Post on 12-Apr-2017
Universidad Fermín ToroVice-Rectorado Académico
Facultad de Ciencias JurídicasEscuela de Derecho
RECURSOS TRIBUTARIOS
AutorCarlos Luis Vivas Rodriguez C.I. V-18.578.174Tutor: Abg. Emily Vanessa Ramírez Catedra: Derecho tributarioSección: SAIA A
RECURSOS ADMINISTRATIVOS TRIBUTARIOS
Se interpone por escrito Admisión
La administración tributaria, admitirá o no el recurso jerárquico dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del lapso para la interposición del mismo.
• La falta de cualidad o interés del recurrente.• La caducidad del plazo para ejercer el recurso.• La ilegitimidad de la persona que se presente
como apoderado.• Falta de asistencia o representación de
abogado.
Causales de inadmisibilidad
Improcedencia
• Los actos dictados por las autoridades competentes en un procedimiento amistoso
• Los actos dictados por las autoridades extranjeras que determinen impuestos y sus accesorios
Lapso probatorio
El lapso será fijado de acuerdo a la importancia y complejidad
del caso y no podrá ser inferior a quince (15) días continuos
prorrogables
Cuando no procede el lapso probatorioSe podrá exceptuar de la apertura del lapso probatorio en los asuntos de mero derecho y cuando el recurrente no haya presentado pruebas.
DecisiónEl lapso para decidir es de sesenta días continuos mediante resolución motivada, la cual corresponde a la máxima autoridad de la administración tributaria.
RECURSO JERARQUICO
RECURSOS CONTENCIOSOS TRIBUTARIOS
303 del Código Orgánico Tributario
Requisitos
• Debe ser interpuesto por quien tenga un interés legitimo• Se debe hacer por escrito ante el Tribunal competente.• En el escrito se debe especificar las gestiones realizadas y
de igual manera el perjuicio que está sufriendo la persona por el retardo en el pronunciamiento.
• La demanda debe acompañarse la copia de los escritos mediante los cuales se ha urgido el trámite.
Regulación Adjetiva
304 del Código Orgánico Tributario
Establece• Requerimiento del tribunal
competente.• Que se venza el plazo.
Sentencia243 del Código de
Procedimiento Civil
Contenido de
la decisión
La decisión del amparo tributario está delimitada por el Código Orgánico Tributario y específicamente debe contener una orden para que la Administración Tributaria cumpla en un término señalado con el trámite o diligencia solicitada.
AMPARO TRIBUTARIO
• Código Orgánico Tributario Gaceta oficial N° 39.866 del 16 e febrero de 2012.• EL RECURSO JERÁRQUICO EN MATERIA TRIBUTARIA [en línea]. Venezuela. [ fecha
de consulta 16 de junio 2016] Disponible en:
http://valoislamotte.blogspot.com/2011/07/el-recurso-jerarquico-en-materia.html
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS