Exposicion Entes de Control

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LEONEL ESTEBAN ROJAS ELIANA CAICEDO BARBOSA ANGELICA MARIA GONZALEZ ENTES DE CONTROL

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instituciones que controlan al gobierno en colombia

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Presentacin de PowerPoint

LEONEL ESTEBAN ROJAS ELIANA CAICEDO BARBOSAANGELICA MARIA GONZALEZENTES DE CONTROL

Es el mximo rgano de control fiscal del Estado, es una entidad de carcter tcnico con autonoma administrativa y presupuestal. Tiene a su cargo la funcin pblica de ejercer el control y vigilancia sobre la gestin fiscal de la administracin y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nacin.Tiene la misin de vigilar y controlar, oportuna y efectivamente los recursos pblicos destinados al cumplimiento de los fines esenciales del Estado Social de Derecho, y defini como uno de sus retos para el cuatrienio 2010 2014: ser una entidad referente de control y vigilancia fiscal nacional e internacional, moderna, oportuna, generadora de confianza, abierta a la participacin ciudadana, promotora de transparencia y de las mejores prcticas de desempeo en la gestin pblica.

CMO SE ELIGE EL CONTRALOR?

El Contralor General es elegido por el Congreso en pleno en el primer mes de sus sesiones para un perodo igual al del Presidente de la Repblica, de terna integrada por candidatos presentados a razn de uno por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, y no podr ser reelegido para el perodo inmediato ni continuar en ejercicio de sus funciones al vencimiento del mismo.ANTE QUIN SE POSESIONA EL CONTRALOR?

El Contralor General de la Repblica tomar posesin del cargo ante el Presidente de la Repblica. Quien resulte electo debe manifestar su aceptacin al nominador dentro de los quince (15) das hbiles siguientes a la fecha de la eleccin.El Contralor General de la Repblica debe cumplir las funciones que establece elartculo 268 de la Constitucin Poltica.Es importante tener en cuenta que el Contralor General de la Repblica conocer en segunda instancia de los procesos de responsabilidad fiscal que conozca en primera instancia la Contralora Delegada de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdiccin Coactiva, cuando as lo determine aqul en forma general.FUNCIONES:

La estructura organizacional y funcional de la Contralora General de la Repblica establecida por el Decreto 267 de febrero 22 de 2000 fue modificada por la Ley 1474 del 12 de julio de 2011, Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevencin, investigacin y sancin de actos de corrupcin y la efectividad del control de la gestin pblica..ORGANIZACINEL NIVEL CENTRAL:lo integran 10 contraloras delegadas (siete sectoriales y tres generales), siete oficinas de apoyo y dos gerencias nacionales, cuatro (4) unidades especiales, dos gerencias nacionales y una planta temporal para el Sistema de Regalas.Adems, la CGR cuenta con cuatro organismos de coordinacin y asesora a saber: Comit Directivo, Comit de Control Interno, Consejo Superior de Carrera Administrativa, Comisin de Personal, y Junta de Adquisiciones y Licitaciones.EL NIVEL DESCONCENTRADO:

lo conforman 32 gerencias departamentales colegiadas (una en cada capital de departamento), y una Gerencia Distrital Colegiada. Cada Gerencia es direccionada por una Colegiatura, conformada por el Gerente y dos o ms contralores provinciales, quienes dependen directamente del Contralor GeneralORGANIZACINDe acuerdo con el artculo 119 de la Constitucin, la Contralora es la encargada del control fiscal de la nacin. Adems, es la encargada de evaluar los procesos que se llevan a cabo en otras entidades del estado teniendo en cuenta que de ellas dependen factores econmicos y ambientales entre otros.

CONTROL Y VIGILANCIA FISCAL

Inspecciona el estado financiero de las entidades y de los servidores pblicos, adems establece si han o no logrado sus objetivos, planes y proyectos.

La Contralora tambin est en capacidad de sancionar a las entidades que de una u otra forma perjudiquen al estado o a su patrimonio.

CONTROL Y VIGILANCIA FISCAL

Otra funcin, es la de recuperar los bienes pblicos que han tenido una mala administracin o que han sido tomados por personas particulares para no darles un uso correcto.

Es as como la Contralora tambin relaciona a la comunidad con los procesos de gestin pblica y les da participacin para que puedan denunciar malos manejos fiscales.

Finalmente, esta entidad colabora con el Congreso de la Repblica y con el desarrollo de las funciones legislativas.

CONTROL Y VIGILANCIA FISCAL

Lo que realmente se busca es lograr una administracin pblica teniendo en cuenta la eficiencia y la integridad como bases para un desarrollo efectivo de la nacin.

MECANISMOS DE CONTROL:

AuditoriasControles macroResponsabilidad FiscalCONTROL Y VIGILANCIA FISCAL La Procuradura General de la Nacin es la Entidad que representa a los ciudadanos ante el Estado. Es el mximo organismo del Ministerio Pblico, conformado adems por la Defensora del Pueblo y las personeras.

Constitucin Poltica de ColombiaCaptulo 2 Arts. 275 - 284Artculo 275. El Procurador General de la Nacin es el supremo director del Ministerio Pblico.VISIONMISIONVigilar el cumplimiento de la Constitucin y la Ley, promover la proteccin de los derechos fundamentales, el respeto de los deberes ciudadanos y proteger el patrimonio pblico, siendo referente de eficiencia, eficacia y valoracin tica en el ejercicio de la funcin pblica.Ser guardin del inters general y vigilante del cumplimiento de los fines del EstadoMecanismo de Control ExternoTipo de Control Social

La Procuradura General de la Nacin es la Entidad que representa a los ciudadanos ante el Estado. Es el mximo organismo del Ministerio Pblico, conformado adems por la Defensora del Pueblo y las personeras.Conformada por ms de 3.500 servidores, la Procuradura tiene autonoma administrativa, financiera y presupuestal en los trminos definidos por el Estatuto Orgnico del Presupuesto Nacional. Es su obligacin velar por el correcto ejercicio de las funciones encomendadas en la Constitucin y la Ley a servidores pblicos y lo hace a travs de sus tres funciones misionales principales:

La Funcin Preventiva

Considerada la principal responsabilidad de la Procuradura que esta empeada en prevenir antes que sancionar, vigilar el actuar de los servidores pblicos y advertir cualquier hecho que pueda ser violatorio de las normas vigentes, sin que ello implique coadministracin o intromisin en la gestin de las entidades estatales.

En su calidad de sujeto procesal, la Procuradura General de la Nacin interviene ante las jurisdicciones Contencioso Administrativa, Constitucional y ante las diferentes instancias de las jurisdicciones penal, penal militar, civil, ambiental y agraria, de familia, laboral, ante el Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades administrativas y de polica. Su facultad de intervencin no es facultativa sino imperativa y se desarrolla de forma selectiva cuando el Procurador General de la Nacin lo considere necesario y cobra trascendencia siempre que se desarrolle en defensa de los derechos y las garantas fundamentales.

Funcin DisciplinariaLa Procuradura General de la Nacin es el organismo del Estado que adelanta y resuelve los procesos disciplinarios contra servidores pblicos y contra los particulares que ejercen funciones pblicas o manejan dineros del Estado, de conformidad con lo establecido en la Ley 734 de 2002, por la cual se aprueba el Cdigo nico Disciplinario.Como se elige el procurador general de la nacin?Paso 1Se elabora una terna con un candidato del PRESIDENTE DE LA REPBLICA, uno del CONSEJO DE ESTADO y otro de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIAPaso 2Elegido por el SENADO de la terna.

Por un periodo de 4 aos y puede ser reelegido.

Control InternoAlmacenamiento de la informacinExposicin de la informacinDilogo sobre la informacinGobiernoAbiertoControl InternoAlmacenamiento de la informacinExposicin de la informacinDilogo sobre la informacinGobiernoAbiertoControl InternoAlmacenamiento de la informacinExposicin de la informacinDilogo sobre la informacinGobiernoAbierto

2.1. La PGN busca adoptar mecanismos modernos para hacer efectivo el cumplimiento normativo (ndice de Gobierno Abierto).Cadena de valor de la gestin de la informacin1. MECI (Modelo Estndar de Control Interno)6. Rendicin de Cuentas y Atencin al Ciudadano3. Visibilidad de la Contratacin 4. Reporte a Sist. Estratgicos de Informacin5. Gobierno en Lnea2. Gestin DocumentalPRESIONOPORTUNIDADRACIONALIDAD1.2. De acuerdo a una de las teoras ms aceptadas, el fraude se comete a causa de la existencia de 3 factores: Presin, Oportunidad y Racionalidad.Tringulo de la corrupcin Controles internos o externos dbiles en la organizacin: - Poca transparencia - Desorganizacin de la informacin - Inexistencia de procesos y procedimientos - Confianza excesiva en los trabajadores - Baja exigencia de rendicin de cuentas - Poca o dbil vigilancia Presin interna: Codicia, necesidad de sostener un determinado estilo de vida o de responder a dificultades financieras. Presin externa: Incentivos, motivaciones o compensaciones producto de acuerdos o amenazas. Actitud del individuo que lo hace pensar que lo que est haciendo est bien (bajos estndares ticos): - Es slo temporal - todo el mundo lo hace - solo recibo ordenes - me lo merezco - Me pagan poco, es lo justo

La Defensora del Pueblo es uno de los rganos de control del Estado colombiano y est vinculada al Ministerio pblico; por lo tanto el Defensor del Pueblo ejerce sus funciones bajo la direccin del Procurador General de la Nacin.

La organizacin y funcionamiento de la Defensora del Pueblo en Colombia est regulada por la Ley 24 de 1992 y dems normas que la adicionan o modifican. La Defensora del Pueblo es la entidad encargada de velar por la promocin, el ejercicio y la divulgacin de los derechos humanos.

MISIONPromover, ejercer y divulgar los derechos humanos.Proteger y defender los derechos humanos y prevenir sus violaciones.Fomentar la observancia del derecho internacional humanitario.Atender, orientar y asesorar en el ejercicio de sus derechos.Proveer el acceso a la administracin de justicia, en los casos sealados en la Ley.

CUANDO ACUDIREn caso de encontrarse en imposibilidad econmica o social para sufragar los gastos de representacin judicial o extrajudicial para la defensa de sus derechos.Si requiere presentar peticiones, quejas, interponer acciones, recursos judiciales, mecanismos de proteccin de derechos fundamentales o solicitar asesora por violacin de derechos humanos o representacin judicial o extrajudicial en el rea no penal (civil, familia, laboral, administrativo).Si desea poner en conocimiento o interponer una queja por hechos y conductas constitutivos de violacin o amenaza a los Derechos Humanos, o infraccin al Derecho Internacional Humanitario, realizadas por una persona u organizacin particular o pblica.Si requiere de orientacin pedaggica sobre el contenido y ejercicio de los mecanismos de proteccin de los derechos humanos ante las autoridades judiciales competentes o acompaamiento en la interposicin de recursos y acciones judiciales.CUANDO ACUDIRSi demanda capacitacin, formacin y orientacin en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Si conoce de una posible afectacin a los derechos de la poblacin civil como consecuencia del conflicto armado interno y demanda acciones preventivas por parte de las Autoridades del Estado para lograr atencin integral.CUANDO ACUDIREl Defensor del PuebloEs elegido cada cuatro aos por laCmara de Representantesa partir de una terna enviada por el Presidente de la Repblica.Es decir que en su eleccin no participa el Senado.

Miguel ngel Aguiar Delgadillo Defensor Regional del puebloJorge Armando Otlora GmezDefensor Nacional del Pueblo