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La misión de Codelco es desplegar, en forma responsable y con excelencia,toda su capacidad de negocios mineros y relacionados en Chile y el mundo,con el propósito de maximizar en el largo plazo su valor económico y suaporte al Estado. Codelco llevará a cabo su Misión enfatizando una organizaciónde alto desempeño, la participación, la innovación creativa y el conocimientode las personas en permanente desarrollo.

En el cumplimiento de la Misión se tendrá siempre presente el compromisode los trabajadores, supervisores y ejecutivos de Codelco de observar los másaltos estándares éticos - consistentes con la filosofía corporativa de valoresaquí establecidos - y un estricto cumplimiento de las normas nacionales einternacionales que fueren aplicables a sus actuaciones en representación dela Empresa.

En el ámbito del presente documento, se destaca que el objetivo de Codelcono es sólo el cabal cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentariasque la rigen, sino también ser líderes en materias de Responsabilidad SocialCorporativa, implementando buenas prácticas en todos los lugares en quedesarrolle sus proyectos, negocios y actividades.

Este Código establece, en primer lugar, los valores que rigen a la Corporaciónen el cumplimiento de su Misión y, a continuación, las pautas básicas de actuación,o conductas, que deben ser cumplidas por todas las personas que trabajan enella.

Por lo mismo, cada vez que en este Código se hace referencia a "trabajadores",se debe entender que se está abarcando a todas las personas que desempeñanfunciones dentro de la Corporación o en representación de ella, independientede su rol o tipo de contrato.

CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA EN LOS NEGOCIOS

NUESTROS VALORES Y PRINCIPIOS CORPORATIVOS 6

ALCANCE DEL CÓDIGO DE CONDUCTA YÉTICA EN LOS NEGOCIOS 8

CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE Y DE LAS NORMAS DE LA CORPORACIÓN 8

CONDUCTAS 9

Respeto por las Personas 9Respeto por el Medio Ambiente 10Respeto por la Comunidad 10Toda práctica corruptiva es inaceptable 11Conflictos de Interés 12Atenciones y Obsequios 14Contribuciones Políticas y Donaciones 15Confidencialidad de la Información de la Corporación y de sus Trabajadores 16Protección de la Vida e Integridad Física de los Trabajadores 17Protección de los Recursos Corporativos 18

CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA YÉTICA EN LOS NEGOCIOS 19

ALERTA ANTE ACCIONES ANTIÉTICAS 21

ÍNDICE

Codelco reconoce la necesidad de contar con un marco de valores y principiosque inspiren las conductas, actuaciones y decisiones de todos quienes trabajanen la Corporación, siendo estos los siguientes:

Respeto a las personas, confianza y compromiso con la vida

En Codelco el respeto a la dignidad del ser humano es intransable, porello todas las personas merecen un trato justo y digno.

La confianza es el requisito fundamental para la vida en sociedad del serhumano y se construye en conjunto, siendo clave el cumplimiento mutuode los compromisos.

El compromiso con la vida es un deber ético y una responsabilidad principalen el desarrollo del quehacer de la empresa. Ninguna decisión económicao productiva justifica poner en riesgo la vida, la seguridad y la salud de lostrabajadores.

Participación, equidad y solidaridad

La participación es un derecho y una metodología de trabajo conjuntoque reconoce el talento y las contribuciones que pueda hacer cada uno,en todos los niveles de la organización.

Se reconoce la igualdad de oportunidades, con reglas claras, conocidasde antemano y legitimadas, respetando las características y los aportespropios de cada persona.

La solidaridad debe entenderse como el apoyo mutuo, expresado enacciones concretas de colaboración desinteresada.

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NUESTROS VALORES Y PRINCIPIOS CORPORATIVOS

Compromiso con el mejoramiento continuo y la excelencia en la gestión

Quienes laboran en la Corporación deben estar abiertos a un procesode aprendizaje permanente dentro y fuera de ella. Todo lo que se hacebien, se puede hacer mejor, estando comprometidos con el logro derendimientos efectivamente superiores e impecables, actuando con losmás altos estándares de calidad.

Estímulo a la innovación y la creatividad

Es necesario estar abiertos a la revisión e incorporación de nuevas prácticas,procesos, tecnologías y conocimientos que sitúen a Codelco en unaposición de liderazgo en la industria.

Se deberá promover y valorar la diversidad imaginativa, la libre expresiónde sugerencias y proposiciones que mejoren los procesos, los resultadosy la calidad de vida en el trabajo.

Transparencia, probidad y ciudadanía corporativa responsable

Se reconoce el derecho de todos los chilenos de estar informadosoportunamente sobre el actuar de la empresa, cautelando la informaciónconfidencial propia de toda organización.

Se reafirma el compromiso de resguardar y proteger el patrimonio de laempresa, sancionando cualquier hecho irregular que pueda afectarlo yregulando las situaciones de conflicto de interés.

En Codelco, lo que se hace y cómo se hace, debe reflejar el compromisode tomar decisiones legítimas a través de una visión responsable, integraly más amplia de los intereses del Estado como dueño de la empresa.

En consecuencia, constituye un imperativo para todos los trabajadores dela Corporación, ajustar todas sus actuaciones y desempeño a estos valoresque forman parte esencial de nuestra filosofía corporativa.

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Las disposiciones contenidas en este Código de Conducta son aplicablessin excepción a todos los trabajadores de Codelco, cualquiera sea sucondición contractual y posición dentro de la Corporación.

Codelco fomentará la difusión de todas las disposiciones de este Códigoentre sus colaboradores, contratistas, consultores, proveedores y clientes,solicitándoles sus mejores esfuerzos para que en sus actuacionescon Codelco observen a cabalidad este marco valórico.

Todos los trabajadores de Codelco deben observar una conducta deirrestricto respeto y con especial cumplimiento de la legislación vigente enel país en el que desarrollan sus actividades y con énfasis en su ámbito detrabajo.

En materia de viajes que realizan al extranjero, los trabajadores de Codelcodeben asegurar el respeto de todas las normas que afectan o puedan afectarel desarrollo de sus actividades en representación de la Empresa.

Es deber de cada trabajador de Codelco conocer, cumplir y velar por elcumplimiento de las políticas, normas, estándares, directrices y demásregulaciones internas de la Corporación relativas a su trabajo, así como loscompromisos voluntarios y estándares externos, nacionales e internacionales,a los que Codelco haya adherido y que tengan relación con su actividad.

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ALCANCE DEL CÓDIGO DE CONDUCTA YÉTICA EN LOS NEGOCIOS

CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLASCIÓN VIGENTEY DE LAS NORMAS DE LA CORPORACIÓN

Las conductas que deben ser cumplidas por todos los trabajadores de laCorporación, conforme a los valores antes señalados, son las siguientes:

RESPETO POR LAS PERSONAS

Codelco se compromete a respetar y proteger los derechos humanosfundamentales consagrados en la Declaración Universal de los DerechosHumanos de las Naciones Unidas (ONU) y la dignidad de todas las personasque trabajen en sus operaciones.

Conductas

1) Los trabajadores de Codelco no deben discriminar por motivos de sexo,nacionalidad, religión, origen étnico, condición social, ideas políticas,discapacidad, o cualquier otra circunstancia de similar naturaleza a las yaindicadas.

2) Los trabajadores de Codelco deben respetar todas las normas legales, tantonacionales como internacionales, que regulen o digan relación con laprohibición de utilizar mano de obra forzada o coercitiva, o la explotacióndel trabajo infantil. En especial, Codelco adhiere a los principios establecidosen la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y elConvenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo.

3) Ningún trabajador de Codelco -o trabajador de tercero que se desempeñedentro de sus instalaciones- podrá llevar a cabo acciones que constituyanacoso respecto de otro trabajador, cualquiera sea el medio -físico o virtual-evidenciado, entendiéndose por acoso el perseguir, apremiar o importunarcon molestias o requerimientos, de carácter sexual, psicológico o decualquier otro tipo, que amenacen o perjudiquen su situación laboral. Seexigirá la misma actitud respecto de colaboradores, contratistas y de todaslas personas que trabajan para éstos.

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CONDUCTAS

RESPETO POR EL MEDIO AMBIENTE

El mejoramiento continuo en el desempeño ambiental de Codelco es unode los objetivos permanentes de la Corporación. Para ello, ha adoptadopolíticas, programas y prácticas respetuosas con el medio ambiente en todaslas áreas de gestión correspondientes a cada una de sus actividades, enconcordancia con las leyes y disposiciones vigentes en el ámbito nacionale internacional.

Conductas

1) Los trabajadores de Codelco deben cumplir a cabalidad las leyes y reglamentosambientales vigentes en el lugar donde desarrollan sus actividades.

2) Todos los trabajadores deben conocer las políticas y normas ambientalesde la Corporación. En lo que respecta a las normas, estándares yprocedimientos ambientales internos y externos, los trabajadores debenconocer y acatar en forma estricta aquellos que tengan relación con suactividad.

3) Es deber de los trabajadores respetar y cumplir las obligaciones que leshayan sido asignadas en el Sistema de Gestión Ambiental.

RESPETO POR LA COMUNIDAD

Codelco se compromete a contribuir al fortalecimiento de las relacionescon la comunidad y a la generación de condiciones favorables que estimuleny refuercen el desarrollo de las comunidades en el entorno de sus operaciones.

Codelco se compromete a respetar las costumbres de los pueblos indígenasasentados en el entorno de sus operaciones y cumplir al respecto laResolución N° 169 de la OIT.

Es un deber de los trabajadores de Codelco insertarse activamente dentrode la comunidad como un miembro más que asume obligaciones y derechos

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ciudadanos, y no pretender ser tratados con mayor consideración por elhecho de pertenecer a la Corporación, ni tampoco invocar esta condiciónpara conseguir un trato especial.

Conductas

1) Todos los trabajadores deben respetar la cultura, el patrimonio y lascostumbres propias de cada comunidad vecina a las operaciones en donderealizan sus actividades.

2) Los trabajadores deben mantener una conducta respetuosa al relacionarsecon las comunidades vecinas, teniendo siempre presente que su actuaciónreflejará la imagen de la Corporación.

3) Los trabajadores de Codelco deben respetar la cultura de los pueblosindígenas que habiten en el entorno de sus operaciones.

TODA PRÁCTICA CORRUPTIVA ES INACEPTABLE

En enero de 2005, Codelco suscribió en Davos, a través de su PresidenteEjecutivo, los Principios PACI (Partnering Against Corruption Initiative –Iniciativa Conjunta Contra la Corrupción) del Foro Económico Mundial.Éstos establecen, en lo fundamental, una política de rechazo a toda formade soborno y corrupción.

Conductas

1) Ningún trabajador de la Corporación puede utilizar su cargo o condiciónde trabajador de ésta para obtener beneficios indebidos. En consecuencia,no podrán efectuar ni recibir pagos de ninguna especie que tengan comoobjetivo obtener beneficios ilegítimos.

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2) A los trabajadores de Codelco les está prohibido aceptar dádivas de cualquierforma y para cualquier propósito, relacionadas con el desempeño de lasfunciones de su cargo. Este tipo de conducta no es aceptable bajo ningunacircunstancia.

CONFLICTOS DE INTERÉS

Existe un conflicto de interés para un trabajador de Codelco en todanegociación, acto, contrato u operación que pudiera beneficiar a dichotrabajador directamente o por intermedio de personas relacionadas conél. Para estos efectos se entiende como: “personas relacionadas” quienestengan relaciones de familia, de propiedad o de gestión, según se explicaa continuación:

a) Relaciones de Familia: Los parientes hasta el 2° grado de consanguinidado afinidad.

Dicho grado de consanguinidad o afinidad alcanza a los padres, hijos, abuelos,hermanos, nietos, cónyuges y a las personas con igual parentesco con esteúltimo.

En esta relación se considerarán a los hijos propios, adoptados o hijastros.También estarán comprendidas en esta relación las personas con las quese mantenga una vida marital estable y permanente, sin estar unidos enmatrimonio.

No obstante lo anterior, no se considerarán Relaciones de Familia lasgeneradas entre personal de Codelco y empresas en que trabajen susparientes, definidos en el párrafo precedente, sólo si dichos parientes notienen participación en la gestión o materialización del negocio que se pacteentre Codelco y dicha empresa. En todo caso, la persona que se desempeñaen Codelco debe inhabilitarse y marginarse de las negociaciones que segeneren con esa empresa. Sin embargo, si dicho pariente tiene relación depropiedad en la empresa en cuestión, siempre deberá considerarse relacionadala empresa.

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b) Relación de Propiedad: Empresas en las cuales el trabajador, su cónyugeo hijos dependientes participen en la propiedad, directamente o a travésde otras sociedades.

Para efectos de esta Normativa, no se entenderá que existe una relaciónde propiedad, respecto de empresas públicas o en las cuales el Estado deChile o Codelco tenga participación en su propiedad.

c) Relación de Gestión: Se considerará que existe relación de gestión con lapersona o sociedad parte del contrato cuando, sin existir relación deconsanguinidad o afinidad o relación de propiedad, un trabajador de Codelcopueda ejercer en su beneficio o en el de alguna de las personas relacionadasindicadas en las letras a) y b) precedentes, algún grado de control sobrelas decisiones que dicha persona o sociedad adopten a través de cargostales como director, gerente o socio; o tenga poder para asegurar la mayoríade los votos en las Juntas de Accionistas y/o elegir a la mayoría de losdirectores.

Conductas

1) Los trabajadores de Codelco no deben participar en actividades queimpliquen o puedan implicar un conflicto entre sus intereses personales ylos de Codelco. En el evento que un trabajador anticipe la posibilidad deun conflicto de interés, deberá dar cumplimiento a las normas de laCorporación que regulan esta materia.

2) Los trabajadores que tienen autoridad para tomar decisiones sobre negocios,adquisiciones, contratos o asociaciones por cuenta de la Corporación, nopueden negociar, decidir o celebrar actos o contratos con empresas en lascuales ellos y/o cualquier otra persona relacionada a ellos, tenga algunavinculación de propiedad o de gestión.

3) Además, los trabajadores a que se refiere el número anterior deberáninformar a sus superiores en caso de existir una negociación, adquisición,contrato o asociación en que sin participar empresas o personas relacionadas,

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existan circunstancias que puedan restar independencia a quien o quienesdeben tomar la decisión, atendida la posición e influencia social o políticade las entidades o personas involucradas. En tales casos, la autoridad superiordeberá resolver si se harán aplicables a tales actuaciones las normas internasque regulan los conflictos de interés.

4) El criterio esencial que un trabajador debe considerar en las decisiones deadjudicación de contratos y adquisiciones es el interés general de laCorporación, prescindiendo de toda otra consideración que implique algúntipo de beneficio particular de uno o más trabajadores de Codelco y/o delas personas relacionadas.

5) Las personas que trabajan en Codelco no pueden aprovechar indebidamentesu vinculación con ésta, ni la información obtenida de ésta o con ocasiónde su trabajo en ella, para su beneficio personal, de un miembro de sufamilia o de cualquiera otra persona, sin importar el grado de vinculación.

6) Las personas que trabajan en Codelco deben evitar cualquier acción queprive a la Corporación del tiempo o de la atención requerida para cumplircon los deberes establecidos contractualmente, o instigue a colegas a actuarcontrariamente a los intereses de Codelco o de los trabajadores de laCorporación.

ATENCIONES Y OBSEQUIOS

Los trabajadores de Codelco no deben recibir o entregar regalos o atencionesde o a sus clientes, proveedores y/o contratistas, salvo los que correspondena la práctica comercial normal o sean producto de una relación socialindependiente (relacionada con Codelco) de los vínculos comerciales, ycuyo valor monetario sea prudencial y no tenga la calidad de suntuario.

Conductas

1) Los trabajadores de Codelco sólo pueden dar o recibir atenciones u

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obsequios cuyo monto no sea superior a 10 Unidades de Fomento. Cuandoeste monto sea superior deberán ser informados por escrito al PresidenteEjecutivo de la Corporación, en el caso de los Vicepresidentes y GerentesGenerales Divisionales; o a quien el Presidente delegue dicha función,tratándose de otros trabajadores de la Casa Matriz. En el caso de lasDivisiones, se informará al Vicepresidente Divisional o Gerente GeneralDivisional según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, cuando en unlapso inferior a seis meses se reciban de un mismo cliente, proveedor ocontratista más de dos obsequios o atenciones, cualquiera sea su monto,deberá informarse por escrito al superior directo.

2) Los trabajadores de la Corporación no deben solicitar o recibir favores declientes, proveedores o contratistas que los beneficien, directa oindirectamente, en forma personal, o que beneficie a alguna personarelacionada con ellos.

CONTRIBUCIONES POLÍTICAS Y DONACIONES

Codelco mantendrá siempre una posición imparcial ante cualquier partidopolítico.

La Corporación no efectúa ni efectuará contribuciones de carácter políticode ninguna especie.

Conductas

1) En consideración a lo anterior, un trabajador de Codelco podrá participar en

actividades políticas fuera de su horario de trabajo.

2) Los trabajadores no organizarán ni asistirán a reuniones político-partidistas durante las horas de trabajo.

3) En el ejercicio de sus derechos ciudadanos, los trabajadores no deben hacer uso de fondos, tiempo, instalaciones u otros recursos de la Corporación.

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CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN DE LA CORPORACIÓN Y DE SUS TRABAJADORES

Sin perjuicio de las obligaciones en materia de entrega de información quela ley impone a Codelco, la Corporación dará a conocer toda la informaciónque sea de interés general y cuya divulgación no afecte la reserva comercialo los derechos de terceros. En todo caso, cualquier información que Codelcodecida difundir, sólo puede divulgarse a terceros por medio de los canalesque la Corporación a este efecto establezca.

En cuanto a la información sobre aspectos de sustentabilidad, ésta se ponea disposición de la comunidad de acuerdo a los estándares establecidospor el GRI (Global Reporting Initiative – Iniciativa Global de Reportes).

En lo relativo a la información sobre accidentes e incidentes ambientales,de seguridad y de salud ocupacional, existen procedimientos que garantizansu oportuna difusión tanto interna como externa.

Conductas

1) La información que obtenga un trabajador en el ejercicio de sus funcioneso con ocasión de su trabajo en la Corporación, debe ser tratada condiscreción, conducta que debe ser mantenida incluso con posterioridad altérmino de su trabajo para Codelco.

2) Los trabajadores deben dar a conocer a sus superiores toda informaciónque sea, o pueda ser, relevante para la gestión, resultados o imagen deCodelco.

3) La información personal de los trabajadores de la Corporación debe sermanejada con el debido cuidado y reserva con el objeto de proteger suprivacidad.

4) Los trabajadores deben informar a sus superiores sobre cualquierdescubrimiento, creación o invención que se produzca o genere con motivode sus labores para Codelco, que son de propiedad de la Corporación.

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PROTECCIÓN DE LA VIDA E INTEGRIDAD FÍSICA DE LOSTRABAJADORES

La protección de la vida, salud, seguridad e integridad física y psíquica detodos los trabajadores es un valor esencial para Codelco y no puede verseamagado por el cumplimiento de metas de cualquier tipo.

La prevención de riesgos profesionales, seguridad y salud ocupacional debeintegrarse en todos los aspectos del trabajo.

Conductas

1) Los trabajadores de Codelco deben cumplir la legislación aplicable, laspolíticas y estándares externos, nacionales e internacionales, a los que laCorporación haya adherido, y las políticas y normas internas de Codelco,que se refieran a la protección de la vida y la integridad física de las personas.

2) Todo trabajador velará por su propia vida e integridad física, la de suscompañeros de trabajo, superiores y subalternos. Cumplirá y hará cumplirlas normas sobre riesgos profesionales, seguridad y salud ocupacional y losprocedimientos de trabajo establecidos en los centros de trabajo de laCorporación.

3) Ningún trabajador, propio o de terceros, debe ser sometido por sussuperiores a situaciones que impliquen o puedan implicar un riesgo inaceptablepara su vida, salud, seguridad o integridad física.

4) Todo trabajador deberá poner en conocimiento de sus superiores, cualquiersituación, conducta, evento o incidente que represente, o pueda representar,un peligro para la vida, salud, seguridad o integridad física de las personasy de los bienes de propiedad de la Corporación. En caso que el trabajadorno confíe en su superior deberá informar a Desarrollo Humano o ConsejeríaJurídica o Auditoría General Corporativa o utilizar la Línea de Denuncia.

5) Los trabajadores deben respetar los compromisos asumidos en los Sistemasde Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional de sus centros de trabajo.

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6) No ingresarán a los centros de trabajo de la Corporación personas quemuestren evidentes signos de estar bajo la influencia del alcohol o drogas,con sus facultades perceptivas y/o sensoriales alteradas.

7) Los trabajadores no deben consumir, introducir, vender, distribuir o estaren posesión de drogas o estupefacientes ilegales en los recintos de laCorporación o en cualquier otro lugar en que desempeñen sus funciones.Asimismo, les está estrictamente prohibido manejar vehículos u operarmaquinarias y equipos de cualquier tipo bajo la influencia del alcohol odrogas y/o fumar mientras conducen.

PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS CORPORATIVOS

Todos los bienes físicos, financieros, intelectuales, informáticos e inmaterialesque la Corporación pone a disposición de los trabajadores, son recursoscorporativos y de propiedad de Codelco.

Conductas

1) Los trabajadores deben hacer uso de los recursos corporativos exclusivamentecon el objeto para el cual les fueron proporcionados, protegerlos y asegurarsu uso eficiente. Se prohíbe el uso de cualquier material ofensivo en lossistemas de Codelco, como racismo o pornografía. El e-mail facilitado porCodelco a sus trabajadores como una herramienta para el cumplimientode sus funciones, no debe ser utilizado para comunicaciones que seanofensivas a la moral, o que pongan en riesgo la imagen y reputación deCodelco, aun cuando estas comunicaciones se realicen entre colegas, yaque llevar la extensión @codelco.cl no lo hace un medio de comunicaciónprivado y compromete la imagen corporativa.

2) Los trabajadores deben hacer uso apropiado de los recursos intelectualese informáticos de la Corporación y proteger toda su información, cualquierasea el medio en que se encuentre archivada.

3) El tiempo que los trabajadores tienen contratado con la Corporación esun recurso corporativo y, como tal, sólo debe ser utilizado en beneficiodirecto o indirecto de Codelco.

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CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTAY ÉTICA EN LOS NEGOCIOS

Todos los trabajadores de la Corporación deben cumplir con lasdisposiciones de este Código, una vez que el mismo se incorpore alos respectivos Reglamentos de Orden, Higiene y Seguridad de cadaDivisión y de Casa Matriz, de conformidad a lo dispuesto en losArtículos 154 y siguientes del Código del Trabajo.

El presente documento no puede presentar en detalle cada acción enque pueda incurrir el trabajador en contravención a los criterios deconducta que en él se incorporan. Su aplicación deberá hacerseaplicando razonablemente estos criterios.

En caso de tener dudas sobre alguna situación específica, el trabajadordeberá solicitar la asistencia de su superior directo o de DesarrolloHumano y/o Consejería Jurídica.

Es responsabilidad de cada trabajador de la Corporación informaroportunamente a su superior directo, Desarrollo Humano o a lainstancia que corresponda, sobre las infracciones o transgresiones aeste Código. Para tal efecto, la empresa garantizará al trabajador elmayor grado de confidencialidad.

Las infracciones serán investigadas oportunamente, bajo pautaspreestablecidas que aseguren un procedimiento expedito e imparcial.

Se presumirá la inocencia previa de todo trabajador que sea objetode investigación por los medios formales que defina la Corporación,quien tendrá el derecho de formular sus descargos de las eventualesimputaciones que se generen a partir de los resultados de la investigaciónrealizada.

En caso que una investigación confirme que ha ocurrido fehacientementeuna infracción al Código de Conducta, se aplicarán las normas sobresanciones contenidas en los Reglamentos Internos de Orden, Higiene

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y Seguridad de las Divisiones y de la Casa Matriz, las cuales se resumencomo sigue:

• Cualquier falta o infracción a las disposiciones del Código de Conductay Ética en los Negocios será sancionada con las siguientesmedidas, según la naturaleza e importancia de aquellas:

I. Amonestación verbal: consistente en un llamado de atención quese hace al infractor por parte de su jefe directo, en el que serepresenta su conducta indebida, dejándose constancia de ello ensu Carpeta Personal.

II. Amonestación escrita: consistente en una carta del jefe directodirigida al trabajador en la que se le representa su falta, dejándoseconstancia en su Carpeta Personal y remitiéndose copia de ella alSindicato al cual se encuentra afiliado el sancionado y a la Inspeccióndel Trabajo correspondiente.

III. Multa: de hasta el 25% de la remuneración diaria del trabajador, ycuyo procedimiento se hará de igual forma a la amonestación escrita.El dinero de la multa será destinado conforme lo establezca elrespectivo Reglamento Interno.

• Estas sanciones de ningún modo impedirán a la Corporación ejercersu derecho de poner término a la relación laboral cuando la infraccióna este Código constituya, también, una causal de terminación delcontrato de trabajo, conforme a las disposiciones establecidas en elCódigo del Trabajo.

• Cuando así lo estime la Corporación y a sugerencia de su ConsejeríaJurídica, el proceso investigativo interno sobre eventuales infraccionesal Código de Conducta será complementado por las accionesprocesales penales que correspondan conforme a la normativa legalvigente.

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ALERTA ANTE ACCIONES ANTIÉTICAS

• Es responsabilidad de todos los trabajadores cumplir con el Código deConducta y Ética en los Negocios e informar infracciones osospecha de infracciones, de acuerdo a esta Alerta de AccionesAntiéticas, apenas hayan tomado conocimiento de ello.

Conductas

• Ningún trabajador que informe de buena fe sobre infracciones al Códigode Conducta y Ética en los Negocios estará sujeto a medidas quesignifiquen acoso, persecución, discriminación o consecuencias adversasde parte de la persona investigada o sancionada, y si ello ocurriere, elinfractor estará expuesto a sanciones o al término de su contrato.

• Cualquier información o antecedente acerca de la ocurrencia o sospechade una infracción al mencionado Código deberá ser hecha de buenafe, a través de los canales internos establecidos y tener fundamentosrazonables para proceder a su investigación. En el evento que sedemuestre que la denuncia presentada es falsa o ha sido hecha de malafe, se considerará que tal conducta constituye una falta grave disciplinaria.

• El Código de Conducta y Ética en los Negocios cautela una política depuertas abiertas que permita que los antecedentes o informacionesrespecto de eventuales infracciones sean canalizados y resueltos en losniveles que corresponda. Así, en el caso general, los trabajadores debenpresentar sus denuncias ante sus supervisores directos o alternativamentea las respectivas instancias de Desarrollo Humano divisionales o de laCasa Matriz. En el caso de los supervisores y gerentes, deben informaracerca de las posibles infracciones al Código que tengan conocimientoo hayan recibido, al Auditor Divisional o al Auditor General Corporativo,según corresponda, quienes deberán llevar a cabo las investigacionesrelacionadas con las infracciones denunciadas.

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• El trabajador para efectuar una denuncia también puede recurrira la Línea de Denuncia sobre situaciones antiéticas o a su sitioweb o contactar directamente al Auditor General Corporativo,cuya información de contacto es:

Teléfono: (562) 6903000Email: [email protected]ón postal: Huérfanos 1270 - Santiago, Chile.

• La “Línea de Denuncia” es operada por EthicsPoints, unaorganización independiente que opera desde el extranjero y estádisponible 24 horas del día, 7 días de la semana y 365 días delaño. 

• Sitio web de denuncias sobre situaciones antiéticas:http://codelco.ethicspoint.com

• Línea directa de denuncias sobre situaciones antiéticas:1230-020-5771

José Pablo Arellano M.Presidente Ejecutivo Codelco