PRIMERO. -ANTECEDENTES: 1.1). -RELACIÓNCIRCUNSTANCIADA …

Post on 27-Jul-2022

14 views 0 download

Transcript of PRIMERO. -ANTECEDENTES: 1.1). -RELACIÓNCIRCUNSTANCIADA …

/£_ oD**>

Juicio No. 15301-2021-00380

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE ÑAPO. - SALA MULTICOMPETENTE DELA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE ÑAPO. Tena, miércoles 18 de agosto del

2021, las 17h03. VISTOS: La Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia deÑapo, integrado por los señores Jueces Provinciales: Dr. Jorge Valdivieso Guilcapi; Dr.Hernán Barros Noroña y Dr. Mario David Fonseca (Juez ponente); a continuaciónprocedemos a resolver enmérito de los autos dentro esta Garantía Jurisdiccional de "Acciónde protección" número 15301-2021-00380 presentada por YAMILETH MEDINAMONTILLA y ABEL MUÑOZ CORREA en contra del MINISTERIO DE AGRICULTURAY GANADERÍA debidamente representado por la señora MINISTRA TANLLY VERA;la DIRECCIÓN DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL FITO

ZOOSANITARIO NACIONAL debidamente representado por JULIO CÉSAR PAREDESMUÑOZ, la DIRECCIÓN DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL FITOZOOSANITARIO DE ÑAPO debidamente representado por BETTY DANIELA JURADOMONTERO en su calidad de JEFE DE SERVICIOS DE SANIDAD AGROPECUARIA

ÑAPO, se cuentacon el señor PROCURADOR GENERAL DELESTADO, en la personadelDR. IÑIGO SALVADOR CASTRO.

PRIMERO. - ANTECEDENTES: 1.1). -RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LADECISIÓN CONSTITUCIONAL IMPUGNADA. - En audiencia de fecha 08 de julio de2021 la parte accionante ha presentado el recurso de apelación en contra de la sentenciaemitida por la Dra. Mercedes Jumbo, en su calidad de JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIALPENAL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA, a través de la cual resuelve: "(...). - Declarar

queno existe vulneración de derechos constitucionales (...) en razón al siguiente argumento:"(...) En el caso sub lite el legitimado activo es YAMILETH MEDINA MONTILLA(1760106680) y ABEL MUÑOZ CORREA (1760106672), - Legitimación pasiva. - La leyOrgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional Art. 41 prescribe:"Procedencia y legitimación pasiva. - Laacción deprotección procede contra: 1. Todo actou omisión de una autoridad pública nojudicial que viole o haya violado los derechos, quemenoscabe, disminuya o anule su goce o ejercicio. 2. Toda políticapública, nacional o local,que conlleve la privación del goce o ejercicio de los derechos y garantías. 3. Todo acto uomisión delprestador de servicio público que viole los derechos y garantías. 4. Todo acto uomisión depersonas naturales ojurídicasdel sectorprivado, cuando ocurra al menos una delas siguientes circunstancias: a) Presten servicios públicos impropios o de interés público; b)Presten servicios públicos por delegación o concesión; c) Provoque daño grave; d) Lapersona afectada se encuentre en estado de subordinación o indefensión frente a un podereconómico, social, cultural, religioso o de cualquier otro tipo. 5. Todo acto discriminatoriocometido por cualquier persona. En el caso sub lite el legitimado pasivo es la DIRECCIÓNDE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL FITO ZOOSANITARIO NACIONAL

debidamente representado por JULIO CÉSAR PAREDES MUÑOZ, la DIRECCIÓN DE LAAGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL FITO ZOOSANITARIO DE ÑAPO debidamente

representado por BETTY DANIELA JURADO MONTERO en su calidad de JEFE DESERVICIOS DE SANIDAD AGROPECUARIA ÑAPO. Razón por la cual es procedenteanalizarpor esta vía constitucional, si existe o no, vulneración de derechos constitucionales

T