EMPRESA DE FAMILIA

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EMPRESA DE FAMILIA. Por Fernando Pérez Hualde. LA EMPRESA DE FAMILIA. - PowerPoint PPT Presentation

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EMPRESA DE FAMILIAEMPRESA DE FAMILIA

Por Fernando Pérez Hualde

LA EMPRESA DE FAMILIALA EMPRESA DE FAMILIA“Cuando los integrantes de una familia, dirigen,

controlan y son propietarios de una empresa, la que constituye su medio de vida y tienen la intención de mantener dicha situación en el tiempo con marcada identificación entre la suerte de la familia y la empresa” (Favier Dubois);

Elementos:– Objetivos: existencia de la familia y la empresa;– Subjetivo: intención de mantener la empresa en la

familia y que la primera sea el sustento de la segunda;

CANTIDAD CONFORME ESTADÍSTICASCANTIDAD CONFORME ESTADÍSTICAS

- Argentina: 70%– Italia: 99%–USA: 98%

–España: 71%

POSIBILIDAD DE SUPERVIVENCIAPOSIBILIDAD DE SUPERVIVENCIA 1ª a 2ª Generación 30%

2ª a 3ª Generación 15%

+ de 4ª Generación 5%

FORTALEZASFORTALEZASIntereses comunes, autoridad reconocida,

confianza mutua, comunicación y respeto entre sus miembros;

Ética del trabajo y de la creatividad;Mayor compromiso, sentido de pertenencia y

rapidez en la toma de decisiones;EFECTOS:

– Inversiones a largo plazo;– Mejor predisposición para acompañar la Empresa en

épocas de crisis;

DEBILIDADESDEBILIDADESConfusión de planos entre Empresa y Familia;Herederos con derecho (o la obligación) de

gestionar o trabajar en la EF;Conflictos familiares que impactan en la EF; Pago de retribuciones a empleados familiares

distintas a las de mercado;– Malestar de directivos no familiares;

Justicia Familiar vs. Justicia Empresaria;Familia: pretendido poder de los padres de igualar

diferencias naturales;

REALIDADES INVOLUCRADASREALIDADES INVOLUCRADASSISTEMA FAMILIAR Finalidad: cuidado y promoción de la vida de sus miembros

(sistema emocional); Familia: (latín) ¨grupo de siervos y esclavos patrimonio del

jefe de la gens¨ Roma: incorporó a la esposa e hijos del Pater. ¨Grupos de personas emparentadas entre sí

(ascendientes, descendientes, colaterales y afines), que comparten su vida y las relaciones¨

Vínculos: afinidad y consanguineidad; Familia básica y extendida. Cambio de terminología

REALIDADES: SISTEMA FAMILIARREALIDADES: SISTEMA FAMILIAR

- Trasladar la ética;

- Necesidad de compartir igual escala de valores y principios;

- Evitar el enfrentamiento generacional;

- La impronta generada en la familia determinará si permite a la misma pensar en una EF.

- Variación del alcance del concepto de Familia en función de la generación incorporada a la EF;

REALIDADES: SISTEMA EMPRESAREALIDADES: SISTEMA EMPRESAEconomía: Organización de factores para la

producción o intercambio de bienes o servicios con un fin económico;

Finalidad: crear y repartir valor;Vínculo entre las personas establecido en

función de la finalidad de la empresa;– Encuentro de culturas;

Derecho: discusión (Broseta Pont) ¿Sujeto-patrimonio de afectación–universalidad?

REALIDADES: SISTEMA EMPRESAREALIDADES: SISTEMA EMPRESA ¨Conjunto de elementos de distinta naturaleza que, ¨Conjunto de elementos de distinta naturaleza que,

bajo un régimen de organización (establecido por el bajo un régimen de organización (establecido por el empresario) se afectan funcionalmente a una empresario) se afectan funcionalmente a una determinada actividad económica, consistente en la determinada actividad económica, consistente en la producción, comercialización e intercambio de producción, comercialización e intercambio de bienes y servicios para el mercado¨.bienes y servicios para el mercado¨.

ACTIVIDAD - ORGANIZACIÓN;ACTIVIDAD - ORGANIZACIÓN;– Organización:Organización:

Cuenta con objetivos – personas – régimen normativo Cuenta con objetivos – personas – régimen normativo (escala de autoridad, sistemas de entrada y salida, etc);(escala de autoridad, sistemas de entrada y salida, etc);

INSTITUCIÓNINSTITUCIÓN

SIMETRÍASSIMETRÍASAmbas son Instituciones;Tienen pluralidad de componentes;Se conforman con pluralidad de vínculos;

– Relaciones diferenciales;Tienen actividad común;Persiguen propósitos de perdurabilidad;

– Estabilidad de los vínculos;Ambas son Organizaciones;Tienen mecanismos de autoridad y alistamiento;Son subsistemas;

EMPRESA DE FAMILIA EMPRESA DE FAMILIA Superposición de sistemas;Diversidad de modelos de cada sistema:

– Hiperprotector;– Democrático permisivo;– Sacrificante;– Intermitente;– Delegante;– Autoritario

Complejidad: falta de un concepto unitario, regulación específica, protección legislativa;

Existencia de jurisdicciones diferentes;

AMBITOS A COMPATIBILIZARAMBITOS A COMPATIBILIZAR(Tagiuri y Davis)(Tagiuri y Davis)

PLANOS DE ESTUDIOPLANOS DE ESTUDIO GESTIÓN

– Gobierno de la Empresa (asamblea, directorio, comité ejecutivo, gerencia);

Elección del nuevo líder;

– Gobierno de la Familia (Asamblea familiar, Consejo familiar);– Gobierno de la propiedad (ej. Holding, spin off);

PSICOLÓGICO– Promover la salud y el bienestar de los integrantes;– Sacar a la luz lo oculto: cuentas sin saldar;– Estilos educativos y formativos;

Choque de culturas familiares;

– Trabajo con personas difíciles; JURÍDICO

TEMÁTICA DEL CURSOTEMÁTICA DEL CURSOANÁLISIS JURÍDICO

– Plano de análisis indispensable para el logro de todo tipo de solución;

– INTERDISCIPLINARIO; FAMILIA; SUCESIONES; DERECHO REALES – FIDEICOMISO CONTRATOS; SOCIETARIO; CONCURSAL; LABORAL FISCAL

¿EMPRESA O SOCIEDAD DE ¿EMPRESA O SOCIEDAD DE FAMILIA?FAMILIA?

Distinción y Consecuencias– Régimen sucesorio:

Opciones de la Ley 14.394 (soc. de hecho con un solo administrador);

Opción del condominio (divisibilidad);

Sociedad de Familia:– Sociedad de Hecho;

Requisitos mínimos; Naturaleza de la actividad (agropecuaria o profesional); Hijo asociado a la actividad empresaria;

SOCIEDAD DE FAMILIASOCIEDAD DE FAMILIASociedad regular:

– Búsqueda de la limitación de responsabilidad;

– Sociedad entre cónyuges (arts. 27 y 29 LS);– Supuestos de inoponibilidad a los

herederos; “MORROGH, BERNARD, JUAN F C/GRAVE DE PERALTA

DE MORROGH BERNARD, EUGENIA Y OTS.”, CCiv. Y Com. Concepción del Uruguay, 9/2/79, LA LEY 1979-D-237;

“FERRETTI, SILVIA C. NÓBILE, FRANCA”, CNCiv, sala B, 12/11/09, Rev. La Ley 12/04/2010;

SOCIEDAD DE FAMILIA: caracteresSOCIEDAD DE FAMILIA: caracteresInexistencia tipológica;Normalmente organizada como SA;Dividendos inexistentes (mensualidad);Alto índice de informalidad en el funcionamiento

de los órganos;Falta de distinción entre capital y trabajo;Ausencia de mecanismos de salida;Escaso uso de herramientas legales (ej.

prestaciones accesorias, causales de resolución parcial, dictado de reglamentos, etc.);

Cambio de Causa (Favier Dubois);

SOCIEDAD: VentajasSOCIEDAD: VentajasInaplicabilidad del art. 1277 c.c.;Organización de la transmisión sucesoria;

– Evito el estado de indivisión por el fallecimiento;– Facilita la partición (arts. 90, 155 y 214 LSC);

Posibilidad de disociar la transmisión del poder y de la propiedad (ej. Gerente de SRL);

Utilización del usufructo de acciones (permite desdoblar derechos políticos y económicos);

Desventajas:Desventajas: - cumplimiento de las formas;– De la autocracia a la democracia;

DISTINCIÓN CON LA SOC. DISTINCIÓN CON LA SOC. CERRADASCERRADAS

Sociedades anónimas cerradas: aquellas que no recurren al público en general para que realicen aportaciones o contribuciones;

Pueden, o no, ser de familia;Propuesta de modificación del tipo de la S.A.:

– Convocatorias a asamblea;– Asambleas universales, no unánimes;– Responsabilidad directores conforme actuación;

Sociedad Anónima de Familia Abierta: control;

TIPOS SOCIALES TIPOS SOCIALES VENTAJAS DE SRL:

– exclusión por justa causa (grave incumplimiento de sus obligaciones);

Instrumentación de prestaciones accesorias (obligaciones de hacer o no hacer);

– Sistema de notificación de asambleas (art. 159 LS); “SCHILLACI, IRENE M. Y OTRA C. ESTABLECIMIENTO TEXTIL SAN

MARCO S.A.”

– Especial tratamiento de la incorporación de los herederos;

– Durabilidad del gerente (arts. 157 – 129 LS).– Ventajas en SRL Holding (diferencia SA);

Orden de prelación de las leyesOrden de prelación de las leyesCódigo Civil

– Art. 16: palabras o espíritu de la ley; ppios. de leyes análogas y ppios. generales del derecho;

Código de Comercio:– Pto. 1 Tít. Preliminar y art. 207 c.co.: aplicación ley civil;

Aplicación prioritaria de Ley mercantil;

– Importancia de la costumbre (ptos. 2 y 5 Tit. Preliminar y arts. 217, 218 inc. 6, 219 c.co.);

Doctrina: aplicación del orden de prelación del art. 16 c.civ. en el sistema del Código de Comercio;