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XI Congreso Iberamericano de Derecho Marítimo sobre Transporte, Puertos,
Seguridad Marítima, Portección Portuaria, Lugares de Refugio y Arbitraje Marítimo
30 de septiembre | 2020
Buenos Aires
RÉGIMEN LEGAL Y
ACTUALIDAD DE LOS ENTES DE
GESTIÓN PORTUARIA
Abogado y consultor en Transporte, Puertos y Derecho de la Navegación Marítima y Fluvial, en Derecho Internacional Privado, como así también en cuestiones de Derecho del Consumidor y Defensa de la Competencia.
Titular del Estudio Jurídico “LATINAMERICA Abogados - Consultores”, con sede en Buenos Aires.
Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Marítimo (IIDM), habiendo presidido la Rama Argentina del Instituto durante el períodos 2014 -2016.
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Marítimo (AADM).
Miembro Consultor del CARI (Consejo Argentino para las Relaciones Internacionales) en materia de logística, transporte e infraestructura sustentable
Docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Buenos Aires (UBA) en la Cátedra de “Derecho Internacional Privado”.
Es autor y co-autor de varios proyectos de ley sancionados en materia de Derecho Marítimo, Transporte y Defensa del Consumidor.
Fue Co-Chair del Think 20 Argentina, en el Task Force sobre “Cambio Climático e Infraestructura para el Desarrollo”, Grupo de Afinidad dentro del marco del G20 que presidió la República Argentina durante el año 2018.
Se desempeñó como CONSULTOR LEGAL y REPRESENTANTE de la COMUNIDAD EUROPEA en la Argentina del “Proyecto de Cooperación Técnica y Financiera de Apoyo al Monitoreo Macroeconómico” (AMM -MERCOSUR) con actividad en los países miembros del MERCOSUR. Período 2009 al 2013.
Presidente de la Asociación Civil CRUZADA CÍVICA para la Defensa de Usuarios y Consumidores de Servicios Públicos.
Mariano Ángel Gendra Gigena
Es el Sistema Logístico
Intermodal del Mercosur
¿Qué es la Hidrovía Paraguay-Paraná?
HIDROVIA COMO SISTEMA LOGISTICO
INTEGRAL DEL MERCOSUR
Desarrollo Productivo regional
Integración Logística e Intermodalidad en el transporte.
Sustentabilidad Ambiental – Biodiversidad
Eliminación/Disminución de extra costos en materia de transporte y su
impacto en el COMEX
Fuerte impacto sobre las economías regionales
Beneficios Macroeconómicos y Sociales para las comunidades
adyacentes
82%
DE LOS DESPACHOS DE
GRANOS, HARINAS Y
ACEITES DE LA
ARGENTINA
60%De los buques
metaneros
91%
DE LA CARGA
CONTENERIZADA DE LA
ARGENTINA
750 milVehículos
313 milpasajeros en
102 cruceros
100 millones de toneladas
+ 24 millones de cabotaje 1,6 millones de TEUs
CARGAS TRANSPORTADAS (CIH/PNA, 2019)
PAÍS IMPORTACIONES EXPORTACIONES
Argentina
ContenedoresVehículosHidrocarburosOtras cargas
Soja, subproductos y aceitesOtros granosContenedoresVehículosHidrocarburosOtras cargas
Bolivia Combustible Mineral de hierro
Brasil Manganeso Mineral de hierroSoja y subproductosOtros granos
Paraguay
ContenedoresVehículosFertilizantesHidrocarburos
Soja, subproductos y aceitesOtros granosContenedoresVehículos
Uruguay Soja, subproductos y aceitesOtros granosCemento y fertilizantes
Soja, subproductos y aceitesOtros granosCemento y fertilizantes
VISIÓN
LOGÍSTICA
INTEGRAL HPP
PUERTOS
MARINA MERCANTE
DIGITALIZACIÓN
TECNOLOGÍA
INDUSTRIA NAVAL
HUBS LOGÍSTICOS
INTERMODALES
PRODUCCIÓN/ INDUSTRIA
FLUJOS DE CARGA
ZONAS FRANCAS
PuertosDistintos puntos de vista
Ley 24.093 – Art. 2°
Ley de la Navegación 20.094, Art. 29
01 02 03
Clasificación de los Puertos
- Nacionales
- Provinciales
- Municipales
- De los particulares
- Uso público
- Uso privado
- Comerciales
- Industriales
- Recreativos en general
] Estatales
EN LA REPÚBLICA ARGENTINA NO HUBO
PRIVATIZACIÓN DE LOS PUERTOS
SI HUBO UNA PRIVATIZACIÓN,
DESREGULACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN
DE LA ACTIVIDAD PORTUARIA
XI Congreso Iberamericano de Derecho Marítimo sobre Transporte, Puertos, Seguridad
Marítima, Portección Portuaria, Lugares de Refugio y Arbitraje Marítimo
TRANSFERENCIA DE DOMINIO
=
TRANSFERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y
EXPLOTACIÓN COMERCIAL
ENTES DE GESTIÓN PORTUARIA
Puertos Argentinos ESTATALES habilitados -2020
33 SON ESTATALES, de los cuales 14 se encuentran en la HPP.
(fuente Subsec. Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante)
Buenos Aires (Campana, San Nicolás y San Pedro) Consorcios de Gestión
Formosa (Pto. de Formosa – Dirección Provincial/Administrador)
Chaco (Barranqueras-Muelle Provincial y Barranqueras-Muelle Elevador)
Administrador Provincial
Corrientes (Pto de Corrientes – Dirección Provincial y Operador TPC)
Entre Ríos (Diamante, La Paz-Marquez, Ibicuy) Entes de Gestión Portuaria
Santa Fé (Rosario, Santa Fé, Reconquista y Villa Constitución) Entes de Gestión
Portuaria
101 Puertos HABILITADOS
El Estado Nacional, a pedido de las provincias donde se
encuentran ubicados los puertos, los transferirá sin
contraprestación ni precio alguno, para que decidan
sobre su destino, operación y administración, pudiendo
ceder la actividad a particulares en procesos de
licitación, contratación, arrendamiento o cualquier otra
figura.
Entes de Gestión Portuaria
Son creados a través de una ley o decreto del Poder Ejecutivo Provincial.
Es un Ente de Derecho Público No Estatal.
Posee individualidad jurídica, financiera, contable y administrativa.
Posee un ámbito de actuación territorial y acuático delimitado por la norma que lo crea.
Los bienes son de titularidad del Estado Provincial.
Patrimonio: el Consorcio percibirá, administrará y dispondrá de sus recursos
económicos y financieros, los que deberá aplicar exclusivamente al cumplimiento de su
objeto y funciones.
El Consorcio de Gestión responde frente a sus obligaciones exclusivamente con su
patrimonio y recursos.
Es un organismo extrapresupuestario, es decir esta fuera de la Ley de Administración
Financiera Provincial.
Control Externo: por medio de Auditorías y por el Estado Provincial.
Pueden ser intervenidos por el Poder Ejecutivo Provincial
y/o ser disueltos por ley.
ENTES DE GESTIÓN PORTUARIA
ers
Administración y Operatoria:
Integración: participación de todos los actores portuarios
Pueden explotarlos por sí mismos o a través de terceros
Son responsables del mantenimiento y mejoramiento de los servicios esenciales
del puerto.
• Equipamiento e infraestructura
• Dragado, balizamiento y señalización de los canales de acceso y espejos
de agua.
• Servicios portuarios: estiba, amarre, atraque, remolque, practicaje,
recolección de residuos, achique, limpieza de sentinas, deslastre de
tanques, etc..
Establecen su tarifario y tienen la obligación de reinvertir en el puerto
RESPONSABLE DEL PUERTO:
Es la persona física/humana o jurídica a quién se le haya dado la habilitación de
puerto (particular, estatal, de uso público o privado, comercial, industrial o recreativo)
Es el encargado de realizar el mantenimiento y las mejoras en materia de
equipamiento e infraestructura, servicios esenciales y proveer los servicios
portuarios
Son responsables de las custodia y vigilancia de las cargas dentro de sus recintos
Los Puertos Estatales pueden delegar estas responsabilidades a particulares, a
través de concesiones de uso de bienes de dominio público, permisos de uso, etc.)
EXPLOTACIÓN DEL PUERTO Y REALIZACIÓN DE
OBRAS DE INFRAESTRUCTURA:
La aplicación de una u otra figura de acuerdo con la magnitud de la inversión a
efectuarse y/o la trascendencia económica del emprendimiento.
Permisos de Uso: precariedad y revocabilidad (cuando la autoridad de aplicación lo
cree oportuno, lo cual lo hace “arbitrario”), sin necesidad de indemnización
Concesión de Uso Bienes del Dominio Público: conlleva una mayor seguridad
jurídica. Caracterizado por la aplicación de los principios "quieta non movere",
“buena fe" y el de la "inmutabilidad de las situaciones jurídicas".
Hay tres formas de adjudicar la concesión de uso de bienes del Dominio Público,
bajo la forma de adjudicación directa, la licitación pública o la Iniciativa Público-
Privada.
TERMINALES PORTUARIAS:
Son unidades operativas integradas dentro de los Puertos, y que dependen de los
canales de acceso, infraestructura y servicios que presta un puerto.
Son responsables de los servicios que prestan a los buques y a la carga
(responsabilidad contractual, extracontractual, subjetiva y limitada)
Pagan un canon al concedente.
No son responsables de las obras del mantenimiento de los canales de acceso,
espejos de agua, ni de los servicios portuarios.
Tienen libertad para fijar las tarifas de los servicios que operan.
HPP
PUERTOS
MARINA MERCANTE
DIGITALIZACIÓN
TECNOLOGÍA
INDUSTRIA NAVAL
HUBS LOGÍSTICOS
INTERMODALES
PRODUCCIÓN/ INDUSTRIA
FLUJOS DE CARGA
ZONAS FRANCAS
VISIÓN LOGISTICA INTEGRAL
ELIMINAR LAS ASIMETRÍAS ADMINISTRATIVAS, FISCALES que generan
extracostos en el transporte – Perdida de competencia-
LEYES DE MARINA MERCANTE e INDUSTRIA NAVAL:
• Reglamentación arts. 10, 12, 25, 30 y 32
• Modificación legislativa: Incorporar REGIMEN DE FOMENTO: Medidas de Promoción Fiscal,
Tributaria y Previsional
Contribuciones Patronales Previsionales
Impuesto a los combustibles (100%)
Exenciones de IVA
Desgrabamiento de las mercaderías transportadas en el cabotaje nacional e internacional
Deducción de la determinación impositiva del Impuesto a las Ganancias
Escala de Ganancias (viaticos, francos compensatorios)
Eliminación del Impuesto al debito/crédito bancario
Eliminación Impuesto Ganancia Mínima Presunta para Armadores
Regimen de Amortización de Inversiones
• Régimen de Simplificación de Procedimientos Administrativos
VISIÓN LOGISTICA INTEGRAL
ZONAS FRANCAS
ANALIZAR PROYECTO VACA MUERTA, desde una perspectiva de la logística
interna y regional
IMPULSAR y FOMENTAR la construcción de buques a GNL
INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA
DIGITALIZACIÓN PORTUARIA:
• Transacciones comerciales
• Trámites ante las autoridades
• Tecnología Blockchain
CRECIMIENTO DE EXPORTACIONES
A NIVEL REGIONAL
(entre 2000 y 2018 en %)
¡Muchas gracias por
vuestra atención !
Dr. Mariano Ángel Gendra Gigena
gendragigena@latinamericagroup.com.arwww.latinamericagroup.com.ar