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GESTIN DE LA
SEGURIDAD Y SALUD
OCUPACIONAL
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
Perforacin
Voladura
Ventilacin
Desate
MINA
Yacimiento
Exploraciones
Limpieza
Transporte
Servicios de
Energa elctrica,
agua aire
comprimido
Beneficio Planta
Concentradora o
lixiviacin
Explotacin
subterrneas o
Superficial
Reservas
Desarrollo , Preparacin
Mecanizado / Convencional
Extraccin transporte
Relleno Mecanizado
/convencional
Sostenimiento
Pasivo / Activo
Relavera PAD
DIAGRAMA DE
FLUJO - MINADO
Concentrado
Molienda
Flotacin
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
La alta gerencia del titular minero asumir el liderazgo y compromiso con la
seguridad y salud ocupacional de los trabajadores y establecer la poltica, siendo
responsable de: (Art 54)
CAPTULO I
LIDERAZGO Y COMPROMISO
CAPTULO II
POLTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
(Artculos 55-57)
Administrar la SSO de la misma forma que administra la productividad ycalidad del trabajo.
Integrar la SSO en todas las funciones de la empresa. Involucrarse personalmente y motivar a los trabajadores en el esfuerzo de
cumplir con los estndares y normas relacionadas con la SSO, brindando el
apoyo econmico.
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CAPTULO III
PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y
SALUD OCUPACIONAL
El Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional debe ser parte del sistema de
gestin empresarial de seguridad y salud ocupacional debe ser liderado por la
Gerencia General o equivalente. (Artculos 58-59)
E l programa deber:
Metas cuantificables.
El planeamiento, organizacin, direccin, ejecucin y control de las actividades.
El PASSO debe se de cada unidad econmica administrativa o concesin minera
El nmero de monitoreos que se realizar, segn el anlisis de riesgo en el ambiente
de trabajo.
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CAPTULO IV
COMIT DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
Se ha establecido la cantidad mnima de trabajadores que conformarn el Comit
de Seguridad y Salud Ocupacional CSSO as como el procedimiento para su
eleccin y nombramiento de sus integrantes.
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
El Gerente del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional de UEO que
desarrollen actividades mineras a cielo abierto y subterrneas ser: (Art.64-68)
CAPTULO V
GERENTE DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD Y
SALUD OCUPACIONAL
Un ingeniero de minas o ingeniero gelogo, colegiado,
habilitado y con una experiencia no menor de cinco (5) aos
en explotacin minera y tres (03) aos en el rea de
seguridad y salud ocupacional, con capacitacin no menor a
240 horas.
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CAPTULO VI
CAPACITACIN
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CAPTULO VI
CAPACITACIN
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CAPTULO VI
CAPACITACIN
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CAPTULO VII
EQUIPOS DE PROTECCIN PERSONAL (EPP)
(Art.74-87)
El cambio de vestimenta se realizar en vestuarios implementados, mantenidos y
aseados.
Se dotarn de EPP adecuados, buen estado de funcionamiento, conservacin e higiene a
los trabajadores que ejecuten labores especiales y peligrosas.
Los trabajadores expuestos a sustancias infecciosas, irritante y txicas se cambiarn la
ropa de trabajo antes de ingerir alimentos o retirarse del lugar de trabajo. La ropa se
dispondr en lugar asignado.
Uso obligatorio del EPP para efectuar trabajos en las instalaciones de la unidad minera.
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CAPTULO VII
EQUIPOS DE PROTECCIN PERSONAL (EPP)
(Art.74-87)
EPP para soldador de arco elctrico y ayudantes: mscara de yelmo, casco, guantes, respirador y vestimenta incombustible. El rea de soldadura de arco elctrico debe estar
aislada del resto del ambiente.
EPP para soldador autgena y sus ayudantes: anteojos adecuados, guantes, espirador y vestimenta incombustible.
Los trabajadores expuestos a partculas voladoras por efecto de metales fundidos, sustancias cidas o custicas y sus soluciones, utilizarn protectores faciales o anteojos
especiales. Igual para los trabajadores que tengan que observar el interior de hornos en
funcionamiento.En lugares donde se emanen gases, humos, vapores, o polvos: uso de respiradores adecuados.
Uso obligatorio del EPP para efectuar trabajos en las instalaciones de la unidad minera.
CAPTULO VIII
IDENTIFICACION DE PELIGROS, EVALUACION Y
CONTROL DE RIESGOS (IPERC)
(Art.88-92)
El titular minero deber identificar los peligros, evaluar y controlar los riesgos ;
A travs de la informacin brindada por todos los trabajadores en los aspectos que a
continuacin se indica, en:
a) Los problemas potenciales que no se previ durante el diseo o el anlisis de tareas.
b) Las deficiencias de los equipos y materiales.
c) Las acciones inapropiadas de los trabajadores.
d) El efecto que producen los cambios en los procesos, materiales o equipos.
e) El lugar de trabajo, al inicio y durante la ejecucin de la tarea que realizarn los
trabajadores, la que ser ratificada o modificada por el supervisor con conocimiento del
trabajador y, finalmente, dar visto bueno el ingeniero supervisor previa verificacin de los
riesgos identificados .
f) El desarrollo y/o ejecucin de Estndares y Procedimientos Escritos de Trabajo Seguro
(PETS) de acuerdo ANEXO N 15-A y 15-B respectivamente.
g) El Anlisis de Trabajo Seguro (ATS) de acuerdo al ANEXO N 15-C, antes de la ejecucin
de la tarea.
h) En tanto perdure la situacin de peligro se mantendr la supervisin permanente.
COMUNICACIN Y INSPECCIONES
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CAPTULO IX
SALUD OCUPACIONAL
Sub Captulo II: Agente Fsicos
Sub Captulo III: Agentes Qumico
Sub Captulo IV: Agentes Biolgicos
Sub Captulo V: Ergonoma
Sub Captulo VI: Vigilancia Mdica
Sub Captulo I, Alcance: El titular minero deber realizar la identificacin
de peligros, evaluacin y control de riesgos que afecte la seguridad y salud
ocupacional de los trabajadores en sus puestos de trabajo.
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CAPTULO XI
PERMISO ESCRITO DE TRABAJO DE ALTO RIESGO
Existen trabajos de alto potencial de prdidas (alto riesgo); para su ejecucin requieren
un PERMISO ESCRITO DE TRABAJO DE ALTO RIESGO - PETAR.
Estos trabajos son:
Espacios Confinados.
Trabajos en Caliente.
Excavaciones y Zanjas.
Trabajos con riesgo de Cadas.
Trabajos de Izaje.
Nota: El titular minero identificar otros trabajos que necesiten PETAR (PETAR
CONDICIONAL)
(Art.120-126)
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CAPTULO XIV
RESPUESTA DE EMERGENCIAS
(Art.135-142)
Es obligacin del titular minero elaborar
el Plan de Preparacin y Respuesta a Emergencias, el que debe ser actualizado
anualmente y debe contener la siguiente estructura:
1. Introduccin
2. Poltica de la empresa referente a emergencias
3. Objetivos
4. Organizacin del sistema de respuesta a la
emergencia:
4.1. Elaboracin y difusin de cartillas de respuesta ante emergencias
4.2. Comit de crisis y sus responsables
4.3. Definicin de reas crticas
4.4. Comunicaciones.
5. Capacitacin y simulacros
6. Operaciones de respuesta
7. Evaluacin de la emergencia
8. Procedimientos para revisin y actualizacin del plan
9. Anexos
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CAPTULO XVI
INVESTIGACIN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES
(Art.151-156)
Los accidentes de trabajo debern ser reportados por los titulares mineros mediante
formularios electrnicos que se encuentran en la pgina web del Ministerio de Energa y
Minas: http://extranet.minem.gob.pe; informacin que ser derivada a la autoridad
minera competente segn corresponda. Estos accidentes sern catalogados como:
a) Accidentes leves
b) Accidentes incapacitantes, que se tipificarn en:
1. Total temporal
2. Parcial permanente
3. Total permanente
Estos accidentes debern ser reportados en el Cuadro Estadstico de Seguridad, ANEXO
N 3, dentro de los diez (10) das calendario de vencido el mes.
c) Accidentes mortales
Respecto de ellos, el titular minero de la pequea minera y minera artesanal debe dar
aviso dentro de las veinticuatro (24) horas de ocurrido el accidente mortal mediante el
ANEXO N 7 a la Autoridad Minera competente. Asimismo, debe presentar un informe
detallado de investigacin en el formato del ANEXO N 7-A a los diez (10) das
calendario de ocurrido el suceso a la autoridad minera.
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CAPTULO XVII
ESTADSTICAS
(Art.157-161)
El titular minero presentar a la Direccin General de Minera los cuadros estadsticos de
incidentes segn el formato del ANEXO N 12, el cuadro estadstico de seguridad segn
el formato del ANEXO N 13 y el reporte de enfermedades ocupacionales segn el
formato del ANEXO N 13-A.
El titular minero tambin est obligado a informar a la Direccin General de Minera,
dentro de los diez (10) das calendario de vencido el mes, la clasificacin
estadstica de accidentes incapacitantes segn:
a) Tipo, lesin anatmica, origen, previsin de acuerdo a la clasificacin contenida en el
ANEXO N 8.
b) Informacin de datos: edad, estado civil, grado de instruccin, aos de experiencia,
horas del da, das de la semana, meses del ao, parte del cuerpo lesionado, ocupacin,
lugar del accidente incapacitante, entre otros; de acuerdo a los Cdigos de Clasificacin
contenidos en los ANEXOS N 5 y N 5-A.
c) Para fines del clculo de los ndices de severidad se utilizar los ANEXOS N 5 y N 9.
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FISCALIZACIN
OSINERGMIN
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
CREDENCIALES
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
ACTA DE INICIO DE SUPERVISION
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
TERMINOS DE REFERENCIA
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
PLAN DE SUPERVISIN
FORMULARIO CDIGO
PLAN DE SUPERVISION REVISIN
Unidad /
Empresa:
Equipo
SUPERVISO
R:
Fecha de Inicio:
Objetivo:
Alcance:
Mtodo de
Auditoria:
Fecha HoraSupervisore
s
Actividade
s / reas
Criterios de
Supervision /
Documento de
referencia
Observaciones
Aprobado por
SUPERVISOR:
Aprobado por
SUPERVISADO
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ACTA DE CIERRE
Ing. Oswaldo Granados DionisioIng. Oswaldo Granados Dionisio
ACTA DE SUPERVISIN
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIN
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
ENTREGA DE DOCUMENTACIN
ACTA DE RECOMENDACIONES
Ing. Oswaldo Granados Dionisio
Gracias.
Ing. Oswaldo Granados Dionisio