U 3 pnnc diapositivas (2)

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UNIDAD 3PROYECTO NACIONAL Y NUEVA CIUDADANIA.GRUPO NUMERO: 02.TI-INF-1M.

ESTADO DEMOCRATICO-SOCIAL DE DERECHO Y JUSTICIA• VISION HISTORICA CONSTITUCIONAL DE

VENEZUELA :La historia constitucional venezolana se inicia coetáneamente al constitucionalismo español es extraordinariamente agitada ya que es posible constatar un total de 25 textos constitucionales.

De otro lado el proceso constituyente, desde sus mismos inicios se autoproclamó dotado de un carácter originario y en ruptura con el orden constitucional precedente.

PRIMERA CONSTITUCION • Hecha por los

Representantes de Margarita, de Mérida, de Cumaná, de Barinas, de Barcelona, de Trujillo y de Caracas, reunidos en Congreso General

• Los individuos que fueron nombrados para ejercerlas, se sujetarán inviolablemente al modo y reglas que en esta Constitución se les prescriben para el cumplimiento y desempeño de sus destinos.

CONSTITUCION NACIONAL 1961

• Tiene el propósito de mantener la independencia y la integridad territorial de la Nación, fortalecer su unidad, asegurar la libertad, la paz y la estabilidad de las instituciones; proteger y enaltecer el trabajo.

• Pretende lograr la participación equitativa de todos en el disfrute de la riqueza, según los principios de la justicia social, y fomentar el desarrollo de la economía al servicio del hombre.

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 1999

• PREAMBULO:El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana.

Con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 1999• La República

Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.

• Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.

DOS MODELOS DE DEMOCRACIA

• FORMAL:Es aquél sistema político donde las normas constitucionales han previsto una separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, reservando a la soberanía popular la elección del primero mediante sufragio libre, igual, universal, directo y secreto.

• PROFUNDA:Será aquella que no solo haga y mantenga los hombres y mujeres libres, si no también iguales.

DEMOCRACIA PARTICIPATIVA• La democracia

participativa es una expresión amplia que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas.

• La democracia participativa permite una participación ciudadana mayor que en democracia representativa pero menor que en la llamada democracia directa.

ARTICULO 6• El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.

ARTICULO 7

La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.

DERECHO A LA INFORMACION• Toda persona tiene

derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión.

• Considerando que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en el artículo 337 que el derecho a la información no puede ser suspendido, bajo ningún concepto, ni siquiera en caso de conmoción social o estado de excepción.

LA COMUNICACIÓN Y LA EQUIDAD

• ARTICULO 58:La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial.

• ARTICULO 108:Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes.