Tesoro Publico

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CAPACITACION

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TRANSFERENCIAS ELECTRONICAS - TRANSFERENCIAS ELECTRONICAS - MANEJO DE CAJA CHICA – VIATICOSMANEJO DE CAJA CHICA – VIATICOS

ENCARGOSENCARGOS

I. TRANSFERENCIAS ELECTRONICAS

BASE LEGAL

• Ley N° 28693 Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria

• Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15• Resolución Directoral N° 050-2012-EF/52.03• Resolución Directoral N° 031-2014-EF/77.15.

La DGETP establece los procedimientos, normas y plazos de pagaduría,

Ley Sistema Nacional de Tesorería Articulo 33

Cheques, abonos en cuentas, en efectivo o por medios electrónicos.

Administración Tributaria y de terceros autorizados de acuerdo a ley.

Remuneraciones y Pensiones, viáticos, proveedores

Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15 (Artículos 22 – 29)Resolución Directoral N° 050-2013-EF52.03

Anticipación 02 días hábiles

Cuentas Administradas por la DGETP

Proveedores enviaran CCI, según Anexo N° 001

Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15 (Artículos 22 – 29)Resolución Directoral N° 050-2013-EF52.03

Registro CCI se realiza en la Fase Compromiso

Responsabilidad titulares y suplentes del manejo de cuentas

Montos:S/. 310,000.00$ 60,000.00

Precisiones.-

Fondo Para pago en efectivo

RECURSOS ORDINARIOS

Fondo Fijo Para Caja Chica

Operaciones Oficiales de Crédito

Recursos Directamente Recaudados

Donaciones y Transferencias

Recursos Determinados

Resolución Directoral N° 001-2011-EF/77.15

Resolución Directoral N° 026-80-EF/77.15

II. CAJA CHICA

Atender gastos menudos y urgentes; excepcionalmente viáticos no programables y jornales.

El Director General de Administración, designara mediante Resolución al responsable del manejo.

Los gastos deben ser sustentados mediante documentos de pago, debidamente autorizados.

Resolución Directoral N° 026-80-EF/77.15

La Caja Chica puede ser constituido con cualquier fuente que financie el presupuesto institucional.

Las Entidades sólo una Caja Chica por fuente de financiamiento.

El monto máximo no debe exceder del diez por ciento (10%) de una UIT.

Resolución Directoral N° 001-2011-EF/77.15

Resolución Directoral N° 004-2011-EF/77.15

El gasto en el mes no debe exceder de tres veces el monto constituido.

Los cheques se emiten a nombre del responsable de la administración de la Caja Chica.

No está permitida la entrega provisional de recursos con cargo a la citada Caja, salvo autorización expresa de el Director General de Administración.

Resolución Directoral N° 001-2011-EF/77.15

El Director General de Administración, debe aprobar una Directiva para la administración de la Caja Chica.

Deben realizarse arqueos mensuales de las entregas.

Resolución Directoral N° 001-2011-EF/77.15

III. ASIGNACION DE VIATICOS

BASE LEGAL

• Ley N° 28693 Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria

• Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15.• Decreto Supremo N° 181-86-EF.• Decreto Supremo N° 028-2009-EF.• Decreto Supremo N° 007-2013-EF

DEROGADO

ESTABLECEN MONTOS

Los funcionarios y empleados públicos, independientemente del vínculo que tengan con el Estado; (Servicios de consultoría).

Decreto Supremo N° 007-2013-EF

ESTABLECEN MONTOS

Decreto Supremo N° 007-2013-EF

Ministros de Estado, Viceministros, Jefes de Organismos Constitucionalmente Autónomos, Presidente del Poder Judicial, Jueces Supremos, Fiscales Supremos y Gobernadores Regionales, Secretarios Generales, Jefes de Organismos Públicos, Presidentes de Cortes Superiores, Jueces Superiores, Fiscales Superiores y Alcaldes.

EN QUE SE GASTA

Decreto Supremo N° 007-2013-EF

Duración.-

Decreto Supremo N° 007-2013-EF

RENDICION.-

Debidamente sustentada con los comprobantes de pago (SUNAT).

Decreto Supremo N° 007-2013-EF

Mediante Declaración Jurada, siempre que no sea posible obtener comprobantes de pago (SUNAT)

RENDICION.-

Deberá presentarse dentro de los diez (10) días hábiles contados desde la culminación de la comisión de servicios.

Decreto Supremo N° 007-2013-EF

PRECISIONES.-

El financiamiento es con cargo al presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

La escala de viáticos para viajes fuera del país, esta determinado por la Ley 28807, así como los Decretos Supremos N° 056-2013-PCM y N° 047-2002-PCM.

PRECISIONES.-

Deberán sustentar hasta el 80% del viatico asignado mediante comprobante de pago.

La escala de viáticos para viajes fuera del país, será revisada y actualizada cada dos años, por la PCM y el Ministro de Economía y Finanzas.

IV. ENCARGO

BASE LEGAL

• Ley N° 28693 Ley General del Sistema Nacional de Tesorería

• Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15.• Resolución Directoral N° 004-2009-EF/77.15.• Resolución Directoral N° 036-2010-EF/77.15.

Debe regularse mediante Resolución del Director General de Administración

Decreto Supremo N° 002-2007-EF/77.15

Monto máximo.

Responsable manejo

Objeto del Encargo

Decreto Supremo N° 002-2007-EF/77.15

Fines distinto caja chica.

3 días hábiles.

15 días calendario (exterior).

Resolución Directoral N° 004-2009-EF/77.15

Director General de Administración.

Pendientes de rendición

Pendientes de devolución

Resolución Directoral N° 036-2010-EF/77.15

Devolución 31 diciembre.

10 UIT (alimentos, jornales, reservado)

30 de noviembre.

Jorge Bendezú VilaEspecialista en Endeudamiento y Tesoro Público -  JunínMinisterio de Economía y FinanzasRPM #0230987 MOVIS 977299535www.mef.gob.pe