción, almacenamiento ydistribución de agua potable y de los de alcantarillado; asi como promover el tratamiento de aguas residuales y elreusó de las mismas, el manejo de lodos, y la potabilización del agua, en el ámbito de su competencia y celebrarcon personas de los sectores públicos, social- y privado los convenios y contratos necesarios para elcumplimiento de sus atribuciones.

BENJAMÍN FERNANDO HERNÁNDEZ RAMÍREZ, en su carácter de DIRECTOR GENERAL DE LADELAGVJfrw*;1"";'" COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA cuenta con las facultades para suscribir el presente conírato, en términos del

°^A art[cjj|o 57 fracción 1 y VI de la ley de Agua Potable y Alcantarillado para el Estado de Oaxaca, 10 fracción II, 13DIRECCIÓN QENfraccíón I de la Ley de Entidades paraestatales para el Estado de Oaxaca, acreditando el carácter que ostenta

20l6-2Q22Con el nombramiento expedido en su favor por el LIC. ALEJANDRO MURAT HINOJOSA, GobernadorConstitucional del Estado de Oaxaca, de fecha 01 de Diciembre de 2016, facultades que no le han sidomodificadas, revocadas o canceladas,

C) Para cubrir las Erogaciones que se deriven del presente contrato serán aplicados Recursos establecidos en elPresupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2017, medíanle oficio de Autorización de RecursosNo. SF/SPIP/OPIP/FISE/2615/2017 de fecha 20 DE SEPTIEMBRE DE 2017 emitido por la Subsecretaría dePlaneacíón e Inversión pública de la Secretaria de Finanzas de! Estado de Oaxaca, correspondiéndole el númerode obra FISE/2615/2017, Programa 146 AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA COBERTURA DE AGUAPOTABLE y Subprograma 02 SERVICIOS DE AGUA POTABLE EN ZOMAS RURALES.

D) Para asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamienío, oportunidad ydemás circunstancias pertinentes "LA COMISIÓN", con fundamento en los artículos 25 fracción I de ia Ley deObras Públicas y Servicios Relacionados del Eslado de Oaxaca, con fecha 07 DE OCTUBRE DE 2017, serealizó la Licitación Pública Estatal EO-920024998-N016-2017 para tal efecto, se celebró el acto de presentaciónde proposiciones y apertura técnica el día 17 DE OCTUBRE DE 2017, realizándose las apertura de propuestaseconómicas e! día 20 DE OCTUBRE DE 2017, para la.ejecución de los traJjajp jriaieria-del-presSftí&QO^aio.

' .aM^si *1

"Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial G»

Av. Gerardo Panda! Grafl #1, Fjeyes.;

Tel. (951) 5016900 ExL 22502

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JUNTOS CONSTRUÍMOS EL CAMBIO

CONTRATO No, 12R100-FISE-146-02-071/2017

E) Mediante acta de fallo emiíida con fecha 25 DE OCTUBRE DE 2017, se adjudico el presente contrato aGUTIÉRREZ & IV1ATÜS CONSTRUCCIONES, S.A.'DE C.V., en razón de que fue esta, quien cumpliócon los requisitos legales, técnicos y económicos solicitados en las Bases de Licuación, la Ley de ObrasPúblicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca y demás disposiciones jurídicas aplicables enmateria de contratación de Obras Públicas.

F) Por conducto de la Dirección de Planeación, se ha obtenido de las autoridades competentes laslicencias, permisos y demás autorizaciones necesarias para e! inicio de los trabajos objeto de estecontrato y que» asi mismo, tramitará las demás que resulten necesarias para el cabal cumplimiento delmismo.

SEGUNDA.- "EL CONTRATISTA", por conducto de su representante declara que:

A) Que acredita su personalidad jurídica para la firma del presente contrato, con el testimonio contenido enla escritura consjituJíy¿JJQ._' ¿^J^Iyjjjen^No^-^difecJia 19 DE SEPTIEMBRE DE 2016 otorgadaante la fe del.- - -. •_ " _ _ • v . ' .-. . « _ _ _ . . __ T¿: '- Notario Público No. T~~?de la ciudad deOAXACA DE JUÁREZ OAXACA; msc'rtli en'el Registro Público de la Propiedad de la Ciudad deOAXACA DE JUÁREZ OAXACA, bajo e! folio mercantil No,',— ."" ' TOMO de fecha 11 DENOVIEMBRE DE 2016.

'• con el-....testimonio db t fotorgada ante la fe deiciudad deCiudad de .fecha ^7 ~

acredita su personalidad c^mo• j Volumen No.H^d .

_ ... ".' ;, Notario Público No. <' *'", de la..i 'ñscíííc. sn -' R-aístro Público deJa_Propiedad de la

";, bajo el folio mercantil No, '' "• ' > TOMÓ de

COMISIÓN ESTATAL - r = ~-w En su carácter de ' ' _ - _ ; " ; " ~-_. - ', DECLARA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD,

'Qfue "EL CONTRATISTA11", sus Socfos7o"las personas que forman parte de ella, no se encuentran enalguno de los supuestos establecidos en el articulo 32 de la Ley de Obras Públicas y Servicios

JÉrií-aAl. Relacionados del Estado de Oaxaca.

D) Se encuentra al corrienle de sus obligaciones fiscales, en cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 32-D de! Código Fiscal de la Federación y de conformidad con la REGLA 2.1.31. DE LA RESOLUCIÓN DELA MISCELÁNEA FISCAL PARA EL 2017 PUBLICADO EL 23 DE DICIEMBRE DE 2016 EN EL DOF

E) Es mexicano y conviene, que en caso de que llegare a cambiar de nacionalidad, se seguiráconsiderando como mexicano, por cuanto a este contrato se refiere, y a no invocar la prolección deningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la Nación Mexicana lodo derechoderivado de este contrato.

F) Tiene capacidad Jurídica para contratar y cuenta con los recursosmateriales necesarios para ejecutar la obra objeto de este contrato,

G) Cuenta con los registros que se citan a continuación los cuales se encuenfrariyiaeüfes:.^-. --^

1. Registro Federal de Contribuyentes ":'—-- —.2. Registro del I.M.S.S.. T"~. -

'Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial General Porfirio Díaz Soldado de la Patria"Edificio "C" José López Alavés, Torcer NIvol.

Av. Gerardo Pandal Graff #1, Reyes Mantecón. San Garlólo Coyotepec, Oaxaca.C. p. 71257.

Tel. (951} 5016900 Ext 22502 Emall: cead¡rgral©grna¡I.com

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JUNTOS CONSTRUIMOS ELCAMOIO

CEAdel Agua

CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

H) Ha inspeccionado debidamente e! síílo de los trabajos objeto de este contrato a fin de considerar todoslos factores que Intervinieron en la elaboración de su proposición, así como los que intervienen en laejecución de la obra objeto de este contrato.

I) Conoce el contenido y los requisitos que establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadosdel Esíado de Oaxaca y demás disposiciones reglamentarías y administrativas aplicables en la materia.

J) Conocen y aceptan que el Contrato y sus anexos que de forma enunciativa son: proyectos, planos,especificaciones, normas de calidad, programas y presupuestos; tratándose de servicios, los términos dereferencia, bases de licitación y bitácora de los trabajos, son los instrumentos que vinculan a las partesen sus derechos y obligaciones.

En términos de lo antes manifestado, las partes se obligan a! tenor de las siguientes:

C L A U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO:

"U\" encomienda a "EL CONTRATISTA", y éste se obliga a realizarla hasta su totalterminación, la ejecución de una obra pública consistente en la: CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DEAGUA POTABLE, misma que se líevará a cabo en la localidad de SANTA ANA, municipio de VILLASOLA DE VEGA, con la ejecución de las siguientes partidas; OBRA DE CAPTACIÓN, ÜNEA DECONDUCCIÓN POR GRAVEDAD, TANQUE DE REGULARIZACIÓN SUP. DE 20 M3, CASETA DECLORACIÓN, RED DE DISTRIBUCIÓN. , acorde al catálogo, presupuesto y programa de obra que

COMISIÓN ESTATAL corno anexo forman parte integrante de este contrato.

DHLAGUA DEL ESTADO DEpara |()g efedos sena|ados en e] párrafo anterior, "EL CONTRATISTA" se obliga a observar puntual yestrictamente lo establecido por el ordenamiento legal y las normas y anexos señalados en los incisos"H" e "I" de la SEGUNDA DECLARACIÓN de este contrato, asi como las disposiciones en materia deasentamientos humanos, desarrollo urbano, medio ambiente y construcción vigentes en el lugar dondedeben realizarse los trabajos.

OAXACA

DIRECCIÓN GENERAL

30*6-2022

SEGUNDA.- PLAZO DE EJECUCIÓN:

TERCERA.-

"EL CONTRATISTA" se obliga a ejecutar la obra en 63 días naturales. La fecha estimable de inicio delos trabajos será el día 30 DE OCTUBRE DE 2017 y la fecha de terminación el día 31 DE DICIEMBREDE 2017, de conformidad con el programa calendarízado de ejecución general de los trabajos.

MONTO: ^JEl monto total de la obra objeto del presente contrato es de S 1,734,362.59 (UN MILLÓN /SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MlLTRESClENTOS SESENTA Y DOS PESOS 59/100 M.N.)7 »incluye el Impuesto al Valor Agregado, mismo que se determinó conforme al catálogo de conceptos^unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios propuestos e importes parciales y totales,contenidos en la proposición de "EL CONTRATISTA", que se detalla en el Catalogo de conceptos.

CUARTA-^

Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial General Porfirio Díaz Soldado de [a Patria"Edificio "C" José López Alavés, Tercer Nivel.

Av Gerardo Panda! Graíf #1, Reyes Mantecón. San Bartolo Coyotepec. Oaxaca.C. P. 71257,

(951) 5016900 Ext. 22502 Email: [email protected]

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JUNTOS CONSTRUIMOS EL CAMBIO

CEA

CONTRATO No, 12R100-FISE-146-02-071/2017

NO SE OTORGA ANTICIPO.

QUINTA.- FORMA DE PAGO:

Las partes convienen en que los trabajos objeto del présenle contrato, se paguen mediante laformulación de estimaciones que abarcarán los conceptos de trabajo terminados, cuyo periodo nodeberá excederá 30 días naturales siendo la fecha de corte el último día hábil de cada mes,

"EL CONTRATISTA" deberá entregar a la Residencia de Obra, la estimación acompañada de ladocumentación que acredite la procedencia de su pago, dentro de los cuatro días hábiles siguientes a lafecha de corle; la Residencia de Obra dentro de los ocho dfas hábiles siguientes deberá revisar, y en sucaso, autorizar las esiimaciones. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que nopuedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, tendrán tres días hábiles contados a partir delvencimiento del plazo señalado para la revisión y conciliación de dichas diferencias a efecto de procederla autorización de la estimación correspondiente, en caso contrarío, esfas quedaran pendientes y seseguirán concillando a efecto de llegar a! acuerdo y éstas se resolverán e incorporarán en la siguienteestimación.

La autorización de las estimaciones se hará por conduelo de la Residencia de Obra, designada por "LACOMISIÓN" para tales efectos. La fecha de aceptación y firma de las estimaciones deberá asentarse enlas mismas y en la bitácora.

COMISIÓN ESTATAL -LA COMISIÓN" cubrirá a "EL CONTRATISTA" el importe de sus estimaciones dentro de un plazo noDEL AGUA DEL ESTADO DE may0rde 20 (veinte) días hábiles contados a partir de la fecha siguiente a su recepción.

OAXACAPara e! caso de falla de pago oportuno de las estimaciones y de ajustes de costos, "LA COMISIÓN", asolicitud de "EL CONTRATISTA", deberá pagar gastos financieros conforme al procedimientoestablecido en el Código Fiscal de la Federación, como si se tratara del supuesto de prorroga para elpago de créditos fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y secomputarán por dfas naturales, .desde que se venció el plazo hasta la fecha en que se ponganefectivamente las cantidades a disposición de "EL CONTRATISTA".

En el evento que "EL CONTRATISTA" haya recibido pagos en exceso, deberá reintegrar las cantidadespagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme al procedimiento estableado en elCódigo Fiscal de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditosfiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y secomputarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamentelas cantidades a disposición de "LA COMISIÓN".

No serán consideradas como pagos en exceso, las diferencias que resulten a cargo de "ELCONTRATlSTA" que sean compensadas en la estimación siguiente.

DIRECCIÓN GENERAL

2016-2022

SEXTA.- LUGARDEPAGO:

"Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial General Porfirio Díaz Soldado de la Patria*Edificio "C" Josa Lópoz. Alavés, Tercer Nivel.

Av, Gerardo Pandal Gralf #1, Reyes Mantecón. San Bartolo Cóyotepec, Oaxaca.C.P. 71257.

Tel. (951) 5016900 Ext 22502 Emall; [email protected]

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JUNTOS CONSTRUIMOS EL CAMBIO

CEA

CONTRATO No. 12R100-FISE-14G-02-071/2017

"LA COMISIÓN" y -EL CONTRATISTA" convienen que e! pago de las facturas derivadas de ¡asestimaciones a que se refiere la CLÁUSULA anterior, y, cuando proceda, e! pago por concepto de

" ajustes de costos a que se refiere la CLAUSULA OCTAVA, se hará por "LA COMISIÓN" en el ÁREA DEPAGO DE LA COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA ubicada en EL CENTRO ADMINISTRATIVO DELPODER EJECUTIVO Y JUDICIAL, "GENERAL PORFIRIO DÍAZ, SOLDADO DE LA PATRIA"EDIFICIO "JOSÉ LÓPEZ ALAVÉS", AVENIDA GERARDO PANDAL GRAFF, No 1 REYESMANTECÓN, SAN BARTOLO COYOTEPÉC, CENTRO, OAXACA, C.P. 71257.

SÉPTIMA.- SUBCONTRATACIÓN O CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO:

"EL CONTRATISTA" responsable de la ejecución de la obra objeto del presente contrato, no podráhacerlo ejecutar por otro, pero, previa autorización de "LA COMISIÓN" podrá hacerlo respecto de partesdel contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras.

Esta autorización no será necesaria cuando este estipulada específicamente en las bases de licitadón,las partes que se podrán subcontratar. En todo caso, "EL CONTRATISTA" seguirá siendo el únicoresponsable de la ejecución de los trabajos ante "LA COMISIÓN".

Asi mismo "EL CONTRATISTA" podrá ceder o gravar sus derechos de cobro de las estimaciones quegenere por concepto de trabajos ejecutados, debiendo cumplir para ello, con las siguientes condiciones:

I. Aviso previo, por escrito y bajo protesta de decir verdad a "LA COMISIÓN" en el que se expresesu intención de ceder o gravar todos o parte de sus derechos de cobro de estimaciones. El avisoque aquí se menciona deberá darse cuando menos con 30 (treinta) días de anticipación a lafecha en que pretende celebrar el acto, especificando claramente los derechos que serán materiade! futuro gravamen o cesión. En este aviso deberá declarar "EL CONTRATISTA" bajo protestade decir verdad, que no ha celebrado con anterioridad otra cesión de derechos o acto jurídico quese traduzca en cesión o gravamen a favor de terceros de dichos derechos de cobro. De existiruna cesión o gravamen anterior deberá expresarlo asi, debiendo en este caso aportar todos losdatos y documentos que permitan su plena identificación.

1!. Conformidad previa, expresa y por escrito de "LA COMISIÓN" respecto del aviso del puntoanterior.

III. Notificación, preferentemente a través de Corredor o Notario Público, de la constitución delgravamen o de la cesión de derechos celebrada, en la que se indique claramente el número.fecha y objeto del contrato fuente, las facturas y en su caso contra-recibos materia del gravameno de la cesión, así como el importe y la fecha de cada uno de ellos, el importe total de la cesión ogravamen, con el desglose correspondiente, y cualquier otro dato o documento indispensable quese requiera a juicio de "LA COMISIÓN" para que quede plenamente identificado el crédito cedidoo gravado.

IV. En caso de que no se opte por la notificación a través de Corredor o Notario Público, ésta deberáhacerse en forma fehaciente con el acuse de recibo correspondiente emitido "LA COMISIÓN", afin de que quede constancia indubitable de que se cumplió con el requisito que establece la Ley.sin peijuicío de que se satisfagan los demás requisitos señalados en el párrafo anterior. El avisose dará simultáneamente a la Dirección General. Secretaría Técnica, Dirección Técnica y UnidadAdministrativa.

V. La notificación o, en su caso, e! aviso de la cesión o dederechos de cobro, deberá ser hecha a "LA COM!SlÓN-deníFo^

T

COMISIÓN ESTATAL

DEtAQUA DEL ESTADO OE

OAXACA

DIRECCIÓN GENERAL

2016-2022

•Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y JucJid Jft'eenera i-raairít ' i

Av. Gerardo Pandal Groíf 21.

Te! (95 1)5016900 Ext. 22502

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JUNTOS CONSTRUIMOS ELCAM8IO

CEA

COMISIÓN ESTKTAL

OEL AGUA DEL ESTADO DE

OAXAGA

DIRECCIÓN GENERAL

2016-2022

OCTAVA.-

CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

a la celebración del contrato entre cedeníe y cesionario, o acreedor o deudor pignoraticio, o entrelas partes que celebren el contrato o acto jurídico, cuyo objeio sea ceder o gravar a favor de unade ellas el cobro de las facturas y coníra-recibos materia del contrato.

VI. Cualquier otro dato o documento que "LA COMISIÓN" eslime necesario.

Vil. Queda expresamente convenido y así lo admite "EL CONTRATISTA", que "LA COMISIÓN" noasume ninguna responsabilidad frente a terceros por el incumplimiento del contrato, convenio oaclo Jurídico a través del cual "EL CONTRATISTA" sea sustituido en los créditos que surgiesen ensu favor, conforme a lo estipulado en el presente instrumento.

Vil!. "LA COMISIÓN" y "EL CONTRATISTA" convienen en que en caso de rescisión de este contrato,los créditos a favor de terceros tendrán la siguiente prelación u orden de preferencia en su pago;

a) Crédito a favor de los trabajadores de "EL CONTRATISTA".

b) Créditos fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación.

c) Crédito a favor de 'LA COMISIÓN", teniendo preferencia dentro de éstos los que resultende falla de amortización de los pagos hechos en exceso a "EL CONTRATISTA", derivadosdel cumplimiento de este contrato.

d) Otros créditos a favor de terceros, distintos a los mencionados en los puntos anteriores.

AJUSTE DE COSTOS:

Las partes acuerdan la revisión y ajuste de los costos que integran los precios unitarios pactados en eslecontrato, cuando a partir de la fecha de presentación de sus propuestas ocurran circunstancias de ordeneconómico no previstas en este contrato, que determinen un aumento o reducción de los costos de lostrabajos aún no ejecutados conforme al programa pactado.

Ambas partes acuerdan que el procedimiento para la revisión y ajuste de costos determinado desde lasbases de la licitación para el presente contrato, será por la revisión de cada uno de los precios paraobtener el ajuste, apegándose a los términos a que se refiere el artículo 55 de la Ley de Obras Públicasy Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca, conforme a lo siguiente;

La revisión será promovida a solicitud escrita de "EL CONTRATISTA", a la cual se deberá acompañar el,estudio y soporte respectivo previo a! finiquito; los relativos serán publicados por el Banco de México o e'índice que determine la Secretaria, tal como lo estipula la fracción II del articulo 55 de la Ley de ObrasPúblicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca, conforme a los cuales se fundamente elajuste de costos que solicite y que sólo podrá referirse a los Irabajos pendientes de ejecutar según elcalendario de obra autorizado por la "LA COMISIÓN", la cual deniro de los veinte días hábilessiguientes, con base en la documentación aportada por "EL CONTRATISTA", resolverá sobre laprocedencia de la petición.

Para tales efectos, los ajustes se calcularán a partir de la íecha,en-quQ-se-haya-productdo el Incremeptoo decremento en el costo de los insumos, respecto de los trabajos' .programa de ejecución pactado en el presente contrato, o en casa* di ex|stlr atraso no ImCONTRATISTA", con respecto al programa que se hubiere con¡/enido_ —

"Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judí dal G&TerátpVrfino'ÓTaz Soldado de la Pat

Av. Gerardo Pandal Graff #1,

Tet. (951) 5016900 Ext 22502

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01.

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JUNTOS CONSTRUIMOS EL CAMBIO

CEACortílnn Esiatj

COMISIÓN ESTATAL

Ei AGUA DEL ESTADO DE

OAXACA

DIRECCIÓN GENERAL

2016-2022

CONTRATO No. 12R100-F1SE-146-02-Q71/2017

Cuando el aíraso sea por causa imputable a "EL CONTRATISTA", procederá el ajuste de costosexclusivamente para los trabajos pendientes de ejecutar, conforme al programa de ejecución de iostrabajos que se hubiere convenido, "

Los precios originales del contrato permanecerán fijos hasta la terminación de los trabajos objeto delpresente contrato.

El ajuste se aplicará a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de indirectos yutilidad original durante el ejercicio del presente contrato.

El costo por financia miento estará sujeto a las variaciones de la tasa de iníerés establecida por "ELCONTRATISTA", en su proposición.

Cuando los índices que requiera "EL CONTRATISTA" y "LA COMISIÓN" no se encuentren dentro de lospublicados por el Banco de México, "LA COMISIÓN" procederá a calcularlos conforme a los precios queinvestigue, utilizando los lincamientos y metodología que expida el propio Banco de México.

El pago del ajuste de costos deberá cubrirse por parte de "LA COMISIÓN" a solicitud de "ELCONTRATISTA, a más tardar dentro de los treinta dias naturales siguientes a la fecha en que "LACOMISIÓN" resuelva por escrito el aumento o reducción respectivo, previa entrega de !a estimación a"LA COMISIÓN". "EL CONTRATISTA" dentro los sesenta días naturales siguientes a la publicación delos [ndices aplicables al periodo que los mismos indiquen, deberán presentar por escrito la solicitud deajuste costos a "LA COMISIÓN", en la inteligencia que de no presentarse dentro de dicho plazo,precluye para todos los efectos legales, el derecho de "EL CONTRATISTA" para reclamar el pago.

NOVENA.- GARANTÍAS:

"El CONTRATISTA" se obliga a constituir y a sostener en la forma y términos establecidos por la Ley deObras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca y demás disposiciones reglamentarias yadministrativas aplicables, asf como lo previsto en este contrato, las siguientes garantías:

Póliza de fianza que garantice por "EL CONTRATISTA" el cumplimiento de sus obligacionesderivadas del presente contrato.

La póliza de fianza a que se refiere el párrafo anterior, deberá ser entregada por "ELCONTRATISTA" a "LA COMISIÓN", dentro de los 05 (cinco) días hábiles siguientes a la fechade notificación del fallo de adjudicación y previa formalizaclón del contrato y otorgada porInstitución Mexicana debidamente autorizada a favor de la SECRETARIA DE FINANZAS DELGOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA a satisfacción de "LA COMISIÓN" con valor de! 10%(diez por ciento) del impode total incluyendo el Impuesto al valor agregado de las obras objeto deeste contrato. Dicha póliza deberá contenerlas siguientes declaraciones expresas:

A).

B).

C).

Número, fecha, objeto e Importe total del contrato.

Nombre y cargo de los representantes que suscriben el contrato.

Que se otorga de conformidad con lo estipuladoRelacionados del Estado de Oaxaca y demá'sadministrativas aplicables.

en-lp Ley. dte.spb([gs Públicas y Seryjtítos> má's Jclísnosi cíones 'r gla/lWgfí sU y

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Av. Gerardo Pandal Graff #1.1

Tel. (951J 5016900 Exl. 22502

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JUNTOS CONSTRUIMOS EL CAMBfQ

CEA

CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

D). Que la fianza se otorga en los términos de este contrajo.

E). Que la fianza garantiza la ejecución íotal de los trabajos maleria de esie contrato, auncuando parle de ellos se subcontraten de acuerdo con las estipulaciones establecidas enel mismo.

F). Que la fianza continuará vigente en el caso de que se otorgue prórroga o espera a "ELCONTRATISTA", para el cumplimiento de las obligaciones que se afianzan, aún cuandohayan sido solicitadas y autorizadas extemporáneamente; o inclusive cuando dichaprórroga o espera sea otorgada unllaíeralmente por "LA COMISIÓN" y se hayacomunicado por escrito a! "EL CONTRATISTA".

G). Que la Institución Afianzadora acepta expresamente lo preceptuado en los Artículos 279,280, 282, 291 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en vigor y querenuncia al derecho que le confiere la misma Ley de sustituirse en las obligaciones de sufiado en caso de incumplimiento de este, autorizando que se te hagan exigibles losimportes de las reclamaciones que procedan, no obstante que de Inmediato se contrateuna nueva constructora para que termine ios trabajos de obra pendiente por ejecutar.

En el supuesto que "EL CONTRATISTA" no entregue la póliza de fianza en el plazo pactado en esteCOMISIÓN ESTATAL aPartado- "LA COMISIÓN" en los términos de la CLAUSULA VIGÉSIMO CUARTA, podrá determinar la

c. ¿n IA r,r-, « cancelación o rescisión administrativa del présenle contrato.ti AGUA DEL ESTADO DE

OAXACA ^n el evento de que las partes celebren un convenio modificatorio al contrato o que los costos queOIRECCIÓN GENERAL sirvieron de base para integrar los precios unitarios se incrementen, "EL CONTRATISTA" se obliga a

2016-2022 entregar un documento adicional a la fianza en los términos del Articulo 166 de la Ley Federal deInstituciones de Fianzas, o bien, presentará una póliza de fianza en la que deberá Indicarse que esconjunta, solidaria e inseparable de la fianza otorgada para el contrato original.

La póliza de fianza otorgada para garantizar el cumplimiento de las obligaciones cíe "ELCONTRATISTA" con motivo de este contrato, se cancelará cuando, entre otros requisitos, hayaotorgado, por un plazo de 12 (doce) meses, la garantía de vicios ocultos y de cualquier otraresponsabilidad.

II.- Asi mismo, en los términos del párrafo segundo del artículo 6A de la Ley de Obras Públicas y ServiciosRelacionados del Estado de Oaxaca, previamente a la recepción de los trabajos materia del presentecontrato, "EL CONTRATISTA", a su elección, se obliga a constituir fianza, o cheque certificado, con elobjeto de garantizar durante un plazo de 12 (doce) meses posteriores a la recepción de los trabajos porparte de "LA COMISIÓN", sus responsabilidades derivadas de defectos de ejecución, vicios ocultos ocualquiera otra responsabilidad en que hubiera Incurrido "EL CONTRATISTA".

En el caso de que "EL CONTRATISTA" haya optado por una póliza de fianza, ésta deberá ser otorgadapor Institución Mexicana debidamente autorizada a favor de la SECRETARIA DE FINANZAS DELGOBIERNO DEL ESTADO DE OAXAGA a satisfacción de "LA COMISIÓN" con valor del 10% (diez porciento) del monto tota! ejercido de la obra. Dicha póliza deberá contener las siguientes declaraciones:

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A) Número, fecha, objeto e imporle total del contrato. ^ _ ^ „ (' i í CJliaM Lutisii-^-TÜ

B) Nombre y cargo de los representantes que suscriben el contrato;

"Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judldalitsenerá(sh'oiiirtcilí3rálr'ou.uaoo;óeííáí 5tria'

Av, Gerardo Pandpl Grafl #1, Reyes Mantecón. San Bartolo Coyoteaí">"J~^aea~ \. (951} 5016500 Ext 22502 - - \a 10 tío 23

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CEA

COMISIÓN ESTATAL

AGUADELESTA'XJDE

OAXACA

ERECCIÓN GENERAL

2016-2022

CONTRATO No. 12R100-F1SE-146-02-071/2017

C) Que se expide de conformidad con lo estipulado en la Ley de Obras Públicas y ServiciosRelacionados del Estado de Oaxaca y las demás disposiciones reglamentarias yadministrativas aplicables.

D) Que la fianza se otorga en los términos de este coníraío.

E) Que garantiza las responsabilidades derivadas de defectos de construcción, vicios ocultoso cualquiera otra responsabilidad en que hubiera incurrido durante la ejecución de lostrabajos motivo del contrato, aún cuando parte de ellas se hubieran subcontratado, deacuerdo con las estipulaciones establecidas en e! mismo.

F) Que la fianza estará en vigor por un año, contado a partir de la fecha de recepción total delos trabajos y, en caso de defectos de construcción, vicios ocultos o cualquiera otraresponsabilidad derivadas del contrato, continuará vigente hasta que se corrijan losdefectos y se satisfagan las responsabilidades.

G) Que para cancelar la fianza, será requisito indispensable la conformidad expresa y porescrito de la Comisión Estatal del Agua, que la producirá sólo cuando "ELCONTRATISTA" haya cumplido con todas las responsabilidades derivadas del contrato.

H) Que la Institución Afianzadora acepta expresamente lo preceptuado en los Artículos 279,' 280, 282,291 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en vigor.

En caso de que "EL CONTRATISTA" haya optado por un cheque certificado, se deberá otorgar a favorde la SECRETARIA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA a satisfacción de "LACOMISIÓN", por un 10% del monto total del contrato.

DÉCIMA.- DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE:

"LA COMISIÓN" se obliga a ponera disposición de "EL CONTRATISTA" él o los Inmuebles en quedeban llevarse a cabo [os trabajos materia de este contrato. E! incumplimiento de "LA COMISIÓN",prorrogará en igual plazo la fecha originalmente pactada de terminación de los trabajos. La entregadeberá constar por escrito.

UNDÉCIMA- REPRESENTANTES DE LAS PARTES:

"El CONTRATISTA" se obliga a designar por escrito y a establecer anticipadamente a la Iniciación de lostrabajos, en el sitio de realización de los mismos, a un profesional o técnico, e! cual deberá íener poderpara tomar decisiones en iodo lo relativo al cumplimiento de este contrato. "LA COMISIÓN" se reserva elderecho de su aceptación o en su caso la solicitud para que se suslituya, el cual podrá ejercer encualquier tiempo.

"LA COMISIÓN" en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 61 de la Ley de Obras Públicas yServicios Relacionados del Eslado de Oaxaca, designa como su representante en la obra para tratartodos los asuntos relacionados con los trabajos o derivados de .ellos- a-la-Resídeneia-General'-'tié^Supervisión, que tendrá entre otras, las facultades y obligaciones qí e 5gñ alai e'Kpr geepiG^manera enunciativa y no limitativa las siguientes:

"Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial Gfcneral Porfirio Plaz Soldado da Ja patria*Edificio*^. - _:-*£•/-.- 7«r:-_«tr

Av. Gerardo Pandal Gratf #1. Reyes Manleci5ti San--tidiiofo-Goyoittjí^)*-'G)n*fl=a.

Tel (951) 5016900 Ext. 225D2 "" . ,¿. -

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CEA

CONTRATO No. 12R100-F1SE-146-02-071/2017

Supervisar, vigilar, controlar y revisar los trabajos objeio del contrato y dar a "EL CONTRATISTA" porescrito, las instrucciones que esííme pertinentes, relacionadas con su ejecución en la forma convenida ycon las modificaciones que en este caso ordene.

Asimismo, convienen que en caso de que "LA COMISIÓN" contrate a un tercero para realizar trabajosde supervisión, vigilancia, control y revisión, "EL CONTRATISTA" otorgará a ésta las facilidades,documentos y datos necesarios, sin embargo será responsable de cualquier autorización y aprobaciónde los asuntos relacionados con los trabajos materia del presente contrato, la Residencia de Obra a quese refiere el párrafo segundo de esta CLÁUSULA

DÉCIMO SEGUNDA.- RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS:

1.- Tratándose de recepción total "EL CONTRATISTA" comunicará por escrito a "LA COMISIÓN" [aconclusión de los trabajos que le fueron encomendados, para que ésta, dentro de un plazo de 20(veinte) días siguientes al de la comunicación, para que este verifique !a terminación de los mismos yque los trabajos se hayan realizado conforme a las condiciones establecidas en el presente contrato.

A! finalizar la verificación de los trabajos "LA COMISIÓN" contará con un plazo no mayor de 20 (veinte)dÍ33 para ^roceder a su recepción física, para lo cual se levantará el acta de entrega recepcióncorrespondiente, ^dacdolos trabajos bajo la responsabilidad de "LA COMISIÓN"."" "~~ "

La firma del acla de entrega recepción, extinguirá los derechos y obligaciones asumidos por ambasEST^TAl partes en el contrato, porio que previo a la firma de este, "EL CONTRATISTA" deberá acreditar con las

AGUA DEL ESTADO DE constancias correspondientes, que no existen adeudos pendientes con la comunidad por concepto deOAXACA comidas, pago a trabajadores y materiales; asimismo deberá acreditar que no tiene adeudos por

GENERAL concepto de cuotas obrero patronales ante el IMSS, INFONAVIT, SAR o ante cualquier otra autoridad2016-2022 con 'a c'ue ten9a obl'9ac'ón de cubrir cuotas o derechos derivados de la ejecución de los trabajos objeto

del presente contrato.

Recibidos físicamente los trabajos, las partes deberán elaborar, dentro de un plazo de 30 días naturales,el finiquito de los trabajos, en el que se harán constar los créditos a favor y en contra que resulten paracada una las partes, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante.

De existir desacuerdo respecto al finiquito, o si "EL CONTRATISTA" no acude con "LA COMISIÓN" parala elaboración del finiquito dentro del plazo Indicado, "LA COMISIÓN" procederá a elaborarlo de maneraunilateral, debiendo comunicar su resultado a "EL CONTRATISTA" dentro de los 10 días naturalessiguientes a la fecha de su emisión. Una vez notificado el resultado de! finiquito a "EL CONTRATISTA",éste tendrá un plazo de 15 días naturales para alegar lo que a su derecho corresponda. SÍ transcurridodicho plazo no realiza gestión alguna, e! finiquito se tendrá por aceptado para todos los efectos legales,preciuyendo todo derecho de "EL CONTRATISTA" para efectuar reclamo alguno.

Determinado el saldo total, "LA COMISIÓN" pondrá a disposición de "EL CONTRATISTA" el pagocorrespondiente mediante su ofrecimiento o la consignación respectiva, o bien, solicitará el reintegro dlos importes resultantes, debiendo, en forma simultánea, levantar el acla administrativa en la que conste1

e! finiquito correspondiente.—- " ** \ Tratándose de recepción parcial, previo acuerdo por escriíoenlre,.las-partes V er);atención a las

características de los trabajos materia del presente contrato-y S!empríe(qu.ej JüícTo-ae^L 'CQMlS¡ÓNn'existan partes de los mismos que puedan considerarseuermina^osry^c^á^unj de-ellas^ífillzables, sepodrán realizar recepciones parciales de conformidad cor),lo'qLíe\a|.¿fecto™gsísp'í:crN ' ' OMISIÓN".

"Centro Administrativo del Poder Ejeculivo J Judicial/*" - ,;~jiífi¿iíwiéí!á Patria"ICipttf.,-.- -Crf jo.só.L:ópGZ"ATávas, Tercer Nivel.

Av. Gerardo Pandal Graft # 1, Reyes-MarJíécOrTsan Bartolo Coyolepeo. Oaxaca.- _ ^— -^ - ' £ * " * " * " ~ "?

Tel. (951) 5016900 Exl 22502 " " __ _

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JUNTOS CONSTRUIMOS EL CAMBIO

CEA

CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

No obsíanle la recepción íoíal o parcial de los trabajos, según se írate, por parle de "LA COMISIÓN", "ELCONTRATISTA" se obliga a responder por trabajos falíanles, mal ejecutados, vicios oculíos, pago de loindebido, o cualquier oirá responsabilidad a su cargo.

DÉCIMO TERCERA.- SUMINISTROS:

COMISIÓN ESTATAL

OAXACA

CCIÓN GENERAL

Í016-2022

I. En los casos que proceda en razón del tipo de obra, "LA COMISIÓN" gestionará por su cuenta yproporcionará a "EL CONTRATISTA":

a) Los permisos necesarios para su ejecución, tales como de construcción, derechos de vía, crucescon vías de ferrocarril o carreteras federales, con lineas de comunicación o transmisión o decualquier propiedad privada.

b) El retiro o acondicionamiento de lineas e Instalaciones eléctricas que conslituyan obstáculos parael desarrollo de los trabajos de este contrato,

Los gastos de indemnización que se originen por los conceptos indicados en los párrafosanteriores, serán pagados directamente por"LA COMISIÓN".

c) Los materiales y equipos necesarios para su instalación permanente en la obra, excepto aquellosque dej^_zi^li^^-J!EL__CONTRATISTA" en términos del presente contrato conforme setféíáHan en el listado de Insumes que iñtervieneircnla'píbpütísla.

Dichos materiales y equipos serán entregados en los almacenes y/o bodegas de la zona detrabajo donde se localice Is obra.

II. A su vez "EL CONTRATISTA" se obliga en este aspecto a lo siguiente:

a) A recibir en calidad de depósito, los materiales y equipos que esíé obligada a proporcionarle "LACOMISIÓN" para la ejecución de la obra y a transportados, bajo su riesgo, desde los almacenes y/obodegas de la zona de trabajo hasta ¡os lugares de la instalación.

bj Verificar la cantidad de los materiales que reciba, de acuerdo con las remisiones o listas deembarque y con las especificaciones de los pedidos correspondientes.

c) Establecer, conservar y manejar los almacenes necesarios para la custodia y control de losmateriales y equipos suministrados por "LA COMISIÓN" obligándose también a atender lasIndicaciones que ésta considere pertinente formular, derivados de su facultad de verificar encualquier tiempo las existencias y el estado de su almacenamiento.

d) Devolver bajo su riesgo a "LA COMISIÓN", una vez terminada la obra, los materiales y equipossobrantes, clasificándolos e inveníarlándolos convenientemente en comparación con los instalados,mediante entrega en los almacenes y bodegas de la zona de trabajo donde se localice la obra.

e) Pagar a "LA COMISIÓN" el Importe de los fallantes de materiales y equipos, a los precios que rijaen el momento que deba entregar los mismos.

Se establece entre las partes que "EL CONTRATISTA" es el responsable directo de los materiales yequipos que le sean suministrados por "LA COMISIÓN", e Igualmente que si diese a los materiales yequipos citados un fin distinto del aquí pactado, queda sujeto a la re5pons_abJílda_cL^gng¿iS\que.se refiereel Titulo DECIMONOVENO del Código Penal para el EsiadoTíbFé.

i '•'" ^v- ' ; — , *•"Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y-Judlda! General P.orfÍriQ;i HO* Soldado de la' Patria1

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, Oaxaca.P-7'257.

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CEA

CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

DÉCIMO CUARTA- CAMPAMENTOS Y BODEGAS:

En caso de que sea necesaria la instalación dé campamentos y bodegas, se permitirá a "ELCONTRATISTA", que utilice, previa autorización por escrito de "LA COMISIÓN" los terrenos disponiblesen las cercanías de la obra y que sean propiedad o controlados por "LA COMISIÓN", SÍ así lo prefiere"EL CONTRATISTA" podrá utilizar terrenos de propiedad particular o efídal para Instalar suscampamentos y bodegas, pero en tales casos hará por su cuenta los arreglos que sean necesarios conlos propietarios o con los agentes que corresponda y pagará asimismo, las rentas y demás gastosrelativos a estos arreglos.

En cualquier caso "EL CONTRATISTA" someterá a la aprobación de "LA COMISIÓN" la ¡ocalización delos terrenos que pretende utilizar, la que en su caso, dará la autorización correspondiente.

"EL CONTRATISTA" construirá por su cuenta y con cargo a sus costos indirectos, los campamentos,oficinas, bodegas, polvorines o sitios para almacenamiento de explosivos, que requiera para la ejecuciónde ía obra.

Serán propiedad de "EL CONTRATISTA" todos los bienes muebles correspondientes a talesInstalaciones, teniendo obligación de retirarlos a la terminación de la obra.

"EL CONTRATISTA" se obliga a que las construcciones que haga de campamentos, comedores,"OMISfÚN ESTATAí- oficinas y locales para servicios médicos sean del Upo adecuado para asegurar condiciones razonables-«üUADELESTADODE^8 comodidad, seguridad e higiene, durante la ejecución de la obra, así como a establecer las medidas

OAXACA necgsgna^^ i ir r nimfento y el orden de sus instajacinn --- —-~~~

rte ION GENERAL ¡_as recjes ¿e drenaje de los edificios que construya, no deberán descargar en sitios o en forma¿016-2022 inconveniente con relación a otros campamentos o lugares habitados o que puedan motivar la

contaminación del agua de la zona.

DÉCIMO QUINTA.- OTRAS ESTIPULACIONES ESPECÍFICAS:

PROGRAMA.- "EL CONTRATISTA" se obliga a ejecutar los trabajos de acuerdo con los Programascalendarlzado de la ejecución general de los trabajos y de erogaciones de la ejecución general de lostrabajos, que Integran este contrato.

BITÁCORA.- "LA COMISIÓN", a través de sU Residencia de Obra y bajo su custodia, llevará unaBitácora de Obra, corno Instrumento de control en la que se registrará el cumplimiento de los derechos yobligaciones pactados en el presente contrato, que contenga día a día toda la información respecto deldesarrollo de los trabajos, determinando el avance de los mismos, asi como el pago de las estimacionesrealizadas, suspensiones y otras circunstancias que se presenten durante su ejecución, asimismo seasentarán y resolverán problemas específicos de carácter técnico y administrativo; desde la fecha deiniciación, hasta la conclusión, obligándose a firmar dicha Bitácora los representantes de las parlesmencionados en la CLÁUSULA UNDÉCIMA de este contrato. La Bitácora de Obra constituirá elinstrumento que permita a los órganos de control verificar ios avances y modificaciones en la ejecuciónde los trabajos encomendados con e! presente contrato a "EL CONTRATISTA".

EQUIPO.- "EL CONTRATISTA" se obliga a tener el Equipo ir, ^_^-\—— .-.en buenas condiciones de uso y disponibilidad, en el sitio de rea1izaclón-aejaiml:«'"= ^ --- .-'

"Centro Administrativo del Poder Ejecullvo y Judto-. _ n-1-"'-"^' '•'-'r? jín-íi''J(t*$tl tU^> -". -»-* - •»_« . . rí iVfil

ica.1257.

'[email protected]

Av. Gerardo Pandal Grafííl, Refes Mímtecón-<a«in °z¿": •

Tel, (951) 5016SOO ExL 22502

Pasma 14 oa 23

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JUNTOS CONSTRUÍMOS EL CAMBIO

CEA

CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

RETENCIONES.- "EL CONTRATISTA" acepla que "LA COMISIÓN" al realizar el pago de lasestimaciones, le retenga lo siguiente:

Derechos por inspección de laSecretaría de la Contratarla del

Gobierno del Estado5 al millar.

Canalizado a la CámaraMexicana de la Industria de la

Construcción5 al millar

Canalizado al Instituto deCapacitación de la Industria de

la Construcción.¿almil lar

IMPUESTO ESTATAL,- De conformidad con la preceptuado en el articulo 56 de la Ley Estatal deDerechos, LA COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA, efectuará la deducción sobre el importe tota! de lacontratación antes del IVA., aplicando el dos punto cinco por cíenlo, por los servicios de SUPERVISIÓN;mismo que se aplicará en una sola exhibición sobre e¡ anticipo o la primera estimación según sea elcaso.

Servicios de Supervisión por la Comisión Estatal del Agua

2.5 %COMISIÓN ESTATAL

-• AGUA DEL ESTADO DEOAXACA/T Las Penas Convencionales pactadas en la CLAUSULA DÉCIMO NOVENA del presente contrato,

•J'RECCION GENERALfeíatívas a las Sanciones por Incumplimiento de las obligaciones de "EL CONTRATISTA".2016-2022

DÉCIMO SEXTA.- DISCREPANCIAS DE CARÁCTER TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO.

En el supuesto de que durante la ejecución del presente contrato llegaren a surgir discrepancias decarácter técnico y administrativo, sobre los aspectos que más adelante se señalan de manera especificay limitativa, las partes convienen en que los representantes designados por cada una de ellas en laCLÁUSULA UNDÉCIMA se notifiquen por escrito la discrepancia, indicando de manera expresa en quéconsiste, para que Inicie un procedimiento de aclaraciones al día siguiente de recibida la notificación y enun término no mayor a 10 (diez) días hábiles se procure llegar de común acuerdo a la mejor soluciónpara las partes.

La resolución a la que lleguen las partes, deberá constar por escrito, para lo cual se levantará la minutacorrespondiente, que será suscrita por sus representantes, reconociendo desde ahora total validez adicho acuerdo.

En el supuesto de que en el término establecido, los representantes de las partes no lleguen a ningúnacuerdo que ponga fin a ¡a discrepancia, quedarán a salvo sus derechos para hacerlos valer ante lasautoridades competentes.

Aspectos específicos de carácter técnico y administrativo que las partes convienen en someter a unprocedimiento de resolución, para e! caso de que se llegaren a presentar discrepancias. /\s partes reconocen que el procedimiento de resolución establecido-en_esta.cíaLJsyJa-no.-se-refiere al

procedimiento de conciliación previsto en la ley de la materia, í -r r—iG£>1 _í r ul-« H

DÉCIMO SÉPTIMA.- CONTRATO 1NTUITU PERSONAS: '

"Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judidal Genera] E

Av. Gerardo Panda! Graff #1. R

Tel. (951) 5016900 Ext 22502 Emnil: [email protected]

PACida 15 de 23

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JUNTOS CONSTRUIMOS El, CAMBIO

CEA

CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

En virtud de ser el presente un contrato INTUITU PERSONAE, "EL CONTRATISTA" no podrá ceder enningún caso a otras personas físicas o'morales, ya sea en todo o en parte, los derechos y obligacionesderivados del mismo, excepto los derechos de" cobro sobre !as estimaciones'por trabajos ejecutados,debiendo cumplir para ello, con los términos y condiciones que se establecen en la CLÁUSULASÉPTIMA de! presente instrumento.

"EL CONTRATISTA" no podrá hacer ejecutar la obra o parte de la misma por otro, salvo en lossupuestos y con apego a los requisitos previstos en el Articulo 48 de la Ley de Obras Públicas yServicios Relacionados del Estado de Oaxaca, y CLÁUSULA SÉPTIMA de! presente contraio.

DECIMOCTAVA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR:

El caso fortuito o fuerza mayor es todo hecho de ¡a naturaleza o acto del hombre, imprevisible oInevitable, que sin culpa o negligencia de alguna de las partes, impida a ésta el cumplimiento de algunao todas las obligaciones a su cargo, o e! oportuno curnpiimienlo de las mismas o la forma convenidapara dicho cumplimiento de conformidad con e! Contrato.

Entre los casos fortuitos o de fuerza mayor pueden determinarse de manera enunciativa, más nolimitativa, los siguientes eventos, siempre que se cumplan los requisitos indicados en el párrafosiguiente: incendios; terremotos; guerras; inundaciones; sabotajes; huelgas declaradas; ciclones;motines o disturbios; catástrofes de transportes marítimos, ferroviarios, aéreos o terrestres; paro defábrica(s) por causas no imputables a "EL CONTRATISTA"

COMISIÓN ESTATAL<GUA DEL ESTADO DPuant*° cua'cluiera de las partes por efecto de caso fortuito o fuerza mayor dejare de cumplir con sus

respectivas obligaciones, quedará liberado de la responsabilidad consecuente a dicho incumplimiento,OAXACA relativa a la Indemnización de los daños y perjuicios causados a la otra parte, siempre que en íal evento

"LECCIÓN GENERAL se cumplan las siguientes condiciones:2016-2022

Que la parte que sufra el caso fortuito o Tuerza mayor no haya dado causas o contribuido a que seprodujera.

Que la parte que sufra el caso fortuito o fuerza mayor lo notifique de inmediato a la otra parte y adoptelas medidas urgentes tendientes a evitarla extensión de sus efectos o daños a las personas o bienes dela otra parte.

Que la parte que sufra e! caso fortuito o fuerza mayor, acredite a satisfacción de la otra parte mediantelas constancias idóneas, la existencia, duración y efectos de dicho caso fortuito o fuerza mayor.

La parte que no sufra el caso fortuito o fuerza mayor se abstendrá de exigir indemnización alguna o deaplicar sanciones por el Incumplimiento en que Incurra la parte que lo sufra, si se satisfacen lascondiciones indicadas en el párrafo tercero de esta CLÁUSULA, Incluyendo las penas convencionalesprevistas en el presente contrato, y de ser aplicable se establecerá de común acuerdo nueva fecha deentrega de la obra.

Cada parte reportará individualmente las consecuencias económicas que produzca en sus respectivospatrimonios .el caso fortuito o fuerza mayor. : .^f^t^.

En e! evento de que un caso fortuito o fuerza mayor hagaMmposible,lg>fej)jz^cjón2p!á:Ja--btestán de acuerdo en que "LA COMISIÓN" levantará acta clrcpn§iáhq)ptíír35ñcle haga^Ojque guardan los trabajos en dicho momento. |

"Centro Administrativo del Poder Ejecutivo $ Jud.

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Te!. (951) 5016900 Ext. 22502

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CEA

CONTRATO No. 1 2R100-FISE-146-02-071/20Í7

No se considerarán como casos fortuitos o de fuerza mayor, los retrasos en la ejecución de la obra quepuedan originar las condiciones climatológicas normales de la zona.

DÉCIMO NOVENA.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA:

A fin de verificar si "EL CONTRATISTA" está ejecuíando las obras objeto de esle contrato de acuerdocon e! Programa y montos mensuales de obra aprobados, "LA COMISIÓN" comparará mensualmente elimporte de los trabajos ejecutados, con el de los que debieron realizarse en los términos de dichoprograma, en la inteligencia de que, a! efectuar ¡a comparación, la obra mal ejecutada se tendrá por norealizada.

Sí como consecuencia de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, el Importe de la obrarealmente ejecutada es menor que e! de !a que debió realizarse, "LA COMISIÓN" retendrá en total el 5 almillar de la diferencia de dichos importes, multiplicada por el número de meses transcurridos a partir delmes en el cual se encuentran en atraso las actividades o trabajos, hasta el de la revisión- Por lo tanto,mensualmente se hará la retención o devolución que corresponda, a fin de que la retención total sea laindicada.

SI de acuerdo con lo estipulado anteriormente, a! efectuarse la comparación correspondiente al últimomes del programa, procede hacer alguna retención, su importe se aplicará en beneficio de "LACOMISIÓN" a titulo de pena convencional, por el simple retardo en el cumplimiento de las obligaciones acargo de "EL CONTRATISTA", Esta pena convencional se determinará únicamente en función de los

•"OMISIÓN ESTATAL trabaJ°s no ejecutados conforme a! programa convenido.

lGU* OHL5STADO °rSÍ "El- CONTRATISTA" no concluye la obra en la fecha señalada, también como pena convencional~ " deberá cubrir a "LA COMISIÓN" la cantidad de dos al millar sobre el monto del contrato, que incluye los

convenios y ajustes de costos, en su caso, respecto de la obra fallante de ejecutar, por cada díacalendario de demora, hasta el momento en que la obra quede concluida a satisfacción de "LACOMISIÓN", esto sin aplicar el impuesto a! valor agregado.

El monío de las penas convencionales, en ningún caso podrá ser superior, en su conjunto, al monlo dela garantía de cumplimiento a que se refiere el apartado I de la CLÁUSULA NOVENA de este contrato.

Independientemente de! pago de las penas convencionales señaladas, en los párrafos anteriores, "LACOMISIÓN" podrá exigir e! cumplimiento del contrato o rescindirlo. Para determinar las retenciones y,en su caso, !a aplicación de la sanción estipulada, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas porcausas imputables a "LA COMISIÓN", caso fortuito o fuerza mayor, ya que en tal evento, "LACOMISIÓN" hará al programa !as modificaciones que a su Juicio procedan.

En caso de que "LA COMISIÓN", con base en lo establecido en la Ley de Obras Públicas y ServiciosRelacionados del Estado de Oaxaca y las demás disposiciones reglamentarias y administrativasaplicables opte por rescindir el contrato por causas imputables a "EL CONTRATISTA" procederá a hacerefectivas las garantías, absteniéndose de cubrir los importes resulíantes de trabajos ejecutados, aún noliquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, lo que se efectuará denlro de Sos 10 (diez}(días naturales siguientes a la fecha de notificación de la rescisión.

Lo anterior es sin perjuicio de las responsabilidades adicionales que pudieran, existir.- i r E--ÍVV-" i onsung-i

VIGÉSIMA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL .

OAXACA

-rKECCIÓN GENERAL

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'Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y udJclaU¿gnerarPornricr'D[ag-& ,JgQu-UáTla Palrla"Edificio "C" José L,opoz~A13Ws7Tercer Nivel.

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CEAi^ri Estala!

Agua

CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

"LA" COMISIÓN" podrá suspender temporalmente en iodo o en parte los trabajos contratados porcualquier causa justificada, debiéndose determinar, en su caso, la temporalidad de la suspensión, la queno podrá prorrogarse o ser indefinida.

Para tales efectos "LA COMISIÓN" emitirá un oficio, que deberá ser signado de recibido por "ELCONTRATISTA", en el que se expresen los motivos y justificaciones de la suspensión temporal, as!como la fecha prevista para la reanudación de los trabajos,

El presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez que hayandesaparecido las causas que motivaron la suspensión temporal.

Cuando se determine la suspensión de los trabajos por causas imputables a "LA COMISIÓN", éstapagará a "EL CONTRATISTA" los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempreque éstos sean razonables, esíén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el objetode esle contrato.

VIGÉSIMO PRIMERA.-TERMINACIÓN ANTICIPADA:

Con apego a [os requisitos previstos en el Articulo 58 y 59 fracción 1 de la Ley de Obras Públicas yServicios Relacionados del Estado de Oaxaca, "LA COMISIÓN' podrá dar por terminadoanticipadamente el presente contrato cuando concurran razones de interés general; existan causasjustificadas que le Impidan la continuación de los trabajos, y se demuestre que de continuar con lasobligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al Estado, o bien, no sea posibledeterminar la temporalidad de la suspensión de los trabajos a que se refiere la cláusula anterior,comunicando dicha declaración por escrito a "EL CONTRATISTA".

Una vez comunicada por "LA COMISIÓN" la terminación anticipada de este contrato, ésía procederá atomar inmediata posesión de los trabajos ejecutados para hacer cargo del inmueble y de lasInstalaciones respectivas, levantando, con o sin la comparecencia de "EL CONTRATISTA", acta

. circunstanciada del estado en que se encuentre [a obra. Dicha acta se levanlará ante la presencia defedatario público,

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación de los trabajos, "ELCONTRATISTA" podrá opíar por no ejecutarlos. En este supuesto, si opta por la terminación anticipadadel contrato, deberá presentar soliciíud a "LA COMISIÓN", quien resolverá dentro de los 20 (veinte) díasnaturales siguientes a la recepción de la misma; en caso de negativa, será necesario que "ELCONTRATISTA* obtenga de la autoridad Judicial la declaratoria correspondiente, pero si "LA COMISIÓN"no contesta en dicho plazo, se tendrá por aceptada la petición de "EL CONTRATISTA".

Cuando se dé por terminado anticipadamente el contrato, "LA COMISIÓN" pagará a "ELCONTRATISTA" los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre que éstos seanrazonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con este contrato.

VICÉSIMO SEGUNDA.- RESPONSABILIDADES DE "EL CONTRATISTA":

"EL CONTRATISTA" se obliga a que los materiales y equipo que se utilicen o instalen en los trabajosobjeto de la obra motivo del coniralo, cumplan con las normas de calidad establecidas en el listado deinsumos que intervienen en la propuesta de esle coníraío y a que la realización de todas y cada una delas partes de dichos trabajos se efectúen a sallsfacción de "LA CCtfvflSJjSÑ |ricprno71asu cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos de la misma y de ÍQs=aánof0ííli

inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a "LA*cOMISIÓN—\N fc

OAXAC-

11RECCIÓN bt

2016-202.

•Ceñirá Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial ¡Gene.-,Edificio

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CEA

4ÓNE5TKI».

2016-2022

CONTRATO No. 12R100-F1SE-146-02-071/2017

caso, se hará efectiva la garantía señalada en el apartado II de la CLÁUSULA NOVENA de estecontrato.

Es facultad de "LA COMISIÓN", realizar la inspección de todos los materiales que vayan a usarse en laejecución de los trabajos, ya sea en el siíio de éstos, o en íos lugares de adquisición o de fabricación.

Asimismo, en virtud de que "EL CONTRATISTA" es el único responsable de la ejecución de los trabajos,deberá sujetarse a todos los reglamentos y órdenes de las autoridades compelentes en materia deconstrucción, seguridad, uso de la via pública, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en elámbito federal, estatal o municipal, asi como a las instrucciones que al efecto le señale "LA COMISIÓN".Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo de "ELCONTRATISTA".

Las partes reconocen y aceptan que quedan a salvo los derechos de "LA COMISIÓN" para exigir a "ELCONTRATISTA" el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que corresponda ajuicio dela primera, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas conforme a esle contrato.

En caso de que la garantía (fianza) no llegue a cubrir en su totalidad los daños y perjuicios causados,"EL CONTRATISTA" quedará obligado a responder de dichas irregularidades en que hubiere incurrido;de Igual forma, será la única responsable de la ejecución de los Irabajos y deberá sujetarse a todos losreglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de construcción, seguridad y

t>6 uso de la vfa pública de! Estado de Oaxaca.

.- RELACIONES LABORALES;

"EL CONTRATISTA" como empresario y patrón del personal que ocupe con molivo de los trabajosmateria de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposicioneslegales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, "EL CONTRATISTA" convienepor lo mismo en responder de las reclamaciones que sus trabajadores presentasen en su contra o encontra de "LA COMISIÓN" en relación con los trabajos objeto de esle contrato.

VIGÉSIMO CUARTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA:

"LA COMISIÓN" podrá rescindir administrativamente este contrato por el Incumplimiento de lasobligaciones de "EL CONTRATISTA."

En relación con ¡o anterior, "LA COMISIÓN" determinará la rescisión administrativa, cuando "ELCONTRATISTA" no inicie los trabajos en la fecha pactada, suspenda injustificadamente los trabajos oIncumpla con el programa de ejecución por falta de materiales, trabajadores o equipo do construcción yno repare o reponga alguna parte de la obra rechazada, que no cumpla con las especificaciones deconstrucción o normas de calidad, si no cubre oportunamenle los salarios de sus trabajadores y demásprestaciones de carácter laboral (IM.S.S. INFONAVIT, SAR. etc.) y sin que ello, a ¡uldo deCOMISIÓN" crea o pueda crear dificultades durante o después de la ejecución de los trabajos en'perjuicio de! gobierno, si subcontrata o cede la totalidad o parte de la obra objeto de este contrato o losderechos derivados del mismo, sin sujelarse a lo dispuesto a la CLAUSULA SÉPTIMA del presenU'contrato, asi como cualquier otra causa que implique contravención a los términos del presepíeinstrumento. fc JtmmaMM1..

Cuando "LA COMISIÓN" determine rescindir el contrato. dlchl díi ÉpyreTráWp?^necesidad de declaración judicial, bastando para ello que se cumplü-el-procedimient"en el párrafo siguiente. ! ~~"~~ '~~

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CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

"LA COMISIÓN* comunicará a "EL CONTRATISTA* la rescisión del contrato en forma fehaciente y porescrito a""EL CONTRATISTA", a fin de que ésíe, dentro del término de 10 (diez) días hábiles, contados apartir de la fecha en que reciba la notificación de la rescisión, exponga lo que a su derecho convenga, yaporte, en su caso, las pruebas que eslime pertinentes.

Transcurrido e! término referido "LA COMISIÓN" considerando los argumentos y pruebas que hubierahecho valer "EL CONTRATISTA', resolverá y notificará a "EL CONTRATISTA" lo procedente dentro delos 10 (díez) días hábiles siguientes a que se produzca la respuesta de "EL CONTRATISTA". Cumplido¡o anterior, "LA COMISIÓN" podrá exígiile al mismo el cumplimiento del contrato y el pago de las penasconvenidas en el misino, en su caso; o bien, notificarle de manera fehaciente su decisión de rescindiradministrativamente el presente contrato.

Una vez que se comunique a "EL CONTRATISTA" e! inicio del procedimiento de rescisión oIncumplimiento dei contrata, por parte de "LA COMISIÓN", ésta procederá a tomar Inmediata posesiónde los trabajos ejecutados para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones respectivas,levantando, con o sin la comparecencia de "EL CONTRATISTA", acta circunstanciada del estado en quese encuentre la obra, asentándose asimismo las causas que motivaron la rescisión. Dicha acta selevantará ante la presencia de fedatario público.

"EL CONTRATISTA" estará obligado a devolver a "LA COMISIÓN, en un plazo de 10 (diez) díasnaturales, contados a partir de la fecha de inicio de! procedimiento de rescisión, toda la documentaciónque "LA COMISIÓN" le hubiere entregado para la realización de los trabajos.

En los casos de rescisión previstos en forma enunciativa y no limitativa en esta cláusula y en laDECIMONOVENA relativa a Sanciones por Incumplimiento del Programa, "LA COMISIÓN" y "ELCONTRATISTA" convienen en que aquélla procederá a hacer efectivas las garantías y que de forma

COMISIÓN ESTATAt nrecaulona se abstendrá de cubrir los importes resultantes de trabajos ejecutados aún no liquidadosGUÁCELA51*00 toesde el Inicio de dicha rescisión, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, lo que deberá

OAXACA efectuarse dentro de los 40 (cuarenta) días naturales siguientes a la fecha de notificación de la rescisión,ClÓN GENERALEn dicho finiquito deberá preverse el sobrecosió de los trabajos aún no ejecutados asi como lo relativo a

in-v? 'a recuperación de los materiales y equipos que en su caso le hayan sido entregados a "EL2016-

VIGÉSIMO QUINTA.- MODIFICACIONES:

"LA COMISIÓN" y "EL CONTRATISTA" convienen que cualquier modificación a este conlralo o a susanexos, deberá realizarse por escrito mediante la celebración del convenio correspondiente. Esiosconvenios deberán ser autorizados, por parte de "LA COMISIÓN" bajo la responsabilidad del titular delárea responsable de la contratación de los trabajos, en los términos del artículo 52 de la Ley de ObrasPúblicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

Cuando a Juicio de "LA COMISIÓN" sea necesario llevar a cabo trabajos que no estén comprendidos enel proyecto y programa, le ordenara a "EL CONTRATISTA" su ejecución y este se compromete allevarlos a cabo y se procederá de la siguiente forma:

I. TRABAJOS EXTRAORDINARIOS A BASE DE PRECIOS UNITARIOS.

A. SÍ existen conceptos y precios unitarios estipulados en el conde que se trate "LA COMISIÓN" estará facultado para ordenaeste se obliga a realizarlos conforme a dichos precios.

'Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial ui.«~-

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CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

B. SÍ para los trabajos no existieron conceptos y Precios Unitarios en el coniraío se considerará factibledeterminar los nuevos precios con base en elementos contenidos en los análisis de precios yaestablecidos en el contralo, procederá a determinar los nuevos con la intervención de "ELCONTRATISTA" y este estará obligado a ejecutar los trabajos conforme a tales precios, •

C. Si no fuera posible determinar los nuevos Precios Unitarios en la forma establecida en los incisosanteriores "LA COMISIÓN" aplicará los Precios Unitarios contenidos en sus tabuladores en vigor, oen su defecto para calcular los nuevos precios, tomara en cuenta los elementos que sirvieron debase para formular los precios de tabulador, en uno y en olro caso "EL CONTRATISTA" estaráobligado a ejecutar los trabajos conforme a los nuevos precios.

D. Si no fuere posible determinar los nuevos Precios Unitarios en la forma establecida en el párrafoanterior "EL CONTRATISTA" a requerimiento "LA COMISIÓN" y dentro del plazo que esta señale,someterá a su consideración los nuevos Precios Unitarios, acompañados de sus respectivos análisisen la inteligencia de que para la fijación de estos precios, deberá aplicar el mismo criterio que sehubiere seguido para la determinación de los Precios Uníiarios establecidos en el contrato, yresolverá "LA COMISIÓN" en un plazo no mayor de 30 dfas.

SÍ ambas partes llegare a un acuerdo respecto a los Precios Unitarios a que se refiere esle inciso "ELCONTRATISTA" se obliga a ejecuíar los trabajos extraordinarios conforme a dichos Precios Uníiaríos.

No se otorgarán anticipos para ios convenios que se celebren para modificar el presente contrato.

.- DOMICILIOS:OELAGUAOELESTADODE

OAXACA Para lodos 'os efectos relacionados con el presente contrato, las partes señalan como sus domicilios losDIRECCIÓN GENERAL luientes:

2016-2022 -LA COMISIÓN':

CENTRO ADMINISTRATIVO DEL PODER EJECUTIVO Y JUDICIAL "GENERAL PORFIRIO DÍAZ,SOLDADO DE LA PATRIA", EDIFICIO JOSÉ LÓPEZ ALAVÉS, AV. GERARDO PANDAL GRAFF# 1, REYES MANTECÓN, SAN BARTOLO COYOTEPÉC, OAXACA. C.P, 71257. TEU951501G900.

"EL CONTRATISTA':

"EL CONTRATISTA" se obliga a comunicar a "LA COMISIÓN" por escriio, cualquier modificación ocambio de domicilio, en el entendido que de no cumplir con esle requisito "LA COMISIÓN" podrárescindirle el presente contrato y las notificaciones, aún ¡as de carácter personal se harán por medio decédula que será fijada por tres días en lugar visible de las oficinas de la Dirección General de "LACOMISIÓN". — - >- - •

< t M ioftanKiHiiH-s $Mr IX!

VIGÉSIMO SÉPTIMA.- PREDOMINIO DEL CONTRATO.

Las parles convienen en que en caso de existir alguna discrepancia enpresente contrato y el de alguno de sus anexos, prevalecerá lo señalad

•Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial GGnranporfi(io;0faz"Sotaí!UtJ"íJ&Edificio "C" Jasó Lópoz Alavés, Tercor Nivel.

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CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

VIGÉSIMO OCTAVA.-LEGISLACIÓN:

Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de la obra objeto de este contrato atodas y cada una de las Cláusulas que lo integran, asi como a los términos. Üneamlenlos,procedimientos y requisitos que establecen la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados delEstado de Oaxaca y demás disposiciones reglamentarlas y administrativas aplicables.

En lo no previsto por los ordenamientos aníes citados, serán aplicables supletoriamente, el Código Civildel Estado de Oaxaca; e! Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca en vigor.

VIGÉSIMO NOVENA.-JURISDICCIÓN Y TRIBUNALES COMPETENTES:

Para la ínierpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someíen a la Jurisdicción ycompetencia de los Tribunales Competentes de la Ciudad de Oaxaca de Juárez por lo íanío, "ELCONTRATISTA" renuncia al fuero que pudiese corresponder!e por cualquier causa.

El presente contrato se firma en 1 ejemplar, en Reyes Mantecón, San Bartolo Coyolepec. Oaxaca, el 27 DE OCTUBREDE 2017.

F I R M A N:

POR LA COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA.

, f , COMISIÓN ESTATAtLIC. BENJAMÍN FERNANDGM-IBWNDEZ RAMÍREZ!

DIRECTOR GENERAL übt^OAXACA

. ARV1ANDO CRUZ^ENDO/AINFRAESTRUCTURA

DIRECCIÓN GENE8ALI_=___

GUTIÉRREZ &

"Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial General Porfirio Díaz Soldado de la Patria"Edificio "C" José LÓJJOZ Alavés, Torear Nivel.

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Tel. (951) 5016900 Exí. 22502 Emolí: [email protected]

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CONTRATO No. 12R100-FISE-146-02-071/2017

T E S T ¡ G O S

LIC. ADAJEFE DE

ÍER/O MEDINA CASASÍNIDAD ADMINISTRATIVA

-v EDUARDO GÓMEZ RU!ZEFE DE LA UNIDAD JURÍDICA

COMISIÓN ESTMM-

Las presentes firmas y antefirmas corresponden al Contrato de Obra Pública a Base de Precios Uolt&Viíís^y TiempoDeterminado Húmero 12R100-F!SE-146-02-07'1/2017 celebrado el 27 DE OCTUBRE DE-.mciófi fcNfé^bra:CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE, ubicado en la localidad de SANTA ANA Ijjrjtalcipio deVILLA SOLA DE VEGA, Oaxaca.

"Centro Administrativo del Poder Ejecullvo y Judldal General Porfirio Díaz Soldado de la Patria"Edificio "C" Josa López Alavés, Torcer Nivel.

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Tel. (951) 5016900 Ext 22502 Etnail: ceadir9ral@gmalt com

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