Post on 22-Jul-2022
La interpretacioacuten de la nocioacuten
tomasiana de justicia por parte
del Cardenal Cayetano en
la Suma Teoloacutegica II-II qq 57-62
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Llevado por una perspicacia hermeneacuteutica poco comuacuten el autor descubre en los repliegues del patrimonio de la Escuela (ie del tomismo histoacuterico cultivado ante todo en el seno de la orden dominicana) un problema mayor en la interpretacioacuten y comprensioacuten de la doctrina de la justicia del Aquinate Se trata en efecto nada menos que de uno de los principales ejes del orden praacutectico en siacute mismo considerado la justicia y de una inteligencia de las formas de esa virtud la cayetaniense que habriacutea desconocido la respectiva posicioacuten de Santo Tomaacutes Y que habriacutea dado carta de ciudadaniacutea e irradiado a la tradicioacuten posterior como si fuera tomista una doctrina cuyo Geist es por el contrario ajeno al Aquinate
Sergio Rauacutel CastantildeoDr en Derecho Poliacutetico - Dr en Filosofiacutea
Investigador Principal del CONICETCatedraacutetico de Teoriacutea del Estado
(Fac de Derecho y CC SS - U N del Comahue)Director del Centro de Estudios Poliacuteticos (UNSTA)
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La interpretacioacuten de la nocioacuten tomasiana de justicia por parte
del Cardenal Cayetano en la Suma Teoloacutegica II-II qq 57-62
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Παιδεία ΠαιδείαPublicaciones
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
copy 2021 Nicolaacutes A Laacutezaro
ISBN 978-987-25387-3-6
Queda hecho el depoacutesito que establece la ley 11723
Ninguna parte de esta publicacioacuten incluiacutedo el disentildeo de cubierta puede ser reproducida almacenada o transmitida en manera alguna y por ninguacuten medio ya sea electroacutenico quiacutemico mecaacutenico oacuteptico de grabacioacuten en Internet o de fotocopia sin permiso previo del editor o del autor
Todos los derechos reservados
Impreso en Argentina
Laacutezaro Nicolaacutes ArielLa interpretacioacuten de la nocioacuten tomasiana de justicia por parte del Cardenal Cayetano en la Suma Teoloacutegica II-II qq 57-62 Nicolaacutes Ariel Laacutezaro- 1a ed- Rosario Paideia Publicaciones 2021352 p 25 x 17 cm
ISBN 978-987-25387-3-6
1 Filosofiacutea 2 Filosofiacutea Medieval I Tiacutetulo CDD 1809
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A mi papaacute Eduardo ejemplo de sacrificio lucha y perseverancia
A mi mamaacute Marita espejo de humildad y testigo silente de mis esfuerzos
A mi esposa Mariacutea Laura amor miacuteo compantildeera dulce y paciente
A mis familiares y amigos
Sobre todos y sobre todas las cosas a Dios Padre Eterno y Misericordioso y a la Virgen Santiacutesima
AMDG
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
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IacuteNDICE SINOacutePTICO
PREFACIO 7
PALABRAS PREVIAS 9
PROacuteLOGO 11
INTRODUCCIOacuteNITER MENTIS 15
PRIMERA PARTE LOS ESTUDIOS TOMISTAS HOY
Capiacutetulo ISanto Tomaacutes el Cardenal Cayetano y los estudios tomistas 53
Capiacutetulo II Status Quaestionis 93
SEGUNDA PARTEDOS VISIONES EN TORNO A LAS FORMAS DE LA JUSTICIA
Capiacutetulo III Anaacutelisis de la justicia en Tomaacutes de Aquino y en los comentarios del Cayetano 119
Capiacutetulo IVLa virtud de la justicia tomasiana y la interpretacioacuten del Cayetano 213
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
TERCERA PARTEANALOGIacuteA Y ALCANCE TEOacuteRICO-PRAacuteCTICO
DE LA DEFINICIOacuteN DE JUSTICIA
Capiacutetulo V La analogiacutea de la nocioacuten de justicia 241
Capiacutetulo VIDistintas definiciones diversa moral 279
CONCLUSIONESUN TOMISMO CAYETANO 321
OBRAS CONSULTADAS 333
IacuteNDICE ANALIacuteTICO 347
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PREFACIO
Este libro es la primera edicioacuten de mi tesis resultante del Doctorado en Humanidades y Artes mencioacuten Filosofiacutea y escrita bajo la direccioacuten del Dr Sergio Castantildeo y la Dra Silvana Filippi a quienes reconozco y agradezco por su apoyo
Tambieacuten va mi agradecimiento a CONICET pues dicha investigacioacuten no hubiese sido posible sin el auxilio econoacutemico que nos proveen regularmente y sin demoras a todos los becarios Y por supuesto al ISPI 9232 ldquoDon Boscordquo de la ciudad de Rosario (Argentina) donde realiceacute mis estudios de base en Filosofiacutea El Profesorado merece una doble mencioacuten La primera porque alliacute recibiacute la formacioacuten que me permitioacute desempentildearme como docente de Filosofiacutea en diferentes niveles educativos La segunda porque a traveacutes de su colabora-cioacuten y sello editorial Paideia han facilitado y propiciado que se lleve a cabo esta impresioacuten
Defendiacute mi tesis coram el diacutea 3 de junio de 2019 en la Facultad de Huma-nidades y Artes Escuela de Filosofiacutea de la Universidad Nacional de Rosario Luego de varias horas de preguntas y respuestas accediacute finalmente al tiacutetulo y nombramiento de Doctor en Filosofiacutea Fue un diacutea de inmensa alegriacutea pues alliacute estaban presentes familiares y amigos que me acompantildearon durante todos esos antildeos de intenso trabajo y por momentos de incomunicable soledad Los que han pasado por esto saben a queacute me refiero es necesario asiacute parece transitar estos y otros lugares Fue un diacutea pleno deciacutea porque se coronaron mis muchos esfuerzos privaciones dificultades y sacrificios con el tiacutetulo maacuteximo y supremo que otorga la vida acadeacutemica y la carrera universitaria
El manuscrito es esencialmente el mismo que ha sido entregado a mi direc-tor a mi codirectora al consejo acadeacutemico de la UNR (que lo juzgoacute digno de ser enviado a los revisores) y a los tres jurados que dictaminaron favorablemente Y que finalmente lo aprobaron en aquella feliz jornada
Algunas modificaciones sin embargo han sido realizadas he corregido errores de tipeo de ortografiacutea he acomodado algunas citas y tambieacuten algunas mejoras estiliacutesticas Pero no mucho maacutes Por supuesto todo lo hecho es siempre susceptible de ser mejorado Lo que hoy se publica lo que he dado a imprenta
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
lo que aquiacute puede leerse es mi thesis mi dissertatio ad lauream Philosophiae doctoralem impetrandam confecta atque edita
Nicolaacutes Laacutezaro PhDDoctor en Filosofiacutea
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PALABRAS PREVIAS
Es un honor acadeacutemico y una satisfaccioacuten personal introducir brevemente el libro del Doctor Nicolaacutes Laacutezaro Un honor porque como diremos esta obra reviste un intereacutes teoreacutetico poco comuacuten tanto desde la perspectiva sistemaacutetica de los saberes praacutecticos cuanto desde la del decurso y los grandes hitos principales que jalonan la historia de la reflexioacuten sobre el obrar del hombre Una satisfac-cioacuten porque el libro constituye el resultado de brillantes estudios de Doctorado ‒que pude acompantildear‒ y surge de una tesis particularmente valiosa defendida en la Facultad de Humanidades y Artes de la Universidad Nacional de Rosario el 3 de junio de 2019
El libro se inscribe dentro de la tradicioacuten del tomismo Alliacute reside un aacutem-bito cientiacutefico que ha sido estudiado profusamente en los uacuteltimos 150 antildeos y en el que a pesar de la riqueza del pensamiento del Aquinate no resulta faacutecil detectar cuestiones de fondo que no hayan sido transitadas Ahora bien en la investigacioacuten concretada en esta obra Laacutezaro no se deja llevar por el afaacuten de hallar problemas cuya nimiedad explique la novedad en su tratamiento Lo guiacutea por el contrario la buacutesqueda del tomismo esencial tomasiano en el plano de la praacutexis Y llevado por una perspicacia hermeneacuteutica poco comuacuten el autor des-cubre en los repliegues del patrimonio de la Escuela (ie del tomismo histoacuterico cultivado ante todo en el seno de la orden dominicana) un problema mayor en la interpretacioacuten y comprensioacuten de la doctrina de la justicia del Aquinate Se trata en efecto nada menos que de uno de los principales ejes del orden praacutectico en siacute mismo considerado la justicia y de una inteligencia de las formas de esa virtud la cayetaniense que habriacutea desconocido la respectiva posicioacuten de Santo Tomaacutes Y que habriacutea dado carta de ciudadaniacutea e irradiado a la tradicioacuten posterior como si fuera tomista una doctrina cuyo Geist es por el contrario ajeno al Aquinate
Corresponde aquiacute poner expliacutecitamente de relieve un hecho que no es tan usual para los formadores de investigadores Pues en esa tarea lo maacutes habitual
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para nosotros es sugerir a los tesistas y becarios un tema autor o problema como digno de ser abordado y consensuar con ellos las concretas alternativas de su tratamiento Pero en este caso no ocurrioacute tal cosa El Dr Laacutezaro une al logro cientiacutefico de haber desarrollado con solvencia y rigor el tema de su investigacioacuten el meacuterito especial de haber advertido el problema radicado en la interpretacioacuten que el Cardenal Cayetano ofrece de la teoriacutea de la justicia de Santo Tomaacutes de Aquino Un problema exegeacutetico y sistemaacutetico de repercusiones teoacutericas claves no soacutelo para la concepcioacuten de la justicia sino asimismo para la visioacuten del entero orden praacutectico
El presente es formalmente un estudio de Moral Fundamental y maacutes es-peciacuteficamente aun de Filosofiacutea del Derecho Se propone como cometido final analizar dos nociones diversas de justicia y deslindar las consecuencias que se siguen para el Derecho y la Poliacutetica a partir de cada una de ellas asiacute como an-ticipar las divergentes liacuteneas de fuerza doctrinales que ‒pivotando en la forma mentis de cada una de esas nociones‒ se delinearaacuten en la ulterior evolucioacuten del pensamiento poliacutetico Soacutelo una consideracioacuten clausurada en los convencionales espacios curriculares de la docencia podriacutea exigir a esta investigacioacuten desarrollos propios de disciplinas ajenas
Estas liacuteneas no se proponiacutean hacer una siacutentesis del libro que se presenta Soacutelo reiteraremos que la obra representa un esfuerzo original por adentrarse en el quicio del orden eacutetico-juriacutedico a partir de una lectura minuciosa y aguda de uno de los autores centrales de la tradicioacuten occidental Tomaacutes de Aquino Y para llevar a cabo una lectura auteacutentica de la nocioacuten tomasiana de la justicia el Doctor Laacutezaro deberaacute liberar a la doctrina del Aquinate y a su universal irradiacioacuten en la modernidad de cuestionables e infieles incrustaciones exegeacuteticas
Sergio Rauacutel CastantildeoDr en Derecho Poliacutetico - Dr en Filosofiacutea
Investigador Principal del CONICETCatedraacutetico de Teoriacutea del Estado
(Fac de Derecho y CC SS - U N del Comahue)Director del Centro de Estudios Poliacuteticos (UNSTA)
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PROacuteLOGO
Es harto conocido el hecho de que el extenso periacuteodo dentro del cual queda incluida la temaacutetica de este libro fue designado como Edad Media en sentido despectivo Durante mucho tiempo se ha pensado que desde el punto de vista filosoacutefico no ha habido ninguacuten aporte valioso producido en aquella eacutepoca Soacutelo se tratariacutea de la recepcioacuten y adopcioacuten parcial de la filosofiacutea pagana a la cual se adosoacute la teologiacutea religiosa en una combinacioacuten no siempre feliz Esta con-cepcioacuten prejuiciosa y por lo demaacutes completamente injustificada ha cambiado mucho en la actualidad
No obstante quizaacutes no se ha observado suficientemente que el calificativo ldquomediordquo puede encerrar una virtud insospechada de ese riquiacutesimo periacuteodo Y es que el hecho de ser ldquomediardquo le otorga a esta Edad una capacidad increiacuteblemente potente para lograr comprender tanto la filosofiacutea pagana que fue repensada bajo otro horizonte conceptual como la geacutenesis de aquellas tesis que paulatinamen-te condujeron a la transformacioacuten que dio lugar a la filosofiacutea moderna Para quien quiera verlo entonces el poder exegeacutetico del pensamiento medieval es francamente medular No existe una auteacutentica comprensioacuten de la historia de la filosofiacutea occidental si se pretende desdentildear la Edad Media
Lo primero que se observa es que la adopcioacuten de ciertas nociones de la filosofiacutea pagana no fue una simple adicioacuten Esas nociones fueron reelaboradas profundamente bajo una concepcioacuten monoteiacutesta creacionista y personalista que modificoacute notoriamente su sentido en todos los planos especialmente en el me-tafiacutesico el gnoseoloacutegico y el eacutetico En ocasiones resulta penoso que algunos es-tudiosos incluso bienintencionados refieran a la recepcioacuten de la filosofiacutea pagana en el pensamiento medieval como si hubiese permanecido inalterada Nada maacutes errado El enriquecimiento que experimentaron las viejas nociones filosoacuteficas fue en muchos casos realmente asombrosa
Del mismo modo sorprende bastante que en algunos manuales o apuntes escolares se ensentildee auacuten que Descartes fue ldquoel padre del pensamiento modernordquo Se dice que una noche habieacutendose sentido abrumado por la duda tratoacute de con-ciliar el suentildeo tras lo cual despertoacute y de pronto descubrioacute que el ego cogito era el fundamento de la filosofiacutea rompiendo asiacute de un solo golpe con el teologismo
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caracteriacutestico del Medioevo Y si bien semejante dislate ya no se esgrime en los aacutembitos acadeacutemicos mejor formados casi no se encuentra un profesor de filo-sofiacutea moderna que tenga a bien recordar el origen de tales ideas durante la Edad Media en buena medida en conexioacuten con problemas no exclusivamente filosoacute-ficos sino tambieacuten teoloacutegicos Porque el fin de la Edad Media y el traacutensito hacia el Renacimiento y la temprana Modernidad han tenido que ver con profundos conflictos teoloacutegicos que en buena medida subsisten hasta el diacutea de hoy y no tanto con una revolucioacuten liberadora respecto de la hegemoniacutea eclesiaacutestica como frecuentemente se ha pretendido hacer ver
En tal sentido y para aproximarme al tema del presente libro resulta claro que despueacutes de la muerte de Tomaacutes de Aquino se dieron algunos acontecimien-tos relevantes ndashde los que la condenacioacuten de 1277 dirigida contra el averroiacutes-mo imperante en aquel momento es tan soacutelo un siacutentomandash que muestran una profunda transformacioacuten De hecho no es casual que Duns Escoto el gran maestro medieval posterior al Aquinate haya encontrado un verdadero desafiacuteo en hallar una base epistemoloacutegica para la metafiacutesica intentando asiacute reparar el hiato entre la ciencia fiacutesica y la teologiacutea que ya pareciacutea imposible El precio que se debioacute pagar no obstante fue la creciente logicizacioacuten del pensar El objeto de la metafiacutesica ya no seraacute para Escoto como lo habiacutea sido para Tomaacutes de Aquino el ente en tanto que tiene el ser recibido en el acto creador por par-ticipacioacuten Desde entonces el objeto de la metafiacutesica seraacute el concepto de ente entendido seguacuten lo explica Escoto como concepto uniacutevoco que en su radi-cal neutralidad y extensioacuten puede abarcar tanto el ente finito esto es creado como el ente infinito que es Dios El ser por tanto deja de resultar compren-dido como aquel acto y principio metafiacutesico que analoacutegicamente vincula a los entes singulares con su Causa Primera y se convierte en un concepto om-nicomprensivo y loacutegicamente uniacutevoco bajo el cual ldquocaerdquo tal como maacutes tarde diraacute brutalmente Francisco Suaacuterez incluso el mismo Dios De ahiacute en maacutes el ser resultaraacute cada vez maacutes entendido en teacuterminos conceptuales y no existen-ciales El pensar iraacute sustituyendo al existir que no puede ser comprendido sino analoacutegicamente y la loacutegica seraacute la base cierta para toda la filosofiacutea moderna cuyo problema principal naturalmente ya no se centraraacute en una metafiacutesica del ente existente sino en una gnoseologiacutea constituida mediante principios a priori completamente independientes de la realidad circundante y ligada exclusiva-mente a la estructura cognitiva del sujeto cognoscente
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Es sobre el trasfondo de este periacuteodo de crisis y transformacioacuten acontecido hacia finales de la Edad Media que puede comprenderse plenamente el sentido de esta tesis Tomaacutes de Viacuteo el Cardenal Cayetano que vivioacute entre la segunda mitad del siglo XV y la primera del XVI es decir en la temprana modernidad comenta la obra de Tomaacutes de Aquino y durante siglos fue considerado un alter Thomas un Aquinatis quasi vivens Sus comentarios fueron aceptados sin discu-sioacuten como una verdadera prolongacioacuten del pensamiento del Aquinate y sobre su base se constituyoacute la escuela aristoteacutelico-tomista de vasta tradicioacuten e influencia No obstante en la actualidad son muchos los estudios serios en los que se revela que el Cardenal Cayetano pese a su indudable intencioacuten de honrar el pensamien-to de su maestro medieval metamorfoseoacute sus principios Esto ha sido observado claramente en el plano de la metafiacutesica y de la gnoseologiacutea donde el ente exis-tente resulta crecientemente sustituido por el objeto y el ser por el pensar Y es que el tiempo transcurrido entre el momento en que Tomaacutes de Aquino elaboroacute sus tesis capitales y aquel en que Cayetano comenta su obra habiacutea acarreado con-secuencias demasiado pronunciadas aun si para los hombres de aquel tiempo no resultara del todo evidente
En tal sentido el escrito de Nicolaacutes Laacutezaro que hoy nos toca presentar en-cierra un doble meacuterito en primer lugar ha tenido la sagacidad de apuntar a un momento especialmente crucial en la historia del pensar occidental tal como creemos haber sentildealado Pero en segundo teacutermino aborda una temaacutetica que incluso entre los estudios que estaacuten trayendo a luz la profunda diferencia entre la escuela tomista y el pensamiento original de Tomaacutes en aspectos fundamentales todaviacutea no ha sido suficientemente trabajada o al menos por ahora no lo ha sido con ideacutentica intensidad que aquella con la que han sido abordadas otras cuestio-nes relativas a la metafiacutesica y la gnoseologiacutea Y es que el tema de la justicia no es menor Atraviesa el aacutembito de la eacutetica pero tambieacuten el del derecho y la poliacutetica Atantildee a lo maacutes esencial de la vida personal y social
Queda pues en manos de los lectores acometer la lectura de este libro y valorar los avances que aporta a la comprensioacuten no soacutelo historiograacutefica de dos figuras sumamente conocidas de la historia de la filosofiacutea tales como Tomaacutes de Aquino y su comentador el Cardenal Cayetano sino en particular al esclarecimiento de las transformaciones de fondo que han conducido desde una interpretacioacuten de la justicia incardinada en una concepcioacuten metafiacutesica en la que el existente es su centro a otra idea de la justicia que se impondraacute en la modernidad donde campea la formalizacioacuten sobre la consideracioacuten de lo real
PROacuteLOGO
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y la sustitucioacuten del bien por el deber y de la virtud por la obligatoriedad In-sistir sobre la importancia de esta cuestioacuten seriacutea por evidente completamente innecesario
Silvana FilippiRosario 9 de mayo de 2021
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INTRODUCCIOacuteNITER MENTIS
1 DE LA CONCEPCIOacuteN A LA CONCRECIOacuteN DE ESTE TRABAJO
Debido a nuestro intereacutes por los estudios de Filosofiacutea Moral y Poliacutetica es que optamos por estudiar el tema de la justicia a la luz de las ensentildeanzas de Santo Tomaacutes de Aquino
Esto casi inexorablemente nos llevoacute tambieacuten a leer a sus glosadores Ob-viamente el recorte epistemoloacutegico que supone un trabajo de Tesis Doctoral nos condujo a centrarnos en sus comentadores maacutes relevantes Y es asiacute entonces como dimos con el Cardenal Tomaacutes de Vio el Priacutencipe de los Comentadores de sobrenombre Cayetano uno de los maacutes reconocidos
Inmersos ya en la lectura de los comentarios de este sobre la cuestioacuten de la justicia advertimos ciertas diferencias entre lo sostenido por el de Aquino y el de Gaeta Y tras indagar acerca de la existencia de trabajos que nos ayudasen a corroborar nuestra primera impresioacuten sobre este distanciamiento nos encon-tramos con que tales no la resaltaban suficientemente Soacutelo nos topaacutebamos con estudios sobre cuestiones de iacutendole metafiacutesica y gnoseoloacutegica que mostraban el alejamiento de Cayetano respecto de Santo Tomaacutes Esta carencia de estudios ri-gurosos que nos ayudasen a verificar nuestra impresioacuten liminar sobre la distancia entre los dos autores no pudo dejar de significar una novedad
Varias razones pudieron motivar tal ausencia de trabajos sobre estas mate-rias (filosofiacutea moral y poliacutetica) Una de ellas podriacutea haber sido la falta de meacuterito para realizar dicho estudio por no encontrarse distinciones marcadas
Pero no sucedioacute de este modo Una lectura maacutes detenida nos llevoacute en primer lugar a advertir que el Cayetano realizoacute comentarios a dichas cuestiones para elucidar pasajes que consideraba dudosos y en segundo a ver con maacutes claridad las fisuras y hasta fracturas entre el pensamiento del Aquinate y su comentador
Asiacute fue adquiriendo contornos maacutes niacutetidos nuestra hipoacutetesis de trabajo en concreto que el Cardenal se aparta de Tomaacutes de Aquino en lo relativo a la cues-
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tioacuten de la justicia Sobre la cual vislumbramos una sub-hipoacutetesis que tal dife-renciacioacuten radica en la forma mentis del Cayetano maacutes cercana ndashen algunos principiosndash a una concepcioacuten moderna de la Eacutetica
Llegados a este punto nos preguntamos iquestPor queacute el Cayetano se aparta de Santo Tomaacutes Fue asiacute como consideramos la posibilidad de que tal escisioacuten en-contrase su fundamento en por ejemplo dos modos diversamente radicales de concebir queacute cosa es una virtud y no soacutelo la virtud de la justicia
El desafiacuteo de esta Tesis junto con su novedad estaacute no tan soacutelo en sentildealar las diferencias entre las nociones de justicia de uno y otro autor sino tambieacuten en el intento de reconstruir y exponer algunos de los principios que llevaron al de Gaeta por senderos diversos del de Aquino Y al enunciarlos no aisladamente sino tambieacuten proponiendo una definicioacuten de ldquojusticia cayetanardquo nos encontra-mos con la oportunidad de mostrar los alcances que estas conclusiones tienen en la esfera de las reflexiones eacuteticas poliacuteticas y del derecho
A rengloacuten seguido nos ocuparemos de una serie de temas que sirven ade-maacutes para comprender mejor el capiacutetulo que sucede a esta Introduccioacuten
2 ESQUEMA DEL TRABAJO
Nos dedicamos ahora a la exposicioacuten de las secciones y partes que confor-man nuestro trabajo Por un lado para respetar los estaacutendares maacutes difundidos y comunes de escritos acadeacutemicos donde siempre se muestran y detallan cada una de las partes que lo integran Y por otro para traer orden y claridad a nuestra exposicioacuten
En esta Introduccioacuten sorteadas las precedentes cuestiones se ponen la hi-poacutetesis de trabajo y la metodologiacutea con la que pretendemos demostrarla los objetivos que perseguimos con nuestra investigacioacuten y los aportes que resultan de la misma
Nuestro trabajo se articula en tres partes de dos capiacutetulos cada una la pre-sente introduccioacuten y un capiacutetulo final destinado a las conclusiones Obviamente incluimos la bibliografiacutea que hemos consultado y dos iacutendices el sinoacuteptico (al principio) y el analiacutetico o de contenidos (al final) Poner ambos responde a nuestro intereacutes de mostrar al lector el recorrido que realizaremos conjuntamente
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al leer este trabajo mostraacutendole la puerta de ingreso y la concatenacioacuten de argu-mentos que erticulan en el escrito Al final por supuesto encontraraacute el detalle de cada uno de los pasos que hemos dado
En la primera parte responderemos por queacute hemos elegido a Santo Tomaacutes y al Cardenal Tomaacutes de Vio Tambieacuten daremos explicaciones de los porqueacutes que estuvieron en la geacutenesis de esta investigacioacuten Dichas causas forman parte fun-damental del recorte epistemoloacutegico que debimos operar
Al responder el interrogante planteado en torno a la figura del Angeacutelico buscamos por un lado poner de manifiesto coacutemo todaviacutea hoy tal eleccioacuten debe ser justificada ante algunos sectores de la Comunidad Cientiacutefica A tal efecto ex-pondremos la importancia que representaron los estudios del Aquinate respecto de la Edad Antigua y de la Moderna
Para reflejar lo que acabamos de afirmar hemos recurrido siempre y en todo momento a los autores de mayor relevancia ya porque sus argumentos repre-sentan mejor y maacutes acabadamente lo que nosotros querriacuteamos decir ya porque con su contundente y pormenorizada documentacioacuten bibliograacutefica no dejan lu-gar a dudas de la actualidad de nuestra opcioacuten
La segunda pregunta que responderemos es la relativa a nuestra eleccioacuten de Tomaacutes de Vio el Cardenal Cayetano como autor a confrontar con Santo Tomaacutes Bajo el interrogante iquestPor queacute el Cayetano explicaremos no soacutelo su importan-cia en tanto que Comentador reconocidiacutesimo a los textos del Aquinate tambieacuten dejaremos planteada la clara necesidad de recurrir a sus escritos para descubrir toda una interpretacioacuten que le resulta propia
Junto a lo uacuteltimo y debido a su notoriedad podremos aventurar que muchos de los filoacutesofos neoescolaacutesticos o modernos que se alejan de Santo Tomaacutes (en alguacuten sentido) lo hacen manteniendo cierta fidelidad a los comentarios del Caye-tano Es el capiacutetulo primero
A lo largo del segundo capiacutetulo expondremos el estado actual de la cuestioacuten y algunos de sus antecedentes
La segunda parte estaacute centrada en las dos visiones en torno a las formas de la justicia que nos ofrecen ambos autores El capiacutetulo tercero luego de contextua-lizar el tratado de la virtud de la justicia lo hemos consagrado al anaacutelisis y a la confrontacioacuten del texto tomista y la glosa cayetana El cuarto capiacutetulo es el de la siacutentesis alliacute reconstruimos la interpretacioacuten que realiza el Cardenal de la nocioacuten expuesta por Santo Tomaacutes
INTRODUCCIOacuteN - ITER MENTIS
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Reconducimos estas conclusiones a la tercera parte para ponerlas en sinto-niacutea con los principios que dominaron las respectivas eacutepocas en que vivieron cada uno de los dominicos Consideracioacuten realizada sobre el ldquopunto de vista moralrdquo seguacuten el cual es dable analizar los diversos sistemas eacutetico-filosoacuteficos en los estu-dios de la maacutes reciente actualidad
Con ello nos referiremos a una moral ldquoen primera personardquo al hablar de todas aquellas teoriacuteas eacuteticas denominadas claacutesicas y de las que Santo Tomaacutes de Aquino se ofrece como uno de sus principales exponentes Contrariamente diremos que hay una eacutetica ldquoen tercera personardquo presente en muchos de los pen-sadores modernos
Todo esto estaacute articulado en la tercera parte intitulada Analogado y alcance teoacuterico-praacutectico de la definicioacuten de justicia centrada en los distintos sistemas morales que diversas formas de entender concebir y predicar la virtud de la jus-ticia implican
Esto una vez introducido nos permitiraacute ver cada vez con mayor claridad que aquellas diferencias que mencionaacutebamos entre el de Aquino y el de Gaeta estaacuten finalmente fundadas en dos formas opuestas de abordar el argumento eacutetico Y que tal se decide en una previa hipoteca teoacuterica de iacutendole loacutegico-ontoloacutegico que le juega al Cardenal una inevitable mala pasada al momento de veacuterselas con la filosofiacutea praacutectica
En la seccioacuten que dedicamos a la enunciacioacuten de nuestros Objetivos hemos planteado en modo concreto nuestra hipoacutetesis Para esto mismo hemos buscado responder la pregunta iquestQueacute queremos demostrar con nuestra Investigacioacuten y tambieacuten iquestCuaacuteles son los alcances de esta en caso de probarla
Luego de todo eso hemos podido llegar a demostrar cada una de nuestras proposiciones que resumieacutendola en una maacutes general diriacuteamos es la siguiente
ldquoEncontramos en los comentarios del Cardenal Cayetano To-maacutes de Vio una interpretacioacuten propia de la doctrina tomista antes que una reproduccioacuten fiel (y por queacute no acriacutetica) de su maestro inte-lectual Santo Tomaacutes de Aquinordquo
Las preguntas que pusimos supra y las proposiciones con las que dimos respuesta nos sirvieron para elaborar por un lado los Aportes de Nuestra Tesis y nuestras Conclusiones finales sobre las que volveremos maacutes adelante
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En Metodologiacutea exponemos el modo en el que condujimos nuestra investi-gacioacuten Primeramente mediante la comparacioacuten textual y literal asiacute como se-maacutentica y en algunos casos hasta morfoloacutegica y linguumliacutestica de los dos autores en cuestioacuten Y ademaacutes exponemos los principios que nos guiaron los pertene-cientes al realismo metoacutedico de tradicioacuten aristoteacutelico-tomista
Los Aportes de Nuestra Tesis reflejan de modo sucinto las novedades que se encontraraacuten en este escrito
Manifestaacutebamos que el nuestro se presentoacute por momentos como un trabajo de tipo linguumliacutestico ya que el latiacuten que utilizoacute Santo Tomaacutes de Aquino no es deci-didamente el mismo con el que fue comentado por el Cardenal de Gaeta
Y nos hemos visto por ejemplo maacutes de una vez en la situacioacuten de determi-nar si pese a la distancia morfoloacutegica o semaacutentica de uno con respecto al otro no estaraacuten acaso ambos diciendo y expresando las mismas ideas
Resumidamente el comparar por primera vez y en este modo tales escritos no puede dejar de ser un aporte novedoso para quien quiera continuar por este camino investigativo
Otro de los aportes consideramos que no menor es el de haber logrado confeccionar una pormenorizada Bibliografiacutea sobre el tema que nos ocupa De hecho no resultoacute faacutecil para nosotros dar con resentildea alguna lista o iacutendice de los estudios que se abocasen al estudio de los comentarios del Cardenal Cayetano
Finalmente nuestra Tesis tiene la valiacutea de ser el primer escrito que recons-truye ndashpor primera vezndash la interpretacioacuten de la nocioacuten tomasiana de justicia ofre-cida por el Priacutencipe del Comentadores
Hemos realizado ademaacutes algunas puntualizaciones de tipo terminoloacutegicas en la misma como por ejemplo al decir que es mejor entender la nocioacuten del Ca-yetano en tal o cual modo ya que es eacutel mismo quien en sus escritos se expresa de esta u otra manera Pero entendemos que esto reguarda tambieacuten a la reconstruc-cioacuten de la interpretacioacuten que el Cardenal Tomaacutes de Vio realizoacute en Santo Tomaacutes de Aquino que brindaremos acabadamente en la seccioacuten especiacuteficamente a eso dedicada en este trabajo acadeacutemico
Hemos referido alliacute todos los estudios actuales que encontramos tanto en lo tocante al tema de la justicia en Santo Tomaacutes cuanto a las investigaciones rea-lizadas sobre el Cardenal Tomaacutes de Vio sus obras y sus comentarios asiacute como tuvimos en consideracioacuten las publicaciones que mejor comprenden la diferencia
INTRODUCCIOacuteN - ITER MENTIS
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
ya mencionada en torno al discurso eacutetico-filosoacutefico Para concluir tambieacuten que son pocas aquellas dedicadas a la profundizacioacuten de los comentarios realizados por el Cayetano a la nocioacuten de justicia en Santo Tomaacutes particulariacutesimamente en los textos por nosotros elegidos
Tras esta breve exposicioacuten prosigamos con nuestro trabajo
3 OBJETIVOS
Nuestros objetivos emergieron entonces tras considerar los argumentos que hasta aquiacute hemos expuesto
Luego de ver la ausencia de estudios que pongan su atencioacuten sobre los temas que son de nuestro intereacutes junto con las grandes diferencias que encontramos evidenciadas entre el Aquinatense y el Gaetano en los campos que hemos enu-merado llegamos en consecuencia a la formulacioacuten clara y precisa de queacute es lo queremos con nuestra investigacioacuten queacute queremos probar Resultado que se traduce en la redaccioacuten de esta misma Tesis
El coacutemo lo haremos tambieacuten formoacute parte de estos momentos iniciales Pero su respuesta la hemos reservado para el siguiente apartado que pondremos aquiacute debajo ndashMetodologiacuteandash una vez que hayamos sorteado lo tocante al punto que nos ocupa
Asiacute entonces nuestra Tesis pretende estudiar los comentarios que el Car-denal Tomaacutes de Vio realizoacute a algunas cuestiones del Tratado sobre la justicia contenido en la segunda seccioacuten de la segunda parte de la Suma de Teologiacutea compuesta por Santo Tomaacutes de Aquino y que llegan a hasta nuestros diacuteas en la llamada Edicioacuten Leonina
Este estudio buscaraacute cotejar y sentildealar la concordancia o diferencia que pue-dan llegar a existir entre uno y otro de los autores mencionados Y asiacute propo-ner nuevamente el sentido de los textos tomistas para concluir que esta misma lectura sin el filtro de la ldquointerpretacioacuten cayetanardquo previene definitivamente de incurrir en aquellas conclusiones que otros siguiendo a Santo Tomaacutes con el espiacuteritu del Cayetano realizaron Asiacute como tambieacuten la de brindar una clara ex-posicioacuten sobre la interpretacioacuten del Cardenal de la nocioacuten tomasiana de justicia
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Nuestro aporte se traduce en la reconstruccioacuten de la nocioacuten cayetana de jus-ticia puesta al final del estudio y al cual hemos llegado tras la comparacioacuten de los textos y autores seleccionados Sobre todo y principalmente al sentildealar entre las muchas diferencias la razoacuten por la cual el Cayetano obra la ldquotriparticioacutenrdquo (o tambieacuten ldquotriespecificacioacutenrdquo) de la justicia hasta ahora ignota
Ademaacutes luego de estudiar el tema de la justicia general (y las diferencias entre los dos autores) nuestra investigacioacuten y su resultado ayudaraacuten a clarificar los actuales debates en torno a los diversos modos en que los filoacutesofos poliacuteticos y del derecho posteriores al Cardenal han comprendido y desarrollado la divi-sioacuten de la virtud de la justicia en sus partes subjetivas Asiacute como tambieacuten seraacute de utilidad para encontrar semejanzas entre Cayetano y ciertos autores actuales o modernos y contemporaacuteneos o neotomistas y postconciliares En esto se ve sin dudas la actualidad de nuestro tema
Las conclusiones profundizaraacuten aquella reflexioacuten filosoacutefico-teoloacutegica que tiende a ldquofundar y clarificar la praxis cristiana en el aacutembito de la construccioacuten de la ciudad terrenardquo como sostiene R Cambareri
1
Resumidamente el centro de nuestra Tesis estaraacute en comparar dos conceptos de justicia y encontrar en uno con referencia al otro diferencias
Por lo dicho hasta aquiacute el tiacutetulo de nuestro proyecto de investigacioacuten fue ldquoLa justicia general en Santo Tomaacutes y su interpretacioacuten en el Cayetanordquo y el tiacutetulo de nuestro trabajo de Tesis es ldquoLa interpretacioacuten de la nocioacuten tomasiana de justicia por parte del Cardenal Cayetano en la S Th II-II qq 57-62rdquo
A rengloacuten seguido ponemos claramente nuestra hipoacutetesis y sub-hipoacutetesis (o hipoacutetesis secundaria y coadyuvante) de trabajo que resultaraacuten demostradas en la segunda y tercera parte de este escrito seguacuten dijimos
31 Hipoacutetesis de trabajo
El Cardenal Tomaacutes de Vio Cayetano se aparta con sus comentarios a S Th II-II qq 57-62 de la nocioacuten de justicia ofrecida por Santo Tomaacutes de Aquino
1 Cfr R CAMBARERI Il cristiano in politica La domanda di giustizia nel mondo contemporaneo PDUL- Edizioni Studio Domenicano Bologna 1995 p 82
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
32 Sub-hipoacutetesis de trabajo
El Cardenal interpreta la justicia a partir de principios maacutes cercanos a la doctrina eacutetica moderna que a la forma en que la doctrina medieval comprende las virtudes morales y toda la Eacutetica
4 RECORTE TEMAacuteTICO
Aclaramos antes de proseguir los motivos que nos han llevado a realizar un determinado recorte de los temas las cuestiones los artiacuteculos de la S Th con la glosa cayetana que trataremos Este trabajo lo amerita si consideramos que el Tratado de la Justicia se inicia en la cuestioacuten 57 y concluye en la 122 de la secunda secundae Summae Theologiae
Asiacute pues nosotros hemos decidido analizar soacutelo estas cuestiones ndashjunto con sus artiacuteculos y los comentarios del Cardenal (S Th II-II qq 57-62)ndash puesto que en ellas Santo Tomaacutes trata la virtud de la justicia en siacute misma (S Th II qq 57-60) y las partes subjetivas de la justicia tambieacuten en siacute misma considerada (S Th II-II qq 61-62)
Mientras que en el resto de las cuestiones (S Th II-II qq 64-122) el Aqui-nate estudia temas que no interesan directamente a nuestra investigacioacuten el acto la forma la estructura y la definicioacuten de la justicia
Asiacute se veraacute que a partir de la cuestioacuten 64 y hasta la 122 el Angeacutelico se ocuparaacute de los vicios que se oponen a esta virtud (qq 64-78) sus partes inte-grales o potenciales (las virtudes adjuntas qq 79-120) el don que le corres-ponde (q 121) y los preceptos de la justicia (q 122) Todas estas cuestiones exceden naturalmente los liacutemites que nos hemos puesto para nuestro trabajo investigativo
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5 METODOLOGIacuteA
laquoPara un filoacutesofo realista el pensamiento no tiene maacutes conte-nido que aquel que sus facultades le permiten abstraer de las cosas y que el pensamiento elabora gracias a sus principios Nada anor-mal hay para dicho filoacutesofo en proceder de esta suerte sobre todo teniendo en cuenta que viviendo en la Edad Media es cristiano y que siendo el mundo cristiano creacioacuten de Dios no del hombre la filosofiacutea cristiana enfoca espontaacuteneamente los problemas desde el punto de vista del objetoraquo2
Habiendo respondido en el precedente apartado las preguntas planteadas en torno al queacute por queacute y para queacute emprendimos este estudio tratamos ahora la referida al coacutemo lo haremos
Asiacute entonces para llevar adelante nuestra investigacioacuten cotejaremos los textos de S Th II-II qq 57-62 del Angeacutelico y los comentarios realizados por el Cardenal Tomaacutes de Vio con el fin de mostrar la distancia entre lo que Santo Tomaacutes dijo y el Cayetano interpretoacute nuestra hipoacutetesis
51 Anaacutelisis y siacutentesis
El cotejo entre el texto tomista y la glosa cayetana constaraacute de dos momen-tos el del anaacutelisis y el de la siacutentesis Precisemos un poco maacutes en queacute consistiraacuten tales puesto que hoy diacutea existe tambieacuten mucha confusioacuten con respecto a lo que se entiende cuando se utilizan estas nociones Por nuestra parte las tomamos en el sentido propuesto por Leopoldo Eulogio Palacios gran autoridad en el campo de la Epistemologiacutea proveniente del aacutembito de la filosofiacutea tomista
En el capiacutetulo deacutecimo de su libro Filosofiacutea del Saber3 al definir los ldquoCa-
racteres generales del anaacutelisis y la siacutentesisrdquo nos propone una interesantiacutesima metaacutefora de queacute cosa es el anaacutelisis y queacute cosa es la siacutentesis
4
2 Eacute GILSON El realismo metoacutedico Ediciones Encuentro Madrid 1997 p 1373 L E PALACIOS Filosofiacutea del Saber Editorial Gredos Madrid 19624 Cfr Ibidem sobre todo el deacutecimo capiacutetulo dedicado especialmente a la profundizacioacuten sobre El anaacutelisis y la siacutentesis
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Para comenzar a precisar tales nociones deciacuteamos nos brinda la imagen del ldquoascensordquo y del ldquodescensordquo Veamos a tal efecto queacute opinioacuten le merece la prime-ra de las imaacutegenes ndashel ascensondash aplicada al anaacutelisis
laquoParte el anaacutelisis de cosas que son obvias y familiares pero oscuras y confusas y nos lleva por sendero trabajoso hasta las co-sas recoacutenditas alejadas de los sentidos en las que late la claridad y distincioacutenraquo5
Este pasaje ilustra perfectamente lo sucedido entre nuestras intuiciones y los textos del Cardenal de Gaeta Nada hay ldquoneutralrdquo o desprovisto de valoraciones personales en el mundo de la literatura menos auacuten en la filosofiacutea y o teologiacutea Nuestros primeros pensamientos estuvieron iacutentimamente relacionados a la con-viccioacuten de que si algo se comenta ndashy maacutes en el caso del Cayetanondash es porque reina cierta necesidad ndashpor parte del mismo comentador o por parte de otrosndash de que ciertos pasajes de la monumental obra de Santo Tomaacutes sean aclarados
Ciertamente que las grandes e innumerables dudas con respecto al modo en que se podriacutean entender los textos del Doctor Comuacuten continuacutean siendo el centro de reflexioacuten entre tomistas y generando interesantiacutesimos debates actuales que se traducen en la organizacioacuten de congresos y seminarios internacionales
Esta imagen del anaacutelisis en cuanto ldquoascensordquo la aplicamos nosotros al Ca-yetano puesto que hemos partido de ldquocosas obvias y familiaresrdquo para buscar en ellas ldquoclaridad y distincioacutenrdquo
iquestCuaacuteles son pues estas ldquocosas obvias y familiaresrdquo a las que hacemos re-ferencia Aquellas mismas que la comunidad cientiacutefica debate hoy diacutea que el Cayetano ha sido ldquoel mejor inteacuterprete el Priacutencipe de los Comentadores de Santo Tomaacutes de Aquinordquo Las investigaciones actuales estaacuten tratando precisamente el tema pero en diversos campos Todos estos estudios y autores sobre los que vol-veremos en nuestro capiacutetulo primero giran en derredor de la siguiente hipoacutetesis de trabajo la interpretacioacuten del Cardenal Tomaacutes de Vio el Cayetano no condice no es coherente con la doctrina tomasiana
5 Ibidem p 115
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Y ya inmersos en el campo de la siacutentesis es esta misma premisa inicial lo que se prueba O mejor decir se logra demostrar que justamente con sus afirma-ciones deslizadas bajo el inocente nombre de ldquocomentariosrdquo terminan no siendo precisamente una ldquonota a pie de paacuteginardquo sino una interpretacioacuten propia La suya es una completa y personaliacutesima postura o forma de leer entender y explicar la doctrina del Angeacutelico Por eso volvemos sobre las palabras de Palacios que de alguacuten modo cierran y explican todaviacutea mejor esto que decimos
laquoEl anaacutelisis es el ascenso desde las cosas obvias a las recoacutendi-tas la siacutentesis es el descenso desde las cosas recoacutenditas a las cosas obvias No habriacutea anaacutelisis si no supieacuteramos por adivinanza que lo mejor de las cosas estaacute oculto a los ojos y a las manos y debe ser des-cubierto por un tenaz esfuerzo de la mente [] Ni habriacutea siacutentesis si no lograacuteramos iluminar desde la orilla recoacutendita donde nos condujo el anaacutelisis el mundo de las apariencias rehacieacutendolo y explicaacutendolo desde la realidad profunda de sus elementosraquo6
Esta siacutentesis iluminadora y explicativa vendraacute en consecuencia en todos los momentos posteriores a nuestro anaacutelisis Alliacute mismo brindaremos las definicio-nes que hubieacuteremos podido rehacer mostrando que bajo la apariencia de fide-lidad del Cayetano para con Santo Tomaacutes hoy fuertemente discutida (vid pp 56-58) y cada vez menos aceptada se esconde la irreconciliable postura eacutetica y filosoacutefica del Cardenal Tomaacutes de Vio
Hemos dejado en claro entonces de queacute modo llevaremos esta comparacioacuten o cotejo entre los textos del de Aquino y los comentarios del de Gaeta Estos dos momentos seraacuten claves en todo nuestro trabajo
A tal efecto nos valdremos de los textos publicados por la Edicioacuten Leonina bajo el tiacutetulo ldquoSancti Thomae Aquinatis Doctoris Angelici Opera Omnia Iussu impensamque Leonis XIII P M edita tomus nonus Secunda Secundae Summae Theologiae a quaestione LVII ad quaestionem CXXII ad codices manuscriptos vaticanos exacta Cum commentariis Thomae de Vio Caietani Ordinis Praedica-torum S E R Cardenalis Cura et Studio Fratrum Eiusdem Ordinis Romae ex typographia polyglotta s c de Propaganda Fide MDCCXCVIIrdquo
6 Ibidem pp 116-117
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
A esta misma fuente siempre hemos recurrido ya para nuestras referencias ya para nuestras citas textuales
52 Realismo metoacutedico
Un paso obligado en toda investigacioacuten doctoral es la referida al marco teoacute-rico y conceptual en el que se inscribe y en virtud del cual debe ser leiacutedo Asiacute pues enmarcamos nuestro anaacutelisis y siacutentesis dentro de los principios de la filo-sofiacutea realista aristoteacutelico-tomista
Uno de los principios de este modo de hacer filosofiacutea radica en que el co-nocimiento se inicia en las cosas que experimentamos a traveacutes de los sentidos principio seguacuten el cual laquoel objeto del entendimiento no es la cosa material en su individualidad concreta sino la quididad inmaterial que en cuanto tal puede constituir una unidad real con el intelectoraquo
7 Pero no debe confundirse esto con
una identificacioacuten entre lo pensado y el objeto del conocimiento en cuanto per-cibido Seriacutea esta la postura de un realismo ingenuo
El realismo en el que inscribimos nuestra investigacioacuten es el metoacutedico en donde lo real se tiene como laquodistinto del pensamiento el esse se pone aquiacute como distinto del percepi debido a una idea determinada de lo que es la filosofiacutea y como una condicioacuten de su posibilidad mismaraquo
8 Y por ello es un realismo me-
diato que se funda en otro principio el de causalidad hay un mundo sensible extramental que podemos conocer y al que accedemos a traveacutes de los datos que nos proporciona la sensibilidad
9
Asiacute para nosotros el principio de causalidad aporta un hecho que debe ser asumido e interpretado Aceptado este principio se sortea ndashcon mayor o menor dificultadndash el problema de la certeza del conocimiento pues le hemos dado creacute-dito a los sentidos ellos son el puente entre lo que hay en el mundo exterior y el intelecto Son el puente pero no son el fundamento de las cosas por el contrario en el meacutetodo tomista
7 Eacute GILSON El realismo metoacutedico p 518 Ibidem p 57 9 Cfr esto y lo que sigue ibidem pp 69-87
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laquoEl mundo no existe maacutes que por un decreto libre de Dios por consiguiente es imposible deducirlo del concepto de Dios Hasta tal punto esto es imposible que la verdad se encuentra precisamente en lo contrario No soacutelo no se puede deducir el mundo de Dios sino que incluso precisamente porque nosotros mismos formamos parte del mundo nuestro conocimiento tropieza con el mismo obstaacuteculo metafiacutesico que nuestro ser El entendimiento humano no puede tener a Dios como objeto natural y propio habiendo sido creado soacutelo estaacute directamente proporcionado al ser creado hasta tal punto que en lugar de poder deducir de Dios la existencia de las cosas se ve por el contrario necesariamente obligado a apoyarse en las cosas para subir hasta Diosraquo10
Se pasa de aquiacute a la consideracioacuten del meacutetodo en que tal cosa percibida seraacute estudiada ab esse ad posse valet consequentia De donde se sigue pues que si hay posibilidad de conocer el objeto que se presenta a la inteligencia analizarlo descomponerlo y reconstruirlo es porque una vez aprehendido muestra una ldquoestructurardquo propia El meacutetodo es el modo en que el intelecto se adecua a la cosa en virtud de la cosa y la forma en que ha sido objetivamente captada y el sujeto encuentra el conocimiento de siacute mismo y el del objeto en el anaacutelisis del uacuteltimo En consecuencia otro de los principios aceptados por el realismo metoacutedico es el de la aceptacioacuten de la existencia del mundo exterior en cuanto ldquoevidenciardquo
El hecho de que el realismo necesite de muchos principios para explicar su filosofiacutea radica en la exigencia misma del meacutetodo el cual consiste en ir de las cosas a los conceptos y en conocer una realidad que nos resulta desconocida laquoporque es una cosa distinta de la suma de conceptos que nosotros sacamos de ellaraquo
11 Maacutes adelante aclara Gilson el sentido del meacutetodo realista laquotodo lo real
dado implica el pensamiento que lo aprehende por consiguiente es el ser la condicioacuten del conocer y no el conocer la condicioacuten del serraquo
12 en otras palabras
laquoes lo real lo que dicta el meacutetodo y no el meacutetodo lo que define lo realraquo13
Veamos algunos otros principios de la filosofiacutea realista a la que adscribimos
De esta realidad educimos el principio de finalidad que consiste en recono-cer que todo lo que se realiza se hace en vistas a un fin Por esto se caracteriza
10 Ibidem p 10311 Ibidem p 12312 Ibidem p 15913 Ibidem p 161
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al realismo como una filosofiacutea teleoloacutegica todo ente tiende naturalmente a un fin que lo ordena y perfecciona es decir un bien que lo completa En el caso de los entes racionales dicho obrar seraacute ldquoconociendo la cosa misma en cuanto finrdquo y con relacioacuten a la cual se ordenan los medios del obrar
14 El valor de dicho
principio radica en que laquo1ordm a posteriori el examen de la naturaleza nos permite admitir con certeza la finalidad 2ordm a priori el principio de finalidad se impone como evidencia inmediataraquo
15 De tal principio dependen otros que G Lagrange
asiacute detalla
laquo1ordm el principio de induccioacuten 2ordm el de interdependencia desde los puntos de vista distintos del agente y del fin y por con-secuencia de la materia y la forma 3ordm el de la subordinacioacuten de los agentes y de los fines 4ordm el de las relaciones de la coordina-cioacuten con la subordinacioacuten 5ordm el de la dependencia del orden de los medios y del fin con respecto a una inteligencia ordenadora 6ordm por fin el principio de la ley natural hay que obrar el bien y evitar el malraquo16
Nos contentamos aquiacute soacutelo con resentildearlos y recomendamos su lectura a quien desee profundizar en dicho marco conceptual para entender mejor nuestro marco teoacuterico
17
Resumidamente nuestro meacutetodo consistiraacute en pensar las cosas que son se-guacuten los principios que hemos indicado y otros que maacutes adelante desarrollare-mos Y reflexionar sobre el modo en que determinados conceptos se ajustan o no al orden de la realidad18
14 Cfr G LAGRANGE El realismo del principio de finalidad Ediciones Descleacutee Bs As 1949 p 8515 Ibidem p 8716 Cfr Ibidem p 9917 Ibidem vid especialmente sectIV laquoPrincipios subordinados al de finalidadraquo pp 99-114 y toda la parte segunda sectII laquoAplicaciones primordiales del principio de finalidadraquo pp 115-28118 Dejemos en claro que aquiacute las ldquocosasrdquo a las que nos referimos no seraacuten realidades del mundo exterior sino conceptos argumentos Desde una perspectiva ontoloacutegica entes de razoacuten laquoque soacutelo existen en cuanto pensadosraquo y que tienen laquoalguacuten fundamento en la realidad maacutes o menos proacuteximo o remotoraquo (Cfr J J SAN-GUINETI Loacutegica Eunsa Pamplona 1994 pp 37-39)
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6 APORTES DE NUESTRA TESIS
Llegados a este punto sintetizamos cuaacuteles seraacuten las novedades que aporte nuestro trabajo a los que estudian y profundizan en el conocimiento de la doc-trina tomista y en modo general a los interesados en las teoriacuteas corrientes y pensadores relacionados al tema de la Filosofiacutea Poliacutetica o Moral
Esta Tesis como se ha dicho se dedica a comparar exclusivamente los escri-tos de Santo Tomaacutes de la STh II-II qq 57-62 con los respectivos comentarios del Cardenal Tomaacutes de Vio Es decir es la primera vez que se cotejan en sede cientiacutefica estos dos autores y en estos argumentos el de la nocioacuten de justicia general y particular junto con las partes subjetivas de la uacuteltima
Y esto seguacuten el modo que recieacuten acabamos de expresar el del anaacutelisis y la siacutentesis el del ascenso que parte considerando la obscuridad de algunas nocio-nes hasta el descenso que viene a deshacer aquellas tinieblas del entendimiento iluminaacutendola con definiciones y precisiones cientiacuteficamente probadas
Brindamos ademaacutes una posible fundamentacioacuten del motivo del distancia-miento del de Gaeta como un moralista moderno poseedor de un punto de vista moral ldquoen tercera personardquo inimaginablemente reductible a la postura ldquoen pri-mera personardquo asumida por el mismo Santo Tomaacutes en todos sus escritos pero particularmente en los que aquiacute consideraremos objeto de estudio
Ademaacutes nos saldremos de los ya conocidos y transitados argumentos de las diferencias entre el de Aquino y el de Gaeta en temas de Metafiacutesica Loacutegica y Biblia por poner algunos ejemplos Ya que nuestro aporte reside en clarificar la interpretacioacuten sobre el tema de la justicia dar precisiones en torno a la estructura de la glosa cayetana proponer una tipificacioacuten de los comentarios del Cardenal e identificar los motivos y la intencioacuten con los cuales eacutel mismo dirige su empre-sa A esto sumamos que es la primera vez que se propone expositivamente la nocioacuten cayetana de justicia y cuaacutel es su esquema En siacutentesis hemos logrado la reconstruccioacuten de la definicioacuten de justicia del Cayetano cuaacutel es su ldquoformardquo el nuacutemero y las partes que la componen
Finalmente demostrando coacutemo el Cardenal Tomaacutes de Vio se separa de San-to Tomaacutes de Aquino ndashgenerando una interpretacioacuten propia de la nocioacuten tomasia-na de la virtud de la justiciandash lo sentildealamos tambieacuten como el posible precursor de las corrientes filosoacutefico-poliacuteticas (principalmente neotomistas) que lo sucederaacuten en el tiempo
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Sentildealamos a la vez todo el extenso campo que nos ha ocupado como un posible argumento de intereacutes para las sucesivas investigaciones y estudios de profundizacioacuten
Queremos decir y dejar en claro que no hay absolutamente ninguna traduc-cioacuten disponible de la glosa del Cardenal a las cuestiones que nos ocupamos en las lenguas por nosotros conocidas (castellano italiano ingleacutes franceacutes portu-gueacutes o alemaacuten) sino que soacutelo se encuentran tales textos en latiacuten Estamos traba-jando para poder ofrecer prontamente nuestras propias traducciones
Con el proacuteximo apartado llegaremos al final de la primera parte de nuestro trabajo la Introduccioacuten
En la misma hemos dejado en claro cuaacutel es el esquema del presente escrito pasando por los puntos medulares en los que expusimos los motivos que nos lle-varon a decidirnos por tal argumento Por otra parte quedaron fijados nuestros Objetivos generales y el modo ndashMetodologiacuteandash con que los demostraremos Final-mente este apartado ndashque sirve de anticipo y prolegoacutemeno a las partes y secciones que continuaraacutenndash estuvo centrado en enumerar brevemente la cantidad y cualidad de los aportes que estamos en condiciones de ofrecer al aacutembito acadeacutemico
7 EL PROBLEMA DE LOS COMENTARIOS Y LOS COMENTADORES19
Como este trabajo profundiza en el tema de los comentarios del Cardenal Tomaacutes de Vio a la Summa Theologiae de Santo Tomaacutes de Aquino resulta im-portante resolver dos controversias que fueron objeto de nuestras reflexiones en torno a la figura del Cayetano (1) si es maacutes propio llamar ldquocomentadorrdquo o ldquoco-mentaristardquo a quien se pone a comentar Y luego (2) analizamos la problemaacutetica que representan los comentarios como fuentes o no de la actividad filosoacutefica Puesto que como veremos existe todaviacutea una tradicioacuten que continuacutea restando valor filosoacutefico al comentador y sus comentarios
En efecto con nuestro trabajo pretendemos trabajar algunos puntos en torno al tema de los comentarios del Cardenal Tomaacutes de Vio Cayetano En virtud de ello debemos primero abordar una especie de objecioacuten contra la utilizacioacuten del
19 Hemos desarrollado este tema en ldquoEl Cayetano y sus comentariosrdquo en el laquoXVI Congreso Latinoamericano de Filosofiacutea Medieval 2017 ldquoCorporeidad poliacutetica y espiritualidad pervivencia y actualidad del me-dioevordquoraquo Centro de Estudios MedievalesndashUniversidad Gabriela Mistral Providencia Santiago de Chile Chile durante los diacuteas 24 al 26 de mayo de 2017
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teacutermino ldquocomentadorrdquo obrada por Joseacute Martorell Capoacute traductor de la Suma editada por la BAC
Alliacute el traductor propone que el teacutermino ldquocomentaristardquo debe ser la traduc-cioacuten obligada del ldquocommentator -orisrdquo latino Tras mostrar que tal sugerencia resulta inconducente puesto que no hay ni hemos encontrado razones etimo-loacutegicas histoacutericas o linguumliacutesticas para preferir la utilizacioacuten de un teacutermino sobre otro concluiremos que para nosotros ndashen este trabajo y en otrosndash ambos teacutermi-nos podriacutean resultar intercambiables
Aventuramos que tal vez su opcioacuten tenga maacutes que ver con el sentido local geograacuteficamente hablando que con una fineza del lenguaje
Otro punto que abordamos respecto de los comentarios del Cardenal refiere a coacutemo deben ser considerados iquestson un geacutenero discursivo iquestSon escritos filosoacute-ficos Alliacute retomamos el planteamiento que sobre el mismo tema (pero diverso periacuteodo histoacuterico) han formulado dos autoras Miira Tuominen y Viviana Suntildeol centraacutendonos especialmente en la segunda
Vamos pues a tratar estas cuestiones
71 iquestComentador o comentarista
Esta pregunta que en principio pareceriacutea infecunda surge a partir de una distincioacuten sobre una traduccioacuten de la Suma de Teologiacutea En efecto leyendo S Th I q 3 a 5 (BAC 5 Tomos precisamente en la paacutegina 118 del primer vo-lumen de esta cuarta edicioacuten dirigida por los Regentes de Estudios de las Pro-vincias Dominicanas en Espantildea) nos encontramos con la siguiente nota a pie de paacutegina del traductor de la obra
laquoLa palabra latina Commentator en espantildeol tiene doble equi-valencia comentador y entonces indica aquella persona que comen-ta conversa sobre algo pudiendo incluso fabular Y Comentarista indicando aquella persona que analiza cientiacuteficamente algo y pone sus resultados por escrito Consecuentemente y por tratarse de esta segunda equivalencia hay que traducir Comentaristaraquo20
20 J MARTORELL CAPOacute en TOMAacuteS de Aquino Suma de Teologiacutea I q 3 a 5 vol 1 BAC Madrid
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Es cierto como bien refiere Joseacute Martorell Capoacute21 ndashel traductor de esta parte
de la obra y autor de la citandash que aquiacute Santo Tomaacutes se refiere a Averroes
Esta distincioacuten a muchos podriacutea parecer una mera sutileza del lenguaje y la dejariacutean pasar como si se tratase de un hecho curioso o hasta anecdoacutetico Pero para nosotros reviste cierta importancia puesto que aquiacute nos ocupamos del Cayetano quien fue considerado el ldquoPriacutencipe de los Comentadoresrdquo por su glosa a la Summa Theologiae Por lo tanto llamaremos al Cardenal Cayetano iquestcomentador o comentarista
Como hemos visto esta cuestioacuten surge a partir de una nota de la traduccioacuten de la Suma Teoloacutegica y resulta pertinente dilucidarla por varios motivos
En primer lugar porque no es lo mismo llamar a un inteacuterprete ldquofabuladorrdquo que ldquoexegetardquo En segundo lugar porque urge clarificar el uso indistinto que se le da como refiriendo al mismo concepto mental Y finalmente como acabamos de decir porque en nuestra Tesis escribimos sobre alguien que ha glosado la obra de Santo Tomaacutes y evaluamos su condicioacuten de inteacuterprete
Para dar respuesta a esta consideracioacuten fuimos a revisar en primer lugar algunos diccionarios Asiacute recurrimos al Diccionario General Etimoloacutegico de la Lengua Espantildeola de Eduardo de Echegaray y al Diccionario de la Real Academia Espantildeola Tambieacuten enviamos nuestra consulta al Departamento de laquoEspantildeol al diacutearaquo de la RAE
Del Diccionario General Etimoloacutegico de la Lengua Espantildeola consultamos las siguientes entradas
laquoComentador ra Sustantivo y adjetivo El que comenta Metaacute-fora Inventor de falsedades oacute ficcionesEtimologiacutea Del latiacuten commentator catalaacuten comentador a fran-ceacutes commentateur italiano commentatore
Comentar Activo Explicar glosar declarar alguna obra literaria para que se entienda maacutes faacutecilmente su contenidoEtimologiacutea Del latiacuten commentari de cum con y mentari mentar catalaacuten comentar franceacutes commenter italiano commentare
2001 (4ed-reimpr) p 11821 Ibidem en la nota 5e a pie de paacutegina p 118
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Comentario Masculino Escrito que sirve de explicacioacuten y comen-to de alguna obra para que se entienda maacutes faacutecilmente Plural Tiacutetulo que se da a algunas historias escritas con brevedad como los Co-mentarios de Ceacutesar los Comentarios del marqueacutes de San Felipe etcEtimologiacutea De comentar latiacuten commentarium catalaacuten commenta-ri franceacutes commentaire italiano commentario
Comento Masculino Explicacioacuten o exposicioacuten declaracioacuten de al-guacuten libro u obra literariaEtimologiacutea De comentar latiacuten commentum ficcioacuten faacutebula enti-mema entre gramaacuteticos simeacutetrico de commentus fingido participio pasivo de comminisci imaginar cataacutelaacuten antiguo comentraquo22
Y del Diccionario de la Real Academia Espantildeola
laquocomentador raDel lat commentātor -ōris1 m y f Persona que comenta2 m y f p us Persona inventora de falsedades o ficcionesraquo23
laquocomentarista1 m y f Persona que escribe comentarios2 m y f Persona que comenta regularmente noticias por lo gene-ral de actualidad en los medios de comunicacioacutenraquo24
Como vemos E de Echegaray al componer su diccionario etimoloacutegico omi-te la entrada ldquocomentaristardquo y la referida a ldquocomentadorrdquo concuerda esencial-mente con la propuesta por el Diccionario de la Real Academia Por su lado la RAE al introducir la voz ldquocomentadorrdquo recurre a la etimologiacutea y no asiacute para ldquocomentaristardquo
Por otra parte investigando acerca del origen del teacutermino ldquocomentaristardquo consultamos tambieacuten el Breve diccionario etimoloacutegico de la lengua castellana de Joan Corominas Habiendo encontrado lo que ponemos aquiacute
22 E de ECHEGARAY Diccionario General Etimoloacutegico de la Lengua Espantildeola t II Madrid 1887 p 32323 httpdleraeesid=9v89aRr24 httpdleraeesid=9vFPrOJ
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laquoCOMENTAR 1495 Tom del lat commentari id propiamente lsquomeditarrsquo lsquoejercitarsersquo (de la raiacutez de mens mentis lsquomente pensa-mientorsquo)DERIV Comentador 1438 Comentario h 1440 lat commenta-rium comentarista Comento 1438raquo25
Asiacute ninguna entrada nos ofrece una pista etimoloacutegica linguumliacutestica o morfoloacute-gica de la entrada ldquocomentaristardquo Nos queda entonces recurrir al sentido comuacuten y argumentar que ldquocomentaristardquo comparte con ldquocomentadorrdquo la misma raiacutez y pertenecen ambas a la misma familia de palabras ldquocomentarrdquo
Es conveniente ver tambieacuten el sufijo ldquo-istardquo Puesto que podriacutea servirnos para aclarar el uso ndashsi indistinto o nondash de ambos teacuterminos y ayudarnos en la argumentacioacuten sobre la preferencia de un teacutermino sobre otro La explicacioacuten que el DRAE da
laquo-istaDel lat -ista suf que designa oficio o profesioacuten y este del gr -ιστής -istḗs1 suf Forma adjetivos que habitualmente se sustantivan y suelen significar lsquopartidario dersquo o lsquoinclinado arsquo lo que expresa la misma raiacutez con el sufijo -ismo Comunista europeiacutesta optimista2 suf Forma sustantivos que designan generalmente a la persona que tiene determinada ocupacioacuten profesioacuten u oficio Almacenista periodista taxistaraquo26
Como vemos el sufijo ldquo-istardquo en ldquocomentar-rdquo es un recurso que utilizamos los hispanohablantes para formar adjetivos y sustantivos En el caso que trata-mos con ldquocomentaristardquo nos referimos al adjetivo o sustantivo que designa a la persona que tiene determinada ocupacioacuten profesioacuten u oficio
Reflexionemos al pasar sobre la conveniencia ndasho nondash de utilizar el teacutermi-no ldquocomentaristardquo De una parte pareceriacutea innecesario formar un adjetivo o un sustantivo a partir de ldquocomentarrdquo para designar a una persona con una profesioacuten
25 J COROMINAS Breve Diccionario Etimoloacutegico de la Lengua Espantildeola Ed Gredos Madrid 1987 3ed
y 4reimp p 16126 httpdleraeesid=MD0bnQg
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particular la de ldquocomentaristardquo Esto asiacute porque la lengua espantildeola ya nos ofrece un teacutermino propio ldquocomentadorrdquo No obstante los teacuterminos en cuestioacuten parece-riacutean intercambiables sinoacutenimos sin alguna diferencia especiacutefica
Asiacute las cosas tomamos toda esta informacioacuten y le transmitimos nuestra incertidumbre al Departamento de laquoEspantildeol al diacutearaquo de la Real Academia Es-pantildeola Le escribimos un correo electroacutenico solicitando nos indiquen por queacute mientras para la palabra ldquocomentadorrdquo siacute referiacutean a la etimologiacutea la omitiacutean para ldquocomentadorrdquo Recibimos la siguiente respuesta
laquoLa etimologiacutea de la primera se da porque existe la voz latina de la que procede En el segundo caso se trata de un derivado re-gular de comentar al que se antildeade el sufijo -ista Comentador tiene un uso general y una acepcioacuten hoy desusada que lo hariacutea cercano a teacuterminos como murmurador o chismoso Comentarista en cambio se define con las que son sus acepciones comunes en la lengua ac-tual la de quien escribe comentarios (por ejemplo del tipo que usted indica) y la del periodista especializado que comenta una noticia (econoacutemica deportiva etc) concreta o la actualidad en general
A todo lo anterior solo nos cabe antildeadir que puede usted con-sultar las sucesivas ediciones de nuestro diccionario y comprobar la evolucioacuten de las correspondientes acepciones a lo largo del tiempo en la aplicacioacuten de la web de la Academia Por otra parte en nues-tros bancos de datos podraacute encontrar abundantes ejemplos reales de uso de ambos teacuterminosraquo27
Fuimos al banco de datos y a las diversas ediciones del diccionario en busca de la evolucioacuten histoacuterica de ambas acepciones y algunos ejemplos
Gracias al ldquoMapa de diccionarios acadeacutemicosrdquo pudimos realizar una buacutes-queda conjunta en seis diccionarios correspondientes a las ediciones de la Aca-demia de los antildeos 1780 1817 1884 1925 1992 y 2001 Aquiacute los resultados de la consulta en dos figuras
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27 En el Apeacutendice anexo encontraraacute una copia de los sucesivos intercambios de correos electroacutenicos con el Departamento de laquoEspantildeol al diacutearaquo donde consta ademaacutes nuestro pedido de utilizar puacuteblicamente las comunicaciones y la autorizacioacuten expresa por parte de los responsables del mencionado Departamento28 Instituto de Investigacioacuten Rafael Lapesa de la Real Academia Espantildeola (2013) Mapa de diccionarios [en liacutenea] lthttpwebfrlesntlletgt [Consulta comentador comentarista] (Ambas figuras son capturas de pan-tallas del ldquoMapa de diccionarios acadeacutemicosrdquo)
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Figura 1
Figura 2
Se desprende claramente que la nocioacuten de ldquocomentaristardquo surge en el diccio-nario de la academia recieacuten en 1925 y que se le atribuye una segunda acepcioacuten recieacuten en 1992 Mientras que ldquocomentadorrdquo viene desde 1780 con dos acepcio-nes La primera en registrarse nos emparenta ldquocomentadorrdquo a ldquoinventorrdquo En el diccionario de 1870 ldquocomentadorrdquo deviene en ldquoinventor de falsedades o ficcio-nesrdquo con una pequentildea aclaracioacuten ldquocommentorrdquo
En primer lugar podemos decir que lamentablemente nos resultariacutea difiacute-cil saber si la aclaracioacuten debe ser tomada como un sustantivo masculino de la tercera declinacioacuten o como un verbo (transitivo e intransitivo) deponente de la primera conjugacioacuten
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laquoCOMMENTOR aris atus sum ari dep Cic Pensar me-ditar considerar reflexionar contemplar revolver en el entendi-miento || Comentar explicar glosar exponer hacer comentarios || Fingir forjar || Inventar Commentari aliquid ndash de aliqua re cum aliquo inter se Cic Tratar algo o de algo con alguno entre siacute || Commentari orationem in reum Cic Preparar un discurso contra un reo ndash de militari disciplina Plin Escribir sobre la disciplina militar
COMMENTOR oris m Ov Ficcioacuten falsedad invencioacuten mentira faacutebula cuento (Entre gramaacuteticos entimema)raquo29
Aun asiacute consideramos que la referencia a ldquocommentor -orisrdquo es clara Ya que en las sucesivas ediciones del Diccionario de la Real Academia Espantildeola (1884 1925 1992 2001) la segunda acepcioacuten del teacutermino ldquocomentadorrdquo se aleja cada vez maacutes de la nocioacuten de ldquocommentator -orisrdquo acercaacutendose a la de ldquocommentor -orisrdquo
Ahora bien preguntarnos sobre la validez de esta ligazoacuten entre ldquocommen-tatorrdquo y ldquocommentorrdquo resulta obligado puesto que no son la misma palabra ni significan lo mismo De hecho ambas nociones parecen referir a diferentes conceptos y a su traveacutes a diferentes cosas
Otra cuestioacuten que cabe plantear en este punto es la siguiente iquestEs por esta confusioacuten entonces que surge el teacutermino ldquocomentaristardquo como desambiguacioacuten entre el sentido peyorativo que pareceriacutea haber adquirido ldquocomentadorrdquo a cau-sa de su relacioacuten con el vocablo latino ldquocommentor -orisrdquo Destaquemos que ldquocomentaristardquo aparece en 1925 y solamente con una acepcioacuten La precisioacuten alliacute obrada (i e ldquoque escribe comentariosrdquo) no nos parece diferir substancialmente de las definiciones propuestas para ldquocomentadorrdquo En 1780 y 1817 ldquointerpres explanatorrdquo Todaviacutea maacutes pareceriacutea guardar mejor relacioacuten con la actividad de quienes se pusieron a escribir comentarios puesto que la tarea de todos ellos fue la de interpretar y explicar para mejor inteleccioacuten un autor o una obra
Retomemos nuestra primera pregunta iquestresulta vaacutelida la relacioacuten y unioacuten obrada entre ldquocommentator -orisrdquo y ldquocommentor -orisrdquo al interno de la defi-nicioacuten de ldquocomentadorrdquo Debemos decir rotundamente que no Si en la lengua latina se encontraba obrada tal distincioacuten y escisioacuten de teacuterminos y cosas reales
29 VALBUENA Diccionario Latino-Espantildeol Libreriacutea de la Vda de Ch Bouret Pariacutes 1939 paacuteg 190 2da
columna
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iquestpor queacute re-unirlas en la lengua espantildeola Son cosas bien diferenciables un in-teacuterprete o explicador de un inventor
Otra cosa que advertimos es que la entrada ldquocommentorrdquo que acabamos de mentar denota antes una cosa (ficcioacuten falsedad invencioacuten mentira faacutebula etc) que una persona (fabulador mentiroso inventor falsario etc) Esto es se iden-tifica mejor con la obra antes que con el agente Por lo tanto la asimilacioacuten en el interior de la definicioacuten de ldquocomentadorrdquo entre ldquocommentorrdquo y ldquocommentatorrdquo pasa a mayor oscuridad y nos resulta todaviacutea maacutes confusa
Ahondar en todas estas cuestiones seriacutea encauzar nuestro trabajo hacia el campo de la linguumliacutestica Objetivo que no perseguimos aquiacute y por lo que ahora dejamos estas reflexiones para ulteriores investigaciones
Volvamos a nuestro argumento
Si tomamos enteramente todas las acepciones propuestas y explicaciones que traemos para ambos vocablos y las contrastamos con la nota del traductor de la BAC eacutesta resulta (a nuestro entender) un tanto impropia
Una razoacuten es porque al hablar de la doble equivalencia J Martorell Capoacute ataca la primera acepcioacuten al manifestar ldquopudiendo incluso fabularrdquo Decimos solamente que es impropia al quedar por fuera de nuestro trabajo juzgar la in-tencioacuten del traductor (y de alliacute concluir la malicia de tal comentario o cierta manipulacioacuten)
Es impropia porque le atribuye in recto una acepcioacuten que la RAE da in obliquo claramente para la segunda acepcioacuten de ldquocomentadorrdquo el DRAE aclara ldquopoco usadordquo Y el traductor de la Summa para justificar su opcioacuten por ldquocomen-taristardquo omite esta vez la segunda acepcioacuten de periodista o noticiario que la RAE siacute le atribuye y valga la aclaracioacuten no in obliquo porque no la refiere como un sentido ldquopoco usadordquo del teacutermino Es hora de exponer nuestra opinioacuten Y hemos de decir que estamos en desacuerdo ya con J Martorell Capoacute ya con la respuesta del Departamento laquoEspantildeol al diacutearaquo de la Real Academia Espantildeola
De una parte pensamos que hemos impugnado fehacientemente las razones que expone el traductor de la BAC
De otra la argumentacioacuten traiacuteda por la RAE resulta contradictoria no soacutelo con su misma base de datos sino tambieacuten con la tradicioacuten filosoacutefica linguumliacutestica y acadeacutemica (sobre todo de habla espantildeola) que llama indistintamente ldquocomenta-dorrdquo y ldquocomentaristardquo a toda aquella persona puesta a comentar
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Queremos salvar el uso de ambos teacuterminos y vemos (por ahora) infecundo legislar sobre el modo de traducir un teacutermino sobre otro Tambieacuten considera-mos contraproducente el hecho de preferir o inducir a preferencia el uso de tal o cual
Dejamos abierta esta reflexioacuten ndashy deseariacuteamos abordarla proacuteximamente tambieacutenndash al modo en que se suelen llamar a todos aquellos estudiosos puestos a comentar las obras de Platoacuten y de Aristoacuteteles al derecho romano a las Sagradas Escrituras a las Sentencias de Pedro Lombardo a los escolaacutesticos o a las noti-cias que sacuden el mundo de la economiacutea y del deporte
Resolvemos por ahora y para nosotros ndashy para quien desee secundarnosndash utilizar los teacuterminos ldquocomentadorrdquo y ldquocomentaristardquo a fin de referirnos indistin-tamente a la persona puesta a comentar un autor o una obra y asiacute explicarlo o tornarlo asequible a determinados lectores o puacuteblico en general Para conceder al lenguaje ademaacutes un sinoacutenimo contribuyendo con su objetivo esteacutetico y con un medio para que la expresioacuten no caiga en innecesarias y molestas repeticiones Varietas delectat
Sobre si son los comentarios un geacutenero filosoacutefico o si el filosofar puede proceder de hecho de comentar hemos de hablar en el apartado que reservamos maacutes adelante
En nuestro caso bien concreto el del Cardenal Tomaacutes de Vio apelamos al sobrenombre con que ha logrado pasar a traveacutes de casi cinco siglos de historia hasta hoy para justificar nuestra eleccioacuten el ldquoPriacutencipe de los Comentadoresrdquo Puesto que la sancioacuten del uso inveterado de lsquocomentadorrsquo es una razoacuten de peso para insistir en el teacutermino Y es que si fue el Priacutencipe entendemos que habraacuten existido tambieacuten otros ldquocomentadoresrdquo que en sus respectivos intentos no al-canzaron tal nobleza30
30 Al final de esta Introduccioacuten colocamos un anexo Apeacutendice I donde se contienen las consultas junto que las respuestas que hemos efectuado a diversos departamentos de la Real Academia Espantildeola ndashRAEndash sobre el sentido y uso de ambos teacuterminos comentador y comentarista
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72 El comentario filosoacutefico
Plantear el tema de los comentarios como geacutenero filosoacutefico y rescatarlos del lugar al que han sido relegados resulta hoy diacutea un tema que concierne a muchos investigadores En efecto hay quienes niegan el valor filosoacutefico de los mismos Pero tambieacuten estaacuten los que muestran un renovado intereacutes en este tipo de obras atribuyeacutendoles ndashcontra lo que se ha sostenido tradicionalmentendash un caraacutecter netamente filosoacutefico
31 La uacuteltima es la cuestioacuten sobre la que posaremos
nuestra atencioacuten
De entre los que postulan a los comentarios como fuentes genuinas de filo-sofiacutea dos autoras resultan muy actuales Viviana Suntildeol y Miira Tuominen La uacuteltima a su vez recibe y trabaja sobre la tradicioacuten iniciada por Richard Sorajbi Suntildeol remite constantemente a ambos
Mientras que R Sorajbi y M Tuominen se destacan por su dedicacioacuten a los antiguos comentadores de Platoacuten y Aristoacuteteles V Suntildeol realiza un recorrido des-de la geacutenesis de los comentarios hasta el aristotelismo y desde alliacute a la patriacutestica que nos resulta uacutetil puesto que nos dedicamos al tema de los comentarios del Cardenal Cayetano a la Suma Teoloacutegica de Santo Tomaacutes de Aquino
En su trabajo ldquoEl comentario como praacutectica de la filosofiacutea Desde el aristo-telismo a la patriacutesticardquo V Suntildeol muestra coacutemo los sucesivos escritores poetas filoacutesofos e intelectuales en general ejercieron una notable influencia en los periacuteo-dos que les siguieron Y lo hicieron principalmente a traveacutes de los comentarios Siendo estos en algunas ocasiones una praacutectica filosoacutefica tendiente a la armo-nizacioacuten de las diferencias entre los pensadores que les antecedieron la mayoriacutea de las veces contrapuestos entre siacute Otras una actividad hostil con respecto al pensamiento de sus adversarios
32 Tambieacuten postula un tipo de comentarios que
son maacutes bien de iacutendole informativa Es decir cuando alguien ldquocita y parafrasea las obras de sus predecesoresrdquo
33
31 Asiacute lo afirma Viviana SUNtildeOL en su resentildea de ldquoMiira TUOMINEN The Ancient Commentators on Plato and Aristotlerdquo en CIRCE Nordm XIV (2010) p 235 ldquoEn la investigacioacuten erudita los comentarios fue-ron tradicionalmente considerados como fuentes secundarias de la obra de Platoacuten y Aristoacuteteles y en virtud de ello no se les reconociacutea valor propiordquo32 Cfr V SUNtildeOL ldquoEl comentario como praacutectica de la filosofiacutea Desde el aristotelismo a la patriacutesticardquo en M ALESSO (editora) Hermeneacuteutica de los geacuteneros literarios de la Antiguumledad al cristianismo Ed de la Facultad de Filosofiacutea y Letras UBA Bs As 2013 p 12933 Ibidem p 119
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La misma autora en su aporte a la obra colectiva dirigida por Marta Alesso refuerza su tesis al decir que ldquolos comentarios fueron el principal medio de pro-duccioacuten filosoacutefica desde fines del helenismo hasta la Antiguumledad tardiacuteardquo34 y que ldquola investigacioacuten erudita tradicionalmente ha desatendido su riqueza al resaltar el valor de los comentarios como meras fuentes secundarias de la obra de los grandes filoacutesofosrdquo
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Hoy en diacutea deciacuteamos el tema de los comentarios y los comentadores ha tomado un renovado intereacutes en los diferentes aacutembitos acadeacutemicos
Nosotros asumimos la postura de V Suntildeol seguacuten la cual los comentarios filosoacuteficos podriacutean ser presentados como el resultado del filosofar encuadrados en determinadas corrientes filosoacuteficas y que funcionaron tambieacuten como criterio de seleccioacuten y apropiacioacuten de textos
36
En este sentido la autora nos ofrece una tipologiacutea de los comentarios que ella ha estudiado
En primer lugar aquellos pedagoacutegicos ldquofruto de las notas de clases tomadas por los alumnosrdquo
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Luego los que fueron ldquoel resultado de la labor de composicioacuten por parte del maestro como es el caso de los comentarios de Proclo y Simpliciordquo
38
Y finalmente aquellas producciones tambieacuten de los maestros que ldquoconsti-tuiacutean su investigacioacuten personal y que en algunos casos eran publicados como obras independientesrdquo
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De este modo concluye los comentarios ldquoconstituyeron el medio a traveacutes del cual los intelectuales exponiacutean sus propias ideasrdquo Y por todo ello claro estaacute el caraacutecter eminentemente filosoacutefico Hasta aquiacute hemos hablado del valor filosoacute-fico de los comentarios Destaquemos antes de proseguir la importancia que han tenido dentro de la Escolaacutestica hecho que salta a la vista nada maacutes al pensar en
34 Ibidem p 11835 Ibidem p 11836 Cfr Ibidem pp 186-187 ldquoLos textos fueron la ocasioacuten para exponer el punto de vista del comentador- filosoacutefico Precisamente este lsquointereacutesrsquo filosoacutefico es el que determinoacute la seleccioacuten de las obras que fueron objeto de los comentarios cuaacuteles eran relevantes y cuaacuteles no queacute disciplinas filosoacuteficas se estudiaban en queacute orden y coacutemo influyendo incluso en la forma de apropiacioacuten de los textosrdquo37 Ibidem p 19438 Ibidem p 19439 Ibidem p 194
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los siglos de comentarios a las Sentencias Naturalmente este meacutetodo de estu-dio de investigacioacuten y de divulgacioacuten se consolidoacute luego de un largo proceso madurativo
En este sentido C Leacutertora Mendoza sentildeala que laquola estandarizacioacuten de los comentarios latinos fue un proceso complejo incluso por la interseccioacuten con el meacutetodo de los comentarios teoloacutegicos que teniacutea una historia larga y a su vez compleja incluso anterior al caso tiacutepico que son los comentarios a las Sentencias de Pedro Lombardoraquo
40 Tesis que comparte A Martiacutenez Lorca
laquoLos geacuteneros literarios evolucionaron en paralelo a la meto-dologiacutea de la ensentildeanza En ellos se pasoacute de la anotacioacuten del texto bien entre liacuteneas o en los maacutergenes al comentario de una obra lla-mado expositio Su culminacioacuten se produjo con las Sumas en las que se pretendiacutea ofrecer a los universitarios la elaboracioacuten sistemaacute-tica de un campo cientiacutefico concreto Modelo en su geacutenero fue la Suma teoloacutegica de Tomaacutes de Aquinoraquo41
En efecto la organizacioacuten del saber teoloacutegico (y por extensioacuten el filosoacutefico) tuvo su inicio con las primeras escuelas de catequesis hacia finales del siglo II que se fueron transformaron ndashpaulatinamentendash en otro tipo de geacuteneros (homiliacuteas sermones cuestiones sentencias exposiciones disputas sumas) hasta consti-tuirse en comentarios sistemaacuteticos a partir del siglo XIII
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laquoLa disputatio fue sin duda el meacutetodo baacutesico de la produc-cioacuten ensentildeanza y transmisioacuten usada tanto en las Facultades de Ar-tes como en las de Teologiacutea Derecho y Medicina Este meacutetodo o mejor este conjunto de opciones metodoloacutegicas estaacute complementa-do por otro geacutenero igualmente extendido e importante el comenta-rio En realidad es precisamente a partir de los elementos teoacutericos de las fuentes comentadas que se organizan las cuestiones disputa-
40 Cfr C LEacuteRTORA MENDOZA laquoLos geacuteneros de produccioacuten escolaacutestica algunas cuestiones histoacuterico- criacuteticasraquo en Revista Espantildeola de Filosofiacutea Medieval 19 (2012) p 2141 A MARTIacuteNEZ LORCA La Filosofiacutea Medieval De al-Farabi a Ockham Ed Bonalletra Alcompas Buenos Aires 201542 Cfr C LEacuteRTORA MENDOZA laquoEscolaacutestica y filosofiacutea praacutectica Dos aspectos en Tomaacutes de Aquinoraquo en Nuevo Pensamiento IV 4 (2014) pp 373-374
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das Por eso aunque tanto comentarios como cuestiones las hubo antes de este siglo es en este momento que estos geacuteneros adquieren una dimensioacuten constitutiva del meacutetodo escolaacutesticoraquo43
El comentario entonces es el modo predilecto de los escolaacutesticos para or-denar la exposicioacuten de los textos sentildealar su argumento principal resaltar sus conclusiones y por ende para analizar y discutir las tesis que en dichos escritos resultaban de difiacutecil comprensioacuten o requeriacutean una clarificacioacuten
laquoLa caracteriacutestica propia de los primeros comentarios esco-laacutesticos es que la exposicioacuten predomina sobre la justificacioacuten o la criacutetica Soacutelo posteriormente y en especial en la segunda escolaacutesti-ca los ldquocomentariosrdquo (que ya eran algo maacutes que eso) incluiraacuten las disputas entre las escuelas pero salvando siempre la auctoritas del maestro ya que nadie escribiacutea un ldquocomentariordquo para criticar o refu-tar doctrinas centrales del comentadoraquo44
Esto uacuteltimo bastaraacute entonces para insistir en la importancia que los comen-tarios ndashcomo praacutectica teoloacutegica y filosoacutefica (y por extensioacuten al resto de las cien-cias)ndash tuvieron en la Escolaacutestica Repasar los tipos de comentarios y el nuacutemero de los comentadores es una tarea cicloacutepea cuya dificultad y extensioacuten refleja otra vez la preeminencia que tuvo este geacutenero en particular sobre otros Repare-mos por ejemplo en el periacuteodo signado por la produccioacuten de manuales y trata-dos centrados en el De Legibus De Iure o tambieacuten De Iure et Iustitia Pensemos en aquellos que se han dedicado a comentar nada maacutes que las obras de Santo Tomaacutes entre tantos podriacuteamos nombrar a Juan Capreolo Francisco Silvestre de Ferrara (el Ferrariense) Melchor Cano Francisco de Vitoria Francisco Suaacuterez Domingo de Soto Juan de Santo Tomaacutes Luis de Molina ademaacutes de Tomaacutes de Vio el Cardenal Cayetano por supuesto
De todo lo expuesto queda clara nuestra posicioacuten frente a la consideracioacuten de los comentarios y el valor que han tenido a lo largo de toda la historia espe-cialmente en el periacuteodo que nos ocupa la Escolaacutestica Ellos fueron el terreno de disputa de diaacutelogo de refutacioacuten etc El comentario es para nosotros el resulta-
43 Cfr IDEM laquoDos modos del meacutetodo escolaacutestico raquo p 9444 Cfr Ibidem pp 95-96
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do del filosofar dentro de una especie de marco conceptual o marco referencial (textos corrientes filosoacuteficas autores etc) en y a partir del cual se hizo ndashy se continuacutea haciendondash filosofiacutea
Habiendo tratado brevemente los fundamentos por los cuales consideramos al comentario como fuente de filosofiacutea y como geacutenero filosoacutefico y su impor-tancia pasemos ponemos un punto final a esta introduccioacuten para avanzar hacia nuestro primer capiacutetulo en el cual traemos pormenorizadamente el Estado de la Cuestioacuten o del Arte de nuestro tema
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APEacuteNDICEINTERCAMBIO DE CORREOS ELECTROacuteNICOS
1 CONSULTA ORIGINADA A TRAVEacuteS DEL FORMULARIO PROPUES-TO POR EL SITIO WEB DE LA RAE
Nombre y apellidos Nicolaacutes Ariel Laacutezaro Nivel de estudios Superiores
Profesioacuten Becario CONICET Doctorando en Filosofiacutea Universidad Nacional de Rosario Argentina
Correo electroacutenico nicolasalazarogmailcom
Repetir correo electroacutenico nicolasalazarogmailcom
Direccioacuten de contacto
Paiacutes de origen Argentina Consulta
Estimados
Debido a la investigacioacuten que estoy realizando para obtener mi PhD en Filo-sofiacutea en la Universidad Nacional de Rosario (Argentina) me topeacute con esta nota a pie de paacutegina presentada por el traductor de la Suma de Teologiacutea para la BAC (t I STh I q 3 a 5 paacutegina 118 dirigida por los Regentes de Estudios de las Provincias Dominicanas en Espantildea Madrid 1994 4ta edicioacuten)
ldquoLa palabra lsquoCommentatorrsquo en espantildeol tiene doble equivalencia lsquoComen-tadorrsquo y entonces indica aquella persona que comenta conversa sobre algo pu-diendo incluso fabular Y lsquoComentaristarsquo indicando aquella persona que analiza cientiacuteficamente algo y pone sus resultados por escrito Consecuentemente y por tratarse de esta segunda equivalencia hay que traducir lsquoComentaristarsquordquo
Al ser mi Tesis sobre el Cardenal Cayetano Tomaacutes de Vio quien fue con-siderado el ldquoPriacutencipe de los Comentadoresrdquo de Santo Tomaacutes de Aquino esta sutileza resulta crucial para mi investigacioacuten En cuanto a las distinciones que alliacute realiza el traductor me parecen un tanto impropias pues ambas pueden ser tomadas del Diccionario de la Real Academia Espantildeola
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La RAE al introducir la voz lsquocomentadorrsquo recurre a la etimologiacutea y no asiacute para lsquocomentaristarsquo Por otra parte la nota del traductor al hablar de la doble equivalencia ataca a la primera diciendo ldquopudiendo incluso fabularrdquo Digo que es impropia puesto que no puedo juzgar y concluir la malicia de tal comentario pero siacute lo siguiente le atribuye in recto una acepcioacuten que la RAE da in obliquo ya que claramente para la segunda acepcioacuten de lsquocomentadorrsquo aclara poco usa-do Y para justificar su opcioacuten por lsquocomentaristarsquo omite la segunda acepcioacuten de periodista o noticiario que la RAE le atribuye y valga la aclaracioacuten no in obli-cuohellip no dice ldquopoco usadordquo
Ademaacutes he consultado el ldquoDiccionario General Etimoloacutegico de la Lengua Espantildeolardquo Eduardo de Echegaray t II Madrid 1887 p 323 y ss y nada dice sobre la voz ldquocomentaristardquo
Por todo lo cual necesito ndashpor favorndash que me indiquen las fuentes y todo lo referido a la etimologiacutea de la voz ldquocomentaristardquo Si es que existe algo o ustedes se han fundado en algo maacutes allaacute del sufijo ldquo-istardquo para introducir la voz ldquocomen-taristardquo en el DRAE Y en tal caso cuaacutel de entre ambos teacuterminos es maacutes propio utilizar si comentador o comentarista
Como veraacuten la utilizacioacuten correcta de uno (comentador=fabulador) u otro (comentarista=cientiacutefico) es de soberana importancia para la correcta redaccioacuten de mi Tesis asiacute como tambieacuten me podraacute brindar argumentos probatorios del mejor y maacutes adecuado uso de la lengua en sede cientiacutefica
Me disculpo por la extensioacuten de mi correo pero estimo que la cuestioacuten ame-rita una debida justificacioacuten
A la espera de una respuesta los saludo cordialmente Nicolaacutes A Laacutezaro-
2 PRIMER CORREO RESPUESTA DE LA CONSULTA
El 16 feb 2017 a las 1208 consu2 ltconsu2raeesgt escribioacute
En relacioacuten con su consulta le remitimos la siguiente informacioacuten
En primer lugar debemos comentarle que nuestro servicio se limita a resol-ver dudas concretas sobre el uso normativo del espantildeol por lo que quedan fuera de los liacutemites para eacutel establecidos las investigaciones de tipo histoacuterico No obs-
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tante lo anterior podemos indicarle que las definiciones actuales de los teacuterminos de su intereacutes son las siguientes
comentador ra (Del lat commentātor -ōris) m y f 1 Persona que co-menta 2 p us Persona inventora de falsedades o ficciones
comentarista m y f 1 Persona que escribe comentarios 2 Persona que comenta regularmente noticias por lo general de actualidad en los medios de comunicacioacuten
La etimologiacutea de la primera se da porque existe la voz latina de la que pro-cede En el segundo caso se trata de un derivado regular de comentar al que se antildeade el sufijo
-ista Comentador tiene un uso general y una acepcioacuten hoy desusada que lo hariacutea cercano a teacuterminos como murmurador o chismoso Comentarista en cambio se define con las que son sus acepciones comunes en la lengua actual la de quien escribe comentarios (por ejemplo del tipo que usted indica) y la del periodista especializado que comenta una noticia (econoacutemica deportiva etc) concreta o la actualidad en general
A todo lo anterior solo nos cabe antildeadir que puede usted consultar las suce-sivas ediciones de nuestro diccionario y comprobar la evolucioacuten de las corres-pondientes acepciones a lo largo del tiempo en la aplicacioacuten de la web de la Aca-demia Por otra parte en nuestros bancos de datos podraacute encontrar abundantes ejemplos reales de uso de ambos teacuterminos
Reciba un cordial saludo
Departamento de laquoEspantildeol al diacutearaquo Real Academia Espantildeola
AVISO LEGAL El contenido de este mensaje de correo electroacutenico incluidos los ficheros adjuntos es confidencial y estaacute protegido por el artiacuteculo 183 de la Constitucioacuten Espantildeola que garantiza el secreto de las comunicaciones Si usted recibe este mensaje por error por favor poacutengase en contacto con el remitente para informarle de este hecho y no difunda su contenido ni haga copias
APEacuteNDICE - INTERCAMBIODE CORREOS ELECTROacuteNICOS
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Los datos personales que en esta comunicacioacuten aparecen asiacute como los que nues-tra empresa mantiene de Vd y de su empresa son tratados con la finalidad de mantener el contacto asiacute como realizar las gestiones que en esta aparecen (Ley Orgaacutenica 151999 de 13 de diciembre de Proteccioacuten de Datos de Caraacutecter Per-sonal) Puede ejercer sus derechos de acceso rectificacioacuten cancelacioacuten y oposi-cioacuten dirigieacutendose a proteccion_de_datosraees
3 SEGUNDO CORREO SOLICITUD PARA AUTORIZAR EL INTER-CAMBIO
De Nico [nicolasalazarogmailcom] Enviado el jueves 16 de febrero de 2017 1647 Para consu2
CC Proteccioacuten de datos
Asunto Re consulta RAE
Estimados
Muchas gracias por su respuesta Ha resultado de gran utilidad para mi in-vestigacioacuten
En vistas a la leyenda ldquoAVISO LEGALrdquo in fine les solicito ndashpor favorndash au-torizacioacuten para incluir su respuesta junto al contenido de nuestra comunicacioacuten en mis escritos a modo de cita o referencia Esto por dos motivos primero para conservar la honestidad intelectual y no tomar ni usurpar para miacute laacuteureas impro-pias segundo a fin de permanecer dentro de lo establecido por la ley
Les agradezco nuevamente por su generosa contribucioacuten Cordialmente
Nicolaacutes A Laacutezaro-
PD Pongo en copia al correo que brinda dicho ldquoAVISO LEGALrdquo
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4 TERCER CORREO AUTORIZACIOacuteN
De consu2 ltconsu2raeesgt Asunto RE consulta RAE
Fecha 17 de febrero de 2017 50705 GMT-3 Para Nico ltnicolasalazarogmailcomgt
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Departamento de laquoEspantildeol al diacutearaquo Real Academia Espantildeola
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5 VERSIOacuteN CORREGIDA
El 16 feb 2017 a las 1208 consu2 ltconsu2raeesgt escribioacute
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APEacuteNDICE - INTERCAMBIODE CORREOS ELECTROacuteNICOS
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
En primer lugar debemos comentarle que nuestro servicio se limita a resol-ver dudas concretas sobre el uso normativo del espantildeol por lo que quedan fuera de los liacutemites para eacutel establecidos las investigaciones de tipo histoacuterico No obs-tante lo anterior podemos indicarle que las definiciones actuales de los teacuterminos de su intereacutes son las siguientes
comentador ra (Del lat commentātor -ōris) m y f 1 Persona que co-menta 2 p us Persona inventora de falsedades o ficciones
comentarista m y f 1 Persona que escribe comentarios 2 Persona que comenta regularmente noticias por lo general de actualidad en los medios de comunicacioacuten
La etimologiacutea de la primera se da porque existe la voz latina de la que pro-cede En el segundo caso se trata de un derivado regular de comentar al que se antildeade el sufijo -ista Comentador tiene un uso general y una acepcioacuten hoy desusada que lo hariacutea cercano a teacuterminos como murmurador o chismoso Co-mentarista en cambio se define con las que son sus acepciones comunes en la lengua actual la de quien escribe comentarios (por ejemplo del tipo que usted indica) y la del periodista especializado que comenta una noticia (econoacutemica deportiva etc) concreta o la actualidad en general
A todo lo anterior solo nos cabe antildeadir que puede usted consultar las suce-sivas ediciones de nuestro diccionario y comprobar la evolucioacuten de las corres-pondientes acepciones a lo largo del tiempo en la aplicacioacuten de la web de la Aca-demia Por otra parte en nuestros bancos de datos podraacute encontrar abundantes ejemplos reales de uso de ambos teacuterminos
Reciba un cordial saludo
Departamento de laquoEspantildeol al diacutearaquo
Real Academia Espantildeola
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PRIMERA PARTE
LOS ESTUDIOS TOMISTAS HOY
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
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CAPIacuteTULO I SANTO TOMAacuteS EL CARDENAL CAYETANO
Y LOS ESTUDIOS TOMISTAS
I1 EL MENOSPRECIO DE LA EDAD MEDIA Y LA ESCOLAacuteSTICA
laquoLas tinieblas de la Edad Media no son sino las de nuestra ignorancia Una claridad de aurora bantildea las edades lejanas de nues-tra geacutenesis para quien sabe elevar hasta ellas la antorcha del cono-cimiento del amor y de la confianza en los destinos de la patriaraquo45
Nuestra investigacioacuten se inscribe en la situacioacuten generalizada en la que los estudios enmarcados en la Edad Media y la tradicioacuten escolaacutestica no gozan del mejor de los prestigios
iquestCuaacutel es el origen de esto Difiacutecil precisarlo pese a poder contar los nume-rosos ejemplos con los que estaacute plagada la historia de los uacuteltimos siglos
En el proacuteximo inciso pondremos ejemplos de las experiencias cotidianas de reconocidos medievalistas provenientes del aacutembito de la Filosofiacutea o de las cien-cias en general Aquiacute anticipamos esas vivencias con algunas notas relevantes
Asiacute por ejemplo evidencia esta actitud Augusto Comte en su ceacutelebre Dis-curso sobre el espiacuteritu positivo ndashen dos sentenciasndash a consecuencia del anaacutelisis que hace respecto de las perniciosas ensentildeanzas que desde fines de la Edad Media continuacutean siendo todaviacutea en su eacutepoca el punto de apoyo del sistema es-colar general Que impiden una buena disposicioacuten de las personas asiacute educadas al estado positivo No puede decirse lo mismo de los que gozan de la ventaja de no haber sido alfabetizados
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45 G COHEN La gran claridad p 17546 Cfr A COMTE Discurso sobre el espiacuteritu positivo Alianza Editorial Madrid 1980 p 106 sect62 pp 108- 110 sect63
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Obviamente que no entraremos en la discusioacuten que plantea el autor ni ana-lizaremos su diagnoacutestico Tan soacutelo subrayamos el modo en que desacredita la Edad Media la Escolaacutestica y todo lo relacionado a la teologiacutea y filosofiacutea catoacute-lica
Comte no es ni el primero ni el uacutenico que toma esta actitud En efecto hay una especie de consciencia de eacutepoca de no pertenecer maacutes a la generacioacuten que les antecedioacute
Deciacuteamos que rastrearlo es faacutecil Deberiacuteamos recurrir a Descartes Spinoza Leibniz Kant y a todos los filoacutesofos y cientiacuteficos que ndashde un modo u otrondashaban-donan paulatinamente toda la tradicioacuten aristoteacutelica y cristiana Asiacute lo resume Raimondo Spiazzi
laquoAbbiamo giagrave detto che nellrsquoinsieme di fattori di vario ordine che costituiscono il carattere originale profondamente innovatore e addirittura rivoluzionario dellrsquoetagrave moderna ciograve che prevale e tu-tto caratterizza egrave lrsquoindividualismo che si afferma in contrasto col senso medioevale del bene comune e dellrsquooggettivitagrave come pure col senso rinascimentale dello Stato e del potere assoluto Senza poter approfondire qui questo punto neacute seguire tutto il suo sviluppo sto-rico osserviamo perograve che giagrave sul piano religioso lrsquoindividualismo si afferma con Lutero e il protestantesimo (libero esame ispirazione privata valore determinante della coscienza personale) sul piano filosofico lrsquointerioritagrave anticomunitaria sul piano politico come abbiamo detto col liberalismo che nasce dallrsquoilluminismo e dal po-sitivismo e viene tenuto a battesimo dal volontarismo rousseaunia-no che sostituisce la cosiddetta ldquovolontagrave generalerdquo al posto della ragione oggettiva sul piano economico col individualismo di Smi-th che sostiene il non-intervento dello Stato in campo economico dove domina la legge dellrsquointeresse e dellrsquoegoismoraquo
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Esta consciencia de ser ldquomodernosrdquo de la que hablaacutebamos estaacute signada por el abandono de la cosmovisioacuten cristiana en pos de otra y por el creciente indivi-dualismo que Hugo Emilio Costarelli Brandi pone en estos teacuterminos
47 R SPIAZZI Principi di Etica Sociale Edizioni Studio Domenicano Bologna 1990 pp 9-10
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laquoEsta visioacuten orgaacutenica del hombre del universo y de Dios es la que ha sido descuartizada por la modernidad Ella se ha quedado con una parte (a eleccioacuten) que absolutizada ocupoacute todo su hori-zonteraquo48
Otra nota que identifica a los modernos es su concepto de Estado que laquovie-ne teorizzato per la prima volta da Jean Bodin che lo caratterizza mediante lrsquoatributo della ldquosovranitagraverdquo precedentemente riconosciuto soltanto a Dioraquo
49 A
nuestro juicio la descripcioacuten maacutes clara sobre el asunto es la que realiza Romano Guardini en sus clases de Eacutetica en Muacutenich
laquoEl Estado contemporaacuteneo es ante todo libre pensador y es-ceacuteptico maacutes tarde ha pasado a ser ateo Pero aunque dicte leyes y eacutestas sean recibidas por el pueblo como obligatorias se alimentan praacutecticamente de convicciones y sentimientos obligatorios que por principio rechaza Lo cual significa que el Estado vive en una rela-cioacuten parasitaria
Empero esta relacioacuten tiene que deteriorarse y por eso la vida del Estado se desarrolla en una crisis cada vez maacutes profunda pues cada vez se hace maacutes necesario ejercer la fuerza alliacute donde debiacutea responderse seguacuten puras obligaciones de conciencia moral se res-ponde seguacuten el miedo De este modo las cosas relativas al Estado van adoptando una configuracioacuten torcida y terminaraacute vieacutendose que el asunto no marcha lejosraquo50
Tampoco interesa la problemaacutetica del ldquoEstado Modernordquo sino mostrar que la Modernidad se ha configurado a siacute misma bajo ciertas coordenadas que la distinguen de la Edad Media sin atribuirse las notas que caracterizaron al Me-dioevo
Pues bien frente a esta herencia cultural que nos legoacute la Modernidad y en respuesta a ella podemos ver que los estudios tomistas no soacutelo cuentan con una sucesioacuten de disciacutepulos (que reciben de otros a veces despectivamente y se dan a siacute mismos siempre con orgullo el nombre de ldquotomistasrdquo) casi ininterrumpida
48 H E COSTARELLI BRANDI laquoEl derecho y la justiciaraquo p 149 E BERTI laquoIl concetto di ldquobene comunerdquo raquo p 14750 R GUARDINI Eacutetica Lecciones en la Universidad de Muacutenich BAC Madrid 1999 p 648
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a lo largo de los siglos sino que ademaacutes se las ingenian constantemente para sacudirse el polvo del olvido e instalarse ndashdeshaciendo prejuiciosndash en los maacutes actuales y rentildeidos debates acadeacutemicos
I2 SANTO TOMAacuteS DE AQUINO
I21 iquestPor queacute Santo Tomaacutes de Aquino
Hoy diacutea es un paso obligado para todos los que se dedican al estudio de Santo Tomaacutes de Aquino o a cualquier tema relacionado a la Filosofiacutea Medie-val comenzar planteaacutendose esta pregunta Para luego responder y justificar tal eleccioacuten basaacutendose en la importancia y actualidad de sus trabajos y escritos ameacuten de las implicancias e intriacutensecas relaciones que tienen con nuestra vida cotidiana
Asiacute por ejemplo Mary M Keys comienza preguntaacutendose sobre cuaacutel es el sentido de elegir a Santo Tomaacutes para el estudio de la Filosofiacutea Poliacutetica en el primero de sus capiacutetulos que lleva por tiacutetulo laquoWhy Aquinasraquo Si bien pone este interrogante bajo otro aspecto del que nosotros mismos lo haremos notamos que es siempre dentro del campo de la Filosofiacutea Poliacutetica o Moral el gran marco conceptual que la circunda Su respuesta
laquoThe argument I advance in this book finds Aquinasrsquos thought a very useful and perhaps even essential resource for political theo-rists today precisely because it delves deeply into the philosophical anthropological and ethical foundations of social and civic life and so better enables us to envision the purposes of politicsraquo
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Tambieacuten J L Widow Lira se cuestiona laquoiquestPor queacute estudiar la verdad poliacutetica atendiendo a la ensentildeanza de Santo Tomaacutesraquo
52 y Cornelio Fabro comienza su
51 M M KEYS Aquinas Aristotle and the promise of the common good Cambridge University Press New York (NY) USA 2007 p 452 J L WIDOW LIRA La naturaleza poliacutetica de la moral RIL Editores Santiago 2004 p 12
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Introduzione al tomismo planteaacutendose si no seraacute tal vez soacutelo una curiosidad erudita retornar a Santo Tomaacutes e indaga sobre el sentido y utilidad para el hom-bre moderno que se pone a estudiar la doctrina del Angeacutelico
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iquestPor queacute esto es asiacute iquestPor queacute tambieacuten nosotros tenemos que dar respuesta a este interrogante iquestPor queacute no sucede lo mismo cuando se mencionan autores de otro periacuteodo de la Historia de la Filosofiacutea
Insistimos pieacutensese en cualquier otro pensador ya de la Edad Antigua ya de la Moderna o Contemporaacutenea Difiacutecilmente requieran una justificacioacuten pues pareceriacutean auto-justificarse con tan soacutelo nombrarlos
iquestNo habraacute llegado el momento en que debiera suceder lo mismo cuando nombramos a Santo Tomaacutes de Aquino
Lamentablemente no Todaviacutea hoy advertimos una suerte de ldquomedioevofo-biardquo en muchos claustros acadeacutemicos pese al esfuerzo los aportes la larga y probada trayectoria de los medievalistas especial ndashmaacutes no exclusivamentendash en Argentina
Pero claro someterse una y otra vez a tal justificacioacuten frente a la comunidad cientiacutefica implicariacutea de suyo la redaccioacuten de extensos voluacutemenes que entorpece-riacutean el decurso argumentativo normal y esperado para un escrito de Tesis
Imaginemos la extensioacuten de paacuteginas por ejemplo si debieacuteramos explayar-nos sobre el tiempo histoacuterico en el que se encuadra nuestra investigacioacuten pe-riacuteodo caracterizado tanto por su extensioacuten territorial cuanto temporal por la di-versidad de culturas tradiciones lenguas religiones y costumbres que cobijoacute y los movimientos poliacuteticos filosoacuteficos y teoloacutegicos que proliferaron en su seno Seriacutea naturalmente un despropoacutesito
Autores historiadores filoacutesofos y profesores que se dedican a los estudios en Filosofiacutea Medieval deben constantemente luchar contra estos prejuicios De-ben justificar a cada paso la importancia de circunscribirse con sus estudios y en sus oficios a la Edad Media Asiacute lo testimonia Francisco Carpintero pues cuando plantea esto en sus clases laquoel ambiente parece sacudido por un halo entre tenebroso y de color negro que son las sensaciones a las que parece ir unida la Escolaacutestica en nuestra cultura de masasraquo54
53 Cfr C FABRO Introduzione al tomismo La metafisica tomista amp il pensiero moderno Edizione ARES Milano 1997 sect Avvertenza p 954 F CARPINTERO laquoFacultas proprietas dominium tres antropologiacuteas en la base de la justiciaraquo en Perso-
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Algo parecido relata Reacutegine Pernoud con tres aneacutecdotas de este tipo55
El maacutes ilustrativo es el tercero de los episodios referido al pedido de una documen-talista especializada en programas histoacutericos de televisioacuten Le solicita a la autora algunas diapositivas que ldquoden una idea de la Edad Media en general matanzas degollaciones escenas de violencia de hambrunas de epidemiasrdquo
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Por su parte Alfredo Saacuteenz parafraseando a la citada medievalista plantea maacutes o menos lo mismo al introducir las nociones de ldquoCristiandad y Edad Me-diardquo en el primer capiacutetulo de su obra
laquoBien deciacutea Reacutegine Pernoud una de las medievalistas maacutes caracterizadas de la actualidad que no hay casi diacutea en el que no se tenga ocasioacuten de escuchar frases tales como ldquoya no estamos en la Edad Mediardquo ldquoeso es volver a la Edad Mediardquo o ldquono tengas menta-lidad medievalrdquo Y ello en cualquier circunstancia ya se quiera sos-tener las banderas de la liberacioacuten femenina como defender ideas ecoloacutegicas o luchar contra el analfabetismoraquo57
Hablaacutebamos de este tipo de lugares comunes que sin asidero forman parte del acervo cultural transmitido hasta nuestros diacuteas tal vez a partir del Renaci-miento y la Modernidad Asiacute lo concibe tambieacuten Gustave Cohen
na y derecho Revista de fundamentacioacuten de las Instituciones Juriacutedicas y de Derechos Humanos 52 (2005) p 14355 R PERNOUD Para acabar con la Edad Media Medievalia (ed Joseacute J de Olantildeeta) Barcelona 2003 pp 8-9 laquoLa cosa empieza pronto recuerdo haber tenido la ocasioacuten de acompantildear a un sobrino miacuteo a uno de esos cursos en que se admite a los padres para que eacutestos despueacutes puedan hacer trabajar a sus hijos El nintildeo debiacutea de tener siete u ocho antildeos Cuando llegoacute el momento de la recitacioacuten de historia he aquiacute textualmente lo que oiacute La maestra iquestCoacutemo se llamaba a los campesinos en la Edad Media Coro de la clase Se les llamaba siervos Maestra iquestY queacute haciacutean iquestqueacute teniacutean La clase Teniacutean enfermedades Maestra iquestQueacute enfermeda-des Jeacuterocircme Jeacuterocircme (grave) La peste Maestra iquestY queacute maacutes Emmanuel Emmanuel (entusiasta) El coacutelera Sabeacuteis muy bien la leccioacuten de historia concluyoacute plaacutecidamente la maestra Pasemos a la geografiacutearaquoUna segunda narracioacuten estaacute referida maacutes o menos a lo mismo Pernoud cuenta que mientras paseaba con Ameacutelie (nieta de una amiga suya una nintildea de unos siete antildeos aproximadamente) la misma le cuenta lo que aprendiacutea sobre la Edad Media En este tiempo habiacutea sentildeores feudales que ldquose haciacutean la guerra todo el tiempo y con sus caballos iban por los campos de los campesinos y lo destrozaban todordquo Agrega ldquome hizo comprender que en 1975 se ensentildea historia exactamente como me la habiacutean ensentildeado a miacute hace medio siglo o maacutesrdquo56 Ibidem p 957 A SAacuteENZ La Cristiandad y su cosmovisioacuten ed Gladius Bs As 2007 p 25 Para una profundizacioacuten del tema recomendamos la lectura del libro sobre lo que tratamos aquiacute especialmente del capiacutetulo primero (ldquoCristiandad y Edad Mediardquo)
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laquoEl teacutermino Edad Media es el maacutes impropio que pueda darse y yo quisiera verlo substituido sobre en todo en cuanto se relaciona con Francia por el de Primera Edad Nos ha sido impuesto por los humanistas del Renacimiento que han mirado esa eacutepoca como la transicioacuten entre la Antiguumledad claacutesica grecorromana y la eacutepoca que pretendiacutea haberla resucitadoraquo58
Y ejemplifica lo que ha dicho
laquoLe vilain Monstre Ignorance la llamaraacute Ronsard Post li-tteras renatas despueacutes del renacimiento de las letras escribiraacute el holandeacutes Daniel Heinsius en 1611 en su De Tragoediae Constitu-tioneraquo59
En este contexto plantear un tema de investigacioacuten como el nuestro parece-riacutea a todos los efectos un retorno a la Edad Media replanteando la utilidad de una ldquomentalidad medievalrdquo
Aquiacute queremos esbozar contrariamente a lo que se piensa que la Edad Me-dia no fue un bloque monocromaacutetico y monoliacutetico rodeado de obscurantismo e inmerso en una atmoacutesfera en la que soacutelo era posible respirar ignorancia y exhalar ndashobligadamentendash jaculatorias Huelga decir que no es nuestro objetivo rebatir una a una las inapropiadas acusaciones con las que es tildado el periacuteodo que nos ocupa
Tan soacutelo queremos presentar otra percepcioacuten basada en la idea que acaba-mos de exponer que el Medioevo dista mucho de ser un obstaacuteculo entre el ser humano y la ciencia y la libertad y la grandeza de la inteligencia y la geniali-dad
Y por ello por la admiracioacuten que transmite a todo aqueacutel que sinceramente busca estudiarlo libre de todo prejuicio lo hemos elegido Y hemos preferido de entre tantos otros de este periacuteodo la monumental figura y obra de Santo Tomaacutes de Aquino puesto que
58 G COHEN La gran claridad de la Edad Media Editorial Huemul Buenos Aires 1965 p 1259 Ibidem p 12
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laquoCuando uno se enfrenta con la personalidad cientiacutefica de Santo Tomaacutes lo primero que llama la atencioacuten es la extensioacuten y variedad de sus obras y mucho maacutes si se considera que escribioacute en poco maacutes de veinte antildeos ndashfinales de 1252 a finales de 1273ndash Haciendo un caacutelculo aproximado sobre una de las ediciones de sus obras completas (la de Fretteacute 34 voluacutemenes en cuarto mayor a dos columnas) Tomaacutes de Aquino escribioacute maacutes de 20000 paacuteginas de las caracteriacutesticas sentildealadas unas mil de esas paacuteginas por antildeoraquo60
Esto no lo esgrimimos en forma anecdoacutetica El dato adquiere todaviacutea mayor relevancia cuando contemplamos la profundidad y la calidad de sus escritos asiacute como la originalidad con la que recibe a Aristoacuteteles a San Agustiacuten a Boecio al Pseudo-Dionisio a Avicena a Averroes a Maimoacutenides a Ciceroacuten a Seacuteneca a los juristas romanos y asiacute podriacuteamos continuar con una larga lista
Elegimos a Santo Tomaacutes entonces porque su doctrina se educe de princi-pios que auacuten hoy son vaacutelidos y merecen la pena ser estudiados en atencioacuten a los problemas que se ciernen sobre la vida poliacutetica de nuestra sociedad actual
Porque ante la gran crisis de la inteligencia contemporaacutenea que menosprecia el aporte del tomismo (y que Carlos A Sacheri enmarca tambieacuten en el plano de la reflexioacuten poliacutetica
61) toda nueva propuesta y rememoracioacuten clara de tales prin-
cipios ndashy del contenido de la filosofiacutea tomistandash es no soacutelo necesaria sino urgente y pertinente
Porque la reflexioacuten sobre la filosofiacutea poliacutetica tomista comienza a ser el cen-tro de estudios que resurgen a finales del siglo XX y porque el auge de tales investigaciones centradas en la profundizacioacuten del tomismo en sus muchas va-riantes continuacutea y continuaraacute
Porque aporta claridad a la reflexioacuten sobre el problema que laquoatraviesa la maacutes importante de las conquistas sociales de la modernidad ldquonuestrordquo Estado liberal- democraacutetico liberal-social asistencial del welfare o como se quiera decirraquo Puesto que laquotambieacuten esta forma de organizacioacuten poliacutetica como tantas
60 J GARCIacuteA LOacutePEZ Tomaacutes de Aquino maestro del orden ed Cincel-Kapeluz Bogotaacute 1989 p 2461 Cfr C A SACHERI laquoSanto Tomaacutes y el orden socialraquo en Verbo 152 (1975) p 18 En esta obra el autor presenta sinoacutepticamente los principios establecidos por el Aquinate en el desarrollo de su doctrina filosoacutefi-co-moral Estos principios baacutesicos de la doctrina tomista aquiacute tratados son El primero los referidos
61
otras realidades tiacutepicas de la modernidad parece que ha llegado a la parada de la posmodernidad aunque con un poco de retraso respecto de todas las demaacutesraquo
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Porque en definitiva (adherimos a la opinioacuten de J L Widow Lira) estudiar la doctrina del Angeacutelico redunda en beneficios para todos aquellos que se dedi-can a la reflexioacuten sobre el sentido los objetivos y los modos de la praxis poliacutetica de todos los tiempos
laquoNo seriacutea raro que alguien se preguntara por queacute seguir es-tudiando a Santo Tomaacutes maacutes aun si el objeto de intereacutes es la po-liacutetica que se ha desarrollado por cauces tan distintos de los que el Aquinate pudo siguiera sospechar La breve respuesta que intentareacute dibujar atiende a dos factores uno Santo Tomaacutes educa la mirada de quien lo estudia conducieacutendola suavemente a la realidad estudiada y dos dado que en poliacutetica maacutes allaacute de los cambios a los que estaacute sujeta esta actividad subyace una misma realidad que tiene aspectos que permanecen por lo que quien los ensentildea permanece siempre actualraquo63
I22 La importancia del estudio de la Filosofiacutea Poliacutetica en Santo Tomaacutes
Naturalmente no todos compartiraacuten la expresioacuten que ponemos en el tiacutetulo del apartado que nos ocupa En efecto hay posiciones encontradas y valoracio-nes disiacutemiles
A pesar de lo que hemos dicho algunos autores manifiestan alguacuten rechazo ndasho cuanto menos antipatiacuteandash respecto de la importancia de la Filosofiacutea Poliacutetica en Santo a los Fundamentos Antropoloacutegicos El segundo el del Orden Natural donde hallaremos la cuestioacuten centrada en dichos principios baacutesicos del orden social el de la primaciacutea del bien comuacuten el de solidaridad y el principio de sub-sidiaridad Y en tercer lugar el de la jerarquiacutea de las funciones sociales
62 G CHALMETA La Justicia Poliacutetica en Tomaacutes de Aquino Una interpretacioacuten del Bien Comuacuten Poliacutetico EUNSA Pamplona 2002 pp 13-1463 J L WIDOW LIRA La naturaleza poliacutetica p 12
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Tomaacutes Otros por el contrario reivindican con sus publicaciones la actuali-dad del pensamiento eacutetico-poliacutetico del Angeacutelico
En este sentido por la novedad que representoacute la siacutentesis del Doctor Co-muacuten respecto del mundo que le antecedioacute y del que le sucedioacute estaacuten quienes sostienen que en el Medioevo hay algo propiamente distintivo en lo referido a la Filosofiacutea Poliacutetica y que gran parte de esta novedad habriacutea sido encriptada en las obras poliacuteticas y morales de Santo Tomaacutes de Aquino (De Regno S Th etc)
64
entre otros autores medievales claro estaacute
Como dijimos no todas las opiniones ni todos los escritores actuales van por el sendero de reconocer en el Aquinate noticia alguna respecto de la Antiguumledad (del Estagirita por ejemplo) o la posibilidad de encontrar alguna obra acabada de filosofiacutea poliacutetica en la doctrina del Angeacutelico
65
Refirieacutendonos a la novedad que representoacute la siacutentesis de Santo Tomaacutes sobre el mundo que le antecedioacute y el que le sucedioacute encontramos diversos estudios
F Bertelloni explica claramente sus intenciones al concluir que el objetivo de su trabajo laquono ha sido mostrar el mayor o menor aristotelismo presente en los textos poliacuteticos medievales sino mostrar el paulatino traacutensito que se produce desde el modelo claacutesico hacia el modelo protomoderno de la poliacuteticaraquo
66 Y que al
mismo tiempo ha querido laquoponer de manifiesto una consecuente tendencia hacia el paulatino abandono de la explicacioacuten metafiacutesica del Estado y su sustitucioacuten por una explicacioacuten fisicalistaraquo
67
F Carpintero expone el modo y la geacutenesis de coacutemo es tratado comuacutenmente al argumento juriacutedico o del derecho Haraacute un recorrido desde Aristoacuteteles pa-sando por las diversas escolaacutesticas hasta la Neo-escolaacutestica para arribar a los modernos especialmente de la mano de Molina y Suaacuterez
68
M Aacute Belmonte busca demostrar que Santo Tomaacutes no recibioacute acriacuteticamente las obras filosoacuteficas poliacuteticas de Aristoacuteteles Sino que por el contrario manifiesta
64 Cfr Todo el estudio de F BERTELLONI laquoLa Teoriacutea poliacutetica medieval entre la Tradicioacuten claacutesica y la mo-dernidadraquo en P ROCHE ARNAS (coord) El Pensamiento Poliacutetico en la Edad Media Fundacioacuten Ramoacuten Areces Madrid 2010 pp 17-4065 Cfr M Aacute BELMONTE laquoLa recepcioacuten de la prudencia poliacutetica aristoteacutelica en la siacutentesis de Santo Tomaacutesraquo en P ROCHE ARNAS (coord) El pensamiento poliacutetico en la Edad Media Fundacioacuten Ramoacuten Areces Ma-drid 2010 pp 275-28566 F BERTELLONI laquoLa Teoriacutea poliacutetica medievalraquo p 4067 Ibidem p 4068 F CARPINTERO laquoFacultas propietas dominiumraquo cfr especialmente las pp 166-173
63
novedades auacuten en los comentarios que a ojos inexpertos podriacutean parecer mera-mente expositivos A estos efectos ademaacutes una muy buena siacutentesis documentada bibliograacuteficamente de las diversas opiniones sobre el tema
69
Con relacioacuten a quienes sostienen alguna repeticioacuten de la doctrina del Esta-girita por parte del Angeacutelico encontramos entre otros a E Berti con un trabajo que se articula en tres pasos
En el primero discurriraacute sobre el tema de la crisis del Estado Moderno su geacutenesis y caracteriacutesticas
En el segundo explicaraacute el concepto de ldquobien comuacutenrdquo tal como eacutel entiende que es teorizado por Santo Tomaacutes de Aquino y cuaacuteles son consecuentemente las ventajas que de esto se siguen al poner nuevamente en juego el mismo con-cepto en el corazoacuten de los debates e investigaciones referidas a la vida poliacutetica contemporaacutenea
Finalmente y en tercer lugar muestra coacutemo el concepto tomista del bien comuacuten ha sido ldquogenialmenterdquo (cfr p 160) entendido y desarrollado por Jacques Maritain (a su juicio el filoacutesofo que maacutes ha ldquomaduradordquo los senderos propuestos por las liacuteneas del CV II) (cfr p 160)
Deciacuteamos que Berti sostiene la repeticioacuten de Aristoacutetoeles por parte de Santo Tomaacutes cuando afirma laquoSiamo in presenza della nota dottrina aristotelica che Tommaso si limita a ripetere con consenso anche nellrsquoaspetto per cui lrsquouomo egrave ldquoparterdquo della societagrave politica il quale da un punto di vista cristiano puograve creare qualche difficoltagraveraquo
70
Por otra parte Mary M Keys analiza a Santo Tomaacutes cotejaacutendolo con Aristoacute-teles para mostrar la novedad del primero respecto del segundo Con este estudio la autora argumenta en favor de la importancia y actualidad del Aquinate junto con la novedad que puede resultar del estudio de sus obras para quienes se ponen a filosofar en el aacutembito de la Poliacutetica y la Moral
71
Lo mismo encontramos en Francisco Carpintero cuando recorre las fuentes y la historia del ordenamiento juriacutedico desde lo que eacutel mismo sentildeala como los ldquotiempos desconocidosrdquo hasta nuestros mismos diacuteas Su tesis es la de demostrar
69 M Aacute BELMONTE laquoLa recepcioacuten de la prudencia poliacuteticaraquo pp 275-28570 Cfr E BERTI laquoIl concetto di ldquobene comunerdquoraquo pp 152-15371 M M KEYS Aquinas Aristotle
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por queacute laquoTomaacutes de Aquino ha sido el mejor teoacuterico tanto por su extensioacuten como por su profundidad de la jurisprudentia romanistaraquo
72
La novedad y originalidad del Aquinatense la explica Francisco Bertelloni al exponer laquoel paulatino traacutensito que se produce desde el modelo claacutesico hacia el modelo protomoderno de la poliacuteticaraquo
73
A nuestro juicio tal diferencia entre el Medioevo y los tiempos que le ante-cedieron y sucedieron las encontramos en el mismo Santo Tomaacutes
Para reforzar nuestra posicioacuten ndashque el Aquinate no se limita a comentar al Estagirita sino que estamos frente a la ldquoformulacioacuten de un nuevo paradigmardquo
74ndash
reenviamos a la lectura de Matthias Lutz-Bachmann En todas sus liacuteneas el au-tor haraacute un esfuerzo para elaborar la comprensioacuten de la diferencia fundamental obrada por el Angeacutelico respecto del Estagirita basaacutendose en la premisa con la que inauguroacute su ensayo
laquoAristotle earns the distinction of having put forward the first comprehensive philosophical theory of justice After the end of the antique world St Thomas Aquinas was the first philosopher and theologian to return to Aristotlersquos theory of the just Not only did he do so with the requisite systematic precision he also developed a new philosophical interpretation of justiceraquo75
A fortiori Aacute Rodriacuteguez Luntildeo tratando cierta historicidad del concepto re-ferido a la virtud de la justicia sentildeala tambieacuten esta ldquonueva teoriacuteardquo al estudiar la virtud de la epiqueya
76 Destacamos del mismo autor su opinioacuten sobre la realiza-
72 F CARPINTERO Justicia y Ley Natural Tomaacutes de Aquino y los otros escolaacutesticos Universidad Com-plutense-Facultad de Derecho servicio de publicaciones Madrid 2004 p 4373 F BERTELLONI laquoLa Teoriacutea poliacutetica medievalraquo p 4074 M LUTZ-BACHMANN laquoThe discover of a Normative Theory of Justice in Medieval Philosophy On the Reception and Further Development of Aristotlersquos Theory of Justice by St Thomas Aquinasraquo en Medie-val Philosophy and Theology 9 (2000) pp 1-1475 Ibidem p 176 Aacute RODRIacuteGUEZ LUNtildeO laquoLa virtugrave dellrsquoepicheia Teoria storia e applicazione (I) Dalla Grecia classica fino a F Suaacuterezraquo en Acta Filosofica 6 2 (1997) p 201 Esta obra revistioacute para nosotros especial intereacutes por el tema que el autor aborda Tras el anaacutelisis expositivo de la significacioacuten de la virtud de la Epiqueya tanto en Platoacuten como en Aristoacuteteles y detenieacutendose un poco maacutes en el uacuteltimo (dato que se evidencia en la mayor extensioacuten de palabras con que lo trata) ndashy tras afirmar que el estudio realizado por el Estagirita ademaacutes de ser el maacutes orgaacutenico es el maacutes importante (en teacuterminos de clasicidad) ya que laquoil suo influsso sulla tradizione
65
cioacuten plena del pensamiento tomista en el campo de la reflexioacuten eacutetica77
Y esto por pertinente al argumento que sostenemos seguacuten el cual Aristoacuteteles no es sencilla-mente retomado por Santo Tomaacutes quien no imita simplemente las afirmaciones del Estagirita
Sobre el segundo punto ndashsi en Santo Tomaacutes hay una obra acabada de Filoso-fiacutea Poliacuteticandash encontramos dos tipos de opiniones favorables Estaacuten por supuesto quienes tambieacuten la niegan
El primer grupo pertenece a aquellas un tanto moderadas como la de Fran-cesco Viola cuando trata el tema de la Filosofiacutea Poliacutetica en la Suma Teoloacutegica de Santo Tomaacutes de Aquino y dice
laquoLa Summa Theologiae no es ciertamente una obra en la que Santo Tomaacutes se ocupe de la poliacutetica Es sabido que la filosofiacutea poliacutetica de Santo Tomaacutes estaacute expuesta en el comentario a la Poliacutetica de Aristoacuteteles Las alusiones que se encuentran en la Summa (porque se trata solamente de alusiones) tienen sin embargo su caraacutecter especiacutefico que puede considerarse como una contribucioacuten uacutetil a la reflexioacuten poliacutetica Aquiacute Santo Tomaacutes no estaacute interesado en la defi-nicioacuten de la poliacutetica en la individualizacioacuten de los problemas y de los cometidos de la ldquoCiencia Poliacuteticardquo en la exacta delimitacioacuten de los aacutembitos y del alcance de los problemas poliacuteticos En la Summa la presencia de la poliacutetica tiene una dimensioacuten totalmente distintaraquo78
En segundo lugar y decididamente a favor de que siacute encontramos en Santo Tomaacutes de Aquino una Filosofiacutea Poliacutetica se colocan ndashentre otrosndash Mariacutea Celesti-na Donadiacuteo Maggi de Gandolfi y E Esteacutebanez
La primera al referirnos sobriamente en queacute consiste la tarea del hombre que se pone a reflexionar en el campo de la Filosofiacutea Poliacutetica
79 De hecho las tres
razones por las que seguacuten la autora encontramos una ldquoexpliacutecita y sistemaacuteticardquo
morale cattolica egrave stato determinanteraquondash se aboca profundamente a la recepcioacuten de eacutesta por Santo Tomaacutes de Aquino Previo anaacutelisis de otro personaje no menos importante como es San Alberto Magno77 Cfr Ibidem p 21878 F VIOLA laquoLa poliacutetica en la Suma Teoloacutegicaraquo en BALLESTEROS et al (a cura di) Justicia Solidari-dad Paz vol I Valencia 1995 p 47979 M C DONADIacuteO MAGGI DE GANDOLFI laquoNaturaleza e historia en la determinacioacuten de la moralidad socialraquo en Doctor Comunis (2012) pp 122-136
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
filosofiacutea poliacutetica en Santo Tomaacutes son las siguientes (1) En primer lugar por ldquosu conocimiento y preocupacioacuten por las comunidades de su tiempordquo (cfr p 122) (2) En segundo porque ldquola vida social estaacute exigida por la ley naturalrdquo (cfr p 123) (3) Y en tercer teacutermino por el fundamento metafiacutesico (y aristoteacutelico) de su Eacutetica es al fin una reflexioacuten sociopoliacutetica (cfr p 124)
El segundo ndashE Esteacutebanezndash tambieacuten argumenta una tesis totalmente favo-rable a la presencia de una obra de Filosofiacutea Poliacutetica en los escritos de Santo Tomaacutes de Aquino
laquoEn su conjunto el tratado de la justicia de la Suma el maacutes extenso de los consagrados a las virtudes es un alarde de organizacioacuten y siacutentesis de toda la temaacutetica vinculada a esta virtud la conocida en los estudios tradicionales y la recieacuten descubierta del Estagiritaraquo
80
Finalmente traemos la opinioacuten de otros tres autores que vienen a aseverar lo exponemos
Primero la postura conciliadora y medida que sostiene E Forment en ldquoPrin-cipios fundamentales de la Filosofiacutea Poliacutetica de Santo Tomaacutesrdquo
81 El autor desa-
rrolla ocho principios fundamentales de la Filosofiacutea Poliacutetica del Angeacutelico que serviraacuten para comprender el pensamiento del Doctor Comuacuten en lo referido a la filosofiacutea claacutesicamente llamada ldquoMoralrdquo asiacute como su ordenamiento intriacutenseco y su relacioacuten con otros campos de la misma Filosofiacutea y con otras ciencias
De los ocho apartados en los que se articula su escrito a nosotros interesa principalmente el primero intitulado ldquoFilosofiacutea poliacutetica tomistardquo
Alliacute E Forment tras exponer brevemente cuaacuteles son las obras que incom-pletamente poseemos sobre el pensamiento filosoacutefico poliacutetico de Santo Tomaacutes (de autoriacutea propia) y a la vez que detalla los pormenores y las vicisitudes que el Aquinate atravesoacute mientras los componiacutea concluye diciendo que tomando todos y cada uno de sus numerosos laquotextos eacuteticos e incluso juriacutedicosraquo (cfr sect1 p 93) ndashy esto debido a la obligada relacioacuten entre la reflexioacuten sobre la poliacutetica y la re-flexioacuten sobre la eacuteticandash podemos laquoreconstruir un tratado poliacutetico tomistaraquo (cfr sect1 p 93) Si bien la cita es extensa vale la pena traerla puesto que ilustra sinteacutetica
80 Cfr E G ESTEacuteBANEZ laquoLa virtud de la justicia Introduccioacuten a las cuestiones 57 a 60raquo en TOMAacuteS de Aquino Obras Completas t III B A C Madrid (1990) p 45781 E FORMENT laquoPrincipios fundamentales de la Filosofiacutea Poliacutetica de Santo Tomaacutesraquo en P ROCHE ARNAS (coord) El pensamiento poliacutetico en la Edad Media Fundacioacuten Ramoacuten Areces Madrid 2010 pp 93-112
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y claramente ndasha nuestro juiciondash una postura comedida y acorde a la realidad de los hechos que como hemos dicho compartimos Leaacutemosla
laquoNo se encuentra entre la numerosa y variada obra de Santo Tomaacutes de Aquino ni una obra completa dedicada a la filosofiacutea poliacute-tica ni tampoco un tratado en la Suma Teoloacutegica El opuacutesculo Sobre el Reino al Rey de Chipre o Sobre el gobierno de los priacutencipes preparado en Roma y en Viterbo en 1267 dedicado a explicar su concepcioacuten de la poliacutetica no estaacute terminado El Aquinate se quedoacute en el capiacutetulo cuarto del libro segundo El otro opuacutesculo titulado Sobre el gobierno de los judiacuteos o Carta a la duquesa de Brabante escrito entre 1270 y 1271 trata ocho cuestiones poliacuteticas concretas como la legitimidad de los impuestos
Tampoco se encuentra una filosofiacutea poliacutetica completa y siste-maacutetica en otra obra directamente dedicada al pensamiento poliacutetico y de mucha mayor extensioacuten la Exposicioacuten a los libros de la Poliacutetica preparada tambieacuten durante estos uacuteltimos antildeos de su vida Ademaacutes de ser un comentario a la Poliacutetica de Aristoacuteteles Santo Tomaacutes no la pudo terminar La dejoacute en la leccioacuten 6 del libro III
Sin embargo teniendo en cuenta estos escritos y otros disper-sos o relacionados con la poliacutetica en toda su obra desde el Escrito sobre los cuatro libros de las sentencias del Maestro Lombardo ter-minado en 1257 hasta la Suma Teoloacutegica que preparoacute hasta el 6 de diciembre de 1273 tres meses antes de su muerte se puede recons-truir un tratado poliacutetico tomista Ademaacutes como el Aquinate sostiene que la poliacutetica guarda una relacioacuten necesaria con la eacutetica son de gran utilidad sus numerosos textos eacuteticos e incluso juriacutedicosraquo82
82 Ibidem p 93 Rescatamos el elenco propuesto por el Eudaldo Forment de aquellos autores que han hecho el esfuerzo de ordenar el pensamiento filosoacutefico poliacutetico de Santo Tomaacutes estudios a los que hemos recurrido y de cuya lectura hemos tomado la posicioacuten que aquiacute expusimos A MALAGOLA La teoria politica di San Tommaso U Berti Bologna 1912 V BOUILLON La politique de S Thommas Letouzey Pariacutes 1927 E GALAacuteN Y GUTIEacuteRREZ La filosofiacutea poliacutetica de Santo Tomaacutes de Aquino Edit Revista de Derecho Pri-vado Madrid 1945 B ROLAND-GROSSELIN La doctrine politique de Saint Thomas drsquoAquin Riviegravere Pariacutes 1928 G ROCCA La politica in S Tommaso Editrice Rispoli Anonima Napoli 1934 S RAMIacuteREZ Pueblo y gobernantes al servicio del Bien Comuacuten Errameacuterica Madrid 1956 L LACHANCE Lrsquohumanis-me politique de Saint Thomas drsquoAquin Individu et Etat Sirey-Leacutevrier Pariacutes 1964 Del uacuteltimo accedimos a la traduccioacuten espantildeola Individuo y Estado en Santo Tomaacutes de Aquino EUNSA Pamplona 2001 que nos resultoacute particularmente interesante puesto que el autor ofrece una visioacuten completa de la poliacutetica de Santo Tomaacutes de Aquino discutiendo con las tesis personalistas sostenidas por J MARITAIN en su afamado Humanismo integral
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La segunda es la opinioacuten que el dominico L Lachance expone en su obra Lrsquohumanisme politique de Saint Thomas drsquoAquin Aprovecharemos aquiacute enton-ces sus argumentos en favor de atribuir peso a la posicioacuten de una filosofiacutea poliacute-tica y juriacutedica tomista
Alliacute el profesor de la Universidad de Montreacuteal comienza preguntaacutendose sobre las causas por las cuales la doctrina poliacutetica de Santo Tomaacutes de Aquino no haya sido debidamente valorada Tras asumir que laquola miseria de nuestro espiacuteritu consiste en permanecer a veces indigente en el seno de las maacutes suntuosas pose-sionesraquo
83 por el hecho de no poder representaacuternoslas con una laquofoacutermula clara y
concisaraquo84
se pregunta
laquoiquestNo habraacute sido este defecto de representacioacuten adecuada y de formulacioacuten clara la causa de que la doctrina tan profunda y matiza-da de Santo Tomaacutes de Aquino sobre las relaciones del individuo y el Estado no haya gozado jamaacutes del creacutedito y la eficacia que mereciacutea No se ha sabido comprender toda la significacioacuten que encierra el hecho de que eacutel siguiendo a Aristoacuteteles haya sostenido que el hom-bre es por naturaleza un animal social No se ha comprendido ni el alcance de esta postura incial ni los liacutemites que conllevaraquo85
A juicio del autor la doctrina tomista es la de un humanismo poliacutetico86
laquoNos parecioacute que la idea de humanismo era maacutes adecuada qe cualquier otra para caracterizar la perspectiva de conjunto del sistema poliacutetico del gran filoacutesofo iquestNo es la sociedad poliacutetica en el plano natural la uacutenica capaz de realizar con cierta plenitud los fines de la naturaleza humana iquestNo es ante las muacuteltiples necesidades del hombre la uacutenica dotada de suficiencia Percibida y representada bajo esta luz su concepcioacuten de la organizacioacuten poliacutetica resulta de un realismo y de una universalidad uacutenicos Se revela saturada de vir-
83 L LACHANCE Individuo y Estado en Santo Tomaacutes de Aquino EUNSA Pamplona 2001 p 1184 Ibidem p 1185 Ibidem pp 11-1286 Cfr Ibidem p 12
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tualidades Uno tiene la imprensioacuten de que anticipa la interrogacioacuten de todos los tiemposraquo87
Y a efectos de explicar este humanismo poliacutetico y de presentar en forma adecuada la doctrina tomista sobre las relaciones entre individuo y Estado Louis Lachance divide su escrito en cuatro partes
La primera intitulada ldquoReflexiones dialeacutecticas Oacuterdenes y Perspectivasrdquo la dedica a sentar las bases sobre las cuales se desarrollaraacuten los capiacutetuos subsiguien-tes Aquiacute procede explicando algunos principios necesarios para comprender la poliacutetica tomista como por ejemplo el concepto de naturaleza ndashfundamento de la poliacuteticandash y la teoriacutea de la subordinacioacuten (cap I) la buacutesqueda de un principio primero y el fundamento psicoloacutegico de una fiacutesica social (cap II) la relacioacuten entre el orden de la naturaleza y la Gracia (cap III)
La segunda ndashldquoLa persona humana y su insercioacuten en el Estadordquondash la dedica a estudiar entre otros temas al sujeto del orden poliacutetico (cap V) la estructura metafiacutesica de la persona humana (cap VI) el rol de la sabiduriacutea y del gobierno de siacute mismo y de la ciudad (cap IX-X)
La tercera parte que consta de cuatro capiacutetulos la dedica enteramente al Estado el fenoacutemeno del Estado (cap XIV) la sociabilidad (cap XV) el bien comuacuten (cap XVI) y la ldquoformardquo del Estado (cap XVII)
Finalmente la cuarta parte ahonda en la vinculacioacuten entre ldquoIndividuo y Es-tadordquo ocupaacutendose de los servicios (o responsabilidades o misioacuten) del Estado (cap XVIII) de su relacioacuten en tanto ldquoparterdquo y ldquotodordquo (cap XIX) de las respon-sabilidades del individuo en su obrar moral (cap XX) y de las virtudes necesa-rias para una vida poliacutetica justa y socialmente humana (cap XXI)
Tercero y como corolario de todo puede resultar de intereacutes el elogio que hace Alf Ross (el gran positivista del s XX junto con Kelsen) del realismo juriacute-dico tomista de aristoteacutelica raigambre en Sobre el Derecho y la Justicia recono-cieacutendole al Aquinate la novedad de su doctrina iusfilosoacutefica frente a la tracicioacuten claacutesica del derecho natural En efecto escribe
87 Ibidem p 12
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laquoEl derecho natural catoacutelico alcanzoacute su formulacioacuten defini-tiva en Tomaacutes de Aquino (1266-74) quien con admirable energiacutea y capacidad creadora construyoacute el sistema medieval-filosoacutefico en su poderosa Summa Theologica cuyas ensentildeanzas sin modificaciones o agregados particulares son aceptados auacuten hoy por la filosofiacutea ju-riacutedica catoacutelicaraquo88
Tras resaltar la gran importancia que tuvo respecto de las concepciones que le antecedieron remarca ndashde este modondash tambieacuten cuaacutento y coacutemo se separa de las que perteneceraacuten a periacuteodos histoacutericos que le sucedieron y el modo en que tal doctrina podriacutea resultar todaviacutea hoy valedera
laquoResultaraacute claro que aunque Aquino dio al derecho natural un contenido maacutes firme al incorporar los dogmas fundamentales de la moral cristiana (por ejemplo la indisolubilidad del matrimonio) estaacute lejos de un racionalismo abstracto que busca deducir mediante la razoacuten una solucioacuten para cada cuestioacuten especiacutefica concreta Hay asiacute mucho lugar en su construccioacuten para una forma socioloacutegico-realista de la poliacutetica juriacutedica Lo mismo ocurre con el tomismo de hoy Si dejamos lo metafiacutesico y lo dogmaacutetico por lo tanto hay posibili-dades favorables para un entendimiento entre esta tendencia y un estudio realista del derechoraquo89
Asiacute las cosas es manifiesto coacutemo el tema de los estudios centrados en la Fi-losofiacutea Poliacutetica y Moral de Santo Tomaacutes de Aquino genera debates entre autores provenientes de diversas partes del mundo De aquiacute su evidente importancia discusiones simposios publicaciones y un sinnuacutemero de actividades acadeacutemi-cas reflejan antildeo tras antildeo su actualidad
Veamos todo esto en algunos de los trabajos que utilizan la doctrina de San-to Tomaacutes y la comparan oponen y hasta concatenan a ciertos teacuterminos ideas o concepciones propios de la Edad Moderna
88 A Ross Sobre el Derecho y la Justicia Eudeba Buenos Aires 1963 p 23789 Ibidem p 238
71
I23 Santo Tomaacutes y los modernos en algunos de los estudios comparativos hodiernos
Del mismo modo en que hay trabajos que cotejan a Santo Tomaacutes con la herencia de algunos conceptos de la Edad Antigua y sobre todo con relacioacuten a Aristoacuteteles estaacuten tambieacuten aquellos que realizan comparaciones entre el de Aqui-no y algunos de los modernos o que se esfuerzan por mostrar el complejo siste-ma eacutetico del Angeacutelico en consonancia con algunas posturas y tesis de los moder-nos Detendremos nuestra atencioacuten en otro apartado cuando tal confrontacioacuten o relacioacuten sea efectuada entre el Angeacutelico y el Cayetano
Sobre la diferencia entre el espiacuteritu filosoacutefico de Santo Tomas y el de los mo-dernos damos con la muy luacutecida siacutentesis de F Carpintero Nos dice que laquoSanto Tomaacutes no era un moralista moderno que habla continuamente de leyes y pe-cados eacutel soliacutea referirse maacutes bien a las virtudesraquo
90 (Como demostraremos por
ejemplo que siacute lo hace el Cayetano)
En esta misma liacutenea escribe el reconocido dominico Servais-Th Pinckaers que en la eacutepoca moderna ndashcon los manuales de Teologiacutea Moralndash se pondraacute cada vez maacutes el acento laquoen torno a la relacioacuten entre la ley y la libertad bajo la forma de la obligacioacutenraquo Y pone de manifiesto lo que venimos sosteniendo en paacuterrafos anteriores respecto de esta diferencia entre la moral de las virtudes y ldquolas mora-les de la obligacioacutenrdquo (como el mismo profesor de Friburgo las denomina)
laquoComo los Santos Padres santo Tomaacutes conociacutea evidente-mente la existencia de unas obligaciones morales pero las subordi-naba a las virtudes En la nueva concepcioacuten las relaciones se invier-ten la obligacioacuten domina e invade el campo de la moral Se trata del nacimiento de lo que podemos llamar con toda exactitud la ldquomoral de la obligacioacutenrdquo que maacutes tarde tomaraacute la forma del deber o de los imperativos cuyo modelo filosoacutefico enunciaraacute Emmanuel Kantraquo91
90 F CARPINTERO Justicia y Ley Natural p 5691 S-Th PINCKAERS La moral catoacutelica Rialp Madrid 2001 p 44 Para el abordaje que realizamos sobre este tema resulta tambieacuten esclarecedor el modo en que el autor describe las diferencias entre la moral me-dieval y la moderna Continuando la cita explica sinteacuteticamente en un paacuterrafo laquoA finales de la Edad Media este concepto de la moral se extenderaacute con el nominalismo por las universidades Formaba parte de lo que se llamaba ldquola viacutea modernardquo adoptada en general a pesar de las diferencias entre las escuelas Tambieacuten inspiraraacute en el siglo XVII la redaccioacuten de los manueales de teologiacutea moral destinados tras el Concilio de
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
El mismo autor en otra de sus obras tambieacuten profundiza este aspecto anali-zando la doctrina de Ockham para quien la ley adquiriraacute cada vez mayor impor-tancia en la reflexioacuten moral
laquoEl dominio de la moral coincidiraacute con el de las leyes y se dividiraacute pronto no ya seguacuten las virtudes sino de acuerdo con las di-ferentes leyes y maacutes precismante de acuerdo con los mandamientos de la principal ley moral el Decaacutelogo
No cabe duda de que Ockham afirmoacute con firmeza la libertad de Dios respecto de la ley moral y cargoacute a eacutesta con una fuerte dosis de relatividad Soacutelo admite la validez de las leyes morales seguacuten el curso normal de las cosas que conocemos Los moralistas pos-teriores con miras maacutes praacutecticas y menos audaces se contentaron con considerar la ley y los mandamientos como la expresioacuten pura y simple de la voluntad divina la fuente precisa de las obligaciones la base firme de la moralidad Su moral seraacute equivalente a una moral de la obligacioacuten y a una moral de la leyraquo92
En estos teacuterminos muchos argumentan que la Edad Media tomariacutea algo de la herencia claacutesica pero distanciaacutendose de ella para generar ideas propias que tambieacuten podriacutean ser llamadas laquoprotomodernasraquo (al decir de F Bertelloni) ndashtal vez por su caraacutecter de propedeacuteuticas a la posterior etapa histoacuterica (la Edad Mo-derna)ndash pero alejaacutendose asimismo de la Modernidad
93
Sobre esto proponemos nuevamente la lectura de F Carpintero94
Alliacute encon-tramos un razonamiento sobre el traspaso de las ideas tomistas de la Edad Media a los filoacutesofos modernos sobre todo a partir de la ldquopeacuterdidardquo de ciertos conceptos
Trento a la ensentildeanza en los seminarios y especialmente a la pastoral del sacramento de la Penitencia Los autores de estos manuales promovidos por los jesuitas ndashel primer modelo del geacutenero seraacute Las instituciones morales del jesuita espantildeol Juan Azor (1536-1603)ndash manifestaraacuten ciertamente la intencioacuten de seguir a santo Tomaacutes pero animados por el afaacuten de impartir una ensentildeanza moral simplificada accesible a sacerdotes y fieles elaboraraacuten una nueva presentacioacuten de la moral recogida en un plan general que todos los manuales reproduciraacuten con algunas variaciones Seguacuten este plan la moral se divide en dos partes la moral fundamen-tal expone los elementos baacutesicos la moral especial estudia con detalle las reglas que determinan lo que estaacute prohibido o permitido y que rigen en la solucioacuten de los casos de concienciaraquo (p 45)92 IDEM Las fuentes de la moral cristiana Su meacutetodo su contenido su historia Eunsa Pamplona 2007 pp 302-30393 Cfr F BERTELLONI laquoLa Teoriacutea poliacutetica medievalraquo p 4094 Cfr especialmente las paacuteginas 55-59 de F CARPINTERO Justicia y Ley Natural
73
que articulan el pensamiento filosoacutefico poliacutetico y evidentemente moral en el mundo griego romano y cristiano medieval ademaacutes de interesantes referencias bibliograacuteficas que sirven de fundamento a estas afirmaciones
Ejemplos elocuentes que intentan relacionar al de Aquino con la Moderni-dad son las obras de dos acadeacutemicos angloacutefonos La de Alasdair MacIntyre Af-ter virtue
95 y el (poleacutemico) Aquinas de John Finnis
96 Decimos poleacutemico por-
que esta obra generoacute entre muchos tomistas una acalorada respuesta de entre las cuales pensamos que la maacutes contundente es la de Sergio R Castantildeo a la sazoacuten nuestro Director de Tesis Los principios poliacuteticos de Sto Tomaacutes en entredicho Una confrontacioacuten con Aquinas de John Finnis
97
Un autor que se inscribe en el intento de sentildealar las escisiones que marca-riacutean las diferencias entre un tiempo y otro es Hugo Costarelli Brandi
98 En todo
su escrito el investigador pone ante la peacuterdida de armoniacutea y unidad que se obroacute en la modernidad laquola oacuteptica que el Aquinate tiene sobre el particular tema de la justicia y el derecho las relaciones que guardan tanto entre siacute como con otras virtudes para ver en ello esa luminosa armoniosidad de la que hablamos maacutes arribaraquo
99
Otra constatacioacuten de esto la vemos en la obra de J L Widow Lira quien se explaya sobre el tema citando a Cruz Prados
100
Recordemos ahora el esfuerzo de aquellos autores para afirmar que siacute hay cierta mutacioacuten en el traspaso de algunas nociones tomistas a la modernidad como la hubo en aquellas que pasaron de la antiguumledad al medioevo y que siacute encontramos en Santo Tomaacutes no soacutelo textos de Filosofiacutea Poliacutetica sino maacutes auacuten una ldquonuevardquo Filosofiacutea Poliacutetica o Moral
95 A MACINTYRE After virtue A study in moral theory University of Notre Dame Press Notre Dame (IN) 198196 J FINNIS Aquinas Moral Political and Legal Theory Oxford University Press New York 200497 S CASTANtildeO Los principios poliacuteticos de Sto Tomaacutes en entredicho Una confrontacioacuten con Aquinas de John Finnis ed UCALP La Plata 201198 Cfr H E COSTARELLI BRANDI laquoEl derecho y la justicia en Tomaacutes de Aquinoraquo in Congresso Tomista Internazionale ldquoLrsquoumanesimo cristiano nel III millennio Prospettiva di Tommaso drsquoAquinordquo Roma 21- 25 settembre 2003 Pontificia Academia di San Tommaso-Societagrave Internazionale Tommaso drsquoAquino Institu-to Universitario Virtual Santo Tomaacutes Fundacioacuten Balmesiana-Universitat Abat Oliba CEU 200399 Cfr Ibidem p 4100 Cfr J L WIDOW LIRA La naturaleza poliacutetica p 13
CAPIacuteTULO I - SANTO TOMAacuteS EL CARDENAL CAYETANO Y LOS ESTUDIOS TOMATISTAS
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
En este sentido se encuentran los estudios de Giuseppe Abbagrave101
Aldo Ven-demiati
102 Martin Rhonheimer
103 y Wolfgang Kluxen104
quienes se dedican a exponer los principios y la autonomiacutea del ldquosistema eacuteticordquo de Santo Tomaacutes En-trecomillamos ldquosistemardquo puesto que entendemos el esfuerzo que tuvieron que hacer los escritores para presentar la validez ndashy repetimos autonomiacuteandash de la Eacuteti-ca tomista ante los modos de concebir la Filosofiacutea por parte de los modernos
105
Bastan ellos para poner de manifiesto no soacutelo la actualidad e importancia del Doctor Comuacuten sino tambieacuten los debates en torno al traspaso de nociones tomistas a la modernidad
De todas las posiciones nosotros nos apoyamos en aquellas que demuestran que en Santo Tomaacutes encontramos ademaacutes de textos de Filosofiacutea Poliacutetica una nueva Filosofiacutea Poliacutetica o Moral De la que se distanciaraacute el Cardenal Cayetano con sus comentarios
Hasta aquiacute pusimos las motivaciones que nos llevaron a elegir la obra de Santo Tomaacutes de Aquino como uno de los epicentros de nuestra investigacioacuten a su vez fundada en la importancia de la doctrina tomista en materia de Filosofiacutea Poliacutetica o Moral y su actualidad y relacioacuten con algunas expresiones del mundo moderno
Siguiendo el plan trazado pasemos ahora a la consideracioacuten del Cayetano como personaje histoacuterico plenamente imbuido del tiempo en que vivioacute expo-niendo los motivos principales y fundamentales de nuestra eleccioacuten
101 G ABBAgrave Felicitagrave vita buona e virtugrave Saggio di filosofia morale LAS Roma 1995 Quale impostazione per la filosofia morale Ricerche di filosofia morale LAS Roma 1996102 A VENDEMIATI In prima persona Lineamenti di Etica generale Urbaniana University Press Roma 2008 (3ra edicioacuten)103 M RHONHEIMER La prospettiva della morale fondamenti dellrsquoetica filosofica Armando ed Roma 1994 Tambieacuten accedimos a la versioacuten alemana Die Perspektive der Moral Philosophische Grundlagen der Tugendethik Akademie Verlag GmbH Berlin 2001104 W KLUXEN Philosophische Ethik bei Thomas von Aquin Felix Meiner Verlag Hamburg 1998 (3ra
edicioacuten) Y la edicioacuten italiana Lrsquoetica filosofica di Tommaso drsquoAquino Vita e Pensiero Milano 2005105 Esta idea de que la nocioacuten de ldquosistemardquo es ajena al pensamiento medieval en tanto que ldquosistema de pensamientordquo autosuficiente e independiente de otros ldquosistemasrdquo la hemos madurado al escucharla en una clase de nuestra codirectora de tesis la Dra Silvana Filippi durante una de sus clases de Historia de Filo-sofiacutea Medieval y del Renacimiento en la Facultad de Filosofiacutea de la UNR ciclo lectivo 2017
75
I3 TOMAacuteS DE VIO EL CARDENAL CAYETANO
I31 iquestPor queacute el Cayetano
Durante largo tiempo el Cardenal Tomaacutes de Vio fue considerado el divulga-dor maacutes fiel al pensamiento de Santo Tomaacutes de Aquino Tal es asiacute que Cayetano ha pasado a la historia como ldquoel Priacutencipe de los Comentadoresrdquo del Aquinate
Pero la concordancia o discordancia entre Santo Tomaacutes y el Cardenal depen-de de queacute autores o queacute corrientes tomemos en preferencia
Pareciera asiacute que para algunos de los seguidores del Aquinate el Cayetano fuese un fiel exponente de su ensentildeanza Y esto porque sostienen que sus comen-tarios estaacuten en perfecta armoniacutea con la doctrina del Angeacutelico
Otros han dicho que los mismos no concuerdan con lo expuesto por Santo Tomaacutes en sus obras sino que muy por el contrario son cuanto menos desvia-ciones de su doctrina
En la actualidad muchas investigaciones buscan demostrar que los comen-tarios del Cardenal influenciaron enormemente los siglos venideros en que se intentoacute favorecer el renacimiento de la doctrina tomista Coacutemo lo hicieron en los posteriores seguidores de la doctrina tomista y cuaacuten grande ha sido la diferencia entre el Angeacutelico y su comentador es tema de discusioacuten y de actualidad
Por ejemplo Aacute Rodriacuteguez Luntildeo afirma en esta liacutenea que
laquolrsquoautorevolezza del Cardinale Gaetano alla Summa Theolo-giae egrave da tutti riconosciuta A tale commento faragrave riferimento spesso Francisco Suaacuterez Egrave da tener presente tuttavia che tra S Tommaso e il Gaetano la teologia scolastica ha vissuto la complicata vicenda del nominalismo e in morale del volontarismo del XIV secolo Ciograve ha lasciato delle tracce anche come reazione polemica nellrsquoopera del Gaetanoraquo
106
106 Aacute RODRIacuteGUEZ LUNtildeO laquoLa virtugrave dellrsquoepicheia (I)raquo p 222
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F Carpintero Beniacutetez afirma al inicio de su estudio107
que auacuten la rehabilita-cioacuten de la Doctrina Tomista por parte del Papa Juan XXII soacutelo resurgiriacutea porque laquoa finales del siglo XV fue adoptada y comentada por Tomaacutes de Vio maacutes cono-cido como el Cardenal Cayetanoraquo (paacuteg 143)
Y en otra investigacioacuten108
Carpintero impugna al Cayetano (en sect12 ldquoLey y derechordquo) cuando dice que laquoesta opinioacuten es falsa aunque la exponga el Carde-nal Cayetanoraquo (paacuteg 144) Mientras que maacutes adelante reconoce su importancia laquoEl Papa Juan XXII habiacutea canonizado a Tomaacutes levantando las cadenas de la Inquisicioacuten sobre su obra y a finales del siglo XV el Cardenal Cayetano ndashfigura especialmente importante porque ademaacutes de Cardenal fue General de los Domi-nicosndash comentoacute extensa y favorablemente la obra tomistaraquo (p 181)
Hemos encontrado tres referencias significativas sobre toda esta cuestioacuten
La primera la realiza el gran medievalista franceacutes Eacutetienne Gilson en una carta dirigida al P Henri de Lubac el 8 de julio de 1956
laquoMon Reacuteveacuterend Pegravere [hellip]
Le seul salut est dans le retour agrave Saint Thomas lui-mecircme au-delagrave de Jean de Saint Thomas au-delagrave de Cajetan lui-mecircme dont le ceacutelegravebre commentaire est un corruptorium Thomae parfaitement regraveussiraquo
109
En la edicioacuten que citamos el mismo de Lubac comenta este pasaje y en la extensa nota sect4 termina diciendo laquoIl nrsquoest pas douteux que le ldquocommentateurrdquo ait donneacute une autre orientation agrave lrsquoouvre de son maicirctreraquo
110
107 F CARPINTERO BENIacuteTEZ laquoLos escolaacutesticos espantildeoles en los inicios del liberalismo poliacutetico y ju-riacutedicoraquo en Revista de Estudios Histoacuterico-Juriacutedicos [Seccioacuten Historia del Pensamiento] XXV (2003) pp 341-373108 F CARPINTERO Justicia y Ley Natural109 Eacute GILSON ndash H DE LUBAC Lettres de monsieur Eacutetienne Gilson au pegravere de Lubac Les Eacuteditions du Cerf Pariacutes 1986 p 19110 Eacute GILSON ndash H DE LUBAC Lettres de monsieur Eacutetienne Gilson au pegravere de Lubac Les Eacuteditions du Cerf Pariacutes 1986 p 19 nota 4
77
La segunda (que viene con una detallada bibliografiacutea y argumentacioacuten) es de C P Muntildeoz
111 Todo su trabajo se ejecuta para dar lugar a lo que afirma en las
primeras paacuteginas del escrito
laquoSin embargo y a partir de mediados del siglo pasado apare-cieron importantes autores que vieron diferencias no soacutelo de orden terminoloacutegicas sino doctrinales entre ambos dominicos Se destaca entre ellos Eacutetienne Gilson quien ha llegado a decir que algunos comentarios de Cayetano son una corruptiorum Sancti Thomaeraquo112
Tambieacuten en otro estudio de Ceferino Pablo Muntildeoz113
encontramos que laquola hipoacutetesis de trabajo que se maneja en dicha investigacioacuten es que Tomaacutes de Vio habriacutea antildeadido muchos temas a la especulacioacuten tomasiana que no son propios del pensamiento del Aquinate pero que gran parte de los tomistas posteriores ndashentre ellos Poinsot (que se refiere a Juan de Sto Tomaacutes) y Maritainndash habriacutean recibido como doctrina del Angeacutelicoraquo (pp 124-125)
Insistimos en que los estudios hodiernos tienen por objeto cuestiones muy diversas a la que nosotros nos proponemos investigar Ya que o se centran en los comentarios del Cardenal referidos a los conceptos de lsquoEntersquo lsquoExistenciarsquo y lsquoAnalogiacutearsquo entre otros o toman en consideracioacuten los escritos de autoriacutea propia relacionados a temas de Biblia y Sacramentos
Algunas otras publicaciones basan sus estudios y reflexiones en los escritos de autoriacutea propia del Cayetano
En sintoniacutea con lo que venimos argumentando ponemos ahora algunos inte-rrogantes que serviraacuten a nuestra exposicioacuten
Cuando comenzamos con nuestra investigacioacuten nos planteamos Si hay ac-tualmente un debate sobre la fidelidad de la glosa del Cayetano respecto de lo expuesto por el santo de Aquino pero soacutelo y casi exclusivamente en los temas dichos iquestpor queacute no aventurar una investigacioacuten que tenga por finalidad cotejar
111 C P MUNtildeOZ laquoLos comentarios del Cayetano iquestcontinuidad o divergencia con la doctrina de Santo Tomaacutesraquo en Actas del Congreso Internacional de la XXVI Semana Tomista 2011 de la Sociedad Tomista Argentina Universidad Catoacutelica Argentina Biblioteca digital de la UCA112 Ibidem pp 2-3113 IDEM laquoEn torno a dos lecturas posibles sobre el conocimiento de las esencias en Tomaacutes de Aquinoraquo en Toacutepicos 43 (2012) pp 123-151
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los comentarios del Cayetano con otros textos del Angeacutelico Es decir con textos que presenten el tratamiento de temas en todo diversos a los ya mencionados
Si gran parte de los estudiosos actuales de santo Tomaacutes de Aquino sostienen que los comentarios del Cayetano son maacutes bien una interpretacioacuten propia que una repeticioacuten sistemaacutetica y ordenada de los conceptos de su maestro intelectual iquestpor queacute no adentrarnos en campos que auacuten no han sido explorados como se puede ver por la escasa literatura publicada
Antes de responder estos planteos que ndashinsistimosndash estuvieron en la geacutenesis de nuestro trabajo siendo las preguntas motoras que condujeron nuestras lectu-ras y en las cuales logramos encauzar nuestras motivaciones queremos detener-nos brevemente en la reflexioacuten sobre Tomaacutes de Vio el Cayetano
A tal efecto escribimos los apartados que siguen considerando la importan-cia del Cardenal de Gaeta
I32 La importancia del Cayetano
laquoHic ille est alter Thomas ingeniorum extrema linea Doc-torum virorum miraculum hereticae pravitatis terror sacrarum Scriptarum lumen ac fax scholastici pulveris athleta invictus Tho-misticae doctrinae galeatus defensor sincerioris doctrinae propug-naculum arx ac promptuarium subtilium argumentorum cathedrae demum splendor ac decus cujus adeo inmortalia scripta sunt ut tan-diu videatur perduratura quamdiu divinam sapientiam scholastica subsellia personabunt Ejusetiam cum laude meminimus in nostris ad Ciaconium additionibus ubi ejusdem in Germaniam legationem glorioseque pro Catholica fide exantlatos labores contra impium Haeresiarcam Lutherum diffuse narravimusraquo
114
114 F UGHELLI Italia Sacra sive De Episcopis Italiae et insularum adjacentium rebusque ab iis praeclare gestis deducta ferie ad nostram usque aetatem t I Venetiis apund Sebastianum Coleti 1716 pp 543 sectD- 544 sectB
79
Para ilustrar la importancia genio y figura del Cayetano deberiacutean bastar estas palabras con que Ferdinando Ughelli retrata al Cardenal
115 iexcl120 antildeos des-
pueacutes de su muerte
En efecto su relevancia es tal que ha sido eacutel la figura preeminente de la reimplantacioacuten en el aacutembito intelectual de la doctrina tomista
116 Y esto en dos
momentos en su propia eacutepoca y en la reimpresioacuten de sus comentarios a la Sum-ma Theologiae en la Edicioacuten Leonina
117
Asiacute tambieacuten lo atestigua un texto que si bien un tanto posterior a la impre-sioacuten de la edicioacuten leonina de la Summa es un elocuente testimonio de la reputa-cioacuten del Cardenal a lo largo de la historia
laquoLe ceacutelegravebre commentaire que S S Leacuteon XIII a incorporeacute agrave lrsquoeacutedition Leacuteonine de la Somme Theacuteologique preacutesente donc une pen-seacutee de la plus rigoureuse preacutecision drsquoougrave preacutecegravede la liberteacute drsquoesprit la plus surprenante Cette physionomie de lrsquoœuvre reflegravete bien le caractegravere mecircme de lrsquoauteur si bien traceacute de sa main ldquoNecessitas immutabilitatis est firmitas quae stat cum libertate et perficit opera-tionem liberamrdquo On srsquoexplique degraves lors le visage mecircme de Cajeacutetan rudes traits qursquohumanise le franche peacuteneacutetration du regardraquo
118
Ademaacutes con sus comentarios habriacutea influido al menos en parte en la forma de leer a Santo Tomaacutes De hecho pareciera que su interpretacioacuten habriacutea genera-do en aquellos que adoptaron los textos de Santo Tomaacutes para sus clases (sobre todo la Suma de Teologiacutea) una nueva filosofiacutea poliacutetica un nuevo modo de com-
115 Y que tambieacuten recoge Aluigi COSSIO laquoIn mezzo alla pace ed al silenzio del monastero egli fece subito concepire di segrave le piugrave belle speranze di che alcuni ammirandone la bellrsquoindole ldquodicevano che sarebbe di-ventato un altro San Tommaso altri un Alberto Magno o almeno un uomo insigne per santitagrave e dottrinardquoraquo Il Cardenale Gaetano e la Riforma vol I Tipografia Giovanni Fulvio Cividale del Friuli 1902 p 22116 Cfr F CARPINTERO BENIacuteTEZ laquoFacultas propietas dominiumraquo p 159117 Sancti Thomae Aquinatis Doctoris Angelici Opera Omnia Iussu impensamque Leonis XIII P M edita tomus nonus Secunda Secundae Summae Theologiae a quaestione LVII ad quaestionem CXXII ad codices manuscriptos vaticanos exacta Cum commentariis Thomae de Vio Caietani Ordinis Praedicatorum S E R Cardenalis Cura et Studio Fratrum Eiusdem Ordinis Romae ex typographia polyglotta s c de Propaganda Fide MDCCXCVII118 A-Fr CLAVERIE laquoLe commentaire de la Somme Theacuteologiqueraquo en Cajetan Revue Thomiste 39egraveme an-neacutee Nouvelle Seacuterie t XVII nordm 86-87 Novembre 1934 - Feacutevrier 1935 p 296
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prender la moral y consecuentemente de presentar los argumentos referidos al campo de la Eacutetica
119 diferente claro estaacute a la del Doctor Angeacutelico
Su importancia proviene tambieacuten de algunos de sus comentarios que antes de ser reproduccioacuten sistemaacutetica de las ideas de Santo Tomaacutes son una interpre-tacioacuten del todo adaptada a su tiempo ndashal de Cayetanondash que encontraron en este hombre una especie de ldquofundadorrdquo o ldquocimentadorrdquo de los siglos que vendraacuten
laquoCuantos han leiacutedo sus obras filosoacuteficas teoloacutegicas y mora-les dice el Cardenal Ceferino Gonzaacutelez le han citado con elogio sin excluir a aquellos de los filoacutesofos modernos que en su imparcialidad y amor a los estudios soacutelidos han sido conducidos a consultar sus obras Sabido es que Balmes le cita y le alaba Bayle hace lo mismo transcribiendo varios pasajes de sus obras y Leibniz despueacutes de citar uno de estos pasajes antildeade ldquoEste pasaje de Cayetano es tanto maacutes digno de ser tomado en consideracioacuten cuanto que es autor ca-paz de profundizar la materiardquoraquo120
Aunque su notoriedad no se limita a haber comentado los textos del Aqui-nate Como hemos dicho el Cayetano fue un personaje relevante de la eacutepoca histoacuterica que le tocoacute vivir En otro trabajo
121 hemos expuesto nuestra percepcioacuten respecto del Cardenal de Gaeta que a fin de cuentas resulta ser un gran desco-nocido Alliacute resumimos que con nuestro estudio
laquocentrado en la persona del Cardenal Cayetano Tomaacutes de Vio pretendemos mostrar coacutemo eacuteste se apartoacute con sus comentarios del texto tomista habiendo pasado aun asiacute a la historia como un ldquoalter Thomasrdquo como un ldquoAquinatis quasi vivensrdquo
Durante siglos el dominico de Gaeta fue considerado auto-ridad indiscutible respecto de la interpretacioacuten de los textos del de Aquino Tambieacuten hoy muchos continuacutean citando casi proverbial-
119 F CARPINTERO BENIacuteTEZ laquoLos escolaacutesticos espantildeolesraquo p 342120 Vid nota sect1 a final de paacutegina en laquoCayetano (Cardenal)raquo en Diccionario de Ciencias Eclesiaacutesticas t II Imprenta Domenech Editor Valencia 1885 pp 673-674121 N A LAacuteZARO ldquoTomaacutes de Vio el Cardenal Cayetano un gran desconocidordquo en Actas de la X Jornada de Filosofiacutea Medieval Academia Nacional de Ciencias de Buenos Aires ndash CONICET ISBN 978-987-537- 134-7 Bs As 2015
81
mente frases como ldquosi vis Thomam intelligere lege Cajetanumrdquo o tratan al Cardenal presbiacutetero de la Basiacutelica Santa Prassede como el ldquoPriacutencipe de los Comentadoresrdquo
Tras el desarrollo de nuestro escrito buscaremos concluir que si bien estamos viviendo un auge de los ldquoestudios cayetanosrdquo auacuten hoy el Cardenal Gaetano continuacutea siendo un gran desconocido en temas de Filosofiacutea Poliacutetica Moral del Derecho y hasta en la misma Eacutetica para los estudiosos de la Filosofiacutea Medieval sobre todo dentro de los ciacuterculos tomistasraquo122
Agregamos que ademaacutes su vida puacuteblica resulta tambieacuten ignota aunque po-seemos un extensiacutesimo anecdotario Sabemos que fue perseguido por sus opi-niones que sus obras fueron censuradas en la Universidad de Pariacutes y que todos ndash amigos y enemigosndash lo reconociacutean por su laquopiedad y sus irreprochables cos-tumbres su sencillez y su tierna devocioacuten a la Santiacutesima Virgenraquo
123 Tanto es asiacute
que laquoal morir dejoacute todos sus bienes a los pobresraquo124
Ilustremos este apartado con algunos datos biograacuteficos del Cardenal para poner de relieve la influencia y el poder ndashpoliacutetico y religiosondash que blandioacute Tomaacutes de Vio
El 20 de febrero de 1469 nacioacute en Gaeta Naacutepoles Giacomo de Vio de fami-lia noble A los 15 antildeos ingresa en la Orden de Santo Domingo contra la voluntad de sus padres Tomaacutes es su nombre religioso haacutebito comuacuten entre aquellos que deponiacutean su vida seglar al ingresar a la conventual (nombre de pila incluido) to-mando nuevos haacutebitos y nuevo nombre
125 Estudia en Naacutepoles Bolonia y Padua
adquiriendo buena fama y prestigio entre sus compantildeeros y superiores debido a su estudiosidad piedad y observancia
122 Ibidem p 1123 laquoCayetano (Cardenal)raquo en Diccionario de Ciencias Eclesiaacutesticas pp 673-674124 Ibidem pp 673-674125 Asiacute lo confirma A COSSIO Il Cardenale Gaetano p 21 laquoCome si ricava dai documento il convento di Gaeta apparteneva allora alla Congregazione di Lombardia ed il suo ingresso nellrsquoOrdine Domenicano quasi segnasse un fatto nuovo nella vita di Giacomo de Vio e negli annali delrsquoOrdine ci venne narrato diffusamente da tutti i cronisti Il Contarini scrisse ldquocompiutu appena gli anni 15 della sua etagrave affine di sottrarsi con piugrave sicurezza alle loro lusinghe chiese e vesti lrsquoabito di San Domenico correndo lrsquoanno del Signore 1484 nel convento di Gaeta sua patria che spettava alla celebre Congregazione di Lombardia e prese il nome di Fra Tommasordquoraquo
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Durante el capiacutetulo general de 1494 Cayetano fue elegido para defender su Tesis seguacuten la tradicioacuten enfrentaacutendose a otros estudiantes y maestros entre quienes se contaba a Pico della Mirandola Para 1495 ya habiacutea sido nombrado Maestro en Teologiacutea y explica la Summa en Brescia y Pavia Repasemos el he-cho tal como lo trae Aluigi Cossio en Il Cardinale Gaetano e la Riforma
laquoEra intanto il maggio dellrsquoanno 1494 e nei giorni delle Pen-tecoste si raccolsero a Ferrara i comizi generali dellrsquoOrdine dei Predicatori Vi andograve da Padova anche il Gaetano e in quellrsquoadu-nanza fu tanta la gloria che egli si acquistograve che tutti i cronisti ne tennero nota e la narrarono diffusamente ldquoAveva appena 22 anni di etagrave scrisse il Flavio quando andossene a Ferrara nobilissima cittagrave drsquoItalia Tenevasi ivi in quel tempo il comizio generale dellrsquoOr-dine domenicano e come una volta nersquo giuchi olimpici gli uomini dellrsquoetagrave antica gareggiavano insieme per la forza del corpo cosigrave a quel tempo gli uomini religiosi solevano in tali adunanze esercitare i loro animi ed emularsi nei buoni costumi nelle lettere e enelle scienze Ed in tale comizio invitato a disputare come un cursore ve-locissimo ed un forte atleta combattegrave cosigrave strenuamente nelle lotte e publiche e private che cattivatosi gli animi di tutti guadagnossi lode di ingegno e dottrina e sapienza Ed un giorno essendoglisi proposte alcune ardue e difficilissime questioni e disputandone lui alla presenza di uomini dottissime risplendette tanta forza di ingeg-no e di sapienza che tutti lo dicevano non un uomo mortale ma un uomo disceso dal Cielo Ammiravano il suo ingegno ammiravano la sua sapienza ma sopratutto stupivano della sua etagrave E stimavana-no cosa piugrave divina che umana che un giovinetto della sua etagrave sapes-se tanto ed essendo egli disceso dalla cattedra dopo aver finita la disputa non lo lasciarono neppure toccare la terra ma sollevatolo improvvisamente sulle loro mani lo portarono innanzi allrsquoIllustris-simo Duca di Ferrara ed al maestro general dellrsquoOrdine i quali as-sistevano alla disputa Dai quali Fra Tommaso ricevuto con grande onore e lodato assai per approvazione di tutti fu nominato maestro E questo nome era specialmente a quel tempo importantissimo e santissimo fra gli uomini religiosi perchegrave si chiamavano cosigrave sola-mente gli uomini dottissimirdquoraquo
126
126 Ibidem pp 33-34
83
Respecto de la presencia de Giovanni Pico della Mirandola en tal evento como su opositor primero y como promotor de su nombramiento luego Cossio recoge la siguiente narracioacuten
laquoEssendosi dunque raccolti a Ferrara i comizi generali de-llrsquoOrdine nel giorno 18 maggio dellrsquoanno 1494 vi fu mandato an-che il giovane Fra Tommaso a difendere delle conclusioni a nome di tutta la provincia di Lombardia ed egli sostenne il suo ufficio con tanta ammirazione di tutti e trovato come il suo oppositore il giovane principe Giovanni Pico della Mirandola la Fenice di tutti gli ingegni di allora seppe ripetere le sue cento obbiezioni che pa-revano a tutti gli altri dei fulmini con tale felice memoria e appo-ggiare le sue risposte con tanta erudizione che finita la disputa fra gli applausi di quel numerosissimo congresso fu portato Fra Tom-maso nelle braccia come in trionfo innanzi al Duca di Ferrara e a Fra Gioacchino Torriani maestro dellrsquoOrdine e per le istanze del conte della Mirandola fu coronato di laura dal maestro dellrsquoOrdine e quantunque avesse appena 25 anni di etagrave fu nominato maestro di sacra teologia cosa affatto inusitata nellrsquoOrdine se si eccettua San Tommaso di Aquinoraquo
127
Terminados los comicios el Cardenal retornoacute a Padua donde fue inmediata-mente nombrado profesor ordinario en la Universidad
128 Estas dos narraciones
del episodio en que fue elevado a Maestro en Teologiacutea muestran claramente la buena fama y alta reputacioacuten que teniacutea que lo acompantildearon durante toda su vida y que se extienden hasta nuestros diacuteas
En 1500 el Cardenal Caraffa traslada al Cayetano a Roma donde las cosas se suceden vertiginosamente para el de Gaeta En gran medida debido a su buena reputacioacuten
En 1501 es nombrado Procurador General de los dominicos y profesor de Filosofiacutea y Exeacutegesis en La Sapienza En 1507 pasa a ser Vicario General en 1508 General (con 39 antildeos)
127 Ibidem p 34128 Cfr Ibidem p 35
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El de Gaeta se encontraba asiacute al mando de altos encargos y responsabilida-des religiosas
En 1511 Tomaacutes de Vio abandona Roma dirigieacutendose a Pisa donde inter-vendraacute en favor del Papa en el pseudo-concilio de Pisa Luego de esto el hecho maacutes importante fue el encuentro que el Cardenal tuvo en Augsburgo con Martiacuten Lutero por entonces fraile agustino
Ameacuten de todo lo dicho adentreacutemonos un poco en este suceso tal como lo relata el Diccionario de Ciencias Eclesiaacutesticas
laquoLeoacuten X le nombroacute Cardenal en 1517 y le envioacute como le-gado a Alemania para inducir al Emperador Maximiliano a formar una alianza contra los turcos A la sazoacuten Lutero habiacutea empezado a publicar sus errores el Cardenal Cayetano le habiacutea refutado en un libro que escribioacute acerca de las indulgencias pero con su caraacutecter de Cardenal no olvidoacute el intereacutes de su orden cuando Lutero fue citado para que retractase sus posiciones erroacuteneas el heresiarca queriacutea una discusioacuten que de ninguacuten modo le fue concedida El Cardenal no procedioacute en este negocio con aquel acierto que era de esperar de sus condiciones e ingenio pues sabido es que el motivo que dio pretexto a Lutero para sus errores fue que la predicacioacuten de las indulgencias habiacutea sido confiada a la orden de Santo Domingo y no a los agus-tinosraquo129
Recordemos que son muchas las cuestiones que debemos atender al poner nuestro anaacutelisis en la disputa de Augsburgo Sobre algunas ya hemos hablado pero repaseacutemoslas raacutepidamente los crecientes impuestos e imposicioacuten de diez-mos la relajacioacuten de las costumbres dentro de la Curia romana la liviandad con que se practicaban las excomuniones la bula papal sobre la predicacioacuten de las Indulgencias (Papas Julio II y Leoacuten X) la remodelacioacuten de la Basiacutelica de San Pedro in Vaticano la situacioacuten econoacutemica del Arzobispado de Maguncia etceacute-tera
En este contexto el 31 de octubre de 1517 Lutero clava las 95 Tesis en Wittemberg En 1518 en la Universidad de Frankfurt el P Juan Teztel OP responde a Lutero Fray Martiacuten pronuncia en contrapunto un ldquoSermoacuten sobre
129 laquoCayetano (Cardenal)raquo en Diccionario de Ciencias Eclesiaacutesticas pp 673-674
85
la indulgencia y la graciardquo Contesta inmediatamente el dominico Teztel con un escrito llamado ldquoExposicioacuten contra un sermoacuten temerario de veinte artiacuteculos erroacuteneos tocantes a las indulgencias papales y a la graciardquo
Son varias ndashhemos dichondash las aristas de este problemaacutetico poliedro los Pa-pas el abuso de las indulgencias con fines demasiado ldquomundanosrdquo la corrup-cioacuten de las costumbres de la Curia Romana (y de los sacerdotes en general) la necesidad de una reforma moral el Renacimiento entendido como un proceso ldquomundanizanterdquo de la Iglesia el abuso y el demeacuterito de los procesos de excomu-nioacuten el asedio de los turcos y la nueva amenaza del Islam sobre Europa y un largo etceacutetera
Ocasioacuten de otro trabajo seraacute el anaacutelisis de las muchas figuras y los temas que rodearon a nuestros interlocutores como por ejemplo Cisneros (franciscano ob-servante) la Complutense (Universidad situada en Alcalaacute de Henares donde se debiacutea ensentildear seguacuten las ldquotres veredasrdquo la tomista la escotista y la nominalista de G Ockham franciscano) y la Biblia los Reyes Catoacutelicos Francisco de Vitoria llegado a Salamanca en 1526 el Concilio de Trento Domingo de Soto San Ig-nacio la Compantildeiacutea de Jesuacutes y la Ratio studiorumVemos que nuestro personaje fue importante entre importantes
Volvamos a Cayetano y a Lutero Al agustino (Lutero) no bastaron las res-puestas del dominico (Teztel) Asiacute las cosas fray Martiacuten fue recibido por otro dominico ndashahora Cardenal Tomaacutes de Viondash para poner fin a la contienda
Debatieron ambos el dominico y el agustino entre los diacuteas 12 y 20 de oc-tubre Luego de tanto el Cardenal argumenta que tal doctrina ndashreflejada en la Bulandash procede de la autoridad papal Lutero responde que los documentos pon-tificios no son infalibles Y asiacute terminoacute todo Una vez finalizada la disputa de Augsburgo continuaron ambos sus caminos El fraile hacia Wittemberg el Car-denal hacia Roma
En 1518 al volver de Alemania Tomaacutes de Vio es nombrado Cardenal de Gaeta En 1519 Cayetano continuacutea desempentildeaacutendose en su cargo con toda la confianza de la corte pontificia y del mismo Papa Leoacuten X por entonces mien-tras que Lutero tiene una nueva contienda ahora en Leipzig con el profesor Eck (Ingolstadt)
El 15 de junio de 1520 aparecioacute la bula Exsurge Domine Alliacute el Papa conmi-na a Lutero a la retractacioacuten dentro de los sesenta diacuteas so pena de excomunioacuten El 10 de diciembre en Wittemberg Fray Martiacuten la quema puacuteblicamente aban-
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dona la regla monaacutestica (pero no la capucha ni su celda) y anuncia la quema de libros de derecho canoacutenico
En 1523 tras la muerte de Leoacuten X el Cardenal es enviado a Hungriacutea por Adriano IV para animar a los cristianos en su resistencia contra los turcos y en 1524 es nombrado consejero por Clemente VII Tambieacuten Cayetano permanece recluido hasta pagar su libertad al ser tomado preso en Roma cuando el duque de Borboacuten se apodera de la ciudad y la entrega al saqueo
En 1534 el 23 de marzo fue uno de los 19 cardenales que se pronuncia por la validez del matrimonio de Enrique VIII con Catalina de Aragoacuten El 9 de agos-to del mismo antildeo muere el Cardenal en Roma
Fue un hombre que hizo filosofiacutea teologiacutea y poliacutetica es decir gobernoacute concertoacute voluntades combatioacute herejiacuteas y debatioacute con filoacutesofos tradujo textos biacuteblicos y se dedicoacute a la docencia
Con todo esto queremos decir que con su particular y decidida influencia en el aacutembito acadeacutemico religioso y poliacutetico el de Gaeta indicoacute el sendero y el sentido que habriacutea de seguir la reflexioacuten moral filosoacutefica y teoloacutegica y la praxis poliacutetica
laquoCayetano ha desarrollado una increiacuteble actividad literaria y esto se intensificoacute porque desde el 1500 hubo de cumplir tareas importantes en su Orden y en la Iglesia Sus escritos se dividen en obras filosoacuteficas teoloacutegicas y exegeacuteticas Era considerado el teoacutelogo maacutes importante de su tiempo Una particularidad habiacutea en Padova una caacutetedra de los Escotistas Esto determinoacute que Cayetano discu-tiera sin fin con ellos y que entrara en el juego de innumerables distincionesraquo130
Elegimos al Cayetano por todo esto y porque ademaacutes se opone abiertamente al Aquinate ndashtal vez por las razones que acabamos de tomar de L Eldersndash cuan-
130 L ELDERS laquoCayetano comentador de la Suma de Teologiacutea de Santo Tomaacutesraquo en Actas del Congreso Internacional de la XXVI Semana Tomista 2011 de la Sociedad Tomista Argentina Universidad Catoacutelica Argentina Biblioteca digital de la UCA p 1
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do comenta la divisioacuten que eacuteste hace de la justicia El Angeacutelico dice laquoduae sunt iustititia species scilicet commutativa et distributivaraquo
131 El Cayetano comenta
laquoIn articulo primo quaestionis sexagesimaeprimae nota quod iuxta triplicem ordinem inventum in aliquo toto triplex species iusti-tiae invenitur Invenitur siquidem ordo partium inter se et ordo totius ad partes et ordo partium ad totum Et similiter iustitia triplex lega-lis distributiva et commutativa Legalis enim dirigit partes ad totum distributiva vero totum ad partes commutativa demum partes inter se Sed hae duae vocantur iustitiae particulares illa generalisraquo
132
Es decir para Santo Tomaacutes la justicia tiene dos partes general y particular y dos son las especies de la particular conmutativa y distributiva Para el Caye-tano tres son las especies de la justicia que no tiene dos partes sino que es una con tres especies
iquestEs lo mismo afirmar una cosa o la otra iquestCuaacuteles son las implicancias teoacute-ricas de concebir distintamente la forma y las especies de la justicia iquestY cuaacuteles los alcances praacutecticos en relacioacuten al bien comuacuten poliacutetico Para que quede claro el texto del Angeacutelico y la glosa del Cardenal iquestson una y la misma doctrina An-ticipamos asiacute nuestra hipoacutetesis y el objeto de esta investigacioacuten
Nos queda por tratar el motivo principal por el cual el Cayetano seraacute conoci-do como el Priacutencipe de los Comentadores Veamos a rengloacuten seguido un poco maacutes detenidamente sus obras que no se reducen a los comentarios a la Suma de Teologiacutea
I33 La obra literaria del Cayetano
Como hemos insinuado el Cardenal desarrolla una intensa actividad lite-raria en el campo de la loacutegica la filosofiacutea la teologiacutea y la exeacutegesis biacuteblica Sus trabajos no se circunscriben exclusivamente a los comentarios a la Suma de
131 S Th II-II q 61 a 1 r d132 Cfr Comm Card Caie en S Th II-II q 61 a 1 Volveremos maacutes adelante sobre esta misma cita
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Teologiacutea de Santo Tomaacutes de Aquino aunque siacute son estos el gran hecho al que el Priacutencipe de los Comentadores debe su renombre
133
Denis Janz puntualiza sobre cuaacuten grandemente ha sido ignorado el Cayetano en tal vez uno de sus temas maacutes importantes y que por motivos personales maacutes le ha preocupado el de la interpretacioacuten biacuteblica
laquoThe importance of the biblical commentaries within Caje-tanrsquos corpus has rarely been given its due among Cajetan scholars Cajetan is the first major representative of the Thomist school to write extensive commentaries on Scripture In fact the range of this Scripture commentaries rivals that of Thomas himself Cajetanrsquos commentaries reflect an interest in Scripture and an emphasis on its importance that make him stand out in the late medieval Thomist school In this respect at least one can say Cajetan was more true to the spirit of St Thomas contemporaries in their struggle with a foe that look the sola scriptura principle as its watchword It is per-haps this emphasis on the importance of Scripture that makes Caje-tan the greatest Thomist of the Reformation eraraquo
134
En efecto argumenta el autor que luego de 1518 (la disputa de Augsburgo) el uacutenico cometido de Tomaacutes de Vio fue laquoto ldquotake awayrdquo the Scripture from Luther and put it back into the hands of the Roman Churchraquo
135 Y que esto lo convertiriacutea
como hemos visto recieacuten en el ldquomayor tomista de la era de la Reformacioacutenrdquo
Para seguir con el anaacutelisis de la obra literaria del Priacutencipe de los Comenta-dores volvamos al texto que hemos citado de L Elders donde nos presenta las obras del Cardenal en tres grupos o categoriacuteas
136
El primer grupo es el de los comentarios a las obras de caraacutecter filosoacutefico De ente et essentiae De conceptu entis De nominum analogia y De anima contra Pedro Pomponazzi
133 Lo que sigue en este apartado es parte de un trabajo presentado en el XVI Congreso Latinoamericano de Filosofiacutea Medieval en Chile (antildeo 2017) con el nombre de ldquoEl Cayetano y sus comentariosrdquo y se encuentra en prensa para la publicacioacuten de las Actas del XVI Congreso Latinoamericano de Filosofiacutea Medieval134 D JANZ laquoCajetan a Thomist Reformerraquo en Renaissance and Reformation Renaissance et Reacuteforme New Series Nouvelle Seacuterie vol 6 nordm 2 (May mai 1982) pp 95-96135 Ibidem p 95136 L ELDERS ldquoCayetano comentadorrdquo pp 2-7
89
El segundo es el concerniente a la doctrina sobre la eacutetica y la moral Aquiacute hace un recorrido por los comentarios que el Cardenal realizoacute a otras obras del Aquinate a saber las cuestiones disputadas sobre la verdad los comentarios a la Eacutetica Nicomaquea etc
El tercer grupo es ldquoel gran comentario de Cayetano sobre la Suma de Teolo-giacutea que merecidamente es la causa principal de su famardquo
137
Ademaacutes hay tambieacuten otros comentarios del Cardenal que el autor no consi-dera y los podriacuteamos agrupar en torno a la temaacutetica Biacuteblica o Biacuteblico-exegeacutetica y temas relacionados a la Eclesiologiacutea y la jerarquiacutea eclesiaacutestica y el Derecho Canoacutenico
Si bien L Elders nota ldquoefectivamente una cierta distancia una deacutecalage como dice en franceacutes entre la teoriacutea de Cayetano y los datos que encontramos en la obra de Santo Tomaacutesrdquo
138 aun asiacute rescata ldquocuaacuten profundo es el texto apa-
rentemente simple de Tomaacutes al leer las numerosas distinciones introducidas en los comentarios del Cardenalrdquo
139
Como vemos los comentarios del Cayetano no soacutelo se centraron en la Suma Teoloacutegica sino que tambieacuten se destacaron en torno a otros textos Evidentemen-te los referidos a la Summa son los que comportan una riqueza mayor Ya por la extensioacuten ya por la cantidad de temas de la obra
Pero para que no quede la impresioacuten de que la actividad literaria del Priacutencipe de los Comentadores ha sido breve recordamos el estudio histoacuterico de R P Con-gar OP ldquoBio-biliographie de Cajeacutetanrdquo (publicado en la misma Revue Tomiste en conmemoracioacuten por los cuatrocientos antildeos de la muerte del Cardenal que debajo citaremos) donde pone un listado de todos los escritos del Cayetano 148 en total
Sabemos que los comentarios del Cardenal a la Suma de Teologiacutea no fueron publicados por primera vez en la Edicioacuten Leonina De hecho indagar sobre las primeras ediciones de este comentario es entrar en un campo poco estudiado y muy confuso
Es realizar una arqueologiacutea bibliograacutefica-editorial yendo a la buacutesqueda de muchas precisiones confirmaciones y corroboraciones que se inscriben dentro del campo de los estudios linguumliacutesticos de textos raros y manuscritos Cosa que
137 Ibidem p 7138 Ibidem p 6139 Ibidem p 8
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
se infiere de la lectura del mismo trabajo introductorio de la Edicioacuten Leonina que en su praefatio nos indica ndashal hablar de otras ediciones de la Summa que ldquoentre otras merece ser mencionada por su presentacioacuten y elegancia tipograacutefica la edicioacuten Romana del antildeo 1773 con los comentarios del Cayetanordquo
140 Y maacutes
adelante anota en pie paacutegina que la edicioacuten parisina de 1514 fue publicada ldquosine textu s Thomaerdquo
141 Todaviacutea no habiacutea finalizado sus comentarios a la secunda
secundae Es decir existiacutean (y existen todaviacutea hoy) otras ediciones de los co-mentarios del de Gaeta
Como vemos los comentarios adjuntos a la Leonina fueron el fruto de una investigacioacuten criacutetica de los textos del Cardenal Asiacute lo exponen ndashy hemos citadondash los curadores de la tal edicioacuten al explicar el proceso que llevaron adelante sobre los comentarios del Cayetano
Nos dicen que alliacute donde el texto aparece deteriorado o incomprensible bus-caron recomponerlo Ademaacutes donde encontraron comentarios diversos sobre el mismo punto intentaron determinar cuaacutel de ellos concordaba mejor con el pen-samiento del autor para ponerlo debajo de cada artiacuteculo En cambio aquellos que fueron desestimados para el texto criacutetico-canoacutenico han sido reproducidos en maacutergenes laterales
Asiacute tambieacuten donde encontrasen soacutelo un comentario que pareciera no ade-cuarse a los sostenido previamente o en otros lugares por el Cayetano optaron por sentildealarlo con un signo de interrogacioacuten en el margen Queriendo asiacute signifi-car cierta inadmisibilidad de la autoriacutea de tal comentario
Del mismo modo aclaran los editores distribuyeron los comentarios seguacuten se refiriesen a cada parte cuestioacuten y artiacuteculo de la Suma enumerando seguacuten fuese conveniente
Finalmente los responsables de la Edicioacuten Leonina indicaron convenien-temente con notas marginales a queacute otros lugares obras autores el Cardenal se referiacutea al comentar142
140 Vid Praefatio en S Th I qq 1-49 t IV Romae 1888 p XII nota 1 ldquoInter alias mentionem meretur etiam ob chartae praestantiam et elegantiam typorum Romana editio anni 1773 cum Commentariis Caie-tani in X tomos in folio distributa et ad Patavina an 1698 ad amussim exactardquo141 Ibidem p XV nota 2142 Cfr ibidem p XV La nota es larga pero pensamos que vale la pena traerla ldquoAd hanc ergo Venetam Commentariorum Caietani editionem quae prima procul dubio est quaque operam suam prastantibus peritissimis viris Alberto de Castello et Augustino Natali in lucem prodiit nostram in omnibus examussim exegimus At quoniam nec illa ob imperitiam et oscitandam typothetarum a mendis vacat idcirco nun-
91
Todo esto lo hemos planteado para mostrar la amplitud del tema y llamar la atencioacuten sobre la urgencia de un estudio criacutetico en torno a los comentarios del Cardenal Tomaacutes de Vio
Con esto queremos puntualizar la necesidad de atender a los comentarios del Cardenal Primero por la complejidad que revisten Ademaacutes porque han sido objeto de sucesivas ediciones correcciones selecciones publicaciones etc Tal vez emprender una tarea seria de criacutetica externa e interna para determinar y sacar a la luz ulteriores precisiones sobre los mismos descubre otro cofre en la inmensa riqueza de los estudios medievales y en este particular caso renacen-tistas y tomistas
El Cayetano comenta a fin de ldquoprecisarrdquo los liacutemites del sentido del texto to-mista Eacutel es ndashpara la historiandash el inteacuterprete vaacutelido de Santo Tomaacutes de su doctrina y los alcances de esta el ldquoPriacutencipe de los Comentadoresrdquo
Sus comentarios son pedagoacutegicos a la vez que exegeacutetico-hermeneacuteuticos La idea de que nadie mejor que el Cardenal para entender a Santo Tomaacutes fue la que se impuso en su tiempo y que llegoacute hasta nosotros Felizmente discutida en los uacuteltimos antildeos
quam omisimus alias in consultatione vocare Parisiensem nempe anni 1514 posterioresque praestantiores ediotionesHac autem via et ratione textum ubicumque vitiatus appareret reformare quantum licuit curavimus Primo animum et mentem serio applicuimus ad genuinam intelligentiam assequendam eorum quae in his comentariis continetur in quem finem non piguit alios etiam adire auctores quorum vel doctrinam assumit Caietanus in suum commentarium vel opiniones refutat vel argumenta contra s Thommam diluit Deinda loca vitiata in una editione ex aliis restituimos Ubi vero duae lectiones occurrebant quarum utraque contextui et menti Auctoris consona quoquo modo videbatur alterutram in margine laterali apposuimos Indubios errores omnibus editionibus communes proprio marte emendavimus Ubi vero editionum lectio non plene respondere contextui videbatur poterat tamen alicua ratione sustineri in ipso margine cum signo interrogationis tu fieri solet notavimus quomodo nobis videretur legendumPraeter haec aliud in hac nostra editione praestare curavimus in commodum eorum quin in horum Com-mentarium lectione nondum satis versati sunt Commentaria nenpe in suas quaeque partes distribuimus partesque singulas propriis numeris distinximus Deinc loca omnia ad quae in eodem commentario remittit Auctor quaeque menti oportet esse presentia ad intelligentiam eorum quae in praesenti dicuntur ut nullo negotio statim ab omnibus inveniri possint signato in margine numero indicavimus Hoc autem quanto adiumento futurum sit novitiis in longioribus praesertim commentariis experimento constabitQuam demum in textu s Thomae posuimus operam et diligentiam in restituendis et supplendis cuiusvis generis indicibus eandem prorsus et in Commentariis Caietani adhibuimusrdquo
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CAPIacuteTULO II STATUS QUAESTIONIS
II1 ANTECEDENTES DE LA CUESTIOacuteN
II11 El resurgimiento de los estudios tomistas
El resurgimiento de los estudios tomistas es una de las caracteriacutesticas que signa nuestra cuestioacuten Y en principio resulta paradoacutejico debido a la cantidad de aristas que tiene De una parte el menosprecio de un sector de la comunidad acadeacutemica y el creciente intereacutes de otro
Ademaacutes es posible establecer diferentes eacutepocas en el resurgimiento de los estudios tomistas Nosotros ponemos tres
La primera tras la rehabilitacioacuten del Papa Juan XXII de la doctrina tomasia-na en el siglo XV Asiacute lo relata F Carpintero Beniacutetez
laquoAlgo maacutes tarde en el siglo XV los doctores que ensentildean en Pariacutes y cuyos libros se desparraman por toda Europa estaacuten tocados por el espiacuteritu de San Francisco y buscan establecer una nocioacuten de jus y del dominium que sirve a los fines de los Franciscanos Tal cosa sucedioacute con Juan de Gerson Conrado de Summerhart Ga-briel Biel o Jacobo Almain Sus doctrinas se vieron momentaacutenea-mente frenadas por el auge creciente del tomismo pues la obra de Santo Tomaacutes tras sufrir varias condenas eclesiaacutesticas habiacutea sido rehabilitada por el Papa Juan XXII y a finales del siglo XV fue adoptada y comentada por Tomaacutes de Vio maacutes conocido como el cardenal Cayetanoraquo143
143 F CARPINTERO BENIacuteTEZ laquoLos escolaacutesticos espantildeolesraquo p 342
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Pero agrega el autor que laquola ensentildeanza tomista fue minoritaria hasta que en el siglo XVI la propagoacute Francisco de Vitoria coincidiendo con el auge de la monarquiacutea castellano-aragonesaraquo
144 Vitoria al retornar de Pariacutes utilizaraacute la
Summa Theologiae en sus lecciones (en lugar de explicar las sentencias de Pedro Lombardo) dando origen a los ldquoestudios tomistas que conocemos con el nombre de salamanticensesrdquo y que domina la primera mitad del siglo XVI
145
Luego de este periacuteodo y especialmente durante el siglo XVII la reflexioacuten filosoacutefica comienza el paulatino distanciamiento con la tradicioacuten del realismo claacutesico
El abandono de las fuentes y de la lectura directa de los textos (por ejem-plo de Santo Tomaacutes) fue una constante hasta el segundo renacimiento del tomismo
La segunda era la ubicamos bajo el auspicio del Papa Leoacuten XIII con una serie de hechos muy significativos
En primer lugar la promulgacioacuten de la carta enciacuteclica Aeterni patris (4 de agosto de 1879) destinada a promover los estudios filosoacuteficos en la Iglesia dan-do como ejemplo a Santo Tomaacutes de Aquino
Luego la fundacioacuten de la Pontificia Academia de Santo Tomaacutes de Aquino en Roma (15 de octubre de 1879) con un fuerte deseo de publicar laquoune nou-velle eacutedition complegravete des œuvres de saint Thomas qui preacutevoit une reacutevision de lrsquoeacutedition Piana (Rome 1570) agrave partir de ldquonouveaux manuscrits reacutecemment deacutecouverts et rendus utilisablesrdquo ainsi que la recherche drsquoouvrages ineacutedits du Docteur angeacutelique dans les manuscrits des grandes bibliothegraveques europeacuteennes afin de compleacuteter la Pianaraquo
146 Y la creacioacuten de la Comisioacuten Leonina (1880)
Todo lo relata notablemente Fernand Van Steenberghen
laquoLeacuteon XIII avait promulgueacute lrsquoencyclique Aeterni Patris le 4 aoucirct 1879 Le 15 octobre de la mecircme anneacutee dans une lettre au car-dinal De Luca il annonccedilait son intention de promouvoir une nou-velle eacutedition des eacutecrits de S Thomas Le 8 janvier 1880 il passait agrave la reacutealisation de son projet en en confiant lrsquoexeacutecution agrave une com-
144 Ibidem p 342145 Ibidem p 342146 Vid la paacutegina consultada el 30112017 httpwwwcommissio-leoninaorg201408chronologie- es-sentielle
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mission composeacutee de trois cardinaux de curie il leur demandait une eacutedition qui reacuteponde aux requecirctes de la critique moderne et qui agrave cette fin devrait recourir agrave lrsquoaide des manuscrits Membre de la commission cardinalice le cardinal Zigliara de lrsquoordre des Precirc-cheurs srsquointeacuteressa tregraves activement agrave lrsquoentreprise et mit au travail une eacutequipe de dominicains
On deacutecida de commencer par les commentaires aristoteacuteli-ciens Les manuscrits conserveacutes de cette cateacutegorie drsquoeacutecrits sont relativement peu nombreux il eacutetait donc possible en ce domaine drsquoarriver assez vite agrave des reacutesultats valables en exploitant aussi complegravetement que possible la tradition manuscrite en vue de re-constituer le texte sorti de la plume de lrsquoauteur Mais les premiers eacutediteurs adoptegraverent une autre meacutethode ils prirent comme texte de base celui de la Piana la premiegravere eacutedition complegravete des œuvres de S Thomas publieacutee agrave Rome en 1570 agrave lrsquoinitiative de S Pie V les variantes des manuscrits furent releacutegueacutees dans lrsquoapparat mecircme lorsqursquoelles permettaient drsquoameacuteliorer le texte seules les fautes manifestes de la Piana furent corrigeacutees La preacutefeacuterence donneacutee agrave la Piana nous paraicirct surprenante aujourdrsquohui en reacutealiteacute ce choix eacutetait dicteacute par la prudence le texte de cette eacutedition est drsquoordinaire fort bon et conscients de ne pas encore dominer pleinement la tradition manuscrite les eacutediteurs preacutefeacuteregraverent srsquoen tenir agrave un texte sucircrraquo
147
Estos eventos coinciden con el surgimiento de numerosas revistas dedicadas al estudio la difusioacuten y la profundizacioacuten del tomismo pero que raacutepida y nueva-mente caeraacuten ndasha juicio de J L Widow Lirandash en el olvido
laquoEn particular el estudio de la filosofiacutea poliacutetica de Santo To-maacutes tuvo un impulsor importante en el Papa Leoacuten XIII Entre eacutel y 1930 aproximadamente existen muchas obras que entran en esta materia Despueacutes de eso y durante un par de deacutecadas no existe nin-guna obra importante y de caraacutecter general sobre la doctrina poliacutetica de Santo Tomaacutesraquo148
147 F VAN STEENBERGHEN laquoLrsquoeacutedition leacuteonine des œuvres de saint Thomasraquo en Revue Philosophique de Louvain 4egraveme seacuterie t 72 nordm 13 1974 p 5148 J L WIDOW LIRA La naturaleza poliacutetica p 13
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Aquiacute ndashveremos en el proacuteximo incisondash se destacaraacuten figuras de notoria rele-vancia como el Card Deacutesireacute Mercier Maurice De Wulf Yves Simon y Garri-gou-Lagrange entre otros y cuadernos de publicaciones prestigiosiacutesimos como la Revue neacuteo-escolastique de philosophie la Divus Thomas la revista Angeli-cum y los Studi Tomistici Esta segunda etapa es conocida oficialmente con el nombre de Neo-escolaacutestica
Finalmente luego de este olvido habraacute un tercer resurgimiento que todaviacutea hoy presenciamos Podriacuteamos decir revitalizacioacuten que se inicia a mediados del s XX y que continuacutea
laquoParalelamente a los estudios sobre el Doctor Angeacutelico a par-tir de los antildeos sesenta muchos temas propios de la filosofiacutea poliacutetica comienzan a ser desarrollados por la sociologiacutea con una metodo-logiacutea que podriacutea llamarse aunque resulte algo oscuro el teacutermino cuantitativamente objetivistaraquo149
Asiacute entonces la tercera etapa se enmarca en otra nueva era signada por el renovado intereacutes por la filosofiacutea poliacutetica
laquoEntre las disciplinas filosoacuteficas la filosofiacutea poliacutetica ha sido considerada durante mucho tiempo la ldquocenicientardquo de la casa tanto por el escaso nuacutemero de estudios dedicados a este campo como por el tipo de problemas de los que se debe ocupar
[] Pero esta situacioacuten se ha invertido en los decenios que han marcado el fin del segundo milenio ya que a partir de los antildeos setenta las publicaciones de filosofiacutea poliacutetica se han multiplicado alcanzoacute en alguacuten caso tiradas soacutelo imaginables para libros de narra-tivaraquo150
Reafirma esta opinioacuten Stefano Zamagni
149 Ibidem p 13150 G CHALMETA La justicia poliacutetica p 13
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laquoUn segno dei tempi tipico dellrsquoattuale fase storica che me-riterebbe una lettura piugrave attenta di quanto stia ricevendo egrave quellrsquoin-sistente appello allrsquoetica come se tutto fosse etica che egrave andato sos-tituendo quellrsquoaltrettanto insistente appello alla politica tipico degli anni lsquo60 del secolo scorso secondo cui ldquotutto era politicardquoraquo
151
Y tambieacuten Jeroacutenimo Corral Genicio quien resulta todaviacutea maacutes preciso al asignarle nombre y fecha a este resurgimiento
laquoEstrechamente ligada al orbe de la moralidad desde sus oriacutegenes puede hoy decirse que la preocupacioacuten por la justicia y su realizacioacuten en el mundo del Derecho es una realidad palpitante y para cuya reflexioacuten ha sido de gran utilidad la revitalizacioacuten de la discusioacuten sobre este valor a partir de la conocida monografiacutea A theory of Justice de John Rawls aparecida en 1971raquo152
Joseacute Luis Widow Lira tambieacuten cree que laquoen las uacuteltimas deacutecadas se han ido despertando de manera cada vez maacutes espontaacutenea y abierta ciertas preocupa-ciones en torno a la viacutea elegida para transitar poliacuteticamente que se refieren desde luego y de modo particular al quiebre producido entre el orden moral y el poliacuteticoraquo
153 Y agrega maacutes adelante que si bien en otros laquotiempos la filosofiacutea
poliacutetica ha sido muy desatendidaraquo hoy por el contrario estamos en presencia de una laquorevitalizacioacutenraquo de los estudios sobre esta temaacutetica
154 que no encuentra
respuestas para los problemas poliacuteticos actuales
laquoEl gran problema si se trata de una verdad o una mentira po-liacutetica es el fin de la comunidad tambieacuten poliacutetica Hoy si se sigue el debate contemporaacuteneo se podraacute descubrir que el gran tema de fondo es el de la buacutesqueda de aquellos principios que otorgan legitimidad al orden poliacutetico que las sociedades se dan a siacute mismas Y el proble-
151 S ZAMAGNI ldquoLrsquoeconomia del bene comunerdquo en Ideeconomia 3 Cittagrave Nuova Roma 2007 p 211152 J CORRAL GENICIO ldquoLa nocioacuten de Justicia en la Retoacuterica de Aristoacutetelesrdquo en Revista Telemaacutetica de Filosofiacutea del Derecho 6 (20022003) p 137153 J L WIDOW LIRA La naturaleza poliacutetica p 7154 Cfr Ibidem pp 13-15
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ma de la legitimidad es principalmente el problema del fin o ndashsi se quiere en pluralndash de los fines de la sociedad poliacuteticaraquo155
Como resulta evidente los estudios tomistas resurgieron cada vez que no se pudo dar respuestas a determinados planteos de la vida cotidiana del hombre y de las naciones Vista la situacioacuten actual de los estados modernos de la poliacutetica internacional de la crisis de la justicia y de tantas otras cosas resurge ndashuna vez maacutesndash la figura y la doctrina de Santo Tomaacutes de Aquino como piedra de toque y auxilio en la reflexioacuten filosoacutefico-poliacutetica De aquiacute su importancia nuestro intereacutes y eleccioacuten
II12 Tomaacutes de Vio el Cardenal Cayetano el ldquoPriacutencipe de los Comentadoresrdquo
Fue el Cardenal nacido en Gaeta uno de los responsables de esta restaura-cioacuten de los estudios tomasianos durante el primer y segundo resurgimiento del tomismo
laquoEs manifiestamente conocido el esfuerzo de Tomaacutes de Vio Cayetano por difundir y defender en todas sus partes el pensamien-to de Tomaacutes de Aquino Su labor de difusioacuten (v gr lograr que la Summa Theologiae reemplace a las Sentencias de Pedro Lombardo como libro de texto a comentar) sus comentarios a la misma Suma y sus numerosos opuacutesculos que exponen defienden y desarrollan las tesis tomistas fueron importantes y conocidos ya en su eacutepoca
De ahiacute que por siglos se haya sostenido una identidad fun-damental de pensamiento entre Tomaacutes de Aquino y Cayetano Este seriacutea el gran sistematizador y expositor de los temas primordiales tanto teoloacutegicos como filosoacuteficos del Aquinate Cayetano es el poacuterti-co que facilita el acceso a su maestro
Hasta tal punto esto es asiacute que en la llamada filosofiacutea perenne o filosofiacutea aristoteacutelico-tomista tan extendida hasta mitad del siglo pasado con frecuencia no se distingue en las citas al disciacutepulo del
155 Ibidem p 15
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maestro Es que ambos participariacutean de una doctrina comuacuten De alliacute que los comentarios de Cayetano al Aquinate son tan apreciados en la interpretacioacuten de la letra tomistaraquo156
Como tambieacuten atestigua L Elders
laquoSe sabe que el Papa Leoacuten XIII ordenoacute que en la edicioacuten criacute-tica de la Suma de Teologiacutea de Santo Tomaacutes de Aquino el texto de cada artiacuteculo debiacutea estar acompantildeado del comentario del gran domi-nico Tomaacutes de Vio llamado Cayetano que era considerado el mejor comentador de la obra maestra de Tomaacutesraquo157
Y es cierto que las intenciones del Cayetano fueron las que menciona C P Muntildeoz difundir la doctrina del Angeacutelico
En el Praefatio al t IV (que dedica el Cardenal Tomaacutes de Vio al Cardenal Caraffa de Naacutepoles) y con que la edicioacuten del Papa Leoacuten XIII (en adelante ldquoleo-ninardquo) inicioacute la publicacioacuten de la Opera Omnia Sancti Thomae Aquinatis el Cayetano realiza esta declaracioacuten
laquoNostrae vero huius susceptae expositionis hinc exorta ratio est quia formalis sermo Doctoris nostri magnam recondit sensuum altitudinem cum tamen verborum collocatio ac delectus perplexi nihil habens prima fronte lectorem videatur allicere ac facilitatem sensuum polliceri Verum multo aliter evenire sibi lector intellegit atque ab initio existimarat repetita enim lectio Auctoris huius vi-detur augere potius quam decerpere sensus percipiendi difficulta-temraquo158
Asiacute es la exposicioacuten es para facilitar al lector el sentido de las ensentildeanzas de Santo Tomaacutes y de secundarlas Pero consciente de posibles yerros doctrinales pide ndashen el Proacutelogo a la primera parte de la Suma que ademaacutes de adherir a la in-
156 C P MUNtildeOZ laquoLos comentarios del Cayetanoraquo p 1157 L ELDERS laquoCayetano comentadorraquo p 1158 S Th I sect Praefatio
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tencioacuten y a la obra del Angeacutelicondash ser corregido alliacute donde se distancie de su prin-cipal cometido ser entendido como un defensor y desarrollador del Aquinate
laquoSed eatenus dico hic et ubique quatenus reddita ratio testa-tur Propterea ubi defecero correctori ut adiutori gratias ago Verba quoque erroris falsitatis deceptionis ignorantiae et aliorum huius-modi non contra personas sed contra opiniones et hoc etiam quae-tenus minus solidae sunt vel apparent interpretanda esse volo quo-niam personis nullo pacto opinionibus vero non nisi ut dissonant adversari intendoraquo159
Tomaacutes de Aquino deja en claro sus intenciones laquopropositum nostrae inten-tionis in hoc opere est ea quae ad Christianam religionem pertinent eo modo tradere secundum quod congruit ad eruditionem incipientiumraquo
160 Que Tomaacutes
de Vio apropia
laquoNovitiis namque opus hoc convenir dicitur non rationi faci-litatis aut superficialis aut epilogalis aut introductorii tratatus sed rationem sectarum superfluitatum omissae repetitionis et pulcherri-mi ordinis ab ipso inventi ut enim in precessu apparet omnes theo-logales difficultates et ex propriis hic distincte tractanturraquo161
Como vemos el Priacutencipe de los Comentadores hace suyas las intenciones de Santo Tomaacutes de instruir no soacutelo a los maacutes avanzados ldquosed etiam incipientes erudirerdquo Ademaacutes explica comentaraacute la litterae Thomae para repetirla y defen-derla de los errores y falsedades con que otros la exponen A este respecto deja en claro que sus comentarios son contra las opiniones y no contra las personas que las profesan Pide asimismo a quienes hallen yerro de su parte lo corrijan ut adiutori No se propondraacute ni poner ni quitar nada soacutelo exponer la doctrina tomista apoyaacutendose en la ayuda de tantos otros fratres ordini Praedicatorum
159 Comm Card Caie en S Th I sect Prologus160 S Th I sect Prologus161 Comm Card Caie en S Th I sect Prologus
101
Una primera diferencia que encontramos y sobre la que maacutes adelante nos explayaremos es respecto del modo en que Santo Tomaacutes se ocupa de la justicia y el modo en que el Cardenal comenta
laquoEl meacutetodo que sigue el Aquinatense en su Suma Teoloacutegica es el aristoteacutelico es decir es filosoacuteficamente realista moderado y es metodoloacutegicamente realista pues como tal asciende de las cosas a las ideas
Propedeacuteuticamente hablando estaacute ndashcomo ha explicado Mi-chel Villeyndash dirigido a la ensentildeanza (doctrina) y al acto de aprender (disciplina) en busca de la verdad ndashde su ciencia en el grado ase-quible al hombrendash invitando para ello al lector a rehacer el mismo camino que la razoacuten del maestro ha debido recorrerraquo162
Es decir en la glosa cayetana podremos evidenciar una posicioacuten metodoloacute-gica diversa si bien fines u objetivos comunes Y es cierto como lo demuestran muchos estudiosos que el Cardenal se aparta con su interpretacioacuten y comen-tarios de la doctrina tomista Pero auacuten hoy permanecemos en una situacioacuten de confusioacuten generalizada debido a la reputacioacuten e influencia del de Gaeta
En nuestro trabajo apoyaacutendonos en estos antecedentes desarrollaremos la tesis de que el Cayetano tambieacuten se aparta de la nocioacuten de justicia propuesta por Santo Tomaacutes de Aquino en S Th II-II qq 57-62 Y que a la base de este distan-ciamiento no hay solamente una cuestioacuten metodoloacutegica ndashque acabamos de es-bozarndash sino algo todaviacutea maacutes profundo dos modos distintos de concebir el tema moral dos perspectivas eacuteticas Una es la del Aquinatense otra la del Gaetano
Asiacute como las investigaciones que mencionamos y mencionaremos tratan de escindir la figura del Cayetano del tomismo o de un tomismo ldquoortodoxordquo cuanto menos tambieacuten nosotros nos introduciremos en esta problemaacutetica Claro que es difiacutecil puesto que debemos derogar el mote de ldquoPriacutenciperdquo al comentador que nos ocupa tarea nada sencilla Hemos pensado que quizaacutes resignificarlo o precisarlo es un modo de quitarlo proponiendo un viraje tal vez el Cayetano no sea un ldquoPriacutenciperdquo al estilo de las monarquiacuteas medievales
162 J VALLET DE GOYTISOLO laquoLa justicia seguacuten Santo Tomaacutes de Aquinoraquo en Arbor CLXXV 691 (2003) p 1143
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Quede claro pues otro antecedente de vital importancia para comprender maacutes cabalmente la cuestioacuten Para entender la nocioacuten de justicia en los comenta-rios de Tomaacutes de Vio debemos atender al hecho de que
laquoEl comentario de un texto filosoacutefico consiste en la emisioacuten de un juicio o consideracioacuten sobre el lugar que ocupan las ideas defendidas en el texto en el conjunto del conocimiento y en la expo-sicioacuten de nuestro punto de vista al respecto (no confundaacuteis esto con lo que vosotros llamaacuteis ldquoopinioacuten personalrdquo) Esto quiere decir que comentar es ante todo relacionar Relacionar las ideas del texto con nuestros conocimientos Y relacionar las ideas del texto con nuestras propias ideas sobre el temaraquo163
Entonces si hemos dicho que Santo Tomaacutes ldquocristianizardquo toda la herencia que recibe del mundo griego romano judiacuteo y aacuterabe iquestNo podremos concluir con este trabajo que el Cayetano ldquomodernizardquo al Aquinate
Un priacutencipe moderno que relaciona ideas de un texto y una doctrina del pasado con las suyas propias que es el primero entre los comentadores de los tiempos modernos que le sucederaacuten El Priacutencipe de los Comentadores
Hemos querido tratar estos temas como Antecedentes de la Cuestioacuten para que mejor se entendiese lo que sigue el Estado de la Cuestioacuten propiamente
Estamos realmente convencidos y pensamos que asiacute lo hemos demostrado de que muchas veces el ldquooficiordquo de medievalista estaacute transido del tipo de prejui-cios que hemos relatado (p ej vid supra sectI1 pp 40-42 y sectI21 pp 42-47) asiacute como tambieacuten del profundo desconocimiento de la actualidad de los estudios y actividades que se producen en referencia a la Edad Media
Pero es cierto que se ignoren tales empresas no significa que no sean actua-les ni mucho menos acadeacutemica y metodoloacutegicamente fructiacuteferas
163 httpswwwwebdianoiacomestudiarcomentariohtm Consultado el diacutea 01122017
103
De hecho hasta aquiacute hemos visto coacutemo los estudios tomistas se suceden en el tiempo La figura clave es Santo Tomaacutes quien obra ndasha nuestro juicio y por ello nuestra posturandash una genial siacutentesis del espiacuteritu de los antiguos tanto griegos como romanos sin olvidar la tradicioacuten judiacutea y aacuterabe En efecto nada le resulta ajeno
De alliacute que pertenecer a esta tradicioacuten tomar sus principios rever sus ar-gumentos proponer nuevamente conclusiones es siempre y en todo momento renovador Renueva al sujeto y al objeto a la persona y a la doctrina La filosofiacutea perenne es aquella exenta de intermisioacuten es la que ni cesa ni interrumpe su labor
Antes de comenzar el proacuteximo apartado quisimos dejar en claro y mostrar que dedicarse a estos temas es una forma maacutes de pertenecer a un geacutenero que lleva iacutensito el gran tesoro de todo lo humano a pesar del desprestigio y los pre-juicios que injustamente se endilgan a los medievalistas y la falta de actualidad fundamentalmente a los tomistas
II2 ESTADO DE LA CUESTIOacuteN
II21 Los estudios actuales en torno a la virtud de la justicia en Santo Tomaacutes
Tal como adelantamos el Estado de la Cuestioacuten sobre nuestro tema y sobre los estudios centrados en la virtud de la justicia en Santo Tomaacutes es por diversos motivos un tanto particular
En primer lugar muchos son una exposicioacuten e interpretacioacuten de los textos tomistas y pertenecen al geacutenero de los artiacuteculos y ensayos monograacuteficos Como por ejemplo resultaraacute de la lectura ndashentre otrosndash de G Saacutenchez G-H o de M Lutz- Bachmann
164
164 G SAacuteNCHEZ G-H laquoAcerca de la Justicia en Santo Tomaacutes de Aquinoraquo en Estudios Puacuteblicos 18 (1985) 77-92 R SPIAZZI Principi di Etica Sociale Edizione Studio Domenicano Bologna 1990 M LUTZ- BACHMANN laquoThe Discover of a Normative Theory of Justice in Medieval Philosophy On the Reception and further Development of Aristotlersquos Theory of Justice by St Thomas Aquinasraquo en Medieval Philosophy and Theology 9 (2000) 1-14
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Por otro lado son muy pocos los estudios especiacuteficos acabados y sistemaacute-ticos sobre nuestro tema y los comentarios del Cayetano Pero los que siacute se centran soacutelo en la consideracioacuten de la justicia en Santo Tomaacutes ndashque repetimos no abundanndash rastrean la geacutenesis del liberalismo contemporaacuteneo en la mal com-prensioacuten o desatencioacuten de la doctrina tomista Asiacute lo refleja C A Sacheri en su estudio laquoLa Justicia Conmutativa y la reciprocidad en los cambiosraquo tras afirmar que luego de Aristoacuteteles es el Doctor Comuacuten quien mejor ha entendido esta re-lacioacuten afirma
laquoEl liberalismo capitalista ha negado sistemaacuteticamente el principio de reciprocidad en los cambios con su desmesurado afaacuten de lucro invocando absurdamente la utopiacutea de que los egoiacutesmos in-dividuales se armonizan espontaacuteneamente lo cual traducido en buen romance equivale a sostener que cien mil injusticias individuales engendran automaacuteticamente un orden social justoraquo165
Queremos destacar aquiacute ademaacutes lo que pareciera ser un pensamiento domi-nante (al menos para quienes provienen de aacutembitos de habla inglesa) de que es posible concebir la fundacioacuten del liberalismo poliacutetico en el mismo Santo Tomaacutes de Aquino y su doctrina poliacutetica particularmente en lo tocante al tema de la vir-tud de la justicia
Como sostiene por ejemplo F R Hittinger en laquoJohn Rawls The basis of Social Justice and intercultural dialogue in globalized worldraquo Es interesante coacutemo el autor analiza el origen del liberalismo y cuaacutel fue su papel en el surgi-miento de los Estados Modernos que atribuye tal a las Monarquiacuteas Cristianas Ademaacutes de esto se ve coacutemo tambieacuten afirma que el liberalismo no ha surgido esto es no ha comenzado junto con el nacimiento de los Estados Modernos
laquoThe transformation of polities or realms into states is neither liberal nor nonliberal but lsquomodernrsquo Liberalism did not begin as a special theory or family of theories geared to answer the question lsquoshall there be a territorial nation-statesrsquo Christian manarchs and
165 C A SACHERI laquoLa Justicia Conmutativa y la reciprocidad en los cambiosraquo en Verbo 126 7 (1974) p 856
105
their courts settled this question without guidance from liberalism Rather liberals sought to answer the question lsquocan such a state be justrsquo It is possible (in theory and practice) to achieve something more than a mere modus vivendi between competing nation states along with a weak system of toleration at home
Liberalism answers yes to both parts of the question It does so by unfolding a normative ontology of the moral capacities and liberties of the individual
[] There are indeed many kinds of liberalism But we will not err greatly if we make the following generalization liberalisms orient themselves in terms of the moral capacities and inherent va-lue of individual libertyraquo
166
Su razonamiento es el que el Estado Moderno surge precisamente con la Modernidad y que el liberalismo nace dentro de la defeccioacuten de aquella anterior edad dando asiacute respuestas a las cosas que la anterior organizacioacuten poliacutetica ndashleacutea-se monarquiacuteasndash no podiacutean ni pudieron ndashni habriacutean podido pues a este punto ya no existiacuteanndash dar
167
Sentildealemos al pasar que de esto se seguiriacutean al menos dos consecuencias La primera la de atribuir a la Doctrina de la Iglesia Catoacutelica en Santo Tomaacutes de Aquino la fundacioacuten ndashen la reflexioacuten filosoacutefica poliacuteticandash de las teoriacuteas de cuntildeo liberal Antildeaacutedanse a esto las repercusiones en el campo de la moral La segunda la de compeler a todos los fieles catoacutelicos a su puesta en praacutectica
Ademaacutes se utiliza este argumento ndashel de la justicia tomistandash como un puente para llegar al debate sobre otros conceptos tales como ldquoJusticia Socialrdquo y ldquoDere-chos Humanosrdquo entre tantos
Asiacute R Cambareri en Il cristiano in politica La domanda di giustizia nel mondo contemporaneo hace referencia expliacutecita a esta nocioacuten de que la justicia entendida estrictamente hace referencia al ldquoreconocimiento al respeto y a la realizacioacuten de los derechos del hombrerdquo
168
166 F R HITTINGER en laquoJohn Rawls The basis of Social Justice and intercultural dialogue in globalized worldraquo en Doctor Comunis (2007) pp 142-143167 Cfr F R HITTINGER en laquoJohn Rawlsraquo pp 142-164168 Cfr R CAMBARERI Il cristiano in politicaraquo p 25
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Por otra parte encontramos a P Saacutenchez Garrido quien argumenta laquoque existe una correlacioacuten entre la responsabilidad de la comunidad poliacutetica y de la autoridad en el bien comuacuten de todos sus ciudadanos la dignidad de la per-sona humana el decoro y bienestar humanos la autosuficiencia o autarquiacutea y la vida feliz virtuosa y contemplativa del ciudadano en orden a la verdad y el bienraquo
169
Finalmente J Vallet de Goytisolo aporta una gran cantidad de referencias comentarios acotaciones disensiones y reflexiones Este ensayo representa un esfuerzo por parte del autor para ilustrar el pensamiento de Santo Tomaacutes de Aquino recurriendo a los ldquoTratadosrdquo (quaestiones) ldquoDe iurerdquo ldquoDe iudiciordquo y a los comentarios que el Aquinatense realizase a los libros aristoteacutelicos Por todo lo cual a eacutel remitimos
170
Tambieacuten vemos coacutemo se analizan los textos tomistas en referencia a otros comentaristas maacutes recientes Asiacute lo muestra J M Ayala Martiacutenez en su impor-tante artiacuteculo El mismo resulta muy interesante porque ademaacutes aporta claridad sobre la importancia e influencia que ha podido tener el Cayetano en el desarro-llo de la filosofiacutea poliacutetica moderna Particularmente podriacuteamos descubrir esto en la huella que ndashtal vezndash haya dejado en dos grandes personajes de la filosofiacutea juriacutedica que tuvieron lugar en el contexto del descubrimiento la colonizacioacuten y la conquista de Ameacuterica Fray Bartolomeacute de las Casas y Francisco de Vitoria y que el mismo autor trata
171
Esto muestra que si bien el estudio de Santo Tomaacutes se ha ido imponien-do paulatinamente en los uacuteltimos antildeos hay todaviacutea una urgencia de volver a la lectura de sus textos Explica mucho mejor todo lo que decimos Joseacute Luis Widow Lira Ponemos aquiacute una cita en la que manifiesta su opinioacuten que ade-maacutes de pertinente resulta conveniente por la siacutentesis y el elenco que trae de autores
laquoPues bien junto a estos intentos de entender lo poliacutetico se han venido sucediendo algunos otros que rescatan la oacuteptica del San-
169 P SAacuteNCHEZ GARRIDO laquoConsideraciones sobre la Justicia distributivaraquo p 15170 J VALLET DE GOYTISOLO laquoLa justicia seguacuten Santo Tomaacutes raquo pp 1143-1162171 J M AYALA MARTIacuteNEZ laquoImportancia de los teoacutelogos juristas de Salamanca en el desarrollo de los derechos humanosraquo en P ROCHE ARNAS (coord) El pensamiento poliacutetico en la Edad Media Fundacioacuten Ramoacuten Areces Madrid 2010 pp 253-262
107
to Doctor volviendo a poner la poliacutetica en el carril que le correspon-de Maacutes allaacute de innumerables artiacuteculos sobre el caraacutecter del saber poliacutetico existen algunos autores que se han afanado para abarcar globalmente el pensamiento poliacutetico de Santo Tomaacutes Por ejemplo Giovanni Invitto en La cittagrave dellrsquouomo Il pensiero politico di San Tommaso o John Finnis en Aquinas Moral Political and Legal Theory o Jorge Martiacutenez Barrera en Reconsideraciones sobre el pensamiento poliacutetico de Santo Tomaacutes de Aquino Digno de mencioacuten es Alfredo Cruz Prados Ethos y polis Bases para una reconstruc-cioacuten de la filosofiacutea poliacutetica que aunque no pretende ser una explica-cioacuten de la poliacutetica seguacuten Santo Tomaacutes me parece que recoge muy de cerca el espiacuteritu del pensamiento poliacutetico del Aquinateraquo172
Queda claro entonces visto el actual Estado del Arte referido a las publica-ciones concernientes a Santo Tomaacutes de Aquino y su doctrina la gran necesidad de secundar todos estos movimientos acadeacutemicos que buscan y proponen conti-nuar profundizando no soacutelo las obras del Angeacutelico sino tambieacuten aquellas posi-bles interpretaciones de otros pensadores como por ejemplo el Cayetano y por queacute no la influencia que ha tenido en su tiempo y en los antildeos y siglos venideros Influencia que se prolonga hasta nuestros diacuteas
Con fines ilustrativos y para continuar demostrando la carencia de estudios orientados hacia el argumento que hemos elegido es que nos introduciremos en la escasa bibliografiacutea acerca de los estudios actuales y aquellos de maacutes rele-vancia sobre el Cardenal Tomaacutes de Vio Esto es algunas de sus obras y lo que maacutes interesa a nosotros sus comentarios a la obra de Santo Tomaacutes de Aquino Especialmente a los textos de la S Th II-II y a los referidos a las cuestiones en que se trata la virtud de la justicia (cuestiones 57-62)
Expondremos tambieacuten cuaacuteles son a nuestro parecer los porqueacutes de este no muy numeroso repertorio bibliograacutefico
Y luego discurriremos sobre las publicaciones que han tratado el tema de la justicia y su interpretacioacuten en el Cayetano
Algo hemos adelantamos cuando hablamos sobre la confusioacuten generalizada sobre este tipo de estudios algunas veces sin precisioacuten en las citas y referencias
172 J L WIDOW LIRA La naturaleza poliacutetica p 14
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y lo que es peor basaacutendose en obras que con el correr del tiempo el autor de estas ha modificado
Siendo no menor esto que acabamos de exponer pasemos entonces a los dos momentos de los que hablaacutebamos para presentar las publicaciones actuales relacionadas a nuestro tema
II22 Investigaciones sobre el Cayetano sus obras y comentarios
Adentraacutendonos ahora en los estudios que profundizan sobre las obras de autoriacutea personal del Cayetano o sobre los comentarios que el Cardenal realizoacute a algunas de las obras de Santo Tomaacutes estamos en condiciones de proponer las siguientes apreciaciones
En primer lugar podemos ver que el mayor nuacutemero de los estudios sobre el Cayetano se centran en sus comentarios y escritos sobre los conceptos de ente analogiacutea esencia y abstraccioacuten
173
Pero tambieacuten hay otros estudios que versan sobre temas auacuten maacutes variados174
ndashincluyendo algunas biografiacuteas o semblanzas
175ndash asiacute como tambieacuten estaacuten aque-
173 A GOERGEN laquoDie Lehre von der Analogie nach Kardinal Cajetan und ihr Verhaumlltnis zu Thomas von Aquinraquo en Divus Thomas XLIII (1940) p 523 L FERRARI laquoA Thomistic Appraisal of Thomas de Vio Cajetanrsquos ldquoabstractio totalisrdquoraquo en Angelicum XLXI (1965) pp 441-462 MUNtildeOZ CEFERINO PABLO laquoEn torno a dos lecturas posibles sobre el conocimiento de las esencias en Tomaacutes de Aquinoraquo en Toacutepicos 43 (2012) pp 123-151 Este uacuteltimo con una destacada bibliografiacutea de referencia sobre estos temas174 G DE HOLTUM laquoSpecimem commentarium Caietani usui scholarum accomodatorumraquo en Divus Thomas (1901) pp 563-573 R P LEHU laquoLa penseacutee de Sylvestre de Ferrare et de Cajegravetan sur la Justice originelleraquo en Revue Thomiste 33e anneacutee XI (1928) pp 430-511 V POLLET laquoLa doctrine du Cajetan sur lrsquoEacutegliseraquo en Angelicum XII (1935) pp 223-244 R GARRIGOU-LAGRANGE laquoLe sens du mystegravere chez Cajetanraquo en Angelicum XII (1935) pp 3-18 S BERSANI laquoDe mente Cardinalis Caietani circa vim conclusionum quinque viarumraquo en Divus Thomas 4-5 (1938) pp 429-434 V DEGLrsquoINNOCENTI laquoLrsquoopinione giovanile del Gaetano sulla costituzione ontologica della personaraquo en Divus Thomas (1941) pp 154-166 laquoAnimadv In Caietani doctrinam de corporum individuationeraquo en Divus Thomas (1948) pp 19-45 laquoDel Gaetano e del principio drsquoindividuazioneraquo en Divus Thomas XLIII (1949) pp 207-208 E QUARELLO laquoIl problema scolastico della persona nel Gaetano e nel Capreoloraquo en Divus Thomas (1952) pp 34-63 A GIORDA-NO laquoIl sacrificio della Messa nel pensiero del Gaetanoraquo en Divus Thomas (1956) p 97 D DOHERTY laquoThe sexual doctrine of Cardinal Cajetanraquo en Divus Thomas (1969) p 231 M F MANZANEDO laquoLa inmortalidad del alma humana seguacuten Cayetanoraquo en Angelicum 76 (1999) pp 309-340175 Por ejemplo la de A COSSIO e intitulada laquoIl Cardenale Gaetano e la riformaraquo del antildeo 1902 en 1936 J M VOSTEacute escribe literalmente una paacutegina laquoThomas de Vio O P cardinalis Caietanus Sacrae paginae
109
llas obras realizadas en homenaje al Cardenal (como por ejemplo la de la revista Angelicum en la conmemoracioacuten de los cuatrocientos antildeos de la muerte del Ca-yetano)
176
Con respecto a esto encontramos dos estudios que resultan muy interesan-tes aunque no tan actuales Pese a esto son una referencia y lectura obligada en cuanto al de Gaeta se refiere
En las dos publicaciones maacutes recientes () dedicadas a la persona del Carde-nal Cayetano (la que ya citamos perteneciente a la revista Angelicum laquoIubilaris Commemoratio Cardinalis Caietaniraquo de 1934 y aquella de la Revue Thomiste de los antildeos 1934-1935) no encontramos maacutes de cinco escritos relacionados a nuestro tema
Tales estudios tal vez los maacutes abarcadores de la persona y las obras que existan del Cayetano vieron la luz en un obvio clima de rememoracioacuten y con-memoracioacuten del Cardenal pero que no ha suscitado mayor intereacutes en los antildeos sucesivos
177
Por otra parte indirectamente relacionados a nuestro tema son pocos los escritos que hay
178
En lo tocante a las publicaciones referidas a las obras de Cayetano la Divus Thomas publica entre 1936 y 1965 seis textos del Cayetano de las cuales dos son traducciones al ingleacutes Cabe decir que se publican soacutelo los textos Siacute claro estaacute con alguna nota preliminar o proacutelogo de quien condujo o cuidoacute la edicioacuten pero no mucho maacutes
Ahora cambiando un poco la oacuteptica pero siguiendo en nuestra liacutenea inves-tigativa diremos algo de los trabajos que versan sobre los textos de Santo Tomaacutes y sus comentadores
Magisterraquo y en 1952 laquoUn gigante dello spiritu Il card Gaetanoraquo de E FEI176 Como por ejemplo la laquoIubilaris Commemoratio Cardinalis Caietaniraquo Angelicum 1934 (fasciacuteculo cuarto antildeo XI correspondiente a la publicacioacuten trimestral octubre-diciembre de 1934)177 En 1936 P CASTAGNOLI bajo el tiacutetulo laquoDe Thoma de Vio O P Card Caietanoraquo hace una recensioacuten a la publicacioacuten de la Rivista di filosofia neo-scolastica di Milano nuacutemero entero dedicado al Gaetano en el cuarto centenario de su muerte178 A FERNAacuteNDEZ laquoIustitia originalis et gratia santificans iuxta D Thomam et Cajetanumraquo y su conti-nuacioacuten Las dos en el antildeo 1931 En 1973 C VANSTEENKISTE O P escribe laquoLrsquoedizione Leonina delle opere di San Tommasoraquo
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En este campo la actividad de mayor actualidad e importancia es la Semana Tomista Argentina realizada en 2011 bajo el lema ldquoInteacuterpretes de Santo Tomaacutesrdquo
De las publicaciones de las Actas del Congreso Internacional de la XXVI Semana Tomista 2011 de la Sociedad Tomista Argentina realizadas por la Uni-versidad Catoacutelica Argentina es sin duda aquella de Pablo Ceferino Muntildeoz la que maacutes se acerca a nuestro tema laquoLos comentarios del Cayetano iquestcontinuidad o divergencia con la doctrina de Santo Tomaacutesraquo
En la misma obra P C Muntildeoz confecciona una lista de los autores que sentildealan coincidencia y diferencias entre el pensamiento de Santo Tomaacutes y los comentarios del Cayetano Por ser eacuteste el estudio de maacutes actualidad y presentar una muy buena siacutentesis de esos argumentos reenviamos a su lectura
179
En otros de sus escritos C P Muntildeoz brinda citas y referencias sobre los autores que sentildealan la fundamental diferencia entre la doctrina del de Aquino y el del Gaeta a la vez que muestra coacutemo otros autores entre ellos J Maritain se apoyan en el Cayetano para cimentar y desarrollar su pensamiento y exposicio-nes filosoacuteficas
180
Pero sobre el tema de la justicia no se dice todaviacutea mucho De aquiacute que investigar dicho argumento representa el principal objetivo de este trabajo Y esto porque ademaacutes jutificar la realizacioacuten de un estudio pormenorizado entre los textos de uno y los comentarios del otro Abriendo asiacute un nuevo campo de discusioacuten e investigacioacuten filosoacutefica cual es el de la Filosofiacutea Poliacutetica o Moral en el pensamiento de Cayetano
Habiendo dicho lo precedente proponemos las liacuteneas que aquiacute continuacutean para ilustrar el pensamiento reinante en este tema Luego traeremos un anaacutelisis exhaus-tivo y pormenorizado de la bibliografiacutea existente sobre el mismo
179 C P MUNtildeOZ laquoLos comentarios del Cayetanoraquo Aprovechamos aquiacute para mencionar que hemos tenido un grato intercambio con el autor a traveacutes de algunos mensajes que nos enviaacutesemos por correo electroacutenico De hecho fue el mismo autor el que en un primer momento nos brindoacute en formato digital esta y la otra obra que a continuacioacuten citamos y a la que ya hemos hecho referencia Ademaacutes eacutel mismo nos proveyoacute con las instrucciones necesarias para acceder a las consultas de la Biblioteca Digital de la UCA en soporte electroacute-nico Y como si no fuera poco y asiacute dando gestos de su caballerosidad nos envioacute ndashsiempre mediante correo electroacutenicondash los archivos oficiales de las tales publicaciones tambieacuten en el mismo formato digital180 Cfr IDEM laquoEn torno a dos lecturas posiblesraquo pp 1-5 y p 9
111
Pasemos al uacuteltimo de los puntos que hemos querido para la exposicioacuten de nuestro Status Quaestionis
II23 La nocioacuten de justicia tomasiana y su referencia al Cayetano
Como hemos adelantado el estudio de la justicia en Santo Tomaacutes de Aquino y los comentarios realizados por el Cayetano a los textos de la Suma Teoloacutegica es por muchos desconocidos
Tanto es asiacute que en las disputas actuales no se conoce cuaacutel es la causa por la que el Cayetano da origen a la ldquotriparticioacutenrdquo entre las partes subjetivas de la justicia
Sobre el tema de la justicia uno de los que goza de de mayor actualidad es el estudio de Rodriacuteguez Luntildeo Alliacute su autor nos habla del objeto de la misma virtud de su tipologiacutea y de las virtudes adjuntas a ella
181
Exponiendo sus argumentos y luego de decir que Santo Tomaacutes recibe y mantiene sustancialmente igual la definicioacuten de la virtud de la justicia de los juristas romanos ndashy tras establecer con el Aquinate cuaacutel sea su objetondash llegamos al lugar de nuestro intereacutes al leer sobre las diversas opiniones en torno al nuacutemero de sus partes subjetivas en Tipologia della Giustizia
A este punto nos llama la atencioacuten que Aacute Rodriacuteguez Luntildeo cite a Anselm Guumlnthoumlr ya que no solamente eacutel lo haraacute sino tambieacuten otros Lo que aquiacute sentildea-lamos es para que lo tengamos presente en el desarrollo de este apartado sin ser meramente algo que decimos al pasar o fruto de una vaga ocurrencia
Por otra parte y siempre tratando el tema de la justicia R Cambareri al introducir el tema de la Divisione della virtugrave della giustizia en el tercer capiacutetulo de Il cristiano in politica La domanda di giustizia nel mondo contemporaneo
182
lo hace parafraseando las palabras de Santo Tomaacutes correspondientes a S Th II-II q 58
181 Cfr Aacute RODRIacuteGUEZ LUNtildeO Scelti in Cristo per essere santi Morale Speciale t III Edusc Roma 20132182 R CAMBARERI Il cristiano in politica pp 34-39
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Queremos volver a notar algo Y es lo siguiente que la citacioacuten que hace de Guumlnthoumlr es a la misma obra volumen e inciso que tambieacuten realizoacute Rodriacuteguez Luntildeo
183
Y advirtamos tambieacuten coacutemo trata el tema de la divisioacuten de la justicia expo-niendo claramente las palabras de Santo Tomaacutes citando puntualmente los tex-tos
184
Ademaacutes tras presentar el tema de la ldquojusticia socialrdquo y en habiendo sentildea-lado tres ldquohechosrdquo por los cuales sostiene que la mencionada virtud de la justi-cia social y la virtud de la justicia (ldquocardinal-tradicionalrdquo) son una agrega laquoLa nozione di giustizia sociale comprende globalmente le tre forme classiche della giustiziza fondando perograve diritti e doveri sulla base delle esigenze naturaleraquo
185
Para contribuir a la claridad deseada de nuestro escrito traemos ahora la afirmacioacuten sobre la triparticioacuten de la justicia (realizada casi cuarenta paacuteginas despueacutes) atribuida al Cayetano laquoIl significato della bipartizione in giustizia generale e particolare e non tripartizione (cf Caietanus) va in questa direzio-neraquo
186
Esta referencia al Cayetano tiene su origen en la lectura de Guumlnthoumlr a la que arriba hicimos referencia pero no a ninguno de los textos de Cayetano ni mucho menos a sus comentarios realizados a la Suma de Teologiacutea
Por un lado entonces concordamos con Aacute Rodriacuteguez Luntildeo con que es A Guumlnthoumlr quien mejor expone y sintetiza las posiciones respecto de este tema
Pero estamos en desacuerdo con aquello de que ya fuese superada puesto que ninguno de los autores de los que hasta aquiacute hemos sentildealado cita exactamente
Por otro y a raiacutez de lo que acabamos de afirmar no encontramos precisiones ciertas en los textos de A Guumlnthoumlr ndashiexclal que todos hacen referenciandash para atri-buir al Cayetano la posible ldquotriparticioacuten de la virtud de la justiciardquo
183 Cfr Ibidem pp 34-39184 Cfr Ibidem pp 35-39185 Ibidem p 41186 Ibidem p 78
113
Ademaacutes de lo dicho al leer el sect76 de Chiamata e Risposta187
notamos coacutemo su metodologiacutea para presentar el estudio de la justicia ha influido en aquellos autores que hemos citado precedentemente y que se colocan bajo su tutela
Notemos tambieacuten que en la posterior edicioacuten alemana de A Guumlnthoumlr Anruf und Antwort Handbuch der katholischen Moraltheologie no encontramos esta misma precisioacuten que el autor siacute realizoacute en la anterior edicioacuten italiana (Chiamata e Risposta Una nuova teologia morale) Y que ademaacutes todos los autores que mencionamos anteriormente citan la edicioacuten italiana de A Guumlnthoumlr sin con-sultar la uacuteltima publicacioacuten alemana diez antildeos posterior Asiacute las cosas hemos decido dejar la citacioacuten en italiano para demostrar por un lado la evolucioacuten de nuestra investigacioacuten asiacute como tambieacuten la seriedad de eacutesta al recurrir a la uacuteltima bibliografiacutea actualizada sobre el tema Por otro para evidenciar cuaacuten confuso es el tema del que nos ocupamos y coacutemo estos autores de indiscutible autoridad ndashy tambieacuten otrosndash continuacutean fundamentando sus opiniones
Esta misma es la de suponer que al tratar la justicia y sus divisiones debemos necesariamente hablar de los derechos fundamentales (del hombre) puntual-mente de ldquolos derechos humanos fundamentales que tanto el individuo como la comunidad en su concurrencia ndasho encuentrondash deben reconocer con su compor-tamiento justordquo
188
Siguiendo con su exposicioacuten en sectd Le principali specie di giustizia (partes subiectivae) Guumlnthoumlr tras preguntarse 1) Quante sono le parti della giustizia contesta con Una treplice divisione usuale (sect93) Veamos en queacute consiste el ar-gumento de tal respuesta
Primeramente nos dice que los teoacutelogos moralistas no estaacuten de acuerdo en determinar las partes subjetivas de la justicia notando que este problema o des-acuerdo no es soacutelo de iacutendole teoreacutetica pero praacutectica
Agrega tambieacuten que estos mismos teoacutelogos moralistas interpretan diversa-mente a Santo Tomaacutes
En un segundo momento dentro de la misma liacutenea argumentativa mencio-na que es a partir del Cayetano donde encontramos frecuentemente esta triple
187 A GUumlNTHOumlR Anruf und Antwort Handbuch der katholischen Moraltheologie B III Vallendar Schoumlnstatt Patris-Verl 1994 Chiamata e Risposta Una nuova teologia morale t III Ed Paoline 19843188 Cfr IDEM Chiamata e risposta Una nuova teologia morale t III Ed Paoline 19843 p 83
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divisioacuten Pero tampoco en A Guumlnthoumlr encontramos referencias a los textos del Cayetano
iquestDe doacutende viene pues esta ldquoposible referenciardquo al Cayetano Debido a la expresa referencia de Guumlnthoumlr pensamos que de la lectura de A van Kol
laquoUno dei teologi moralisti contemporanei che propone ques-ta triplice divisione egrave p es A van Kol Theologia moralis Hereder Barcellona 1986 t I n 540raquo189
A mayor abundamiento anotamos tambieacuten coacutemo concluye en el apartado sect94 Il punto di vista di Tomaso drsquoAquino
laquoEgrave interesante notare come A van Kol (o c) respinga espres-samente questa suddivisione di Tomaso e dimostri quindi di essere pienamente cosciente della differenza che passa tra la sua triplice divisione e quella proposta dallrsquoAquinateraquo
190
Buscamos tambieacuten los textos de V Kohl citados por A Guumlnthoumlr y esto en-contramos
laquo540 Divisio Virtus cardinalis iustitiae quae per ius tan-quam obiectum suum proprium distinguitur a ceteris virtutibus car-dinalibus ipsa dividitur in tres partes subiectivas quae respondent divisioni tripartitae ipsius iuris quam supra n 522 statuimusraquo
191
Sobre este mismo tema Samuel Gregg tambieacuten tratando el tema de la justi-cia social siacute indica el lugar exacto en donde el Cayetano obra la triparticioacuten de la justicia
192 Y lo hace citando textualmente a John Finnis
193
189 Ibidem pp 106-107190 Ibidem pp 107-109191 A VAN KOL Theologia moralis t I Herder Barcinone 19683 sect540 pp 504-506192 S GREGG What is Social Justice httpwww libertylawsite orgliberty-forumwhat-is-social-justi-ce 24112017193 J FINNIS Natural Law p 185
115
Pero ninguno de los dos estaacute preocupado o se detienen en el motivo por el cual el Cayetano realiza tan novedosa interpretacioacuten
Vemos aquiacute coacutemo hemos logrado realizar una interseccioacuten entre dos planos ndasho senderosndash investigativos diversos confluyentes en el Cayetano y su interpre-tacioacuten de la nocioacuten tomasiana de justicia
Es claro entonces que la divisioacuten de la justicia en tres partes subjetivas no es atribuible a Santo Tomaacutes de Aquino Y siendo auacuten esto asiacute son muchos los que la adoptan
Ahora bien toda la reflexioacuten sobre la triparticioacuten de justicia y las consecuen-cias que de ello se derivan son atribuibles al Cayetano
Ya en el Cardenal Cayetano vemos esta ldquotriparticioacutenrdquo de las partes subjeti-vas de la justicia y hemos encontrado su sentildealizacioacuten en J Finnis
iquestPero por queacute hace esto el Cayetano iquestEs correcto hablar de una ldquotriparti-cioacutenrdquo o deberemos hacer algunas otras precisiones iquestEs esta la uacutenica diferencia entre la nocioacuten de justicia de perteneciente a Santo Tomaacutes y a aquella del Carde-nal iquestSon los comentarios de Tomaacutes de Vio lisa y llanamente una exposicioacuten de la doctrina tomista
Para resolver estos interrogantes adentreacutemonos en la segunda parte de nues-tro trabajo
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
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SEGUNDA PARTEDOS VISIONES EN TORNO A
LAS FORMAS DE LA JUSTICIA
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
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CAPIacuteTULO IIIANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO
Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
En nuestro apartado anterior nos ocupamos de las figuras y el estado actual de las investigaciones en torno a Santo Tomaacutes de Aquino y Tomaacutes de Vio Aho-ra nos adentraremos en la cuestioacuten de la justicia y para ello estableceremos el siguiente recorrido
El primer lugar nos centraremos en la monumental obra del Aquinate la Summa Theologiae cuya edicioacuten representa un objeto de estudio en siacute mismo para los investigadores Dentro de las publicaciones tomistas no son pocas las dedicadas a la criacutetica y a la revisioacuten de las asiacute llamadas ediciones criacuteticas Otro eje de discusioacuten es el plan que ha elegido y seguido el Angeacutelico para su compo-sicioacuten
Por ello el objetivo seraacute tambieacuten el de revisar queacute lugar ocupa el tratado sobre la justicia dentro del gran esquema de la Suma Y establecer algunas con-sideraciones en torno a este particular tratado su composicioacuten divisioacuten temas finalidad etc Puesto que una alteracioacuten en cualquiera de sus partes implicaraacute necesariamente un desequilibrio en la exposicioacuten que el Angeacutelico hace de su pensamiento
Luego el segundo apartado consagrado a la investigacioacuten del texto tomista y su confrontacioacuten con los comentarios del Cayetano La importancia de este uacuteltimo punto estaacute consonancia iacutentima con su extensioacuten puesto que ademaacutes de ser una de las partes neuraacutelgicas de nuestra investigacioacuten es la que nos permitiraacute ndashen los sucesivos capiacutetulosndash articular las diversas nociones de justicia corres-pondientes a uno y otro autor
Adoptaremos una metodologiacutea que nos permita registrar en forma descripti-va y analiacutetica el texto fuente y su glosa Luego realizaremos una lectura criacutetica de las interpretaciones del Cayetano que nos pondraacute en lugar para concluir que en la base de diversas concepciones de la virtud de la justicia hay presupuestos tambieacuten diferentes Asiacute quedaraacute todaviacutea maacutes claro el entredicho vigente entre el pensamiento del de Aquino y la interpretacioacuten del de Gaeta
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
III1 EL TRATADO DE LA VIRTUD DE LA JUSTICIA EN LA SUMA DE TEOLOGIacuteA
III11 Planteo del problema
Comprender el lugar que el tratado de la justicia ocupa en la obra de la Suma ayudaraacute a entender maacutes cabalmente la dinaacutemica de la misma virtud Eventual-mente serviraacute tambieacuten a reflexionar sobre las ulteriores consecuencias cuando se obre alguna interpretacioacuten diferente de la que supone la del Angeacutelico
Es decir que si concebimos a la Suma Teoloacutegica como la siacutentesis armonio-sa del pensamiento de Santo Tomaacutes deberemos concluir que una alteracioacuten en cualquiera de sus partes llevaraacute a un distanciamiento de su doctrina
Pero claro todaviacutea hoy el intento por esbozar cuaacutel fue el plan seguido por Santo Tomaacutes a la hora de componer la Summa representa un debate en el que no hay un consenso unaacutenime Esto querraacute decir que a diferentes esquemas de la Suma Teoloacutegica diverso seraacute el entendimiento de cada uno de los tratados el de las virtudes en lo que a nosotros respecta La relacioacuten de las virtudes con el fin de la obra estaraacute en consonancia con su misma estructura y esta misma definiraacute consecuentemente la relacioacuten de las virtudes entre siacute esto es unas con otras
Aldo Vendemiati194
refiere que son muchos los modelos propuestos que pueden ser reagrupados en dos
laquoNellrsquoampio panorama degli studi sul piano della Summa si sono determinati di fatto due schieramenti da una parte coloro che condividono ndashpur con mille distinzionindash lo schema exitus-reditus proposto da Chenu (1939 1950) e dallrsquoaltra coloro che propon-gono schemi alternativi Tra i primi oltre allo stesso Chenu vanno annoverati Audet (1962) Seckler (1964) e Pesch (1965 1988) El-ders (1991) Torrell (1993) Billy (1996) Speer (2005) Tra gli altri appaiono particolarmente significative le proposte di Hayen (1952)
194 Vendemiati A La struttura della Summa Theologiae di San Tommaso drsquoAquino en Salesianum 73 (2011) pp 237-280
121
Guindon (1956 1959) Persson (1957 1958) Lafont (1961) Pat-foort (1963) Corbin (1974) Abbagrave (1983) e Metz (1998)raquo
195
Veamos siguiendo al autor la explicacioacuten que brinda respecto de los diver-sos modelos propuestos Esto serviraacute a tomar partida y a que quede clara nues-tra posicioacuten al momento de efectuar el anaacutelisis de la virtud de la justicia
Asiacute entonces traemos en forma sinteacutetica las interpretaciones que nos pre-senta A Vendemiati en el estudio que hemos sentildealado
III12 Esquemas propuestos de la Suma Teoloacutegica
El primero de los esquemas ndashelaborado por M-D Chenundash estaacute basado en las categoriacuteas platoacutenicas exitus-reditus (salida-retorno) de todas las cosas a Dios como principio El problema dice Vendemiati consiste en la aplicacioacuten de un esquema bipartito a una obra tripartita
196 que llevaraacute al autor a afirmar que la
Tertia Pars es una especie de colofoacuten artefacto Es decir superpuesto a una obra ya concluida De este modo los inteacuterpretes que asumen esta posicioacuten como va-ledera estariacutean obrando una suerte de reduccioacuten en la intencioacuten del Doctor An-geacutelico
El segundo es el meacutetodo presentado por A Hayen consistente en establecer una relacioacuten entre el plan de la Suma con el Proacutelogo al Comentario al Evangelio de San Juan Vendemiati sentildeala las obras contemporaacuteneas compuestas en el segundo periodo parisino (1269-1272) de Santo Tomaacutes La relacioacuten explica se toma de la triple consideracioacuten que el Angeacutelico realiza sobre la contemplacioacuten de Jesucristo seguacuten la altura (o la profundidad) la amplitud (o la extensioacuten o el alcance) y la perfeccioacuten
197
Una vez esto reflexiona sobre la exigencia que A Hayen pone sobre los estudiosos tomistas ldquoson ellos los que deberaacuten ajustar nuevamente la Suma reuniendo en la tercera parte todas aquellas cuestiones referidas a la cristologiacutea y
195 Ibidem p 238196 Cfr Ibidem p 240197 Ibidem pp 246-247
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
a las cuestiones histoacutericas presentes en las dos partes anterioresrdquo198
Y concluye que este meacutetodo (y esta particular tarea) no le convence porque laquoegrave come dire per essere fedeli al piano di san Tommaso dobbiamo cambiare il piano di san Tommasoraquo
199
El tercero corresponde a E Persson que se opone a la postura sostenida por Bernard y Labourdette seguacuten la cual la Tertia Pars se reduce a una moral por un lado Por otro se opone tambieacuten al plan traiacutedo por Chenu aqueacutel del exitus-redi-tus Auacuten asiacute sentildeala A Vendemiati que Persson laquosostiene che lrsquointenzione di san Tommaso egrave di dare alla teologia la struttura di una scienza nel senso aristotelico del termine vale a dire la struttura di un sapere intorno a cose immutabili ma in questo egrave ostacolato dalla natura storica della rivelazioneraquo
200 Seguacuten este es-
quema la Prima Pars mostrariacutea la relacioacuten entre la realidad y Dios (como causa eficiente) y la Secunda Pars como causa final La Tertia Pars corresponderaacute entonces al modo en que aquel movimiento fue realizado en un caso concreto en la naturaleza humana de Cristo Aquiacute Vendemiati acusa a Persson de que si bien aquella relacioacuten (Dios como causa final y eficiente) es una verdad cognos-cible a traveacutes de la filosofiacutea estaacute tambieacuten presente en la divina revelacioacuten
201
Aun asiacute le reconoce el hecho de haber sentildealado que las tres partes de la Suma corresponden a tres formas de la presencia de Dios
202
La cuarta postura (R Guindon 1959) es contemporaacutenea a la de Persson (1956) Vendemiati se identifica con el problema o un aspecto de este planteado por Guindon sobre el que pocos han posado su atencioacuten
laquoSecondo san Tommaso la teologia ldquonon tende ad altro che a riprodurre in unrsquointelligenza creata la visione che Dio ha di Seacute stes-so e delle sue opere in Seacuterdquo Lrsquounitagrave della teologia deve precisamente ldquoriprodurre a suo modo lrsquounitagrave della scienza con cui Dio si conosce e conosce in seacute le opere della sua potenza e della sua bontagraverdquoraquo
203
198 Cfr Ibidem p 248199 Ibidem p 248200 Ibidem p 249201 Cfr Ibidem pp 249-250202 Ibidem p 250203 Cfr Ibidem p 251
123
Ahora la nocioacuten aristoteacutelica de ciencia seraacute el analogado secundario que intentaraacute expresar una realidad que la sobrepasa El orden de la teologiacutea seraacute la reproduccioacuten de la Sabiduriacutea Divina En justificar lo dicho radica la tarea de fundamentar convincentemente la cientificidad de la sacra doctrina
204
La quinta propuesta respecto de la estructura de la Suma de Teologiacutea perte-nece a G Lafont y Vendemiati la llama ldquola postura de Dios en siacute mismo la crea-cioacuten en Dios y la adhesioacuten de los hombres a Dios en Cristordquo En la Prima Pars se encuetra expresado un primer grado de la concepcioacuten tomista de la historia de la participacioacuten a todos los seres de la bondad divina La Pars Secunda explica A Vendemiati citando a Lafont laquoldquoegrave uno studio dellrsquoattivitagrave spirituale dellrsquouo-mo nella sua struttura dinamica di immagine di Dio nel suo condizionamento naturale e storico nella sua finalitagrave verso Diordquoraquo
205 En la Tertia Pars nos encon-
tramos ldquofrente al uacuteltimo grado y definitivo de la economiacutea histoacutericardquo Jesucristo como medio a traveacutes del cual cualquier hombre puede alcanzar la perfeccioacuten
206
A Vendemiati le parece que la propuesta de Patfoort (ldquola condicioacuten del hom-bre y su vocacioacuten en Cristordquo) es una especie de reedicioacuten corregida de Hayden
laquola contemplazione della veritagrave in astratto non abbraccere-bbe Prima e Secunda ma solo la Prima Pars ad essa seguirebbe un trattato sulla libertagrave cristiana e lrsquoaccesso degli uomini a Dio in Cristo non ristretto alla Tertia ma comprendente Secunda e Tertia Pars insieme A livello dei contenuti materiali della Summa questa proposta potrebbe anche calzare ma non rende fino in fondo ragio-ne della tripartizione rimanendo sostanzialmente in uno schema bipartitoraquo
207
Es M Corbin (1974) quien enriquece el debate acerca del plan de la Suma a mediados de los rsquo70 con su propuesta (Ejemplar-Imagen-Revelador) concluye que las tres partes de la Suma de Teologiacutea tienen la siguiente divisioacuten (1-Ejem-plar) Dios y su obra (Pars I) (2-Imagen) el hombre y su obra (Pars II) y (3-Re-velador) Cristo y su obra (Pars III) Vendemiati anota que esto pareceriacutea contra-
204 Ibidem p 251205 Ibidem p 253206 Cfr Ibidem p 253207 Cfr Ibidem p 254
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
decir lo dicho en S Th I q 1 a 7 y reafirmado en la q 2 (que la sagrada doctrina tiene como sujeto soacutelo a Dios y trata de todo en cuanto que son Dios o que a Eacutel se ordenan en cuanto a su principio o a su fin)
208 En este punto el autor endilga
a Corbin sostener que
laquoIn realtagrave non crsquoegrave alcuna contraddizione ndashsostiene Corbinndash giaccheacute la considerazione di Dio in quanto principio e fine di tutte le cose non determina la divisione della materia bensigrave offre la chiave formale per la trattazione teologica di ogni materia Il che significa che tutta la Summa effettivamente ha Dio come unico soggetto e tratta di tutte le altre cose solo in quanto hanno ordine a Dio come al loro principio o al loro fineraquo
209
La octava postura pertenece a G Abbagrave quien reflexiona sobre la evolucioacuten del pensamiento de Santo Tomaacutes proponiendo una tesis teoloacutegico-sistemaacutetica del plan sobre el cual el Aquinate habriacutea compuesto la Suma Teoloacutegica Dios principio fecundo ad intra es tambieacuten principio fecundo ad extra constituyendo en el hombre y en Cristo nuevos principios fecundos para alcanzar la perfeccioacuten y la plenitud final que le son propios en virtud de cumplir virtuosamente con el mandato y el gobierno divino
210
La novena tesis es la de W Metz quien reduce la estructura de la Summa en dos oacuterdenes orden formal y orden material Antes de anotar que Metz utiliza una terminologiacutea hegeliana fuera de lugar para explicar su posicioacuten en torno al plan seguido por Santo Tomaacutes de Aquino en la elaboracioacuten de la Summa Theologiae y de reconocerle haber puesto la atencioacuten en la perspectiva del objeto formal de la disciplina que nos convoca Vendemiati concluye
laquoDal punto di vista materiale il piano dellrsquointera Summa secondo Metz si puograve poi caratterizzare come lrsquoesplicazione della relazione tra Dio (lrsquoesemplare) e lrsquouomo fatto a sua immagine Tom-maso parlerebbe dapprima dei due soggetti poi della dinamica de-
208 Cfr Ibidem p 255209 Ibidem p 255210 Cfr Ibidem pp 256-257
125
lla relazione in quanto movimento dellrsquouomo verso Dio infine del compimento della relazione in Cristondash Prima Pars determinazione dei relata lrsquoexemplar e la sua imagondash Secunda Pars presentazione della relatio come movimento de-
llrsquoimago verso il suo exemplarndash Tertia Pars ldquoAufhebungrdquo della relatio nellrsquoidentitagrave di exemplar
ed imago nella ldquoconcrezionerdquo di Cristo la quale identitagrave offre compimento al movimento dellrsquoimago verso il suo fine ultimoraquo
211
Hasta aquiacute el elenco de las posiciones sobre el plan que siguioacute el Angeacutelico al componer la Suma de Teologiacutea Todas ellas vienen resumidas y expuestas por A Vendemiati Ahora en cambio haremos una siacutentesis de su misma propuesta la deacutecima para la que reclama mantener ndashentre otras cosasndash el beneficio del movi-miento conceacutentrico Veaacutemosla
En un tentativo de reconstruccioacuten sostiene que
laquoLa costruzione teologico-sistematica della maturitagrave tom-masiana ci appare paragonabile ad una cattedrale gotica in cui la ricchezza di particolari nulla toglie alla chiarezza o potenza drsquoin-sieme giaccheacute tutte le linee tutti i particolari sono gli uni in ra-pporto agli altri e conducono lrsquoosservatore ad un unico punto Nelle cattedrali gotiche il ldquopuntordquo egrave lrsquoaltare maggiore nella Summa egrave il Cristo risorto alla cui gloria noi siamo chiamati a partecipareraquo
212
Y rengloacuten seguido se propone ldquoencontrar una fuga prospectiva de arcadas que vistas a golpe de ojo dan una impresioacuten de tres niveles conceacutentricos dis-puestos en conformidad a las partes de la Sumardquo
213 Asiacute entonces eacuteste es para
Vendemiati el plan que Santo Tomaacutes de Aquino siguioacute para componer la Suma Teoloacutegica
211 Ibidem p 259212 Ibidem pp 267-268213 Cfr Ibidem p 268
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
PRIMER NIVEL
LA CIENCIA DE DIOS COMO PRINCIPIO DEL OPERAR DE DIOS
I De Deo
Primer arco la esencia divina su beatitud y la distincioacuten de las personas
qq 2-26 Ea quae ad essentiam divinam pertinent
q 2 An Deus sit
qq 3-13 Quomodo sit vel potius quomodo non sit
qq 14-25 De his quae ad operationem ipsius pertinent
qq 14-18 de scientia Dei
qq 19-24 de voluntate Dei
q 25 de potentia Dei
q 26 de divina beatitudine
qq 27-43 Ea quae pertinent ad distinctionem personarum
q 27 De processione divinarum personarum
q 28 De relationibus originis
qq 29-43 De personis divinis
qq 29-38 Secundum considerationem absolutam
qq 39-43 Secundum compartativam considerationem
q 39 In compartationem ad essentiam
q 40 In compartationem ad relationes
q 41 In comparationem ad actus notionales
qq 42-43 In compartationem personarum ad invicem
q 42 De aequalitate
q 43 De missione
Segundo arco la creacioacuten y la perfeccioacuten primera de las criaturas
qq 44-119 Ea quae pertinent ad processum creaturarum a Deo
127
qq 44-46 de productione creaturarum
qq 47-102 de distinctione creaturarum
q 47 de distinctione rerum in communi
qq 48-49 de distinctione boni et mali
qq 50-102 de distinctione spiritualis et corporalis creaturae
qq 50-64 de creatura pure spirituali
qq 65-74 de creatura pure corporali
qq 75-102 de creatura composita (de homine)
Tercer arco la perfeccioacuten segunda de las criaturas
qq 103-119 de conservatione et gubernatione creaturarum
q 103 de gubernatione rerum in communi
qq 104-119 de effectibus gubernationis
q 104 de conservatione creaturarum
qq 105-119 de mutatione creaturarum
q 105 de mutatione a Deo
qq 106-119 de mutatione unius creaturae ab alia
qq 106-114 quomodo angeli moveant
qq 115-116 quomodo corpora moveant
qq 117-119 quomodo homines moveant
SEGUNDO NIVEL
EL CONOCIMIENTO DE DIOS PARTICIPADO AL HOMBRE COMO PRINCIPIO DEL OPERAR DEL HOMBRE
II De motu rationalis creaturae in Deum
Cuarto arco la perfeccioacuten segunda de la criatura racional
I-II q 1-5 de ultimo fine humanae vitae
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
q 1 de ultimo fine in communi
qq 2-5 de beatitudine
Quinto arco los actos que conducen a la beatitud
I-II q 6 - II-II q 189 de his per quae homo potest ad hunc finem pervenire vel ab eo deviare
I-II qq 6-114 de actibus humanis in universali
qq 6-48 de ipsis actibus humanis
qq 6-21 de actibus qui sunt proprii hominis
qq 18-21 de distinctione humanorum actuum
qq 18-20 quomodo actio humana sit bona vel mala
q 21 de his quae consequuntur ad bonitatem et malitia actuum humanum
qq 22-48 de passionibus animae
Sexto arco los principios de los actos humanos
qq 49-114 de principiis actuum humanorum
qq 49-89 de principiis intrinsecis
qq 49-54 de habitibus in generali
qq 55-89 de habitibus in speciali
qq 55-70 de habitibus bonis
q 55-67 de virtutibus
q 68 de donis
q 69 de beatitudinibus
q 70 de fructibus Spiritus Sancti
qq 71-89 de habitibus malis
Seacuteptimo arco los principios extriacutensecos de los actos humanos
qq 90-114 de principiis extrinsecis [de Deo qui et nos instruit per legem et iuvat per gratiam]
129
qq 90-108 de lege
qq 109-114 de gratia
Octavo arco los actos humanos en particular
II-II de actibus humanis in particulari
qq 1-170 de his quae pertinent ad omnes status
qq 1-46 de virtutibus theologicis
qq 47-170 de virtutibus cardinalibus
qq 171-189 de his quae pertinent ad determinatos status
qq 171-178 secundum diversas gratias gratis data
qq 179-182 secundum diversas vitas activam et contemplativam
qq 183-189 secundum diversitatem officiorum et statuum
TERCER NIVEL
EL CONOCIMIENTO DE DIOS REVELADO EN CRISTO
III de Christo qui secundum quod homo via est nobis tendendi in Deum
qq 1-59 de ipso Salvatore
q 60 ndash Suppl q 68 de sacramentis eius Suppl
q 69-99 de fine immortalis vitae
Finalmente A Vendemiati concluye
laquoSi tratta perograve di un movimento tripartito e la tripartizione si giustifica in forza del principio del movimento al primo livello la scientia Dei come principio di tutto al secondo livello la stessa scienza in quanto comunicata allrsquouomo come principio dellrsquooperare dellrsquouomo al terzo livello la medesima scienza per come si rive-
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
la perfettamente in Cristo e come principio dellrsquoeconomia nuova La prospettiva formale che abbiamo ascritto alla I Pars quindi si conserva anche nella II e nella III la prospettiva ascritta alla II si conserva anche nella III La prospettiva propria della III rappre-senta il vertice che conserva tutte le acquisizioni precedenti e le sopravanza Per questo abbiamo parlato di fuga di arcate disposte su tre livelli successiviraquo
214
III13 Nuestra postura sobre el lugar particular del tratado de la justicia
Queda clara la complejidad y la importancia de la problemaacutetica que aquiacute trajimos No es una cuestioacuten menor puesto que dentro de esta gran composicioacuten ndashque es la Summa Theologiaendash se encuentran los tratados sobre las diferentes virtudes Sobre la base de lo que acabamos de poner consideremos pues queacute lugar ocupa el Tratado sobre la Justicia en el plan de la obra
El tratado sobre la justicia (S Th II-II qq 57-122) sucede al de la pruden-cia (S Th II-II qq 47-56) ndashposterior al de la caridad (S Th II-II qq 23-46)ndash y precede al de la fortaleza (S Th II-II qq 123-140)
Algunos autores suelen dividir el extenso tratado sobre la justicia en tres grandes partes
Por un lado el que corresponde a la justicia en siacute misma sus partes propias aquellas integrales y los vicios que se le oponen (qq 57-79)
Luego el tratado sobre la religioacuten (qq 80-100)
Finalmente el tratado de las virtudes sociales (qq 101-122)
A nuestro entender tal divisioacuten en (sub)tratados atiende a estudios con fines analiacuteticos Hecha esta salvedad y como se desprende de lo que venimos di-ciendo Santo Tomaacutes aborda el tema de la justicia en la Pars Secunda Secundae Summae Theologiae
Una buena manera de continuar con el apartado que acabamos de desarrollar seriacutea la de realizar una caracterizacioacuten de este inciso seguacuten cada una de las pos-
214 Ibidem p 276
131
turas de los autores resentildeados Obviamente que tal precisioacuten aportariacutea diferentes matices a la hora de comprender el conjunto de cuestiones que nos convoca
Por ahora este ejercicio quedaraacute en una mera declaracioacuten de intencioacuten y adoptaremos para nuestra exeacutegesis el plan propuesto por A Vendemiati en su artiacuteculo largamente citado
De este modo el de iure et iustitia quedariacutea dentro del nivel de la segunda arcada correspondiente a la ciencia teoloacutegica en cuanto comunicada al hombre como principio de su propio obrar Es decir por cuanto el hombre es considerado libre dotado de razoacuten y voluntad Y dentro de esta amplia serie de arcos con-ceacutentricos cuyo punto en fuga es el Cristo Resucitado el tratado sobre la justicia pertenece a la octava arcada la referida a los actos humanos en particular
Considerar cada acto humano en particular esto es la realidad singular es-pecial de cada uno de ellos ndashnos diraacute Vendemiati
215 y adherimosndash es el tema
de la Secunda Secundae Esta octava serie es la uacuteltima dentro del resto de la sucesioacuten de arcos pertenecientes al segundo nivel conceacutentrico en fuga Por lo tanto es la que da paso al tercer nivel sobre el conocimiento de Dios revelado en Cristo fin propio de la Summa
Para analizar la estructura en siacute misma del tratado partimos de la siguiente observacioacuten de A Vendemiati
laquoAncor piugrave del disegno dellrsquointera parte egrave significativa la struttura dei singoli trattati che si mantiene pressocheacute identica si tratta dapprima della singola virtugrave in se stessa poi dei doni ad essa corrispondenti quindi dei vizi ad essa opposti e infine dei precetti ad essa pertinentiraquo
216
Tanto el tratado de la justicia cuanto el del resto de las virtudes como acer-tadamente sentildeala A Vendemiati prosigue un plan uacutenico la virtud en siacute misma el don que le corresponde los vicios opuestos y los preceptos que exige Por esto mismo deciacuteamos antes que nos pareciacutea superflua cualquier otra divisioacuten diferente de la virtud
215 Ibidem pp 273 y ss216 Ibidem p 274
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Habiendo realizado este camino ya es hora de proceder a la lectura misma de las cuestiones contenidas en el tratado sobre la justicia y los comentarios del Cardenal
En el proacuteximo apartado entonces repasaremos pacientemente todos los ar-tiacuteculos de las cuestiones cincuenta y siete hasta la sesenta y dos y resaltaremos cada vez que surjan las diferencias anotaciones y apreciaciones contenidas en la glosa del Priacutencipe de los Comentadores Tras haberlas evidenciado las reco-geremos en las proacuteximas partes de nuestro escrito
Asiacute como hemos hecho una consideracioacuten sobre la estructura de la Summa como un todo corresponde con mayor razoacuten hacer una localizacioacuten sistemaacutetica del Tratado de la Justicia dentro de la Secunda Pars (S Th I-II y II-II) junto con una mencioacuten sobre la moral claacutesica y la tradicional (como moral del fin y de las virtudes) Tal el apartado que sigue aquiacute debajo
III14 El lugar del Tratado de la Justicia en la Pars Secunda Summae Theo-logiae
Como bien es sabido la S Th se divide en tres partes (Prima Secunda Tertia Pars) y la segunda se divide a su vez en dos secciones prima secundae (primera de la segunda) et secunda secundae (segunda de la segunda) Pinckaers presenta el plan de la moral de Santo Tomaacutes con esta estructura en S Th I-II se nos ofrece un estudio general mientras que la S Th II-II es un
laquoEstudio de las virtudes en particular agrupadas en torno a las tres virtudes teologales y a las cuatro virtudes cardinales Cada virtud se estudia con el don del Espiacuteritu Santo que le corresponde los pecados que se le oponen y los preceptos del Decaacutelogo que con ella se relacionan (maacutes las eventuales virtudes anexas)raquo217
De este modo entonces la prima secundae incluye
a) Un estudio general e introductorio
217 S-Th PINCKAERS La moral catoacutelica p 41
133
el Tratado sobre la Bienaventuranza (cuestiones 1-5)
el Tratado de los actos humanos (qq 6-21)
el Tratado de las pasiones del alma (qq 22-48)
b) Los principios interiores de los actos humanos
el Tratado de los haacutebitos en general (qq 49-54)
el Tratado de las virtudes en general (qq 55-67)
el Tratado de los dones del Espiacuteritu Santo (qq68-70)
el Tratado de los vicios y pecados (qq 71-89)
c) Los principios exteriores de los actos humanos
el Tratado de la ley en general (90-97)
el Tratado de la Ley Antogua y Nueva (qq 98-108)
y por uacuteltimo el Tratado de la Gracia (qq 109-114)
Mientras que en la secunda secundae encontramos
a) Un estudio especial (de las siete virtudes de las tres teologales y de las cuatro cardinales)
el Tratado de la Fe (qq 1-16)
el Tratado de la Esperanza (qq 17-22)
el Tratado de la Caridad (qq 23-46)
el tratado de la Prudencia (qq 47-56)
el Tratado de la Justicia (qq 57-122)
el Tratado de la Fortaleza (qq 123-140)
el Tratado de la Templanza (qq 141-170)
b) Y un apartado especial (consagrado a los carismas y a los estados especiales dentro de la Iglesia)
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
el Tratado de la Profeciacutea (qq 171-178)
el Tratado de los estados de vida cristiana (qq 179-189)
Como vemos ndashy ya hemos dichondash el tratado sobre la virtud de la justicia se extiende desde la cuestioacuten 57 y hasta la 122 inclusive de la secunda secundae y (siendo uno de los maacutes extensos de toda la obra) se introduce en la parte central de esta laquomoral de la bienaventuranza de las virtudes y de los donesraquo
218 asocian-
do la tradicioacuten cristiana (cuya fuente es el Evangelio) con la sabiduriacutea humana (recogida de Aristoacuteteles)
219
Puesto que habiacuteamos sugerido hacer una mencioacuten sobre la moral claacutesica presente en la Summa decidimos concluir este apartado con la reflexioacuten que el mismo S Pinckaers realiza sobre eacutesta como aquella del fin y de las virtudes
laquoLa doctrina de Santo Tomaacutes reuniacutea asiacute de un modo notable el poder racional y la penetracioacuten de la experiencia contemplativa seguacuten el conocimiento de la fe Esta obra se ha convertido ndashhasta nuestros diacuteas y con toda justiciandash en un claacute-sico en una base de referencia y en un modelo de teologiacutea e incluso filosofiacutea Sin embargo a partir del siglo XIV este edi-ficio moral tan cuidadosamente construido se veraacute trastocado y suplantado por una concepcioacuten profundamente distinta de la que auacuten dependemos estrechamenteraquo220
Asiacute las cosas esperamos que todo este recorrido resulte de provecho para un mejor entendimiento del tema que proponemos Sin maacutes introduzcaacutemonos en una de las partes medulares y maacutes extensas de nuestra investigacioacuten la confron-tacioacuten de los textos del Aquinate con los comentarios del Cayetano
218 Ibidem p 39219 Cfr Ibidem p 39220 Ibidem pp 39-41
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III2 LA VIRTUD DE LA JUSTICIA Y LOS COMENTARIOS DEL CARDE-NAL EN S TH II-II QQ 57-62
Hemos llegado entonces al uacuteltimo apartado del presente capiacutetulo Recor-demos que aquiacute nos habiacuteamos propuesto mostrar las diferencias que emergieron de la confrontacioacuten que efectuamos entre los textos del Aquinate y la glosa del Cayetano
Recorreremos todas las cuestiones con sus correspondientes artiacuteculos y ex-pondremos el tema y el modo en que Santo Tomaacutes los plantea y resuelve Ha-remos lo mismo con cada uno de los comentarios que el Cardenal ponga al pie de cada artiacuteculo Consignaremos las similitudes diferencias curiosidades etc entre ambos textos Esta instancia la hemos reservado pues para anotar ordena-damente todas estas cosas recoger nuestras anotaciones interrogantes plantea-dos y reconstruir la nocioacuten de justicia interpretada por el Cayetano seraacute ocasioacuten del proacuteximo capiacutetulo
III21 Quaestio 57 ndash De Iure
Santo Tomaacutes coloca el tratado de la justicia inmediatamente despueacutes del de la prudencia Y comienza el estudio con la cuestioacuten 57 (De iure) que se extiende hasta la cuestioacuten 122 (sobre los preceptos de la justicia) Analizaraacute el tema del derecho planteando cuatro artiacuteculos
En el primero dilucidaraacute si el derecho es el objeto de la justicia en el segun-do si es conveniente distinguir el derecho natural del positivo en el tercero si son lo mismo el derecho de gentes con el derecho natural y en el cuarto si debemos distinguir especialmente entre derecho paterno y dominativo
El Cayetano por su parte comenta toda la cuestioacuten pero no todos los artiacutecu-los
221 Lo hace de la siguiente manera separadamente tanto el artiacuteculo primero
como el segundo Nos propone una escueta puntualizacioacuten del tercero y el cuar-
221 Sus omisiones pueden ser significativas por ejemplo desestima la distincioacuten entre intellectus et ratio Asiacute el significativo laquoomnia sunt clararaquo estampado por Cayetano en In Iam Partem c 68 a 3 en referencia a la cuestioacuten clave de si laquoAngelus cognoscat discurrendoraquo (cfr J PEacuteGHAIRE Intellectus et ratio selon Saint Thomas drsquoAquin Vrin-Institut drsquoEacutetudes Meacutedieacutevales Pariacutes-Ottawa 1936)
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
to insertada al principio del comentario al cuarto artiacuteculo que continuacutea luego comentaacutendolo
Profundicemos entonces la comprensioacuten de la justicia junto a los comenta-rios del Cardenal
S Th II-II q 57 a1 Utrum ius sit obiectum iustitiae
En el tratamiento de este artiacuteculo primero tras despejar las dudas planteadas sobre si el derecho es o no el objeto de la virtud de la justicia el Doctor Comuacuten responde afirmativamente apoyaacutendose en la diferencia existente entre lo recto seguacuten la justicia y lo recto seguacuten las demaacutes virtudes morales
Sobre esto (respondeo dicendum) centraraacute el Cayetano su comentario to-mando la afirmacioacuten de Santo Tomaacutes (de que existe una diferencia entre lo recto seguacuten la justicia y lo recto seguacuten las demaacutes virtudes morales) y poniendo obje-ciones
El Aquinate dice que es propio de la justicia (entre el resto de las virtudes) ordenar al hombre en aquellas cosas que se refieren a otro a diferencia de las demaacutes virtudes que perfeccionan al hombre solamente en aquellas cosas que se refieren a eacutel mismo
222 El Angeacutelico explicaraacute esta afirmacioacuten en dos paacuterrafos y
luego responderaacute una a una las tres objeciones planteadas
En el primer paacuterrafo sostiene que lo recto en las operaciones de las demaacutes virtudes a lo cual tiende la intencioacuten de la virtud cuasi como a su propio objeto no se determina sino por comparacioacuten o en comparacioacuten con el agente En con-traparte lo recto que estaacute en la obra de la justicia ndashexceptuando la comparacioacuten al agentendash se constituye por comparacioacuten a otro Lo recto en la operacioacuten de la justicia afirma se dice justo porque corresponde seguacuten alguna igualdad a otro
En el segundo explica que ldquojustordquo se dice de algo cuasi teniendo rectitud de justicia en referencia de lo cual se determina la accioacuten misma de la justicia auacuten no considerando en queacute modo es obrada por el agente Pero en las demaacutes virtudes no se determina algo recto sino seguacuten en queacute modo sea hecho por el
222 Cfr S Th II-II q 57 a 1 r d
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agente Y precisamente por esto la justicia se determina seguacuten su objeto ndashque es lo justondash a diferencia de las demaacutes virtudes
El Cayetano comienza este comentario postulando que la diferencia entre lo recto seguacuten la virtud de la justicia y lo recto seguacuten las demaacutes virtudes pareciera ser falsa
laquoIn articulo primo quaestionis quinquagesimaeseptimae du-bium occurrit circa differentiam inter rectum secundum iustitiam et alias virtutes quoniam videtur undique falsa Nam aut intelligitur de ipsis operibus ut sunt a virtutibus aut absoluteraquo
223
Resumamos los argumentos puestos por el Cardenal
Si esta diferencia entre lo recto seguacuten la virtud de la justicia y las demaacutes virtudes se entiende ldquout sunt a virtutibusrdquo consta que lo comuacuten de toda obra virtuosa es laquoesse ab operante sicut describitur II Ethicraquo es decir por la elec-cioacuten y por el fin de la virtud y por su caraacutecter de inamovible Siendo asiacute eacutesta no es una diferencia sino algo que tienen en comuacuten todos los actos de todas las virtudes y no habriacutea consecuentemente estricta diferencia entre la virtud de la justicia y las demaacutes virtudes Y todaviacutea maacutes no estariacuteamos de ninguna manera frente a una virtud especial
Por otra parte si la entendemos ldquovero absoluterdquo nos dice el Cardenal que la obra puede hacerse por casualidad y sin embargo mal por el agente
224
Con esta segunda objecioacuten nos propone entender lo recto seguacuten la justicia y lo recto seguacuten las demaacutes virtudes morales en forma cabal acabadamente Y tomando lo dicho por Santo Tomaacutes ndashde que la obra de la justicia puede hacerse por comparacioacuten e igualdad a otro auacuten exceptuada la conmensuracioacuten al mismo agente que la realiza y sin importar el modo en que eacutel mismo realice tal obrandash el Cayetano objeta poniendo el ejemplo del acto de la virtud de la templanza reali-zado fortuitamente por un hipoacutecrita siguiendo cierta razoacuten de la templanza pero sin importar en queacute modo lo hace
223 Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 57 a 1224 Cfr Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 57 a 1
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Esto vendriacutea a oponerse a la diferencia entre lo recto seguacuten la justicia y las demaacutes virtudes ya que aquiacute (en el ejemplo del Cayetano) la obra de la templanza se realiza ldquode todos modosrdquo auacuten sin importar el modo en que el mismo agente lo realiza Por lo tanto tampoco hay ahora una diferencia entre lo recto seguacuten la virtud de la justicia y lo recto seguacuten las demaacutes virtudes morales
Estas son las dos objeciones que plantea el Cayetano contra la afirmacioacuten de que existe una diferencia entre lo recto seguacuten la justicia y lo recto seguacuten las demaacutes virtudes morales
A rengloacuten seguido introduce una especie de sed contra225
de donde se con-cluye que las dos objeciones planteadas a la afirmacioacuten de Santo Tomaacutes (que siacute existe una diferencia entre lo recto seguacuten la justicia y lo recto seguacuten las demaacutes virtudes morales) proviene de quien pudiese entender mal lo sostenido en el texto Y por lo tanto tal afirmacioacuten del Aquinate es completamente vaacutelida
Por consiguiente escribe el Cardenal que es propio de las virtudes morales recibir la nota de ldquorectasrdquo seguacuten se conmensuren al agente De donde se sigue que alguien no puede obrar la templanza o fortaleza movido por hipocresiacutea o vanagloria
Sobre lo mismo diraacute maacutes adelante que las objeciones (incluidas las suyas) se insertan en la distincioacuten de lo justo tomado en forma cabal y la exhibicioacuten o ejecucioacuten de lo justo A nuestro juicio las objeciones hablan en verdad sobre la ejecucioacuten de lo justo y no sobre lo justo en siacute mismo como objeto de la virtud de la justicia
Prosigue el Cayetano y sentildeala otras dos diferencias que se desprenden de aquella primera entre la obra recta seguacuten la justicia y las demaacutes virtudes
La primera de tales diferencias que la encuentra fundaacutendose en el mismo texto tomista
226 es que en la obra justa no se considera el modo en que obra el
agente y en la obra de la templanza siacute
Para la segunda recurre a un criterio de autoridad al decirnos laquoSecunda est quod doctores propter eandem rationem non dederunt aliis virtutibus obiectum
225 Cfr Comm Card Caie sectII en STh II-II q 57 a 1226 Cfr Comm Card Caie sect III en S Th II-II q 57 a 1
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secundum se sed solum iustitiaeraquo227
Y se apoya tambieacuten en palabras de Santo Tomaacutes
228
La diferencia que dio origen a estas dos que acabamos de poner la toma el Cayetano de aquiacute laquoRectum in operibus aliarum virtutum ad quod tendit intentio virtutis quasi in proprium obiectum non accipitur nisi per comparationem ad agentemraquo
229
Maacutes allaacute de que en este comentario no se advierten diferencias con las pa-labras del Aquinate ndashtodo lo contrario el Cardenal resuelve sus propias obje-ciones concluyendo juntamente con Santo Tomaacutesndash ha servido para poner de relieve la metodologiacutea del Cayetano toma una afirmacioacuten le pone objeciones responde y despeja las objeciones avanzando en distinciones y subdistinciones
S Th II-II q 57 a2 Utrum ius convenienter dividatur in ius naturale et ius positivum
Santo Tomaacutes enfrenta en este segundo artiacuteculo las objeciones por las que pareciera ser inconveniente la divisioacuten del derecho en natural y positivo
La primera plantea que al no encontrarse entre las cosas humanas las notas de inmutabilidad e igualdad y porque todas las reglas humanas fallan en algunos casos pareciera no existir algo natural sobre lo que pueda basarse el derecho natural Responde diciendo que al ser la naturaleza de los hombres mutable a veces puede fallar
En la segunda objeta que pareciera no haber nada con la nota de positivo Ya que lo positivo justo seriacutea aquello procedente de la voluntad del hombre y no siendo esto asiacute la voluntad humana seriacutea siempre justa A lo que responde que de comuacuten acuerdo la voluntad humana puede hacer de algo algo justo en aquellas cosas que no se oponen a la justicia natural Estas son las situaciones en las que el derecho positivo asume su lugar
227 Cfr Comm Card Caie sect III en STh II-II q 57 a 1 228 Cfr S Th II-II q 57 a 1 r d229 Comm Card Caie sect III en S Th II-II q 57 a 1
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En la tercera plantea que al no ser el derecho divino ni natural ni positivo es asimismo inconveniente la divisioacuten en natural y positivo del derecho humano
La base argumentativa de las tres objeciones junto con sus respuestas estaacute puesta en el principio seguacuten el cual ldquola obra de la justicia es alguna adecuacioacuten seguacuten cierta igualdadrdquo ldquoCierta igualdadrdquo proveniente de la misma naturaleza de la cosa para el derecho natural o de comuacuten acuerdo (privado o puacuteblico) para el derecho positivo
En este comentario el Cardenal solamente se dirige al lector y le advierte diciendo que debe notar tres cosas todas contenidas en la respuesta a la primera objecioacuten 1) el sentido de la expresioacuten (o maacutexima) Naturale est immutabile 2) la razoacuten por la cual algunas veces lo depositado no debe ser restituido 3) que la variacioacuten de lo justo a no justo en la devolucioacuten o restitucioacuten de lo depositado es asignado de la parte de uno de los dos a la cual se dice justo Y nos reenviacutea a la lectura de los ejemplos puestos en sus comentarios en S Th II-II q 57 a 1
Como vemos el Cayetano se detiene en las precisiones mencionadas para hacer notar al lector que ldquoen las ocurrentes dificultades de la justicia sepa discer-nir cuaacutendo se deacute lo justo en siacute mismo y cuaacutendo nordquo
230 En este artiacuteculo no realiza
ninguna interpretacioacuten sino que se limita a advertir un principio extraiacutedo del texto del Doctor Comuacuten y el modo en que el lector deberiacutea aplicarlo
S Th II-II q 57 a3 Utrum ius Gentium sit idem cum ius naturali
Santo Tomaacutes enfrentaraacute ahora el problema de la identificacioacuten del derecho de gentes con el derecho natural Advirtamos que Tomaacutes de Vio no se detiene particularmente en el presente artiacuteculo sino que comentando el cuarto le dedi-caraacute el primer y el segundo paacuterrafo de este a una precisioacuten conjunta de ambos artiacuteculos (tercero y cuarto)
De todos modos exponemos sucintamente el contenido del tercer artiacuteculo para mejor inteleccioacuten del comentario en el cuarto En consecuencia enumera-
230 Cfr Comm Card Caietanis en STh II-II q 57 a 2
141
remos las razones por las cuales parecieran que el ius gentium y el ius naturalis son uno y lo mismo
La primera es que todos los hombres estaacuten de acuerdo en aquellas cosas que les son naturales y todos los hombres estaacuten de acuerdo en el derecho de gentes que es donde todas las personas humanas se auacutenan
La segunda es analizada bajo la circunstancia de la esclavitud En este caso el derecho natural y el derecho de gentes son uno y lo mismo ya que la ser-vidumbre es natural (afirmacioacuten que realiza Santo Tomaacutes respaldaacutendose en la autoridad de Aristoacuteteles) y pertenece ella al derecho de gentes
La tercera razoacuten por la cual el derecho natural y el derecho de gentes son lo mismo es porque el derecho se divide en natural y positivo y el derecho de gentes no es positivo
Pero contra estos tres argumentos pone Santo Tomaacutes lo dicho por Isidoro al sostener que el derecho o es natural o civil o de gentes y asiacute entonces el dere-cho natural se distingue del de gentes
Establecida esta base el Aquinate pasa a explicar que el derecho (o lo justo) natural lo es tal porque es adecuado o conmensurado a otro Ahora bien esta conmensuracioacuten puede darse de dos modos El primero es si tomamos absoluta consideracioacuten de la cosa El segundo seguacuten aquello que de eacutel se sigue o con-sigue
El primero de los casos ndashcuando aprehendemos en forma absoluta la consi-deracioacuten de una cosandash conviene no soacutelo a los hombres sino tambieacuten a los anima-les Y por esto se llama derecho natural
Pero el derecho de gentes pertenece propiamente al segundo caso ya que con-siderar algo seguacuten aquello que de ello mismo se sigue es propio de la razoacuten natural esto es humana Y en este punto el derecho de gentes se aleja del derecho natural
Continuando con la respuesta a las objeciones nos dice que la servidumbre no tiene razoacuten natural sino maacutes bien de alguna utilidad que de ella se sigue y por esto pertenece al derecho de gentes y no al natural
Contra lo tercero dice que las cosas que los hombres estatuyeron como de-recho de gentes lo hicieron por ser ellas mismas dictaacutemenes de la razoacuten natural
Como ya hemos dicho el Cardenal no presenta ninguacuten comentario sino que realizaraacute alguna puntualizacioacuten en su glosa al siguiente artiacuteculo cuyo anaacutelisis nos introducimos
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S Th II-II q 57 a4 Utrum debeat specialiter distingui ius paternum et domi-nativum
El uacuteltimo artiacuteculo de la cuestioacuten 57 Santo Tomaacutes lo dedica al problema de si debe o no distinguirse especialmente entre el ius paternum y el ius domina-tivum
La primera objecioacuten plantea que no debe distinguirse especialmente entre padre y sentildeor ya que perteneciendo a la justicia dar a cada uno lo que es suyo pertenece el derecho igualmente a cada uno padre y sentildeor
La segunda puesto que la ley mira al bien de la ciudad y del reino y no en cambio al bien privado de una persona o de una familia no debe distinguirse especialmente entre padre y sentildeor
Y como hay muchas otras diferencias de grados entre los hombres (mili-tares sacerdotes priacutencipes) de distinguirse especialmente entre padre y sentildeor deberiacutea asimismo determinarse especialmente lo justo para ellos
El argumento que opone el Doctor Comuacuten a estas tres es la afirmacioacuten de Aristoacuteteles en la que sostiene que se distingue especialmente de lo justo poliacutetico el dominativo y el paterno Continuaraacute entonces con el repondeo dicendum y las contestaciones a cada una de las tres objeciones
Por su parte el Cardenal plantea que en los artiacuteculos 3 y 4 se presenta una duda que la anunciaacutebamos renglones atraacutes
laquoIn articulo tertio et quarto simul dubium occurrit quomodo ius paternum dicitur iustum per defectum a iusto simpliciter ut in art 4 in resp ad ult dicitur et tamen inter patre et filium est ius naturale ut in art 3 dicitur ius enim naturale exigit quod pater nu-triat filium Quomodo stant haec simulraquo
231
Y responderaacute seguidamente que laquoquemadmodum ius distinguitur in ius sim-pliciter et secundum quid ita ius naturale distinguendum est in ius naturale ius simpliciter et secundum quidraquo
232
231 Comm Card Caie sect I en S Th II-II q 57 a 4232 Ibidem Comm Card Caie sect I en S Th II-II q 57 a4
143
En este sentido llama un poco la atencioacuten sobre coacutemo deberiacutea encontrarse enunciado en el texto Tomando lo dicho el Cayetano pone el ejemplo de comer y beber y conservar la propia vida Dice que tales acciones no pertenecen al derecho natural simpliciter sino secundum quid ya que lo que se provee a uno mismo no es propiamente hablando derecho Todo para manifestar que de un modo similar se presenta la cuestioacuten en el ejemplo propuesto del padre y del hijo Y que laquopro claritate sensus debet dici ius simpliciter vel secundum quid et postea addere naturaleraquo
233 Pero que aun asiacute laquonon obstant ergo articulii tertii
verba articulo quartoraquo234
Habiendo solucionado esto en lo que resta del comentario se dedicaraacute ex-clusivamente el de Gaeta al artiacuteculo cuarto
En sectII pone dos objeciones La primera plantea una duda sobre que lo justo paterno no sea dicho derecho simplemente sino por defecto Porque si entre el padre y el hijo estaacute lo injusto simplemente asiacute tambieacuten deberiacutea estar lo justo Dice refirieacutendose a V Ethic que en cuantos modos se dice lo uno en todos se dice lo restante
Responde contra esta objecioacuten ndashsiempre Tomaacutes de Viacuteondash que entre el padre y el hijo no existe lo simplemente justo sino algo mucho mayor ya que entre ellos hay unidad y por lo mismo entre ellos hay algo maacutes que lo injusto Y esto porque hay una violacioacuten de la unidad que es peor que la violacioacuten del derecho
La segunda objecioacuten seriacutea aquella que derivaacutendose de la primera nos condu-jese a sostener que siendo el hijo algo del padre y el siervo del sentildeor no asiacute en sentido contrario
Contra la misma responde que de sostenerse esto se seguiriacutea que ambos fue-sen algo totalmente distintos
En sectIII repara sobre la respuesta a la segunda objecioacuten para plantear una duda que sobreviene simpliciter et ad hominem Esta seriacutea que si lo justo sim-plemente pueda hallarse entre el padre y el hijo al ser ellos ldquoalguna especie de hombresrdquo Reforzado esto por la afirmacioacuten de Santo Tomaacutes al decir sobre ellos que laquoinquantum uterque est homo aliquo modo est ad eos iustitiaraquo
235 Avan-
zaraacute entonces el comentarista sosteniendo que o en efecto el Doctor Comuacuten
233 Ibidem Comm Card Caie sect I en S Th II-II q 57 a 4 234 Ibidem Comm Card Caie sect I en S Th II-II q 57 a 4235 S Th II-II q 57 a 4 ad 2
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entiende que entre ellos ndashen cuanto hombresndash estaacute la justicia secundum quid o simpliciter
En el primer caso coincide el segundo miembro con el primero porque tam-bieacuten entre ellos (en cuanto que son padre e hijo) estaacute la justicia secundum quid De no ser asiacute no encontrariacuteamos discurso alguno sobre lo justo paterno
En el segundo caso se entenderiacutea que entre ellos ndashen cuanto hombresndash hay justicia simpliciter laquoet sic male dicitur in littera quod aliquo modo ad eos est iustitia Si enim est iustitia simpliciter non est aliquo modo sed simpliciter et si aliquo modo no es simpliciterraquo
236 Esta misma afirmacioacuten nos llevaraacute a concluir
que entre el padre y el hijo estaacute lo justo simpliciter El argumento de base seguacuten el cual es salvada la alteridad entre ellos y la razoacuten de lo justo viene confirmado laquoquia filius habet aliquid quod non est patris secundum leges civiles ut pecu-lium castrensisraquo
237
En sectIV responderaacute las dudas e intentaraacute demostrar cuaacutel es la raiacutez por la que se explica que entre el padre y el hijo no estaacute el derecho simpliciter sino el pater-no Y el porqueacute no se obra la doble distincioacuten de lo justo que habriacutea entre ellos Esto es uno en tanto que de padre a hijo otro en tanto que hombres distintos A lo que responde el Cardenal
laquoEx eo namque quod sunt homines quidam est inter eos ius ex eo autem quod sunt pater et filius deficit illud ius ab absoluta iuris ratione et determinatur ad tale scilicet paternum Et hic est planus sensus litterae [hellip]
Unde patet quod nullum restat dubium ad hominem quod ex malo intellectu litterae oriebaturraquo
238
A la duda respecto si existe entre ellos el derecho simplemente responde el Cayetano que entre ellos estaacute la justicia secundum quid
Un rengloacuten luego dice refirieacutendose a la reciente contestacioacuten laquoSed haec responsio non consonat principiis conclusionis Neque oportet quod inter quos-
236 Comm Card Caie sect III en S Th II-II q 57 a 4237 Ibidem Comm Card Caie sect III en S Th II-II q 57 a 4238 Comm Card Caie sect IV en S Th II-II q 57 a 4
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cumque est iustitia sit iustitita simpliciter secundum omniaraquo239
Y concluiraacute que no estaacute entre el padre y el hijo lo justo simplemente hablando
Otra cosa que destacamos son los ejemplos de la Sagrada Escritura que trae el Priacutencipe de los Comentadores para dar mayor solidez a su argumentacioacuten Hecho que se reiteraraacute
Hemos visto entonces que este comentario reuacutene en un principio los ar-tiacuteculos tres y cuatro Aquiacute el Cayetano pone objeciones planteando dudas Se valdraacute de las palabras de Santo Tomaacutes tanto para responderlas y despejarlas cuanto para proveer a la misma confirmacioacuten con nuevos ejemplos por eacutel mismo traiacutedos Y demostrar asiacute que auacuten en diversos casos los principios guiacuteas de la reflexioacuten tomista no pierden vigencia ni validez
En este comentario vimos reflejadas interesantes opiniones y puntualiza-ciones sobre los temas tratados Ademaacutes del modo realista en que Santo Tomaacutes trata la justicia primero abocaacutendase al objeto real de la justicia y luego de eacutesta
III22 Quaestio 58 ndash De Iustitia
Ahora Santo Tomaacutes se abocaraacute al tema de la justicia desarrollando doce ar-tiacuteculos Notaremos que nuevamente el Cardenal los comenta siguiendo el modo que hemos sentildealado
Los artiacuteculos que componen la cuestioacuten cincuenta y ocho representan una investigacioacuten pormenorizada y profunda de la justicia Estudio que introduce el Aquinate definiendo queacute es la justicia (a1) si siempre es hacia otro (a2) y por queacute es efectivamente una virtud (a3) Para luego decir queacute especie de virtud es (a4) y si es que siendo virtud general (a5) es igual esencialmente con el resto de las demaacutes virtudes (a6) Antes de determinar que su acto es el de dar a cada uno lo suyo (a11) en queacute modo se ajusta lo igual (a10) y antes de concluir que la justicia es la principal entre el resto de las virtudes morales (a12) mostraraacute la existencia de la virtud de la justicia particular (a7) su materia (a 8) y el modo en que versa sobre las operaciones del hombre (a 9)
239 Ibidem Comm Card Caie sect IV en S Th II-II q 57 a 4
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Por su parte el Cardenal ndashno dicieacutendonos nada sobre el primero y el undeacute-cimo de los artiacuteculosndash comentaraacute cada uno y por separado el 2do 3ro 4to 8vo 9no 10mo y 12do Y analizaraacute conjuntamente los artiacuteculos 5to 6to y 7mo al final de este uacuteltimo
S Th II-II q 58 a1 Utrum convenienter definiatur quod iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum unicuique tribuens
En este artiacuteculo Santo Tomaacutes muestra por queacute se define convenientemen-te que la laquoiustitia est constans et perpetua voluntas ius suum unicuique tri-buensraquo
240
Presentadas las seis objeciones el Angeacutelico defiende la definicioacuten enuncia-da explicando primeramente en queacute modo debe ser entendida y respondiendo luego una a una las objeciones
Por estar puesto nuestro intereacutes en los comentarios del Cayetano a los textos del Doctor Comuacuten y al no realizar el Cardenal ninguno aquiacute pasamos raacutepida-mente al proacuteximo artiacuteculo
S Th II-II q 58 a2 Utrum iustitia semper sit ad alterum
Que ldquola justicia se refiere siempre hacia otrordquo es lo que responderaacute Santo Tomaacutes a las cuatro objeciones seguacuten las cuales pareciera lo contrario
De lo contenido en todo el artiacuteculo el de Gaeta se detiene soacutelo en la respues-ta ad 4 Analiceacutemoslo
En la cuarta objecioacuten Santo Tomaacutes plantea que la justicia es no soacutelo acerca de aquellas cosas que son hacia otro sino tambieacuten hacia siacute mismo seguacuten aquello de que ldquola justicia del sencillo dirige su vidardquo (cfr Pr 11 5) De aquiacute se seguiriacutea que asiacute como las operaciones que son hacia otro necesitan ser rectificadas asiacute
240 S Th II-II q 58 a 1
147
tambieacuten las que son hacia siacute mismo Por lo que la justicia no seriacutea solamente hacia otro sino tambieacuten hacia uno mismo
La respuesta apoyada en el sed contra muestra la necesidad de una virtud especial ndashque es la justiciandash por la cual sean rectificadas las acciones del hombre que son dirigidas hacia otro mientras que las acciones que realiza el hombre ndashen tanto que dirigidas hacia siacute mismondash son suficientemente rectificadas por las de-maacutes virtudes morales El Cardenal se detendraacute en esta distincioacuten a saber entre las acciones del hombre hacia siacute mismo y las acciones hacia otro
En su comentario nos advertiraacute que las acciones del hombre que son hacia otro carecen doblemente de especial rectificacioacuten en comparacioacuten al agente Y concluye ndashtras poner el ejemplo de quien distribuya con turbacioacuten e indignacioacuten lo suyo a cada unondash que el acto laquoin comparatione ad agentem ratione passionum erit inordinatus ex defectu mansuetudinis non ex defectu iustititaeraquo
241
Asiacute entonces tras detenerse soacutelo en la respuesta a una objecioacuten el Priacutencipe de los Comentadores se limitaraacute a sentildealar el modo en que el acto de la justicia se realiza sin importar la defeccioacuten de las demaacutes virtudes morales que en el mismo esteacuten involucradas Esto uacuteltimo resulta interesante puesto que nos conduce a plantear el siguiente interrogante iquestes considerado por lo tanto un acto justo soacutelo exteriormente O de este modo iquestes para el Cardenal el acto de la virtud de la justicia uno meramente externo que no rectifica al agente mismo y a todas sus restantes virtudes morales
A este propoacutesito pondraacute entre otros el ejemplo de coacutemo el acto de la justicia se realiza por parte de quien restituye auacuten eacuteste esteacute afectado por la indignacioacuten o lo haga molesto
En este comentario evidencia nuevamente un ejercicio de aplicacioacuten de los principios a casos concretos (iquestcasuismo)
242 los cuales no figuran en el texto del
Aquinate y confirma aquello que dijimos sobre su meacutetodo de comentar
241 Comm Card Caie en S Th II-II q 58 a 2242 En esta sintoniacutea rescatemos dos pasajes de Josef PIEPER que sirven para apuntalar nuestra argumenta-cioacuten general de que Cayetano tergirversa a Santo Tomaacutes (a) en el sentido de ensentildear la moral y(b) la pretensioacuten de aplicar esquemas a los principios morales El primero (a) laquoHay una manera de ensentildear la moral que guarda estrecha relacioacuten de afinidad con el voluntarismo pero con frecuencia es tenida por tiacutepicamente ldquocristianardquo Esa manera falsea la conducta eacutetica del hombre viendo en ella una suma incohe-rente de ldquopraacutecticas de virtudrdquo y de obligaciones ldquopositivasrdquo y ldquonegativasrdquo aisladas con lo cual se despoja a la accioacuten moral de sus raiacuteces en el suelo nutricio del conocimiento de la realidad y de la existencia viva del hombre vivo Semejante ldquomoralismordquo no sabe o no quiere saber y sobre todo impide saber que soacutelo es
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
S Th II-II q 58 a3 Utrum iustitia sit virtus
En este artiacuteculo el Cardenal se detiene una vez maacutes en una distincioacuten Concretamente en la respuesta contra la tercera objecioacuten de las tres presentadas al tema
Veamos la estructura que presenta la tercera objecioacuten
En primer lugar se sostiene que toda virtud moral versa sobre las acciones (agibilia) Pero en cambio luego se nos dice que aquellas cosas que se produ-cen exteriormente son hechos (factibilia) Y como entonces la justicia realiza un acto exterior no es una virtud moral
Responde escuetamente Santo Tomaacutes que la justicia laquonon consistit circa exteriores res quantum ad facere quod pertinet ad artem sed quantum ad hoc quod utitur eius ad alterumraquo
243
Mencionaacutebamos que el Cayetano repara en una distincioacuten
laquoIn articulo tertio eiusdem quaestionis in responsione ad tertium diligenter distingue et perspice in actu exteriori agere et facere hoc est actum immanentem et transeutem Et intellige quod iustitia est circa actum immanentem ut proprium actum circa tran-seuntem vero ut materiamraquo
244
bueno lo que se adecua a la esencia del hombre y a la realidad que esta adecuacioacuten no muestra su fulgor en otro cielo que en el de la prudencia y que por consiguiente la realizacioacuten del bien es algo por completo diverso del cumplimiento meramente faacutectico de un precepto que se ldquoimponerdquo desde la oscuridad de un arbitrio poderosoraquo (p 61)Y el segundo (b) laquoDe la muy humana aspiracioacuten a la seguridad de lo cierto a la claridad de las visiones panoraacutemicas y a lo determinado y exacto en las demarcaciones no pudo menos de nacer el intento de ldquoorde-narrdquo el impreciso caos que representan las innumerables formas posibles de realizar el bien habilitaacutendolo para ser integrado en un sistema de conjunto determinado en longitud y latitud por los grados de una medi-cioacuten racional y abstracta Fruto de tal intento es la casuiacutestica ese capiacutetulo ndashno raras veces considerado el maacutes importantendash de la doctrina moral que tiene por objeto la construccioacuten anaacutelisis y valoracioacuten de ldquocasos concretosrdquoraquo (pp 63-64)Todo esto en J PIEPER laquoMoralismo y casuiacutesticaraquo en Las virtudes fundamentales Rialp Madrid 1980 pp 61-64243 S Th II-II q 58 a 2 ad 3244 Comm Card Caie en STh II-II q 58 a 3
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Notemos varias cosas En primer lugar que en la respuesta ad tertium no aparece ninguna referencia al agere et facere in actu exteriori Santo Tomaacutes solamente menciona que la justicia se ocupa de las cosas exteriores en tanto que usar de ellas para otros Siacute aparece en cambio alguna referencia en la tercera objecioacuten
En segundo lugar el Cayetano afirma que el acto propio de la justicia es el ldquoagere in actu exteriorirdquo o ldquoactum immanentemrdquo Y que su materia es el ldquoac-tum transeuntemrdquo o el ldquofacere in actu exteriorirdquo (cfr Comm Card Caei in STh II-II q 58 a3)
Veamos en tercer lugar el modo en que el Cayetano demuestra esto Lo hace poniendo un ejemplo lo explica clarificando y finalmente concluye
El ejemplo laquoVerbi gratia cum reddo pecuniam creditoriraquo245
La explicacioacuten
laquoExterior actus dandi peccuniam habet quod est actus tran-siens ut est quaedam exterior actio puta manus et habet quod est materia qua utor ad hoc ut ius suum creditori reddam Cum enim ad multa possim tali exteriore actione uti ex hoc spectat ad iustitiam quod est materia actus utendi quo applico illam ad satisfaciendum creditoriraquo
246
Y la conclusioacuten laquoIustitia ergo est circa electionem actus utendi exterioribus actionibus et rebus ad alterum Tam autem electio quam uti actus sunt voluntatis et manentes in eligente et utenteraquo
247
Volvamos sobre la distincioacuten obrada por Cayetano En la misma el Cardenal pareciera retomar el tratamiento del artiacuteculo primero y segundo en el que Santo Tomaacutes ya resolvioacute cuaacutel sea el acto y la materia de la justicia (Recordemos tam-bieacuten que el Cardenal no realizoacute ninguacuten comentario al primer artiacuteculo) Y ademaacutes se adelanta al artiacuteculo cuarto con su conclusioacuten ya que Santo Tomaacutes trataraacute en eacutel si la justicia se halla o no en la voluntad El Gaetano concluye que tanto la eleccioacuten cuanto el usar del acto son de la voluntad como ya hemos citado
245 Ibidem Comm Card Caie en S Th II-II q 58 a 3246 Ibidem Comm Card Caie en STh II-II q 58 a 3 247 Ibidem Comm Card Caie en STh II-II q 58 a 3
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Planteemos dos preguntas para ahondar en nuestro anaacutelisis iquestQueacute habiacutea di-cho Santo Tomaacutes al respecto Y maacutes auacuten iquestcorresponde con lo comentado por el Cayetano en el presente artiacuteculo tercero
En el respondeo dicendum del artiacuteculo primero del Angeacutelico encontramos
laquoEst autem iustitia circa ea quae ad alterum sunt sicut circa propriam materiam ut infra patebit [a 2] Et ideo actus iustitiae per comparationem ad propriam materiam et obiectum tangitur cum di-citur ius suum unicuique tribuens quia ut Isidorus dicit in libro Etymol iustus dicitur quia ius custoditraquo
248
La materia propia de la justicia en estas palabras de Santo Tomaacutes son aquellas cosas que se refieren a otro Para el Cardenal aquellas cosas que se refieren a otro vienen calificadas como el ldquoactum transeuntemrdquo o el ldquofacere in actu exteriorirdquo
En la conclusioacuten repite el Priacutencipe de los Comentadores lo dicho por el Aquinatense pero agregando algo laquoIustitia ergo est circa electionem actus uten-di exterioribus actionibus et rebus ad alterumraquo
249
iquestCoacutemo modifica la interpretacioacuten de la justicia con esta nueva distincioacuten o aclaracioacuten iquestEnriquecen la letra tomista o por el contrario nos distancian de su sentido
iquestEs lo mismo decir que la materia de la justicia (son) laquoea quae ad alterum suntraquo a decir que la laquoiustitia ergo est circa electionem actus utendi exterioribus actionibus et rebus ad alterumraquo Maacutes auacuten iquestpuede elegirse en o para la justicia otro actus utendi que no sea el suyo propio
Primeramente la justicia no es sobre las cosas referidas hacia los otros sino tambieacuten sobre la eleccioacuten del acto a ser usado en o con las acciones exteriores y en las cosas hacia otro
Por otra parte las cosas que son hacia el otro ndashmateria iustitiaendash ahora son llamadas tambieacuten ldquoactum transeuntemrdquo o ldquofacere in actu exteriorirdquo Ademaacutes el acto propio de la justicia es para el Cayetano el ldquoactum immanentemrdquo o ldquoagere in actu exteriorirdquo Finalmente ya la eleccioacuten cuanto el uso del acto pertenecen a la voluntad y permanecen en quien elige y usa de ellos
248 S Th II-II q 58 a1 r d [El pareacutentesis es nuestro]249 Comm Card Caie en STh II-II q 58 a 3
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Al no haberse explayado demasiado el Cardenal sobre lo que entiende con los teacuterminos introducidos aquiacute de ldquoactum immanentemrdquo y ldquoactum transeutemrdquo no son muchas las conclusiones parciales que por ahora podemos esbozar
Tan soacutelo decimos que identificamos por parte del de Gaeta la introduccioacuten de una distincioacuten en la definicioacuten de justicia dada por el de Aquino
Que esta distincioacuten se apoya en una nueva clasificacioacuten de lo que son tanto la materia cuanto el acto propio de la justicia
Que maacutes allaacute del ejemplo puesto no es todaviacutea posible reconstruir los prin-cipios directrices con los cuales el Cardenal se guiacutea en sus comentarios
Que la referencia indicada al texto para introducir tal distincioacuten es erroacutenea Y esto porque no es in responsione ad tertium sino en la tercera objecioacuten donde Santo Tomaacutes hace una referencia a las agibilia y a las factibilia que podriacutean emparentarse con lo sentildealado por el Cardenal
Asiacute las cosas identificadas estas diferencias y en ponieacutendolas a la luz con-tinuamos con el anaacutelisis del artiacuteculo cuarto Del cual algo adelantamos por anti-ciparse el mismo Cayetano en su comentario
S Th II-II q 58 a4 Utrum iustitia sit in voluntate sicut in subiecto
En el cuarto artiacuteculo Santo Tomaacutes resolveraacute que la justicia se halla en la vo-luntad como en su sujeto tras responder las tres objeciones que presenta
Por su parte el Cayetano se detiene en una afirmacioacuten del respondeo dicen-dum a la cual pondraacute una objecioacuten luego responderaacute y buscaraacute concluir con las mismas palabras que objetoacute del Angeacutelico
La afirmacioacuten que resulta dudosa para el Cardenal es aquella que media ndashen el texto tomistandash entre la razoacuten por la cual somos llamados justos y la necesi-dad de que la justicia se encuentre en una facultad apetitiva como en su sujeto laquoProximum [autem] principium est vis appetititvaraquo
250 La objecioacuten o la razoacuten
por la cual podriacutea producirse una mal inteleccioacuten del texto
250 S Th II-II q 58 a 4 r d
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laquoNam proximum principium actus iudicii qui est intus iudi-ci iustitiam dicenti non appetitus sed intellectus est Et exteriorum operum in quibus iustum ponitur proprium principium est executi-va potentia ut patet in restitutionibus commutationibus et distribu-tionibus fiunt enim haec manibus et linguaraquo
251
De ser verdadera esta objecioacuten se desarticulariacutea la necesidad de que la jus-ticia esteacute en la voluntad como en su sujeto para pasar a estar en el intelecto Notemos que eacutesta presenta dos momentos (1) El referido al principio proacuteximo del acto de juicio que estaacute en el intelecto y seriacutea el referido a conocer queacute es lo justo En el segundo momento traslada la objecioacuten a otro punto (2) el del acto exterior por el cual se pone que lo justo es de la potencia ejecutiva
iquestQueacute dice Cayetano a su propia objecioacuten Responderaacute ordenadamente a es-tos aspectos Sobre el primero comenta que aquiacute el acto u obrar fue tomado no solamente para distinguir del hacer sino tambieacuten del conocer
Y sobre la objecioacuten de la potencia ejecutiva responde que se excluye por dos cosas La primera que esta misma seraacute tratada maacutes adelante en la q 60 La segunda que eacutel mismo ya tratoacute ndashen su comentario a la S Th I-II q 74 a 1ndash al hablar que soacutelo los actos inmanentes son actos eliacutecitos de las virtudes aunque las acciones transeuacutentes puedan ser actos imperados por ellas Asiacute entonces conclu-ye que la justicia estaacute en la fuerza apetitiva
Vemos nuevamente coacutemo el Cardenal pone una sutil objecioacuten a lo que es el centro del argumento del presente artiacuteculo A saber que la justicia estaacute en la voluntad como en su sujeto Y lo hace proponiendo un ejemplo que hariacutea tras-tabillar el eje sobre el cual se apoya el discurso para girar hacia su conclusioacuten
Asiacute tambieacuten el comentario resulta de intereacutes porque confirma aquello de que el Cardenal conoce en profundidad la obra de Tomaacutes de Aquino Hecho que se ve reflejado en la respuesta a la segunda objecioacuten planteada por Tomaacutes de Viacuteo
Sin embargo este comentario despunta otra liacutenea investigativa que ya pun-tualizamos Y es la que hemos referido en nuestro anaacutelisis del comentario al ter-cer artiacuteculo asiacute como tambieacuten a la conclusioacuten que sentildealamos al mismo referida a los teacuterminos de ldquoactus immanentesrdquo y ldquoactus transeuntesrdquo tambieacuten ahora como ldquoactiones transeuntesrdquo
251 Comm Card Caie en S Th II-II q 58 a 4
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Maacutes allaacute de esto no advertimos otras diferencias que puedan aportar intereacutes alguno nuestro tema Pasemos al proacuteximo comentario
S Th II-II q 58 a5 Utrum iustitia sit virtus generalis
Aquiacute Santo Tomaacutes responderaacute que la justicia es una virtud general en tanto que ordena al hombre y al acto de cualquier virtud hacia el bien comuacuten
Contra la primera de las objeciones ndashque reteniacutea que la justicia no es una virtud general porque es contada entre las demaacutes virtudesndash el Angeacutelico diraacute que eacutesta se cuenta entre las otras virtudes en tanto que es (una virtud) especial Tema que seraacute tratado maacutes adelante (aa 6 y 12)
Contra la segunda que sostiene que no es general ya que es puesta como virtud cardinal junto a la templanza y a la fortaleza (y ninguna de estas dos es general) responde que la justicia puede ser virtud general ya que a diferencia de las otras dos ndashque se encuentran en el apetito sensitivo (en lo concupiscible e irascible)ndash eacutesta estaacute en el apetito intelectivo como en su sujeto
A la tercera de las objeciones seguacuten la cual la justicia no es virtud general porque no hay un ldquopecado generalrdquo sino que eacuteste (el pecado) se refiere siempre a otro responde con dos argumentos El primero puesto que en tanto las cosas que dirigidas a uno mismo son ordenables a otro y mayormente en cuanto referidas al bien comuacuten El segundo que por la misma razoacuten que la justicia legal puede llamarse virtud general la injusticia puede llamarse pecado comuacuten
Continuamos ahora con una breve exposicioacuten del artiacuteculo sexto recordando que el Cardenal comentoacute conjuntamente los artiacuteculos quinto sexto y seacuteptimo
S Th II-II q 58 a6 Utrum iustitia secundum quod est generalis sit idem per essentiam cum omni virtute
Ahora toca ver si la justicia por ser general resulta igual en esencia a toda virtud Contras las cuatro objeciones que parecen demostrar que esto es verda-
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dero responde el Doctor Comuacuten que la virtud de la justicia es general porque ordena el acto de las demaacutes virtudes a sus fines laquoquod es movere per imperium omnes alias virtutesraquo
252 Y no lo es en tanto que se denomina ldquogeneralrdquo mediante
la predicacioacuten sino en cuanto su virtud laquosicut causa universalis est generalis ad omnes effectusraquo
253
Vamos al artiacuteculo seacuteptimo junto con la glosa del Cayetano a eacuteste y a los dos precedentes
S Th II-II q 58 a7 Utrum sit aliqua iustitia particularis praeter iustitiam generalem
Aquiacute pareciera que no hay una justicia particular maacutes allaacute de la virtud gene-ral por tres motivos
(1) Porque la justicia general ya ordena suficientemente al hombre acerca de las cosas que son hacia otro Y por ende no habriacutea necesidad de una justicia particular ya que en las virtudes como en la naturaleza no hay nada de super-fluo
Ademaacutes (2) porque lo uno o lo mucho no diversifica la especie de la virtud Y como la justicia general ordena al hombre a otro en aquellas cosas que perte-necen a la multitud no hay en consecuencia otra especie de virtud que ordene al hombre en aquellas cosas que pertenecen a una persona singular
Finalmente (3) porque asiacute como entre una persona singular y la multitud de la ciudad estaacute la multitud domeacutestica ndashy si por lo tanto hay una justicia particular por la comparacioacuten a una personandash de la misma manera deberiacutea haber una justi-cia econoacutemica que ordene al hombre al bien comuacuten de la familia Y no es dable afirmar esto uacuteltimo
Contra las tres objeciones el Angeacutelico responderaacute que es necesario que exis-ta una virtud que ordene inmediatamente al hombre a las cosas que se refieren a otro Y como la virtud de la justicia general ordena en tanto que mediatamente
252 S Th II-II q 58 a 6 r d253 Ibidem
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de aquiacute la necesidad de que haya una virtud particular de la justicia Con este argumento se resuelve suficientemente la primera objecioacuten
A la segunda responde que el bien comuacuten de la ciudad y el bien singular de una persona no difieren solamente seguacuten lo mucho y lo poco sino que hay entre ellos una diferencia formal
Y a la tercera dice que la comunidad domeacutestica es distinguida por tres unio-nes (mujer y marido padre e hijo sentildeor y esclavo) y como en estas tres las personas son como una cosa del otro no hay para ellos justicia propiamente hablando sino maacutes un ldquotipo de justiciardquo llamada econoacutemica
El Cayetano como hemos dicho comenta de una vez los artiacuteculos quinto sexto y seacuteptimo que trataron ndashrespectivamentendash sobre si la justicia es una virtud general (a5) si siendo general es igual en esencia con las demaacutes virtudes (a 6) y finalmente sobre si hay alguna justicia particular ademaacutes de la general (a7)
La intencioacuten del comentario es a primera vista la de llamarnos la atencioacuten sobre estos temas para dejar en claro ademaacutes una posible mal comprensioacuten de los teacuterminos utilizados por Santo Tomaacutes y los que habiacutean florecido en los tiem-pos del comentador
laquoquod cum dicitur iustitia legalis virtus specialis quidem in essentia generalis autem in esse non intelligitur de esse quod vocatur actualis existentia sed intelligitur de esse rela-tivo quo obsequentibus virtutibus uniturraquo
254 Da tambieacuten un
paso maacutes laquoHabet enim iustitia legalis suam essentiam cum sua existencia in voluntate solaraquo
255
Luego de estas dos afirmaciones el Cardenal prosigue explicando en queacute modo la justicia legal tiene su esencia con su existencia en la voluntad porque impera a las demaacutes virtudes ordenando sus actos al bien comuacuten estableciendo una relacioacuten entre cualquier virtud y el bien comuacuten Por lo mismo la virtud im-perante se dice estar en la virtud imperada
254 Comm Card Caie en S Th II-II q 58 a 7255 Ibidem
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Ademaacutes nos dice el de Gaeta que como la relacioacuten constituye el ser relati-vo asiacute la justicia legal se dice ser general seguacuten el ser relativo y seguacuten este ser relativo identificarse con toda virtud y cualquier virtud identificarse con la justi-cia legal Y que por esta misma razoacuten ndashagrega el Cayetanondash en el artiacuteculo sexto Santo Tomaacutes afirmariacutea que lo imperado y lo imperante son de alguacuten modo uno
Finalmente concluye el Priacutencipe de los Comentadores que todo lo explicado vale tambieacuten para la caridad y las demaacutes virtudes
En el presente comentario el Cayetano agrupa los artiacuteculos que tratan pun-tualmente el tema de la virtud de la justicia y su distincioacuten en general y particu-lar Vemos aquiacute coacutemo el Cardenal intenta advertirnos de la diferencia fundamen-tal entre esse y existentia Sin explayarse demasiado en estos teacuterminos continuacutea el llamado de atencioacuten dicieacutendonos que la justicia legal tiene su esencia con su existencia solamente en la voluntad
Otra diferencia que es de anotar es la que pone el Cayetano en la letra to-mista al decirnos que la laquoiustitia legalis dicitur esse generalis secundum esse relativumraquo
256 Cosa que no aparece en Santo Tomaacutes en ninguno de estos tres
artiacuteculos Y que tampoco eacutel mismo ndashel de Gaetandash hace referencia a otros textos como tantas veces lo ha hecho
Pensamos que esta es una referencia al respondeo dicendum del artiacuteculo sexto que es a la vez respuesta a sus dos primeras objeciones Y esto por dos razones
La segunda de las razones (que exponemos primero por cuestiones de con-veniencia para el desarrollo) es porque una vez obrada las diferencias de los modos en que una virtud puede decirse general Santo Tomaacutes prosigue hablando de la virtud de la caridad Con esto mismo finaliza el Cayetano su comentario Es decir hemos pensado que el Cardenal estaacute siguiendo la estructura o el esquema del Aquinate de esa parte del artiacuteculo sexto
La primera de las razones es porque obrada la diferenciacioacuten entre los dos modos en que algo puede llamarse general y refirieacutendose concretamente a la se-gunda el Angeacutelico afirma que la justicia legal se dice especial laquosecundum suam essentiamraquo
257 ya que mira al bien comuacuten como a su propio objeto Santo Tomaacutes
soacutelo concluye entonces que la virtud de la justicia es general laquosecundum vir-
256 Ibidem257 S Th II-II q 58 a 6 r d
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tutemraquo258
y no laquosecundum esse relativumraquo259
tal como lo hace el Cayetano Aquiacute hay una diferencia importante mientras para Santo Tomaacutes la virtud de la justicia es general por la causacioacuten en el Priacutencipe de los Comentadores pareciera identi-ficarse esa generalidad con una generalidad predicamental esto es loacutegica
De lo dicho varias cosas
En primer lugar si bien el comentario estaacute puesto al final del artiacuteculo seacutep-timo no hace ninguna referencia al mismo sino que se detiene solamente en el modo en que la justicia legal es general
En este comentario ndashmaacutes cercano a los artiacuteculos quinto y sexto (y casi ex-clusivamente al sexto)ndash notemos otras dos diferencias entre lo dicho por Santo Tomaacutes y lo expuesto por Tomaacutes de Vio
La primera que donde el Aquinatense habla de que la virtud de la justicia se halla en la voluntad el Gaetano afirma que alliacute se halla eacutesta con su esencia y su existencia
Y la segunda que donde Santo Tomaacutes afirma que la virtud de la justicia legal es general seguacuten su virtud o como causa de sus efectos el Cardenal dice que es general laquosecundum esse relativumraquo
260
Continuemos entonces con el propoacutesito de nuestra Tesis de mostrar la dis-tancia entre el de Aquino y el de Gaeta
S Th II-II q 58 a8 Utrum iustitia particularis habeat materiam specialem
En este artiacuteculo encontramos el porqueacute la justicia particular tiene materia especial frente a las tres objeciones que postulariacutean lo contrario A todas res-ponde el Aquinate que la justicia particular siacute tiene una materia especial ya que ella misma al tratar acerca de las cosas que estaacuten referidas a otro laquonon est circa totam materiam virtutis moralis sed solum circa exteriores actiones et res se-
258 Ibidem259 Comm Card Caie en STh II-II q 58 a 7260 Ibidem
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cundum quandam rationem obiecti specialem prout scilicet secundum eas unus homo alteri coordinaturraquo
261
En su comentario el Cardenal nos hace reparar en la distincioacuten entre materia moral y acto moral que desarrollaraacute explicando ejemplificando y precisando
Nos dice en efecto que es la materia en donde estaacute puesto el medio y que aquella misma ndashla materiandash comprehende las laquopassiones et operationes et res quodammodoraquo
262 siendo las uacuteltimas la materia de las operaciones humanas ha-
cia otro
La otra parte de la distincioacuten son los laquoactus moralesraquo que el Cardenal iden-tifica como laquoelectiones eliciti essentialiter vel participativeraquo
263 Y explica que en
esto estriba precisamente la diferencia entre la justicia y la templanza (o tam-bieacuten la fortaleza) en que si bien toda virtud moral es un haacutebito electivo el acto de la justicia es laquoessentialiter electioraquo por estar en la voluntad mientras que los de la templanza o la fortaleza ndashal situarse en el apetito sensitivondash son laquoelectiones participativeraquo Afirma entonces el Gaetano que la justicia elige el medio en las operaciones exteriores con las cuales nos ordenamos hacia otro y no siendo estas de un soacutelo modo las divide en dos (1) Algunas son justas o injustas en siacute mismas (agresiones asesinatos etc) (2) Otras seguacuten su materia (compra ven-ta restitucioacuten etc)
Y concluye retomando esta uacuteltima distincioacuten laquoEt propter hanc diversitatem in littera ponuntur duae materiae iustitiae scilicet secundum actiones et res exterioresraquo
264
iquestPero es en verdad por la distincioacuten sentildealada por el Cayetano y aquiacute refe-rida la razoacuten por la cual Santo Tomaacutes pone una materia especial para la justicia particular
Retomando el interrogante respondemos que no es realmente por la diversi-dad que sentildeala el Cayetano (en su conclusioacuten) la causa seguacuten la cual el Angeacuteli-co pone dos materias de la justicia
261 STh II-II q 58 a 8 r d262 Comm Card Caie en STh II-II q 58 a 8263 Ibidem264 Ibidem
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En primer lugar porque el artiacuteculo dilucida la cuestioacuten de si la justicia parti-cular tenga o no materia especial Y esto para distinguir la materia de la justicia particular de aquella perteneciente a la justicia general
Santo Tomaacutes sentildeala una diferencia entre el acto de la virtud moral y la ma-teria de toda la virtud moral para decir que la justicia ordena al otro soacutelo seguacuten las acciones exteriores y las cosas seguacuten (con ellas) el hombre se ajuste a otro Y aquiacute siacute estaacute hablando de la materia especial de la justicia particular distinta de la general
Mientras que el Doctor Comuacuten sentildeala dos materias de la justicia una para la particular y otra para la general el Cayetano coloca dentro de la justicia par-ticular dos materias al decir que algunas operaciones son justas o injustas en siacute mismas o por su materia
Pero noacutetese bien que los ejemplos que pone pertenecen ambos a la materia de la justicia particular Por ende cuando concluye que por esta razoacuten (laquohanc diversitatemraquo) son puestas en el texto dos materias de la justicia lo que hace es ndashseguacuten dijimosndash incluir en la justicia particular dos especies de materia
Por otro lado que Santo Tomaacutes pone dos materias de justicia pero referidas a las dos formas de la virtud a saber general y particular Y no refirieacutendose a los actos particulares de la justicia particular como podriacuteamos colegir de lo expuesto por el Cardenal Maacutes auacuten podriacuteamos sentildealar que el Cayetano concluye que en-contramos en la justicia particular dos materias especiales Y nuevamente no es esto lo que dice el Aquinate Quien ademaacutes afirma que hallar dos materias de la virtud moral de la justicia responde a la distincioacuten entre las acciones y las cosas exteriores Y no en cambio como sostiene el Cayetano al decir que laquoiustitia au-tem eligit medium in operationibus exterioribus quibus ad alium ordinamurraquo265
Porque no es toda la justicia la que pone el medio en las operaciones exteriores con las cuales nos ordenamos a los otros sino soacutelo la justicia particular Si esto fuese asiacute se estariacutea estableciendo una nota comuacuten a todo el geacutenero
Este resultado es de capital importancia para nuestro trabajo ya que con esto seguimos viendo distanciamientos entre lo que expone el Doctor Angeacutelico y las interpretaciones por parte del Priacutencipe de los Comentadores
Para dar mayor comprensioacuten al alejamiento obrado por el Cayetano recor-demos la situacioacuten con la que avanza en el tratamiento de la cuestioacuten En el a7
265 Ibidem
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Santo Tomaacutes planteoacute si existiacutea o no una justicia particular En el a8 el actual establecioacute que siacute tiene una materia especial Y en el siguiente a9 determinaraacute si la misma versa solamente sobre las operaciones o tambieacuten sobre las pasiones Veaacutemoslo
S Th II-II q 58 a9 Utrum iustitia sit circa passiones
Ahora entonces el Aquinate explicaraacute por queacute la justicia no es acerca de las pasiones respondiendo a las tres objeciones que afirmariacutean lo contrario Y lo demostraraacute con dos argumentos El uno proveniente del mismo sujeto de la justicia el otro de su materia
Que la justicia esteacute en la voluntad como en su sujeto y cuyo acto o mo-vimiento no son las pasiones como ya fuese demostrado es el primero de los argumentos
El segundo sobreviene como acabamos de mencionar de parte de la materia de la justicia Puesto que por las pasiones interiores no somos ordenados hacia el otro ndashy sobre esto uacuteltimo trata la justiciandash es claro en consecuencia que la misma no es acerca de las pasiones
Comentando el artiacuteculo noveno el Cayetano se detiene en una precisioacuten sobre la respuesta ad 1 laquoCum legis quod delectatio est finis principalis etc non intelligas quod est finis principalis ipsius virtutis iam enim dictum vides in littera quod est finis consequensraquo
266 Y sin ser demasiado extenso nos indica
en queacute forma la debemos entender laquoSed quod est principalis quoad nostrum iudicium discretivum boni et maliraquo
267 Finalmente concluye tambieacuten poniendo
ejemplos que alguien estaacute bien o mal habituado seguacuten su delectacioacuten sea en el bien o en el mal
En el presente artiacuteculo el Cardenal sentildeala que el fin principal de la virtud no es la delectacioacuten o la tristeza sino que eacutestas son el fin principal en lo que respec-
266 Comm Card Caie en STh II-II q 58 a 9 La cita que aquiacute realiza el Cardenal es a otra que Santo Tomaacutes trae de Aristoacuteteles laquoDelectatio et tristitia est finis principalis ad quem respicientes unumquodque hoc quidem malum hoc quidem bonum dicimusraquo (STh II-II q 58 a 9 ad 1)267 Comm Card Caie en STh II-II q 58 a 9
161
ta a nuestro juicio del bien y del mal Maacutes allaacute de lo que sentildealamos no hay otras cosas para anotar
S Th II-II q 58 a10 Utrum medium iustitiae sit medium rei
Tratados entonces los temas precedentes restan determinar si el medio de la justicia es un medio real (a10) cuaacutel es su acto (a11) y si sobresale de entre las demaacutes virtudes morales (a12)
Nuevamente responderaacute una a una las tres objeciones que se plantean en contra de que el medio de la justicia sea un medio real diciendo que precisa-mente el medio de la justicia consiste en alguna proporcioacuten de igualdad entre la cosa exterior y la persona exterior entre la cosa que se usa y su debida propor-cioacuten a la (otra) persona
Comienza el Cardenal advirtieacutendonos que recordemos al leer el tiacutetulo del presente artiacuteculo deacutecimo que en laquoin praecedenti Libro conclusum est virtutem consistere in medio Et propter ea hic supponitur iustitiam consistere in medio et quaeritur de qualitate medii quale scilicet sit medium eius an rei an ratio-nisraquo
268 A lo que agrega es motivo de especial duda ya que entre todas las vir-
tudes morales soacutelo la justicia atiende a un medio real
Pero tras sentildealar la respuesta que Santo Tomaacutes diese in corpore articuli (respecto a la explicacioacuten en torno al medio real de la justicia) termina diciendo que seraacute ulteriormente tratado inferius (aquiacute las notas marginales de la leonina sentildealan la q 61)
Comentando este artiacuteculo el Cayetano nuevamente nos deja entrever en dos momentos su profundo conocimiento de toda la Suma El primero bien al princi-pio del comentario porque nos recuerda lo dicho en S Th I-II q 64 a 1 sobre el tema de la virtud El segundo al final donde nos indica que la duda presenta-da y otra vez ejemplificada en y con su comentario seraacute aclarada maacutes adelante por Santo Tomaacutes (cfr S Th II-II q 61 a 2)
268 Comm Card Caie en S Th II-II q 58 a 10
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
La duda a la que nos referimos es aquella sobre la razoacuten por la cual soacutelo la justicia entre las demaacutes virtudes morales atiende al medio real Y maacutes auacuten en queacute cosa consiste este mismo medio que aparece ahora ndashy asiacute lo muestra el Car-denalndash como incierto
Demos todaviacutea un paso maacutes analizando brevemente el contenido del a 11 (que no tiene comentarios del Gaetano) para introducirnos en el uacuteltimo artiacuteculo junto con las palabras finales del Priacutencipe de los Comentadores
S Th II-II q 58 a 11 Utrum actus iustitiae sit reddere unicuique quod suum est
En este artiacuteculo esperaacutebamos encontrar alguacuten tipo de comentario por parte del Cayetano O al menos alguna precisioacuten puntualizacioacuten o cualquier otra re-ferencia a temas glosados anteriormente Como por ejemplo y principalmente a lo expuesto en el a 9 Pero sin embargo no es asiacute Vemos que Santo Tomaacutes responde las objeciones por las que el acto de la justicia no parece ser dar a cada quien aquello que es suyo
El sed contra ndashtomado de San Ambrosiondash es tan contundente como escueto
laquoIustitia est quae unicuique quod suum est tribuit alienum non vindicat utilitatem propriam negligit ut communem aequitatem custodiatraquo
269 Que remata
con el respondeo dicendum al retomar lo que ya fue dicho respecto de la materia de la justicia y para concluir que propiamente su acto es dar a cada uno aquello que es suyo
Pasemos ahora siacute a la trama final de la presente cuestioacuten sobre la justicia
269 S Th II-II q 58 a 11 s c
163
S Th II-II q 58 a 12 Utrum iustitia praeemineat inter omnes virtutes morales
En el uacuteltimo de los artiacuteculos referidos a la justicia el Aquinatense nos trae la discusioacuten sobre la preeminencia de la justicia respecto del resto de las demaacutes virtudes morales
Contra las objeciones que sostienen lo contrario el Angeacutelico responde do-blemente Por un lado explicando en queacute sentido la justicia general es preclara entre todas las virtudes morales por otro en lo tocante a la justicia particular
Sobre la justicia general porque su objeto ndashel bien comuacutenndash es preeminente sobre el bien singular de una persona Tambieacuten nos da dos razones por las cuales la justicia particular sobresale de entre las demaacutes virtudes morales (1) Ya por estar en una parte maacutes noble del alma (en el apetito racional) a diferencia de las demaacutes virtudes morales (en el apetito sensitivo) (2) Ya por su objeto y esto porque por la justicia nos ordenamos al bien de otra persona mientras que las demaacutes virtudes se ordenan al bien de uno mismo
El Cardenal presenta en este comentario una posible contradiccioacuten por parte del autor Ya que aquiacute Santo Tomaacutes pone a la justicia como las maacutes noble entre todas las virtudes morales y sin embargo ndashsubraya Cayetanondash en S Th q 30 aa 3-4 puso a la misericordia como la mejor Se pregunta en consecuencia laquoQuomodo stant haec duo simulraquo
270
Responderaacute comenzando por la distincioacuten seguacuten la cual podemos considerar doblemente a la virtud de la misericordia Primero como tratando acerca de las pasiones Entonces no habriacutea contradiccioacuten alguna
Segundo si se toma a la virtud de la misericordia en cuanto nombra el acto del apetito intelectivo queriendo quitar del mal al otro o deseando eficazmente a eacutel auxiliar en tal circunstancia Asiacute entonces para el Cardenal laquomisericordia videtur plus quam humana virtus participatio scilicet proprietatis divinaeraquo
271
siendo sin embargo una virtud Lo cual prueba de una parte Ciceroacuten y de otra el mismo Santo Tomaacutes al poner a la misericordia por encima de todas las virtudes que se refieren otro Cuestioacuten que en palabras del Cayetano el Angeacutelico ya pro-boacute al demostrar que es superior en cuanto quita al otro un defecto En consonan-
270 Comm Card Caie en S Th II-II q 58 a 12271 Ibidem
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
cia con esta segunda objecioacuten concluye el de Gaeta laquoEt sic sumpta misericordia supra iustitiam etiam legalem est ut actus utriusque comparando patetraquo
272
Aquiacute claramente el Cardenal contradice lo afirmado por Santo Tomaacutes Re-sulta importantiacutesima su conclusioacuten al descomprimir la presioacuten que introdujo en el artiacuteculo y que parece haber invalidado al sentildealar como contradiccioacuten con el otro texto citado
laquoNec auctor propter eas contradixit sibi hic et ibi Quoniam sermo de misericordia sic sumpta est singularis nec intendebat Auctor comparare hic iustitiam misericordiae sic sumptae sed solis virtutibus quae inter virtutes morales communiter numerantur qua-lis no est misericordia sic sumptaraquo
273
Mencionaacutebamos que el Cardenal sentildeala una contradiccioacuten Y en efecto la ldquodemuestrardquo al contraponer lo que el Angeacutelico dice ahora con lo dicho en otra parte Pero he aquiacute que la objecioacuten presentada por el Cayetano a Santo Tomaacutes no es otra que la que el mismo Angeacutelico explicase en laquoUtrum misericordia sit maxima virtusraquo
274 Por lo cual tanto su objecioacuten cuanto su conclusioacuten no son
otra cosa que una repeticioacuten de las mismas palabras del Aquinate
III23 Quaestio 59 ndash De Iniustitia
Luego de la consideracioacuten de la justicia en la cuestioacuten 58 que acabamos de exponer el Priacutencipe de los Comentadores continuacutea glosando los cuatro artiacuteculos pertenecientes al estudio de la injusticia
Santo Tomaacutes se preguntaraacute en primer lugar si la injusticia es un vicio espe-cial (a1) si obrar conforme a ella sea propio del hombre injusto (a2) para luego determinar si alguien puede sufrir voluntariamente o no alguna cosa injusta (a3) y si la injusticia sea por su geacutenero pecado mortal (a4)
272 Ibidem273 Ibidem274 Concretamente es en S Th II-II q 30 a 4 r d el lugar exacto donde se encuentra esto que decimos
165
De estos mismos cuatro artiacuteculos el Cardenal comenta el segundo y el cuar-to pero en el uacuteltimo parece realizar una precisioacuten abarcadora de todos los te-mas discurridos
Digamos entonces algunas cosas sobre eacutestos y la glosa de Cayetano
S Th II-II q 59 a1 Utrum iniustitia sit vitium speciale
A las tres objeciones que se oponen a que la injusticia sea un vicio especial el Aquinate argumenta ndashen el sed contrandash que siacute lo es porque se opone a la justi-cia y eacutesta es una virtud especial Responde tambieacuten que la injusticia contrariacutea tanto a la justicia general cuanto a la particular El respondeo dicendum junto con las tres respuestas a las objeciones no son otra cosa que una explicacioacuten de este mismo principio
Como dijimos el Cardenal no comenta este artiacuteculo Por lo tanto continuamos
S Th II-II q 59 a 2 Utrum aliquis dicatur iniustus ex hoc quod facit iniustum
El Angeacutelico trataraacute ahora sobre si puede llamarse o no injusto a quien obra alguna cosa injusta Y responderaacute apoyado en Aristoacuteteles laquoquod aliquis facit iniustum et iniustum non estraquo
275 A rengloacuten seguido explica los dos modos por
los que alguien no es injusto obrando lo injusto El primero es el caso de quien obra por ignorancia o sin intencioacuten El segundo de los casos es cuando la injus-ticia procede de alguna pasioacuten pero sin eleccioacuten (laquoabsque habitu iniustitiaraquo
276)
En este comentario el Cardenal repara en la respuesta ad tertium ponieacutendo-le una objecioacuten y siguiendo el modo de glosar que venimos sentildealando Siendo siempre la misma estructura tras la objecioacuten habraacute dos ejemplos que pueden
275 S Th II-II q 59 a 1 s c276 Ibidem
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
o no seguirse de la duda por eacutel planteada para finalmente concluir refutaacutendola Veamos todo esto puntualmente
Las palabras sobre las que el Cayetano se detiene para sentildealar dudas son laquoEt ideo quod est per accidens et praeter intentionem non potest dici tempera-tum nec formaliter nec materialiter et similiter neque intemperatumraquo
277 Sobre
lo que postula dos dudas La primera es si puede imputaacutersele ebriedad a quien ignorando la potencia del vino ndashpone el ejemplo de Noeacutendash se emborracha Y esto argumenta porque no puede ser materialmente ebriedad lo que es materialmen-te indeseado Y la segunda similarmente de la comida en el caso de quienes por ignorancia toman desproporcionadamente alimentos contra la salud del cuerpo ya que constariacutea en efecto alliacute ser intemperado materialmente
278 A lo que res-
ponde
laquoAd hoc dicitur quod dubium procedit ex malo intellectu di-fferentiae positae in littera inter iniustum et intemperatum Ad cuius evidentiam scito quod magna differentia est inter comparare inius-tum et intemperatum penes formaliter vel materialiter et compara-re iniustum facere et intemperatum facere penes formaliter et mate-rialiterraquo
279
Por lo tanto en la primera comparacioacuten no hay materialmente diferencia alguna entre cualquiera de las dos sino la que dista cuanto de materia a materia En la segunda sentildeala el Cardenal que materialmente la diferencia es grande ya que el sentido de eacutesta es que el hacer puede tener accidentalmente por materia lo injusto mientras que no puede tener del mismo modo (accidentalmente) por materia lo intemperado Es asiacute como se manifiesta que lo injusto formalmente puede concurrir materialmente para hacer lo injusto Y en cambio lo intempe-rado formalmente no puede concurrir materialmente a hacer lo intemperado ya que o concurre formalmente o no concurre en ninguacuten modo
Respondiendo a las dos dudas dice el comentarista que la intencioacuten del texto es hablar de la segunda comparacioacuten Por todo lo cual no puede provenir sino de una mal comprensioacuten las objeciones presentadas
277 Comm Card Caie sect I en S Th II-II q 59 a 2278 Ibidem279 Comm Card Caie sect II en S Th II-II q 59 a 2
167
Mostramos una vez maacutes el modo seguacuten el cual el Cayetano glosa los textos y el conocimiento de los temas tratados en toda la obra del Aquinate Junto a lo dicho notemos que las objeciones puestas son para seguir sentildealando distincio-nes al interno de la doctrina tomista Y esto porque el Cardenal no hace aquiacute otra cosa maacutes que indicar las distancias entre lo injusto y lo intemperado entre el obrar injusta e intemperadamente
Sin maacutes que decir resentildeemos los artiacuteculos tercero y cuarto asuntando la prosa final de Tomaacutes de Vio
S Th II-II q 59 a 3 Utrum aliquis possit pati iniusto volens
El tema del presente artiacuteculo es averiguar si alguien puede padecer volunta-riamente lo injusto Contrariando las tres objeciones por las que pareciera apro-barse tal afirmacioacuten Santo Tomaacutes dice laquoquod iniustum pati oppositum est ei quod est iniustum facere Sed nullus facit iniustum nisi volens Ergo per oppo-situm nullus patitur iniustum nisi volensraquo
280
Si bien en este tercer artiacuteculo el Cardenal no realiza ninguna precisioacuten o llamado de atencioacuten y siguiendo nuestro meacutetodo de exponer brevemente el con-tenido del artiacuteculo traemos aquiacute el modo en que es demostrado porqueacute nadie puede padecer voluntariamente lo injusto Habieacutendolo hecho damos un paso maacutes esta vez hacia el uacuteltimo de los temas de esta cuestioacuten sobre la injusticia
S Th II-II q 59 a 4 Utrum quicumque facit iniustum peccet mortaliter
A las tres objeciones presentadas en contra de que peque mortalmente quien realice lo injusto responde Santo Tomaacutes que al consistir la justicia siempre en un dantildeo a otro ndashy por contrariar la Ley de Dios e ir contra la caridadndash es mani-
280 S Th II-II q 59 a 3 s c
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
fiesto que hacer lo injusto es de suyo pecado mortal laquoquod facere iniustum ex genere suo est peccatum mortaleraquo
281
El Cardenal nos diraacute sobre esto mismo que la precedente afirmacioacuten de Santo Tomaacutes laquointelligendum est de facere iniustum formaliterraquo
282 Y proseguiraacute
su comentario precisando cuaacutendo ndashy cuaacutendo nondash hacer lo injusto materialmente seraacute pecado mortal A tal efecto nos sentildeala que por parte del que lo hace debe-mos pensar en la causa De parte de quien lo padece en el dantildeo
Afirma el Cayetano que asiacute y todo a veces puede excusarse a quien obre por ignorancia pero otras no (seguacuten la magnitud del dantildeo que haga) Y algunas ve-ces es necesario como el caso de las injurias verbales sentildealar tal injusticia ndashpor la pequentildeez de su malndash como cierta culpa imperfecta o venial
283 Todo lo cual
se desprenderiacutea de lo dicho por Santo Tomaacutes en otros lugares a los cuales hace referencia como son el anterior tratado sobre la ignorancia y las posteriores cuestiones sobre las especies de los pecados
Si bien la brevedad del comentario y notando otra vez la amplitud del co-nocimiento del Cayetano sobre la obra completa de su cofrade sentildealamos que no conforme con lo establecido por el Aquinate en el respondeo dicendum el de Gaeta persiste en precisiones y distinciones
Habla el Angeacutelico sobre si quien hace lo injusto peca mortalmente Comenta el Cardenal que tal afirmacioacuten de Santo Tomaacutes es aplicable siempre y en todos los casos si es formalmente entendida Pero ahonda en los modos en que un pe-cado de injusticia puede reputaacutersele a su autor como materialmente mortal o al menos materialmente venial
Si bien estas preocupaciones no aparecen en la consideracioacuten del presente artiacuteculo por parte del Doctor Comuacuten resultaron en cambio tema de intereacutes en la glosa del Cayetano quien estaacute siempre pendiente de orientar el modo en que debemos interpretar el sentido el texto valieacutendose de precisiones o distinciones de objeciones o planteando dudas Completando asimismo lo dicho con refe-rencias a otros textos de Santo Tomaacutes ya anteriores al presente ya posteriores
281 S Th II-II q 59 a 4 r d282 Ibidem283 Cfr Comm Card Caie en S Th II-II q 59 a 4
169
III24 Quaestio 60 ndash De Iudicio
En la cuestioacuten nuacutemero sesenta seraacute estudiado el juicio (en tanto que acto de la virtud de la justicia) en seis artiacuteculos El plan trazado entonces comenzaraacute por dilucidar si seraacute precisamente eacuteste ndashel juiciondash el acto de la justicia (a1) si siendo liacutecito juzgar (a2) lo sea hacerlo por sospechas (a3) y si eacutestas deban interpretarse en forma favorable (a4) Luego el Angeacutelico se preguntaraacute si el juicio debe siempre dictarse seguacuten las leyes escritas (a5) y finalmente si eacuteste se pervierte por usurpacioacuten del poder de juzgar (a6)
El Cardenal Cayetano glosaraacute cuatro de estos seis artiacuteculos no comentando ni el primero ni el quinto
Veremos seguidamente lo expuesto por Tomaacutes de Aquino y las anotaciones que realizoacute Tomaacutes de Viacuteo
S Th II-II q 60 a 1 Utrum iudicium sit actus iustitiae
Son cuatro las objeciones que se presentan en el primero de los artiacuteculos tendiente a determinar si seraacute o no el juicio el acto de la justicia A todas ellas Santo Tomaacutes trayendo a colacioacuten palabras de la Sagrada Escritura responde diciendo laquoquod iudicium proprie nominat actum iudicis inquantum est iudex Iudex autem dicitur quasi ius dicens Ius autem est obiectum iustitiae ut supra dictum est Et ideo iudicium importat secundum primam nominis impositionem definitionem vel determinationem iusti sive iurisraquo
284
Establecido entonces el juicio como acto de la justicia y sin comentarios del Cardenal avanzamos al a 2
284 S Th II-II q 60 a 1 r d
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
S Th II-II q 60 a 2 Utrum sit licitum iudicare
En este artiacuteculo se presentan tres objeciones contra la licitud del acto de juzgar Las cuales seraacuten rebatidas por el Aquinate explicando en queacute modo debe sostenerse el acto de juzgar como acto liacutecito de la justicia y exponiendo ademaacutes las tres condiciones para que esto se deacute y las tres perversiones que lo vician
Contra las tres objeciones por las que pareciera no ser liacutecito juzgar Santo Tomaacutes contesta laquoquod iudicium intantum est licitum inquantum est iustitiae ac-tusraquo
285 y explica entonces las tres caracteriacutesticas requeridas A saber (1) Que
proceda de una inclinacioacuten a la justicia (2) Que proceda de la autoridad compe-tente (3) Que sea proferido seguacuten el ordenamiento de la prudencia
Contrariamente seraacute iliacutecito el juicio cuando falte alguna de estas tres con-diciones Perverso cuando vaya contra la primera Usurpado al ir contra la se-gunda (cuando quien juzga no tiene potestad para hacerlo) Y yendo contra la tercera seraacute un juicio temerario si es que falta la certeza de la razoacuten
Con su glosa el Cardenal repara en la respuesta ad tertium poniendo dos objeciones que podriacutean proceder de una probable contradiccioacuten entre el presente texto de Santo Tomaacutes y otra afirmacioacuten suya perteneciente a In IV Sent dist XIX q II a2 (Q2) la primera
286
En la segunda duda en cambio se pregunta si estando el juez o prelado es-piritual en pecado mortal y usando de su oficio en aquellas cosas que no son de su orden sino de su jurisdiccioacuten no proceda al acto moral en modo indebido ya que fue probado en otros textos lo contrario
287
Contra la primera responde que el oficio se utiliza indignamente de dos mo-dos en nombre propio y en nombre de los demaacutes
288
laquoEt quod existens in peccato mortali utitur officio indigne privative non autem contrarie quia silicet est privatus conditione quam natus est habere ut condigne iudicis officium ageret non habet
285 S Th II-II q 60 a 2 r d286 Cfr Comm Card Caie sect I en S Th II-II q 60 a 2a287 Comm Card Caie sect II en S Th II-II q 60 a 2288 Cfr Ibidem
171
autem aliquid contrarium iusto iudici ut sic Et propter ea non opor-tet quod peccetraquo
289
A la segunda en cambio responde que debido a la gran diferencia entre el uso de la potestad de la jurisdiccioacuten y la del orden ndashporque en aqueacutel no hay consagracioacutenndash es suficiente que el ministro sea justo en obrar el acto justo y no santo
290
El intereacutes del Cayetano sobre este artiacuteculo estaacute centrado evidentemente en cuaacutendo puede un prelado juzgar liacutecitamente sin incurrir en pecado mortal como hemos visto
A este respecto pone dos objeciones ndashutilizando otros textos del Aquinatendash y las responde despejando las dudas y volviendo a Santo Tomaacutes
Hay que advertir lo que el Cardenal sentildeala el Angeacutelico equivocaacutendose alliacute se corrige aquiacute y dice que eacutel mismo ndashel comentaristandash sentildealoacute oportunamente (en aquella cuestioacuten) la correccioacuten del Aquinate
291
En el anaacutelisis de este comentario nuevamente vemos reflejada la metodo-logiacutea con la que el Tomaacutes de Vio resuelve sus postulaciones siempre a traveacutes de nuevas distinciones Continuemos ahora con el tercer artiacuteculo cuya respuesta fuese anticipada en este segundo
S Th II-II q 60 a 3 Utrum iudicium ex suspicione procedens sit illicitum
En relacioacuten con lo ya expuesto supra el Doctor Comuacuten se explayaraacute sobre lo modos en que el juicio procedente de la sospecha torna iliacutecito el acto de la justicia
Por un lado puesto que ella misma es perversa cuando proviene de leves iacuten-dices seguacuten tres maneras (1) cuando quien es conocedor de su malicia reputa a todos por igual a siacute (2) cuando proviene de un cierto desprecio hacia el otro (3)
289 Ibidem290 Cfr Ibidem291 Cfr Ibidem
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
o de la larga experiencia Santo Tomaacutes hace la salvedad que el uacuteltimo disminuye la razoacuten de la sospecha mientras que los dos primeros pertenecen directamente a la perversidad del afecto
A continuacioacuten sentildealaraacute los tres grados existentes de la sospecha para reba-tir finalmente una a una las objeciones planteadas por las que pareciera que no es iliacutecito el juicio conducido por la sospecha
De aquellos tres grados dos son calificados como pecado mortal y uno como leve y venial El primer grado de la sospecha es el de aqueacutel que comienza a du-dar por leves indicios El segundo grado es sentildealado como el de quien por leves indicios toma por cierta la malicia del otro siendo ya pecado mortal El tercero ndashtambieacuten calificado como pecado mortalndash pertenece directamente a la injusticia y es cuando un juez procede a la condena de alguien movido por sospechas
Como es evidente el tercero de los grados es el que se refiere concretamente al tema del artiacuteculo puesto que en esta cuestioacuten se habla del juicio en tanto que acto de la justicia y aquiacute se trata la ilicitud de quien juzga sobre la base de sus elucubraciones
En su comentario comienza el Cardenal advirtieacutendonos de no inducirnos en el segundo nivel de sospecha cuidaacutendonos de aquel que laquopro certo malitiam al-terius aestimat ex levibus indiciisraquo
292 Posteriormente nos diraacute coacutemo podriacuteamos
caer en ellas Y concluye en sectI glosando los restantes grados Anaacutelisis que dista de nuestro intereacutes y del tema de nuestra investigacioacuten y que por ello reenviamos a los interesados a su lectura
293
En la segunda seccioacuten de su nota el Cayetano realiza una interesante distin-cioacuten advirtieacutendonos que en la respuesta ad primum la certeza de los actos huma-nos no es la evidencia seguacuten la cual el juez realiza su juicio sino que proviene ya de la certeza de la fe fundada ya de la idoneidad de los testigos y de la confesioacuten de las causas ya de nuestro intelecto que determina no haber contradiccioacuten en las partes reportadas
294 Y concluye tras algunas otras ejemplificaciones que el
modo en que el juez debe obrar laquoin humanis siquidem oportet uti pro certo eo quod communiter creditur quamvis vere certum non sitraquo
295
292 Cfr Comm Card Caie sect I en S Th II-II q 60 a 3293 Vid Comm Card Caie sect II en S Th II-II q 60 a 3294 Cfr Ibidem295 Comm Ibidem
173
En sectIII y sectIV posa su atencioacuten en la respuesta ad tertium procediendo como detallamos
En sectIII nos explicaraacute los modos en que alguien incurriendo en una opinioacuten o juicio por motivos leves comete pecado venial y no mortal y la razoacuten de por queacute siacute peca mortalmente quien juzga temerariamente por leves indicios
296
En sectIV la duda ocurre ndashsiempre sobre la misma respuesta ad 3ndash es en queacute modo los efectos o consecuencias del juicio interno pueden ser reducidos o reconducidos al juicio exterior en el sentido de que quien muchas veces juzga interiormente lo hace sin aacutenimo de hacerlo exteriormente A esta nueva objecioacuten responde el Cayetano poniendo el ejemplo de quien aun no llevando a cabo un homicidio tiene la intencioacuten de que ese otro muera A la que concluye laquoEius-dem enim rationis est iniuria temerarii iudicii intus et extra quamvis non sit aequale nocumentumraquo
297
Es para destacar el modo en que el Cardenal sentildeala en sectII la manera en que se distancian el juicio sobre los actos humanos del juicio obrado por el juez Recordemos que el Cayetano estaacute comentando la respuesta ad primum de Santo Tomaacutes en la que el Aquinate ndashlejos de plantearse lo glosado por el Cardenalndash estaacute hablando de la certeza que podemos encontrar en los actos humanos en su calidad de singulares y contingentes y el modo en que estos adquieren validez
S Th II-II q 60 a 4 Utrum dubia sint in meliorem partem interpretanda
La respuesta a este planteo y a sus objeciones (ya anticipada en el cuerpo del segundo artiacuteculo) seraacute que laquoubi non apparent manifesta indicia de malitia alicuius debemos eum ut bonum habere in meliorem partem interpretando quod dubium estraquo
298
Por parte del Cardenal nos posicionamos frente a un extenso comentario se desenvuelve en nueve puntos
296 Cfr Comm Card Caie sect III en S Th II-II q 60 a 3297 Comm Card Caie sect IV en S Th II-II q 60 a 3298 S Th II-II q 60 a 4 r d
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
En el primero plantea que se presentan algunas dudas respecto de las res-puestas a la primera objecioacuten y a la conclusioacuten junto con su razoacuten
El Cayetano toma las palabras de la respuesta ad 1 y su argumento y las confronta directamente con la respuesta ad 2 colocando asiacute la primera de sus objeciones y desarrollando algunos puntos de vista poniendo nuevos ejemplos
La conclusioacuten a la que se refiere es laquomelius est quod aliquis frequenter fallatur habens bonam opinionem de aliquo malo homine quam quod rarius fa-llatur habens malam opinionem de aliquo bonoraquo
299 Duda del motivo de esta
conclusioacuten laquoquia ex hoc fit iniuria alicui non autem ex primoraquo300
Su objecioacuten es falso que en nada dantildee que alguien que frecuentemente engantildea sea reputado con buena opinioacuten Ya que se dantildea a siacute mismo llenaacutendose de falsas opiniones y no hay peor dantildeo cuanto el proferido hacia uno mismo
301
Prosigue entonces su comentario con distingos entre aquello que pertenece conocer al intelecto en tanto que especulativo o praacutectico Para asiacute concluir que todo lo expuesto por Santo Tomaacutes pertenece al discurso sobre el intelecto praacutec-tico y no al especulativo
302
En el segundo punto de su glosa precisa los dos modos en que las dudas deben ser interpretadas favorablemente en forma negativa y en forma positiva Aquiacute se referiraacute soacutelo a la primera de las formas la negativa reservando el tercer apartado para la segunda la positiva
El modo negativo en que puede ser recibida tal afirmacioacuten es que ldquono deben ser interpretadas las dudas en la peor parte o en modo desfavorablerdquo
303 Lo que
resulta para el Cayetano que laquosic intellecta haec propositio est verissima ac certissimaraquo
304 Pone luego algunos ejemplos tomados de la Sagrada Escritura
o de la vida cotidiana donde se confirmariacutea que de este modo todas las ob-jeciones puestas en sectI no tienen lugar y se conservariacutea el sentido recto de las palabras del Aquinate
305
299 S Th II-II q 60 a 4 ad 1300 Ibidem301 Cfr Comm Card Caie sect I en S Th II-II q 60 a 4302 Cfr Ibidem303 Cfr Comm Card Caie sect II en S Th II-II q 60 a 4304 Ibidem305 Cfr Ibidem
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En sectIII explicaraacute el modo positivo de entender la premisa propuesta laquosci-licet quod dubiis occurrentibus de proximo fiat interpretatio in partem melio-remraquo
306 Siendo el caso de que cuando tengamos alguna duda respecto al aacutenimo
con el cual algo fue realizado por el proacutejimo deberemos hacer un nuevo juicio suponiendo que lo ha hecho con buen aacutenimo Entonces el sentido de esta forma puede ser recibido doblemente El primero lo trataraacute en sectIII y el segundo en sectIV
En el primer modo esta regla nos ensentildearaacute que generalmente tenemos que transformar nuestro juicio dudoso en buena opinioacuten sobre el aacutenimo seguacuten el cual actuacutea el proacutejimo excusaacutendolo cuando auacuten tengamos tales dudas Y de este modo piensa el Cardenal esta regla seraacute acorde a la recta razoacuten Concluye que laquonon est igitur sensus iste positivus sumendus absolute et simpliciterraquo
307
Sin embargo este sentido positivo puede asumirse seguacuten si algo debe ser juzgado Esta regla ensentildearaacute pues que las dudas deben ser interpretadas en for-ma favorable si debe juzgarse o si es necesario que sea haga laquoEt hic est verus sensus huiuis regulae prout hic disputatur et intenditur in littera et habet motas difficultatesraquo
308 Este es en consecuencia el tema del inciso sectIV que junto con
la explicacioacuten de aquellas dificultades-objeciones se extenderaacute hasta el nuacutemero sectVII
Retomando el discurso del punto cuarto decimos que el Cayetano traslada otra vez el centro de la cuestioacuten hacia otro campo Ahora al modo en que el inte-lecto praacutectico concurre en el conocimiento de los actos morales
Estas puntualizaciones no nos dicen nada sobre el tema de nuestra investi-gacioacuten pero sentildealan que tambieacuten en este tipo de comentarios el Cardenal hace extensivos sus intereses metafiacutesicos y gnoseoloacutegicos Haraacute lo mismo para el inciso quinto
En el sexto por el contrario vuelve al argumento de sectI y despeja de otro modo aquella objecioacuten El argumento es que siendo la justicia hacia otro ndashy siendo imposible practicar la injusticia contra uno mismondash es abusiva la compa-racioacuten allaacute propuesta y las aquiacute traiacutedas
Reasumiendo todo lo dicho en los apartados que van desde el primero hasta el sexto hace el Cardenal una especie de conclusioacuten que tras algunos vaivenes
306 Comm Card Caie sect III en S Th II-II q 60 a 4307 Ibidem Y confroacutentese tambieacuten este pasaje para todo lo expuesto en el presente paacuterrafo308 Comm Card Caie sect IV en S Th II-II q 60 a 4
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
ndashsiempre discurriendo por caminos tangenciales al tema propio del artiacuteculondash coinciden con la letra del Aquinate
Trascurridos los precedentes incisos se detendraacute en el octavo notando una nueva distincioacuten en la respuesta a la segunda objecioacuten laquoNota novitie illius dis-tinctionis exercitium scilicet Aliud est iudicium de rebus aliud de hominibus Nam ad iudicium de rebus spectat rem de re dicere ad iudicium de hominibus seu personis spectat malum vel bonum de persona dicereraquo
309 Poniendo sendos
ejemplos sobre los modos en que estos dos juicios se dan y pueden darse en la vida cotidiana declara en queacute manera son o no son eacutestos y aqueacutellos pecado mortal Ya por emanar de juicios temerarios ya por injurias
310
Se detiene finalmente en sectIX en otra distincioacuten Pero esta vez en la res-puesta ad tertium laquodiligenter nota distinctionem litterae de duplici modo inter-pretandi in peiorem partem scilicit per modum definitionis et per modum supo-sitionisraquo
311 La explicacioacuten de esta sentencia por parte de Cayetano estaacute dirigida
al modo en que los prelados deben comportarse para con sus suacutebditos (al seguir esta regla de interpretar en la peor parte)
Debido a la extensioacuten del comentario y a la pluralidad de sus argumentos no resulta nada sencillo extraer una conclusioacuten uniforme del mismo Por lo cual puntualizaremos algunas cosas
Huelga notar nuevamente el modo en que el Cardenal comenta distingue explica
Advertimos asimismo que no es la primera vez que el Priacutencipe de los Co-mentadores se dirige a los ldquoprelados espiritualesrdquo Pareciera ser que son eacutestos en algunas cuestiones sus destinatarios predilectos Casi siempre en lo referido al gobierno a los modos de proceder y a los pecados en que incurririacutean en no hacerlo de una u otra forma Le dice a los ldquogobernantesrdquo coacutemo deben hacerlo le da consejos praacutecticos y le sugiere que de no obrar en tal o cual modo incurririacutean en pecado mortal o venial
Evidentemente la primera seccioacuten del comentario no aporta queacute decir sobre nuestro argumento Y esto porque el Cardenal traslada el tema central del artiacute-culo ndashsi las dudas deben ser interpretadas o no en sentido favorablendash al discurso
309 Comm Card Caie sect VIII en S Th II-II q 60 a 4310 Cfr Ibidem311 Comm Card Caie sect IX en S Th II-II q 60 a 4
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sobre el intelecto praacutectico y especulativo y los modos de conocer que a cada uno corresponden
Vimos tambieacuten las formas establecidas por el comentador en que puede ser tomada la afirmacioacuten de Santo Tomaacutes seguacuten la cual las dudas deben ser inter-pretadas en sentido favorable El Cayetano establece entonces dos una negativa y otra positiva Para la uacuteltima propone una nueva distincioacuten en la comprensioacuten de su sentido que se extenderaacute a todo lo largo de cuatro apartados Es decir que la precisioacuten del modo en que debe ser entendida la sentencia del Angeacutelico le valieron al Cardenal seis de los nueve incisos que componen el comentario
En todos ellos siempre y repetidamente encontramos el ejercicio del co-mentador de poner ejemplos Ellos mismos seriacutean casos de los cuales se despren-den objeciones que luego seraacuten resueltas o nuevas distinciones y precisiones para comprender mejor las afirmaciones contendidas en los artiacuteculos
Por otra parte el aquiacute notorio desplazamiento por parte del Priacutencipe de los Comentadores del centro del tema hacia los modos de conocer o el objeto del intelecto praacutectico y especulativo nos permiten sentildealar la fecundidad de este campo de investigacioacuten que son los comentaros del de Gaeta sobre temas meta-fiacutesicos loacutegicos y gnoseoloacutegicos tambieacuten esparcidos en el terreno de la Filosofiacutea Poliacutetica o Moral
Finalmente en sectVIII y sectIX repara en otras dos distinciones Dirigidas am-bas a los prelados o eclesiaacutesticos encargados de alguacuten tipo de gobierno Al menos es seguro en el uacuteltimo de los incisos donde puntualmente habla a quienes deben juzgar a sus suacutebditos
Tras todas estas interesantes novedades emergentes y aquiacute sentildealadas prose-guimos nuestro trabajo abocaacutendonos con brevedad al artiacuteculo quinto (carente de comentarios) para introducirnos en el sexto y uacuteltimo siacute glosado por el Cardenal
S Th II-II q 60 a 5 Utrum sit semper secundum leges scriptas iudicandum
A las tres objeciones que sostienen que no debe juzgarse siempre seguacuten las leyes escritas Santo Tomaacutes responde en primer lugar que el juicio no es otra cosa que la determinacioacuten de aquello que es justo Y que esto mismo (lo justo) puede ser de dos formas (1) ex ipsa natura rei por el derecho natural (2) ex
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condicto inter homines seguacuten el derecho positivo312
Y puesto que la ley con-tiene el derecho natural ndashsin instituirlondash y el derecho positivo ndashque tambieacuten contiene y siacute instituyendash concluye laquoquod necesse est quod iudicium deficeret vel a iusto naturali vel a iusto positivoraquo
313
Al no haber glosa del Cardenal analicemos el sexto artiacuteculo y su interpre-tacioacuten
S Th II-II q 60 a 6 Utrum iudicium per usurptionem reddatur perversum
El a 6 el uacuteltimo estaacute destinado a dilucidar si el juicio por usurpacioacuten puede tornarse perverso Respuesta que fue anticipada en el a 2
Esta vez la contestacioacuten de las cuatro objeciones presentadas seraacute que el juicio debe ser realizado seguacuten las leyes escritas ndashcomo se sostuvo en a 4ndash por quien tiene la autoridad para juzgar Habla aquiacute Santo Tomaacutes de quien tiene la autoridad puacuteblica para legislar o para dictar sentencia Puesto que seriacutea injusto que alguien ndashsin puacuteblica autoridadndash obligue a otro a cumplir una ley sancionada con puacuteblica autoridad
314
En este comentario el Cardenal se detiene en la respuesta dirigida a la ter-cera objecioacuten Y explica luego de rastrear las fuentes de su afirmacioacuten principal (laquopotestas saecularis subditur spirituali sicut corpus animaeraquo
315) los dos modos
en que esto puede darse
Asiacute introducido el tema continuaraacute reflexionando y justificando las situa-ciones y circunstancias en las que le es liacutecito al prelado espiritual actuar con autoridad sobre los aspectos seculares
316
Por el tenor de la glosa del de Gaeta (las circunstancias en las que un prelado espiritual puede obrar con potestad sobre las circunstancias seculares) el presen-
312 Cfr S Th II-II q 60 a 5 r d313 S Th II-II q 60 a 5 r d314 Cfr S Th II-II q 60 a 6 r d315 S Th II-II q 60 a 6 ad 3316 Cfr Comm Card Caie en S Th II-II q 60 a 6
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te comentario no reviste para nosotros relevancia alguna a no ser el intereacutes de remarcar siempre su metodologiacutea con precisiones y ejemplificaciones
III25 Quaestio 61 ndash De Partibus Iustitiae
Esta cuestioacuten sexageacutesima primera ndashsobre las partes subjetivas de la justiciandash la divide Santo Tomaacutes en cuatro artiacuteculos Antes de enumerarlos reparemos en los dos paacuterrafos que sirven de introduccioacuten a toda la q 61 ya que en ellos encon-tramos un pequentildeo esquema del trabajo a seguir
Tras decir que debemos considerar las partes de la justicia expondraacute el or-den y el modo en que toca hacerlo En primer lugar sus partes subjetivas que son ldquospecies iustitiaerdquo En segundo lugar las partes integrantes dichas ldquoquasi integralesrdquo Por uacuteltimo en tercer lugar seraacuten consideradas las partes ldquoquasi potentialesrdquo que son las virtudes adjuntas a la virtud de la justicia
Sobre la primera de las precisiones que es de nuestro mayor intereacutes encon-traremos una doble consideracioacuten Esto es las partes de la justicia seraacuten estudia-das en siacute mismas y en los vicios que se les oponen
Asiacute las cosas y habiendo estudiado el acto propio de la justicia legal inclui-remos tambieacuten en nuestro estudio el anaacutelisis de la cuestioacuten sexageacutesima segunda donde hallamos tratado el acto propio de la justicia conmutativa
Volviendo ahora al tema de la cuestioacuten sesenta y uno veremos que la dis-tincioacuten de la justicia conmutativa y distributiva se trata en cuatro artiacuteculos si hallamos o no dos especies de justicia (a1) si su teacutermino medio se determina en ellas del mismo modo (a2) si su materia es uniforme o muacuteltiple (a3) y (a4) si en alguna de sus especies lo justo sea lo mismo que lo ldquocontrapassumrdquo (ldquolo padecido en reciprocidadrdquo)
Continuemos pues confrontando la glosa del Gaetano con los textos del Aquinatense
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
S Th II-II q 61 a 1 Utrum convenienter ponantur duae species iustitiae ius-titiae distributiva et commutativa
Ya en el primer artiacuteculo (laquoUtrum convenienter ponantur duae species ius-titiae iustitiae distributiva et commutativaraquo) diraacute claramente Santo Tomaacutes tras responder las objeciones por las cuales pareciera inconveniente poner dos espe-cies de justicia que laquoduae sunt iustitiae species scilicet commutativa et distribu-tivaraquo
317 Sobre esto mismo el Cardenal comentaraacute (ya pusimos la cita)
laquoIn articulo primo quaestionis sexagesimaeprimae nota quod iuxta triplicem ordinem inventum in aliquo toto triplex species ius-titiae invenitur Invenitur siquidem ordo partium inter se et ordo totius ad partes et ordo partium ad totum Et similiter iustitia tri-plex legalis distributiva et commutativa Legalis enim dirigit par-tes ad totum distributiva vero totum ad partes commutativa demum partes inter se Sed hae duae vocantur iustitiae particulares illa generalisraquo
318
Entre pareacutentesis notemos al pasar la sugestiva nota a pie de paacutegina que realiza Ismael Quiles al comentar S Th II-II q 61 a 1 ad 4
laquoDe lo dicho aquiacute se desprende claramente que seguacuten el tri-ple orden de la justicia hay tres especies de justicia pues hay orden de las partes entre siacute orden del todo a las partes y orden de las partes al todo y por semejanza hay tres clases de justicia legal distribu-tiva y conmutativa la legal dirige las partes al todo la distributiva el todo a las partes y la conmutativa las partes entre siacute Estas dos uacuteltimas llaacutemanse justicia particulares y la primera generalraquo319
Vemos aquiacute coacutemo el renombrado tomista argentino toma ndashcasi textualmen-tendash la glosa del Priacutencipe de los Comentadores y la pone en la respuesta a la
317 S Th II-II q 61 a 1 r d318 Cfr Comm Card Caie en S Th II-II q 61 a 1319 I QUILES Nota sect(1) en S Th II-II q 61 a 2 ad 4 en TOMAacuteS Aquino Suma Teoloacutegica t XI Club de Lectores Buenos Aires 1948 p 159
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cuarta objecioacuten del mismo artiacuteculo de la cuestioacuten 61 Esto para notar primero la influencia que el Cardenal ha tenido hasta nuestros diacuteas y auacuten entre nuestros intelectuales Segundo para mostrar coacutemo Quiles continuacutea explicando a Tomaacutes de Aquino seguacuten Tomaacutes de Viacuteo
Cerramos el pareacutentesis y volvamos al Cardenal quien continuaraacute luego glo-sando las respuestas a las objeciones segunda y quinta detenieacutendose en la pre-cisioacuten de coacutemo se distinguen ldquolo suyordquo y ldquolo debidordquo en la justicia distributiva y en la conmutativa con la intencioacuten de llamarnos la atencioacuten sobre la materia de las restituciones en aquellos casos en los que la distributiva resulta violada
En primer lugar sentildeala que en la conmutativa se da a cada quien simplemen-te lo que es suyo mientras que en la distributiva se da a cada quien ldquolo que es suyo de alguacuten modordquo
320
Por otra parte indica el Cayetano que en tanto en la conmutativa le es de-bido a alguien porque le es propio en la distributiva porque es comuacuten Las dos difieren formalmente porque si no se le restituyese lo propio a quien se le debe permaneceriacutea en dantildeo En cambio de lo comuacuten se debe a alguien solamente por ser parte del todo y tanto se le debe cuanto mayor sea la dignidad de la parte
321
Sentildealemos dos cosas La primera y maacutes importante en este comentario es el modo en que el comentarista interpreta la divisioacuten de las partes subjetivas de la justicia poniendo en lugar de dos tres
En segundo lugar el modo en que se detiene en las respuestas a las objecio-nes nuacutemero dos y cinco Lo hace seguacuten su estilo abundando en precisiones En este caso en la distincioacuten formal entre lo ldquosuyordquo ndashen el sentido de lo propiondash y lo ldquodebidordquo ya en la distributiva ya en la conmutativa
Esta segunda nota la realiza el Cardenal obviamente para prevenir o acon-sejar a aquellos que deben ocuparse de la materia de la restitucioacuten cuando la justicia resulta ultrajada como eacutel mismo dice sobre el final
Tanto de la primera como de la segunda observacioacuten se desprende cada vez con maacutes evidencias la distancia entre la nocioacuten de justicia en Santo Tomaacutes y la interpretacioacuten del Cayetano Prosigamos por lo tanto por esta viacutea con nuestro trabajo
320 Cfr Comm Card Caie en S Th II-II q 61 a 1321 Ibidem
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S Th II-II q 61 a 2 Utrum medium eodem modo accipiatur in iustitia distri-butiva et commutativa
En Angeacutelico citando a Aristoacuteteles responde laquoquod in iustitia distributiva accipitur medium secundum geometricam proportionalitatem in commutativa autem secundum arithmeticamraquo
322 contra las objeciones que sosteniacutean que el
medio de la justicia distributiva y de la conmutativa se determina del mismo modo
Es uacutetil analizar el contenido del comentario del Cardenal separadamente siguiendo la presentacioacuten en dos paraacutegrafos
Por un lado entonces resulta interesante la forma en que comienza la glosa laquoIn articulo secundo eiusdem quaestionis scito quod morali proposito non vi-detur expedire ut res claras involvamusraquo
323 Dicho esto explica los motivos evi-
dentes por los cuales no es necesario disputar nada y remite cualquier discusioacuten a la lectura de Aristoacuteteles
Por otro notemos la objecioacuten que el Priacutencipe de los Comentadores plantea in responsione ad tertium trayendo a colacioacuten lo dicho por Santo Tomaacutes en Sent III dist XXXIII q1 a3 qa2 ad2 Pareciera que lo expuesto en la Suma y lo sostenido en Sent III se contradicen u oponen y por esto mismo se pre-gunta ndashuna vez maacutesndash laquoQuomodo stant haec duo simulraquo
324 Sin embargo afirma
a rengloacuten seguido que es faacutecil responder tal objecioacuten ya que puede decirse que aquella sentencia fue corregida aquiacute y que todaviacutea laquosalvari tamen utraque affir-matio potestraquo
325
De las proposiciones en conflicto la perteneciente al Libro de las Sentencias sostendriacutea que en cualquiera de las dos especies de justicia se atiende a la con-dicioacuten de la persona como redunda en la diversidad de la cosa Contrariamente aquiacute en la Suma de Teologiacutea el Aquinate sostiene que la justicia distributiva considera la condicioacuten de la persona secundum se mientras que en la conmuta-tiva se atiende laquosecundum quod per eam diversificatur resraquo
326
322 STh II-II q 61 a 2 s c323 Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 61 a 2324 Cfr Comm Card Caie sectII en S Th II-II q 61 a 2325 Cfr Ibidem326 Cfr Ibidem
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Aquiacute la respuesta que muestra porqueacute estas afirmaciones pueden sostenerse simultaacuteneamente (sin caer en contradiccioacuten) laquoquod conditio personae in iustitia distributiva attenditur secundum se et secundum quod in diversitatem rei redun-datraquo
327
De lo expuesto en sectI estamos en condiciones de sentildealar uno de los intereses principales de Tomaacutes de Vio a la hora de comentar los textos de Santo Tomaacutes esclarecer los pasajes dudosos o con alguacuten nivel de dificultad relacionados al campo moral En sus propias palabras el Cayetano estaacute indicando en queacute modo deben ser interpretados y obrados los principios tomistas
En sectII sin embargo no hay ninguna aplicacioacuten moral pero asiacute y todo nos encontramos con el planteo de una duda Que si bien sostiene en un primer momento que aquella afirmacioacuten del Libro de las Sentencias fue corregida aquiacute finalmente demuestra que no es necesariamente asiacute e indica la forma en que ambos pasajes se complementan
De este artiacuteculo vemos por un lado (en sectI) lo que pareciera ser el motivo fundamental por el que el Cardenal comenta Y como no estaacute representado este intereacutes en todo el artiacuteculo segundo no realiza ninguna apreciacioacuten
Pero encontramos tambieacuten (en sectII) que auacuten no habiendo relacioacuten con el propoacutesito moral el Cayetano siacute glosa el texto ad tertium Lo cual nos hace pen-sar en la siguiente alternativa O hay otros ademaacutes del intereacutes manifiestamente sentildealado como el motivo por el cual glosa o tal vez podamos tambieacuten suponer que sencillamente estos son comentarios maacutes bien ldquolibresrdquo
A este punto nuestra impresioacuten es que no hay un plan trazado pero siacute una metodologiacutea Y que ademaacutes el de Gaeta comentoacute libremente otros tantos artiacutecu-los que sin ser todaviacutea centrales en su plan tienen alguna importancia o relacioacuten con su propio pensar filosoacutefico y teoloacutegico
Cumpliendo el objetivo del presente capiacutetulo en el plan de nuestra tesis vamos a la confrontacioacuten del proacuteximo artiacuteculo con el comentario del Cayetano
327 Cfr Ibidem
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S Th II-II q 61 a 3 Utrum materia utriusque iustitiae sit diversa
Contra las tres objeciones que sostienen que no es diversa la materia de la justicia distributiva y conmutativa el Angeacutelico responde recurriendo a Aristoacutete-les laquoquod una species iustitiae est directiva in distributionibus alia in commu-tationibusraquo
328 Aclarando posteriormente que laquosi igitur accipiamus ut materiam
utriusque iustitiae ea quorum operationes sunt usus eadem est materia distri-butivae et commutativae iustitiaeraquo
329 pero laquosi autem accipiamus ut materiam
utriusque iustitiae actiones ipsas principales quibus utimur personis rebus et operibus sic invenitur utrobique alia materiaraquo
330
Asiacute las cosas el Cardenal comentaraacute el artiacuteculo en dos apartados En el pri-mero nos haraacute reparar la atencioacuten en cinco puntos En el segundo plantearaacute una objecioacuten a las uacuteltimas liacuteneas con las que Santo Tomaacutes cierra el artiacuteculo
Las cinco precisiones presentadas en sectI sobre las cuales el Cayetano quiere que nos detengamos son
331 (1) los motivos o causas de por queacute las conmuta-
ciones se dicen voluntarias e involuntarias y cuaacutel es la diferencia entre ellas (2) Que lo voluntario e involuntario distinguen las conmutaciones porque diversi-fican la razoacuten de lo justo (3) que las conmutaciones involuntarias se distinguen entre ocultas y manifiestas ya que una es la razoacuten de lo involuntario cuando se padece ocultamente de cuando manifiestamente
(4) Que in littera no son computadas entre las involuntarias ni el exilio ni la usura (5) Que el nuacutemero de las conmutaciones tanto in littera et in V Ethic no es uniforme Y esto se deberiacutea a que ninguno de los dos (ni Aristoacuteteles ni Santo Tomaacutes) parecen tener la intencioacuten de enumerar integralmente las especies de las conmutaciones sino de distinguirlas para que puedan otros faacutecilmente identifi-car el resto de los casos
En sectII como dijimos pone una duda laquocirca calcem articuliraquo maacutes precisa-mente laquode qua specie Auctor loquitur cum dicit omnes commutationes volun-tarias et involuntarias ad una iustitiae speciem pertinere an scilicet de specie specialissima an de subalternaraquo
332
328 S Th II-II q 61 a 3 s c329 S Th II-II q 61 a 3 r d330 Ibidem331 Todo el presente paacuterrafo cfr Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 61 a 3332 Comm Card Caie sectII en S Th II-II q 61 a 3
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La razoacuten de la duda para el comentador viene porque Aristoacuteteles distingue la justicia particular en distributiva y conmutativa y eacutesta uacuteltima en dos puesto que las conmutaciones pueden ser voluntarias e involuntarias Tal cosa lo prueban la multitud de los vicios que se les oponen Y es contra esto mismo que el Cayetano dice laquoIn oppositum autem videtur haec litteraraquo
333 refirieacutendose claramente al
texto tomista
A esta objecioacuten responde el mismo comentarista que ldquoconsistiendo lo justo conmutativo en la igualdad de la cosa a la cosa y siendo su acto dar o devolver lo equivalente ndashno cambiando nada sino materialmentendash consecuentemente no es por la diversidad de la materia la causa por la cual se multiplica la especie de la justicia conmutativardquo
334
En los paacuterrafos que continuacutean al que hemos parafraseado sentildeala el Priacutencipe de los Comentadores que ldquopudiera parecer que la especie de justicia variacutea seguacuten el devolver lo igual sea hecho voluntaria u obligadamente ya que en la uacuteltima hay diferencia formal de la conmutacioacutenrdquo
335 Y esto porque ldquosi quien considera
que sea necesario que de la diferencia de divisioacuten de geacutenero y de la constitutiva de la especie sean diferencias per se y no per accidens ndashsiendo que las diferen-cias per se son las que diversifican los geacutenerosndash y que la adecuacioacuten de la cosa a la cosa no es diversificada porque resulta devuelta voluntaria o involuntariamen-te (ya que en igual cantidad y seguacuten la misma forma de igualdad se devuelve vo-luntaria o involuntariamente) se veraacute entonces y en cambio que esta diferencia per accidens ndashpuesta en el textondash contradice todo estordquo
336
Es importante ver coacutemo el Cardenal sale de esta situacioacuten contradictoria al decir que laquoAristotelis dicitur quod ipse non dixit esse duas species sed duas partes non propter differentiam formalem sed propter notabilem diversita-tem materialem quia scilicet in una concurrunt duo recompensanda in altera unumraquo
337 Y que como adecuar uno o dos no variacutea la especie de las conmutacio-
nes siempre que se opere la misma razoacuten o forma de igualdad es evidente que tampoco la multitud de los vicios es signo de la multitud de las virtudes a las que se oponen
333 Ibidem334 Cfr Ibidem335 Cfr Ibidem336 Cfr Ibidem337 Ibidem
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Siguiendo el razonamiento del Cayetano resulta auacuten maacutes interesante (y por eso deciacuteamos antes que era importante) ver su misma conclusioacuten
laquoEst ergo iustitia commutativa una species specialissima Et similiter distributiva una alia species specialissima propter eandem rationem quia scilicet suam unicam adaequationes formam opera-tur diversam formaliter ab aequalitate commutativae ut patet ex supradictisraquo
338
Hasta aquiacute llega la glosa del de Gaeta al a 3 y representa para nosotros otra novedad fundamental Como ya hemos visto el Cardenal realiza la mentada divisioacuten de las partes subjetivas de la justicia Como lo sentildealase John Finnis y citaacutendolo a eacutel Samuel Gregg Quienes nada dicen sobre las causas ni los moti-vos por los cuales el Cayetano parece realizar esta divisioacuten
La novedad de la que hablamos la encontramos en esta calificacioacuten de ldquoes-pecie especialiacutesimardquo de la justicia conmutativa y en la causa por las cuales ldquoes multiplicada la especie de la justicia conmutativardquo (seguacuten indicamos)
En primer lugar el Cayetano sentildeala que en V Ethic Aristoacuteteles distingue la justicia particular en distributiva y conmutativa y la uacuteltima en ldquoin duas partesrdquo Luego salva a Aristoacuteteles sentildealando que el Estagirita no dijo haber dos especies sino dos partes de la justicia
Finalmente en su conclusioacuten remarca que tanto la justicia distributiva cuan-to la conmutativa son ldquoespecies especialiacutesimasrdquo que se diversifican formalmen-te por el modo en las que se opera la adecuacioacuten
Junto con esto y retomando aquella divisioacuten obrada en el comentario al a1 pareciera bastante confusa la nocioacuten de justicia en el Cayetano
Por un lado (Comm a1) dice textualmente que encontramos tres especies de justicia legal distributiva y conmutativa Y que la primera es llamada ldquojusti-cia generalrdquo y las dos sucesivas son llamadas ndashtextualmente en pluralndash ldquojusticias particularesrdquo
339 Por otro (Comm a2) indica que en una de las ldquojusticias particu-
338 Ibidem339 Cfr Comm Card Caie en S Th II-II q 61 a 1
187
laresrdquo ndashla conmutativandash encontramos ldquodos partesrdquo Y que son esas dos justicias particulares ldquoespecies especialiacutesimasrdquo
340
Asiacute las cosas mientras para Santo Tomaacutes la virtud de la justicia se divide en dos partes general y particular ndashy la uacuteltima consta de dos especies subjetivasndash para el Cardenal la justicia se divide en tres especies subjetivas una general y dos particulares De las cuales uacuteltimas son las distributiva y la conmutativa ldquoes-pecies especialiacutesimasrdquo teniendo a su vez la conmutativa dos partes
Y mientras para el Doctor Comuacuten la forma en que se opera la adecuacioacuten es causa de la diversificacioacuten de las especies de justicia particular en sus partes subjetivas seriacutea para el Cayetano la razoacuten de la divisioacuten de la justicia en tres especies ndashy no partesndash subjetivas de la virtud de la justicia
Por lo tanto es auacuten mayor la distancia entre Santo Tomaacutes y el Tomaacutes de Vio porque en definitiva este uacuteltimo traslada la causa de la diversificacioacuten de las es-pecies de las partes subjetivas de la justicia a todas sus partes Haciendo asiacute de cada parte un todo diversos y ndasha este puntondash irreductibles entre siacute
S Th II-II q 61 a 4 Utrum iustum sit simpliciter idem quod contrapassum
Contra las tres objeciones que sostienen que lo justo es simplemente lo con-trapassum el Aquinatense responde por un lado laquoquod Philosophus in V Ethic probat non quodlibet iustum esse contrapassumraquo
341 ya que lo recibido en reci-
procidad es lo justo conmutativo y que laquoin distributiva autem iustitia locum non habetraquo
342 Esto uacuteltimo ldquoporque en la justicia distributiva no se mira la igualdad
seguacuten la adecuacioacuten de la cosa a la cosa o de la pasioacuten a la accioacuten sino seguacuten la proporcioacuten de las cosas a las personasrdquo
343
Tras explicar en el primer paacuterrafo el sentido del teacutermino lsquocontrapas-sumrsquo
344 y advertirnos las fuentes de la proveniencia u origen del presente ar-
340 Cfr Comm Card Caie sectII en S Th II-II q 61 a 3341 S Th II-II q 61 a 4 s c342 S Th II-II q 61 a 4 r d343 Cfr ibidem344 Vid Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 61 a 4
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
tiacuteculo ya identificable a partir de su tiacutetulo el Cardenal glosaraacute el artiacuteculo en dos paraacutegrafos
En el primero realiza dos notas En primer lugar laquoquod contrapassum po-test dupliciter intellegiraquo
345 En segundo que servirse ndasho usarndash con igualdad pro-
porcional puede ocurrir tambieacuten doblemente Veamos detenidamente sus dos puntualizaciones
La primera consideracioacuten seguacuten la cual es doble la acepcioacuten de lo recibido en reciprocidad es que esto sea laquosecundum identitatem speciei ut scilicet patia-tur quis idem specie quod egit puta animam pro animam oculum pro oculoraquo
346
Y de este modo lo justo conmutativo no es lo contrapassum La segunda es seguacuten las igualdades de la cantidad para lo cual pone el ejemplo de quien hubie-se golpeado a alguien pague por la lesioacuten realizada concluyendo tambieacuten con Santo Tomaacutes laquoEt sic extenso contrapassi et passionis nomine ad omnes commu-tationes contrapassum est idem quod iustum commutativumraquo
347
La segunda de las notas como anticipamos es que laquouti aequalitate pro-portionali contingit dupliciterraquo
348 La primera consideracioacuten como forma de lo
justo Es decir que donde lo mismo justo consista en este modo de igualdad pro-porcional seraacute propio de la justicia distributiva a diferencia de la conmutativa que se vale de la igualdad cuantitativa como forma de lo justo La segunda laquout modo perveniendi ad quantitatem rei ut sit aequalis alteri reiraquo
349 Y de este modo
la justicia conmutativa siacute utiliza la igualdad proporcional en la conmutacioacuten de las cosas
En sectII contrapone dos referencias de diversas obras del Angeacutelico en que se sostiene lo mismo y estando ellas dos en sintoniacutea sin embargo parecen oponer-se a lo que aquiacute se sostiene in responsione ad primum
La duda planteada viene porque ya en la primera parte de la Suma como en el cuarto libro de las Sentencias Santo Tomaacutes laquonegat in Deo iustitiam com-mutativam in hoc vero loco dicit ad rationem commutativae iustitiae spectare
345 Esto y lo que sigue cfr Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 61 a 4346 Cfr Ibidem347 Ibidem348 Ibidem349 Ibidem
189
recompensare premia meritis et supplicia peccatisraquo350
Tras lo que vuelve a pre-guntarse laquoQuomodo stant haec duo simulraquo
351
Luego procede a responder su objecioacuten diciendo que sin lugar a dudas entre Dios y las criaturas no puede haber justicia conmutativa ya que Dios no puede recibir lo suyo de parte nuestra ni tampoco nosotros podemos retribuirle en forma equivalente Ademaacutes explica el Cayetano que el castigo de los pecados corresponde a la justicia distributiva de Dios a la cual sin embargo concurre al-guacuten modo de lo justo conmutativo laquopro quanto res pro re datur puta praemium pro merito et poena pro offensaraquo
352 Por lo cual en las dos citas propuestas
Santo Tomaacutes niega la justicia conmutativa propiamente dicha y aquiacute en cambio pone que Dios en sus operaciones observa de alguacuten modo lo justo conmutativo Cierra su argumento el Cardenal diciendo que en la distribucioacuten se mezcla de alguacuten modo alguna conmutacioacuten y que precisamente por esto aquiacute no hay con-tradiccioacuten
353
De la confrontacioacuten de los textos de Santo Tomaacutes con el comentario vemos otra vez el intereacutes del comentarista de precisar y ayudar a quien deba aplicar es-tos principios Tras exponer los dos modos en que podemos entender lo contra-passum claramente indica al legislador o juez en cuaacuteles de los dos casos es justo hacerlo laquoEt ex hac distinctione habes unde diversa negantium vel affirmantium iustum de contrapasso salvare poterisraquo
354 Esta distincioacuten es la que obra en todo
el primer paraacutegrafo
En el segundo en cambio vuelve a utilizar aquel meacutetodo de presentar dudas y objeciones Ahora lo hace contraponiendo dos pasajes de dos obras diversas al sentido de lo que se contiene en el artiacuteculo Y lo realiza nuevamente detenieacuten-dose en una de las respuestas del Angeacutelico concretamente a la tercera objecioacuten
Vemos que esta constante preocupacioacuten por precisar e indicar el rumbo de las interpretaciones es la que ha conducido al comentador a cierto enredo por el cual obroacute no pocos distanciamientos con el Aquinate
350 Comm Card Caie sectII en S Th II-II q 61 a 4 Veacuteanse tambieacuten aquiacute las dos referencias dadas en contraposicioacuten por el Cardenal351 Ibidem352 Ibidem353 Cfr Ibidem354 Ibidem
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Por otra parte tambieacuten pensamos que este modo de comentar es parte de una forma mentis a partir de la cual el mismo Cayetano concibioacute un esquema de la virtud de la justicia diverso del de Santo Tomaacutes
Sumerjaacutemonos en el anaacutelisis de la cuestioacuten nuacutemero sesenta y dos la uacuteltima que consideraremos en nuestra investigacioacuten
III26 Quaestio 62 ndash De Restitutione
Al estudio de esta cuestioacuten seraacuten dedicados ocho artiacuteculos En el anaacutelisis de la restitucioacuten Santo Tomaacutes identificaraacute de queacute virtud es acto (a1) Luego inves-tigaraacute sobre la necesidad de restituir lo sustraiacutedo simplemente (a2) o en forma multiplicada (a3) Posteriormente analizaraacute si debe restituirse de aquello que no ha sido sustraiacutedo (a4) y si debe hacerse la restitucioacuten a quien se sustrajo (a5) Por parte de quien sustrajo si estaacute eacutel mismo obligado a la restitucioacuten (a6) u otros (a7) Y finalmente sobre el tiempo oportuno para la restitucioacuten (a8) Recorda-mos que el tema de la restitucioacuten ya habiacutea merecido la atencioacuten del Cardenal al comentar el artiacuteculo sobre el derecho natural en S Th II-II q 57 a 2
El Cayetano por su parte comentaraacute todos los artiacuteculos Digamos ademaacutes que de todas las cuestiones que hemos analizado la actual se presenta como la maacutes extensa glosa del Priacutencipe de los Comentadores
Pensamos que esto es asiacute debido al tenor de la misma cuestioacuten ndashla restitucioacuten como acto de la justicia conmutativandash y a que todos sus artiacuteculos implican cierto alcance moral cuya praacutectica debe ser precisada para garantizar un correcto ejer-cicio de la virtud
Tal extensioacuten entonces la vemos fundada en el intereacutes del Cardenal en in-dicar los modos de interpretar los principios que expondraacute Santo Tomaacutes Pre-tensioacuten que hemos sentildealado a lo largo de toda esta exposicioacuten y que se vieron ejemplarmente remarcados en el tratamiento de la cuestioacuten anterior
Veamos ahora uno a uno los artiacuteculos junto con sus comentarios
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S Th II-II q 62 a1 Utrum restitutio sit actus iustitiae commutativae
A las tres objeciones que sostienen que la restitucioacuten no es acto de la justicia conmutativa el Doctor Comuacuten responde que laquorestitutio ablationi opponitur Sed ablatio rei alienae est actus iniustitia circa commutationes Ergo restitutio eius actus est iustitiae quae est in commutationibus directivaraquo
355
El Cardenal pone algunas preguntas a la respuesta a la tercera objecioacuten La cual aparece en realidad engantildeosa ya que el Cayetano mismo elabora todo un razonamiento sobre algo que Santo Tomaacutes no dijo y la respuesta de su precisioacuten viene de retomar las palabras mismas del Aquinate donde el de Gaeta demuestra que el Angeacutelico siacute realizoacute tal precisioacuten y no hay ninguna omisioacuten
356
Como dijimos el comentarista repara in responsione ad tertium poniendo una ldquoobjecioacutenrdquo a la que dedica todo el primer paraacutegrafo En sectII y sectIII la precisa auacuten maacutes con algunos casos y ejemplos y finalmente le da una respuesta En sectIV conti-nuacutea clarificando todaviacutea la decisioacuten que debe ser tomada en tal caso y nos anuncia que en el proacuteximo comentario ndashal que nos introducimos inmediatamentendash trataraacute maacutes extensamente sobre la obligacioacuten y los motivos de restituir lo sustraiacutedo
357
S Th II-II q 62 a2 Utrum sit necessarium ad salutem quod fiat restitutio eius quod ablatum est
En contra de las cuatro objeciones que niegan que sea necesario para la sal-vacioacuten la restitucioacuten de lo sustraiacutedo Santo Tomaacutes ndashtras citar en el sed contra a San Agustiacuten quien sostiene que ldquono se borra el pecado a no ser que se restituya lo sustraiacutedordquo
358ndash concluye diciendo que laquocum igitur servare iustitiam sit de neces-
sitate salutis consequens est quod restituere id quod iniuste ablatum est alicui sit de necessitate salutisraquo
359
355 S Th II-II q 62 a 1 s c356 Cfr Comm Card Caie sectI-III en S Th II-II q 62 a 1 357 Vid Comm Card Caie sectIV en S Th II-II q 62 a 1358 Cfr STh II-II q 62 a 2 s c359 Cfr S Th II-II q 62 a 2 r d
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
En su comentario el maacutes extenso de todos los que hemos analizado el Car-denal glosa todo el artiacuteculo en iexcldieciseacuteis paraacutegrafos Los cuales podemos agru-par del siguiente modo
En el primero de ellos (sectI) nos hace notar que tanto en el a1 como en el a2 de esta cuestioacuten 62 los coacutedices estaacuten ldquocorrompidosrdquo Y que por esta misma causa es dudoso el tema que aquiacute se debate Pero debido a su contenido ndashrazona Cayetanondash ldquodebemos entender que este artiacuteculo trata de la restitucioacuten de lo sus-traiacutedo y no de la restitucioacuten simplemente hablandordquo
360
Luego en sectII-V el Cardenal se detiene sobre los tres casos y ejemplos en los que una persona puede quitar a otro su fama
En los paraacutegrafos sectII-IV presenta dos dudas in responsione ad secundum La primera de las cuales responde en sectIII con una interesante referencia a ldquoScoto et Richardordquo En sectIV hallamos la respuesta a la segunda de las dudas
En sectV volviendo sobre la misma respuesta ad secundum se ocupa del se-gundo y tercer ejemplo puesto por Santo Tomaacutes sobre los tres modos en que una persona puede quitar la fama a otro
En sectVI tratando el tema presentado in responsione ad quartum pone seis dudas que comenzaraacute a contestar en sectVII tras advertirnos que no responderaacute en el mismo orden en que las objeciones fueron planteadas Las respuestas tendraacuten lugar hasta sectXVI el uacuteltimo de los paraacutegrafos
Por lo contenido en el primero de ellos podemos entrever una vez maacutes la laboriosidad con la que el de Gaeta se dedicoacute al estudio de los textos tomistas asiacute tambieacuten como su diligencia
En todos los precedentes incisos Tomaacutes de Viacuteo contrapondraacute ejemplos du-dosos que parecen escapar a los principios propuestos por el Angeacutelico y brinda-raacute posteriormente una respuesta a cada uno de ellos
Una nota interesante son las referencias que hace a algunos de sus interlo-cutores (Scoto y Richardo) Esto mismo porque nos hace comprender otro de los intereses del Cayetano a la hora de comentar los textos de Santo Tomaacutes Es decir que en estos contrapuntos se evidencia el contexto y los destinatarios a los que el Cardenal parece dirigirse No soacutelo a quienes estaacuten obligados por su oficio
360 Cfr Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 62 a 2
193
a la puesta en praacutectica de los principios que aquiacute se contienen sino tambieacuten a quienes ndasha su entenderndash yerran en la interpretacioacuten y aplicacioacuten de estos
En este sentido no son estos incisos otra cosa que un ejercicio donde se re-suelven los casos propuestos Siempre dentro del discurso de la restitucioacuten de lo sustraiacutedo del modo de hacerlo y de quieacutenes estaacuten obligados a ello
Por no ir maacutes allaacute del acto de la justicia distributiva ni representar alguacuten elemento que nos permita profundizar en la comprensioacuten de la nocioacuten de justicia por parte del Cayetano pasamos al estudio del proacuteximo artiacuteculo
S Th II-II q 62 a3 Utrum sufficiat restituere simplum quod iniuste abla-tum est
Tres parecen ser las razones por las cuales devolver simplemente lo que se sustrajo no alcanza para restituir A todas las cuales Santo Tomaacutes responde que laquorestitutio reducit ad aequalitatem quod inaequaliter ablatum est Sed aliquis reddendo quod accepit simplum reducit ad aequalitatem Ergo solum tenetur tantum restituere quantum accepitraquo
361
Glosando el artiacuteculo el Cardenal pondraacute dos objeciones a una de las afirma-ciones del Angeacutelico y las responderaacute Veamos separadamente el planteo del Ca-yetano y la sentencia del Aquinate En primer lugar entonces lo que cuestiona el comentador
laquoIn articulo tertio eiusdem sexagesimaesecundae quaestionis dubium occurrit circa illam redditionem causae in corpore articuli cum dicitur Et ideo antequam sit condemnatus per iudicem non tenetur restituere Videtur enim quod ex hoc quod inflictio poenae pertinet ad iudicem non sequatur quod antequam sit condemnatus non teneaturraquo
362
361 S Th II-II q 62 a 3 s c362 Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 62 a 3
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Pero no es lo que Santo Tomaacutes dice sus palabras son laquoEt ideo antequam sit condemnatus per iudicium non tenetur plus restituere quam accepit sed post-quam condemnatus est tenetur poenam solvereraquo
363
Es decir que mientras el de Aquino deja ver que debe devolverse exacta-mente lo que ha sido quitado de no haber una sentencia que obligue a devolver maacutes de lo sustraiacutedo para el de Gaeta soacutelo debe restituirse ndashauacuten lo simplemente quitadondash en caso de contar con la sentencia del juez Luego de esto procede el Cardenal a explicar el modo en que debe entenderse la afirmacioacuten del Aquinate
Apoyaacutendose en su interpretacioacuten prosigue el Priacutencipe de los Comentadores diciendo que como las penas no son soacutelo incumbencia del juez maacutes tambieacuten de las leyes (cuyo acto es castigar) es evidente que algunos caen bajo las penas de la ley sin ser necesario ninguacuten acto del juez Como sucede por ejemplo y entre otros casos en las excomuniones
364
Auacuten reconociendo posteriormente en sectII que Santo Tomaacutes estaacute hablando soacutelo de la pena que mira a la restitucioacuten en forma multiplicada de lo sustraiacutedo plantea ndashretomando su argumentacioacutenndash la necesidad de distinguir que la pena establecida por la ley es doble la cual para cuya ejecucioacuten se requiere alguna accioacuten y aquella pena para la cual ninguna accioacuten es requerida Ejemplos de la primera distincioacuten son los casos de las mutilaciones los castigos corporales la caacutercel el exilio etc La excomunioacuten la suspensioacuten y otros similares son ejem-plos del segundo365
De estas dos continuacutea el Cardenal se siguen otras dos diferencias En pri-mer lugar que la imposicioacuten de algunas penas es propia del juez algunas otras pertenecen al juez y a la ley De los ejemplos puestos por el Cayetano y traiacutedos en el precedente paacuterrafo los primeros corresponden a la primera de las diferen-cias aquiacute sentildealadas Y los segundos a la segunda
366
En el tercero y uacuteltimo de los paraacutegrafos el comentarista indica que
laquoAd dubium ergo dicitur quod doctrina Auctoris universalis est de poena cuius inflictio pertinet ad iudicem ut propria de tali
363 S Th II-II q 62 a 3 r d364 Cfr Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 62 a 3365 Cfr Comm Card Caie sectII en S Th II-II q 62 a 3 366 Cfr ibidem
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enim optime sequitur redditio causae Et ideo antequam sit condem-natus per iudicem non tenetur ad executionem Et quod haec sit vera intentio Auctoris patet ex quod loquitur de iudice ut distingui-tur a lege loquendo enim de iudice ut distinguitur a lege oportet loqui de propriis iudici et non de communibus iudici et legiraquo
367
De esto saca sus respuestas a sus dos objeciones A la primera dice que es-tablecer una punicioacuten ejecutiva pertenece a la ley auacuten cuando la pena no exija una ejecucioacuten La segunda habla de aquellas penas que son comunes a la ley y al juez siendo que Santo Tomaacutes se refiere solamente a aquellas penas que pertene-cen establecer soacutelo al juez
368
Cabe notar que al culminar su glosa el Cayetano se dirige en forma directa y personal al lector dicieacutendole que en estos modos ndashtanto en el fuero civil cuando en el canoacutenicondash debe entender y aplicar lo aquiacute expuesto
369
Vemos entonces coacutemo el Cardenal realiza toda una interpretacioacuten propia de lo que aquiacute expone Santo Tomaacutes
La diferencia es grande puesto que el Aquinate estaacute hablando de la resti-tucioacuten en tanto que acto de la virtud por lo cual dice que alguien debe restituir simplemente lo que sustrajo de no haber sentencia o juicio para que eso mismo sea devuelto en forma multiplicada Repetimos es un acto de la virtud y de vir-tud personal como son todas las virtudes
Contrariamente el Priacutencipe de los Comentadores sostiene que auacuten para aquello de devolver simplemente lo sustraiacutedo debe haber sentencia del juez como hemos demostrado De esto se siguen varias cosas
En primer lugar se continuacutea viendo el modo de proceder por parte del Car-denal abundando en distinciones Esta vez partiendo de una erroacutenea citacioacuten de los textos del Angeacutelico y conducieacutendonos por diversos senderos sin obrar alguna siacutentesis o recapitulacioacuten conclusiva de lo que se expone
Por otra parte vuelve a ser manifiesta su intencioacuten de indicar el sentido del texto tomista seguacuten sus propias interpretaciones
367 Comm Card Caie sectIII en S Th II-II q 62 a 3368 Cfr ibidem369 Cfr ibidem
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Finalmente se ve claramente que en Santo Tomaacutes la virtud es un haacutebito personal mientras que para Tomaacutes de Vio el acto de la virtud de la justicia con-mutativa viene impuesto desde fuera por la ley y el juez positivamente Son en efecto dos concepciones diversas de virtud dos ldquodoctrinas eacuteticasrdquo diferentes Ademaacutes hemos resaltado mientras que para el Cardenal el acto de la justicia se identifica con el acto exterior que se sigue del dictamen del juez para el Doctor Comuacuten el acto de la virtud se entiende a partir del fin uacuteltimo de la vida del hombre la felicidad A la cual difiacutecilmente podriacutea llegar la persona si no se esforzase por alcanzarla a fuerza de obrar virtuosamente Asiacute pues de ninguacuten modo podriacutea constituir para el Aquinate el acto de la justicia en la ejecucioacuten de un acto exterior mera obediencia impuesto coercitivamente
Luego de haber sentildealado estas grandes diferencias nos proponemos conti-nuar en la buacutesqueda de otras en los subsiguientes comentarios ahora el cuarto
S Th II-II q 62 a 4 Utrum aliquis debeat restituere quod non abstulit
Contra las tres objeciones por las cuales parece ser que deba restituirse lo que no se quitoacute el Aquinatense responde que como la restitucioacuten pertenece a la justicia en tanto que obra alguna igualdad laquosi aliquis restitueret quod non accepit hoc non esset aequale Ergo talis restitutio non est iustum quod fiatraquo370
Ademaacutes continuacutea respondiendo Santo Tomaacutes el hombre soacutelo debe restituir en aquello que ha dantildeado a alguien ya en lo que eacuteste teniacutea en acto ya impidieacuten-dole recibir algo que estaba en viacuteas de hacer
371
Por su parte el Cardenal se detendraacute en las respuestas a la primera y segun-da objecioacuten planteando una duda que haraacute derivar al tratamiento del tema de la usura poniendo ejemplos que responderaacute en su comentario a S Th II-II q 78 a 2 y no aquiacute
Puesto que ni el ejemplo ni el argumento corresponden al tema del que trata la presente cuestioacuten anotamos algunas pocas cosas antes de proseguir
370 S Th II-II q 62 a 4 s c371 S Th II-II q 62 a 4 r d
197
El Cayetano soacutelo se limita a poner un caso diverso al planteado por el Angeacute-lico para trasladar su interpretacioacuten a otro campo diverso del actual
Es decir que mientras el Aquinate estaacute debatiendo sobre si deba recom-pensarse por aquello que no se tomoacute el Cardenal sugiere un caso cuya materia respecta a la usura como eacutel mismo sentildeala
372
A mayor abundamiento el comentarista ni siquiera responderaacute la duda sino que deja en claro que maacutes adelante (seguacuten indicamos) seraacute resuelto Por todo lo cual avanzamos hacia el estudio del proacuteximo artiacuteculo y comentario
S Th II-II q 62 a5 Utrum oporteat restitutionem facere semper ei a quo ac-ceptum est aliquid
Contra las cinco objeciones que sostienen que no siempre se deba restituir algo a aquel de quien fue tomado Santo Tomaacutes responde
laquoQuod per restitutionem fit reductio ad aequalitatem commu-tativae iustitiae quae consistit in rerum adaequatione sicut dictum est Huius modi autem rerum adaequatio fieri non posset nisi ei qui minus habet quam quod suum est suppleretur quod deest Et ad hanc suppletionem faciendam necesse est ut ei fiat restitutio a quo acceptum estraquo
373
En todo su comentario el Cardenal se referiraacute (en siete paraacutegrafos) al res-pondeo dicendum y a cada una de las respuestas del Angeacutelico a las cinco obje-ciones
Ya hemos visto el r d tratemos ahora las precisiones que realizoacute el Cayeta-no y posteriormente una a una las objeciones junto con sus respuestas con las correspondientes notas del comentador
372 Cfr Comm Card Caie en S Th II-II q 62 a 4373 S Th II-II q 62 a 5 r d
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En sectI repara sobre las siguientes palabras del Doctor Comuacuten laquonisi ei qui minus habet quam quod suum est supplereturraquo
374 Ya que seguacuten el Priacutencipe de
los Comentadores de esta misma provienen dos conclusiones
La primera si alguien tiene algo por manos de otro que este mismo consi-guioacute por hurto o usura no debe el primero restituir al uacuteltimo sino que debe hacer cuanto pueda para que la cosa llegue a su duentildeo
La segunda si alguien debe restituir bienes de la Iglesia o de alguna congre-gacioacuten religiosa debe ciertamente hacerlo Pero si el prelado o abad a cargo de la administracioacuten es un dilapidador ndashafirma el glosadorndash no deben ser aquellos bienes restituidos a ellos
laquoQuia non minus habent de suo sed de alieno eis credito ad dispen-sandum non ad dissipandum Et ideo tenetur reddere ecclesiae quae est rerum domina in rebus quae non possunt dilapidari et similiter reddi debent abbatiae ser conventui cuius sunt Et idem est de similibus iudiciumraquo
375
Sobre esto uacuteltimo declara el de Gaeta que tal cosa (obrando en secreto) puede hacerse si tenemos en cuenta el juicio de la consciencia pero no asiacute si se presenta el caso en el foro judicial
En el primero de ellos el Cardenal parece justificarse puesto que quien obre asiacute lo haraacute en beneficio por ejemplo de la Iglesia y del prelado previniendo que no se dilapiden tales bienes
En el segundo de los casos pareciera defeccionar la fuerza de la justicia Porque si el juez ordenase que tal cosa sea restituida a un dilapidador por ejem-plo la justicia estariacutea obrando en contra de siacute misma Ya que razona el Priacutencipe de los Comentadores se estariacutea devolviendo un bien a alguien que se valdraacute de eacutel injustamente en este caso dilapidaacutendolo
376
Continuando con su glosa en el segundo de los paraacutegrafos analiza la res-puesta ad primum Veamos primero la objecioacuten y luego la respuesta por parte de Santo Tomaacutes y detengaacutemonos ulteriormente en la glosa de Tomaacutes de Vio
374 Ibidem375 Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 62 a 5376 Cfr Comm Card Caie sectI in STh II-II q 62 a5
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La primera de las objeciones si algunas veces restituyeacutesemos a quien se le quitoacute le causaremos dantildeo a eacutel mismo o a otros El ejemplo es el caso de devol-ver la espada a alguien estando furioso Y como es evidente que a nadie debemos perjudicar y del dantildeo que en este caso se seguiriacutea concluye que no siempre debe restituiacutersele la cosa sustraiacuteda a la persona
377
Contra eacutesta responderaacute sencillamente Santo Tomaacutes que la restitucioacuten no debe hacerse cuando la misma produzca mayor dantildeo que bien Pero quien retie-ne la cosa tampoco debe apropiaacutersela Sino esperar el tiempo oportuno para ha-cer la restitucioacuten o bien consignarla en otro lugar para su mejor conservacioacuten
378
El comentador remarca que en esta misma respuesta hallamos la razoacuten de porqueacute en tiempos de guerra injusta no debemos restituir las deudas a un priacuten-cipe injusto sino esperar a un tiempo oportuno Ya que eacuteste con tales bienes favoreceraacute el crecimiento o la mejor provisioacuten de su ejeacutercito Y sobre lo mismo trae la situacioacuten de cuando alguna restitucioacuten no pueda hacerse sin exponer a dantildeo al duentildeo de tal deacutebito o mutuo como es el caso ndashentre otrosndash de quien ha comprado el cardenalato
379
La segunda objecioacuten tiene como base el pecado de la simoniacutea y muestra Santo Tomaacutes coacutemo no debe restituirse de quien se ha recibido que en este caso ya que alguien da y otro recibe algo iliacutecitamente
380
Contra esta misma procede el Angeacutelico distinguiendo los dos modos en que alguien da algo iliacutecitamente El primero es el caso del ejemplo propuesto la si-moniacutea donde la misma accioacuten de dar es iliacutecita y contra la ley y por esto quien lo recibioacute debe dejarlo y quien lo dio debe retenerlo para siacute o utilizarlo piacuteamente El segundo caso es cuando se da iliacutecitamente por causa iliacutecita Y aquiacute pone el Aquinate el ejemplo de la meretriz que recibe pago a cambio de fornicacioacuten Soacutelo que esta vez la mujer puede retener para siacute lo que le fuese dado excluyeacuten-dose el caso de que hubiese recibido algo maacutes por dolo o fraude en donde estariacutea obligada a restituir al dador
381
En su comentario a la respuesta a la segunda objecioacuten el Cayetano se vale de dos palabras de Santo Tomaacutes para indicar una nueva distincioacuten El de Gaeta
377 Cfr S Th II-II q 62 a 5 obj 1378 Cfr S Th II-II q 62 a 5 ad 1379 Cfr Comm Card Caie sectII en S Th II-II q 62 a 5380 Cfr S Th II-II q 62 a 5 obj 2381 Cfr S Th II-II q 62 a 5 ad 2
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
primero plantea la necesidad de laquodiscernere inter dationem illicitam et propter causam illicitam respiciendo ad id quod lege divina vel humana prohibitum estraquo
382 Y sostiene que tal vez el Angeacutelico hace esta distincioacuten entre laquoillicita et
contra legem referendo illicitum ad ius naturae vel divinum et contra legem ad ius humanumraquo
383
Al inicio de sectIII el Cardenal sostiene que cuando el mismo dar es pecado o prohibido la accioacuten de dar es iliacutecita Pero cuando en cambio no estaacute prohibido dar sino la causa por la cual se da (como por ejemplo en el caso de la forni-cacioacuten adulterio etc) ndashy entonces la accioacuten de dar no estaacute prohibida sino su misma causandash quien acepte tales servicios auacuten nefastos estaacute obligado a dar a cambio lo que prometioacute o lo que se acostumbra Y piensa Cayetano que tal vez por esto Tomaacutes de Aquino haya obrado tal distincioacuten entre aquellas palabras que acabamos de citar
384
Transitada esta tesis el Priacutencipe de los Comentadores observa un segundo punto de la misma respuesta el de la licitud de que tal mujer puede retener para siacute lo que consiguioacute sin dolo ni fraude por el acto meretricio pero que deberaacute restituir lo adquirido por mentiras simulaciones o extorsioacuten
385
En la tercera objecioacuten Santo Tomaacutes expone que a veces es imposible res-tituir a alguien por varios motivos o porque esteacute muerto o porque dista dema-siado o porque nos es desconocido Y como nadie estaacute obligado a lo imposible de esto se sigue que no siempre debe hacerse la restitucioacuten a aquel de quien fue tomado
386
A eacutesta responderaacute contrariando cada uno de los tres ejemplos puestos Si es del todo desconocido previa diligente averiguacioacuten sobre tal persona debe res-tituirse seguacuten cuanto se pueda dando limosnas por su salud esteacute vivo o muerto En cambio si la persona a la cual debe restituirse estaacute muerta debe hacerlo a sus herederos (que son contados casi una persona con ella) Finalmente si dista mu-cho y es mucho lo que se le debe se tiene que transmitirle la deuda y si no es po-sible transmitiacuterselo se pondraacute lo adeudado en custodia e indicaraacute a su duentildeo
387
382 Cfr Comm Card Caie sectIII en S Th II-II q 62 a 5383 Cfr Ibidem384 Cfr ibidem385 Cfr ibidem386 Cfr S Th II-II q 62 a 5 obj 3387 Cfr S Th II-II q 62 a 5 ad 3
201
La razoacuten por la cual el Cayetano glosaraacute tal respuesta es laquoquia tria tractantur scilicet de omnino ignoto domino rei de mortuo de multum distante de extre-mis singillatim oportet aliquid dicereraquo
388
Pero no es solamente eacutesta la razoacuten que motiva al Cardenal a glosar los tex-tos sino que se veraacute que a partir del presente sectIV y hasta sectVI el Priacutencipe de los Comentadores entraraacute en discusioacuten con Scotus et Richardus sobre los modos en que deben interpretarse tales principios al momento de obrar la restitucioacuten
Sobre lo primero (si es del todo desconocido el duentildeo de la cosa) nos ad-vierte tres notas La primera la viacutea por la cual diligentemente se debe investigar quieacuten es el duentildeo de la cosa Y soacutelo luego de no encontrarse tal puede proceder-se a darse la cosa a los pobres Porque de lo contrario quien habiendo dado a los pobres la cosa sin haber realizado una diligente investigacioacuten deberaacute restituir a su duentildeo (en caso de que eacuteste presentase reclamo)
Vemos que aquiacute el Cardenal parece olvidar la funcioacuten del juez y los modos en que este debe juzgar asiacute como tambieacuten los alcances de la ley y el juicio o la sentencia Pues si nosotros en el fuero de nuestra consciencia contravenimos el dictamen puacuteblico no lo hacemos debido a ninguna autoridad puacuteblica u oficio sino maacutes bien en razoacuten de cierto juicio propio Este mismo vemos claramente no seriacutea entonces un juicio usurpado Sobre los efectos que se sigue de que obe-dezcamos tal dictamen tambieacuten tratoacute el Angeacutelico en otras cuestiones
389
En nuestro anaacutelisis de los puntos IV-VI dejamos entrever coacutemo el Cardenal debate con dos interlocutores contemporaacuteneos Esto no es menor ya que se tras-luce la preocupacioacuten del Cayetano por marcar el sentido que deben tomar tales textos cosa que tambieacuten expusimos
De todo lo cual se sigue (iexclnuevamente) que este intereacutes suyo de indicar los modos de interpretacioacuten (que es maacutes bien la suya propia) sumado a su notable influencia tanto en sus antildeos como en los que vendraacuten son dos de las causas principales por las cuales pensamos que el tomismo a partir del Gaetano se apartoacute de Santo Tomaacutes
388 Comm Card Caie sectIV en S Th II-II q 62 a 5389 Principalmente S Th II-II q 60
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
S Th II-II q 62 a6 Utrum teneatur semper restituere ille qui accepit
Contra las tres objeciones por las que pareciera que aquel que tomoacute algo no esteacute obligado a su restitucioacuten responde Santo Tomaacutes que laquoille qui peccavit tene-tur satisfacere Sed restitutio ad satisfactionem pertinetraquo
390 y que a este respecto
dos cosas deben ser consideradas Por un lado lo substraiacutedo Por otro la misma substraccioacuten
El Doctor Comuacuten precisa que deben considerarse ademaacutes tres aspectos con respecto a quien tomoacute algo de otro El acto de la sustraccioacuten puede tratarse de un robo de un mutuo o de un depoacutesito Soacutelo en la primera de las tres enumeradas la accioacuten es injuriosa ya que se realiza contra la voluntad del duentildeo de la cosa En el segundo de los casos no hay injuria sino que se recibe algo en beneficio o utilidad propia con el consentimiento del duentildeo de la cosa En el uacuteltimo de los casos el de los depoacutesitos puede uno recibir alguacuten objeto de otro sin injuria y sin beneficio propio y estariacutea obligado a su restitucioacuten soacutelo laquosi cum magna sua culpa rem depositam amitteretraquo
391
Asiacute aclarada la principal afirmacioacuten el Aquinate procederaacute a responder cada una de las tres objeciones planteadas
Por su parte el Cardenal glosaraacute el artiacuteculo en iexclonce apartados dando a su comentario una dimensioacuten comparable al que realizase al a 2 de esta misma cuestioacuten Extensioacuten poco comuacuten a todos los demaacutes comentarios contenidos entre las qq 57-62 Analicemos detenidamente el contenido de cada uno de ellos
En el primero de estos paraacutegrafos el Cayetano se detiene en el respondeo dicendum para hacernos notar la
laquoUniversalem radicem unde omnes restitutiones in quacum-que materia et quomodolibet oriuntur ut in casibus non scriptis scias resolvere usque ad principia an teneatur quis ad restitutio-nem Duae ergo sunt radices ad quarum alteram restitutionem om-nem oportet reduci prima est acceptio secunda est res accepta Et extenditur in proposito acceptionis nomen ad omnem actum quo proximus minus habet de suo quam habere debeat incendium enim
390 S Th II-II q 62 a 6 r d391 Ibidem
203
contumelia iniqua distributio et alia huiusmodi sub acceptione comprehenduntur Oportet igitur primo inspicere an ille de quo qua-ritur teneatur ad restituendum ratione acceptionis vel ratione rei acceptae an ratione utriusque oportet namque inter ista tria com-prehendi restitutionemraquo
392
Encontramos en el segundo y tercer paraacutegrafo una continuidad en los temas tratados En sectII el Cardenal presenta una duda sobre el modo en que deba enten-derse el que una cosa esteacute en posesioacuten de otro laquovel intelligendum est quando vel res ipsa salvam vel aliquid loco eius extatraquo
393 ya que laquoest ratio dubii quia varia
dicuntur de possessore bonae fideiraquo394 Y en sectIII resuelve dicha duda diciendo
que laquoAd evidentiam huis rei praesupponendum est quod sermo totus est de possessore bonae fidei qui tamen post factum comperit se alienum possedisse et paratus est uniquicue suum reddereraquo
395
Tambieacuten en sectIV sectV sectVI y sectVII hay una correlacioacuten con respecto a la temaacute-tica contenida En los primeros tres (sectsectIV-VI) el comentador se detiene en las tres distinciones realizadas por Santo Tomaacutes en el respondeo dicendum sobre los modos en que algo puede recibirse En sectVII volvieacutendose a ocupar de los tres apartados anteriores plantea y resuelve una duda a esta ldquodistincioacuten trimem-brerdquo
396
En sectsectIV-VI el Cayetano soacutelo se explaya reescribiendo lo que ya fue dicho por Santo Tomaacutes sin realizar aporte alguno o distinciones397
Por el contrario en sectVII siacute plantea una duda diciendo que el Angeacutelico dis-tinguioacute insuficientemente los modos en que una cosa ajena pueda recibirse ya que parece haber obviado un cuarto caso en el que la acepcioacuten de la cosa ajena se realiza en favor de ambos Y para despejar tal cuestionamiento responderaacute que el Aquinate asiacute lo ha hecho laquoquia tractabat de iustititae commutativae actu a qua acceptiones gratuitae longe sunt et acceptiones ad iustum aut iniustum spec-tantes mixtae post simplices tractandae sunt aut ex simplicibus iudicandaeraquo
398
392 Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 62 a 6393 Comm Card Caie sectII en S Th II-II q 62 a 6394 Ibidem395 Ibidem396 Cfr Comm Card Caie sectVII en S Th II-II q 62 a 6 397 Cfr Comm Card Caie sectIV-VI en S Th II-II q 62 a 6398 Comm Card Caie sectVII en S Th II-II q 62 a 6
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Continuando con la glosa el Priacutencipe de los Comentadores realiza en sectVIII algunas advertencias y precisiones en referencia a las respuestas ad 1 y plantea una duda en relacioacuten a la respuesta ad 2
Sobre la respuesta a la primera objecioacuten nos dice solamente que pongamos atencioacuten a su conclusioacuten respecto de cuaacutendo debemos realizar la restitucioacuten y esto laquout scias decernere in casibusraquo
399
Siempre dentro del octavo inciso plantea una pregunta sobre el argumento de la respuesta contra la segunda objecioacuten laquoan si restituendo per confessorem eandem rem sequeretur criminis detectio teneatur aliquis ad restituendam rem acceptam an sufficiat restituere illius aestimationemraquo
400 Y dada la complejidad
del caso responde el mismo Cardenal dando su opinioacuten laquoSi tamen casus accide-ret videtur mihi quod non teneatur ad restitutionem illius rei sed aestimationis eiusdemraquo
401 Las liacuteneas y paacuterrafos que siguen a esta afirmacioacuten son una explica-
cioacuten de los motivos y causas que llevaron al Cayetano a dar su respuesta que no representan para nosotros relevancia alguna
Los sucesivos apartados (sectsectIX-XI) los dedica el comentarista al anaacutelisis de la respuesta contra la tercera objecioacuten proponiendo nuevamente ejemplos de tipo casuiacutesticos procediendo en distincionesy subdistinciones
Esto uacuteltimo lo encontramos en sectIX donde la duda propuesta es si laquouno inte-gtre restituente alii qui etiam in solidum tenebantur ad restituendum teneantur de necessitate salutis ad refundendum illi qui restituit et ad quantum quisque teneatur si teneturraquo
402 Y para alcarar esta duda el Cardenal diraacute que este caso
puede darse en tres diversas maneras laquoPrimo rebus acceptis extensibus apud eos qui acceperunt secundo rebus acceptis consumptis ab eisdem tertio quod nulla fuerit acceptio lucrosa alicui sed solum damnificatoriaraquo
403
Nunca dejemos de vista que Santo Tomaacutes no plantea en este artiacuteculo el ter-cero de los casos ya que estaacute hablando siempre de la restitucioacuten ndashen tanto que acto de la justicia conmutativandash y de los modos en que alguna cosa ajena pueda sustraerse o ser tenida Pero vemos aquiacute coacutemo el Cardenal plantea nuevamente una duda que estaacute por fuera de la argumentacioacuten del Aquinate casi forzando el
399 Comm Card Caie sectVIII en S Th II-II q 62 a 6400 Ibidem401 Ibidem402 Comm Card Caie sectIX en S Th II-II q 62 a 6403 Ibidem
205
toacutepico Esto mismo dice el Cayetano ndashal final del paraacutegrafo404
ndash luego de resolver el caso que seguidamente analizamos
A tal efecto veamos en queacute modo resuelve el de Gaeta laquoEt in primo et secundo casu calrum est quod alii tenentur refundere ei qui restituit tanquam sustituto domino illarum rerumraquo
405 Pero no es asiacute de sencilla la resolucioacuten del
tercero de los casos laquoquando ad nullum portio aliqua devenit obscurum est an alii teneantur refundureraquo
406
Y partiendo de aquiacute precisaraacute algunas circunstancias posibles del mismo caso que a su vez daraacuten lugar a nuevas subdistinciones para su conclusioacuten
Deberemos entonces distinguir y considerar lo que para el Cardenal podriacutea aclarar el asunto Asiacute lo formula eacutel mismo laquoVidetur autem mihi considerandum et distinguendum esse an ille unus qui integre restituit succedat damnificatio in damnu tantum an etiam in damnum pati ab eisdemraquo Ya que soacutelo se debe suplir el dantildeo que alguien inflige a otro y no aqueacutel en que alguien incurre o cae por cualquier causa Tambieacuten debemos considerar si aqueacutel que produjo el dantildeo fue inducido a tal o fue eacutel mismo quien indujo a otros asiacute como tambieacuten si realizoacute el dantildeo espontaacuteneamente Y esto porque si hubiese sido inducido tambieacuten quie-nes obraron tal induccioacuten estaacuten obligados a restituir Por el contrario ndashafirma el Cayetanondash que laquosi vero fuit inductor aliorum ad maleficium ille qui integre resti-tuit non tenentur inducti ad refundendum eidem Quia isti non damnificaverunt deducendo ipsum ad statum in quo teneturad restituendum in solidum sed e contra Unde isti non succedit nisi damnoraquo
407
Pero si espontaacuteneamente aquella persona hubiese realizado tal dantildeo ndashno ha-biendo sido inducido ni inductorndash propone el Cardenal una nueva subdistincioacuten para la resolucioacuten del caso Y entonces debemos considerar por un lado si tal dantildeo fue perpetuado solitariamente o por otro acompantildeado en sociedad Y con esto deberiacutea alcanzar para resolver definitivamente la duda planteada que sabe el de Gaeta que excede la preocupacioacuten del Aquinate
408
Todaviacutea en el deacutecimo y undeacutecimo de los apartados continuacutea el Cayetano ocupaacutendose de la respuesta contra la tercera objecioacuten en la que Santo Tomaacutes
404 Cfr ibidem405 Ibidem406 Ibidem407 Ibidem408 Cfr ibidem
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
resuelve que llegado el caso de que uno restituya la cosa por muchos sustraiacuteda no es necesario que los otros vuelvan a satisfacer puesto que la misma cosa ndasho su valorndash ya fue restituiacuteda
409
En sectX el Cardenal no centrado ahora sobre alguacuten aspecto ajeno a la cues-tioacuten sino en el sentido de la uacuteltima sentencia con la que Santo Tomaacutes concluye el artiacuteculo (laquoqui tamen potest condonareraquo
410 ndashy que se refiere a que quien ha reali-zado la restitucioacuten puede perdonar la deuda a los otros que con eacutel han sustraiacutedo la cosandash) se pregunta si laquoan is qui ad restituendum tenetur absolutus sit coram Deo a debito restitutionis ex hoc quod petiit ab eo cui tenetur remissionem et habuit ab eo gratiam an requiratur quod offerat pecuniam vel rem in prompturaquo
411 A lo
que responderaacute que mientras se llegue a la satisfaccioacuten de la restitucioacuten todo lo demaacutes no importa caraacutecter de obligatoriedad y que de realizarse se hace abso-lutamente ldquocoram Deordquo
412
Asiacute aclarada tal duda Tomaacutes de Vio presenta ndashen relacioacuten a la antedichandash una nueva en sectX laquoan pluribus in solidum obligatis ad restitutionem possit dominus gratiam remissionis quibusdam facere et totum ab uno exigere in foro conscientiaeraquo
413 Su respuesta seraacute que soacutelo podraacute exigir a uno la misma canti-
dad que perdonoacute a cada uno de los otros ya que de otro modo se incurririacutea en injusticia o iniquidad
414
Con esta uacuteltima respuesta concluye el Cardenal toda la extensa glosa al sexto artiacuteculo de la cuestioacuten sexageacutesima segunda
A lo largo de nuestra exposicioacuten hemos visto como el principal intereacutes del Cayetano ha sido el de ejercitar los principios expuestos por Santo Tomaacutes pro-poniendo siempre nuevos casos y ejemplos
De la mano de eacutestos el Cardenal se ha visto forzado muchas veces a ahondar su resolucioacuten con precisiones que dan lugar a nuevas distinciones Y al menos en uno de los casos lo hemos visto prolongar y aumentar las mismas precisiones obradas por el Aquinate en sus textos
409 STh II-II q 62 a 6 ad 3410 Ibidem411 Ibidem412 Cfr ibidem413 Comm Card Caie sectXI en S Th II-II q 62 a 6414 Cfr ibidem
207
Auacuten considerada la extensioacuten del comentario al sexto artiacuteculo no son mu-chas las novedades o aportes que podemos sentildealar ademaacutes de las que continua-mente venimos haciendo
Recalcamos nuevamente el modo en que el Cayetano transita de un argu-mento a otro presente o no en esta segunda parte de la Suma de Teologiacutea asiacute como tambieacuten el caraacutecter decididamente espontaacuteneo de la articulacioacuten de sus co-mentarios unas veces agrupando sus incisos con cierto caraacutecter de continuidad otras interrumpiendo abruptamente su tratamiento para pasar a otro no necesa-riamente contiguo
Asiacute las cosas nos introducimos en el anteuacuteltimo de nuestros anaacutelisis el del comentario al artiacuteculo seacuteptimo esta vez no tan extenso
S Th II-II q 62 a 7 Utrum illi qui non acceperunt teneantur restituere
Contra los tres argumentos que objetan que no estaacuten obligados a restituir quienes nada recibieron de la accioacuten injuriosa Santo Tomaacutes responde apoyado en la Sagrada Escritura que auacuten aquellos que han consentido ndashpermitiendo o no evitandondash tal hecho siacute estaacuten obligados a la restitucioacuten
415
Y esto es asiacute porque cualquier persona estaacute obligada restituir no soacutelo en razoacuten de la cosa ajena que fue tomada sino tambieacuten por razoacuten de la misma sustraccioacuten injuriosa Justamente por ello cualquiera que sea causa de injusta sustraccioacuten estaacute obligado a restituir
Ahora bien ser causa de dicha injusta sustraccioacuten explica Santo Tomaacutes puede suceder de dos modos directa e indirectamente La primera de ellas se da cuando se induce a alguien a sustraer cuando se le ayuda al sustractor de alguacuten modo o cuando se es partiacutecipe en cierta manera de la rapintildea o hurto La segunda de las formas en las que se es causa de injusta sustraccioacuten es la que se realiza indirectamente forma que puede darse en cinco modos diversos o bien por mandato o consenso o recurso o ayuda con participacioacuten y cuando quien estaacute obligado a impedir tal hecho no lo hace
416
415 Cfr S Th II-II q 62 a 7 s c416 Cfr S Th II-II q 62 a 7 r d
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Esta vez el comentario del Cardenal se desarrolla en tres incisos En el pri-mero de ellos sentildeala que debemos aclarar el sentido de una de las maacuteximas contenidas en el respondeo dicendum de Santo Tomaacutes Y esto para que evitemos seguir el camino de quienes han realizado una incorrecta interpretacioacuten de tal principio y podamos nosotros mismos discernir diligentemente en cada uno de los casos que se nos presenten
417
Luego se detiene sobre el modo indirecto de la injusta substraccioacuten (sectII) remarcando que el Doctor Comuacuten ldquosin apartarse del libro precedenterdquo
418 exige
dos condiciones para que algo sea precisamente causa de injusta substraccioacuten que deba y pueda impedirlo Todo esto para que podamos nosotros los lectores saber cuaacutendo estamos obligados a restituir y cuaacutendo no
419
Y finalmente en el tercero de los paraacutegrafos nos sentildeala dos puntos a con-siderar contenidos en la respuesta ad 2 El primero quieacutenes estaacuten obligados a restituir ya por ser autores del hecho ya por haber recibido la cosa ajena En el segundo nos indica que el
Aquinatense pone como obligados a la restitucioacuten en segundo lugar a quie-nes ejecutaron tal sustraccioacuten injuriosa
420
El presente comentario del Cardenal estaacute claramente dirigido al lector de la Suma de Teologiacutea y nuevamente vemos que su intereacutes es el de advertirnos y sentildealarnos el modo correcto de interpretar los principios expuestos por Santo Tomaacutes y elaborar un manual de casos praacutecticos para aplicar Pues esto se echa de ver en todo el anaacutelisis que hemos realizado de los comentarios a las cuestiones respectivas
Ademaacutes de esto no hay maacutes nada que destacar de los tres apartados con los que el Cayetano glosa el texto tomasiano Dejaacutendolos entonces de lado damos un paso maacutes para introducirnos en el anaacutelisis del uacuteltimo de los artiacuteculos sentildeala-dos para nuestro trabajo
417 Cfr Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 62 a 7 418 Cfr Comm Card Caie sectII en S Th II-II q 62 a 7419 Cfr ibidem420 Cfr Comm Card Caie sectIII en S Th II-II q 62 a 7
209
S Th II-II q 62 a8 Utrum teneatur aliquis statim restituere an licite possit restituitionem diferre
Contra las tres objeciones por las que pareciera que alguien no estaacute obligado a restituir inmediatamente la cosa ajena ndashinjuriosamente sustraiacutedandash Santo Tomaacutes responde laquoquod sicut accipere rem alienam est peccatum contra iustitiam ita etiam detinere eamraquo
421
El Cardenal glosa el artiacuteculo en cinco apartados Analicemos cada uno de eacutestos
En el primero de ellos realiza simplemente un repaso de todos los artiacuteculos de la cuestioacuten 62 tratados precedentemente para asiacute dejar clara la necesidad de la investigacioacuten del tema que se nos presenta ahora
422
En sectII dirigieacutendose al lector le dice laquoAdverte quod in praecepto restitu-tionis clauduntur duo primum est quod animo non detineatur alienum invito domino secundum est quod secundum actum exteriorem non detineatur alienum invito dominoraquo
423 Para continuar explicando que el segundo nace del primero
como el acto exterior nace del haacutebito de la virtud y que por esto mismo el tiem-po de efectuar la restitucioacuten no viene determinado por la virtud de la prudencia (como en las demaacutes virtudes) sino que es ldquoad statimrdquo
424
Habiendo dicho esto realiza la siguiente aclaracioacuten sobre el modo en que debemos entender que la restitucioacuten debe efectuarse inmediatamente laquosed sta-tim dicimus fieri quod non differtur sed hora negotio congrua executioni man-daturraquo
425 y no precisamente en medio de la Misa o a media noche o etc
426
Pero auacuten asiacute vuelve en sectIII sobre el tema del tiempo idoacuteneo para la restitu-cioacuten ya que es causa de duda de muchos escritores o doctores laquonam quidam so-lius extremae necessitatis rationem habendam in restitutionibus docuerunt qui-dam autem magnum detrimentum considerando quoque esse dixeruntraquo
427 Con
la intencioacuten de aclarar definitivamente la duda propone el Cardenal su propia
421 S Th II-II q 62 a 8 r d422 Cfr Comm Card Caie sectI en S Th II-II q 62 a 8423 Comm Card Caie sectII en S Th II-II q 62 a 8424 Cfr ibidem425 Ibidem426 Cfr ibidem427 Comm Card Caie sectIII en S Th II-II q 62 a 8
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
opinioacuten laquoMihi autem videtur et dicendum quod citra extremam necessitatem semper loquendo tripliciter intelligi potest restitutionem non posse fieri statim sine magno detrimentoraquo
428
El primero de los casos es cuando la cosa a ser restituiacuteda cause gran dantildeo por su gran dimensioacuten Y afirma Cayetano que no obstante tal detrimento quien posee lo ajeno estaacute obligado inmediatamente a su restitucioacuten puesto que nada de lo que es suyo estariacutea perdiendo
429
El segundo caso es cuando el detrimento sea grande en razoacuten del lucro ces-santis de alguna actividad econoacutemica que impida al comerciante y detentor de la cosa continuar con su regular estado de vida En esta misma distincioacuten estaacute contenido un encomio a Richardus (de San Viacutector) et Scotus quienes sostienen que no es liacutecito a nadie retener la cosa ajena con el pretexto de conservar ndasho mantenerndash su actual estado de vida
430
El tercero de los casos es cuando la restitucioacuten cause alguacuten tipo de detri-mento o dantildeo en los bienes que le son propios a quien posee la cosa ajena y su tratamiento ocuparaacute el resto de este inciso y se extenderaacute hasta el proacuteximo y anteuacuteltimo (sectIV)
Para su resolucioacuten el comentarista propone que laquooportet subdistinguere quia vel talis dilatio esset cum multo damno creditoris seu domini aut cum par-vulo seu nulloraquo
431
En el primero de los casos el duentildeo de la cosa ndashque padeciendo gran dantildeo en sus bienes propios a causa de la demora en la restitucioacutenndash puede o debe im-putar para su inmediata restitucioacuten a quien la retiene auacuten sufriendo este uacuteltimo dantildeo en los bienes de su propiedad
432
En el segundo de los casos (laquosi vero talis dilatio in modicum aut nullum damnum creditoris essetraquo
433) presenta esta vez el Cardenal una criacutetica a la razoacuten
sostenida por Scoto seguacuten la cual afirma que quien retiene la cosa ajena no estaacute obligado a su inmediata restitucioacuten
434 La criacutetica del de Gaeta no es entonces a la
428 Ibidem429 Cfr ibidem430 Cfr ibidem431 Cfr ibidem432 Cfr ibidem433 Comm Card Caie sectIII en S Th II-II q 62 a 8434 Cfr ibidem
211
conclusioacuten de Scoto ndashcon la que concuerda el Cayetanondash sino a la razoacuten por la cual arriba a tal Compareacutemoslas
La razoacuten de Scoto (en palabras del comentador) laquoQuia dominus debet ma-gis velle quod videtur magnum incommodum proximi restituentis quam modi-cum vel nullum suum incommodum in illa sua modica dilatione restituentisraquo
435
Y he aquiacute el porqueacute el Cardenal sostiene que estaacute razoacuten no es vaacutelida laquoQuia sicut nullus damnum alteri facit qui utitur iure suo ita nullus damnum alteri vult qui vult uti iure suoraquo
436
Ahora la opinioacuten del Cayetano laquoVidetur autem mihi quod in tali casu licite possit differri restitutio ratione impotentiae restitutionisraquo
437 Ya que impotencia
se dice no soacutelo de quien no puede algo sino tambieacuten de quien difiacutecilmente pue-da hacerlo Y a esta causa se reduce tambieacuten el hecho de que alguien no pueda restituir inmediatamente sin dantildeo de su fama
438
Si bien todo esto se pregunta ahora el Cardenal si tambieacuten estaacute obligado quien retiene la cosa ndashacusada la causa de impotenciandash a restituir tambieacuten el moacutedico dantildeo que el duentildeo de la cosa padece en sus bienes por tal dilacioacuten A lo que responde que pareciese que no Pero que tambieacuten por otra parte el evitar el dantildeo del deudor no debe realizarse con dantildeo del acreedor
439
A la primera objecioacuten responde que no estaacute obligado a restituir con intereses ya que estuvo en mora porque no tuvo los medios para tal restitucioacuten En esta liacutenea responde tambieacuten a la segunda cuestioacuten ya que este deudor no se encuen-tra simplemente en mora sino que su causa alcanza a justificar el hecho de tal dilacioacuten
440
Finalmente en sectV analizando el respondeo dicendum y la respuesta ad 2 nos hace advertir que si quien detiene la cosa es autorizado para su devolucioacuten con demora asiacute tambieacuten no estaacute obligado a solventar con intereses Y esto soacutelo para el caso en el que tal beneficio le fuese otorgado libremente y no de otro modo
441
435 Comm Card Caie sectIII en S Th II-II q 62 a 8436 Ibidem437 Ibidem438 Cfr ibidem439 Cfr ibidem440 Cfr ibidem441 Cfr Comm Card Caie sectV en S Th II-II q 62 a 8
CAPIacuteTULO III - ANAacuteLISIS DE LA JUSTICIA EN TOMAacuteS DE AQUINO Y EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Hemos visto coacutemo nuevamente el Priacutencipe de los Comentadores aprovecha la ocasioacuten de tal comentario para entablar cierto diaacutelogo con los doctores de su eacutepoca que tambieacuten han utilizado los textos de Santo Tomaacutes para ensentildear
En este comentario vuelve el Cayetano a indicar sendos modos de interpre-tacioacuten de cierta terminologiacutea tomista descalificando algunas veces a unos para que nos apartemos de ellos o felicitaacutendolos para que en este o aquel punto los sigamos
Ademaacutes de estos apoacutestrofes o encomios resulta tambieacuten evidente luego de la lectura del comentario el modo en que procede siempre en nuevas distincio-nes y subdistinciones Por lo demaacutes la glosa de Tomaacutes de Vio se cintildee algunas veces a un soacutelo punto y otras a tan soacutelo una afirmacioacuten
Hemos llegado pues al final de esta seccioacuten exponiendo los resultados que emergieron de haber confrontado los textos del Aquinate con la glosa del Car-denal
No habiendo nada maacutes que decir en este punto sobre las diferencias o cerca-niacuteas entre el Angeacutelico y el Cayetano pasemos ahora al proacuteximo capiacutetulo En el mismo como adelantamos recogeremos todas estas notas y las organizaremos para poder reconstruir las dos visiones en pugna en torno a la virtud de la justicia
213
CAPIacuteTULO IV LA VIRTUD DE LA JUSTICIA TOMASIANA Y LA INTERPRETACIOacuteN DEL CAYETANO
IV1 LA DEFINICIOacuteN DE JUSTICIA EN S TH II-II QQ 57-62
Luego del anaacutelisis que hemos realizado cabe aquiacute clarificar queacute es lo que en-tiende el Aquinatense por justicia De hecho tras la lectura del capiacutetulo anterior podriacutean emerger algunas preguntas confusas como por ejemplo iquestcuaacutentas son pues las partes de la justicia seguacuten Santo Tomaacutes iquestCuaacutentas justicias concibe iquestUna dos tres iquestY con cuaacutentas partes
iquestCoacutemo se divide Intentaremos entonces echar luz sobre este tema
Antes de proseguir resultaraacute provechoso recordar brevemente la doctrina tomista sobre los haacutebitos en general y sobre las virtudes y los vicios en parti-cular Esto asiacute porque en cada uno de los tratados sobre las diferentes virtudes teologales y cardinales el Doctor Comuacuten se aboca a los vicios opuestos a cada una de ellas que dicho sea de paso generalmente son maacutes los vicios que las virtudes puesto que a una virtud se oponen al menos dos vicios o pecados uno por exceso y otro por defecto
En efecto el Angeacutelico estudia en la primera parte de la Suma el tema de los actos humanos en siacute mismos (S Th I-II qq 6-48) y en la segunda el de los haacutebitos en general (S Th II-II qq 49-54) Luego discurriraacute sobre cada haacutebito en particular llaacutemense virtudes o vicios
Seguacuten resaltamos en sectIII12 y en sectIII13 todos estos temas (i e los actos humanos los haacutebitos en general los actos humanos en particular y el de las vir-tudes cardinales) pertenecen al plan que Santo Tomaacutes establecioacute para estudiar el modo en que el conocimiento participado de Dios a los hombres le sirve a eacutestos para obrar es decir conducir su vida a la beatitud eterna Asiacute lo afirma tambieacuten el Prof Hugo Costarelli Brandi
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
laquoEl tratado de las virtudes el maacutes extenso dentro de la Sum-ma pretende presentar precisamente el camino maacutes humano y por lo mismo maacutes divino de retorno a la casa del Padre Puesta la mira en la visioacuten beatiacutefica el obrar virtuoso se llena de sentido al ser coronado por la gracia y los donesraquo 442
Un pareacutentesis merece la consideracioacuten sobre los motivos que llevaron al Doctor Comuacuten a tratar primero sobre los actos humanos y luego sobre los haacutebi-tos siendo que estos uacuteltimos son principios de aquellos A nosotros basta la cer-tera respuesta de Victorino Rodriacuteguez Rodriacuteguez OP quien brinda dos razones fundamentales
laquoPrimera porque la teologiacutea moral en la concepcioacuten tomista (cf proacutelogo a la cuestioacuten 6) trata principalmente de lo que conduce inmediata y formalmente al hombre a la bienaventuranza que son los actos humanos de lo demaacutes y en concreto de sus principios tra-ta en cuanto tiene relacioacuten con ellos Segunda porque los haacutebitos di-cen orden esencial o transcendental a sus actos de los que dependen en cuanto a su especificacioacuten e inteligibilidad y consiguientemente en cuanto al tratamiento cientiacuteficoraquo443
El Aquinate tras definir queacute son los haacutebitos procederaacute a su distincioacuten Por supuesto que no pretendemos entrar en el debate en torno a la distincioacuten esen-cial entre haacutebitos y virtudes ya que tal tema escapa al intereacutes central de nuestra investigacioacuten y que ademaacutes pensamos seriacutea maacutes acorde a estudios centrados en Suaacuterez o en el Capreolo Nos contentamos pues con decir que las virtudes morales son haacutebitos operativos buenos que se distinguen de los haacutebitos malos (vicios) y de las virtudes intelectuales (S Th I-II qq 57-58) asiacute como tambieacuten de las virtudes teologales
444
442 H COSTARELLI BRANDI laquoEl derecho y la justiciaraquo p 5443 V RODRIacuteGUEZ RODRIacuteGUEZ ldquoTratado de los haacutebitos en general Introduccioacuten a las cuestiones 49-54rdquo en Santo Tomaacutes de Aquino Suma Teoloacutegica t II BAC Madrid 1989 p 375444 Las cuales tampoco pertenecen en rigor al encuadre de nuestra Tesis Para profundizar vid S Th I-II q 57 a 2 laquoUtrum virtutes theologicae distinguantur ab intellectualibus et moralibusraquo especialmente el sed contra y el respondeo Mencionemos aquiacute como un hecho anecdoacutetico otro grupo de virtudes antiguamente llamadas ldquocatoacutelicasrdquo y que hoy han sido praacutecticamente olvidadas y son objeto de pocos por no decir nin-guacuten estudio En este sentido escribe V RODRIacuteGUEZ RODRIacuteGUEZ ldquoTratado de las virtudes en general
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Deciacuteamos que los haacutebitos operativos se dividen en dos grupos virtudes y vicios seguacuten el fin al que se ordene cada uno de ellos Si se dirige hacia el bien que le es propio el haacutebito seraacute llamado virtud
445 vicio en sentido contrario
446
Para completar la nocioacuten debemos agregar la siguiente precisioacuten estamos ante una virtud moral propiamente hablando cuando es buena la obra que se opera a traveacutes del haacutebito y cuando se perfecciona el mismo operante
Con lo anterior hemos repasado la nota doctrina tomista sobre el tema de los haacutebitos las virtudes y los vicios que sirve a fines de presentar mejor la defini-cioacuten de la justicia tomasiana y el modo en que es abordada por el Doctor Comuacuten la Suma
laquoEl meacutetodo que sigue el Aquintense en su Suma Teoloacutegica es el aristoteacutelico es decir es filosoacuteficamente realista moderado y es metodoloacutegicamente realista pues como tal asciende de las cosas a las ideas Propedeacuteuticamente hablando estaacute ndashcomo ha explica-do Michel Villeyndash dirigido a la ensentildeanza (doctrina) y al acto de aprender (disciplina) en busca de la verdad ndashde su ciencia en el grado asequible al hombrendash invitando para ello al lector a rehacer el mismo camino que la razoacuten del maestro ha debido recorrer emplea
Introduccioacuten a las cuestiones 55-67rdquo en Santo Tomaacutes de AQUINO Suma Teoloacutegica t II BAC Madrid 1989 pp 415-420 ldquosectg Las virtudes morales infusas de los hijos de Diosrdquo p 420 laquoAl tratar el origen o causa eficiente de las virtudes en la cuestioacuten 63 no soacutelo se presente el problema de la existencia de virtudes morales infusas causadas inmediatamente por Dios a la vez que las virtudes teologales sino tambieacuten el de su diferenciacioacuten ultrageneacuterica de las virtudes naturales y de sus peculiares leyes de crecimiento y desapa-ricioacuten Santo Tomaacutes da por buena la conviccioacuten de los Doctores de la Iglesia y de los maestros escolaacutesticos que le precedieron con buena base biacuteblica (aunque no sea tan definitiva como respecto de las virtudes teo-logales) sobre la existencia de las virtudes morales infusas que en el siglo XII llamaban virtudes catoacutelicas ldquoque Dios obra en nosotros sin nosotrosrdquo seguacuten deciacutea la definicioacuten generalizada de virtud Nuestro autor aplicoacute su talento teoloacutegico a manifestar coacutemo los hijos de Dios renacidos en la gracia y orientados por las virtudes teologales hacia Dios necesitan ser revestidos interiormente con virtudes de ese mismo orden para comportarse como talesraquo Para quien desee rastrear las laquoincidencias histoacuterico-doctrinales del tema antes de Santo Tomaacutesraquo el autor de la cita reeviacutea a la lectura de las obras de Odon LOTTIN OSB especialmente el tercer tomo (ldquoProblegravemes de moralerdquo pp 100-150) de su monumental obra Psychologie et morale aux XIIe et XIIIe sieacutecles445 S Th I-II q 55 a 5 r d (in fine) laquoUnde virtus humana quae est habitus operativus est bonus habitus et boni operativusraquo446 S Th I-II q 71 a 1 r d Luego de explicar que laquoId autem ad quod virtus ordinatur est actus bonusraquo concluye laquosed secundum id quod est de ratione virtutis opponitur virtuti vitium vitium enim uniuscuisque rei esse videtur quod non sit disposita secundum quod convenit suae naturaraquo esto es el fin que es un bien y que le es propio
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
el arte de trivium ndashgramaacutetica (relacionando mens y verba) retoacuterica y dialeacutecticaraquo447
Bajo todas estas consideraciones pretendemos en lo sucesivo sistematizar la virtud de la justicia lo maacutes armoacutenica y ajustadamente que podamos a la expo-sicioacuten presentada por el Doctor Angeacutelico en S Th II-II qq 57-62
Como hemos visto Santo Tomaacutes dedica a la virtud de la justicia un extensiacute-simo tratado que abarca desde la cuestioacuten 57 hasta la 122 inclusive Nosotros como dijimos nos interesamos solamente hasta la 62 puesto que nuestra Tesis radica en demostrar que una cosa es la definicioacuten de la justicia que brinda el An-geacutelico y otra la que interpreta el Cardenal Tomaacutes de Vio Esta definicioacuten incluye como es debido la forma que el Doctor Comuacuten concibe para la virtud y coacutemo su estructura interna dice relacioacuten con el resto de las virtudes morales
Pues bien lo primero que debemos decir para evitar cualquier tipo de con-fusioacuten (que recogimos en las posibles preguntas planteadas al inicio de este apar-tado) es que la virtud de la justicia tiene dos formas de las cuales una posee dos partes subjetivas La justicia ademaacutes es una virtud moral cuyo tratamiento lo encontramos ndashrepetimosndash en S Th II-II qq 57-122 Este tratado incluye el estudio de la justicia en siacute misma (qq 57-60) el de sus partes (qq 61- 120) el don correspondiente (q 121) y sus preceptos (q 122) Tal como hemos notado este tratado sucede al de la prudencia (S Th II-II qq 47-56) y antecede al resto de las virtudes cardinales la fortaleza (S Th II-II qq 123-140) y templanza
Introduzcaacutemonos de una vez y con la siguiente nota en el tratado y la no-cioacuten de justicia presente en las cuestiones que hemos sentildealado
laquoEntre los siete bloques gruesos de las virtudes que se de-sarrollan en la II-II el tratado de la justicia tiene una peculiaridad inicial Efectivamente no deja de llamar la atencioacuten el hecho de que comience tratando acerca de lo justo Generalmente cada bloque se inicia con una referencia a la virtud en siacute para luego desarrollar el objeto acto propio vicio opuesto etceacutetera Pero en el caso de la justicia iquestpor queacute inicia con lo justoraquo448
447 J VALLET DE GOYTISOLO ldquoLa Justicia seguacuten Santo Tomaacutesrdquo p 1143448 H COSTARELLI BRANDI laquoEl derecho y la justiciaraquo p 6
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En efecto Santo Tomaacutes define a la virtud de la justicia como laquohabitus se-cundum quem aliquis constanti et perpetua voluntate ius suum unicuique tribui-traquo
449
La respuesta a esta pregunta del mismo autor la preferimos sobre otra que seguidamente veremos Argumenta H Costarelli Brandi ndashrecurriendo Josef Pieperndash que laquola justicia es algo segundoraquo y que la misma laquopresupone el dere-choraquo
450 De hecho la explicacioacuten de que solamente un suum es posible con un
acto primero que la anteceda es a nuestro juicio la que mejor condice con el sentido de la obra y del pensamiento del Aquinate laquoEste acto fundante primi-genio es para el Angeacutelico el siguiente ldquoPor la creacioacuten empieza primeramente el ser creado a tener algo suyordquoraquo451 Esta reconduccioacuten del orden natural al sobrenatural es otro signo manifiesto de la intencioacuten del santo de enmarcar metafiacutesicamente los conceptos que recibe de Aristoacuteteles
452 Que condice como
hemos sostenido con la visioacuten integral con la que debemos atender a la Suma Teoloacutegica considerando siempre el sentido uacuteltimo cual es el de la instruccioacuten para la salvacioacuten de las almas
Preferimos esta explicacioacuten deciacuteamos por sobre la de Juan Vallet de Goyti-solo cuando se propone ldquoexponer sintetizar (en modo general y breve) y sis-tematizar del modo maacutes adecuado posible la visioacuten que desgranoacute de la justicia de Santo Tomaacutesrdquo453 Para lo cual recurriraacute a las observaciones que Bartolo de Sassoferrato realizoacute sobre algunas definiciones del Digesto de Justiniano en las que tambieacuten se basoacute el Angeacutelico
Bartolo anota que la justicia puede hallarse antes durante (al mismo tiempo) y despueacutes del derecho Y Goytisolo reconduce esta tri-distincioacuten acerca de la justicia a Santo Tomaacutes arguyendo (el primero) que tales precisiones son refle-
449 S Th II-II q 58 a 1 r d450 H COSTARELLI BRANDI laquoEl derecho y la justiciaraquo p 6451 H COSTARELLI BRANDI laquoEl derecho y la justiciaraquo p 6 El entrecomillado en la cita pertenece a su vez a una frase que el autor trae de Santo Tomaacutes452 Cfr J MARTIacuteNEZ BARRERA laquoSanto Tomaacutes de Aquino y la Teoriacutea de la Justiciaraquo en Derecho y Humanidades nordm 12 (2006) p 109 Alliacute el autor hace notar laquouno de los aspectos que maacutes llaman la atencioacuten cuando se lee a Santo Tomaacutes en su trabajo de comentador de Aristoacuteteles es su intento por hallar un marco teoacuterico por lo general metafiacutesico para los conceptos eventualmente analizados Sin embargo por lo menos en lo que nos ha llegado de Aristoacuteteles no existe este meacutetodo de abordar ciertos temas especialmente los vinculados con la filosofiacutea moral la filosofiacutea poliacutetica o la filosofiacutea del derecho delimitando previamente un campo metafiacutesicoraquo453 J VALLET DE GOYTISOLO ldquoLa Justicia seguacuten Santo Tomaacutesrdquo p 1144
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
jadas (por el segundo) en las cuestiones referidas al tratado de la virtud que nos ocupamos
454
laquoAsiacute intentareacute mostrar coacutemo eacutel [Santo Tomaacutes] observaba la justicia antes del derecho ndasha modo de una luz que lo guiacuteandash al mismo tiempo que eacuteste ndashes decir acompantildeaacutendolendash y despueacutes del derecho ndashcomo realizacioacuten concreta del mismo en una cosa justa ndashrex (sic) iustandash en tanto buena y equitativa ndashquod bonum et aequum estraquo455
Sorteada la singularidad con la que se inicia el tratado de la virtud de la justicia retomemos la definicioacuten que nos da el Aquinate laquoiustitia est habitus secundum quem aliquis constanti et perpetua voluntate ius suum unicuique tri-buitraquo
456 Definicioacuten que acepta luego de realizar algunas precisiones que es un
haacutebito operativo (moral) voluntario (es decir que radica en la voluntad y no en los apetitos) que requiere de quien lo realiza conocimiento y rectitud de inten-cioacuten (para que sea pleno) y que se ajuste seguacuten la nota de alteridad a la que se refiera (con esto queremos indicar el o lo ldquootrordquo a lo que deba ordenarse otra persona otras personas)
Toda la cuestioacuten 58 es la que sirve a Santo Tomaacutes para exponer acabada-mente algunas de las notas axiales de la virtud que siempre se refiere a otro que radica en la voluntad que se distingue la virtud de la justicia en general (o legal) y particular y que es la principal entre el resto de las virtudes morales
Las cuestiones que se suceden estaacuten dedicadas al vicio que se opone a la justicia (q 59 la injusticia) al acto de la misma (q 60 el juicio) a sus partes (q 61) y finalmente al acto de la justicia conmutativa (q 62 la restitucioacuten)
En esta virtud ademaacutes se distinguen dos formas anaacutelogas llamadas justicia general o legal y justicia particular La uacuteltima se compone de dos partes subjeti-vas que son la justicia distributiva y conmutativa
Digamos entre pareacutentesis que el tema de la analogiacutea y sus formas y cuaacutel consideramos que es la maacutes propia de las formas de la justicia lo considerara-
454 Cfr todo lo dicho con J VALLET DE GOYTISOLO ldquoLa Justicia seguacuten Santo Tomaacutesrdquo p 1143455 J VALLET DE GOYTISOLO ldquoLa Justicia seguacuten Santo Tomaacutesrdquo p 1144 [La aclaracioacuten es nuestra]456 S Th II-II q 58 a 1 r d
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mos en un capiacutetulo de la proacutexima seccioacuten de nuestra Tesis la Parte III Cerrado el pareacutentesis prosigamos
La justicia legal entonces es aquella virtud a traveacutes de la cual los miembros de una comunidad poliacutetica ordenan sus obras al fin propio de la sociedad a la que pertenecen El fin propio al que la justicia general tiende es el bien comuacuten que perfecciona dicha sociedad poliacutetica Pero ademaacutes en cuanto virtud general es tambieacuten especial respecto del resto de las virtudes morales en modo anaacutelogo a lo que representa la virtud de la caridad para las teologales y en uacuteltima instancia a todas las virtudes Esto quiere decir que la justicia legal rectifica el comporta-miento de los hombres en la consecucioacuten del bien comuacuten al mismo tiempo que anima al resto de las virtudes morales a que se ordenen al fin que les es debido y por ende perfeccionando al hombre mismo
No es nuestro cometido entrar en el arduo tema de la intriacutenseca relacioacuten entre justicia y bien comuacuten Pero llegados a este punto no podemos tampoco obviarlo Expongamos algunas notas del bien comuacuten para la mejor inteleccioacuten de la definicioacuten de justicia que intentamos sintetizar
El bien comuacuten como dijimos es el fin al que se ordena la sociedad civil y de cuya consecucioacuten pende la perfeccioacuten de tal De esto se sigue pues que la perfeccioacuten del todo de orden social redunda en el bien de cada una de las partes que conforman tal sociedad esto es todos y cada uno de los hombres Justicia legal y bien comuacuten se reclaman mutuamente en el sentido de que a su traveacutes conquistamos el priacutestino y arduo bien perfectivo y es mirando a este uacuteltimo el modelo ndashla rationdash en que los hombres descubren el modo seguacuten el cual deben ajustar sus conductas Por lo cual la justicia general es el haacutebito operativo direc-tivo y el bien comuacuten el fin que actuacutea ndashen la vida de cada una de las personas o grupo de personas (cuerpos intermedios organismos instituciones etc)ndash como principio rector de los actos humanos
Asiacute las cosas podriacuteamos precipitarnos en concebir que la justicia general sea identificada con toda virtud moral puesto que cada una de las virtudes morales en cuanto que perfeccionan al hombre que actuacutea y vive en comunidad con otros hombres estariacutea perfeccionando tambieacuten a dicha sociedad Y asiacute la justicia ge-neral podriacutea ser confundida con cualquier otra virtud
Santo Tomaacutes enfrenta este problema y resuelve que la justicia legal es virtud general laquoinquantum scilicet ordinat actus aliarum virtutum ad suum finem quod
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est movere per imperium omnes alias virtutesraquo457
y agrega que asiacute como la cari-dad ordena el acto de todas las virtudes al bien divino laquoita etiam iustitia legalis inquantum ordinat actus omnium virtutum ad bonum communeraquo
458
Ahora bien la justicia general iquestordena suficientemente al hombre respecto de aquellas cosas que son hacia otro Recordemos la definicioacuten que habiacuteamos traiacutedo de justicia laquohabitus secundum quem aliquis constanti et perpetua volun-tate ius suum unicuique tribuitraquo
459 El Aquinatense responde que la justicia ge-
neral no es esencialmente toda virtud y que debido a su materia propia (el bien comuacuten al que ordena inmediatamente) no debe confundirse con el resto de las virtudes que ordenan inmediatamente al bien propio (el cual es a veces respec-to de uno mismo y otras respecto de otras personas) y mediatamente al bien comuacuten Cuando las conductas deban ser rectificadas en vistas al bien de otras personas estamos en consecuencia frente a otro modo de llamarse de la virtud la justicia particular
laquoOportet praeter iustitiam legalem quae ordinat hominem immediate ad bonum commune esse alias virtutes quae immediate ordinant hominem circa particularia bona Quae quidem possunt esse vel ad seipsum vel ad alteram singularem personam Sicut ergo praeter iustitiam legalem oportet esse aliquas virtutes particulares quae ordinant hominem in seipso puta temperantiam et fortitudi-nem ita etiam praeter iustitiam legalem oportet esse particularem quandam iustitiam quae ordinet hominem circa ea quae sunt ad alteram singularem personamraquo
460
Mientras que la justicia general ordena inmediatamente al hombre al bien comuacuten la justicia particular lo ordena inmediatamente en sus acciones exterio-res hacia aquellas cosas que pertenecen a otras personas singulares El modo en que esto uacuteltimo se deacute lo trataraacute Santo Tomaacutes maacutes adelante precisamente en la q 62 sobre las partes de la justicia
457 S Th II-II q 58 a 7 r d458 S Th II-II q 58 a 1 r d459 Ibidem460 S Th II-II q 58 a 7 r d
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Vista la definicioacuten de la justicia y obrada la distincioacuten en general y particu-lar analicemos ahora la precisioacuten que el Angeacutelico realiza de la uacuteltima conside-rando a su vez las partes subjetivas que la integran
laquoIustitia particularis ordinatur ad aliquam privatam personam quae comparatur ad communitatem sicut pars ad totum Potest au-tem ad aliquam partem duplex ordo attendi Unus quidem partis ad partem cui similis est ordo unius privatae personae ad aliam Et hunc ordinem dirigit commutativa iustitia quae consistit in his quae mutuo fiunt inter duas personas ad invicem Alius ordo attenditur totius ad partes et huic ordini assimilatur ordo eius quod est com-mune ad singulas personas Quem quidem ordinem dirigit iustitia distributiva quae est distributiva communium secundum proportio-nalitatem Et ideo duae sunt iustitiae species scilicet commutativa et distributivaraquo
461
Tras esto el Aquinatense procederaacute a resolver que la materia de cada una de estas justicias resulta diversa ya que la laquodistributiva iustitia est directiva distri-butionis commutativa vero iustitia est directiva commutationum quae attendi possunt inter duas personasraquo
462 Consecuentemente y conforme a su materia la
justicia distributiva distribuye proporcionalmente los bienes que son comunes mientras que en la conmutativa ndashtambieacuten proporcionalmentendash laquoredditur aliquid alicui singulari personae propter rem eius quae accepta est ut maxime patet in emptione et venditione in quibus prime invenitur ratio commutationisraquo463 La di-ferencia de esta proporcionalidad estaacute en el modo en que la misma se determina que seraacute geomeacutetrica en la distributiva y aritmeacutetica en la conmutativa Muy bien y brevemente explica esta distincioacuten el Prof Pablo Saacutenchez Garrido
laquoRespecto a coacutemo calcular la igualdad que hace de justo me-dio dentro de ambas justicias Santo Tomaacutes habla de una igualdad de proporcionalidad geomeacutetrica en la justicia distributiva y de una igualdad de proporcionalidad aritmeacutetica en el caso de la conmutati-va Es aritmeacutetica la conmutativa puesto [que] la igualdad requerida
461 S Th II-II q 62 a 1 r d462 S Th II-II q 62 a 3 r d463 S Th II-II q 62 a 2 r d
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
para el deacutebito se da cuantitativamente entre cosas mientras que en la distributiva es una igualdad geomeacutetrica puesto que se establece de cosas a personas de ahiacute la necesidad de una proporcioacuten basada en una igualdad de relacioacuten (en este caso de proporcionalidad discreta es decir entre proporciones totalmente dispares en sus teacuterminos)raquo464
Una cosa maacutes sobre la que queremos insistir antes de proseguir es en el ca-raacutecter armoacutenico de la doctrina tomista y el modo en las virtudes cooperan unas con otras Esto asiacute porque hay un principio directivo y unitivo que es el bien comuacuten En efecto Santo Tomaacutes no sugiere que para la realizacioacuten de una virtud moral cualquiera otra deba enfrentaacutersele ni mucho menos oponeacutersele Deci-mos esto porque muchas veces encontramos algunas posiciones que sugieren lo contrario Asiacute por ejemplo cuando Gonzalo Saacutenchez se propone explicar la relacioacuten entre la justicia particular y la general escribe
laquoJunto con referirse a la Justicia general o legal que tiene por funcioacuten ordenar ldquoal hombre inmediatamente al bien comuacutenrdquo Santo Tomaacutes consigna la existencia de una justicia particular que en oposicioacuten a la anterior ordena por una parte la relacioacuten entre las personas consideradas individualmente y por la otra aquella de la comunidad y de la personaraquo465
Resaltamos en negrita laquoen oposicioacuten a la anteriorraquo puesto que entendemos que la justicia particular no opera oponieacutendose a la general sino completando el acto de toda la virtud Lo cual si sucediese devendriacutea en un desorden de la mis-ma virtud de la justicia y de toda la moral Ahora bien es posible aventurar que tal expresioacuten sea heredera de aquella triparticioacuten de la virtud que hemos referido y que seguidamente veremos
Pues bien llegando al final de este apartado ensayemos una siacutentesis de todo lo que hemos expuesto para esclarecer la definicioacuten de justicia presente en la Summa Theologiae que puso Santo Tomaacutes de Aquino en el tratado dedicado a la virtud
464 P SAacuteNCHEZ GARRIDO laquoConsideraciones sobre la justicia distributivaraquo p 3465 G SAacuteNCHEZ G-H laquoEstudio acerca de la justicia en Santo Tomaacutesraquo p 83 La negrita es nuestra
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La justicia es una virtud moral que tiene por objeto el derecho y que radica en la voluntad como en su sujeto Debido a que es un haacutebito operativo que en-tiende dar o retribuir a cada quien lo suyo se dice anaacutelogamente justicia general y particular Es general cuando rectifica las acciones de las personas hacia el bien comuacuten fin propio de la sociedad poliacutetica y cuando dirige tambieacuten a su propio fin a cada una de las virtudes morales Se dice particular cuando se consideran los actos de las personas singulares en referencia a otras personas Lo cual puede acontecer en dos modos de persona (parte) a persona (parte) o del todo (co-munidad) a la parte (persona) De tal consideracioacuten resulta la divisioacuten en partes subjetivas de la virtud de la justicia dicha particular la primera es la justicia (particular) conmutativa y la segunda es la justicia (particular) distributiva Es decir que la nota de alteridad es la que sirve de fundamento a la distincioacuten de la virtud de la justicia en sus dos formas anaacutelogas ndashnuevamente general (o legal) y particularndash y a la divisioacuten de la uacuteltima en sus partes subjetivas (distributiva y conmutativa)
Confrontemos todo lo que hemos dicho con la nocioacuten de justicia presente en los comentarios del Cardenal de Gaeta A tal efecto recogeremos las anotaciones del precedente capiacutetulo para reconstruir su definicioacuten de justicia Adentreacutemonos pues en el proacuteximo apartado
IV2 LA NOCIOacuteN DE JUSTICIA EN LOS COMENTARIOS DEL CAYETA-NO A LA S TH II-II QQ 57-62
iquestQueacute es entonces la justicia para el Cardenal Tomaacutes de Vio iquestSe separa con sus comentarios de Santo Tomaacutes de Aquino Si es asiacute iquestpor queacute lo hace iquestEs la consecuencia de un cambio de perspectiva iquestDe cierta forma mentis seguacuten la cual el de Aquino fue leiacutedo por el de Gaeta iquestPodremos encontrar las razones ndashsi es que las hubondash de tal distanciacioacuten en su glosa
Llegamos por consiguiente al inciso en que daremos respuestas a estos interrogantes valieacutendonos de las exposiciones de tipo analiacuteticas que trajimos en los precedentes apartados
Los tres puntos aacutelgidos que sirven de apoyo para elaborar una nocioacuten ca-yetana de justicia son los comentarios al artiacuteculo octavo de la cuestioacuten nuacutemero
CAPIacuteTULO IV - LA VIRTUD DE LA JUSTICIA TOMASIANA Y LA INTERPRETACIOacuteN DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
cincuenta y ocho la glosa al primer artiacuteculo de la sexageacutesima primera cuestioacuten y las apreciaciones contenidas en el tercer artiacuteculo tambieacuten perteneciente a la cuestioacuten nuacutemero sesenta y uno Los indicios recogidos en el resto de sus comen-tarios serviraacuten precisamente a fin de confirmar lo que infiramos tras el anaacutelisis de todos los artiacuteculos glosados
A esto sumemos la consideracioacuten sobre la virtud en tanto que ldquoobligacioacutenrdquo claramente sostenida en el artiacuteculo tercero de la cuestioacuten sexageacutesima segunda
Retomando todas estas notas estamos en condiciones de ofrecer una defi-nicioacuten sinteacutetica de lo que entiende por justicia el Cardenal Tomaacutes de Vio cu-yos principios caracteres esenciales y precisiones encontramos esparcidas en su extensa glosa desde la cuestioacuten 57 hasta la 62 Tal nocioacuten que sostuvimos eacutel mismo presupone como una e ideacutentica con la de Santo Tomaacutes estaacute no solamente distanciada en cuanto a su forma maacutes tambieacuten en lo referido a su contenido
Lo decimos sin maacutes la nocioacuten de justicia del Cardenal Cayetano es diversa en su contenido y en su estructuracioacuten interna de aquella ofrecida por el Aqui-nate
Como hemos dejado en claro cuando el Angeacutelico habla de la virtud de la justicia nos dice que se presenta en dos formas Una es la denominada justicia general o legal y otra es la llamada justicia particular Cada una ellas tiene una materia especial distintas y correspondientes a su forma Mientras la justicia ge-neral anima al resto de las virtudes morales hacia el fin que le es propio y dirige hacia el bien comuacuten la justicia particular con sus dos partes subjetivas se ocupa de ordenar inmediatamente al hombre a las cosas que se refieren a otro llamadas justicia distributiva y conmutativa Las mismas son diversificadas seguacuten deba producirse la adecuacioacuten de la cosa al derecho es decir a la igualdad ndasho al modo de igualdad en que deba conmensurarse lo justondash ya en forma aritmeacutetica (para la conmutativa) ya en forma geomeacutetrica (para la distributiva) de parte a parte del todo a la parte
Hasta aquiacute Santo Tomaacutes de Aquino Veamos ahora al Cayetano
Para intentar una reconstruccioacuten de la nocioacuten cayetana de justicia y pro-poner asiacute una definicioacuten por las viacuteas de la siacutentesis fueron utiliacutesimas todas las observaciones y resultados finales expuestos en las precedentes partes de este trabajo
225
A modo de inicio tomaremos loacutegicamente aquellas primeras palabras con las que el Cayetano comenta el primer artiacuteculo de la cuestioacuten sexageacutesima prime-ra y la iremos completando con las restantes consideraciones
Si tuvieacutesemos que responder a la pregunta iquestqueacute es la justicia para el Caye-tano O iquestqueacute entiende Tomaacutes de Vio cuando comenta el tema de la justicia en las cuestiones que hemos sentildealado Diriacuteamos que
Para el Cardenal la justicia es una uacutenica virtud un todo compuesto de tres partes o especies subjetivas Una llamada justicia general y dos especies espe-cialiacutesimas llamadas justicias particulares
466 De estas ldquoespecies especialiacutesimas
de justicias particularesrdquo467
una es la distributiva y otra es la conmutativa468 En la uacuteltima ndashconmutativandash encontramos dos partes que se diferencian entre siacute ya sea porque el intercambio que se da sea voluntario de un lado involuntario del otro Estas tres especies de una misma justicia se especifican seguacuten la forma en que adecuacutean o igualan lo justo o el derecho que debe ser hallado
469 La restitu-
cioacuten en cuanto acto de la justicia conmutativa debe efectuarse soacutelo cuando haya sentencia firme de juez idoacuteneo y competente
470
Hasta aquiacute entonces una primera aproximacioacuten a la definicioacuten de justicia que pudimos extraer de las notas del Cayetano para poder ofrecer en forma de siacutentesis Confronteacutemosla con la del Aquinate y maticemos sus diferencias
466 Cfr Comm Card Caie en S Th II-II q 61 laquoIn articulo primo quaestionis sexagesimaeprimae nota quod iuxta triplicem ordinem inventum in aliquo toto triplex species iustitiae invenitur Invenitur siquidem ordo partium inter se et ordo totius ad partes et ordo partium ad totum Et similiter iustitia triplex legalis distributiva et commutativa Legalis enim dirigit partes ad totum distributiva vero totum ad partes commu-tativa demum partes inter se Sed hae duae vocantur iustitiae particulares illa generalisraquo467 Cfr Comm Card Caie en STh II-II q 61 a 1468 Comm Card Caie sectII en STh II-II q 61 a 3 laquoEst ergo iustitia commutativa una species specialis-sima Et similiter distributiva una alia species specialissima propter eandem rationem quia scilicet suam unicam adaequationes formam operatur diversam formaliter ab aequalitate commutativae ut patet ex su-pradictisraquo469 Cfr Comm Card Caie en STh II-II q 61 a 3 r d laquosi autem accipiamus ut materiam utriusque iustitiae actiones ipsas principales quibus utimur personis rebus et operibus sic invenitur utrobique alia materiaraquo470 Comm Card Caie sectI en STh II-II q 62 a 3 laquoIn articulo tertio eiusdem sexagesimaesecundae quaestionis dubium occurrit circa illam redditionem causae in corpore articuli cum dicitur Et ideo ante-quam sit condemnatus per iudicem non tenetur restituere Videtur enim quod ex hoc quod inflictio poenae pertinet ad iudicem non sequatur quod antequam sit condemnatus non teneaturraquo
CAPIacuteTULO IV - LA VIRTUD DE LA JUSTICIA TOMASIANA Y LA INTERPRETACIOacuteN DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
Para el Aquinate hay dos formas de justicia Una general o legal y otra particular Mientras que para el Cayetano la justicia tiene tres formas o partes Como hemos visto en su glosa a S Th II-II q 61 a 1 el Cardenal concibe una ldquotriparticioacutenrdquo o ldquotriespecificacioacutenrdquo de la virtud es decir que la misma presenta tres especies una justicia legal y dos justicias particulares A su vez las justi-cias particulares son especies especialiacutesimas llamada justicia distributiva una justicia conmutativa la otra La especie especialiacutesima de la justicia particular nombrada justicia conmutativa tiene dos partes que se diferencian seguacuten la in-tencionalidad o modo en que se deacute la conmutacioacuten seraacute una entonces ldquovolun-tariardquo e ldquoinvoluntariardquo la segunda Para el Cardenal Tomaacutes de Vio la justicia se constituye en geacutenero de acuerdo al modo en que se opera la adecuacioacuten de lo justo o el justo medio con el derecho a retribuir Una nota final es la referida al acto de la justicia conmutativa Para el Angeacutelico el acto de la restitucioacuten es un haacutebito personal que el sujeto debe buscar completar antes de ser compelido por juicio a restituir maacutes de lo que eventualmente sustrajese Para el Cayetano la misma restitucioacuten debe ser obrada tan soacutelo si existe sentencia firme de alguacuten juez En este uacuteltimo sentido quedoacute demostrado en nuestro anaacutelisis de S Th II-II q 62 a 3 que alliacute donde Santo Tomaacutes comprendiacutea que el acto de la restitucioacuten debiera efecto de la virtud personal del que sustrajo algo (y que soacutelo debe ser restituido en forma multiplicada en el caso de que un juez asiacute lo dictamine) el Cardenal indica que cualquier tipo de restitucioacuten debe hacerse exclusivamente cuando alguna sentencia asiacute lo mande y por ende obligue
Tenemos entonces hasta aquiacute que la forma de la virtud de la justicia del Aquinate es distinta a la del Cardenal Cayetano tanto en su nocioacuten cuanto en sus formas o partes Profundicemos los matices apreciados en el paacuterrafo anterior
En la interpretacioacuten del Cardenal Tomaacutes de Vio hemos visto dos aspectos bien diferenciados presentes en sus comentarios De un lado la forma seguacuten dijimos Del otro el concepto de justicia conmutativa en cuanto ldquoalgo que debe ser hecho seguacuten dictamen del juezrdquo471
El Cardenal interpreta todo el artiacuteculo siempre en este sentido y no repara en que Santo Tomaacutes dice que cuando alguien toma algo ajeno injustamente pero sin injusticia (como en un mutuo) debe reparar la inequidad que se ha seguido laquoad quod sufficit quod restituat tantum quantum habuit de alienoraquo
472
471 Comm Card Caie sectI en STh II-II q 62 a 3472 S Th II-II q 62 a 3 r d
227
Dicho artiacuteculo que se pregunta si alguien deba restituir soacutelo lo que ha to-mado injustamente el Angeacutelico lo resuelve indicando los dos modos en que esto pueda suceder laquoinaequalitas ex parte reiraquo e laquoiniustitiae culparaquo En el primer caso debe restituirse soacutelo lo que ha sido tomado en el segundo lo que dictamine el juez para solventar la pena Y concluye laquoEt ideo antequam sit condemnatus per iudicium non tenetur plus restituere quam accepit sed postquam condem-natus est tenetur poenam solvereraquo
473 en el caso de que la pena indique restituir
maacutes de lo que se ha tomado Hemos subrayado el plus para indicar el sentido que alguien antes de ser condenado no estaacute obligado a restituir maacutes de lo que tomoacute De donde se sigue pensamos que movidos por la virtud de la justicia la persona puede obrar precisamente en forma virtuosa y reparar la injusticia sin necesidad de la obligacioacuten que implica ndashe imponendash el juez y la ley
Obrada tal diferencia ahondemos todaviacutea en algunos conceptos subsidia-rios que serviraacuten para comprender mejor la distancia entre ambos frailes domi-nicos Sigamos a tal efecto el ejemplo del maestro Alfredo Casaubon que al escribir Justicia y Derecho se ve compelido a aclarar el sentido de los teacuterminos en relacioacuten a otros Asiacute tambieacuten nosotros lo haremos con ldquoanalogiacuteardquo ldquogeacutenerordquo ldquoespecierdquo ldquotodordquo ldquoparterdquo ldquopartes subjetivasrdquo ldquoequiacutevocordquo ldquosubalternacioacutenrdquo en obvia correspondencia con las definiciones de justicia colocadas
En efecto Casaubon tras aclarar que laquollamamos teacuterminos ldquouniacutevocosrdquo aque-llos en que el sonido es el mismo uno mismo tambieacuten el concepto o definicioacuten expresado por ese sonido y muchos los entes a los que se aplicaraquo
474 mientras
que en el extremo opuesto encontramos los teacuterminos equiacutevocos laquoen los que el sonido es uno pero los conceptos significados son varios y sin orden ni relacioacuten entre siacuteraquo
475 Los teacuterminos anaacutelogos por su parte se ubican en medio de ambos
laquoen los que el sonido es uno las significaciones o conceptos varios pero relacio-nados y eventualmente jerarquizados entre siacuteraquo
476
Esta distincioacuten entre teacuterminos anaacutelogos equiacutevocos y uniacutevocos sirve a efec-tos de poner de relieve una de las primeras notas que destacamos sobre la defini-cioacuten de las partes de la justicia tomista Puesto que si la justicia legal es aquella
473 Ibidem474 A CASAUBON laquoJusticia y Derechoraquo en El derecho natural en la realidad social y juriacutedica S R CASTANtildeO ndash E SOTO KLOSS (eds) ed Universidad de Santo Tomaacutes Santiago de Chile Chile 2005 p 103475 Ibidem p 103476 Ibidem p 103
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parte anaacuteloga de la justicia cuando esta virtud se dice en relacioacuten al bien comuacuten mirado como fin propio de las acciones humanas y del resto de las virtudes mo-rales (mediatamente) y la justicia particular es por ende el analogado seguacuten el cual entendemos a la virtud cuando mira las adecuaciones de las partes entre siacute o del todo a las partes estaremos en condiciones de concluir que entre uno y otro concepto hay una relacioacuten de analogiacutea de proporcionalidad Y debido a la primaciacutea del bien comuacuten sobre el resto de los bienes (por caso particulares) la forma de la justicia particular concurriendo sus partes subjetivas se ordena a la justicia general como el bien particular al bien comuacuten Es decir hay una jerarquiacutea entre estos conceptos o formas o partes anaacutelogas Aquiacute no vinculamos la analogiacutea de proporcionalidad con la de atribucioacuten intriacutenseca que es la que permite expresar la jerarquiacutea y que desarrollaremos con mayor exhaustividad en los capiacutetulos IV y especialmente en V4 y VI
Cuando el Cayetano dice que laquoiuxta triplicem ordinem inventum in aliquo toto triplex species iustitiae invenitur Invenitur siquidem ordo partium inter se et ordo totius ad partes et ordo partium ad totum Et similiter iustitia triplex legalis distributiva et commutativaraquo477
estaacute igualando las partes subjetivas de la justicia particular a la justicia general Puesto que al ponerlas en el mismo orden suprime el sentido anaacutelogo con el cual el Aquinate las ha definido Esto quiere decir que ademaacutes de obrada la triparticioacuten de la justicia hay una deformacioacuten de la justicia Una de-generacioacuten de esta Para Santo Tomaacutes repetimos las formas de la justicia son dos para el Cardenal tres Antes de detenernos en los teacuterminos ldquoespecierdquo y ldquogeacutenerordquo ldquoparterdquo y ldquotodordquo traiacutedos en esta misma cita reflexionemos un poco sobre el concepto ldquoformardquo
Sirvaacutemonos pues del Leacutexico teacutecnico de Filosofiacutea Medieval de la prestigiosa investigadora Silvia Magnavacca
En la voz ldquoformardquo tras explicar que el teacutermino debe rastrear sus oriacutegenes en el sentido platoacutenico del eiacutedos y que los escolaacutesticos lo asumieron conjuntamente con el de la ratio agustiniana tal debemos entenderlo diversamente seguacuten el as-pecto que contemplemos como forma substantialis forma accidentalis forma corporeitatis forma metaphysica entre las maacutes destacadas y concluye laquoAsiacute
477 Cfr Comm Card Caie en S Th II-II q 61 laquoIn articulo primo quaestionis sexagesimaeprimae nota quod iuxta triplicem ordinem inventum in aliquo toto triplex species iustitiae invenitur Invenitur siquidem ordo partium inter se et ordo totius ad partes et ordo partium ad totum Et similiter iustitia triplex legalis distributiva et commutativa Legalis enim dirigit partes ad totum distributiva vero totum ad partes commu-tativa demum partes inter se Sed hae duae vocantur iustitiae particulares illa generalisraquo
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pues el teacutermino que nos ocupa recogioacute en la Edad Media las tres acepciones aristoteacutelicas la de principio del ser de algo (morfeacute) la de principio de inteli-gibilidad (eiacutedos) y la de principio del movimiento (physis)raquo
478 Claramente en
nuestro anaacutelisis descartamos la primera y tercera acepcioacuten Puesto que cuando hablamos de las ldquoformas de la justiciardquo nos referimos al principio de inteligibili-dad que nos permite conocer su determinacioacuten y aquellas razones por las cuales opera en una u otra forma
479 Anotemos que la forma asiacute comprendida es enten-
dida tambieacuten como modelo (ratio) de la misma virtud Ratio en pos de la cual la verdadera inteleccioacuten de la justicia exige para siacute una determinada asimilacioacuten del sujeto que la conoce
480 De donde se sigue que la expresioacuten que tengamos del
objeto que conocemos y el modo de conocerlo ndashexpresado en palabrasndash ponen de manifiesto la adecuacioacuten o inadecuacioacuten del intelecto y la cosa En rigor de verdad el Cayetano no estariacutea distanciaacutendose de Santo Tomaacutes (que seriacutea lo de menos) sino de la cosa misma
Por lo tanto decir que la justicia tiene una cantidad de formas ndashdos y no tres (Sto Tomaacutes) o al reveacutes (Cayetano)ndash manifiesta el modo en que concebimos sus operaciones dos o tres La triparticioacuten cayetana de la justicia pone tres opera-ciones para la misma virtud distanciaacutendose asiacute de la biparticioacuten obrada por el Aquinatense En este sentido el Cardenal estaacute diferenciando tres especies de justicia cuya implicancia es la de reconocer tres diferencias especiacuteficas Seguacuten aquello que pertenece a la tradicional doctrina loacutegica y que sentildeala S Magnavac-ca laquoDesde el punto de vista estrictamente loacutegico Aristoacuteteles presenta la species como resultante del geacutenero y la diferencia especiacuteficaraquo
481
Tambieacuten el Cayetano nos habla de ldquoespecies especialiacutesimasrdquo que son las justicias particulares la distributiva y la conmutativa Precisemos y echemos luz sobre estos conceptos aristoteacutelicos los intermediarios y el sentido en que fueron recibidos en la Edad Media
laquoLas liacuteneas generales de esta doctrina pasan a la Edad Me-dia especialmente a traveacutes de Profirio quien define en general la s en cuanto tal o s specialis (veacutease) como lo que estaacute ordenado o
478 S MAGNAVACCA laquoFormaraquo en Leacutexico teacutecnico de Filosofiacutea Medieval pp 298-299479 Cfr laquoFormaraquo en Ibidem p 299480 Cfr laquoSpeciesraquo en Ibidem p 649 sect2481 Ibidem pp 648-650
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situado inmediatamente bajo el geacutenero En cambio la species spe-cialissima es el atributo esencial que se predica de una multiplicidad de teacuterminos y que precede inmediatamente al individuo por ejem-plo la especie ldquohombrerdquo (cf Isag IV 10 y ss) La primera defini-cioacuten porfiriana indicada se aplicaba pues a cualquier especie en la medida en que eacutesta resulta del elemento indeterminado ndashque es el geacutenerondash y el determinante ndashque es la diferencia especiacuteficandash Sin embargo y seguacuten tal definicioacuten una s puede constituir un geacutenero bajo ulteriores diferencias como se puede ver en el ceacutelebre aacuterbol De esto se deduce que toda s cualquiera sea el lugar que en dicho esquema ocupe es un teacutermino universal Y aquiacute se vuelve al aspecto ontoloacutegico del concepto de especie puesto que precisamente de la cuestioacuten planteada por Porfirio acerca del valor loacutegico y ontoloacutegico de las especies deriva la famosa querella medieval de los universa-les (veacutease universale) Tal como fue elaborada por el pensamiento antiguo y medieval la s presenta pues una nota fundamental la de ser el concepto universal que traduce la esencia de un conjunto de entes individuales y el modo de ser propio de dicho conjunto Por consiguiente designa tambieacuten a la misma comunidad que participa de esa esencia de ahiacute el pasaje que se produce en la Modernidad del significado loacutegico-ontoloacutegico al bioloacutegicoraquo 482
Cuando el Gaetano nos dice que son especies especialiacutesimas confirma una vez maacutes la concepcioacuten que tiene de la justicia su estructura y la relacioacuten de sus partes el geacutenero es uno las especies son tres las especies especialiacutesimas son tambieacuten tres Es faacutecil concluir que entonces la justicia legal es una especie especialiacutesima maacutes Pues esta inferencia se ajusta en todo al razonamiento del Cardenal Puede ser como ha sentildealado L Elders que la caacutetedra que los Esco-tistas teniacutean en Padova laquodeterminoacute que Cayetano discutiera sin fin con ellos y que entrara en el juego de innumerables distincionesraquo
483 Distinciones que indu-
dablemente han marcado sus escritos como concluye el autor484
y tambieacuten su modo de comprender las cosas
482 Ibidem pp 648483 L ELDERS laquoCayetano comentadorraquo p 1484 Cfr Ibidem p 1
231
Respecto del ldquotodordquo485
y la ldquoparterdquo486
el Priacutencipe de los Comentadores se-ntildeala que seguacuten el triple orden que encontramos en alguacuten todo asiacute vemos tres partes de la justicia en el ldquotodo justiciardquo y que por ello la justicia es un ldquotodo triplerdquo o lo que es lo mismo un todo compuesto de tres partes llamadas cada una de ellas parte (justicia) legal parte (justicia) distributiva y parte (justicia) conmutativa
487
Retomemos otra nota de este ldquotodordquo que nos trae Magnavacca y que resulta de especial intereacutes es el modo en que fue entendido por los autores medieva-les no como algo que sea sencillamente reductible a partes laquosino en su propia ratioraquo
488 Que en el plano loacutegico (analogado con el metafiacutesico) tal ratio im-
plica una serie de apreciaciones de las que destacamos algunas Por un lado el totum universale laquouna estructura esencial especiacutefica o geneacuterica expresada en un concepto universalraquo (i e geacuteneros y especies) Por otro el totum integrale laquoaquel cuyas partes son cuantificables y que no se debe confundir con el [] t in quantitate que es lo tomado universalmente como ldquotodo hombrerdquo o ldquoninguacuten hombrerdquoraquo
489
Cuando hablamos de la virtud de la justicia como un todo nos referimos entonces a ldquouna estructura determinada de geacuteneros y especies cuyas partes son cuantificablesrdquo Y cuando leemos la expresioacuten cayatena laquoquod iuxta triplicem ordinem inventum in aliquo toto triplex species iustitiae inveniturraquo
490 nos pa-
rece ver una predeterminacioacuten de las partes que deban ser encontradas en alguacuten
485 Vid S MAGNAVACCA laquoTotumraquo en Leacutexico teacutecnico pp 694 y ss laquoEn cuanto teacutermino teacutecnico como caracterizacioacuten general se puede decir que esta voz denota cualquier conjunto de partes indepen-dientemente del orden o disposicioacuten de estas En este sentido presenta un matiz de diferencia respecto de la totalitas (veacutease) En la Edad Media el concepto de t fue elaborado a partir de las consideraciones que hace Aristoacuteteles en su Met V 26 1023 b 25 y se entendioacute en correlacioacuten con el de pars (veacutease) un todo es fundamentalmente ldquoquod constat partibusrdquo seguacuten sentildeala Tomaacutes de Aquino en S Th I q 10 a 1 ad 3raquo486 Vid laquoParsraquo en Ibidem pp 502 El concepto de parte es correlativo al de totum (veacutease) al cual se opone en cuanto que el todo se caracteriza precisamente como una unidad divisible en partes Ambos teacuterminos pre-suponen la nocioacuten de unidad mientras que la relacioacuten que se establece entre ellos estaacute dada por el concepto de divisioacuten o descomposicioacuten se da una p si hay divisioacuten de una unidad primitiva487 Cfr Comm Card Caie en S Th II-II q 61 laquoIn articulo primo quaestionis sexagesimaeprimae nota quod iuxta triplicem ordinem inventum in aliquo toto triplex species iustitiae invenitur Invenitur siquidem ordo partium inter se et ordo totius ad partes et ordo partium ad totum Et similiter iustitia triplex legalis distributiva et commutativa Legalis enim dirigit partes ad totum distributiva vero totum ad partes commu-tativa demum partes inter se Sed hae duae vocantur iustitiae particulares illa generalisraquo488 S MAGNAVACCA laquoTotumraquo en Leacutexico teacutecnico pp 694489 Ibidem pp 694-695490 Comm Card Caie en S Th II-II q 61 a 1
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todo tres Como si el ldquotodo justiciardquo perteneciese al totum integrale que debe ser siempre reductible a una triple ordenacioacuten o tri-especificacioacuten o tri-particioacuten Pero no hay razoacuten para pensar que a priori todo totum deba constar de tres partes A no ser claro estaacute que se haya optado tal preferencia como un modo de proceder que metodoloacutegicamente aporte mayor orden o adecuacioacuten a la ldquoper-feccioacutenrdquo Tal eleccioacuten es seguacuten nuestro parecer y a toda vista inconducente
Ahora bien iquestqueacute incidencias pudo haber tenido o de hecho tener todo esto en los campos de la eacutetica en la poliacutetica y en el derecho Es decir iquestmodifica en algo la conducta el tener dos o tres partes siempre y cuando la parte general de la virtud (la justicia legal) continuacutee operando iquestEs sencillamente un dato anec-doacutetico iquestUna mera curiosidad iquestUn prurito acadeacutemico Sigamos reflexionando todaviacutea a partir de esta definicioacuten o mejor a partir de estas definiciones bien contrapuestas en sus diferenciaciones y los alcances praacutecticos que de aquiacute se podriacutean desprender
Por el lado de la eacutetica de su sistema eacutetico ndasho mejor partiendo desde su punto de vista moralndash las virtudes no son ya entendidas en el sentido de haacutebito personal Sino por el contrario vienen ahora a ser ldquoactos tipificados y normati-vizadosrdquo que deben ser cumplidos bajo el pretexto del deber
Se supondraacute aquiacute que con el soacutelo hecho de ldquocumplir objetivamenterdquo con los ldquoactos prescriptosrdquo por tal o cual virtud el hombre alcanzariacutea asiacute la felicidad Que es el objetivo de toda vida forjada en las virtudes y de las leyes tambieacuten
Se correriacutea el riesgo ademaacutes que desapareciese todo el argumento sobre la racionabilidad y la ldquoautonomiacuteardquo moral Puesto que si en cada caso disponemos de un moralista perito en casuiacutestica que nos brinde o nos diga a cada momento queacute es lo que debemos hacer y coacutemo se espera que lo hagamos iquestDoacutende queda pues el comportamiento voluntario491
iquestQueacute hacer con las pasiones y los senti-mientos con toda la vida afectiva
Una eacutetica que esteacute alliacute solamente para legislar las acciones justas castigan-do a quienes no cumplen con las normas externamente dadas tiene ndasha nuestro entenderndash muy poco que ver con la perspectiva eacutetica tomista que concebimos como una doctrina de la virtud en cuanto acto humano libre y voluntario que se ordena a un fin en tanto que lo reconoce como bueno y lo conduce a la felicidad
491 Cfr A VENDEMIATI In prima persona p 67
233
Y para apreciar algo como bueno es necesaria no soacutelo la experiencia moral maacutes tambieacuten y por sobre todo la razoacuten que se pone a reflexionar sobre tal y asiacute educir principios ciertos universales y vaacutelidos que guiacuteen nuestra vida hacia la felicidad
La eacutetica presente en los comentarios del Cardenal quien prescribe e indica a cada paso y a cada momento queacute es lo que debe hacerse deja ya de ser la propia virtud tomasiana de la justicia A este respecto nos dice M Rhonheimer que
laquoLa virtugrave della giustizia egrave il perfezionamento della volontagrave ri-guardo allrsquoaspirazione al ldquobene per lrsquoaltrordquo Essa egrave la volontagrave ferma e costante di dare a ldquociascuno il suordquo di dargli ciograve che gli spetta e precisamente [] nei vari ambiti dei rapporti interumani che con-tituiscono le varie parti della giustizia come virtugrave speciali giustizia dello scambio della distribuzione e della legalitagraveraquo
492
Esto no es la virtud de la justicia para Cayetano
De un lado la virtud desde el punto de vista cayetano es algo que deber ser realizado en cuanto deber y para evitar por ejemplo una pena o un castigo Recordemos que siempre estaacute indicando con sus comentarios queacute hacer para evitar tal o cual pecado Ademaacutes de que siempre manifiesta que pecariacutea mortal o venialmente quien obre de esta u otra forma
Del otro la virtud de la justicia ya no seriacutea aquella que mira ldquoal bien del otrordquo como afirmamos con Rhonheimer siguiendo ambos a Santo Tomaacutes de Aquino Nunca nada maacutes lejos de esto en la interpretacioacuten del Cardenal de Gae-ta para quien la virtud de la justicia seriacutea entonces aquel conjunto de actos prescripciones e indicaciones que el sujeto debe seguir no en vistas del bien del otro iexclSino preocupaacutendose por el suyo propio
iquestY queacute tipo de justicia es aquella que busca el bien propio en primera me-dida para que los demaacutes sujetos ndashque tambieacuten buscan obrar la misma virtudndash no me dantildeen a miacute mismo en mis propios bienes Pues esta justicia tal vez tenga maacutes que ver con ciertas notas del paradigma eacutetico del liberalismo individual En este sentido A Vendemiati glosa a G Abbagrave tras haber puesto a Hobbes como maacuteximo representante moderno de la eacutetica en tercera persona laquoLa tipica appli-
492 M RHONHEIMER La prospettiva della morale p 207
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cazione di questo paradigma si riscontra nellrsquoimpostazione dellrsquoindividualismo liberale in cui lrsquounico dovere consiste nel rispetare lrsquoautonomia degli altriraquo
493
Hemos insinuado anteriormente que el Cardenal es un moralista moderno por todo esto iquestSeraacute acaso el pionero o inaugurador de este dicho paradigma iquestPodemos sentildealarlo como el primero de los moralistas modernos como el filoacute-sofo eacutetico que fundoacute e influyoacute todos los discursos eacuteticos que le sucedieron En sede cientiacutefica pues seriacutea muy temerario afirmarlo Podemos decir que debido a su importancia el Cayetano ha tenido influencia en la reflexioacuten sobre la filoso-fiacutea poliacutetica y la eacutetica moderna
Para el Cayetano la virtud de la justicia es una con tres especies subjetivas una general y dos particulares las cuales son especies especialiacutesimas El pro-blema de esta forma de la virtud en el Cardenal es que se ha perdido la justicia general porque ya no es maacutes ldquogeneralrdquo No dirige ni anima al resto de las virtu-des morales hacia el fin que les es propio ni mucho menos hacia el bien comuacuten
Cabe la pregunta iquestQueacute haraacuten pues las demaacutes virtudes sin un principio que las guiacutee Lo mismo que una nave sin gobierno en medio de una feroz tempes-tad entregarse a la deriva y al vaiveacuten de los vientos circunstanciales
El Cayetano ha ldquointroyectadordquo la forma de la justicia general conjuntamen-te a las ldquodos particularesrdquo en una nueva forma Hay una ldquodeformacioacutenrdquo de una o mejor de las dos formas de la justicia puesto que equipara las partes subjetivas de la justicia particular con la forma de la general De un lado podriacuteamos decir que ldquode-generardquo la justicia general del otro que diversifica en dos geacuteneros aque-llas partes subjetivas
Hemos adelantado un alcance praacutectico de esto no hay virtud general que ldquoanimerdquo que de unioacuten y cohesioacuten a todo el resto de las virtudes morales No es ya aquel ldquolucerordquo que con su brillo dirige las restantes virtudes morales No seraacute tampoco aquella virtud que halle complementariedad en la caridad otra de las virtudes generales Puesto que al ser una maacutes de entre el resto de las virtudes morales no podraacute guiarlas al bien comuacuten que se ordena al bien comuacuten sobrena-tural Ademaacutes faltaraacute cohesioacuten interna a la Suma del Aquinate que fue escrita para la instruccioacuten y la salvacioacuten de las almas de sus alumnos
Asiacute comenzaraacute a deshacerse paulatinamente todo el armoacutenico edificio en torno a las iacutentimas relaciones entre las virtudes morales y teologales Resumida-
493 A VENDEMIATI In prima persona pp 66-67
235
mente y por lo tanto lo que ha obrado aquiacute el Cardenal Tomaacutes de Vio con esta deformacioacuten (peacuterdida de las formas) de la justicia es una especie de ldquocisurardquo que vaciaraacute todo el cuerpo doctrinal moral del Aquinate a partir del desangrado del lucero de todas las virtudes le ha quitado el alma a la eacutetica filosoacutefica tomista
Y esto porque ahora ya no hay un sentido de analogiacutea entre las formas de las virtudes ndashque si bien ldquoel sonido es uno sus partes pueden ser jerarquizadasrdquo
494ndash
sino que dicha triparticioacuten expresa cierta equivocidad laquoen los que el sonido es uno pero los conceptos significados son varios y sin orden ni relacioacuten entre siacuteraquo
495
Asiacute todas las virtudes morales quedaron liberadas a la propia suerte en una especie de ipsismo teleoloacutegico e inmanente Todas miraraacuten a su bien propio bien y lo conseguiraacuten siacute Pero iquesty luego queacute iquestA doacutende dirigirse iquestHacia doacutende mi-rar iquestQueacute ldquofin uacuteltimordquo ndashverdaderamente uacuteltimondash perseguir No habraacute respues-tas Al menos no aquellas que se puedan educir natural y filosoacuteficamente del espiacuteritu del realismo tomista Estamos en consecuencia frente a un pleno mo-ralismo que conduciraacute a un formalismo y a un voluntarismo Pues al desequi-librar la inteleccioacuten sobre lo moral se corromperaacute consecuentemente la moral misma y por ello seraacute necesario indicar a cada paso queacute hacer y coacutemo hacerlo
iquestY queacute decir respecto del derecho Las palabras de A Vendemieti son per-fectamente aplicables en este sentido al Cardenal Cayetano
laquoQuando le etiche della terza persona vogliono garantire al soggetto la possibilitagrave di realizzare i propri desideri senza danneg-giare gli altri esse ndashdi fattondash riconoscono lrsquoimportanza delle perso-ne della loro libertagrave e dei loro desideri Ma paradossalmente non si occupano del senso della vita delle persone linertagrave e desideri sono lasciate senza meta in balia della ldquovolontagrave di volontagraverdquo o dei capricci del momento Lrsquoetica della terza persona intende limitarse a fornire un quadro di regole utilitarie di giustizia che sono presen-tate come ldquodoverirdquoraquo
496
494 Cfr A CASAUBON laquoJusticia y Derechoraquo p 103495 Ibidem p 103496 A VENDEMIATI In prima persona p 67
CAPIacuteTULO IV - LA VIRTUD DE LA JUSTICIA TOMASIANA Y LA INTERPRETACIOacuteN DEL CAYETANO
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LA INTERPRETACIOacuteN DE LA NOCIOacuteN TOMASIANA DE JUSTICIA POR PARTE DE CAYETANO EN S TH II-II QQ 57-62
iquestCoacutemo se sale de esta situacioacuten eacutetica poliacutetica y del derecho Seguimos aho-ra tambieacuten la reflexioacuten de Vendemiati se sale pues virando la perspectiva moral Debemos obrar un cambio del punto de vista eacutetico
Hemos llegado hasta aquiacute matizando las diferencias entre las nociones de justicia de Santo Tomaacutes de Aquino y el Cardenal Tomaacutes de Vio Retomando estas reflexiones transitemos a la tercera parte de nuestro trabajo para responder la pregunta que acabamos de plantear y demostrar que el Cayetano adopta prin-cipios propios de un moralista moderno apartaacutendose del Aquinatense y de los principios de la moral que caracterizaron la Escolaacutestica Medieval
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TERCERA PARTEANALOGIacuteA Y ALCANCE TEOacuteRICO-PRAacuteCTICO
DE LA DEFINICIOacuteN DE JUSTICIA
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En los dos capiacutetulos de la seccioacuten anterior ndashParte IIndash tras el anaacutelisis puntual de cada uno de los artiacuteculos de S Th qq 57-62 y de los respectivos comen-tarios del Cardenal ensayamos primero una reconstruccioacuten de la nocioacuten de justicia de ambos dominicos para luego contraponerlas
Ahora en esta Parte III profundizaremos todaviacutea un poco maacutes nuestro anaacute-lisis El problema que queremos tratar aquiacute es el del tipo de analogiacutea que corres-ponde a la definicioacuten de virtud particularmente ahondaremos en el tema de la analogiacutea de la nocioacuten de justicia en tanto virtud general y particular
A tales efectos comenzaremos por considerar queacute es la analogiacutea queacute tipos hay cuaacutel es su fundamento de doacutende proviene y cuaacutel es la que ndasha nuestro juiciondash mejor se ajusta a la nocioacuten de virtud (y de virtud tomasiana) En este sentido es importante reparar en que Cayetano desestimoacute la analogiacutea de atribucioacuten intriacuten-seca (rescatada luego por Suaacuterez) e insistioacute en la analogiacutea de la proporcionalidad propia Pero no nos adelantemos
Ha llegado entonces el momento de plantear en profundidad el problema del tipo de analogiacutea que corresponde a la nocioacuten de virtud especialmente en la definicioacuten de justicia y lo haremos respondiendo a la siguiente pregunta iquestQueacute tipo de analogiacutea es la que realiza la nocioacuten de virtud y la definicioacuten de justicia
Luego retomaremos las dos nociones que hemos reconstruido en la Segunda Parte (a saber la nocioacuten de virtud y de justicia brindadas por Tomaacutes de Aquino de una parte y Tomaacutes de Vio de otra) cotejando ambas con el fin de mostrar finalmente que las diferencias expresadas en las definiciones responden a diver-sos modos de inteleccioacuten de esta Las cuales tendraacuten alcances praacutecticos
Analizaremos nuestro tema desde dos oacuterdenes Desde el orden Loacutegico y mostraremos las diferencias existentes (capiacutetulo 5) Desde el orden Moral y descenderemos hasta las implicancias praacutecticas (capiacutetulo 6)
Es decir desde el punto de vista Loacutegico abarcaremos el modo en que cada uno de los autores seguacuten el modo en que definioacute la virtud de la justicia Mostran-do que no soacutelo hay definiciones diversas sino formas distintas de comprender lo mismo para definirlo en modo diferente
Desde el punto de vista Moral nos adentraremos en las consecuencias que ambas definiciones contrapuestas implican para el ordenamiento de las per-sonas y de la vida poliacutetica esto es de la vida de las personas en el fuero de su conciencia y en el ordenamiento puacuteblico el de la comunidad poliacutetica
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CAPIacuteTULO V LA ANALOGIacuteA DE LA NOCIOacuteN JUSTICIA
V1 LA ABSTRACCIOacuteN Y LA ANALOGIacuteA Y SUS TIPOS
Habiacuteamos dejado planteado que interesaba el tema de la analogiacutea y la ra-zoacuten es que en ella encontramos una forma para expresar un concepto esto es un modo de predicacioacuten de decir algo que es Respecto de la analogiacutea existen asimismo un sinnuacutemero de confusiones y otros tantos debates que trataremos a medida que nuestra argumentacioacuten lo exija
En primer lugar sentildealemos que en lo que a nosotros respecta someteremos a consideracioacuten el modo en que definen y predican la justicia tanto el Angeacutelico cuanto el Cayetano
En este sentido y en segundo lugar tambieacuten asumimos que laquolos categore-mas o predicables pertenecen por entero al campo de la loacutegicaraquo
497y procuraremos
evitar en nuestro recorrido el error de sostener laquoque los conceptos se predican designando ya el geacutenero la diferencia especiacutefica la especie la propiedad o el ac-cidente sin distinguir previamente que los conceptos se predican uniacutevocamente y analoacutegicamenteraquo
498 Y que
laquono hay predicacioacuten equiacutevoca de los conceptosraquo499
puesto laquoque lo que se predica equiacutevocamente es el teacutermino o signo Los conceptos designados por un teacutermino equiacutevoco son en siacute mismos uniacutevocos o anaacutelogosraquo
500
497 A CAacuteRDENAS Breve tratado sobre la analogiacutea Club de Lectores Buenos Aires 1970 p 58 Tam-bieacuten en este sentido la postura final de Santiago RAMIacuteREZ laquoA propoacutesito de la pertenencia cientiacutefica de la analogiacutea a la metafiacutesica o a la loacutegica el Editor P Victorino Rodriacuteguez nos trasmite la uacuteltima decisioacuten del Padre Ramiacuterez No obstante el largo alegato que escribe en el volumen primero (pp 18-42) en favor de la metafiacutesica como lugar propio para el estudio de la analogiacutea ya enfermo pidioacute al Padre Victorino que corrigiera esta afirmacioacuten Su uacuteltimo parecer era que perteneciacutea a la loacutegica el estudio de la analogiacutearaquo DEL CURA Alejandro ldquoSobre la analogiacutea Siacutentesis del pensamiento del padre Ramiacuterezrdquo en Estudios Filosoacuteficos nordm 22 vol 133 (1983) vid nota a pie de paacutegina en p 79498 Ibidem p 58499 Ibidem p 58500 Ibidem p 58
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Esta distincioacuten resultaraacute gravitante puesto que al situarnos frente a la de-finicioacuten de la nocioacuten de justicia admitiremos una de entre dos posibilidades o estamos frente a un concepto uniacutevoco o ante un concepto anaacutelogo
Asiacute pues repasemos un poco queacute es la analogiacutea y cuaacuteles son sus tipos cuaacutel es su fundamento y en queacute se diferencia del concepto uniacutevoco
La definicioacuten es la expresioacuten de la nocioacuten o del concepto de una cosa y hemos dicho tal concepto puede ser de dos tipos uniacutevoco o anaacutelogo La defini-cioacuten por su parte puede ser de dos clases nominal y real Pero esto no interesa por ahora Pongamos de relieve que nuestra principal preocupacioacuten es la de real-zar que tal definicioacuten responde a un concepto que predica el modo en que algo es conocido
Ya hemos advertido que aquiacute y para nosotros las ldquocosasrdquo no seraacuten realidades del mundo exterior sino conceptos argumentos y que ademaacutes los trataremos en lo sucesivo en tanto que son ndashentes de razoacutenndash desde una perspectiva loacutegica (en cuanto a la definicioacuten de virtud y de justicia) y ontoloacutegica y moral (en cuanto a la virtud y a la justicia misma) Puesto que laquoel conocimiento intelectual hu-mano no es posible sin que los contenidos de la sensibilidad donde comienza todo nuestro saber sean elevados o hechos inteligibles por la accioacuten del inte-lecto agenteraquo501
y que tal accioacuten laquoconsiste en una especie de iluminacioacuten de los datos sensibles y aun maacutes propiamente en un despojamiento de la materia y de las condiciones de la materiaraquo
502 la nocioacuten de justicia ndashy la de acto y virtud de
la cual se predicandash debe todaviacutea atravesar un largo camino antes de arribar a su conceptualizacioacuten ya anaacuteloga ya uniacutevoca
Nihil est in intellectu quod prius non fuerit in sensu viene a decir que el conocimiento comienza a traveacutes de los sentidos siendo uno de los principios gnoseoloacutegicos que funda el realismo que asumimos en los momentos liminares de este trabajo Comenzaraacute en los sentidos siacute pero nada maacutes ni nada menos que a fuerza de abstracciones llegaraacute a ser concepto
Claro estaacute que la nuestra no es una tesis sobre la analogiacutea pero no podemos dejarla de lado si pretendemos abarcar maacutes plenamente el sentido de las defi-niciones que hemos logrado educir Y este objetivo postula que realicemos el siguiente excursus
501 J GARCIacuteA LOacutePEZ ldquoLa abstraccioacuten seguacuten Santo Tomaacutesrdquo en Anuario Filosoacutefico 8 (1995) p 208502 Ibidem p 208
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La abstraccioacuten es el primer acto necesario de nuestra psiquis una vez reci-bidos los datos a traveacutes de los sentidos para conocer algo el color de una fruta sin que esto implique conocer su sabor Es la llamada abstraccioacuten sensitiva cuya referencia aquiacute sirve solamente como peldantildeo hacia la analogiacutea
Pero no es en la sensitiva donde el conocimiento intelectual se halle maacutes plenamente sino en la abstraccioacuten intelectual
laquoAhora bien en este plano intelectual hay que distinguir to-daviacutea a) la abstraccioacuten del entendimiento agente b) la abstraccioacuten del entendimiento posible que puede ser por simple aprehensioacuten (considerativa) o por el juicio negativo (judicativa o divisiva) y c) el fundamento de esta abstraccioacuten del entendimiento posible que daraacute lugar a la abstraccioacuten formal y a la total por una parte y a la abstraccioacuten real y a la loacutegica por otraraquo503
El intelecto agente seraacute el encargado de separar el nuacutecleo inteligible de los contenidos sensibles las species inteligibiles sobre los cuales el entendimien-to posible operaraacute su propia abstraccioacuten ndashabstraccioacuten formalmente dichandash que laquoconsiste en considerar determinado aspecto objetivo sin considerar alguacuten otro con el que se encuentre unido o incluso identificado en la realidad y tambieacuten en juzgar que un aspecto objetivo no es otro en realidad separaacutendolos o excluyeacuten-dolos entre siacute mediante un juicio negativoraquo
504
Esta abstraccioacuten formal se divide en dos La primera es aquella que no im-plica una separacioacuten ni siquiera una distincioacuten entre lo que ha sido abstraiacutedo y aquello de lo que se abstrae y se denomina abstraccioacuten por modo de simplici-dad o abstraccioacuten por simple aprehensioacuten La segunda recibe el nombre de abs-traccioacuten por modo de divisioacuten o por modo de juicio negativo laquosi ha de ajustarse a la realidad exige que lo que mediante ella se separa se encuentre asimismo separado fuera de la menteraquo
505
503 Ibidem p 208504 Ibidem p 211505 Ibidem p 211 Tambieacuten de aquiacute hemos tomado todas las distinciones de este paacuterrafo
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Pero si consideramos ahora la abstraccioacuten desde su fundamento es decir la abstraccioacuten fundamentalmente tomada nos encontraremos con que tal es doble laquoa) el que proporciona la composicioacuten de las realidades o de los objetos abstraiacute-bles y b) el que presta la distinguibilidad de las mismas realidades u objetosraquo
506
Y respecto del primer fundamento (la composicioacuten) la abstraccioacuten se divide en total y formal
laquoTotal la que se funda en la composicioacuten del todo con las partes y que consiste en separar el todo universal de sus partes sub-jetivas y formal la que se funda en la composicioacuten de la forma con la materia o del acto con la potencia y que consiste en separar lo formal o actual de lo material o potencialraquo507
Pero para comprender mejor todo esto conviene que traigamos a considera-cioacuten algunas notas respecto del ldquotodordquo y sus tipos asiacute como tambieacuten el tipo de partes que le corresponde a cada todo siendo que las partes son correlativas al todo debe haber tantas clases de partes como de todos Y esto porque la abstrac-cioacuten seraacute realizada de alguacuten todo del que hay tres tipos
1 Todo esencial o universal como el geacutenero respecto de sus especies
2 Todo cuantitativo o integral como el compuesto respecto de sus com-ponentes o la suma respecto de los sumandos
3 Todo virtual o potencial o potestativo o cualitativo como el poder completo y principal respecto de los poderes parciales y secundarios
Luego tiene que haber tres tipos de partes
506 Ibidem p 213507 Ibidem p 213
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1rsquo Partes esenciales como las especies contenidas debajo de un geacutenero que por eso mismo se llaman subjetivas seguacuten la etimologiacutea de la pala-bra -sub debajo -jetivas de iectatas arrojadas distribuidas colocadas debajo de un geacutenero como efectivamente son sus especies que abarcan cada cual una parte de su extensioacuten o universalidad
2rsquo Partes integrales (integrantes) como las porciones de un compuesto Por ejemplo los cimientos las paredes y la techumbre son partes inte-grales de una casa en cuanto que todas hacen falta para el ser completo de ellas
3rsquo Partes potenciales como las que participan algo del poder o virtud del todo para ciertos menesteres secundarios v gr los ayudantes y orde-nanzas de un jefe militar los oficiales y servidores de un obispo y en general las autoridades subalternas respecto de la principal e igualmen-te las funciones vegetativas y sensitivas respecto del alma racional
No terminamos el tema de la abstraccioacuten aquiacute sino que debemos remontar-nos todaviacutea maacutes si es que deseamos esclarecer la relacioacuten entre eacutesta y la analo-giacutea Y es que precisamente la abstraccioacuten continuaraacute ascendiendo por grados especificando y distinguiendo entre siacute los distintos tipos de conocimientos o ciencias seguacuten sean considerados sus objetos es decir los objetos de los cuales se abstrae o se conoce
De los tres grados de abstraccioacuten formal reparemos en el que nos implica directamente el tercero que procede laquopor una depuracioacuten completa del objeto de nuestro entendimiento respecto a toda corporeidad y de sus condicionesraquo508
obteniendo una serie de laquoconceptos o determinaciones inteligibles que prescin-den enteramente de toda materia (tanto de la singular como de la sensible y de la inteligible)raquo
509
Algunos ejemplos de este tipo de conceptos entre otros son el de substan-cia accidente causa efecto acto potencia y etc Anticipamos (pues lo tratare-
508 Ibidem p 217509 Vid J GARCIacuteA LOacutePEZ ldquosect6 Precisioacuten real y precisioacuten mentalrdquo en Ibidem pp 219-221
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mos con mayor extensioacuten en V3) que nos interesaraacute sobremanera el concepto de acto en tanto que la virtud viene definida por un lado como haacutebito operativo y por ende rastrearemos queacute tipo de concepto le conviene maacutes si el anaacutelogo o el uniacutevoco Y por otro la virtud se define precisamente por su acto
El segundo fundamento de la abstraccioacuten de los dos que sentildealamos es el de la distinguibilidad de los objetos abstraiacutebles y que dividen a la abstraccioacuten en real y loacutegica seguacuten su precisioacuten sea real o mental Describamos someramente ambas
La primera precisioacuten real es la que se da entre objetos que se distinguen realmente entre siacute estando ndasho pudiendo estarndash separados o uno no siendo el otro en la realidad
Se da la segunda la precisioacuten mental laquoque siempre es precisioacuten propia-mente dicha entre aquellos objetos que no se distinguen realmente o sea que no estaacuten separados en la realidad ni pueden estarlo porque no son realidades distintasraquo
510
Para conocer maacutes sobre los grados que a su vez estas dos precisiones ad-miten seguacuten los conceptos en que se den recomendamos la lectura del sect6 del trabajo de J Garciacutea Loacutepez que estamos siguiendo
511
Pues bien hemos partido de la experiencia de la cosa sensible y a razoacuten de anaacutelisis y distinciones vimos coacutemo el intelecto se remonta de aquellos primeros datos hasta las precisiones mentales a fuerza de abstracciones
Una vez abstraiacutedo algo de la cosa procederemos intelectualmente a su defi-nicioacuten Y es precisamente aquiacute donde se encuentran ldquoabstraccioacutenrdquo y ldquoanalogiacuteardquo puesto que la definicioacuten seraacute la predicacioacuten uniacutevoca o anaacuteloga de la cosa enten-didahellip Definicioacuten uniacutevoca o anaacuteloga del concepto
Hemos encontrado en el trabajo de A Caacuterdenas una oacuteptima explicacioacuten de esta distincioacuten entre concepto uniacutevoco y anaacutelogo Nos permitimos poner aquiacute la cita cuya utilidad es doblemente atinada en el presente curso de nuestra argu-mentacioacuten Por un lado porque trata ya un tema sobre el que nosotros volvere-mos (el de la analogiacutea de atribucioacuten) y por otro porque ndasha nuestro juiciondash ex-
510 Ibidem p 220511 Ibidem p 213
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presa manifiestamente las diferencias entre un modo de predicar (uniacutevocamente) y otro (anaacutelogamente) Leaacutemosla
laquoLa diferencia con el anaacutelogo estriba en que mientras que en el uniacutevoco captamos una ideacutentica parte esencial realizada de mane-ra absolutamente ideacutentica en los inferiores en el anaacutelogo conoce-mos en la esencia de uno la esencia del otro no en el nuacutecleo de su propia inteligibilidad sino en cuanto que es nuacutecleo de inteligibilidad se refleja en la naturaleza del primer analogadoraquo512
Consideremos ahora el lugar y las propiedades distintivas de la analogiacutea concepto medio entre los nombres equiacutevocos y los uniacutevocos Asiacute la define el catedraacutetico Jesuacutes Garciacutea Loacutepez
laquoEs la propiedad que tienen ciertas palabras y nociones de ser atribuidas o predicadas en diferentes sentidos pero que tienen algo de comuacuten entre siacute De esta suerte los sentidos de ellas ni son ente-ramente ideacutenticos (esto seriacutea univocidad) ni son tampoco completa-mente diversos (esto seriacutea referido en este caso soacutelo a las palabras equivocidad) sino que son sentidos semejantesraquo513
La predicabilidad por semejanza de las nociones de la que nos habla el autor se fundamenta en la trascendentalidad del ser que significa adecuadamente toda la realidad todo lo que es o existe en todos sus modos y en todas sus diferencias laquode manera que nada de lo que es o existe es ajeno al ser o estaacute fuera de eacutelraquo
514 Tal
modo de realizacioacuten del ser ndashque si bien implica cierta distincioacuten o desemejanza de los objetos diversos y asimismo se dice de todosndash postula un modo de predica-cioacuten Por consiguiente el modo de predicar sigue al modo de ser
Por ello mismo el ser es predicable seguacuten alguna semejanza o desemejanza que se mueve entre la equivocidad y la univocidad no implicando ni total igual-
512 A CAacuteRDENAS Breve tratado sobre la analogiacutea pp 78513 J GARCIacuteA LOacutePEZ Tomaacutes de Aquino maestro del orden Cincel-Kapeluz Bogotaacute Colombia 1989 p 214514 A DEL CURA ldquoSobre la analogiacutea Siacutentesis del pensamiento del padre Santiago Ramiacuterezrdquo en Estudios filosoacuteficos nordm 22 vol 133 (1983) p 79
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dad ni total desigualdad Dicha predicacioacuten hemos dicho seraacute expresada en una definicioacuten anaacuteloga o nombre anaacutelogo que laquose dice de varias cosas al menos de dos ya que la comparacioacuten y proporcioacuten no puede jamaacutes ser de una cosa consigo misma Es por lo mismo universal respecto de esas cosas de las que se dice las cuales se llaman analogadosraquo
515
Ahora bien sabemos que en la definicioacuten se pone el geacutenero proacuteximo que manifiesta lo comuacuten y la diferencia especiacutefica que pone lo propio de algo Pero esto es respecto de los nombres uniacutevocos y no de la analogiacutea en la que no cabe ni geacutenero ni diferencia sino que es preferible hablar de ldquoquasi geacutenerosrdquo y ldquoquasi diferenciasrdquo
516
laquoLo comuacuten de la analogiacutea con los otros conceptos universales es tener como ellos un mismo nombre para significar a todos sus in-feriores Pero lo propio de la analogiacutea es el que la ldquorazoacutenrdquo significa-da por ese nombre comuacuten su contenido objetivo exprese al mismo tiempo diversidad y semejanza en esa misma razoacutenraquo517
Y puesto que laquoel fundamento de la analogiacutea es la semejanza objetiva de las cosas diversasraquo
518 la uacutenica unidad loacutegica que es dable encontrar por encima
del geacutenero es la analogiacutea519
De aquiacute en maacutes esta afirmacioacuten vigorizaraacute nuestros posteriores razonamientos sobre todo al momento de confrontar la definicioacuten de la nocioacuten justicia de Tomaacutes de Aquino con la de Tomaacutes de Vio sobre la que nos preguntaremos un poco maacutes adelante iquestes la suya una nocioacuten anaacuteloga o uniacutevoca Si es uniacutevoca iquestsus partes son meras especies antes que analogados O si anaacutelo-ga iquestde queacute tipo
En orden a responder todo esto para cerrar este apartado y para situar maacutes cabalmente los que siguen retomemos y explayemos lo que hemos dicho sobre los posibles tipos analogiacutea
Establecimos siguiendo a Jesuacutes Garciacutea Loacutepez que la analogiacutea podiacutea ser de dos clases de atribucioacuten y de proporcionalidad Alejandro del Cura subsume
515 Ibidem p 88516 Cfr Ibidem p 91517 Ibidem p 91 518 Ibidem p 93519 J GARCIacuteA LOacutePEZ ldquoLa analogiacutea del ente en Aristoacutetelesrdquo en Anales de Filosofiacutea 2 (1984) p 69
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estas dos en un esquema un tanto maacutes abarcador indicando que la divisioacuten de la analogiacutea debe ser efectuada (1) en sentido amplio (analogiacutea de desigualdad) y (2) en sentido riguroso y ofrece el esquema que ponemos a continuacioacuten en la Figura 3
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Figura 3
Como vemos la analogiacutea es de atribucioacuten (o proporcioacuten simple) y de pro-porcionalidad (o proporcioacuten compuesta) cuando es tomada en sentido riguroso Con esto queremos remarcar que esta no es la uacutenica divisioacuten posible y que cuan-do hagamos referencia a la analogiacutea ya de atribucioacuten ya de proporcionalidad debe ser leiacuteda en este marco referencial Por ello tambieacuten quisimos ofrecer aquiacute este esquema que serviraacute de mapa conceptual indicando las coordenadas de nuestra posicioacuten y los liacutemites en los que debe ser leiacutedo nuestro discurso
Asiacute pues completemos la caracterizacioacuten de la analogiacutea tomada en el senti-do riguroso
520 Tomamos la Figura 3 de A DEL CURA ldquoSobre la analogiacuteardquo p 97
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