Post on 04-Jul-2015
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOJAÁREA JURÍDICA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
CARRERA DE TRABAJO SOCIALMEDIACIÓN LABORAL
INTEGRANTES:
• Magali Chamba
• Pablo Castillo
• Víctor Cruz
• Johanna Luna
• Lorena Pardo
• Karina Pinta
MODULO: VI
PARALELO: “A”
LOJA
2014
Artículo 22 Derecho a la Seguridad Social
El artículo menciona, que como persona
de una misma sociedad tenemos
derechos, que se tienen que hacer valer
y cumplir. Al decir Seguridad Social se
entiende que el Estado está sujeto a
velar para que toda persona, natural
ciudadana, goce de buenos servicios de
Salud ya que es uno de los principales
elementos en la vida de una persona.
Artículo 23Derecho al Trabajo
Defiende el derecho a unas
condiciones de trabajo
equitativo y satisfactorio que
impliquen un salario justo,
con el trabajo realizado y así
mismo a defender sus
derechos sin discriminación
alguna y sin denigrar su
integridad humanidad.
Artículo 24Derecho al Descanso
Toda persona tiene
derecho al disfrute del
tiempo libre, y que
nadie puede vulnerar
este derecho.
Artículo 25Derecho a tener Vivienda y Alimento.
Vela por el derecho a un nivel de vida
adecuado que garantice su bienestar
integral al individuo como a su familia,
Salud, Educación, Vivienda y a los servicios
sociales necesarios.
Artículo 26Derecho a la Educación.
Se tiene derecho a la educación independientemente de
la preferencia institucional y esta en lo posible debe
ser gratuita, además la instrucción elemental es
obligatoria ya que es fundamental para el progreso de
un país y de la sociedad misma, permitiendo un
desarrollo intelectual y personal de la persona
Artículo 27Derechos de AutorSe tiene derecho a disfrutar y participar de la
cultura de las comunidades, artes y así mismo a
proteger sus creaciones literarias, científicas o
artísticas del autor
Los siguientes recogen las condiciones y límites
con que estos derechos deben ejercerse.
Artículo 28Derecho a un Mundo Libre y Justo
Se tiene derecho a que exista un
orden social e internacional en el
que los derechos y libertades
proclamados en esta Declaración
se hagan plenamente efectivos y
ejecutados.
Artículo 29Deberes Respeto a la Comunidad.
Se tiene deberes referentes a la comunidad, ya que sólo
en ella podemos desarrollar libre y plenamente su
personalidad además estará sujeta a las limitaciones
establecidas por la ley, con el único fin de asegurar el
reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades
de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la
moral, del orden público y del bienestar general en una
sociedad democrática. Y esto permitirá que no se
vulneren los derechos.
Artículo 30Nadie puede arrebatarte tus Derechos Humanos
Los derechos y libertades proclamados en la
Declaración Universal de Los Derechos
Humanos nos pertenecen y no se los puede
cambiar o vulnerar ni si quiera el estado.