TRASPLANTES Y DONACIONES Dra. Elvira Barrios Garrido-Lestache
Cardiología
27 de Septiembre del 2013
I FORO DE SALUD CARDIOVASCULAR PARA PACIENTES Y FAMILIARES
Causas de Mortalidad en el año 2012 en la población española (INE):
I FORO DE SALUD CARDIOVASCULAR PARA PACIENTES Y FAMILIARES
Diagnóstico de enfermedad cardiovascular
al alta hospitalaria en el año 2011 (INE):
Ambos sexos 13%
Hombres 15,4%
Mujeres 10,9%
Diagnóstico de Insuficiencia cardiaca al
alta hospitalaria en el año 2011 (INE):
Ambos sexos 18,1%
Hombres 15,1%
Mujeres 21,9%
Desfibriladores automáticos implantables Resincronizadores
Marcapasos
I FORO DE SALUD CARDIOVASCULAR PARA PACIENTES Y FAMILIARES
I FORO DE SALUD CARDIOVASCULAR PARA PACIENTES Y FAMILIARES
Sustituir un órgano, en este caso el corazón, por
otro que funcione adecuadamente, con pacientes
con cardiopatías muy avanzadas y no
recuperables con otros trartamientos médicos y/o
quirúrgicos.
DEFINICIÓN DE TRASPLANTE CARDIACO
I FORO DE SALUD CARDIOVASCULAR PARA PACIENTES Y FAMILIARES
PRIMER TRASPLANTE CON ÉXITO
EN EL MUNDO PRIMER TRASPLANTE CON ÉXITO
EN ESPAÑA
Christian Neethling Barnard
3 de Diciembre del 1967
Sudáfrica
Jose Maria Caralps
Josep Oriol Boni
8 de Mayo de 1984
Hospital San Pau, Barcelona
I FORO DE SALUD CARDIOVASCULAR PARA PACIENTES Y FAMILIARES
SUPERVIVENCIA REGISTRO ESPAÑOL DE TRASPLANTE CARDIACO
Mediana 11 años
5 años 65,4 – 67,8%
I FORO DE SALUD CARDIOVASCULAR PARA PACIENTES Y FAMILIARES
L. Almenar et al / Rev Esp Cardiol. 1036 2012;65(11):1030–1038
-Diabetes Mellitus
-HTA
-Insuficiencia Renal
-…
MORTALIDAD Y MORBILIDAD EN EL TRASPLANTE CARDIACO
I FORO DE SALUD CARDIOVASCULAR PARA PACIENTES Y FAMILIARES
CENTROS ACREDITADOS PARA LA VALORACIÓN Y REALIZACIÓN DE
TRASPLANTE CARDIACO
1. Hospital de la Santa Creu i Sant Pau, Barcelona
2. Clínica Universitaria de Navarra, Pamplona
3. Clínica Puerta de Hierro, Majadahonda, Madrid
4. Hospital Marqueés de Valdecilla, Santander
5. Hospital Reina Sofía, Córdoba
6. Hospital Universitario y Politécnico La Fe, Valencia
7. Hospital Gregorio Marañón, Madrid
8. Fundación Jiménez Díaz, Madrid
9. Hospital Virgen del Rocío, Sevilla
10. Hospital 12 de Octubre, Madrid
11. Hospital Universitario A Coruña, A Coruña
12. Hospital de Bellvitge, L’Hospitalet de Llobregat, Barcelona
13. Hospital La Paz, Madrid
14. Hospital Central de Asturias, Oviedo
15. Hospital Clínic, Barcelona
16. Hospital Virgen de la Arrixaca, El Palmar, Murcia
17. Hospital Miguel Servet, Zaragoza
18. Hospital Clínico, Valladolid
19. Hospital Vall d’Hebron, Barcelona
I FORO DE SALUD CARDIOVASCULAR PARA PACIENTES Y FAMILIARES
TRASPLANTES REALIZADOS POR AÑO
1123
45547490
160
232
253
288291278281
318
349336354341
309290293286
273
242
291273
242237247
0
100
200
300
400
1984 1986 1988 1990 1992 1994 1996 1998 2000 2002 2004 2006 2008 2010 2012
Nº
N = 6775
(N = 6761)
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L. Almenar et al / Rev Esp Cardiol. 2012;65(11):1030–1038
L. Almenar et al / Rev Esp Cardiol. 2012;65(11):1030–1038
Reducción y cambio del
perfil del donante
I FORO DE SALUD CARDIOVASCULAR PARA PACIENTES Y FAMILIARES
Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.
Artículo quinto.
Uno. La extracción de órganos u otras piezas anatómicas de fallecidos podrá hacerse
previa comprobación de la muerte. Cuando dicha comprobación se base en la existencia
de datos de irreversibilidad de las lesiones cerebrales y, por tanto, incompatibles con la
vida, el certificado de defunción será suscrito por tres Médicos, entre los que deberán
figurar, un Neurólogo o Neurocirujano y el Jefe del Servicio de la unidad médica
correspondiente, o su sustituto; ninguno de estos facultativos podrá formar parte del
equipo que vaya a proceder a la obtención del órgano o a efectuar el trasplante.
Dos. La extracción de órganos u otras piezas anatómicas de fallecidos podrá
realizarse con fines terapéuticos o científicos, en el caso de que éstos no hubieran
dejado constancia expresa de su oposición.
Tres. Las personas presumiblemente sanas que falleciesen en accidente o
como consecuencia ulterior de éste se considerarán, asimismo, como
donantes, si no consta oposición expresa del fallecido. A tales efectos debe
constar la autorización del Juez al que corresponda el conocimiento de la
causa, el cual deberá concederla en aquellos casos en que la obtención de los
órganos no obstaculizare la instrucción del sumario por aparecer debidamente
justificadas las causas de la muerte.
Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se
regulan las actividades de obtención, utilización clínica y
coordinación territorial de los órganos humanos destinados al
trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad.
(Este Real Decreto solo se aplica cuando los órganos se vayan a utilizar con finalidad
terapéutica, es decir, con el propósito de favorecer la salud o las condiciones de vida de
su receptor, sin perjuicio de las investigaciones que puedan realizarse adicionalmente)
Artículo 9. Requisitos para la obtención de órganos de donante fallecido.
1. La obtención de órganos de donantes fallecidos con fines terapéuticos podrá
realizarse si se cumplen los requisitos siguientes:
a) Que la persona fallecida de la que se pretende obtener órganos, no haya dejado
constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la obtención
de órganos. Dicha oposición, así como su conformidad si la desea expresar, podrá
referirse a todo tipo de órganos o solamente a alguno de ellos y será respetada.
En el caso de que se trate de menores de edad o personas incapacitadas, la
oposición podrá hacerse constar por quienes hubieran ostentado en vida de aquéllos su
representación legal, conforme a lo establecido en la legislación civil.
b) Siempre que se pretenda proceder a la obtención de órganos de donantes fallecidos en un centro autorizado, el responsable de la coordinación hospitalaria de
trasplantes, o la persona en quien delegue, deberá realizar las siguientes
comprobaciones pertinentes sobre la voluntad del fallecido:
1.º Investigar si el donante hizo patente su voluntad a alguno de sus familiares, o a
los profesionales que le han atendido en el centro sanitario, a través de las anotaciones
que los mismos hayan podido realizar en la historia clínica, o en los medios previstos en
la legislación vigente.
¿Quién puede ser donante?
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MODELO ESPAÑOL DE TRASPLANTES
Y
I FORO DE SALUD CARDIOVASCULAR PARA PACIENTES Y FAMILIARES
- 1992
- OBJETIVO PRINCIPAL Aumentar el número de donantes
14 pmp 35 pmp
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PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
1. RED DE EQUIPOS DE COORDINADORES DE TRASPLANTES
2. OFICINA CENTRAL
3. FORMACIÓN CONTINUADA DE LOS PROFESIONALES
4. INFORMACIÓN CONTINUADA A LA POBLACIÓN
5. SOPORTE ECONÓMICO
6. LEGISLACIÓN ADECUADA Y DEFINICIONES CLARAS
I FORO DE SALUD CARDIOVASCULAR PARA PACIENTES Y FAMILIARES
El aumento en la supervivencia de muchas cardiopatías gracias al
avance de la medicina ha hecho que el número de pacientes valorados
e incluidos en una lista de espera de trasplante cardiaco haya
aumentado en los últimos años.
El trasplante no es un procedimiento inocuo, si no que conlleva una
serie de riesgo tanto durante el procedimeinto quirúrgico como en el
tratamiento a largo plazo.
El descenso de los accidentes de tráfico ha producido una reducción
un cambio en el perfil de los donantes en nuestro país.
El importante y valioso esfuerzo de múltiples profesionales del
ámbito sanitario, administrativo, judicial, publicidad,…ha permitido crear
un modelo de trasplante y donaciones valorado a nivel mundial,
recomendado por la OMS y copiado en otras partes del mundo con
resultados similares.
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