reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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ESCUELA CLAUDIO ARRAU
POR LA RAZON O LA FUERZA, 650
OSORNO
2017
ESCUELA
CLAUDIO
ARRAU
REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL
CONVIVENCIA ESCOLAR
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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1. ANTECEDENTES ..................................................................................................- 5 -
1.1 IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO .......................................................................... - 5 -
1.2 SENTIDO DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ........................................... - 5 -
1.3 OBJETIVO REGLAMENTO INTERNO .................................................................................. - 5 -
2. NORMAS GENERALES DE ÍNDOLE TÉCNICO PEDAGÓGICA. .....................................- 6 -
2.1 MODELO CURRICULAR ................................................................................................ - 6 -
2.2 FUNCIONAMIENTO .................................................................................................... - 6 -
2.2.1 Ubicación geográfica .................................................................................... - 6 -
2.2.2 Niveles, modalidades, matricula. .................................................................. - 6 -
2.2.3 Jornadas. ...................................................................................................... - 7 -
2.2.4 Personal establecimiento ............................................................................. - 7 -
2.3 Planes y programa de estudio ......................................................................... - 8 -
2.4 EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ........................................................................................ - 8 -
2.5 EQUIPO DE GESTIÓN .................................................................................................. - 9 -
2.6 CONSEJERO ESCOLAR ................................................................................................. - 9 -
2.7 CONSEJO PROFESORES ................................................................................................ - 9 -
2.7.1 Funciones .................................................................................................. - 10 -
2.7.2 Consideraciones generales......................................................................... - 10 -
2.7.3 Tipos de consejos ...................................................................................... - 10 -
A) Consejos administrativos ......................................................................................... - 10 -
B) Consejo técnico de profesores .................................................................................. - 11 -
C) consejo de actividades curriculares no lectivas de libre elección ............................... - 12 -
2.8 UNIDAD TÉCNICO-PEDAGÓGICA: DEFINICIÓN Y FINALIDAD ................................................ - 12 -
2.8.1 Objetivos de la U.T.P .................................................................................. - 12 -
2.8.2 Funciones .................................................................................................. - 12 -
2.9 PERFECCIONAMIENTO DOCENTE .................................................................................. - 14 -
3. CARGOS, ROLES, FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE CADA FUNCIONARIO ................... - 14 -
3.1 DIRECTOR ............................................................................................................. - 14 -
3.2 JEFE DE U.T.P ........................................................................................................ - 15 -
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3.2 ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ....................................................................... - 17 -
3.4 INSPECTOR GENERAL ................................................................................................ - 17 -
3.5 COORDINADOR DE COMPUTACIÓN ............................................................................... - 18 -
3.6 ADMINISTRATIVA (SECRETARIA) .................................................................................. - 18 -
3.7 COORDINADOR DE CRA ........................................................................................... - 18 -
3.8 PROFESOR JEFE DE CURSO ......................................................................................... - 19 -
3.9 PROFESOR DE AULA ................................................................................................. - 20 -
3.10 FUNCIONARIO DE TURNO ........................................................................................ - 20 -
3.11 EDUCADORA DIFERENCIAL ....................................................................................... - 21 -
3.12 PSICÓLOGO/A ..................................................................................................... - 21 -
3.13 PERSONAL AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES ................................................................ - 22 -
4. DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES GENERALES DE LOS FUNCIONARIOS .. - 22 -
4.1 DERECHOS ............................................................................................................ - 22 -
4.2 OBLIGACIONES ....................................................................................................... - 23 -
4.3 PROHIBICIONES ...................................................................................................... - 23 -
5. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA ......................................... - 24 -
5.1 DERECHOS DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ............................................................ - 24 -
5.2 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ................................................................................. - 26 -
5.2.1 De los reconocimientos .............................................................................. - 27 -
5.3 DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ................................................................................... - 28 -
5.4 DERECHOS DE LOS DOCENTES .................................................................................... - 29 -
5.5 DEBERES DE LOS DOCENTES ....................................................................................... - 30 -
5.7 DEBERES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN .............................................................. - 32 -
5.8 DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS .................................................................... - 32 -
5.9 DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS ...................................................................... - 32 -
5.10 PROHIBICIONES DE LOS PADRES Y APODERADOS ............................................................ - 33 -
6. REGULACIONES Y ACUERDOS DE CONVIVENCIA .................................................... - 34 -
6.1 NORMAS DE CONVIVENCIA REFERIDAS A HORARIOS .......................................................... - 34 -
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6.2 NORMAS DE CONVIVENCIA REFERIDAS AL INGRESO A LA ESCUELA Y PERMANENCIA DE LOS ESTUDIANTES-
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6.3 NORMAS DE CONVIVENCIA REFERIDAS A AUSENCIAS, INASISTENCIAS, PERMISOS, ENFERMEDAD DE
PROFESORES, ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN, ESTUDIANTES. .................................................... - 35 -
6.4 NORMAS DE LA SALA DE CLASES, AULAS DE RECURSOS, PATIO Y COMEDOR. ........................... - 35 -
6.5 ACERCA DE LAS ENTREVISTAS ENTRE DOCENTES Y APODERADOS ......................................... - 36 -
6.6 ACERCA DE LA VIGILANCIA DE LOS ESTUDIANTES EN HORARIOS DE DESAYUNO, ALMUERZO Y RECREOS. -
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6.7 ACERCA DE LOS PERMISOS ADMINISTRATIVOS ................................................................. - 37 -
7. NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGO, HIGIENE Y SEGURIDAD ................................ - 38 -
7.1 DEL ESTABLECIMIENTO ............................................................................................. - 38 -
7.2 DE LOS PROFESORES ................................................................................................ - 38 -
7.3 SEGURO ESCOLAR ................................................................................................... - 38 -
7.4 ASPECTOS LEGALES DE LAS NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGO, HIGIENE Y SEGURIDAD ............ - 39 -
7.5 PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR (PISE).............................................................. - 39 -
7.6 PREVENCIÓN DE RIESGO ............................................................................................ - 39 -
7.7 LEY N° 16744/68: REFERIDA A LOS ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES- 40
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7.8 DE LAS RELACIONES ESCUELA Y COMUNIDAD .................................................................. - 40 -
8. FALTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS .............................................................. - 41 -
8.1 TIPOS DE FALTAS .................................................................................................... - 41 -
8.2 CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Y AGRAVANTES .............................................................. - 42 -
8.3 PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES Y MEDIDAS FORMATIVAS ....................... - 42 -
6.4 SANCIONES Y MEDIDAS FORMATIVAS A APLICAR .............................................................. - 43 -
6.4.1 Faltas leves ................................................................................................ - 43 -
8.4.2 Faltas graves .............................................................................................. - 44 -
8.4.3 Faltas gravísimas ....................................................................................... - 45 -
8.5 DISPOSICIÓN A LAS MEDIDAS DE SUSPENSIÓN, CONDICIONALIDAD DE MATRÍCULA, CANCELACIÓN DE
MATRÍCULA Y EXPULSIÓN ................................................................................................ - 47 -
8.6 DISPOSICIONES ACERCA DE LA SOLICITUD DE APELACIÓN .................................................. - 48 -
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9. FALTAS SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS ................... ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.
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1. Antecedentes
1.1 Identificación del establecimiento
Denominación legal : Escuela Claudio Arrau
Rol base de datos : 7340
Dirección : Por la razón o la fuerza, 650
Comuna : Osorno
Provincia : Osorno
Región : De Los Lagos
Sostenedor : Ilustre Municipalidad de Osorno
Director : Ana Corina Rodríguez Rogel
Encargado U.T.P : Egon Augusto Brintrup Klein
Encargado convivencia escolar : Camilo Adolfo Vidal Sandoval
Dupla Psicosocial : Pamela Barría Jeldres
Lorena Flandes Cárcamo
Fono : (64) 2232306
Correo electrónico : [email protected]
1.2 Sentido del reglamento interno de convivencia escolar
El presente Reglamento Interno de normas técnico-pedagógicas, técnico - administrativas, de
prevención de riesgos, de convivencia escolar, de higiene y seguridad, contiene normas que regulan
la estructura, el funcionamiento y vinculaciones de los distintos estamentos de la escuela, los
derechos y deberes de sus integrantes en relación con sus labores y permanencia en el
establecimiento con el propósito de mejorar con equidad y participación la calidad del proceso
educativo.
1.3 Objetivo reglamento interno
A) Ordenar la estructura, las funciones e interrelaciones de los distintos estamentos de la
institución escolar, con el propósito de lograr la consecución de los objetivos propuestos
por el establecimiento en su Proyecto Educativo, en el marco de la Jornada Escolar y de la
Buena Enseñanza.
B) Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad
escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.
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C) Contribuir a crear las condiciones técnico-pedagógicas, administrativas y de convivencia
escolar que propicien un clima organizacional adecuado a las necesidades del
establecimiento, con el fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo.
D) Propiciar y regular las relaciones entre el establecimiento educacional y la comunidad
organizada en función del logro de los propósitos educativos.
2. Normas generales de índole técnico pedagógica.
2.1 Modelo curricular
Se ejercitará a los alumnos en el razonamiento crítico con el necesario respeto de las
normas de convivencia social y en el uso de las TIC para el mejoramiento de los
aprendizajes.
Se procurará que los alumnos obtengan aprendizajes significativos y de calidad, utilizando
metodologías activas, globalizadas, participativas y creativas que fomenten el aprendizaje por el
descubrimiento y de naturaleza cooperativa.
2.2 Funcionamiento
2.2.1 Ubicación geográfica
Geográficamente La Escuela Claudio Arrau, se ubica al suroeste de la comuna y ciudad de
Osorno, específicamente en el sector de Rahue Bajo, a escasas dos cuadras del río Rahue, entre los
puentes San Pedro y San Pablo, en la histórica calle Por la Razón o la Fuerza Nº 650.
2.2.2 Niveles, modalidades, matricula.
PREESCOLAR N° CURSOS N° ALUMNOS
1° nivel de transición 01 29
2° nivel de transición 01 38
TOTAL 02 67
BÁSICA N° CURSOS N° ALUMNOS
1° 02 47
2° 02 51
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3° 01 34
4° 01 31
5° 01 37
6° 02 52
7° 02 49
8° 01 37
TOTAL 11 312
2.2.3 Jornadas.
Niveles Lunes a Jueves Viernes
Primer nivel de transición 08:30 a 16:00 08:30 a 13:55
Segundo nivel de transición 08:30 a 16:00 08:30 a 13:55
Niveles Jornada completa Jornada
Primer ciclo (1° a 4°) 08:30 a 16:00 08:30 a 14:00
Segundo ciclo (5° a 8°) 08:30 a 16:00 08:30 a 14:00
2.2.4 Personal establecimiento
Cargo Cantidad
DOCENTES DE AULA 18
DOCENTES DIRECTIVOS 02
ENCARGADO CONVIVENCIA ESCOLAR 01
PSICÓLOGO 01
ASISTENTE SOCIAL 01
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FONOAUDIÓLOGA 01
ADMINISTRATIVOS 02
INSPECTOR 01
ASISTENTE DE AULA 03
TÉCNICO DIFERENCIAL 01
DOCENTES DIFERENCIAL 04
AUX. DE PÁRVULOS 02
AUX. DE SERVICIO 02
AYUDANTE U.T.P 01
TÉCNICO INFORMÁTICO 01
TOTAL 42
2.3 Planes y programa de estudio
3. 1° nivel de transición : Dcto. Ex. 289 / 01
4. 2° nivel de transición : Dcto. Ex. 289 / 01
5. 1° a 4° básico : Dcto. Ex. 2960/12
6. 5° básico NB3 : Dcto. Ex. 2960/12
7. 6° básico NB4 : Dcto. Ex. 2960/12
8. 7° básico NB5 : Dcto. Ex. 1363/11
9. 8° básico NB6 : Dcto. Ex. 1363/11
2.4 Evaluación y promoción
La evaluación es un medio de expresión cualitativo y cuantitativo del establecimiento, de avance
de las conductas, metas y objetivos y por lo tanto permite comprobar la efectividad del currículum
previamente establecido, determinando logros en los niveles de actuación de todos los agentes
involucrados en el proceso educativo.
Régimen de Evaluación: Semestral.
Formas de Evaluación: Diagnóstica, formativa y sumativa.
Decretos de Evaluación: 1° a 8° Año Básico: Dcto. N° 511 / 97.
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2.5 Equipo de gestión
El Equipo de Gestión tiene como objetivo definir un plan de acción que permita asumir
responsabilidades a nivel de dirección, además de realizar sus tareas específicas. El E.G.E. es un
espacio que otorga más participación técnica pedagógica e intencionada: la “responsabilidad
compartida” entre el director y los profesionales de la escuela y la participación y
compromiso técnico de los profesores.
Lo integran en forma permanente el director, Jefe Técnico y un profesor por ciclo elegido
por sus pares, coordinador PIE, Parvularia.
La Directora cumple un rol como articuladora y ordenadora del E.G.E., de acuerdo a su
experiencia, su capacidad de autonomía y su capacidad de escuchar. Al E.G.E. le corresponde
sistematizar el seguimiento del proceso de enseñanza aprendizaje, de los proyectos en ejecución, y
de estrategias que permitan elevar los rendimientos, mejorar la calidad de la educación que se
imparte, organizar el régimen interno, optimizando el uso de los tiempos y la distribución de éstos.
2.6 Consejero escolar
El Consejo Escolar está formado por: Sostenedor, Director, quien lo presidirá; Jefe de
U.T.P del establecimiento, un docente elegido por los profesores del establecimiento; el
Presidente del Centro General de Padres y Apoderados, un administrativo, un
representante de los auxiliares o asistentes de la educación y un alumno(a).
El Consejo tiene carácter consultivo, no resolutivo y será consultado en los siguientes
aspectos:
Proyecto Educativo Institucional.
Programación Anual y actividades extracurriculares.
Las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos.
No interviene en materias técnico pedagógicas o administrativas.
Serán informados a los menos de las siguientes materias:
o Logros de los aprendizajes de los alumnos.
o Informe de visitas inspectivas del Ministerio de Educación.
o Informe, una vez al año, de ingresos efectivamente percibidos.
o Compromiso de velar por la permanencia de los alumnos en Sistema Educacional
privilegiando las instancias de aprendizaje.
o Proyectos de Mejoramiento Educativos que realice la escuela.
2.7 Consejo profesores
El Consejo de Profesores es el organismo integrado por el personal docente directivo,
técnico pedagógico y docentes de aula donde se expresará la información profesional de sus
integrantes. Es de carácter consultivo, en materia de disciplina y de carácter resolutivo
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en materias técnico- pedagógico en conformidad al proyecto educativo del establecimiento y el
presente reglamento.
2.7.1 Funciones
a) Proponer e impulsar medidas tendientes a mejorar el proceso educativo acentuando su
acción en la formación de valores personales y sociales.
b) Planificar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento.
c) Analizar los resultados del proceso educativo en los distintos tipos de evaluación interna y
sugerir acciones pedagógicas correctivas o de refuerzo.
d) Analizar y estudiar iniciativas en beneficio de la comunidad escolar.
e) Adecuar para su correcta aplicación, las disposiciones legales que afecten la vida del
establecimiento.
f) Garantizar la integración y participación democrática de todos los componentes de la
comunidad escolar.
g) Estudiar y proponer medidas formativas para solucionar problemas de desadaptación al
medio escolar o considerados en el Reglamento de Convivencia Escolar.
2.7.2 Consideraciones generales
a) La asistencia de los docentes a los consejos es obligatoria dentro de su horario de
actividades.
b) Se elegirá un secretario(a) general de consejos, quien llevará un libro de actas de sesiones y
un archivo con el material que el consejo determine.
c) La Directora podrá asistir a los consejos, además del personal que corresponda, otros
funcionarios del establecimiento como: funcionarios No Docentes del establecimiento,
Centro General de Padres y Apoderados y otras organizaciones de la comunidad.
d) Los consejos estarán presididos por la Directora del establecimiento o por el docente en
quien delegue esta función.
2.7.3 Tipos de consejos
A) Consejos administrativos
a) Integrado por la Directora del establecimiento, el jefe de U.T.P y todos los docentes.
b) El Consejo se reunirá, a lo menos, una vez al mes.
FUNCIONES:
1. Facilitar el cumplimiento del proyecto educativo del establecimiento.
2. Coordinar la elaboración del Proyecto Educativo Institucional tendiente a mejorar la calidad y
equidad de la educación en el establecimiento.
3. Programar, supervisar y coordinar las actividades generales del establecimiento.
4. Estudiar las disposiciones técnicas y/o administrativas emanadas de los niveles superiores
para su mejor interpretación y aplicación.
5. Estudiar las iniciativas creadoras y de su factibilidad, en beneficio de la comunidad escolar.
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6. Estudio y análisis de problemas de tipo general que afectan al establecimiento y proponer
soluciones a los niveles o instancias que correspondan.
B) Consejo técnico de profesores
a) Está integrado por todos los profesores del establecimiento y equipo directivo.
b) Se realizaran tres veces en el mes, martes el 1° ciclo y miércoles el 2° ciclo.
FUNCIONES:
1. Participar en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional y asumir la
responsabilidad de su ejecución.
2. Analizar problemas individuales o generales de adaptación y/o rendimiento y proponer
soluciones pedagógicas, considerando previamente, seguimiento formativo hecho por el
establecimiento para solucionar dichos problemas.
3. Proponer e impulsar medidas que promuevan el perfeccionamiento personal y
profesional de los docentes.
4. Estudiar la factibilidad de iniciativas que contribuyan al beneficio de la comunidad
escolar y local.
5. Elaborar el Plan Anual de Acción para realizar y evaluar acciones destinadas a facilitar
la adaptación de los alumnos a la vida escolar.
6. Organizar y coordinar la acción de los profesores jefes.
7. Planificar y desarrollar en conjunto actividades que inicien y fortalezcan la Orientación
Vocacional en el alumno que egresará de 8º año.
8. Analizar las características generales del curso y de los casos individuales que el
profesor jefe presente o que el consejo requiera para adoptar las medidas que
corresponda.
9. Evaluar el proceso educativo del curso y administrar medidas para su mejoramiento.
10. Participar en la acción y evaluación formativa de los alumnos y colaborar con el profesor
jefe entregando los antecedentes para la evaluación del Informe Educacional.
11. Planificar, coordinar y evaluar el tratamiento de los contenidos programáticos,
coordinando los objetivos de acuerdo a la relevancia y proyección.
12. Unificar criterios respecto a la aplicación de métodos, técnicas y uso de material
didáctico para facilitar el aprendizaje de los alumnos.
13. Estudiar la secuencia de los contenidos del subsector, su coherencia y correlación con
otras disciplinas, con el fin de proyectarlos a los avances culturales.
14. Generar innovaciones metodológicas tendientes a desarrollar las potencialidades
creativas de los alumnos.
15. Incentivar y facilitar el perfeccionamiento profesional de sus integrantes.
16. Sesionará, a lo menos, dos veces en cada período lectivo del establecimiento.
17. Estudiar el resultado del rendimiento.
18. Analizar problemas individuales de rendimiento y proponer soluciones pedagógicas
considerando el seguimiento formativo hecho por el establecimiento para solucionar
dichos problemas.
19. Analizar temas propios de evaluación y orientación.
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20. Planificar y desarrollar en conjunto actividades que fortalezcan la evaluación
diagnóstica, formativa y sumativa.
21. Crear acciones pedagógicas y/o instrumentos evaluativos.
C) consejo de actividades curriculares no lectivas de libre elección
Está integrado por todos los profesores responsables de las distintas actividades de Libre Elección
que contribuyen a apoyar el desarrollo integral del alumno. Es coordinado por el profesor encargado
de convivencia escolar.
FUNCIONES:
Planificar, ejecutar y evaluar las distintas actividades de modo que:
1. Contribuya a tener conocimiento de la personalidad del alumno.
2. Contribuya a detectar intereses, habilidades y aptitudes de los alumnos.
3. Desarrolle habilidades y destrezas de los alumnos.
4. Contribuya a afianzar la identidad de la Unidad Educativa.
5. Desarrollar habilidades deportivas en los alumnos.
6. Se desarrollen coordinadamente y sin perturbar el desarrollo normal de las clases.
2.8 Unidad técnico-pedagógica: definición y finalidad
La Unidad Técnico-Pedagógica es el organismo encargado de coordinar, asesorar y evaluar las
funciones docentes técnico-pedagógicas que se dan en el establecimiento tales como: orientación
educacional, planificación curricular, supervisión y acompañamiento pedagógico, evaluación de
aprendizaje.
Tiene como finalidad el logro de los objetivos educacionales, optimizar el desarrollo de los
procesos técnico-pedagógicos y constituirse en el principal soporte técnico que lidera los cambios y
las acciones de mejoramiento al interior de la unidad educativa.
2.8.1 Objetivos de la U.T.P
a) Optimizar el funcionamiento técnico-pedagógico del establecimiento, planificando,
coordinando, asesorando y evaluando el desarrollo de las actividades curriculares.
b) Apoyar técnicamente, en forma adecuada y oportuna, a la Dirección y a los docentes del
establecimiento, cuando sea necesario o éstos lo soliciten, especialmente en materias
asociadas a la calidad educativa, tales como orientación, currículum, metodología
pedagógica y evaluación.
2.8.2 Funciones
1) Facilitar el desarrollo del proceso educativo, coordinando acciones que integren, canalicen y
concentren los esfuerzos académicos, con el fin de armonizar el trabajo de los docentes, en
función del logro de los objetivos educacionales propuestos por el establecimiento.
2) Fortalecer el trabajo técnico-pedagógico del docente del aula, a través de acciones de
asesoría directa y apoyo efectivo, oportuno y pertinente.
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3) Promover el trabajo en equipo, integrado y participativo, especialmente entre los docentes
de aula.
4) Promover y facilitar el perfeccionamiento, capacitación y/o actualización permanente de los
docentes.
5) Fomentar y respetar la autonomía y responsabilidad profesional de los docentes de aula,
favoreciendo su creatividad personal y académica.
6) Procurar la participación activa, responsable y comprometida de los docentes, en las
distintas instancias técnico-pedagógicas del establecimiento.
7) Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de orientación educacional con el equipo
psicosocial.
8) Asesorar las actividades de planificación curricular de los docentes y el desarrollo de los
contenidos programáticos.
9) Proponer concepciones y modelos curriculares congruentes con el marco curricular y el
proyecto educativo del establecimiento.
10) Promover la aplicación de métodos, técnicas y medios de enseñanzas que favorezcan el
aprendizaje efectivo de los educandos.
11) Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de evaluación y orientación del proceso
de enseñanza-aprendizaje.
12) Apoyar el mejoramiento del rendimiento escolar, a través de acciones que hagan más
efectivos el quehacer docente en la consecución de los objetivos programáticos y de
programas especiales de reforzamiento de los aprendizajes estudiantiles.
13) Orientar la búsqueda de soluciones innovadoras y creativas a la problemática educativa de
acuerdo con la propia realidad del establecimiento.
14) Promover y coordinar la realización de reuniones, talleres de trabajo y de otras actividades
para enfrentar los problemas pedagógicos en función de una mayor calidad educativa.
15) Diseñar, en conjunto con los otros estamentos del establecimiento, programas y/o acciones
de mejoramiento de la calidad de los aprendizajes, considerando las necesidades más
urgentes de atender y organizando eficientemente los recursos de que se dispone para
desarrollarlos.
16) Colaborar en la Planificación escolar: distribución de cursos, docentes, alumnos.
17) Asesorar y/o confeccionar los horarios de clases.
18) Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las innovaciones curriculares que se
requieran, de acuerdo con las necesidades que el desarrollo de la educación demande.
19) Propiciar y coordinar, cuando sea necesario, la realización de las actividades de educación
extraescolar.
20) Favorecer la existencia de un clima organizacional escolar sano y apropiado para hacer más
efectiva la acción educadora del establecimiento.
21) Supervisión mensual de la concordancia entre Planes y Programas, cronograma (Carta Gantt)
anual, planificación diaria, libro de clases y cuadernos de los alumnos.
22) Acompañamiento en el aula, evaluando al docente y luego realizando la retroalimentación
necesaria para analizar las prácticas educativas.
23) Organizar en conjunto con los profesores criterios a considerar en las salidas pedagógicas.
24) Verificar la correcta confección de documentos oficiales: certificados de estudios, actas de
evaluación, concentraciones de notas, etc.
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25) Confeccionar y proponer a la Dirección y al Equipo de Gestión Escolar, calendarios de
actividades pedagógicas mensuales, semestrales y de fin de año.
26) Propiciar el mejoramiento del rendimiento escolar de los alumnos y alumnas, procurando
optimizar la obtención de logros, diseñando y promoviendo métodos, técnicas y estrategias
de enseñanza que favorezcan el aprendizaje efectivo de los estudiantes.
27) Autoevaluar su gestión en forma permanente.
2.9 Perfeccionamiento docente
a) Desarrollar campañas de motivación que estimulen e incentiven a los miembros de la
Unidad Educativa por perfeccionarse y/o capacitarse, participando en cursos presenciales o
a distancia ofrecidos por el CPEIP.
b) Coordinar y establecer acuerdos para facilitar a los docentes cuando sean convocados por el
nivel superior para participar con becas de perfeccionamiento, como seminarios, charlas,
congresos, etc.
c) Procurar desarrollar talleres de perfeccionamiento a nivel interno con temas de interés para
todo el personal.
d)
3. Cargos, roles, funciones y actividades de cada funcionario
3.1 Director
El Director es el jefe del establecimiento responsable de dirigir, organizar, coordinar, supervisar y
evaluar el trabajo de sus distintos organismos, de manera que funcionen armónica y eficientemente.
En el ejercicio de sus roles actuará de acuerdo con los principios de las ciencias de la educación, las
normas legales y las disposiciones del Proyecto Educativo y del Reglamento Interno de la escuela.
FUNCIONES:
1. Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración educacional y
teniendo presente que la principal función del establecimiento es educar, y prevalece sobre
la administrativa u otra, en cualquier circunstancia y lugar.
2. Determinar los objetivos propios del establecimiento en concordancia con los
requerimientos de la comunidad escolar y de la comunidad nacional.
3. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.
4. Proponer la estructura organizativa Técnico Pedagógica del establecimiento que estime
conveniente, debiendo salvaguardar los niveles básicos de Dirección, Planificación y
Ejecución.
5. Propiciar un ambiente estimulante en el establecimiento para el trabajo de su personal y
crear las condiciones favorables para la obtención de los objetivos del plantel.
6. Impartir instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y
evaluación del currículum, procurando una eficiente distribución de los recursos asignados.
7. Representar oficialmente a la escuela frente a las autoridades educacionales y a su vez
cumplir las normas e instrucciones que emanan de ella.
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8. Arbitrar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la
inspección del Ministerio de Educación, cuando corresponda.
9. Coordinar a nivel superior la acción de los organismos con la escuela.
10. Administrar el plan anual de acción del área de gestión.
11. Estimular y facilitar el perfeccionamiento y/o capacitación del personal de su dependencia,
como asimismo la investigación y experimentación educacional.
12. Autorizar el uso de las dependencias del establecimiento a instituciones u organismos
ajenos a él.
13. Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del
establecimiento educacional.
3.2 Jefe de U.T.P
El Jefe de U.T.P. es la docente técnica con especialidad en supervisión y administración educacional,
encargada de la U.T.P. y es responsable de la programación, organización, supervisión y evaluación
del desarrollo de las actividades curriculares. Además es responsable de las actividades de
evaluación del establecimiento de acuerdo a las normas vigentes.
FUNCIONES:
1. Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades correspondientes al proceso
enseñanza aprendizaje.
2. Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar de los alumnos, procurando el
mejoramiento permanente del proceso, a través de acciones de asesoría directa y de apoyo
efectivo oportuno y pertinente.
3. Propiciar la integración entre los diversos Programas de Estudio de las diferentes
subsectores y distintos planes; a través del trabajo en equipo, integrado y participativo
entre los docentes de aula.
4. Asesorar al Director en el proceso de elaboración del Proyecto Educativo del
Establecimiento.
5. Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación, desarrollo y
aplicación de Planes y Programas de Estudio, respetando la autonomía y responsabilidad
profesional de los docentes, favoreciendo su creatividad personal y académica.
6. Programar, coordinar, supervisar y evaluar la realización de actividades de colaboración no
curriculares.
7. Contribuir al perfeccionamiento del personal docente del establecimiento mediante
motivación apropiada.
8. Dirigir Consejos Técnicos que le competen cuando corresponda.
9. Promover y coordinar la realización de reuniones, talleres de trabajo y de otras actividades
para enfrentar los problemas pedagógicos, en función de una mayor calidad educativa.
10. Propiciar, en conjunto con los otros estamentos del establecimiento, programas y/o
acciones de mejoramiento de la calidad de los aprendizajes, considerando las necesidades
más urgentes de atender y organizando eficientemente los recursos de que se dispone para
desarrollarlos.
11. Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las innovaciones curriculares que se
requieran, de acuerdo con las necesidades que el desarrollo de la educación demande.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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12. Velar por la existencia de un clima organizacional escolar sano y apropiado para hacer más
efectiva la acción educadora del establecimiento.
13. Atender a los apoderados(as) de los alumnos y alumnas con problemas conductuales, en
casos calificados.
14. Asesorar específicamente a los profesores jefes en su función de guía del alumno a través
de la jefatura y Consejo de Curso, proporcionándole material de apoyo a su labor.
15. Asesorar técnicamente a profesores de subsector, curso y especialidad en materias de
Orientación y Rendimiento Escolar.
16. Coordinar y asesorar la programación de las actividades a nivel de escuela en relación con
los Objetivos Fundamentales Transversales.
17. Contribuir al perfeccionamiento del personal del establecimiento en materias de
Orientación.
18. Asesorar a los padres y apoderados para que contribuyan eficazmente al proceso de
orientación de sus hijos.
19. Coordinar las actividades de orientación del establecimiento con las demás que se realizan
en los otros establecimientos de la comuna.
20. Cautelar que los documentos de seguimiento de los alumnos estén al día y bien llevados.
21. Presidir y/o asistir a los consejos de su competencia.
22. Diagnosticar las necesidades de orientación de los alumnos y explorar aspiraciones,
expectativas e inquietudes educativas de docentes y de padres y apoderados.
23. Promover un ambiente facilitador de las funciones orientadoras entre directivos, profesores,
no docentes, alumnos, padres y apoderados, y la comunidad local.
24. Desarrollar toda otra actividad que estime pertinente a los fines de mejoramiento de la
función de orientación.
25. Asesorar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de
evaluación del proceso enseñanza aprendizaje, conforme a las disposiciones legales
vigentes.
26. Contribuir al perfeccionamiento del personal docente en materias de evaluación.
27. Asesorar al docente en el diseño e implementación de procedimientos evaluativos.
28. Velar por la confiabilidad y validez de los instrumentos de evaluación utilizados por los
profesores, supervisando la aplicación de técnicas y elementos utilizados.
29. Incrementar la información del Banco de Datos a través del aporte de pruebas o
procedimientos evaluativos, informes, resultados del aprendizaje, etc.
30. Evaluar antes, durante y al finalizar las acciones curriculares con el fin de verificar el
dominio de los objetivos y mejorar la utilización de los recursos para lograr una mejor
calidad de los aprendizajes.
31. Verificar la correcta confección de los registros de notas en planillas, libretas de
calificaciones, certificados anuales, actas de situación final y todo otro informe relacionado
con su especialidad.
32. Atender a los apoderados de los alumnos con problemas de rendimiento en casos
calificados.
33. Analizar resultados de los diferentes planes de acción del P.E.I.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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3.2 Encargado de convivencia escolar
Es el encargado de apoyar, promover, cautelar y sancionando a todos aquellos alumnos (as) que no
cumplan con las disposiciones que establece el Manual de Convivencia de nuestro
establecimiento.
FUNCIONES:
1. Desarrollar un Sistema de Gestión de la Convivencia que esté orientado a que en ella se
vivan los valores y principios que emanan de Proyecto Educativo Institucional y en el cual
están involucrados todos los actores de la Comunidad Escolar.
2. Coordinar al consejo escolar para la determinación de las medidas del plan de gestión de
convivencia escolar.
3. Implementar las medidas del plan de gestión escolar
4. Cautelar, fortalecer y desarrollar las competencias necesarias para el cumplimento de las
normas contenidas en el Reglamento de Convivencia Escolar.
5. Atender apoderados cuyos pupilos presentan conductas que afectan la sana convivencia y
requieran de un seguimiento especial. Además, atender a los apoderados que asistan a
justificar y/o requieran de alguna ayuda.
6. Controlar el comportamiento del alumnado, velando por el logro de los valores y virtudes
señalados en el perfil del alumno, tanto en el P.E.I. como en el Reglamento Interno y Manual
de convivencia.
3.4 Inspector general
Es el Directivo que tiene la responsabilidad de organizar, coordinar y supervisar el trabajo armónico
y eficiente del departamento de inspectoría, velando porque las actividades del colegio se
desarrollen en un ambiente seguro, de disciplina, bienestar y sana convivencia.
FUNCIONES:
1. Mantener los libros de clases al día, en lo que se refiere a la asistencia y el control ejercido
por el Ministerio de Educación.
2. Supervisar y coordinar el servicio del Casino y almuerzo de los alumnos.
3. Supervisar y coordinar la realización de distintos eventos y actividades extra
programáticas organizadas por el colegio, y que éstas se realicen de acuerdo a los
principios y valores del proyecto educativo.
4. Observar y controlar el comportamiento de los alumnos en los recreos.
5. Llevar el registro diario de asistencia de cada curso. Controlar el comportamiento del
alumnado, velando por el logro de los valores y virtudes señalados en el perfil del alumno,
tanto en el P.E.I. como en el Reglamento Interno y Manual de convivencia.
6. Velar por el estricto cumplimiento de las normas legales sobre accidentes escolares.
7. Llevar los libros de control, documentos de los alumnos, carpeta del alumno y libro de vida,
siendo de su responsabilidad que estén al día y bien llevados.
8. Autorizar por escrito la salida extraordinaria de alumnos junto a su profesor o cuando el
apoderado envié comunicación o llame por teléfono.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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9. Supervisar y controlar los turnos, formaciones y presentaciones del establecimiento en actos
interno y/o externos.
10. Velar por la buena presentación del alumnado en el marco del P.E.I.
3.5 coordinador de computación
Es quien administra de la sala de computación y la persona responsable del buen funcionamiento de
la red al interior y exterior del establecimiento, debiendo siempre demostrar una actitud de apoyo.
FUNCIONES:
1. Coordinar junto con la U.T.P los horarios para el uso del Laboratorio de Computación y
desarrollo de las actividades anuales.
2. Derivar los problemas de fallas técnicas al servicio del soporte correspondiente.
3. Resolver problemas menores de funcionamiento de los computadores y mantener los
equipos en óptimas condiciones.
4. Actualizar proyectos de Informática Educativa, el uso y existencia del diferente software
educativo que se encuentran en la escuela proyectando necesidades.
5. Llevar un Registro de Uso de los computadores por los diferentes cursos.
6. Llevar un Registro de Uso de los computadores por alumno para realizar sus tareas después
de su jornada de clases.
7. Asesorar técnicamente en el uso del computador a los docentes que lo requieran y ofrecer y
promover el uso los diferentes softwares educativos que se encuentran en el
establecimiento.
8. Organizar y dar instrucciones de mantención de equipos computacionales y redes al técnico
de Informática.
3.6 Administrativa (secretaria)
Es la persona que desempeña funciones de oficina y colabora en labores administrativas de la
Dirección y U.T.P. y se ocupa de los demás asuntos administrativos correspondientes a todo el
personal.
FUNCIONES:
1. Organizar y difundir la documentación oficial del establecimiento requiriendo de los
docentes los antecedentes necesarios.
2. Revisión y actualización del inventario del establecimiento.
3. Clasificar y archivar la documentación oficial del establecimiento.
4. Llevar al día los libros oficiales y libros auxiliares necesarios que le asigne la Dirección del
establecimiento.
3.7 Coordinador de CRA
Es la encargada de asegurar la organización, mantenimiento y adecuada utilización de los recursos
documentales y de la biblioteca.
FUNCIONES:
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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1. Difundir, entre los maestros y los alumnos, materiales didácticos e información
administrativa, pedagógica y cultural.
2. Colaborar en la planificación y el desarrollo del trabajo escolar, favoreciendo la utilización
de diferentes recursos documentales.
3. Atender a los alumnos que utilicen la biblioteca, facilitándoles el acceso a diferentes fuentes
de información y orientándoles sobre su utilización.
4. Colaborar en la promoción de la lectura como medio de información, entretenimiento y
ocio.
5. Asesorar en la compra de nuevos materiales y fondos para la biblioteca.
FUNCIONES ANEXAS DEL CRA:
1. Codificar los libros con etiquetas distintivas según inventario.
2. Clasificar los libros de acuerdo a las diferentes temáticas: poemas, cuentos, novelas,
leyendas, fábulas, obras de teatro, ciencia, historia y geografía, lexicología, ortografía,
gramática, apuntes, suplementos educativos y por autores.
3. Realizar catalogación de los libros existentes por medio de un sistema de fichas.
4. Poner a disposición de los niños un conjunto variado de textos, que le permitan aprender a
su propio ritmo y nivel.
5. Incentivar a los alumnos en el hábito de la lectura a través de momentos especiales para ello
(música agradable).
6. Lograr que el niño se familiarice con diversos tipos de obras y autores, aprendiendo a
enriquecer su mundo con las visiones que entrega la literatura.
7. Utilizar los libros adecuados a su condición de lectores: buenos, normales o con problemas.
8. Incentivar a los alumnos en la creación de un registro de experiencia.
9. Llevar un registro de lectores y lecturas.
10. Realizar periódicamente actividades de mantención y reparación de los libros
11. Construir un banco de datos con las diferentes subsectores.
12. Realizar campaña del libro para incrementar biblioteca escolar.
13. Aplicar procedimientos acordados en consejo general de profesores para la recuperación de
textos.
14. Tener un trato amable y cortés con los usuarios.
3.8 Profesor jefe de curso
Es el docente que en cumplimiento de su misión es responsable de la marcha pedagógica y de
orientación de un curso determinado.
FUNCIONES:
A. Planificar y ejecutar personalmente en conjunto con los profesores del subsector del curso.
Supervisar y evaluar el Proceso de Orientación Educacional, en que se desarrollan las
actividades educativas del grupo curso.
B. Organizar, supervisar y evaluar las actividades específicas del subsector de orientación y/u
Objetivos Fundamentales Transversales.
C. Velar con el Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica por la calidad del proceso enseñanza
aprendizaje en el ámbito del curso.
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D. Mantener al día documentos relacionados con la identificación individual de los alumnos y
marcha pedagógica del curso.
E. Informar a los padres y/o apoderados de la situación de los alumnos del curso a su cargo.
F. Asistir y/o presidir los Consejos Técnicos que le corresponda.
G. Vigilar el comportamiento de los alumnos, orientándolos en su conducta y actitud.
H. Velar por el cuidado y disponibilidad del material didáctico.
3.9 Profesor de aula
Es el docente cuya acción o exposición personal la realiza en forma continua y sistemática, inserta
dentro del proceso educativo.
FUNCIONES:
1. Educar a los alumnos y enseñar su asignatura de acuerdo al Marco Para la Buena Enseñanza.
2. Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades docentes de su
especialidad.
3. Fomentar e internalizar en el alumnado valores, hábitos y actitudes; y desarrollar la
disciplina de los alumnos, especialmente a través del ejemplo personal.
4. Integrar los contenidos de su subsector con los de otras disciplinas.
5. Desarrollar las actividades de colaboración que se le designen.
6. Cumplir el horario de clases para el cual se le ha contratado.
7. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de índole técnica-pedagógica impartidas por el
Ministerio de Educación.
8. Asistir a los actos educativos culturales y cívicos de la escuela.
9. Cuidar los bienes generales de la escuela, conservación del edificio y responsabilizarse de
aquellos que se les confiere a su cargo.
10. Mantener al día los documentos relacionados con su función y entregar en forma precisa y
oportuna la información que la Dirección y/o U.T.P. solicite.
11. Resguardar el cumplimiento de los objetivos de los planes y programas de estudios en el
desempeño de su labor docente.
12. Participar en los consejos técnicos que le competen.
3.10 Funcionario de turno
El funcionario de turno es significativamente el nexo de comunicación entre la Inspectoría y lo que
ocurre o podría estar ocurriendo en el recinto escolar: - horario previo al inicio de las actividades -
durante los recreos -actividades de tipo general en los patios y durante las salidas de los cursos al
término de la jornada.
FUNCIONES:
1. Percatarse de que todos los docentes al inicio lectivo se encuentren frente al curso;
procurando que ningún curso pase a la sala sin su correspondiente profesor jefe o de
asignatura. El curso sin profesor debe quedar formado a la espera de la resolución de la
dirección, debiendo informar de tal eventualidad a quien corresponda en el momento
oportuno.
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2. Informar al profesor jefe de los casos de mala conducta observados durante los recreos. Los
casos de conducta negativa grave informarlos o referirlos al encargado de convivencia
escolar para su registro, información y/o citación a la apoderada(o).
3. Atender imprevistos, asumiendo responsabilidad e iniciativa en casos de alumnos
accidentados, procediendo a dar cuenta de inmediato en INSPECTORÍA, Convivencia Escolar
o U.T.P del establecimiento donde se tomarán las medidas del caso.
4. Vigilar el comportamiento de los alumnos orientándolos en su conducta y actitud, de
acuerdo a las normas existentes en el establecimiento.
5. Controlar el aseo y cuidado de los patios.
6. Prestar atención de primeros auxilios a los alumnos.
7. Controlar la presentación personal de los alumnos.
8. Velar por que se cumplan las normas de convivencia entre los alumnos.
9. Otras funciones afines que se le asignen por el director.
3.11 Educadora diferencial
Es un profesional que trabaja con las dificultades presentes, vislumbrando las potencialidades
cognoscitivas, afectivas y sociales del alumno.
FUNCIONES:
1. Apoyar la labor académica y formativa de los docentes, haciéndose cargo de los alumnos/as
que presentan trastornos de aprendizaje.
2. Mantenerse actualizada de los adelantos en su área de conocimiento y aplicar las
metodologías más efectivas para el mejoramiento de las dificultades presentadas por los
alumnos que requieran apoyo pedagógico.
3. Evaluar cognitivamente y afectivamente a los alumnos que presentan alguna dificultad de
aprendizaje.
4. Elaboración de informes, en el cual se detallan los resultados obtenidos por el alumno ya
sea en áreas: cognitiva, instrumental y socio afectiva.
5. Planificar y desarrollar planes individuales de trabajo de alumnos y alumnas.
6. Mantener informado al Director del Colegio, U.T.P y Profesores Jefes de los alumnos/as
atendidos, de los planes de trabajo y los avances correspondientes.
7. Trabajar estrechamente con los apoderados de los alumnos en tratamiento.
3.12 Psicólogo/a
Es un profesional encargada de realizar evaluaciones psico-diagnóstica, con la finalidad de
determinar patologías asociadas a trastornos de tipo emocional o de carácter neurológico que estén
interfiriendo el proceso de enseñanza aprendizaje.
FUNCIONES:
1. Ayudar a buscar soluciones a los problemas tanto académicos como conductuales que
surgen en niños y adolescentes.
2. Orientar al pedagogo sobre las estrategias que puede utilizar para solucionar los problemas
que se presenten.
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3. Estimular a la creatividad, al interés, hacia los aspectos académicos, tanto del personal
docente como del estudiantado.
4. Buscar soluciones junto a la parte directiva sobre problemas de disciplina, respeto,
tolerancia, que deben estar presentes en la Institución.
5. Procurar dar una formación permanente y colectiva (charlas, diálogos) relacionados con lo
que es la formación académica.
6. Fomentar y favorecer la implementación de la orientación educativa en los centros de
enseñanza, para guiar a los padres, profesores, y de manera especial a los estudiantes, para
que éstos se conozcan a sí mismos y sepan cuáles son sus posibilidades en cuanto al
aprendizaje.
3.13 Personal auxiliar de servicios menores
Es el responsable directo de la vigilancia, cuidado y mantención de los muebles, enseres e
instalaciones del local escolar y demás funciones subalternas de índole similar.
FUNCIONES:
1. Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del establecimiento.
2. Desempeñar, cuando proceda, funciones de portero del establecimiento.
3. Retirar, repartir y franquear mensajes, correspondencia y otros.
4. Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se le encomienden.
5. Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación de herramientas,
equipos electrónicos, que se le hubieren asignado.
6. Ejecutar encargos debidamente visados por la autoridad respectiva del establecimiento.
7. Mantener un trato deferente con el personal, alumnos, padres y apoderados.
4. Derechos, obligaciones y prohibiciones generales de los funcionarios
4.1 Derechos
1. Los profesionales de la educación que se desempeñan en la Escuela Básica “Claudio Arrau”
tienen derecho a todas las prerrogativas que se derivan de la organización administrativa,
consciente de sus posibilidades en igualdad a sus semejantes, conformando
permanentemente un círculo de vida, pleno de humanismo, valores, sentimientos
y percepciones, procurando gradualmente que se adapte de acuerdo a su
propia dinámica personal interna; ofreciendo las condiciones apropiadas para su propio
crecimiento integral.
2. Tienen derecho a postular y participar en perfeccionamiento profesional para adquirir
nuevas técnicas y medios que signifiquen un mejor cumplimiento de sus funciones.
3. Tienen derecho a participar con carácter consultivo, en el diagnóstico, planeamiento,
ejecución y evaluación de las actividades de la Unidad Educativa.
4. Tienen derecho igualmente a resolver en materias de tipo técnico-pedagógico en los
Consejos de Profesores en conformidad al Proyecto Educativo del Establecimiento y al
presente Reglamento Interno.
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5. Los docentes gozarán de autonomía en el ejercicio de la función docente sujeta a las
disposiciones legales que orientan al Proyecto Educativo Institucional de la escuela y de los
programas específicos de mejoramiento e innovación. Esta autonomía se ejercerá en:
El planeamiento de los procesos de enseñanza y de aprendizaje que desarrollarán en su
ejercicio lectivo, y en la aplicación de los métodos y técnicas correspondientes.
La evaluación de los procesos de enseñanza y del aprendizaje de sus alumnos, de
conformidad con las normas nacionales y las acordadas por el establecimiento.
La aplicación de los textos de estudio y materiales didácticos en uso en el
establecimiento y adecuados a la realidad en que vive el alumno.
La relación con las familias y los apoderados teniendo presente las normas establecidas
por el establecimiento.
4.2 Obligaciones
1. Realizar el trabajo convenido con el fin de lograr que el establecimiento pueda cumplir
adecuadamente los fines de la educación.
2. Realizar personalmente la labor convenida de acuerdo con las normas e instrucciones del
Ministerio de Educación y del empleador, según corresponda.
3. Desempeñar su labor con diligencia y colaborar a la mejor marcha del proceso educacional.
4. Guardar la debida lealtad y respeto hacia el establecimiento y hacia el empleador y/o
representante del sostenedor.
5. Dar aviso oportuno al Director de su ausencia por causas justificadas.
6. Respetar los controles de entrada y salida consignando los horarios respectivos que le han
sido asignados.
7. Mantener sobriedad y corrección en el desempeño de sus funciones.
8. Mantener en todo momento relaciones jerárquicas deferente con jefes, compañeros de
trabajo, subalternos y alumnos.
9. Velar por los intereses del establecimiento, evitando perdidas, deterioros o gastos
innecesarios.
10. Comunicar dentro de 48 horas de sucedido, todo cambio en los antecedentes personales
para ser anotado en su expediente individual e informado a la superioridad de servicio,
especialmente el cambio de domicilio.
11. Respetar estrictamente el conducto regular.
12. Cumplir con las cláusulas convenidas en el contrato de trabajo.
4.3 Prohibiciones
1. Faltar al trabajo o abandonarlo en horas de labor, sin causa justificada o sin la debida
autorización.
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2. Suspender ilegalmente las labores e inducir a tales actividades.
3. Atrasarse reiteradamente en la hora de llegada.
4. Presentarse al trabajo en estado de intemperancia, bajo la influencia del alcohol, de drogas
o estupefacientes.
5. Permitir a personas ajenas al local escolar, realizar trabajos voluntarios de tipo pedagógico,
administrativo, paradocente o de servicios menores u otros sin una autorización expresa del
director o empleador.
6. Realizar paseos o giras de estudio sin la autorización.
7. Efectuar comercio sin la autorización del director.
8. Utilizar la infraestructura del establecimiento en beneficio personal.
9. Usar celular durante el desarrollo de las clases.
10. Incluir a los estudiantes como contactos en sus redes sociales.
5. Derechos y deberes de la comunidad educativa
5.1 Derechos de los miembros de la comunidad
De acuerdo a la Ley 20.845 (Ley de Inclusión Escolar), se establece lo siguiente:
a) Derecho a la integración e inclusión: se propenderá a eliminar todas las formas de
discriminación arbitraria que impida el aprendizaje y la participación de los estudiantes.
b) Derecho de padres, madres o apoderados a solicitar al director la reconsideración de la
decisión de expulsión o cancelación de matrícula.
c) Derecho a la asociación de los estudiantes, padres y apoderados, personal docente y
asistentes de la educación.
d) Sólo podrán aplicarse las sanciones o medidas disciplinarias contenidas en el reglamento
interno, las que, en todo caso, estarán sujetas a los principios de proporcionalidad y de no
discriminación arbitraria, y a lo dispuesto en el artículo 11 del decreto con fuerza de ley
Nº2, de 2009, del Ministerio de Educación.
e) En cuanto a las medidas de expulsión o de cancelación de matrícula, se establece lo
siguiente, en concordancia a lo dispuesto por la Ley 20.845/2015:
No podrá decretarse la medida de expulsión o la de cancelación de matrícula de
un o una estudiante por motivos académicos, de carácter político, ideológicos o
de cualquier otra índole, sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos siguientes.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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Las medidas de expulsión y cancelación de matrícula sólo podrán aplicarse
cuando sus causales estén claramente descritas en el reglamento interno del
establecimiento y, además, afecten gravemente la convivencia escolar.
Previo al inicio del procedimiento de expulsión o de cancelación de matrícula, el
director del establecimiento deberá haber representado a los padres, madres o
apoderados, la inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible
aplicación de sanciones e implementado a favor del o la estudiante las medidas
de apoyo pedagógico o psicosocial que estén expresamente establecidas en el
reglamento interno del establecimiento educacional, las que en todo caso
deberán ser pertinentes a la entidad y gravedad de la infracción cometida,
resguardando siempre el interés superior del niño o pupilo. No se podrá
expulsar o cancelar la matrícula de un estudiante en un período del año escolar
que haga imposible que pueda ser matriculado en otro establecimiento
educacional.
Lo dispuesto en el párrafo precedente no será aplicable cuando se trate de una
conducta que atente directamente contra la integridad física o psicológica de
alguno de los miembros de la comunidad escolar, de conformidad al Párrafo 3º
del Título I del decreto con fuerza de ley Nº2, de 2009, del Misterio de
Educación. En ese caso se procederá con arreglo a los párrafos siguientes:
Las medidas de expulsión o cancelación de matrícula sólo podrán adoptarse
mediante un procedimiento previo, racional y justo que deberá estar
contemplado en el reglamento interno del establecimiento, garantizando el
derecho del estudiante afectado y, o del padre, madre o apoderado a realizar
sus descargos y a solicitar la reconsideración de la medida.
La decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser
adoptada por el director del establecimiento. Esta decisión, junto a sus
fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado y a su
padre, madre o apoderado, según el caso, quienes podrán pedir la
reconsideración de la medida dentro de quince días de su notificación, ante la
misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores.
El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a en vista el o los
informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles.
Los sostenedores y, o directores no podrán cancelar la matrícula, expulsar o
suspender a sus estudiantes por causales que se deriven de su situación
socioeconómica o del rendimiento académico, o vinculadas a la presencia de
necesidades educativas especiales de carácter permanente y transitorio
definidas en el inciso segundo del artículo 9º, que se presenten durante sus
estudios. A su vez, no podrán, ni directa ni indirectamente, ejercer cualquier
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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forma de presión dirigida a los estudiantes que presenten dificultades de
aprendizaje, o a sus padres, madres o apoderados, tendientes a que opten por
otro establecimiento en razón de dichas dificultades.
El director, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o cancelación de
matrícula, deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la
Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de
que ésta revise, en la forma, el cumplimiento del procedimiento descrito en los
párrafos anteriores. Corresponderá al Ministerio de Educación velar por la
reubicación del estudiante afectado por la medida y adoptar las medidas de
apoyo necesarias.
Todo miembro de la Comunidad Escolar, tiene el derecho de ser informado acerca de las diferentes
definiciones, objetivos y artículos del Reglamento Interno de Convivencia Escolar. Además existe el
derecho a ser parte de la formación y/o reestructuración de éste. Para informar y/o reestructurar el
Reglamento Interno. Además este RICE debe ser informado y expuesto en reunión de apoderados.
En el caso de los estudiantes se utilizarán las clases de orientación.
5.2 Derechos de los estudiantes
a. Ser tratado en forma respetuosa, comprensiva, sin prejuicios respecto de su etnia, sexo,
religión, edad, estrato socioeconómico, situación académica, o cualquier otra
consideración de minoría por el equipo directivo, docentes, asistentes de la educación, y
estudiantes del establecimiento.
b. Desenvolverse en un ambiente limpio, ordenado y de seguridad individual.
c. A tener las actividades escolares en un ambiente propio para el aprendizaje.
d. Conocer oportunamente los resultados de las pruebas, antes de la aplicación de otro
procedimiento evaluativo.
e. A la participación en actividades escolares, extraescolares, eventos artísticos y culturales
organizados por el Establecimiento.
f. A elegir libre y democráticamente a sus representantes, consejo de sala.
g. Recibir atención apropiada en caso de accidente.
h. Derecho a apelar ante la aplicación de cualquier tipo de medida disciplinaria que
transgreda el Reglamento Interno de Convivencia Escolar.
i. Hacer uso de las diferentes dependencias del establecimiento para desarrollar su proceso
de enseñanza – aprendizaje.
j. Recibir un trato justo, respetuoso, transparente y objetivo en caso de conflicto.
k. Conocer las fechas de evaluación con un mínimo de 3 días y un máximo de 8 días.
l. Conocer las pautas de corrección y escalas de conversión de sus notas.
m. Rendir pruebas y trabajos atrasados según las condiciones del Reglamento Interno de
Evaluación del establecimiento.
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n. Ser reconocido positivamente por sus conductas y actitudes cuando lo amerite.
o. Toda estudiante embarazada, podrá continuar sus estudios, y se le hará entrega del apoyo
necesario con el conocimiento del apoderado.
p. Todos los estudiantes tendrán derecho a ser escuchados, dar a conocer visión y opinión,
ser respetados de forma íntegra y no ser menoscabados en su dignidad.
q. Recibir todos los beneficios del Sistema Escolar.
r. En caso de accidente Escolar en el Establecimiento o en el Trayecto, el estudiante tendrá
derecho a hacer uso del Seguro Escolar.
5.2.1 De los reconocimientos
Criterios de aplicación para la entrega de estímulos
Como un modo de reforzar y consolidar las conductas positivas de los
estudiantes, el comportamiento destacado de ellos se reconocerá en forma
adecuada ante la comunidad educativa para que sean un ejemplo digno a
seguir.
Estas conductas positivas tendrán incidencia en el Informe de Personalidad.
Los reconocimientos que recibirán los estudiantes por sus conductas
destacadas son anotación positiva en el libro de clases.
Los alumnos que tengan cinco o más anotaciones positivas y/o aquellas que
fueren destacadas por el Consejo de Profesores, recibirán una carta de
reconocimiento por sus logros al término de cada semestre. (Profesor Jefe
deberá tener una carta tipo que se encuentra en los anexos del presente
manual)
Al término del año escolar, los estudiantes de cada curso con mejor asistencia,
rendimiento y aquéllos que se destaquen por sus condiciones personales y
valores como esfuerzo, cortesía y entrega a los recibirán un diploma de
reconocimiento por parte de la Dirección.
Además, los estudiantes destacados podrán recibir otros reconocimientos,
definidos por la Dirección, Profesoras/es Jefes, y/o Profesor/a de Asignatura,
siendo legitimados en Consejo de Profesores, según pauta previamente
discutida y consensuada.
Estímulos a los alumnos y alumnas destacados por su comportamiento.
Con el fin de estimular el buen comportamiento, el establecimiento considera
los siguientes estímulos a los alumnos que tienen una destacada participación
en su formación personal y relación de sana convivencia con sus pares:
Conductas Positivas: Si el estudiante presenta las siguientes conductas
positivas, recibirá observaciones positivas escritas en el libro de clases, las
cuales tendrán el efecto de anular una observación negativa; 3 positivas anulan
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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una negativa:( Bajo el criterio del profesor jefe y de acuerdo a la conducta
presentada por el alumno)
- Colaborar en actividades extras-curriculares. •
- Participar en actividades de representación del
establecimiento.
- Participar en actividades solidarias con integrantes de la
comunidad escolar.
- Colaborar con un ambiente de estudio sano y grato.
- Ser capaz de enfrentar situaciones conflictivas a través del
diálogo respetuoso.
Estímulos
• Cuadros de honor a los alumnos destacados en rendimiento, actitudes valóricas, deporte,
actividades extracurriculares.
Entrega de estimulo a los alumnos y alumnas por su esfuerzo y sentido de superación, en el
ámbito académico, actitudes valóricas, deporte, actividades extracurriculares.
Estímulo Anual: • Premio al mejor compañero(a) de curso. • Premio al mejor promedio
anual de cada curso. • Premio al alumno que egresa con mejor rendimiento de cada sub
sector de los octavos años. • Premio al curso destacado en el SIMCE con respecto al año
anterior.
5.3 Deberes de los estudiantes
a. Los Estudiantes, deberán cumplir los horarios establecidos de ingreso y salida del
establecimiento, junto con los horarios de recreo, desayuno y almuerzo.
b. Los estudiantes deberán presentarse a clases con todos sus útiles, materiales y textos
correspondientes a las clases del día.
c. Para las clases de Educación Física, estudiantes deberán presentarse con vestuario
adecuado a la actividad (buzo institucional) y se podrán exceptuar de esta clase,
previamente presentación de Certificado médico o recomendación médica que así lo
dictamine
d. Deberán presentar sus tareas, trabajos, materiales en la fecha y hora establecida por el
docente solicitante.
e. Toda inasistencia a clases o alguna actividad fijada por el Establecimiento, deberá ser
justificada por escrito o personalmente por el Apoderado, al profesor Jefe respectivo.
f. Todo y toda estudiante que presente inasistencia por enfermedad debe presentar el
documento que certifique su atención médica y licencia si corresponde.
g. En caso de prescripción de medicamentos, ésta deberá ser conocida por el profesor jefe
del alumno, Docente Encargado (a) de Salud, Directora.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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h. Al toque de campana, todo los estudiantes deberán ingresar a su sala de clases, sin
necesidad de que el Docente deba obligarle y al término de la clase, la sala debe quedar
aseada, aireada y en condiciones de continuar las siguientes actividades.
i. Los estudiantes tienen el deber de asistir a las actividades de apoyo complementarias al
curriculum escolar, brindadas por docentes y/o profesionales asistentes de la educación.
j. Representar al establecimiento en los actos institucionales a los que sea convocado, previa
autorización de su apoderado.
k. Respetar el Reglamento Interno de Convivencia Escolar, en su totalidad, acatando las
sanciones y medidas formativas dispuestas.
5.4 Derechos de los docentes
a) Ser respetado en su integridad personal (física y psicológica) por parte de todos los
miembros de la comunidad.
b) Ser respetado en su vida privada, la que no deberá interferir en aspectos de desarrollo
profesional.
c) Ser valorado, respetado y reconocido por su desempeño profesional, tanto en la
percepción social, como en el fortalecimiento de su autoridad.
d) Tener las condiciones para desarrollarse en su profesión, potenciando sus capacidades en
pro de la calidad del desempeño profesional y su directa incidencia en las prácticas
docentes.
e) Tener acceso a los espacios y recursos que ofrece la institución, con fines pertinentes a la
labor docente.
f) Ser atendido con respeto al presentar sus quejas e inquietudes ante las autoridades del
establecimiento, siguiendo el conducto regular.
g) Recibir información de manera oportuna por parte de la instancia que corresponda de las
distintas decisiones y actividades, sean estas de tipo administrativo, pedagógico y/o de
seguridad.
h) Ser informado oportunamente por la autoridad pertinente de toda situación que involucre
el cuestionamiento de su quehacer profesional y/o a su dignidad personal, cualquiera sea
su origen.
i) Ser informado acerca de los procesos de evaluación docente en cuanto a su programación,
organización, planificación y resultados, en conformidad a las pautas oficiales del
MINEDUC.
j) Tener acceso al debido proceso de investigación apelación y reparación, en relación a los
procesos de evaluación docente, al cuestionamiento de su dignidad personal.
k) Tener derecho a la información de los procesos internos de evaluación y-o decisiones de
carácter administrativos, en especial en situaciones de conflicto con estudiantes y
apoderados.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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l) Participar en la toma de decisiones que involucren aspectos disciplinarios y evaluativos
que afecten a los estudiantes.
m) Tomar decisiones pertinentes a la función docente específicas del proceso de aprendizaje
en cuanto a la metodología, tipo de evaluaciones, contenidos u otros, respetando la
programación y políticas del establecimiento.
n) Responsabilizarse en el desempeño de los cargos asumidos dentro del establecimiento.
5.5 Deberes de los docentes
a) Realizar diligentemente el trabajo docente con el fin de lograr que el Establecimiento
pueda cumplir con los fines de la educación.
b) Respetar a los estudiantes en sus distintas etapas de desarrollo, favoreciendo su desarrollo
integral.
c) Colaborar con el respeto a las normas y la sana convivencia dentro de la sala de clases y el
establecimiento en general.
d) Mantener trato respetuoso y deferente con todos los integrantes de la comunidad
educativa, respetando su calidad de personas y sus respectivos roles.
e) Proteger los derechos de los estudiantes cuando estos sean vulnerados al interior de la
familia y/o del establecimiento, informando oportunamente a las autoridades pertinentes
del establecimiento.
f) Respetar y cumplir con la carga horaria y jornada de trabajo asignadas de acuerdo con la
normativa vigente, en conformidad con el nombramiento que posea.
g) Asistir y participar puntual y responsablemente en las actividades a las que fuere
convocado, que tengan directa relación con la función docente y competencia del cargo
dentro de la jornada laboral.
h) Asistir a Consejos de Profesores y reuniones técnicas, participar del debate, análisis de las
materias que se traten y en la toma de decisiones técnico-pedagógicas.
i) Conservar la debida confidencialidad de toda aquella información relacionada con los
acuerdos de los Consejos de Evaluación, Consejos de Profesores u otras instancias
semejantes.
j) Iniciar y terminar puntualmente sus clases de acuerdo a horario establecido.
k) Realizar las clases de acuerdo a una planificación curricular de aula concordante con la
planificación curricular de la asignatura, las técnicas y métodos de enseñanza.
l) Adaptar los programas de trabajo a las peculiaridades del grupo de estudiantes y
desarrollar adecuaciones curriculares para los estudiantes que presenten necesidades
educativas especiales.
m) Registrar en el Libro de clases oportunamente materias y/o actividades realizadas en el
curso asignado y con coherencia con los objetivos programáticos.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
- 31 -
n) Evaluar con los procedimientos e instrumentos técnicos pertinentes el aprendizaje de los
estudiantes.
o) Registrar en la hoja personal del estudiante, ubicado en el libro de clases, las
observaciones que estime relevantes para el conocimiento del desarrollo actitudinal y
valórico que forman parte del perfil del PEI.
p) Mantener actualizados los registros académicos y administrativos de acuerdo a las fechas
y plazos establecidos por UTP y Dirección.
q) Atender individualmente a los estudiantes y a sus apoderado cuando lo estime
conveniente o cuando le sea solicitado por uno de ellos, en el horario establecido para ese
fin.
r) En caso de requerir permiso administrativo, cursar en Dirección, por lo menos con 48
horas de anticipación.
s) Avisar y justificar oportunamente a Dirección sus atrasos y/o inasistencias.
t) Cuidar y promover en los alumnos el cuidado de las instalaciones del Establecimiento
(Centro Lector, Sala de computación, salas de clases, sala de profesores, etc.)
5.6 Derechos de los asistentes de la educación
a) A un trato digno y respetuoso de parte de todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
b) A realizar sus actividades en un ambiente de higiene, limpieza y sana convivencia.
c) A ser escuchado.
d) Contar con las condiciones de trabajo óptimas, tales como baños, material de apoyo y otros.
e) Tener acceso a los espacios y recursos que ofrece la institución, con fines pertinentes a la
labor de asistencia de la educación.
f) Ser atendido con respeto al presentar sus quejas e inquietudes ante las autoridades del
establecimiento, siguiendo el conducto regular.
g) Recibir información de manera oportuna por parte de la instancia que corresponda de las
distintas decisiones y actividades, sean estas de tipo administrativo, pedagógico y/o de
seguridad.
h) Ser informado oportunamente por la autoridad pertinente de toda situación que involucre el
cuestionamiento a su quehacer profesional y/o a su dignidad personal, cualquiera sea su
origen.
i) Tener derecho a la información de los procesos internos de evaluación y/o decisiones de
carácter administrativos, en especial en situaciones de conflicto con los estudiantes y
apoderados.
j) Participar en la instancia pertinente de la elaboración y actualización del Manual de
Convivencia.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
- 32 -
5.7 Deberes de los asistentes de la educación
a. Hacer buen uso del material y bienes de la Institución.
b. Velar por el buen uso de los timbres y otros sellos propios de la escuela.
c. Velar por la mantención del aseo y presentación de las dependencias del establecimiento.
d. Atender en forma deferente y cortés a todos los miembros de la comunidad educativa y
público en general.
e. Dar aviso dentro de las 24 hrs. A Directora que si está enfermo o imposibilitado de asistir a
sus labores.
f. En la Inspectoría General en que cumple funciones, realizará los trabajos pendientes antes o
al finalizar su jornada.
g. Colaborar en forma rápida y efectiva con Dirección, en caso de emergencia.
h. Controlar la entrada y salida de los estudiantes del establecimiento y sala de Clase.
i. No podrá hacer abandono de su lugar de trabajo o de sus funciones sin la autorización
previa de la Dirección. En su ausencia acudirá al Docente Superior que corresponda.
j. Queda estrictamente prohibido el uso de celular durante el trabajo en aula.
5.8 Derechos de los padres y apoderados
a. Ser miembro con derecho a voz y voto en la Directiva del Centro Gral. De Padres y
Apoderados, teniendo una antigüedad de un año, como apoderado del Establecimiento.
b. Tener derecho a voz y voto en el Sub centro de Padres y Apoderados del curso.
c. Participar en todas las actividades que el Centro General de Padres y Sub-centros realicen.
d. Serán atendidos en los horarios de libre disposición del Profesor.
e. El apoderado será informado dos veces al año de las notas parciales de su pupilo, no
obstante podrá solicitar Información cuando lo estime necesario, ateniéndose a los horarios
dispuestos para su atención.
f. Participar y organizar actividades de apoyo a la labor del Profesor de curso, en beneficio de
los estudiantes.
g. Solicitar entrevista con directivos, profesores y equipo psicoeducativo de la escuela
5.9 Deberes de los padres y apoderados
a. Mantener un trato respetuoso y cordial con el equipo directivo, docentes, asistentes de la
educación, estudiantes y demás apoderados del establecimiento. De ocurrir lo contrario, la
Dirección del establecimiento podrá prohibir el ingreso del apoderado al establecimiento
dentro de un plazo determinado y/o solicitar cambio de apoderado.
b. Deberán asistir al Establecimiento cuando el equipo directivo, docentes y/o asistentes de la
educación lo estimen conveniente, en los horarios de la Escuela.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
- 33 -
c. Al matricular a sus pupilos, se comprometen libremente a acatar todos los reglamentos y
estatutos que regulan al establecimiento.
d. El apoderado que necesite una entrevista con el equipo directivo, docentes y/o asistentes de
la educación, deberá acudir a la Secretaría y/o Dirección del Establecimiento para su previa
autorización, y en ningún caso podrá interrumpir el normal desarrollo de la clase.
e. Los apoderados deberán asistir a las reuniones y/o entrevistas convocadas por el equipo
directivo, docentes y/o asistentes de la educación estimen necesarias, e informarse del
rendimiento, comportamiento de sus pupilos y conocer las actividades del colegio.
f. Revisar tareas, mochila, y firmar comunicaciones que sean enviadas desde el
establecimiento.
g. Preocuparse del aseo y presentación personal de su pupilo/a, enviando aseado, limpio y con
su uniforme escolar o buzo institucional al estudiante todos los días.
h. Los apoderados de los estudiantes internos deberán:
Justificar inasistencias.
Proveer de materiales necesarios para su aseo personal, mudas de ropa, y material
de estudio de su pupilo.
Mantenerse informado acerca del comportamiento y rendimiento escolar de su
pupilo.
i. El apoderado y otros, no deberán visitar la Sala durante el desarrollo de la clase.
j. Mantener al día el Carné de Salud en poder de la Encargada.
k. Proveer a su pupilo de la Cédula de Identidad.
l. Entregar a la Dirección, en forma oportuna, la documentación requerida por el
establecimiento.
m. Contribuir en la aplicación de sanciones y medidas formativas aplicadas cuando un
estudiante comete una falta al presente Reglamento Interno de Evaluación.
5.10 Prohibiciones de los padres y apoderados
a. Ingerir bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes dentro de las dependencias abiertas o
cerradas de la Escuela Rural Pullinque, en todo horario, incluyendo las salidas a terreno que
tengan relación con una actividad académica, deportiva o cultural.
b. Falsificar documentos, entregar información engañosa y/o mentir en cualquier gestión
administrativa o educativa la Escuela.
c. Hacer ingreso a patios, pabellones o aulas sin el debido consentimiento de parte de
Dirección.
d. Incurrir en amenazas o violencia física o psicológica contra cualquier integrante de la
Comunidad Educativa. Cabe destacar el Artículo 16 D de la Ley sobre Violencia Escolar, el
cual indica que revestirá especial gravedad todo tipo de violencia física o psicológica
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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cometida por cualquier medio en contra de un estudiante, realizado por quien detenta una
posición de autoridad o por parte de un adulto de la comunidad educativa.
e. En el caso de incurrir en alguna de estas prohibiciones se procederá a la desvinculación en
su rol como apoderado, y no podrá acceder a las dependencias del establecimiento ni
participar de actividades de la Escuela sin un permiso extendido por Dirección, junto con
ello se debe elegir un nuevo apoderado.
6. Regulaciones y acuerdos de convivencia
6.1 Normas de convivencia referidas a horarios
Horario de funcionamiento del establecimiento será el siguiente:
o Lunes a Jueves de 08.00 a 17.30 hrs.
o Viernes de 8.00 a 14.00 hrs.
La Jornada de Clases del establecimiento será la siguiente:
o Lunes a Jueves 8.30 a 16.00 hrs.
o Viernes de 8.30 a 14.00 hrs.
La atención a apoderados y entrevista con Dirección se solicitará de manera escrita o
telefónica, en secretaria y se dispondrá de acuerdo a la disponibilidad de horario de cada
profesor.
Consejo Técnico de Profesores: martes de cada semana de 16.00 a 18.00 hrs.
Los padres y apoderados de los estudiantes se abstendrán de entrar a los patios y a las
aulas sin el permiso de la Dirección, con el fin de no interrumpir las clases o entorpecer las
entradas o salidas.
Las autorizaciones para retirar a un estudiante del Establecimiento se harán a través de
inspectoría o secretaría, De forma personal.
Los estudiantes que deseen ingresar al Establecimiento una vez iniciada la jornada escolar,
deberán presentar un justificativo por su retraso y/o salida en inspectoría, el que quedará
de respaldo en carpeta de registro, donde se entregará un pase para ingresar a sala.
Los Auxiliares de Servicio abrirán las puertas del Establecimiento a las 7:00 am horas. En la
tarde se despachará a los estudiantes con el toque de campana de las 16.00 hrs. Los
estudiantes de pre básica y primero básico serán acompañados de los asistentes de
educación hasta la entrada, donde serán retirados por el personal de los furgones escolares
para que los lleven a sus respectivos domicilios.
Ningún estudiante podrá abandonar el establecimiento en horario de clases sin el
acompañamiento de un adulto familiar.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
- 35 -
6.2 Normas de Convivencia referidas al ingreso a la escuela y permanencia
de los estudiantes
Los estudiantes podrán ser matriculados siempre que existan vacantes en el nivel que le
corresponda, no pudiendo realizarse selección de ningún tipo (económico, familiar, religioso,
ideológico, de rendimiento académico, entre otros). Por lo anterior, no se podrán solicitar
antecedentes socioeconómicos, religiosos u otros que permitan discriminar en el proceso de
admisión y matrícula.
1. No se podrán exigir notas mínimas para la permanencia de los estudiantes.
2. No se podrá restringir la matrícula a los estudiantes por repitencia.
3. No se podrá restringir el ingreso o la permanencia de estudiantes por estar
embarazadas o ser padres.
4. No se podrá restringir el ingreso o la permanencia de estudiantes por su origen racial o
nacionalidad.
6.3 Normas de Convivencia referidas a ausencias, inasistencias, permisos,
enfermedad de profesores, asistentes de la educación, estudiantes.
a) En concordancia con los derechos y deberes de los docentes, quienes soliciten permisos
administrativos deberán hacerlo a través de la Dirección del establecimiento, dejando las
planificaciones que correspondan, con un mínimo de 2 días hábiles de anticipación.
b) Ante la situación de ausencia de docentes y/o asistentes de la educación a causa de enfermedad
(Licencias Médicas), será responsabilidad de la Dirección cautelar la suplencia respectiva en
concordancia con la Corporación Municipal, Área Educación.
c) Los docentes y asistentes de la educación que se acojan a licencia médica, deberán dejar el
documento en la Dirección del Establecimiento.
d) Las sustituciones del profesorado en caso de ausencia por situaciones inesperadas, se realizarán por
parte de los profesores con horario a disposición de la Dirección, y en caso que no haya
disponibilidad de docentes, por un asistente de la educación.
e) En caso de ausencias por enfermedad de los estudiantes, deberán ser informadas al profesor jefe en
forma oportuna y si es prolongada, el apoderado deberá presentar el certificado médico que lo avale
o cualquier documentación que certifique una atención primaria.
6.4 Normas de la sala de clases, aulas de recursos, patio y comedor.
En cada sala y/o aula de recursos se podrán levantar normas propias en el contexto de las
siguientes recomendaciones:
1. -Mantener siempre las salas limpias y ordenadas.
2. Cuidar el mobiliario e infraestructura.
3. Respetar el derecho y pertenencias de los demás.
4. Mantener hábitos adecuados como: no comer, beber, ni mascar chicle durante las clases.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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5. Se debe mantener un y conductas cordiales y respetuosas para con los demás miembros de
la comunidad educativa.
6. Se prohíbe la grabación de imagen y/o sonido, total o parcial de clases, conversaciones
públicas o privadas sin el consentimiento de la persona involucrada.
7. Se prohíbe usar o portar en el establecimiento MP3, MP4, teléfonos celulares, Tablet,
computador, bazucas, parlantes, audífonos, lentes de realidad virtual u otros aparatos
tecnológicos. De acuerdo al presente Reglamento Interno, todo docente o asistente de la
educación que identifique a algún estudiante usando o portando aparatos tecnológicos
deberá requisar el objeto, entregarlo a dirección, siendo entregado sólo al apoderado de
manera presencial.
8. Al prohibirse el uso o porte de objetos tecnológicos, el establecimiento no se hará
responsable por su pérdida o extravío.
9. Uso de uniforme completo o buzo en todo momento y según determine la Escuela.
10. No se puede permanecer en las salas de clases durante el periodo de recreo, sin la presencia
de una persona responsable
11. Cada profesor controlará la salida de los estudiantes a recreos; los estudiantes serán
vigilados durante los recreos por los asistentes de la escuela.
12. Durante el tiempo de recreo, desayuno y almuerzo, los estudiantes no podrán acceder a
salas, excepto que presenten una causa justificada y siempre con el permiso de los
profesores o asistentes de la educación responsables.
13. Los estudiantes evitarán la utilización de objetos y juegos que supongan un peligro para los
demás compañeros, ejemplo: trozos de leña, lanzarse agua y mojar galerías o salas, juegos
violentos, etc.
14. Se prohíbe escalar o subirse a vallas, árboles, barandillas o sitios que conlleven peligro, así
como comunicarse o intercambiar objetos por los muros con personas ajenas al
Establecimiento.
15. Los estudiantes deberán mantener una actitud de respeto con el personal de la cocina como
así mismo con los docentes y asistentes de la educación durante el período de colación
(desayuno y almuerzo); además de velar por el cuidado de los utensilios usados para dichos
efectos.
6.5 Acerca de las entrevistas entre docentes y apoderados
a. Todo apoderado que asista a entrevista con un docente o profesional deberá ser atendido en la
sala habilitada para dicha situación (Dirección) u oficina respectiva a cada profesional.
b. Las entrevistas deberán realizarse en horarios que el docente estime conveniente. Las
entrevistas con docentes deben realizarse en horarios que no afecten el normal desarrollo de
las actividades pedagógicas, por lo que las entrevistas serán fuera del horario de clases.
c. Sólo en casos excepcionales, justificados, y previamente autorizados por Dirección, el docente
podrá salir de su clase para atender a un apoderado, resguardándose desde Dirección que el
curso quede con otro docente o asistente de la educación.
d. Cuando la entrevista sea por motivos disciplinarios o de incumplimiento por parte de los
estudiantes a las normas establecidas por el presente Reglamento Interno, se deberá dejar
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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registro escrito de la entrevista, resguardando que el apoderado firme la entrevista realizada.
Se requerirá la presencia del profesor jefe, dirección y/o miembro del equipo de convivencia
escolar.
e. Los acuerdos o temas tratados en las entrevista con los apoderados deberán quedar por escrito
y firmadas por ambas parte.
f. El docente deberá resguardar que el apoderado firme la hoja de vida del estudiante, para
evidenciar su asistencia y toma de conocimiento de las conductas allí registradas.
6.6 Acerca de la vigilancia de los estudiantes en horarios de desayuno,
almuerzo y recreos.
a) En el desayuno y en el almuerzo los estudiantes deben asistir al comedor acompañados de un
docente, quien deberá esperar hasta que los estudiantes reciban su alimentación.
b) En el desayuno y en los recreos, los estudiantes serán vigilados por el profesor y asistentes de
turno de la semana.
c) En el almuerzo los estudiantes serán vigilados por los docentes y asistentes que tengan turnos
de almuerzo.
d) Ante cualquier situación anómala el docente de turno informara verbalmente a inspectoría,
convivencia escolar o dirección lo sucedido.
e) Convivencia escolar evaluara cualquier situación anómala y tomara las medidas
correspondientes.
f) En caso que algún estudiante se viera afectado por una reacción alérgica o asfixia por algún
alimento, el docente o asistente de turno deberá aplicar los primeros auxilios de acuerdo a la
situación, mientras que de forma paralela un asistente o docente deberá tranquilizar a los
demás estudiantes y avisar a dirección y activar el protocolo de accidente escolar.
6.7 Acerca de los permisos administrativos
a. Todos los docentes y asistentes de la educación del establecimiento tienen derecho a seis
permisos administrativos en el año.
b. El permiso se debe pedir con mínimo tres días de anticipación a Dirección.
c. Este debe ser mínimo por medio día.
d. El día anterior al permiso administrativo, se debe entregar a UTP la planificación y material
fotocopiado para cada una de las clases.
e. En caso de una emergencia este será dado inmediatamente.
f. La responsabilidad de buscar reemplazante para el docente o asistente de la educación que se
ausente será del Dirección del establecimiento en conjunto con el sostenedor.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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7. Normas de prevención de riesgo, higiene y seguridad
7.1 Del establecimiento
La rotura de vidrios deberá ser reparada (recambio) en el plazo de 72 horas en lo posible.
1. Se efectuará supervisión periódica y permanente en los baños, servicios, lavatorios,
interruptores y enchufes eléctricos.
2. Los servicios higiénicos serán desinfectados con cloro diariamente.
3. El lugar donde se manipulan los alimentos será preocupación de la Persona encargada, de
manera que se cumpla el 100% de las condiciones sanitarias referidas a la cocina y sala
comedor.
7.2 De los profesores
1. Velar por la salud e integridad física de los alumnos, especialmente durante el horario de
recreos.
2. Investigar en forma minuciosa todo accidente, adoptando las medidas necesarias para evitar
su repetición.
3. El profesor de Educación Física ( y clases de Educación Física) deberá mantener los
elementos deportivos y otros medios del subsector en condiciones, eliminando toda
condición insegura, teniendo presente además el libre desplazamiento de los alumnos hacia
la zona de seguridad, teniendo presente:
Banquetas y tarimas de madera en mal estado.
Cuidado con superficies de trabajo.
Prohibir a los alumnos utilizar cualquier elemento gimnástico o deportivo sin la
autorización y vigilancia del profesor.
Revisar dichos elementos, eliminando los que estén en mal estado.
Una vez finalizadas las actividades deportivas, guardar los implementos para
evitar el uso incontrolado por parte de los alumnos.
Evitar que los alumnos mastiquen chicle en las clases de gimnasia.
4. Velar por la seguridad individual de cada uno de los alumnos(as) en el desarrollo de las
clases de los diferentes subsectores aplicando sentido común.
7.3 Seguro escolar
1. Están protegidos todos los estudiantes por los accidentes que sufran durante sus estudios,
según el contenido del Decreto N° 313/73.
2. La denuncia del accidente escolar se debe hacer dentro de las 24 horas de ocurrido el
accidente en el formulario N° 207 del Servicio Nacional de Salud.
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3. El formulario N° 207 debe ser presentado en urgencia y el médico debe completar el punto
“D”, además debe ser firmado por el estadístico para su validez.
7.4 Aspectos legales de las normas de prevención de riesgo, higiene y
seguridad
1. Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE.)
2. Prevención de Riesgos.
3. Seguro Escolar.
4. Ley N°16744/68 Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
5. En el establecimiento existirán, a lo menos, los siguientes elementos de Prevención de
Riesgos:
Un listado que se ubicará en lugar visible y estratégico de las direcciones, números
telefónicos de los Centros Asistenciales más próximos, Carabineros y Bomberos.
Cantidad suficiente según las normas vigentes de extintores del tipo “Polvo Seco” y
demás elementos para combatir incendios. >Sala de Primeros Auxilios equipado con
útiles mínimos necesarios para la atención de accidentes escolares.
Áreas de seguridad debidamente señaladas para evacuar el edificio escolar.
7.5 Plan integral de seguridad escolar (PISE)
(Res. Número 51 Exenta 04/01/2001)
1. Cumplir con las instrucciones relacionadas con la aplicación del Sistema de Evaluación y
Seguridad Escolar.
2. Practicar hábitos de seguridad adquiridos por los alumnos mediante el desarrollo de la
Operación y sus acciones consecuentes en la difusión en sus respectivos hogares o en zonas
de influencia.
7.6 Prevención de riesgo
(Decreto exento N° 014/84 y N° 69/84)
1. Aplicar las normas de seguridad personal y colectiva en todos los aspectos de la vida
presente y futura.
2. Distribuir el mobiliario en forma planificada, teniendo presente el libre desplazamiento de
los alumnos y el camino expedito hacia el exterior.
3. Mantener los lugares destinados al trabajo y recreación libre de todo elemento que altere el
normal desarrollo de las actividades (cáscaras, piedras, tablas, etc.).
4. En el establecimiento no se autoriza el uso de calefactores, por el peligro que representa su
uso.
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5. Los envases de los alimentos deben utilizarse exclusivamente con ese fin, por ningún
motivo guardar alimentos de otra naturaleza.
6. La señora Manipuladora de Alimentos deben estar al día en su carné de sanidad y usar en
forma permanente gorro y delantal.
7.7 Ley n° 16744/68: Referida a los accidentes del trabajo y enfermedades
profesionales
1. Todo funcionario del establecimiento tiene derecho a recibir los beneficios que considera la
ley frente a cualquier accidente de tipo laborar, tanto dentro de la escuela, como en el
trayecto desde y hacia su hogar.
7.8 De las relaciones escuela y comunidad
Las relaciones escuela - comunidad se darán considerando “geográficamente” el ámbito significativo
de vivienda de los alumnos. En este contexto comprenderán desde donde viene todo alumnado
nuestro.
A. En lo fundamental dichas relaciones estarán depositadas en acuerdos comunes con el
Centro General de Padres, fruto de planes consensuados desde el Consejo Escolar y la
Dirección del Establecimiento Educacional, velando por la participación de los subcentros.
B. Los subcentros de los cursos informarán de sus Proyectos y/o planes de trabajo; asimismo
de la programación de sus planes de acción que elaborarán y los harán llegar a la Directiva
del Centro General de Padres y Apoderados para su consideración.
C. Los Proyectos y/o planes de trabajo de los subcentros deberán ser presentados a más tardar
el 30 de abril de cada año por el Delegado del respectivo Subcentro y con la firma de la
Directiva, además de la firma de la profesora Jefe en su calidad de Asesora de dicho
Subcentro.
D. En su funcionamiento el Centro General de Padres procederá de acuerdo al estatuto fijo de
Centro de Padres con personalidad jurídica; sin perjuicio de las adecuaciones y/o
modificaciones a que haya lugar en su aplicación, considerando acuerdos de la Directiva y el
Consejo de Delegados de cursos, las que deben estar consideradas en su Reglamento
Interno.
E. En el manejo de fondos o flujos financieros estos quedan sujetos técnicamente a los
procedimientos legales de rigor que deben ser observados rigurosamente de acuerdo a la
ley, lo que deben ser bien llevados por la propia institución, de acuerdo a su Reglamento
Interno.
F. La Dirección junto al Consejo de Profesores podrán organizar, planificar y llevar a cabo
acciones que vayan igualmente en beneficio de la institución escolar.
G. La Escuela podrá facilitar algunas dependencias y/o recursos tecnológicos para favorecer
directamente las acciones de tipo cultural y deportivas de las instituciones de la comunidad
con el requisito de presentar con la debida antelación solicitud escrita con firma y timbre
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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responsable de la Directiva y siempre que su uso no altere el normal funcionamiento de la
escuela.
H. La Escuela y el organismo de salud Consultorio Dr. Pedro Jáuregui desarrollará el Programa
que se contemplen en forma conjunta: salud física, mental y psicológica.
I. La escuela favorecerá la atención asistencial de los alumnos que lo precisen a través de los
planes de atención de JUNAEB.
J. La Unidad de U.T.P ofrecerá apoyo preventivo y remedial a los integrantes de grupos
familiares de la comunidad a través de la escuela para padres y/o cuando el caso
corresponda derivarlo a los organismos legales competentes; especialmente problemas de
maltrato infantil, consumo y micro tráfico de drogas, violencia intrafamiliar, etc.
K. La Escuela se obliga a cumplir con la coordinación de los programas asistenciales del Estado
y otras instituciones de apoyo.
L. Otros organismos que funcionan en el establecimiento son: el Consejo Escolar, el centro de
alumnos.
M. El material usado de la biblioteca debe ser devuelto en buenas condiciones.
N. El tiempo de préstamo fluctúa de 3 a 4 días como mínimo y 14 días como máximo
dependiendo de la cantidad de textos existentes.
O. En caso de incumplimiento reiterativo en la devolución de los textos la persona
perderá el derecho a préstamo.
8. Faltas, sanciones y procedimientos
8.1 Tipos de faltas
Las faltas a las normas de convivencia escolar, serán consideradas de acuerdo a la siguiente
clasificación: leves, graves o gravísimas.
Serán Faltas Leves aquellas actitudes y comportamientos que alteran el normal desarrollo
del proceso de aprendizaje y de la convivencia, que no involucran daño físico o psíquico a otros
miembros de la comunidad educativa.
Serán Faltas Graves las actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad física
o moral de otro miembro de la comunidad escolar y dañan el bien común; así como también, las
acciones deshonestas que dificultan el normal proceso de aprendizaje.
Serán Faltas Gravísimas aquellas actitudes o comportamientos que atentan gravemente la
integridad física y/o moral del propio estudiante o de otros miembros de la comunidad educativa,
incluyendo las acciones que afectan peligrosamente el proceso de aprendizaje, agresiones
sostenidas en el tiempo y las conductas tipificadas como delito.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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La clasificación de las faltas tendrá directa correspondencia con el hecho, la edad y las
circunstancias atenuantes o agravantes que presente el estudiante, por lo que para una misma falta
no necesariamente corresponderá la misma sanción y/o medida formativa.
8.2 Circunstancias atenuantes y agravantes
Serán circunstancias atenuantes:
a) La edad del estudiante.
b) Considerar si el hecho ocurrió por casualidad.
c) Considerar si ocurrió como una manera de defenderse.
d) Haber tenido buen comportamiento en su vida escolar, comprobable en su hoja de
vida.
e) Haber realizado voluntariamente acciones destinadas a anular o disminuir los
efectos de su falta, mediante vías que puedan ser corroboradas.
f) Haber sido inducido a cometer la falta contra su voluntad por alguna persona en
posición de mayor poder o edad.
g) Asumir oportunamente las responsabilidades que le competen en la falta y
consecuentemente, haber realizado las acciones de disculpas o reparaciones,
mediante vías que puedan ser corroboradas.
Serán circunstancias agravantes:
a) Intención de provocar daño.
b) Ser reincidente en la falta.
c) Realizar la falta aprovechando condiciones de vulnerabilidad de otras personas.
d) Premeditar la falta autónomamente o con complicidad de terceros.
e) Una vez realizada la falta, agravar deliberadamente los efectos de ella.
f) Negarse a reconocer la falta cometida.
g) Realizar la falta para ocultar o ejecutar otra.
8.3 Procedimiento para la aplicación de sanciones y medidas formativas
Antes de la aplicación de una sanción o medida formativa es necesario conocer la versión de
todos los involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta.
Si el caso lo amerita, se citará a padres y/o apoderados, quedando registro de ello en el
libro de clases y/o registro de convivencia escolar. Las medidas adoptadas ante una falta deben
quedar registradas en el Libro de Clases y/o Registro de Convivencia Escolar. Dirección, Equipo de
Convivencia Escolar y/o docentes deberán comunicar por de manera oral y/o escrita al apoderado
sobre la falta, procedimiento a seguir, y las sanciones y/o medidas formativas adoptadas, indicando
las razones de dicha decisión.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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El procedimiento ante las faltas debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho
de todos los involucrados a:
Ser escuchados
Que sus argumentos sean considerados.
Que se presuma su inocencia.
Que se reconozca su derecho a apelación
Ningún estudiante podrá ser sancionado por razones que deriven de la situación
socioeconómica de su familia o de su rendimiento académico.
No se podrán establecer sanciones ni medidas formativas que pudieran afectar la integridad
tanto física como psicológica de los estudiantes.
Las conductas no previstas en este Reglamento que atenten contra la convivencia de la
comunidad educativa, conducirán a medidas determinadas por el Equipo Directivo, Equipo de
Convivencia Escolar, Consejo Escolar y/o Consejo de Profesores.
De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios
del establecimiento, debiendo mantenerse el registro de cada situación abordada. No se podrá tener
acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad
pública competente.
6.4 Sanciones y medidas formativas a aplicar
6.4.1 Faltas leves
Amonestación verbal: Consiste en orientar al estudiante acerca de las repercusiones que su
conducta podría tener en su proceso educativo formativo y de advertirle acerca de la
importancia de no cometerla nuevamente, instándolo a la reflexión y al diálogo. Esta medida
puede ser efectuada por cualquier profesor o asistente de la educación que forme parte de
la Escuela.
Amonestación escrita: Consiste en dejar por escrito la conducta del estudiante en el Libro de
Clases; el registro debe ser objetivo, describiendo los hechos tal como ocurrieron sin emitir
juicios. En caso que la falta sea observada por un asistente de la educación, éste deberá
informar al profesor jefe para que realice la amonestación escrita.
Lectura reflexiva: consiste en que el estudiante, guiado por un docente, asistente de la
educación o el propio apoderado deberá revisar el presente Reglamento Interno de
Convivencia Escolar con el fin fortalecer la identificación de sus actos como hechos que
alteran la convivencia.
Acto reparatorio: Consiste en la realización de una acción para enmendar el daño causado.
Implica reconocer la falta cometida y la comprensión y empatía por el otro. Esta acción se
verá de acuerdo a cada caso en particular y se realizará dentro de su jornada de clases o en
otro momento determinado tanto por la Escuela como por su apoderado.
Trabajo dirigido fuera del aula: consiste en realizar alguna tarea vinculada a convivencia
escolar que contribuya al desarrollo y mantenimiento de la sana convivencia en el
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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establecimiento, reparando el daño causado: lecturas o investigación sobre un tema
determinado, aportar en actualización de diarios murales y/o Galería de Pepita, contribuir al
aseo y mantenimiento de espacios comunes del establecimiento, entre otras.
Suspensión de clases: en caso de cometer faltas leves, se podrán considerar el siguiente tipo
de suspensión de clases:
o Suspensión de recreos: Consiste en cumplir el horario de recreo en un espacio
distinto, o bien asistir a recreo en tiempo diferido, durante un tiempo determinado.
Citación de apoderado: Se citará al apoderado a concurrir al establecimiento para notificar
las faltas cometidas por su pupilo, las sanciones y medidas formativas adoptadas, y
establecer compromisos.
Requisamiento de objeto tecnológico: considerando que está prohibido usar o portar en el
establecimiento MP3, MP4, teléfonos celulares, tablet, computador, bazucas, parlantes,
audífonos, lentes de realidad virtual u otros aparatos tecnológicos, al estudiante que se le
sorprenda portando uno de estos objetos e interrumpa al clase, se le requisará, quedando el
dependencias de Dirección hasta que el apoderado se presente en el establecimiento a
retirar el objeto.
8.4.2 Faltas graves
Amonestación verbal: Consiste en orientar al estudiante acerca de las repercusiones que su
conducta podría tener en su proceso educativo formativo y de advertirle acerca de la importancia de
no cometerla nuevamente, instándolo a la reflexión y al diálogo. Esta medida puede ser efectuada
por cualquier profesor o asistente de la educación que forme parte de la Escuela.
Amonestación escrita: Consiste en dejar por escrito la conducta del estudiante en el Libro de
Clases; el registro debe ser objetivo, describiendo los hechos tal como ocurrieron sin emitir
juicios. En caso que la falta sea observada por un asistente de la educación, éste deberá
informar al profesor jefe para que realice la amonestación escrita.
Citación de apoderado: Se citará al apoderado a concurrir al establecimiento para notificar
las faltas cometidas por su pupilo, las sanciones y medidas formativas adoptadas, y
establecer compromisos.
Suspensión de clases: en caso de cometer faltas graves, se podrán considerar los siguientes
tipos de suspensión de clases:
o Suspensión de trabajo en sala: si existe un peligro para la integridad física o
psicológica de algún miembro de la comunidad educativa, acreditado debidamente,
un estudiante podrá ser suspendido por un tiempo determinado de ingresar a la
sala durante las asignaturas comprometidas y recibirá por parte de sus profesores
material que le permita trabajar y estudiar en el Centro Lector del establecimiento, u
otro espacio definido.
o Suspensión de recreos: Consiste en cumplir el horario de recreo en un espacio
distinto, o bien asistir a recreo en tiempo diferido, durante un tiempo determinado.
o Suspensión de clases de 1 a 5 días: Consiste en la suspensión temporal de todas las
actividades escolares ante la reiteración de una falta cometida por un estudiante,
aun cuando se aplicaron otras medidas disciplinarias previamente. Una vez
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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reintegrado, el estudiante coordinará con los profesores que corresponda, la
ejecución de trabajos y/o evaluaciones pendientes producto de dicha suspensión.
o Suspensión de clases con derecho a rendir evaluaciones: Excepcionalmente, ante
faltas reiterativas, que afecten la integridad física o psicológica de algún miembro
de la comunidad educativa o aquellos estudiantes que presenten algún tipo de
incapacidad para asistir a clases, debidamente certificada, la Dirección de la
Escuela, previa entrevista con los padres y/o apoderados, podrá determinar que el
estudiante asista a la Escuela sólo a rendir evaluaciones, en un espacio distinto a la
sala de clases.
Acto reparatorio: Consiste en la realización de una acción para enmendar el daño causado.
Implica reconocer la falta cometida y la comprensión y empatía por el otro. Esta acción se
verá de acuerdo a cada caso en particular y se realizará dentro de su jornada de clases o en
otro momento determinado tanto por la Escuela como por su apoderado.
Trabajo dirigido fuera del aula: consiste en realizar alguna tarea vinculada a convivencia
escolar que contribuyan al desarrollo y mantenimiento de la sana convivencia en el
establecimiento, reparando el daño causado: lecturas o investigación sobre un tema
determinado, aportar en actualización de diarios murales, entre otras.
Derivación a instituciones pertinentes a la falta (OPD si se sospecha vulneración de
derechos, SENDA si la falta se relaciona al consumo de sustancias, PDI o Carabineros en
caso de que la falta constituya un delito, entre otras).
Condicionalidad de matrícula: Consiste en que el estudiante queda en una situación especial
que implica que la reiteración de una falta lo expone a la cancelación de matrícula para el
año académico siguiente. El período de condicionalidad podrá ser de hasta 3 meses, con
acompañamiento personal por parte del encargado de convivencia escolar, dupla psicosocial
o redes de apoyo externas.
Cancelación de matrícula: Cuando el estudiante, una vez agotadas las instancias remediales
continúa incurriendo en faltas graves o gravísimas, la Directora de la Escuela, considerando
las evidencias de las faltas cometidas de manera reiterada, podrá determinar la cancelación
de la matrícula para el año académico siguiente. Esta medida será comunicada al apoderado
personalmente y por escrito por la Dirección, debiendo quedar constancia de la recepción
del escrito por ambas partes.
8.4.3 Faltas gravísimas
Amonestación verbal: Consiste en orientar al estudiante acerca de las repercusiones que su
conducta podría tener en su proceso educativo formativo y de advertirle acerca de la
importancia de no cometerla nuevamente, instándolo a la reflexión y al diálogo. Esta medida
puede ser efectuada por cualquier profesor o asistente de la educación que forme parte de
la Escuela.
Amonestación escrita: Consiste en dejar por escrito la conducta del estudiante en el Libro de
Clases; el registro debe ser objetivo, describiendo los hechos tal como ocurrieron sin emitir
juicios. En caso que la falta sea observada por un asistente de la educación, éste deberá
informar al profesor jefe para que realice la amonestación escrita.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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Citación de apoderado: Se citará al apoderado a concurrir al establecimiento para notificar
las faltas cometidas por su pupilo, las sanciones y medidas formativas adoptadas, y
establecer compromisos.
Suspensión de clases: en caso de cometer faltas gravísimas, se podrán considerar los
siguientes tipos de suspensión de clases:
o Suspensión de recreos: Consiste en cumplir el horario de recreo en un espacio
distinto, o bien asistir a recreo en tiempo diferido, durante un tiempo determinado.
o Suspensión de actividades fuera del establecimiento: si existe un peligro para la
integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa
acreditado debidamente, un estudiante podrá ser suspendido de asistir a
actividades fuera del establecimiento, con el fin de proteger su integridad física y la
del resto de la comunidad educativa, debiendo permanecer en el establecimiento
realizando actividades pedagógicas proporcionadas por sus profesores.
o Suspensión de clases de 1 a 5 días: Consiste en la suspensión temporal de todas las
actividades escolares ante la reiteración de una falta cometida por un estudiante,
aun cuando se aplicaron otras medidas disciplinarias previamente. Una vez
reintegrado, el estudiante coordinará con los profesores que corresponda, la
ejecución de trabajos y/o evaluaciones pendientes producto de dicha suspensión.
o Suspensión de clases con derecho a rendir evaluaciones: Excepcionalmente, ante
faltas reiterativas, que afecten la integridad física o psicológica de algún miembro
de la comunidad educativa o aquellos estudiantes que presenten algún tipo de
incapacidad para asistir a clases, debidamente certificada, la Directora de la Escuela,
previa entrevista con los padres y/o apoderados, podrá determinar que el
estudiante asista a la Escuela sólo a rendir evaluaciones, en un espacio distinto a la
sala de clases.
Acto reparatorio: Consiste en la realización de una acción para enmendar el daño causado.
Implica reconocer la falta cometida y la comprensión y empatía por el otro. Esta acción se
verá de acuerdo a cada caso en particular y se realizará dentro de su jornada de clases o en
otro momento determinado tanto por la Escuela como por su apoderado.
Trabajo dirigido fuera del aula: consiste en realizar alguna tarea vinculada a convivencia
escolar que contribuyan al desarrollo y mantenimiento de la sana convivencia en el
establecimiento, reparando el daño causado: lecturas o investigación sobre un tema
determinado, aportar en actualización de diarios murales, entre otras.
Derivación a instituciones pertinentes a la falta (OPD si se sospecha vulneración de
derechos, SENDA si la falta se relaciona al consumo de sustancias, PDI o Carabineros en
caso de que la falta constituya un delito, entre otras).
Condicionalidad de matrícula: Consiste en que el estudiante queda en una situación especial
que implica que la reiteración de una falta lo expone a la cancelación de matrícula para el
año académico siguiente. El período de condicionalidad podrá ser de hasta 3 meses, con
acompañamiento personal por parte del encargado de convivencia escolar, dupla psicosocial
o redes de apoyo externas. No se aplicará condicionalidad de matrícula a los estudiantes
por el solo hecho de ser nuevos.
Cancelación de matrícula: Cuando el estudiante, una vez agotadas las instancias remediales
continúa incurriendo en faltas graves o gravísimas, la Dirección de la Escuela, considerando
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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las evidencias de las faltas cometidas de manera reiterada, podrá determinar la cancelación
de la matrícula para el año académico siguiente. Esta medida será comunicada al apoderado
personalmente y por escrito por la Dirección, debiendo quedar constancia de la recepción
del escrito por ambas partes.
Expulsión: Excepcionalmente, ante una falta que afecte gravemente el funcionamiento de la
Escuela y la convivencia de la Comunidad Educativa, La Dirección podrá determinar la
expulsión del estudiante, considerando las disposiciones respectivas.
8.5 Disposición a las medidas de suspensión, condicionalidad de matrícula,
cancelación de matrícula y expulsión
Bajo ninguna circunstancia, podrá decretarse las medidas de cancelación de matrícula y
expulsión de un estudiante por motivos académicos o repitencia.
Previo al inicio del procedimiento de expulsión o cancelación de matrícula, la Dirección de la
Escuela debe presentar a los padres o apoderados la inconveniencia de las conductas,
advirtiendo la posibilidad de aplicar estas medidas e implementando a favor del estudiante
las medidas de apoyo psicosocial, las que deben ser pertinentes a la entidad y gravedad de
la falta cometida, resguardando siempre el interés superior del niño.
No se podrá expulsar o cancelar la matrícula del estudiante en un período del año escolar
que haga imposible que pueda ser matriculado en otro establecimiento educacional,
excepto cuando se trate de una conducta que atente directamente contra la integridad física
o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar, en conformidad al
Párrafo 3º del Título I del Decreto con fuerza de ley Nº2, del Ministerio de Educación.
Las medidas de expulsión o cancelación de matrícula sólo podrán adoptarse mediante un
debido proceso, procedimiento previo, racional y justo, garantizando el derecho del
estudiante afectado y/o del padre, madre o apoderado a realizar sus descargos y a solicitar
la reconsideración de la medida.
La decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por
la Dirección de la Escuela. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por
escrito al estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado, quienes podrán pedir la
reconsideración de la medida dentro de quince días hábiles de su notificación, ante la
misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo
deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista los informes y antecedentes
psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles.
La Dirección, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o cancelación de matrícula,
deberá informar a la Dirección Regional de la Superintendencia de Educación, dentro del
plazo de cinco días hábiles, a fin de que ésta revise, en la forma, el cumplimiento del
procedimiento.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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8.6 Disposiciones acerca de la solicitud de apelación
El estudiante que haya cometido una falta, tendrá la posibilidad de apelar junto a su
apoderado a la medida acordada, exponiendo claramente sus fundamentos de manera
escrita en un plazo de 1 a 2 días hábiles.
Ante faltas graves o gravísimas, cuya sanción sea suspensión de clases de 1-3 días o de 3-5
a días, el apoderado tiene derecho a apelar ante la sanción en un plazo de tres dos hábiles,
debiendo hacerlo de manera escrita y dirigido hacia la Dirección del establecimiento, quien
en conjunto al Equipo de Convivencia Escolar reevaluará la sanción y se le notificará al
apoderado en un plazo de dos días hábiles, luego de recibir la apelación.
Respecto a las medidas de suspensión total de clases con derecho a rendir evaluaciones, el
apoderado, tiene derecho a apelar ante la sanción en un plazo de tres días hábiles,
debiendo hacerlo de manera escrita y dirigido hacia la Dirección del establecimiento, quien
en conjunto al Consejo de Profesores, reevaluará la sanción.
Respecto a las medidas de cancelación de matrícula y expulsión del establecimiento, el
apoderado, tiene derecho a apelar ante la sanción en un plazo de quince días hábiles,
debiendo hacerlo de manera escrita y dirigido hacia la Dirección del establecimiento, quien
en conjunto al consejo de profesores, reevaluará la sanción.
Si transcurridos los 15 días no hay apelación la Directora debe enviar informe con todos los
antecedentes a la Superintendencia de Educación para la revisión del proceso. Si hay
apelación y la Directora no acoge la apelación y mantiene la medida debe enviar los
antecedentes a la SIE dentro de los 5 días hábiles desde que firma el documento que no
acoge la apelación y confirma la sanción. Dentro de esos 5 días también debe enviar
notificación por escrito al apoderado informando que se mantiene la medida y que los
antecedentes fueron enviados a la SIE para la revisión.
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MANUAL DE CONVIVENCIA
FUNDAMENTACIÓN Y CONCEPTUALIZACIÓN.
La Convivencia Escolar deviene de la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un
marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin
violencia entre los diferentes actores y estamentos de la comunidad educativa.
La Convivencia Escolar se enseña y aprende, la cual se expresa en los diversos espacios formativos
constituidos dentro y fuera del establecimiento educacional. Por lo tanto, es un objetivo
fundamental transversal compartido por toda la comunidad educativa.
Las normas de convivencia, estipuladas en el presente reglamento, deben constituirse como un
instrumento de formación integral, personal y social de cada uno de los estudiantes, compartidos
por cada miembro de la unidad educativa.
Conceptos Centrales:
a) Se entiende por Comunidad Escolar a toda persona relacionada y que coexiste entorno al
establecimiento educacional, ya sea; Directivo, Docente, Asistente de la Educación,
Estudiantes y Apoderados.
b) La Escuela Claudio Arrau, a partir de la Ley N° 20.536, sobre la Violencia Escolar, entiende
por Convivencia Escolar como “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad
educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado
cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de
los estudiantes.”.
c) Se define el Acoso Escolar como “toda acción u omisión constitutiva de agresión u
hostigamiento reiterado (bullying o matonaje), realizada fuera o dentro del establecimiento
educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro
estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del
estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor
de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier
otro medio, tomando en cuenta se edad y condición”. (Incorporación Art. 16 B, Ley N°
20.536).
Situaciones contempladas para este manual:
a) Agresividad: Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de
enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una
amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. La agresividad no implica,
necesariamente, un hecho de violencia pero cuando está mal canalizada o la persona no
logra controlar sus impulsos, se puede convertir en una agresión o manifestarse en hechos
de violencia.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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b) Conflicto: Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a
intereses, verdadera o aparentemente incompatibles. El conflicto no es sinónimo de
violencia, pero un conflicto mal abordado o que no es resuelto a tiempo puede derivar en
situaciones de violencia.
c) Violencia: Existen diversas definiciones de violencia según la perspectiva que se adopte.
Todas tienen en común dos ideas básicas:
a. El uso ilegítimo del poder y de la fuerza, sea física o psicológica.
b. El daño al otro como una consecuencia.
d) Acoso Escolar (Bullying): Es una manifestación de violencia en la que un estudiante
agredido/a y se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un
tiempo, a acciones negativas por parte de uno o más compañero/as. Se puede manifestar
como maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o
mediante el uso de medios tecnológicos como mensajes de texto, amenazas telefónicas o a
través de las redes sociales de internet.
El Acoso Escolar tiene tres características centrales que permiten diferenciarlo de otras expresiones
de violencia:
a. Se produce entre pares.
b. Existe abuso de poder.
c. Es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un periodo indefinido.
Violencia:
a) Violencia Psicológica: Incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal
intencionados, aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, étnica, religiosa,
etc. También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen
el Acoso Escolar.
b) Violencia Física: Es toda agresión física que provoca daño o malestar: patadas, empujones,
cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo
o algún objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones
sistemáticas que constituyen el Acoso Escolar.
c) Violencia Sexual: Son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación
sexual y que transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer.
Incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual,
violación, intento de violación, etc.
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d) Violencia por razones de género: Son agresiones provocadas por los estereotipos de género,
que afecta principalmente a las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Esta
manifestación de la violencia ayuda a mantener el desequilibrio de poder entre hombres y
mujeres. Incluye comentarios descalificatorios, humillaciones, trato degradante, agresiones
físicas o psicológicas fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos por sobre el
otro.
e) Violencia a través de medios tecnológicos: Implica el uso de la tecnología para realizar
agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, chats, twitter, Facebook, mensajes
de texto, sitios web o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, que puede
constituirse en ciber bullying. Generan un profundo daño en las víctimas, dado que son
acosos de carácter masivo y la identificación de él o los agresores se hace difícil, por el
anonimato que permiten las relaciones virtuales.
Los traslados de los alumnos (as) deben ser solicitados a petición expresa del apoderado a lo menos
con 2 días de anticipación, por razones debidamente justificadas y con consulta al profesor jefe
respectivo.
Para los niños y niñas trasladados de otras Unidades Educativas, al momento de solicitar matrícula
solo informarán si pertenecen o no al proyecto de Integración Escolar (PIE) con el fin de otorgar el
apoyo adecuado para el desarrollo integral del alumno y las NEE que presenten, para esto será la
Coordinadora PIE quien recibirá la información y entregará ésta a Dirección con el fin de solicitar el
apoyo o personal pertinente, en caso de que no existiera en el establecimiento.
Debido a lo anterior es necesario que el apoderado entregue la información correcta y oportuna al
inicio del año escolar o al momento de matrícula.
ABORDAJE DISCIPLINARIO.
Medidas Disciplinarias
Se aplicarán medidas disciplinarias al (la) alumno(a) que transgreda las normas del Reglamento
vigente en la escuela. Dichas medidas deberán aplicarse con la finalidad pedagógica de fortalecer el
sentido de responsabilidad de los(as) alumnos(as). Es por ello que en todo momento y situación, la
aplicación por parte de algún integrante d de cualquier medida debe considerar que:
a) No podrán imponerse correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal
del alumno(a).
b) Las medidas deberán propender a la toma de conciencia y reflexión acerca de lo realizado
por parte del alumno, con tal de fomentar su sentido de responsabilidad frente a su vida y la
sociedad. Dentro de las medidas contamos con las medidas formativas, pedagógicas,
reparatorias y disciplinarias.
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Formativas por faltas leves y de menor gravedad:
Investigación sobre la situación de conflicto.
Entrevista con los involucrados en el conflicto.
Análisis de la situación de conflicto.
Los alumnos en falta participan del análisis.
Reflexionan sobre la situación y el conflicto.
Concluyen consecuencias del conflicto.
Analizan consecuencias del conflicto.
Intervención de mediador docente.
Intervención del docente que conozca al alumno.
Los estudiantes reconocen sus faltas.
Los estudiantes comprometen cambios.
Practican actitudes de honestidad y disculpas.
Entrevista con padres y apoderados.
Medidas pedagógicas para faltas leves y de menor gravedad:
El profesor auto evalúa su clase y la replantea.
Conversa con el estudiante que comete falta.
El profesor lo motiva e incluye en la clase.
Utiliza estrategias de liderazgo para influir.
Diseña estrategias para alumnos desadaptados.
Genera actividades desafiantes.
Trabaja estrategias de relaciones sociales.
Medidas reparatorias:
Pedir perdón al alumno/a agredido, luego de una reflexión.
Conversar tanto con el alumno/a afectado como con sus padres (con intervención de un mediador
y acompañado de sus padres).
Reparación de la falta cometida, (devolución de elemento destruido, reparación, limpieza,
colaboración con compañeros u otros miembros de la unidad educativa, etc.)
Medidas disciplinarias:
Suspensión de clases.
Condicionalidad de matrícula.
Asistencia sólo a evaluaciones.
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Cancelación de matrícula.
c) La imposición de las correcciones previstas en estas normas, respetarán la proporcionalidad
con la conducta del (la) alumno(a) y deberá contribuir al mejor desarrollo de su proceso
educativo.
d) Se deberá tomar en cuenta la edad del alumno al momento de determinar las medidas y/o
sanciones a aplicar, (Sin embargo esto está determinado por la falta cometida, ya sea esta
de carácter grave o gravísima)
e) Se tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno antes
de resolver el procedimiento corrector, a estos efectos se podrán solicitar los informes que
se estimen necesarios sobre las conductas aludidas.
f) Se considera la ley de inclusión 20845.
A. DIALOGO PERSONAL PEDAGÓGICO, REFLEXIVO Y CORRECTIVO.
a. Tras haberse realizado tres o más amonestaciones verbales por faltas leves
cometidas por un estudiante, durante el transcurso de la jornada escolar, el/la
profesor/a realizará un dialogo personal y privado con el/la estudiante,
promoviendo la reflexión y discernimiento respecto a su actuar intentado generar la
corrección de lo sucedido.
b. De no haber existido cambio por parte del estudiante y reincidir en el accionar
inadecuado se procederá con el siguiente paso.
B. AMONESTACIÓN POR ESCRITO.
a. Si el estudiante sigue cometiendo falta/s de distinto carácter, el docente podrá
realizar observación/es que registrarán la cantidad de llamados de atención
realizados al alumno(a) por seguir llevando la misma conducta que perturba el
normal desarrollo de la clase o que afecte el normal desarrollo de la convivencia
escolar, quedando registradas en la hoja de vida del estudiante. (Cuaderno del
profesor)
b. Dicha observación debe describir la realización del paso anterior y la falta cometida
por el estudiante. El profesor jefe tomará medidas pedagógicas o formativas, con el
fin de modificar la conducta del alumno.
c. Si el alumno continúa con las conductas negativas dentro del aula, el profesor jefe
derivará a Convivencia Escolar, con el fin de coordinar un plan de trabajo destinado
a mejorar la conducta del alumno dentro del aula. (Se hará en conjunto con los
profesores)
C. FALTAS GRAVES Y GRAVÍSIMAS.
a. Ante la ocurrencia de faltas graves y/o gravísimas será el inspector general o el
profesor titular del curso respectivo, quien citará al apoderado por escrito (a través
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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de la agenda) o vía telefónica si la falta es gravísima, solicitando la presencia
inmediata del apoderado.
D. COMUNICACIÓN AL APODERADO.
a. Es el profesor jefe quien citará en primera instancia ante la ocurrencia de reiteradas
faltas en la hoja de vida.
b. Inspectoría y/o el profesor jefe citarán por la ocurrencia de faltas graves o
gravísimas.
c. Con la acumulación de faltas en la hoja de vida el profesor jefe deriva a Convivencia
Escolar, instancia en que se trabajará con equipo multidisciplinario, citando al
apoderado.
La no concurrencia de éste al establecimiento se procederá de la siguiente forma:
Comunicación telefónica, lo que quedará registrado en la hoja de vida del alumno(a).
Al no acatar este llamado, se solicitará visita domiciliaria del Asistente Social.
Si no fue posible encontrar al apoderado y/o padres del estudiante en el hogar tras la visita
del Asistente Social, se solicitará la presencia de Carabineros junto al profesional del
Establecimiento para visitar el domicilio del apoderado antes citado.
Al no ser habido(a) en el domicilio, la Dirección de la Unidad Educativa junto al equipo
psico-social harán la denuncia respectiva en Carabineros.
E. DERIVACIÓN A EQUIPO PSICO-SOCIAL.
Si las medidas aplicadas no generan modificación conductual del alumno, se debe concertar una
reunión interdisciplinaria entre; Profesor/a Jefe, Psicólogo/a, Asistente Social y/o Encargado/a de
Convivencia Escolar.
INTERVENCIÓN PSICO-SOCIAL:
Una vez que el apoderado haya tomado conocimiento de las anotaciones de su pupilo(a), y previo
consenso en la Unidad Educativa, para abordar el problema conductual se le solicitará un
consentimiento por escrito para trabajar con el alumno(a).
Con dicho consentimiento, el equipo psico-social podrá seguir las siguientes alternativas de trabajo:
Intervención individual: Evaluación, diagnóstico, orientación, entre otros.
Intervención grupal: Charla, taller, reflexiones grupales.
Intervención familiar (si se requiere): Evaluación-diagnóstica dinámica familiar,
orientaciones, entre otros.
Derivación a institución externa: Dependiendo de la complejidad del caso, la dupla psico-
social puede realizar una derivación a instituciones externas pertenecientes a las redes de
apoyo del establecimiento
F. REFLEXIÓN PERSONAL Y SUSPENSIÓN DE CLASES.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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a. Ante la reiteración de faltas leves y la ocurrencia de faltas graves dentro del aula, el
profesor de asignatura en conjunto con el profesor jefe deben aplicar medidas
pedagógicas y formativas para el cambio de conducta.
b. En caso de continuar con la conducta y previa citación del apoderado, el profesor
jefe puede asignar trabajo colaborativo y/o reflexivo en un horario determinado por
este con el fin de que reflexione y cambie de actitud, si el alumno luego de este
paso no cambia su accionar, será derivado a Convivencia Escolar.
c. Una vez derivado a Convivencia Escolar se cita a apoderado y se intervendrá con
equipo psicosocial.
d. Ante la ocurrencia de faltas graves o gravísimas (que tengan relación con agresiones
físicas y/o psicológicas hacia otros miembros de la comunidad educativa) y previa
citación al apoderado, Convivencia Escolar enviará al estudiante a su hogar por tres
días hábiles para reflexionar y cambiar su accionar.
En caso de que el alumno no tenga supervisión de un adulto en su casa
durante la suspensión, este podrá permanecer en el establecimiento
realizando trabajos colaborativos (colaboración en aseo y ornato,
colaboración con los más pequeños etc.) previa autorización firmada del
apoderado.
e. Una vez aplicado el paso anterior y al existir reincidencia, con tres anotaciones de
carácter grave y/o una gravísima, se enviará al estudiante a su hogar por 5 días
hábiles, período en el cual, se le solicitará que reflexione sobre su conducta. Esta
medida se puede tomar hasta por dos veces.
f. Si un alumno(a), en el segundo semestre persiste en presentar problemas que
pongan en riesgo real la integridad física y/o psicológica tanto de otros alumnos
como de personal del establecimiento (profesores y asistentes de la educación) se le
adecuará un calendario de evaluaciones para que asista al establecimiento a
rendirlas en un horario libre, en la dirección o la oficina U.T.P, no asistiendo al aula.
g. En cuanto a los alumnos de pre básica y primer ciclo, se considerará la suspensión
en caso de que esté en peligro la integridad física y/o sicológica del alumno, sus
compañeros o el/los docentes que trabajen en el aula.
Condicionalidad de matrícula
Se aplicará en caso del alumno persista con una conducta negativa, luego de las suspensiones:
- Convivencia Escolar cita a los apoderados y alumno para
informar de la condicionalidad de matrícula para el
siguiente año. Ellos deben firmar un compromiso de
cambio de conducta para revertir la situación.
- Se continuará con el apoyo psicosocial durante el proceso.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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- Al final de cada semestre se evaluará la conducta del
alumno/a junto con los padres y/o tutores para determinar
si la condicionalidad se mantiene o se levanta.
- Si la conducta negativa persiste al finalizar el año se le
solicita al apoderado matricule a su hijo/a en otro
establecimiento.
Expulsión del establecimiento, debidamente fundamentada
Si la conducta del estudiante no ha logrado corregirse una vez aplicado todos los pases descritos
anteriormente, y esta pone en riesgo la integridad física y/o psicológica de otros estudiantes,
personal del establecimiento y la suya propia en el establecimiento educativo podrá solicitar
medidas resolutivas si el Director/a del establecimiento o Jefe UTP así lo decidiera, pudiendo ser
causal de reubicación del alumno en otro establecimiento vía DAEM o DEPROV.
Se aplicará también en caso de existir una agresión gravísima hacia un miembro de la unidad
educativa sin necesidad de que haya habido una instancia previa o que se presente un peligro real
de agresión. (Agresión con golpes de pies y manos, con arma blanca o de fuego, porte de arma
blanca o de fuego).
- La expulsión o reubicación del alumno se puede aplicar en
cualquier época del año si la conducta lo amerita.
Conducto a seguir ante una expulsión:
1.- Es el Director/a quien informa por escrito la medida al estudiante y a su apoderado.
2.- El estudiante y apoderado pueden solicitar a Director/a del establecimiento la reconsideración
de la medida, quien tendrá un plazo de 15 días para resolver. Período en el cual el alumno no podrá
asistir a clases.
3.- El Director resolverá la solicitud de reconsideración, previa consulta al Consejo de Profesores,
quien debe pronunciarse al respecto.
4.- El Director una vez ratificada la medida, debe informar a la Superintendencia de Educación
dentro del plazo de 5 días.
Conflictos dentro de la comunidad educativa:
a. Mediación: Si se produce un conflicto entre estudiantes, docentes y/o asistentes de la
educación, se realizará una reunión de mediación a través del Encargado/a de Convivencia
Escolar, Psicólogo/a, Asistente Social y Dirección, con el fin de propiciar la solución del
conflicto entre los involucrados, sin que se requiera adoptar medidas punitivas.
Dicha reunión se registrará en la Carpeta de Convivencia Escolar.
b. Arbitraje: Si se produjese un conflicto de carácter grave entre estudiantes, entre estudiantes
y/o docentes y/o directivos, que amerite la intervención de otra persona, se solicitará un
arbitraje incluyendo al comité de convivencia escolar, al DAEM o al supervisor del DEPROV.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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c. Apelaciones: Ante cualquiera de las medidas disciplinarias que se apliquen en este
Reglamento, y al no estar de acuerdo con ellas, los alumnos y alumnas tendrán derecho a
través de sus apoderados, a apelar a dicha sanción.
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN.
PROTOCOLO DE RETENCIÓN DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS.
Las alumnas embarazadas podrán continuar sus estudios en la Unidad Educativa, garantizando el
derecho a su educación. La única finalidad es asegurar el bienestar suyo y del/los niños(a)/s que
lleve en su vientre, por lo tanto, se deberá cumplir con lo siguiente:
Respecto al Período de Embarazo:
a. La alumna, junto a su apoderado, deberá presentar certificado Médico al establecimiento,
que acredite su estado y dé cuenta de salud física.
b. Podrá asistir a clases hasta la fecha que corresponda su prenatal.
c. Respecto a las evaluaciones y calificaciones, el establecimiento, a través de la coordinación
entre la U.T.P, profesores de subsector y la alumna, brindará las facilidades para que éstas
se desarrollen de manera tal que la alumna pueda cumplir su año escolar y promoción sin
que su condición (embarazo) sea un impedimento para ello.
d. No se exigirá el 85% de asistencia a clases durante el año escolar a la estudiante en estado
de embarazo. Las inasistencias por motivos relacionados a la situación de la alumna,
deberán ser justificadas mediante certificado médico o documento de control.
e. Dentro de la jornada escolar, el establecimiento velará por el derecho a asistir al baño
cuantas veces requiera la estudiante, previniendo el riesgo de producir una infección
urinaria. Además, se le facilitará el uso de espacios como el C.R.A. o laboratorio de
computación durante los recreos para evitar situaciones de estrés o posibles accidentes.
f. El apoderado de la alumna embarazada deberá acercarse a la Dirección del establecimiento
donde será informado de todos los requerimientos anteriores y firmar un documento que
acredite su conocimiento sobre los artículos anteriores.
Respecto al periodo de Maternidad y Paternidad:
a. El establecimiento educacional velará por el derecho de la madre para alimentar a su hijo
(amamantamiento) en el horario que estime pertinente, que debiera ser como máximo una
hora, considerando los tiempos de traslado. Este horario debe ser determinado y
comunicado por la madre a la Dirección y Profesor/a Jefe durante la primera semana de
reingreso al establecimiento.
b. Cuando el hijo/a menor de un año, presente alguna enfermedad que necesite de su
cuidado específico, según conste en un certificado emitido por el médico tratante, el
establecimiento dará, tanto a la madre como al padre adolescente, las facilidades
pertinentes.
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PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO ANTE LA SOSPECHA DE ABUSO SEXUAL CONTRA UN MENOR DE
EDAD.
A. ANTECEDENTES:
¿QUÉ SON LOS DELITOS SEXUALES CONTRA MENORES?
Los delitos sexuales contra menores de edad están básicamente constituidos por una conducta de
contacto, abuso, transgresión y/o agresión sexual hacia el menor, caracterizada por la falta o vicio
en el consentimiento.
Esta conducta constituye una forma de violencia sexual, en donde está presente como elemento
esencial el uso de la fuerza o el poder, dirigido hacia fines sexuales, que la víctima no ha consentido
o no está en condiciones de consentir. Es por esto que por violencia debemos entender no sólo el
uso de fuerza física, sino que también todo tipo de coerción, ejercicio de presión, abuso de
autoridad o confianza, engaño y, en general, cualquier conducta que esté encaminada a determinar
o doblegar la libre voluntad de la víctima.
En el caso de los profesores o funcionarios de establecimientos educacionales, el contacto sexual o
afectivo (de pareja) con un alumno debiera estar totalmente prohibido, dada la relación asimétrica
de dependencia del menor o ascendencia del adulto sobre éste.
¿QUÉ HACER ANTE UNA SOSPECHA DE DELITO SEXUAL?
1. Lo más importante de todo es hacer la DENUNCIA correspondiente ante Carabineros, Policía
de Investigaciones, Tribunal o la Fiscalía que se encuentre más cercana. Esta obligación se
encuentra consagrada en el artículo 175 del Código Procesal Penal, y se aplica, entre otros,
a los directores, inspectores, profesores y asistentes de la educación de cualquier
establecimiento educacional, respecto de los delitos que afecten a sus alumnos.
2. El plazo para efectuar la denuncia es de 24 horas, contadas desde que se toma
conocimiento del hecho (art. 176 CPP).
3. Quien no cumpliere esta obligación, o lo hiciera tardíamente, será castigado con multa de 1
a 4 UTM (art. 177 CPP); salvo que realice algún acto que implique el ocultamiento del hecho,
caso en el cual incluso podría ser sancionado como encubridor.
4. En el caso de tratarse de una violación, el menor debe ser trasladado dentro de las 24 horas
de ocurrido el hecho al servicio de salud de urgencia más cercano, o al Servicio Médico
Legal. En estos mismos lugares se podrá interponer la denuncia ante el funcionario de
Carabineros o Investigaciones destinado en el recinto asistencial.
B. PROTOCOLO:
Como profesionales tenemos una gran responsabilidad respecto del sano desarrollo de nuestros
niños y jóvenes; y debemos colaborar en la construcción de una sociedad justa y respetuosa de los
derechos de las personas.
El siguiente protocolo será el que regulará todas las situaciones que ameriten en forma oportuna y
rápida una pronta respuesta o denuncia de los hechos.
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Será el único canal formal que se utilizará para todos los procedimientos que emerjan en la
institución educativa con un carácter de Connotación Sexual (Abuso Sexual).
Como profesionales en el ámbito de la educación, poseemos una gran responsabilidad respecto del
sano desarrollo de nuestros niños y jóvenes; y debemos colaborar en la construcción de una
sociedad justa y respetuosa de los derechos de nuestros(as) alumnos (as).
Por ende, todos los actores educativos deberán regirse según lo disponga el siguiente protocolo:
Todo hecho grave o que amerite daño a terceros, será denunciado al director o al encargado de
convivencia escolar por cualquier actor educativo.
El director o el encargado de convivencia escolar, procederá a activar el protocolo de procedimientos
de la siguiente forma:
1. Cualquier adulto del establecimiento educacional que tome conocimiento de un delito, aun
cuando no cuente con todos los antecedentes que le parezcan suficientes o necesarios,
deberá poner en conocimiento del hecho, en el menor tiempo posible, a la Fiscalía o al
Director del Establecimiento Educacional.
2. El adulto o el Director está obligado a denunciar el hecho (art. 175 CPP) ante la Fiscalía
antes de transcurridas 24 horas desde que toma conocimiento de la situación que podría
estar afectando al menor de edad. De lo contrario, se expone a las penas establecidas en el
Código Penal. Existiendo la obligación de denunciar, el denunciante se encuentra amparado
ante acciones judiciales que se puedan derivar de su ejercicio.
3. Poner en conocimiento al apoderado de la situación denunciada, salvo que se sospeche que
éste podría tener participación en los hechos.
4. En caso de existir objetos (ropa u otros) vinculados a la posible comisión de un delito,
evitar manipular y guardarlos en una bolsa cerrada.
5. En caso que se estime que el niño/a se encuentre en situación de riesgo, esto deberá ser
informado inmediatamente a la Fiscalía, de forma que se adopten las medidas de protección
hacia el menor.
6. Con el menor que podría estar siendo víctima de un delito deberá:
Escucharlo y contenerlo en un contexto resguardado y protegido.
Escucharlo sin cuestionar ni confrontar su versión.
Evitar emitir juicios sobre las personas o la situación que le afecta.
Evitar atribuirle alguna responsabilidad en lo sucedido o en su posible evitación.
Manejar de forma restringida la información, evitando con ello la estigmatización y
victimización secundaria.
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Que NO hacer ante este tipo de casos:
Una investigación sobre lo sucedido, que pretenda recabar antecedentes “objetivos” o que
acrediten el hecho, cuestión que corresponde de forma exclusiva al fiscal.
Un enfrentamiento (o careo) con el posible agresor, otros adultos, u otros niños
posiblemente afectados.
Poner en entredicho la credibilidad de lo develado, intentando confirmar o descartar la
información aportada por el niño/a.
Presionar al niño/a para que conteste preguntas o aclare la información.
C. ¿DÓNDE BUSCAR ORIENTACIÓN Y AYUDA? EN CASO DE ABUSO SEXUAL O SOSPECHA DE
ESTE.
1. 147 (desde regiones anteponer código 02): Teléfono Niños de Carabineros de Chile.
2. 800-220-040: Programa de Violencia Intrafamiliar y de Maltrato Infantil, de la Corporación
de Asistencia Judicial.
3. Carabinero a cargo Plan Cuadrante: Sgto. Víctor Valdebenito n° 76691852 (Agosto, 2013).
4. Oficina de protección de derechos (OPD) de su comuna.
5. Denuncia de maltrato: 800-730-800
6. Comisaria de carabineros más cercana: 3ra Comisaría de Carabineros, fono: 2- 664134.
7. Denuncia seguro: 600-400-0101
8. Fiscalía: call center: 600-333-0000
PROTOCOLO DE ACCIÓN ANTE ACOSO (BULLYING) y VIOLENCIA ESCOLAR
En el marco de la ley sobre Violencia Escolar N° 20.536, promulgada y publicada en septiembre del
2011 por el Ministerio de Educación, se implementa como Política Nacional el abordaje de esta
temática en los establecimientos educacionales chilenos, desarrollando marcos explicativos y un
protocolo de acción ante estas situaciones.
A. DEFINICIÓN DE MALTRATO ESCOLAR:
Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción intencional, ya sea física o psicológica, realizada
en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier
integrante de la comunidad educativa,(Alumnos, Asistentes de la Educación , Docentes) con
independencia del lugar en que se cometa, siempre que:
Produzca temor razonable de sufrir menoscabo en su integridad física o psíquica, su vida
privada, su propiedad u otros derechos fundamentales.
Cree un ambiente hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.
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Dificulte o impida de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo,
intelectual, espiritual o físico.
Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:
a. Proferir insultos, hacer gestos groseros o amenazantes y ofender reiteradamente a
cualquier miembro de la comunidad educativa.
b. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro
miembro de la comunidad educativa.
c. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u
otro miembro de la comunidad educativa: Asistentes de la Educación y/Docentes (ejemplo:
utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características, etc.)
d. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,
situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica,
nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra
circunstancia.
e. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la
comunidad educativa a través de chats, blogs, mensajes de texto, correo electrónico, foros,
servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro
medio tecnológico, virtual o electrónico.
f. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato
escolar.
g. Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivo de
delito.
B. LÍNEAS DE ACCIÓN PARA ABORDAR EL MALTRATO ESCOLAR:
a. Promoción de la convivencia escolar positiva: En base a lo anterior, la comunidad educativa
deberá generar estrategias para promocionar el buen trato dentro y fuera del aula, por
medio de talleres y actividades formativas, recreativas y Psicoeducativas.
b. Prevención de violencia escolar: A nivel de toda la comunidad educativa se generarán
estrategias para prevenir la violencia escolar y/o bullying por medio de talleres y actividades
formativas y recreativas.
c. Detección y atención de casos de violencia y acoso escolar aplicando un Protocolo de acción.
C. MEDIDAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS EN CASOS DE VIOLENCIA ESCOLAR.
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Las medidas disciplinarias y su gradualidad (estipuladas en el reglamento de convivencia escolar)
son:
a. Amonestaciones ya sean estas verbales o por escrito, con registro en la hoja de vida.
b. Citación al apoderado.
c. Derivación al departamento psico educativo.
d. Suspensión de clases.
e. Traslado a otro establecimiento.
Toda sanción o medida debe tener claramente un carácter formativo para todos los involucrados y
para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta,
respetando la dignidad de los involucrados y procurando la mayor protección y reparación del
afectado y la formación del responsable.
D. OBLIGACIÓN DE DENUNCIA DE DELITOS
El Director del establecimiento educacional deberá denunciar cualquier acción que revista caracteres
de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas,
robo, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u
otros.. Se deberá denunciar a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, fiscalía del Ministerio
Público o los Tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome
conocimiento del hecho.
Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentada en forma
verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que, a la vez, deberá dar cuenta a
Inspectoría General, la que dará aviso al encargado de convivencia escolar, dentro de un plazo de 24
horas a fin de que se inicie el debido proceso.
Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción
disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
E. PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A VIOLENCIA ESCOLAR.
Ante una situación de violencia escolar de debe intervenir inmediatamente, si este hecho es
observado directamente por un adulto (docente, administrativo, inspectores o personal paradocente)
se debe detener la situación de violencia, identificar a implicados (quién cometió la agresión, la
víctima y quienes presenciaron en calidad de espectadores). Informar de la situación a Inspectoría
General, quién dará curso al protocolo de acción.
Si la situación de violencia no es observada directamente por un adulto y es informada por el
alumno, ya sea a su familia, al docente, o algún inspector, se derivará el caso directamente al
encargado de Convivencia Escolar y seguirá acciones según protocolo de acción. Mientras se estén
llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y determinaciones de las sanciones correspondientes,
se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y
honra.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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Pasos protocolo acción frente a violencia escolar (acoso)
1. Detección:
a. Responsables: Integrantes de la Comunidad Educativa (Docentes, estudiantes,
Padres y Apoderados, Asistentes de la Educación, Directivos) al constatar la
situación alerta a los responsables.
2. Evaluación preliminar de la situación:
a. Responsable: Inspector o docente que acoge la situación.
b. Informa a autoridad responsable Inspectoría General. Aplicación pauta
indicadores de urgencia. (ANEXO: PAUTAS).
3. Adopción medidas de urgencia implicados:
a. Responsable: Inspector General. Información a las familias
b. Derivación atención médica (si corresponde)
c. Alerta al encargado de convivencia escolar y autoridades del establecimiento.
Informar según corresponda: Carabineros, PDI, SENAME, otros.
4. Diagnóstico de acoso escolar:
a. Responsable: Encargado Convivencia Escolar.
b. Recepción pauta de indicadores de urgencia.
c. Entrevista con los actores clave, reconstrucción de los hechos.
d. Entrevista con las familias.
e. Aplicación Pauta descripción de la situación de violencia escolar. Elaboración
informe. (ANEXO: PAUTAS).
5. Plan de intervención:
a. Responsable: Equipo de Convivencia Escolar.
b. Aplicación reglamento de convivencia. Atención psico social.
c. Derivación redes de apoyo. Acoger y educar a la víctima. Sancionar y educar al
agresor.
6. Evaluación informe final plan de intervención:
a. Responsable: Equipo de Convivencia Escolar. Acciones de seguimiento.
b. Reunión equipo de convivencia.
c. Informe final a Directivo, sostenedor y MINEDUC según corresponda.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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PROTOCOLO ANTE AGRESIÓN SICOLÓGICA, VERBAL O FÍSICA DE UN ESTUDIANTE Y/O APODERADO
HACIA UN ADULTO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA (Docentes, asistentes de la Educación)
Dentro de las agresiones contempladas tenemos:
Proferir insultos, hacer gestos groseros o amenazantes y ofender reiteradamente a
cualquier miembro de la comunidad educativa.
Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de cualquier miembro de la
comunidad educativa.
Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de Asistentes de
la Educación y/o Docentes (ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de
características, etc.)
Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,
situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica,
nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra
circunstancia.
Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un Docente o Asistente de la Educación a través
de chats, blogs, mensajes de texto, correo electrónico, foros, servidores que almacenan
videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o
electrónico.
Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta que implique
menoscabo del Docente o Asistente de la Educación.
Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivo de
delito.
A) El Docente o Asistente de la educación víctima de la agresión debe dirigirse al Encargado de
Convivencia y hacer la denuncia correspondiente de acuerdo al grado de agresión. El Encargado de
Convivencia Escolar dará comienzo a un expediente con el alumno(a) agresor, y/o apoderado
investigando los hechos y tomando declaración a todos los implicados y testigos, deberá incorporar,
por tanto, un completo relato de los hechos, con indicación del lugar, fecha y hora en que
acaecieron y del status profesional del denunciante, así como la identificación con nombre y
apellidos del agresor y de los testigos que, en su caso, hubieran presenciado los hechos.
B) En caso de que se trate de agresión física, el Docente o Asistente de la Educación debe acudir al
servicio de urgencia más próximo y tramitar un parte por lesiones.
De dicho parte de lesiones que se suscriba por el médico, una copia será entregada al lesionado, a
fin de que sustente los hechos que vayan a ser objeto de denuncia.
Adjuntando a todo ello el correspondiente parte médico de lesiones o la documentación
concerniente al caso.
Se podrá establecer en la propia denuncia como domicilio, a efectos de notificaciones, la Escuela
Claudio Arrau.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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C) Una vez realizada la investigación, las conclusiones deben ser entregadas en Dirección, quien a
su vez entregará los antecedentes al Consejo escolar.
D) Si se constatare que la agresión reviste caracteres de delito, deberá ser denunciado a la autoridad
pública competente, y la investigación deberá ser llevada a cabo por la autoridad judicial
correspondiente, sin perjuicio de que el establecimiento lleve a cabo un procedimiento interno para
determinar responsabilidades.
E) De igual forma, si se detecta que el agresor (en caso de ser un estudiante) se encuentra en una
condición de vulneración de derechos por parte de su familia, la situación debe ser denunciada a las
Oficinas de Protección de Derechos de la Infancia (OPD) o los Tribunales de Familia, solicitando las
medidas protectoras necesarias.
H) En vista de los antecedentes expuestos, Dirección y/o el Encargado de Convivencia Escolar
sancionará de acuerdo al reglamento de convivencia escolar, Art.20, Art. 21. Se podrá suspender al
alumno indicado como agresor/a, por cuanto es considerada una falta gravísima más aún si la
víctima siente, con su presencia, amenazada su integridad física o psíquica. Para estos efectos, será
importante tener en consideración la edad de los estudiantes involucrados y la responsabilidad
penal de los mismos en relación a la Ley Penal.
En caso de que el agresor sea un apoderado, se solicitará el cambio de apoderado y la medida
cautelar por parte de la autoridad, si así lo amerita.
PROTOCOLO CONSUMO DE DROGAS, ALCOHOL Y TABACO.
A. De Lo Permitido Y No Permitido.
1. Sobre las drogas ilegales: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de cualquier
tipo de sustancias consideradas como droga en la Ley, dentro del Establecimiento
Educacional y, fuera de él, en aquellas actividades que sean organizadas o auspiciadas por
éste.
2. Sobre los Psicofármacos: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de los
psicofármacos dentro del Establecimiento Educacional ni fuera de él, en aquellas actividades
que sean organizadas o auspiciadas por éste, exceptuando a las personas que, por
tratamiento médico controlado (con receta), tengan que ingerir alguna sustancia de este
tipo en la Escuela para su salud. Esta situación se debe informar a la dirección del
Establecimiento.
3. Sobre el alcohol: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de alcohol dentro de la
Escuela, así como el ingreso a la Escuela, bajo la influencia del alcohol.
4. Sobre el tabaco: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de tabaco en la Escuela,
bajo ninguna condición y en ninguna actividad.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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B. De Las Medidas.
1. Sobre las drogas ilegales: marihuana, u otra:
La venta o distribución de drogas dentro del Establecimiento Educacional, amerita el poner a
disposición los antecedentes ante el ente público pertinente (Carabineros, Investigaciones de Chile o
Tribunales.
En el caso que se detecte a un estudiante consumiendo droga o en posesión de ella se informará a
los padres. Luego, se le apoyará en conversación con el Profesor Jefe, Coordinación de Convivencia,
Psicólogo y Asistente Social, quienes determinaran los pasos más adecuados a seguir.
Ante una reincidencia, se citará al Apoderado a la Dirección con el Coordinador de Convivencia,
Psicólogo, Asistente social y Profesor Jefe quienes, en un trabajo en conjunto con la familia
analizarán las causas y motivaciones del consumo y lo derivarán a diagnóstico de centro de salud
externo quien determinará el tratamiento necesario. Tanto la atención profesional como su
seguimiento y tratamiento deberán ser informados por el Apoderado al Coordinador de Convivencia.
En caso de no requerir atención externa ni de un tratamiento, el Psicólogo se hará cargo del
seguimiento por medio de entrevistas personales, por un periodo de dos meses, al cabo de los
cuales se reevaluará su conducta, aplicando las sanciones estipuladas en el Reglamento de
Convivencia.
Si se requiere un tratamiento y hay oposición a realizarlo por parte del Apoderado, ameritará dar
cuenta en forma inmediata a una institución pública pertinente (Carabineros, PDI, etc.).
Si durante el tratamiento hay reincidencia, el Equipo Directivo, en conjunto con el Profesor Jefe,
Psicólogo y Asistente Social tomarán las medidas y/o sanciones que estimen conveniente, aplicando
el Manual de Convivencia.
2. Sobre los psicofármacos:
En caso de ventas o distribución: La venta o distribución de psicofármacos dentro del
Establecimiento amerita la denuncia ante una institución pública que corresponda.
En caso de consumo: En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo psicofármacos o
bajo su influencia, sin prescripción médica, se informará a los padres. Luego, se le apoyará en
conversación con el Profesor Jefe, Psicólogo y Asistente Social, quienes determinarán los pasos más
adecuados a seguir. Si durante este proceso él o la estudiante no evolucionan positivamente, se
exigirá al Apoderado tratamiento con especialista. Estas acciones quedarán registradas en la hoja de
vida del estudiante, resguardando adecuadamente, su privacidad.
Tanto la atención profesional como su seguimiento y tratamiento son de responsabilidad absoluta
del Apoderado, quien deberá mantener informado del proceso al Coordinador de Convivencia.
Si hay oposición a realizar el tratamiento por parte del Apoderado, amerita poner en disposición de
los antecedentes a la institucionalidad pública pertinente.
Si durante el tratamiento hay reincidencia, el equipo Directivo, en conjunto con el Profesor Jefe,
Psicólogo y Asistente Social tomarán las medidas y/o sanciones que estimen conveniente.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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3. Sobre el Alcohol:
Venta o distribución de alcohol: La venta de alcohol dentro del establecimiento Educacional, amerita
la expulsión del estudiante.
Consumo de alcohol: En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo alcohol en
establecimiento o en sus alrededores, portándolo o bajo su influencia, se informará a los padres.
Luego se les apoyará en conversación con el Profesor Jefe, el Coordinador de Convivencia, Psicólogo
y asistente Social, quienes determinarán los pasos más adecuados a seguir. Estas acciones quedarán
registradas en una hoja de vida del estudiante, en la carpeta que lleva el Comité de Convivencia
resguardando así adecuadamente, su privacidad.
4. Sobre el tabaco:
Este Protocolo de Convivencia establece como falta gravísima, el hecho de detectar a un estudiante
fumando, portando, distribuyendo o vendiendo tabaco, dentro de la Escuela. Se le aplicará el
artículo 20° del presente manual. Todo este procedimiento será informado por el Profesor Jefe o el
Coordinador de Convivencia al Apoderado, en entrevista personal.
Todas las situaciones descritas anteriormente son de confidencialidad de las personas y/o
autoridades que analizaran los casos, y las personas involucradas velarán porque se cumpla con
esta disposición, a menos que la seguridad del estudiante amerite quebrantar este acuerdo de
confidencialidad.
Las faltas que no estuvieren especificadas en este Protocolo serán debidamente analizadas por el
Equipo Directivo de la Escuela y las sanciones aplicadas serán comunicadas al Apoderado y al
estudiante.
PROTOCOLO DE ATENCIÓN ALUMNOS (AS) FRENTE A AUTOFLAGELACIÓN DENTRO DEL
ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL
Descripción Frente a situación de autoflagelación (cortes en antebrazos, piernas y estómago visibles)
o sospecha de éstas en sala de clases y/o recreos, se procederá a informar a los actores específicos
que a continuación se detallan:
1. Sospecha de que el alumno(a) pueda estar cortándose (autoflagelación): quien pesquise la
situación (ya sea profesor, inspector, asistente social, psicólogo u otro profesional) realizará la
acogida empática de lo evidenciado por el alumno(a). Si del relato se recoge que efectivamente hay
cortes, se le informará al alumno(a) que el establecimiento educacional está obligado a informar al
adulto responsable, ya que es menor de edad y su integridad se ve en riesgo. Una vez citado el
apoderado se deriva a equipo psicosocial. Por el contrario, si luego de entrevistarse con el
alumno(a) no se recaba información respecto de que efectivamente haya autoflagelación será el
profesor jefe quien citará al apoderado y conversará con el alumno, el caso quedará en observación
y se le hará un seguimiento ante posibles cambios de conducta.
2. Evidencia de cortes (verlos de manera superficial sin sangrado): Citación inmediata al apoderado
vía telefónica por parte de Inspectoría. Una vez notificado el apoderado(a) se procede a la
derivación a Equipo sicosocial.
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3. Cortes con herida expuesta: quien reconoce el hecho se hace cargo y se preocupa de acompañar
al alumno(a), donde se encuentre ya sea, el inspector, asistente social o psicólogo, y encargada de
primeros auxilios, dar aviso al apoderado vía telefónica para el traslado del menor a la unidad de
emergencia correspondiente. En caso de que los familiares no puedan acompañar al alumno(a), un
representante del establecimiento educacional se encargará de escoltarlo(a) a la institución de salud,
hasta que se presente un familiar. Es de suma importancia que posterior a las acciones
emprendidas, se solicite por vía formal a través del Encargado de Convivencia papel médico y se
proceda a la derivación a equipo sicosocial y/o instituciones pertinentes.
PROTOCOLO SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS A LOS ALUMNOS/AS.
A. Docentes, Asistentes de la Educación o cualquier otro funcionario del establecimiento, NO
administrarán medicamentos a los/as alumnos/as que lo requieran.
B. El Apoderado que lo necesite debe acercarse al establecimiento para suministrarle el
medicamento a su hijo o pupilo, una vez que haya comunicado, previamente dicha
situación, y presentado la receta médica a la autoridad correspondiente del establecimiento
educacional.
C. En el caso de que el Apoderado no pueda hacerlo y decida enviar otra persona suministrar el
medicamento, debe:
a. Comunicar la decisión a inspectoría en forma personal o vía telefónica.
b. La persona enviada para suministrar la medicación debe ser mayor de edad.
c. Esta persona de dejar registrado sus datos personales (Nombre, RUT., dirección y
número telefónico) en el establecimiento educacional, con el objetivo de otorgar
mayor seguridad a nuestros estudiantes.
PROTOCOLO DE SEGURIDAD Y CUIDADO DE NIÑOS(AS) EN LA ESCUELA
Estimado Apoderado:
La Escuela Claudio Arrau, y cada uno de sus funcionarios, se preocupan por el cuidado y seguridad
de todos los estudiantes que se forman en el establecimiento, por lo cual se ha determinado lo
siguiente:
A. El horario de entrada a clases es de lunes a viernes a las 8:30. El horario de almuerzo es de
13:00 a 13:40 hrs en primer ciclo y de 13:40 a 14.30 hrs en segundo ciclo. El horario de
salida de la jornada escolar es a las 16:00 hrs. Si existen modificaciones respecto a estos
horarios, serán informados por los Profesores o Director(a).
B. Cada padre, madre y/o apoderado debe preocuparse y hacerse responsable del traslado de
su hijo(a) y/o pupilo al horario de llegada y salida de la escuela. Si la persona a cargo del
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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estudiante desea retirarlo para almorzar debe acercarse a secretaría y registrarse para
recibir el pase de autorización de salida.
C. Si el padre, madre y/o apoderado no puede responsabilizarse por el traslado de su pupilo y
requiere de otra persona, ésta TIENE QUE SER MAYOR DE EDAD y se DEBE REALIZAR UN
REGISTRO EN SECRETARÍA en la “Ficha de Responsabilidad sobre Estudiantes”. (ANEXO:
PAUTAS).
En caso de que la persona a cargo del traslado de los estudiantes sea MENOR DE EDAD,
independientemente de la relación de parentesco u otra situación, LA ESCUELA NO SE HACE
RESPONSABLE DEL ESTUDIANTE fuera de los horarios de clases y toda la responsabilidad recae sobre
los padres o apoderados de los estudiantes.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES
El presente protocolo tiene por objetivo establecer las normas generales de prevención e
intervención, frente a la ocurrencia de accidentes de alumnos o alumnas de la escuela CLAUDIO
ARRAU, tanto al interior del recinto como en actividades escolares fuera de él.
A. Generalidades
Un accidente es toda lesión física que estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de
actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño.
Dentro de esta categoría se consideran también los accidentes que puedan sufrir los
estudiantes en el trayecto desde su casa al establecimiento educacional o viceversa.
En caso de accidente escolar todos los/las estudiantes, tanto de la Educación Estado de
Chile, desde el instante en que se matriculen en nuestra escuela.
Corresponderá al Servicio de Salud la competencia general en materia de súper vigilancia y
fiscalización de la prevención, higiene y seguridad de las dependencias del colegio,
cualquier sea la actividad que en ellos se realice.
Todo alumno al ingresar al colegio deberá indicar en la ficha de matrícula todos los datos
que dicen relación con alguna afección, alergia a medicamentos o enfermedad que presente,
para tener los datos frente a una emergencia.
Inspectoría será la encargada de accidente escolar del colegio junto con la señorita Joanna
Moll, psicopedagoga y técnico paramédico, lo que no excluye la preocupación e
intervención, en caso de ser necesario, de todo el personal del establecimiento.
El colegio siempre mantendrá a lo menos dos inspectores capacitados para la prestación de
primeros auxilios y gestionará una capacitación anual de actualización. A esta capacitación
se agregará personal que trabaja en las diferentes dependencias del establecimiento.
El colegio mantendrá una sala de primeros auxilios, equipada con la implementación
necesaria y permitida para ejecutar las maniobras médicas autorizadas.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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Se establece que el colegio no puede mantener ni suministrar ningún tipo de medicamentos
a las o los alumnos. En el caso de alumnos(as) que, por prescripción médica, requieren
medicamentos durante el horario escolar estos deben ser suministrados exclusivamente por
sus padres y/o apoderados.
Todo alumno tiene el deber de colaborar en la investigación de los accidentes que ocurran
al interior de la institución.
B. Procedimiento
Frente a la ocurrencia de un accidente, el propio alumno o alumna accidentada, sus
compañeros o cualquier funcionario que lo detecte, por leve o sin importancia que parezca,
deberá dar cuenta de inmediato a inspectoría, cuyo personal es el encargado de aplicar
primeros auxilios.
Detectado el accidente un inspector procederá de acuerdo a lo siguiente:
1. Ubicación y aislamiento del accidentado.
2. Evaluación de la lesión y de acuerdo al grado de ella, se determinará la necesidad de
mantener al o la accidentada en el mismo lugar o traslado a la sala de primeros auxilios.
3. En cualquiera de los dos casos, inspectoría y la señorita técnica paramédico realizarán
los primeros auxilios correspondientes.
4. En aquellos accidentes que requieran de asistencia médica inmediata, como heridas
sangrantes por cortes profundos, fracturas expuestas, pérdida del conocimiento por
golpe en la cabeza, inmovilidad por golpes en la espalda, quemaduras, u otros que
Inspectoría determine, se requerirá la ambulancia del servicio de salud. De no ser
posible su concurrencia, el Director o quien lo subrogue, tomará la decisión de traslado
en vehículo particular.
5. Simultáneamente a la prestación de los primeros auxilios se dará aviso vía telefónica al
apoderado correspondiente, dando cuenta del hecho y comunicando el traslado de su
pupilo o pupila al Hospital Base de Osorno.
6. Inspectoría procederá a elaborar el formulario correspondiente para el uso de la ley
sobre Seguro de Accidente Escolar.
7. El alumno que sea trasladado al Hospital, será acompañado por personal de inspectoría,
quién deberá permanecer con el alumno hasta la llegada de sus padres o apoderados. El
alumno nunca deberá quedar solo.
8. En caso de que la lesión sea de carácter leve, inspectoría o el profesor jefe llamarán
telefónicamente al apoderado, el que deberá concurrir al establecimiento para retirar al
alumno/a y llevarlo al servicio de urgencia.
9. En el caso de que el accidente ocurra fuera del establecimiento, en alguna actividad
escolar, uno de los profesores o inspectores acompañantes, deben trasladar de
inmediato al alumno al centro asistencial más cercano. Simultáneamente, debe informa
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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el hecho a secretaría, quien lo comunicará al apoderado y solicitará a inspectoría la
elaboración del formulario de Seguro Escolar. Este formulario deberá llevarlo el
inspector al Hospital en caso de que el accidente haya ocurrido en la ciudad. Si el
accidente ocurre fuera de esta, secretaría se contactará con el centro asistencial al que
fue trasladado el alumno(a), para requerir información sobre la tramitación del seguro
escolar. El inspector o profesor acompañante debe permanecer con el alumno(a) hasta la
llegada de sus padres.
10. En caso de accidente de trayecto, es responsabilidad de los padres y/o apoderados el
traslado de su pupilo(a) al Hospital Base de Osorno, lo que deben comunicar al
establecimiento para la elaboración del formulario de accidente Escolar, el cual deben
retirar en inspectoría.
C. Seguridad.
El colegio requerirá menos una vez al año, la presencia de un prevencionista de riesgos de
la Asociación Chilena de Seguridad, para efectuar un chequeo de las instalaciones y
equipamiento, en vistas a evitar la ocurrencia de accidentes por condiciones inseguras.
Todo alumno y personal del colegio deberá dar a inspectoría de cualquier anormalidad que
observe en las instalaciones o lugares de la escuela que presenten peligro para él o los otros
alumnos.
Para todos los alumnos está prohibido permanecer o acceder a lugares peligrosos o a
aquellos en que se esté realizando trabajos de mantención y/o reparaciones, los cuales
deben demarcarse con cintas de seguridad.
Considerando que sobre el 95% de los accidentes ocurren por “acción insegura”, los
alumnos(as) deben abstenerse de hacer actividades temerarias que puedan atentar contra su
integridad física o la de sus compañeros.
Los alumnos no podrán alterar, cambiar, reparar o accionar instalaciones o maquinarias sin
haber sido encargados de ello o autorizados para realizarla.
No está permitido a los alumnos hacer deporte o Educación física cuando han presentado
licencia médica.
PROTOCOLO DE SALIDAS PEDAGÓGICAS, DEPORTIVAS, ARTÍSTICAS Y CULTURALES
A. Objetivos.
Las salidas pedagógicas constituyen experiencias académicas irremplazables para el desarrollo y
complemento de las distintas asignaturas. Estas salidas podrán tener una duración de un día o más,
dependiendo de los objetivos que se desean lograr, para la formación de los estudiantes de los
distintos ciclos de enseñanza.
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1. La salida pedagógica debe estar vinculada con los contenidos previstos para la signatura o
curso definido en el plan de estudios de la escuela o bien estar relacionada a los talleres
deportivos y artísticos que se realizan en el establecimiento.
2. Los docentes, al presentar la planificación anual de la asignatura deberá determinar allí las
salidas pedagógicas programadas para el año escolar. No obstante, de existir actividades no
programadas con antelación estas serán presentadas a la Dirección, para su análisis y
aprobación.
3. El docente debe tramitar el formato de salida pedagógica, señalando:
Fecha
Lugar
Hora de salida y de llegada
Objetivos generales y específicos a cumplir en la salida, indicando su relación con el
cumplimiento de la planificación del área e Indicar las actividades desarrollar y la forma de
evaluación.
4. El docente a cargo debe presentar el nombre de un segundo docente responsable. Este
formato será entregado al Inspector General del establecimiento, quién gestionará en
conjunto con el docente interesado, los permisos correspondientes para ser firmados por
los padres de familia de los estudiantes participantes de la salida, para su aprobación.
Importante es mencionar que ningún alumno/a saldrá del colegio sin la debida autorización
firmada por el apoderado, permaneciendo en el establecimiento hasta el término de la
jornada habitual en actividades en curso paralelo o en CRA.
5. El docente deberá presentar a U.T.P, la guía que será desarrollada por los estudiantes
durante la salida.
6. Los estudiantes para poder participar en la salida pedagógica deberán presentar uniforme
completo y autorización firmada por el apoderado.
7. El docente a cargo deberá firmar el libro de salidas pedagógicas del establecimiento
registrando el número de alumnos que participen de la salida y sus respectivas
autorizaciones.
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8. Los padres y apoderados, serán informados del lugar, fecha y hora de salida del
establecimiento y responsable de la salida. Los docentes deben prever el horario de regreso,
y en caso de sobrepasar el horario de la jornada de clases, informar al establecimiento, para
que desde allí se informe a los apoderados acerca de la demora.
9. Se le solicitará al apoderado un número de teléfono en caso de emergencia, profesor
encargado llevara consigo los teléfonos de emergencia frente a cualquier eventualidad.
10. El docente a cargo será el responsable de la salida pedagógica desde su inicio hasta su
término o regreso a la institución, por lo tanto tomará todas las medidas de seguridad
pertinentes, que minimice los riesgos de accidentes para los estudiantes, en caso de que
ocurra un incidente en terreno, deberá acudir al centro de urgencia más cercano el docente
1, quedando a cargo el docente 2 del grupo curso.
11. El vehículo contratado por el docente y su grupo para efectuar la salida pedagógica deberá
presentar copia de los permisos de tránsito, identificación del conductor, póliza y seguros
pertinentes; salir desde la institución y regresar a la misma.
12. El docente al volver de la actividad, deberá presentar un informe escrito a U.T.P, sobre el
desarrollo de la Salida. Si se hubiese presentado algún inconveniente de tipo disciplinario,
deberá dar aviso a Dirección e Inspectoría General.
13. Si el lugar de destino de la salida pedagógica es fuera de la ciudad o dura más de un día, se
hace necesario el acompañamiento de un grupo de apoderados.
14. Se prohíbe en todo momento de la salida pedagógica el consumo o tenencia de cualquier
Bebida alcohólica, cigarrillo o el uso de cualquier tipo de sustancias alucinógenas. El
estudiante sorprendido, infringiendo esta restricción, le será aplicado la sanción
disciplinaria correspondiente, de acuerdo a lo establecido en Reglamento Interno de la
escuela Claudio Arrau.
15. El alumno, en todo momento durante la duración de la salida pedagógica, deberá mantener
un comportamiento adecuado a las disposiciones institucionales y del lugar visitado, sea
esta una Institución educativa, empresa, predio, área natural u otro, que por sus
características deban cumplirse normas específicas. Previo al cumplimiento del protocolo y
los requisitos antes mencionados, las salidas pedagógicas programadas dentro o fuera de la
ciudad, serán presentadas por Dirección, a la Secretaria Ministerial de Educación, mediante
un oficio formal para su respectiva aprobación. Este oficio incluirá la fundamentación y
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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detalles de la salida, responsables, cantidad de alumnos con sus cursos correspondientes y
los detalles del transporte contratado.
PROTOCOLO DE DETECCIÓN TEMPRANA DE VULNERACIÓN DE DERECHOS.
Se entiende por vulnerabilidad a una situación en la cual las personas quedan expuestas al peligro o
daño, ya sea por factores personales, familiares os sociales. Para determinar si una persona puede
ser vulnerable, debemos estar atentos a los factores de vulnerabilidad, son comportamientos,
situaciones o conductas que se dan en las personas, familias o en barrios que dificulta que los
niños, niñas y adolescentes puedan ejercer sus derechos. Son señales de que éstas ocurran. Por
ejemplo, altas inasistencias a clases.
1. Objetivos de la detección temprana:
a. Evitar que los niños, niñas y adolescentes sean vulnerados, es decir llegar antes.
b. Evitar que los niños, niñas y adolescentes que están siendo vulnerados sean
más dañados.
2. Vulneración de derechos más frecuentes:
a. Inasistencia a clases.
b. Deserción escolar.
c. Abandono: falta de cuidados higiénicos, niños, niñas y adolescentes que pasan
mucho tiempo solo.
d. Presencia de adultos con consumo habitual de alcohol o drogas.
e. Trabajo o explotación infantil.
f. Maltrato psicológico
g. Maltrato físico.
h. Abuso sexual.
i. Dificultades de acceso a servicios básicos.
3. Importante:
a. En primer lugar, todos somos responsables de observar y estar atentos a las
situaciones de riesgo.
b. Si somos testigos de alguna situación que pueda dañar a un niño, niña y
adolecente, no la podemos dejar pasar, ya que hay muchas posibilidades de que
ese niño, niña y adolecente pueda estar siendo dañado.
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4. PROTOCOLO EN CASO DE SOSPECHA DE VULNERACIÓN DE DERECHOS.
a. Detección del problema: El profesor, mediante la observación de factores de
vulnerabilidad, deberá acercarse al alumno y/o familia con el fin de hacer una
detección temprana. En caso de detección o de sospecha de abuso sexual se
llevará a cabo el protocolo establecido en el ART. 24°.
b. En casos de inasistencia sin justificación:
1. El profesor deberá contactarse con el apoderado para una entrevista.
2. En caso de no poder tomar contacto se llevará a cabo lo mencionado
en el apartado D del ART. 21°.
c. Informar la situación detectada al equipo de convivencia escolar. Mediante el
llenado de la ficha de derivación correspondiente (psicóloga, asistente social y
encargado de convivencia escolar).
d. Derivación a redes de apoyo correspondiente al caso. (CESFAM, OPD, Proyectos
SENAME, TRIBUNAL DE FAMILIA).
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN PSICO-SOCIAL DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO.
La intervención psicosocial es una disciplina dentro de la psicología social, que trata de comprender,
predecir, y cambiar los procesos psicosociales para mejorar la calidad de vida de los estudiantes, su
familia.
PROTOCOLO:
1. La intervención de equipo psicosocial se realizará posteriormente a las acciones realizadas
por los docentes para abordar la problemática del alumno (entrevista con alumnos,
apoderados y otros) que hayan sido insatisfactorias.
2. Derivación por parte de docentes. Mediante el llenado de las fichas de derivación
correspondientes (Psicóloga o Asistente social) con el consentimiento del apoderado.
3. Se realizará intervención de acuerdo a la problemática, de forma:
a. Individual
b. Grupal: Talleres de formación valórica.
c. Familiar: Orientación familiar, visita domiciliaria.
d. Comunitaria: Derivaciones a redes de apoyo.
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PROTOCOLO DE APELACIÓN O IMPUGNACIÓN Y RECLAMOS
a) Las situaciones disciplinarias y de convivencia escolar no contempladas en el presente
reglamento, serán sancionadas por el Inspector. No obstante lo anterior, todo alumno o alumna que
haya sido sancionado por alguna medida, que para su entender no la considere justa, por
intermedio de su apoderado(a), podrá apelar por escrito de las resoluciones tomadas en cualquiera
de las instancias señaladas en las materias precedentes ante el Director/a del establecimiento. Esta
apelación deberá dejarla en la oficina del encargado de convivencia escolar del colegio. La autoridad
por su parte, se pronunciará acerca de la petición y del derecho de apelación del alumno afectado a
la brevedad posible en un plazo no mayor a los 05 días hábiles de haber realizado la apelación o
reclamo.
b) Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en
forma escrita ante el encargado de convivencia escolar del establecimiento, el que deberá dar cuenta
a Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso.
c) El encargado de convivencia escolar será el responsable de informar al apoderado de la
resolución adoptada.
d) Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción
disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
e) Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las
medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y
respeto por si dignidad y honra.
f) De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del
establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener
acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad
pública competente.
g) En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el
derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de
impugnarlas.
PROTOCOLO PROFESORES DENTRO DEL AULA
1. El profesor llega oportunamente a la sala.
2. El profesor procurará llevar todos los utensilios a usar en la sala de clases, al momento de
ingresar, evitando enviar a los estudiantes durante la clase a buscarlos a la sala de profesores u
otras dependencias.
3. El profesor ingresa y solicita el orden de los alumnos(as), los que deben permanecer de pie en su
puesto y luego saludar.
4. El profesor revisa buen uso del uniforme y presentación personal (alumnos debidamente
afeitados, pelo moderadamente corto, alumnas con su pelo tomado y sin maquillaje, sin gorros, no
uso de artículos electrónicos). Cualquier anomalía respecto a los puntos anteriores deberá quedar
consignada en la hoja de observaciones personales del libro de clases con aviso a inspectoría.
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5. El profesor pasa la lista y verifica que los alumnos (as) que están presente en la hora anterior se
encuentren en la sala, si hay discrepancia informar al inspector.
6. El profesor solicita pases de atraso y de ausencia a los alumnos(as), de no tenerlos, enviarlos a
inspectoría cinco minutos antes de terminar la clase (en grupos no mayores de cinco estudiantes.)
7. El profesor comienza su clase.
8. En la eventualidad de un mal comportamiento grave dentro de la sala de clases (pelea, agresión,
desafíos al profesor) donde sea necesario sacar al(los) estudiante(s) de la sala, porque pone en
peligro a los otros estudiantes o la consecución de la clase, se pide presencia del inspector, quien
lo(s) llevará a inspectoría haciéndose cargo de la situación, el profesor registrará la situación en la
hoja de observaciones personales del libro de clases.
9. El profesor termina su clase al toque de campana.
10. Antes de enviar a los alumnos al recreo, el profesor se preocupa de que la sala quede en
condiciones de ser usada en la siguiente asignatura.
11. El profesor se cerciorará de que no queden alumnos dentro de la sala y cierra la puerta con llave.
Protocolo de intervención en crisis
CONCEPTOS
Crisis: se definirá como cualquier instancia donde el alumno(a) presente descontrol impulsivo con
intensidad alta y que haya sobrepasado los recursos formales del establecimiento educacional para
poder hacer frente a éste. Debemos diferenciar aquellos episodios producto de algún trastorno de
tipo psicológico (Que se exacerban ante la ocurrencia de situaciones precisas) de una rabieta o
pataleta producto de hechos puntuales ocurridos en el momento.
En ambos casos se actuará de la misma forma, sin embargo el proceder que se haga
posterior a la situación de crisis será diferenciado.
Zona de aislamiento: lugar del establecimiento educacional, previamente definido, donde exista
deprivación estimular y el alumno(a) esté fuera de peligro por potencial ruptura de ventanas, huida
del establecimiento, golpes a terceros, etc. (Oficina Convivencia Escolar y Psicosocial)
Equipo de respuesta: grupo de funcionarios del establecimiento, previamente definido, que
mantiene conocimiento del protocolo de intervención en crisis y de primeros auxilios psicológicos.
(Equipo de Convivencia Escolar)
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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Primeros auxilios psicológicos: intervención psicológica en el momento de crisis, donde se brinda
una ayuda breve e inmediata de apoyo y rescate a la persona para restablecer su estabilidad
emocional y facilitarle las condiciones de un continuo equilibrio personal.
PASOS FRENTE A UNA CRISIS:
Primera instancia
1. El docente, alumno u otro miembro de la comunidad educativa que presencia la situación, dará
aviso a Inspectoría.
2. El inspector intentará detener la situación facilitando un diálogo con el alumno en situación de
crisis.
3. Si la intervención es efectiva, se procederá a llevar al alumno(a) a inspectoría para citar al
apoderado y derivar a Convivencia Escolar.
4. Si la intervención no es efectiva, se procederá a la segunda instancia.
Segunda instancia
1. El inspector dará aviso al Equipo de Respuesta.
2. Un miembro del Equipo de Respuesta (Equipo de Convivencia Escolar) brindará Primeros Auxilios
Psicológicos al alumno(a) en situación de crisis.
3. Si la intervención es efectiva, se procederá a llevar al alumno(a) a inspectoría para citar
apoderado y derivar a Convivencia Escolar.
4. Si la intervención no es efectiva, se procederá a la tercera instancia.
Tercera instancia
1. El equipo de respuesta activarán el protocolo de contención física y aislamiento, con el fin de
aislar al alumno(a) previniendo daños hacia sí mismo y/o a terceros.
2. Se lleva al alumno(a) hacia la zona de aislamiento, donde el equipo de respuesta continuará
brindando primeros auxilios psicológicos, en el caso de ser posible.
3. El inspector contactará a apoderados e informará la activación del protocolo de contención física y
aislamiento.
4. Si la intervención es efectiva, se continúa con el paso siguiente.
5. Se citará a apoderados para dar constancia de la activación del protocolo de contención física y
aislamiento y de las medidas aplicadas desde el reglamento del establecimiento.
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Importante: en el caso de estar en presencia de una situación de crisis, que atente o tenga potencial
efecto de daño hacia sí mismo o a terceros, se procederá a la tercera instancia de manera inmediata.
INDICACIONES GENERALES:
PRIMERAS MEDIDAS DE ACERCAMIENTO:
a) Abordaje verbal:
Separarlo(a) del lugar del conflicto.
Intentar abordarlo(a) verbalmente.
Posicionarse físicamente a la misma altura, siempre que se pueda.
Escuchar atentamente dejando que exprese la rabia antes de responderle.
Mantener una actitud firme, acogedora, sin evitar el contacto visual y utilizando un tono de
voz calmado y de bajo volumen.
Cuando la hostilidad se haya reducido, empatizar con la persona irritada sin necesidad de
mostrar acuerdo, pero sí reservándote tus propios juicios sobre lo que debería o no hacer.
Si se percibe que no se puede afrontar la situación, pedir ayuda y no continuar intentándolo
a solas.
b) Medidas ambientales y/o conductuales:
Restricción de estímulos y/o reducir el número de estímulos provocadores de respuestas
agresivas o violentas.
Sacar del contexto a las personas implicadas o al mismo alumno(a).
Posibilitar y/o facilitar la ejecución de las respuestas incompatibles con la agitación y/o
alternativas.
Ayudar a la realización de respuestas desactivadoras: relajación muscular, técnicas
respiratorias, etc.
Formalizar en el ámbito verbal un contrato conductual en el que se explicite las conductas
no permitidas, así como las esperadas, así también las consecuencias
que seguirán a la emisión o no de las conductas.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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PROTOCOLO DE CONTENCIÓN FÍSICA Y AISLAMIENTO
1. ¿Cuándo se debe aplicar contención física?
Se tiene que producir una crisis de pérdida de control, que pueda llegar a la agresividad hacia sí
mismo y/o hacia terceros.
El objeto del protocolo es establecer:
Aislamiento; retirada del alumno(a) a un espacio apropiado (zona de aislamiento).
2. Procedimiento para la contención física
2.1. Decisiones
Para trasladar al alumno(a) a la zona de aislamiento, hará falta al menos un inspector y un miembro
del equipo de respuesta, debiendo haber un tercero cerca para abrir puertas y ayudar en caso
necesario.
2.2. Actuaciones
No debe haber alumnos alrededor.
Una vez que se haya tomado la decisión de contener y aislar al alumno(a) debe elegirse un
coordinador.
A partir de ese momento, no se deberá realizar ningún intercambio verbal con el alumno(a),
excepto por el coordinador que le comunicará al alumno(a) de forma clara que va a ser
contenido y aislado, debido a que ha perdido el control, y esto sucederá hasta que remita la
crisis.
Para intervenir en el desplazamiento, desde el lugar de los hechos hasta la zona de
aislamiento, debemos quitarnos los anillos, pulseras, relojes, collares, así también quitarle
al alumno(a) todo lo que lleve encima, con lo que se podría hacer daño.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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El traslado del alumno(a) se realizará sujetándolo por las piernas, a la altura de las rodillas,
y por los brazos, alrededor de los codos con apoyo bajo los hombros. Hay que tener en
cuenta que no deben forzarse las articulaciones. Se habrá tenido en cuenta que, ha de
hacerse de manera firme y segura pero teniendo en cuenta que no dañe la piel o impida la
circulación sanguínea.
Mantener la cabeza del alumno(a) ligeramente levantada para disminuir sus sentimientos de
indefensión.
Se tumbará al alumno(a) en decúbito supino*, salvo disminución de nivel de conciencia, en
los que se colocará al alumno decúbito lateral*.
Se inmovilizarán los brazos y con el peso del cuerpo, bloquearemos su cuerpo para que no
pueda moverse, no hacerse daño. Hay que procurar que le entre el máximo de aire posible,
vigilar los movimientos de la cabeza para que no pueda morder ni autolesionarse.
3. Evaluación del protocolo
Se evaluarán, periódicamente, los siguientes apartados de la ejecución del protocolo:
Si se intentaron medidas alternativas.
Procedimiento correcto.
La cumplimentación de los informes y formularios.
Información a la familia.
Información a la comisión de convivencia.
Seguimiento adecuado.
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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE UNA INTOXICACIÓN POR INGESTIÓN DE ALIMENTOS O
PRODUCTOS TÓXICOS
Con objeto de minimizar las consecuencias que provoca una intoxicación en el colegio y asegurar
una rápida respuesta en la atención al accidentado(a), se establece el presente procedimiento
interno de actuación, para conocimiento de todas las personas que conforman la comunidad
escolar.
Descripción: una intoxicación alimentaria es la manifestación clínica de toxicidad (intoxicación)
consecuente a la exposición ha sustancias tóxicas vehiculizadas por los alimentos, tanto sólidos
como líquidos. La intoxicación ocurre tras la ingestión de alimentos que están contaminados con
sustancias orgánicas o inorgánicas, perjudiciales para el organismo, tales como; venenos, toxinas,
agentes biológicos patógenos, metales pesados, etc. Frecuentemente, se asocia a la ingesta de un
alimento deficientemente preparado y/o mal conservado. Generalmente, se manifiesta por vómito,
diarrea, fiebre, dolor abdominal, algunas veces reacciones alérgicas, deshidratación y otras
complicaciones que pueden originar la muerte.
La contaminación de los alimentos puede producirse a través de los manipuladores, por roedores o
insectos o por utensilios de cocina, también por provenir de animales enfermos.
¿Síntomas de la intoxicación alimentaria?
La intoxicación alimentaria, puede afectar a una persona o puede presentarse como un brote en un
grupo de personas que comieron el mismo alimento contaminado.
Los síntomas de los tipos de intoxicación alimentaria más común, generalmente, comienzan en un
período de dos a seis horas después de ingerir el alimento responsable.
Ese tiempo puede ser mayor (incluso muchos días) o más corto, dependiendo de la toxina o del
organismo responsable de la intoxicación.
Los síntomas pueden incluir:
Náuseas y vómitos.
Cólicos abdominales.
Diarrea (puede ser sanguinolenta).
Fiebre y escalofríos.
Debilidad (puede ser grave y llevar a paro respiratorio en el caso del botulismo).
Dolor de cabeza.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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Definiciones operativas:
Caso probable: paciente con cuadro clínico, con síntomas de dolor abdominal, flatulencia, vómito,
diarrea, náuseas, calambres, escalofrío o fiebre, que se manifiestan en forma súbita y que se
sospecha sean debido al consumo reciente de un alimento o producto tóxico.
Caso confirmado: caso probable en el que se comprueba que los alimentos, el agua o el producto
tóxico que ingirió, eran dañinos para la salud.
Criterios de confirmación: Servicio de Salud.
ACTUACION EN CASO DE ACCIDENTE GRAVE O MUY GRAVE:
1. Hacer seguro el lugar, tanto para el accidentado(a) como para la persona que le atienda.
2. El profesor responsable del curso, del laboratorio, taller, comedor, etc. donde se haya producido
la ingestión, avisará lo más rápidamente posible al inspector, quien a su vez, llamará
inmediatamente al servicio de ambulancia (131).
3. Si el accidente o intoxicación fue debido a un producto tóxico ingerido en el colegio, se llenará
formulario para informar accidente escolar.
4. Se avisará al inspector, la portería del colegio, para que a la llegada del servicio de emergencia,
facilite el acceso y oriente al personal del SAMU, hasta el lugar del accidentado(a).
5. Por ningún motivo, administrar un remedio o provocar el vómito si no se conoce la substancia
que provocó la intoxicación.
6. Se avisará al apoderado para que concurra al centro médico
PROTOCOLO DE REFLEXIÓN PERSONAL Y SUSPENSIÓN
1.- Reflexión y/o trabajo colaborativo: Se indica en casos de acumulación de faltas leves y graves
que no tengan relación con agresión psicológica, verbal o física hacia alumnos y miembros de la
comunidad educativa.
- Responsable: Profesor jefe, será el encargado de indicar trabajo a realizar y horario.
(Dentro de las horas colaborativas del profesor y fuera del horario de clases del alumno.) Previa
autorización del apoderado. Puede realizarse hasta por dos períodos.
2.- Si el alumno continúa con su conducta negativa el profesor jefe derivará a Convivencia Escolar.
3.- Atención del alumno con equipo psicosocial, donde se elaborará un plan de trabajo en conjunto
con profesores.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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Medidas excepcionales
4.- Suspensión por 3 días:
- Responsable: Convivencia Escolar, se aplica la medida cuando se presentan faltas graves o
gravísimas en relación a agresión física, verbal o psicológica a algún miembro de la comunidad
educativa.
- El departamento de Convivencia Escolar se encargará de recolectar con los profesores actividades
a realizar en casa.
- En caso de que el alumno no pueda realizar la reflexión en casa, Convivencia Escolar indicará las
actividades colaborativas en el establecimiento.
- Convivencia Escolar citará al apoderado vía telefónica inmediatamente sucedida la falta,
suspendiéndose al alumno a partir del día siguiente.
4.- Suspensión por 5 días:
- Responsable: Convivencia Escolar, se aplica la medida cuando el alumno, a pesar de la
intervención Psicosocial, persiste con la conducta negativa, siendo significativa la presencia de faltas
gravísimas.
- Departamento psicosocial determina derivación a redes de apoyo.
- Se aplica condicionalidad.
5.- Segunda suspensión por 5 días:
Responsable: Convivencia Escolar, se aplica ante la permanencia de la conducta negativa.
Se revisa condicionalidad.
Se reúne Comité de convivencia Escolar junto a Dirección del establecimiento y apoderado para
determinar las acciones a seguir.
6.- Se debe establecer que las medidas de Exámenes libres y solicitud de cambio de
establecimiento, solo pueden aplicarse en caso de que el alumno y sus acciones constituyan un real
peligro hacia la integridad física y/o sicológica de alumnos o personal de la escuela.
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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PROTOCOLO DE INASISTENCIA Y ATRASOS
Considerando la importancia que tiene para nuestra escuela que los estudiantes permanezcan en él
la mayor cantidad del tiempo, para así participar de todas las actividades planificadas, lograr la
calidad de los aprendizajes y asegurar la rigurosidad de los procesos .Las inasistencias y los atrasos
a la jornada escolar deberán ser justificadas debidamente, de acuerdo a este protocolo, y al espíritu
de nuestro Reglamento de Convivencia Escolar.
DE LAS INASISTENCIAS:
- Toda inasistencia del alumno (a) deberá ser justificada debidamente, ya sea por escrito a través de
su agenda y/o personalmente en inspectoría, desde donde se comunicará al profesor jefe para que
lo consigne en la hoja de vida del alumno.
- De no ser así se convocará al apoderado(a) para justificar debidamente a su pupilo (a). - Las
inasistencias prolongadas por enfermedad podrán justificarse solamente con certificado médico.
- Frente a las inasistencias reiteradas del alumno (a) sin certificado médico o justificación
formalmente informada, el profesor jefe derivará a Asistente social, quien citará al apoderado para
informarle de una posible vulneración de derechos.
- Será la asistente social, de acuerdo a lo informado por el apoderado, quien determinará los pasos
a seguir (firma de carta compromiso, visita domiciliaria, derivación a redes, etc.)
DE LOS ATRASOS:
- El ingreso a clases es a las 08:30 hrs.
- Los (las) alumnos(as) que ingresen después de las 08:30 horas, (a) deben ser registrados en
inspectoría, quien entregará un pase para el ingreso a la sala de clases. Además en inspectoría se
registrará fecha y número de atrasos para un posterior seguimiento con el fin de corregir y/o
sancionar según los siguientes pasos.
- Se considerará atraso, el llegar después de la hora del toque de campana, al finalizar los recreos a
la sala de clases, por lo que seguirá con el mismo protocolo.
- Al cumplir el tercer atraso se considerará como falta grave, por lo que el inspector general
registrará en la hoja de vida del alumno en el libro de clases correspondiente, además de citar al
apoderado para firmar carta compromiso.
- Si el alumno(a) continúa presentando atrasos, el inspector general informará a profesor
jefe, de la derivación a asistente social.
- Será la Asistente social quien citará al apoderado para informarle de una posible
vulneración de derechos. Es ella quien de acuerdo a lo conversado con el apoderado determinará los
pasos a seguir (vivita domiciliaria, derivación a redes, etc.)
reglamento interno y manual convivencia escolar 2017
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- En caso de que los atrasos sean dentro de la jornada escolar, es decir, después de los
recreos, y no a la hora de llegada, Inspectoría General derivará el caso a Convivencia Escolar, quien
citará apoderado y seguirá el protocolo consignado para las faltas graves.
Equipo de Convivencia Escolar está integrado por:
1. Director/a establecimiento educacional.
2. Jefe U.T.P
3. Encargado de convivencia escolar
4. Psicólogo/a
5. Asistente Social.
Este equipo podrá proponer o adoptar:
1. Medidas al mantenimiento de un clima escolar sano.
2. Diseñar o implementar planes de prevención de la violencia.
3. Informar a los integrantes de la comunidad educativa de maltrato, acoso u hostigamiento.
4. Aplicar sanciones en casos fundamentados y pertinentes.
1. El presente Manual de Convivencia Escolar tiene el carácter de “proceso” y será evaluado y
modificado en cada período académico o cuando sea pertinente, por todos los estamentos
para asegurar así el bienestar en la Comunidad Educativa.
2. El presente Manual de Convivencia será difundido a la comunidad escolar especialmente a
los alumnos, alumnas y apoderados a través de la acción de los Profesores Jefes, Directivas
de sub-centros y Directorio del Centro General de Padres, comunicando por escrito a los
organismos y niveles que corresponda y estará a disposición en la Unidad Educativa a quien
solicite conocerlo, ya sea parcialmente o en su totalidad.
Las situaciones no previstas en el presente manual serán abordadas por la Dirección del
establecimiento en base a las disposiciones legales vigentes o en su defecto, se recurrirá a las
instancias que correspondan, respetando el conducto regular.
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