Debate comparendo ambiental

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Comparendo Ambiental

29 de marzo de 2012

Comparendo Ambiental Es creado como un instrumento de

cultura ciudadana, sobre el manejo adecuado de residuos solidos y escombros para prevenir la afectación del medio ambiente y riesgos de salud publica.

¿Para donde va el dinero recaudado por el comparendo ambiental?

Los dineros recaudados por el comparendo serán usados en campañas de cultura ciudadana dirigidos a sensibilizar, educar a la comunidad sobre el adecuado manejo de los residuos sólidos. También podrán ser utilizados en programas de limpieza de vías, caminos, parques, quebradas y ríos.

SANCIONESEl Comparendo Ambiental es un instrumento de cultura ciudadana, que se enfoca en enseñar el adecuado manejo de residuos sólidos y escombros, para prevenir la afectación del medio ambiente y la salud pública

Citación a recibir educación ambiental durante 4 horas, por parte del DAGMA.

En caso de reincidir el infractor prestara un día de servicio social, realizando tareas relacionadas con el buen manejo de la disposición final de los residuos solidos.

SANCIONES LEVES Generadas por el manejo inadecuado de

residuos solidos ordinarios, que pueden corregirse de manera inmediata por el infractor.

SANCIONES GRAVES Están asociadas al manejo inadecuado

de residuos especiales, peligrosos o que representen riesgos al medio ambiente y la salud de las personas.

INFRACCIONES No usar los recipientes para depositar

los residuos solidos (basura) de acuerdo con los fines establecidos para cada uno de ellos.

sanción leve

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es Leve,

para persona natural y la sanción es de 0,5 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es moderada y la sanción es de 10 SMMLV.

Permitir la deposición de heces fecales de mascotas y demás animales en el prado.

sanción leve

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es Leve,

para persona natural y la sanción es de 0,5 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Leve y la sanción es de 5 SMMLV.

Arrojar residuos solidos o escombros en espacio público o sitios no autorizados.

Arrojar residuos sólidos o escombros en espacio público o en sitios abiertos al público como teatros, parques, colegios, etc.

Sanciones graves

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es

Grave, para persona natural y la sanción es de1,5 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Grave y la sanción es de 15 SMMLV.

Presentar para la recolección, los residuos sólidos en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio.

Sanción grave

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es

Grave, para persona natural y la sanción es de 1,5 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Grave y la sanción es de 15 SMMLV.

o Presentar para la recolección dentro de los residuos domésticos, animales muertos o sus partes, diferentes a los residuos de alimentos, en desconocimiento de las normas sobre recolección de animales muertos previstas en el Decreto 1713 de 2002.

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es

Grave, para persona natural y la sanción es de 1,5 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Grave y la sanción es de 15 SMMLV.

Almacenar residuos de obras de construcción o de demoliciones en vías o áreas públicas.

Realizar quema de residuos solidos o escombros sin control y autorización.

Sanciones graves

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es

Grave, para persona natural y la sanción es de 1,5 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Grave y la sanción es de 15 SMMLV.

Arrojar, escombros o residuos sólidos a humedales, bosques, entre otros ecosistemas y a fuentes de agua.

Sanción grave

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es

Gravísima, para persona natural y la sanción es de 2 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Grave y la sanción es de 20 SMMLV.

Disponer de desechos industriales sin las medidas de seguridad o en sitios no autorizados por la autoridad competente.

Sanción grave

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es

Gravísima, para persona natural y la sanción es de 2 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Gravísima y la sanción es de 20 SMMLV.

10.Instalar cajas de almacenamiento, cestas sin llenar los requisitos de establecidos en el decreto 1713 de 2002.

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es

Grave, para persona natural y la sanción es de 1,5 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Grave y la sanción es de 15 SMMLV.

Hacer limpieza de cualquier objeto en vías públicas causando acumulación o esparcimiento de residuos solidos en el espacio público.

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es

Moderada, para persona natural y la sanción es de 1 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Moderada y la sanción es de 10 SMMLV

Extraer parcial o totalmente, el contenido de las bolsas y recipientes para los residuos sólidos, una vez presentados para su recolección, infringiendo las disposiciones sobre recuperación y aprovechamiento previstas en el Decreto 1713 de 2002

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es Leve,

para persona natural y la sanción es de 0.5 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Grave y la sanción es de 5 SMMLV.

Dificultar la actividad de barrido y recolección de residuos sólidos o de escombros

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es

Grave, para persona natural y la sanción es de 1,5 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Grave y la sanción es de 15 SMMLV.

No administrar con orden, limpieza e higiene los sitios donde se clasifica, comercializa y reciclan residuos sólidos.

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es

Moderada, para persona natural y la sanción es de 1 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Moderada y la sanción es de 10 SMMLV.

Almacenar materiales y residuos solidos de obras de construcción o de demoliciones en vías y/o áreas publicas.

Gravedad y Sanción La gravedad de esta infracción es

Grave, para persona natural y la sanción es de 1 SMMLV. Para persona jurídica la gravedad es Grave y la sanción es de 10 SMMLV.

MULTA PERSONA NATURAL Hasta 1,5 SMLMV, por cada infracción,

la sanción es gradual y depende de la gravedad de la falta.

MULTA PERSONA JURIDÌCA Hasta de 20 SMLMV, por cada

infracción, el monto depende de la gravedad de la falta pero nunca podrá ser menor a 5 SMLMV. Si es reincidente, sellamiento de inmuebles.

Sera de obligatorio cumplimiento para todos los infractores la sanción de pedagógica de 4 horas de educación ambiental.

Las sanciones deberán cancelarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a su imposición para personas naturales y 30 días hábiles para las personas jurídicas.

Responsables de imponer el comparendo Ambiental

Los encargados de imponer el Comparendo Ambiental son: La policía Nacional. Los agentes de transito. Los inspectores de policía. Corregidores.

Comparendo único Nacional de transito

Los agentes de policía con funciones de transito estarán encargados de imponer el comparendo ambiental, por infracciones ambientales en vías o espacios públicos, generadas por conductores o pasajeros de vehículos automotores o de tracción animal.

Infracciones Arrojar residuos solidos al espacio

publico desde un vehículo automotor o de tracción animal o humana, estacionado o en movimiento.

Entregar o recibir los residuos solidos o escombros para la movilización en vehículos no aptos según la normatividad vigente.