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CONVENIO COLECTIVO

Acuerdo entre sindicatos y patronos de

una empresa para establecer salarios,

calendario de trabajo y otras

condiciones laborales.

MASAS Y PATATAS FRITAS

22 de octubre de 2013

JORNADA LABORAL

40 horas semanales tanto en jornada continua

como discontinua.

En domingos o festivos, la jornada terminará a las

doce horas.

HORAS EXTRA

Las horas extraordinarias serán abonadas,

incrementando el 100 por 100 sobre el valor de la

hora ordinaria.

Todas las horas en días festivos se abonarán como

horas extraordinarias y con el recargo legal del 100

por 100, siendo de libre aceptación por parte del

trabajador el trabajarlas.

DESCANSOS Y FESTIVOS

Se acuerda que el día de descanso semanal

compensatorio empezará a regir a partir de las doce

horas del domingo hasta las veinticuatro horas del

lunes, entendiéndose que el día de cierre será el

lunes para las actividades de dicho convenio.

VACACIONES

El personal podrá disfrutar de treinta días

naturales de vacaciones durante el año, y se

abonarán como si el trabajador estuviese en activo.

En caso de que existan comisiones se abonará

igualmente el promedio de los últimos tres meses.

AUSENCIAS Y PREAVISOS

A causa de baja por enfermedad tendrán derecho a

percibir el 100% de su salario real, siempre que

tuvieran una antigüedad mínima de un año.

Con antelación, las empresas comprendidas en el

convenio concederán permisos retribuidos con el

salario real, que percibirán por alguno de los

motivos siguientes:

Quince días naturales por matrimonio.

Cinco días naturales por el nacimiento de hijo o por el

fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización… etc.

El tiempo necesario para cumplimiento de deberes de carácter

sindical o público.

Un día en caso de boda de hijos, hermanos o nietos.

LO QUE DICE LA LEY

ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

HORAS EXTRA

Deben ser voluntarias salvo fuerza mayor o pacto.

No podrán exceder de 80 horas al año.

Serán abonadas o compensadas.

DESCANSOS Y FESTIVOS

Semanal: día y medio.

Jornada continua: 15 minutos en una jornada de

más de 16 horas.

Por convenio, los descansos se pueden pactar.

Los días festivos no excederán de 14 días al año.

VACACIONES

22 días naturales al año.

No son recuperables ni sustituibles.

El momento de disfrute se pactará con el

empresario.

UN TRABAJO DE:

Cristina Fernández Burgos