7/23/2019 Valorizaciones segun Reglamento
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Artculo 255.- Valorizaciones y metrados
Las valorizaciones tienen el carcter de pagos a cuenta y sern elaboradas el ltimo da de cada
perodo previsto en las Bases o en el contrato por el inspector o supervisor y el contratista.
!n el caso de las obras contratadas ba"o el sistema de precios unitarios las valorizaciones se
#ormularn en #unci$n de los metrados e"ecutados con los precios unitarios del valor re#erencial
a#ectado por el #actor de relaci$n agregando separadamente los montos proporcionales de
gastos generales y utilidad o#ertados por el %ontratista& a este monto se agregar de ser el caso
el porcenta"e correspondiente al 'mpuesto (eneral a las Ventas.
!n el caso de las obras contratadas ba"o el sistema a suma alzada durante la e"ecuci$n de la
obra las valorizaciones se #ormularn en #unci$n de los metrados e"ecutados con los precios
unitarios del Valor re#erencial agregando separadamente los montos proporcionales de gastosgenerales y utilidad del valor re#erencial. !l subtotal as obtenido se multiplicar por el #actor de
relaci$n calculado )asta la *uinta ci#ra decimal& a este monto se agregar de ser el caso el
porcenta"e correspondiente al 'mpuesto (eneral a las Ventas.
!n las obras contratadas ba"o el sistema a +recios ,nitarios se valorizar )asta el total de los
metrados realmente e"ecutados mientras *ue en el caso de las obras ba"o el sistema de uma
Alzada se valorizar )asta el total de los metrados del presupuesto de obra.
Los metrados de obra e"ecutados sern #ormulados y valorizados con"untamente por el
contratista y el inspector o supervisor y presentados a la !ntidad dentro de los plazos *ue
establezca el contrato. i el inspector o supervisor no se presenta para la valorizaci$n con"unta
con el contratista ste la e#ectuar.
!l inspector o supervisor deber revisar los metrados durante el perodo de aprobaci$n de la
valorizaci$n.
!l plazo m/imo de aprobaci$n por el inspector o el supervisor de las valorizaciones y suremisi$n a la !ntidad para perodos mensuales es de cinco 051 das contados a partir del primer
da )bil del mes siguiente al de la valorizaci$n respectiva y ser cancelada por la !ntidad en
#ec)a no posterior al ltimo da de tal mes. %uando las valorizaciones se re#ieran a perodos
distintos a los previstos en este prra#o las Bases o el contrato establecern el tratamiento
correspondiente de acuerdo con lo dispuesto en el presente Artculo.
A partir del vencimiento del plazo establecido para el pago de estas valorizaciones por razones
imputables a la !ntidad el contratista tendr derec)o al reconocimiento de los intereses
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pactados en el contrato y en su de#ecto al inters legal de con#ormidad con los Artculos 233
235 y 234 del %$digo %ivil. +ara el pago de los intereses se #ormular una Valorizaci$n de
'ntereses y se e#ectuar en las valorizaciones siguientes.
Artculo 254.- e los rea"ustes
!n el caso de contratos de obras pactados en moneda nacional las Bases establecern las
#$rmulas de rea"uste. Las valorizaciones de obra y de adicionales sern a"ustadas
multiplicndolas por el respectivo coe#iciente de rea"uste 678 *ue se obtenga de aplicar en la
#$rmula o #$rmulas polin$micas los 9ndices ,ni#icados de +recios de la %onstrucci$n *ue
publica el 'nstituto :acional de !stadstica e 'n#ormtica ; ':!' correspondiente al mes en *ue
debe ser pagada la valorizaci$n.
.- iscrepancias respecto de valorizaciones o metrados
i surgieran discrepancias respecto de la #ormulaci$n aprobaci$n o valorizaci$n de los
metrados entre el contratista y el inspector o supervisor o la !ntidad segn sea el caso se
resolvern en la li*uidaci$n del contrato sin per"uicio del cobro de la parte no controvertida.
$lo ser posible iniciar un procedimiento de conciliaci$n o arbitra"e dentro de los *uince 051
das )biles despus de ocurrida la controversia si la valorizaci$n de la parte en discusi$n
representa un monto superior al cinco por cien 05@1 del contrato actualizado.
La iniciaci$n de este procedimiento no implica la suspensi$n del contrato ni el incumplimiento
de las obligaciones de las partes.