Post on 28-Jul-2015
República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Decanato de Investigación y Postgrado
Maestría en Gerencia Empresarial
SISTEMA PARA EL SOPORTE DE TOMA DE DECISIONES
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Autores: Javier A. Guerrero V.CI: Nº 17.429.851Docente:Claudia Zammarrelli
Grupo 13 A
Junio del 2014
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Autores: Javier A. Guerrero V.CI: Nº 17.429.851Docente:Olivia Sosa
Grupo 13 A
INDICE
Pág.
Introducción…………………………………………………………………………… 03
Sistema para el Soporte de Toma de Decisiones………………………………04-07
Conclusión…………………………………………………………………………….. 08
Bibliografía…………………………………………………………………………….. 09
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Introducción
Una empresa es una organización, institución o industria dedicada a
actividades o persecución de fines económicos, sociales o comerciales para
satisfacer las necesidades de bienes o servicios de los demandantes, su evolución
ha venido dándose desde el mismo momento en que se conceptualizo,
actualmente existen diversas aristas que son tema de estudio dentro de cualquier
organización. Entre los que podemos mencionar la toma de decisiones, esto
adquiere mayor importancia cuando existen diversas dependencias de la empresa
u organización que no se encuentran físicamente en el mismo sitio, esto en virtud
de la globalización y expansión del mercado.
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones de Venezuela (Conatel), es
el organismo del Estado Venezolano que ejerce la regulación, supervisión y
control sobre las telecomunicaciones, organismo el cual a lo largo de su
funcionamiento en Venezuela ha promovido, ordenanzas, providencias
administrativas y leyes que han diversificado aun más la forma de controlar la
regulación, creando oficinas en todos los estados de la república y participación de
diferentes ministerio y entes nacionales. En la siguiente investigación se
propenderá un sistema para la toma de decisiones a los miembros del directorio
de responsabilidad social de CONATEL el cual está integrado por personas que
no se encuentran laborando en el mismo sitio.
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Sistema para el Soporte de Toma de Decisiones
Un sistema de tienen como objeto ayudar a la gerencia en el proceso de toma de
decisiones permitiéndole evaluar, mediante el uso de modelos automatizados de
decisión, control y simulación, diferentes alternativas. Dentro de la Comisión
nacional de Telecomunicaciones, se establece la Ley de Responsabilidad Social
en Radio y Televisión y esta a su vez ordena la creación un Directorio de
Responsabilidad Social, el cual estará integrado por:
El Director General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, quien lo
presidirá;
Un representante del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e
información;
Un representante del Ministerio del Poder Popular para la Cultura;
Un representante del Ministerio del Poder Popular para la educación y el
deporte;
Un representante del ente u organismo con competencia en materia de
protección al consumidor y al usuario;
Un representante del Instituto Nacional de la Mujer;
Un representante del Consejo Nacional de Derechos del Niño y del
Adolescente;
Un representante por las iglesias;
Dos representantes de las organizaciones de los usuarios y usuarias inscritas
ante la Comisión Nacional de Telecomunicaciones;
Un docente en representación de las escuelas de comunicación social de las
universidades nacionales.
Los titulares de cada ministerio u organismo del Estado designarán a su
respectivo representante principal y su suplente. El representante principal y el
suplente del Consejo Nacional de Derechos y del Adolescente serán designados
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por sus integrantes. La representación de las iglesias, de los usuarios y usuarias y
de las escuelas de comunicación social de las universidades nacionales, será
decidida en asamblea de cada sector convocada por la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones para tal fin, de conformidad con las normas respectivas para
asegurar la representatividad de los miembros a ser elegidos. Los miembros
suplentes del Directorio llenarán las faltas temporales de sus respectivos
principales.
El Directorio de Responsabilidad Social sesionará válidamente con la presencia
del Presidente o su suplente y cinco de sus miembros. Las decisiones se tomarán
por mayoría simple. El Presidente del Directorio designará a un funcionario de la
Comisión Nacional de Telecomunicaciones para que ejerza las funciones de
secretario o secretaria del Directorio de Responsabilidad Social, sin derecho a
voto. Mediante reglamento interno se establecerán las demás normas de
funcionamiento del Directorio.
El Directorio de Responsabilidad Social tendrá las competencias siguientes:
Discutir y aprobar las normas técnicas derivadas de la Ley RESORTE.
Establecer e imponer las sanciones a que haya lugar de conformidad con la
Ley RESORTE.
Discutir y aprobar las recomendaciones que se deban proponer a la persona
titular del Ministerio del Popular para las Telecomunicaciones y la Informática,
en cuanto a la revocatoria de habilitaciones o la no renovación de las
concesiones.
Aprobar la erogación de recursos del Fondo de Responsabilidad Social.
Las demás que se deriven de la ley.
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Como hemos visto todos los representantes son miembros de otras instituciones
y son los responsables de la toma de decisiones de mecanismos y normas
importantes para la sociedad y la nación, es por ello que sus reuniones son de
suma importancia, actualmente se dispone la sala Simón Bolívar de CONATEL los
días martes para su reunión, la cual ha venido presentando en muchos casos
suspensión por no encontrarse el representante y su suplente, es por ello que en
el presente trabajo se propondrá un sistema para la toma de decisiones en grupos,
esto con fundamento del DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1204, de fecha 10
de febrero de 2.001, SOBRE MENSAJES DE DATOS y FIRMAS
ELECTRÓNICAS, bajo los artículos:
Artículo 4. Los Mensajes de Datos tendrán la misma eficacia probatoria que la ley otorga a los documentos escritos, sin perjuicio de lo establecido en la primera parte del artículo 6 de este Decreto-Ley. Su promoción, control, contradicción y evacuación como medio de prueba, se realizará conforme a lo previsto para las pruebas libres en el Código de Procedimiento Civil.
La información contenida en un Mensaje de Datos, reproducida en formato impreso, tendrá la misma eficacia probatoria atribuida en la ley a las copias o reproducciones fotostáticas.
Sometimiento a la Constitución y a la ley.
Artículo 5. Los Mensajes de Datos estarán sometidos a las disposiciones constitucionales y legales que garantizan los derechos a la privacidad de las comunicaciones y de acceso a la información personal.
Cumplimiento de solemnidades y formalidades.
Artículo 6. Cuando para determinados actos o negocios jurídicos la ley exija el cumplimiento de solemnidades o formalidades, éstas podrán realizarse utilizando para ello los mecanismos descritos en este Decreto-Ley.
Cuando para determinados actos o negocios jurídicos la ley exija la firma autógrafa, ese requisito quedará satisfecho en relación con un Mensaje de Datos al tener asociado una Firma Electrónica.
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Se propone:
La Creación bajo la tecnología LTE de un sistema de video conferencia,
que posea lo siguiente:
- Imagen en vivo de cada uno de los participantes del directorio de
responsabilidad social de CONATEL, dispuesto en las sedes:
1. CONATEL sede Caracas
2. Sede del Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e
información
3. Sede del Ministerio del Poder Popular para la Cultura
4. Sede del Ministerio del Poder Popular para la Educación y el Deporte.
5. Sede del SENIAT.
6. Sede del Instituto nacional de la Mujer.
7. Sede del Consejo Nacional de Derechos del Niño y del Adolescente.
- Monitor de servicio, para la verificación en tiempo real, conectado en red
entre las diferentes sedes a fin de ver el mismo archivo todos en tiempo real.
- Escáner para firma digitalizada.
- Micrófonos.
Para la instalación y puesta en práctica de este sistema se seleccionara una de las
tres operadoras de telefonía móvil habilitadas en Venezuela, los gastos derivados
de esto serán exonerados en los impuestos acumulados en el trimestre en
cuestión destinados al fondo de responsabilidad social de CONATEL.
De esta forma y bajo la Ley de SOBRE MENSAJES DE DATOS y FIRMAS
ELECTRÓNICAS, se realizara la reunión estipulada para todos los martes con
frecuencia periódica, donde serán beneficiados directamente todos los
Venezolanos pues no abran prorrogas por no asistir los directores.
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Conclusión
Los modelos gerenciales radican en implementar sistemas de
administración y control para cada una de las realidades de los sectores
empresariales, teniendo en cuenta las dificultades y necesidades administrativas
de cada compañía, en este mismo orden de ideas la toma de decisiones dentro de
una organización va directamente relacionado con el éxito o el fracaso de las
mismas.
Los modelos gerenciales son el soporte para conducir una organización en
forma rentable para llegar al éxito y los mecanismos que se pongan en práctica
para que esos modelos gerenciales sean llevados a la práctica son la autopista
por donde viajan cada uno de los integrantes de la organización a fin de generar
medidas, rápidas, precisas y a tiempo.
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones, debido a su espectro de
aplicación requiere de aplicaciones tecnológicas modernas en función de las
decisiones y directrices que toma propias de sus labores, es por ello que un
sistema de video conferencias bajo la tecnología LTE (4G) es una herramienta
moderna, actual, que impulsaría a los participantes de este ente autónomo a
romper fronteras y ser más eficientes.
La apuesta a un modelo de gerencial y/o otro depende del entorno
empresarial que se tenga, todo bajo la premisa de observar, estudiar y analizar los
competidores, con la claridad suficiente que el mercado define la tendencia a
elegir.
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Jubert Bermudez [en línea]. Modelos Gerenciales. [Consulta: 23 agosto 2014]. Disponible en:http://olapereira.blogspot.com/2012/04/modelos-gerenciales.html
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en el año 1999.
Ley de Responsabilidad Social en Radio Televisión y Medios Electrónicos, publicada en el año 2007.
Decreto N° 1204, de fecha 10 de febrero de 2001, sobre Mensajes de datos y Firmas Electrónicas.
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