Tema 1:
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
EN EL URUGUAY
Requerimientos
Legales
Tema 1
Litoral
L.O.P
15.896 333
Oficina técnica
1887 1920 1940 1970 1987 2000 2010 2013
Creación de los Servicios
222 260 y 342
Tema 1
*
1887
COMBATE DE
SINIESTROS
Tema 1
1920 Interior del País
Tema 1
OFICINA TÉCNICA
1939
ASESORAMIENTO Locales Industriales
Actividad Comercial
Concurrencia Pública
1970 L.O.P.
Dirección Nacional de Bomberos Organismo Técnico Profesional
Jurisdicción Nacional
Tema 1
Tema 1
COMPETENCIAS
•La adopción de medidas de carácter preventivo para evitar incendios y su propagación -(asesoramiento de medidas de defensa contra incendios).
•La función específicamente operativa -(combate y extinción de incendios).
Tema 1
Ley Nº 15.896 Prevención y Defensa Contra Siniestros
(15 de Setiembre de 1987).-
FASE
EJECUTIVA
FASE
PREVENTIVA PREVENCIÓN - COMBATE DE FUEGOS Y
SINIESTROS – INVESTIGACIÓN DE CAUSAS Y ORIGENES.
JURISDICCIÓN EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL
PODER EJECUTIVO
Ministerio del Interior
POLICIA DEL FUEGO
Tema 1
AEROPUERTOS
PUERTOS
FORESTALES
REFINERIAS y AFINES EDIFICACIONES TRANSPORTE
-Viviendas
-Comerciales
-Complejos Comerciales
-Industriales
-Depósitos
-Hospitalarias
-Sanitarias
-Públicas
-Deportivas
-Recreación
-Estacionamientos
-Complejos de producción, almacenaje y expedición
-Gas por Cañería-Supergas
Generales
Naturales
Artificiales
-Áreas de pasajeros
-Áreas de Carga y Descarga
-Áreas de Suministro de Combustible
-Área de Depósitos y Almacenes
Pasajeros
Carga
ORIGEN
Tema 1
Es un Órgano de carácter Técnico-Profesional con competencia de Policía del Fuego en todo el territorio Nacional abarcando su competencia las fases preventiva, ejecutiva e investigativa en relación a todos los Siniestros que representen una amenaza a la vida y bienes en general.
Misión de la DNB
TALA
SANTA LUCÍA
CANELONES
CASAVALLE
PANDO LAS PIEDRAS
JAUREGUIBERRY
PARQUE DEL PLATA SOLYMAR
CARRASCO
MELILLA
CUARTEL CENTENARIO
BELVEDERE
CERRO
PUERTO
ZONA I 8 Destacamentos
ZONA II 10 Destacamentos
DISTRIBUCIÓN DE SERVICIOS CUERPO CENTRAL
UNIÓN
PUNTA CARRETAS
BIARRITZ
SAN RAMÓN
LAGUNA DEL SAUCE JOSÉ IGNACIO
AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CARRASCO
ANCAP
SUB DIRECCIÓN NACIONAL DISTRIBUCIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES
ANCAP
AERÓDROMO MELILLA
DEPARTAMENTO CANELONES
DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO
DEPARTAMENTO MALDONADO
LEY DE PREVENCIÓN Y DEFENSA CONTRA SINIESTROS
15.896
Requerimientos Legales
Capitulo I – Jurisdicción.
Capitulo II – Normas de Prevención Contra Siniestros
Capitulo III – Operaciones en caso de Siniestros
Capitulo IV – Investigación posterior al Siniestro
Capitulo V – Grupo de Bomberos Auxiliares
Capitulo VI – Disposiciones Generales
Tema 2
Capitulo II
Artículo 2°: Establece la aplicación de multas en caso de la contravención a lo dispuesto, que van desde 10 a 200 UR, según la gravedad.
Artículo 4°: Ninguna construcción, salvo las destinadas a vivienda de un grupo familiar, podrá ser habilitada para su uso sin la previa autorización de la Dirección Nacional de Bomberos, de acuerdo con la reglamentación.
Tema 2
Capitulo II Artículo 5°: Todo aparato, dispositivo o material destinado a la prevención o combate de incendios que se fabrique en el país, deberá ser técnicamente aprobado y autorizado en su diseño por la Dirección Nacional de Bomberos.
Artículo 7°: Es obligatorio en todo establecimiento comercial o industrial mantener permanentemente instruido en el manejo y utilización de elementos de protección contra incendio a un número determinado de personal.
Tema 2
Capitulo III Artículo 10°: Intervención de servicios de Bomberos podrá efectuarse de oficio a solicitud de cualquier interesado o por pedido de la autoridad público.
Artículo 14°: Exclusiva atribución y responsabilidad de la Dirección Nacional de Bomberos las operaciones en caso de siniestro. Artículo 17°: Requisa de reservas de agua y otros materiales que se requieran en caso de ser necesarios para la prevención y defensa contra siniestros
Tema 2
Capitulo IV
Artículo 21°: Solucionado o extinguido un siniestro por la Dirección Nacional de Bomberos esta deberá establecer las posibles causas y orígenes del mismo.
Tema 2
Capitulo V
Artículo 22°: Se autoriza a la Dirección Nacional de Bomberos a crear grupos de Bomberos Auxiliares con ciudadanos que deseen cooperar en planes de ayuda o activamente en el combate de los siniestros. La reglamentación determinará los sistemas de selección, entrenamiento y apoyo a otorgar a sus integrantes.
Tema 2
Tema 3:
Decreto 260/2013
Requerimientos Legales
Tema 3
Decreto 260/2013 . ESTRUCTURA:
o Capitulo I – Habilitación.
o Capitulo II – De la Aprobación y Autorización de aparatos y dispositivos.
o Capitulo III – De las Tasas.
o Anexo I – De la Habilitación de Edificios de Viviendas de más de un Núcleo
Familiar (ex Decreto 333/2000).
o Anexo II – Construcciones no Destinadas a Viviendas (Tablas del ex
Decreto 222/2010).
o Anexo III – Predios dedicados a asentamiento temporal de acampantes (ex
Decreto 111/1989)
Tema 3:
Anexo III – Predios dedicados a asentamientos temporal de
acampantes con fines turísticos
Tema 3
Tema 3
Decreto 260/13 -Articulo 4 – Numeral 4.6
Tema 3
Decreto 260/13 -Articulo 4 – Numeral 4.7
Tema 3
Anexo III - Artículo 1º
Tema 3
Medidas de Prevención
a) Delimitación de Áreas.
b) Limpieza del predio.
c) Parcelamiento en zona de carpas o casa rodante.
d) Fogones.
3
5
Combustible continuidad Vertical
Combustible Aéreo
Combustible Subterránea Combustible Superficial
Clasificación de Combustibles según la Ubicación
Concepto de Fuego e Incendio Forestal Mecanismos de propagación del calor:
Conducción: Transferencia de calor por contacto a través de las moléculas de un cuerpo sólido.
Convección: Transferencia de calor, por una columna de partículas de aire caliente, que se mueve hacia arriba en una dirección determinada por el viento.
Radiación: Transferencia de calor en línea recta, a través del espacio.
Pavesas: Es el término que describe el transporte de puntos de ignición (chispas), estás pueden ser volantes o rodantes
Tema 3
Tema 3
Medidas de Prevención
e) Indicación del índice de Peligro de Incendio.
f) Colocación de Extintores.
g) Reserva de agua.
h) Plan de Evacuación.
i) Vigilancia
Tema 3
Anexo III - Artículo 13º
Tema 3:
Anexo I – Construcciones destinadas a Viviendas de más de
un núcleo familiar
Tema 3
Situación Normativa de la Dirección Nacional de Bomberos - Uruguay.
Ley 15.896
Decreto 333/2000
Tema 3
Decreto 260/2013
Objetivos de la Elaboración Inicial - I:
Reglamentar el procedimiento de habilitación para todo tipo de construcción, exceptuando viviendas de un núcleo Familiar.
Ordenar y encauzar normativamente los medios de Protección contra incendio de acuerdo a las posibilidades Nacionales, para edificios destinados a vivienda de más de un núcleo familiar.
Tema 3
Objetivos de la Elaboración Inicial - II:
Regular todo lo atinente a la aprobación de materiales, elementos y dispositivos de protección contra incendio.
Reglamentar lo relacionado a las medidas punitivas en caso de infracciones a lo establecido.
Tema 3
Tema 3
Artículo 4° – Numeral 4.1
Anexo I - Decreto 260/2013:
Sección I: Normas Generales.
Sección II: Medidas de Prevención y Protección.
Sección III: Instructivos Técnicos.
Tema 3
Tema 3
Decreto 260/13 – Artículo 4°
Sección I: Ámbito de Aplicación
Tema 3
PELIGROS DE INCENDIO EN LOS EDIFICIOS.
73%
25%2%
Humo y Gases
Calor y Llamas
Elementos y Contenidosen Edificios
Tema 3
Tema 3
INCONVENIENTES QUE PRESENTAN LOS EGA
Acceso del Servicio de Bomberos. Sistemas de evacuación y movimiento de las personas. Producción de fuerzas naturales que afectan el
movimiento del fuego y del humo.
Gran carga de ocupantes, equipos y materiales. Diversidad de actividades que se desarrollan en el
Edificio.
Dificultar la iniciación del fuego.
Evitar la propagación del mismo y los efectos de los gases tóxicos.
Asegurar la evacuación de personas.
Facilitar el acceso a las tareas de extinción del personal de Bomberos.
Objetivo:
Tema 3
Tema 3
Prevención
Evitar la gestación de Incendios
Protección Preventiva
Control
Evitar la propagación del Incendio
Protección Estructural
Extinción
Extinción del Incendio
Protección Activa
Protección Contra Incendios
ANEXO I – Artículo 2°
Clasificación de categorías de los edificios destinados a viviendas colectivas:
Cat. I- Edificios desarrollados en forma horizontal con hasta un nivel adicional a Planta Baja.- Cat. II- Edificios de baja altura (2 o 3 niveles sobre P/B).- Cat. III- Edificios de altura media (4 a 7 niveles + P/B).- Cat. IV- Edificios de gran altura (+ de 8 niveles sobre P/B).- Cat. V- Edificios de cualquiera de las categorías precedentes, que incluyan locales con destino distinto del de vivienda.-
Tema 3
ANEXO I – Sección II
Medidas de Prevención y Protección
– Pasivas o Estructurales – Activas
Tema 3
Protección Estructural.
Cajas de Escaleras.
Puertas Corta Fuegos.
RF 45
Tema 3
Protección Activa.
Bocas de Incendio.
25 mm Ø
45 mm Ø
BIE 65 mm Ø
Tema 3
Protección Activa.
Extintores.
PQS - ABC
Tema 3
Protección Activa.
Rociadores automáticos.
Temperatura de activación intermedia 79ºC.
Tema 3
Protección Activa.
Iluminación de Emergencia.
Accesos a vía de evacuación.
Vía de evacuación.
Descargas vías de evacuación.
Tema 3
Protección Activa.
Señalización.
Luminosa.
Foto luminiscente.
Tema 3
Protección Activa.
Detección automática.
Detección de Humo.
Detección Térmica.
Tema 3
Protección Activa.
Medidas Complementarias.
Sala de Calderas.
Instalación Eléctrica
Gas por cañería.
Azoteas
Tema 3
Resumen en Planta Tipo – Categoría IV.
Sala Máq..
Tanque.
Bba.
Asc..
Extintores.
Detectores.
Bocas de Inc.
Rociadores.
Baranda perimetral.
Salida de emergencia.
Ducto de ascensor.
Señalización Salida.
8º 9º
10º 11º 12º 13º 14º
Tema 3
Tema 4
Decreto 260/13 – Capitulo II – De la Aprobación y Autorización de
aparatos, dispositivos o materiales para la prevención o protección
contra siniestros
Capitulo II: Aprobación
Sección I, Normas Generales: Ámbito de aplicación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5º de la Ley, especificándose que no se permitirá el ingreso al territorio aduanero nacional. Trámite de aprobación o autorización (Artículos 19 – 20°).
Sección II, Aprobación y Autorización de Extintores: Calificación técnica del diseño, del fabricante, certificación de la aprobación o autorización (se establece el sello de Bomberos), ensayo hidrostático. (Artículos 21 – 28°)
Tema 4
Sección II: procedimiento para el control de extintores, se establece la requisa como medio para la aplicación de exámenes al aparato, delo que surja de los referidos ensayos, se podrán establecer sanciones al usuario desde 10 U.R. Y si es reincidente se podrá aumentar la multa entre un quinto y un tercio, sin perjuicio de lo anterior la Dirección Nacional de Bomberos tiene la facultad de establecer la caducidad otorgada al interesado por el incumplimiento de las medidas dispuestas oportunamente. (Artículo 25°)
Capitulo II: Aprobación
Tema 4
Sección II, Infracción del fabricante, del mismo que lo establecido anteriormente, en caso de que los ensayos establezcan que el extintor no se adecua al diseño y demás características por las cuales se otorgo la aprobación, se aplicara al fabricante o representante una multa de 15 U.R., en caso de reincidencia hasta un máximo de 50 U.R., revocándose la autorización y aprobación, todas estas acciones establecen en el referido Decreto el procedimiento a llevar a cabo a tales efectos (Artículo 26).
Tema 4
Capitulo II: Aprobación
Sección II, Baja de Extintores, de acuerdo a lo que establece la Sección IV, en su artículo 33B; por primera vez los aparatos se destruyen, y por último se establece la capacidad mínima para extintores de CO² (Norma UNIT 881/91). Artículo 27°.
Sección III, Mantenimiento y Recarga de Extintores: Aquí se establece la autorización de recargadores, los requisitos de los mismos de acuerdo al Anexo IX, la vigencia de la inscripción y por último la aplicación de la Norma UNIT 607/86, a los efectos del mantenimiento preventivo, recarga y ensayos (Artículos 29 -32°)
Tema 4
Capitulo II: Aprobación
De la habilitación a la certificación
De la habilitación a la certificación
• El proyecto implica:
– Modificaciones normativas: redacción de nueva reglamentación
– Cambios en los procesos: implementación de un nuevo proceso y nuevo sistema informático que lo soporta
• DNB “certificará” las medidas de protección contra incendios
Principales implicancias Implicancias Para el ciudadano:
– Acceso web para el inicio del trámite – Antes: Solo puede iniciarse presencialmente
– Pago descentralizado en cualquier punto del país – Antes: Pago únicamente en Cuartel Central en
Montevideo o Destacamentos del interior
– Consulta online de la situación de la tramitación – Antes: Solo pueden realizarse consultas presenciales
Principales implicancias Implicancias Para el ciudadano:
– Publicidad de edificaciones certificadas por Bomberos
– Antes: Desconocimiento de los locales certificados por Bomberos
– Reglamentación detallada para la implementación de Medidas de Protección contra Incendios
– Antes: Reglamentación genérica que debe ser interpretada ante cada caso
Principales implicancias Implicancias Para Bomberos:
– Manejo de antecedentes en forma digital y en una base de datos
– Antes: Manejo manual de todos los archivos de antecedentes
– Descentralización del análisis y eliminación de “traslados de documentación
– Antes: En el interior solo se realiza la inspección y el restante análisis se realiza en Montevideo para lo que se debía enviar la documentación
– Generación de base de datos de edificaciones certificadas – Antes: No existía base de datos, ante consultas se verificaba
en el archivo de carpetas de antecedentes
Beneficios en materia de prevención
Beneficios en materia de prevención Posibilidad de intercambio de información con otras instituciones. Base de datos que permite a DNB tomar decisiones en materia de prevención. Información de fácil acceso en caso de siniestros, posibilita mejor planificación de operativos (Central Nacional de Operaciones.
Tres grandes etapas
Registro de Técnico
Presentación del Proyecto
Certificación de Medidas
Tablas.
Clasificación de Edificaciones y Áreas de Riesgo.
Clasificación según su carga de fuego.
Exigencias áreas menores 400 m² y altura menor a 12 m.
Exigencias para el resto de las construcciones.
Tema 5
– Ámbito de Aplicación (Artículo 4°). – 4.1 al 4.7
Aspectos a considerar
Tema 5
Aspectos a considerar
Tema 5
IT – Instructivo Técnico (Artículos 3 y 6.1)
Responsable Técnico (Artículos 6.3 -6.5)
CTC – Comités Técnicos Consultivos (Artículo 13)
Aspectos a considerar
Tema 5
Tema 5
Aspectos a considerar
Tema 5
Aspectos a considerar
Tema 5
Aspectos a considerar
Tema 5
Aspectos a considerar
– Proyecto de Incendio. – Proyecto Técnico Simplificado. – Proyecto Técnico Instalación y Ocupación
Temporal. – Proyecto Técnico de Ocupación Temporal en
Edificación Permanente.
Tema 5
Tema 5
Tema 5
Tema 5
Tema 5
Requerimientos Legales
Decreto 342/2013
Tema 6
Modificaciones al 260/2013
Tema 6
Modificaciones al 260/2013
Tema 6
Modificaciones al 260/2013
Tema 6
Modificaciones al 260/2013